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PLIEGO DE CLÁUSULAS CONTRACTUALES PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE CAPTACIÓN DE SUELOS, VENTA DE PARCELAS Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA GESTIÓN URBANÍSTICA DE LAS PROMOCIONES DE VISESA. Pág. 1 de 21 ÍNDICE I.- DISPOSICIONES GENERALES I.01.- Objeto de la contratación I.02.- Presupuesto de licitación I.03.- Plazo de duración del contrato III.- CONDICIONES DE LICITACIÓN II.01.- Procedimiento de licitación II.02.- Publicidad de la licitación II.03.- Plazo para la presentación de proposiciones II.04.- Requisitos de solvencia técnica y profesional II.05.- Prohibiciones de contratar II.06.- Presentación de propuestas II.07.- Apertura de plicas II.08.- Oferta única III.- CONDICIONES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO III.01.- Presentación de las proposiciones y documentación a presentar III.02.- Criterios de valoración de las ofertas III.03.- Apertura de las proposiciones III.04.- Mesa de Contratación e Informes III.05.- Órgano de Contratación y Responsable del Contrato III.06.- Adjudicación provisional y definitiva III.07.-Adjudicación en caso de resolución III.08.- Formalización de contrato III.09.- Cesión III.10.- Seguros IV.- CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN IV.01.- Regulación IV.02.- Pagos al adjudicatario IV.03.- Retenciones en concepto de garantía IV.04.- Revisión de precios IV.05.- Ejecución del contrato y supervisión IV.06.- Obligaciones del adjudicatario IV.07.- Modificaciones del contrato, estudios, servicios o trabajos complementarios y suspensión del contrato IV.08.- Incumplimiento de plazos IV.09.- Trabajos defectuosos o mal ejecutados IV.10.- Responsabilidad por daños IV.11.- Causas de resolución del contrato IV.12.- Renuncia por el adjudicatario IV.13.- Propiedad intelectual, cesión de derechos y utilización IV.14.- Publicidad de los trabajos IV.15.- Confidencialidad y deber de secreto IV.16.- Protección de Datos IV.17.- Régimen de recursos y Tribunales V.- ANEXO V.01.- Modelo de proposición económica V.02.- Modelo de garantía mediante valores anotados (con inscripción) V.03.- Modelo de aval V.04.- Modelo de certificado de seguro caución

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ÍNDICE I.- DISPOSICIONES GENERALES I.01.- Objeto de la contratación I.02.- Presupuesto de licitación I.03.- Plazo de duración del contrato III.- CONDICIONES DE LICITACIÓN II.01.- Procedimiento de licitación II.02.- Publicidad de la licitación II.03.- Plazo para la presentación de proposiciones II.04.- Requisitos de solvencia técnica y profesional II.05.- Prohibiciones de contratar II.06.- Presentación de propuestas II.07.- Apertura de plicas II.08.- Oferta única III.- CONDICIONES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO III.01.- Presentación de las proposiciones y documentación a presentar III.02.- Criterios de valoración de las ofertas III.03.- Apertura de las proposiciones III.04.- Mesa de Contratación e Informes III.05.- Órgano de Contratación y Responsable del Contrato III.06.- Adjudicación provisional y definitiva III.07.-Adjudicación en caso de resolución III.08.- Formalización de contrato III.09.- Cesión III.10.- Seguros IV.- CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN IV.01.- Regulación IV.02.- Pagos al adjudicatario IV.03.- Retenciones en concepto de garantía IV.04.- Revisión de precios IV.05.- Ejecución del contrato y supervisión IV.06.- Obligaciones del adjudicatario IV.07.- Modificaciones del contrato, estudios, servicios o trabajos complementarios y suspensión del contrato IV.08.- Incumplimiento de plazos IV.09.- Trabajos defectuosos o mal ejecutados IV.10.- Responsabilidad por daños IV.11.- Causas de resolución del contrato IV.12.- Renuncia por el adjudicatario IV.13.- Propiedad intelectual, cesión de derechos y utilización IV.14.- Publicidad de los trabajos IV.15.- Confidencialidad y deber de secreto IV.16.- Protección de Datos IV.17.- Régimen de recursos y Tribunales V.- ANEXO

V.01.- Modelo de proposición económica V.02.- Modelo de garantía mediante valores anotados (con inscripción) V.03.- Modelo de aval V.04.- Modelo de certificado de seguro caución

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I.- DISPOSICIONES GENERALES I.01.- Objeto de la contratación Constituye el objeto del contrato la prestación de servicios de captación de suelos, venta de parcelas y la asistencia técnica para la gestión urbanística a la Sociedad Pública “VIVIENDA Y SUELO DE EUSKADI, SA/EUSKADIKO ETXEBIZITZA ETA LURRA, EA” (en adelante VISESA) con el alcance que se detalla en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

La presente contratación se refiere a una prestación o arrendamiento de servicios técnicos profesionales, cuya naturaleza es privada, dado el carácter de VISESA de entidad integrante del Sector Público que no reúne la condición de Administración Pública, por lo que en cuanto a su preparación y adjudicación se regirán por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP) y en cuanto a sus efectos y extinción por las normas del derecho privado. El objeto del contrato, desarrollado en el Pliego de Condiciones Técnicas, comprenderá los siguientes trabajos:

� Servicios de captación de suelos y venta de parcelas: Constituye el objeto del contrato la

prestación de los servicios correspondientes a la prospección y búsqueda de suelos -aptos para la promoción de viviendas de protección pública o la implantación de alojamientos dotacionales- para su posible adquisición por parte de VISESA. Así como, la prospección comercial para la venta de parcelas titularidad de VISESA.

� Servicios de asistencia técnica urbanística y otros servicios: Constituye el objeto del contrato la

prestación de servicios de asesoramiento y ejecución de actuaciones de gestión urbanística de las promociones de VISESA, incluyendo la realización de servicios técnicos para la transformación del suelo adquirido o que vaya a adquirir VISESA y la colaboración técnica para el control y seguimiento de la contratación y ejecución de planeamiento, gestión urbanística y ejecución de las obras de urbanización de dichas promociones.

I.02.- Presupuesto de licitación Ninguna oferta podrá superar los tipos máximos de presupuesto siguientes: Presupuesto tipo: Servicios de captación de suelos, venta de parcelas, asistencia técnica urbanística y otros servicios: 335.265 €, sin IVA, correspondiente a la imputación de gastos de estructura por la puesta a disposición de los recursos asignados al servicio (cantidad correspondiente a los 2 años de duración prevista del contrato). Servicios de captación de suelos: 2,6% sobre el valor máximo de repercusión del suelo efectivamente adquirido, porcentaje a aplicar sobre el presupuesto de adquisición de terrenos. Servicios de venta de parcelas: 2,6% sobre el precio de venta del suelo efectivamente vendido, porcentaje a aplicar sobre el presupuesto de venta de terrenos. Servicios de asistencia técnica urbanística: .- Honorarios de Director de Proyecto: 100 €/hora

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.- Honorarios dedicación Técnicos de proyecto: 90 €/ hora, sin IVA

.- Honorarios dedicación Técnicos de apoyo: 85 €/hora, sin IVA

.- Honorarios personal administrativo: 70 €/hora, sin IVA Para el cálculo del importe a licitar se deberá ofertar el precio por las siguientes horas de dedicación a los servicios de gestión urbanística:

PERFIL Nº DE HORAS 2013-2014 DIRECTOR DE PROYECTO 1.525 TÉCNICO DE PROYECTO 8.000

TÉCNICO DE APOYO 1.470 ADMINISTRATIVO 515

El cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos, que según los documentos contractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, que figura como partida independiente. Las proposiciones que se presenten superando el presupuesto base de licitación serán desechadas. El precio del contrato será aquél al que ascienda la ejecución, que en ningún caso supera el presupuesto base de licitación. La baja que pueda obtenerse como resultado de la adjudicación, dará lugar, en su caso, a una baja proporcional de los importes de cada una de las anualidades previstas. A efectos de lo dispuesto en el artículo 88 del Texto Refundido de la Ley Contratos del Sector Público, se puede estimar que la cuantía destinada a la prestación de los servicios que son objeto de contratación para el plazo máximo de contratación –incluidas posibles prórrogas- ascenderá a la cantidad de 3.445.000,00 €, sin IVA. Dicha cantidad se indica únicamente a efectos de publicidad del procedimiento y de información a posibles licitadores, sin que ello suponga en ningún momento un compromiso de gasto por parte de VISESA. I.03.- Plazo de duración del contrato La duración del contrato será de DOS AÑOS pudiendo prorrogarse el mismo por años hasta una duración máxima de CUATRO AÑOS. Cada una de estas posibles prórrogas deberá ser notificada por escrito con una antelación mínima de 1 mes respecto a la fecha de finalización. II.- CONDICIONES DE LICITACIÓN II.01.- Procedimiento de licitación El contrato se adjudicará mediante Concurso Público y utilizando el procedimiento abierto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 138 del TRLCSP, en relación con el artículo 157 y siguientes del mismo Texto Refundido. En dicho procedimiento abierto, todo empresario interesado que cumpla los requisitos de solvencia técnica y profesional exigida podrá presentar una proposición, estando prohibida toda negociación de los términos del contrato con los solicitantes o candidatos. II.02.- Publicidad de la licitación. El concurso abierto será convocado mediante anuncio publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), el Perfil del Contratante de VISESA y de Gobierno Vasco, en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Estado. El

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coste económico de los anuncios será por cuenta de la empresa adjudicataria. El presente Pliego de Condiciones y el Pliego de Condiciones Técnicas se encuentran disponibles para las empresas licitantes en las siguientes páginas Web: http://www.visesa.com. II.03.- Plazo para la presentación de proposiciones Toda vez que los anuncios serán enviados por medios electrónicos, informáticos y telemáticos, el plazo para presentar proposiciones será de 40 días, a partir de la fecha de envío del anuncio del concurso al “Diario Oficial de la Unión Europea”. Dado que el anuncio de licitación ha sido enviado al Diario Oficial de la Unión Europea con fecha 6 de junio de 2012, el plazo de presentar proposiciones finaliza el 17 de julio de 2012, a las 13:00 horas. II.04.- Requisitos de solvencia económica, técnica y profesional Los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica, profesional o técnica que se determinan a continuación:

1) disponer de una red comercial propia de captación de suelos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, con un comercial asignado, al menos, a los tres Territorios Históricos; y 2) acreditar experiencia mínima de dos años en actividades de intermediación en la adquisición y gestión urbanística de terrenos. Acreditar experiencia mínima de tres años en actividades de asistencia técnica urbanística. 3) disponer de una plantilla mínima que cubra las siguientes áreas y responsabilidades:

.- 1 Director de Proyecto, que ejerza las labores de coordinación del contrato.

.- 2 Arquitectos Superiores, para las funciones de análisis y revisión del planeamiento

.- 2 Abogados colegiados, para las funciones de gestión urbanística.

.- 1 Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, para las funciones de análisis, gestión y supervisión de obras. .- 1 economista para las funciones de estudios económicos y de viabilidad. .- 1 Administrativo

3.a) Subrogación. La empresa adjudicataria tendrá la obligación de subrogar a los trabajadores actualmente adscritos a la prestación del servicio. Por lo que a efectos de permitir la evaluación de los costes laborales, la información sobre las condiciones de los contratos de las personas trabajadoras a las que afecta la subrogación se detalla en el Anexo I del Pliego de Condiciones Técnicas.

4) Cifra de negocio en los últimos tres años de 550.000 euros cada año, en servicios similares a los descritos en este concurso.

El incumplimiento de los criterios de solvencia señalados dará lugar a la exclusión del licitador del presente procedimiento por parte de la Mesa de Contratación.

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II.05.- Prohibiciones de contratar Se estará a las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Igualmente es de aplicación lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en relación a la extensión de las prohibiciones de contratar a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas de las que hubiesen concurrido aquéllas. Las prohibiciones de contratar contenidas en los párrafos a), b), d), f), y g) del apartado 1 del citado artículo se apreciarán de forma automática y subsistirán mientras concurran las circunstancias que en cada caso las determinan. En los restantes supuestos, la prohibición de contratar requerirá su previa declaración por parte de VISESA mediante procedimiento al efecto con fijación de su duración. II.06.- Presentación de propuestas. Los licitadores podrán presentar sus ofertas, en mano, hasta las 13:00 horas del 17 de julio de 2012 en el domicilio social de VISESA sito en c/ Portal de Gamarra 1A, 2º planta de VITORIA-GASTEIZ (01013) Cada licitador no podrá presentar más que una proposición dentro del plazo establecido en la presente cláusula. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros o colaboración si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación automática de todas las ofertas por él presentadas. Las proposiciones se sujetarán al modelo que se adjunta al presente Pliego, como anexo, y la presentación de las proposiciones presume la aceptación por parte de los licitadores de las cláusulas contenidas en el mismo, así como del resto de documentos contractuales y de la declaración responsable de la exactitud de los datos presentados y de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas. II.07.-Apertura de plicas. A partir de las 10:00 horas del día 3 de septiembre de 2012 se procederá en el domicilio social de VISESA a la apertura pública del sobre A.1. ante la Mesa de Contratación. II.08.-Oferta única. Cada empresa presentará una única oferta, no admitiéndose variantes a la misma. El plazo de validez de las ofertas será de TRES MESES contados desde la fecha de la apertura de las proposiciones económicas. III.- CONDICIONES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO III.1.- Presentación de las proposiciones y documentación a presentar Las empresas deberán presentar tres sobres cerrados titulados los tres como “PROPOSICIÓN PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE CONCURSO DE LOS SERVICIOS DE CAPTACIÓN DE SUELO, VENTA DE PARCELAS Y ASISTENCIA TÉCNICA URBANÍSTICA”.

.-SOBRE “A.1”. OFERTA ECONÓMICA

.-SOBRE “A.2”. OTROS CONTENIDOS DE LA OFERTA

.-SOBRE “B”. CAPACIDAD PARA CONTRATAR

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En cada uno de los sobres, además del citado título se incluirá el nombre del sobre, la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposiciones y el carácter con que lo hace, debiendo estar los sobres también firmados. Los sobres contendrán la siguiente documentación:

• SOBRE “A.1”. OFERTA ECONÓMICA a) Precio ofertado por los servicios ofertados, según modelo de proposición económica que se acompaña como anexo.

Contendrá exclusivamente una sola proposición debidamente firmada.

El precio ofertado en ningún caso podrá ser superior al presupuesto tipo señalado en este Pliego (tipo por coste estructural, por porcentaje de comisión y por coste hora de perfiles solicitados) por lo que las ofertas que lo superen quedarán automáticamente eliminadas. En el caso de captación de suelos, venta de parcelas, asistencia técnica urbanística y otros servicios deberá establecerse la siguiente propuesta de distribución de honorarios:

1. propuesta de una cantidad fija correspondiente a la imputación de gastos de estructura por la puesta a

disposición de los recursos asignados al servicio (calculada para la duración del contrato de 2 años). 2. propuesta de una cantidad variable, porcentaje, a aplicar al importe de suelo adquirido por VISESA. Para la

propuesta económica de este apartado se empleará un importe fijo de 6.882.000 euros de suelo adquirido (este importe debe ser utilizado como un fijo en la oferta sobre el que aplicar el porcentaje de comisión sobre compra ofertado).

3. propuesta de una cantidad variable, porcentaje, a aplicar al importe de suelo vendido por VISESA. Para la

propuesta económica de este apartado se empleará un importe fijo de 6.715.500 euros de suelo vendido (este importe debe ser utilizado como un fijo en la oferta sobre el que aplicar el porcentaje de comisión sobre venta ofertado).

En el caso de los servicios de asistencia técnica urbanística deberá presentarse propuesta de honorarios en función del tiempo de dedicación fijado por VISESA:

� Intervención de Director de proyecto: ……… €/hora. � Intervención de Técnicos de proyecto: ……… €/hora. � Intervención de Técnicos de apoyo: ……… €/hora. � Intervención de personal administrativo: ………. €/hora.

b) Memoria justificativa de la oferta económica: se aportará un documento que justifique de forma pormenorizada la

propuesta económica.

• SOBRE “A.2”. OTROS CONTENIDOS DE LA OFERTA

a) Descripción detallada y compromiso, en su caso, respecto a mejoras o ampliación del equipo propuesto que superen las mínimas exigidas por el Pliego.

b) Descripción detallada y compromiso, en su caso, respecto a las mejoras o sobreprestaciones al alcance de los

trabajos que superen las establecidas en el Pliego.

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c) Relación de medios técnicos, humanos y materiales que se adscribirán a los servicios, incluyendo organigrama del personal dedicado a la obra, titulación y experiencia en servicios similares.

El contenido de la documentación presentada tanto en lo relativo a medios personales adscritos a los servicios tendrán carácter contractual, estando obligado a mantenerlos en las condiciones expuestas en su propuesta y que sirvieron para la valoración de la misma por la Propiedad.

• SOBRE “B”.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR a) Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante

de la proposición, consistentes en Fotocopia del Documento Nacional de Identidad de los licitadores. Además, en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial.

b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en caso, debidamente inscrita

en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable, todo ello debidamente compulsado. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo.

c) Declaración expresa responsable ante funcionario público de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de

contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias.

d) Acreditación de estar dado de alta en el IAE, en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato mediante la

presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del IAE, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.

e) Las empresas pertenecientes a un grupo empresarial, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de

los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, deberán presentar declaración sobre los extremos reseñados en el citado artículo respecto de los socios que integran el grupo.

f) En caso de Uniones Temporales de Empresas, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la

constituyan y el grado de participación de cada uno, nombramiento de representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato pudieran derivarse, así como documento de compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios.

g) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de

cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

h) Garantía provisional por importe de 34.450 euros (2% del presupuesto de licitación).

En cuanto a la forma y requisitos de la garantía, se estará a lo previsto en el artículo 103 del TRLCSP, así como a lo dispuesto en los artículos 55, 56 y 57 del RGLCAP, en cuanto no se oponga a lo previsto en dicha Ley.

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Esta garantía deberá constituirse, cuando se trate de garantía en efectivo, en la cuenta de VISESA Nº 3035 0012 79 0120062038 en la entidad Caja Laboral Popular, S. Coop. y ante el propio órgano de contratación cuando se trate de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución. Si la garantía se constituye en efectivo no será preciso que los empresarios aporten el resguardo acreditativo de su constitución, sustituyéndose su presentación por el acceso de los órganos de contratación al mismo por medios electrónicos.

Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de empresarios, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía exigida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión.

La garantía provisional permanecerá vigente hasta la adjudicación del contrato, acordándose su devolución en dicha adjudicación. Será incautada la de las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 62 del RGLCAP.

El adjudicatario podrá optar, en su caso, por aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva.

En todo caso, la garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación.

i) Relación de servicios prestados durante el último año –indicando presupuesto, año de prestación de los servicios y

destinatario-, y de plantilla y que acrediten el cumplimiento de los requisitos de solvencia exigidos y declaración jurada respecto al cumplimiento de los mismos.

j) Relación de medios técnicos, humanos y materiales que se adscribirán a los servicios, en cumplimiento de la

solvencia técnica y profesional exigida, incluyendo titulación y experiencia en servicios similares. k) Cuentas Anuales auditadas y formuladas por el Consejo de Administración de la empresa (ejercicios 2010 y 2011). III .02.- Criterios de valoración de las ofertas. Los criterios de valoración de las ofertas serán los siguientes:

1. Oferta económica (50) 2. Mejora en la composición del equipo propuesto: (22) 3. Sobreprestaciones referidas al alcance de los trabajos (14) 4. Rigor de la oferta (14)

Las proposiciones formuladas por los licitadores serán analizadas conforme a los criterios señalados y conforme a la ponderación relativa que a continuación se detalla:

1. Oferta económica: un máximo de 50 puntos

Se valorarán con 0 puntos las propuestas cuya oferta económica sea el precio de licitación y hasta un total de 50 puntos a la propuesta cuya baja respecto al precio de licitación sea del 20% o superior; en todos los casos los valores intermedios se obtendrán por extrapolación lineal.

2. Mejora en la composición del equipo propuesto: máximo de 22 puntos

El empresario debe reunir las condiciones de solvencia técnica y profesional señaladas como mínimo en el presente Pliego, pudiendo presentar un equipo de mayor alcance profesional, respecto al definido como mínimo

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3. Sobreprestaciones referidas al alcance de los trabajos: máximo de 14 puntos Se valoran las mejoras contenidas en la oferta respecto a las exigencias mínimas del alcance de los trabajos a contratar definidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. 4. Rigor de la oferta: máximo de 14 puntos Se valora la propuesta efectuada, la profundización del estudio y la coherencia de la oferta. Al efecto se detallarán las deficiencias, indefiniciones o disparidades observadas en los diferentes documentos.

III.03.- Apertura de las proposiciones. Con carácter previo a la apertura de las proposiciones económicas, la Mesa de Contratación procederá al examen y calificación de la documentación correspondiente al “SOBRE B- CAPACIDAD PARA CONTRATAR”, otorgando en el caso de vicios o defectos subsanables un plazo máximo de 3 días hábiles. Posteriormente se procederá, en acto privado, a la apertura del “SOBRE A.2. OTROS CONTENIDOS DE LA OFERTA”, elaborándose el informe de valoración correspondiente a las distintas ofertas y dejando constancia documental de ello. La apertura del “SOBRE A.1. OFERTA ECONÓMICA” se llevará a cabo en el lugar, día y hora señalado en el anuncio del Concurso, teniendo el carácter de acto público. En dicho acto, la Mesa de Contratación dará lectura íntegra al contenido de las proposiciones económicas formuladas por los licitadores, declarando válidas y admitidas, las que cumplan con los requisitos previstos en este Pliego y en la Ley de Contratos del Sector Público, dándose por terminado el acto sin efectuar la adjudicación. Finalmente, se levantará Acta en la que se haga constar las ofertas presentadas, el precio y plazo ofertados. III.04.- Mesa de Contratación e Informes. La Mesa de Contratación estará constituida por el Director de Atención al Cliente (que actuará como Presidente), el Director Económico-Financiero, el Director Jurídico y un Técnico del Departamento Jurídico que actuará como Secretario, o personas en quienes éstas deleguen o les sustituyan. La Mesa podrá encomendar la realización de los informes técnicos precisos sobre el contenido de las ofertas. III.05.- Órgano de Contratación y Responsable del Contrato El Órgano de Contratación es el Consejo de Administración de VISESA quien designará un Responsable del Contrato con las funciones de supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada. III.06.-Adjudicación. A la vista de los informes técnicos recibidos y de la valoración que la Mesa haga de la documentación contenida en los sobres, dicha Mesa de contratación elevará la oportuna propuesta de adjudicación al Consejo de Administración de VISESA, en cuanto órgano de contratación. La propuesta de adjudicación, que se efectuará a favor de la empresa o empresario que, según los criterios de valoración, haya realizado en conjunto la oferta económicamente más ventajosa, no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto. No obstante, si el Consejo de Administración no adjudicara el contrato de acuerdo con la propuesta formulada, deberá motivar su decisión.

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El Consejo de Administración de VISESA, a la vista de la propuesta de adjudicación formulada por la Mesa de Contratación y con las especialidades señaladas, procederá a dar el visto bueno a la propuesta la adjudicación y facultará a la Mesa de Contratación para que proceda a solicitar al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa requerida en el Pliego y, en concreto, la acreditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como cualesquiera otros documentos requeridos. Obligaciones Tributarias: a) Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados e) y f) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención. Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán acreditar el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y Haciendas Forales, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Obligaciones con la Seguridad Social: Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden que hayan quedado clasificadas las ofertas con el Visto Bueno dado por el Consejo de Administración. En este caso, se otorgará a éste un plazo de diez días hábiles para cumplimentar lo señalado. El Director General de VISESA, facultado por el Consejo de Administración, adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, que será notificada al adjudicatario y al resto de solicitantes invitados a presentar proposiciones, por correo certificado con acuse de recibo, y publicada en el perfil del contratante de VISESA (www.visesa.com). La formalización del contrato será efectuada por el Director General de VISESA actuando en base a la delegación otorgada por el Consejo de Administración de VISESA, en cuanto órgano de contratación, en caso de no existir recursos a la adjudicación. La formalización deberá publicarse en el Perfil del Contratante de VISESA. Adjudicado y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en el mes siguiente a la fecha en que se les notifique la adjudicación definitiva, VISESA no estará obligada a seguirla custodiando.

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El contrato se perfeccionará mediante la formalización realizada por el Órgano de Contratación en los términos señalados anteriormente. III.07.-Adjudicación en caso de resolución.

En el supuesto de resolución del contrato al inicial adjudicatario, cualquiera que sea la causa, VISESA se reserva la facultad de adjudicar el nuevo contrato a alguna de las empresas participantes en el concurso (preferentemente según el orden de puntuación obtenido, salvo razones que a juicio de VISESA desaconsejen la citada preferencia, y sin modificación de las condiciones ofertadas) o bien a una tercera empresa no participante en el Concurso, cuando a criterio de VISESA se justifique la conveniencia de tal decisión, y de conformidad con los supuestos previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

III.08.-Formalización del contrato El contrato de ejecución de obra se suscribirá en el plazo de un mes desde la notificación de la adjudicación. Si el contrato no se formaliza en dicho plazo, por causas imputables al contratista, VISESA podrá acordar la resolución del mismo, así como la incautación de la garantía provisional. III.09.-Cesión. La Empresa que resulte adjudicataria de la licitación a que se refiere el presente Pliego no podrá ceder los derechos y obligaciones derivados del contrato sin autorización expresa de VISESA. En todo caso, para que pueda tener lugar la cesión, se deben cumplir dos requisitos:

a) Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20% del contrato, y b) Que el cesionario tenga capacidad para contratar con VISESA, la solvencia que resulte exigible y no esté

incurso en causa de prohibición de contratar. III.10.-Seguros. Serán a cargo de los adjudicatarios todos los daños y perjuicios producidos en el desarrollo de sus trabajos cualquiera que sea su naturaleza y volumen. Sin perjuicio de las responsabilidades establecidas para las partes en el Contrato, será por cuenta del adjudicatario la contratación y mantenimiento en vigor de los seguros siguientes:

a) Un seguro de Responsabilidad Civil que garantice la Responsabilidad Civil tanto de la Propiedad como del adjudicatario por la realización de los trabajos objeto de esta adjudicación aunque la ocurrencia del daño y/o su reclamación sea en periodos posteriores a la prestación.

b) En relación con el personal que intervenga en la realización de los trabajos objeto de licitación, los Seguros

(Vida, Accidentes, etc.) que determinen los convenios sectoriales a los que pertenezca dicho personal.

c) Cualquier seguro que sea exigible según la legislación aplicable en relación con la prestación objeto del contrato.

El coste de los seguros citados será a cargo del Adjudicatario y pagado por éste antes del inicio de su trabajo.

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En todo caso serán soportados por el adjudicatario, en virtud de su responsabilidad, los daños y/o perjuicios en la cuantía correspondiente a las franquicias del seguro y en lo que excedan tanto de los límites de indemnización establecidos como de las garantías aseguradas. Todas las pólizas de seguros a que se refiere este apartado, suscritas por el Adjudicatario, deberán incluir:

• La estipulación de que las respectivas Compañías Aseguradoras, antes de proceder a la alteración o

cancelación de las pólizas, lo notificarán por escrito a la Propiedad con, al menos, 30 (treinta) días de antelación, siendo nula dichas cancelación o alteración en caso de no cumplirse el referido preaviso.

• Cláusula de renuncia de los derechos de subrogación, contra la Propiedad y/o el personal a su servicio, por

parte de las Compañías Aseguradoras. Si se produjese una modificación en el contenido, importe y/o duración de los trabajos descritos en contrato, el Adjudicatario procederá a la contratación a su cargo de las necesarias ampliaciones y/o prórrogas de las coberturas. Sin perjuicio de sus obligaciones en la tramitación de los incidentes asegurados bajo los seguros aquí indicados, el Adjudicatario mantendrá informada puntualmente a la Propiedad sobre los mismos. Se hará constar expresamente en póliza que los acuerdos de cierre respecto a reclamaciones amparadas bajo esta póliza, no podrán ser realizados sin el consentimiento expreso de la Propiedad. Asimismo al Asegurador le bastará dicho consentimiento para proceder al cierre de dichas reclamaciones, siendo este cierre vinculante para el Adjudicatario. Antes del inicio de su prestación, así como cuando se produzcan variaciones e incidencias, y cuando expresamente se le requiera, el Adjudicatario acreditará documentalmente ante la Propiedad la contratación, el pago, el contenido y la vigencia de los Seguros exigidos en las cláusulas anteriores. La no presentación de los seguros exigidos así como su incumplimiento por parte del adjudicatario, podrá dar lugar bien a la resolución de contrato o bien a la contratación por parte de la Propiedad por cuenta y a cargo del Adjudicatario aquéllos de los seguros requeridos que no estuvieran contratados a plena satisfacción de la Propiedad en los plazos por ésta requeridos. Si el Adjudicatario considera aconsejable coberturas suplementarias a las aquí restablecidas, quedará a su criterio y cargo la contratación que estimase pertinente. El Adjudicatario deberá tener dados de alta en la Seguridad Social a todas las personas que intervengan en los servicios contratados debiendo acreditar estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones con dicho Organismo. IV.- CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN IV.01.- Regulación. La presente contratación se regirá por las cláusulas contenidas en este Pliego de Condiciones y sus anexos. Subsidiariamente se regirá por:

a) En cuanto al procedimiento de adjudicación por lo que se establece en los Capítulos I y II del Título I, del Libro III, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y por aquellas disposiciones de carácter general, que en desarrollo de los citados capítulos de la Ley estatal pueda aprobar el Gobierno Vasco.

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b) En cuanto al resto de aspectos de la contratación, por la regulación contenida en el Código Civil relativa al arrendamiento de servicios.

IV.02.- Pagos al adjudicatario Los precios ofertados por los licitadores comprenderán cuantos gastos, impuestos y tributos directos e indirectos intervengan en la operación (visado si procede, seguros de responsabilidad civil derivados de su autoría, gestión hasta su entrega y cualesquiera otros gastos generados por su tramitación, retribución de personal al servicio por cualquier título del contratista, o quien con él coopere, Seguridad Social y cargas fiscales del personal, desplazamientos, gastos de oficina, … ) y cualquier otra partida, de forma que ninguno de estos conceptos podrá ser repercutido fuera del precio ofertado y, posteriormente, aceptado por VISESA. El precio del contrato se entenderá a tanto alzado, es decir será cerrado y con independencia del presupuesto que resulte por las variaciones en el coste del servicio. Todos los pagos se realizarán mediante transferencia a 30 días desde la recepción de la factura por parte de VISESA. El pago de los servicios se realizará en la forma siguiente:

.- El importe de los costes estructurales del servicio se facturará con carácter trimestral, como resultado de la aplicación del precio tipo (€/por la duración del contrato) ofertado por el adjudicatario dividido entre 8. Asimismo el importe de los servicios de asistencia técnica urbanística se facturará con carácter trimestral, de la aplicación de los precios de coste hora por perfil. A estos efectos el adjudicatario presentará los partes de trabajo realizados con el debido desglose e imputación de los mismos a las diferentes promociones y con indicación del personal interviniente y la dedicación horaria realizada.

.- Respecto a la comisión por servicios de captación de suelo, se abonará dentro del último mes de cada ejercicio natural, la cantidad que resulte de aplicar el porcentaje variable propuesto por el adjudicatario a los presupuestos de adquisición que hayan culminado en dicho ejercicio para los que VISESA haya formalizado la adquisición u obtención de suelo. El precio de adquisición, o base de cálculo en el caso de que adquiere suelo a título gratuito, o por debajo de su valor de mercado, se igualará al precio máximo legal del suelo según la normativa vigente, asimilando los Alojamientos Dotacionales a las Viviendas de Protección Oficial de Régimen Especial. Por proyecto finalizado se entenderá aquél para el que VISESA haya aceptado –y comunicado al empresario- la continuación de los trámites de la promoción con el titular del suelo. .- Respecto a la comisión por servicios de comercialización de parcelas titularidad de VISESA, se abonará dentro del último mes de cada ejercicio natural, la cantidad que resulte de aplicar el porcentaje variable propuesto por el adjudicatario a los presupuestos de venta de suelo para los que VISESA haya formalizado en escritura pública la compraventa.

IV.03.- Retención en concepto de garantía Del primer abono a realizar por parte de VISESA se retendrá el 5 % del importe de adjudicación en concepto de garantía para responder de la correcta ejecución de los trabajos contratados. Dicha retención será devuelta a la finalización de los trabajos siempre y cuando no exista reclamación alguna. IV.04.- Revisión de precios En el presente contrato no se aplicará revisión de precios alguna.

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IV.05- Ejecución del contrato y supervisión La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del adjudicatario y éste no tendrá derecho a indemnizaciones por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes o trabajos antes de su entrega a VISESA, salvo que ésta hubiese incurrido en mora al recibirlos. Por parte de VISESA se designará para este contrato una persona responsable en la interlocución, supervisión y coordinación durante la ejecución de los trabajos contratados, específica para cada una de las fases. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos contratados y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deriven para VISESA o para terceros por las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato, asumiendo dicha responsabilidad por el trabajo realizado por los integrantes del Equipo o terceros subcontrataciones, colaboraciones, etc…) IV.06.- Obligaciones del adjudicatario El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, fiscal, de Seguridad Social, de Prevención de Riesgos Laborales, de integración de minusválidos, así como al cumplimiento de las que puedan promulgarse durante la ejecución del contrato. Asimismo, el adjudicatario asume la completa responsabilidad de los accidentes que por causas imputables a él pudieran ocurrir a su personal, al de sus subcontratistas, colaboradores o a terceros. El adjudicatario presentará en tiempo y forma todos los datos estadísticos que VISESA le demande. El adjudicatario está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para su realización, así como de los plazos parciales acordados. La demora respecto al cumplimiento del plazo total o los plazos parciales aprobados, facultará a VISESA para optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades previstas en el presente pliego. IV.07.- Modificaciones del contrato, estudios, servicios o trabajos complementarios y suspensión del contrato Una vez perfeccionado el contrato, VISESA podrá introducir modificaciones en los elementos que lo integran siempre que sean debidas a necesidades nuevas o causas imprevistas debidamente justificadas. El adjudicatario estará obligado a asumir aquellas modificaciones que VISESA estime pertinentes, ajustándose a los precios unitarios establecidos o que, en su defecto, sean objeto de acuerdo, siempre que no impliquen alteraciones del precio del contrato en cuantía superior, en más o en menos, al 10 por 100 del precio primitivo del contrato, o representen una alteración sustancial del mismo, en cuyo caso podrá instarse la resolución del mismo. Para la ejecución de estudios, servicios o trabajos complementarios que no figuren en el proyecto, ni en el contrato, pero que resulte necesario ejecutar como consecuencia de circunstancias imprevistas su ejecución podrá encomendarse al Contratista adjudicatario con los precios que rigen para el contrato inicial o, en su caso, fuesen fijados contradictoriamente con los requisitos establecidos en el art. 219 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Si VISESA, por causas justificadas, acordara la suspensión del contrato, se levantará un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.

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IV.08- Incumplimiento de plazos El adjudicatario está obligado a cumplir los plazos que acuerde con VISESA en desarrollo de los servicios a prestar, tanto los totales como los parciales señalados. La constitución en mora del adjudicatario no precisará intimación previa por parte de VISESA. Cuando el adjudicatario, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, VISESA podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades diarias equivalentes al 0,3% del precio del contrato. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, VISESA estará facultada para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. La misma penalización y facultad señaladas en el párrafo anterior tendrá derecho a aplicar VISESA respecto al incumplimiento por parte del adjudicatario de los plazos parciales. IV.09- Trabajos defectuosos o mal ejecutados El adjudicatario será responsable de las obligaciones contraídas con VISESA en virtud del contrato que se celebre, de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados por el Equipo o colaboradores, así como de las consecuencias que se deduzcan para VISESA y/o para terceros de las omisiones, errores, deficiencias, insuficiencias, métodos inadecuados, conclusiones incorrectas y/o infracciones en la ejecución del contrato. Así, el adjudicatario estará obligado a la subsanación y/o corrección de los trabajos en el plazo señalado por VISESA. Si transcurrido ese plazo, los trabajos no hubieran sido corregidos, VISESA podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía definitiva -respondiendo además el adjudicatario de los daños y perjuicios causados a VISESA y/o a terceros- o conceder un nuevo plazo máximo al adjudicatario. Si se produjese un nuevo incumplimiento, VISESA procederá a la resolución del contrato incautando la garantía definitiva y con obligación del adjudicatario de responder de los daños y perjuicios causados a VISESA y/o terceros. Asimismo, serán por cuenta del adjudicatario todos y cada uno de los gastos derivados de la contratación de un nuevo equipo. El incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones el Pliego y/o del contrato facultará a VISESA para resolver de pleno derecho el contrato, sin que quepa reclamación alguna. Así, tendrá derecho a percibir los honorarios que correspondan a fases completas ya finalizadas, sin perjuicio de las penalizaciones establecidas a continuación. IV.10.- Responsabilidad por daños La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del adjudicatario. Este será responsable no solo de los daños y perjuicios causados a VISESA y/o a terceros durante la ejecución del contrato, sino también de los originados a éstos como consecuencia de dicha ejecución. Cuando por actos u omisiones imputables al adjudicatario o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, VISESA podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para proseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo. Con independencia de lo previsto anteriormente, el adjudicatario responderá de los daños y perjuicios que durante la ejecución de las obras se causen tanto a VISESA como a terceros, por defectos e insuficiencias técnicas del proyecto o

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por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el mismo haya incurrido, imputables a aquél. IV.11.- Causas de resolución del contrato Serán causa de resolución del contrato, además del incumplimiento de las obligaciones contractuales, las establecidas en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. A parte de las causas legalmente previstas, procederá igualmente la resolución del contrato en el caso de no formalización del contrato en los plazos previstos en el presente Pliego, y el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. En caso de resolución del Acuerdo por causa imputable a un adjudicatario y sin perjuicio de los efectos legalmente previstos, en todo caso, procederá la pérdida de la garantía depositada. IV.12.- Renuncia por el adjudicatario La renuncia por el adjudicatario a proseguir los trabajos encargados no surtirá efecto hasta que no se comunique por escrito a VISESA tal renuncia a través de cualquier instrumento que dé fehaciencia del envío, de su contenido y de la fecha del mismo, estando obligado el adjudicatario a abonar en el plazo de siete días la cantidad equivalente a la mitad del precio estipulado en concepto de indemnización con pérdida de la garantía definitiva. VISESA se reserva la facultad de exigir al adjudicatario, en caso de renuncia por parte de éste, además de la indemnización ya mencionada, el abono de cantidad derivada de la contratación de un nuevo equipo. IV.13.- Propiedad intelectual, cesión de derechos y utilización Cuando de la realización de los trabajos objeto del contrato se deriven derechos de autor, el adjudicatario reconoce y acepta que en el precio pactado se incluyen todos los derechos de propiedad intelectual derivada del objeto del presente contrato, así como sus mejoras, perfeccionamientos y desarrollos posteriores. Todos estos derechos son de única y exclusiva propiedad de VISESA, no pudiendo ser reproducidos, transferidos o comunicados a terceros sin la previa autorización por escrito de VISESA. En consecuencia, todos los signos distintivos, bocetos, pruebas, desarrollos, planos, prototipos, creaciones o resultados que realice el adjudicatario en desarrollo del contrato, serán de titularidad y propiedad de VISESA, no pudiendo el adjudicatario explotarlos, comercializarlos ni ofrecerlos a terceros, salvo autorización expresa y por escrito de VISESA. La cesión de derechos recogida en los párrafos anteriores no se extiende al derecho moral de autor, el cual, por ley, es irrenunciable, teniendo derecho a ser mencionados como tales. El adjudicatario se compromete y declara expresamente que en el desarrollo de su labor no ha infringido conscientemente ningún derecho anterior que pudiera existir a favor de terceros o que pudiera incurrir en responsabilidad frente a terceros. Si así fuera, el adjudicatario será responsable frente a dichos terceros y asumirá cualquier responsabilidad en que pudiera incurrir VISESA, incluyendo gastos judiciales e indemnización por daños y perjuicios.

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IV.14.- Publicidad de los trabajos El adjudicatario deberá obtener la aprobación de VISESA antes de dar publicidad a comunicaciones, anuncios y fotografías de cualquier clase en relación con los trabajos adjudicados. IV.15.- Confidencialidad y deber de secreto El adjudicatario deberá guardar secreto profesional y confidencialidad de toda actividad que realice en la ejecución del encargo y de las obligaciones asumidas, no pudiendo revelar ni divulgar, el contenido y ejecución de este contrato a menos que haya sido relevado de esta obligación de forma expresa y por escrito por parte de VISESA. No se aplicará el deber de confidencialidad cuando la información o los conocimientos sean previamente conocidos o que estén o que pasen a estar a disposición del público sin que ello haya sido como consecuencia del incumplimiento de este contrato. El incumplimiento de esta obligación será responsabilidad expresa de la empresa adjudicataria frente a VISESA en los daños y perjuicios que le pudiera ocasionar. IV.16- Protección de Datos Los datos personales facilitados por los licitadores podrán ser incorporados a un fichero informatizado propiedad de VISESA con la finalidad exclusiva de gestionar la relación de proveedores para los distintos servicios a contratar por esta compañía. Igualmente, se informa de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante comunicación escrita dirigida a VISESA, con domicilio en c/Portal de Gamarra 1A-2º planta, 01013 Vitoria-Gasteiz, en los términos establecidos en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. IV.17.- Régimen de Recursos y Tribunales Los licitadores podrán interponer ante el Órgano de Resolución de Recursos Contractuales, un recurso especial en materia de contratación, frente a los Pliegos reguladores de la licitación y los que establezcan las características de la prestación, los actos de trámite vinculados a la adjudicación del contrato y en especial el Acuerdo de adjudicación del contrato. Dicho recurso habrá de interponerse en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a aquél en que se notifique o publique el acto impugnado, y en el caso de que el acto recurrido sea el de la adjudicación, desde el siguiente a aquél en que se publique el mismo en el perfil del contratante de VISESA. En materia de preparación y adjudicación de estos contratos será competente el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, previa la resolución del recurso especial citado, la interposición del cual tiene carácter obligatorio como trámite previo a la impugnación ante el citado orden. De la ejecución del contrato y sus efectos deberá conocer la jurisdicción civil. El adjudicatario hace una renuncia expresa al fuero de su domicilio y se somete a los Juzgados y Tribunales de Vitoria- Gasteiz que sean competentes para la resolución de cuantas incidencias y reclamaciones pudieran plantearse.

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V.- ANEXO V.01.- Modelo de Proposición Detallada Económica I D. .................………………………………………………………..., en su propio nombre (o en representación de la empresa ………), mayor de edad, de profesión …………….. vecino de ................................. con domicilio en .................................. y con DNI nº…..….….; ante el concurso promovido por VIVIENDA Y SUELO DE EUSKADI, SA/EUSKADIKO ETXEBIZITZA ETA LURRA, EA (VISESA) para la prestación de servicios de captación de suelos y la asistencia técnica urbanística, ACEPTA sin reservas las cláusulas del presente Pliego y del Pliego de Prescripciones Técnicas y se compromete a realizar dichos trabajos en las siguientes condiciones: SERVICIOS DE CAPTACIÓN DE SUELOS, VENTA DE PARCELAS, ASISTENCIA TÉCNICA URBANÍSTICA Y OTROS SERVICIOS Cantidad fija correspondiente a la imputación de gastos de estructura por la puesta a disposición de los recursos asignados al servicio.

………… €. (sin IVA)

SERVICIOS DE CAPTACIÓN DE SUELOS Porcentaje a aplicar sobre el presupuesto de adquisición de terrenos:

……… % x 6.882.000 €=………….€ (sin IVA)

SERVICIOS DE VENTA DE PARCELAS Porcentaje a aplicar sobre el presupuesto de venta de terrenos:

……… % x 6.715.500€=……………€ (sin IVA)

SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA URBANÍSTICA

Intervención de Director de Proyecto: ……… €/hora. (sin IVA) x 1.525 horas=……………€ (sin IVA)

Intervención de Técnicos de proyecto: ……… €/hora. (sin IVA) x 8.000 horas=……………€ (sin IVA)

Intervención de Técnicos de apoyo:

……… €/hora. (sin IVA) x 1.470 horas=……………€ (sin IVA)

Intervención de personal administrativo:

………. €/hora. (sin IVA) x 515 horas=……………€ (sin IVA)

TOTAL ………………..……………€ (sin IVA) (Firma y DNI)

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V.02.- Modelo de garantía mediante valores anotados (con inscripción)

D……………….., en representación de…………….., NIF……….., con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en …………………….. PIGNORA a favor de Vivienda y Suelo de Euskadi, SA-Euskadiko Etxebizitza eta Lurra, EA los siguientes valores representados mediante anotaciones en cuenta, de los cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue: Número valores

Emisión (entidad emisora), clase de valor y fecha de

emisión

Código valor

Referencia del Registro

Valor nominal unitario

Valor de realización de los valores a la fecha de

inscripción

Para responder de las obligaciones siguientes: ………………………………………………………………………., contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada) NIF………………., con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en …………………….., por la cantidad de: (en letra y en cifra). Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos del Sector Público, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.

(Nombre o razón social del pignorante) (firma/s). Con mi intervención, el Notario (firma).

Don ..., con DNI ..., en representación de ..... (entidad adherida encargada del registro contable), certifica la inscripción de la prenda, (fecha) (firma)

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V.03.- Modelo de aval

La entidad…………….………………..(razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), CIF…………………….., con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en …………....….., en la calle/plaza/avenida……………………...…………, CP…………….., y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados)…………………., …................................................................con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,

AVALA A (nombre y apellidos o razón social del avalado)……………………..…………………….., NIF/CIF……………………….., en virtud de lo dispuesto por (norma/s y artículos/s que impone/n la constitución de esta garantía)…………………………para responder de las obligaciones siguientes (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el contrato)……………, ante VISESA ….…………………… ………………por importe de (en letra y en cifra)………………………............……….euros. La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el art. 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de VISESA, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos del Sector Público, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos. El presente aval estará en vigor hasta que (indicación del órgano de contratación) ………… o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria. El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con número……………………..

………………………….(Lugar y fecha) …….………(Razón social de la entidad) ...……………(Firma de los apoderados)

VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CGD O ABOGACÍA DEL ESTADO. PROVINCIA FECHA CÓDIGO

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PLIEGO DE CLÁUSULAS CONTRACTUALES PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE CAPTACIÓN DE SUELOS, VENTA DE PARCELAS Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA GESTIÓN URBANÍSTICA DE LAS PROMOCIONES DE VISESA.

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V.04.- Modelo de certificado de seguro de caución

Certificado número………………………….. La entidad aseguradora ………………………....…………..en adelante asegurador, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ………………., calle……..………………, y CIF…………………debidamente representado por D. …………………..........................., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento

ASEGURA A ………………………..………………......, NIF/CIF………...………………, en concepto de tomador de seguro, ante VISESA………….…………………………………………………………….…………, en adelante asegurado, hasta el importe de ………………...…………………………………, (en cifra y letra)……………..Euros, en los términos y condiciones establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato ……………………., en concepto de garantía provisional, para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado. El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el art. 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía. El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro. El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de VISESA, en los términos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y normas de desarrollo. El presente seguro de caución estará en vigor hasta que ……….………., o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria. En………………………., a……………………de……………….de……….. Firma: Asegurador VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CGD O ABOGACÍA DEL ESTADO. PROVINCIA FECHA CÓDIGO