Pollo
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INDICE:
1. PESAMIENTO……………………………………………………….3
2. DEDICATORIA……………………………………………….…..4
3. PRESENTACION…..……………………………………….……5
I. LA ETICA RELACIONADA CON LA POBREZA.…….…….………………….…7
1 .LA ETICA………………………………..………….………7
1.1. DEFINICION Y OBJETO….….7
1.1.1. RAMAS DE LA ETICA……..8CONCECUENCIALISMO.10
II.LA POBREZA,,,,,,,,,,,..,,,12
2.1..introduccion……………………….………….13
2.3..aspecto básico de la pobreza……17
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PRE Página 1
2.4..quien es la pobreza y porque es importante ……………………………………………………………………19 . 2.5.¿que es ser pobre?.............22
2.6.factor relacionado con la Pobreza………………………………………..24
III.RELACION ENTRE ETICA Y POBREZA……………..........................................…………26
IV.LOS DECRETOS HUMANOS ..............................................30
4.1. DEBERES DE LOS ETADOS Y DERECHOS PROTEJIDOS………………..…....……..31
4.2. DEBERES CIVILES Y POLITICOS.......31
4.3.DEBERES DE LA PERSONAS..................50
4.4. MEDIO DE LA PROTECCION DE LOS ORGANOS COMPETENTES:……………………….....51
4.5. CAPITULOS................................................53
V. LA SOCIEDAD CIVIL…..77
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PRE Página 2
5.1. LAS DIVESAS ACEPCIONES..................77
5.2. INTERPRETACION MARXISTA:…........85
5.3.SISTEMA HEGELIANDO:……….………...….92 5.4.LA TRADICIÓN IUSNATURALISTA:.....................................................…98
5.5. SOCIEDAD CIVIL COMO SOCIEDAD CIVILIZADA.........................................................................................……103
VI .
COCLUSIONES............................................113 VII.BIBLIOGRAFIA...........................................121
PENSAMIENTO:
este trabajo se hizo pensando en la pobreza que se asume en el mundo en el ámbito
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ético ,derechos humanos , y la sociedad civil ya es lo que mas afecta a todo el mundo.
DEDICATORIA:
Le dedico primeramente mi trabajo a Dios fué el creador de todas las cosas, el que me ha dado fortaleza para continuar cuando a punto de caer he estado; por ello, con toda la humildad que de mi corazón puede emanar.
De igual forma, a mis Padres, a quien le debo toda mi vida, les agradezco el cariño y su comprensión, a ustedes quienes han sabido formarme con buenos sentimientos, hábitos y valores, lo cual me ha ayudado a salir adelante buscando siempre el mejor camino.
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A mis maestros, gracias por su tiempo, por su apoyo así como por la sabiduría que me transmitieron en el desarrollo de mi formación profesional, en especial al Profesor Erick romaní Portugal, por haber guiado el desarrollo de este trabajo y llegar a la culminación del mismo.
PRESENTACION:
en congruencia con su particular filosofía educativa y social, tiene una
larga trayectoria en la producción de conocimiento relevante y pertinente
para la región, especialmente el que se dirige a colaborar en la disminución
de la desigualdad social y en el impulso para un desarrollo productivo sustentable.
En el contexto del inicio de las campañas políticas por la presidencia
municipal en febrero de 2006, el rector, Mtro. Sebastián Serra Martínez,
solicitó a determinados programas académicos que, desde la trayectoria
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ya recorrida, se trabajaran propuestas sobre algunos de los problemas
relevantes de la región con el fin de exponerlos a los distintos candidatos
y establecer, así, un diálogo bajo una pauta académica. El documento se
les entregó personalmente a los candidatos el 4 de junio, día del debate
efectuado en las instalaciones de la UIA León. No es un programa de
gobierno, ni refleja un diagnóstico integral de la problemática municipal.
Tampoco es un análisis exhaustivo, pues lo que aquí se expone es parte
de estudios e investigaciones más amplios realizados por la Universidad.
Este documento es el punto de vista de la Universidad sobre temáticas
trabajadas con anterioridad por los programas universitarios de Desarrollo
Sustentable, Derechos Humanos, Migración y Pobreza; el Departamento
de Arte y Diseño y el de Ciencias Económicas Administrativas.
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LA ETICA RELACIONADA CON LA POBREZA
LA ETICA
La ética es una rama de la filosofía que se ocupa del estudio racional de la moral, la virtud, el deber, la felicidad y el buen vivir.1 Requiere la reflexión y la argumentación. El estudio de la ética se remonta a los orígenes mismos de la filosofía en la Antigua Grecia, y su desarrollo
histórico ha sido amplio y variado.
La ética estudia qué es lo moral, cómo se justifica racionalmente un sistema moral, y cómo se ha de aplicar posteriormente a nivel individual y a nivel social. En la vida cotidiana constituye una
reflexión sobre el hecho moral, busca las razones que justifican la utilización de un sistema moral u otro.
Una doctrina ética elabora y verifica afirmaciones o juicios determinados. Una sentencia ética, juicio moral o declaración
normativa es una afirmación que contendrá términos tales como "bueno", "malo", "correcto", "incorrecto", "obligatorio", "permitido",
etc., referidos a una acción, una decisión o incluso también las intenciones de quien actúa o decide algo. Cuando se emplean sentencias éticas se está valorando moralmente a personas,
situaciones, cosas o acciones. Se establecen juicios morales cuando, por ejemplo, se dice: "Ese hombre es malo", "no se debe matar", etc. En estas declaraciones aparecen los términos "malo", "no se debe",
etc. que implican valoraciones de tipo moral.
Definición y objeto[Según una corriente «clásica», la ética tiene como objeto los actos
que el ser humano realiza de modo consciente y libre (es decir, aquellos actos sobre los que ejerce de algún modo un control
racional). No se limita sólo a ver cómo se realizan esos actos, sino que busca emitir un juicio sobre estos, que permite determinar si un
acto ha sido éticamente bueno o éticamente malo.
Fernando Savater, en el primer capítulo de su libro Ética para Amador («De qué va la ética»), define la ética como «el arte de vivir, el saber vivir, por lo tanto el arte de discernir lo que nos conviene (lo
bueno) y lo que no nos conviene (lo malo)».
Ello implica establecer una distinción entre lo que sea bueno y lo que sea malo desde el punto de vista ético, y si el bien y el mal éticos
coinciden o no con lo que serían el bien y el mal en sí.
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La palabra ética proviene del latín ethĭcus, y este del griego antiguo ἠθικός, o transcrito a nuestro alfabeto, "êthicos". Según
algunos autores, es correcto diferenciar "êthos", que significa "carácter", de "ethos", que significa "costumbre", pues "ética" se
sigue de aquel sentido y no es éste.2
Límites con disciplinas adyacentesLa ética se relaciona con la antropología, el derecho, con la ley, y con ciencias empíricas que estudian el comportamiento humano, como
la sociología y la psicología.
Un autor define ética del siguiente modo: “Ética (del griego ethika, de ethos, ‘comportamiento’, ‘costumbre’), principios o pautas de la
conducta humana, a menudo y de forma impropia llamada moral (del latín mores, ‘costumbre’)" 3
La palabra ética proviene del griego ethikos (“carácter”). Se trata del estudio de la moral y del accionar humano para promover los comportamientos deseables. Una sentencia ética supone la
elaboración de un juicio moral y una norma que señala cómo deberían actuar los integrantes de una sociedad. Por profesión se entiende una ocupación que se desarrolla con el fin de colaborar con el bienestar
de una sociedad. Para realizar dicha labor es necesario que el profesional (persona que ejerce la misma) actúe con responsabilidad, siguiendo los requisitos que la ley vigente plantee para el desarrollo
de esa actividad.
La ética profesional pretende regular las actividades que se realizan en el marco de una profesión. En este sentido, se trata de una
disciplina que está incluida dentro de la ética aplicada ya que hace referencia a una parte específica de la realidad.
Cabe destacar que la ética, a nivel general, no es coactiva (no impone sanciones legales o normativas). Sin embargo, la ética profesional
puede estar, en cierta forma, en los códigos deontológicos que regulan una actividad profesional. La deontología forma parte de lo
que se conoce como ética normativa y presenta una serie de principios y reglas de cumplimiento obligatorio.
Ramas de la éticaMetaética
La ética teleológica es generalmente una ética orientada hacia fines, hacia un "télos" (en griego, fin u objetivo que perfecciona a quien lo
alcanza).
Hume ha planteado la objeción de que la transición de ser no-debe "para ser legítimo (" Ley de Hume "). Bajo la falacia de la partida
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"naturalista" de George Edward Moore ha planteado las cuestiones estrechamente relacionadas, pero que no son estrictamente los
mismos.
Como se destaca más adelante, los positivistas, deben estar epistemológicamente entre las tasas y tarifas de destino, y se
diferencian por su relación diferente a los sentidos. La distinción epistemológica entre es y debe se basa en la ciencia empírica
moderna. Quien no acepta esta distinción, o bien debe postular a un ser que no es directamente o indirectamente detectable, o se debe
considerar lo que debe ser perceptible.
Las normas éticas se derivan de supuestas declaraciones sobre los seres, con frecuencia pasan inadvertidos por el uso de la ambigüedad
normativa y empírica de términos como "esencia", "Naturaleza", "determinación", "función", "final", "sentido" u " Objetivo alcanzado".
Así, la palabra "objetivo" es incluso lo que en realidad busca una persona (Su meta es graduarse). La palabra objetivo puede referirse también a lo que debe perseguir un hombre (por ejemplo, cuando se
dice de alguien que perdió el objetivo o la meta de su existencia humana).
La ambigüedad inadvertida empírico-normativa de ciertos términos conduce a falacias lógicas tales como: "La esencia de la sexualidad es
la procreación. Por lo tanto, la anticoncepción no está permitida, porque no refleja la naturaleza de la sexualidad".
Tomando nota de que esto supone que se ha deducido lógicamente que el ser es una justificación de las normas aún no desesperada.
Porque, además de las declaraciones normativas y de los registros, hay voluntades. La expresión de la voluntad de una persona: "No quiero ser molestado en la siguiente hora por cualquier persona"
incluye el deseo de que la norma "Nadie me debe molestar en la hora siguiente" sea capaz de ser acogida y respetada por otros. El punto
central será saber si la expresión de la voluntad de esa persona sea o no sea éticamente correcta, o sea simplemente un acto arbitrario que
no exige un respeto absoluto por parte de otros.
La falacia naturalistaGeorge Edward Moore, en su obra Principia Ethica, acusa
al naturalismo de cometer un error cuando infiere que algo tiene una propiedad moral a partir de que ese algo tiene tal o cual propiedad natural.4 Por ejemplo, asumiendo que el placer es una propiedad
natural, un naturalista podría sostener que las relaciones sexuales son buenas porque son placenteras.4 Sin embargo, Moore
señala que para afirmar esto, primero se necesita mostrar que todo lo placentero es bueno,4 y esto requiere de un argumento que parece
difícil de proveer. Pese al nombre de la falacia, la misma parece poder extenderse más allá del naturalismo.4 Así, el desafío propuesto por Moore parece mostrar cómo es posible concluir legítimamente que
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una propiedad no moral puedeidentificarse o tener la misma extensión que una propiedad moral.
Ética normativaEl dilema del tranvía es un experimento mental que puede servir para
ilustrar y poner a prueba distintas teorías éticas.
Las teorías de la filosofía ética o moral se pueden distinguir de acuerdo a los criterios de sus bases para la determinación del bien
moral. El bien moral puede ser determinado por:
Las consecuencias (ética teleológica) consecuencialismo; Disposiciones de comportamiento, rasgos de carácter y virtudes
(ética de la virtud); La intención del actor (ética disposición);
Objetivos hacia hechos morales, como objetivo de las evaluaciones morales sobre la propiedad o la acción (ética deontológica);
Optimización de los intereses o de las partes interesadas (de preferencia), la ética utilitarista, de la felicidad (eudaimonía), o del
bienestar.
Consecuencialismo
El consecuencialismo sostiene que la moralidad de una acción depende sólo de sus consecuencias (el fin justifica los medios).5 6 El
consecuencialismo no se aplica sólo a las acciones, pero éstas son el ejemplo más prominente.5 Creer que la moralidad se trata sólo de
generar la mayor cantidad de felicidad posible, o de aumentar la libertad lo más posible, o de promover la supervivencia de
nuestra especie, es sostener una postura consecuencialista, porque aunque todas estas creencias difieren en cuanto a las consecuencias
que importan, están de acuerdo en que lo que importa son las consecuencias.6
Una manera de clasificar a los distintos tipos de consecuencialismos es a partir de los agentes que se deben tener en cuenta cuando se consideran las consecuencias de las acciones.7 Esto da lugar a tres
tipos de consecuencialismo:7
El utilitarismo es la teoría según la cual la mejor acción es aquella que produce las mejores consecuencias para la mayor cantidad de
personas.78
El altruismo moral sostiene que la mejor acción es aquella que produce las mejores consecuencias para todos menos para el
agente.7
El egoísmo moral sostiene que la mejor acción es aquella que produce las mejores consecuencias para el agente.7 9
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DeontologíaLa deontología es la teoría normativa según la cual existen ciertas
acciones que deben ser realizadas, y otras que no deben ser realizadas, más allá de las consecuencias positivas o negativas que puedan traer.10 Es decir, hay ciertos deberes, u obligaciones, que
deben ser cumplidos más allá de sus consecuencias.10
Ética de la virtudLa ética de virtud es una teoría que se remonta a Platón y, de modo más articulado, a Aristóteles, según la cual una acción es éticamente
correcta si hacerla fuera propio de una persona virtuosa.11 12 Por ejemplo, si para el utilitarismo hay que ayudar a los necesitados
porque eso aumenta el bienestar general, y para la deontología hay que hacerlo porque es nuestro deber, para la ética de virtudes, hay
que ayudar a los necesitados porque hacerlo sería caritativo y benevolente.11
Ética aplicadaLa ética aplicada es la parte de la ética que se ocupa de estudiar
cuestiones morales concretas y controversiales.7 Por ejemplo, algunos objetos de estudio de la ética aplicada son el aborto inducido, la eutanasia y los derechos de los animales.7 Algunas de estas
cuestiones se agrupan por similitudes y son estudiadas por subdisciplinas:7
La bioética estudia las controversias morales que son producto de los avances en la biología y la medicina.13
La deontología profesional se ocupa tanto de buscar justificación para valores morales que deberían guiar a los profesionales, como de estudiar los valores que de hecho guían a los profesionales.14
En el primer sentido la deontología profesional es una disciplina normativa y filosófica. En el segundo sentido, se trata más bien de una disciplina descriptiva y por lo tanto científica.14 La deontología
profesional también cuenta con subdisciplinas como la ética médica, la ética de negocios y laética de la ingeniería.15
La ética ambiental se ocupa de la relación ética entre los seres humanos y el medio ambiente.16
Quizás las dos preguntas fundamentales de esta disciplina sean: ¿qué deberes tienen los seres humanos hacia el medio ambiente, y
por qué?16 En general, la respuesta a la primera pregunta es una consecuencia de la respuesta a la segunda.16 Distintas respuestas o
aproximaciones a respuestas han dado lugar a distintas éticas ambientales.16
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Ética militar es un conjunto de prácticas y discursos que sirven para orientar a las fuerzas armadas y a sus integrantes para que actúen conforme a unos valores y unas normas determinadas, y
para mostrar al conjunto de la ciudadanía esos valores de referencia.
La ética económica se ocupa de las relaciones éticas que deberían guiar las relaciones económicas entre los seres humanos y el
efecto que tales normas tendrían sobre la economía de nuestras sociedades. De hecho gran parte de los economistas que
desarrollaron la teoría moderna de la economía partieron de bases éticas. El ejemplo más cercano es el utilitarismodesarrollado
primero como doctrina moral y luego usado para la teoría del valor neoclásica
LA POBERZA
En esta oportunidad, se desarrollan algunos aspectos básicos para poder entender el problema más denigrante de la sociedad, es
decir, la pobreza, éste mal que aqueja a millones de seres humanos en el planeta y que azota a nuestra querida región latinoamericana, donde los gobernantes, pese a todos sus
intentos, en lugar de reducir los niveles de pobreza en la sociedad, por desgracia se ha incrementado, la pobreza trae consigo a la
desigualdad social, la desnutrición, el analfabetismo, la migración, es caldo de cultivo para el narcotráfico y una precaria salud, por ello, decidí tocar el interesante y revelador tema de la pobreza,
porque para aspirar a salir de ella, primeramente debemos recordar lo que viven millones de personas, y una vez
comprendidas las causas y factores que llevaron a esta ausencia de recursos y oportunidades, podamos ofrecer algunas soluciones reales para cuando menos minimizar sus efectos en la sociedad.
PALABRASPobreza. Gobernantes. Familia.
Economistas. Pobres. Miseria. Migración. Guerras. Analfabetismo. Problemas
climáticos.
INTRODUCCIÓN. Lograr comprender a la pobreza, adentrarnos en su significado y
tratar de efectuar algo al respecto, es la única senda que nos
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queda a quienes poseemos algún recuerdo de sensibilidad social y a quienes nos daña hondamente el sufrimiento que causa a los más pequeños e inocentes del hogar, a los jóvenes, mujeres y
personas de la tercera edad, así como aquellos que tienen capacidades diferentes y de manera global a la sociedad en su
conjunto. Se pueden utilizar infinidad de sinónimos como carestía, insuficiencia y limitación que, como condicionamientos, afectan por igual vidas, familias, comunidades y sobre todo el porvenir
que tendrán nuestros descendientes, sin otra opción, que sobrevivir al que lo estamos haciendo en la actualidad, esta triste situación la vivieron nuestros ancestros. Es lamentable tener que aceptar el traslado de éste patético patrimonio de padres a hijos. La ignorancia, el atraso y por ende el oscurantismo y la serie de
efectos que estas limitaciones ocasionan a la población en extrema pobreza, les provoca, humillación y ausencia de dignidad.
La desnutrición, las enfermedades y la insalubridad en general con las que tienen que lidiar las familias paupérrimas, han llevado a la tumba a millones de recién nacidos, niños y adolescentes, así
como a sus madres y adultos en general.Pero como normalmente no se dispone de un trabajo o de una ocupación que reditúe un buen o regular ingreso, y sin dinero
disponible, obtenido y ganado en buena lid o aún obsequiado, la condición de pobres se mantiene hasta tanto no haya algo o
alguien que le ponga en sus manos billete sobre billete al infortunado y al que está limitado en ingresos.
Pero no debemos confundirnos, no solucionamos nada con sólo colocar dinero en las manos de los menos favorecidos.
Al igual que debemos comprender, que inmediatamente que una familia pobre tiene dinero constante y sonante salen
inmediatamente de esa condición de limitaciones y carencias en las que malamente han sobrellevado sus penas. Pero éste falso
bienestar y prosperidad durará hasta el momento en que se gasten el último billete proporcionado.
Después de agotados los recursos monetarios, y el último pedazo de pan que les queda de su oportuna pero temporal buena suerte, esa familia volverá irremediablemente a ser pobre y a padecer de
las consecuencias de ese ignominioso estado de calamidad humana.
Por lo que concluimos, que lógicamente el dinero suficiente en manos de los pobres los saca de esa condición, no resolvemos el problema de fondo, sino que únicamente hacemos un compás de espera y disfrazamos temporalmente la situación socioeconómica
de los afectados-beneficiados.Lo anteriormente descrito lo podemos comparar, con lo que
sucede en aquella familia a la que la suerte toca a su puerta y se ganan el premio mayor de la lotería, si no hacen inversiones adecuadas, y por el contrario despilfarran a manos llenas su
nueva fortuna, en el mismo instante en que se gasten la última moneda, entran otra vez a la condición en que vivían un día antes
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de sacarse el primer premio de la lotería.
Países que hace 20 años eran muchísimos más pobres, limitados y miserables que los latinoamericanos, mismos que potencialmente
son ricos, hoy no sólo salieron de esas inhumanas condiciones, sino que nos han rebasado ostensiblemente, hacen gala y
presumen de ello, de su nueva condición de países capaces de brindarles a sus habitantes riqueza, oportunidades, superación y
un futuro promisorio para toda su descendencia.
¿No será correcto que nuestros líderes y dirigentes nacionales se den una vuelta por esos países, o por lo menos participen en un
encuentro de economía dirigido por el Dr. Martínez Coll, y averigüen la fórmula mágica que utilizaron para paliar sus crisis, hambruna, insalubridad, falta de educación, todas y cada una de las mismas limitaciones que América Latina continúa teniendo?
Lo anterior lo debieron haber efectuado desde hace mucho, pero no lo hacen, será acaso que quieran pasajes aéreos de primera clase ó que le paguemos su ingreso a los encuentros del Grupo
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No podemos perder más tiempo, y volver o continuar con los mismos remedios, soluciones y hasta sacrificios que en nada han ayudado a nuestros pueblos a salir del atraso y de las miserias.
Si uno solo de esos remedios hubiese funcionado en cualquiera de nuestras naciones latinoamericanas, aplicados una y otra vez por
nuestros tan eficientes e incorruptibles presidentes, no estuviésemos tan hundidos en el lodazal de la pobreza, la pobreza
extrema y la pauperización tan acelerada de nuestras clases medias. Realmente lo único que hicieron estos nefastos
presidentes y sus gobiernos, así como funcionarios, fue engañar, empobrecer y volver inculto a nuestros pueblos. Lo anteriormente descrito no podemos tolerarlo más, es la hora de ponerles un alto
a estos desmanes que han sucedido en nuestras naciones.
Debemos comprender éste drama mundial, es posible salir de la pobreza, y de la serie de limitaciones que nos acompañan desde siempre, únicamente si nos preocupamos de poner a disposición
de los millones de seres humanos que las padecen, el dinero, rentas, beneficios e ingresos suficientes, pero con la condición
irrenunciable que éstos sean constantes, sostenibles y con posibilidades de aumentarlos en la medida de sus capacidades
productivas, pero por medio de intercambiar sus conocimientos, habilidades, mano de obra y creatividad.
De que le sirve a un país invertir en salud, educación, vivienda e infraestructura si no hay trabajos, oportunidades y esperanzas, así
como libertad, respeto y un estado de derecho que permita la seguridad en todo el amplio sentido de su significado, tanto en el aspecto de tranquilidad, paz y protección, vigilancia y prevención al crimen, como la seguridad jurídica, comercial y emocional de
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todos los partícipes en la vida nacional.
Para poder salir de la opresión, limitaciones y de la pobreza, sólo se logrará, sí de manera individual, familiar y el Estado por medio
de las instituciones y organismos que lo conforman, somos capaces de integrarnos todos juntos y armar un tejido político y
social que permita sentar las bases del desarrollo humano.
La culpa de esta calamidad, si es que hay que echársela a alguien, la tenemos, para empezar, nosotros, los habitantes, pues no
hemos sido capaces de hacer que aquellos a quienes han hecho representantes de la sociedad cumplan con el propósito
constitucional del bienestar para todos. Y mucho menos hacer que se les deduzcan las responsabilidades por esos delitos de lesa
humanidad cometidos contra la mayoría de nuestros pueblos a los que han dejado en la más íngrima de las pobrezas y sin un futuro por delante. Pero eso de quitarnos las aspiraciones y los sueños a un pueblo, o una esperanza para salir de esa problemática, sí que
es de lo más terrible.Por lo anteriormente expuesto, la culpa en gran medida la tienen
todos nuestros pasados, recientes y actuales gobernantes de todos los niveles.
Que en un momento de locura y abatidos por las condiciones, hemos permitido que nos hipnoticen con sus ensalivados
discursos y con su melosa labia demagógica, farsante y engañosa. Allí, frente a ellos, sí hemos podido soñar con otro futuro para
nuestra descendencia. Pero ya en la realidad, ellos, a los que les dimos votos, esperanza y nuestras vidas, nada hicieron por
ayudarnos a salir de este atolladero que tiene la pobreza. Si algo positivo hubiesen efectuado no estaríamos como
desgraciadamente estamos.Las cifras que se han invertido, en miles de millones de dólares, por nuestros irresponsables y derrochadores presidentes (dinero
proveniente del erario público), en aspectos sociales son abrumadoras. Cientos de miles de millones de dólares han corrido
en Latinoamérica en los últimos 30 años. En esa misma proporción, continuamos desviados y, lo peor de ello, alejándonos de cualquier solución integral a la pobreza y
miseria que nos carcome día con día. Por supuesto que sólo con la población común y corriente sucede todo esto, pues con nuestros millonarios gobernantes y parentela la situación es de lo mejor.
Lo que nuestra generación, no debe, ni puede seguir permitiendo, es que siga la fiesta y los desplantes politiqueros de nuestros tan
folklóricos, cínicos y maleantes funcionarios, dirigentes y supuestos líderes que han sido electos o nombrados.
Y la pobreza, en la que lamentablemente todavía vivimos, sí ha eso se le llama vivir, millones de familias, señalan con ingratitud a sus gobernantes, líderes, dirigentes y políticos incapaces que, a costa de vidas, sufrimientos, limitaciones, carencias, miserias y
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adversidades nos han negado las oportunidades y hasta aquellas expectativas fundamentales de superación a cientos de millones
de seres humanos en Latinoamérica.
Concluyendo con la introducción, quiero dejarlos con un pensamiento, para que se convierta en un sentimiento que toque
sus corazones y no se nos olviden nunca más nuestras obligaciones, misión cívica y política con nuestros pueblos, y que
va con la Declaración de los Derechos del Niño.En 1989 la Asamblea de las Naciones Unidas aprobó la
Convención sobre los Derechos de los Niños. Y entre los derechos de los niños, es decir de nuestra descendencia, figura uno
importantísimo, como para no olvidarlo nunca:...”los niños tienen el derecho a ser protegidos de la pobreza”...¿Qué estamos haciendo para mantener protegidos y alejados a
sus niños de la pobreza?
ASPECTOS BASICOS DE LA POBRESA
La pobreza es definida como aquella condición caracterizada por la carencia de recursos, medios u oportunidades para la satisfacción de
las necesidades humanas mínimas, tanto de tipo material como cultural. Cuando se habla de pobreza se hace referencia a un asunto delicado que se vincula de manera estrecha con las posibilidades del bienestar y los horizontes de la democracia. De ahí que la situación
en que viven millones de pobres en todo el planeta sea, quizá el tema que más preocupa a diversos gobiernos que reconocen en el mismo
una fuente potencial de desestabilización, violencia y alteración de la paz.
Atendiendo a la definición, el pobre no puede alimentarse, tampoco vestirse ni educarse. Además no recibe atención médica adecuada ni
tiene acceso a fuentes de trabajo, al tiempo que su vida afectiva y espiritual tiende a ser reducida.
Aunque hay tantas definiciones como enfoques se hagan de la pobreza, por razones metodológicas resulta conveniente
circunscribirla a la carencia de recursos económicos. Aquel que teniendo dinero no se vista ni tenga un albergue adecuado para su
familia y que no gaste en educación ni en alimentarse o hacerse ver por el médico, no es un pobre, sino un pobre diablo, un rico avaro.
Aunque uno crea en la formación integral del individuo, en el desarrollo de la vida espiritual y en el disfrute de los bienes de la
cultura, pobre es simplemente quien por carecer de dinero o medios, su lucha diaria es la satisfacción de necesidades biológicas y sociales
mínimas. La pobreza es, entonces la incapacidad de generar recursos
pecuniarios, es una falla para progresar de una manera socialmente aceptable, con el dinero como una especie de vía final común.
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Los pobres son muy eficientes en reproducir más pobres y por tanto la ayuda estatal y comunal se diluye en un mar de necesidades
insatisfechas. A menudo se dice que "la plata jala plata" lo cual tiene mucho de cierto, pues invierte quien tiene medios; y a la inversa, la pobreza crea más pobreza. Así, entre más tiempo pase, el problema
se hará más severo, como ya se observa el caso de la miseria extrema y riqueza opulenta.
Si todos los pobres del mundo, que son mayoría, desearan vivir como una "ideal clase media", nos encontraríamos con la ingrata sorpresa de que haría falta otro planeta gemelo de la tierra para satisfacer las
necesidades materiales de los moradores de este mundo.Cada etapa del desarrollo histórico de la humanidad ha tenido un
elemento clave de la producción de riqueza: la población para tener mano de obra, el territorio para la extracción de productos primarios
o la tecnología para la elaboración de bienes y servicios con alto valor agregado.
Una situación tan grave no puede continuar. La marginación de muchos debe ser atendida de inmediato a través de políticas públicas
que verdaderamente atiendan las causas estructurales que concentran la riqueza en unas cuantas manos y generan la pobreza
de la mayoría. Ante un escenario de esta naturaleza, en el que la dignidad del hombre tiende a diluirse, es urgente e impostergable que la comunidad internacional reactive sus esfuerzos en favor de
una nueva agenda del desarrollo. Es urgente, sobre todo, que lo haga a la luz del reconocimiento del fracaso de las políticas de combate a
la pobreza que se concibieron a partir de la óptica distributiva neoliberal. Si realmente se quiere atender este fenómeno entonces debe trabajarse con toda seriedad. Experiencias recientes, indican
que deben evitarse acciones que atienden la pobreza de manera focal y transitoria o con criterios de emergencia. La respuesta la tienen los gobiernos. Ellos tienen la delicada responsabilidad de diseñar nuevas
políticas de combate a la pobreza, políticas que ya no pueden seguirse concibiendo como parte de todo un razonamiento vinculado a la economía de mercado. En cualquier caso, estas políticas deben
partir del supuesto de que la pobreza refleja insuficiencias estructurales que deben ser corregidas desde su base para evitar que
en el mediano y largo plazo el hambre, la desnutrición y la falta de oportunidades de muchos, se conviertan en factor de
desestabilización social.La pobreza que padece gran parte de la población es preocupante por su magnitud y persistencia. Los frutos del progreso se distribuyen sin
equidad. El costo de las crisis y los ajustes es absorbido principalmente por los sectores empobrecidos de la sociedad.
Las señales más visibles y dramáticas se observan en el desamparo de la población infantil, en los contingentes de jóvenes sin
perspectivas, en las familias desintegradas, en la violencia delictiva y en la falta de atención a los grupos más vulnerables.
La pobreza como encuadre de la vivencia excluida de millones de personas, determina la libertad de los que en ella viven al limitarles la
satisfacción de las apremiantes e impostergables necesidades que
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demanda la vida. Esta situación crónica de no libertad propicia una condición que podríamos denominar como esencialmente vulnerable, al verse las personas en la necesidad de realizar diversos intentos de
engañarla y superarla.
CONCEPTOS: ¿QUÉS ES LA POBREZA Y POR QUÉ ES IMPORTANTE?
La Pobreza es una situación en que no es posible satisfacer necesidades básicas, por eso la pobreza esta ligada estrechamente al empleo, a los ingresos de trabajo o a la distribución de los recursos o el patrimonio, el analfabetismo y la falta de educación es una de las
principales consecuencias de la pobreza.La pobreza, es uno de los principales problemas socioeconómicos que
enfrenta América Latina, en especial, en las áreas rurales.Son muchos los factores y situaciones que generan pobreza, y por ende, medirlos para poder luego formular o diseñar programas que
permitan su control, solución o alivio, se ha convertido en la principal preocupación de los diseñadores de políticas sociales y económicas.
A menudo, en los análisis de la pobreza, han predominado las preguntas sobre el número de personas que vive por debajo o por encima de una línea de pobreza definida en términos de ingresos o gastos. Pero esto es sólo una parte de lo que la pobreza significa en
una sociedad. Estudios empíricos sobre lo que la gente piensa y consideraciones conceptuales apoyan la noción de que la pobreza
abarca múltiples dimensiones y tiene que ver tanto con las condiciones futuras en términos de riesgos y posibilidades como con
las actuales.Una razón para adoptar una perspectiva más amplia del bienestar y de la pobreza es que ésta refleja lo que la gente cree, en especial la que vive en comunidades pobres. Ello se manifiesta, por ejemplo, en la tradición de la investigación participativa de la pobreza, mediante
la cual se trata de entender sistemáticamente la naturaleza de la pobreza a partir de escuchar en forma estructurada a los grupos e
individuos que viven en áreas pobres y establecer interacciones con ellos. En efecto, el malestar (o pobreza) significaba carencia de
medios materiales, pero también significaba muchas otras cosas, en especial mala salud, exclusión social y aislamiento, inseguridad y
sentimientos de impotencia, desamparo y frustración. A la inversa, una buena vida significa tener lo suficiente para cubrir las
necesidades materiales básicas, estar bien y parecerlo, bienestar social e inclusión, seguridad y libertad de elección y de acción.
Adoptar una perspectiva más amplia del bienestar y la pobreza tiene también fuertes raíces conceptuales. Una influencia muy importante
en el pensamiento sobre el desarrollo ha sido el trabajo de AmartyaSen. En él tres ideas tienen una especial relevancia. La primera tiene que ver con, qué constituye el bienestar, y qué la
pobreza.Sen sostiene que los logros de la gente en términos de hacer o ser, o
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sus “funcionamientos”, es lo que debería evaluarse como éxitos en bienestar. Tales logros pueden ir desde funcionamientos demasiado básicos, entre ellos, “estar bien alimentado, prevenir enfermedades que se pueden evitar y la mortalidad prematura, etc., hasta los más sofisticados como tener respeto de sí mismo, ser capaz de participar en la vida de la comunidad, etc.”. Las condiciones materiales, entre
ellas los ingresos, pueden contribuir a la realización de dichos logros. Segunda, es de gran importancia distinguir entre “logro” y “libertad
de lograr” a la hora de evaluar tanto el grado como la relevancia normativa de las diferencias en el bienestar. El “conjunto de
capacidades” representa la gama de funcionamientos que puede lograr un individuo o la “libertad general de que goza una persona en la búsqueda de su bienestar”. Tercera, son centrales las cuestiones
del albedrío humano para los enfoques normativo y positivo que necesitamos para considerar a los individuos como agentes dotados de voluntad más que como receptores pasivos de sus condiciones y
de las acciones del gobierno.La importancia del futuro, ya sea en términos de posibilidades y
oportunidades, o la “libertad de lograr” (o su falta), o del riesgo de caer en la pobreza, la mala salud u otras formas de carencias, están relacionadas tanto con la perspectiva de la gente pobre como con
enfoques conceptuales como el de Sen.
Aunque siempre hay un elemento de elección en la elaboración de una lista así; a continuación planteamos un conjunto de categorías
que es consistente con el pensamiento internacional:
Pobreza de capacidades humanas. Ésta se refiere a la falta de posesión de facultades humanas mínimas que permitan llevar una vida saludable y productiva. Puede formularse en términos de una
condición, como la libertad de prevenir “enfermedades que se pueden evitar o la mortalidad prematura” y saber leer y escribir, así como poseer otras destrezas básicas. También se expresa a menudo en
términos de acceso a un servicio de escolaridad básica y servicios de salud de calidad adecuada que sustenten esos fines. Lo que se
considera como “básico” depende del nivel de desarrollo, en especial en el área de la educación.
Pobreza de activos e infraestructura. Más allá de los activos humanos, la falta de activos físicos y financieros es un elemento de pobreza.
Aquí se incluyen bienes privados como vivienda, así como el acceso a bienes proporcionados públicamente. En muchas sociedades el
acceso a un conjunto básico de servicios de infraestructura, como agua y saneamiento, caminos y electricidad, se considera esencial para un nivel mínimo de vida. De nuevo, la naturaleza de esta lista
dependerá a menudo del nivel de desarrollo: es casi un juicio universal que los servicios de agua y saneamiento son necesidades;
en los países con ingresos medianos sería típico incluir a la electricidad.
Pobreza de ingreso o de gasto. Ésta define un nivel mínimo de ingresos o de gasto que permite la compra y el consumo de una
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canasta básica de bienes privados como alimentos, vestimenta, vivienda y elementos de adquisición privada para educación, salud y
otros servicios. Puede definirse en términos de ingresos o gastos. Mientras que las líneas de pobreza tienden a ser más altas en las
sociedades más ricas, normalmente suelen mantenerse constantes en el tiempo, al menos en el mediano plazo, con el fin de analizar
cambios en la pobreza “absoluta” de ingreso. Vulnerabilidad. El tema de la vulnerabilidad, es decir, el riesgo de caer en la pobreza, destaca en los trabajos participativos sobre la
pobreza. También hay una tradición de análisis económico, aunque existen medidas menos desarrolladas de la vulnerabilidad que de la
pobreza efectiva. Esto se debe en parte a las limitaciones de los datos, pues se requieren diseños de encuesta especiales para capturar los fenómenos (empleo de encuestas por paneles y/o
preguntas retrospectivas ante la experiencia de choques)Pobreza de dignidad e inclusión social. Otros elementos de la pobreza
son la dignidad y la falta de inclusión social. Tales funcionamientos sociales (para utilizar la terminología de Sen) tienen un largo historial intelectual que se remonta en la economía al menos hasta el énfasis puesto por Adam Smith a la importancia de “aparecer en público sin vergüenza” y a participar en la vida de la comunidad. Sin embargo,
no se ha establecido un enfoque estándar para el análisis cuantitativo de estas áreas como dimensiones de la pobreza y es probable que sea necesaria toda una variedad de análisis sociológicos y políticos
para manejarlas adecuadamente.
En general, al trabajar en éstas áreas de pobreza, merece la pena destacar tres puntos:
Primero, las diferentes dimensiones de la pobreza tendrán distintos grados de importancia en los casos de individuales y grupos. Aunque las múltiples privaciones son de particular interés, no existe ninguna
forma de medición obvia para elaborar un índice unitario. Y ello tampoco es deseable (pues oscurecería la estructura de las
privaciones), que es un área de debate social y político.Segundo, en los debates y diagnósticos sobre la pobreza es común tratar a ésta como una condición que alguien padece o no, como
ocurre con las líneas de pobreza o los niveles de servicios mínimos. Esto es una tergiversación de cualquier enfoque sensato para la valoración que podría dar mayor peso a grados más agudos de
privación. Una suposición común, en el lenguaje de los economistas, es que las funciones de bienestar social definidas para una dimensión particular son cóncavas, o asignan un peso continuamente declinante a los incrementos en consumo o ingresos. Con frecuencia nos interesa
la estructura de una dimensión particular del bienestar en la distribución total: hay importantes vínculos entre cuestiones de
pobreza y desigualdad tanto para el análisis normativo del bienestar como para la comprensión de las relaciones causales.
Tercero, aunque las áreas antes mencionadas son constitutivas de la pobreza y, por derecho propio, de preocupación social, también
tienen influencias causales en otros aspectos del bienestar en una
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sociedad. Por ejemplo, la inversión humana y el acceso a la infraestructura tienen poderosas influencias instrumentales en la
pobreza de ingreso; la inclusión social puede influir en la calidad de la prestación de servicios, etc. En sus varias dimensiones, la pobreza
también puede afectar el ritmo más amplio, del desarrollo, por ejemplo, donde la falta de inmunización o el acceso al agua potable
incrementan los riesgos de enfermedades infecciosas; donde las limitaciones de crédito para los pobres conducen a la sub-inversión, o
donde la exclusión o la polarización social se vinculan con mayores conflictos distributivos. Este último efecto tiene que ver estrictamente
con las desigualdades sociales, pero puede haber vínculos significativos con las dimensiones de pobreza.
¿QUÉ ES SER POBRE?Ser pobre es un término impreciso, con importantes variaciones
históricas en cuanto a los niveles de acceso al consumo, la salubridad, la educación y el ocio que definen lo que es la pobreza.
Ser pobre tiene un significado determinado por la sociedad en que se vive y su experiencia histórica.
No es lo mismo ser pobre en una sociedad rica, que serlo en un país periférico; también es distinto ser un pobre productivo y
autosuficiente, por ejemplo un campesino del tercer mundo, a ser un pobre enteramente dependiente, parasitario, como tienden a serlo los
pobres urbanos de los países industrializados.Lado a lado con la pobreza económica, existe, en paralelo, una
pobreza política. Generalmente los pobres no participan en los procesos de toma de
decisiones, tienen dificultades para expresar sus intereses y ser oídos, tienen poca fuerza de negociación. Esta debilidad se acrecienta
día con día en tanto que los pobres parecen cada vez menos necesarios. Los pobres (trabajadores de antes eran necesarios); los
nuevos pobres (inactivos) dependientes tienen crecientemente como la única carta restante su capacidad de estorbar.
Dentro de su indefinición la pobreza varía en connotaciones; sus significados implícitos y emocionales son también variados y de la
mayor importancia. En los últimos años se ha dado un intenso combate ideológico que, una vez más, los pobres parecen haber
perdido. Los pobres han perdido su derecho y su posibilidad de ser pobres y lo que antes podía ser una pobreza digna ha sido confundida
con la miseria. Se trata de una pérdida ideológica, de la mayor importancia, pues le
cierra a la humanidad entera la única salida posible, la de la dignificación de la pobreza y nos arroja en un camino sin salida; la
aspiración fantasiosa a la universalización de niveles de vida basados en el derroche energético y la destrucción del medio.
EL COMBATE IDEOLÓGICO SOBRE LA POBREZA
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Pero algo ha cambiado en los últimos años. En América Latina, se ha convertido a la pobreza en un término peyorativo. Pobreza y miseria
se han vuelto indistinguibles una de la otra y ahora se trata de combatir ambas como si fueran lo mismo y como si todos pudiéramos ser ricos. Se combate a la pobreza en una batalla que, por no definir
objetivos precisos (nutrición, salud, autonomía, dignidad, etc.), amenaza convertirse en un propósito absurdo e incluso suicida.
Se ofrece, implícitamente, un sueño a millones de seres humanos: ser "no pobres". Pero, ¿qué entiende el pobre con dejar de ser pobre?.
Cuando el discurso promete acabar con la pobreza parece haber una promesa que a los oídos de los que escuchan puede significar muchas
cosas, pero que sin duda se asocia a las nuevas imágenes de la televisión: los arquetipos de triunfadores, el consumo de las clases
medias industrializadas, incluso el "americanway of life". Las imágenes que ofrece la televisión de los norteamericanos
"pobres" los muestran con electricidad, teléfono y refrigerador; su ropa parece adecuada y los hijos van a la escuela. Bueno, hasta
automóvil tienen. Por demás decir que cuentan con agua corriente en sus hogares y no parecen desnutridos. Obviamente los
norteamericanos "no pobres" se encuentran todavía mejor (computadora, microondas, videojuegos, etc.) Entonces, ¿cual es el estándar que se ofrece al prometer la erradicación de la pobreza?
Las dificultades de definir a la pobreza y a los pobres han sido grandes. Definir lo que se ofrece como un nivel de vida "no pobre", es
imposible.El discurso ideológico que pregona el progreso y la modernidad, que
ofrece acabar con la pobreza y deja a la televisión esbozar constantemente la promesa del consumo inalcanzable, nos roba la
posibilidad de una pobreza digna y satisfecha a cambio de un engaño.
El cambio en los valores (imágenes que imponen los medios masivos), es brutal: del pobre honrado y trabajador hemos pasado al
pobre fracasado por estúpido e ineficiente; del rico sin valores, al triunfador cuyo triunfo lo justifica todo, incluso el consumo más
absurdo y derrochador de recursos que son, finalmente, patrimonio de la humanidad.
Hoy en día la norma que se impone es ser rico; es inaceptable ser pobre. La satisfacción interior que daba el orgullo del propio trabajo,
la rectitud en la vida, la unidad familiar, se desvanece ante la urgencia de alcanzar el disfrute de un consumo cada vez más
sofisticado
FACTORES RELACIONADOS CON LA POBREZA.
Dada la complejidad del problema de la pobreza, es necesario identificar por qué algunas familias son pobres y otras no, así como los factores que les permiten pasar de un estado a otro. En muchos
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casos, la sola identificación de estos factores permite una recomendación de política de manera más o menos directa, mientras que en otros se requiere un análisis más detallado, que merecería ser
estudiado.
A continuación se mencionan algunos factores vinculados a la pobreza:
Acceso a infraestructura y servicios básicos. Mientras mayor sea el número de servicios a los que accede cada hogar, mayor es la
probabilidad de que ésta se encuentre fuera de la pobreza. Además, las condiciones de la infraestructura y los servicios públicos tienen efectos sobre la rentabilidad de los bienes privados. Por ejemplo, la
educación o el acceso a la tierra son más rentables cuanto mayor sea la dotación de otros bienes y servicios claves, como electricidad, agua y drenaje. De ello se desprende que se debe continuar ampliando el
acceso a infraestructura y servicios básicos. Sin embargo, debe analizarse la sostenibilidad de las inversiones y los factores que la afectan, para que la infraestructura desarrollada continúe en buen
estado y brindando el servicio de manera ininterrumpida. Educación. Los hogares con jefes de familia u otros miembros del hogar de más de 14 años con mayor grado de educación y más experiencia progresan más rápido. El énfasis en el campo de la
educación básica es fundamental, desde una perspectiva de lucha contra la pobreza.
Idioma. Existe evidencia de que los hogares en donde se habla lenguas nativas tienen más probabilidades de permanecer en la pobreza que aquellos en donde se habla castellano. Es necesario
evaluar cuál es el impacto de los programas de educación bilingüe. Si bien éstos se fundamentan en el hecho de que es más fácil y mejora la autoestima de los niños el aprender la lecto-escritura en su idioma materno, facilitando luego el aprendizaje de otros idiomas, dados los
bajos niveles de escolaridad, es posible que en la práctica ello dificulte el aprendizaje del español, lo que limita las opciones futuras
de superación de la pobreza de dichos niños. Migración. Las familias migrantes progresan. El desarrollo de políticas que favorezcan procesos migratorios ordenados desde zonas que no tienen mayor viabilidad económica hacia ciudades intermedias, es
una opción de combate contra la pobreza. Tamaño del grupo familiar. Las cifras indican que las condiciones de vida de las familias numerosas son peores frente a las de familias
menos numerosas. Por ello, las políticas de población bien diseñada, que eviten los problemas de desinformación, son un componente
importante de una política de lucha contra la pobreza.
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Composición familiar. Aunque no tiene implicancia directa sobre políticas, resulta interesante señalar que el estudio encuentra que los
hogares dirigidos por mujeres progresan más que los dirigidos por hombres, aislando los efectos de otras variables como educación,
consumo inicial, tamaño del grupo familiar, nivel de dependencia etc. Interés empresarial. Las familias que usan por lo menos una de las habitaciones de su vivienda con fines comerciales, tanto en zonas
urbanas como rurales, logran alcanzar un crecimiento significativamente más alto de bienestar que el resto. El acceso al
crédito y los ahorros financieros también favorecen la superación de la pobreza.
Acceso a la propiedad. En el caso de los pobres urbanos, la formalización de la propiedad de la vivienda es muy importante. El
reconocimiento de la propiedad permite el acceso al crédito, a través de la posibilidad de contratar garantías hipotecarias, y crea incentivos
para la inversión en la propiedad. En ese sentido, los esfuerzos de titulación (escrituras) son una estrategia correcta.
EL DESARROLLO Y LA POBREZA.El desarrollo debe entenderse como un proceso de creación y
ampliación de las libertades de que disfrutan los individuos, porque así adquieren los medios que les permiten aspirar a una vida digna.
La expresión más clara de la falta de desarrollo es la pobreza, lo anterior nos indica que alcanzar el desarrollo implica la eliminación de
la pobreza, pero también la eliminación de la escasez de oportunidades económicas y las privaciones sociales sistemáticas, la falta de acceso a los servicios básicos de infraestructura social, los cuales deben ser proporcionados con calidad, la intolerancia y la
represión de los gobiernos, porque todas ellas son fuentes de privación de las libertades humanas. Los medios de que deben
disponer las personas para no ser pobres, derivan de manera directa de las libertades de que puede disfrutar.
Por lo tanto, la Pobreza es la falta de recursos necesarios para satisfacer la necesidad de una población o grupo de personas
especificas, sin duda, la pobreza es relativa y se mide de diferentes formas. La definición de pobreza exige el análisis previo de la
situación socioeconómica general de cada área o región, y de los patrones culturales que expresan el estilo de vida dominante en ella. Por ejemplo para un habitante de un país desarrollado ser pobre tal
vez signifique no tener automóvil, casa de verano, etcétera, mientras que en un país no desarrollado, signifique no tener que comer, vestir
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o conque sanarse..
RELACIÓN ENTRE ÉTICA Y POBREZA
La condición humana lleva en si la coexistencia de aspectos positivos y negativos en las relaciones sociales. Lo positivo tiene que ver con el
bienestar de la humanidad, lo negativo se identifica con la preocupación por lo personal o grupal con exclusión de los intereses
de los otros.
Se debe partir de este nivel para comprender la generación de los conceptos normativos y su puesta en práctica. El ser humano ha
generado teorías explicativas de su realidad, que normalmente hacen prevalecer un enfoque egocéntrico, y se evidencian en las normas de
conducta jurídicas y no jurídicas que determinan la vida de las personas en sociedad.
A pesar de los avances en el tema de la relación sobre crecimiento de la población y pobreza, todavía se sigue argumentando que uno de
los principales males de este siglo es el crecimiento desmesurado de la población, por su responsabilidad en la depredación del medio
ambiente y en la pauperización de las condiciones de vida.
Sin embargo, no se puede seguir permitiendo la descalificación a los pobres, el escepticismo sobre la participación y la resistencia a la cooperación interorganizacional. Hay que terminar con aquel mito
que hace pensar que es posible prescindir del Estado y que el aporte de la sociedad civil es marginal, pues estas ideas no sólo son
erróneas sino contraproducentes para el desarrollo socioeconómico de nuestra sociedad. Se debe apostar, por el contrario por un
desarrollo que incluya alianzas entre la sociedad civil, el Estado y el sector privado.
La reforma del Estado debe poseer múltiples campos sobre los cuales se debe avanzar con proyectos de transformación. Un campo
prioritario es la ética y la moral.
La ética remarca en el sentido del deber ser, la responsabilidad, los principios, los valores que guían a los agentes y funcionarios. Según estos valores, hace posible la convivencia en una sociedad, pero no de cualquier manera, sino sobre la base de la equidad, la libertad, la
solidaridad, la justicia, la dignidad del trabajo.
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El concepto de moral se refiere a las pautas y códigos de comportamiento en un contexto social determinado. Es inmoral el
abuso del poder, la discriminación racial, la extorsión o aprovechar los estados de necesidad para permitir el trabajo de menores. Porque se oponen a los códigos, a las convenciones, las creencias compartidas,
las pautas culturales que son reconocidas y aceptadas en ese contexto. La injusticia o la pobreza son ejemplos de una realidad
inmoral.
Es inmoral quien cree estar por encima de la ley, como cualquier otra forma de autoritarismo. Con esta visión de lo inmoral se está
marcando la diferencia conceptual con los actos que directamente son ilegales, por caso el apropiarse de bienes públicos o un soborno. Estos actos carecen de valor no solo ético sino jurídico. En términos
de conducta, lo ilegal tiene que ver con el incumplimiento de los deberes formales del funcionario público.
La preocupación por la cuestión ética no puede considerarse completamente filosófica. El vacío ético en los gobiernos o en sus funcionarios, se refleja en sus decisiones, en las políticas públicas.
Ocurre cuando ellos eligen pensando en los beneficios de los grupos de interés, no en la población.
La falta de ética no es cuestión declarativa sino que se manifiesta por una desviación de recursos públicos que es injusta y aumenta la
desigualdad en la sociedad civil. La inmoralidad es un componente de la sociedad dual, una realidad que produce sectores marginados o
condenados a la pobreza. Para los agentes morales que trabajan en el sector público, esta dura realidad debería ser una razón más para
esforzarse en la ayuda a los marginados del sistema. Los inmorales ven, en cambio, esta realidad como un argumento para salvarse en términos individuales, en este caso a través de la función pública. Y
cuando penetra el relativismo y el utilitarismo en la mente de los funcionarios, también se desvanecen los principios de solidaridad y se
quiebran los valores morales.
Con esto se quiere marcar la cuestión de los valores éticos, en una realidad social donde un modelo económico basado en el poder y la fuerza, generador de desigualdades, coexiste con un aparato estatal en el cual las políticas de equidad se consideran como un gasto y se sujetan al problema del equilibrio presupuestario. Un equilibrio que
mantiene el desequilibrio en términos de valores sociales.
Entonces, si la falla ética es estructural no es porque se trata del sector público en cualquier contexto, sino debido a las formas de
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gobierno autoritarias, que sólo se preocupan por acrecentar los espacios de poder estatal y por los negocios o aspectos monetarios
de la gestión pública. En estos casos, hay una lógica que no pasa por la reflexión.
Normalmente se asocia el tema ético, como exclusivamente ligado a la lucha anticorrupción. Esta lucha fundamental que debe librarse
hasta las últimas consecuencias, es solamente una expresión primaria de lo que implica la ética. Cuando la población clama hoy por
ética está pidiendo eso, pero también mucho más, está exigiendo políticas económicas con rostro humano, que estén guiadas por
valores éticos, criterios de asignación de los recursos escasos que se basen en prioridades definidas desde la ética, asunción de sus
responsabilidades éticas por parte de los actores sociales claves: como entre ellos los políticos, la empresa privada, los líderes
sindicales, las universidades, y muchos otros. Una sociedad civil cada vez más consciente y articulada, gracias a un nuevo escenario histórico abierto por la democratización conseguida a través de
grandes luchas populares, intuye que ética y economía deberían estar profundamente ligadas. Que no puede ser que el discurso de cuáles
deberían ser los valores meta vaya por un lado y los hechos económicos por el otro.
Las cifras recientes sobre la situación humana de América Latina dan cuenta de un drama que al mismo tiempo que económico y social, es casi una debacle ética. El 60% de los niños son pobres, 22 millones de niños trabajan, 190.000 niños mueren al año por causas totalmente evitables vinculadas a la pobreza, la talla y el peso de los niños de algunos países tiende a reducirse por la desnutrición del niño y la madre, la tasa de mortalidad materna es 28 veces la de algunos países desarrollados, un tercio de la población carece de agua potable, el 60% de la mano de obra activa está ocupada en empleos informales.
La vuelta sincera a la ética, destruirá todas las racionalizaciones y las coartadas con la que suele defenderse la insensibilidad. Obligara a
cada uno a reaccionar, a nivel individual haciendo todo lo que pueda por ayudar y a nivel colectivo profundizando la democracia para lograr a través de ella que las políticas y las conductas públicas
respondan a las exigencias éticas.
“Siempre se puede ayudar aunque no se tenga nada, con una sonrisa, visitando a un enfermo, con un gesto fraterno, todo ello puede ser
importante para el otro. Ayudar al otro, es una de las posibilidades de realización y de expresión más fundamentales de ser humano”.
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LOS DERECHOS HUMANOS
Suscrita en San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969, en la Conferencia Especializada
Interamericana sobre Derechos Humanos
Para el Perú: Aprobado por Decreto Ley N° 22231, de 11 dejulio de 1978.Instrumento de Ratificación de 12 dejulio de 1978. Depositado el 28 dejulio de 1978. Entrada en vigencia el 28 dejulio de 1978*.
PREÁMBULO
Los Estados americanos signatarios de la presente Convención, Reafirmando su propósito de consolidar en este Continente, dentro del cuadro de las instituciones democráticas, un régimen de libertad personal y de justicia social, fundado en elrespeto de los derechos esenciales del hombre; Reconociendo que los derechos esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana, razón por la cual justifican una protección internacional, de naturaleza convencional coadyuvante o complementaria de la que ofrece el derecho interno de los Estados americanos; Considerando que estos principios han sido consagrados en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos que han sido reafirmados y desarrollados en otros instrumentos internacionales, tanto de ámbito universal como regional; Reiterando que, con arreglo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, sólo puede realizarse el ideal del ser humano libre, exento del temor y de la miseria, si se crean condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos, y Considerando que la Tercera Conferencia Interamericana Extraordinaria (Buenos Aires, 1967) aprobó la incorporación a la propia Carta de la Organización de
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normas más amplias sobre derechos económicos, sociales y educacionales y resolvió que una convención interamericana sobre derechos humanos determinara la estructura, competencia y procedimiento de los órganos encargados de esa materia, Han convenido en lo siguiente:
DEBERES DE LOS ESTADOS Y DERECHOS PROTEGIDOS
TC ‐ 1Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
ENUMERACIÓN DE DEBERES
Artículo 1. Obligación de Respetarlos Derechos
1. Los Estados partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma,religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
2. Para los efectos de esta Convención, persona es todo ser humano. Artículo 2. Deber de Adoptar Disposiciones de Derecho Interno Si en el ejercicio de los derechos y libertades mencionados en el artículo 1 no estuviere ya garantizado por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados partes se comprometen a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta Convención, las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades.
DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Artículo 3. Derecho al Reconocimiento de la Personalidad Jurídica Toda persona tiene derecho alreconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 4. Derecho a la Vida Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido porla ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.
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2. En los países que no han abolido la pena de muerte, ésta sólo podrá imponerse por los delitos más graves, en cumplimiento de sentencia ejecutoriada de tribunal competente y de conformidad con una ley que establezca tal pena, dictada con anterioridad a la comisión del delito. Tampoco se extenderá su aplicación a delitos a los cuales no se la aplique actualmente.
3. No se restablecerá la pena de muerte en los Estados que la han abolido.
4. En ningún caso se puede aplicar la pena de muerte por delitos políticos ni TC ‐ 2Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos comunes conexos con los políticos.
5. No se impondrá la pena de muerte a personas que, en el momento de la comisión del delito, tuvieren menos de dieciocho años de edad o más de setenta, ni se le aplicará a las mujeres en estado de gravidez.
6. Toda persona condenada a muerte tiene derecho a solicitar la amnistía, el indulto o la conmutación de la pena, los cuales podrán ser concedidos en todos los casos. No se puede aplicar la pena de muerte mientras la solicitud esté pendiente de decisión ante autoridad competente.
Artículo 5. Derecho a la Integridad Personal
1. Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral.
2. Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.
3. La pena no puede trascender de la persona del delincuente.
4. Los procesados deben estar separados de los condenados, salvo en circunstancias excepcionales, y serán sometidos a un tratamiento adecuado a su condición de personas no condenadas.
5. Cuando los menores puedan ser procesados, deben ser separados de los adultos y llevados ante tribunales especializados, con la mayor celeridad posible, para su tratamiento.
6. Las penas privativas de la libertad tendrán como finalidad esencial la reforma y la readaptación social de los condenados.
Artículo 6. Prohibición de la Esclavitud y Servidumbre
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1. Nadie puede ser sometido a esclavitud o servidumbre, y tanto éstas, como la trata de esclavos y la trata de mujeres están prohibidas en todas sus formas.
2. Nadie debe ser constreñido a ejecutar un trabajo forzoso u obligatorio. En los países donde ciertos delitos tengan señalada pena privativa de la libertad acompañada de trabajos forzosos, esta disposición no podrá ser interpretada en el sentido de que prohíbe el cumplimiento de dicha pena impuesta por juez o tribunal competente. El trabajo forzoso no debe afectar a la dignidad ni a la capacidad física e intelectual del recluido.
3. No constituyen trabajo forzoso u obligatorio, para los efectos de este artículo:
a) Los trabajos o servicios que se exijan normalmente de una persona recluida
TC ‐ 3Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
en cumplimiento de una sentencia o resolución formal dictada porla autoridad judicial
competente. Tales trabajos o servicios deberán realizarse bajo la vigilancia y control de
las autoridades públicas, y los individuos que los efectúen no serán puestos a
disposición de particulares, compañías o personas jurídicas de carácter privado;
b) El servicio militar y, en los países donde se admite exención por razones de
conciencia, el servicio nacional que la ley establezca en lugar de aquél;
c) El servicio impuesto en casos de peligro o calamidad que amenace la
existencia o el bienestar de la comunidad, y
d) El trabajo o servicio que forme parte de las obligaciones cívicas normales.
Artículo 7. Derecho a la Libertad Personal
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1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales.
2. Nadie puede ser privado de su libertad física, salvo por las causas y en las
condiciones fijadas de antemano por las Constituciones Políticas de los Estados partes
o porlas leyes dictadas conforme a ellas.
3. Nadie puede ser sometido a detención o encarcelamiento arbitrarios.
4. Toda persona detenida o retenida debe ser informada de las razones de su
detención y notificada, sin demora, del cargo o cargos formulados contra ella.
5. Toda persona detenida o retenida debe ser llevada, sin demora, ante un juez
u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer funciones judiciales y tendrá
derecho a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad, sin
perjuicio de que continúe el proceso. Su libertad podrá estar condicionada a garantías
que aseguren su comparecencia en el juicio.
6. Toda persona privada de libertad tiene derecho a recurrir ante un juez o
tribunal competente, a fin de que éste decida, sin demora, sobre la legalidad de su arresto o detención y ordene su libertad si el arresto o la detención fueran ilegales. En
los Estados partes cuyas leyes prevén que toda persona que se viera amenazada de ser
privada de su libertad tiene derecho a recurrir a un juez o tribunal competente a fin de
que éste decida sobre la legalidad de tal amenaza, dicho recurso no puede ser
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restringido ni abolido. Los recursos podrán interponerse por sí o por otra persona.
7. Nadie será detenido por deudas. Este principio no limita los mandatos de
autoridad judicial competente dictados porincumplimientos de deberes alimentarios.
Artículo 8. Garantías Judiciales
1. Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de
un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial,
establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación
penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de
TC ‐ 4Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.
2. Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su
inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad. Durante el proceso,
toda persona tiene derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas:
a) Derecho del inculpado de ser asistido gratuitamente por el traductor o
intérprete, si no comprende o no habla el idioma del juzgado o tribunal;
b) Comunicación previa y detallada al inculpado de la acusación formulada;
c) Concesión al inculpado del tiempo y de los medios adecuados para la
preparación de su defensa;
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d) Derecho del inculpado de defenderse personalmente o de ser asistido por un
defensor de su elección y de comunicarse libre y privadamente con su defensor;
e) Derecho irrenunciable de ser asistido por un defensor proporcionado por el
Estado, remunerado o no según la legislación interna, si el inculpado no se defendiere
por sí mismo ni nombrare defensor dentro del plazo establecido porla ley;
f) Derecho de la defensa de interrogar a los testigos presentes en el tribunal y de
obtener la comparecencia, como testigos o peritos, de otras personas que puedan
arrojarluz sobre los hechos;
g) Derecho a no ser obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse
culpable, y
h) Derecho de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior.
3. La confesión del inculpado solamente es válida si es hecha sin coacción de
ninguna naturaleza.
4. El inculpado absuelto por una sentencia firme no podrá ser sometido a nuevo
juicio porlos mismos hechos.
5. El proceso penal debe ser público, salvo en lo que sea necesario para
preservarlos intereses de la justicia.
Artículo 9. Principio de Legalidad y de Retroactividad
Nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que en el momento de
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cometerse no fueran delictivos según el derecho aplicable. Tampoco se puede imponer
pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. Si con
posterioridad a la comisión del delito la ley dispone la imposición de una pena más
leve, el delincuente se beneficiará de ello.
Artículo 10. Derecho a Indemnización
TC ‐ 5Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
Toda persona tiene derecho a ser indemnizada conforme a la ley en caso de
haber sido condenada en sentencia firme por errorjudicial.
Artículo 11. Protección de la Honra y de la Dignidad
1. Toda persona tiene derecho alrespeto de su honra y alreconocimiento de su
dignidad.
2. Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida
privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques
ilegales a su honra o reputación.
3. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o
esos ataques.
Artículo 12. Libertad de Conciencia y de Religión
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión. Este
derecho implica la libertad de conservar su religión o sus creencias, o de cambiar de
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 35
religión o de creencias, así como la libertad de profesar y divulgar su religión o sus
creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado.
2. Nadie puede ser objeto de medidas restrictivas que puedan menoscabar la
libertad de conservar su religión o sus creencias o de cambiar de religión o de
creencias.
3. La libertad de manifestarla propia religión y las propias creencias está sujeta
únicamente a las limitaciones prescritas por la ley y que sean necesarias para proteger
la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos o los derechos o libertades de los
demás.
4. Los padres, y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos
reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias
convicciones.
Artículo 13. Libertad de Pensamiento y de Expresión
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este
derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de
toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma
impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 36
a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente
fijadas porla ley y ser necesarias para asegurar:
TC ‐ 6Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
a) elrespeto a los derechos o a la reputación de los demás, o
b) la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral
públicas.
3. No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos,
tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de
frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de
información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación
y la circulación de ideas y opiniones.
4. Los espectáculos públicos pueden ser sometidos por la ley a censura previa,
con el exclusivo objeto de regular el acceso a ellos para la protección moral de la
infancia y la adolescencia, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2.
5. Estará prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y toda
apología del odio nacional,racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia
o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por
ningún motivo, inclusive los de raza, color,religión, idioma u origen nacional.
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 37
Artículo 14. Derecho de Rectificación o Respuesta
1. Toda persona afectada porinformaciones inexactas o agraviantes emitidas en
su perjuicio a través de medios de difusión legalmente reglamentados y que se dirijan
al público en general, tiene derecho a efectuar por el mismo órgano de difusión su
rectificación o respuesta en las condiciones que establezca la ley.
2. En ningún caso la rectificación o la respuesta eximirán de las otras
responsabilidades legales en que se hubiese incurrido.
3. Para la efectiva protección de la honra y la reputación, toda publicación o
empresa periodística, cinematográfica, de radio o televisión tendrá una persona
responsable que no esté protegida porinmunidades ni disponga de fuero especial.
Artículo 15. Derecho de Reunión
Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de tal
derecho sólo puede estar sujeto a las restricciones previstas por la ley, que sean
necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la
seguridad o del orden públicos, o para proteger la salud o la moral públicas o los
derechos o libertades de los demás.
Artículo 16. Libertad de Asociación
1. Todas las personas tienen derecho a asociarse libremente con fines
ideológicos, religiosos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos
o de cualquiera otra índole.
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 38
TC ‐ 7Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
2. El ejercicio de tal derecho sólo puede estar sujeto a las restricciones previstas
porla ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad
nacional, de la seguridad o del orden públicos, o para proteger la salud o la moral
públicas o los derechos y libertades de los demás.
3. Lo dispuesto en este artículo no impide la imposición de restricciones legales,
y aun la privación del ejercicio del derecho de asociación, a los miembros de las fuerzas
armadas y de la policía.
Artículo 17. Protección a la Familia
1. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser
protegida porla sociedad y el Estado.
2. Se reconoce el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio y a
fundar una familia si tienen la edad y las condiciones requeridas para ello porlas leyes
internas, en la medida en que éstas no afecten al principio de no discriminación
establecido en esta Convención.
3. El matrimonio no puede celebrarse sin el libre y pleno consentimiento de los
contrayentes.
4. Los Estados partes deben tomar medidas apropiadas para asegurar la
igualdad de derechos y la adecuada equivalencia de responsabilidades de los cónyuges
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 39
en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del mismo. En
caso de disolución, se adoptarán disposiciones que aseguren la protección necesaria de
los hijos, sobre la base única del interés y conveniencia de ellos.
5. La ley debe reconocer iguales derechos tanto a los hijos nacidos fuera de
matrimonio como a los nacidos dentro del mismo.
Artículo 18. Derecho al Nombre
Toda persona tiene derecho a un nombre propio y a los apellidos de sus padres
o al de uno de ellos. La ley reglamentará la forma de asegurar este derecho para todos,
mediante nombres supuestos, sifuere necesario.
Artículo 19. Derechos del Niño
Todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de
menorrequieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado.
Artículo 20. Derecho a la Nacionalidad
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. Toda persona tiene derecho a la nacionalidad del Estado en cuyo territorio
TC ‐ 8Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
nació si no tiene derecho a otra.
3. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a
cambiarla.
Artículo 21. Derecho a la Propiedad Privada
1. Toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes. La ley puede
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 40
subordinartal uso y goce al interés social.
2. Ninguna persona puede ser privada de sus bienes, excepto mediante el pago
de indemnización justa, por razones de utilidad pública o de interés social y en los
casos y según las formas establecidas porla ley.
3. Tanto la usura como cualquier otra forma de explotación del hombre por el
hombre, deben ser prohibidas porla ley.
Artículo 22. Derecho de Circulación y de Residencia
1. Toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tiene
derecho a circular por el mismo y, a residir en él con sujeción a las disposiciones
legales.
2. Toda persona tiene derecho a salirlibremente de cualquier país, inclusive del
propio.
3. El ejercicio de los derechos anteriores no puede serrestringido sino en virtud
de una ley, en la medida indispensable en una sociedad democrática, para prevenir
infracciones penales o para proteger la seguridad nacional, la seguridad o el orden
públicos, la moral o la salud públicas o los derechos y libertades de los demás.
4. El ejercicio de los derechos reconocidos en el inciso 1 puede asimismo ser
restringido porla ley, en zonas determinadas, porrazones de interés público.
5. Nadie puede ser expulsado del territorio del Estado del cual es nacional, ni
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 41
ser privado del derecho a ingresar en el mismo.
6. El extranjero que se halle legalmente en el territorio de un Estado parte en la
presente Convención, sólo podrá ser expulsado de él en cumplimiento de una decisión
adoptada conforme a la ley.
7. Toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero
en caso de persecución por delitos políticos o comunes conexos con los políticos y de
acuerdo con la legislación de cada Estado y los convenios internacionales.
8. En ningún caso el extranjero puede ser expulsado o devuelto a otro país, sea
o no de origen, donde su derecho a la vida o a la libertad personal está en riesgo de
TC ‐ 9Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
violación a causa de raza, nacionalidad, religión, condición social o de sus opiniones
políticas.
9. Es prohibida la expulsión colectiva de extranjeros.
Artículo 23. Derechos Políticos
1. Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y
oportunidades:
a) De participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por
medio de representantes libremente elegidos;
b) De votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 42
sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la
voluntad de los electores, y
c) De tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones
públicas de su país.
2. La ley puede reglamentar el ejercicio de los derechos y oportunidades a que
se refiere el inciso anterior, exclusivamente por razones de edad, nacionalidad,
residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez
competente, en proceso penal.
Artículo 24.Igualdad ante la Ley
Todas las personas son iguales ante la ley. En consecuencia, tienen derecho, sin
discriminación, a igual protección de la ley.
Artículo 25. Protección Judicial
1. Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro
recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos
que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la
presente Convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen
en ejercicio de sus funciones oficiales.
2. Los Estados partes se comprometen:
a) A garantizar que la autoridad competente prevista por el sistema legal del
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 43
Estado decidirá sobre los derechos de toda persona que interponga talrecurso;
b) A desarrollarlas posibilidades de recurso judicial, y
c) A garantizar el cumplimiento, por las autoridades competentes, de toda
decisión en que se haya estimado procedente elrecurso.
TC ‐ 10Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Artículo 26. Desarrollo Progresivo
Los Estados partes se comprometen a adoptar providencias, tanto a nivel
interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y
técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se
derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura,
contenidas en la Carta de la Organización de los Estados Americanos,reformada por el
Protocolo de Buenos Aires, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa
u otros medios apropiados.
SUSPENSIÓN DE GARANTÍAS, INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN
Artículo 27. Suspensión de Garantías
1. En caso de guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace la
independencia o seguridad del Estado parte, éste podrá adoptar disposiciones que, en
la medida y por el tiempo estrictamente limitados a las exigencias de la situación,
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 44
suspendan las obligaciones contraídas en virtud de esta Convención, siempre que tales
disposiciones no sean incompatibles con las demás obligaciones que les impone el
derecho internacional y no entrañen discriminación alguna fundada en motivos de
raza, color, sexo, idioma,religión u origen social.
2. La disposición precedente no autoriza la suspensión de los derechos
determinados en los siguientes artículos: 3 (Derecho al Reconocimiento de la
Personalidad Jurídica); 4 (Derecho a la Vida); 5 (Derecho a la Integridad Personal); 6
(Prohibición de la Esclavitud y Servidumbre); 9 (Principio de Legalidad y de
Retroactividad); 12 (Libertad de Conciencia y de Religión); 17 (Protección a la Familia);
18 (Derecho al Nombre); 19 (Derechos del Niño); 20 (Derecho a la Nacionalidad), y 23
(Derechos Políticos), ni de las garantías judiciales indispensables para la protección de
tales derechos.
3. Todo Estado parte que haga uso del derecho de suspensión deberá informar
inmediatamente a los demás Estados partes en la presente Convención, por conducto
del Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, de las
disposiciones cuya aplicación haya suspendido, de los motivos que hayan suscitado la
suspensión y de la fecha en que haya dado porterminada tal suspensión.
Artículo 28. Cláusula Federal
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 45
1. Cuando se trate de un Estado parte constituido como Estado Federal, el
TC ‐ 11Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
gobierno nacional de dicho Estado parte cumplirá todas las disposiciones de la
presente Convención relacionadas con las materias sobre las que ejerce jurisdicción
legislativa y judicial.
2. Con respecto a las disposiciones relativas a las materias que corresponden a
la jurisdicción de las entidades componentes de la federación, el gobierno nacional
debe tomar de inmediato las medidas pertinentes, conforme a su constitución y sus
leyes, a fin de que las autoridades competentes de dichas entidades puedan adoptarlas
disposiciones del caso para el cumplimiento de esta Convención.
3. Cuando dos o más Estados partes acuerden integrar entre sí una federación u
otra clase de asociación, cuidarán de que el pacto comunitario correspondiente
contenga las disposiciones necesarias para que continúen haciéndose efectivas en el
nuevo Estado así organizado, las normas de la presente Convención.
Artículo 29. Normas de Interpretación
Ninguna disposición de la presente Convención puede ser interpretada en el
sentido de:
a) Permitir a alguno de los Estados partes, grupo o persona, suprimir el goce y
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 46
ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en la Convención o limitarlos en
mayor medida que la prevista en ella;
b) Limitar el goce y ejercicio de cualquier derecho o libertad que pueda estar
reconocido de acuerdo con las leyes de cualquiera de los Estados partes o de acuerdo
con otra convención en que sea parte uno de dichos Estados;
c) Excluir otros derechos y garantías que son inherentes al ser humano o que se
derivan de la forma democrática representativa de gobierno, y
d) Excluir o limitar el efecto que puedan producirla Declaración Americana de
Derechos y Deberes del Hombre y otros actos internacionales de la misma naturaleza.
Artículo 30. Alcance de las Restricciones
Las restricciones permitidas, de acuerdo con esta Convención, al goce y ejercicio
de los derechos y libertades reconocidas en la misma, no pueden ser aplicadas sino
conforme a leyes que se dictaren porrazones de interés general y con el propósito para
el cual han sido establecidas.
Artículo 31. Reconocimiento de Otros Derechos
Podrán ser incluidos en el régimen de protección de esta Convención otros
derechos y libertades que sean reconocidos de acuerdo con los procedimientos
establecidos en los artículos 76 y 77.
TC ‐ 12Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 47
DEBERES DE LAS PERSONAS
Artículo 32. Correlación entre Deberes y Derechos
1. Toda persona tiene deberes para con la familia, la comunidad y la
humanidad.
2. Los derechos de cada persona están limitados porlos derechos de los demás,
por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común, en una sociedad
democrática.
MEDIOS DE LA PROTECCIÓN
DE LOS ÓRGANOS COMPETENTES
Artículo 33
Son competentes para conocer de los asuntos relacionados con el cumplimiento
de los compromisos contraídos porlos Estados partes en esta Convención:
a) La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, llamada en adelante la
Comisión, y
b) La Corte Interamericana de Derechos Humanos, llamada en adelante la
Corte.
LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
SECCIÓN 1. ORGANIZACIÓN
Artículo 34
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos se compondrá de siete
miembros, que deberán ser personas de alta autoridad moral y reconocida versación en
materia de derechos humanos.
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 48
Artículo 35
TC ‐ 13Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
La Comisión representa a todos los miembros que integran la Organización de
los Estados americanos.
Artículo 36
1. Los miembros de la Comisión serán elegidos a título personal por la
Asamblea General de la Organización de una lista de candidatos propuestos por los
gobiernos de los Estados miembros.
2. Cada uno de dichos gobiernos puede proponer hasta tres candidatos,
nacionales del Estado que los proponga o de cualquier otro Estado miembro de la
Organización de los Estados Americanos. Cuando se proponga una terna, porlo menos
uno de los candidatos deberá ser nacional de un Estado distinto del proponente.
Artículo 37
1. Los miembros de la Comisión serán elegidos por cuatro años y sólo podrán
ser reelegidos una vez, pero el mandato de tres de los miembros designados en la
primera elección expirará al cabo de dos años. Inmediatamente después de dicha
elección se determinarán por sorteo en la Asamblea General los nombres de estos tres
miembros.
2. No puede formar parte de la Comisión más de un nacional de un mismo
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 49
Estado.
Artículo 38
Las vacantes que ocurrieren en la Comisión, que no se deban a expiración
normal del mandato, se llenarán por el Consejo Permanente de la Organización de
acuerdo con lo que disponga el Estatuto de la Comisión.
Artículo 39
La Comisión preparará su Estatuto, lo someterá a la aprobación de la Asamblea
General, y dictará su propio Reglamento.
Artículo 40
Los servicios de Secretaría de la Comisión deben ser desempeñados por la
unidad funcional especializada que forma parte de la Secretaría General de la
Organización y debe disponer de los recursos necesarios para cumplirlas tareas que le
sean encomendadas porla Comisión.
SECCIÓN 2. FUNCIONES
Artículo 41
La Comisión tiene la función principal de promoverla observancia y la defensa
TC ‐ 14Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
de los derechos humanos, y en el ejercicio de su mandato tiene las siguientes funciones
y atribuciones:
a) Estimularla conciencia de los derechos humanos en los pueblos de América;
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 50
b) Formularrecomendaciones, cuando lo estime conveniente, a los gobiernos de
los Estados miembros para que adopten medidas progresivas en favor de los derechos
humanos dentro del marco de sus leyes internas y sus preceptos constitucionales, al
igual que disposiciones apropiadas para fomentar el debido respeto a esos derechos;
c) Preparar los estudios e informes que considere convenientes para el
desempeño de sus funciones;
d) Solicitar de los gobiernos de los Estados miembros que le proporcionen
informes sobre las medidas que adopten en materia de derechos humanos;
e) Atender las consultas que, por medio de la Secretaría General de la
Organización de los Estados Americanos, le formulen los Estados miembros en
cuestiones relacionadas con los derechos humanos y, dentro de sus posibilidades, les
prestará el asesoramiento que éstos le soliciten;
f) Actuar respecto de las peticiones y otras comunicaciones en ejercicio de su
autoridad de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 al 51 de esta
Convención, y
g) Rendir un informe anual a la Asamblea General de la Organización de los
Estados Americanos.
Artículo 42
Los Estados partes deben remitir a la Comisión copia de los informes y estudios
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 51
que en sus respectivos campos someten anualmente a las Comisiones Ejecutivas del
Consejo Interamericano Económico y Social y del Consejo Interamericano para la
Educación, la Ciencia y la Cultura, a fin de que aquella vele porque se promuevan los
derechos derivados de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y
cultura, contenidas en la Carta de la Organización de los Estados Americanos,
reformada por el Protocolo de Buenos Aires.
Artículo 43
Los Estados partes se obligan a proporcionar a la Comisión las informaciones
que ésta les solicite sobre la manera en que su derecho interno asegura la aplicación
efectiva de cualesquiera disposiciones de esta Convención.
SECCIÓN 3. COMPETENCIA
TC ‐ 15Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
Artículo 44
Cualquier persona o grupo de personas, o entidad no gubernamental
legalmente reconocida en uno o más Estados miembros de la Organización, puede
presentar a la Comisión peticiones que contengan denuncias o quejas de violación de
esta Convención por un Estado parte.
Artículo 45
1. Todo Estado parte puede, en el momento del depósito de su instrumento de
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 52
ratificación o adhesión de esta Convención, o en cualquier momento posterior, declarar
que reconoce la competencia de la Comisión para recibir y examinar las
comunicaciones en que un Estado parte alegue que otro Estado parte ha incurrido en
violaciones de los derechos humanos establecidos en esta Convención.
2. Las comunicaciones hechas en virtud del presente artículo sólo se pueden
admitir y examinar si son presentadas por un Estado parte que haya hecho una
declaración porlacualreconozca la referida competencia de la Comisión. La Comisión
no admitirá ninguna comunicación contra un Estado parte que no haya hecho tal
declaración.
3. Las declaraciones sobre reconocimiento de competencia pueden hacerse para
que ésta rija por tiempo indefinido, por un período determinado o para casos
específicos.
4. Las declaraciones se depositarán en la Secretaría General de la Organización
de los Estados Americanos, la que transmitirá copia de las mismas a los Estados
miembros de dicha Organización.
Artículo 46
1. Para que una petición o comunicación presentada conforme a los artículos 44
ó 45 sea admitida porla Comisión, se requerirá:
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 53
a) Que se hayan interpuesto y agotado los recursos de jurisdicción interna,
conforme a los principios del Derecho Internacional generalmente reconocidos;
b) Que sea presentada dentro del plazo de seis meses, a partir de la fecha en
que el presunto lesionado en sus derechos haya sido notificado de la decisión
definitiva;
c) Que la materia de la petición o comunicación no esté pendiente de otro
procedimiento de arreglo internacional, y
d) Que en el caso del artículo 44 la petición contenga el nombre, la
nacionalidad, la profesión, el domicilio y la firma de la persona o personas o del
representante legal de la entidad que somete la petición.
TC ‐ 16Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
2. Las disposiciones de los incisos 1.a. y 1.b. del presente artículo no se aplicarán
cuando:
a) No exista en la legislación interna del Estado de que se trata el debido
proceso legal para la protección del derecho o derechos que se alega han sido violados;
b) No se haya permitido al presunto lesionado en sus derechos el acceso a los
recursos de la jurisdicción interna, o haya sido impedido de agotarlos, y
c) Haya retardo injustificado en la decisión sobre los mencionados recursos.
Artículo 47
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 54
La Comisión declarará inadmisible toda petición o comunicación presentada de
acuerdo con los artículos 44 ó 45 cuando:
a) Falte alguno de los requisitos indicados en el artículo 46;
b) No exponga hechos que caractericen una violación de los derechos
garantizados por esta Convención;
c)’ Resulte de la exposición del propio peticionario o del Estado
manifiestamente infundada la petición o comunicación o sea evidente su total
improcedencia, y
d) Sea sustancialmente la reproducción de petición o comunicación anterior ya
examinada porla Comisión u otro organismo internacional.
SECCIÓN 4. PROCEDIMIENTO
Artículo 48
1. La Comisión, al recibir una petición o comunicación en la que se alegue la
violación de cualquiera de los derechos que consagra esta Convención, procederá en
los siguientes términos:
a) Si reconoce la admisibilidad de la petición o comunicación solicitará
informaciones al Gobierno del Estado al cual pertenezca la autoridad señalada como
responsable de la violación alegada, transcribiendo las partes pertinentes de la petición
o comunicación. Dichas informaciones deben ser enviadas dentro de un plazo
razonable, fijado porla Comisión al considerarlas circunstancias de cada caso;
b) Recibidas las informaciones o transcurrido el plazo fijado sin que sean
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 55
recibidas, verificará si existen o subsisten los motivos de la petición o comunicación. De
TC ‐ 17Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
no existir o subsistir, mandará archivar el expediente;
c) Podrá también declararla inadmisibilidad o la improcedencia de la petición o
comunicación, sobre la base de una información o prueba sobrevinientes;
d) Si el expediente no se ha archivado y con el fin de comprobar los hechos, la
Comisión realizará, con conocimiento de las partes, un examen del asunto planteado
en la petición o comunicación. Si fuere necesario y conveniente, la Comisión realizará
una investigación para cuyo eficaz cumplimiento solicitará, y los Estados interesados le
proporcionarán, todas las facilidades necesarias;
e) Podrá pedir a los Estados interesados cualquier información pertinente y
recibirá, si así se le solicita, las exposiciones verbales o escritas que presenten los
interesados;
f) Se pondrá a disposición de las partes interesadas, a fin de llegar a una
solución amistosa del asunto fundada en el respeto a los derechos humanos
reconocidos en esta Convención.
2. Sin embargo, en casos graves y urgentes, puede realizarse una investigación
previo consentimiento del Estado en cuyo territorio se alegue haberse cometido la
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 56
violación, tan sólo con la presentación de una petición o comunicación que reúna todos
los requisitos formales de admisibilidad.
Artículo 49
Si se ha llegado a una solución amistosa con arreglo a las disposiciones del
inciso 1.f. del artículo 48 la Comisión redactará un informe que será transmitido al
peticionario y a los Estados partes en esta Convención y comunicado después, para su
publicación, al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos. Este
informe contendrá una breve exposición de los hechos y de la solución lograda. Si
cualquiera de las partes en el caso lo solicitan, se les suministrará la más amplia
información posible.
Artículo 50
1. De no llegarse a una solución, y dentro del plazo que fije el Estatuto de la
Comisión, ésta redactará un informe en el que expondrá los hechos y sus conclusiones.
Si el informe no representa, en todo o en parte, la opinión unánime de los miembros de
la Comisión, cualquiera de ellos podrá agregar a dicho informe su opinión por
separado. También se agregarán al informe las exposiciones verbales o escritas que
hayan hecho los interesados en virtud del inciso 1.e. del artículo 48.
2. El informe será transmitido a los Estados interesados, quienes no estarán
facultados para publicarlo.
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 57
3. Al transmitir el informe, la Comisión puede formular las proposiciones y
recomendaciones que juzgue adecuadas.
TC ‐ 18Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
Artículo 51
1. Si en el plazo de tres meses, a partir de la remisión a los Estados interesados
del informe de la Comisión, el asunto no ha sido solucionado o sometido a la decisión
de la Corte por la Comisión o por el Estado interesado, aceptando su competencia, la
Comisión podrá emitir, por mayoría absoluta de votos de sus miembros, su opinión y
conclusiones sobre la cuestión sometida a su consideración.
2. La Comisión hará las recomendaciones pertinentes y fijará un plazo dentro
del cual el Estado debe tomar las medidas que le competan para remediar la situación
examinada.
3. Transcurrido el período fijado, la Comisión decidirá, porla mayoría absoluta
de votos de sus miembros, si el Estado ha tomado o no medidas adecuadas y si publica
o no su informe.
CAPÍTULO VIII
LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
SECCIÓN 1. ORGANIZACIÓN
Artículo 52
1. La Corte se compondrá de siete jueces, nacionales de los Estados miembros
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 58
de la Organización, elegidos a título personal entre juristas de la más alta autoridad
moral, de reconocida competencia en materia de derechos humanos, que reúnan las
condiciones requeridas para el ejercicio de las más elevadas funciones judiciales
conforme a la ley del país del cual sean nacionales o del Estado que los proponga como
candidatos.
2. No debe haber dos jueces de la misma nacionalidad.
Artículo 53
1. Los jueces de la Corte serán elegidos, en votación secreta y por mayoría
absoluta de votos de los Estados partes en la Convención, en la Asamblea General de la
Organización, de una lista de candidatos propuestos por esos mismos Estados.
2. Cada uno de los Estados partes puede proponer hasta tres candidatos,
nacionales del Estado que los propone o de cualquier otro Estado miembro de la
Organización de los Estados Americanos. Cuando se proponga una terna, porlo menos
uno de los candidatos deberá ser nacional de un Estado distinto del proponente.
Artículo 54
TC ‐ 19Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
1. Los jueces de la Corte serán elegidos para un período de seis años y sólo
podrán ser reelegidos una vez. El mandato de tres de los jueces designados en la
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 59
primera elección, expirará al cabo de tres años. Inmediatamente después de dicha
elección, se determinarán por sorteo en la Asamblea General los nombres de estos tres
jueces.
2. El juez elegido para reemplazar a otro cuyo mandato no ha expirado,
completará el período de éste.
3. Los jueces permanecerán en funciones hasta el término de su mandato. Sin
embargo, seguirán conociendo de los casos a que ya se hubieran abocado y que se
encuentren en estado de sentencia, a cuyos efectos no serán sustituidos porlos nuevos
jueces elegidos.
Artículo 55
1. El juez que sea nacional de alguno de los Estados partes en el caso sometido a
la Corte, conservará su derecho a conocer del mismo.
2. Si uno de los jueces llamados a conocer del caso fuere de la nacionalidad de
uno de los Estados partes, otro Estado parte en el caso podrá designar a una persona
de su elección para que integre la Corte en calidad de juez ad hoc.
3. Si entre los jueces llamados a conocer del caso ninguno fuere de la
nacionalidad de los Estados partes, cada uno de éstos podrá designar un juez ad hoc.
4. El juez ad hoc debe reunirlas calidades señaladas en el artículo 52.
5. Si varios Estados partes en la Convención tuvieren un mismo interés en el
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 60
caso, se considerarán como una sola parte para los fines de las disposiciones
precedentes. En caso de duda, la Corte decidirá.
Artículo 56
El quórum para las deliberaciones de la Corte es de cinco jueces.
Artículo 57
La Comisión comparecerá en todos los casos ante la Corte.
Artículo 58
1. La Corte tendrá su sede en el lugar que determinen, en la Asamblea General
de la Organización, los Estados partes en la Convención, pero podrá celebrarreuniones
en el territorio de cualquier Estado miembro de la Organización de los Estados
Americanos en que lo considere conveniente por mayoría de sus miembros y previa
aquiescencia del Estado respectivo. Los Estados partes en la Convención pueden, en la
TC ‐ 20Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
Asamblea General por dos tercios de sus votos, cambiarla sede de la Corte.
2. La Corte designará a su Secretario.
3. El Secretario residirá en la sede de la Corte y deberá asistir a las reuniones
que ella celebre fuera de la misma.
Artículo 59
La Secretaría de la Corte será establecida por ésta y funcionará bajo la dirección
del Secretario de la Corte, de acuerdo con las normas administrativas de la Secretaría
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 61
General de la Organización en todo lo que no sea incompatible con la independencia
de la Corte. Sus funcionarios serán nombrados por el Secretario General de la
Organización, en consulta con el Secretario de la Corte.
Artículo 60
La Corte preparará su Estatuto y lo someterá a la aprobación de la Asamblea
General, y dictará su Reglamento.
SECCIÓN 2. COMPETENCIA Y FUNCIONES
Artículo 61
1. Sólo los Estados partes y la Comisión tienen derecho a someter un caso a la
decisión de la Corte.
2. Para que la Corte pueda conocer de cualquier caso, es necesario que sean
agotados los procedimientos previstos en los artículos 48 a 50.
Artículo 62
1. Todo Estado parte puede, en el momento del depósito de su instrumento de
ratificación o adhesión de esta Convención, o en cualquier momento posterior, declarar
que reconoce como obligatoria de pleno derecho y sin convención especial, la
competencia de la Corte sobre todos los casos relativos a la interpretación o aplicación
de esta Convención.
2. La declaración puede ser hecha incondicionalmente, o bajo condición de
reciprocidad, por un plazo determinado o para casos específicos. Deberá ser
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 62
presentada al Secretario General de la Organización, quien transmitirá copias de la
misma a los otros Estados miembros de la Organización y al Secretario de la Corte.
3. La Corte tiene competencia para conocer de cualquier caso relativo a la
interpretación y aplicación de las disposiciones de esta Convención que le sea
TC ‐ 21Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
sometido, siempre que los Estados partes en el caso hayan reconocido o reconozcan
dicha competencia, ora por declaración especial, como se indica en los incisos
anteriores, ora por convención especial.
Artículo 63
1. Cuando decida que hubo violación de un derecho o libertad protegidos en
esta Convención, la Corte dispondrá que se garantice al lesionado en el goce de su
derecho o libertad conculcados. Dispondrá asimismo, si ello fuera procedente, que se
reparen las consecuencias de la medida o situación que ha configurado la vulneración
de esos derechos y el pago de una justa indemnización a la parte lesionada.
2. En casos de extrema gravedad y urgencia, y cuando se haga necesario evitar
daños irreparables a las personas, la Corte, en los asuntos que esté conociendo, podrá
tomarlas medidas provisionales que considere pertinentes. Si se tratare de asuntos que
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 63
aún no estén sometidos a su conocimiento, podrá actuar a solicitud de la Comisión.
Artículo 64
1. Los Estados miembros de la Organización podrán consultar a la Corte acerca
de la interpretación de esta Convención o de otros tratados concernientes a la
protección de los derechos humanos en los Estados americanos. Asimismo, podrán
consultarla, en los que les compete, los órganos enumerados en el capítulo X de la
Carta de la Organización de los Estados Americanos, reformada por el Protocolo de
Buenos Aires.
2. La Corte, a solicitud de un Estado miembro de la Organización, podrá darle
opiniones acerca de la compatibilidad entre cualquiera de sus leyes internas y los
mencionados instrumentos internacionales.
Artículo 65
La Corte someterá a la consideración de la Asamblea General de la
Organización en cada período ordinario de sesiones un informe sobre su labor en el
año anterior. De manera especial y con las recomendaciones pertinentes, señalará los
casos en que un Estado no haya dado cumplimiento a sus fallos.
SECCIÓN 3. PROCEDIMIENTO
Artículo 66
1. El fallo de la Corte será motivado.
2. Si el fallo no expresare en todo o en parte la opinión unánime de los jueces,
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 64
cualquiera de éstos tendrá derecho a que se agregue al fallo su opinión disidente o
individual.
Artículo 67
TC ‐ 22Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
El fallo de la Corte será definitivo e inapelable. En caso de desacuerdo sobre el
sentido o alcance del fallo, la Corte lo interpretará a solicitud de cualquiera de las
partes, siempre que dicha solicitud se presente dentro de los noventa días a partir de la
fecha de la notificación delfallo.
Artículo 68
1. Los Estados partes en la Convención se comprometen a cumplir la decisión
de la Corte en todo caso en que sean partes.
2. La parte del fallo que disponga indemnización compensatoria se podrá
ejecutar en elrespectivo país por el procedimiento interno vigente para la ejecución de
sentencias contra el Estado.
Artículo 69
El fallo de la Corte será notificado a las partes en el caso y transmitido a los
Estados partes en la Convención.
CAPÍTULO IX
DISPOSICIONES COMUNES
Artículo 70
1. Los jueces de la Corte y los miembros de la Comisión gozan, desde el
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 65
momento de su elección y mientras dure su mandato, de las inmunidades reconocidas
a los agentes diplomáticos por el derecho internacional. Durante el ejercicio de sus
cargos gozan, además, de los privilegios diplomáticos necesarios para el desempeño de
sus funciones.
2. No podrá exigirse responsabilidad en ningún tiempo a los jueces de la Corte
ni a los miembros de la Comisión por votos y opiniones emitidos en el ejercicio de sus
funciones.
Artículo 71
Son incompatibles los cargos de juez de la Corte o miembros de la Comisión
con otras actividades que pudieren afectar su independencia o imparcialidad conforme
a lo que se determine en los respectivos Estatutos.
Artículo 72
Los jueces de la Corte y los miembros de la Comisión percibirán emolumentos y
gastos de viaje en la forma y condiciones que determinen sus Estatutos, teniendo en
TC ‐ 23Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
cuenta la importancia e independencia de sus funciones. Tales emolumentos y gastos
de viaje serán fijados en el programa‐presupuesto de la Organización de los Estados
Americanos, el que debe incluir, además, los gastos de la Corte y de su Secretaría. A
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 66
estos efectos, la Corte elaborará su propio proyecto de presupuesto y lo someterá a la
aprobación de la Asamblea General, por conducto de la Secretaría General. Esta última
no podrá introducirle modificaciones.
Artículo 73
Solamente a solicitud de la Comisión o de la Corte, según el caso, corresponde a
la Asamblea General de la Organización resolver sobre las sanciones aplicables a los
miembros de la Comisión o jueces de la Corte que hubiesen incurrido en las causales
previstas en los respectivos Estatutos. Para dictar una resolución se requerirá una
mayoría de los dos tercios de los votos de los Estados miembros de la Organización en
el caso de los miembros de la Comisión y, además, de los dos tercios de los votos de los
Estados partes en la Convención, si se tratare de jueces de la Corte.
DISPOSICIONES GENERALES Y TRANSITORIAS
CAPÍTULO X
FIRMA, RATIFICACIÓN, RESERVA, ENMIENDA, PROTOCOLO Y DENUNCIA
Artículo 74
1. Esta Convención queda abierta a la firma y a la ratificación o adhesión de
todo Estado miembro de la Organización de los Estados Americanos.
2. La ratificación de esta Convención o la adhesión a la misma se efectuará
mediante el depósito de un instrumento de ratificación o de adhesión en la Secretaría
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 67
General de la Organización de los Estados Americanos. Tan pronto como once Estados
hayan depositado sus respectivos instrumentos de ratificación o de adhesión, la
Convención entrará en vigor. Respecto a todo otro Estado que la ratifique o adhiera a
ella ulteriormente, la Convención entrará en vigor en la fecha del depósito de su
instrumento de ratificación o de adhesión.
3. El Secretario General informará a todos los Estados miembros de la
Organización de la entrada en vigor de la Convención.
Artículo 75
Esta Convención sólo puede ser objeto de reservas conforme a las disposiciones
de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados, suscrita el 23 de mayo de
1969.
TC ‐ 24Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
Artículo 76
1. Cualquier Estado parte directamente y la Comisión o la Corte por conducto
del Secretario General, pueden someter a la Asamblea General, para lo que estime
conveniente, una propuesta de enmienda a esta Convención.
2. Las enmiendas entrarán en vigor para los Estados ratificantes de las mismas
en la fecha en que se haya depositado el respectivo instrumento de ratificación que
corresponda al número de los dos tercios de los Estados partes en esta Convención. En
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 68
cuanto alresto de los Estados partes, entrarán en vigor en la fecha en que depositen sus
respectivos instrumentos de ratificación.
Artículo 77
1. De acuerdo con la facultad establecida en el artículo 31, cualquier Estado
parte y la Comisión podrán someter a la consideración de los Estados partes reunidos
con ocasión de la Asamblea General, proyectos de protocolos adicionales a esta
Convención, con la finalidad de incluir progresivamente en el régimen de protección
de la misma otros derechos y libertades.
2. Cada protocolo debe fijar las modalidades de su entrada en vigor, y se
aplicará sólo entre los Estados partes en el mismo.
Artículo 78
1. Los Estados partes podrán denunciar esta Convención después de la
expiración de un plazo de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigor de la
misma y mediante un preaviso de un año, notificando al Secretario General de la
Organización, quien debe informar a las otras partes.
2. Dicha denuncia no tendrá por efecto desligar al Estado parte interesado de
las obligaciones contenidas en esta Convención en lo que concierne a todo hecho que,
pudiendo constituir una violación de esas obligaciones, haya sido cumplido por él
anteriormente a la fecha en la cual la denuncia produce efecto.
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 69
CAPÍTULO XI
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
SECCIÓN 1. COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
Artículo 79
Al entrar en vigor esta Convención, el Secretario General pedirá por escrito a
cada Estado Miembro de la Organización que presente, dentro de un plazo de noventa
días, sus candidatos para miembros de la Comisión Interamericana de Derechos
TC ‐ 25Sistema Interamericano de Protección delos Derechos Humanos
Humanos. El Secretario General preparará una lista por orden alfabético de los
candidatos presentados y la comunicará a los Estados miembros de la Organización al
menos treinta días antes de la próxima Asamblea General.
Artículo 80
La elección de miembros de la Comisión se hará de entre los candidatos que
figuren en la lista a que se refiere el artículo 79, por votación secreta de la Asamblea
General y se declararán elegidos los candidatos que obtengan mayor número de votos
y la mayoría absoluta de los votos de los representantes de los Estados miembros. Si
para elegir a todos los miembros de la Comisión resultare necesario efectuar varias
votaciones, se eliminará sucesivamente, en la forma que determine la Asamblea
General, a los candidatos que reciban menor número de votos.
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 70
SECCIÓN 2. CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
Artículo 81
Al entrar en vigor esta Convención, el Secretario General pedirá por escrito a
cada Estado parte que presente, dentro de un plazo de noventa días, sus candidatos
para jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El Secretario General
preparará una lista por orden alfabético de los candidatos presentados y la comunicará
a los Estados partes porlo menos treinta días antes de la próxima Asamblea General.
Artículo 82
La elección de jueces de la Corte se hará de entre los candidatos que figuren en
la lista a que se refiere el artículo 81, por votación secreta de los Estados partes en la
Asamblea General y se declararán elegidos los candidatos que obtengan mayor
número de votos y la mayoría absoluta de los votos de los representantes de los
Estados partes. Si para elegir a todos los jueces de la Corte resultare necesario efectuar
varias votaciones, se eliminarán sucesivamente, en la forma que determinen los
Estados partes, a los candidatos que reciban menor número de votos.
(Suscrita en San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969, en la
Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos)
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 71
II. LA SOCIEDAD CIVIL
1. LAS DIVERSAS ACEPCIONES
En el lenguaje político actual la expresión “sociedad civil” es conocida
generalmente como uno de los términos de la gran dicotomía sociedad,
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 72
civil/Estado. Lo que quiere decir que no se puede determinar su significado y
delimitar su extensión más que refiriendo y delimitando al mismo tiempo el
término “Estado”. Negativamente, se entiende por “sociedad civil” la esfera de
las relaciones sociales que no está regulada por el Estado, entendido
restrictivamente, y casi Siempre polémicamente, como el conjunto de los
aparatos que en un sistema social organizado ejercen el poder coactivo. Se
remonta a August Ludwig von Schlözer (1794), y es continuamente retornada
en la literatura alemana sobre el argumento, la distinción entre societascivilis
sine imperio [sociedad civil sin poder central], y societascivilis
cum imperio [sociedad civil con poder central], donde la segunda expresión
indica lo que en la gran dicotomía se designa con el término “Estado”, en un
contexto en el que, como se verá más adelante, todavía no nacía la
contraposición entre la sociedad y el Estado, y bastaba un solo término para
designar uno y otro, aunque con una distinción interna de especie. A la noción
restrictiva del Estado como órgano del poder coactivo, que permite la
formación y asegura la persistencia de la gran dicotomía, concurre el conjunto
de las ideas que acompañan el nacimiento del mundo burgués: la afirmación de
derechos naturales que pertenecen al individuo y a los grupos sociales
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 73
independientemente del Estado y que como tales limitan y restringen la esfera
del poder político; el descubrimiento de una esfera de relaciones
interindividuales, como son las relaciones económicas, para cuya
reglamentación no es necesaria la existencia de un poder coactivo porque
se autorregulan; la idea general tan eficazmente expresada por Thomas Paine,
no por casualidad autor de un célebre escrito referente a los derechos
del hombre, de que la sociedad es creada por nuestras necesidades y el Estado
por nuestra maldad {1776, trad. it. p. 69}, porque el hombre es naturalmente
bueno y toda sociedad necesita, para conservarse y prosperar, limitar el uso de
las leyes civiles para imponer, con la coacción, el máximo desarrollo de las leyes
1naturales que no requieren de la coacción para ser aplicadas; en suma, la
dilatación del derecho privado mediante el cual los individuos regulan sus
relaciones guiados por sus intereses reales, de los que cada uno es iudex in causa
sua, en detrimento del derecho público o político donde se ejerce el imperium,
entendido como el mando del superior que como iudexsuper partes tiene el
derecho de ejercer el poder coactivo, jamás se resaltará bastante que el uso de
“sociedad civil” en cuanto esfera de las relaciones sociales, diferente de la esfera
de las relaciones políticas, se debe a escritores alemanes (en particular a Hegel y
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 74
a Marx como se verá en seguida), a autores que escriben en una lengua donde
bürgerlicheGesellschaft significa al mismo tiempo sociedad civil y burguesa; y
que en el lenguaje jurídico que se afirmó ampliamente a finales del siglo XVIII,
el derecho civil, diferente del derecho penal, comprende las materias
tradicionales del derecho privado (el Code civil es el código del derecho privado,
en alemán bürgerlichesRecht).
Debido precisamente a que la expresión “sociedad civil” como fue utilizada en
el siglo XIX ‐que es la misma que se sigue aplicando hoy‐ nació de la
contraposición, desconocida para la tradición, entre una esfera política y una
esfera no‐política, es más fácil encontrar una definición negativa que una
positiva de ella, tanto más cuanto en la práctica del derecho público y de la
doctrina general del Estado (la allgemeineStaatslehre de la tradición académica
alemana de Georg Jellinek a FelixErmacora) jamás falta una definición positiva
del Estado: sociedad civil como conjunto de relaciones no reguladas por el
Estado, y por consiguiente como todo lo que sobra, una vez que se ha
delimitado bien el ámbito en el que se ejerce el poder estatal; pero incluso en
una noción tan vaga se pueden distinguir diferentes acepciones según si
predomine la identificación de lo no‐estatal con lo pre‐estatal, con lo anti‐estatal
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 75
o con lo post‐estatal. Cuando se habla de sociedad civil bajo la primera de estas
acepciones se quiere decir, de acuerdo o no con la doctrina iusnaturalista, que
antes del Estado hay diversas formas de asociación que los individuos forman
entre sí para satisfacer sus más diversos intereses y sobre los cuales el Estado se
sobrepone para regularlas, pero sin obstaculizar su desarrollo e impedir su
renovación continua; si bien en un sentido no estrictamente marxista se puede
hablar en este caso de la sociedad civil como una subestructura y del Estado
como una superestructura. Bajo la segunda acepción, la sociedad civil adquiere
una connotación axiológica‐mente positiva e indica el lugar donde se
manifiestan todas las instancias de cambio de las relaciones de dominio, donde
se forman los grupos que luchan porla emancipación del poder político, donde
adquieren fuerza los llamados contrapoderes. Además de esta acepción
también se puede dar una connotación axiológicamente negativa, cuando se
toma en cuenta el punto de vista del Estado y se consideran los fermentos de
renovación que porta la sociedad civil como gérmenes de disgregación. Bajo la
tercera acepción, “sociedad civil” tiene al mismo tiempo un significado
2cronológico, como la primera, y un significado axiológico, como la segunda:
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 76
representa el ideal de una sociedad sin Estado destinada a surgir de la
disolución del poder político. Esta acepción se encuentra en el pensamiento de
Gramsci allí donde el ideal característico de todo el pensamiento marxista de la
extinción del Estado es descrito como la “absorción de la sociedad política en la
sociedad civil” {1930‐31 a, p. 662}; como la sociedad civil donde se ejerce la
hegemonía diferente del dominio, liberada de la sociedad política. En las tres
diferentes acepciones la no‐estatal asume tres diferentes figuras: en la primera,
la figura de la precondición del Estado, es decir, de lo que todavía no es estatal;
en la segunda, de la antitesis del Estado, o sea, de lo que se presenta como
alternativa frente al Estado; en la tercera, de la disolución y fin del Estado.
Es más difícil dar una definición positiva de la “sociedad civil”, porque se trata
de hacer un repertorio de todo lo que confusamente se puso dentro
de la valija de la exigencia de circunscribir el ámbito del Estado. Baste notar que
en muchos contextos la contraposición sociedad civil/instituciones políticas es
una reformulación de la vieja contraposición país real/país legal. ¿Qué es el país
real?, ¿qué es la sociedad civil? En una primera aproximación se puede decir
que la sociedad civil es el lugar donde surgen y se desarrollan los conflictos
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 77
económicos, sociales, ideológicos, religiosos, que las instituciones estatales
tienen la misión de resolver mediándolos, previniéndolos o reprimiéndolos, Los
sujetos de estos conflictos y por tanto de la sociedad civil, precisamente en
cuanto contrapuesta al Estado, son las clases sociales, o más ampliamente los
grupos, los movimientos, las asociaciones, las organizaciones que las
representan o que se declaran sus representante; al lado de las organizaciones
de clase, los grupos de interés, las asociaciones de diverso tipo
con fines sociales e indirectamente políticos, los movimientos de emancipación
de grupos étnicos, de defensa de derechos civiles, de liberación de la mujer, los
movimientos juveniles, etcétera. Los partidos políticos tienen un pie en la
sociedad civil y el otro en las instituciones, tanto así que ha sido propuesto
enriquecer el esquema conceptual dicotómico y de intercalar entre los dos
conceptos de sociedad civil y de Estado el de sociedad política {Farneti, 1973,
pp. 16 ss.} orientado a abarcar precisamente el fenómeno de los partidos que de
hecho no pertenecen completamente ni a la sociedad civil ni al Estado.
En efecto, una de las maneras más frecuentes de definirlos partidos políticos es
la de mostrar que ellos cumplen la función de seleccionar, agregar y trasmitir
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 78
las demandas de la sociedad civil que se volverán objeto de decisión política. En
las recientes teorías sistémicas de la sociedad global, la sociedad
civil ocupa el lugarreservado para la formación de las‐demandas (in put) que se
dirigen hacia el sistema político a las cuales el sistema político tiene la tarea
de dar respuesta (output); el contraste entre sociedad civil y Estado se presenta
como el contraste entre cantidad y calidad de las demandas y capacidad de las
3instituciones de darrespuestas adecuadas y rápidas. El tan debatido tema de la
gobernabilidad de las sociedades complejas también puede ser interpretado en
los términos de la clásica dicotomía sociedad civil/Estado; una sociedad se
vuelve más ingobernable en cuanto más aumentan las demandas de la sociedad
civil y no aumenta paralelamente la capacidad de las instituciones para
responder a ellas. Más aún: la capacidad de respuesta del Estado ha alcanzado
límites quizá insuperables (de donde proviene el tema, por ejemplo, de la “crisis
fiscal”). Estrechamente relacionado al tema de la gobernabilidad aparece el
tema de la legitimación: la ingobernabilidad produce crisis de legitimidad.
También este tema puede ser interpretado en los términos de la misma
dicotomía: las instituciones representan el poder legítimo en el sentido
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 79
weberiano de la palabra, o sea, el poder cuyas decisiones son aceptadas y
realizadas en cuanto son consideradas como emanadas de una autoridad a la
que se reconoce el derecho de tomar decisiones válidas para toda la
colectividad; la sociedad civil es la sede donde se forman, especialmente en los
periodos de crisis institucional, los poderes que tienden a obtener su
legitimidad incluso en detrimento de los poderes legítimos, donde, en otras
palabras, se desarrollan los procesos de deslegitimación y de relegitimación. De
aquí la frecuente afirmación de que la solución de una crisis grave que amenaza
la sobrevivencia de un sistema político debe buscarse ante todo en la sociedad
civil, donde se pueden encontrar nuevas fuentes de legitimización, y por tanto
nuevos espacios de consenso. En fin, en la esfera de la sociedad civil también se
ubica normalmente el fenómeno de opinión pública, entendida como la
expresión pública de consenso y disenso con respecto a las instituciones,
trasmitida mediante la prensa, la radio, la televisión, etcétera. Por lo demás,
opinión pública y movimientos sociales caminan de la mano y se condicionan
mutuamente. Sin opinión pública, lo que más concretamente significa sin
canales de transmisión de la opinión pública, que se vuelve “pública”
precisamente porque es trasmitida al público, la esfera de la sociedad civil está
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 80
destinada a perder su función y finalmente a desaparecer. En último término el
Estado totalitario que es el Estado en el que la sociedad civil es absorbida
completamente en el Estado, es un Estado sin opinión pública (o sea
con una opinión oficial solamente).
2. LA INTERPRETACIÓN MARXISTA
El actual uso de la expresión “sociedad civil” como término íntimamente
vinculado al Estado, o sistema político, es de derivación marxista, y a través de
Marx, hegeliana, si bien, como se verá un poco más adelante, el uso marxista es
reductivo con respecto al hegeliano. Debemos a la influencia de la literatura
marxista en el debate político italiano contemporáneo la frecuencia con la que es
usada en el lenguaje común la expresión “sociedad civil”. Prueba de ello es que
en otros contextos lingüísticos la expresión “sociedad civil” es sustituida en la
4misma dicotomía por el término “sociedad”; en Alemania, por ejemplo, se ha
desarrollado en estos años un amplio y docto debate sobre StaatundGesellschaft
{cfBöckenförde 1976}, en el que el término Gesellschaft, “sociedad”, comprende
el área de nuestro término “sociedad civil”. El fragmento canónico para el
nacimiento del significado “sociedad civil” que se vuelto habitual es aquel en el
cual Marx, en el Prefacio de la Contribución a la crítica de la economía política
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 81
{1859}, escribe que estudiando a Hegel llegó a la convicción de que las
instituciones jurídicas y políticas tienen sus raíces en las relaciones materiales
de existencia “que Hegel... comprendía bajo el nombre de “sociedad civilʹ“ y de
esto deriva la consecuencia de que “la anatomía de la sociedad hay que buscarla
en la economía política” (trad. it. pp. 956‐957). No importa que en este
fragmento Marx haya dado una interpretación reductiva y deformante del
concepto hegeliano “sociedad civil”, como veremos más adelante; lo que
importa resaltar es que en la medida en que Marx hace de la sociedad civil la
sede de las relaciones económicas, o sea, de las relaciones que constituyen “la
base real, sobre la cual se eleva una superestructura jurídica y política” {ibid., p.
957}, “sociedad civil” significa el conjunto de las relaciones interindividuales
que están fuera o antes del Estado, y en cierta forma agota la comprensión de la
esfera preestatal diferente y separada de la del Estado, la misma esfera
preestatal que los escritores del derecho natural y en parte en la línea de los
primeros economistas, comentando por los fisiócratas, habían llamado estado
de naturaleza o sociedad natural. La sustitución realizada en el lenguaje
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 82
marxista de la expresión “estado de naturaleza” por la expresión “sociedad
civil”, mediante Hegel pero mucho más allá de Hegel, se comprueba en el
fragmento de una obra de juventud como La sagrada familia {Marx y Engels
1845} en la que se lee:
El Estado moderno tiene como base natural {obsérvese: ‘natural’} la sociedad civil,
el hombre de la sociedad civil, es decir, el hombre independiente, unido a otro
hombre sólo por el vínculo del interés privado y de la necesidad natural
inconsciente(trad. it. p. 126).
Todavía más sorprenden te es que el carácter específico de la sociedad civil
definida de esta manera coincida totalmente con el carácter específico del
estado de naturaleza hobbesiano que es, como bien se sabe, la guerra de todos
contra todos:
Toda la sociedad civil es precisamente esta guerra {del
hombre contra el hombre}, uno contra otro, de todos los individuos, aislados
uno de otro ahora sólo por su individualidad, y es el movimiento general,
desenfrenado, de las potencias elementales de la vida liberadas
de las cadenas de los privilegios {ibid, p. 130}.
5Sorprendente porque en la tradición iusnaturalista (cf. §4) se llama “sociedad
civil” a lo que hoy es llamado “Estado”, la entidad antitélica frente al estado de
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 83
naturaleza.
No se podría explicar esta transposición del significado tradicional de la
expresión “estado de naturaleza” en el significado de la expresión que
tradicionalmente se le contrapone, o sea la “sociedad civil”, si no se tuviese en
cuenta una vez más que la sociedad civil de Marx es la bürgerlicheGesellschaft
que, especialmente después de Hegel y de la interpretación de los textos de
Hegel de parte de la izquierda hegeliana, adquirió el significado de “sociedad
burguesa” en el sentido propio de la sociedad de clase, y que la sociedad
burguesa en Marx tiene como sujeto histórico la burguesía, una clase que
realizo su emancipación política liberándose de las ligaduras de Estado
absoluto y contraponiendo al Estado tradicional los derechos del hombre y del
ciudadano que en realidad fueron los derechos que desde entonces protegieron
los propios intereses de clase. Un fragmento del escrito de juventud. La cuestión
judía (1943), aclara mejor que cualquier discurso la transferencia de la imagen
del estado de naturaleza hipotético en la realidad histórica de la sociedad
burguesa:
La emancipación política fue al mismo tiempo la emancipación de la sociedad
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 84
burguesa {que en este contexto no tendría sentido si se tradujese como “civil”}
de la política, de la apariencia misma de un contenido Universal. La sociedad
feudal se disolvió en su elemento fundamental, el hombre; pero el hombre que
constituía efectivamente su fundamento, el hombre egoísta (tradit. p. 383)
El estado de naturaleza de los iusnaturalistas y la sociedad burguesa de Marx
tiene en común al hombre egoísta” como sujeto. Y del hombre
egoísta no puede nacer más que una sociedad anárquica o, por Contraste,
despótica.
A pesar de la marcada influencia de la noción marxista de “sociedad civil” en el
uso actual de la expresión, no se puede decir que en la propia tradición del
pensamiento marxista el uso haya sido constante. Muchas veces ha sido
reconocida la relevancia de la dicotomía social civil/Estado en el pensamiento
de Gramsci; sin embargo, erraría quien creyese, como muchos han creído, que
la dicotomía gramsciana reproduzca fielmente la dicotomía marxista. Mientras
en Marx el momento de la sociedad civil coincide con la base material
(contrapuesta a la superestructura donde entran las ideologías y las
instituciones), para Gramsci, en cambio, el momento de la sociedad civil es
superestructural. En las notas sobre los intelectuales se lee:
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 85
Por ahora se pueden fijar dos grandes “planos” superestructurales, aquel que se
6puede llamar de la “sociedad civil”, es decir, del conjunto de organismos
llamados vulgarmente “privados” y aquel de la “sociedad política o Estado” y
que corresponden a la función de “hegemonía” que el grupo dominante ejerce
en toda la sociedad y el de “dominio directo” o de mando que se manifiesta en
el Estado y en el gobierno “Jurídico” {1932, pp. 1518‐1519}.
Para aclarar esta definición conviene utilizar el ejemplo histórico que Gramsci
tiene en mente cuando habla de hegemonía contraponiéndola al
dominio directo: el ejemplo es la Iglesia católica entendida como
el aparato de hegemonía del grupo dirigente, que no tenía un aparato propio, es
decir, no tenía una organización cultural e intelectual propia, pero sentía como
talla organización eclesiástica universal{1930‐31 b, p. 763}.
Al igual que Marx, Gramsci considera a las ideologías como parte de la
superestructura, pero a diferencia de Marx, que llama sociedad civil al conjunto
de las relaciones económicas que constituyen la base material, Gramsci llama
sociedad civil a la esfera en la que actúan los aparatos ideológicos cuya tarea es
la de ejercer la hegemonía y, mediante la hegemonía, de obtener el consenso.
No es que Gramsci abandone la dicotomía base/superestructura, para sustituida
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 86
por la dicotomía sociedad civil/Estado. Él agrega la segunda a la primera y de
esta manera hace más complejo su esquema conceptual. Para
representar la contraposición entre el momento estructural y el momento
superestructural normalmente utiliza las siguientes parejas: momento
económico/momento ético‐político, necesidad/libertad,
objetividad/subjetividad. Para representarla contraposición entre sociedad civil
y Estado, se sirve de otras parejas: consenso/fuerza, persuasión/coerción,
moral/política, hegemonía/dictadura, dirección/dominio. Póngase atención en el
hecho de que en la primera dicotomía el momento económico se contrapone al
momento ético‐político; la segunda dicotomía puede ser considerada como el
desdoblamiento de la dualidad (ético‐política) implícita en el segundo
momento de la primera: la sociedad civil representa el momento de la eticidad,
mediante el cual una clase dominante obtiene el consenso, adquiere, con el
lenguaje actual que Gramsci no usó, legitimidad; el Estado representa el
momento político estrictamente entendido mediante el cual se ejerce la fuerza,
tan necesaria como el consenso para la conservación del poder, por lo menos
hasta que el poder sea ejercido por una clase restringida y no por la clase
universal (que lo ejerce mediante su partido, el verdadero protagonista de la
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hegemonía). Al llegar a este punto se puede observar que inconscientemente
Gramsci recupera el significado iusnauralista de sociedad civil como sociedad
basada en el consenso. Con esta diferencia: que en el pensamiento
iusnaturalista, para el cual la legitimidad del poder político depende del estar
fundado en el contrato social, la sociedad del consenso por excelencia es el
7Estado, mientras que en el pensamiento gramsciano la sociedad del consenso
sólo es aquella sociedad destinada a surgir de la extinción del Estado.
3. EL SISTEMA HEGELIANO
Cuando Marx escribió que había llegado al descubrimiento de la sociedad civil
subyacente a las instituciones políticas estudiando a Hegel e identifica la
sociedad civil con la esfera de las relaciones económicas, surgió una
interpretación parcial de la categoría hegeliana de sociedad civil que se
trasmitió a toda la tradición del hegel‐marxismo. La categoría hegeliana de
sociedad civil a cuya clara formulación y denominación Hegel llegó solamente
en la última fase de su pensamiento, en los Lineamientos de filosofo del derecho
(1821), es mucho más compleja y precisamente por su complejidad mucho más
difícil de interpretar. Como momento intermedio de la eticidad, puesto entre la
familia y el Estado, permite la Construcción de un esquema triádico que se
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 88
contrapone a los dos modelos diádicos anteriores, el aristotélico basado en la
dicotomía familia/Estado (societas domestica/societascivilis, en la cual civilis de
civitas corresponde exactamente a πολιτιχος de πολις) y el iusnaturalista basado
en la dicotomía estado de naturaleza/sociedad civil. Con respecto a la familia, la
sociedad civil ya es una forma incompleta de Estado,
el “Estado del intelecto”; con respecto al Estado, todavía no es el Estado en su
concepto y plena realización histórica. La sección de la sociedad civil está
dividida en las lecciones de Berlín en tres momentos, el sistema de las
necesidades, la administración de justicia, la policía (junto con la corporación).
La esfera de las relaciones económicas solamente es abarcad a por el primer
momento, mientras que el segundo y el tercero comprenden partes
tradicionales de la doctrina del Estado.
La interpretación de la sociedad civil hegeliana como el lugar cuya anatomía
debe buscarse en la economía política es parcial y, en referencia a la
comprensión del pensamiento genuino de Hegel, desorientadora. Es punto de
controversia cuál haya sido el pensamiento genuino de Hegel en la construcción
de la sección de la sociedad civil; algunos han considerado que fue concebida
como una especie de categoría residuo donde después de varios intentos de
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 89
sistematización de la materia tradicional de la filosofía práctica, que duraron
alrededor de veinte años, Hegel terminó porincluir en ella todo lo que no podía
entrar en los dos momentos bien delimitados, y aceptados por una
sistematización consolidada durante siglos, de la familia y del Estado. La
dificultad más grande de la interpretación está en el hecho de que la mayor
parte de la sección no está dedicada al análisis de la economía política sino a
dos importantes capítulos de la doctrina del Estado, que se refieren
8respectivamente, para usar palabras de hoy, a la función judicial ya la función
administrativa (bajo el nombre entonces común de Estado de policía). ¿Cómo es
Hegel, que culmina la sección de la eticidad en el Estado, es decir, en un análisis
de derecho público, la hace presidir de una sección en la que trata dos materias
tan importantes para la delineación del Estado en su conjunto como
la administración de la justicia y el Estado administrativo? La división
hegeliana, aunque continúa siendo difícil de entender a la luz de la tradición
anterior y también de los sucesores, puede ser comprendida, o por lo menos
puede parecer menos singular, si se toma en cuenta el hecho de que societas
civiles, que en alemán esbügerlicheGesellschaft, significó durante siglos y
ciertamente hasta Hegel (ef. §4) el Estado en su doble contraposición, sea frente
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 90
a la familia en la tradición aristotélica, sea al estado de naturaleza en la
tradición iusnaturalista. Lo que distingue la sociedad civil de Hegel de la de sus
predecesores no es su retraimiento hacia la sociedad pre‐estatal ‐talretraimiento
sólo sucederá con Marx‐, sino su identificación con una forma estatal en todo
caso imperfecta. Más que ser, como fue interpretada después, el momento
anterior a la formación del Estado, la sociedad civil hegeliana representa el
primer momento de la formación del Estado, el Estado jurídico‐administrativo,
cuya tarea es la de regular las relaciones externas, mientras que el Estado
propiamente dicho es el momento ético‐político, cuya misión es la de realizarla
adhesión íntima del ciudadano a la totalidad de la que forma parte, tanto así
que se podría llamar el Estado interno o interior(el Estado in interiorehomine de
Gentile). Más que una sucesión entre fase pre‐estatal y fase estatal de la
eticidad, la distinción hegeliana entre sociedad civil y Estado representa la
distinción entre un Estado inferior y un Estado superior. Mientras el Estado
superior está caracterizado por la constitución y por los poderes
constitucionales, como el poder monárquico, el poder legislativo y el
gubernativo, el Estado inferior actúa mediante dos poderes jurídicos
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 91
subordinados, que son el poder judicial y el poder administrativo. De los
cuales, el primero tiene la tarea fundamentalmente negativa de dirimir los
conflictos de interés y reprimir las ofensas al derecho establecido; el segundo,
de proveer a la utilidad común, interviniendo en la vigilancia de las
costumbres, en la distribución del trabajo, en la educación, en la ayuda a los
pobres, en todas las actividades que distinguen al Wohlfahrt‐Staat, el Estado que
se ocupa del bienestar externo de sus súbditos.
La referencia al significado de societascivilis de la tradición para una
comprensión correcta de la sociedad civil hegeliana no es arbitraria; ello puede
ser probado por el sentido polémico que este momento del desarrollo del
espíritu objetivo tiene en el sistema hegeliano. Las categorías hegelianas
siempre tienen, además de una función sistemática, también una dimensión
histórica: al mismo tiempo son partes, vinculadas entre sí, de una concepción
global de la realidad y de las figuras históricas. Piénsese, por ejemplo, en el
9Estado de derecho (Rechtszustand) de la Fenomenología del espíritu
(Phänomenologie des Geistes, 1807) que conceptualmente es la condición en la que
son exaltadas las relaciones de derecho privado, históricamente, el imperio
romano. El hecho de que la sociedad civil en el sistema hegeliano sea una figura
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 92
histórica es afirmado en muchas ocasiones por el propio Hegel allí donde se
dice que los estados de la antigüedad, así los despóticos de Oriente
inmóviles como los de las ciudades griegas, no contenían en su seno una
sociedad civil y que “el descubrimiento de la sociedad civil pertenece al mundo
moderno” {l821, trad. it. p. 356}. Para Hegel el error de quienes descubrieron la
sociedad civil‐y en esta desaprobación reside el sentido polémico de la
colocación de esta figura no al final del proceso del espíritu objetivo, sino en
una posición subordinada al Estado en su plenitud‐ está en haber creído agotar
en ella la esencia del Estado. Por ello la sociedad civil no es solamente una
forma inferior de Estado en el conjunto del sistema, sino que representa
también el concepto de Estado en e! que se detuvieron los escritores políticos y
los juristas de derecho público anteriores, y que se podría llamar privatista en el
sentido de que su principal preocupación es la de dirimir los conflictos de
interés que surgen en las relaciones entre los individuos mediante la
administración de justicia y sucesivamente la de cuidar el bienestar de los
ciudadanos defendiéndolos de los perjuicios que pueden derivar del permitir el
libre desfogue del particularismo egoísta de los sujetos. Tras esta concepción
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 93
restringida de la sociedad civil Con respecto al Estado totalmente desarrollado,
se puede entrever una alusión tanto a la teoría lockiana del Estado para la cual
el Estado surge únicamente para impedir la justicia privada propia del estado
de naturaleza donde no hay un juicio imparcial por encima de las partes, y para
protegerla propiedad entendida como un derecho natural, como a la teoría del
Estado eudemonista propia de los partidarios del absolutismo ilustrado, que
asume la tarea de ver por el bienestar de los súbditos, pero nunca va más allá de
una concepción individualidad de la unión social. Hegel no ignoraba que el
Estado eudemonista ya había sido criticado por Kant, quien por lo demás lo
había rechazado en nombre del Estado de derecho, cuyo ámbito de acción está
limitado a la garantía de las libertades individuales, en una línea que
continuaba la de Locke y que no anticipaba la concepción orgánica con la que
solamente se habría podido elevar el Estado la esfera de la eticidad, En fin, la
razón por la que Hegel puso el concepto de Estado por encima del concepto en
el que se detuvieron sus predecesores debe ser buscada en la necesidad de dar
una explicación del porqué se le reconoce al Estado el derecho de pedir a los
ciudadanos el sacrificio de sus, bienes (mediante los impuestos) y de la misma
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 94
vida (cuando declara la guerra), una explicación que en vano se pide a las
doctrinas contractualitas en las que el Estado nace de un acuerdo que los
mismos contrayentes pueden disolver cuando les convenga, y a las doctrinas
eudemonológicas en las que el fin supremo del Estado es el bienestar de los
súbditos. En última instancia lo que caracteriza al Estado con respecto a la
10sociedad civil son las relaciones que únicamente el Estado, y no la sociedad
civil, mantiene con los otros Estados. Tan es así que el Estado no la sociedad
civil, es el sujeto de la historia universal con el que se concluye el movimiento
del Espíritu objetivo.
4. LA TRADICIÓN IUSNATURALISTA
La utilización hegeliana del concepto sociedad civil en lugar del concepto
Estado, aunque se trate de una forma inferior de Estado, corresponde al sentido
tradicional de societascivilis, donde civilis de civitas es sinónimo de πολιτιχος de
πολις; y traduce exactamente la expresión χοινωια πολιτιχη. Con
ella Aristóteles, al inicio de la Política indica la πολις o ciudad, cuyo carácter de
comunidad independiente y autosuficiente, ordenada con base en una
constitución (πολιτεια), ha hecho que se le considere durante siglos como el
origen o el antecedente histórico del Estado en el sentido moderno de la
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 95
palabra, si bien bajo dos significados diferentes según si se contraponga con
base en el modelo aristotélico, para el cual el Estado es la consecuencia natural
de la sociedad familiar, a la sociedad doméstica o familiar se contraponga con
base en el modelo hobbesiano (o iusnaturalista), para el cual el Estado es la
antítesis del estado de naturaleza, a la societasnaturalis constituida por
individuos hipotéticamente libres e iguales, La diferencia está en que mientras
societascivilis de! modelo aristotélico siempre es una sociedad natural, en cuanto
corresponde perfectamente a la naturaleza social del hombre (πολιτιχονζωον),
la misma societascivilis del modelo hobbesiano, ya que es la antítesis del estado
de naturaleza y está constituida por un acuerdo de los individuos que deciden
salir del estado de naturaleza, es una sociedad instituida o artificial (el homo
artificialis o la machina machinarum de Hobbes). Nada mejor para probar la
vitalidad y longevidad de esta expresión que la constatación de su uso, así en
contextos en los que el término opuesto es la familia como en contextos en los
que el término opuesto es el estado de naturaleza, Para el primer uso léase a un
típico representante del modelo aristotélico, párale cual el Estado es un hecho
natural, como Bodin:
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 96
El Estado (république o respublica) es la sociedad civil que puede subsistir por sí
misma sin asociaciones y organismos, pero no lo puede hacer sin la familia
{1576,III, 7}.
Para el segundo uso léase, para dar otro ejemplo valido y representativo del
modelo iusnaturalista, a Kant:
El hombre debe salir del estado de naturaleza, en el que cada cual sigue los
caprichos de su fantasía, y unirse con todos los demás… sometiéndose a una
constricción externa públicamente legal... es decir, que cada cual debe, antes de
11cualquier otra cosa, entrar en un estado civil {1797, trad. it. p. 498}.
A través de la persistencia del modelo iusnaturalista en la época moderna, de
Hobbes a Kant, la contraposición de la sociedad civil frente a la sociedad
natural terminó por hacer prevalecer en el uso de la expresión “sociedad civil”
el significado de “sociedad artificial”. Tan es así que un autor tradicionalista
como Haller, que considera al Estado de acuerdo con el modelo aristotélico
como una sociedad natural al igual que la familia, que significa “el grado más
alto de la sociedad natural o privada” {1816, trad. it. p. 463}, sostiene que,
“La distinción, reproducida siempre en los textos de doctrina actualmente
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acreditados, entre la sociedad civil y cualquier otra sociedad natural, carece de
fundamento”, por lo que ʹes deseable que la expresión
sociedad civil (societascivilis), que se ha presentado porla lengua de los romanos
en la nuestra, sea rápidamente retirada por completo de la ciencia jurídica”
{ibid, pp. 476‐477}.
Una afirmación de este tipo no se entendería si mediante el uso iusnaturalista
de sociedad civil la expresión no hubiese adoptado el significado exclusivo de
Estado como entidad instituida por los hombres más allá de las relaciones
naturales, incluso como reglamentación voluntaria de las relaciones
naturales, en suma como sociedad artificial, mientras que en su sentido original
aristotélico la sociedad civil, la χοινωνια πολιτιχη, es una sociedad natural al
igual que la familia. En realidad lo que Heller quería retirar no era tanto la
palabra sino el sentido que la palabra había asumido para quien, como los
iusnaturalistas, habían considerado los Estados, para utilizar la expresión
polémica del mismo Haller, como “sociedades arbitrariamente farmacias y
diferenciadas de todas las demás por su origen y fin” {ibid., p. 463}.
Siempre en el significado de Estado político diferente de cualquier forma de
Estado no político la expresión “sociedad civil” también es utilizada
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 98
normalmente para distinguir el ámbito de competencia del Estado o del poder
civil del ámbito de competencia de la Iglesia o poder religioso en la
contraposición sociedad civil/sociedad religiosa que se agrega a la tradicional
sociedad doméstica/sociedad civil. Desconocida por la Antigüedad clásica, esta
distinción es recurrente en el pensamiento cristiano. Tómese en cuenta a un
escritor católico como Antonio Rosmini, En la Filosofía del derecho el estudio
de la parte dedicada al derecho social se desarrolla a través del examen de tres
tipos de sociedades necesarias para la organización “perfecta del género
humano” {1841‐43, ed. 1967‐69, pp. 848 ss.}. Estas tres sociedades son: la
sociedad teocrática o religiosa, la sociedad doméstica y la sociedad civil. Esta
tripartición deriva claramente de la conjunción de b dicotomía familia/Estado,
12que es el punto de partida del modelo aristotélico, con la dicotomía
Iglesia/Estado, fundamental en la tradición del pensamiento cristiano.
Los dos significados de “sociedad civil” como sociedad política o Estado, y en
cuanto tal como sociedad diferente de la sociedad religiosa, son consagrados
por los dos artículos de la Encyclopédie dedicados respectivamente a la
“sociedad civil” {Anónimo, 1765 b} ya la sociedad {Anónimo, 1765 a}. En el
primero encontramos esta definición: “Sociedad civil es el cuerpo político que
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 99
los hombres de una nación, de un Estado, de un pueblo u otro lugar, forman
juntos, y los lazos políticos que los vinculan unos a otros” [1765 b, p. 259}. El
segundo está dedicado casi exclusivamente al problema de las relaciones entre
sociedad civil y sociedad religiosa con el objeto de delimitar rigurosamente el
ámbito que le corresponde a cada cual.
5. SOCIEDAD CIVIL COMO SOCIEDAD CIVILIZADA
Una opinión común sobre las fuentes del pensamiento de Hegel sostiene desde
hace tiempo que la noción de bürgerlicheGesellschaftestuvó inspirada en la obra
de Adam Ferguson An Essay on the History of Civil Society (1767), quefue
traducida al alemán por Christian Garve en 1768 y que Hegel seguramente
conocía. Pero una cosa es considerar que Ferguson y Adam Smith sean una
fuente de Hegel en lo que se refiere a la sección de la sociedad civil que trata del
sistema de las necesidades y más en general de la economía política, y otra muy
distinta creer, con base en estás coincidencias entre los textos de Ferguson y de
Hegel, que la búrgerlicheGesellschaft del segundo tenga algo que ver con la civil
society del primero. Que Hegel haya tomado de Ferguson algunos puntos para
el estudio de los elementos de economía política que forman parte de la sección
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 100
de la sociedad civil no quiere decir que sociedad civil tenga en Ferguson el
mismo significado que en Hegel. Con Ferguson y los escoceses “sociedad civil”
tiene otro significado: civilis no es adjetivo de civitas(condición política) sino de
civilitas (condición civilizada). Sociedad civil significa sociedad civilizada
(Smith en efecto utiliza el adjetivo civilized), que casi tiene un sinónimo en
polished. La obra de Ferguson que describe el paso de las sociedades primitivas
a las sociedades evolucionadas es una historia del progreso: la humanidad pasó
y continúa pasando del estado salvaje de los pueblos cazadores sin propiedad y
sin Estado al estado de barbarie de los pueblos que se ocupan de la agricultura e
introducen los primeros gérmenes de la propiedad, al estado civil caracterizado
por la institución de la propiedad, por el intercambio y por el Estado. No se
puede excluir del todo que tanto en la societascivilis de los iusnaturalistas, como
en la bürgerlicheGesellschaft se esconda también el significado de sociedad civil
en el sentido de Ferguson y los escoceses: baste pensar en la célebre
contraposición hobbesiana entre estado de naturaleza y estado civil donde entre
las características del primero está la barbaries y del segundo la elegantia {Hobbes
131642, x, I}, o recuérdese la repetida afirmación de Hegel de que los estados
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 101
antiguos, tanto los despóticos como las repúblicas griegas, no tenían una
sociedad civil que es una formación característica de la época moderna. Con
todo, permanece siempre el hecho de que la civil society de Ferguson es civil no
porque se diferencie de la sociedad doméstica o de la sociedad natural, sino
porque se contrapone a las sociedades primitivas.
Sólo tomando en cuenta este significado se puede comprender plenamente la
sociétécivile de Rouseau. En el Discurso sobre el origen y los fundamentos de la
desigualdad entre los hombres(1754) Rousseau describe en un primer momento el
estado de naturaleza, es decir, la condición del hombre natural, que todavía no
vive en sociedad porque no la necesita, aprovisionando la naturaleza generosa
la satisfacción de sus necesidades básicas, y es feliz de su condición; en un
segundo momento describe el estado de corrupción en el que el hombre natural
cae luego de la institución de la propiedad privada que estimula, alienta y
pervierte los instintos egoístas, y a la invención de la agricultura y la
metalurgia, hoy se diría de técnicas que multiplican su poder sobre la
naturaleza y son transformadas en instrumentos de dominación del hombre
sobre el hombre, de parte de los más hábiles y fuertes. Rousseau llama a este
estado de corrupción sociétécivile, atribuyéndole claramente al adjetivo civile el
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 102
significado de “civilizado”, aunque le da una connotación axiológicamente
negativa que distingue su posición en referencia a la “civilización” de la mayor
parte de los escritores de aquel tiempo y en general de la ideología iluminista
del progreso. De otra parte, como en la mayoría de los escritores en los que la
sociedad civil tiene el significado principal de sociedad política no está excluido
tampoco el significado de saciedad civilizada, en Rousseau el significado
preponderante de sociedad civil como sociedad civilizada no excluye que esta
sociedad sea también en cierne una sociedad política a diferencia del estado de
naturaleza, aunque en la forma corrupta del dominio de los fuertes sobre los
débiles, de los ricos sobre los pobres, de los astutos sobre los simples, en una
forma de sociedad política de la que el hombre debe salir para instituir la
república basada en el contrato social, esto es, en el acuerdo paritario de cada
cual con todos los demás, así como de acuerdo ron la hipótesis iusnaturalista
que parte de una inversión de juicio de los dos términos el hombre debe salir
del estado de naturaleza.
6. EL DEBATE ACTUAL
El devenir histórico ha mostrado la variedad de significados incluso
contrastantes entre sí bajo los cuales ha sido usada la expresión “sociedad civil”.
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 103
Resumiendo, el significado preponderante ha sido el de sociedad política o
Estado, usado por lo demás en diversos contextos según si la sociedad civil o
política haya sido diferenciada de la sociedad doméstica, de la sociedad natural
14o de la sociedad religiosa. Al lado de éste, otro significado tradicional es el que
aparece en la secuencia sociedad salvaje, bárbara, civil, que a partir de los
escritores del siglo XVIII constituyó un esquema clásico para la definición del
progreso humano, con la excepción de Rousseau para quien la sociedad civil,
aun teniendo el significado de sociedad civilizada, representa un momento
negativo del desarrollo histórico. Una historia completamente diferente
comienza con Hegel para quien por primera vez la sociedad civil ya no
comprende el Estado en su globalidad, sino que representa únicamente un
momento en el proceso de formación del Estado, y prosigue con Marx quien
concentrando su atención en el sistema de las necesidades que es sólo el primer
momento de la sociedad civil hegeliana, ubica en la esfera de la sociedad civil
exclusivamente las relaciones materiales o económicas y con un cambio
completo del significado tradicional no sólo separa la sociedad civil del Estado
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sino que hace de ella al mismo tiempo el momento fundador y antitético.
Finalmente Gramsci, aunque mantiene la distinción entre sociedad civil y
Estado, mueve la primera de la esfera de la base material a la esfera
superestructural y hace de ella el lugar de la formación del poder ideológico,
diferente del poder político entendido en sentido estricto, y de los procesos de
legitimación de la clase dominante.
Como se dijo al inicio, en el debate actual la contraposición continúa. A tal
grado ha entrado en la práctica cotidiana la idea de que la sociedad civil sea
lo anterior (y contrario) del Estado, que es necesario hacer un esfuerzo para
convencerse que durante siglos la misma expresión fue usada para designar el
conjunto de las instituciones y normas que hoy constituyen lo que se llama
Estado, y que ya nadie podría llamar sociedad civil sin correr elriesgo de que se
le malentendiera por completo. Naturalmente todo esto no sucedió por un
capricho de los escritores políticos o por casualidad. No debe olvidarse que
societascivilis traducía la χοινωνια πολιτιχη de Aristóteles, una expresión que
designaba la ciudad como forma de comunidad diferente de la familia y
superior a ella, como la organización de una convivencia que efectivamente
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 105
tenía las características de la autosuficiencia y de la independencia que luego
serán las características del Estado en todas sus formas históricas, pero que no
se distinguía y jamás había sido conscientemente distinguida de la sociedad
económica subyacente, siendo la actividad económica un atributo de la familia
(de donde proviene el nombre de economía al gobierno de la casa). Que el
Estado fuese definido como una forma de sociedad todavía podía considerarse
correcto duran te los siglos de la controversia entre el Estado y la Iglesia para la
delimitación de las respectivas fronteras, controversia que estuvo representada
por una parte y por la otra como un conflicto entre dos sociedades, la societas
civium y la societasfidelium; tampoco es del todo impropio cuando con la
doctrina del derecho natural y con e! contractualismo el Estado fue
contemplado sobre todo en su aspecto de asociación voluntaria en defensa de
15algunos intereses fundamentales como la vida, la propiedad y la libertad. No
debe olvidarse que la identificación tradicional del Estado con una forma de
sociedad haya contribuido a retrasar la percepción de la distinción entre el
sistema social en su conjunto y las instituciones políticas mediante las cuales se
ejerce el dominio (Herrschaft en el sentido weberiano), distinción que ya se
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 106
había acentuado‐más en la época moderna con el desarrollo de las relaciones
económicas más allá del gobierno de la casa, de un lado, y del aparato de los
poderes públicos, por otro. Sin embargo es un lecho que con Maquiavelo, que
también por esto debe ser considerado como el fundador de la ciencia política
moderna, el Estado ya no puede ser comparado de ninguna manera con una
forma de sociedad y sólo por costumbre de escuela todavía puede ser definido
como societascivilis. Cuando Maquiavelo habla del Estado se refiere al máximo
poder que se ejerce sobre los habitantes de un determinado territorio y del
aparato del que algunos hombres o grupos se sirven para adquirirlo o
conservarlo. El Estado entendido de esta manera no es el Estado‐sociedad sino
el Estado‐máquina. Después de Maquiavelo el Estado todavía puede ser
definido romo societascivilis, pero la definición se muestra rada vez más
incongruente y confusa. La contraposición entre la sociedad y el Estado que se
abre paso con el nacimiento de la sociedad burguesa, es la consecuencia natural
de una diferenciación que se presenta en las cosas y al mismo tiempo de una
consiente división de funciones, cada vez más necesaria, entre quien se ocupa
de la “riqueza de las naciones” y quien se ocupa de las instituciones política
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 107
entre la economía política en un primer momento y la sociología en un segundo
momento, de una parte, y la ciencia del Estado con todas las líneas de
disciplinas afines, la Polizeiwissenschaft (ciencia de la policía), el cameralismo, la
estadística en el sentido original del término, la ciencia de la administración,
etcétera, de otra parte.
En estos años se ha cuestionado si la distinción entre la sociedad civil y el
Estado que ha tenido lugar durante los dos últimos siglos todavía tenga alguna
razón de ser. Se ha dicho que el proceso de, emancipación de la sociedad frente
al Estado fue seguido por un proceso inverso de reapropiación de la sociedad
de parte del Estado; que el Estado, que, se transformó de Estado de derecho en
Estado social (de acuerdo con la expresión divulgada sobre todo porlos juristas
y politólogos alemanes), precisamente porque “social” difícilmente se distingue
de la sociedad subyacente que él penetra completamente mediante la
regulación de las relaciones económicas. Se ha notado, de otra parte, que a este
proceso de estabilización de la sociedad ha correspondido un proceso inverso,
pero no menos significativo de socialización del Estado a través del desarrollo
de las diversas formas de participación en las
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 108
alternativas políticas, el crecimiento de las organizaciones de masas que ejercen
directa o indirectamente un poder político, por lo que la expresión “Estado
social” no sólo puede ser entendido como estado que ha permeado la sociedad
16sino también: como Estado que la sociedad ha permeado. Estas observaciones
son correctas, sin embargo la contraposición entre la sociedad Civil y el Estado
continúa utilizándose, cosa que refleja una situación real. Aun prescindiendo de
la consideración de que los dos procesos del Estado que se hace ‐sociedad y de
la sociedad que se hace Estado son contradictorios, porque la realización del
primero llevaría al Estado sin sociedad, es decir, al Estado totalitario y la
realización del segundo a la sociedad sin Estado, o sea, a la extinción del
Estado, los dos procesos están lejos de cumplirse y precisamente por su
presencia simultánea a pesar de ser contradictorios no pueden llegar a su plena
realización. Estos dos procesos están bien representados‐ porlas dos figuras del
ciudadano participante y del ciudadano protegido que están en conflicto entre
sí incluso en la misma persona: del ciudadano que mediante la participación
activa siempre pide mayor protección al Estado y mediante la exigencia de
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protección refuerza aquel Estado del que quisiera adueñarse y que en cambio se
vuelve su amo. Bajo este especto la sociedad y el Estado fungen como dos
momentos necesarios, separados pero contiguos, diferentes pero
independientes, del sistema social en su complejidad y en toda su articulación.
CONCLUCIONES:
El fenómeno de la pobreza en el ámbito mundial y particularmente en América Latina, se refleja de manera contundente en las condiciones de vida de la población. Durante las últimas décadas este fenómeno se ha visto agudizado particularmente en los estratos de clase media y en aquella población que se encuentra en pobreza y pobreza extrema. El costo social que ha implicado la integración de las economías Latinoamericanas al mercado mundial y sobre todo al modelo neoliberal, ha significado serios desajustes en las economías de los países de la región, en las familias y problemas de integración e inclusión social. El destino económico, político y social de los países de América Latina depende de las necesidades y exigencias de las economías desarrolladas que abanderan el proyecto de globalización, como una condición para la integración de las economías pobres al mercado mundial. México se encuentra inmerso en este contexto, que
representa la implementación de severos ajustes en las políticas
laborales y sociales, limitando rubros esenciales, como son:
educación, alimentación, salud y vivienda, a la gran mayoría de la
población.CONCLUSIONES
II
A lo largo de este proceso, se han implementado políticas de
gasto social que han resultado insuficientes en el combate a la
pobreza, ya que estos programas en sí mismos resultan pobres,
dado que el problema central de la pobreza es la distribución
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 110
inequitativa del ingreso, que beneficia a una pequeña minoría en
detrimento del nivel de vida de la mayoría de la población. En este
sentido, los programas de gasto social deben estar orientados hacia
un proceso de redistribución del ingreso, en beneficio de las
mayorías para mitigar los efectos de la pobreza. Pero esto no quiere
decir que los programas de gasto social constituyan una solución
definitiva al fenómeno de la pobreza, toda vez que la pobreza, como
lo hemos mencionado, ya es una característica estructural del
capitalismo en sus diferentes modalidades.
La evolución económica de América Latina durante la
posguerra ratificó el hecho de que el crecimiento económico no se
ha reflejado en un desarrollo económico con justicia y bienestar
social, en virtud de que durante el periodo 1965-1980 el producto
interno bruto percápita real creció a una taza anual del 3.4%, pero
en el período 1980-1989 el producto interno bruto percápita real
descendió en promedio el 0.6% anual, esto debido, entre otras
razones, a una excesiva deuda externa e hiperinflación y bajos
salarios reales, fundamentalmente.
Cabe precisar que para 1980, la población pobre en América
Latina era de 135.9 millones de personas, y para 1986 esta cifra se
incrementa a 170.2 millones de personas. En otras palabras, para
1986 en todo el globo terráqueo los pobres de los paísesCONCLUSIONES
III
subdesarrollados sumaban el 82.3% y los pobres de los países
desarrollados el 17.7%. De todos esos pobres del mundo para ese
año el 86.4% se enfrentó a la pobreza y pobreza extrema.
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 111
Siguiendo la misma línea de pensamiento, podemos concluir,
por lo tanto, que la pobreza latinoamericana es producto de dos
elementos sustanciales:
1.- Una mayor apertura del mercado capitalista tanto de productos,
(bienes y servicios) como de fuerza de trabajo.
2.- Los avances e intentos del neoliberalismo por imponer la
globalización y la modernización en las economías de América
Latina para su inserción exitosa en el mercado capitalista mundial.
Derivado de lo hasta aquí expuesto, se concluye el carácter
autoritario de la política neoliberal, que resulta ser un modelo
económico, antidemocrático, basado en la injusticia y que limita la
libertad de los hombres en todos los ámbitos.
En esencia, la pobreza en México expresa la misma realidad
descrita en términos generales; es decir, las políticas neoliberales
implementadas por el gobierno Mexicano han aumentado la brecha
entre pobres y ricos colocando a México en uno de los últimos
lugares en equidad distributiva en el ingreso.
El hecho de que la mayoría de la población mexicana se aleje
cada vez más de los beneficios económicos, producto delCONCLUSIONES
IV
crecimiento, se constata con la estrepitosa caída del poder
adquisitivo del salario mínimo y de los salarios en general.
En el año de 1987, el salario mínimo era de 6.47 pesos por
día y podía adquirir el 94% de la canasta obrera indispensable,
mientras que para el año de 1996 ya sólo podía adquirir el 32.5%.
Para el año de 1998 el porcentaje disminuyó a 26.3%. En otras
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palabras, lo anterior significa que el poder de compra del salario
mínimo cayó de manera acumulada 67.7% de 1987 a 1998.
Otro elemento que permite concluir con la idea vertida en el
párrafo precedente es que para 1989 se encontraba en una
situación de pobreza extrema el 16.2% de la población total, y para
el año de 1993 este porcentaje se elevó a 31.7%.
Por otra parte, y aunado a lo anteriormente expuesto, de 1995
a 1998, el salario perdió de manera acumulada el 47.6% de su
poder de compra; por lo tanto, la relación entre los salario mínimos
y los precios de las canastas básicas es negativa para el obrero
mexicano, circunstancia que se viene traduciendo en una
depauperización permanente y paulatina de los salarios de los
trabajadores, colocando al país entre las 10 naciones con los
salarios más bajos del mundo.
Por lo que respecta a la situación económica del estado de
Jalisco, y particularmente del municipio de Tamazula de Gordiano,
es de destacarse la abundancia de recursos naturales y humanos
con que cuenta esta región del país. Sin embargo, existen en laCONCLUSIONES
V
región poblaciones desarrolladas en forma desigual, con problemas
para integrarse en un proceso homogéneo de desarrollo, y con una
creciente marginación de trabajadores que se desplazan para
buscar trabajo al norte del estado, del país o bien a Estados Unidos.
También es necesario precisar que el ingenio de Tamazula a
desplazado a otras actividades dentro del municipio, propiciando un
aumento en el proceso de pauperización de la población, negando
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de diversas formas, la realización del potencial del municipio y con
ello de las posibles mejoras en el nivel de vida, de transformación y
creación de los habitantes de Tamazula.
Se tiene claro que las cifras oficiales sobre el gasto social en
el municipio reflejan la situación real de los niveles de vida de la
población.
Un factor que resalta del estudio, es la producción y su
impacto en la población. Por los problemas y potencialidades del
municipio, es importante diversificar la producción para ampliar las
actividades y los ingresos de la comunidad, al igual que utilizar
mejor los recursos propios del municipio. Así se crean fuentes
económicas alternas al eje que es el ingenio de azúcar.
Por lo anterior podemos concluir que el impulso de una serie
de actividades productivas y proyectos en el municipio es posible;
por ejemplo el municipio presenta algunas propuestas alternativas
como la cría de avestruz, cuyos productos tienen potencialidades
importantes, por su bajo costo de manutención, la amplitud de suCONCLUSIONES
VI
mercado. Un proyecto orientado a su utilización es posible. Otro
caso podría ser la creación de proyectos, que tengan efectos
paralelos al cultivo de caña, como la apicultura y su
comercialización.
Otra conclusión del estudio es que la inversión en el municipio
puede ser promovida de manera amplia, no sólo para las
actividades productivas alternativas, sino para otros recursos que se
pueden utilizar de manera sustentable. Como las zonas con
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bosque, como alternativa al turismo de montaña que frecuenta el
municipio colindante con Tamazula, que es Mazamitla. Esto podría
ser fuente de ingreso y de generación de empleos. También el
procesamiento y cosecha de tomate puede ser una alternativa.
Los productos orgánicos pueden ser un fuerte estimulo para la
inversión alternativa dentro del municipio y para la región, por su
atractivo en el mercado exterior y en algunos centros importantes
de población como la Ciudad de Guadalajara y de México.
En otro aspecto, la educación en el municipio de Tamazula
de Gordiano está permeada por las condiciones generales en que
se encuentra el sistema educativo nacional. Sin embargo, el
municipio por sus características, requiere de una mayor atención
en los siguientes puntos.
1.- Combate a la deserción escolar por medio de una política de
educación para los diferentes niveles educativos, a través de la
2.- Vincular a la escuela con las responsabilidades y actividades de
la comunidad como una forma de integración entre la formación
educativa y la realidad que vive el estudiante.
3.- Una mayor participación en la planeación académica por parte
del profesor, con vistas a cubrir algunas de las necesidades
productivas de la comunidad.
4.- Incremento del gasto educativo en el municipio, para que
impacte en el gasto en educación de cada familia, de tal forma que
el factor económico no sea un elemento que obstaculice el
desarrollo y avance educativo de los alumnos.
Por otra parte, del estudio realizado en el municipio de
Tamazula de Gordiano y a la luz del análisis del mismo, podemos
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 115
formular la siguiente conclusión respecto a los servicios de salud.
La cobertura de los servicios de salud que brinda el municipio
a sus habitantes para el año de 1998 en la unidades del IMSS,
ISSSTE, DIF, SSA es de 48.7%, de lo que se deduce que el 51.3%
carece de ellos.CONCLUSIONES
VIII
También hay que mencionar que no fue posible conocer de
manera extensa de qué manera los 20, 680 habitantes que carecen
de estos servicios logran tener acceso a alguna forma de atención
medica. Sin embargo, podemos pensar que se atienden por medios
privados, medicina alterna o, en el último de los casos, estén
propensos a morir por enfermedades curables.
Por lo anterior es necesario duplicar los recursos tanto
materiales como humanos, para aspirar a cubrir el 100% de los
servicios de salud en el municipio, y para que sean ejercidos de
acuerdo a las necesidades reales de la población. Esta cobertura
debería acompañarse de la descentralización de los mismos en el
estado.
Por otra parte, se hace necesario que existan trabajos de
investigación que permitan establecer los perfiles patológicos más
recurrentes en la población de Tamazula de Gordiano, para realizar
campañas periódicas y reiterativas sobre como prevenir y atacar las
enfermedades más frecuentes. Así mismo, fomentar el uso
sistematizado y frecuente de los cuadros básicos del sector salud,
como una forma de disminuir el costo en la adquisición de insumos
de medicamentos, material de curación, reactivos y material de
laboratorio en beneficio especialmente de la población de bajos
DIVINO MAESTRO EL COLEGIO DE LA PREPágina 116
recursos. Esto se traduciría en una mayor ampliación de la
cobertura, tanto en el primer nivel de atención (consulta), como en
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