El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial ...
Poder Judicial Autoguardado
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8/18/2019 Poder Judicial Autoguardado
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INTRODUCCIÓN
El“PODER JUDICIAL” es un tema que llama nuestra atención debido a que Hoy
hablamos mucho del Poder Judicial. Hay una gran preocupación sobre el tema. Y no es
para menos porque la institución judicial es indispensable para tener un país con
relaciones justas. os códigos pueden ser espl!ndidos" las in#estigaciones acad!micas
sobre temas jurídicos pueden ser e$celentes" pero si no hay quien haga cumplir esas
reglas y esos principios" todo ello no tiene ning%n #alor. &e ahí que el desmoronamiento
del Poder Judicial equi#ale a un desmoronamiento social que puede concluir en el
desprestigio del &erecho como institución #aledera. Y un medio muy importante para
solucionar di#ersos problemas que se presentan en la sociedad.
El poder judicial es parte esencial de nuestro gobierno democr'tico" que se basa en la
di#isión de poderes. (inguno de los tres poderes )el ejecuti#o" el legislati#o y el judicial*podría +uncionar correctamente sin el otro" ya que est'n estrechamente relacionados
entre sí. Para poder entender cómo +unciona nuestro gobierno es necesario entender la
+unción de cada poder y" es por eso que en este trabajo trato de e$plicar de +orma simple
como +unciona uno de ellos, el poder judicial
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HISTORIA
- tra#!s de la Historia del &erecho es posible comprender no sólo los logros que esa
disciplina ha puesto al ser#icio de la sociedad" sino tambi!n la e#olución de la sociedad
misma. Y es que" el sistema de administración de justicia y las leyes mismas son un
re+lejo del grado de adelanto y desarrollo democr'tico que ha logrado un pueblo y que
est'n condensados en lo que constituye la meta del &erecho, que la justicia sea igual
para todos los ciudadanos.
Esta bre#e Historia del Poder Judicial en el Per%" presenta un recuento que abarca desde
la !poca en que los pueblos de la antigedad se regían por normas no escritas" pero
igualmente respetadas" hasta el momento presente en que la potestad de administrar
justicia la ejerce el Poder Judicial" a tra#!s de sus órganos jer'rquicos" de acuerdo con lo
que establecen la /onstitución y las leyes.
EN LA ESTRUCTURA DEL ESTADO
El Estado peruano est' con+ormado por tres poderes,
a) El Poder Ejecuti#o" representado por el Presidente de la 0ep%blicab) El Poder egislati#o" representado por el Presidente del /ongresoc) El Poder Judicial" representado por el Presidente de la /orte 1uprema de Justicia.
1eg%n la /onstitución y las leyes" el Poder Judicial tiene la +unción de ejercer la
administración de justicia a tra#!s de sus di+erentes instancias, 1alas 1upremas" 1alas
1uperiores" Ju2gados.
¿QUÉ ES EL PODER JUDICIAL?
El Poder Judicial en su ejercicio +uncional es autónomo en lo político" administrati#o"
económico" disciplinario e independiente en lo jurisdiccional" con sujeción a la
/onstitución. (o e$iste" ni puede instituirse" ninguna jurisdicción que pueda cumplir esta
misma tarea" con e$cepción de los organismos de justicia militar y arbitral.
El Poder Judicial es" de acuerdo a la /onstitución y las leyes" la institución encargada
de administrar justicia a través de sus órgans jer!r"uics "ue sn ls Ju#gads
de Pa# n Letrads$ ls Ju#gads de Pa# Letrads$ las Crtes %u&erires ' la Crte
%u&rema de Justicia de la Re&(blicaEl +uncionamiento del Poder Judicial se rige por la
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ey 3rg'nica del Poder Judicial que establece su estructura org'nica y precisa sus
+unciones.
Esta ley de+ine los derechos y deberes de los magistrados" quienes son los encargados
de administrar justicia4 de los justiciables" que son aquellos que est'n siendo ju2gados o
quienes est'n solicitando justicia4 y de los au$iliares jurisdiccionales que son las personas
encargadas de brindar apoyo a la labor de los integrantes de la magistratura.
La Ley Orgánica del Poder Judicial vigente, tiene su origen en el Decreto Supremo N°
017!"J#S promulgado el $% de &ayo de 1!!" y pu'licado el $ de Junio del mismo a(o)
*onsta de "0+ rt-culos, 1 Disposici.n *omplementaria /nica y "" Disposiciones inales
y ransitorias)
EN LA CONSTITUCIÓN
a /onstitución Política del Per% en su artículo 5678" se9ala, *La &testad de
administrar justicia emana del &uebl ' se ejerce &r el Pder Judicial a través de
sus órgans jer!r"uics$ cn arregl a la Cnstitución ' a las Le'es*
EL PERÚ ACTUALMENTE SE RIGE POR LA CONSTITUCIÓN DE 1993
a) a potestad e$clusi#a de administrar justicia del Poder Judicial es uno de los
principios generales que se cita igualmente en el :e$to ;nico 3rdenado de la ey
3rg'nica del Poder Judicial" que adem's" precisa lo siguiente,b) (o e$iste ni puede establecerse jurisdicción alguna independiente" con e$cepción
de la militar y la arbitral.c) En su ejercicio +uncional es autónomo en lo político" administrati#o" económico4
disciplinario e independiente en lo jurisdiccional con sujeción a la /onstitución y a
la ey 3rg'nica del Poder Judicial.d) a ey 3rg'nica del Poder Judicial determina la estructura del Poder Judicial y
de+ine los derechos y deberes de los
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MISIÓN
>-dministrar Justicia a tra#!s de sus órganos jurisdiccionales" con arreglo a la
/onstitución y a las leyes" garanti2ando la seguridad jurídica y la tutela jurisdiccional" para
contribuir al estado de derecho" al mantenimiento de la pa2 social y al desarrollo
nacional>.
Para el cabal cumplimiento de esta misión es necesario dotar al Poder Judicial de los
siguientes elementos,
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2 -probar el cuadro de :!rminos de la &istancia" así como re#isar
periódicamente el #alor de los costos" multas y depósitos correspondientes y
otros que se estable2can en el +uturo.3 &istribuir la labor indi#idual o por comisiones" que corresponda a sus
integrantes.+4 -bsol#er las consultas de car'cter administrati#o que +ormulen las 1alas
Plenas de los &istritos Judiciales.++ 0esol#er en %ltima instancia las medidas de apercibimiento" multa y
suspensión" impuestas por la 3+icina de /ontrol de la
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+ijar la metodología pertinente y ejercer el control de la aplicación de los +ondos
respecti#os dando cuenta a la 1ala Plena de la /orte 1uprema.,, /oordinar con la -cademia de la
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1! a /onstitución Política de 5BB6 establece que la 0ep%blica del Per% es una e
indi#isible y que el Estado es democr'tico" independiente y soberano."! El ?obierno Peruano es unitario" representati#o y descentrali2ado" se organi2a
seg%n el principio de la di#isión de poderes y los representantes de los poderes
son elegidos por el pueblo" en comicios democr'ticos.3! a potestad de administrar justicia emana del pueblo y de acuerdo a la
/onstitución es ejercida por el Poder Judicial" a tra#!s de sus di#ersas instancias.#! En el Per%" la administración judicial empie2a a ni#el de los Ju2gados de Pa2 no
etrados y de los Ju2gados de Pa2 etrados" que solucionan casos de +altas a la
ley.
CONSEJO EJECUTIVO:
El /onsejo Ejecuti#o" es el órgan de dirección ' gestión del Pder Judicial que tiene
a su cargo las +unciones y atribuciones se9aladas en la ey 3rg'nica del Poder Judicial.
-sume la dirección t!cnicoCadministrati#a del Poder Judicial y de los 3rganismos
se9alados por ley.
El /onsejo Ejecuti#o tiene domicilio y sede en la ciudad de ima y ejerce sus +unciones y
atribuciones en todo el territorio nacional de acuerdo a la ey 3rg'nica del Poder Judicial
y sus 0eglamentos.
EL CONSEJO EJECUTIVO EST$ INTEGRADO POR:
a) El Presidente del Poder Judicial" quien lo preside y tiene #oto simple y #oto
dirimente4
b) &os Jueces 1upremos elegidos por la 1ala Plena de la /orte 1uprema4
c) Dn Jue2 1uperior :itular en ejercicio elegido por los Presidentes de las /ortes
1uperiores de Justicia de la 0ep%blica4
d) Dn Jue2 :itular Especiali2ado o
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El mandato de los integrantes del /onsejo Ejecuti#o del Poder Judicial dura dos
a9os.Para la designación del Jue2 1uperior :itular" cada 1ala Plena de las /ortes
1uperiores elegir' un candidato" y los Presidentes de /ortes 1uperiores" mediante
su+ragio directo" elegir'n al integrante del /onsejo Ejecuti#o del Poder Judicial.
Para la designación del miembro se9alado en inciso * del presente artículo" los juecesespeciali2ados o mi$tos titulares elegir'n a un representante por cada distrito judicial" los
que se reunir'n para elegir entre ellos al Jue2 que integrar' el /onsejo Ejecuti#o del
Poder Judicial.
En tanto que se encuentren en el ejercicio de sus cargos" los miembros del /onsejo
Ejecuti#o a que se re+iere los incisos 6*" * y F* de este artículo tienen las mismas
prerrogati#as" categorías y consideraciones que los Jueces 1upremos.
En caso de impedimento del Presidente del /onsejo Ejecuti#o" asume el cargo el Jue21upremo m's antiguo integrante del /onsejo.
El /onsejo Ejecuti#o se re%ne en sesiones 3rdinarias y E$traordinarias. as sesiones
ordinarias se reali2an cuatro #eces al mes. as 1esiones E$traordinarias se reali2an
cuando lo con#oque el Presidente del /onsejo Ejecuti#o o lo soliciten cuando menos tres
de sus miembros.
El Guórum est' compuesto por la mitad m's uno del n%mero total de /onsejeros. osacuerdos se adoptan por mayoría simple. as inasistencias injusti+icadas" se sancionan
con multa equi#alente a tres días de haber total" y se registra en el escala+ón. En caso de
reincidencia" adem's se publicar' en el &iario 3+icial.
/ada /onsejería contar' con un equipo pro+esional t!cnico especiali2ado en derecho"
para asesorarlo seg%n los requerimientos y necesidades de cada /onsejero
¿CU$LES SON LOS ÓRGANOS INSTITUCIONALES?
1% Ju#gads de Pa# n Letrads in#estigan y sancionan casos de +altas menores y
+uncionan en los pueblos" caseríos y distritos peque9os" donde no hay mucho
mo#imiento judicial. Para que desempe9e este cargo" el mismo pueblo elige a una
persona de prestigio" probidad y honestidad" que no necesita ser abogado. os
Jueces de Pa2 no etrados dependen de cada /orte 1uperior de Justicia" que
rati+ica su nombramiento.
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"% Ls Ju#gads de Pa# Letrads son creados para administrar justicia en
determinadas 2onas rurales y urbanas y su 'mbito de acción" generalmente" son
uno" dos o m's distritos. -hí se #en casos de menor cuantía o de r'pida solución y
dependen igualmente de la /orte 1uperior" que determina el lugar donde #an a
+uncionar. Esos ju2gados resuel#en tambi!n las apelaciones de los Ju2gados dePa2 no etrados.
3% Ls Ju#gads Es&eciali#ads 5i6ts" dependen de la /orte 1uperior y
+uncionan en una pro#incia. /omo su nombre lo indica" los Ju2gados
Especiali2ados est'n dedicados a ju2gar sobre determinados asuntos que pueden
ser /i#iles" Penales" de :rabajo" de @amilia" de &elitos -duaneros y de &elitos
:ributarios. os Ju2gados
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SON ÓRGANOS JURISDICCIONALES DEL PODER JUDICIAL:
a) L' C()*+ S,-)+.' /+ J,0*2'" con sede en la capital de la 0ep%blica. 1u
jurisdicción comprende todo el territorio de la 0ep%blica. E$amina" en
re#isión" los asuntos sentenciados en las cortes superiores de la 0ep%blica.1us +allos son inapelables. El Presidente de la /orte 1uprema lo es tambi!n
del Poder Judicial. a 1ala Plena de la /orte 1uprema es el órgano m'$imo
de deliberación del Poder Judicial.
Est' con+ormada por los magistrados,
b) as C()*+0 S,-)+.'0" con sede en la capital del distrito judicial que se9ala
la ley.c) os ,45'/(0 267+08 -+'7+0 +0-+2'7+0" así como los ju2gados de pa2
letrados en los lugares que determina la ley.d) L(0 ,45'/(0 /+ -'4 en todos los centros poblados del país.
LOS PRINCIPIOS ; DERECHOS DE LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL SON LOS
SIGUIENTES:
5. a unidad y e$clusi#idad de la @unción Jurisdiccional.. =ndependencia del Poder Judicial.
6. 3bser#ancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional.. Publicidad en los procesos.F. a moti#ación escrita de las resoluciones judiciales en todas sus instancias.. Pluralidad de =nstancia.K. a indemni2ación por los errores judiciales en materia penal y por las
detenciones arbitrarias" sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere
lugar.7. El principio de no dejar de administrar justicia por #acío o de+iciencia de la
ley.B. a inaplicabilidad por analogía de la ley penal.
5L.El principio de no ser penado sin proceso judicial.55. a aplicación de la ley m's +a#orable al procesado en caso de duda o de
con+licto de leyes penales.5.(adie puede ser condenado en ausencia.56.a prohibición de re#i#ir procesos +enecidos con resolución ejecutoriada.5.El principio de no ser pri#ado del derecho a la de+ensa en ning%n estado del
proceso.
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5F.:oda persona debe ser in+ormada inmediatamente y por escrito de las
ra2ones de su detención.5.El principio de la gratuidad de la administración de Justicia.5K.1e encuentra prohibido ejercer +unción judicial por quien no ha sido
nombrado en la +orma pre#ista por la /onstitución o la ley.57.El derecho de toda persona de +ormular an'lisis y críticas a las resoluciones
y sentencias judiciales" con limitaciones de ley.5B.El derecho de los reclusos y sentenciados a ocupar establecimientos
adecuados.
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
INSTITUCIONES CONSTITUCIONALES AUTÓNOMAS
MINISTERIO PÚBLICO:
El
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b* a #igilancia de la legalidad.c* a promoción de una sana administración de la justicia.d* a denuncia inmediata de las leyes contrarias a la constitución" entre
una rica gama de acti#idades que se desparrama entre los
ministerios p%blicos de competencia com%n y +ederal."% EL FISCAL ES EL TITULAR DE LA ACCIÓN PENAL PÚBLICA:
El +iscal debe in#estigar cualquier denuncia que llegue a su conocimiento. Dna #e2
que haya reali2ado las in#estigaciones debe dar una denuncia penal" si es que
!ste se encuentra de acuerdo a la ley" ante el Poder Judicial" luego debe disponer
a que se proceda la acusación correspondiente.
CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA:
Es una institución autónoma que +ue creada por la /onstitución de 5BKB. El
/onsejo de la
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deberes de la administración del Estado y la prestación de los ser#icios p%blicos a
la población.
El &e+ensor del Pueblo es el titular de la &e+ensoría. 0epresenta y dirige la
institución. Es elegido por el /ongreso de la 0ep%blica por un período de cincoa9os. ?o2a de total independencia para el cumplimiento de las +unciones que la
/onstitución le con+iere. 1e rige por la /onstitución y su ey 3rg'nica.
El &e+ensor del Pueblo" no desempe9a +unciones de jue2 ni +iscal. Iusca solución
a problemas concretos antes que acusación a los culpables. En consecuencia" no
dicta sentencias" ni ordena detenciones" ni impone multas. 1u poder descansa en
la persuasión" en las propuestas de modi+icación de conducta que +ormule en sus
recomendaciones" en el desarrollo de estrategias de protección pre#enti#a" en lamediación que asume para encontrar soluciones y en su capacidad de denuncia
p%blica en casos e$tremos.
El “ombudsman” del derecho escandina#o controla a los +uncionarios a tra#!s de
la in+ormación que circula acerca de su desempe9o de+iciente.
* A*)
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incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial y ser'n
independientes e inamo#ibles en el ejercicio de su mandato.
'% A*)
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as +altas son in+racción in#oluntaria de la ley" ordenan2a o reglamento" a la cual se
se9ala una sanción le#e" por ejemplo" una ri9a callejera" el arrojar basura en lugares
prohibidos" etc.
a) Ju#gads de Pa# 8 Letrads=n#estigan y sentencian en casos de +altas
menores" de acuerdo a su competencia.b) Ju#gads de Pa# Letrads0esuel#en las apelaciones reali2adas sobre las
sentencias de los ju2gados de Pa2 (o etrados.=n#estigan y sentencian en casos
de +altas" de acuerdo con su competencia.c) Ju#gads Es&eciali#ads 5i6ts. =n#estigan o reali2an instrucción de los
casos que les son presentados )Procesos 3rdinarios*.=n#estigan y sentencian en
los procesos sumarios y especiales.0esuel#en las apelaciones reali2adas sobre
las sentencias de los Ju2gados de Pa2 etrados.d) Crtes %u&erires0eali2an el ju2gamiento o juicio oral en los procesos
ordinarios.0esuel#en las apelaciones reali2adas sobre las sentencias de los
ju2gados especiali2ados o mi$tos.e) Crte %u&remaEs la %ltima instancia ante la cual se pueden apelar todos los
procesos judiciales que pro#ienen de cualquier /orte 1uperior de justicia.
E8 9ODO CA%O JUDICIAL %IE5PRE :A; DO% PAR9E%7el demandante )la persona o
institución que inicia el proceso* y el demandado )la persona o institución sobre la que se
inicia el proceso*. /uando se inicia un proceso judicial ambas partes presentan al jue2
pruebas y alegatos con la +inalidad de demostrar que tienen la ra2ón. Ias'ndose en ello y
en su criterio" el jue2 toma una decisión que se conoce con el nombre de sentencia. 1i
una persona no est' con+orme con la sentencia puede apelar a la instancia superior.
El artículo 56BN de la /onstitución Política del Per% se9ala que el Poder Judicial" a tra#!s
de sus Mrganos Jurisdiccionales, >es el %nico llamado a administrar justicia en todo el
territorio nacional" con e$cepción de la e$tensión jurisdiccional y el derecho
consuetudinario" precisado en el artículo 5BN de la /arta .
BIBLIOGRAFA
5* http,OOhistorico.pj.gob.peOconocenos.asptemaQhistoria
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* https,OORRR.pj.gob.peORpsORcmOconnectO/orte1upremaOsScortesSsupremaShomeOa
sSpoderSjudicialOasScorteSsupremaOasSconsejoSejecuti#oOasS+uncionesO6* https,OORRR.pj.gob.peORpsORcmOconnectO/orte1upremaOsScortesSsupremaShomeOa
sSpoderSjudicialOasScorteSsupremaOasSconsejoSejecuti#oOasSorgani2acionO.* http,OOes.slideshare.netO+rede++iolOelCestadoCperuanorelatedQF
F* http,OOes.slideshare.netOnidel#iOestructuraCdelCestadoCperuanoC5B5relatedQ6
https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/CorteSuprema/s_cortes_suprema_home/as_poder_judicial/as_corte_suprema/as_consejo_ejecutivo/as_funciones/https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/CorteSuprema/s_cortes_suprema_home/as_poder_judicial/as_corte_suprema/as_consejo_ejecutivo/as_funciones/https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/CorteSuprema/s_cortes_suprema_home/as_poder_judicial/as_corte_suprema/as_consejo_ejecutivo/as_organizacion/https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/CorteSuprema/s_cortes_suprema_home/as_poder_judicial/as_corte_suprema/as_consejo_ejecutivo/as_organizacion/http://es.slideshare.net/fredeffiol/el-estado-peruano?related=5https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/CorteSuprema/s_cortes_suprema_home/as_poder_judicial/as_corte_suprema/as_consejo_ejecutivo/as_organizacion/https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/CorteSuprema/s_cortes_suprema_home/as_poder_judicial/as_corte_suprema/as_consejo_ejecutivo/as_organizacion/http://es.slideshare.net/fredeffiol/el-estado-peruano?related=5https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/CorteSuprema/s_cortes_suprema_home/as_poder_judicial/as_corte_suprema/as_consejo_ejecutivo/as_funciones/https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/CorteSuprema/s_cortes_suprema_home/as_poder_judicial/as_corte_suprema/as_consejo_ejecutivo/as_funciones/