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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HA DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE LA CONCESIÓN DEMANIAL PARA EL APROVECHAMIENTO PRIVATIVO Y USO DE DIVERSOS ESPACIOS EN EL MERCADO MUNICIPAL DE LA RIBERA PRIMERA.- OBJETO Es objeto del presente pliego regular la utilización privativa y el uso de los espacios de propiedad municipal, ubicados en el Mercado de La Ribera y descritos a continuación. El mercado de La Ribera es una instalación gestionada por Bilbao Zerbitzuak Servicios. (en adelante, “BILBAO ZERBITZUAK”). Descripción de los locales Los cinco locales objeto de licitación se agrupan en tres lotes, como se describe en el anexo I al presente pliego. En dicho anexo se describen asimismo los espacios anexos a dichos lotes y las condiciones de su utilización. Los locales se ponen a disposición en su estado actual, siendo de responsabilidad de los adjudicatarios las inversiones necesarias para su acondicionamiento conforme al proyecto objeto de análisis, presentado a licitación y objeto de adjudicación, una vez aprobado por Bilbao Zerbitzuak. La realización de cualquier tipo de obra, así como la decoración de los espacios y la instalación de cualquier tipo de publicidad estará sometida a la autorización de Bilbao Zerbitzuak durante toda la vigencia de la concesión demanial y en especial en el tiempo de obras anterior al inicio de la actividad. Uso de los locales El Mercado de la Ribera tiene la consideración de Mercado municipal como inmueble de dominio público destinado a la prestación del servicio público de mercados que bajo la denominación de puestos y espacios en zonas comerciales agrupan establecimientos de alimentación y otros usos con el objeto de asegurar la distribución del abastecimiento a la población favoreciendo, con la concurrencia de comercios, la libre competencia como medio para procurar la economía en los precios y una adecuada prestación a los consumidores. Los usos de los locales deben estar relacionados con la actividad del mercado y la alimentación, entendidas tanto desde un punto de vista comercial de venta como de restauración.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HA DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE LA CONCESIÓN DEMANIAL PARA EL APROVECHAMIENTO PRIVATIVO Y USO DE

DIVERSOS ESPACIOS EN EL MERCADO MUNICIPAL DE LA RIBERA

PRIMERA.- OBJETO

Es objeto del presente pliego regular la utilización privativa y el uso de los espacios de propiedad municipal, ubicados en el Mercado de La Ribera y descritos a continuación. El mercado de La Ribera es una instalación gestionada por Bilbao Zerbitzuak – Servicios. (en adelante, “BILBAO ZERBITZUAK”).

Descripción de los locales

Los cinco locales objeto de licitación se agrupan en tres lotes, como se describe en el anexo I al presente pliego. En dicho anexo se describen asimismo los espacios anexos a dichos lotes y las condiciones de su utilización.

Los locales se ponen a disposición en su estado actual, siendo de responsabilidad de los adjudicatarios las inversiones necesarias para su acondicionamiento conforme al proyecto objeto de análisis, presentado a licitación y objeto de adjudicación, una vez aprobado por Bilbao Zerbitzuak.

La realización de cualquier tipo de obra, así como la decoración de los espacios y la instalación de cualquier tipo de publicidad estará sometida a la autorización de Bilbao Zerbitzuak durante toda la vigencia de la concesión demanial y en especial en el tiempo de obras anterior al inicio de la actividad.

Uso de los locales

El Mercado de la Ribera tiene la consideración de Mercado municipal como inmueble de dominio público destinado a la prestación del servicio público de mercados que bajo la denominación de puestos y espacios en zonas comerciales agrupan establecimientos de alimentación y otros usos con el objeto de asegurar la distribución del abastecimiento a la población favoreciendo, con la concurrencia de comercios, la libre competencia como medio para procurar la economía en los precios y una adecuada prestación a los consumidores.

Los usos de los locales deben estar relacionados con la actividad del mercado y la alimentación, entendidas tanto desde un punto de vista comercial de venta como de restauración.

Los locales deberán ser destinados a la actividad y fines de equipamiento establecidos en la adjudicación de la concesión demanial en razón de la oferta presentada. El concesionario no podrá destinar el local a otras actividades y fines distintos de los previstos en la adjudicación, con las modificaciones tan sólo que, en su caso, posteriormente se autoricen.

Tanto el cumplimiento del deber de acondicionar el local como de destinar el mismo a la actividad y fines de equipamiento establecidos en la adjudicación constituyen condición resolutoria de la concesión demanial.

Las empresas licitadoras podrán presentar ofertas por uno, dos o todos los lotes.

SEGUNDA.- TIPO DE LICITACION - PAGO DEL CANON Y CONTRIBUCION A LOS GASTOS DE MANTENIMIENTO DEL MERCADO

El tipo de licitación queda fijado de la siguiente forma

Lote I 36.700,00 € anuales

Lote II 49.750,00 € anuales

Lote III 14.200,00 € anuales

Las referidas sumas, o las que resulten de la adjudicación, lo son para el primer año de la concesión demanial, debiéndose actualizar con posterioridad, de forma anual, con arreglo al Índice de Precios al Consumo de la Comunidad Autónoma Vasca. La revisión se realizará tomando como base el mes en que tenga lugar el inicio de actividad que coincidirá con el inicio de pago del canon.

El pago del canon se producirá dentro del primer mes del periodo anual al que se refiera el pago.

Adicionalmente al canon, los adjudicatarios deberán contribuir de forma mensual a los gastos de mantenimiento generales del mercado que responden a los distintos elementos comunes existentes (espacios comunes y de tránsito, zona de carga y descarga, accesos y medios de elevación, gestión de residuos, servicios al público, vestuarios, instalaciones comunes, etc.) La contribución de los distintos espacios a los gastos de mantenimiento general del mercado se establece como sigue:

Lote 1: 3.231,20 € mensuales

Lote 2: 8.758,40 € mensuales

Lote 3: 3.772,10 € mensuales

Las referidas sumas, están referidas al ejercicio 2013. Dichos importes deberán hacerse efectivos de forma mensual a la presentación de los correspondientes recibos por parte de Bilbao Zerbitzuak y están calculados sobre la estructura actual de los gastos que ocasionan los espacios comunes del mercado y su reparto a los distintos espacios existentes. Serán incluidos en las ordenanzas municipales fiscales al efecto, al igual que las otras tasas aplicables en el mercado de La Ribera. Así su evolución y actualización anuales por año natural se realizará a través de la evolución de la mencionada ordenanza fiscal aplicable. Dicha ordenanza, en caso de que se produjesen cambios en la estructura, configuración o importes de dichos gastos podrá adaptarse de forma estructural a los mencionados cambios.

Estos importes de contribución a los gastos de mantenimiento son independientes de aquellos otros gastos que pudiese ocasionar a Bilbao Zerbitzuak la actividad desarrollada por el adjudicatario de forma específica y que serán establecidos en su momento en atención al coste real de los mismos.

Ambos importes, canon y contribución a los gastos de mantenimiento comenzarán su devengo en la fecha de puesta en marcha de la actividad de la concesión demanial, tras la ejecución de las obras de adecuación de los locales, con un plazo máximo de seis meses.

Bilbao Zerbitzuak podrá utilizar la vía de apremio para procurarse el cobro de todas las cantidades adeudadas por los conceptos expuestos (canon y contribución a gastos de mantenimiento) y cualesquiera otros que se produzcan como consecuencia de la existencia de la concesión demanial, sin perjuicio de las posibilidades de resolución de la concesión demanial por impago de las mismas.

La falta de pago de de dichas cantidades dará lugar a la exacción de los intereses de demora, calculado al tipo del interés legal del dinero, incrementado en un 25%. Si la demora superara los 4 meses podrá Bilbao Zerbitzuak resolver la concesión demanial por incumplimiento del concesionario, resolución que resultará obligatoria en el caso de no avalarse el importe debido.

TERCERA.- SOLVENCIA

Los empresarios o profesionales deberán acreditar que su finalidad o actividad tiene relación directa con el objeto de la concesión demanial y que disponen de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del uso objeto de la misma.

Solvencia económico financiera

Deberá acreditarse por los siguientes medios:

- Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados y,

- Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondientes al objeto de la concesión demanial referido a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades de del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.

Requisitos mínimos de solvencia: Que se acredite una facturación igual o superior a treinta veces una unidad del canon de licitación en el conjunto de los tres últimos años, o plazo inferior en función de la creación o inicio de actividades de la entidad. En este último caso el importe mínimo requerido se ajustará en proporción.

Solvencia técnica o profesional

La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad que deberá acreditarse por una relación de los principales servicios o trabajos similares realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos similares efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano competente por la autoridad correspondiente.

Se consideran servicios o trabajos similares a efectos de esta concesión demanial todos aquellos que comprendan una o más actividades en la siguientes tres áreas:

1.- Área 1.

a) Gestión de espacios concesionales en mercados de titularidad pública o privada o titularidad de mercados de propiedad privada o gestión de actividades de mercado, bajo otras modalidades de gestión.

b) Ejercicio de alguna de las siguientes actividades de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril:

46.3 Comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco.

47.2 Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en establecimientos especializados

2.- Área 2.

Desarrollo de alguna de las actividades señaladas en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, en los epígrafes:

56.10 Restaurantes y puestos de comidas. 56.21 Provisión de comidas preparadas para eventos. 56.29 Otros servicios de comidas

3.- Área 3.

Desarrollo de actividades de promoción y gestión de eventos relacionados con productos y servicios de las dos actividades anteriores.

Requisitos mínimos de solvencia técnica o profesional

Que el licitador acredite que haya tenido en los últimos tres años actividad en alguna de las tres áreas antes descritas por un importe conjunto, como mínimo igual o superior a 15 veces una unidad del canon de licitación. Podrán aceptarse períodos de actividad inferiores a tres años, si la fecha de comienzo de la actividad del empresario individual o persona jurídica es también inferior a ese período. En dicho caso el importe mínimo requerido se ajustará en proporción.

Los licitadores podrán acreditar su solvencia y medios a través de otras entidades, siempre que acrediten disponer de dichos medios para la ejecución de la explotación objeto de concesión, independientemente de los vinculos que tengan con ellas.

Quedarán excluidos de la licitación los empresarios que no acrediten disponer del mínimo de solvencia económica y/o técnica exigido para la ejecución de la concesión demanial.

CUARTA.- PERSONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Todo el personal de los adjudicatarios deberá permanecer debidamente uniformado, comprometiéndose los adjudicatarios a que el estado del vestuario mantendrá en todo momento un grado alto de calidad e imagen. Para ello deberán presentarse modelo de uniforme que será aprobado por Bilbao Zerbitzuak.

La uniformidad deberá lucir el logo de la empresa adjudicataria y el del mercado.

QUINTA.- REPRESENTACION DEL ADJUDICATARIO

El adjudicatario deberá nombrar una persona para que sea representada ante Bilbao ZERBITZUAK en todo lo concerniente a la concesión demanial. Esta persona tendrá el poder suficiente para tomar las decisiones oportunas, sin que las mismas puedan verse afectadas por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal, siendo la única interlocutora válida para todos los asuntos relativos a la concesión demanial.

SEXTA.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.

Además de las contenidas en este Pliego y de las que resulten de la aplicación de las normas supletorias, son especiales obligaciones del concesionario, las siguientes:

1.- Llevar a efecto la imposición de la fianza definitiva en el plazo señalado. 2.- Formalizar el pertinente documento administrativo en el plazo señalado. 3.- El titular de la concesión demanial deberá destinar el local al desarrollo de la

actividad propuesta, sin que sea admisible cualquier otro tipo de uso. Deberá iniciarse la explotación o actividad dentro de los 30 días naturales contados a partir de la fecha de finalización de las obras de acondicionamiento para lo que se dispondrá de un plazo de 6 meses.

4.- Abonar el canon anual establecido en el plazo señalado, pudiéndose utilizar por parte de Bilbao Zerbitzuak la vía de apremio para procurarse el cobro, sin perjuicio de la resolución de la concesión demanial por impago del canon.

5.- Desde la fecha de inicio de la actividad, el concesionario vendrá obligado a satisfacer los importes correspondientes a canon anual y a su contribución a los gastos de mantenimiento, en la cuantía y forma establecida en la clausula segunda del presente pliego.

6.- Mantener el establecimiento abierto al público en general, con precisión, regularidad y sin interrupciones, durante todo el horario de apertura del mercado de La Ribera, salvo autorización expresa que sólo se concederá previa petición y por causas justificadas.

7.- Regentar personalmente la actividad. El adjudicatario deberá, en todo caso, recabar y obtener del Ayuntamiento la autorización municipal respecto de todas aquellas personas que permanezcan en la actividad.

A los efectos previstos en este punto, el concesionario deberá cumplir lo establecido en la legislación vigente y, en particular, en cuantas disposiciones tanto de carácter estatal como interestatal se hallen vigentes en materia de relaciones laborales, Seguridad Social y Seguridad e Higiene en el Trabajo.

8.- Mantener las instalaciones interiores y exteriores en perfectas condiciones de seguridad, salubridad, limpieza y ornato.

9.- Devolver el local, una vez haya finalizado la concesión demanial, en buen estado de conservación y uso.

10.- El concesionario no podrá realizar en el puesto actividad distinta de la que haya sido previamente asignada por la Administración.

11.- El concesionario deberá abstenerse de realizar cualquier obra o alteración en los elementos y la imagen de la instalación sin la previa autorización de Bilbao Zerbitzuak.

12.- El concesionario deberá cumplir en todo momento las indicaciones y observaciones que le hagan los responsables del Mercado, en especial en lo relativo a seguridad, limpieza y operación del servicio.

13.- Los titulares de las concesiones o personas que les representen deberán colaborar con la Inspección sanitaria y a tal efecto deberán aportar la documentación que les sea requerida.

14.-El mobiliario y elementos a emplear deberá ser acorde con la calidad estética del lugar. A tal efecto, será presentado previamente a Bilbao Zerbitzuak para que éste autorice su utilización. Queda prohibida la utilización de mobiliario y elementos de materiales plásticos o decorados con publicidad comercial.

15.- Serán por cuenta del concesionario todos los gastos de mantenimiento de las instalaciones y los derivados de la explotación propiamente dicha tales como agua, luz, teléfono, servicios y cualesquiera otras obligaciones imputables por razón de la titularidad de la concesión demanial. Deberá proceder a dar de alta contrato de electricidad independiente. Asimismo deberá abonar a BILBAO ZERBITZUAK otros consumos necesarios para poder prestar adecuadamente los servicios objeto de la concesión demanial. Para ello BILBAO ZERBITZUAK repercutirá los gastos correspondientes pudiendo establecer un coste por hora de funcionamiento del servicio.

16 El concesionario deberá solicitar y hacerse cargo de cualquier impuesto, tasa, o trámite necesario para la apertura y prestación de los servicios objeto de la presente concesión demanial.

17.- Responder de los daños que con ocasión de la explotación del local se produzcan tanto a personas como a bienes, incluido el propio local, para lo que suscribirá, con compañías de reconocida solvencia, la siguiente póliza de seguro:

Póliza de responsabilidad civil que cubra los posibles daños que se puedan ocasionar a terceros, en sus personas o bienes, con motivo del desarrollo de la actividad a realizar en el local -RC EXPLOTACIÓN – y al propio Bilbao Zerbitzuak como gestor del local por adscripción municipal -RC LOCATIVA- y asimismo contra todo riesgo que cubra la totalidad de las construcciones, instalaciones y servicios afectos al local por un capital de 300.000€, de la que será beneficiaria Bilbao Zerbitzuak -PÓLIZA MULTIRRIESGO COMERCIO-.

La póliza suscrita, así como justificante de la prima satisfecha se aportará con anterioridad a la formalización de la concesión demanial en documento administrativo.

La acreditación del pago de las primas correspondientes a los siguientes ejercicios se realizará durante el mes primero de cada anualidad.

SEPTIMA.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.

CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FORMULA - 49 PUNTOS

11.1 Calidad arquitectónica del proyecto a realizar. La asignación de la puntuación se realizará en función de las características del proyecto.

a) .- Nivel de diseño del proyecto y su adecuación al resto de los elementos arquitectónicos del mercado.

.- Lote 1. Hasta 4 puntos.

.- Lote 2. Hasta 6 puntos.

.- Lote 3. Hasta 8 puntos.

La mejor oferta obtendrá el total de la puntuación, el resto en proporción

b) .- Mejor solución propuesta para el aprovechamiento e integración de los espacios exteriores y/o adjuntos al espacio delimitado por la concesión demanial.

.- Lote 1. Hasta 8 puntos.

.- Lote 2. Hasta 4 puntos.

.- Lote 3. Hasta 4 puntos.

La mejor oferta obtendrá el total de la puntuación, el resto en proporción

c) .- Calidad de los materiales a utilizar. Equipamiento, mobiliario y cualquier otro elemento decorativo en concordancia cualitativa, funcional y estética con el mercado de La Ribera.

.- Lote 1. Hasta 2 puntos.

.- Lote 2. Hasta 4 puntos.

.- Lote 3. Hasta 8 puntos.

La mejor oferta obtendrá el total de la puntuación, el resto en proporción.

11.2 Proyecto de gestión. En este apartado se valorarán las características generales de la idea y de la gestión del espacio propuesta por el licitador.

a) .- Organización general de la actividad y forma de ejecución del servicio propuesto. Capacidad de generación de empleo.

.- Lote 1. Hasta 2 puntos.

.- Lote 2. Hasta 4 puntos.

.- Lote 3. Hasta 2 puntos.

La mejor oferta obtendrá el total de la puntuación, el resto en proporción.

b) .- Adecuación de la idea propuesta y su integración con el mercado existente.

.- Lote 1. Hasta 2 puntos.

.- Lote 2. Hasta 6 puntos.

.- Lote 3. Hasta 3 puntos.

La mejor oferta obtendrá el total de la puntuación, el resto en proporción.

c) .- Complementariedad de la oferta de productos / servicios con la oferta existente.

.- Lote 1. Hasta 1 puntos.

.- Lote 2. Hasta 3 puntos.

.- Lote 3. Hasta 2 puntos.

La mejor oferta obtendrá el total de la puntuación, el resto en proporción.

d) .- Publico objetivo. Se valorará la capacidad de atracción de la propuesta a colectivos distintos de los consumidores habituales del mercado.

.- Lote 1. Hasta 1 puntos.

.- Lote 2. Hasta 2 puntos.

.- Lote 3. Hasta 1 puntos.

La mejor oferta obtendrá el total de la puntuación, el resto en proporción.

e) .- Calidad de la oferta presentada. Exclusividad.

.- Lote 1. Hasta 2 puntos.

.- Lote 2. Hasta 1 puntos.

.- Lote 3. Hasta 2 puntos.

La mejor oferta obtendrá el total de la puntuación, el resto en proporción.

f) .- Integración del producto local y su comercialización de forma novedosa o diferente.

.- Lote 1. Hasta 1 puntos.

.- Lote 2. Hasta 3 puntos.

.- Lote 3. Hasta 1 puntos.

La mejor oferta obtendrá el total de la puntuación, el resto en proporción.

g) .- Actividades promocionales dinamizadoras desde el punto de vista comercial, con preferencia sobre aspectos gastronómicos y especial atención a lo local

.- Lote 1. Hasta 1 puntos.

.- Lote 2. Hasta 1 puntos.

.- Lote 3. Hasta 1 puntos.

La mejor oferta obtendrá el total de la puntuación, el resto en proporción.

11.3 Rehabilitación turística y comercial y dinamización social del entorno. Dada la importancia del mercado y su relación con el entorno se valoraran las ofertas de productos o servicios que supongan:

a) .- Actividades públicas complementarias e integradas con el entorno. Dinamización social del entorno

.- Lote 1. Hasta 6 puntos.

.- Lote 2. Hasta 3 puntos.

.- Lote 3. Hasta 3 puntos.

La mejor oferta obtendrá el total de la puntuación, el resto en proporción.

b) .- Capacidad de atracción de nuevos colectivos de usuarios al entorno.

.- Lote 1. Hasta 6 puntos.

.- Lote 2. Hasta 5 puntos.

.- Lote 3. Hasta 5 puntos.

La mejor oferta obtendrá el total de la puntuación, el resto en proporción.

.- c) .- Ampliación de los horarios actuales de actividad del mercado

.- Lote 1. Hasta 3 puntos.

.- Lote 2. Hasta 3 puntos.

.- Lote 3. Hasta 3 puntos.

La mejor oferta obtendrá el total de la puntuación, el resto en proporción.

11.4 Adaptabilidad de la propuesta de actividades presentada. Se valorará la capacidad de adaptación de la propuesta a la evolución futura de las necesidades comerciales y de actividades del mercado y su entorno. Se persigue que el aspecto tractor perseguido no decaiga con el tiempo y que tenga prevista desde el inicio su evolución en el tiempo y su adaptabilidad a las nuevas tendencias y corrientes que vayan surgiendo, suponiendo un elemento continuo de dinamización del mercado y su entorno, a lo largo de toda la duración del periodo de la concesión demanial.

.- Lote 1. Hasta 10 puntos.

.- Lote 2. Hasta 4 puntos.

.- Lote 3. Hasta 6 puntos.

La mejor oferta obtendrá el total de la puntuación, el resto en proporción.

CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FORMULA - 51 PUNTOS

11.5.-Oferta Económica

Con este criterio se pretende valorar la oferta de canon anual que se propone abonar al ayuntamiento por la concesión demanial que se adjudicará.

.- Lote 1. Hasta 45 puntos.

.- Lote 2. Hasta 45 puntos.

.- Lote 3. Hasta 45 puntos.

La valoración de este criterio se realizará mediante la aplicación de la siguiente fórmula:

Puntos licitadorn = 51 x Cn/Cmx

Donde: Cn = Canon ofertado por cada licitador

Cmx= Canon máximo de los ofertados

11.6 Complementariedad. Se trata de valorar positivamente que un mismo licitador acuda con ofertas a dos o más lotes de la licitación.

Por acudir a dos lotes 3 puntos

Por acudir a los tres lotes 6 puntos

Solo serán tenidas en cuenta a efectos de esta puntuación aquellas ofertas que alcancen el umbral mínimo exigible.

UMBRAL MINIMO EXIGIBLE

No serán consideradas a efectos de la adjudicación final aquellas ofertas que no hayan superado los siguientes mínimos de puntuación en los siguientes apartados quedando así rechazadas y por tanto eliminadas de la licitación:

Lote 1

Lote 2

Lote 3

11.1 Calidad arquitectónica del proyecto a realizar 7 7 10

11.2 Proyecto de gestión 5 10 6

11.3 Rehabilitación turística y comercial y dinamización social del entorno 8 6 6

11.4 Adaptabilidad de la propuesta de actividades presentada 5 2 3

Bilbao, a 22 de Abril de 2013

BILBAO ZERBITZUAK – SERVICIOS E.P.E.L.

ANEXO I

A continuación se detallan las ubicaciones, dimensiones y características principales de los cinco locales objeto de licitación, agrupados en tres lotes. Asimismo, se detallan las características de los espacios anexos a dichos locales objeto de licitación y las condiciones para su utilización.

LOTE 1 NIVEL 0. LOCAL ÁBSIDE A BORDE DE RÍA DESCRIPCIÓN GENERAL Espacio libre en extremo ábside La Merced de una superficie de 569 m2 Compuesto por un espacio principal de 20,5 x 22 m2 con acceso inmediato desde la vía pública, y un apéndice de 14 x 9 m2. La altura útil del espacio es de 3.35 m de suelo acabado (cota +4.25) a forjado, reducida bajo las vigas a 2.90 m. El espacio principal dispone de iluminación natural lateral sobre la ría orientada al suroeste, a través de un gran ventanal panorámico, y la posibilidad de luz noreste si el acceso principal se realiza vidriado. El apéndice dispone de iluminación natural cenital hacia la ría Dispone de acceso de carga y descarga a nivel desde la zona de carga/ descarga del propio mercado (gálibo 3,10 m), y 3 accesos desde la calle La Ribera: 1 ascensor accesible, acceso principal de 8 m de ancho y escalera de acceso lateral de evacuación de 1,2 m de ancho DOTACIÓN DE INSTALACIONES Saneamiento: el local dispone de previsión de un pozo de bombeo. Deberá instalarse bomba y conectarse a la red de fecales mediante tendido horizontal Abastecimiento: el local dispone de acceso al suministro de agua fría mediante llave de corte sita en el propio local Ventilación: el local dispone de preinstalación de ventilación consistente en: conducto de ventilación circular Ø 500 a cubierta en previsión de cocina industrial conducto de extracción de aseos circular Ø 250 a cubierta 2 conductos de ventilación del local 2 x 400x500mm

Electricidad: No dispone de instalación. Existen reservas de módulo de contador en cuarto de contadores* Frío industrial: no dispone Calefacción: no dispone Gas: el local dispone acometida individual de gas desde calle La Ribera Telecomunicaciones: no dispone derivación en local. Debe conectarse al RITI y disponer un RACK PCI: el local dispone únicamente de llave de conexión al anillo de rociadores (no colocados) Ø 3´´. Deberá ejecutarse anillo de rociadores, y disponer sistemas de detección y alarma según uso y normativa. El local se encuentra acabado “en crudo”, es decir, forjados de hormigón visto, vigas y pilares revestidos con vermiculita.

LOTE 2 NIVEL 1. Ala La Merced DESCRIPCIÓN GENERAL Espacio libre en ala La Merced de 782 m2, contiguo a espacio compartido con el mercado de 115.8 m2 (atrio de acceso, ascensor y cuarto de aseos no ejecutado) El espacio disponible es el ala completa del mercado en el nivel 1, compuesto por un espacio principal de 35 x 21 m (el ala propiamente dicha), el espacio lateral a la escalera mecánica de acceso desde el atrio, y los espacios menores bajo el torreón y escaleras (11 x 6.8 m). Dispone de acceso inmediato desde la vía pública (paseo de sirga), a través del atrio del ábside, accesible mediante ascensor, escaleras mecánicas y escaleras convencionales. También dispone de dos salidas al paseo de sirga orientado al sur oeste. Está condicionado a habilitar salida hacia el atrio central del mercado por distancias de evacuación en caso de incendio

La altura útil del espacio es de 4.40 m de suelo acabado (cota +12.75) a forjado, reducida bajo vigas a 3.60 m. Dispone de doble orientación noreste suroeste, e iluminación natural a través de sendas fachadas vidriadas de suelo a techo. Dispone de acceso de carga y descarga desde la zona de carga/ descarga del propio mercado (gálibo 3,10 m), a través tres montacargas (2 de 2.500 kg) DOTACIÓN DE INSTALACIONES Saneamiento: el local dispone de preinstalación de red horizontal de saneamiento bajo el forjado, no conectada al colector general. Deben realizarse trépanos en forjado, conectar a red horizontal, y ésta a su vez al colector. Abastecimiento: el local dispone de previsión de acceso al suministro de agua fría mediante llave de corte sita en el colector de nivel 0 (habría que ejecutar derivaciones interiores) Ventilación: el local dispone de preinstalación de ventilación consistente en: Preinstalación (algunos conductos preparados, faltan extractores) de extracción mecánica de planta Ø 375 10 conductos de ventilación circular Ø 250 a cubierta en previsión de locales con pequeñas cocinas 1 conducto de extracción de aseos circular Ø 250 a cubierta Electricidad: No dispone de instalación. Existen reservas de módulo de contador en cuarto de contadores* Frío industrial: no dispone. Existe capacidad disponible de frío en la instalación del mercado para refrigerar el cuarto de basuras de este nivel, y volumen de cámaras equivalente a dos puestos tipo de pescado existente Calefacción: no dispone Gas: no dispone Telecomunicaciones: no dispone derivación en local. Debe conectarse al RITI y disponer un RACK

PCI: el local dispone de rociadores automáticos, BIEs y extintores, detectores ópticos, alarmas y pulsadores de alarma conectados a la centralita del mercado El local se encuentra acabado “en crudo”, es decir, forjados de hormigón visto, vigas y pilares revestidos con vermiculita. Recientemente, con motivo del evento Basque Fest Market, se han habilitado rampas provisionales y un tratamiento de pintura antipolvo.

LOTE 3

NIVEL 2. Locales en planta de mercado DESCRIPCIÓN GENERAL Compuesto por tres locales acotados insertos en la trama de puestos del mercado, y un espacio común de circulación y evacuación del propio mercado. Local A 63.5 m2 forma de piano (12.5m de ancho x fondo variable entre 3.9 m y 7.2 m)

13.3 ml mostrador comercial puesto adosado Local B 18,3 m2 rectangular (3.1m de ancho x fondo 5.4m)

2.6 ml mostrador comercial puesto adosado Local C 30,8 m2 trapezoidal (7m de ancho x fondo 4.7 m)

11.7 ml mostrador comercial puesto exento Espacio común 256 m2 compartido por mercado y condicionado por uso evacuación en caso de incendio Todos comparten acceso desde circulaciones del marcado, hallándose inmediatamente adyacentes al desembarco de la escalera mecánica, ascensores y montacargas del atrio La Merced. La altura útil de los locales B y C es de 3.88 m de suelo acabado (cota +12.95 incorporando paquete de instalaciones en el suelo) a forjado, reducida bajo las vigas a 3.08 m. La altura útil del local A (exento en medio del pasillo) es de 3.08 m. Los locales disponen de iluminación natural desde la fachada suroeste y cenital dentro del espacio del mercado Dispone de acceso de carga y descarga desde la zona de carga/ descarga del propio mercado (gálibo 3,10 m), a través tres montacargas (2 de 2.500 kg)

DOTACIÓN DE INSTALACIONES Saneamiento el local dispone de preinstalación de red horizontal de saneamiento bajo el forjado, no conectada al colector general. Deben realizarse trépanos en forjado, conectar a red horizontal, y ésta a su vez al colector. Abastecimiento: el local dispone de acceso al suministro de agua fría mediante llave de corte de loca ubicada en forjado inferior Ventilación: el local comparte la instalación de extracción mecánica común Ø 375 del mercado Electricidad: No dispone de instalación. Existen reservas de módulo de contador en cuarto de contadores* Gas: no disponen Frío industrial: no disponen Calefacción: el local dispone de previsión de llave de corte y suministro de suelo radiante en forjado inferior Telecomunicaciones: no dispone derivación en local. Debe conectarse al RITI y disponer un RACK PCI: el local comparte las instalaciones completas contra incendios del mercado. Únicamente deben empalmarse y descolgar a la altura de falso techo los rociadores de puesto al anillo existente El local hacia el interior se encuentra acabado “en crudo”, es decir, forjados de hormigón visto, vigas y pilares revestidos con vermiculita e instalaciones vistas. Hacia el exterior comparte acabados del mercado

NOTAS

* Nota sobre reservas de Electricidad disponibles: El mercado dispone de 6 módulos de reserva de contadores. Con una potencia máxima de 45 Kw cada uno.

Si la gerencia del mercado estima que únicamente pudieran usarse 2 de las reservas para los puestos de nivel 2, la instalación eléctrica al resto de locales comprendería la instalación completa: instalación de enlace + instalación interior. Instalación de enlace (por cada puesto con facturación independiente)

- LGA (línea general de alimentación) desde CT (centro de transformación Iberdrola) de San Antón si

P ≤ 70 Kw o 2xLGA desde CT del ala San Antón si P ≥ 70 Kw hasta CC (centralización de contadores)

- Derivación individual hasta CMP.

Instalación interior (por cada puesto)

- CMP (cuadro de maniobra y protección) de puesto

- circuitos

Instalación eléctrica de zonas comunes nivel 1:

- Instalación de nuevo automático en el CGBT del ala San Antón

- Línea de alumbrado y fuerza desde el CGBT del ala San Antón hasta cuadro

- Cuadro de zona Nivel 1 La Merced

- Circuitos de alumbrado/ fuerza zonas comunes

ESPACIOS ANEXOS

En diversos puntos del presente pliego se hace referencia a los espacios anexos. Dichos espacios, los lotes a que hacen referencia y sus condiciones de utilización, total o parcial, son los siguientes: LOTE 1 Plaza anexa a la entrada de la Merced del mercado de La Ribera, que se muestra en el plano adjunto. Los licitadores que opten al lote 1 pueden plantear actividades para dicho espacio contemplando su utilización de forma total o parcial y con carácter regular o esporádico.

ANEXO

Régimen uso espacio público junto al lateral de la merced

El objeto del presente anexo es describir el régimen de uso parcial del espacio público del lateral de la Merced concedido a Bilbao Zerbitzuak por el Ayuntamiento como elemento complementario de la actividad del nivel 0. Local ábside a borde de ría, en una zona limitada tanto en espacio como en horarios (ver plano adjunto). En este sentido, resaltar que la autorización concedida está sometida en lo relativo a sus condiciones espaciales y temporales al régimen de precariedad, responsabilidades y gestión, a la Ordenanza del Uso del Espacio Público. Y fuera de la autorización concedida será a todos los efectos un espacio público sujeto íntegramente a la citada Ordenanza, y a la Oficina de Uso de Espacio Público. Avanzando en la autorización municipal concedida a Bilbao Zerbitzuak destacar que dividimos el espacio anexo al lateral de la merced en tres zonas: Zona A

El espacio más cercano a la entrada del local una vez descontado el espacio destinado

a caminos y tránsitos peatonales accesibles, tendrá una superficie nunca superior a 1/5

de la zona B que se describe a continuación. Esta zona A podrá utilizarse podrá

utilizarse a diario con mobiliario y con el mismo horario que el resto de terrazas y

veladores de la Villa. (ver documentación gráfica adjunta).

Zona B (ver documentación gráfica adjunta)

Zona anexa a la zona A, que podrá ser utilizado, en régimen limitado de espacio, días y franja horaria de la siguiente manera: Serán actividades de dinamización no solo de interés del local, sino también del

entorno barrio, con un carácter no restringido, lúdico y cultural.

Inicialmente se circunscribirá a los jueves, viernes, sábados, domingos y

vísperas de festivos.

La franja horaria de estas actividades no podrá prolongarse más allá de las 23

horas, ni iniciarse antes de las 10 horas

Las actividades estarán sujetas a la previa validación de la programación por

Bilbao Zerbitzuak,

Dichas actividades, en cualquier caso, estarán sujetas a las normas establecidas

para cualquier evento en el espacio público (accesibilidad, aforos, montajes,

decibelios, etc.)

Las actividades planteadas, sin perjuicio de la disposición de mobiliario o

instalaciones del local siempre dentro del espacio definido, en ningún caso,

salvo autorización municipal expresa y excepcional podrán ser de acceso

restringido.

Se realizara un seguimiento y evaluación conjunto de la autorización concedida de uso del espacio público entre el Ayuntamiento de Bilbao y Bilbao Zerbitzuak, con carácter anual. Zona C ((ver documentación gráfica adjunta)

Espacio público en su zona más próxima al puente de la Merced quedara en todo caso, fuera de la cesión de uso que nos ocupa. La adjudicación del lote 1 a un licitador no supone autorización de las actividades propuestas por el licitador, que deberá ser obtenida a posteriori. LOTE 2 Paseo de sirga con salida desde el espacio contemplado en el lote 2. Los licitadores que opten al lote 2 pueden plantear actividades para dicho espacio contemplando su utilización de forma total o parcial y con carácter regular o esporádico. Tanto la utilización de las salidas al mencionado espacio, como la utilización del espacio de dicho camino de sirga, deberán ser detalladas, en su caso, dentro de la memoria del proyecto a presentar.

Dicho espacio podrá ser utilizado al amparo de lo establecido en la ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO aprobada definitivamente por Acuerdo Plenario de fecha 23-9-2010 y Publicada en BOB nº 186 de 27-9-2010 http://www.bilbao.net/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application%2Fpdf&blobheadername1=Content-disposition&blobheadername2=pragma&blobheadervalue1=attachment%3B+filename%3Dordenanza_espacio_publico.pdf&blobheadervalue2=public&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1273814290081&ssbinary=true

Su utilización estará sujeta a la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público municipal

http://www.bilbao.net/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application%2Fpdf&blobheadername1=Content-disposition&blobheadername2=pragma&blobheadervalue1=attachment%3B+filename%3D19Dominio+2013.pdf&blobheadervalue2=public&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1273865912766&ssbinary=true La adjudicación del lote 2 a un licitador no supone autorización de las actividades propuestas por el licitador, que deberá ser obtenida a posteriori. ESPACIO PARA ALMACEN El espacio definido en el plano adjunto, perteneciente a la planta sótano y cuya superficie asciende a 180 metros cuadrados, aproximadamente, se encuentra ocupado actualmente con parcelas de carga y descarga entendiendo que dichos espacios de uso común serán necesarios para el mencionado fin en función del uso estimado de los espacios a ocupar. Los licitadores que opten al lote 2 podrán contemplar el cambio de uso de dicha zona, destinándolo a espacio de almacén privativo, incluso procediendo a su cierre, bien entendido que sus necesidades de carga y descarga y las del resto de concesionarios del mercado deberán quedar adecuadamente resueltas a juicio de Bilbao Zerbitzuak, quien otorgará, en su caso, la autorización del cambio de destino y de las modificaciones a realizar. La conversión de dicho espacio común en un espacio de almacén privativo estará sujeta a la ordenanza fiscal nº 18 del Ayuntamiento de Bilbao que establece, actualmente, un importe de 20,50 € por metro cuadrado y mes para los espacios complementarios, no comerciales, del Mercado de La Ribera. La adjudicación a un licitador no supone autorización de dicho cambio de destino de forma total ni parcial. Dicha autorización de Bilbao Zerbitzuak deberá ser obtenida tras la adjudicación. LOTE 3 Espacio adjunto al lote 3 de acuerdo con el plano adjunto . Los licitadores que opten al lote 3 pueden plantear actividades para dicho espacio, contemplando su utilización de forma total o parcial y con carácter regular o esporádico. Las utilizaciones planteadas deberán tener en cuenta que dicho espacio es una superficie de circulación y evacuación del propio mercado. Las autorizaciones oportunas serán otorgadas por Bilbao Zerbitzuak, tomando como referencia la ya citada ORDENANZA DEL ESPACIO PÚBLICO del Ayuntamiento de Bilbao

De cara a computar los costes que tendrían dichas actividades se utilizará por analogía la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público municipal del Ayuntamiento de Bilbao en tanto dichos costes no sean incorporados a la ordenanza fiscal municipal relativa a los mercados. La adjudicación del lote 3 a un licitador no supone autorización de las actividades propuestas por el licitador, que deberá ser obtenida a posteriori.