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Mariano R Carcionecretario
///nos Aires, 28 de diciembre de 2011.
Y VISTOS:
Se renen los seores jueces de este Tribunal Oral en lo Criminal
Federal n 5, doctores Daniel Horacio Obligado, Ricardo Luis Faras y Germn
Andrs Castelli, presidido por el primero de los nombrados, asistidos por el
secretario Dr. Mariano R. Carcione, con el objeto de rubricar y dar lectura a los
fundamentos de la sentencia cuyo veredicto obra a fs. 7.250/7.264 vta., que se
dictara con motivo del debate oral y pblico llevado a cabo en la presente causa
n 1270 caratulada DONDA, Adolfo Miguel s/ infraccin al art. 144 ter, prrafo
1 del Cdigo Penal -ley 14.616- y sus acumuladas n 1271 caratulada Acosta,
Jorge Eduardo; Astiz, Alfredo Ignacio; Pernas, Antonio; Roln, Juan Carlos;
Weber, Ernesto Frimn; Garca Velasco, Pablo Eduardo; Coronel, Julio Csar y
Radice, Jorge Carlos s/ infraccin arts. 144 bis inc. 1 y ltimo punto -ley
14.616- y 167 inc. 2 del Cdigo Penal; n 1275 caratulada Montes, Oscar
Antonio y Capdevila, Carlos Octavio s/infraccin art. 144 ter, primer prrafo del
C.P -segn ley 14.616-; n1276 caratulada Fotea, Juan Carlos s/infraccin art.
144 bis inc. 1 y ltimo prrafo -ley 14.616- y 167 inc. 2 del C.P.; n 1277
caratulada Acosta, Jorge Eduardo, Astz, Alfredo Ignacio, Azic, Juan Antonio,
Capdevila, Carlos Antonio, Donda, Adolfo, Garca Tallada, Manuel Jacinto,
Montes, Oscar Antonio, Scheller, Ral Enrique y Pernas, Antonio s/ inf. Art.
144 ter, -segn ley 14.616-" -Testimonios A-; n 1278 caratulada Savio, Nstor
Omar, Gonzlez, Alberto Eduardo, Acosta Jorge Eduardo, Astz, Alfredo
Ignacio, Scheller, Ral Enrique, Pernas Antonio, Weber, Ernesto Frimn,
Radice, Jorge Carlos, Roln, Juan Carlos, Coronel, Julio Csar y Fotea, Juan
Carlos s/ inf. Art. 144 ter, 1 prrafo -segn ley 14.616- -Testimonios B-; n
1.298 caratulada Cavallo, Ricardo Miguel s/inf. Art. 144 ter, 1 prrafo del
C.P.- segn ley 14.616- y n 1.299 caratulada Cavallo, Ricardo Miguel s/inf.
Art.144 bis, inc. 1 y ltimo prrafo segn ley 14.616- y Art. 167, inc. 2 del
C.P., todas del registro de la Secretara de este tribunal, y seguidas contra
OSCAR ANTONIO MONTES, argentino, nacido el 17 de marzo de 1924 en
Capital Federal, hijo de Florentino y de Estela Curtis, viudo, identificado con
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D.N.I. n 4.213.485 y C.I. n 2.010.981, de ocupacin Vicealmirante (RE) de la
Armada Argentina, con domicilio real en la calle Tte. Gral. Lonardi n 3391,
Beccar, San Isidro, provincia de Buenos Aires, actualmente detenido bajo el
rgimen de prisin domiciliaria; MANUEL JACINTO GARCIA TALLADA,
argentino, nacido el 22 de septiembre de 1924 en Lincoln, provincia de Buenos
Aires, hijo de Manuel Garca Fernndez y de Luisa Tallada, casado, identificado
con L.E. n 4.457.395 y C.I. n 2.166.678, de ocupacin Contralmirante (RE) de
la Armada Argentina, con domicilio real en la calle Pacheco 271, Martnez,
provincia de Buenos Aires, actualmente detenido bajo el rgimen de prisin
domiciliaria, asistidos ambos por los seores Defensores Oficiales ad hoc
Dres. Carlos Lpez Camelo, Matas P. Pieiro y Hugo Fabin Celaya; ADOLFO
MIGUEL DONDA TIGEL, argentino, nacido el 1 de junio de 1946 en
Diamante, provincia de Entre Ros, hijo de Adolfo Donda y de Catalina Tigel,
casado, identificado con D.N.I. n 8.345.054, de ocupacin Capitn de Fragata
(RE) de la Armada Argentina, actualmente detenido y alojado en el Complejo
Penitenciario Federal I -Ezeiza-; CARLOS OCTAVIO CAPDEVILA,
argentino, nacido el 5 de junio de 1946 en la ciudad de Santiago del Estero, hijo
de Carlos Octavio y de Mara Beatriz Aleaga, casado, identificado con C.I. n
8.741.103 y D.N.I. n 7.991.075, de ocupacin Capitn de Corbeta Mdico de la
Armada Argentina, actualmente detenido y alojado en el Complejo Penitenciario
Federal I -Ezeiza-; JORGE EDUARDO ACOSTA, argentino, nacido el 27 de
mayo de 1941 en Capital Federal, hijo de Jorge Eduardo y de Mara Rosala
Villani, separado de hecho, identificado con D.N.I. n 5.190.338, C.I. n
4.753.970, de ocupacin Capitn de Fragata (RE) de la Armada Argentina,
actualmente detenido y alojado en el Complejo Penitenciario Federal I -Ezeiza-;
JORGE CARLOS RADICE, argentino, nacido el 4 de noviembre de 1951 en
Capital Federal, hijo de Augusto Carlos y de Filomena Mercedes Barbiero,
soltero, identificado con D.N.I. n 8.659.467, Teniente de Fragata (RE) de la
Armada Argentina, actualmente detenido y alojado en el Complejo Penitenciario
Federal II -Marcos Paz-, todos asistidos por el Defensor Pblico Oficial Dr.
Vctor Valle y los Defensores Oficiales ad hoc Dres. Guillermo Todarello y
Miriam Susana Pozzo; JUAN ANTONIO AZIC, argentino, nacido el 12 de
septiembre de 1941 en Capital Federal, hijo de Mateo y de Mara Tadic, viudo,
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identificado con D.N.I. n 7.717.537 y C.I. n 5.042.797, Suboficial (RE) de la
Prefectura Naval Argentina, actualmente detenido e internado en la Clnica
Psiquitrica San Jorge; JUAN CARLOS FOTEA, argentino, nacido el 12 de
octubre de 1950 en Junn, provincia de Buenos Aires, hijo de Domingo y de
Mara Anglica Dimieri, identificado con D.N.I. 6.820.046, viudo, de ocupacin
Suboficial (RE) de la Polica Federal Argentina, actualmente detenido y alojado
en el Complejo Penitenciario Federal II -Marcos Paz-; ERNESTO FRIMON
WEBER, argentino, nacido el 22 de julio de 1931 en Capital Federal, hijo de
Ernesto y Mara Bigi, casado, identificado con D.N.I. n 4.068.120, de
ocupacin Oficial (RE) de la Polica Federal Argentina, con domicilio real en la
calle Virgilio 1245 de Capital Federal, actualmente detenido bajo el rgimen de
prisin domiciliaria, todos asistidos por el Defensor Auxiliar de la Defensora
General de la Nacin Dr. Ricardo Richiello y la Defensora Pblica Oficial ad
hoc Dra. Mara Jos Turano; ALFREDO IGNACIO ASTIZ, argentino, nacido
el 8 de noviembre de 1951 en Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, hijo de
Alfredo Bernardo y Mara Elena Vzquez, soltero, identificado con D.N.I. n
10.225.161 y C.I. n 6.569.510, de ocupacin Capitn de Fragata de la Armada
Argentina, actualmente detenido y alojado en el Complejo Penitenciario Federal
II -Marcos Paz-, asistido por los Defensores Pblicos Oficiales ad hoc Dres.
Juan Mendilaharzu y Rosana Marini; ANTONIO PERNIAS, argentino, nacido
el 17 de diciembre de 1946 en la ciudad de Crdoba, hijo de Salvador y de
Magda Elena Basterrei, casado, identificado con D.N.I. n 8.351.107, de
ocupacin Capitn de Fragata (RE) de la Armada Argentina, actualmente
detenido y alojado en el Complejo Penitenciario Federal I -Ezeiza-, asistido por
el Defensor Auxiliar de la Defensora General de La Nacin Dr. Lucas Tassara y
el Defensor Oficial ad hoc Dr. Fernando Lpez Robbio; JULIO CESAR
CORONEL, argentino, nacido el 7 de marzo de 1936 en Monteros, provincia de
Tucumn, hijo de Guillermo Coronel Paz y de Asunta Calamandrei, casado,
identificado con L.E. n 4.851.005, de ocupacin Mayor (RE) del Ejrcito
Argentino, con domicilio real en la calle Vidala y Chacarera, establecimiento
La Maga del Barrio M. Burica, localidad de Capilla del Seor, partido de
Exaltacin de la Cruz, provincia de Buenos Aires, actualmente detenido bajo el
rgimen de prisin domiciliaria, asistido por el letrado particular Dr. Guillermo
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F. Coronel; RAUL ENRIQUE SCHELLER, argentino, nacido el 7 de julio de
1945 en Capital Federal, hijo de Ral Gustavo y de Elvira Ojam, casado,
identificado con D.N.I. n 4.642.837 y C.I. 4.869.884, de ocupacin Capitn de
Navo de la Armada Argentina, actualmente detenido y alojado en el Complejo
Penitenciario Federal II -Marcos Paz-; ALBERTO EDUARDO GONZALEZ,
argentino, nacido el 26 de octubre de 1950 en Capital Federal, hijo de Francisco
Alberto y de Ins Edith Di Lorenzo, divorciado, identificado con D.N.I. n
8.333.649, de ocupacin Capitn de Corbeta (RE) de la Armada Argentina,
actualmente detenido y alojado en el Complejo Penitenciario Federal II -Marcos
Paz-; JUAN CARLOS ROLON, argentino, nacido el 6 de octubre de 1948 en
esta ciudad, hijo de Eduardo Walter y de Marta Susana Tassier, casado,
identificado con D.N.I. n 5.400.031, Capitn de Fragata (RE) de la Armada
Argentina, actualmente detenido y alojado en el Complejo Penitenciario Federal
II -Marcos Paz-; PABLO EDUARDO GARCIA VELASCO, argentino, nacido
el 10 de noviembre de 1946 en Ramos Meja, provincia de Buenos Aires, hijo de
Pablo y de Joaquina Hortensia Velasco, soltero, identificado con D.N.I. n
4.555.728, de ocupacin Capitn de Corbeta (RE) de la Armada Argentina,
actualmente detenido e internado en el Hospital Naval Dr. Pedro Mallo;
NESTOR OMAR SAVIO, argentino, nacido el 16 de abril de 1946 en Capital
Federal, hijo de Carlos y de Yolanda Damonte, casado, identificado con D.N.I.
n 4.547.881, casado, de ocupacin Capitn de Fragata (RE) de la Armada
Argentina, actualmente detenido y alojado en el Instituto Penal Federal Campo
de Mayo Unidad n 34, todos asistidos por el letrado particular Dr. Sebastin
Olmedo Barrios; RICARDO MIGUEL CAVALLO, argentino, nacido el 29 de
septiembre de 1951 en la ciudad de Buenos Aires, hijo de Oscar Antonio y de
Irene Decia, viudo, identificado con D.N.I. n 10.225.159, de ocupacin Capitn
de Corbeta (RE) de la Armada Argentina, actualmente detenido y alojado en el
Complejo Penitenciario Federal II -Marcos Paz-; actualmente defendido por la
Defensora Oficial, Dra. Daniela Maza; en las que resultan vctimas, conforme los
requerimientos de elevacin a juicio del Representante del Ministerio Pblico
Fiscal, las que a continuacin se detallan: Graciela Alberti, Vctor Melchor
Basterra, Mara Elsa Martnez, Jos Luis Hazan, Josefina Villaflor, Enrique
Ardeti, Fernando Brodsky, Juan Carlos Anzorena, Juan Carlos Jos
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Chiaravalle, Enrique Mario Fukman, Susana Beatriz Leiracha de Barros,
Thelma Dorothy Jara de Cabezas, Raimundo Anbal Villaflor, Laura Alicia
Reboratti, Sergio Martn Bejerman, Alice Anne Marie Jeanne Domon, ngela
Auad, Mara Ester Ballestrino de Careaga, Raquel Bullit, Eduardo Gabriel
Horane, Patricia Cristina Oviedo, Mara Eugenia Ponce de Bianco, Remo
Carlos Berardo, Jos Julio Fondovila, Horacio Anbal Elbert, Azucena
Villaflor de De Vincenti, Renee Leonnie Henriette Duquet, Rodolfo Jorge
Walsh, Lisandro Ral Cubas, Sara Solarz, Carlos Alberto Garca, Mara
Amalia Larralde, Martn Toms Gras, Ricardo Hctor Coquet, Nilda Noem
Actis, Carlos Gregorio Lordkipanidse, Carlos Muoz, Lzaro Jaime Gladstein,
Vctor Anbal Fatala, Ana Mara Mart, Arturo Osvaldo Barros, Silvia
Wikinsky, Patricia Flynn, Marianela Galli, Felisa Violeta Wagner, Lila
Victoria Pastoriza, Mara Ins Imaz, Alicia Elisa Tokar, Guillermo Olivieri,
Josefina Prada, Mario Galli, Graciela Beatriz Daleo, Alfredo Julio Margari,
Alcira Fidalgo, Arnaldo Rodolfo Gremico, Orlando Virgilio Yorio, Francisco
Jalics, Osvaldo Rubn Cheula, Luis Alberto Vzquez, Alejandro Monforte,
Rodolfo Luis Picheni, Carlos Oscar Loza, Hctor Guelfi, Oscar Alberto
Repossi, Silvia Labayr, Nilva Zuccarino, Santiago Lennie, Sandra Lennie,
Carlos Figueredo Ros, Edmundo Landn, Mara Elisa Hachmann de Landn,
Marcelo Hernndez, Mara Alicia Milia, Ariel Aisenberg, Daniel Aisenberg,
Daniel Marcelo Schapira, Jos Mara Salgado, Mara Cristina Lennie, Hugo
Csar Bogarn, Alejandra Lpido, Alberto Ahumada, Mara Laura Tacca de
Ahumada, Andrs Ramn Castillo, Jorge Caffatti, Mara Eva Bernst de
Hansen, Ana Mara Testa; que actan como letrados apoderados de la querella
representada por Vctor Melchor Basterra, los doctores Rodolfo Yanzn, Mara
Mnica Gonzlez Vivero, Eugenia Rodriguez, Luz Palmas Zalda, Oscar Adrin
Gmez, Flavia Fernandez Brozzi, Ana Luca Tejera y Natalia Jcano; por la
querella unificada en cabeza de Mauricio Brodsky y Sara Silberg de Brodsky los
letrados apoderados, doctores. Carolina Varsky, Gastn Chillier, Paula Andrea
Litvachky, Diego Romn Morales, Rodrigo Diego Borda, Gabriela Laura
Kletzel, Jos Nebbia, Daiana Fusca, Denise Sapozznik, Facundo Capurro
Robles, Santiago Felgueras y Agustn Chit; los doctores. Martn Rico, Pablo
Barbuto y Pablo Gargiulo en representacin de la Secretara de Derechos
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Humanos del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la
Nacin; por la querella unificada en Gabrielle J. T. Domon y Michel L. M.
Janningros, los letrados apoderados doctores Horacio Mndez Carreras y Luis
Zamora; y por la querella encabezada por Patricia Walsh, los letrados
patrocinantes doctores Luis Bonomi, Myriam Bregman, Sabrina N. Dentone,
Pedro Dinani, Claudia Ferrero, Liliana Mazea, Liliana Molinari y Elea Peliche; y
como representantes del Ministerio Pblico Fiscal, los doctores. Pablo E. Ouvia
y Mirna Goransky, titulares de la Unidad de Asistencia para causas por
violaciones a los Derechos Humanos durante el terrorismo de Estado, y la
doctora Mara Piqu como Fiscal ad hoc.
RESULTA:
I. REQUERIMIENTOS DE ELEVACION A JUICIO.
1. Requerimientos de elevacin a juicio de la causa n 1.270.
A fs. 17.215/94 obra el requerimiento de elevacin a juicio suscripto
por el seor Procurador Fiscal, Dr. Eduardo Ral Taiano quien encontr
concluida la etapa instructoria y mrito para enrostrar a Adolfo Miguel Donda
Tigel la comisin de los delitos de tormentos, en calidad de coautor, en relacin
al hecho perpetrado contra Graciela Alberti; de tormentos agravados por ser las
vctimas perseguidos polticos, reiterado en once oportunidades, en calidad de
coautor, en perjuicio de Vctor Melchor Basterra, Mara Elsa Martnez, Jos Luis
Hazan, Josefina Villaflor, Enrique Ardeti, Fernando Brodsky, Juan Carlos
Anzorena, Juan Carlos Jos Chiaravalle, Enrique Mario Fukman, Susana Beatriz
Leiracha de Barros y Thelma Dorothy Jara de Cabezas y de tormentos
doblemente agravados por ser la vctima perseguido poltico y por haber
resultado su muerte, en calidad de coautor, respecto de los hechos cometidos
contra Raimundo Anbal Villaflor (arts. 2, 45, 55 y 144 ter, primero, segundo y
tercer prrafos segn texto de la Ley 14.616- del Cdigo Penal).
Para tal extremo tuvo por acreditado que el nombrado se
desempe, desde noviembre de 1.978 hasta 1.980, en su calidad de Teniente de
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Navo, como jefe del Sector Operaciones del G.T. 3.3/2, y que, a partir de agosto
de 1.980 y hasta 1.982, lo hizo como Capitn de Corbeta y segundo jefe del
Sector Inteligencia.
Asimismo, sostuvo que ms all de la asignacin formal dentro del
rea de Operaciones en el perodo en cuestin Donda Tigel mantena una
supervisin constante sobre los detenidos y participaba en los interrogatorios;
actividades que consider especficas del personal de Inteligencia del Grupo de
Tareas 3.3/2. De esta manera, afirm que Donda Tigel no slo cumpla con
funciones propias de su desempeo ejecucin de los secuestros, robo de
automviles y saqueo de las viviendas de los secuestrados- sino que realiz
tareas de otras divisiones; lo que, a su parecer, era demostrativo de la libertad y
jerarqua con la que aqul operaba.
As, el seor Fiscal imput concretamente a Donda Tigel el haber
aplicado tormentos, consistentes en pasajes de corriente elctrica y golpes, y con
el fin de obtener informacin, a Graciela Alberti, Vctor Melchor Basterra,
Susana Beatriz Leiracha, Mara Elsa Martnez, Jos Luis Hazn y Josefina
Villaflor, Enrique Nstor Ardeti, Fernando Rubn Brodsky, Juan Carlos
Anzorena, Juan Carlos Jos Chiaravalle, Enrique Mario Fukman y Thelma
Dorothy Jara de Cabezas y respecto de estos once ltimos, adems, en razn del
signo poltico por ellos elegido; los que tuvieron lugar en el stano del casino de
oficiales de la E.S.M.A. y en oportunidad de hallarse detenidos en esa
dependencia naval. Detenciones que se materializaron los das 17 de marzo de
1.980, 10, 21, 4, 3, 6, 14, 12 y 14 de agosto de 1.979, 18 de noviembre de 1.978
y 30 de abril de 1.979, respectivamente.
Asimismo, tuvo por probado que Donda Tigel aplic tormentos, que
consistieron en pasajes de corriente elctrica y golpes y con el fin de obtener
informacin, a Raimundo Anbal Villaflor, los cuales le causaron su muerte;
hechos que ocurrieron en el stano del casino de oficiales de la mencionada
dependencia, donde se hallaba detenido.
A fs. 15.178/15.189 obra el requerimiento de elevacin a juicio
formulado por Horacio Verbitsky, presidente del Centro de Estudios Legales y
Sociales (CELS) y Carolina Varsky, abogada apoderada de Nlida del Carmen
Pizarro de Fidalgo, Daniel Tarnopolsky, Anglica Paula Sosa de Mignone, Sara
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y Mauricio Brodsky, Gladys y ngel Lepiscopo, Mara Marta Ocampo Vzquez
y Len Ferrari del Pardo, con el patrocinio letrado del Dr. Verbitsky y de la Dra.
Florencia Plazas, quienes encontraron concluida la etapa instructoria y mrito
suficiente para endilgarle a Adolfo Miguel Donda Tigel la comisin del delito de
privacin ilegtima de la libertad seguida de tormentos, en calidad de autor
mediato, de Enrique Mario Fukman, Thelma Doroty de Cabezas y Graciela
Alberti y, en calidad de autor directo, de Vctor Melchor Basterra, Susana
Beatriz Leiracha, Raimundo Anbal Villaflor, Mara Elsa Martnez, Jos Luis
Hazan, Josefina Villaflor, Enrique Ardetti, Fernando Rubn Brodsky, Juan
Carlos Anzorena y Juan Carlos Chiaravalle en los trminos de los delitos de
privacin ilegal de la libertad cometida por funcionario pblico, agravada por
haberse cometido mediante violencias o amenazas y tormentos doblemente
agravados por haber sido impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su
guarda y por la condicin de perseguido poltico de la vctima, reiterados en
treinta y cuatro oportunidades, los que concurren materialmente entre s, en
calidad de coautor. (arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis, inc. 1, 144 ter, primer y
segundo prrafo, del Cdigo Penal texto segn ley 14.616).
Por otra parte, a fs. 15.198/16.001 se encuentra agregado el
requerimiento de elevacin a juicio formulado por Ramn Torres Molina,
abogado apoderado de la asociacin Abuelas de Plaza de Mayo, con el
patrocinio letrado de Luciano A. Hazan, quienes tambin encontraron concluida
la etapa instructoria y mrito suficiente para atribuirle a Adolfo Miguel Donda
Tigel la comisin del delito de privacin ilegtima de la libertad seguida de
tormentos, en calidad de autor mediato, de Enrique Mario Fukman, Thelma
Doroty Jara de Cabezas y Graciela Alberti y, en calidad de autor directo, de
Vctor Melchor Basterra, Susana Beatriz Leiracha, Raimundo Anbal Villaflor,
Mara Elsa Martnez, Jos Luis Hazan, Josefina Villaflor, Enrique Ardetti,
Fernando Rubn Brodsky, Juan Carlos Anzorena y Juan Carlos Chiaravalle en
los trminos de los delitos de privacin ilegal de la libertad cometida por
funcionario pblico, agravada por haberse cometido mediante violencias o
amenazas y tormentos doblemente agravados por haber sido impuestos por
funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la condicin de perseguido
poltico de la vctima, reiterados en treinta y cuatro oportunidades, los que
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concurren materialmente entre s, en calidad de coautor. (arts. 45, 55, 142, inc.
1, 144 bis, inc. 1, 144 ter, primer y segundo prrafo, del Cdigo Penal texto
segn ley 14.616).
A fs. 16.002/16.020 obra el requerimiento de elevacin a juicio
formulado por Mnica Gnzalez Vivero y Rodolfo Yanzn, en
representacin de los querellantes , quienes encontraron concluida la etapa
instructoria y mrito suficiente para imputar a Adolfo Miguel Donda Tigel la
comisin de los delitos de privacin ilegal de la libertad cometida por
funcionario pblico, agravada por haber sido ejecutada mediante violencias o
amenazas y tormentos doblemente agravados por haber sido impuestos por
funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la condicin de perseguido
poltico de la vctima, reiterados en trece oportunidades, los que concurren
materialmente entre s, en calidad de coautor (arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis,
inc. 1, 144 ter, primer y segundo prrafo, del Cdigo Penal texto segn ley
14.616).
Por otra parte, a fs. 16.034/16.043 se encuentra agregado el
requerimiento de elevacin a juicio formulado por Alcira E. Ros, letrada
apoderada de Carmen Rondin de Cobo, Cecilia Fernndez de Vias, Anglica
Chimero de Bauer, Adriana Luisa Reinhold y Claudia Ruiz, quien tambin
encontr concluida la etapa instructoria y mrito suficiente para atribuirle a
Adolfo Miguel Donda Tigel la comisin del delito de privacin ilegtima de la
libertad seguida de tormentos, en calidad de autor mediato, de Enrique Mario
Fukman, Thelma Doroty Jara de Cabezas y Graciela Alberti y, en calidad de
autor directo, de Vctor Melchor Basterra, Susana Beatriz Leiracha, Raimundo
Anbal Villaflor, Mara Elsa Martnez, Jos Luis Hazan, Josefina Villaflor,
Enrique Ardetti, Fernando Rubn Brodsky, Juan Carlos Anzorena y Juan Carlos
Chiaravalle en los trminos de los delitos de privacin ilegal de la libertad
cometida por funcionario pblico, agravada por haberse cometido mediante
violencias o amenazas y tormentos doblemente agravados por haber sido
impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la condicin
de perseguido poltico de la vctima, reiterados en treinta y cuatro oportunidades,
los que concurren materialmente entre s, en calidad de coautor. (arts. 45, 55,
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142, inc. 1, 144 bis, inc. 1, 144 ter, primer y segundo prrafo, del Cdigo Penal
-texto segn ley 14.616-).
2. Requerimientos de elevacin a juicio de la causa n 1.275.
I. A fs. 17.862/99 y 19.054/98 obran los requerimientos de
elevacin a juicio suscriptos por el seor Procurador Fiscal, Dr. Eduardo Ral
Taiano quien encontr concluida la etapa instructoria y mrito para enrostrar a
Oscar Antonio Montes la comisin del delito de tormentos, agravado por ser las
vctimas perseguidos polticos, reiterado en dos ocasiones, en calidad de autor
mediato, respecto de los hechos perpetrados contra Laura Alicia Reboratti y
Sergio Martn Bejerman; y a Carlos Octavio Capdevila el delito de tormentos,
agravado por ser la vctima una perseguida poltica, en calidad de coautor, en
relacin con el hecho que damnific a Thelma Doroty Jara de Cabezas (arts. 2,
45, 55 y 144 ter, primero y segundo prrafos segn texto de la Ley 14.616- del
Cdigo Penal).
Para tal extremo tuvo por acreditado que Montes se desempe,
desde enero de 1.976 hasta el 30 de mayo de 1.977, como Comandante de la
Fuerza de Tareas 3 de la Armada, a cuyo cargo se encontraba el Grupo de Tareas
3.3. Que, a partir de aquel momento se hizo cargo, con la jerarqua de
Vicealmirante, del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, dependiente del
Poder Ejecutivo Nacional, hasta el 30 de octubre de 1.978, en que renunci.
Asimismo, seal que el 1 de noviembre de aqul ao solicit
licencia y pase a situacin de retiro, la que se efectiviz el 1 de febrero de
1.979.
Por otra parte, imput a Montes el haber implementado la ejecucin
de las rdenes tendientes a combatir la subversin, consistente en aprehender a
presuntos sospechosos, mantenerlos clandestinamente en cautiverio, bajo
condiciones inhumanas de vida, someterlos a tormentos con el propsito de
obtener informacin, para finalmente ponerlos a disposicin del Poder Ejecutivo
Nacional o Poder Judicial o bien eliminarlos fsicamente.
Sostuvo que todas las decisiones urgentes que eran adoptadas por
sus subordinados, los partes relativos a los secuestros, las medidas adoptadas
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respecto de los detenidos y la decisin de los traslados o de la libertad eran
comunicadas inmediatamente a Montes, quien, a su vez, las elevaba de acuerdo a
la cadena de mandos prevista para la lucha contra la subversin.
De esta manera, el seor fiscal encontr probado que, mientras el
imputado se desempe como Comandante de la Fuerza de Tareas 3,
permanecieron clandestinamente en cautiverio en las dependencias de la
E.S.M.A., sufriendo condiciones inhumadas de alojamiento y tormentos, con el
fin de obligarlos a proporcionar informacin y en razn del signo poltico
elegido o por las relaciones que mantendran con supuestos opositores al rgimen
imperante, Laura Alicia Reboratti y Sergio Martn Bejerman; quienes fueron
privados de su libertad el 6 de julio y el 6 de septiembre de 1.976,
respectivamente.
Por ltimo, consider probado que Montes, por su ubicacin en la
cadena de mandos de la Armada, implement la ejecucin y revis las rdenes
ilegales padecidas por los nombrados precedentemente.
Por otra parte, afirm que Carlos Octavio Capdevila prest servicios
en la E.S.M.A. desde 1.979 hasta diciembre de 1.981, desempendose, en la
poca de los hechos, como un activo integrante del Grupo de Tareas 3.3/2, y que,
posteriormente, fue destinado al Hospital Naval de Ushuaia de Tierra del Fuego,
donde se desempe como Teniente de Navo Mdico en el Departamento de
Sanidad.
Agreg que, dentro de dicho grupo de tareas, particip como
miembro del Sector de Inteligencia y colabor en procedimientos realizados por
el Sector Operativo, ejerciendo un control efectivo sobre los detenidos en aquella
dependencia naval y sobre las decisiones que se adoptaron en relacin con ellos.
Asimismo, imput al nombrado haber aplicado a Jara de Cabezas,
durante dos sesiones de tortura practicadas en el stano del casino de oficiales de
la E.S.M.A. y en oportunidad en que se hallaba clandestinamente detenida en
carcter de secuestrada- desaparecida, descargas de corriente elctrica en todo su
cuerpo y golpes, con el fin de obtener informacin; asistiendo, adems, como
mdico con el objeto de controlar su estado de salud y hacer posible su
supervivencia. Detencin que se materializ el 30 de abril de 1.979.
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A fs. 11.502/6 obra el requerimiento de elevacin a juicio de
Graciela Beatriz Daleo y Mara Mnica Gonzlez Vivero en representacin
de los querellantes..., con el patrocinio letrado de los Dres. Mirtha Mntaras,
Luz M. Palmas Zalda y Leonel Curutchague, quienes encontraron concluida la
etapa instructoria y mrito para enrostrar a Carlos Octavio Capdevila la
comisin, en calidad de autor, de los delitos de privacin ilegal de la libertad
cometida por funcionario pblico, agravada por haberse ejecutado mediante
violencia o amenazas y tormentos doblemente agravados por haber sido
impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la condicin
de perseguido poltico de la vctima, reiterados en dos oportunidades, los que
concurren materialmente entre s, en relacin a los hechos que damnificaron a
Sara Solarz de Osatinsky y Thelma Dorothy Jara de Cabezas (arts. 45, 55, 142,
inc. 1, 144 bis, inc. 1, 144 ter, primer y segundo prrafo, -texto segn ley
14.616- del Cdigo Penal).
Por otra parte, a fs. 11.583/11.585 se encuentra agregado el
requerimiento de elevacin a juicio formulado por Alcira E. Ros, en
representacin de los querellantes, quien tambin encontr concluida la etapa
instructoria y mrito suficiente para enrostrar a Carlos Octavio Capdevila la
comisin, en calidad de autor, de los delitos previstos y reprimidos en los arts.
140, 144 bis ambos de la ley 23.077- y 144 ter, primer prrafo texto segn ley
14.616- del Cdigo Penal, en concurso real entre s (art. 55 del Cdigo Penal) en
relacin a los hechos que damnificaron a Sara Solarz de Osatinsky y Thelma
Dorothy Jara de Cabezas.
A fs. 11.633/7 luce el requerimiento de elevacin a juicio de
Horacio Verbitsky, en representacin del Centro de Estudios Legales y
Sociales, con el patrocinio letrado de Carolina Varsky, quienes encontraron
concluida la etapa instructoria y mrito suficiente para imputarle a Carlos
Octavio Capdevila la comisin, en calidad de autor, de los de los delitos
previstos y reprimidos en los arts. 140, 144 bis ambos de la ley 23.077- y 144
ter, primer prrafo texto segn ley 14.616- del Cdigo Penal, en concurso real
entre s (art. 55 del Cdigo Penal) en relacin a los hechos que damnificaron a
Sara Solarz de Osatinsky y Thelma Dorothy Jara de Cabezas.
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A fs. 16.397/407 obra el requerimiento de elevacin a juicio de
Mnica Gonzlez Vivero y Rodolfo Yanzn, ..en representacin de los
querellantes, quienes encontraron concluida la etapa instructoria y mrito
suficiente para enrostrar a Oscar Antonio Montes, en calidad de coautor, la
comisin, en relacin a los hechos que damnificaron a Sergio Martn Bejerman y
Laura Alicia Reboratti, de los delitos de privacin ilegal de la libertad cometida
por funcionario pblico, agravada por haberse ejecutado mediante violencias o
amenazas y tormentos doblemente agravados por haber sido impuestos por
funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la condicin de perseguido
poltico de la vctima, reiterados en dos oportunidades, los que concurren
materialmente entre s (arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer
y segundo prrafo texto segn ley 14.616- del Cdigo Penal).
A fs. 16.408/417 se encuentra glosado el requerimiento de elevacin
a juicio presentado por Horacio Verbitsky, presidente del Centro de Estudios
Legales y Sociales y Carolina Varsky, abogada apoderada de Nlida del Carmen
Pizarro de Fidalgo, Daniel Tarnopolsky, Anglica Paula Sosa de Mignone, Sara
y Mauricio Brodsky, Gladys y ngel Lepiscopo, Mara Marta OcampoVzquez
y Len Ferrari del Prado y Marina Girondo, con su patrocinio, quienes
encontraron concluida la etapa instructoria y mrito para enrostrar a Oscar
Antonio Montes la comisin, en relacin a los hechos que damnificaron a Sergio
Martn Bejerman y Laura Reboratti, del delito de privacin ilegtima de la
libertad y tormentos, previstos y reprimidos en los arts. 144 bis, inc. 1, agravado
por el 142, incs. 1 y 5, 144 ter, primer y segundo prrafo texto segn ley
14.616, del Cdigo Penal, los que concurren materialmente entre s, en calidad
de autor mediato (art. 45 y 55 del Cdigo Penal).
II. Finalmente, a fs. 28.875/ 28.913, el titular del Juzgado Nacional
en lo Criminal y Correccional Federal n12, Dr. Sergio Gabriel Torres, dict el
auto de fecha 19 de septiembre de 2.007, mediante el cual se dispuso la clausura
parcial de la instruccin y la elevacin a juicio de las personas, por los casos y
respecto de los delitos que a continuacin se detallan, de acuerdo a las
acusaciones contenidas en los distintos requerimientos efectuados a tenor de los
dispuesto en los arts. 346 y 347 del Cdigo procesal Penal de la Nacin:
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Oscar Antonio Montes, en relacin a los hechos que damnificaron a
Sergio Martn Bejerman y a Laura Alicia Reboratti, los cuales concurren en
forma real entre s y con los hechos por los cuales se le dictara prisin preventiva
rigurosa a fs. 4.115/4.118 de la causa n 14.217/03, y los identificados en los
restantes procesamientos dictados a su respecto por ese juzgado (arts. 45, 55 y
144 ter, primer prrafo -texto segn ley 14.616- del Cdigo Penal);
Adolfo Miguel Donda en relacin a los hechos que tienen por
vctimas a Enrique Mario Fukman, Thelma D. Jara de Cabezas; Victor Melchor
Basterra, Susana Beatrz Leiracha de Barros, Raimundo Anibal Villaflor, Elsa
Martnez de Villaflor, Jos Luis Hazn, Josefina Villaflor, Enrique Ardetti,
Fernando Brodsky, Juan Carlos Anzorena, Juan Carlos Chiaravalle y Graciela
Alberti, los cuales concurren en forma real entre s y con los hechos por los
cuales se le dictara prisin preventiva rigurosa a fs. 4.109/4.111 de la causa n
14.217/03 (arts. 45, 55 y 144 ter, primer prrafo -texto segn ley 14.616- del
Cdigo Penal);
Carlos Octavio Capdevilla por el hecho que damnifica a Thelma D.
Jara de Cabezas, el cual concurre en forma real con aquellos por los cuales se le
dictara prisin preventiva rigurosa a fs. 4.104/4.105 de la causa n 14.217/03
(art. 45, 55 y 144 ter, primer prrafo texto segn ley 14.616- del Cdigo Penal).
3. Requerimientos de elevacin a juicio de la causa n 1.277.
I. A fs. 8.425/607 obra el requerimiento de elevacin a juicio
suscripto por el seor Procurador Fiscal, Dr. Eduardo Ral Taiano quien
encontr concluida la etapa instructoria y mrito para enrostrar a Jorge Eduardo
Acosta, en calidad de coautor, el delito de tormentos, reiterado en cuatro
oportunidades, en relacin a los hechos que damnificaron a Lisandro Ral
Cubas, Sara Solarz de Osatinsky, Carlos Garca y Mara Amalia Larralde; y el de
tormentos agravado por ser las vctimas perseguidos polticos, reiterado en
cuatro ocasiones, respecto de los hechos perpetrados contra Martn Toms Gras,
Ricardo Hctor Coquet, Nilda Noem Actis Goretta y Carlos Gregorio
Lordkipanidse (artculos 2, 45, 55 y 144 ter., primer y segundo prrafo, del
Cdigo Penal, segn texto de la ley 14.616).
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Asimismo, reproch a Alfredo Ignacio Astiz la comisin, en calidad de
coautor, del delito de tormentos, reiterado en dos oportunidades, en relacin a los
hechos que damnificaron a Carlos Alberto Garca y Mara Amalia Larralde; y el
de tormentos agravado por ser las vctimas perseguidos polticos, reiterado en
tres ocasiones, en calidad de coautor, respecto de los hechos perpetrados contra
Carlos Gregorio Lordkipanidse, Carlos Muoz y Lzaro Jaime Gladstein
(artculos 2, 45, 55 y 144 ter, primer y segundo prrafo, del Cdigo Penal, segn
texto de la ley 14.616).
A Juan Antonio Azic le imput la comisin, en calidad de coautor, del
delito de tormentos, agravado por ser las vctimas perseguidos polticos,
reiterado en tres oportunidades, en relacin a los hechos que damnificaron a
Vctor Anbal Fatala, Carlos Gregorio Lordkipanidse y Lzaro Jaime Gladstein
(artculos 2, 45, 55 y 144 ter, primer y segundo prrafo, del Cdigo Penal, segn
texto de la ley 14.616).
A Carlos Octavio Capdevila le achac la comisin, en calidad de coautor,
del delito de tormentos, reiterado en tres oportunidades, en relacin a los hechos
que damnificaron a Ana Mara Mart, Vctor Melchor Basterra y Susana Beatriz
Leiracha de Barros; y el de tormentos agravado por ser la vctima un perseguido
poltico, respecto del hecho que damnific a Vctor Anbal Fatala (artculos 2,
45, 55 y 144 ter, primer y segundo prrafo, del Cdigo Penal, segn texto de la
ley 14.616).
A Adolfo Miguel Donda le reproch la comisin, en calidad de coautor,
del delito de tormentos, en relacin al hecho que damnific a Ana Mara Isabel
Testa; y de tormentos agravado por ser las vctimas perseguidos polticos,
reiterado en cinco oportunidades, respecto de los hechos ejecutados contra Vctor
Anbal Fatala, Carlos Gregorio Lordkipanidse, Carlos Muoz, Lzaro Jaime
Gladstein y Arturo Osvaldo Barros (artculos 2, 45, 55 y 144 ter, primer y
segundo prrafo, del Cdigo Penal, segn texto de la ley 14.616).
A Manuel Jacinto Garca Tallada le imput, en calidad de autor mediato,
la comisin del delito de tormentos, reiterado en veintids oportunidades, en
relacin a los hechos que damnificaron a Silvia Wikinsky, Patricia Flynn,
Marianela Galli, Felisa Violeta Wagner, Lila Victoria Pastoriza, Mara Ins Imaz
de Allende, Alicia Elisa Tokar, Carlos Garca, Guillermo Olivieri, Alicia Ana
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Mara Juana Domon, Rene Leonie Duquet, Esther Ballestrino de Careaga,
Mara Ponce de Bianco, ngela Auad, Patricia Oviedo, Raquel Bulit, Julio
Fondovila, Horacio Elbert, Eduardo Gabriel Horane, Remo Carlos Berardo,
Azucena Villaflor de De Vincenti y Josefina Prada de Olivieri; y el de tormentos
agravado por ser las vctimas perseguidos polticos, reiterado en cuatro
ocasiones, respecto de los hechos que damnificaron a Mario Galli, Graciela
Beatriz Daleo, Alfredo Julio Margari y Alcira Fidalgo (artculos 2, 45, 55 y 144
ter, primer y segundo prrafo, del Cdigo Penal, segn texto de la ley 14.616).
A Oscar Antonio Montes le enrostr la comisin, en calidad de autor
mediato, del delito de tormentos, reiterado en veintinueve oportunidades, en
relacin a los hechos que damnificaron a Arnaldo Rodolfo Gremico, Orlando
Virgilio Yorio, Francisco Jalics, Osvaldo Rubn Cheula, Luis Alberto Vzquez,
Lisandro Ral Cubas, Alejandro Monforte, Rodolfo Luis Picheni, Carlos Oscar
Loza, Hctor Guelfi, Oscar Alberto Repossi, Silvia Labayr de Lennie, Nilva
Zuccarino de Lennie, Santiago Lennie, Sandra Lennie de Osuna, Carlos
Figueredo Ros, Edmundo Landn, Mara Elisa Hachmann de Landn, Marcelo
Hernndez, Ana Mara Mart, Mara Alicia Milia de Pirles, Ariel Aisenberg,
Daniel Aisenberg, Daniel Marcelo Schapira, Jos Mara Salgado, Mara Cristina
Lennie, Sara Solarz de Osatinsky, Hugo Csar Bogarn y Alejandra Lpido; y el
de tormentos agravado por ser las vctimas perseguidos polticos, reiterado en
cinco ocasiones, respecto de los hechos perpetrados contra Alberto Ahumada,
Mara Laura Tacca de Ahumada, Martn Toms Gras, Ricardo Hctor Coquet y
Andrs Ramn Castillo (artculos 2, 45, 55 y 144 ter, primer y segundo prrafo,
del Cdigo Penal, segn texto de la ley 14.616).
A Antonio Pernas le imput la comisin, en calidad de coautor, del delito
de tormentos, reiterado en cuatro oportunidades, en relacin a los hechos que
damnificaron a Ana Mara Mart, Mara Alicia Milia de Pirles, Sara Solarz de
Osatinsky y Carlos Garca y el de tormentos, agravado por ser las vctimas
perseguidos polticos, reiterado en cuatro oportunidades, respecto de los hechos
ejecutados contra Martn Toms Gras, Ricardo Hctor Coquet, Andrs Ramn
Castillo y Graciela Beatriz Daleo (artculos 2, 45, 55 y 144 ter, primer y segundo
prrafo, del Cdigo Penal, segn texto de la ley 14.616).
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A Ral Enrique Scheller le endilg la comisin, en calidad de coautor, del
delito de tormentos, reiterado en dos oportunidades, en relacin a los hechos que
damnificaron a Guillermo Olivieri y Jorge Caffatti; y el de tormentos agravado
por ser las vctimas perseguidos polticos, reiterado en cinco ocasiones, respecto
de los hechos perpetrados contra Mara Eva Bernst de Hansen, Nilda Noem
Actis Goretta, Enrique Mario Fukman, Vctor Anbal Fatala y Lzaro Jaime
Gladstein (artculos 2, 45, 55 y 144 ter, primer y segundo prrafo, del Cdigo
Penal, segn texto de la ley 14.616).
Para tal extremo tuvo por acreditado que Acosta, a fin de obtener
informacin de Lisandro Ral Cubas, aplic tormentos en el stano del casino de
oficiales de la E.S.M.A., en ocasin en que ste se encontraba detenido; como
tambin que aqul lo someti a condiciones de vida inhumanas y que en dicha
dependencia fue obligado a efectuar diversas tareas sin recibir remuneracin
alguna. Seal que el nombrado fue privado de su libertad, por hombres de civil
armados, el 20 de octubre de 1.976, en horas de la maana, mientras se
encontraba en la va pblica en la localidad de La Tablada, provincia de Buenos
Aires y que permaneci en dicho lugar hasta el 19 de enero de 1.979.
As tambin, consider probado que a idnticas condiciones fueron
sometidos Toms Gras, Ricardo Hctor Coquet, Mara Amalia Larralde, Sara
Solarz de Osatinsky y Nilda Noem Actis Goretta; sealando que Acosta los
someti a condiciones inhumanas de vida y les aplic tormentos, a fin de obtener
informacin, en el stano de Casino de Oficiales mientras se encontraban
detenidos, los cuales consistieron en pasajes de corriente elctrica y golpes.
Agreg que las dos ltimas haban sido, adems, obligadas a realizar diversas
tareas sin recibir ningn tipo de remuneracin. Indic que permanecieron en
aquella dependencia naval desde el 14 de enero y 10 de marzo de 1.977, 15 de
agosto de 1.978, 18 de mayo de 1.977 y 19 de junio de 1.978, fechas en que
fueron privados de su libertad, y hasta el mes de agosto y 3 de diciembre de
1.978, principios de septiembre, 19 de diciembre y 16 de julio de 1.979,
respectivamente.
El Sr. fiscal tuvo por acreditado que Acosta le aplic a Carlos
Alberto Garca, en el stano del casino de oficiales en oportunidad de
permanecer detenido, tormentos con el fin de obtener informacin y lo someti a
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18
condiciones inhumanas de vida mientras dur su cautiverio, el cual se extendi
desde el 21 de octubre de 1.977 hasta principios de 1.980.
Tambin consider probado que el nombrado aplic tormentos a
Carlos Gregorio Lordkipanidse con el fin de obtener informacin, que tuvieron
lugar en el stano del casino de oficiales de la E.S.M.A.. Asimismo, lo
responsabiliz de haberlo sometido a condiciones inhumanas de vida durante el
tiempo que permaneci en aquella dependencia y mientras estuvo en libertad
bajo vigilancia; extendindose tal situacin desde el 18 de noviembre de 1.978
hasta septiembre de 1.983.
Con relacin a Alfredo Ignacio Astiz, el seor fiscal encontr mrito
suficiente para imputarle la aplicacin de tormentos con el propsito de obtener
informacin, a Carlos Alberto Garca, Mara Amalia Larralde, Carlos Muoz y
Lzaro Jaime Gladstein, los que tuvieron lugar en el stano del casino de
oficiales, mientras stos se encontraban detenidos. Seal que dicha situacin se
extendi desde el 21 de octubre de 1.977, 15 de agosto, 21 de noviembre y 6 de
diciembre de 1.978, fechas en que fueron privados de su libertad, hasta
principios de 1.980, 1 de septiembre de 1.979, 11 de febrero y enero de 1.980,
respectivamente.
Asimismo, consider probado que durante su detencin fueron
sometidos a condiciones inhumanas de vida y que Muoz fue obligado a realizar
trabajos de fotografa y confeccin de documentacin, sin recibir ningn tipo de
retribucin.
Tuvo, adems, por acreditado que el imputado aplic tormentos a
Carlos Gregorio Lordkipanidse mientras se encontraba privado de su libertad;
situacin que se prolong desde el 18 de noviembre de 1.978 hasta principios de
1.981, fecha, esta ltima, en que fue dejado en libertad vigilada, siendo
controlado por sus captores hasta septiembre de 1.983 y obligado a presentarse
en la E.S.M.A. a realizar diversos trabajos.
Respecto de la situacin procesal de Juan Antonio Azic, el seor
Fiscal tuvo por probado que ste aplic tormentos, con el objeto de obtener
informacin, a Vctor Anbal Fatala, Carlos Gregorio Lordkipanidse y Lzaro
Jaime Gladstein, lo que tuvo lugar en el stano del casino de oficiales, en
oportunidad en que se hallaban detenidos. Determin que los mencionados
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fueron privados de su libertad el 6 y 18 de noviembre y el 6 de diciembre de
1.978, permaneciendo en tal situacin hasta el mes de febrero de 1.980,
principios de 1.981 y enero de 1.980, respectivamente; como tambin que
Lordkipanidse fue controlado hasta septiembre de 1.983, debiendo presentarse en
la dependencia naval a realizar diversos trabajos.
Hall elementos de conviccin suficientes para demostrar que los
nombrados fueron sometidos a condiciones inhumanas de vida.
Por otra parte, consider acreditado que Carlos Octavio Capdevila,
en su carcter de mdico de la E.S.M.A., particip en la imposicin de
tormentos, con el propsito de obtener informacin, a Ana Mara Mart, Vctor
Anbal Fatala, Vctor Melchor Basterra y Susana Beatriz Leiracha de Barros,
aconsejando su continuacin o suspensin, en oportunidad en que stos se
hallaban detenidos en aquella dependencia naval.
Consider que los nombrados fueron privados de su libertad el 18 de
marzo de 1.977, 6 de noviembre de 1.978, 10 y 21 de agosto de 1.979,
permaneciendo en tal calidad hasta el 19 de diciembre de 1.978, febrero de
1.980, diciembre de 1.983 y 22 de febrero de 1.980, respectivamente y sometidos
a condiciones inhumanas de vida. Adems, sostuvo que Mart fue obligada,
mientras dur su detencin, a realizar distintas tareas sin recibir ninguna
remuneracin y que Basterra luego de su liberacin continu siendo controlado
por personal de la E.S.M.A.
El seor Fiscal tuvo por demostrado que Adolfo Miguel Donda
aplic tormentos, con el fin de obtener informacin, a Vctor Anbal Fatala,
Carlos Gregorio Lordkipanidse, Carlos Muoz, Lzaro Jaime Gladstein, Arturo
Osvaldo Barros y Ana Mara Isabel Testa; los que tuvieron lugar en el stano del
casino de oficiales, en oportunidad en que se encontraban detenidos.
Asimismo, determin que Donda llev a Fatala a presenciar la
tortura de su amigo Muoz y que Gladstein, Barros y Testa fueron privados de su
libertad el 6 de diciembre de 1.978, 21 de agosto y 13 de noviembre de 1.979,
respectivamente, permaneciendo en tal situacin hasta enero, 22 de febrero y 28
de marzo de 1.980, respectivamente, y que mientras Barros estuvo detenido fue
obligado a efectuar diversas tareas, sin recibir remuneracin alguna.
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Tuvo por acreditado que Lordkipanidse estuvo privado de su
libertad desde el 18 de noviembre de 1.978 hasta principios de 1.981, fecha, esta
ltima, en que fue dejado en libertad vigilada, siendo controlado por sus captores
hasta septiembre de 1.983, y obligado a presentarse en la E.S.M.A. a realizar
diversos trabajos.
En relacin a Carlos Muoz, mencion que fue privado de su
libertad el 21 de noviembre de 1.978, trasladado a la E.S.M.A. y mantenido
clandestinamente en cautiverio en ese lugar.
Seal, adems, que los nombrados fueron sometidos a condiciones
de vida inhumanas-
Por otra parte, atribuy a Manuel Jacinto Garca Tallada
implementar la ejecucin de las rdenes impartidas con el fin de combatir la
subversin, las que consistan en la aprehensin de presuntos sospechosos, su
mantenimiento clandestino en cautiverio, bajo condiciones inhumanas de vida y
su sometimiento a tormentos con el propsito de obtener informacin, para,
finalmente, ponerlos a disposicin de los poderes Ejecutivo o Judicial,
eliminarlos fsicamente o, excepcionalmente, liberarlos.
Afirm que Garca Tallada detent el cargo de Comandante de la
Fuerza de Tareas 3 desde el 30 de mayo hasta el 19 de diciembre de 1.977, con
potestad para revisar y retransmitir las rdenes; siendo que todas las decisiones
urgentes adoptadas por sus subordinados, los partes relativos a los secuestros, las
medidas adoptadas respecto de los detenidos y la decisin de los traslados o la
concesin de la libertad le eran comunicadas inmediatamente, elevndolas, a su
vez, de acuerdo a la cadena de mandos prevista.
Asever que mientras el imputado ocup tal cargo permanecieron
clandestinamente detenidos, sufriendo condiciones inhumanas de alojamiento y
tormentos, Silvia Wikinsky, Patricia Flynn, Marianela Galli, Mario Galli, Felisa
Violeta Mara Wagner, Lila Victoria Pastoriza, Mara Ins Imaz de Allende,
Alicia Elisa Tokar, Graciela Beatriz Daleo, Carlos Alberto Garca, Alfredo Julio
Margari, Guillermo Rodolfo Olivieri, Alcira Graciela Fidalgo, Alicia Ana Mara
Juana Domon, Rene Leonie Duquet, Mara Esther Ballestrino de Careaga,
Mara Eugenia Ponce de Bianco, ngela Auad, Patricia Cristina Oviedo, Raquel
Bulit, Jos Julio Fondovila, Horacio Anbal Elbert, Eduardo Gabriel Horane,
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Remo Carlos Berardo, Azucena Villaflor de De Vincenti y Josefa Prada de
Olivieri.
Dio por probado que Wikinski, Pastoriza, Imaz de Allende, Tokar,
Daleo, Garca, Margari y Olivieri, como tambin Prada de Olivieri fueron
privados de su libertad el 14 y 15 de junio, 15 de agosto, en el mes de
septiembre, 18 y 21 de octubre, 17 de noviembre y 21 de diciembre de 1.977,
permaneciendo en tal situacin hasta el 11 de febrero, 25 de octubre, 30 de
diciembre, fines de 1.978, 20 de abril de 1.979, principios de 1.980 y 27 de
diciembre de 1.977, respectivamente; mientras que Marianela Galli, Patricia
Teresa Flynn, Mario Guillermo Galli y Felisa Violeta Mara Wagner de Galli
fueron detenidos el 12 de junio de 1.977 y an se encuentran desaparecidos, con
excepcin de la primera de los nombrados, que recuper su libertad tres das
despus.
Asimismo, seal que: el da 4 de diciembre de 1.977 fue
secuestrada Graciela Alicia Fidalgo; el da 10 de dicho mes y ao fueron
secuestradas Rene Leonie Duquet y Azucena Villaflor de De Vicente; como
tambin el da 8 Alicia Ana Mara Juana Domon, Mara Esther Ballestrino de
Careaga, Mara Eugenia Ponce de Bianco, ngela Auad, Patricia Cristina
Oviedo, Raquel Bulit, Jos Julio Fondovila, Horacio Anbal Elbert (entre el 8 y 9
de diciembre de 1.977), Eduardo Gabriel Horane y Remo Carlos Berardo,
respectivamente, encontrndose an desaparecidos.
Por otro lado, endilg a Oscar Antonio Montes haber implementado
la ejecucin de las rdenes tendientes a combatir la subversin, esto es, la
aprehensin de presuntos sospechosos, su mantenimiento en cautiverio
clandestino, bajo condiciones inhumanas de vida y su sometimiento a tormentos
con el fin de obtener informacin, para, finalmente, ponerlos a disposicin de los
poderes Ejecutivo o Judicial o eliminarlos fsicamente.
Seal que Montes ejerci el cargo de Comandante de la Fuerza de
Tareas 3 entre el 20 de enero de 1.976 y el 30 de mayo de 1.977 y que, a raz de
la posicin que ocupaba en la cadena de mandos de la Armada, estuvo en
condiciones de revisar y retransmitir aquellas rdenes, como tambin que todas
las decisiones urgentes adoptadas por sus subordinados -los partes relativos a los
secuestros, las medidas tomadas respecto de los detenidos y la decisin de los
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traslados o la concesin de la libertad- le eran inmediatamente comunicadas.
A su vez, el encartado las elevaba de acuerdo a dicha cadena de mandos.
De esta manera, afirm que durante el tiempo que Montes ejerci
aquel cargo, permanecieron clandestinamente en cautiverio en la E.S.M.A.,
sufriendo condiciones inhumanas de alojamiento y tormentos Arnaldo Rodolfo
Gremico, Orlando Virgilio Yorio, Francisco Jalics, Osvaldo Rubn Cheula,
Alberto Ahumada, Mara Laura Tacca de Ahumada, Luis Alberto Vzquez,
Lisandro Ral Cubas, Alejandro Monforte, Rodolfo Luis Picheni, Carlos Oscar
Loza, Hctor Guelfi, Oscar Alberto Repossi, Silvia Labayr de Lennie, Nilva
Zuccarino de Lennie, Santiago Lennie, Sandra Lennie de Osuna, Martn Toms
Gras, Carlos Figueredo Ros, Edmundo Landn, Mara Elisa Hachmann de
Landn, Marcelo Hernndez, Ana Mara Mart, Mara Alicia Milia de Pirles,
Ariel Aisenberg, Daniel Aisenberg, Ricardo Hctor Coquet, Daniel Marcelo
Schapira, Jos Mara Salgado, Mara Cristina Lennie, Sara Solarz de Osatinsky,
Andrs Ramn Castillo, Hugo Csar Bogarn y Alejandra Lpido.
Tuvo por probado que Gremico; Yorio y Jalics; Cheula; Ahumada;
Tacca de Ahumada; Vzquez; Cubas; Monforte; Labayr de Lennie; Zuccarino
de Lennie; Santiago Lennie y Sandra Lennie de Osuna; Gras y Figueredo Ros;
Landn y Hachmann de Landn; Hernndez; Mart; Milia de Pirles; Solarz de
Osatinsky; Castillo y Bogarn, fueron secuestrados el 19 de abril; 23 de mayo; 27
de agosto y nuevamente el 16 de noviembre; en septiembre; octubre; 10 de
octubre; 20 de octubre, 10 de noviembre y 29 de diciembre todos ellos de 1.976;
16 de enero; 14 de enero y 5 de de dicho mes, todos ellos de 1.977; principios de
1.977; 18 de marzo y 28 de mayo de 1.977; 18 de mayo de 1.977; 19 de mayo de
dicho ao 1.977 y 7 de mayo de 1.976, siendo liberados dos das despus; el 22
de octubre; 5 de septiembre y 23 de noviembre, todos ellos de 1.976; a fines de
1.978 o principios de 1.979; a mediados de 1.977; 22 de octubre de 1.976; 19 de
enero de 1.979; 24 de noviembre de 1.976; 16 de junio de 1.978; 5 de marzo, 9
de febrero y 6 de marzo de 1.977; agosto de 1.978 y 18 de marzo de 1.977; a los
pocos das; fines de 1.978; 19 de diciembre de 1.978; 19 de enero de 1.979; 19
de diciembre y 22 de febrero de 1.979 y 31 de mayo de 1.976, respectivamente.
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Asimismo, entendi acreditado que Picheni, Loza, Guelfi y Repossi
fueron privados de su libertad el 16 de diciembre de 1.976, recuperndola el 6 de
enero de 1.977.
Consider probado que Ariel y Daniel Aisenberg, Daniel Marcelo
Schapira y Alejandra Margarita Lpido fueron detenidos el 20 de marzo, 9 de
abril de 1.977 y 7 de mayo de 1.976, respectivamente, permaneciendo an
desparecidos y que Jos Mara Salgado fue secuestrado el 12 de marzo de 1.977
y asesinado, mientras se encontraba en total indefensin, el 2 de junio de ese
mismo ao por el accionar de las llamadas fuerzas legales, participando en tal
accionar ms de tres personas, los cuales eran miembros de la Armada
Argentina.
Asimismo tuvo por demostrado que Mara Cristina Lennie fue
secuestrada el 18 de mayo de 1.977 y conducida a la E.S.M.A, donde tuvo que
soportar la imposicin de tormentos y condiciones inhumanas de alojamiento;
falleciendo en dicha dependencia naval.
Respecto de Ricardo Hctor Coquet, consider que fue privado de
su libertad el 10 de marzo de 1.977, recuperndola el 3de diciembre de 1.978.
Con relacin a Antonio Pernas, el seor Fiscal entendi probado
que aplic tormentos, con el propsito de obtener informacin, a Martn Gras,
Ana Mara Mart, Mara Alicia Milia de Pirles, Ricardo Hctor Coquet, Sara
Solarz de Osatinsky, Andrs Ramn Castillo, Graciela Beatriz Daleo y Carlos
Alberto Garca; lo que tuvo lugar en el stano del casino de oficiales, en ocasin
en que los nombrados se hallaban ilegalmente detenidos. Dichas detenciones se
materializaron entre el 14 de enero, 18 de marzo, 28 de mayo, 10 de marzo, 18 y
19 de mayo, 18 y 21 de octubre de 1.977; y el mes de agosto, el 19 de diciembre
de 1.978, 19 de enero de 1.979, 3 de diciembre de 1.978, 19 de diciembre, 22 de
febrero y 20 de abril de 1.979 y principios de 1.980, respectivamente.
Asimismo, consider acreditado que los mencionados fueron
sometidos a condiciones inhumanas de vida y que Milia de Pirles, Solarz de
Osatinsky y Daleo fueron obligadas, mientras permanecieron alojadas en la
dependencia naval, a realizar diversas tareas que le indicaban sus aprehensores,
sin recibir ningn tipo de remuneracin.
-
24
Por otra parte, el Sr. fiscal tuvo por demostrado que Ral Enrique
Scheller aplic tormentos, con el fin de obtener informacin, a Guillermo
Rodolfo Olivieri, Mara Eva Bernst de Hansen, Nilda Noem Actis Goretta,
Enrique Mario Fukman, Vctor Anbal Fatala y Lzaro Jaime Gladstein, en el
stano del casino de oficiales de la E.S.M.A. y en oportunidad de hallarse all
alojados; los que fueron secuestrados el 21 de diciembre de 1.977, 15 de enero,
19 de junio, 18 y 6 de noviembre y 6 de diciembre de 1.978 y liberados el 27 de
diciembre de 1.977, a principios de 1.979, 16 de julio de 1.979, 18 de febrero de
1.980 y en febrero y enero del mismo ao, respectivamente.
Entendi probado que los nombrados fueron sometidos a
condiciones inhumanas de alojamiento y que Actis Goretta fue obligada por las
autoridades del centro de detencin a realizar trabajos sin recibir remuneracin
alguna.
Asimismo, tuvo por acreditado que Scheller aplic tormentos, con el
propsito de obtener informacin, a Jorge Norberto Caffatti, los que tuvieron
lugar en el stano del casino de oficiales de la dependencia naval, en oportunidad
en que ste se hallaba detenido; como tambin que durante tal detencin fue
sometido a condiciones inhumanas de vida. Seal que el nombrado fue
secuestrado el 19 de septiembre de 1.978 y an permanece desaparecido.
A fs. 8.656/61 se encuentra agregado el requerimiento de elevacin
a juicio formulado por Marcelo Parrilli, en representacin de Josefina Luisa
Elena Gandolfi de Salgado, quien encontr concluida la etapa instructoria y
mrito suficiente para enrostrar a Oscar Antonio Montes la comisin del delito
previsto y reprimido en el art. 144 ter, primer prrafo, del Cdigo Penal, segn el
texto de la ley 14.616, debiendo responder en calidad de autor mediato por los
tormentos aplicados a Jos Mara Salgado (arts. 2 y 45 del Cdigo Penal).
A fs. 8.703/76 obra el requerimiento de elevacin a juicio de Alicia
Palmero, en representacin de la Asociacin de Ex Detenidos Desaparecidos,
Rodolfo Yanzn, por la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, Jos De
Luca, por el Movimiento Ecumnico por los Derechos Humanos, Juan Carlos
Capurro, por el Comit de Accin Jurdica y Mnica Gnzalez Vivero y
Rodolfo Yanzn, en representacin de Arturo Osvaldo Barros, Vctor Basterra,
Lisandro Ral Cubas, Graciela Beatriz Daleo, Enrique Mario Fukman, Carlos
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Garca, Miriam Lewin, Carlos Gregorio Lordkipanidse, Lila V. Pastoriza y
Beatriz Elisa Tokar, con el patrocinio letrado de los Dres. Alberto Pedroncini,
Mirta Mantaras, Gabriel Lerner, Myriam Bregman, Flavia Fernndez Brozzi,
Luz V. Palmas Zalda, Leonel Curutchague y Vernica Quinteros; quienes
encontraron concluida la etapa instructoria y mrito suficiente para enrostrarle a
Jorge Eduardo Acosta la comisin, en relacin a los hechos que damnificaron a
Lisandro Ral Cubas, Martn Toms Gras, Sara Solarz de Osatinsky, Carlos
Garca, Nilda Noem Actis Goretta, Carlos Gregorio Lordkipanidse, Ricardo
Hctor Coquet y Amalia Mara Larralde, de los delitos de privacin ilegtima de
la libertad cometida por funcionario pblico, agravada por haber sido ejecutada
mediante violencias o amenazas y tormentos doblemente agravados por haber
sido impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la
condicin de perseguido poltico de la vctima, reiterados en ocho oportunidades,
los que concurren materialmente entre s, en calidad de coautor. (arts. 45, 55,
142, inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo, segn texto de
la ley 14.616, del Cdigo Penal).
Asimismo, reprocharon a Alfredo Ignacio Astiz la comisin, en
calidad de coautor, de los delitos de tormentos, reiterado en tres oportunidades,
en relacin a los hechos que damnificaron a Carlos Alberto Garca, Carlos
Gregorio Lordkipanidse, Carlos Muoz, Lzaro Jaime Gladstein y Amalia Mara
Larralde, de privacin ilegal de la libertad cometida por funcionario pblico,
agravada por haberse ejecutado mediante violencias o amenazas y tormentos
doblemente agravados por haber sido impuestos por funcionario pblico a un
preso bajo su guarda y por la condicin de perseguido poltico de la vctima,
reiterado en cinco oportunidades, los que concurren materialmente entre s (arts.
45, 55, 142, inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo, segn
texto de la ley 14.616, del Cdigo Penal).
A Juan Antonio Azic la comisin, en relacin a los hechos que
damnificaron a Vctor Anbal Fatala, Carlos Gregorio Lordkipanidse y Lzaro
Jaime Gladstein de los delitos de privacin ilegal de la libertad cometida por
funcionario pblico, agravada por haberse ejecutado mediante violencias o
amenazas y tormentos doblemente agravados por haber sido impuestos por
funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la condicin de perseguido
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poltico de la vctima, reiterados en tres oportunidades, los que concurren
materialmente entre s, en calidad de coautor. (arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis,
inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo, segn texto de la ley 14.616, del
Cdigo Penal).
A Carlos Octavio Capdevila le achacaron la comisin, en relacin a
los hechos que damnificaron a Ana Mara Mart, Vctor Melchor Basterra,
Susana Beatriz Leiracha de Barros y Vctor Anbal Fatala de los delitos de
privacin ilegal de la libertad cometida por funcionario pblico, agravada por
haberse ejecutado mediante violencias o amenazas y tormentos doblemente
agravados por haber sido impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su
guarda y por la condicin de perseguido poltico de la vctima, reiterados en
cuatro oportunidades, los que concurren materialmente entre s, en calidad de
coautor. (arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo
prrafo, segn texto de la ley 14.616, del Cdigo Penal).
A Adolfo Miguel Donda Tigel le reprocharon la comisin, en
relacin a los hechos que damnificaron a Ana Mara Isabel Testa, Vctor Anbal
Fatala, Carlos Gregorio Lordkipanidse, Carlos Muoz, Lzaro Jaime Gladstein y
Arturo Osvaldo Barros, de los delitos de privacin ilegal de la libertad cometida
por funcionario pblico, agravada por haberse ejecutado mediante violencias o
amenazas y tormentos doblemente agravados por haber sido impuestos por
funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la condicin de perseguido
poltico de la vctima, reiterados en seis oportunidades, los que concurren
materialmente entre s, en calidad de coautor (arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis,
inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo, segn texto de la ley 14.616, del
Cdigo Penal).
A Manuel Jacinto Garca Tallada le imputaron, en relacin a los
hechos que damnificaron a Silvia Wikinsky, Patricia Flynn, Marianela Galli,
Mario Galli, Felisa Violeta Wagner, Lila Victoria Pastoriza, Mara Ins Imaz de
Allende, Alicia Elisa Tokar, Graciela Beatriz Daleo, Carlos Garca, Alfredo Julio
Margari, Guillermo Olivieri, Alcira Fidalgo, Alicia Ana Mara Juana Domon,
Rene Leonie Duquet, Esther Ballestrino de Careaga, Mara Ponce de Bianco,
ngela Auad, Patricia Oviedo, Raquel Bulit, Julio Fondovila, Horacio Elbert,
Eduardo Gabriel Horane, Remo Carlos Berardo, Azucena Villaflor de De
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Vincente y Josefina Prada de Olivieri, los delitos de privacin ilegal de la
libertad cometida por funcionario pblico, agravada por haberse ejecutado
mediante violencias o amenazas y tormentos doblemente agravados por haber
sido impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la
condicin de perseguido poltico de la vctima, reiterados en veintisis
oportunidades, los que concurren materialmente entre s, en calidad de coautor.
(arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo,
segn texto de la ley 14.616, del Cdigo Penal).
A Oscar Antonio Montes le enrostraron la comisin, en relacin a
los hechos que damnificaron a Arnaldo Rodolfo Gremico, Orlando Virgilio
Yorio, Francisco Jalics, Osvaldo Rubn Cheula, Alberto Ahumada, Mara Laura
Tacca de Ahumada, Luis Alberto Vzquez, Lisandro Ral Cubas, Alejandro
Monforte, Rodolfo Luis Picheni, Carlos Oscar Loza, Hctor Guelfi, Oscar
Alberto Repossi, Silvia Labayr de Lennie, Nilva Zuccarino de Lennie, Santiago
Lennie, Sandra Lennie de Osuna, Martn Toms Gras, Carlos Figueredo Ros,
Edmundo Landn, Mara Elisa Hachmann de Landn, Marcelo Hernndez, Ana
Mara Mart, Mara Alicia Milia de Pirles, Ariel Aisenberg, Daniel Aisenberg,
Ricardo Hctor Coquet, Daniel Marcelo Schapira, Jos Mara Salgado, Mara
Cristina Lennie, Sara Solarz de Osatinsky, Andrs Ramn Castillo, Hugo Csar
Bogarn y Alejandra Lpido, de los delitos de privacin ilegal de la libertad
cometida por funcionario pblico, agravada por haberse ejecutado mediante
violencias o amenazas y tormentos doblemente agravados por haber sido
impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la condicin
de perseguido poltico de la vctima, reiterados en treinta y cuatro oportunidades,
los que concurren materialmente entre s, en calidad de coautor. (arts. 45, 55,
142, inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo, segn texto de
la ley 14.616, del Cdigo Penal).
A Antonio Pernas le imputaron la comisin, en relacin a los
hechos que damnificaron a Ana Mara Mart, Mara Alicia Milia de Pirles, Sara
Solarz de Osatinsky, Carlos Garca, Martn Toms Gras, Ricardo Hctor Coquet,
Andrs Ramn Castillo y Graciela Beatriz Daleo, de los delitos de privacin
ilegal de la libertad cometida por funcionario pblico, agravada por haberse
ejecutado mediante violencias o amenazas y tormentos doblemente agravados
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por haber sido impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por
la condicin de perseguido poltico de la vctima, reiterados en ocho
oportunidades, los que concurren materialmente entre s, en calidad de coautor
(arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo,
segn texto de la ley 14.616, del Cdigo Penal).
Por ltimo, a Ral Enrique Scheller le endilgaron la comisin, en
relacin a los hechos que damnificaron a Guillermo Olivieri, Jorge Caffatti,
Mara Eva Bernst de Hansen, Nilda Noem Actis Goretta, Enrique Mario
Fukman, Vctor Anbal Fatala y Lzaro Jaime Gladstein, de los delitos de
privacin ilegal de la libertad cometida por funcionario pblico, agravada por
haberse ejecutado mediante violencias o amenazas y tormentos doblemente
agravados por haber sido impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su
guarda y por la condicin de perseguido poltico de la vctima, reiterados en siete
oportunidades, los que concurren materialmente entre s, en calidad de coautor
(arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo,
segn texto de la ley 14.616, del Cdigo Penal).
Por su parte, Carolina Varsky, apoderada de Anglica Paula Sosa de
Mignone, Daniel Tarnopolsky, Sara y Mauricio Brodsky, Gladys y ngel
Lepiscopo, Len Ferrari del Pardo y Nlida del Carmen Pizarro de Fidalgo, con
su patrocinio y el de la Dra. Florencia Gabriela Plazas, formul requerimiento de
elevacin a juicio, agregado a fs. 8.802/54, encontrando concluida la etapa
instructoria y mrito suficiente para endilgar a Jorge Eduardo Acosta la
comisin, en relacin a los hechos que damnificaron a Lisandro Ral Cubas,
Martn Toms Gras, Sara Solarz de Osatinsky, Carlos Garca, Nilda Noem Actis
Goretta, Carlos Gregorio Lordkipanidse, Ricardo Hctor Coquet y Amalia Mara
Larralde, de los delitos de privacin ilegtima de la libertad cometida por
funcionario pblico, agravada por haber sido ejecutada mediante violencias o
amenazas y tormentos doblemente agravados por haber sido impuestos por
funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la condicin de perseguido
poltico de la vctima, reiterados en ocho oportunidades, los que concurren
materialmente entre s, en calidad de coautor. (arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis,
inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo, segn texto de la ley 14.616, del
Cdigo Penal).
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Asimismo, reproch a Alfredo Ignacio Astiz la comisin, en calidad
de coautor, de los delitos de tormentos, reiterado en tres oportunidades, en
relacin a los hechos que damnificaron a Carlos Alberto Garca, Carlos Gregorio
Lordkipanidse, Carlos Muoz, Lzaro Jaime Gladstein y Amalia Mara Larralde,
de privacin ilegal de la libertad cometida por funcionario pblico, agravada por
haberse ejecutado mediante violencias o amenazas y tormentos doblemente
agravados por haber sido impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su
guarda y por la condicin de perseguido poltico de la vctima, reiterados en
cinco oportunidades, los que concurren materialmente entre s (arts. 45, 55, 142,
inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo, segn texto de la ley
14.616, del Cdigo Penal).
A Juan Antonio Azic la comisin, en relacin a los hechos que
damnificaron a Vctor Anbal Fatala, Carlos Gregorio Lordkipanidse y Lzaro
Jaime Gladstein de los delitos de privacin ilegal de la libertad cometida por
funcionario pblico, agravada por haberse ejecutado mediante violencias o
amenazas y tormentos doblemente agravados por haber sido impuestos por
funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la condicin de perseguido
poltico de la vctima, reiterados en tres oportunidades, los que concurren
materialmente entre s, en calidad de coautor. (arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis,
inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo, segn texto de la ley 14.616, del
Cdigo Penal).
A Carlos Octavio Capdevila le achac la comisin, relacin a los
hechos que damnificaron a Ana Mara Mart, Vctor Melchor Basterra, Susana
Beatriz Leiracha de Barros y Vctor Anbal Fatala de los delitos de privacin
ilegal de la libertad cometida por funcionario pblico, agravada por haberse
ejecutado mediante violencias o amenazas y tormentos doblemente agravados
por haber sido impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por
la condicin de perseguido poltico de la vctima, reiterados en cuatro
oportunidades, los que concurren materialmente entre s, en calidad de coautor
(arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo,
segn texto de la ley 14.616, del Cdigo Penal).
A Adolfo Miguel Donda Tigel le reprocharon la comisin, en
relacin a los hechos que damnificaron a Ana Mara Isabel Testa, Vctor Anbal
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Fatala, Carlos Gregorio Lordkipanidse, Carlos Muoz, Lzaro Jaime Gladstein y
Arturo Osvaldo Barros, de los delitos de privacin ilegal de la libertad cometida
por funcionario pblico, agravada por haberse ejecutado mediante violencias o
amenazas y tormentos doblemente agravados por haber sido impuestos por
funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la condicin de perseguido
poltico de la vctima, reiterados en seis oportunidades, los que concurren
materialmente entre s, en calidad de coautor (arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis,
inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo, segn texto de la ley 14.616, del
Cdigo Penal).
A Manuel Jacinto Garca Tallada le imput, en relacin a los hechos
que damnificaron a Silvia Wikinsky, Patricia Flynn, Marianela Galli, Mario
Galli, Felisa Violeta Wagner, Lila Victoria Pastoriza, Mara Ins Imaz de
Allende, Alicia Elisa Tokar, Graciela Beatriz Daleo, Carlos Garca, Alfredo Julio
Margari, Guillermo Olivieri, Alicia Ana Mara Juana Domon, Rene Leonie
Duquet, Esther Ballestrino de Careaga, Mara Ponce de Bianco, ngela Auad,
Patricia Oviedo, Raquel Bulit, Julio Fondovila, Horacio Elbert, Eduardo Gabriel
Horane, Remo Carlos Berardo, Azucena Villaflor de De Vicente, Alcira Fidalgo
y Josefina Prada de Olivieri de los delitos de privacin ilegal de la libertad
cometida por funcionario pblico, agravada por haberse ejecutado mediante
violencias o amenazas y tormentos doblemente agravados por haber sido
impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la condicin
de perseguido poltico de la vctima, reiterados en veintisis oportunidades, los
que concurren materialmente entre s, en calidad de coautor. (arts. 45, 55, 142,
inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo, segn texto de la ley
14.616, del Cdigo Penal).
A Oscar Antonio Montes le enrostr la comisin, en relacin a los
hechos que damnificaron a Arnaldo Rodolfo Gremico, Orlando Virgilio Yorio,
Francisco Jalics, Osvaldo Rubn Cheula, Alberto Ahumada, Mara Laura Tacca
de Ahumada, Luis Alberto Vzquez, Lisandro Ral Cubas, Alejandro Monforte,
Rodolfo Luis Picheni, Carlos Oscar Loza, Hctor Guelfi, Oscar Alberto Repossi,
Silvia Labayr de Lennie, Nilva Zuccarino de Lennie, Santiago Lennie, Sandra
Lennie de Osuna, Martn Toms Gras, Carlos Figueredo Ros, Edmundo Landn,
Mara Elisa Hachmann de Landn, Marcelo Hernndez, Ana Mara Mart, Mara
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Alicia Milia de Pirles, Ariel Aisenberg, Daniel Aisenberg, Ricardo Hctor
Coquet, Daniel Marcelo Schapira, Jos Mara Salgado, Mara Cristina Lennie,
Sara Solarz de Osatinsky, Andrs Ramn Castillo, Hugo Csar Bogarn y
Alejandra Lpido, de los delitos de privacin ilegal de la libertad cometida por
funcionario pblico, agravada por haberse ejecutado mediante violencias o
amenazas y tormentos doblemente agravados por haber sido impuestos por
funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la condicin de perseguido
poltico de la vctima, reiterados en treinta y cuatro oportunidades, los que
concurren materialmente entre s, en calidad de coautor. (arts. 45, 55, 142, inc.
1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo, segn texto de la ley
14.616, del Cdigo Penal).
A Antonio Pernas le imput la comisin, en relacin a los hechos
que damnificaron a Ana Mara Mart, Mara Alicia Milia de Pirles, Sara Solarz
de Osatinsky, Carlos Garca, Martn Toms Gras, Ricardo Hctor Coquet,
Andrs Ramn Castillo y Graciela Beatriz Daleo, de los delitos de privacin
ilegal de la libertad cometida por funcionario pblico, agravada por haberse
ejecutado mediante violencias o amenazas y tormentos doblemente agravados
por haber sido impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por
la condicin de perseguido poltico de la vctima, reiterados en ocho
oportunidades, los que concurren materialmente entre s, en calidad de coautor
(arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo,
segn texto de la ley 14.616, del Cdigo Penal).
Por ltimo, a Ral Enrique Scheller le endilg la comisin, en
relacin a los hechos que damnificaron a Guillermo Olivieri, Jorge Caffatti,
Mara Eva Bernst de Hansen, Nilda Noem Actis Goretta, Enrique Mario
Fukman, Vctor Anbal Fatala y Lzaro Jaime Gladstein, de los delitos de
privacin ilegal de la libertad cometida por funcionario pblico, agravada por
haberse ejecutado mediante violencias o amenazas y tormentos doblemente
agravados por haber sido impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su
guarda y por la condicin de perseguido poltico de la vctima, reiterados en siete
oportunidades, los que concurren materialmente entre s, en calidad de coautor
(arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo,
segn texto de la ley 14.616, del Cdigo Penal).
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A fs. 8.859/63 obra el requerimiento de elevacin a juicio de Alcira
E. Ros, por la querella , quien consider concluida la etapa instructoria y
mrito suficiente para endilgarle a Jorge Eduardo Acosta la comisin, en relacin
a los hechos que damnificaron a Lisandro Ral Cubas, Martn Toms Gras, Sara
Solarz de Osatinsky, Carlos Garca, Nilda Noem Actis Goretta, Carlos Gregorio
Lordkipanidse, Ricardo Hctor Coquet y Amalia Mara Larralde, de los delitos
de privacin ilegtima de la libertad cometida por funcionario pblico, agravada
por haber sido ejecutada mediante violencias o amenazas y tormentos
doblemente agravados por haber sido impuestos por funcionario pblico a un
preso bajo su guarda y por la condicin de perseguido poltico de la vctima,
reiterados en ocho oportunidades, los que concurren materialmente entre s, en
calidad de coautor. (arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y
segundo prrafo, segn texto de la ley 14.616, del Cdigo Penal).
Asimismo, reproch a Alfredo Ignacio Astiz la comisin, en calidad
de coautor, de los delitos de tormentos, reiterado en tres oportunidades, en
relacin a los hechos que damnificaron a Carlos Alberto Garca, Carlos Gregorio
Lordkipanidse, Carlos Muoz, Lzaro Jaime Gladstein y Amalia Mara Larralde,
de privacin ilegal de la libertad cometida por funcionario pblico, agravada por
haberse ejecutado mediante violencias o amenazas y tormentos doblemente
agravados por haber sido impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su
guarda y por la condicin de perseguido poltico de la vctima, reiterados en
cinco oportunidades, los que concurren materialmente entre s (arts. 45, 55, 142,
inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo, segn texto de la ley
14.616, del Cdigo Penal).
A Juan Antonio Azic la comisin, en relacin a los hechos que
damnificaron a Vctor Anbal Fatala, Carlos Gregorio Lordkipanidse y Lzaro
Jaime Gladstein de los delitos de privacin ilegal de la libertad cometida por
funcionario pblico, agravada por haberse ejecutado mediante violencias o
amenazas y tormentos doblemente agravados por haber sido impuestos por
funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la condicin de perseguido
poltico de la vctima, reiterados en tres oportunidades, los que concurren
materialmente entre s, en calidad de coautor. (arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis,
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inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo, segn texto de la ley 14.616, del
Cdigo Penal).
A Carlos Octavio Capdevila le achac la comisin, en relacin a los
hechos que damnificaron a Ana Mara Mart, Vctor Melchor Basterra, Susana
Beatriz Leiracha de Barros y Vctor Anbal Fatala de los delitos de privacin
ilegal de la libertad cometida por funcionario pblico, agravada por haberse
ejecutado mediante violencias o amenazas y tormentos doblemente agravados
por haber sido impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por
la condicin de perseguido poltico de la vctima, reiterados en cuatro
oportunidades, los que concurren materialmente entre s, en calidad de coautor
(arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo,
segn texto de la ley 14.616, del Cdigo Penal).
A Adolfo Miguel Donda Tigel le reproch la comisin, en relacin a
los hechos que damnificaron a Ana Mara Isabel Testa, Vctor Anbal Fatala,
Carlos Gregorio Lordkipanidse, Carlos Muoz, Lzaro Jaime Gladstein y Arturo
Osvaldo Barros, de los delitos de privacin ilegal de la libertad cometida por
funcionario pblico, agravada por haberse ejecutado mediante violencias o
amenazas y tormentos doblemente agravados por haber sido impuestos por
funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la condicin de perseguido
poltico de la vctima, reiterados en seis oportunidades, los que concurren
materialmente entre s, en calidad de coautor (arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis,
inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo, segn texto de la ley 14.616, del
Cdigo Penal).
A Manuel Jacinto Garca Tallada le imput, en relacin a los hechos
que damnificaron a Silvia Wikinsky, Patricia Flynn, Marianela Galli, Mario
Galli, Felisa Violeta Wagner, Lila Victoria Pastoriza, Mara Ins Imaz de
Allende, Alicia Elisa Tokar, Graciela Beatriz Daleo, Carlos Garca, Alfredo Julio
Margari, Guillermo Olivieri, Alicia Ana Mara Juana Domon, Rene Leonie
Duquet, Esther Ballestrino de Careaga, Mara Ponce de Bianco, ngela Auad,
Patricia Oviedo, Raquel Bulit, Julio Fondovila, Horacio Elbert, Eduardo Gabriel
Horane, Remo Carlos Berardo, Azucena Villaflor de De Vincenti y Josefina
Prada de Olivieri de los delitos de privacin ilegal de la libertad cometida por
funcionario pblico, agravada por haberse ejecutado mediante violencias o
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amenazas y tormentos doblemente agravados por haber sido impuestos por
funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la condicin de perseguido
poltico de la vctima, reiterados en veintisis oportunidades, los que concurren
materialmente entre s, en calidad de coautor (arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis,
inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo, segn texto de la ley 14.616, del
Cdigo Penal).
A Oscar Antonio Montes le enrostr la comisin, en relacin a los
hechos que damnificaron a Arnaldo Rodolfo Gremico, Orlando Virgilio Yorio,
Francisco Jalics, Osvaldo Rubn Cheula, Alberto Ahumada, Mara Laura Tacca
de Ahumada, Luis Alberto Vzquez, Lisandro Ral Cubas, Alejandro Monforte,
Rodolfo Luis Picheni, Carlos Oscar Loza, Hctor Guelfi, Oscar Alberto Repossi,
Silvia Labayr de Lennie, Nilva Zuccarino de Lennie, Santiago Lennie, Sandra
Lennie de Osuna, Martn Toms Gras, Carlos Figueredo Ros, Edmundo Landn,
Mara Elisa Hachmann de Landn, Marcelo Hernndez, Ana Mara Mart, Mara
Alicia Milia de Pirles, Ariel Aisenberg, Daniel Aisenberg, Ricardo Hctor
Coquet, Daniel Marcelo Schapira, Jos Mara Salgado, Mara Cristina Lennie,
Sara Solarz de Osatinsky, Andrs Ramn Castillo, Hugo Csar Bogarn y
Alejandra Lpido, de los delitos de privacin ilegal de la libertad cometida por
funcionario pblico, agravada por haberse ejecutado mediante violencias o
amenazas y tormentos doblemente agravados por haber sido impuestos por
funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por la condicin de perseguido
poltico de la vctima, reiterados en treinta y cuatro oportunidades, los que
concurren materialmente entre s, en calidad de coautor. (arts. 45, 55, 142, inc.
1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo, segn texto de la ley
14.616, del Cdigo Penal).
A Antonio Pernas le imput la comisin, en relacin a los hechos
que damnificaron a Ana Mara Mart, Mara Alicia Milia de Pirles, Sara Solarz
de Osatinsky, Carlos Garca, Martn Toms Gras, Ricardo Hctor Coquet,
Andrs Ramn Castillo y Graciela Beatriz Daleo, de los delitos de privacin
ilegal de la libertad cometida por funcionario pblico, agravada por haberse
ejecutado mediante violencias o amenazas y tormentos doblemente agravados
por haber sido impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su guarda y por
la condicin de perseguido poltico de la vctima, reiterados en ocho
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Poder Judicial de la Nacin
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Mariano R Carcionecretario
oportunidades, los que concurren materialmente entre s, en calidad de coautor
(arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo,
segn texto de la ley 14.616, del Cdigo Penal).
Por ltimo, a Ral Enrique Scheller le endilg la comisin, en
relacin a los hechos que damnificaron a Guillermo Olivieri, Jorge Caffatti,
Mara Eva Bernst de Hansen, Nilda Noem Actis Goretta, Enrique Mario
Fukman, Vctor Anbal Fatala y Lzaro Jaime Gladstein, de los delitos de
privacin ilegal de la libertad cometida por funcionario pblico, agravada por
haberse ejecutado mediante violencias o amenazas y tormentos doblemente
agravados por haber sido impuestos por funcionario pblico a un preso bajo su
guarda y por la condicin de perseguido poltico de la vctima, reiterados en siete
oportunidades, los que concurren materialmente entre s, en calidad de coautor
(arts. 45, 55, 142, inc. 1, 144 bis, inc. 1 y 144 ter, primer y segundo prrafo,
segn texto de la ley 14.616, del Cdigo Penal).
II. Finalmente a fs. 9.408/ 9.465, el titular del Juzgado Nacional en
lo Criminal y Correccional Federal n12, Dr. Sergio Gabriel Torres, dict el auto
de fecha 8 de marzo de 2.008, mediante el cual dispuso la elevacin a juicio de
las personas, por los casos y respecto de los delitos que a continuacin se
detallan, de acuerdo a las acusaciones contenidas en los distintos requerimientos
efectuados a tenor de lo dispuesto en los arts. 346 y 347 del Cdigo Procesal
penal de la Nacin:
Jorge