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DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

DOCUMENTO Nº 3. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES

TÉCNICAS PARTICULARES.

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INDICE

Página PARTE 1. INTRODUCCIÓN Y GENERALIDADES....................................................................................... 4

1.1 DEFINICION Y AMBITO DE APLICACION ................................................................................... 4

1.2 DISPOSICIONES GENERALES................................................................................................... 4

1.3 DESCRIPCION DE LAS OBRAS.................................................................................................. 6

1.4 INICIACION DE LAS OBRAS ....................................................................................................... 8

1.5 DESARROLLO Y CONTROL DE LAS OBRAS ............................................................................. 8

1.6 RESPONSABILIDADES ESPECIALES DEL CONTRATISTA ......................................................12

1.7 MEDICION Y ABONO .................................................................................................................12

1.8 OFICINA DE OBRA.....................................................................................................................13

1.9 OTROS GASTOS DE CUENTA DEL CONTRATISTA..................................................................13

1.10 RECEPCIONES ..........................................................................................................................13

PARTE 2. MATERIALES BÁSICOS ............................................................................................................15

CAPITULO I CONGLOMERANTES ............................................................................................................15

ARTICULO 202 CEMENTOS..................................................................................................................15

CAPITULO II. MATERIALES CERÁMICOS Y AFINES................................................................................15

ARTÍCULO 220. BALDOSAS DE TERRAZO..........................................................................................15

CAPITULO IV. METALES ...........................................................................................................................15

ARTICULO 240 BARRAS CORRUGADAS PARA HORMIGÓN ESTRUCTURAL....................................15

ARTICULO 241 MALLAS ELECTROSOLDADAS....................................................................................15

ARTICULO 243 ALAMBRES PARA HORMIGÓN PRETENSADO...........................................................16

ARTICULO 244 CORDONES DE DOS O TRES ALMABRES PARA HORMIGON PRETENSADO..........16

ARTICULO 245 CORDONES DE 7 ALAMBRES PARA HORMIGON PRETENSADO .............................16

ARTICULO 246 TENDONES PARA HORMIGÓN PRETENSADO..........................................................16

ARTICULO 247 BARRAS PARA HORMIGÓN PRETENSADO................................................................16

ARTICULO 248 ACCESORIOS PARA HORMIGÓN PRETENSADO.......................................................16

PARTE 3. EXPLANACIONES .....................................................................................................................17

CAPITULO I TRABAJOS PRELIMINARES .................................................................................................17

DESBROCE DEL TERRENO..................................................................................................................17

1.11 DEMOLICIONES.........................................................................................................................17

1.12 ESCARIFICACION Y COMPACTACIÓN......................................................................................18

CAPTITULO II EXCAVACIONES ................................................................................................................18

EXCAVACIÓN DE LA EXPLANACIÓN Y PRÉSTAMOS .........................................................................18

1.13 EXCAVACION EN ZANJAS Y POZOS ........................................................................................23

CAPITULO III. RELLENOS ........................................................................................................................24

TERRAPLENES .....................................................................................................................................24

ARTÍCULO 332. RELLENOS LOCALIZADOS.........................................................................................28

ARTÍCULO 333. RELLENOS TIPO TODO-UNO .....................................................................................28

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PARTE 4. DRENAJE ..................................................................................................................................32

CAPITULO I TUBOS, ARQUETAS Y SUMIDEROS.....................................................................................32

ARTICULO 410 ARQUETAS Y POZOS DE REGISTRO .........................................................................32

ARTICULO 411 IMBORNALES Y SUMIDEROS......................................................................................32

ARTICULO 413 ELEMENTOS PREFABRICADOS DE HORMIGÓN .......................................................33

PARTE 5. PAVIMENTOS............................................................................................................................35

CAPITULO I CAPAS GRANULARES..........................................................................................................35

ARTICULO 510 ZAHORRAS ARTIFICIALES ..........................................................................................35

CAPITULO VII. OBRAS COMPLEMENTARIAS ..........................................................................................39

ARTÍCULO 570 BORDILLOS..................................................................................................................39

PARTE 6. ESTRUCTURAS .......................................................................................................................40

CAPITULO I COMPONENTES ...................................................................................................................40

ARMADURAS A EMPLEAR EN HORMIGÓN ESTRUCTURAL...............................................................40

HORMIGONES.......................................................................................................................................41

CAPITULO III. OBRAS DE FABRICA DE LADRILLO ..................................................................................44

ARTÍCULO 657. FABRICA DE LADRILLO .............................................................................................44

CAPITULO VI. ELEMENTOS AUXILIARES.................................................................................................44

ENCOFRADOS Y MOLDES....................................................................................................................44

PARTE 7. ELEMENTOS DE SEÑALIZACIÓN, BALIZAMIENTO .................................................................47

ARTICULO 710 ZANJAS Y CANALIZACIONES PARA ILUMINACION....................................................47

ARTICULO 711 CONDUCTORES ELECTRICOS ...................................................................................48

ARTICULO 713 CENTROS DE MANDO.................................................................................................55

ARTICULO 715 PRUEBAS DE SERVICIO..............................................................................................56

PARTE 8. VARIOS .....................................................................................................................................57

PARTE 8. VARIOS .....................................................................................................................................57

CAPITULO I. . MEDIDAS CORRECTORAS DE IMPACTO AMBIENTAL.......................................................57

ARTÍCULO 800 PRESCRIPCIONES Y DISPOSICIONES GENERALES.................................................57

ARTICULO 911 LIMPIEZA Y TERMINACIÓN DE LAS OBRAS...............................................................58

ARTICULO 912 CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS ...............................................................................58

ARTICULO 913 SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS.......................................................................59

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PARTE 1. INTRODUCCIÓN Y GENERALIDADES 1.1 DEFINICION Y AMBITO DE APLICACION

100.1 DEFINICION

El presente pliego, constituye el conjunto de normas que, juntamente con las establecidas en el pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes (PG-3, enero de 2004) de la Dirección General de Carreteras y Caminos Vecinales, aprobado por O.M. de 6 de Febrero de 1976, y lo señalado en los planos del proyecto, definen todos los requisitos técnicos de las obras que son objeto del mismo. Es legal, a todos los efectos, por O.M. de 6-II-76, la publicación de dicho pliego de Prescripciones Técnicas Generales, editada por el Servicio de Publicaciones del Ministerio de Fomento. El conjunto de ambos pliegos contiene, además, la descripción general de las obras, las condiciones que han de cumplir los materiales, las instrucciones para la ejecución, medición y abono de las unidades de obra, y son la norma y guía que han de seguir el Contratista y el Director. Además son de aplicación las Ordenes Ministeriales y Ordenes Circulares sobre modificación de determinados artículos del pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes. 100.2 AMBITO DE APLICACION

El Presente pliego, será de aplicación a la construcción, control, dirección e inspección de las obras correspondientes al proyecto de construcción del Parque Bioclimático en Badajoz.

1.2 DISPOSICIONES GENERALES

101.2. DIRECCION DE LAS OBRAS El adjudicatario asumirá las responsabilidades inherentes a la dirección inmediata de los trabajos y al control y vigilancia de materiales y obras que ejecute. 101.4. PERSONAL DEL CONTRATISTA El adjudicatario está obligado a adscribir, con carácter exclusivo y con residencia a pie de obra, un Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos y un Ingeniero Técnico de Obras Públicas, sin perjuicio de que cualquier otro tipo de técnicos tengan las misiones que les correspondan, quedando aquél como representante de la contrata ante la Dirección de las obras.

101.7. OTRAS DISPOSICIONES APLICABLES

− Ley de Contratos del Sector Público.

− Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el Real Decreto 1.098/2.001, de 12 de octubre.

− Ley 25/1988 de 29 de Julio, de Carreteras.

− Reglamento general de carreteras (Decreto 1812/1994) de 2 de Septiembre.

− Instrucciones (I.C.) de la Dirección General de Carreteras.

− Orden Circular 306/89 P Y P, de 9 de Septiembre (corregida el 25 de Noviembre), sobre calzadas de servicio y accesos a zonas de servicio.

− Orden Circular 315/91 T Y P, de 16 de Mayo sobre carriles de nudos.

− Instrucción de Hormigón Estructural (EHE) aprobada por R.D. 2661/1998 de 11 de Diciembre.

− Instrucción para la recepción de cementos RC-97, aprobada por R.D. 776/1997 de 30 de Mayo.

− Orden Circular 20/06 sobre recepción de obras de carreteras que incluyan firmes y pavimentos.

− Orden Circular 300/89 P y P, de 20 de marzo, sobre señalización, balizamiento, defensa, limpieza y terminación de obras fijas fuera de poblado.

− Orden Circular 309/90 C Y E sobre hitos de arista.

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− Orden Circular 318/91 T y P, de 10 de Abril, sobre galvanizado en caliente de elementos de acero empleados en equipamiento vial.

− Orden Circular 320/94 C y E sobre áreas de servicio.

− Orden Circular 321/95 T y P sobre recomendaciones sobre sistemas de contención de vehículos.

− Orden Circular 325/97 T, de 30 de Diciembre, sobre señalización, balizamiento y defensa de las carreteras en lo referente a sus materiales constituyentes.

− Orden Circular 6/01, para la modificación de la O.C. 321/95 T y P, en lo referente a barreras de seguridad metálicas para su empleo en carreteras de calzada única.

− Orden Ministerial de 16 de diciembre de 1997, por la que se regulan los accesos a las carreteras del estado, las vías de servicio y la construcción de instalaciones de servicio de carreteras.

− Orden Ministerial FOM/475/02, de 13 febrero de 2.002, por la que se actualizan determinados artículos del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para obras de carreteras y puentes relativos a hormigones y aceros.

− Orden Ministerial FOM/891/2004, de 1 de marzo, por la que se actualizan determinados artículos del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para las obras de carreteras y puentes, relativos a firmes y pavimentos.

− Pliego de prescripciones técnicas generales para tuberías de abastecimiento de agua, (T.A.A.) Orden MOPU de 28 de julio de 1984.

− Pliego de prescripciones técnicas generales para tuberías de saneamiento de poblaciones, (T.S.P.) de 15 de septiembre de 1986.

− Reglamento técnico de líneas aéreas de alta tensión (Decreto 3151/1968).

− Reglamento electrotécnico para baja tensión (Decreto 2431/1973).

− Instrucciones complementarias MI BT (O.M. de Industria de 31/12/1973 y 19-12-1977).

− Orden Circular 308/89 C y E sobre recepción definitiva de obras.

− Nota de Servicio de la Subdirección General de Construcción, complementaria de la O.C: 308/89 C y E sobre recepción definitiva de obras, de 9 de Octubre de 1991, que matiza algunos puntos de la citada.

− Recomendaciones para el control de calidad en obras de carreteras, 1978.

− Recomendaciones sobre actividades mínimas a exigir al contratista para el autocontrol de obras, 1990.

− Norma de Laboratorio de Transportes y Mecánica del Suelo para la ejecución de ensayos de materiales, actualmente en vigor.

− Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo ( Orden de 9 de abril de 1964) (Capítulos VI y VII).

− Ley de prevención de riesgos laborales, 31/1995 de 8 de Noviembre.

− Real Decreto 1627/1997, de 24 de Octubre por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

− Orden circular 323/97T de 24 de febrero, sobre recomendaciones para el proyecto de las actuaciones de rehabilitación estructural en firmes con pavimento bituminoso.

− Métodos de Ensayo de Laboratorio Central de Ensayos de Materiales. (M.E.L.C.)

− Normas U.N.E.

− UNE-14010 Examen y calificación de Soldadores.

− Normas ASME-IX "Welding Qualifications".

− Norma Básica de la Edificación NBE EA-95 “Estructuras de acero en edificación”, aprobada por el Real Decreto 1829/1995 de 10 de Noviembre (BOE de 18 de Enero de 1996).

− Normas tecnológicas de la edificación

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− Normas de pintura del Instituto Nacional de técnicas Aeroespaciales Esteban Terradas.

− Recomendaciones prácticas para una buena protección del hormigón I.E.T.

− Reglamento Nacional del Trabajo para la Industria de la Construcción y Obras Públicas (Orden Ministerial de 1 de Abril de 1964).

− Ordenanza de Trabajo de la Construcción, Vidrio y Cerámica (Orden Ministerial de 28 de Agosto de 1970).

− Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (2 de Abril de 1985). Capítulo X: "Explosivos" (I.T.C. 10).

Serán de aplicación, asimismo, todas aquellas normas de obligado cumplimiento provenientes de la Presidencia del Gobierno y demás Ministerios relacionados con la Construcción y Obras Públicas, que están vigentes en el momento de la ejecución de las obras, y especialmente las de seguridad y señalización.

Será responsabilidad del Contratista conocerlas y hacerlas cumplir, sin poder alegar en ningún caso que no se le ha hecho comunicación explícita.

En el caso de que se presenten discrepancias entre algunas condiciones impuestas en las Normas señaladas, salvo manifestación expresa en contrario por parte del Autor del Proyecto, se sobreentenderá que es válida la más restrictiva.

Las condiciones exigidas en el presente Pliego deben entenderse como condiciones mínimas.

1.3 DESCRIPCION DE LAS OBRAS

El Parque se divide en dos espacios, uno de paseo y estancia y el otro de juego de niños. El primero está pavimentado en toda su superficie peatonal con baldosas de terrazo, y jardineras y fuentes tipo generalice. Dentro de este espacio existen dos calles con pérgolas de madera de una altura de 4 m y con un ancho igual al pasillo peatonal de 7 m, se complementa estas calles con bancos y papeleras. Este primer espacio, se divide en dos zonas simétricas, separadas por un espacio abierto donde se plantarán palmeras y un reloj de sol. Las zonas destinadas a jardineras, se plantarán diversas especies de arbustos. Las fuentes, tipo generalife, se diseñarán con diversos juegos de boquillas. El pavimento de esta primera zona será granollado gris Quintana. En el segundo espacio, será una zona destinada a paseo y juegos de niños. En esta zona se pondrá un pavimento peatonal blando a base de aripaq o similar. En este espacio hay zonas reservadas para ajardinamiento con diversas especies. En la zona central de este espacio se ha proyectado un lago con dos geiser. Este lago ha sido separado de la zona de paseos mediante una franja de césped de 5 m de ancho. Existen unos espacios destinados a juegos infantiles con diversos elementos de juego.

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Estas zonas de juegos irán con pavimento de caucho continuo. Se instalarán bancos y papeleras en toda la zona de parque. Las fuentes de agua potable, las cuales se han proyectado en las dos zonas, están adaptadas a minusválidos. El parque irá equipado con instalación eléctrica y alumbrado público, diferenciándose en las dos zonas, con distintas columnas y luminarias, su diseño ha sido un conjunto de varios elementos de distintas casas comerciales, para adaptarlo al parque.

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1.4 INICIACION DE LAS OBRAS

104.1. PROGRAMA DE TRABAJOS Redacción

El programa de trabajo general se desarrollará mediante el método PERT y un diagrama de barras con expresión detallada, como mínimo, de los aspectos que se indican en la Cláusula 27 del PCAG.

Dentro del plazo general de ejecución se preverán los necesarios para la primera etapa de las obras (instalaciones, replanteos, etc.), así como para la última (inspecciones, remate, etc.).

Este programa deberá ser sometido, antes de la iniciación de los trabajos, a la aprobación del Ingeniero Director de los mismos, quién podrá realizar las observaciones y/o correcciones que estime pertinentes en orden a conseguir un adecuado desarrollo de las obras.

En el programa deberán figurar todas las unidades importantes y/o que al menos supongan más de un 2% cada una, del Presupuesto General de Ejecución Material. También figuran las actividades no incluidas en el presupuesto que tengan relación con el desarrollo de la obra, como: permisos, expropiaciones, instalaciones, desvíos, pasos provisionales, etc.

También figurarán en el programa de trabajos los condicionantes más destacados de Seguridad y Salud y Control de Calidad.

Seguimiento

El programa deberá mantenerse en todo momento actualizado, debiendo analizarse el cumplimiento del mismo o en caso contrario analizar las causas de la posible desviación, juntamente con la Dirección de la Obras y proponer a esta posibles soluciones (nuevos equipos, etc.)

104.2. ORDEN DE INICIACION DE LAS OBRAS El Contratista iniciará las obras tan pronto como reciba la orden del Director de obra y comenzará los trabajos en los puntos que se señalen.

1.5 DESARROLLO Y CONTROL DE LAS OBRAS

105.1. REPLANTEO DE DETALLE DE LAS OBRAS El Director de la obra aprobará los replanteos de detalle necesarios para la ejecución de las obras, y suministrará al Contratista toda la información de que disponga para que aquellos puedan ser realizados. 105.2. EQUIPOS DE MAQUINARIA Cualquier modificación que el Contratista propusiere introducir en el equipo de maquinaria cuya aportación revista carácter obligatorio por venir exigida en el contrato o haber sido comprometida en la licitación, deberá ser aceptada por la Administración, previo informe del Director de la obra. 105.3. ENSAYOS Será preceptiva la realización de los ensayos mencionados expresamente en el presente pliego o citados en la normativa técnica de carácter general que resultare aplicable. En relación con los productos importados de otros Estados miembros de la Comunidad Económica Europea, aún cuando su designación y, eventualmente, su marcaje fueran distintos de los indicados en el presente pliego, no será precisa la realización de nuevos ensayos si de los documentos que acompañaren a dichos productos se desprendiera claramente que se trata, efectivamente, de productos idénticos a los que se designan en España de otra forma. Se tendrán en cuenta, para ello, los resultados de los ensayos que hubieran realizado las autoridades competentes de los citados Estados, con arreglo a sus propias normas. Si una partida fuere identificable, el Contratista presentare una hoja de ensayos, suscrita por un laboratorio aceptado por el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, o por otro Laboratorio de pruebas u Organismo de control o certificación acreditado en un Estado miembro de la Comunidad Económica Europea, sobre la base de las prescripciones técnicas correspondientes, se efectuarán únicamente los ensayos que sean precisos para comprobar que el producto no ha sido alterado durante los procesos posteriores a la realización de dichos ensayos. Se fija como límite máximo para el importe de los gastos que se originen para ensayos y análisis de

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materiales y unidades de obra de cuenta del Contratista, el uno por ciento (1%) del Presupuesto de Ejecución Material. El límite máximo fijado anteriormente para el importe de los gastos que se originen para ensayos y análisis de materiales y unidades de obra de cuenta del Contratista no será de aplicación a los necesarios para comprobar la presunta existencia de vicios o defectos de construcción ocultos. De confirmarse su existencia, tales gastos se imputarán al Contratista. 105.4. MATERIALES

Si el presente pliego no exigiera una determinada procedencia, el Contratista notificará al Director de la obra con suficiente antelación la procedencia de los materiales que se proponga utilizar, a fin de que por el Director de la obra puedan ordenarse los ensayos necesarios para acreditar su idoneidad. La aceptación de las procedencias propuestas será requisito indispensable para el acopio de los materiales, sin perjuicio de la ulterior comprobación, en cualquier momento, de la permanencia de dicha idoneidad. Los productos importados de otros Estados miembros de la Comunidad Económica Europea, incluso si se hubieran fabricado con arreglo a prescripciones técnicas diferentes de las que se contienen en el presente pliego, podrán utilizarse si asegurasen un nivel de protección de la seguridad de los usuarios equivalente al que proporcionan éstas. Si el presente pliego fijase la procedencia de unos materiales, y durante la ejecución de las obras se encontrasen otros idóneos que pudieran emplearse con ventaja técnica o económica sobre aquellos, el Director de la obra podrá autorizar o, en su caso, ordenar un cambio de procedencia a favor de éstos. Si el Contratista obtuviera de terrenos de titularidad pública productos minerales en cantidad superior a la requerida para la obra, la Administración podrá apropiarse de los excesos, sin perjuicio de las responsabilidades que para aquél pudieran derivarse. El Director de la obra autorizará al Contratista el uso de los materiales procedentes de demolición, excavación o tala en las obras; en caso contrario le ordenará los puntos y formas de acopio de dichos materiales, y el Contratista tendrá derecho al abono de los gastos suplementarios de transporte, vigilancia y almacenamiento. Todos los materiales han de ser adecuados al fin a que se destinan y, habiéndose tenido en cuenta en las bases de precios y formación de presupuestos, se entiende que serán de la mejor calidad en su clase de entre los existentes en el mercado. Por ello, y aunque por sus características singulares o menor importancia relativa no hayan merecido ser objeto de definición más explícita, su utilización quedará condicionada a la aprobación del Director de la obra, quien podrá determinar las pruebas o ensayos de recepción que están adecuados al efecto. En todo caso los materiales serán de igual o mejor calidad que la que pudiera deducirse de su procedencia, valoración o características, citadas en algún documento del proyecto, se sujetarán a normas oficiales o criterios de buena fabricación del ramo, el Director de la obra podrá exigir su suministro por firma que ofrezca las adecuadas garantías. 105.5. ACOPIOS

El emplazamiento de los acopios en los terrenos de las obras o en los marginales que pudieran afectarlas, así como el de los eventuales almacenes, requerirán la aprobación previa del Director de la obra. Si los acopios de áridos se dispusieran sobre el terreno natural, no se utilizarán sus quince centímetros (15 cm) inferiores. Estos acopios se construirán por capas de espesor no superior a metro y medio (1,5 m), y no por montones cónicos. Las capas se colocarán adyacentes, tomando las medidas oportunas para evitar su segregación. Si se detectasen anomalías en el suministro, los materiales se acopiarán por separado hasta confirmar su aceptabilidad. Esta misma medida se aplicará cuando se autorice un cambio de procedencia. Las superficies utilizadas deberán acondicionarse, una vez utilizado el acopio, restituyéndolas a su natural estado. Todos los gastos e indemnizaciones, en su caso, que se deriven de la utilización de los acopios serán de cuenta del Contratista. 105.6. TRABAJOS NOCTURNOS

Los trabajos nocturnos deberán ser previamente autorizados por el Director de la obra, y realizarse solamente en las unidades de obra que él indique. El Contratista deberá instalar equipos de iluminación, del tipo e intensidad que el Director de la obra ordene, y mantenerlos en perfecto estado mientras duren los trabajos.

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105.7. TRABAJOS DEFECTUOSOS

El presente pliego en sus diferentes artículos expresa cuando ha lugar los límites dentro de los que se ejercerá la facultad del Director de la obra de proponer a la Administración la aceptación de unidades de obra defectuosas o que no cumplan estrictamente las condiciones del contrato, con la consiguiente rebaja de los precios, si estimase que las mismas son, sin embargo, admisibles. En este caso el Contratista quedará obligado a aceptar los precios rebajados fijados por la Administración, a no ser que prefiriera demoler y reconstruir las unidades defectuosas, por su cuenta y con arreglo a las condiciones del contrato. El Director de la obra, en el caso de que se decidiese la demolición y reconstrucción de cualquier obra defectuosa, podrá exigir del Contratista la propuesta de las pertinentes modificaciones en el programa de trabajo, maquinaria, equipo y personal facultativo, que garanticen el cumplimiento de los plazos o la recuperación, en su caso, del retraso padecido. 105.8. CONSTRUCCION Y CONSERVACION DE DESVIOS Si, por necesidades surgidas durante el desarrollo de las obras, fuera necesario construir desvíos provisionales no contemplados en el proyecto, o accesos a tramos total o parcialmente terminados, se construirán con arreglo a las instrucciones del Director de la obra como si hubieran figurado en los documentos del contrato; pero el Contratista tendrá derecho a que se le abonen los gastos ocasionados. 105.9. SEÑALIZACION, BALIZAMIENTO Y DEFENSA DE LAS OBRAS E INSTALACIONES El Contratista será responsable del estricto cumplimiento de las disposiciones vigentes en la materia, y determinará las medidas que deban adoptar en cada ocasión para señalizar, balizar y, en su caso, defender las obras que afecten a la libre circulación. El Director de la obra podrá introducir las modificaciones y ampliaciones que considere adecuadas para cada tajo, mediante las oportunas órdenes escritas, las cuales serán de obligado cumplimiento por parte del Contratista. No deberán iniciarse actividades que afecten a la libre circulación por una carretera sin que se haya colocado la correspondiente señalización, balizamiento y, en su caso, defensa. Estos elementos deberán ser modificados e incluso retirados por quien los colocó, tan pronto como cambie o desaparezca la afección a la libre circulación que originó su colocación, cualquiera que fuere el período de tiempo en que no resultaran necesarios, especialmente en horas nocturnas y días festivos. Si no se cumpliera lo anterior la Administración podrá retirarlos, bien directamente o por medio de terceros, pasando el oportuno cargo de gastos al Contratista, quien no podrá reemprender las obras sin abonarlo ni sin restablecerlos. Si la señalización de instalaciones se aplicase sobre instalaciones dependientes de otros Organismos públicos, el Contratista estará además obligado a lo que sobre el particular establezcan éstos; siendo de cuenta de aquél los gastos de dicho Organismo en ejercicio de las facultades inspectoras que sean de su competencia. 105.10. PRECAUCIONES ESPECIALES DURANTE LA EJECUCION DE LAS OBRAS.

105.10.1. Drenaje Durante las diversas etapas de su construcción, las obras se mantendrán en todo momento en perfectas condiciones de drenaje. Los desagües se conservarán y mantendrán de modo que no se produzcan erosiones en las obras. 105.10.2. Heladas Cuando se teman heladas, el Contratista protegerá todas las zonas de las obras que pudieran ser perjudicadas por ellas. Las partes dañadas se levantarán y reconstruirán a su costa, de acuerdo con el presente pliego. 105.10.3. Incendios El Contratista deberá atenerse a las disposiciones vigentes para la prevención y control de incendios, y a las instrucciones complementarias, o que se dicten por el Director de la obra. En todo caso, adoptará las medidas necesarias para evitar que se enciendan fuegos innecesarios, y será responsable de evitar la propagación de los que se requieran para la ejecución de las obras, así como de los daños y perjuicios que se pudieran producir. 105.10.4. Uso de explosivos La adquisición, transporte, almacenamiento, conservación, manipulación y empleo de mechas, detonadores y explosivos se regirán por las disposiciones vigentes en la materia y por las instrucciones complementarias

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que figuren en el artículo 101 del presente pliego, o que se dicten por el Director de la obra. Los almacenes de explosivos deberán estar claramente identificados, y estar situados a más de trescientos metros (300 m) de la carretera o de cualquier construcción. En las voladuras se pondrá especial cuidado en la carga y pega de los barrenos, dando aviso de las descargas con antelación suficiente para evitar accidentes. La pega de los barrenos se hará, a ser posible, a hora fija y fuera de la jornada laboral, o durante los descansos del personal de la obra en la zona afectada por las voladuras, no permitiéndose la circulación de personas ni vehículos dentro del radio de acción de éstas, desde cinco minutos (5 min) antes de prender fuego a las mechas hasta después de que hayan estallado todos los barrenos. Se usará preferentemente mando eléctrico a distancia, comprobando previamente que no sean posibles explosiones incontroladas debidas a instalaciones o líneas eléctricas próximas. En todo caso se emplearán mechas y detonadores de seguridad. El personal que intervenga en la manipulación y empleo de explosivos deberá ser de reconocida práctica y pericia en estos menesteres, y reunir las condiciones adecuadas a la responsabilidad que corresponde a estas operaciones. El Contratista suministrará y colocará las señales necesarias para advertir al público de su trabajo con explosivos. Su emplazamiento y estado de conservación deberán garantizar su perfecta visibilidad en todo momento. En todo caso, el Contratista cuidará especialmente de no poner en peligro vidas ni propiedades, y será responsable de los daños que se deriven del empleo de explosivos.

105.11. MODIFICACION DE OBRA

Cuando el Director de la obra ordenase, en caso de emergencia, la realización de aquellas unidades de obra que fueran imprescindibles o indispensables para garantizar o salvaguardar la permanencia de partes de obra ya ejecutadas anteriormente, o para evitar daños inmediatos a terceros, si dichas unidades de obra no figurasen en los cuadros de precios del contrato, o si su ejecución requiriese alteración de importancia en los programas de trabajo y disposición de maquinaria, dándose asimismo las circunstancias de que tal emergencia no fuere imputable al Contratista ni consecuencia de fuerza mayor, éste formulará las observaciones que estimase oportunas a los efectos de la tramitación de las subsiguientes modificaciones de obra, a fin de que el Director de la obra, si lo estimase conveniente, compruebe la procedencia del correspondiente aumento de gastos. 105.12. VERTEDEROS, YACIMIENTOS Y PRESTAMOS

La búsqueda de vertederos, yacimientos y préstamos y la contraprestación a los propietarios de los terrenos es de cuenta del Contratista. De acuerdo con la Orden Circular 22/07, sobre Instrucciones Complementarias para Tramitación de Proyectos, independientemente de que en el Proyecto se estudie la localización de canteras, préstamos o vertederos que puedan ser necesarios para la ejecución de las obras, éstas figurarán en el mismo con carácter informativo, no teniendo por tanto el carácter de previstos o exigidos a que hace referencia el art. 161 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, debiendo ser el contratista quien gestione la búsqueda y adquisición de los materiales necesarios para la ejecución de las obras. En todo caso debe quedar claro en los documentos contractuales que, de acuerdo con la cláusula 34 del Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado, el contratista "tiene libertad para obtener los materiales naturales que las obras precisen de los puntos que tenga por conveniente, siempre que los mismos reúnan las condiciones exigidas en el pliego de Prescripciones Técnicas del contrato". Excepcionalmente la Administración podrá exigir determinadas localizaciones, en cuyo caso figurará en el proyecto esta exigencia, siendo de aplicación, exclusivamente en este caso, lo establecido por el artículo 161 del RGLCE. El Director de la obra podrá fijar una retención en el abono de las obras, si así lo estima, para asegurar la ejecución de las obras de adecuación medioambiental de los préstamos y vertederos una vez finalizada su utilización. 105.13. CONSERVACION DE LAS OBRAS EJECUTADAS DURANTE EL PLAZO DE GARANTIA El Contratista queda comprometido a conservar a su costa, hasta que sean recibidas, todas las obras que integren el proyecto. Así mismo queda obligado a la conservación de las obras durante el plazo de garantía de dos años a partir de la fecha de la recepción. La conservación de las carreteras afectadas por el proyecto durante la ejecución de las obras correrá a

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cargo del Contratista Adjudicatario de las mismas. En relación con la iluminación, se entregarán a la propiedad, planos de la instalación realizada, y detalles del flujo medio mínimo de reposición de las lámparas. Durante la conservación, se realizará la limpieza de la lámpara y luminaria. No se emplearán detergentes muy alcalinos ni muy ácidos para limpiar los reflectores de aluminio. 105.14. VARIACION DE DOSIFICACIONES El Contratista vendrá obligado a modificar las dosificaciones previstas en este pliego, si así lo exige el Director de obra a la vista de los ensayos realizados. 105.15. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS NO ESPECIFICADAS EN ESTE PLIEGO La ejecución de unidades de obra del presente proyecto, cuyas especificaciones no figuren en algún artículo de este pliego, se realizarán de acuerdo con lo especificado para las mismas en el PG-3 en su versión de Octubre de 2.002 o en su defecto, con lo que ordene el Director dentro de la buena práctica en obras similares.

1.6 RESPONSABILIDADES ESPECIALES DEL CONTRATISTA

106.1. PERMISOS Y LICENCIAS El Contratista deberá obtener, a su costa, todos los permisos o licencias necesarios para la ejecución de las obras, con excepción de las correspondientes a la Expropiación de las zonas definidas en el proyecto.

1.7 MEDICION Y ABONO

107.1. ABONO DE LAS OBRAS COMPLETAS

Todos los materiales y operaciones expuestos en cada artículo de este pliego y del PG-3 (versión Octubre de 2.002) correspondientes a las unidades incluidas en los Cuadros de Precios y con la limitación en tiempo impuesta por el art. 104.13 referente a una unidad de obra, están incluidas en el precio de la misma, a menos que en la medición y abono de esa unidad se diga explícitamente otra cosa. Cumplimiento de la Ley 1098/2001. El Contratista no puede bajo ningún pretexto de error u omisión reclamar modificación alguna de los precios señalados en letra, en el Cuadro de Precios nº 1, los cuales son los que sirven de base a la adjudicación y los únicos aplicables a los trabajos contratados con la baja correspondiente, según la mejora que se hubiese obtenido en la subasta. Todas las unidades de obra de este pliego y las no definidas explícitamente, se abonarán de acuerdo con los precios unitarios del Cuadro de Precios del proyecto, considerando incluidos en ellos todos los gastos de materiales, mano de obra, maquinaria, medios auxiliares o cualquier otro necesario para la ejecución completa de las citadas unidades. 107.2. ABONO DE LAS OBRAS INCOMPLETAS Las cifras que para pesos o volúmenes de materiales figuren en las unidades compuestas del Cuadro de Precios nº 2, servirán sólo para el conocimiento del coste de estos materiales acopiados a pie de obra, pero por ningún concepto tendrán valor a efectos de definir las proporciones de las mezclas ni el volumen necesario en acopios para conseguir la unidad de éste compactada en obra. Cuando por rescisión u otra causa fuera preciso valorar obras incompletas, se aplicarán los precios del Cuadro de Precios nº 2 sin que pueda pretenderse la valoración de cada unidad de obra distinta a la valoración de dicho cuadro, ni que tenga derecho el Contratista a reclamación alguna por insuficiencia u omisión del coste de cualquier elemento que constituye el precio. Las partidas que componen la descomposición del precio serán de abono, cuando estén acopiadas la totalidad del material, incluidos los accesorios, o realizadas en su totalidad las labores u operaciones que determinan la definición de la partida ya que el criterio a seguir ha de ser que sólo se consideran abonables fases con ejecución terminada, perdiendo el Contratista todos los derechos en el caso de dejarlas incompletas. 107.3. PRECIOS CONTRADICTORIOS

Si fuera necesario establecer alguna modificación que obligue a emplear una nueva unidad de obra, no prevista en los Cuadros de Precios, se determinará contradictoriamente el nuevo precio, de acuerdo con las condiciones generales y teniendo en cuenta los precios de los materiales, precios auxiliares y Cuadros de Precios del presente proyecto.

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La fijación del precio en todo caso, se hará antes de que se ejecute la nueva unidad. El precio de aplicación será fijado por la Administración, a la vista de la propuesta del Director de obra y de las observaciones del Contratista. Si éste no aceptase el precio aprobado quedará exonerado de ejecutar la nueva unidad de obra y la Administración podrá contratarla con otro empresario en el precio fijado o ejecutarla directamente. 107.4. OTRAS UNIDADES

Aquellas unidades que no se relacionan específicamente en el presente pliego se abonarán completamente terminadas con arreglo a condiciones, a los precios fijados en el Cuadro de Precios nº 1 que comprenden todos los gastos necesarios para su ejecución, entendiendo que al decir completamente terminadas, se incluyen materiales, medios auxiliares, montajes, pinturas, pruebas, puestas en servicio y todos cuantos elementos u operaciones se precisen para el uso de las unidades en cuestión.

1.8 OFICINA DE OBRA

Como complemento de la Cláusula 7 del pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación en Obras del Estado, Decreto 3854/1970 de 31 de diciembre, se prescribe la obligación por parte del Contratista de poner a disposición del Director de la obra, las dependencias suficientes (dentro de su oficina de obra) para las instalaciones que pueda necesitar para el control y vigilancia de las obras.

1.9 OTROS GASTOS DE CUENTA DEL CONTRATISTA

Además de los indicados en el artículo 106.3 del PG-3 en su versión de Octubre de 2.002, serán de cuenta del Contratista, entre otros, los gastos que origine el replanteo general de las obras o su comprobación, y los replanteos parciales: los de construcción y conservación durante el plazo de su utilización de pequeñas rampas provisionales de acceso a tramos parcial o totalmente terminados; los de conservación durante el mismo plazo de toda clase de desvíos; los derivados de mantener tráficos intermitentes mientras que se realicen los trabajos; los de adquisición de aguas y energía. En los casos de rescisión de contrato, cualquiera que sea la causa que lo motive, serán de cuenta del Contratista los gastos originados por la liquidación, así como los de retirada de los medios auxiliares empleados o no en la ejecución de las obras.

1.10 RECEPCIONES

110.1. GENERALIDADES

Si de las comprobaciones efectuadas, los resultados no fueran satisfactorios, la Administración retrasará la recepción hasta tanto el Contratista acondicione debidamente las obras, dejándolas en perfectas condiciones de funcionamiento. En este caso cuando se efectúe la recepción será obligado comprobar aquellas obras o deficiencias que por distintas causas figuran como pendientes de ejecución o reparación durante el plazo de garantía. Si el resultado de las pruebas fuese satisfactorio y las obras se hallasen terminadas con arreglo a las condiciones prescritas, se llevará a cabo la recepción de acuerdo con lo dispuesto en el pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado y en el Reglamento General de Contratación del Estado. O.C. 20/2006. 110.2. RECEPCION DE LA ILUMINACION

En relación con la iluminación, después de funcionar normalmente la instalación durante un año, contando a partir de la finalización de las obras, se realizarán como mínimo, antes de la recepción de la obra, las comprobaciones que a continuación se indican, redactando posteriormente el acta de recepción y su correspondiente acta de pruebas. 110.2.1. Materiales Se comprobará que: - Para las luminarias, las piezas conductoras de los portalámparas no se han deteriorado, los

elementos de vidrio o plástico (pantallas, refractores cierres, ...) están exentos de grietas y roturas, los herrajes no han sufrido oxidación o corrosión y la luminaria se mantiene rígidamente sujeta al soporte.

- Los soportes no presentan trazas de oxidación o corrosión, se mantienen sólidamente sujetos, y los postes o báculos conservan su montaje a plomo.

- Los contactos de los aparatos destinados a abrir y cerrar circuitos (interruptores de mando manual,

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conmutadores, disyuntores automáticos, contactores, interruptores horarios) no se han "quemado" o experimentando desgaste anormal.

- Los interruptores horarios y las células fotoeléctricas efectúan el encendido y apagado de la instalación de acuerdo con el reglaje previamente establecido.

110.2.2. Instalación Se comprobará: − El aislamiento de la instalación.

− Las caídas de tensión.

− La iluminación media.

Para hacer la medida de iluminaciones se escogerán las mismas zonas tomadas para las comprobaciones de la finalización de las obras, pudiendo el Contratista proceder a la limpieza de las luminarias y a la reposición de las lámparas. Se procurará que, dentro de lo posible, sean similares las horas a las cuales se efectúan las medidas de iluminaciones y caídas de tensión para hacer la recepción y el acta de pruebas al cabo de un año.

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PARTE 2. MATERIALES BÁSICOS CAPITULO I CONGLOMERANTES

ARTICULO 202 CEMENTOS 202.3. CONDICIONES GENERALES Los cementos cumplirán con lo especificado en la Instrucción para la Recepción de Cementos, actualmente vigente, RC-97.

CAPITULO II. MATERIALES CERÁMICOS Y AFINES

ARTÍCULO 220. BALDOSAS DE TERRAZO 220.1 MATERIALES 220.2. Losetas terrazo 220.2.1. Condiciones generales Se define como pavimento en paseos, el constituido por “losetas de terrazo” sobre una capa de mortero. Serán aplicables las prescripciones generales contenidas en el artículo 220 del PG-3 El mortero de agarre será del tipo I/45 La lechada de cemento para el rejuntado será de cemento tipo I, Clase 35, con dosificación de 600 k/m3, y arena fina. 220.3. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Las losetas se recibirán sobre una base de zahorra artificial de 25 cm de espesor, solera de hormigón en masa HM-20, de 20 cm de espesor, una vez fraguado este se asentarán recibiéndolas con mortero de cemento I/45. Este recibido deberá hacerse con el mayor cuidado para evitar movimientos posteriores de las losas. En la colocación se cuidará que las juntas tengan una perfecta correspondencia, formando líneas rectas en todas direcciones. Como remate de la colocación se efectuará el repaso correspondiente para eliminar cejas y resaltos de forma que el pavimento presente un acabado plano y continuo con la inclinación que se indique en los planos para la evacuación de las aguas de lluvia. 220.4. MEDICION Y ABONO Se medirá y se abonará por m2 de pavimento realmente ejecutado, según el precio que figura en los Cuadros de Precios nº 1, en él se incluyen todos los materiales, i/ base de zahorra artificial, solera de hormigón y mortero de agarre, mano de obra y equipo necesario para la correcta terminación de la unidad.

CAPITULO IV. METALES

ARTICULO 240 BARRAS CORRUGADAS PARA HORMIGÓN ESTRUCTURAL 241.1. DEFINICIÓN Se entiende por barras corrugadas para hormigón estructural las de acero que presentan en su superficie resaltos o estrías que, por sus características, mejoran su adherencia con el hormigón cumpliendo las prescripciones de la Instrucción EHE. Las características químicas, mecánicas, geométricas, de adherencia, de soldabilidad, etc., serán las establecidas por la Instrucción de hormigón estructural EHE.

ARTICULO 241 MALLAS ELECTROSOLDADAS 242.1. DEFINICIÓN Cumplirán lo especificado en la Instrucción de hormigón estructural EHE.

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ARTICULO 243 ALAMBRES PARA HORMIGÓN PRETENSADO 243.1. DEFINICIÓN Cumplirán lo prescrito en la Instrucción de hormigón estructural EHE.

ARTICULO 244 CORDONES DE DOS O TRES ALMABRES PARA HORMIGON PRETENSADO 244.1. DEFINICIÓN Cumplirán lo especificado en la Instrucción de hormigón estructural EHE. Según esta norma, los torzales pasan a denominarse cordones (Ver artículo 245).

ARTICULO 245 CORDONES DE 7 ALAMBRES PARA HORMIGON PRETENSADO 245.1. DEFINICIÓN Cumplirán los requisitos de la norma UNE 36094:97 que vienen definidos en el artículo 32.5 de la EHE.

ARTICULO 246 TENDONES PARA HORMIGÓN PRETENSADO 246.1. DEFINICIÓN Cumplirán lo prescrito en la norma de hormigón estructural EHE.

ARTICULO 247 BARRAS PARA HORMIGÓN PRETENSADO Cumplirán lo establecido en la norma de hormigón estructural EHE.

ARTICULO 248 ACCESORIOS PARA HORMIGÓN PRETENSADO Cumplirán lo prescrito en la Instrucción de hormigón estructural EHE.

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PARTE 3. EXPLANACIONES CAPITULO I TRABAJOS PRELIMINARES

DESBROCE DEL TERRENO

300.2. EJECUCION DE LAS OBRAS 300.2.1. Remoción de los materiales de desbroce En los desmontes todos los tocones y raíces mayores de diez centímetros (10 cm.) de dimensión máxima en sección, serán eliminados hasta una profundidad no inferior a cincuenta centímetros (50 cm.) por debajo de la explanación. Del terreno natural sobre el que han de asentarse los terraplenes de menos de un metro (1 m.) de altura se eliminarán todos los tocones o raíces con dimensiones máximas de secciones superiores a diez centímetros (10 cm.), de tal forma que no quede ninguno dentro del cimiento del terraplén ni a menos de veinte centímetros (20 cm.) de profundidad bajo la superficie natural del terreno. También se eliminarán bajo los terraplenes de poca cota hasta una profundidad de cincuenta centímetros (50 cm.) por debajo de la explanada. 300.3. MEDICION Y ABONO Esta unidad está incluida en el precio del m3. de excavación. En estas unidades se incluye el arranque de arbustos, tocones, broza y escombros, así como la carga y transporte de los productos a depósitos o vertederos. En la unidad se incluye además el posible aprovechamiento de árboles, su poda, limpieza y almacenamiento.

1.11 DEMOLICIONES

301.1. DEFINICIÓN Las demoliciones consisten en el derribo y retirada de todas las construcciones o elementos constructivos tales como pozos, edificios, fábricas de hormigón, aceras, firmes y otros elementos que obstaculicen las obras o sea necesario hacer desaparecer para dar por terminada la obra. 301.2. EJECUCION DE LAS OBRAS 301.2.1. Derribo de construcciones El método de demolición será de libre elección del Contratista previa aprobación del Director de la obra. El Director de obra designará la profundidad de demolición de los cimientos, que como mínimo será de cincuenta centímetros (0,50 m.) por debajo de la cota más baja del terraplén o desmonte. En caso de instalaciones, el corte y retirada de los servicios afectados (agua, teléfono, electricidad, etc.) será realizado por el Contratista bajo las instrucciones de las compañías suministradoras, corriendo a su cargo los gastos o sanciones a que diera lugar el incumplimiento de dichas instrucciones. 301.2.2. Demolición de firmes y aceras existentes

La demolición de firmes se realizará hasta alcanzar la profundidad que deje al descubierto su capa granular.

Las aceras existentes ocupadas por las obras, se demolerán en su totalidad. 301.2.3. Retirada de los materiales de derribo El Director de la obra decidirá sobre el posterior empleo de los materiales procedentes de las demoliciones que sea preciso ejecutar. 301.3. MEDICIÓN Y ABONO La demolición de edificaciones existentes se medirá por m3 de volumen exterior demolido, hueco y macizo e incluye la parte proporcional de cimientos, así como la retirada de productos resultantes de la demolición a lugar de empleo, acopio o vertedero. La demolición de firmes y aceras existentes se medirá por m2, incluyendo la retirada de los productos de excavación a lugar de empleo o vertedero.

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1.12 ESCARIFICACION Y COMPACTACIÓN

302.1. DEFINICION Consiste en la disgregación del terreno natural, efectuada por medios mecánicos y su posterior compactación. Se realizará en las superficies de asiento de los rellenos de altura menor de 3 m una vez realizado el desbroce y retirada la tierra vegetal. 302.2. EJECUCION El escarificado se realizará hasta una profundidad de veinticinco centímetros (25 cm) y la compactación con al menos cuatro pasadas de rodillo de diez toneladas (10 t) de peso estático, hasta obtener una densidad en el terreno compactado igual o superior al 95% de la máxima obtenida en el ensayo Proctor Modificado. El Director señalará las áreas de empleo, depósito o vertedero de los materiales procedentes del escarificado. 302.3. MEDICION Y ABONO El escarificado se medirá y abonara por m2. realmente ejecutados a los preciso marcados en el cuadro de precios nº 1.

CAPTITULO II EXCAVACIONES EXCAVACIÓN DE LA EXPLANACIÓN Y PRÉSTAMOS

320.1. DEFINICIÓN Consiste en el conjunto de operaciones para excavar y nivelar las zonas donde ha de asentarse el aparcamiento y vías de acceso, incluyendo la plataforma, taludes y cunetas, así como las zonas de préstamos previstos o autorizados que puedan necesitarse; y el consiguiente transporte de los productos removidos a depósitos o lugar de empleo. En este artículo se definen los tipos de excavación que se relacionan a continuación, aunque a efectos de abono se considera que la excavación en la explanación será sin clasificar. - Excavación de tierra vegetal y tierra de labor - Excavación en desmonte o en préstamos sin utilización de explosivos - Excavación en desmonte, con utilización de explosivos para facilitar ripado (previa autorización del

Director de la obra) - Excavación en desmonte, con empleo de explosivos La excavación de tierra vegetal y tierra de labor incluye las operaciones siguientes: − Retirada de las capas de tierras aptas para su utilización según condiciones del pliego

− Carga y transporte a lugar de acopio autorizado o lugar de utilización

− Depósito en una zona adecuada para su reutilización

La excavación en desmonte sin utilización de explosivos incluye las siguientes operaciones: − Excavación del terreno

− Carga de los materiales excavados

− Transporte a lugar de utilización de los materiales excavados

− Saneo y perfilado de los taludes y del fondo de excavación y formación de cunetas

− Construcción y mantenimiento de accesos

La excavación en desmonte con utilización de explosivos para facilitar ripado, incluye las siguientes operaciones: − Perforación del terreno para la colocación eventual de explosivos y voladura.

− Excavación del terreno

− Carga de los materiales excavados

− Transporte a lugar de utilización de los materiales excavados

− Saneo y perfilado de los taludes y del fondo de excavación y formación de cunetas

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− Construcción y mantenimiento de accesos

La excavación en desmonte con empleo de explosivos incluye las siguientes operaciones: − Perforación del terreno, colocación de explosivos y voladura

− Excavación del terreno

− Carga de los materiales excavados o volados

− Transporte a lugar de utilización de los materiales excavados

− Regularización del fondo de excavación en roca y saneo de los taludes

− Construcción y mantenimiento de accesos

320.2. CLASIFICACIÓN DE LAS EXCAVACIONES La excavación de la explanación será no clasificada. La excavación no clasificada se entenderá en el sentido de que, a efectos de abono, el terreno a excavar es homogéneo, y, por tanto, lo serán también todas las unidades correspondientes a su excavación. 320.3. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 320.3.1. Generalidades El Contratista indicará al Director de la obra, con la suficiente antelación, el comienzo de cualquier excavación a fin de requerir de éste la previa aprobación del sistema de ejecución a emplear. Se han de proteger los elementos de servicio público que puedan resultar afectados por las obras. Antes de iniciar los trabajos se comprobará, junto con el Director de la obra, los emplazamientos de los posibles servicios afectados (tuberías, fibras ópticas, redes eléctricas, etc) y, si es preciso, se preverá su desplazamiento.

No se autorizará la ejecución de ningún trabajo que no sea llevado a cabo en todas sus fases con referencias topográficas precisas, para lo que será necesario la existencia de puntos fijos de referencia, que no estén afectados por las obras, a los cuales se han de referir todas las lecturas topográficas. En el caso que aparecieran suelos inadecuados en el fondo de la excavación no previstos en proyecto, la excavación se realizará, en primera fase, hasta la cota prevista en los Planos. Una vez alcanzada esta cota, el Director de la obra decidirá la cota definitiva de excavación, a partir de la cual se sustituirá el material excavado por terraplén hasta la cota prevista en Planos. Si por falta de medidas previsoras o por un tratamiento incorrecto, un material se volviese inadecuado, el Contratista habrá de sustituirlo o estabilizarlo con cal o cemento a sus expensas. Los arcenes, taludes y cunetas deberán conformarse de acuerdo con lo que sobre el particular se señale en los Planos, cuidando especialmente las transiciones entre taludes de distinta inclinación, así como el paso de las secciones en desmonte a las secciones en relleno. Si como consecuencia de errores se produjeran excesos en la excavación, el Contratista dispondrá, a su costa, de los rellenos correspondientes y del desagüe, si fuera preciso, en la forma que le ordene el Director de la obra.

Cuando se prevea un desfase entre la excavación y la posterior ejecución de las obras, el Contratista conservará, a su costa, la plataforma en perfecto estado de drenaje y rodadura de acuerdo con el Director de la obra. El fondo de la excavación se ha de mantener, en todo momento, en condiciones para que circulen los vehículos con las correspondientes medidas de seguridad. No se permitirá el vertido de tierras en los bordes, ni de la explanación ni de los taludes de los desmontes, salvo por causas muy justificadas y con autorización del Director de la obra. En caso de imprevistos (terrenos inundados, conductos enterrados, etc.) o cuando la actuación de las máquinas de excavación o la voladura, si es el caso, puedan afectar a construcciones vecinas, se han de suspender las obras y avisar al Director de las mismas. El trayecto que ha de recorrer la maquinaria ha de cumplir las condiciones de anchura libre y de pendiente adecuadas a la maquinaria que se utilice. La rampa máxima antes de acceder a una vía pública será del 6 %. Las operaciones de carga se realizarán con las precauciones necesarias para conseguir unas condiciones de seguridad suficientes. El transporte se ha de realizar en vehículos adecuados para el material que se desee transportar, provisto de los elementos necesarios para su desplazamiento correcto, y evitando el enfangado de las vías públicas

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en los accesos a las mismas. Durante el transporte se ha de proteger el material para que no se produzcan pérdidas en el trayecto. Las excavaciones respetarán todos los condicionantes medioambientales, sin que ello implique ninguna alteración en las condiciones de su ejecución, medición y abono. Las tierras que el Director de la obra considere adecuadas para rellenos se han de transportar al lugar de utilización, y las que considere que se han de conservar se acopiarán en una zona apropiada. El resto tanto si son sobrantes como no adecuadas se han de transportar a un vertedero autorizado. El Director de la obra podrá ordenar el acopio y extendido, de forma adecuada, de estos sobrantes o no adecuados en sobreanchos de expropiación. Los trabajos de excavación en terreno rocoso se ejecutarán de manera que la granulometría y forma de los materiales resultantes sean adecuados para su empleo en rellenos tipo todo-uno o pedraplén. Dichas granulometrías se definen en los artículos 333.4.2 y 331.4.3 respectivamente. Por causas justificadas el Director de la obra podrá modificar los taludes definidos en el proyecto, sin que suponga una modificación del precio de la unidad Los cambios de pendiente de los taludes y el encuentro con el terreno quedarán redondeados. La terminación de los taludes excavados requiere la aprobación explícita del Director de la obra. Durante la fase de movimiento de tierras, esta prevista la presencia de un arqueólogo para la prospección arqueológica y la edición de Informes y Memorias de Control. 320.3.2. Drenaje Durante todo el proceso de excavación se mantendrán drenadas las explanaciones permitiendo la evacuación, por gravedad, de las aguas de escorrentía y de las que pudiesen aparecer en los sustratos más permeables, canalizándolas por el perímetro de la excavación, para evitar la saturación de los materiales removidos. La explanada ha de tener la pendiente suficiente para desaguar hacia las zanjas y cauces del sistema de drenaje. Los sistemas de desagüe tanto provisionales como definitivos no han de producir erosiones en la excavación. 320.3.3. Tierra vegetal y tierra de labor Se han distinguido dos tipos de horizontes en la capa más superficial de los suelos y rocas blandas afectadas por labores agrícolas, que se han denominado tierra vegetal y tierra de labor. El suelo con un contenido en materia orgánica superior al dos y medio por ciento (2,5%) se ha denominado tierra vegetal y cuando el contenido es menor, pero la capa tiene un color más oscuro en superficie que la diferencia de las zonas más profundas y se observan raíces, se ha identificado como tierra de labor. La tierra vegetal o de labor se excavará en aquellas zonas que se señalen con anterioridad, cuya elección se someterá a la aprobación del Director de las obras, así como la profundidad de excavación, según la calidad del material que se obtenga. En las zonas en que se determine la excavación de la tierra vegetal o de labor, la excavación se realizará en todo el ancho ocupado por la explanación, tanto en zona de desmonte como de rellenos. En ningún caso la superficie a decapar habrá sido compactada por el paso de maquinaria, debiendo ordenar las operaciones de tal manera que la tierra recuperada no vea afectada su estructura por este tipo de apisonado.

El acopio de tierra vegetal se hará en lugares apropiados, de forma que no se interfiera el tráfico ni la ejecución de las obras o se perturben desagües provisionales o definitivos. Los gastos que origine la disponibilidad del terreno fuera de la obra para realizar los acopios de tierra vegetal serán por cuenta del Contratista. Los depósitos de tierra vegetal deberán ejecutarse utilizando máquinas que no compacten el material, que a su vez deberá encontrarse lo más seco posible. La altura máxima de estos almacenamientos será de cinco metros (5 m), cuando hayan de ser de corta duración (un período de vegetación), y de tres metros (3 m) cuando la duración haya de ser mayor. Los depósitos de tierra de labor no deberán superar los cinco metros (5 m) de altura. 320.3.4. Empleo de los productos de excavación Los materiales que se obtengan de las excavaciones en la traza se utilizarán en la construcción de rellenos. Los materiales de las formaciones de suelos y de rocas blandas se emplearán en rellenos tipo terraplén. Los granitos y gabros que necesitan de voladuras para su excavación se emplearán en rellenos tipo pedraplén o todo-uno.

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En los artículos 330, 333 y 331 se establecen las prescripciones para la ejecución de los rellenos. 320.3.5. Préstamos Para los prestamos se utilizarán terrenos próximos a la obra y debidamente autorizados por la Dirección de la Obra. El contratista comunicará al Director de la obra, con suficiente antelación, la apertura de los citados préstamos a fin de que se pueda medir su volumen y dimensiones sobre el terreno natural no alterado. Los préstamos se excavarán con taludes finales 2(H):1(V) o menores. Las superficies finales quedarán perfiladas de forma que permitan la extensión de suelo vegetal para la revegetación. El fondo de cada préstamo quedará despejado sin apiles de tierras ni vertidos. 320.3.6. Taludes Todos los desmontes se han proyectado con pendientes de 1(H):1(V). En los taludes que necesiten de voladuras para su excavación deberá cuidarse la carga de fondo de los barrenos de forma que dañen lo menos posible la cara final del talud. Para ajustar la carga de fondo deberán realizarse voladuras de prueba que definan líneas de corte con pendiente de 26,5º, variando la carga de fondo y el esquema de salida de la voladura hasta obtener un diseño que, obteniendo la línea de corte deseada, dañe lo menos posible la roca en la cara final del talud. El Director de la obra decidirá, a la vista de la terminación del talud, las zonas que deberán limpiarse retirando las piedras sueltas o repicarse regularizando la superficie del talud al perfil teórico. 320.3.7. Proceso de ejecución Excavación sin utilización de explosivos Antes de iniciar las obras de excavación debe presentarse al Director de la obra un programa de desarrollo de los trabajos de explanación. No se autorizará el inicio de una excavación si no están preparados los tajos de relleno o vertedero previstos, y si no se han concluido satisfactoriamente todas las operaciones preparatorias para garantizar una buena ejecución. El Contratista ha de prever un sistema de desagüe que evite la acumulación de agua en las excavaciones. Con esta finalidad ha de construir las protecciones: zanjas, cunetas, drenajes y conductos de desagüe que sean necesarios y disponer de bombas de agotamiento de capacidad suficiente. El Contratista ha de impedir la entrada de aguas superficiales, especialmente cerca de los taludes, ejecutándose una cuneta de guarda provisional o la definitiva, tal como figure en los Planos, para evitar que se produzcan daños en los taludes. Los cauces de agua existentes no se modificarán sin autorización previa y por escrito del Director de la obra. En caso de encontrar niveles acuíferos no previstos, se han de tomar medidas correctoras de acuerdo con el Director de la obra. Se ha de evitar que discurra, por las caras de los taludes finales, cualquier aparición de agua que pueda presentarse durante la excavación, construyendo las bajantes necesarias. Se han de retirar de los taludes las rocas suspendidas, tierras y materiales con peligro de desprendimiento. Cerca de estructuras de contención, previamente realizadas, la maquinaria ha de trabajar en dirección no perpendicular a ella y dejar sin excavar una zona de protección de anchura mayor o igual a un metro (1,0 m), que se habrá de extraer después manualmente. Todos los materiales que se obtengan de la excavación deberán ser objeto de ensayos para comprobar si cumplen las condiciones expuestas en los artículos correspondientes a la formación de rellenos. En cualquier caso, no se desechará ningún material excavado sin previa autorización del Director de la obra. Los excedentes de tierra, si los hubiera, y los materiales no aceptables serán llevados a los vertederos autorizados indicados por el Director de la obra. En caso de existir excedentes de excavación sobre el volumen de rellenos, los mismos sólo podrán emplearse en la ampliación de taludes de terraplenes si así lo autoriza el Director de la obra. Si en las excavaciones se encontrasen materiales que pudieran emplearse en unidades distintas a las previstas en el proyecto y sea necesario su almacenamiento, se transportarán a depósitos provisionales o a los acopios que a tal fin señale el Director de la obra a propuesta del Contratista, con objeto de proceder a su utilización posterior. Las unidades de obra ejecutadas en exceso sobre lo previsto en el proyecto estarán sujetas a las mismas especificaciones que el resto de las obras, sin derecho a cobro de suplemento adicional. Si el equipo o proceso de excavación seguido por el Contratista no garantiza el cumplimiento de las condiciones granulométricas que se piden para los distintos tipos de relleno y fuera preciso un procesamiento adicional (taqueos, martillo rompedor, etc.), éste será realizado por el Contratista a sus

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expensas sin recibir pago adicional por estos conceptos. En cualquier caso los excesos de excavación, que resulten necesarios por el empleo de unos u otros modos de ejecución de las obras, con respecto a los límites teóricos necesarios correrán de cuenta del Contratista. El taqueo debe ser en lo posible excepcional y deberá ser aprobado por el Director de la obra antes de su ejecución. Asimismo, serán de cuenta del Contratista todas las actuaciones y gastos generados por condicionantes de tipo ecológico, según las instrucciones que emanen de los Organismos Oficiales competentes. En particular, se prestará especial atención al tratamiento de los préstamos. También serán de cuenta del Contratista la reparación de los desperfectos que puedan producirse en los taludes de excavación durante el tiempo transcurrido desde su ejecución hasta la recepción de la obra (salvo que se trate de un problema de estabilidad como consecuencia de que el material tiene una resistencia inferior a la prevista al diseñar el talud). No se debe desmontar una profundidad superior a la indicada en Planos para el fondo de excavación, salvo que la deficiente calidad del material requiera la sustitución de un cierto espesor, en cuyo caso esta excavación tendrá el mismo tratamiento y abono que el resto del desmonte. Salvo este caso, el terraplenado necesario para restituir la superficie indicada en los Planos, debe ejecutarse a costa del Contratista, siguiendo instrucciones que reciba del Director de la obra. El acabado y perfilado de los taludes se hará por alturas parciales no mayores de tres metros (3 m). El Contratista ha de asegurar la estabilidad de los taludes y paredes de todas las excavaciones que realice, y aplicar oportunamente los medios de sostenimiento, apuntalamiento, refuerzo, y protección superficial que requiera el terreno, con la finalidad de impedir desprendimientos y deslizamientos que puedan ocasionar daños a personas o a las obras, aunque tales medios no estuvieran definidos en el proyecto, ni hubieran estado ordenados por el Director de la obra. El Contratista ha de presentar al Director de la obra, cuando éste lo requiera, los planos y los cálculos justificativos del apuntalamiento y de cualquier otro tipo de sostenimiento. El Director de la obra puede ordenar el aumento de la capacidad resistente o de la flexibilidad del apuntalamiento si lo estimase necesario, sin que por esto quedara el Contratista eximido de su propia responsabilidad, habiéndose de realizar a su costa cualquier refuerzo o sustitución. El Contratista será el responsable, en cualquier caso, de los perjuicios que se deriven de la falta de apuntalamiento, sostenimientos, o de su incorrecta ejecución y estará obligado a mantener una permanente vigilancia de su comportamiento así como a reforzarlos o sustituirlos si fuera necesario. Cuando los taludes excavados tengan zonas inestables o el fondo de la excavación presente cavidades que puedan retener el agua, el Contratista ha de adoptar las medidas de corrección necesarias. El fondo de la excavación se ha de nivelar, rellenando los excesos de excavación con material adecuado, debidamente compactado, hasta conseguir la rasante determinada, permitiéndose unas tolerancias respecto a la cota teórica de más menos cinco centímetros (± 5 cm.) en caso de tratarse de suelos y en más cero o menos veinte centímetros (+0 y –20 cm.) en caso de tratarse de roca. En el caso que los taludes de la excavación, realizados de acuerdo con los datos del proyecto, resultaran inestables, el Contratista ha de solicitar del Director de la obra la definición del nuevo talud, sin que por esto resulte eximido de cuantas obligaciones y responsabilidades se expresen en este pliego, tanto previamente como posteriormente a la aprobación. En el caso de que los taludes presenten desperfectos, el Contratista ha de eliminar los materiales desprendidos o movidos y realizará, urgentemente, las reparaciones complementarias necesarias. Si los citados desperfectos son imputables a una ejecución inadecuada o a un incumplimiento de las instrucciones del Director de la obra, el Contratista será responsable de los daños ocasionados. El Contratista ha de adoptar todas las precauciones para realizar los trabajos con la máxima seguridad para el personal y para evitar daños a terceros, en especial en las inmediaciones de construcciones existentes, siempre de acuerdo con la Legislación Vigente, incluso cuando no fuera expresamente requerido para esto por el personal encargado de la inspección o vigilancia de las obras. Se ha de acotar la zona de acción de cada máquina a su área de trabajo. Siempre que un vehículo o máquina pesada inicie un movimiento imprevisto, lo ha de anunciar con una señal acústica. Cuando sea marcha atrás o el conductor no tenga visibilidad, ha de ser auxiliado por un operario en el exterior del vehículo. Se han de extremar estas prevenciones cuando el vehículo o máquina cambie de área o se entrecrucen itinerarios. 320.4. MEDICIÓN Y ABONO La excavación de la explanación se abonará por los metros cúbicos (m3), deducidos por diferencia entre los

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perfiles reales del terreno antes de comenzar los trabajos y los teóricos que resultarán de aplicar las secciones definidas en los Planos o las resultantes de las prescripciones impuestas en el apartado 320.3. No se abonarán los excesos de excavación sobre dichas secciones tipo que no sean expresamente autorizados por el Director de la obra, ni los rellenos compactados que fueran precisos para reconstruir la sección tipo teórica en el caso de que la profundidad de la excavación fuese mayor de la necesaria. No serán objeto de medición y abono por este artículo aquellas excavaciones que entren en unidades de obra como parte integrante de las mismas. Las operaciones de regularización de las caras finales de los taludes se consideran incluidas en el precio de la unidad de excavación no siendo objeto de medición y abono complementario. Así mismo, se entenderá abonado en el precio el coste de las operaciones de machaqueo, clasificación, carga, transporte y cualquier otra necesaria para que los materiales excavados puedan ser utilizados para la formación de rellenos en las condiciones fijadas en los artículos 330, 331 y 333 de este Pliego. En el precio de la unidad de excavación de explanación quedan incluidos el transporte a vertedero o terraplén, el canon de utilización, si fuera preciso, y el refino de los taludes. No serán de abono independiente los acopios intermedios que se consideren necesarios a juicio del Director de la obra. La excavación en préstamos no será de abono independiente, quedando incluida dentro de la unidad de formación de terraplén, tal como queda definido en el artículo 330.7. La excavación en tierra vegetal o de labor en la traza se abonará por m3 medidos según volumen como producto del espesor medio reflejado en Planos o fijado por el Director de la obra, por el ancho real de la coronación del desmonte o base del terraplén y la longitud excavada según Planos. En el precio de la excavación en tierra vegetal o de labor es el mismo que el de la excavación de la explanada y en él se incluye: la excavación, carga y transporte a lugar de acopio para su posterior reutilización, así como cualquier otra actividad necesaria para la correcta ejecución y terminación de la unidad de obra. La excavación de la tierra vegetal en préstamos no será de abono, quedando incluida en las correspondientes unidades de formación de terraplén o de suelo seleccionado.

1.13 EXCAVACION EN ZANJAS Y POZOS

321.1. DEFINICION La excavación será no clasificada. 321.3. EJECUCION DE LAS OBRAS El Contratista someterá a la aprobación del Director de la obra los planos de detalle que muestran el método de construcción propuesto por él. Las excavaciones se ejecutarán ajustándose a las dimensiones y perfilado que consten en el proyecto o que indique el Director de la obra. Cuando sea preciso establecer entibaciones, éstas serán por cuenta del Contratista. No se procederá al relleno de zanjas o excavaciones, sin previo reconocimiento de las mismas y autorización escrita del Director de la obra. Los excesos de excavación, se suplementarán con hormigón de débil dosificación de cemento. La tierra vegetal procedente de la capa superior de las excavaciones no podrá utilizarse para el relleno inicial de las zanjas, debiendo transportarse a acopio, vertedero o lugar de empleo. En todo caso el Director de la obra fijará el límite de excavación a partir del cual la tierra excavada podrá conservarse en las proximidades de las zanjas para ser utilizadas en el relleno de las mismas. La ejecución de las zanjas se ajustará a las siguientes normas: 1ª) Se marcará sobre el terreno su situación y límites que no deberán exceder de los que han servido de

base a la formación del proyecto. 2ª) Las tierras procedentes de las excavaciones se depositarán a una distancia mínima de un metro (1

m.) del borde de las zanjas y a un solo lado de éstas y sin formar cordón continuo, dejando los pasos necesarios para el tránsito general, todo lo cual se hará utilizando pasarelas rígidas sobre las zanjas.

3ª) Se tomarán precauciones precisas para evitar que las aguas inunden las zanjas abiertas. 4ª) Las excavaciones se entibarán cuando el Director de la obra lo estime necesario. 5ª) Deberán respetarse cuantos servicios y servidumbres se descubran al abrir las zanjas, disponiendo

los apeos necesarios. Cuando hayan de ejecutarse obras por tales conceptos, lo ordenará el Director de la obra.

6ª) Los agotamientos que sean necesarios se harán reuniendo las aguas en pocillos construidos fuera de

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la línea de la zanja y los gastos que se originen serán por cuenta del Contratista. 7ª) La preparación del fondo de las zanjas requerirá las operaciones siguientes: Rectificado del perfil longitudinal, recorte de las partes salientes que se acusen tanto en planta

como en alzado, relleno con arena de las depresiones y apisonado general para preparar el asiento de la obra posterior debiéndose alcanzar una densidad del noventa y cinco por ciento (95 %) de la máxima del Proctor Normal.

8ª) Durante el tiempo que permanezcan abiertas las zanjas establecerá el Contratista señales de peligro, especialmente por la noche.

9ª) Las entibaciones no se levantarán sin orden expresa del Director de la obra. 10ª) En todas las entibaciones que el Director de la obra estime convenientes, el Contratista realizará los

cálculos necesarios, basándose en las cargas máximas que puedan darse bajo las condiciones más desfavorables.

11ª) La entibación se elevará como mínimo 5 cm. por encima de la línea del terreno o de la faja protectora. 321.6. MEDICION Y ABONO El abono se efectuará por m3 excavación en zanjas y pozos y se medirá de acuerdo al perfil teórico indicado en planos. En cimentaciones se medirá el prisma teórico formado por caras verticales, paralelas a las caras de la zapata a una distancia de 1,00 m y limitado por el plano de cimentación y la superficie de la explanación o el terreno natural, si en el área en cuestión no hubiera explanación, más los excesos inevitables autorizados. En el precio se incluyen las entibaciones y agotamientos necesarios, así como el transporte de producto sobrante a vertedero, acopio o lugar de empleo. No serán objeto de medición y abono por este artículo aquellas excavaciones consideradas en otras unidades.

CAPITULO III. RELLENOS TERRAPLENES

330.1. DEFINICIÓN Esta unidad consiste en la extensión y compactación de suelos procedentes de las excavaciones en la explanación y préstamos y en el refino final de los taludes. Su ejecución incluye las operaciones siguientes: − Preparación de la superficie para el cimiento del relleno (saneo, escarificado, compactación, adaptación

de medidas de drenaje, etc.).

− Extensión, humectación o desecación, homogenización y compactación de cada tongada. Estas operaciones se realizarán las veces que se consideren necesarias.

− Retirada del material degradado por mala programación en cada tongada y su transporte a vertedero, así como la nueva extensión, humectación o desecación, homogenización y compactación de la tongada.

− Cuantas operaciones sean necesarias para la correcta ejecución y terminación de la unidad de obra.

330.2. ZONAS DE LOS RELLENOS Las zonas de rellenos serán las indicadas en para conseguir las pendientes y rellenos adecuados en el parque. 330.3. MATERIALES 330.3.1. Clasificación y condiciones generales Los rellenos tipo terraplén son aquellos en los que predominan los tamaños finos y en ellos es práctico su control mediante densidades “in situ”, al estar ejecutados con materiales en los que los tamaños superiores a dos centímetros (2,0 cm.) no supera el treinta por ciento (30%) en peso o bien el contenido de finos (tamaños inferiores a 0,080 mm) es superior al treinta y cinco por ciento (35%) en peso. Los materiales a emplear en rellenos tipo terraplén serán suelos o materiales locales que se obtendrán de las excavaciones realizadas en la obra o en préstamos autorizados por el Director de la obra. Será responsabilidad del Contratista comprobar que la naturaleza de los materiales es la adecuada para la formación de los rellenos a que se destinan.

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Su clasificación y características de cada uno de los tipos de suelo a emplear, se atendrá a lo especificado en el PG-3 vigente. 330.3.2. Empleo En los rellenos se podrán utilizar, para la construcción de sus diferentes partes, los materiales que, se indican a continuación: − Cimiento, núcleo y coronación.

En la construcción del cimiento, núcleo y espaldones de los rellenos tipo terraplén se podrán emplear los materiales procedentes de las excavaciones o préstamos definidos en el apartado 330.3.1. Sólo se permitirá el uso de suelos tolerables, adecuados o seleccionados de los allí definidos. Podrían utilizarse materiales clasificados como marginales en alguna zona de la obra previamente aprobada por el Director de la misma y cuando su utilización sea proyectada por técnico especialista y aprobada por el Director de la obra.

330.4. EQUIPO NECESARIO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS El Contratista comunicará al Director de la obra el equipo que piensa utilizar para el extendido, humectación y compactación, que será suficiente para garantizar las características exigidas en el presente artículo. 330.5. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Los rellenos que se construyan con tierras y rocas procedentes de desmontes en los que se obtengan materiales tipo pedraplén, todo-uno y terraplén se ejecutarán colocando siempre los materiales de mayor tamaño (tipo pedraplén y todo-uno) en la parte inferior del relleno, sobre los que se extenderán los que contengan mayor contenido de finos (tipo todo-uno o terraplén). Todo ello de acuerdo con el programa de trabajos aprobado por el Director de la obra. 330.5.1. Preparación de la superficie de asiento de los rellenos En los materiales naturales del cimiento, una vez realizado el desbroce y retirada la tierra vegetal si existiera, se escarificarán los veinte-veinticinco centímetros (20-25 cm.) superiores y se compactarán con al menos cuatro (4) pasadas de rodillo vibrante de diez toneladas (10 t) de peso estático como mínimo. Esta operación deberá realizarse especialmente en los rellenos de poca altura. Se precisará cajeado del cimiento natural cuando las pendientes del terreno sean grandes. Antes de proceder al extendido y compactación de los materiales se retirarán en caso de que aparecieran los materiales inadecuados, blandos o rellenos antrópicos que aparecieran una vez realizado el desbroce, excavando hasta la profundidad que figura en el proyecto o la que determine el Director de la obra a la vista del terreno. Estos saneos se abonarán al precio de la excavación en desmontes. Las transiciones de desmonte a relleno, tanto transversal como longitudinalmente, se harán de la forma más suave posible, excavando el terreno en la franja de transición hasta conseguir una pendiente no mayor del 2(H):1(V), que se mantendrá hasta alcanzar una profundidad por debajo de la explanada de al menos un metro (1,0 m). Dado que las operaciones de desbroce y escarificado dejan la superficie de terreno fácilmente erosionable por los agentes atmosféricos, estos trabajos no deberán llevarse a cabo hasta el momento preciso y en las condiciones oportunas para reducir al mínimo el tiempo de exposición, salvo que se recurra a protecciones de la superficie. La posibilidad de aterramientos de los terrenos del entorno y otras afecciones indirectas deberán ser contempladas en la adopción de estas medidas de protección. 330.5.2. Extensión de las tonqadas Una vez preparado el cimiento del relleno, se procederá a su construcción empleando los materiales que se han definido anteriormente, que se extenderán en tongadas sucesivas, de espesor uniforme y sensiblemente paralelas a la explanada. El espesor de estas tongadas será de treinta centímetros (30 cm.), medidos antes de compactar, para que, con los medios disponibles se obtenga, en todo su espesor, el grado de compactación exigido. El extendido se programará y realizará de tal forma que los materiales de cada tongada sean de características uniformes y, si no lo fueran, se conseguirá esta uniformidad mezclándolos convenientemente con maquinaria adecuada para ello. No se extenderá ninguna tongada mientras no se haya comprobado que la superficie subyacente cumple las condiciones exigidas y sea autorizada su extensión por el Director

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de la obra. Cuando la tongada subyacente esté reblandecida, con una humedad excesiva, no se autorizará la extensión de la siguiente hasta que no cumpla las condiciones exigidas. Cuando haya de transcurrir un determinado tiempo entre dos tongadas del relleno y ésta haya de soportar el paso de vehículos de obra se procederá a la aplicación de un riego de sellado sobre la superficie con el fin de evitar su posible contaminación. En paralelo con la construcción del relleno se habrán de ir refinando los taludes cuyas pendientes obedecerán las indicaciones del proyecto. Los equipos de transporte de tierras y de extensión de las mismas operarán sobre todo el ancho de cada capa. Deberá conseguirse que todo el perfil teórico del relleno quede debidamente compactado. 330.5.3. Drenaje de la obra durante su construcción Deberá tenerse en cuenta la necesidad de asegurar un drenaje superficial provisional de las explanaciones y pavimentos durante su construcción También deberá preverse la construcción de caballones de tierra, en los bordes de las tongadas, y de bajantes, provisionales y extensibles, que controlen las aguas de escorrentía provenientes de la superficie expuesta del terraplén, así como la adopción de medidas protectoras del entorno frente a la acción de este agua de escorrentía (erosionante o depositaria de sedimentos). 330.5.4. Humectación o desecación Dadas las características de los materiales y a fin de reducir al máximo los asientos de colapso, se especifica la necesidad de una cuidadosa compactación, con un control no sólo de la densidad sino, y de manera muy importante, también de la humedad de compactación. Previamente al extendido, o inmediatamente después de realizado el mismo, se comprobará la humedad del material. La compactación se realizará con una humedad dentro del rango del dos por ciento respecto a la humedad óptima (hopt ± 2,0%), determinándose esta con ensayos Proctor Modificado. En general, la humedad natural de los materiales excavados es menor que la óptima de compactación por lo que será preciso añadir agua para conseguir el grado de compactación previsto. Esta operación se efectuará humectando uniformemente los materiales en las zonas de procedencia, en acopios intermedios o en la tongada. La humectación en tajo no podrá implicar correcciones superiores al dos por ciento (2,0%), salvo autorización del Director de la obra. En los casos en que la humedad natural del material sea excesiva, para conseguir la compactación prevista, se tomarán las medidas adecuadas pudiéndose proceder a la desecación por oreo o a la adición y mezcla de materiales secos. 330.5.5. Compactación Conseguida la humectación más conveniente, se procederá a la compactación mecánica de la tongada. No se extenderá sobre ella ninguna otra en tanto no se haya realizado la nivelación y conformación de la misma y comprobado su grado de compactación. Los suelos definidos como aptos para su empleo en la construcción de rellenos tipo terraplén se considerarán compactados adecuadamente cuando su densidad seca, después de la compactación, en todo el espesor de la tongada y en cualquier punto de la misma, sea igual o superior a la establecida por las distintas partes del relleno: Coronación de terraplenes y fondo de desmontes

En la capa de coronación se exigirá una densidad seca, después de la compactación, igual a la máxima (100%) de la obtenida en el ensayo Próctor Modificado.

− Núcleos

En cada tongada la densidad seca obtenida, después de la compactación alcanzará o superará el noventa y cinco por ciento (95%) de la máxima densidad seca obtenida en los ensayos de compactación Proctor Modificado, realizados sobre muestras representativas del material empleado en la tongada.

− Cimentación

En la zona de cimiento, la densidad seca exigida será igual o superior al noventa y cinco por ciento (95%) de la máxima densidad seca obtenida en el ensayo Proctor Modificado.

La determinación de la máxima densidad seca obtenida en los rellenos tipo terraplén se hará según la norma de ensayo UNE 103 503 (Determinación "in situ" de la densidad de un suelo por el método de la arena). Junio 1995.

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Las zonas que por su reducida extensión, pendiente o proximidad a obras de fábrica, no permitan el empleo del equipo que normalmente se esté utilizando para la compactación de los rellenos, se compactarán con los medios adecuados al caso, de forma que las densidades que se alcancen no sean inferiores a las obtenidas en el resto del relleno. 330.5.6. Control de compactación Tendrá por objeto comprobar que la compactación de cada tongada cumple las condiciones de densidad y humedad establecidas en el presente pliego o por el Director de la obra. Estos rellenos se controlarán por "producto" a través de suficientes medidas "in situ" de la densidad y humedad del relleno compactado que se compararán con los valores correspondientes de los ensayos de laboratorio realizados sobre muestras representativas del material empleado en la tongada. Para medir la densidad de los terraplenes deberán emplearse procedimientos de sustitución para obtener el peso y volumen de una porción del relleno compactado y, como menos aconsejable, los métodos nucleares con isótopos radioactivos. En cualquier caso, si se utilizan los procedimientos nucleares se deberán contrastar con una medida por el procedimiento de la arena por cada cinco medidas realizada por procedimientos nucleares. Las operaciones y secuencias de ejecución, equipos de extendido y compactación, espesores de tongada, humedad del material y número de pasadas se definirán en bandas de ensayo previas al empleo de cada grupo de materiales de características similares. Se efectuará al menos una banda de ensayos por cada grupo. En todo caso la altura de tongada antes de compactar no superará los treinta centímetros (30 cm.), pudiendo incluso tener que ser menor a la vista de los resultados de los tramos experimentales previos. • Ensayos de control de material

Los ensayos de control se ajustarán a la frecuencia y tipos que a continuación así se detallan: Frecuencias de ensayo para material homogéneo: a. Cada mil metros cúbicos (1.000 m3), durante los primeros cinco mil metros cúbicos (5.000 m3). b. Cada dos mil metros cúbicos (2.000 m3), para los diez mil metros cúbicos (10.000 m3) siguientes. c. Cada cinco mil metros cúbicos (5.000 m3), a partir de quince mil metros cúbicos (15.000 m3). Tipos de ensayo: a. Una (1) determinación de materia orgánica (según Norma UNE 103 204). b. Una (1) determinación de contenido de sulfatos (según Norma UNE 103 202). c. Una (1) determinación de granulometría por tamizado (según Norma UNE 103 101). d. Una (1) determinación de los límites de Atterberg (según Normas UNE 103 y 104). e. Un (1) ensayo de compactación Proctor Modificado (según Norma UNE 103 501). f. Un (1) ensayo del índice CBR (según Norma UNE 103 502), en los materiales a utilizar en la capa

de coronación.

• Control de ejecución Se realizarán los siguientes ensayos de puesta en obra una vez colocado el material: - Por cada día de trabajo o cada quinientos metros cuadrados (500 m2) o fracción de capa

colocado: • Un (1) ensayo de densidad "in situ" (según Norma UNE 103 503).

• Un (1) ensayo de contenido de humedad (según Norma UNE 103 300).

- Por cada cinco mil metros cúbicos (5.000 m3) se efectuará un ensayo Próctor Modificado con material tomado en obra después de compactar (comprobándose asimismo su granulometría).

• Terminación

Consiste en el conjunto de operaciones necesarias para conseguir el acabado geométrico del terraplén. Las obras de terminación y refino de la coronación del terraplén, se ejecutarán con posterioridad a la explanación y construcción de drenes y obras de fábrica que impidan o dificulten su realización. La terminación y refino del terraplén se realizarán inmediatamente antes de iniciar la construcción de la capa de firme. Cuando haya que proceder a un recrecido de espesor inferior a la mitad (1/2) de la tongada compactada, se procederá previamente a un escarificado de todo el espesor de la misma, con objeto de asegurar la trabazón entre el recrecido y su asiento.

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No se extenderá ninguna tongada de la capa de firme sobre la explanada sin que se comprueben sus condiciones de calidad y sus características geométricas. Una vez terminado el terraplén deberá conservarse continuamente con sus características y condiciones hasta la colocación de la primera capa o hasta la recepción de la obra cuando no se dispongan otras capas sobre ella. Las cunetas deberán estar en todo momento limpias y en perfecto estado de funcionamiento.

330.5.7. Puesta a punto del método de trabajo La aprobación sobre los métodos de trabajo estará condicionada a los resultados de las pruebas y ensayos realizados en los tramos experimentales si el Director de Obra los considera necesarios. 330.7. MEDICIÓN Y ABONO Las formaciones de explanadas, núcleos, espaldones y cimientos de los rellenos se medirán y abonarán por metros cúbicos (m3) realmente ejecutados, deducidos de los perfiles tomados antes y después de la realización de la totalidad de los trabajos, sin contabilizarse los volúmenes derivados de la ejecución de los sobreanchos. No se considerará precio diferenciado para los rellenos de distinta naturaleza: terraplén, todo-uno o pedraplén. Para la formación de los rellenos se considera un único precio. La unidad de obra de formación de terraplén (pedraplén o todo-uno) comprende: la extensión (incluso sobreancho), mezcla “in situ” si la hubiere, humectación, compactación, rasanteo, eliminación de sobreanchos, refino de taludes y demás actividades necesarias, incluida la realización de bandas de ensayo. En este precio queda también comprendido el exceso lateral necesario para que el grado de compactación alcance los valores exigidos en los bordes de las secciones transversales del proyecto, así como el perfilado, que incluye la excavación y retirada de ese exceso hasta conseguir el perfil de la sección. Estos precios se aplicarán también al relleno de la sobrexcavación de los fondos de desmonte.

ARTÍCULO 332. RELLENOS LOCALIZADOS 332.3. MATERIALES Los rellenos de zanjas, pozos y excavaciones de cimientos de estructuras serán de material adecuado procedente de las excavaciones o préstamos. El relleno en cimientos de pequeñas obras de fábrica de hormigón, trasdós de estribos de pasos superiores y trasdós de pasos inferiores se efectuará con material seleccionado en los casos en que así esté establecido en Planos. 332.5. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS El relleno localizado se compactará hasta alcanzar el cien por cien (100%) de la densidad máxima obtenida en el ensayo Proctor Normal. 332.7. MEDICIÓN Y ABONO Se medirán y abonarán por metros cúbicos (m3) realmente ejecutados, deducidos de los perfiles tomados antes de los trabajos y los teóricos que resultarán de las secciones tipo.

ARTÍCULO 333. RELLENOS TIPO TODO-UNO 333.1. DEFINICIÓN Esta unidad consiste en la extensión y compactación de materiales rocosos de baja resistencia, procedentes de las excavaciones. Su ejecución incluye las operaciones siguientes: − Preparación de la superficie para el cimiento del relleno (saneo, escarificado, compactación, adopción de

medidas de drenaje, etc.).

− Extensión, humectación de las fracciones finas si fuesen necesarias, y compactación de cada tongada. Esta operación se reiterará cuantas veces sea preciso.

− Cuantas operaciones sean necesarias.

333.2. ZONAS DE LOS RELLENOS TODO-UNO

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En los rellenos todo-uno se distinguirán las siguientes zonas:

Transición: Formada por la parte superior del relleno todo-uno, con un espesor igual a dos tongadas y como mínimo de un metro (1 m), a no ser que en el Proyecto se indique expresamente otro valor. Núcleo: Parte del relleno todo-uno comprendida entre el cimiento y la zona de transición. Cimiento: Formada por la parte inferior del relleno todo-uno en contacto con la superficie de apoyo. El espesor será como mínimo de un metro (1 m) o la máxima altura libre desde la superficie de apoyo hasta la zona de transición, cuando dicha altura libre fuera inferior a un metro (1 m). Espaldones: Es la parte exterior del relleno todo-uno que ocasionalmente constituye o forma parte de los taludes del mismo. Zonas especiales: Son zonas del relleno todo-uno con características especiales, tales como zonas inundables, etc. de existir, el Proyecto deberá fijar sus características y dimensiones. 333.3. CORONACIÓN DEL RELLENO TODO-UNO Se entiende por coronación la zona comprendida entre la transición del relleno todo-uno y la superficie de la explanada. Sus dimensiones y características serán las definidas en el artículo 330 del presente Pliego para la coronación de terraplenes. 333.4. MATERIALES 333.4.1. Procedencia Los materiales que pueden emplearse para la construcción de los rellenos tipo todo-uno serán los procedentes del desmonte excavado en los granitos. 333.4.2. Granulometría Los rellenos tipo todo-uno lo constituyen los ejecutados con materiales que no cumplen las condiciones de terraplenes y pedraplenes y en ellos, debido a su granulometría, su control no podrá realizarse mediante densidades “in situ”. Se ejecutarán con materiales en los que los tamaños superiores a dos centímetros (2,0 cm.) están comprendidos entre el treinta y el setenta por ciento (30%-70%) en peso y tienen menos del treinta y cinco por ciento (35%) en peso de finos (material que pasa por el tamiz UNE 0,080). 333.5. EMPLEO En los rellenos tipo todo-uno se podrán utilizar, para la construcción del cimiento, núcleo y espaldones, los materiales indicados en el apartado 333.4.1. 333.6. EQUIPO NECESARIO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS El Contratista comunicará al Director de la obra el equipo que piensa utilizar para el extendido y compactación, que será suficiente para garantizar las características exigidas en el presente artículo. 333.7. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Los rellenos que se construyan con tierras y rocas procedentes de desmontes en los que se obtengan materiales tipo pedraplén, todo-uno y terraplén se ejecutarán colocando siempre los materiales de mayor tamaño (tipo pedraplén y todo-uno) en la parte inferior del relleno, sobre los que se extenderán los que contengan mayor contenido de finos (tipo todo-uno o terraplén). 333.7.1. Preparación de la superficie de asiento de los rellenos La preparación del cimiento de los rellenos tipo todo-uno se realizará con los mismos criterios indicados para los rellenos tipo terraplén descrita en el artículo 330.5.1. 333.7.2. Extensión de las tonqadas Una vez preparado el cimiento del relleno, se procederá a su construcción empleando los materiales que se han definido anteriormente, que se extenderán en tongadas sucesivas, de espesor uniforme y sensiblemente paralelas a la explanada. El espesor de estas tongadas será de cuarenta centímetros (40 cm.), medidos antes de compactar, para que, con los medios disponibles se obtenga, en todo su espesor, el grado de compactación exigido. No se extenderá ninguna tongada mientras no se haya comprobado que la superficie subyacente cumple las condiciones exigidas y sea autorizada su extensión por el Director de la obra. Si el material del todo-uno tiene un porcentaje de finos inferior al diez por ciento (10%) el Director de la obra podrá autorizar un aumento del espesor de la tongada, sin sobrepasar los cincuenta centímetros (50 cm.). Cuando haya de transcurrir un determinado tiempo entre dos tongadas del relleno y ésta haya de soportar el paso de vehículos de obra se procederá a la aplicación de un riego de sellado sobre la superficie con el fin

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de evitar su posible contaminación. En paralelo con la construcción del relleno se habrán de ir refinando los taludes cuyas pendientes obedecerán las indicaciones del proyecto. Los equipos de transporte de tierras y de extensión de las mismas operarán sobre todo el ancho de cada capa. Deberá conseguirse que todo el perfil teórico del relleno quede debidamente compactado. 333.7.3. Drenaje de la obra durante su construcción El drenaje de los rellenos tipo todo-uno cumplirá los mismos requisitos indicados para los rellenos tipo terraplén en el artículo 330.5.3 de este pliego. 333.7.4. Humectación Si los materiales que constituyen el todo-uno tienen un contenido de finos (material que pasa por el tamiz UNE 0,080) superior al diez por ciento (10%) deberá comprobarse la humedad de la fracción inferior a dos centímetros (2,0 cm.). La compactación se realizará con una humedad dentro del rango del dos por ciento respecto a la humedad óptima (hopt. ± 2,0%), determinándose esta con ensayos Proctor Modificado realizados sobre el material de la fracción inferior a dos centímetros (2,0 cm.). Si los materiales que constituyen el todo-uno contienen menos del diez por ciento (10%) de finos no será necesario realizar un control de humedad. En el caso de que sea preciso añadir agua, esta operación se efectuará de forma que el humedecimiento de los materiales sea uniforme, en las zonas de procedencia, en acopios intermedios o en la tongada. 333.7.5. Compactación Debido a la granulometría de los materiales que constituyen el todo-uno, su control no podrá ser por los métodos estándares de densidad “in situ” o aparatos nucleares. En vez de ello, para la aceptación de la compactación de este tipo de relleno se adoptarán los criterios siguientes. El todo-uno se extenderá y compactará de modo que se consiga en cada tongada que la deformación en un ensayo de huella (norma Suiza SNV 670365) sea igual o inferior a cinco milímetros (5,0 mm). El método concreto de puesta en obra y compactación se definirán en tramos experimentales, uno por cada tipo de todo-uno. Además de la especificación anterior se deberá cumplir lo siguiente: La altura máxima de tongada será de cuarenta centímetros ( 40 cm. ) o de cincuenta centímetros (50 cm.), cuando el material tenga menos del diez por ciento (10%) de finos. El material se descargará de forma que el borde del correspondiente montón quede a una distancia mínima de un metro (1,0 m) del borde superior de la tongada en ejecución. A continuación, el montón se extenderá utilizando un buldózer de suficiente potencia. Se retirarán en origen, o se trocearán en el tajo de extendido mediante martillo picador, todos los bolos de tamaño mayor de treinta centímetros (30 cm.). Se tratará de conseguir que no haya posteriormente bolos que sobresalgan de la superficie de la tongada. Se utilizarán rodillos vibrantes en buen estado cuyo peso estático mínimo sea de diez toneladas (10 t). Cuando existan materiales gruesos fragmentables o evolutivos, se procederá de modo que esta fragmentación se produzca durante la puesta en obra en la mayor medida posible: paso de las cadenas del tractor sobre el material en la zona de extracción o durante el extendido, empleo de rodillo estático dentado (“pata de cabra”) en las primeras pasadas, etc. El equipo concreto de compactación, número de pasadas, velocidad y frecuencia de los rodillos se definirán de acuerdo con los resultados de los tramos experimentales. Ensayos de control de material Los ensayos de control de material tendrán por objeto determinar el contenido de finos, para lo que se realizará una (1) determinación de granulometría por tamizado (según Norma UNE 103 101) cada dos mil metros cúbicos (2.000 m3). Si el material contiene un contenido de finos superior al diez por ciento (10%) se realizará un ensayo Proctor Modificado (según Norma UNE 103 500) sobre el material de la fracción inferior a dos centímetros (2 cm.). Control de ejecución En cada tongada se realizará un ensayo de huella (según Norma Suiza SNV 670 365). 333.7.6. Puesta a punto del método de trabajo Para cada tipo de material se definirá el método de construcción, maquinaria a emplear, espesor de la tongada, número de pasadas, etc., en función de los resultados obtenidos en la construcción de un tramo experimental. Dicha zona tendrá un volumen mínimo de tres mil metros cúbicos (3.000 m3) y servirá para comprobar la idoneidad del método propuesto. En esta zona se efectuarán al menos tres ensayos de determinación de la granulometría y tres ensayos de determinación de la densidad “in situ” por el método de la membrana en calicata de al menos, dos metros (2

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m) de diámetro y profundidad la de la tongada compactada. En combinación con el control anterior se efectuará un control de deformación en un ensayo de huella (norma Suiza SNV 670 365) en cada pasada, considerándose que se ha alcanzado la compactación requerida cuando la deformación sea igual o inferior a cinco milímetros (5 mm). 333.8. MEDICIÓN Y ABONO Se ha descrito en el artículo 330.7 de este pliego.

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PARTE 4. DRENAJE

CAPITULO I TUBOS, ARQUETAS Y SUMIDEROS

ARTICULO 410 ARQUETAS Y POZOS DE REGISTRO 410.1.- DEFINICIÓN Arqueta es una caja para la recogida de agua de las cunetas o de las tuberías de drenaje y posterior entrega a un desagüe. El material constituyente podrá ser hormigón, hormigón armado, materiales cerámicos, piezas prefabricadas o cualquier otro previsto en el proyecto o aprobado por el Director de obras. Normalmente estará cubierta por una tapa o rejilla. 410.2.- FORMA, DIMENSIONES, MATERIALES Y EJECUCIÓN Las formas y dimensiones de las arquetas y de los pozos de registro, así como los materiales a utilizar, serán los definidos en el Proyecto. Las tapas o rejillas ajustarán al cuerpo de la obra, y se colocarán de forma que su cara exterior quede al mismo nivel que las superficies adyacentes. Se diseñarán para que puedan soportar el paso del tráfico y se tomarán precauciones para evitar su robo o desplazamiento. Tanto las arquetas como los pozos de registro deberán ser fácilmente limpiables, proscribiéndose las arquetas no registrables. El fondo deberá adaptarse a las necesidades hidráulicas y, en su caso, de visitabilidad. Se deberá asegurar la continuidad, de la corriente de agua. Se dispondrán areneros donde sea necesario, y en caso de no existir, se deberá asegurar que las aguas arrastren los sedimentos. Se construirán con hormigón HA-25/B/20/IIa, el acero será del tipo B 500S. Se cumplirán las prescripciones específicas que seguidamente se exponen: el artículo 630 del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales: “Obras de hormigón en masa o armado” y la Instrucción de hormigón estructural (EHE). Las tapas y cercos serán de fundición y deberán cumplir las normas UNE 36111 y UNE 36118. Las tolerancias no serán superiores a diez milímetros (10 mm). Las conexiones de tubos y cunetas se efectuarán a las cotas indicadas en los planos de proyecto, de forma que los extremos de los conductos queden enrasados con las caras interiores de los muros. La parte superior de la obra se dispondrá de tal manera que se eviten los derrames del terreno circundante sobre ella o a su interior. Las tapas o rejillas ajustarán al cuerpo de la obra, y se colocarán de forma que su cara exterior quede al mismo nivel que las superficies adyacentes. Se diseñarán para que puedan soportar el paso del tráfico y se tomarán precauciones para evitar su robo o desplazamiento. 410.3.- MEDICIÓN Y ABONO Se medirán y abonarán por unidades (ud) de arqueta o pozo realmente construido. El precio incluye la excavación, hormigón y su puesta en obra, encofrado y desencofrado, fabrica de ladrillo, relleno localizado, tapa, marco, rejilla y pates.

ARTICULO 411 IMBORNALES Y SUMIDEROS 411.1.- DEFINICIÓN Los desagües de las zonas peatonales tendrán la forma y características definidas en los planos y serán de las características que designe el Ayuntamiento. Estarán constituidos por los elementos siguientes: rejilla, marco, arqueta y tubo de desagüe. 411.2.- MATERIALES Y EJECUCIÓN El registro de calzada será de tipo bisagra de hierro fundido. Los sumideros cumplirán las condiciones siguientes:

- El marco y la rejilla serán de fundición dúctil, según lo dispuesto en la Norma UNE-EN 1563:1998.

- Cumplirán con las prescripciones de la Norma UNE-EN 124:1995.

- Revestimiento de pintura asfáltica o alquitrán.

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- Superficie metálica antideslizante.

- Los sumideros serán de clase C 250, de forma cuadrada, con una carga de rotura superior a 250 kN.

411.3.- MEDICIÓN Y ABONO Se medirán y abonarán por unidades (ud) completas realmente ejecutadas, al precio correspondiente del Cuadro de Precios.

ARTICULO 413 ELEMENTOS PREFABRICADOS DE HORMIGÓN 413.1. Tubos de hormigón 413.1.1. Definición Este grupo de unidades comprende las tuberías circulares utilizadas como conductos en obras de drenaje transversal o longitudinal. Incluye las siguientes actividades: . Suministro de tubos prefabricados. . Preparación y colocación del hormigón de asiento del tubo. . Colocación de los tubos y elementos de unión. . Cualquier trabajo u operación auxiliar necesaria para la correcta y rápida ejecución de esta unidad de

obra. 413.1.2. Materiales Los tubos cumplirán las prescripciones fijadas en el "Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para tuberías de Saneamiento de Poblaciones" del MOPU o en su defecto la norma UNE-127-010. Serán de las clases 60 a 180 según la clasificación de la norma UNE-127-010 y de acuerdo con lo definido en el proyecto. Los tubos serán prefabricados de hormigón vibroprensado, siendo la resistencia característica del hormigón (fck) mínima de 35 N/mm2 Se suministrarán en módulos de 1,7 m de longitud máxima. El hormigón de asiento del tubo tendrá fck = 20 N/mm2. Los hormigones a emplear cumplirán las prescripciones de los artículos 610 del presente pliego. Las juntas serán enchufe campana, mediante junta de goma de compresión. Cumplirán las prescripciones de la norma UNE-53-571. Los ensayos que tendrán que realizarse son:

1. Examen visual del aspecto general de los tubos y piezas para juntas y comprobación de dimensiones y espesores.

2. Ensayo de estanqueidad.

3. Ensayo de aplastamiento.

4. Ensayo de flexión longitudinal.

El Director de Obra se reserva el derecho de realizar en fábrica, por medio de sus representantes, cuantas verificaciones de fabricación y ensayos de materiales estime precisos para el control de las diversas etapas de fabricación, según las prescripciones de este pliego. A estos efectos, el Contratista, en el caso de no proceder por si mismo a la fabricación de los tubos, deberá hacer constar este derecho de la Administración en su contrato con el fabricante. El fabricante avisará al Director de la Obra con quince (15) días de antelación, como mínimo, del comienzo de fabricación de los tubos y de la fecha en que se propone efectuar las pruebas. El Director de la Obra podrá exigir al Contratista el certificado de garantía de que se efectuaron en forma satisfactoria los ensayos y de que los materiales utilizados en la fabricación cumplieron las especificaciones correspondientes. Este certificado podrá sustituirse por un sello de calidad reconocido oficialmente. El Director de la Obra, si lo estima necesario, podrá ordenar en cualquier momento la realización de ensayos sobre lotes, aunque hubiesen sido ensayados en fábrica, para lo cual el Contratista avisado previamente por escrito, facilitará los medios necesarios para realizar estos ensayos de los que se levantará acta, y los resultados obtenidos en ellos prevalecerán sobre cualquier otro anterior. Cada entrega en obra de los tubos y elementos será acompañada de un albarán especificando naturaleza, número, tipo y referencia de las piezas que la componen y deberá hacerse con el ritmo y plazos señalados en el Plan de Obra, o en su caso por el Ingeniero Director. Las piezas que hayan sufrido averías durante el

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transporte o que presenten defectos serán rechazadas. Los ensayos de recepción, en el caso de que el Director de las Obras lo considere oportuno, podrán sustituirse por un certificado en el que se expresen los resultados satisfactorios de los ensayos de estanqueidad, aplastamiento y flexión longitudinal del lote a que pertenezcan los tubos o los ensayos de autocontrol sistemáticos de fabricación que garanticen las propiedades anteriores. Respecto al tipo de juntas propuestas, el Director de Obra podrá ordenar ensayos de estanqueidad de tipos de juntas. En este caso, el ensayo se hará en forma análoga al de los tubos, disponiéndose dos trozos de tubo, uno a continuación del otro, unidos por su junta, cerrando los extremos libres con dispositivos apropiados y siguiendo el mismo procedimiento que para los tubos, se comprobará que no existe pérdida alguna. La tolerancia para el diámetro interior del tubo se establece en 1% de su diámetro nominal, sin exceder de 15 mm. Además, el promedio de los diámetros mínimos en las cinco secciones resultantes de dividir la longitud del tubo en cuatro partes iguales, no debe ser inferior a su diámetro nominal. La tolerancia para el espesor del tubo se establece en 5% de su espesor nominal. Esta misma tolerancia se establece para el núcleo de los tubos pretensados. La ovalización en la zona de junta deberá ser tal que la diferencia entre sus diámetros interiores máximo y mínimo no exceda del 0,5% del diámetro nominal del tubo. Con respecto a la tolerancia para los diámetros de la camisa de chapa o de las capas de armaduras, se establece que la diferencia entre sus diámetros interiores máximo y mínimo no sea superior al 1% de los diámetros nominales correspondientes. La tolerancia para la longitud del tubo se establece en 1% de su longitud nominal. Todos los elementos de la tubería llevarán grabados de forma indeleble los distintivos y marcas siguientes:

• Distintivo de fábrica. • Diámetro nominal, en mm. • Presión de timbre, en kp/cm2. • Número de identificación, que permita conocer el historial de su fabricación. • Fecha de terminación de la fabricación del tubo.

413.1.3. Ejecución El transporte desde la fábrica a la obra no se iniciará hasta que haya finalizado el período de curado. Los tubos se transportarán sobre unas cunas de madera que garanticen la inmovilidad transversal y longitudinal de la carga, así como la adecuada sujeción de los tubos apilados, que no estarán directamente en contacto entre sí, sino a través de elementos elásticos, como madera, gomas o sogas. Los tubos se descargarán, cerca del lugar donde deban ser colocados y de forma que puedan trasladarse con facilidad al lugar en que hayan de instalarse. Se evitará que el tubo quede apoyado sobre puntos aislados. El acopio de los tubos en obra se hará en posición horizontal, sujetos mediante calzos de madera, salvo que se disponga de alguna solera rígida que garantice el acopio vertical en las debidas condiciones de seguridad. Durante su permanencia en la obra, antes del tapado de las zanjas o terraplenados, los tubos deberán quedar protegidos de acciones o elementos que puedan dañarles, como tránsito o voladuras. La instalación de los tubos se realizará con las dimensiones mínimas indicadas en los planos, sobre una solera de hormigón tipo HM-15 cuyos espesores mínimos en función del diámetro se definen en Planos. Posteriormente se realizará el relleno hasta la base del terraplén de acuerdo con lo establecido en el artículo 332 sobre rellenos localizados del presente pliego. Se cuidará que las juntas queden selladas adecuadamente para garantizar su estanqueidad. 413.1.4. Medición y abono Los tubos de hormigón armado se medirán por metros (m) deducidos de los planos, incluyéndose en el precio su suministro, colocación, hormigón de asiento y ejecución de las juntas. Las tuberías que sean objeto de medición a los efectos de su abono, deberán hallarse totalmente colocadas, con sus sujeciones, recubrimientos y demás elementos que integren las mismas y haber sido sometidas con éxito a las pruebas de presión y/o estanqueidad. Los precios comprenden por tanto la fabricación de los tubos y elementos auxiliares, su transporte, montaje, pruebas, protecciones necesarias y cuantos equipos y mano de obra sea necesaria para su colocación definitiva, así como el material de asiento y relleno hasta riñones con material filtrante.

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PARTE 5. PAVIMENTOS CAPITULO I CAPAS GRANULARES

ARTICULO 510 ZAHORRAS ARTIFICIALES 510.1. DEFINICIÓN Se define como zahorra artificial el material granular formado por áridos machacados, total o parcialmente, cuya granulometría es de tipo continuo. Su ejecución incluye las siguientes operaciones: - Preparación y comprobación de la superficie de asiento. - Aportación del material. - Extensión, humectación si procede, y compactación de cada tongada. - Refino de la superficie de la última tongada. 510.2. MATERIALES 510.2.1. Condiciones generales Los materiales procederán de la trituración de piedra de cantera o grava natural. El rechazo por el tamiz 5 UNE deberá contener un mínimo del setenta y cinco por ciento (75%) de elementos triturados que presenten no menos de dos (2) caras de fractura. 510.2.2. Granulometría El cernido por el tamiz 63 μm UNE será menor que los dos tercios (2/3) del cernido por el tamiz 250 μm UNE. La curva granulométrica será la ZA(25), comprendida dentro de los husos reseñados en el Cuadro 501.1.

CUADRO 501.1 CERNIDO PONDERAL ACUMULADO

(%) TAMICES UNE ZA 20 ZA 25

40 - 100 25 100 75-100 20 75-100 65-90 8 45-73 40-63 4 31-54 26-45 2 20-40 15-32

500 μm 9-24 7-21 250 μm 5-18 4-16 63 μm 0-9 0-9

510.2.3. Forma El índice de lajas, según la Norma NLT-354/74, deberá ser inferior a treinta y cinco (35). 510.2.4. Dureza El coeficiente de desgaste Los Ángeles, según la Norma NLT 149/91, será inferior a treinta (30). El ensayo se realizará con la granulometría tipo B de las indicadas en la citada Norma. 510.2.5. Limpieza Los materiales estarán exentos de terrones de arcilla, materia vegetal, marga u otras materias extrañas. El coeficiente de limpieza, según la Norma 172/86, deberá ser inferior a dos (2). El equivalente de arena, según la Norma UNE 103 106:1993, será mayor de cuarenta (40) en el tronco y la Conexión de Puesta en Servicio, y a treinta y cinco (35) en los demás casos. 510.2.6. Plasticidad El material será "no plástico", según las Normas UNE 103 103:1994 Y 103 104:1993. 510.3. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

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510.3.1. Preparación de la superficie de asiento La zahorra artificial no se extenderá hasta que se haya comprobado que la superficie sobre la que haya de asentarse tenga las condiciones de calidad y forma previstas en los planos, con las tolerancias establecidas. Para ello, además de la eventual reiteración de los ensayos de aceptación de dicha superficie, el Director de la obra podrá ordenar el paso de un camión cargado, a fin de observar su efecto. Si en la citada superficie existieran defectos o irregularidades que excediesen de las tolerables, se corregirán antes del inicio de la puesta en obra de la zahorra artificial, según las prescripciones del artículo 501.4.3. 510.3.2. Preparación del material La preparación de la zahorra artificial se hará en central y no "in situ". La adición del agua de compactación se hará también en la central, salvo que el Director de la obra autorice la humectación "in situ", siempre que no se trate del tronco de autovía. La humedad óptima de compactación, deducida del ensayo "Proctor Modificado" según la Norma UNE 103 501:1994, podrá ser ajustada a la composición y forma de actuación del equipo de compactación, según los ensayos realizados en el tramo de prueba. 510.3.3. Extensión de la tongada Los materiales serán extendidos, una vez aceptada la superficie de asiento, tomando las precauciones necesarias para evitar segregaciones y contaminaciones, en tongadas con espesores comprendidos entre diez y treinta centímetros (10 a 30 cm). La extensión se realizará en todo su ancho con extendedora. Las eventuales aportaciones de agua tendrán lugar antes de la compactación. Después, la única humectación admisible será la destinada a lograr en superficie la humedad necesaria para la ejecución de la capa siguiente. El agua se dosificará adecuadamente, procurando que en ningún caso un exceso de la misma lave el material. 510.3.4. Compactación de la tongada Conseguida la humedad más conveniente, la cual no deberá rebasar a la óptima en más de un (1) punto porcentual, se procederá a la compactación de la tongada, que se continuará hasta alcanzar la densidad especificada en el apartado 501.4.1. del presente artículo. Las zonas que, por su reducida extensión, su pendiente o su proximidad a obras de paso o desagüe, muros o estructuras, no permitieran el empleo del equipo que normalmente se estuviera utilizando se compactarán con medios adecuados a cada caso, de forma que las densidades que se alcancen cumplan las especificaciones exigidas a la zahorra artificial en el resto de la tongada. 510.4. ESPECIFICACIONES DE LA UNIDAD TERMINADA 510.4.1. Densidad La compactación de la zahorra artificial se continuará hasta alcanzar una densidad no inferior a la que corresponda al cien por cien (100%) de la máxima obtenida en el ensayo "Proctor Modificado" en tronco de carretera, sus arcenes, según la Norma UNE 103 501:1994, efectuando las pertinentes sustituciones de materiales gruesos. Cuando la zahorra artificial se emplee en calzadas para tráficos T4, se admitirá una densidad no inferior al noventa y siete por ciento (97%) de la máxima obtenida en el ensayo "Proctor Modificado". El ensayo para establecer la densidad de referencia se realizará sobre muestras de material obtenidas "in situ" en la zona a controlar, de forma que el valor de dicha densidad sea representativo de aquélla. Cuando existan datos fiables de que el material no difiere sensiblemente, en sus características, del aprobado en el estudio de los materiales y existan razones de urgencia, así apreciadas por el Director de la obra, se podrá aceptar como densidad de referencia la correspondiente a dicho estudio. 510.4.2. Carga con placa El valor del módulo de compresibilidad en el segundo ciclo de carga del ensayo de carga con placa (Ev2), según la NLT-357, será superior al menor valor de los siguientes: • Los especificados en la tabla 501.4.2, establecida según las categorías de tráfico pesado.

TABLA 501.4.2 – VALOR MÍNIMO DEL MÓDULO Ev2 (Mpa)

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CATEGORÍA DE TRÁFICO PESADO T00 a T1 T2 T3 T4 y arcenes

VALOR 180 150 100 80 El valor exigido a la superficie sobre la que se apoya la capa de zahorra multiplicado por uno coma tres (1,3), cuando se trate de zahorras sobre coronación de explanadas. Además de lo anterior, el valor de la relación de módulos Ev2/Ev1 será inferior a dos unidades y dos décimas (2,2). 510.4.3. Tolerancias geométricas de la superficie acabada Dispuestas estacas de refino, niveladas hasta milímetros (mm) con arreglo a los Planos, en el eje, quiebros de peralte si existen, y bordes de perfiles transversales cuya separación no exceda de la mitad (1/2) de la distancia entre los perfiles del proyecto, se comprobará la superficie acabada con la teórica que pase por la cabeza de dichas estacas. La citada superficie no deberá diferir de la teórica en ningún punto en más de quince milímetros (15 mm) bajo calzadas de tronco de autovía y ramales de enlace, ni de veinte milímetros (20 mm) en los demás casos. En todos los semiperfiles se comprobará la anchura extendida, que en ningún caso deberá ser inferior a la teórica deducida de la sección-tipo de los Planos. Será optativa del Director de la obra la comprobación de la superficie acabada con regla de tres metros (3 m). Las irregularidades que excedan de las tolerancias especificadas se corregirán por el Contratista, a su cargo. Para ello se escarificará en una profundidad mínima de quince centímetros (15 cm), se añadirá o retirará el material necesario y de las mismas características, y se volverá a compactar y refinar. Cuando la tolerancia sea rebasada por defecto y no existieran problemas de encharcamiento, el Director de la obra podrá aceptar la superficie, siempre que la capa superior a ella compense la merma de espesor sin incremento de coste para la Administración. 510.5. LIMITACIONES DE LA EJECUCIÓN Las zahorras artificiales se podrán emplear siempre que las condiciones climatológicas no hayan producido alteraciones en la humedad del material tales que se supere en más de dos (2) puntos porcentuales la humedad óptima. Sobre las capas recién ejecutadas se prohibirá la acción de todo tipo de tráfico, mientras no se construya la capa siguiente. Si esto no fuera posible, el tráfico que necesariamente tuviera que pasar sobre ellas se distribuirá de forma que no se concentren las rodadas en una sola zona. El Contratista será responsable de los daños originados, debiendo proceder a su reparación con arreglo a las instrucciones del Director de la obra. 510.6. MEDICIÓN Y ABONO La zahorra artificial se abonará por metros cúbicos (m3) realmente ejecutados, medidos con arreglo a las secciones-tipo señaladas en los Planos. No serán de abono las creces laterales, ni la compensación debida a la merma de espesores de capas subyacentes. 510.7. CONTROL DE CALIDAD 510.7.1. Control de procedencia Antes del inicio de la producción, se reconocerá cada procedencia, determinándose su aptitud en función del resultado de los ensayos. El reconocimiento se realizará de la forma más representativa posible, mediante toma de muestras en los acopios o a la salida de la cinta de las instalaciones de machaqueo. Para cualquier volumen de producción previsto se ensayará un mínimo de cuatro (4) muestras, añadiéndose una (1) más por cada diez mil metros cúbicos (10.000 m3), o fracción, de exceso sobre cincuenta mil metros cúbicos (50.000 m3). Sobre cada muestra se realizarán los siguientes ensayos:

Humedad natural, según la norma UNE 103 300:1993. Granulometría por tamizado, según la Norma UNE 103 101:1995. Límite líquido e Índice de plasticidad, según las Normas UNE 103 103:1994 y 103 104:1993.

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Proctor Modificado, según la norma UNE 103 501:1994. Equivalente de arena, según la Norma UNE 103 106:1993. Índice de lajas, según la Norma NLT 354/74. CBR, según la Norma UNE 103 502:1995. Desgaste Los Ángeles, según la Norma NLT 149/91. Coeficiente de limpieza, según la Norma NLT 172/86.

Además, sobre una (1) de las muestras se determinará el peso específico de gruesos y finos, según las Normas NLT 153/76 y 154/76. 510.7.2. Control de producción Se realizarán los siguientes ensayos: Por cada mil metros cúbicos (1.000 m3) de material producido, o cada día si se emplea menos material:

• Próctor Modificado, según la Norma UNE 103 501:1994. Equivalente de arena, según la Norma UNE 103 106:1993. Granulometría por tamizado, según la Norma UNE 103 101:1995. Cada cinco mil metros cúbicos (5.000 m3) de material producido, o una (1) vez a la semana si se emplea menos material: Índice de lajas, según la Norma NLT 354/74 Límite líquido e Índice de plasticidad, según las Normas UNE 103 103:1994 y 103 104.1994. Coeficiente de limpieza, según la Norma NLT 172/86. Cada diez mil metros cúbicos (10.000 m3) de material producido, o una (1) vez al mes si se emplea menos material: Desgaste de Los Ángeles, según la Norma NLT 149/91.

• 510.7.3. Control de ejecución Se considerará como "lote", que se aceptará o rechazará en bloque, al material uniforme que entre en doscientos cincuenta metros (250 m) de calzada o arcén, o alternativamente en tres mil metros cuadrados (3000 m2) de capa, o en la fracción construida diariamente si ésta fuere menor. Las muestras se tomarán, y los ensayos "in situ" se realizarán, en puntos previamente seleccionados mediante un muestreo aleatorio, tanto longitudinal como transversalmente.

• 510.7.3.1. Compactación Sobre una muestra de efectivo seis unidades (6 Ud.) se realizarán ensayos de: -Humedad natural, según la Norma UNE 103 300:1993. -Densidad "in situ", según la Norma UNE 103 503:1995.

• 510.7.3.2. Carga con placa Sobre una muestra de efectivo una unidad (1 Ud.) se realizará un ensayo de carga con placa, según la Norma NLT 357/86.

• 510.7.3.3. Materiales Sobre cada uno de los individuos de la muestra tomada para el control de compactación, según el apartado 501.7.3.1. del presente artículo, se realizarán ensayos de: -Granulometría por tamizado, según la Norma UNE 103 300:1993. -Proctor Modificado, según la Norma UNE 103 503:1995.

• 510.7.3.4. Criterios de aceptación o rechazo del lote Las densidades medias obtenidas en la compactada no deberán ser inferiores a las especificadas en el apartado 501.4.1. del presente artículo; no más de dos (2) individuos de la muestra podrán arrojar resultados de hasta dos (2) puntos porcentuales por debajo de la densidad exigida. Los ensayos de determinación de humedad tendrán carácter indicativo y no constituirán por sí solos base de aceptación o rechazo. Si durante la compactación apareciesen blandones localizados, se corregirán antes de iniciar el muestreo.

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Para la realización de ensayos de humedad y densidad podrán utilizarse métodos rápidos no destructivos, tales como isótopos radiactivos, carburo de calcio, picnómetro de aire, etc., siempre que mediante ensayos previos se haya determinado una correspondencia razonable entre estos métodos y las Normas UNE 103 300:1993 y 103 503:1995. Los módulos E2 obtenidos en el ensayo de carga con placa no deberán ser inferiores a los especificados en el Cuadro 501.2 del presente artículo. Caso de no alcanzarse los resultados exigidos, el lote se recompactará hasta alcanzar las densidades y módulos especificados, o se retirará en caso que no se consigan. Se recomienda llevar a cabo una determinación de humedad natural en el mismo lugar en que se realice el ensayo de carga con placa, así como proceder, cuando corresponda por frecuencia de control, a tomar muestras en dicha zona para granulometría y Próctor Modificado.

CAPITULO VII. OBRAS COMPLEMENTARIAS

ARTÍCULO 570 BORDILLOS 570.2. MATERIALES 570.2.3. Bordillos de granito 570.2.3.1. Condiciones generales Se definen como bordillos las piezas de piedra colocadas sobre una solera adecuada que constituyen una faja o cinta que delimita la superficie de la calzada, la de una acera o la de un andén. Serán aplicables las prescripciones generales contenidas en el artículo 570 del PG-3 En los planos figuran los tipos de bordillos adoptados. 570.3. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Los bordillos de granito se asentarán sobre hormigón de al menos 20 N/mm2 de resistencia característica, con el espesor y la forma predeterminada en los planos, dejando un espacio entre ellos de cinco milímetros (5mm). Este espacio se rellenará con mortero M-45. 570.4. MEDICION Y ABONO Quedan incluidas en el precio la apertura de zanjas cuando sea necesario, la solera de hormigón, el rejuntado, perfilado e incluso la sujeción del hormigón por el trasdós que evite los desplazamientos. A efectos de valoración se considera igual el bordillo en recta o en curva. Los bordillos se abonarán por metros lineales (m) realmente ejecutados según los precios que figuran en el cuadro de precios.

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PARTE 6. ESTRUCTURAS CAPITULO I COMPONENTES ARMADURAS A EMPLEAR EN HORMIGÓN ESTRUCTURAL

DEFINICIÓN Se definen como armaduras a emplear en hormigón armado al conjunto de barras de acero que se colocan en el interior de la masa de hormigón para ayudar a éste a resistir los esfuerzos a que está sometido. 600.2. MATERIALES Las armaduras a emplear serán de alta adherencia, tipo B-500 S, según se indica en los planos, y han de cumplir lo establecido en el artículo 241 del presente Pliego. 600.3. FORMA Y DIMENSIONES Las formas y dimensiones de las armaduras figuran en los cuadros de despiece incluidos en los planos. En cualquier caso, el Contratista someterá los correspondientes cuadros y esquemas para su aprobación por el Director de la obra. No se aceptarán las barras que presenten grietas, sopladuras o mermas de sección superiores al cinco por Ciento (5 %).

600.4. DOBLADO

Salvo indicación en contrario, los radios interiores de doblado de las armaduras no serán inferiores, excepto en ganchos y patillas, a los valores que se indican en la Tabla 600.1, siendo fck la resistencia característica del hormigón y fy el límite elástico del acero, en megapascales (MPa).

TABLA 600.1 fck

fy 12,5 15,0 17,5 20,0 22,5 25,0 30,0 >35,0 220 6 Ø 5 Ø 5 Ø 5 Ø 5 Ø 5 Ø 5 Ø 5 Ø 420 10 Ø* 10 Ø 8 Ø 7 Ø 7 Ø 6 Ø 5 Ø 5 Ø 460 10 Ø* 11 Ø 9 Ø 8 Ø 7 Ø 7 Ø 6 Ø 5 Ø 500 10 Ø* 12 Ø 10 Ø 9 Ø 8 Ø 7 Ø 6 Ø 5 Ø

(*) Se limita, en el cálculo, el valor de fy a 375 MPa Los cercos o estribos podrán doblarse con radios menores a los indicados en la Tabla 600.1 con tal de que ello no origine en dichas zonas de las barras un principio de fisuración. El doblado se realizará, en general, en frío y a velocidad moderada, no admitiéndose ninguna excepción en el caso de aceros endurecidos por deformación en frío o sometidos a tratamientos térmicos especiales. Como norma general, deberá evitarse el doblado de barras a temperaturas inferiores a cinco grados Celsius (5º C). 600.5. COLOCACIÓN Las armaduras se colocarán limpias, exentas de toda suciedad y óxido no adherente. Se dispondrán de acuerdo con las indicaciones de los Planos y se fijarán entre sí mediante las oportunas sujeciones, manteniéndose mediante piezas adecuadas la distancia al encofrado, de modo que quede impedido todo movimiento de las armaduras durante el vertido y compactación del hormigón, y permitiendo a éste envolverlas sin dejar coqueras. Estas precauciones deberán extremarse con los cercos de los soportes y armaduras del trasdós de placas, losas o voladizos, para evitar su descenso. La distancia libre horizontal y vertical entre dos barras consecutivas, salvo que estén en contacto, será igual o superior al mayor de los tres valores siguientes:

Dos centímetro (2 cm). El diámetro de la mayor. 1,25 veces el tamaño máximo del árido.

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Cuando las barras se coloquen en capas horizontales separadas, las barras de cada capa deberán situarse verticalmente una sobre otra, de manera que el espacio entre las columnas de barras resultantes permita el paso del vibrador. En forjadas, vigas y elementos similares, se podrán colocar dos barras de la armadura principal en contacto, una sobre otra, siempre que sean corrugadas. En soportes y otros elementos verticales, se podrán colocar dos o tres barras de la armadura principal en contacto, siempre que sean corrugadas. La distancia libre entre cualquier punto de la superficie de una barra de armadura y el paramento más próximo de la pieza, será en los puentes los siguientes: 3,50cm en la losa del tablero, 3,00cm en las zapatas y alzados de los estribos y 2,50cm en las vigas prefabricadas. En los empalmes y solapes seguirán las prescripciones contenidas en la Instrucción EHE, o en caso contrario se dispondrán de acuerdo con las órdenes del Director de las Obras. Antes de comenzar las operaciones de hormigonado, el Contratista deberá obtener del Director la aprobación por escrito de las armaduras colocadas. 600.6. CONTROL DE CALIDAD El control se realizará según lo establecido en la EHE para los niveles que, en cada caso, figuran en los planos. 600.7. MEDICIÓN Y ABONO Las armaduras se abonarán, según su tipo, por su peso en kilogramos (kg) deducido de los Planos de despieces de armaduras. El precio incluye, además de las mermas y despuntes, el coste de procedimientos especiales de empalme, separadores y elementos de arrostramiento, si fueran necesarios. No se realizará abono por separado del kg de acero en armaduras de piezas prefabricadas, quedando incluido en sus correspondientes precios unitarios. HORMIGONES

610.1. DEFINICIÓN

Se define como hormigón la mezcla en proporciones adecuadas de cemento, árido grueso, árido fino y agua, con o sin la incorporación de aditivos o adiciones, que desarrolla sus propiedades por endurecimiento de la pasta de cemento (cemento y agua). Los hormigones que aquí se definen cumplirán las especificaciones indicadas en la vigente "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)", así como las especificaciones adicionales contenidas en este Artículo. 610.2. MATERIALES 610.2.1. Cemento Además de las condiciones exigidas en el artículo 202, cumplirá las que se indican en el artículo 26 de la EHE. Se utilizará el tipo de cemento CEM I ó CEM-II de las clases resistentes 32,5 y 42,5 en general para el hormigón en masa y el hormigón armado, y para hormigón armado se utilizará los cementos comunes de los tipos CEM I ó CEM II/A-D de las clases resistentes 42,5 y 52,5. En los elementos de la obra que hayan de quedar vistos, se empleará cemento de la misma partida. . El cemento a utilizar para las vigas prefabricadas será el tipo CEM-II de clase resistente 52.5. 610.2.2. Agua Además de las condiciones exigidas en el artículo 280 del PG-3, en su versión de octubre de 2002, cumplirá las que se indican en el artículo 27 de la EHE. 610.2.3. Árido fino

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Cumplirá los requerimientos del artículo 28 de la EHE. Con independencia de lo requerido en dichas normas, se realizará un (1) ensayo granulométrico, un (1) ensayo para la determinación de materia orgánica y un (1) ensayo de los finos que pasan por el tamiz 0,080 por cada 100 m3 de árido. Deberá comprobarse que el árido fino no presenta una pérdida superior al diez (10) o al quince (15) por ciento al ser sometido a cinco ciclos de tratamientos con soluciones de sulfato sódico y sulfato magnésico, respectivamente, de acuerdo con la norma UNE 7136. 610.2.4. Árido grueso Se cumplirán las condiciones exigidas en el artículo 28 de la EHE. Las características del árido grueso se comprobarán antes de su utilización mediante la ejecución de las series completas de ensayos que estime pertinentes el Director. Así mismo se realizará como mínimo un ensayo granulométrico por cada 100 m3 o fracción de árido grueso a emplear. Deberá comprobarse que el árido grueso no presente una pérdida de peso superior al doce (12) o al dieciocho (18) por ciento al ser sometido a cinco (5) ciclos de tratamiento con soluciones de sulfato sódico y sulfato magnésico respectivamente de acuerdo con la Norma UNE 7136. 610.2.5. Productos de adición Cumplirán lo prescrito en el artículo 29 de la EHE. Los aditivos del hormigón deberán obtener la "marca de calidad" en un laboratorio que, señalado por el Director de la obra, reúna las instalaciones y el personal especializado para realizar los análisis, pruebas y ensayos necesarios para determinar sus propiedades, los efectos favorables y perjudiciales sobre el hormigón. No se empleará ningún aditivo que no haya sido previamente aprobado por el Director de la obra. 610.3. TIPOS DE HORMIGÓN Los tipos de hormigón que se usarán son los definidos en el artículo 39.2 de la Instrucción de hormigón estructural EHE para aplicaciones estructurales. Para aplicaciones no estructurales, como en el caso del hormigón de limpieza bajo las zapatas o de nivelación y reglado, podrán usarse otros hormigones. Los tipos de hormigón a emplear serán los siguientes, según su uso: Hormigones no estructurales - Hormigón con resistencia característica a 28 días de 15 N/mm2 denominado HM-15 1. Hormigón de limpieza y nivelaciones. 2. Soleras en masa y drenajes. 3. Capa de asiento de encachados de taludes - Hormigón con resistencia característica a 28 días de 20 N/mm2 denominado HM-20

1. Revestimiento de cunetas. 2. Bordillos. 3. Badenes. 4. Arqueta de registro de dren. 5. Arqueta de desagüe de dren. 6. Pasos salvacunetas. 7. Boquillas de obras de drenaje. 8. Aletas de obras de drenaje (H<1,50m)

Hormigones estructurales - Hormigón HA-25/B/20/IIIa.

1. Estribos de tableros pretensados. 2. Anclaje de bajantes. 3. Bajantes de desmonte. 4. Arqueta caz sumidero continuo colector.

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5. Arquetas en obras de drenaje transversal. 6. Aletas de obras de drenaje (H≥1,50m)

- Hormigón HA-30/B/20/IIb 1. Losas de tableros de vigas.

2. Marcos de obras de drenaje transversal. - Hormigón HP-45/B/20/IIb

1. Vigas prefabricadas

Para cada ambiente se deberán cumplir los límites establecidos para la cantidad de cemento y la relación agua / cemento en el artículo 37 de la EHE. Para el hormigón no estructural HM-15 y HM-20 definido en planos se empleará una dosificación de cemento superior a 270 kg/m3. La docilidad de los hormigones será la necesaria para que, con los métodos de puesta en obra y consolidación que se adopten, no se produzcan coqueras y/o refluya la pasta al terminar la operación. 610.4. ACABADO DEL HORMIGÓN Las tolerancias de acabado en las superficies de hormigón desencofradas son las que se especifican en el apartado correspondiente del artículo 680, ENCOFRADOS Y MOLDES y cumplirán lo prescrito en el artículo 65 de la EHE. Las superficies no encofradas se alisarán, mediante plantilla o fratás, estando el hormigón fresco, no admitiéndose una posterior extensión de hormigón. La tolerancia máxima será de seis milímetros (6 mm) respecto de una regla o escantillón de dos metros (2 m) de longitud, medidos en cualquier dirección. 610.5. ESTUDIO DE LA MEZCLA Y OBTENCIÓN DE LA FORMULA DE TRABAJO La dosificación del hormigón se realizará cumpliendo con las especificaciones de los artículos 68 y 37.3.2. de la EHE. Las tolerancias admitidas sobre la dosificación aceptada serán las indicadas en el artículo 69.2.4. de la EHE. La dosificación admitida deberá satisfacer todas las condiciones que imponen los artículos 30 y 37 de la EHE. 610.9. COMPACTACIÓN Se pondrá en conocimiento del Director de la obra los medios de compactación a emplear, que serán previamente aprobados por éste. Igualmente el Director fijará la forma de puesta en obra, transporte, vertido y compactación, así como aprobará las medidas a tomar por el hormigonado en condiciones especiales. No se permitirá la compactación por apisonado. La puesta en obra se realizará según lo prescrito en el artículo 70, 71, 72 y 73 de la EHE. 610.12. CURADO Durante el primer período de endurecimiento se deberá mantener la humedad del hormigón y evitar todas las causas externas, tales como sobrecargas o vibraciones, que puedan provocar la fisuración del mismo. Las superficies se mantendrán húmedas durante al menos tres (3) días. Se cumplirá lo establecido en el artículo 74 de la EHE. 610.15. CONTROL DE CALIDAD El control de materiales y el control de la ejecución se realizarán según lo dispuesto en los capítulos XV y XVI de la Instrucción EHE, respectivamente y según indique el Director de las Obras. 610.16. MEDICIÓN Y ABONO El hormigón se abonará por metros cúbicos (m3) realmente colocados en obra, medidos sobre los Planos. Quedarán incluidos los aditivos si es que el Director de la obra autoriza utilizarlos y el encofrado.

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No se realizará abono por separado del metro cúbico (m3) de hormigón empleado en otras unidades de obra, cuyo coste se ha incluido en los precios unitarios correspondientes a éstos. En caso de que un lote sometido a control no sea válido según los criterios de aceptación o rechazo establecidos por la EHE en el capítulo XV, cualquier reparación necesaria del elemento será realizado sin percibir el Contratista ningún abono por ello. Una vez realizada la reparación quedará a juicio del Director de la obra la penalización de la disminución de resistencia del hormigón.

CAPITULO III. OBRAS DE FABRICA DE LADRILLO

ARTÍCULO 657. FABRICA DE LADRILLO 657.1 MATERIALES 657.1. Ladrillos 657.1.1. Condiciones generales Dentro del presente proyecto, se entiende por fábrica de ladrillo, la constituida por ladrillos macizos, con espesor mínimo de medio pié (1/2´), y ligados con mortero de cemento. Se utilizan en la construcción de pequeñas arquetas , pozos de registros, etc. Serán aplicables las prescripciones generales contenidas en el artículo 222 del PG-3 657.2. EJECUCIÓN Los ladrillos se colocarán según el aparejo previsto en los Planos o, en su defecto, que indique el Director de las obras. Antes de colocarlos se mojarán perfectamente en agua. Se colocarán a «torta y restregón», es decir: de plano sobre la capa de mortero, y apretándolos hasta conseguir el espesor de junta deseado. Salvo especificaciones en contrario, el tendel debe quedar reducido a cinco milímetros (5 mm). Las hileras de ladrillo se comenzarán por el paramento y se terminarán por el trasdós del muro. La subida de la fábrica se hará a nivel, evitando asientos desiguales. Después de una interrupción, al reanudarse el trabajo se regará abundantemente la fábrica, se barrerá y se sustituirá, empleando mortero nuevo, todo el ladrillo deteriorado. Las interrupciones en el trabajo se harán dejando la fábrica en adaraja, para que, a su reanudación, se pueda hacer una buena unión con la fábrica interrumpida. Los paramentos vistos tendrán, en cuanto a acabado de juntas, el tratamiento que fije el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. En su defecto, se actuará de acuerdo con lo que sobre el particular ordene el Director. Los paramentos se harán con los cuidados y precauciones indispensables para que cualquier elemento se encuentre en el plano, superficie y perfil prescritos. En las superficies curvas las juntas serán normales a los paramentos. En la unión de la fábrica de ladrillo con otro tipo de fábrica, tales como sillería o mampostería, las hiladas de ladrillo deberán enrasar perfectamente con las de los sillares o mampuestos. 657.3. MEDICION Y ABONO La fábrica de ladrillo empleada en la construcción de arquetas o pozos, no será objeto de abono independiente, considerándose su costo incluido en la unidad de arqueta o pozo totalmente terminado.

CAPITULO VI. ELEMENTOS AUXILIARES ENCOFRADOS Y MOLDES

680.1. DEFINICIÓN

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En esta unidad de obra quedan incluidos: − Los cálculos de proyecto de los encofrados

− Los materiales que constituyen los encofrados

− El montaje de los encofrados, incluso soleras

− Los productos de desencofrado

− El desencofrado

− Cualquier trabajo, maquinaria o elemento auxiliar necesario para la correcta y rápida ejecución de esta unidad de obra

680.2. EJECUCION La ejecución incluye las operaciones siguientes: − Construcción y montaje

− Desencofrado

680.2.1. Construcción y montaje Se cumplirá lo prescrito en el artículo 65 de la EHE. Los encofrados, con sus ensambles, soportes o cimbras, tendrán la rigidez y resistencias necesarias para soportar el hormigonado sin movimientos de conjunto superiores a la milésima de la luz. El Director de la obra podrá exigir del Contratista los croquis y cálculos de los encofrados y cimbras que aseguren el cumplimiento de estas condiciones. Las juntas del encofrado no dejarán rendijas de más de dos milímetros (2 mm) para evitar la pérdida de lechada, pero deberán dejar el hueco necesario para evitar que por efecto de la humedad durante el hormigonado se compriman y deformen los tableros. Las superficies quedarán sin desigualdades o resaltes mayores de un milímetro (1 mm) para las caras vistas del hormigón. No se admitirán en los aplomos y alineaciones, errores mayores de un centímetro (1 cm). El Director de la obra, podrá, sin embargo, aumentar estas tolerancias cuando, a su juicio, no perjudiquen a la finalidad de la construcción, especialmente en cimentaciones y estribos. 680.2. Desencofrado El desencofrado de costeros verticales de elementos verticales de pequeño canto, podrá realizarse a los tres días (3 d) de hormigonada la pieza, a menos que durante dicho intervalo se hayan producido bajas temperaturas, u otras causas, capaces de alterar el proceso normal de endurecimiento de hormigón. Los costeros verticales de elementos de gran canto, o los costeros horizontales, no deberán retirarse antes de los siete días (7 d), con las mismas salvedades apuntadas anteriormente. El desencofrado deberá realizarse tan pronto come sea posible, sin peligro para el hormigón, con objeto de iniciar cuanto antes las operaciones de curado. En el caso de obras de hormigón pretensado se seguirán además las siguientes prescripciones: Antes de la operación de tesado se retirarán los costeros de los encofrados y, en general, cualquier elemento de los mismos que no sea sustentante de la estructura, con en fin de que actúen los esfuerzos de pretensado con el mínimo de coacciones. Los alambres y anclajes del encofrado que hayan quedado fijados al hormigón se cortarán al ras del paramento. 680.3. MATERIALES Los encofrados podrán ser metálicos, de madera, de productos de aglomerado, etc, que, en todo caso, deberán cumplir lo prescrito en la Instrucción EHE y ser aprobados por el Director de la obra.

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Los materiales, según el tipo de encofrados, serán: - Encofrado plano en paramentos ocultos: podrán utilizase tablas o tablones sin cepillar de pino y de largos y

anchos no necesariamente uniformes. Se utilizarán en todos los paramentos rectos no vistos de la obra, como trasdoses de estribos, arquetas, etc.

- Encofrado plano en paramentos vistos: podrán utilizarse tablas, placas de madera o acero y chapas. Las

tablas deberán estar cepilladas con un espesor mayor de veinticuatro milímetros (24 mm) y con un ancho que oscilará entre diez y treinta centímetros (10 y 30 cm). Las placas deberán ser de viruta de madera prensada, plástico o madera contrachapada o similar. Estos encofrados se utilizarán en todos los elementos planos y vistos de la obras de hormigón del proyecto.

Encofrado curvo de madera: podrán utilizase tablas o tablones cepilladas o sin cepillar de pino en función

de que sean visto o no. Para los paramentos vistos las tablas o tablones deberán estar cepilladas con un espesor mayor de veinticuatro milímetros (24 mm) y con un ancho que oscilará entre diez y treinta centímetros (10 y 30 cm), y en el caso de paramentos ocultos serán de largos y anchos no necesariamente uniformes. Se utilizarán en todos los paramentos curvos vistos o no de la obra.

Para el aligeramiento de puentes se emplearán aligeramientos de Porexpan, con las dimensiones que se indican en planos. En la formación de juntas se emplearán, como encofrado perdido, placas de poliestireno expandido del espesor indicado en los planos, que cumplan con lo especificado en el Artículo 287 del PG-3, den su versión de octubre de 2.002. 680.4. MEDICIÓN Y ABONO

Los encofrados no se abonarán independientemente. Su abono se incluye en las partidas de hormigón. Los encofrados correspondientes a elementos prefabricados no serán de abono directo por considerarse incluidos en el precio de la unidad de la que forman parte.

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PARTE 7. ELEMENTOS DE SEÑALIZACIÓN, BALIZAMIENTO 704.8 SEGURIDAD Y SEÑALIZACIÓN DE LAS OBRAS Antes de iniciarse la instalación de los elementos constituyentes de seguridad, el Contratista someterá a la aprobación del Director de la obra, los sistemas de señalización para protección del tráfico, personal, materiales y maquinaria durante el período de ejecución de las mismas. Las medidas de seguridad y señalización durante la ejecución de las obras serán las definidas en el Estudio de Seguridad y Salud y cumplirán en todo momento la Norma de Carreteras 8.3-I.C. Señalización de obra, además de utilizarse para su realización los criterios recogidos en la publicación del Ministerio de Fomento “Señalización móvil de obras” y el “Manual de ejemplos de señalización de obras fijos”. 704.11 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DISTINTIVOS DE CALIDAD El cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias requeridas a los productos contemplados en el presente artículo, se podrá acreditar por medio del correspondiente certificado que, cuando dichas especificaciones estén establecidas exclusivamente por referencia a normas, podrá estar constituido por un certificado de conformidad a dichas normas. El certificado acreditativo del cumplimiento de las especificaciones técnicas obligatorias establecidas en este artículo podrá ser otorgado por los Organismos españoles -públicos y privados- autorizados para realizar tareas de certificación en el ámbito de los materiales, sistemas y procesos industriales, conforme al Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre. El alcance de la certificación en este caso estará limitado a los materiales para los que tales organismos posean la correspondiente acreditación. Si los productos, a los que se refiere este artículo, disponen de una marca, sello o distintivo de calidad que asegure el cumplimiento de las especificaciones técnicas que se exigen en este artículo, se reconocerá como tal cuando dicho distintivo esté reconocido por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento. ARTICULO 710 ZANJAS Y CANALIZACIONES PARA ILUMINACION 710.1. ZANJAS Las zanjas serán de la forma y características indicadas en los planos correspondientes. El fondo de la zanja se nivelará cuidadosamente retirando las piezas puntiagudas y cortantes. Las zanjas no se excavarán hasta que vaya a efectuarse el tendido de los cables o la colocación de los tubos protectores, y en ningún caso con antelación superior a ocho días si los terrenos son arcillosos o margosos de fácil meteorización. Sobre el fondo de las zanjas se depositará la capa de arena que servirá de asiento a los tubos. En el relleno de las zanjas se emplearán los productos de las excavaciones, salvo cuando el terreno sea rocoso, en cuyo caso se utilizará tierra de otra procedencia. Las tierras de relleno estarán libres de raíces, fangos y otros materiales que sean susceptibles de descomposición o de dejar huecos perjudiciales. Después de rellenar las zanjas se apisonarán bien, dejándolas así algún tiempo para que las tierras vayan asentándose y no exista peligro de roturas posteriores en el pavimento, una vez que se haya repuesto. 710.2. TUBOS DE PROTECCION DE LOS CONDUCTORES 710.2.1. Materiales Los tubos presentarán una superficie exterior e interior lisa y no presentarán ni grietas ni burbujas en secciones transversales. 710.2.2. Ejecución de las obras Se cuidará la perfecta colocación de los tubos, sobre todo en las juntas, de manera que no queden cantos vivos que puedan perjudicar la protección del cable. Los tubos se colocarán completamente limpios por dentro, y durante la obra se cuidará de que no entren materias extrañas. En los cruces con canalizaciones eléctricas o de otra naturaleza (agua, gas ...) y de calzadas de vías con tránsito rodado, los cables se dispondrán siempre bajo tubos, salvo el cable de puesta a tierra de cobre desnudo de 35 mm2 que irá depositado en zanja, que se rodearán de una capa de hormigón en masa con

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un espesor mínimo de 7 cm. En los cruces, con canalizaciones, la longitud de tubo hormigonado será, como mínimo, de 1 m. a cada lado de la canalización existente, debiendo ser la distancia entre ésta y la pared exterior de los tubos de 15 cm. por lo menos. La superficie exterior de los tubos dispuestos bajo calzadas distará del pavimento terminado 60 cm. como mínimo, montándose los tubos con pendiente no inferior al 3 por 1.000. Al hormigonar los tubos se pondrá un especial cuidado para impedir la entrada de lechadas de cemento dentro de ellos. 710.3. MEDICION Y ABONO Las canalizaciones se medirán por los metros lineales realmente colocados en obra, y se abonará a los precios contenidos en los Cuadros de Precios. En cualquier caso, habiéndose tenido en cuenta en su formación, el precio comprende, además del propio tubo a pie de obra, su colocación y montaje, uniones y alambre guía, y las partes proporcionales de piezas especiales, así como la excavación, el relleno de asiento y el relleno compactado. Se abonará al precio contenido en los Cuadros de Precios. Las arquetas de iluminación se abonarán por unidades (ud) a los precios que figuran en los cuadros de precios.

ARTICULO 711 CONDUCTORES ELECTRICOS 711.1. MATERIALES Todos los materiales deberán cumplir las condiciones establecidas en la Instrucción del Ministerio de Industria, Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, especialmente lo indicado en el artículo "Redes subterráneas para distribución de energía eléctrica". Todos los conductores empleados en la instalación serán de cobre y deberán cumplir las normas UNE 20003, 21011, 21022, y 21064. Su aislamiento y cubierta será de policloruro de vinilo, y cumplirán la norma UNE 21029. No se admitirán cables que presenten desperfectos iniciales ni señales de haber sido usados con anterioridad o que no vayan en su bobina de origen. En ésta deberá figurar el nombre del fabricante, tipo de cable y sección. Los conductores de alimentación a los puntos de luz que van por el interior de las columnas deberán ser aptos para trabajar en régimen permanente a temperaturas ambientes de 70° C y serán de Polietileno Reticular (PVR). 711.2. ACCESORIOS, CONEXIONES Y DERIVACIONES Las cajas de empalme o derivación y las botellas terminales serán de fundición de hierro o aleación de aluminio. La pasta aislante empleada para rellenar las cajas de empalme y derivación estará constituida por materiales de la mejor calidad y la composición de la misma será la más adecuada para la protección que debe realizar. Será perfectamente aislante a la humedad y a la temperatura ordinaria, no será pastosa, sino que saltará en fragmentos por efecto del choque, presentando para ello una cierta fragilidad. La combustibilidad no podrá producirse a temperaturas inferiores a 200° C., debiendo resistir variaciones bruscas de temperatura de 25° C., como mínimo, sin resquebrajarse. La disminución de volumen al enfriarse las pastas, no excederá del 7 por 100. Deberá tener en frío gran adherencia a las paredes y elementos donde vaya contenida. Colocada una capa sobre 4 cm2. de acero, no deberá despegarse por un esfuerzo de tracción inferior a 2,5 Kg./cm2. a una temperatura de 20° C. No será higroscópica. Un paralelepípedo de 100 x 50 x 20 mm. sumergido en agua durante 100 horas absorberá menos del 0,025 por 100 de su peso en agua. Será químicamente neutra y su rigidez dieléctrica a temperaturas compendidas entre 15 y 30° C., debe ser mayor de 35 Kw/mm. Cuando se haga alguna derivación de la línea principal, para alimentar otros circuitos o se empalmen conductores de distintas bobinas se realizarán por el sistema de "KITS" y aislante a base de resina, debiendo protegerse con fusibles en el báculo más próximo a dicha derivación. Los empalmes y derivaciones se dispondrán en el interior de cajas de hierro alquitranadas, con bocas provistas de bridas que aprisionarán los extremos de las protecciones exteriores y tubo de plomo, si lo hay, de los cables. Entre los dos cuerpos de la caja se dispondrá una junta o guarnición para garantizar el cierre. Para los cables con aislamiento de plástico no armados, los empalmes y derivaciones pueden también protegerse con cajas de hierro o bien, cuando se reconstituye el aislamiento con cinta formada por un tejido de lona impermeabilizada, aplicando exteriormente una o varias capas de barniz intemperie.

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Las cajas de hierro se rellenarán, a través de orificios provistos de tapones roscados, con pasta aislante adecuada al aislamiento de los cables, con suficiente rigidez dieléctrica, adherencia, plasticidad y apropiado punto de reblandecimiento. Antes de rellenar la caja con la pasta, se calentará ésta hasta la fluidez, pero sin que la temperatura rebase el límite señalado por el fabricante para evitar su descomposición e inflamación. Las cajas y demás materiales que vayan a ser utilizados en un empalme o derivación deberán estar completamente secos y limpios, comenzando el montaje cuando se tenga la seguridad de que puede realizarse ininterrumpidamente. Los empalmes y derivaciones se dispondrán en arquetas de registro. Se reducirá al mínimo el número de empalmes de los cables, haciéndolos coincidir con las derivaciones siempre que sea posible. El tendido de los cables se hará con sumo cuidado, evitando la formación de cocas y torceduras, asi como los roces perjudiciales y las tracciones exageradas. No se dará a los cables curvaturas superiores a las admisibles para cada tipo. El radio interior de curvatura no será menor que 6 veces el diámetro exterior de los cables. Se procurará no proceder al tendido de los cables cuando la temperatura ambiente sea inferior a 0° C. Cuando sea necesario efectuar el tendido en las citadas condiciones, deberán tomarse precauciones especiales. Se cuidará que la humedad no penetre en el cable. 711.3. EJECUCION DE LAS OBRAS No se permitirá el empleo de materiales de distinta procedencia en un mismo circuito. Los conductores desnudos, preparados para efectuar una conexión, estarán limpios, carentes de toda materia que impida un buen contacto y sin daños producidos por las herramientas durante la operación de quitar el revestimiento del cable. El empalme por retorcimiento de los conductores será admisible cuando se trate de un empalme perfectamente apretado y sin juego, que lleve al menos diez espiras ensambladas, en el caso de hilos, o interese a una longitud por lo menos igual a diez veces el diámetro del cable más pequeño de los que se unen, en el caso de cables. Las conexiones entre conductores aislados deben cubrise con una envolutura aislante y protectora equivalente, eléctrica y mecánicamente, al revestimiento de los conductores. Al preparar éstos para la conexión sólo se quitará el aislamiento en la parte precisa. Los dispositivos de conexión estarán dimensionados de forma que los conductores puedan penetrar en ellos libremente. 711.4. MEDICION Y ABONO Se medirá por los metros lineales realmente colocados, y se abonará al precio de los cuadros de precios para cada tipo. En todas las unidades el precio comprende el suministro del cable con su aislamiento plástico a 1.000 V., su montaje, empalmes y la parte proporcional de piezas especiales, de conexión, y de derivaciòn, incluso cajas de derivación en fundición de hierro, y pastas de relleno. PUNTOS DE LUZ 712.1. CIMENTACION Las columnas se cimentarán sobre un dado de hormigón (HA-20/P/20/IIb), de las dimensiones que figuran en los planos, al que se sujetarán mediante placa de base a la que se unirán 4 pernos de 25 mm. de diámetro y 500 mm. de longitud, anclados en la cimentación, mediante arandela, tuerca y contratuerca. Los pernos serán de acero FIII según la norma UNE 36.011. Las columnas de alumbrado de gran altura, 30 y 40 m, se cimentarán sobre zapatas de hormigón (HA-25/P/20/IIb) de las dimensiones que figuran en planos, al que se sujetarán mediante pernos de anclaje en número y dimensiones que figuran en planos. Para el paso de cables se dispondrán tubos de plástico de 40 mm. embutidos en el dado de hormigón de cimentación. El cable conductor en el interior del dado será de cobre desnudo recocido de sección circular, situado en contacto con el terreno, y a una profundidad de 50 cm. 712.2. COLUMNAS DE 6-8 m 712.2.1. Descripción y características mecánicas Cumplirán con las especificaciones técnicas establecidas en: RD 2642/1985 del 18.12.85 RD 401/1989 del 14.4.89

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O.M. del Mº de Industria y Energía del 16.5.89 Las columnas serán de chapa de acero de 4 mm de espesor, del tipo AE-235 Grado B, de acuerdo con la norma UNE 36.080.85, siendo su superficie, tanto interior como exterior, perfectamente lisa y homogénea. Llevarán una puerta de registro para el conexionado, situada a una altura mínima de 50 cm. del suelo en la generatriz opuesta al brazo, con mecanismo de cierre. La tolerancia entre puerta y alojamiento será inferior a 2 mm. Deben satisfacer el ensayo de resistencia a la corrosión. Hasta una altura de 2,50 m. sobre el suelo, las columnas resistirán, sin que se produzcan perforación, grieta o deformación notable, el choque de un "cuerpo duro", que origine una energía de impacto de 0,4 Kg. y el de un "cuerpo blando", que dé lugar a una energía de impacto de 60 Kg. El cálculo de esfuerzos y tensiones se realizará conforme a Norma UNE 72.406.84 y el informe CEN CR 40-7. RESISTENCIA AL CHOQUE DE "CUERPOS DUROS".- El ensayo se realizará golpeando normalmente la superficie del elemento que se prueba con una bola de acero de 1 Kg. (diámetro: 6,25 cm.), sometida a un movimiento pendular de radio igual a 1 m. La altura de caída, es decir, la distancia vertical entre el punto en que la bola es soltada sin velocidad inicial y el punto de impacto, será de 0,40 m. RESISTENCIA AL CHOQUE DE "CUERPOS BLANDOS".- Los choques se realizarán mediante un saco de 40 cm. de ancho, relleno de arena del río síliceo-calcárea, de granulometría 0-5 mm. y de densidad aparente en estado seco, próxima a 1,55 ó 1,60. La arena estará seca en el momento de realizarse el ensayo, con el fin de que conserve sus características, especialmente su "fluidez". La masa del saco lleno de arena será de 50 Kg., y para producir el choque se sometará a un movimiento pendular, siendo la altura de caída 1,20 metros. ENSAYO DE RESISTENCIA A LA CORROSION.- El ensayo se efectúa directamente sobre la superficie del soporte o bien sobre una muestra sacada del mismo. La superficie a ensayar se desengrasará cuidadosamente, y a continuación se lavará con agua destilada y se secará bien con algodón limpio. Cuando el ensayo se realice sobre muestras, despues de desengrasadas, se introducirán durante diez minutos en una estufa a 100° C. Una vez enfriadas las muestras, se cubrirán con parafina la partes seccionadas. Se preparará una mezcla de tres partes de disolución centinormal de ferricianuro potásico y de una parte de disolución centinormal de persulfato amónico. Las muestras se sumergirán en seguida en la mezcla, o bien se aplicará un papel poroso, previamente empapado en la misma, sobre la superficie del soporte, en el caso de ensayar ésta directamente. Después de diez minutos de inmersión o aplicación, se secará la muestra manteniéndola vertical o se quitará el papel. Es admisible la presencia de manchas de color azul de un diámetro máximo de 1,5 mm., y cuyo número no será superior a 2 por cm2. 712.2.2. Galvanizado en caliente Antes de sumergirlos en el baño de zinc estarán exentos de suciedad y cascarilla superficial, para lo cual se someterán a los tratamientos de desengrasado, decapado en ácido y posteriormente a un tratamiento con flujo mordiente. El baño de galvanizado deberá sostener como mínimo un 98,5 % en peso de zinc, de acuerdo con la norma UNE 37.508.88. Se preferirá que la inmersión se efectúe de una sola vez, debiendo indicar el Contratista en la oferta el número de etapas en que se realizará. Si por las dimensiones del baño hubiera necesidad de efectuar la galvanización en 2 o más etapas, la zona sometida a doble inmersión será de la menor extensión posible. Una vez galvanizados no serán sometidos a ninguna operación de conformidad o repaso mecánico que afecte al espesor o a las características mecánicas del recubrimiento. Los accesorios deberá centrifugarse después de galvanizados y antes de que se enfríen, a fin de eliminar el exceso de zinc. Durante las operaciones realizadas para la galvanización en caliente, incluso las previas y posteriores a la inmersión en el baño de zinc, se tomarán las medidas necesarias para que el material no sufra deterioro alguno. No presentarán distorsiones que puedan observarse visualmente. Las características que servirán de criterio para establecer la calidad de los recubrimientos galvanizados en caliente serán el aspecto superficial, la adherencia, el peso del recubrimiento por unidad de superficie y la continuidad del mismo. A la vista el recubrimiento debe ser contínuo y estar exento de imperfecciones superficiales tales como manchas, bultos, ampollas, etc. La continuidad del recubrimiento galvanizado será tal que resista por lo menos 4 inmersiones en una

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solución de sulfuro de cobre (ensayo de Preece). El peso del recubrimiento galvanizado será de 520 grs. por m2. de superficie. Este valor debe considerarse como mínimo. Se ensayará la adherencia intentando levantar el recubrimiento mediante una incisión en el mismo con una cuchilla fuerte que se manejará con la mano. Unicamente deberá ser posible arrancar pequeñas partículas de zinc, pero en ningún caso se levantarán porciones del recubrimiento que dejen a la vista el metal de base. La continuidad del recubrimiento se determinará mediante el ensayo de Preece o de inmersión de sulfato de cobre, de acuerdo con la norma UNE 7.183 ("Método de ensayo para determinar la uniformidad de los recubrimientos galvanizados, aplicados a materiales manufacturados de hierro y acero"). Este método de ensayo es destructivo, a menos que se realice sobre unas chapas testigos galvanizadas al mismo tiempo que la pieza. El peso del recubrimiento se determinará por el método no destructivo que se describe en la norma UNE 37.511, apartado 5.1. 712.2.3. Montaje Todas las soldaduras, excepto la vertical del tronco, serán al menos de calidad 2, según norma UNE 14.011, y tendrán unas características mecánicas superiores a las del material base. Las uniones entre los diferentes tramos de la columna se harán con casquillos de chapa del mismo espesor que la del báculo. Los casquillos serán abiertos, con abertura menor o igual a 5 mm., y situada en una de sus generatrices. El izado y colocación de las columnas se efectuará de modo que queden perfectamente aplomados en todas las direcciones, no siendo admisible el emplear cuñas o calzos para conseguir el montaje a plomo definitivo. En caso de que se dispongan cartelas de refuerzo en la unión del fuste con la placa de fijación, deberán quedar bajo el pavimento terminado una vez instalado el poste o báculo. La distancia mínima de la cara superior de la placa de fijación al pavimento terminado será de 5 cm. 712.2.4. Control de ejecución de punto de luz sobre báculo

CONTROL A REALIZAR Nº DE CONTROLES CONDICIONES DE NO ACEPTACIÓN AUTOMÁTICA Verticalidad Uno cada 10 puntos Desplome superior a 2 cm. Dimensiones de la cimentación

Uno cada 10 puntos Dimensiones diferentes de lo especificado

Separación entre puntos de luz

Uno cada 10 puntos La separación entre dos puntos consecutivos difiere de la separación específica en un valor superior a + 5%.

Existencia de puesta a tierra Inspección visual No existe o no está de acuerdo con lo especificado. 712.4. LUMINARIAS DESCRIPCIÓN GENERAL La luminaria será resistente a la intemperie y cerrada (grado de protección IP66 para el conjunto óptico e IP44, opcionalmente IP64, para el resto), con el reflector independiente de la carcasa. Será capaz de operar con lámparas de sodio alta presión, halogenuros metálicos o vapor de mercurio hasta 750W de potencia. La luminaria llevará incorporado el equipo de encendido en un alojamiento destinado al efecto, y el conjunto óptico permanecerá cerrado cuando se manipule el equipo. La luminaria será apta para el montaje en báculo o sobre columna. El cableado y la instalación del equipo serán realizados por el fabricante para asegurar una calidad adecuada. CONSTRUCCIÓN MECÁNICA La carcasa estará formada por dos piezas (cubierta y carcasa inferior), ambas de fundición inyectada de aleación de aluminio a alta presión. La aleación a emplear será de bajo contenido en cobre, menor del 4%, para obtener una buena resistencia a la corrosión. Estas piezas irán pintadas con pintura poliéster en polvo, depositada electrostáticamente y curada al horno.

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El acabado deberá cumplir que, sometido a envejecimiento acelerado de mil horas, según las Normas UNE 48024-80, 48059-82 y 48099-85, se verifiquen las siguientes especificaciones: El brillo no será inferior al 60% del brillo inicial, según la Norma UNE 48059. El ensayo inicial de cuadriculado, según las Normas UNE 48024 y UNE 48099 será del grado cero, y después del envejecimiento no será superior al grado dos. El cambio de color, según la Norma UNE 48059, no será superior al grado 3.N.BS. Las características de diseño más importantes serán: - Bajo coeficiente eólico: la superficie máxima efectiva proyectada al viento será de 0,10 m2. - El equipo de encendido irá montado en bandeja metálica que, a su vez, irá acoplada a la carcasa inferior. Este conjunto será fácilmente desmontable con desconexión eléctrica de la lámpara mediante un conector multipolar. El acceso al equipo se realizará sin herramientas, únicamente levantando la cubierta liberando previamente un resorte de cierre. La luminaria deberá incorporar un compás de sujeción para asegurar la posición de la cubierta cuando ésta se encuentre abierta. - El portalámparas será de porcelana e irá instalado en un mecanismo que permita la elección de varias posiciones diferentes perfectamente identificadas, según el tipo de lámpara a emplear y la distribución fotométrica elegida. El acceso a la lámpara, una vez abierta la luminaria, se realizará sin herramientas, simplemente liberando dos cierres que mantendrán en posición el soporte del portalámparas. - La luminaria será apta tanto para entrada horizontal como para entrada vertical, únicamente posicionando adecuadamente el sistema de sujeción de la misma. Para entrada horizontal, la sujeción al brazo se realizará mediante un adaptador para tubo de 60 mm de diámetro. Para entrada vertical, esta sujeción se realizará para tubo de 60 a 76 mm de diámetro. El sistema de sujeción deberá permitir una regulación de 0º, 5º y 10º con la horizontal en cualquiera de los dos tipos de instalación. CONJUNTO ÓPTICO El conjunto óptico estará formado por un reflector, un cierre de vidrio templado sellado al reflector con silicona, un cuello de fundición inyectada de aleación de aluminio y un soporte del portalámparas de plástico con alta resistencia a la temperatura. El cierre de vidrio templado deberá ser resistente al choque térmico y mecánico. Será de forma curvada para su perfecto ajuste con reflector y carcasa inferior. El reflector será de aluminio de una sola pieza y facetado. El acabado del mismo se conseguirá mediante tratamiento por anodizado y sellado. Con este método de protección la superficie reflectante estará anodizada y sellada con una capa de espesor mínimo de 3μ. El cuello de fundición inyectada de aluminio se encontrará unido rígidamente a él. En el borde del soporte del portalámparas, irá montada una junta de silicona esponjosa para asegurar la hermeticidad con el cuello del reflector. Su montaje será seguro y a salvo de desprendimientos fortuitos durante las operaciones de cambio de lámparas y mantenimiento. Sus características básicas serán: - La estructura molecular será de células cerradas. - La absorción de agua según el método de ensayo ASTM-D-1056, o la NF-R-99211, con 127mm de mercurio, y después de tres minutos, no superará el 10%. - La deformación permanente por compresión de la junta según UNE 53511-74 no será superior al 65%. Se deberá producir mínima emisión de luz hacia el hemisferio superior. En algunas posiciones de la lámpara, esta emisión será nula. 712.5. LAMPARAS DE DESCARGA Las lámparas empleadas en el alumbrado serán de tipo de vapor de sodio alta presión tubulares claras de posicionamiento universal, con casquillo E.40. VSAP 1000

W VSAP 750 W VSAP 250 W VSAP 100 W

Flujo inicial (a 100 h. de funcionamiento), en lúmenes

140.000 110.000 27.500 27.000

Vida media a 10 h. por arranque, en horas 24.000 16.000 24.000 24.000 Flujo al final de su vida media, en porcentaje 76 74 73 73 Temperatura de color aparente, en grados Kelvin

2.100 2.100 2.100 2.000

Corriente nominal en amperios 4,7 7 3 1,2 Máximo factor de cresta de corriente 1,8 1,8 1,8 1,8 Impulso de encendido, en kV 3-5 4-5 2,5-4 4-5

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12.6. REACTANCIAS 712.6.1. Balasto Cumplirá la norma UNE 20.152 y la Normativa de la U.E. de Compatibilidad Electromagnética. 712.6.2. Características Las reactancias deben satisfacer las siguientes exigencias: a) Llevarán inscripciones en las que se indique el nombre o marca del fabricante, el número de catálogo, la tensión o tensiones nominales en voltios, la intensidad nominal en amperios, la frecuencia nominal en herz, el esquema de conexiones si hay más de dos hilos, el factor de potencia y la potencia nominal de la lámpara o lámparas para las cuales ha sido prevista la reactancia. b) Las piezas en tensión no podrán ser accesibles a un contacto fortuito durante la utilización normal de la reactancia. El barnizado, esmaltado u oxidación de piezas mecánicas, así como el relleno con pastas aislantes, no son admisibles como protección contra contactos fortuitos. c) Si las conexiones se efectúan mediante bornes, regletas o terminales, deben fijarse de tal forma que no puedan soltarse o aflojarse al realizar la conexión o desconexión. Las terminales, bornes o regletas no deben servir para fijar ningún otro componente de la reactancia. d) Las piezas conductoras de corriente deberán ser de cobre, de aleación de cobre u otro material apropiado no corrosible. Esta exigencia no la tienen que cumplir los tornillos que no toman parte fundamental en la conducción de corriente. e) El aislamiento entre devanado y núcleo y entre devanado y cubierta metálica exterior será, como mínimo de dos megaohmios y resistirá durante un minuto una tensión de prueba de 2.000 V. a frecuencia industrial. f) Cuando las reactancias se sometan al ensayo de calentamiento, los calentamientos sobre el ambiente de sus diversas partes no deben ser superiores a los valores siguientes: Arrollamiento: 70° C. Exterior: 60° C. Bornes exteriores: 40° C. g) Las máximas pérdidas admisibles en las reactancias no podrán ser superiores a las indicadas a continuación:

Tipo de Lámpara Consumo de la lámpara(W)

Pérdida en las reactancias (W)

VSAP 100 250 400 600

12 25 30 40

h) La reactancia alimentada a la tensión nominal y frecuencia nominal suministrará una corriente no superior en más de un 5 por 100, ni inferior en más de un 10 por 100, a la nominal de la lámpara. i) La reactancia estará protegida contra las influencias magnéticas, debiendo satisfacer lo especificado en la prueba correspondiente aquellas que se instalen en la proximidad de materiales magnéticos. 712.6.3. Ensayos ENSAYOS DE CALENTAMIENTO Reactancias de ejecución abierta Se ensayarán con una tensión superior en un 10 por 100 a la nominal y con la frecuencia nominal, iniciándose las pruebas una vez que se alcancen las temperaturas de régimen. En las pruebas se utilizarán lámparas que absorban una corriente muy similar a la nominal. La reactancia se colocará en una caja de acero pintada interior y exteriormente de blanco y colocada sobre un soporte metálico. Durante el ensayo la caja estará suspendida con la tapa hacia arriba. Las temperaturas deberán medirse, en el caso de los arrollamientos, si es posible, por el método de variación de la resistencia, y todas las demás se medirán con pares termoeléctricos. Las reactancias deberán funcionar normalmente. Las lámparas se colocarán de forma tal que el calor que ellas disipan no contribuya al calentamiento de la reactancia. El ensayo no debe producir derrames del material de relleno o barniz. Ligeros rezumes, no susceptibles de

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aumentar, no se tendrán en cuenta. PROTECCION CONTRA INFLUENCIAS MAGNETICAS Esta prueba se realizará funcionando normalmente la reactancia con una lámpara. Una chapa de acero de un centímetro de espesor, de una longitud y anchura superiores a las de la reactancia, se acercará y separará sucesivamente a ésta, hasta un centímetro de su superficie. Durante esta operación se medirá la corriente absorbida por la reactancia a la tensión nominal. La variación de la corriente ocasionada por la proximidad de la placa de acero no excederá del 2 por 100 de su valor. Si se dispone de un detector de campos magnéticos, en lugar de realizar la prueba anterior, se explorará con éste el espacio inmediato a la reactancia conectada a la lámpara en servicio normal. El espacio indicado no debe acusar campo de inducción superior a dos gauss. 712.7. CONDENSADORES Cumplirán las normas UNE 20.010, 20.050, 20.531 y 20.532. 712.7.1. Características Los condensadores deberán cumplir las siguientes exigencias: a) Llevarán inscripciones en las que se indique el nombre o marca del fabricante, el número de catálogo, la tensión nominal en V., la intensidad nominal en A., la capacidad nominal en μF, la frecuencia nominal en Hz., la tensión de ensayo cuando ésta sea mayor que 1,3 veces la nominal, tipo de corriente para la que está previsto, temperatura máxima de funcionamiento, y esquema de conexión. b) Son válidas para los condensadores las exigencias b), c) y d) establecidas para las reactancias. c) El aislamiento entre uno cualquiera de los bornes y la cubierta metálica será, como mínimo, de dos megaohmios y resistirá durante un minuto una tensión de prueba de 2.000 V. a frecuencia industrial. d) Los condensadores de "ejecución estanca" satisfarán el ensayo de estanquidad. e) El condensador, alimentado a la tensión y frecuencia nominales, absorberá una corriente no inferior en más de un 5 por 100 ni superior en más de un 10 por 100 a la intensidad nominal. A las mismas tolerancias estará sujeta la capacidad nominal del condensador. f) Los condensadores resistirán los ensayos de sobretensión y duración. Puede evitarse la comprobación de la capacidad nominal de los condensadores si el Contratista entrega al Director un escrito firmado por el fabricante de las reactancias indicando que los condensadores del tipo y marca que se van a emplear permiten corregir el factor de potencia del conjunto de lámpara y reactancia por encima del valor mínimo fijado en el proyecto. 712.7.2. Ensayos ENSAYOS DE ESTANQUIDAD Los condensadores de ejecución estanca se sumergirán en agua durante cuatro horas, las dos primeras a la tensión nominal y las otras dos desconectados. Después de la inmersión, el aislamiento entre uno cualquiera de los bornes y la cubierta metálica exterior será, como mínimo, de dos megaohmios. ENSAYO DE SOBRETENSION Se aplicará entre los terminales del condensador, durante una hora, una tensión igual a 1,3 veces la nominal y con la frecuencia nominal, manteniendo la temperatura 10° C ± 2° C. sobre la del ambiente. Después de esta prueba se aplicará durante un minuto entre los terminales una tensión de valor 2,15 veces la nominal y con la frecuencia nominal. ENSAYO DE DURACION Se someterá el condensador durante seis horas a una tensión igual a 1,3 la nominal y con la frecuencia nominal, manteniendo la temperatura a 10° C ± 2° C. sobre el ambiente. 712.8. PERNOS DE ANCLAJE Los pernos de anclaje serán de la forma y dimensiones indicadas en los planos. Los materiales deberán ser perfectamente homogéneos y estar exentos de sopladuras, impurezas y otros defectos de fabricación. El tipo de acero utilizado será el F-III UNE 36.011. La rosca será realizada por el sistema de fricción de las siguientes características: - rosca triangular de 150 M22 x 2,5 según UNE 17.704.

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712.9. ACOMETIDAS A LOS PUNTOS DE LUZ Los cables que unen la conducción de energía con los portalámparas de los puntos de luz, no sufrirán deterioro o aplastamiento a su paso por el interior de los brazos, postes o báculos. La parte roscada de los portalámparas se concectará al conductor que tenga menor tensión con respecto a tierra. Los cortacircuitos fusibles que llevarán intercalados las acometidas, se colocarán en una regleta a la altura de la puerta registro. 712.10. COMPROBACIONES Y VERIFICACIONES 712.10.1. Soportes Se comprobará el acabado del soporte, la altura de las columnas, y además el espesor de las chapas utilizadas, el diámetro de los tubos y el peso del soporte. Se realizarán los siguientes ensayos: - Ensayos de resistencia mecánica. - Ensayos de resistencia a la corrosión, para los soportes de acero. 712.10.2. Protecciones Se debe comprobar que la intensidad nominal de los diversos cortacircuitos fusibles o disyuntores automáticos, es igual o inferior al valor de la intensidad máxima de servicio admisible en el conductor protegido. 712.11. MEDICION Y ABONO Las cimentaciones de los báculos no serán de abono independiente, al considerarse su precio dentro de la unidad de columna. No se abonarán las operaciones que sea preciso efectuar para limpiar, enlucir y reparar las superficies de hormigón en las que se acusen defectos. Los puntos de luz se medirán por unidades realmente colocadas y a los precios de los cuadros de precios para cada uno de los tipos en ellos contenidos. El precio incluye la columna, el equipo eléctrico, el conjunto de izado, dispositivos de seguridad, soportes y p.p. del equipamiento común y la corona móvil en su caso, la puerta-registro, caja de derivación con bornas y fusibles de protección, el soporte para fijación de la placa de cortacircuitos, los tornillos para toma de tierra, incluso su galvanización en caliente por inmersión, y todas las operaciones precisas para la colocación en su lugar definitivo, el cableado necesario para el funcionamiento del punto de luz y las luminarias. Igualmente se incluyen en el precio la luminaria, el equipo auxiliar alto factor, con portalámparas de porcelana, el condensador, la reactancia, el arrancador de encendido de superposición, la lámpara VSAP de la potencia expresada en el precio de la luminaria, así como la colocación de todo ello, accesorios y cableado.

ARTICULO 713 CENTROS DE MANDO 713.1. CONSIDERACIONES GENERALES Los centros de mando serán accesibles sin necesidad de permisos de terceras personas y no estarán sometidos a servidumbre. Constarán de un interruptor automático general, un interruptor automático diferencial para protección contra corriente de defecto por cada circuito de salida, un contactor accionado mediante célula fotoeléctrica igualmente por cada salida, y para caso de maniobra manual un interruptor y sus correspondientes fusibles calibrados por cada salida. Además de un reloj horario de apagado y conmutación para el circuito de consumo reducido. Los elementos a instalar serán de primera calidad y se acoplarán sobre bastidores de perfiles angulares, irán encerrados en un armario a prueba de intemperie, monobloque, construido en hormigón armado. La puerta con juntas para evitar entrada de agua será de poliéster reforzado con fibra de vidrio. Las dimensiones máximas serán las especificadas en los planos. 713.2. ACCESORIOS, CONEXIONES Y DERIVACIONES El conexionado general estará constituido por pletinas de cobre o varilla, de la adecuada sección a las

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intensidades que haya de soportar, o por cable dotado de terminales soldados o de presión, de sección, igualmente adecuada a las intensidades previsibles. En todo el conexionado la temperatura máxima admisible no sobrepasará los setenta (70) grados. Los interruptores de baja tensión serán tetrapolares, con cuadro de conexión posterior, mando frontal para las intensidades correspondientes y tensión nominal de quinientos (500) V., de ruptura brusca y superficie de contacto adecuado a la carga que han de cortar, sin que, realizado un número elevado de maniobras, aquéllos se piquen, o en general experimenten degeneración o deterioro. No podrán cerrarse por gravedad, ni tampoco adoptar posiciones de contacto incompleto. Los fusibles de baja tensión serán de tipo cartucho o similar, sin que den lugar a explosiones, proyecciones de metal fundido o formación de llama; adecuados a las intensidades que han de soportar y cortar, para tensión nominal de (500) quinientos V., y conexión posterior. Los aislamientos, empuñaduras, etc. serán de material higroscópico y termoestable. 713.3. CONTADORES El contador de energía activa del panel de alumbrado será del tipo de 4 hilos, para trescientos ochenta (380) V., intensidad indicada, conexión posterior, debiendo haber sido previamente verificado por la Delegación de Industria. Estará dotado de transformadores de intensidad, en caso necesario. 713.4. MEDICIÓN Y ABONO Los centros de mando se medirán por unidades realmente instaladas, al precio de los cuadros de precios. ARTICULO 714 TOMAS DE TIERRA 714.1. DESCRIPCION La toma de tierra propiamente dicha estará constituida por un pica. La unión de pica con base de báculo se realizará con conductor de cobre de sección no inferior a 35 mm2.; su unión a base se realizará por terminal soldada al cable y atornillada a base. La resistencia a tierra no será superior a 5 W debiendo en caso necesario efectuar un tratamiento adecuado del terreno. Las picas utilizadas, de las dimensiones indicadas en los planos, serán de acero recubierto de cobre, de 2 m. de longitud y 15 mm. de diámetro. Las grapas de conexión de los conductores de tierra y la pica serán de latón estañado y serán del tipo que permita la conexión vertical del conductor a la pica. El hincado de las picas se hará con golpes suaves mediante el empleo de martillos neumáticos o eléctricos o maza de un peso igual o inferior a 2 Kg, a fin de asegurarse que la pica no se doble. Se colocará un electrodo de pica en cada columna, soldado al cable conductor mediante soldadura alumino-térmica. Cumplirá la Instrucción MIBTO39. No obstante, el Ingeniero Director de la Obra podrá modificar este criterio. 714.2. MEDICION Y ABONO Las tomas de tierra se medirán mediante las unidades realmente instaladas, a los precios que figuran en los Cuadros de Precios. El precio comprende los materiales, incluso la unión con la base del báculo, conductor y grapas, y la colocación y terminación.

ARTICULO 715 PRUEBAS DE SERVICIO �TIPO DE PRUEBA CONTROL A REALIZAR Nº DE CONTROLES CONDICIÓN DE NO

ACEPTACIÓN AUTOMÁTICA Funcionamiento del alumbrado

Accionamiento de los interruptores de encendido del alumbrado con todas las luminarias equipadas con sus lámparas correspondientes

Uno por instalación Alguna de las lámparas permanece apagadas

Iluminancia media Medido mediante luxómetro con

esfera integradora, colocado en posición horizontal y a distancia del suelo menor de 20 cm

Uno de cada 10 puntos de luz

La iluminancia medida es inferior en un 10% a la especificada

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PARTE 8. VARIOS CAPITULO I. . MEDIDAS CORRECTORAS DE IMPACTO AMBIENTAL ARTÍCULO 800 PRESCRIPCIONES Y DISPOSICIONES GENERALES 800.1. PRESTAMOS E INSTALACIONES AUXILIARES 800.1.1. Consideraciones Generales La búsqueda de préstamos y su abono a los propietarios es de cuenta del Contratista. El Contratista deberá recabar a su costa y bajo su exclusiva responsabilidad todos los permisos necesarios para la utilización de préstamos y de zonas como parque de maquinaria o instalaciones auxiliares. Cuando se utilicen préstamos de propiedad particular, se deberán comprobar los permisos que para ello posean los propietarios. Los precios de las unidades de obra correspondientes a desmontes, excavaciones en general, rellenos y terraplenes han tenido en cuenta lo dicho anteriormente y, por tanto, son válidos e inalterables cualquiera que sean las distancias de transporte. 800.1.2. Localización En la localización de préstamos, se seguirán las indicaciones señaladas en el Anejo nº 3 “Geología, préstamos , yacimientos y canteras, así como en los planos. 800.1.3. Desmantelamiento de las Zonas Ocupadas Temporalmente por las Obras Una vez terminadas las obras se procederá a la retirada de todos los residuos que se hubieren producido y al desmantelamiento de las instalaciones y caminos temporales, llevándose a cabo la restauración ambiental de las zonas afectadas. Las medidas de restauración ambiental que el Contratista deberá realizar en las zonas de préstamos, parque de maquinaria e instalaciones auxiliares están definidas en el artículo 803 de este Pliego y en el Documento nº 2 Planos. 800.2. GESTIÓN DE LOS ACEITES USADOS 800.2.1. Normativa Aplicable Los residuos contaminantes provenientes de la obra, grasas, aceites, derrames de hidrocarburos, restos de asfaltos y sus componentes, y otros compuestos químicos complejos, asociados al mantenimiento y funcionamiento de la maquinaria y a las plantas de asfaltado, tendrán la consideración de residuos peligrosos, aplicándose a este respecto la legislación vigente, especialmente la Ley 20 Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos 1986, aprobada mediante Real Decreto 833/1988 y modificada por el Real Decreto 952/1997 y la Ley 10 de Residuos de 1998. Será de aplicación para la gestión de dichos residuos la legislación mencionada y lo que implica la obligación, por parte del productor, de destinar los aceites a una gestión correcta, evitando el traslado de la contaminación a los diferentes medios receptores. En este caso, el productor es el contratista de la obra. 800.2.2. Definición del Productor Los aceites usados están catalogados como residuos peligrosos lo que implica la obligación, por parte del productor, de destinar los aceites a una gestión correcta, evitando el traslado de la contaminación a los diferentes medios receptores. En este caso, la propiedad de los residuos corresponde al contratista, como titular de la actividad que da origen al residuo. 800.2.3. Información Previa El productor deberá contactar con el organismo pertinente de la Junta de Extremadura, con el fin de informarse sobre las distintas vías para llevar a cabo una gestión correcta y sobre las personas físicas y jurídicas que tienen la debida autorización para la gestión de aceites usados. Posteriormente, podrá ponerse en contacto con un gestor autorizado por la Junta o, con las autorizaciones correspondientes, gestionar él mismo los aceites. En cualquier caso, deberá asumir las obligaciones que se señalan en el epígrafe Obligaciones del Contratista. 800.2.4. Obligaciones del Contratista Separar adecuadamente y no mezclar los aceites, evitando particularmente las mezclas que supongan un aumento en su peligrosidad o dificulten su gestión. Envasar, etiquetar y almacenar los aceites usados de forma reglamentaria. Llevar un registro de los aceites producidos y del destino de los mismos. Suministrar a las empresas autorizadas para llevar a cabo la gestión, la información necesaria para su adecuado tratamiento y eliminación. Presentar un informe anual a la Administración pública competente, en el que se especificarán la cantidad de aceites producidos, su naturaleza y su destino final. Informar inmediatamente a la Administración pública competente en caso de desaparición, pérdida o escape de residuos peligrosos. Si accidentalmente se produjera algún vertido de materiales grasos provenientes de la maquinaria, deberá procederse a recogerlos junto con la parte afectada de suelo para su posterior tratamiento.

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Como medidas preventivas se deberá garantizar: Garantizar que la maquinaria y vehículos motores estén homologados según RD 245/89 de febrero, que regula los niveles de emisión de ruidos de la maquinaria de obra. Puesta a punto y control de la maquinaria y vehículos motores para minimizar las emisiones de los gases de combustión Será de obligado cumplimiento lo reglamentado sobre la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) establecida por la Dirección General de tráfico. Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos en zonas cercanas a viviendas habitadas a 10km/h. Riego periódico de todos los caminos de acceso a obra, a instalaciones auxiliares. La periodicidad de los riegos se adaptará a las características del suelo (ver capítulo 4 del anejo 16 de Ordenación Ecológica y Paisajística) y a la climatología. La Dirección Ambiental decidirá la periodicidad en función de las circunstancias concretas de cada caso. Información a las poblaciones próximas sobre la obra y su duración. Plan de trayectos alternativos durante las obras para minimizar el efecto barrera. Plan de circulación y señalización de la maquinaria y vehículos pesados por las zonas urbanas. Mantener una franja de vegetación autóctona, siempre que sea posible, en las márgenes de la autovía en obras, con lo cual se conseguirá minimizar el efecto psicológico del impacto sonoro, molesta tanto para las poblaciones humanas como animales. 800.3. PROTECCIÓN DEL SUELO ANTE LA CONTAMINACIÓN En el parque de maquinaria se preparará y acondicionará un área de engrase, mantenimiento y aprovisionamiento de combustible a la maquinaria, a fin de evitar vertidos de aceites, carburantes, etc. El recinto de las instalaciones auxiliares deberá disponer de un sistema perimetral de recogida de aguas que estará formado por una cuneta en la zona superior que capte las aguas de escorrentía y las desvíe a la red de drenaje natural, sin que lleguen a entrar en la zona de instalaciones, y otra cuneta en la zona más baja que capte las aguas de drenaje de esta zona y las canalice hacia la balsa de separación de grasas y aceites. Si accidentalmente se produjera algún vertido de materiales grasos provenientes de la maquinaria, deberá procederse a recogerlos junto con la parte afectada de suelo para su posterior tratamiento. 800.4. PERMEABILIDAD TERRITORIAL DURANTE LAS OBRAS El Contratista vendrá obligado a mantener el paso de vehículos y peatones durante la realización de las obras, manteniendo la funcionalidad de la red viaria y la accesibilidad territorial existentes antes de iniciar las mismas. Se deja a juicio del Director de la obra la necesidad de mantener la funcionalidad de caminos o sendas no descritas explícitamente en los documentos del proyecto. Si como consecuencia de la realización de las obras fuesen necesarios desvíos provisionales no contemplados en el proyecto para cumplir este fin, éstos serán de cuenta del Contratista.

ARTICULO 911 LIMPIEZA Y TERMINACIÓN DE LAS OBRAS Una vez que las obras se hayan terminado, y antes de su recepción, todas las instalaciones, materiales sobrantes, escombros, depósitos y edificios, construidos con carácter temporal para el servicio de la obra, y que no sean precisos para la conservación durante el plazo de garantía, deberán ser removidos y los lugares de su emplazamiento restaurados a su forma original. La limpieza se extenderá a las zonas de dominio, servidumbre y afección de la vía, y también a los terrenos que hayan sido ocupados temporalmente. De análoga manera deberán tratarse los caminos provisionales, incluso los accesos a préstamos y canteras, los cuales se abonarán tan pronto como deje de ser necesaria su utilización. Todo ello se ejecutará de forma que las zonas afectadas queden completamente limpias y en condiciones estéticas acordes con el paisaje circundante. La partida alzada de abono íntegro para la "limpieza y terminación de las obras" se abonará en la liquidación de la obra, una vez que en el acta de recepción se haya hecho constar el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo. A todos los efectos se considerará parte integrante de este pliego el contenido de los artículos números 2, 3, 4, 5 y 6 de la Orden Ministerial de 31 de agosto de 1987, referente a la señalización, balizamiento, defensa, limpieza y terminación de obras fijas en vías fuera de poblado.

ARTICULO 912 CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS 1003.1. DEFINICION Se define como conservación de las obras los trabajos necesarios para mantener las obras en perfectas condiciones de funcionamiento, limpieza y acabado, durante su ejecución y hasta la recepción de las mismas.

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El período de vigencia para el seguimiento medioambiental, control de impactos y de la eficacia de las medidas correctoras es de tres años a partir de la recepción de las obras, siendo exigibles al Contratista las actuaciones referidas durante el plazo de garantía. Así mismo queda obligado a la conservación de las obras durante el plazo de garantía de dos años a partir de la fecha de recepción de las obras.

ARTICULO 913 SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS Se define como seguridad y salud en el trabajo a las medidas y precauciones que el Contratista está obligado a realizar y adoptar durante la ejecución de las obras para prevención de riesgos, accidentes y enfermedades profesionales, así como los derivados de los trabajos de reparación, conservación, entretenimiento, y las instalaciones preceptivas de higiene y bienestar de los trabajadores. En todo momento el Contratista estará obligado a lo que indica la Ley 31/1995 de 8 de Noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, así como el R.D. 1627/1997 de 24 de Octubre por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción. De acuerdo con el Real Decreto 1627/1997, de 24 de Octubre, el Contratista elaborará un Plan de Seguridad y Salud en la obra. La valoración de ese Plan no excederá del Presupuesto resultante del Estudio de Seguridad y Salud en las obras a este proyecto, entendiéndose de otro modo que cualquier exceso está comprendido en el porcentaje de costes indirectos que forman parte de los precios del proyecto. El abono del Presupuesto correspondiente al Estudio de Seguridad y Salud se realizará de acuerdo con el correspondiente Cuadro de Precios que figura en el mismo o en su caso en el Plan de Seguridad y Salud en la obra aprobado por la Administración y que se considera Documento del Contrato a dichos efectos. ARTICULO 914 PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

El plazo de ejecución de la totalidad de las obras objeto de este proyecto será el que fijen las condiciones de licitación, a contar desde el momento en que el Contratista reciba la notificación de iniciarlas. Dicho plazo de ejecución incluye el montaje de las instalaciones precisas para la realización de todos los trabajos.

ARTÍCULO 915 REVISIÓN DE PRECIOS

De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 222/1964 de 8 de Febrero y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto-Ley número 2/1984 de 4 de Febrero, sobre inclusión de la cláusula de revisión de precios de los Contratos del Estado, el Ministerio de Fomento ha deducido las fórmulas tipo que han de servir para calcular los coeficientes de revisión de las obras de su competencia y que, de acuerdo a lo previsto en el pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, se proponen en el anejo correspondiente de la memoria para su aplicación en este proyecto. Siendo de aplicación los coeficientes vigentes en el momento de dicha revisión, de acuerdo con el Decreto 3650/1970 de 19 de Diciembre y Real Decreto 2167/1981 de 20 de Agosto.

Badajoz, Mayo de 2009

El Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos El Ingeniero Técnico de Obras Públicas Autor del Proyecto Director del Proyecto D. José Luis López Alonso D. Miguel A. Bonilla Gracia