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DEPORTIVA MUNICIPAL DE PORTUGALETE, S.A. Polideportivo Municipal Zubi-Alde Udal Kiroldegia C/ Martín Fernández Villarán, 2 48920 PORTUGALETE (BIZKAIA) Tfno.: 94 461 26 00 Fax 94 461 27 11 e-mail: [email protected] CIF A-48068134 1 PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO CONSISTENTE EN EL “MANTENIMIENTO CON GARANTIA TOTAL Y LA LIMPIEZA DE LAS PISCINAS DE PORTUGALETE”, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO.

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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO CONSISTENTE EN EL “MANTENIMIENTO CON GARANTIA TOTAL Y LA LIMPIEZA DE LAS PISCINAS DE PORTUGALETE”, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO.

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CUADRO RESUMEN DEL PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL

CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL MANTENIMIENTO CON GARANTIA TOTAL Y LA

LIMPIEZA DE LAS PISCINAS DE PORTUGALETE.

01. OBJETO DEL CONTRATO: Servicio de mantenimiento con garantía total y la limpieza de las

piscinas de Portugalete.

CPV 90900000: Servicios de limpieza.

02. FORMA DE ADJUDICACIÓN: Procedimiento abierto con varios criterios.

03. EXISTENCIA DE LOTES: NO

04. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Consejo de Administración de DEPORTIVA MUNICIPAL DE

PORTUGALETE, S.A. (DEMUPORSA).

05. NÚMERO DE EXPEDIENTE: SV 001/2010

06. PRESUPUESTO MAXIMO DEL CONTRATO: 1.023.330,00.- Euros (I.V.A.incluido), a razón de

511.665,00.- Euros/Anuales.

07. ANUALIDADES: 2010, 2011 y 2012

08. PLAZO DE DURACION DEL CONTRATO: 2 años, a contar desde el día 1 de junio de 2010.

09. PRORROGA: Si.

10. REVISIÓN DE PRECIOS: Si.

11. PRESENTACION DE OFERTAS Y LUGAR DE OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN: Las

ofertas deberán ser presentadas antes de las 12:00 h. del día 22 de Marzo de 2010, en las oficinas de

DEMUPORSA. Polideportivo Municipal Zubi-Alde, C/ Martín Fernández Villarán nº 2. Portugalete

(Bizkaia). Tfno. 944612600/Fax 944612711. La obtención de la documentación se realizará en el

mismo lugar y en el perfil de contratante de DEMUPORSA, que se encuentra dentro de la web del

Ayuntamiento de Portugalete: www.portugalete.org (Sociedades Municipales).

12. GARANTÍA DEFINITIVA: Será un 5% del precio de adjudicación, excluido I.V.A.

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13. PRESENTACIÓN DE LAS GARANTÍAS: La forma y requisitos que han de respetarse en la

presentación de las garantías serán los previstos en los artículos 83 a 91 de la Ley 30/2007, de 30 de

octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP).

14. CLASIFICACIÓN: No se exige.

15. PORCENTAJE MÁXIMO DE SUBCONTRATACIÓN: El adjudicatario podrá concertar con

terceros la realización parcial del trabajo siempre que se cumplan los requisitos establecidos en los

artículo 210 y 211 de la LCSP.

16. PLAZO DE GARANTIA: Será de tres (3) meses.

17. TRAMITACIÓN URGENTE: No procede.

18. CRITERIOS QUE HAN DE SERVIR DE BASE PARA LA ADJUDICACIÓN: Véase lo previsto en

la cláusula 8 del Pliego de Cláusulas Administrativas.

19. DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE "B": Véase el Pliego de Prescripciones Técnicas.

20. ADMISION DE VARIANTES: No.

21. GASTOS DE PUBLICACIÓN: Los gastos de publicación del presente contrato serán de cuenta

del adjudicatario.

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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO CON GARANTIA TOTAL Y LA LIMPIEZA DE LAS PISCINAS DE PORTUGALETE.

INDICE

1.- Objeto y régimen jurídico del Contrato 2.- Presupuesto del Contrato 3.- Revisión de precios 4.- Plazo de duración del contrato 5.- Presentación de las Proposiciones 6.- Documentación 7.- Contenido de las Proposiciones 8.- Procedimiento y criterios de adjudicación 9.- Apertura y examen de proposiciones 10.- Adjudicación provisional y definitiva 11.- Garantía y reajuste de garantía 12.- Seguros 13.- Formalización del Contrato 14.- Ejecución del contrato y obligaciones del adjudicatario 15.- Obligaciones y derechos de la adjudicataria 16.- Obligaciones laborales del contratista 17.- Personal a adscribir al servicio 18.- Facultad de inspección 19.- Trabajos defectuosos o mal ejecutados 20.- Penalidades al contratista por incumplimiento de los plazos de ejecución del contrato 21.- Abonos al adjudicatario 22.- Modificaciones 23.- Suspensión de los trabajos 24.- Cesión del Contrato 25.- Resolución del Contrato 26.- Devolución de garantía 27.- Subcontratación 28.- Protección de datos de carácter personal 29.- Recurso especial de contratación 30.- Prerrogativas y Jurisdicción Competente 31.- Normativa de aplicación

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1.- OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO. El objeto de este Pliego de Cláusulas es la regulación de la adjudicación y contratación por la DEPORTIVA MUNICIPAL DE PORTUGALETE, S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL (en adelante DEMUPORSA) del “Servicio de mantenimiento con garantía total y la limpieza de las piscinas de Portugalete”, sitas en el Muelle Churruca de este municipio, y todo ello de acuerdo con lo previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

Los Servicios a contratar tienen como finalidad realizar las siguientes prestaciones:

a. Mantenimiento: mantenimiento preventivo para lograr el perfecto funcionamiento de la totalidad de las instalaciones con todos sus componentes, así como lograr la permanencia en el tiempo del rendimiento de las instalaciones y de todos sus componentes.

b. Garantía Total: reparación con sustitución de todos los elementos deteriorados en las

instalaciones según se regula en este Pliego bajo la modalidad de Garantía Total. c. Servicio de limpieza. Realización de tareas de limpieza en la instalación, manteniéndola en

perfecto estado de uso durante el período de apertura de la misma. El presente contrato se regirá por las cláusulas contenidas en el presente Pliego y por las previstas en

el de Prescripciones Técnicas adjunto, así como por las restantes normas de Derecho Administrativo

que regulan la contratación y que resulten de aplicación, y supletoriamente, por las de Derecho

Privado.

Salvo en las materias estrictamente técnicas, el presente Pliego prevalecerá en todas sus disposiciones sobre el Pliego de Cláusulas Técnicas. Tanto el Pliego de Cláusulas Técnicas como el presente Pliego de Cláusulas Administrativas tienen carácter contractual. 2.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO. Se establece un presupuesto máximo total de licitación de 1.023.330,00 Euros, IVA incluido (de los cuales 882.181,04.- Euros se corresponden con el precio del contrato y 141.148,96.- Euros al 16% de IVA), a razón de 511.665,00 Euros/Anuales. Las propuestas se realizarán a la baja, por lo que se rechazarán todas aquellas que superen el presupuesto señalado, debiendo formular necesaria y claramente la parte licitadora en su oferta el importe que corresponda.

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En el presupuesto de licitación señalado y en la cifra precisa, concreta y determinada por la que se adjudica el contrato se entenderán siempre incluidos, a todos los efectos, las cuotas correspondientes a los tributos de toda índole que graven a los diversos conceptos y, en particular el IVA, con los recargos que corresponda de conformidad con lo dispuesto en la normativa fiscal de aplicación al caso. En consecuencia, no podrán ser repercutidas como partidas independientes, y serán siempre de cargo y cuenta de la parte adjudicataria, cualesquiera otras cargas económicas que se deriven del contrato tales como las primas correspondientes a las pólizas de seguro que deban suscribirse, el coste los avales exigidos y de los anuncios relativos al procedimiento de adjudicación, de suerte que, en ningún caso, habrá de abonar DEMUPORSA cantidad alguna superior al importe de la adjudicación por razón de los trabajos contratados. El precio final del contrato se considerará cerrado y no podrá ser objeto de revisión alguna, salvo que existan nuevas prestaciones solicitadas por DEMUPORSA, en cuyo caso se deberán valorar y aceptar expresamente con carácter previo a su ejecución. 3.- REVISIÓN DE PRECIOS. El contratista tendrá derecho, a partir del primer año vigencia del contrato y previa la solicitud escrita que remita al efecto a DEMUPORSA, a la actualización del precio vigente del contrato de conformidad con el incremento o disminución que experimente el I.P.C., publicado por el Instituto Nacional de Estadística del Ministerio de Economía y Hacienda (referido al Territorio Histórico de Bizkaia), durante el periodo interanual anterior al que corresponda la aplicación del índice de revisión, sin que, no obstante, la revisión pueda superar el 85% de variación experimentada por dicho índice. La revisión de precios tendrá lugar, en su caso, cuando el contrato se haya ejecutado al menos en el 20 por ciento de su importe y haya transcurrido un año desde su adjudicación, fecha que se tomará como referencia a fin de determinar el momento a partir del cual procede la revisión de precios y sus efectos, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 79.3 de la LCSP. El importe de las revisiones que procedan se hará efectivo, de oficio, mediante el abono o descuento correspondiente en los pagos parciales o, excepcionalmente, en la liquidación del contrato, cuando no hayan podido incluirse en dichos pagos parciales. 4.- PLAZO DE DURACION DEL CONTRATO. El plazo de duración del contrato será de DOS (2) AÑOS, a contar desde el día 1 DE JUNIO DE 2010, o en su caso, el día siguiente al de firma del contrato que suscriban las partes. Dicho plazo podrá prorrogarse por periodos inferiores al año (meses, trimestres o semestres) por mutuo acuerdo entre las partes, siempre y cuando el periodo de duración total del contrato incluidas las prórrogas que se acuerden no exceda de 4 años, previa la solicitud escrita del contratista remitida a DEMUPORSA con una antelación mínima de tres meses a la fecha de su vencimiento, y debiendo recaer al efecto acuerdo expreso del órgano de contratación competente. No obstante, si llegado el término previsto del contrato DEMUPORSA aún no hubiera adjudicado un nuevo contrato, el contratista estará obligado a proseguir con la prestación de los servicios por tiempo no superior a seis meses, dentro del cual Demuporsa deberá decidir sobre la forma de gestión y, en su caso, la nueva contratación, y debiendo permanecer, en cualquier caso, en la realización del servicio

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hasta que se produzca el relevo por el nuevo adjudicatario, facilitando el mismo con todos los medios a su alcance. 5.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. 5.1.- La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el licitante de las Cláusulas contenidas en este Pliego, en el de prescripciones técnicas, y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con DEMUPORSA. 5.2.- Las proposiciones se presentarán, en sobres cerrados, en las oficinas de DEMUPORSA, sitas en c/Martín Fernández Villarán, 2 de Portugalete. El plazo para la presentación de las proposiciones será de cuarenta y cinco (45) días naturales, a contar desde la fecha de envío del anuncio de licitación del contrato al DOUE. 5.3.- Cada licitador, individualmente o agrupado temporalmente, no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación automática de todas las propuestas por él presentadas. 6.- DOCUMENTACIÓN. Las personas o empresas interesadas en la licitación podrán retirar los Pliegos de Cláusulas en las oficinas de la Sociedad, o acceder al Pliego de Cláusulas Administrativas a través del perfil de contratante de DEMUPORSA, que se encuentra incluido en la web del Ayuntamiento de Portugalete: www.portugalete.org

7.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. 7.1.- Las Proposiciones constarán de tres sobres cerrados A, B y C, en cada uno de los cuales se hará constar su respectivo contenido y el nombre del licitador o persona que le represente, pudiendo presentarse los mismos lacrados y precintados. 7.2.- Sobre A: Documentación General. Este sobre deberá contener la documentación siguiente: 7.2.1.- Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro de Contratistas del Estado o de la Comunidad Autónoma del País Vasco, podrán presentar en el Sobre “A” únicamente la documentación siguiente:

a) Fotocopia del DNI de la persona que suscriba la oferta, debidamente legitimada durante el último año.

b) Copia de la inscripción en el Registro de Contratistas del Estado o de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Deberá acompañarse una declaración jurada de la vigencia de los datos contenidos de la citada inscripción.

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c) Declaración responsable, conforme establece el artículo 62 de la LCSP, de no hallarse incurso en ninguna de las causas de prohibición para contratar relacionadas en el art. 49 de la LCSP.

d) Solvencia económica y financiera y técnica y profesional: - Solvencia económica y financiera: Se acreditará mediante la presentación de la siguiente documentación:

1.- Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.

2.- Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los

empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.

3.- Declaración sobre le volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el

ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. - Solvencia técnica y profesional:

1.- Las titulaciones académicas y profesionales de los/as empresarios/as del personal de dirección de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato y del coordinador nombrado. 2.- Relación de los principales servicios o trabajos realizados durante los cinco últimos años, que incluya importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Asimismo, y como requisito mínimo de solvencia, se deberá aportar certificado acreditativo de que la empresa haya prestado servicio de mantenimiento y limpieza en instalaciones deportivas públicas con piscina climatizada en municipios de más de 6.000 habitantes al menos durante 3 años en los últimos 5 años. 3.- Una descripción del equipo técnico y unidades técnicas participantes en el contrato, estén o no integrados directamente en la empresa de la empresa adjudicataria. 4.- Una declaración del material, instalaciones y equipo técnico de que se disponga para la realización del contrato. 5.- Relación de maquinaria y útiles de trabajo que se destinen exclusivamente a la ejecución del

contrato. 7.2.2.- Aquellos que no figuren inscritos en los Registros de Contratistas citados, deberán acompañar en el Sobre “A” a) Fotocopia del D.N.I. de quien firma la propuesta, legitimada durante el último año. b) Copia autorizada o testimonio notarial o fotocopia debidamente legalizada de la escritura de Constitución de Sociedad, así como de modificaciones posteriores que afecten a requisitos de presentación y contratación del presente concurso, y poder con facultades suficientes para contratar

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con DEMUPORSA, otorgado a favor de quien firma la proposición o testimonio notarial, conjunto de uno y otro documento inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5º del Reglamento del Registro Mercantil. c) Declaración jurada de la vigencia de los documentos solicitados en el apartado anterior. d) Declaración responsable, conforme establece el artículo 62 de la LCSP, de no hallarse incurso en ninguna de las causas de prohibición para contratar relacionadas en el art. 49 de la LCSP. e) Solvencia económica y financiera y técnica y profesional: - Solvencia económica y financiera: Se acreditará mediante la presentación de la siguiente documentación:

1.- Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.

2.- Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los

empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.

3.- Declaración sobre le volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el

ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. - Solvencia técnica y profesional:

1.- Las titulaciones académicas y profesionales de los/as empresarios/as del personal de dirección de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato y del coordinador nombrado. 2.- Relación de los principales servicios o trabajos realizados durante los cinco últimos años, que incluya importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Asimismo, y como requisito mínimo de solvencia, se deberá aportar certificado acreditativo de que la empresa haya prestado servicio de mantenimiento y limpieza en instalaciones deportivas públicas con piscina climatizada en municipios de más de 6000 habitantes al menos durante 3 años en los últimos 5 años. 3.- Una descripción del equipo técnico y unidades técnicas participantes en el contrato, estén o no integrados directamente en la empresa de la empresa adjudicataria. 4.- Una declaración del material, instalaciones y equipo técnico de que se disponga para la realización del contrato. 5.- Relación de maquinaria y útiles de trabajo que se destinen exclusivamente a la ejecución del

contrato.

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En ambos supuestos (tanto esté o no inscrita en los citados registros), una vez resuelta la adjudicación provisional del contrato, el adjudicatario deberá presentar en el plazo de quince (15) días hábiles, desde la publicación del acuerdo en el perfil de contratante, las certificaciones positivas de acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. A tal efecto deberán aportarse:

- Certificaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y, en su caso, de la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria de la Diputación Foral de Bizkaia u órgano equivalente en razón de su domicilio fiscal, en las que se haga constar que la respectiva persona física o jurídica está al corriente de sus obligaciones tributarias.

- Certificación expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse al corriente de pago de sus obligaciones ante ésta. f) Certificación Territorial de estar al corriente de pago de todas las obligaciones tributarias al día de licitación, debiendo quedar claramente acreditado el Alta, y, en su caso, el último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas. g) Certificación de estar al corriente del pago de las cuotas de la Seguridad Social de los trabajadores de la empresa, así como de Alta en la Mutua de Accidentes correspondiente, o, en su caso, documentos TC-1 y TC-2, legitimadas notarialmente durante el último año. h) A efectos de notificaciones y posteriores relaciones entre ambas partes, el licitador deberá presentar los siguientes datos: domicilio, teléfono, fax, e-mail, etc. (Anexo II) 7.2.3.- Empresarios no comunitarios. Los contratistas de otros Estados no miembros de la Unión Europea deberán acreditar su personalidad y su solvencia técnica, financiera y económica conforme a lo dispuesto en la LCSP. Las empresas extranjeras, presentarán sus documentos constitutivos traducidos al castellano por la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores, así como un despacho expedido por la embajada de España en el País respectivo donde se certifique que conforme a su legislación tiene capacidad para contratar y obligarse. Además deberán cumplir con lo establecido en el artículo 44.1 de la LCSP 7.2.4.- Empresarios comunitarios. Además de los documentos comunes indicados, estos empresarios deberán presentar los siguientes: a) Documentos que acrediten su capacidad de obrar. Se acreditará mediante la inscripción en un registro profesional o comercial cuando el mismo sea exigido por la legislación del Estado respectivo o presentación de las certificaciones que se indican en el número 1 del Anexo I del Real Decreto 390/1996. Las empresas extranjeras presentarán sus documentos constitutivos traducidos de forma oficial al castellano.

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b) Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del Contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Además deberán cumplir con lo dispuesto en el artículo 47 de la LCSP. 7.2.5.- Uniones Temporales de Empresas. Además de la documentación que corresponda para cada uno de los supuestos regulados en los apartados anteriores, si la oferta propone la constitución de una UTE deberá asimismo acompañarse: - Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas. Cuando dos o más empresarios acudan a una licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de los que la componen deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a DEMUPORSA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión. Si cada uno de los empresarios que constituyan la UTE tuvieran asignada una labor específica y exclusiva en relación con las diversas prestaciones de que se compone el objeto del contrato, únicamente deberá acreditar la solvencia técnica correspondiente a los exclusivos efectos de su participación. Solo en el caso de que la licitación sea adjudicada a la agrupación de empresas deberán éstas acreditar la constitución de la misma ante el órgano de contratación 7.2.6.- La omisión de cualquiera de los documentos citados en el apartado 7.2 o la no observancia estricta del cumplimiento de lo previsto en los apartados anteriores, será motivo para la no admisión de la oferta. 7.2.7.- El adjudicatario deberá notificar en el plazo de 15 días las incapacidades e incompatibilidades que hubieran podido sobrevenir. 7.3.- Sobre B: Documentación Técnica

Contendrá los documentos que permitan valorar la oferta de acuerdo con los criterios de adjudicación indicados en el presente pliego, y en concreto la siguiente documentación, referida a los extremos que figuran en el apartado 15 del Pliego de Prescripciones Técnicas: a) Una declaración de las medidas adoptadas por la empresa adjudicataria para controlar la calidad.

b) Plan detallado de trabajo, con horarios y personal adscrito en cada momento, forma de ejecución del trabajo, etc. c) Mejoras ofertadas: horas de personal, refuerzos, inversiones, otras.

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d) Propuesta de realización, en su caso, de tareas no previstas en el Pliego que redunden en la calidad del servicio.

7.4.- Sobre C: Proposición Económica

- Oferta económica: La misma estará ajustada al modelo que figura como Anexo I en el presente Pliego, que deberá ir firmada por el ofertante o persona que le represente. A todos los efectos, se entenderá que la oferta presentada por la licitadora comprende no sólo el precio del trabajo a realizar, sino el importe de todos los impuestos y tributos que puedan originarse como consecuencia de la ejecución contrato, así como los gastos de desplazamiento y cualquier otro que pueda incidir sobre el mismo, a excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) que será soportado por DEMUPORSA, que deberá indicarse como partida independiente del precio del contrato. La Proposición Económica se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquellas que tengan omisiones, errores o tachaduras, que impidan conocer claramente lo que se estime fundamental para considerar la oferta, y deberá redactarse conforme al modelo que figura en el Anexo I del presente Pliego. En la presente contratación, no se admitirá la presentación de variantes o alternativas por los licitadores. La vigencia de la oferta será de tres (3) meses contados a partir de la fecha límite señalada para la presentación de solicitudes. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que DEMUPORSA estime fundamental para la oferta.

Notas aclaratorias sobre la presentación de la documentación:

- La licitadora podrá presentar la documentación exigida en original o copia de la misma. En caso de presentar copia, si resultara adjudicatario, con carácter previo a la adjudicación definitiva y como requisito exigible para la misma, deberá presentar la documentación original a efectos de llevar a cabo la comprobación y compulsa de la misma. En caso de detectarse falsedad de las copias presentadas, no procederá la adjudicación definitiva del contrato a favor del adjudicatario provisional que hubiera incurrido en falsedad, y DEMUPORSA podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador siguiente por el orden en que hubiesen quedado las ofertas. Incautando la garantía provisional al adjudicatario cesante . Sin perjuicio de que DEMUPORSA inicie las actuaciones que procedan para detectar la posible comisión de un delito o falta por parte de la licitadora.

- Transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación, Demuporsa podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por las licitadoras que no hayan resultado adjudicatarias, en el supuesto de que estos no hayan procedido a solicitar su devolución y retirada. 8.- PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. El procedimiento de adjudicación del presente contrato es abierto con varios criterios de adjudicación.

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DEMUPORSA podrá adjudicar el Contrato a la oferta que estime económicamente más ventajosa de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta cláusula, sin atender necesariamente de modo exclusivo al valor económico de la misma, o declarar desierto la licitación. Los criterios que, debidamente conjugados a efectos de seleccionar la solución más ventajosa para los intereses de DEMUPORSA, servirán de base para la adjudicación del Contrato serán los siguientes:

• Oferta económica: .......hasta 40 puntos Se otorgará la máxima puntuación a la oferta mas económica otorgándose al resto la que se obtenga por aplicación de la siguiente fórmula:

puntuar a Oferta

puntos 40 x económica mas Ofertapuntuación =

• Oferta técnica: ....... hasta 40 puntos Se deberán detallar la organización concreta del personal y su desarrollo horario, refuerzos de

personal, experiencia en contratos similares, medios y equipos asignados, Coordinador asignado, sistema de comunicación con la propiedad.

• Mejoras ofertadas: .... hasta 20 puntos Se valorarán la realización de otras tareas no previstas en el pliego y que redunden en la calidad

del servicio, inversiones y mejoras a realizar en la instalación (actualización de equipos, gestión informática de equipos...)

La puntuación conjunta máxima alcanzable por cada por cada concursante será de 100 puntos. La ponderación de los criterios de adjudicación reseñada se considerará como máxima para cada uno de los criterios señalados, valor que podrá ser reducido a tenor del grado en que concurra el criterio correspondiente. Asimismo, y respecto del criterio señalado como “Oferta económica”, a la hora de la declaración de la proposición económica como desproporcionada o temeraria, y de conformidad con lo establecido en el artículo 136.2. de la LCSP, se considerará que una proposición económica es desproporcionada o temeraria cuando la baja sobre el tipo de licitación fijado exceda en 10 unidades, por lo menos, a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas, sin perjuicio de la facultad que ostenta el órgano de contratación de apreciar, no obstante, previo los informes adecuados y la audiencia del interesado, como susceptible de normal cumplimiento las respectivas proposiciones. 9.- APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES La apertura de los Sobres “A.- Documentación General” y “B.- Documentación Técnica” , se efectuará por el Consejo de Administración y, en su caso, por la Comisión de Contratación que se designe al efecto, de forma interna, pudiendo ser subsanados todos los documentos presentados, en los términos que se indican en esta cláusula.

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Una vez efectuado el análisis de la citada documentación, el Consejo de Administración celebrará en acto público la apertura del Sobre “C.- Proposición Económica” presentado por los licitadores, en la fecha que se designe al efecto, que se publicará en el perfil del contratante y que asimismo se comunicará a los licitadores para que puedan asistir al mismo. En dicho acto, se comunicará a los asistentes el resultado de la calificación del Sobre “A” con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa de inadmisión, en su caso. No obstante, se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para la subsanación de las deficiencias detectadas y que no se consideren esenciales, siempre que se trate de acreditaciones o requisitos preexistentes al momento de cerrarse el plazo de presentación de ofertas. Al margen de la subsanación de defectos que pudieran detectarse, el Consejo o, en su caso la Comisión, podrá recabar de los licitadores las aclaraciones que estime oportunas sobre certificaciones y documentos presentados, así como requerir la presentación de otros documentos complementarios. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que DEMUPORSA estime fundamental para considerar la oferta o las que varíen substancialmente el modelo establecido. Demuporsa se reserva la facultad de verificar el contenido de la oferta, previamente a la adjudicación del contrato. 10.- ADJUDICACION PROVISIONAL Y DEFINITIVA. El órgano competente de DEMUPORSA, previa la deliberación e informes que corresponda, resolverá sobre la adjudicación provisional en el plazo máximo de vigencia de las ofertas, pudiendo declarar desierto la licitación, aunque existan propuestas que cumplan con los requisitos exigidos. Dentro de los 10 días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo de 15 días hábiles para la presentación de la documentación del adjudicatario provisional, de acuerdo con lo previsto en el artículo 135.4 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público, el órgano de contratación deberá dictar resolución de adjudicación definitiva a favor del adjudicatario provisional, siempre que éste haya presentado dicha documentación y acreditado que reúne las condiciones exigidas al efecto. En ningún caso existirá responsabilidad de DEMUPORSA, no teniendo derecho los licitadores a reclamación ni indemnización alguna.

11.- GARANTIA Y REAJUSTE DE GARANTIA

Con anterioridad a la suscripción del contrato de ejecución de obras, el adjudicatario de las mismas está obligado a constituir y presentar una garantía correspondiente al cinco por ciento (5%) del importe de adjudicación (I.V.A. excluido). Esta garantía, que tendrá por objeto asegurar la calidad de los trabajos contratados y el cumplimiento de los restantes extremos a los que se obliga el adjudicatario, se constituirá mediante aval solidario a primer requerimiento y con expresa renuncia al beneficio de excusión y se mantendrá vigente hasta

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que DEMUPORSA autorice su cancelación en los términos dispuestos en la cláusula vigésimo primera del presente Pliego. Dicha garantía, que se mantendrá en vigor hasta que DEMUPORSA autorice expresamente su cancelación y, en cualquier caso, hasta el momento de la recepción definitiva del objeto del contrato, se constituirá mediante aval solidario a primer requerimiento y con expresa renuncia al beneficio de excusión. La citada garantía podrá ser sustituida, a elección del adjudicatario, por una retención equivalente al 5% del importe (IVA excluido) de todas y cada una de las certificaciones de obra que sean presentas al cobro. Si como consecuencia de modificaciones del contrato, su precio también experimentara alguna variación, se ajustará la garantía prestada en los mismos términos cuantitativos que la garantía inicialmente prestada. Tal reajuste de garantías deberá quedar cumplimentado con la presentación de la certificación en que se refleje la modificación del precio del contrato.

12.- SEGUROS. El adjudicatario de los trabajos a que se refiere el presente pliego estará obligado, con carácter previo a la formalización del contrato, a suscribir y mantener en vigor durante toda la vigencia del mismo, un seguro de responsabilidad civil profesional de todo el personal de él dependiente adscrito a la realización de las prestaciones objeto del contrato que ampare de modo suficiente, y en una cuantía no inferior a SEISCIENTOS MIL EUROS (600.000-€), los riesgos que pudieran derivarse de la ejecución del contrato y que cubra los eventuales daños que pudieran irrogarse con su actividad profesional a DEMUPORSA, el Ayuntamiento de Portugalete, a terceras personas o al contratista de la obra cuando éste, en su ejecución, sin faltar a la lex artis, a las medidas de seguridad establecidas, a las normas de prudencia y diligencia o sin mediar infracción de reglamentos, se hubiera ajustado a las indicaciones y órdenes de la dirección. El adjudicatario adoptará las medidas necesarias para que durante la ejecución de los trabajos encomendados, quede asegurada la protección a terceros, siendo de su total responsabilidad las indemnizaciones por los daños y perjuicios que a estos pueda ocasionarse como consecuencia de aquellos, si a tenor de las disposiciones y leyes vigentes incurriese en culpabilidad. En consecuencia, DEMUPORSA no será responsable, ni directa, ni solidariamente de lo que con plena responsabilidad técnica y legal controle, proyecte, informe, calcule u ordene el adjudicatario, el cual deberá disponer del personal debidamente capacitado y con la titulación legal necesaria para la realización completa de los trabajos objeto de este Contrato. El Adjudicatario someterá el clausulado de las pólizas de seguro que suscriba a la aprobación de DEMUPORSA quien podrá si lo estima necesario instar la modificación del mismo. En ningún caso, DEMUPORSA queda obligada a abonar ningún tipo de gasto procedente de franquicias u otros no abonables por la compañía de Seguros (daños, indemnizaciones o estudios), que serán asumidos por el adjudicatario.

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13.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 13.1.- Serán de cuenta del adjudicatario todos los gastos e impuestos derivados de la formalización del contrato. 13.2.- El adjudicatario queda obligado a formalizar el contrato, dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados desde el siguiente al de notificación de la adjudicación. A estos efectos el adjudicatario aportará la documentación que le sea requerida. El adjudicatario del concurso objeto del presente pliego dispondrá de las coberturas de seguro necesarias de todo el personal y equipos asignados a la cumplimentación del mismo, así como deberá cumplir con todas las obligaciones que la legislación vigente imponga en materia de Seguridad y Salud Laboral, así como estar al corriente de las cotizaciones a la Seguridad Social de sus trabajadores. 13.3.- Cuando por causas imputables al adjudicatario no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo indicado en la cláusula anterior, DEMUPORSA podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado. Si las causas no fueran imputables al empresario, DEMUPORSA lo ampliará expresamente, por escrito motivado, notificando al adjudicatario el nuevo plazo. Simultáneamente a la formalización del contrato, el adjudicatario firmará la conformidad a este Pliego y al de Prescripciones Técnicas. Ambos documentos y las características de la oferta adjudicada, siempre que no contradigan lo especificado en los Pliegos, tendrán carácter contractual. 14.- EJECUCION DEL CONTRATO La fecha oficial de comienzo de los trabajos será el día que se establezca en el contrato administrativo que suscriban las partes La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura de la contratista y con estricta sujeción a lo dispuesto en el presente Pliego y, en su caso, a las especificaciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, al resto de la documentación obrante en el expediente de contratación incoado al efecto, así como a las instrucciones que diere DEMUPORSA y que serán de obligado cumplimiento para la contratista. En lo no previsto en los mencionados documentos, la ejecución se regirá por el Pliego de Cláusulas Generales para la contratación de estudios y servicios técnicos.

15.- OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LA ADJUDICATARIA 1.- Serán obligaciones del adjudicatario, además de las establecidas en el Pliego de Condiciones Técnicas que han de regir la presente contratación , las siguientes: a) Prestar el servicio con la continuidad convenida, con independencia de las circunstancias internas o externas de la entidad adjudicataria. b) Adscribir los medios materiales y humanos necesarios para la correcta realización del servicio. Cuando por razón de bajas de enfermedad, licencias, vacaciones…etc, de los empleados adscritos regularmente al servicio contratado, el empresario adjudicatario del contrato precisare sustituir a

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aquellos empleados, los trabajadores contratados deberán percibir igual remuneración salarial que la percibida por el trabajador sustituido, con excepción de todos aquellos conceptos retributivos que tuvieran carácter personal, como por ejemplo, la antigüedad. c) Nombrar, si DEMUPORSA lo solicitara, un responsable coordinador con capacidad para ostentar la representación del contratista. d) Hacer frente al pago de cuantos gastos e impuestos se deriven, tanto de la actividad que realice para la ejecución del servicio como los dimanantes de los trámites preparatorios y de formalización del contrato. e) Indemnizar los daños que se causen a terceros, como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio. A tal fin, deberá contar o, en su caso, formalizar la oportuna póliza de seguro de responsabilidad civil, con una cobertura mínima de 150.000 Euros, que cubra los riesgos derivados de su actividad en la ejecución del presente contrato y debiéndose, en su caso, actualizar la cobertura adecuadamente al menos cada dos años. Con carácter previo a la formalización del contrato habrá de presentar DEMUPORSA copia compulsada de dicha póliza. Asimismo, cada año al momento del pago de la prima correspondiente, se presentará copia cotejada del recibo de pago de la misma. f) Facilitar a DEMUPORSA, al Sr. Presidente del Consejo de Administración o persona en quien delegue y a los técnicos por aquel designados, cuantas aclaraciones o ampliaciones a las proposiciones presentadas le exijan para una mejor comprensión de las mismas. g) Realizar, a precio no superior a los precios unitarios por ofertados, y en su caso actualizados, cuantas ampliaciones le sean solicitadas por la Corporación, para duración no inferior a un mes, siendo el plazo máximo de comienzo del servicio de siete días, a partir del recibo de la notificación que se efectúe en este sentido. h) El adjudicatario, cuando sea requerido al efecto, estará obligado a justificar de forma de forma fehaciente ante DEMUPORSA, encontrarse al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a los trabajadores adscritos a la ejecución de este contrato, mediante la presentación de los TC2 debidamente diligenciados de los trabajadores que la empresa tenga asignados al Municipio de Portugalete para la ejecución del objeto del presente contrato. De no encontrarse al corriente, DEMUPORSA queda expresamente facultado para subsanar dicha omisión, efectuando por cuenta del adjudicatario las cotizaciones correspondientes con los recargos e intereses que procedan y deducir lo pagado de la mensualidad inmediata a satisfacer, entregando al adjudicatario los justificantes de dicho pago. i) A elevar informe anual a DEMUPORSA de resultados obtenidos con la prestación del servicio, sin perjuicio de la permanente facultad de inspección de DEMUPORSA. Asimismo se compromete a facilitar a DEMUPORSA los datos estadísticos que fueran precisos para evaluar la calidad de los servicios prestados. j) A cumplir las disposiciones vigentes o que se dicten durante el periodo de vigencia del contrato en materia laboral, previsión, seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo con respecto al personal a su cargo que se adscriba a la presentación del servicio contratado, quedando exonerado DEMUPORSA del incumplimiento de las citadas obligaciones legales, asumiendo la entidad adjudicataria su condición de empresario.

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k) El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo. l) y en general, a cumplir todas las obligaciones señaladas en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y en el de Prescripciones Técnicas que rigen el presente contrato. 2.- El adjudicatario tendrá derecho: - Al abono, con arreglo a los precios contratados, de los trabajos que realmente ejecute, con sujeción al contrato adjudicado, a sus modificaciones aprobadas y a las órdenes dadas por escrito por DEMUPORSA. - A la revisión del precio del contrato, en el supuesto de que se acuerde la prórroga del mismo, de acuerdo con lo previsto al efecto en el presente Pliego. Este derecho deberá ejercitarse, dentro del primer trimestre de cada año. Transcurrido el citado plazo, el adjudicatario perderá dicha opción. 16.- OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA

El contratista está obligado, bajo su exclusiva responsabilidad, al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, de Seguridad e Higiene en el trabajo y en materia fiscal, respecto del personal que adscriba al cumplimiento del objeto contractual, y en especial deberá estar al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social correspondiente a las personas a su cargo, así como en el Impuesto de Actividades Económicas correspondiente a su actividad, quedando DEMUPORSA exonerada de responsabilidad por este incumplimiento. Todas las personas colaboren con el adjudicatario en la prestación del objeto de presente contrato, dependerán exclusivamente de éste, y por tanto, sin relación contractual de ningún tipo (ni laboral, ni administrativa – mercantil, o civil), con DEMUPORSA. En consecuencia en ningún caso ni circunstancia el contrato supondrá relación laboral habitual entre DEMUPORSA y el contratista o el personal de él dependiente, siendo por ello irresponsable ésta Entidad Local de los daños que pudieran ocasionarse a terceros por las acciones u omisiones derivadas de la ejecución del contrato por el personal adscrito al servicio por el contratista.

17.- PERSONAL A ADSCRIBIR AL SERVICIO

La empresa adjudicataria del contrato deberá subrogar al personal que posea un contrato laboral y haya trabajado en el marco de la institución contratante al menos durante los últimos 6 meses, incluyen las sustituciones hasta su propia finalización. En ningún caso afectará la subrogación a los propietarios, accionistas, directivos y mandos intermedios de la empresa contratista cesante. Se adjunta el personal a subrogar en el Anexo III del Pliego de Prescripciones Técnicas. El contratista deberá adscribir a la prestación de los servicios objeto del presente contrato, los medios humanos necesarios para su ejecución, de acuerdo con lo establecido al efecto en el Pliego de Prescripciones Técnicas que, junto con el presente Pliego, ha de regir el contrato. 18.- FACULTAD DE INSPECCION

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Demuporsa ejercerá la facultad de dirección e inspección del servicio a través de sus servicios técnicos, pudiendo dictar instrucciones al contratista, que serán de obligado cumplimiento para éste, siempre que no supongan modificaciones no autorizadas de la prestación, y no se opongan a las condiciones acordadas en el presente contrato, ni a las disposiciones de la legislación vigente.

19.- TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS Hasta que tenga lugar la recepción o conformidad del contrato, y mientras no haya transcurrido el plazo de garantía que se establezca en el contrato, el cual no podrá ser inferior a tres (3) meses, contados a partir de dicha fecha, el contratista responderá de la correcta realización de los trabajos contratados y de los defectos que en ellos hubiere, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que los representantes de DEMUPORSA los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. El contratista quedará exento de responsabilidad cuando el trabajo defectuoso o mal ejecutado sea consecuencia inmediata y directa de una orden de DEMUPORSA. Si se advierten vicios o defectos en la ejecución de los trabajos objeto del contrato, DEMUPORSA podrá recusar los que estime no satisfactorios. La recusación se realizará siempre por escrito motivado y el contratista tendrá derecho a reclamar ante DEMUPORSA en el plazo de diez días contados a partir de la notificación del referido escrito. 20.- PENALIDADES AL CONTRATISTA.

Respecto de este asunto, se estará a lo dispuesto en los apartados 10 y 11 del Pliego de Prescripciones Técnicas que, junto con el presente Pliego, rige el contrato. Sin perjuicio de lo anterior, y en todo lo que no se encuentre previsto en dichos Pliegos y siempre y cuando no se oponga a lo allí establecido, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 196 y 197 de la LCSP.

21.- ABONOS AL CONTRATISTA. 21.1.- El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute, con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas y a las órdenes dadas por escrito por DEMUPORSA.

21.2.- El precio del contrato establecido se abonará al contratista, por mensualidades vencidas, y por un importe igual cada una de la doceava parte del precio total del contrato, previa la presentación de la factura correspondiente al mes de que se trate, tras la conformidad de DEMUPORSA y dentro de los sesenta (60) días siguientes al de presentación de su correspondiente factura 21.3.- En su caso, del importe de esta factura se deducirán las cantidades correspondientes por la falta de prestación o realización incompleta de los servicios y sanciones impuestas

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21.4.- Trimestralmente o, en su caso, cuando sea requerido al efecto por DEMUPORSA, el contratista deberá presentar ante esta Sociedad certificado acreditativo de que el adjudicatario se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias en los términos establecidos en el art. 43.1.f de la Ley General Tributaria de 17 de diciembre de 2003. 22.- MODIFICACIONES El contrato se podrá modificar por razones de interés público y para atender a causas imprevistas debidamente justificadas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 194, 202 y 282 de la LCSP. En tales casos, se estará a lo dispuesto en los artículos 140 y 202 de dicho texto legal. 23.- SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS Si DEMUPORSA, por causas justificadas, acordara una suspensión de los trabajos, se levantará la correspondiente Acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución del contrato. 24.- CESIÓN DEL CONTRATO No se admitirá bajo ningún supuesto la cesión del contrato. 25.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. Serán causas de resolución del contrato las establecidas en los artículos 206 y 284 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público. Asimismo, la reiteración de infracciones graves y/o muy graves pueden ser causas del resolución de contrato. 26.-DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA 26.1- Aprobada la recepción de los trabajos objeto del contrato, y siempre que no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía presentada, se procederá a su devolución, una vez haya transcurrido el plazo mínimo de garantía previsto en este Pliego. 26.2.- Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que se hubiera procedido a la recepción de las obras por causas no imputables al adjudicatario, se acordará sin más demora la devolución o cancelación de la garantía, siempre que no se haya incurrido en ninguna de las responsabilidades objeto de aseguramiento. 27.- SUBCONTRATACIÓN. 27.1.- El adjudicatario podrá concertar con terceros la realización parcial del contrato con arreglo a lo dispuesto en la presente Cláusula.

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27.2.- La celebración de los subcontratos estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Que el adjudicatario informe a DEMUPORSA previamente y por escrito de todos y cada uno de los subcontratos a celebrar, con indicación de las partes del contrato a realizar por cada subcontratista. 27.3.- Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el adjudicatario, que asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a DEMUPORSA con arreglo estricto a los términos de este Pliego y del contrato. 27.4.- El adjudicatario responderá directamente ante DEMUPORSA de la realización parcial del contrato por parte de los subcontratistas. DEMUPORSA no será responsable en modo alguno frente a los subcontratistas, quienes únicamente tendrán acción frente al adjudicatario. En ningún caso podrá concertarse por el adjudicatario la ejecución parcial del contrato con personas a las que afecten las prohibiciones de contratar establecidas en el art. 49 LCSP. A estos efectos, el adjudicatario deberá adjuntar al escrito a que se refiere la letra a) del apartado 2 de la presente cláusula, una declaración responsable del subcontratista de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones relacionadas en el señalado precepto. 28.- PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

En el caso de que la presente contratación implicare el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Trigésimo Primera de la LCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.

29.- RECURSO ESPECIAL DE CONTRATACION

Serán susceptibles de recurso especial previsto en el artículo 37 de la Ley de LCSP, los acuerdos de adjudicación provisional, los pliegos reguladores de la licitación y los que establezcan las características de la prestación, y los actos de trámite adoptados en el procedimiento antecedente, siempre que éstos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. 30.- PRERROGATIVAS Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. DEMUPORSA, tiene la facultad de interpretar el presente Pliego y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá notificarse el alcance del mismo, por razón de interés público.

Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato, serán resueltas por los órganos sociales de DEMUPORSA, sometiéndose ambas partes a la competencia territorial de los Juzgados y Tribunales de la jurisdicción civil del lugar de celebración

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del mismo, a cuya jurisdicción se someterán las partes, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder. 31.- NORMATIVA DE APLICACIÓN Para la interpretación de este pliego, así como para la regulación de cuantas incidencias o extremos no se hallaran expresamente en él previstas, resultará de aplicación la normativa vigente en materia de contratación administrativa, señaladamente la Ley de Contratos del Sector Público de 30 de octubre de 2007, con la especificidad de que todas las referencias hechas a la Administración en dicha normativa, se entenderán realizadas a nombre de DEMUPORSA.

Portugalete, 26 de enero de 2010

................................

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ANEXO I

MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA D./Dña.............................................................................................................., con domicilio en …………………………calle …………………………………………………………………………… y D.N.I. ........................., en nombre propio o en representación de la empresa …………………………………....................................................................., con domicilio en ...................................., calle ...................................................................................... C.P. ................................. Teléfono ...................... y C.I.F. …….................................... DECLARO I. Que he tenido conocimiento de la convocatoria efectuada por la Deportiva Municipal de Portugalete, S. A., (DEMUPORSA), para la ejecución del contrato consistente en el “Servicio de mantenimiento con garantía total y limpieza de las piscinas de Portugalete”.

II. Que igualmente conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas Particulares y demás documentación que debe regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad, sin salvedad alguna.

III. Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos

por la normativa vigente.

IV. Que, en relación con el presente contrato, propongo su realización por un importe total de ............................................................................................................................................. ................................................................................................................................ EUROS, I.V.A. excluido (debe expresarse en número y en letra), en cuyo precio deben entenderse incluidos todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal y el beneficio industrial de la contratista, y de ........................ Euros correspondientes al I.V.A., de donde resulta un importe total de ..........................................., I.V.A. incluido, de acuerdo con el siguiente desglose:

PRECIO : en cifra € (máximo 2 decimales) I.V.A........... % en cifra € (máximo 2 decimales) TOTAL en cifra € (máximo 2 decimales)

V.- Que oferta un plazo de garantía de: .......................

En .................................., a ............... de................................de .........

Fdo.: D.N.I.:

SR. PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE DEMUPORSA

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DEPORTIVA MUNICIPAL DE PORTUGALETE, S.A. Polideportivo Municipal Zubi-Alde Udal Kiroldegia C/ Martín Fernández Villarán, 2 48920 PORTUGALETE (BIZKAIA) Tfno.: 94 461 26 00 Fax 94 461 27 11 e-mail: [email protected] CIF A-48068134

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ANEXO II

FICHA DE TERCEROS

DATOS IDENTIFICATIVOS DEL TERCERO 1. N.I.F. ................................................... 2. Nombre completo o razón social del perceptor.................................... 3. Escritura notarial de poder: Firmante: Notaria ............................................................................... Fecha del poder: ......................................... Nº de escritura ........................................... Datos de inscripción en el Registro Mercantil ......................................... DATOS DE DOMICILIACION Calle o plaza ...................................................................... Número/piso/letra .......... ......... .......... Código/Población ............ ............. Provincia ....................... ................... Teléfono/Fax ............. .............. DATOS BANCARIOS Código Banco (4 dígitos) y denominación ........ .................. Sucursal (4 dígitos) y domicilio ......... .............................. Código de control (2 dígitos) ....... ........ Código de cuenta (10 dígitos) ....................................... Titular (debe coincidir con tercero) .......................................... FAX Que autorizo a la Deportiva Municipal de Portugalete, S.A., DEMUPORSA, a remitirme las notificaciones que procedan con respecto del presente contrato por medio de fax, cuyo número detallo a continuación: ....................... CERTIFICO QUE LOS DATOS DE TITULAR CONFORME TERCERO Y NUMERO DE CUENTA SON CORRECTOS Firma y sello de la Entidad financiera Sello y firma (Firma de apoderado) perceptor Nota: Cualquier modificación de los datos aquí incluidos debe notificarse a DEMUPORSA.

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ANEXO III DECLARACION JURADA

D./Dña……….................................................................................................... con domicilio en ...................................................................., calle ......................................................................... y provisto/a del D.N.I. ........................., en nombre propio o en representación de la empresa ....................................................................................……………………………………….. DECLARO:

1.- Que ni el firmante, ni la Sociedad Mercantil a la que en su caso representa, sin las personas que integran los Organos de Gobierno de la Sociedad, se hallan incursos en las causas de prohibición, incapacidad o incompatibilidad para contratar con DEMUPORSA, enumeradas en el artículo 24 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y que asimismo cumple con la normativa para instalación y funcionamiento de la misma. 2.- Que dicha persona, o en su caso la entidad o empresa a la que represento se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. En consecuencia, la presente tiene carácter de declaración responsable otorgada ante el Sr. Presidente del Consejo de Administración de Demuporsa, responsabilizándose de los perjuicios que pudieran derivarse de la incorrección o falsedad de la misma.

En........................a.......de........................de .............

Fdo.: D.N.I.:

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A N E X O IV

MODELO DE AVAL

La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca) ..........................................................................., N.I.F. ............... con domicilio (a efectos de notificaciones) en ................................. en la calle .......................................................... C.P. .................... y en su nombre (nombre y apellidos de una o varias de las personas Apoderadas) ..................con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación efectuada al dorso del presente documento.

A V A L A

A (1): (nombre y apellidos o razón social del o la avalada)........................................................................, N. I. F............................. en virtud de lo dispuesto por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado)................................................................................................................. .........................................................…………………………………………………………………………………………………………. ante la DEPORTIVA MUNICIPAL DE PORTUGALETE, S.A. (DEMUPORSA) por importe de: (en letra) ...............................................…………………………………………………….....................................................…… …………………………………………………..……………...................................... euros (en cifra y con dos decimales como máximo) ......................... euros. La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de DEMUPORSA y con sujeción a los términos previstos en los textos legales anteriormente citados. El presente aval estará en vigor hasta que DEMUPORSA, o quién en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria. (Lugar y fecha) ...................................................... (razón social de la entidad) ................................... (firma de la/s persona/s apoderada/s) .................... ___________________________________________ (1).- En el caso de uniones temporales de empresarios: - deberán especificarse las razones sociales y NIF de las empresas participantes. - las garantías podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal).

................................