Por su noveno aniversario de creación: …...2015/10/03  · bajo apercibimiento al señor fiscal...

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1 Chiclayo, sábado 03 de octubre del 2015 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV 1 Chiclayo, sábado 03 de octubre del 2015 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL EN ESTA EDICIÓN: PROPONEN MODIFICAR FE PÚBLICA REGISTRAL, TERCER ADQUIRENTE PERDERÍA LA PROPIEDAD SI ÉSTA DERIVA DE DOCUMENTOS FALSOS; COMUNICADO OFICINA DE PERSONAL CSJLA; ADICCIÓN COMPULSIVA; ETC. La titular de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Mg. Ana Elizabeth Salés del Cas- tillo, se dirigió a los inte- grantes del Cuarto Juz- gado Especializado de Familia de esta ciudad, a efectos de hacerles lle- gar un afectuoso salu- do y felicitarlos por el noveno aniversario de su creación, conmemorado el último miércoles 30 de setiembre del año en curso. Por su parte, el Magis- trado a cargo del referi- do juzgado, Dr. Silverio Julián Rivera Palomino, manifestó que durante estos nueve años de fun- cionamiento, se ha logra- do grandes avances en la restitución de los dere- chos de mujeres, niñas, niños y de adolescentes. “El hecho de contar con una Asistenta Social que integra el Equipo Multi- disciplinario de la CSJLA, permite tener una mejor visión y amplitud del panorama de las relacio- nes familiares, de los pro- blemas socioeconómicos de la familia y podemos de esta manera, tomar una decisión más ajusta- da a derecho”, puntualizó el Juez Rivera Palomino. Cabe mencionar que este juzgado, fue crea- do el 30 de setiembre del año 2006 y cuenta en la actualidad con un gran equipo de profesio- nales: Secretarios Judi- ciales, Abog. Patricia Casuso Nicolosi, Abog. Aníbal Balcázar Zelada y Abog. José Rosario Rodrigo Martínez, Asis- tentes Judiciales, Abog. Silvia Díaz Cubas, Abog. Amparo Malca Vásquez y Abog. Andori Guzmán Arbulú, Asistenta Social, Lic. Ana Bravo Palacín y Asistente de despacho, Abog. Wendy Ruiz Her- nández, quienes coadyu- van día a día con la labor de administrar justicia. Por su noveno aniversario de creación: PRESIDENTA DE LA CSJLA SALUDA AL CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CHICLAYO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE COMUNICADO N° 008 La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lambayeque, conforme a su Plan de Trabajo del año 2015, en coordinación con la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, y con el apoyo del Ministerio Público -Fiscalía Anticorrupción- y la Policía Nacional del Perú, vienen desa- rrollando acciones conjuntas con la finalidad de combatir cualquier acto de corrupción que se pudiera presentar a nivel institucional; en aras de resguardar y fortalecer nuestra imagen como instituciones públicas al servicio de la sociedad. 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1Chiclayo, sábado 03 de octubre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL 1Chiclayo, sábado 03 de octubre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

EN ESTA EDICIÓN: PROPONEN MODIFICAR FE PÚBLICA REGISTRAL, TERCER ADQUIRENTE PERDERÍA LA PROPIEDAD SI ÉSTA DERIVA DE DOCUMENTOS FALSOS; COMUNICADO OFICINA DE PERSONAL CSJLA; ADICCIÓN COMPULSIVA; ETC.

La titular de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Mg. Ana Elizabeth Salés del Cas-tillo, se dirigió a los inte-grantes del Cuarto Juz-gado Especializado de Familia de esta ciudad, a efectos de hacerles lle-gar un afectuoso salu-

do y felicitarlos por el noveno aniversario de su creación, conmemorado el último miércoles 30 de setiembre del año en curso.Por su parte, el Magis-trado a cargo del referi-do juzgado, Dr. Silverio Julián Rivera Palomino,

manifestó que durante estos nueve años de fun-cionamiento, se ha logra-do grandes avances en la restitución de los dere-chos de mujeres, niñas, niños y de adolescentes.“El hecho de contar con una Asistenta Social que integra el Equipo Multi-

disciplinario de la CSJLA, permite tener una mejor visión y amplitud del panorama de las relacio-nes familiares, de los pro-blemas socioeconómicos de la familia y podemos de esta manera, tomar una decisión más ajusta-da a derecho”, puntualizó el Juez Rivera Palomino.Cabe mencionar que este juzgado, fue crea-do el 30 de setiembre del año 2006 y cuenta en la actualidad con un gran equipo de profesio-nales: Secretarios Judi-ciales, Abog. Patricia Casuso Nicolosi, Abog. Aníbal Balcázar Zelada y Abog. José Rosario Rodrigo Martínez, Asis-tentes Judiciales, Abog. Silvia Díaz Cubas, Abog. Amparo Malca Vásquez y Abog. Andori Guzmán Arbulú, Asistenta Social, Lic. Ana Bravo Palacín y Asistente de despacho, Abog. Wendy Ruiz Her-nández, quienes coadyu-van día a día con la labor de administrar justicia.

Por su noveno aniversario de creación:

PRESIDENTA DE LA CSJLA SALUDA AL CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE CHICLAYO

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUECOMUNICADO N° 008

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lambayeque, conforme a su Plan de Trabajo del año 2015, en coordinación con la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, y con el apoyo del Ministerio Público -Fiscalía Anticorrupción- y la Policía Nacional del Perú, vienen desa-rrollando acciones conjuntas con la finalidad de combatir cualquier acto de corrupción que se pudiera presentar a nivel institucional; en aras de resguardar y fortalecer nuestra imagen como instituciones públicas al servicio de la sociedad.

ODECMA LAMBAYEQUE

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Chiclayo, sábado 03 de octubre del 20152 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

Chiclayo, sábado 03 de octubre del 2015

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUEMG. ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA

Telf: 481030 - 239182

SUBASTA PÚBLICA EN PRIMERA CONVOCATORIA

Expediente: 00661-2010-0-1707-JP-CI-01. En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CRE-DITO VALLE LA LECHE LTDA. Contra ROGELIO SEGUNDINO CARRILLO VALENCIA; Ó, ROGELIO SEGUNDO CARRILLO VALENCIA sobre OBLIGA-CIÓN DE DAR SUMA DE DINERO ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Ferreñafe que despacha la Dra. Graciela Cuiquita Contreras y especialista Jose Domingo Quiñones Bendezú; se ha dispuesto el rematede un bien inmueble denominado como; Lote 08 de la Manzana “I”; con un área aproximada de 153.50 M2. Ubicado en el Asentamiento Humano Manuel Gonzá-les Prada - Ferreñafe; inscrito en el código de Predios P10017991 Zona Registral N° II Oficina Registral de Chiclayo; Cuyo valorcomercial se encuentra establecido mediante pericia aprobada en la suma de S/.54,064.00 (cincuenta y cuatro mil sesenta y cuatro nuevos soles); y sale a subasta pública en primera convocatoria en el PRECIO BASE de S/. 36.042.67 (treinta y seis mil cuarenta y dos nuevossoles con 67 céntimos de nuevo sol.CARGAS Y GRAVAMENES.-las que aparecen de este proceso. CONDICIONES DEL REMATE; Los postores o par-ticipantes para este remate oblarán el 10% del valor comercial en cheque de gerencia a su nombre, o en efectivo ante este auxilio judicial; asimismo pagaran el arancel por participación en remate de bienes inmuebles ante el banco de la nación código 07153, consignando dni. del postor, número de expediente, y juzgado.HONORARIOS DEL MARTILLERO; En comisión pagados por el ejecutante y en compra; pagados por el adjudicatario conforme al arancel DS. 008-2005 JUS. En ambos casos se adiciona el igv. FECHA DIA, HORA; LUGAR DEL REMATE y FUNCIONARIO A CARGO; Esta subasta tendrá lugar el 06 de Octubre a horas 10.30 de la mañana ante el local de este juzgado UBICADO EN VICTOR RAUL primera cuadra S/N. ESOUINA CON TACNA (segundo piso) y se encuentra a cargo de la martillero Publico Maria Helena Alvitez Ríos con Registro SUNARP. N° 228.PUBLICACIONES; Par seis veces en el diario encar-gado de los edictos judiciales. Ferreñafe, 12 de agosto del 2015

MARIA HELENA ALVITEZ RIOSABOGADO

MARTILLERO PÚBLICOREG. 228

JOSE D. QUIÑONES BENDEZÚSECRETARIO JUDICIAL

PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO FERREÑAFE

PODER JUDICIAL – CSJLAB/ 25728S/. 48.0029, 30 Sept., 01, 02, 03, 05 Oct.

RECTIFICACION DE PARTIDAEXP. N° 1698-2015-JP-CI-01El Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia José Leonardo Ortiz Chiclayo, despacha Dra. Patricia del Pilar Cueva Sampen, Secrt. Ingrid Vera Montenegro, Que toda persona tiene derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva, para el ejercicio o defensa de sus derechos, o intereses con sujeción a un debido proceso de conformidad con el Artículo I Título Preliminar del Código Procesal civil, concordante con el Articulo VI del Código Civil; SEGUNDO: Que, de la revisión del escrito que contiene la demanda, se advierte que esta reúne los requisitos legales de forma y fondo exigidos para su admisibilidad y procedencia, de conformidad con lo normado por los artículos 130°, 131°, 424°, 425°, 751, 826 y 827 del Código Procesal Civil; por las consideraciones expuestas; SE RESUEL-VE: ADMITIR A TRAMITE en VIA PROCESO NO CONTENCIOSO, la demanda interpuesta por VICTOR MANUEL GONZALES MEDINA, sobre RECTIFIA-CIÓN DE PARTIDA; TENGASE por OFRECIDOS los medios probatorios que indica y por señalado su domicilio procesal; PROGRAMESE AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL, para el día MIERCOLES SIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a horas DOS Y CUARENTA Y CINCO DE LA TARDE, hora exacta, en el local del juzgado, bajo apercibimiento de archivarse el presente proceso. PUBLIQUESE un extracto del presente auto que admite la rectificación, por UN DIA, en el Diario Oficial “El Peruano” y “La Republica

José Leonardo Ortiz, 29 de septiembre del 2015YNGRID ARACELI MONTENEGRO

SECRETARIA JUDICIAL1° JUZGADO DE PAZ LETRADO MBJ-JLO

PODER JUDICIAL – CSJLAB/ 25786S/ 4.5003 Oct.

EDICTOPor ante el PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE CHICLAYO; que despacha la señora Juez Dra. CLARA ODAR PUSE y el especialista legal: Dr. JORGE CASTAÑEDA RIVADENEYRA; Expe-diente N° 01682-2015, Que con fecha 19-06-2015; doña PETRONILA FERNANDEZ ANGELES interpone demanda de SOLICITUD DE CAMBIO DE NOMBRE contra los REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICA-CION Y ESTADO CIVIL (RENIEC) Y EL PROCU-RADOR PUBLICO A CARGO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DE LA RENIEC; invocando derecho a la tutela jurisdiccional efectiva y al debido proceso, SOLICITANDO SE SIRVA DISPONER EL CAMBIO DE NOMBRE DE LA DEMANDANTE PETRONILA FERNANDEZ ANGELES A PAULA FERNANDEZ ANGELES Y COMO CONSECUENCIA SE DISPON-GA SE OFICIE A LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MONSEFU, PARA QUE PROCEDA AL CAMBIO DE NOMBRE; con Resolución N° 02 de fecha 10-08-2015; Se Resuelve ADMITIR a TRAMITE la demanda de CAMBIO DE NOMBRE, CONFIRIENDOSE traslado a los emplazados por el plazo de diez días a fin de que absuelvan la demanda interpuesta; ordenándose en la misma resolución PUBLIQUESE un extracto de la demanda y auto admisorio en el diario oficial y en otro de mayor circulación por tres veces.-Chiclayo, 16 de septiembre del 2015

JORGE CASTAÑEDA RIVADENEYRASECRETARIO JUDICIAL

PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVILPODER JUDICIAL – CSJLA

B/ 25755S/. 13.5002, 03, 05 Oct.

EDICTO PENALEXP. N° 00523-2015-68-1706-JR-PE-01-GATJUEZ: MARIA CELIA PRTMO VASQUEZESPECIALISTA LEGAL: GIULIANA AGUTLAR TORRESIMPUTADO: ADOLFO HERNANDEZ JUAREZ y OTRA.DELITO: TRAFICO ILICITO DE DROGASAGRAVIADO: EL ESTADOSE CITA Y EMPLAZA al señor imputado ADOLFO HERNANDEZ JUAREZ para que se ponga a derecho en el proceso N° 00523-2015-68-1706-JR-PE-01.RESOLUCIONNUMERO: CUATROChiclayo, veintinueve de septiembre de dos mil quince.Bajo la Línea de argumentación expuesta, SE RESUELVE:PROGRAMAR la fecha de audiencia para resolver requerimiento de prisión preventiva sin detenido con respecto al acusado Adolfo Hernandez Juarez, la misma que se realizara el día CINCO DE OCTU-BRE DEL ANO DOS MIL QUINCE a horas TRES DE LA TARDE (HORA EXACTA) en la SALA DE AUDEENCIAS NUMERO UNO del Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de Chiclayo, sito en la sede central Centro Cívico - 2do piso de Chiclayo, bajo apercibimiento al señor fiscal que en caso de la inconcurrencia injustificada se procederá conforme a lo establecido en el artículo 144° inciso 2} del CPP y BAJO APERCIBIMIENTO al abogado defensor de los acusados que en caso de inconcurrencia injustificada se procederá conforme a lo establecido en el artículo 85 inciso 1) del Código Procesal Penal. Para la ins-talación de la audiencia es obligatoria la presencia del abogado del acusado y del fiscal, sin perjuicio de remitir copias a la Direccion de la Defensoría Pública.SECRETARIA: GIULIANA AGUTLAR TORRES.Chiclayo, 29 de septiembre de 2015

MARIA CELIA PRIMO VASQUEZJUEZ

PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB

03 Oct.

EDICTO PENALEXP. N° 05910-2014-96-1706-JR-PE-01-GATJUEZ: MARIA CELIA PRIMO VASQUEZESPECIALISTA LEGAL: GIULIANA AGUILAR TORRESIMPUTADO: SERGIO EDWIN GARCIA VALDERRA-MA Y OTRODELITO: EXTORSIÓN Y OTROAGRAVIADO: BENJAMIN AMARO MAN LOPEZSE CITA Y EMPLAZA al señor imputado SERGIO EDWIN GARCIA VALDERRAMA para que se ponga a derecho en el proceso N° 05910-2014-96-1706-JR-PE-01.RESOLUCION NUMERO: NUEVE Chiclayo, uno de octubre de dos mil quince.SE RESUELVE:a. CITAR a la Audiencia Pública de Prisión Preventiva sin detenido con respecto al imputado: SERGIOEDWIN GARCIA VALDERRAMA requerida por el fiscal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Cor-

porativa deChiclayo, para el día SEIS DE OCTUBRE del año dos mil quince, a horas 08:15 a.m. (hora exacta), en la salade Audiencias número UNO del Primer Juzgado de Investigaci6n Preparatoria, ubicado en la Av. JoseLeonardo Ortiz 155 (segundo piso), con la presencia obligatoria del Fiscal. Abogado del Imputado BAJOAPERCIBIMIENTO de ser sancionados disciplinaria-mente si por su causa se frustra la audiencia.b. PRECISAR al imputado que tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de prisión preventiva, en cuyo caso será representado por su abogado.c. NOTIFIQUESE al imputado SERGIO EDWIN GAR-CIA VALDERRAMA en el domicilio real sito en la Av. Los Incas N° 663, distrito de La Victoria; mediante Edictos que se publicara en el diario “La Republica”;domicilio procesal calle Alfonso Ugarte N” 720, 2° Piso, Of. 208 Chiclayo; parte agraviadas; y alrepresentante del Ministerio Publico en su sede ins-titucional.d. OFICIESE a la Coordinación de la Defensoría Publica Penal, a fin que designe Abogado Defensor de Oficio al acusado Sergio Edwin García Valderrama, en el caso hipotético inasistiera su Abogado Defensor Particular.SECRETARIA: GIULIANA AGUILAR TORRESChiclayo, 01 de octubre de 2015

MARIA CELIA PRIMO VASQUEZJUEZ

PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB

03 Oct.

EDICTO PENALEXP. N° 2015-02206-0-1706-TR-PE-4°-MFLLS.-EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DE LA CORTE SUERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE.JUEZ: CECILIA GRANDEZ ROTAS ESPECIALISTA: MILTON FERNANDO LLONTOP SANTISTEBAN DELITO: CORRUPCION DE FUNCIONARIOS y OTROS AGRAVIADO: UNIVERSIDAD NACIONAL “PEDRO RUIZ GALLO” IMPUTADO: SANTIAGO RAMÓN HEROS PESAN-TES y OTROSSE NOTIFICA por el presente a VELARDE MESTAS ADRIAN y HUACASI HUACASIBERTHA, con la Resolución N° 01 de veinticinco de agosto de dos mil quince, y para que se pongan a derecho y defiendan de de los cargos formulados en su contra:RECEPCIONAR la comunicación de la Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Pre-paratoria expedida por la señora Fiscal Ana Zegarra Azula - Fiscal de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios - Lambayeque, con-tra JUAN EDUARDO AGUINAGA MORENO, JOSE WILSON GOMEZ CUMPA Y JULIA MIRTHA DEL PILAR LIZA GONZALES, como presuntos autores y a TANIA ROCIO DEL ALBA LIZA GONZALES como presunta cómplice de delito de COHECHO PASIVO PROPIO en la modalidad de condicionamiento, tipifica-do en el artículo 393, último párrafo del Código Penal; EDUARDO AGUINAGA MORENO, JOSE WILSON GOMEZ CUMPA como presuntos autores y JULIA MIRTHA DEL PILAR LIZA GONZALES, como presun-ta cómplice del delito de PECULADO DOLOSO POR APROPIACION, tipificado en el artículo 387, primer párrafo del Código Penal; EDUARDO AGUINAGA MORENO, JOSE WILSON GOMEZ CUMPA Y JULIA MIRTHA DEL PILAR LIZA GONZALES, como presun-tos autores del delito de FALSEDAD IDEOLOGICA, tipificado en el artículo 428 del Código Penal, EDUAR-DO AGUINAGA MORENO, JOSE WILSON GOMEZ CUMPA, TANIA ROCIO DEL ALBA LIZA GONZALES Y JULIA MIRTHA DEL PILAR LIZA GONZALES, como presuntos autores del delito de ASOCIACION ILICITA PARA DEUNQUIR, tipificado en el artículo 317, letra a) del Código Penal, y contra VELARDE MESTAS ADRIAN, HUACASI HUACASI BERTHA y OTROS como cómplice, por el delito de COHECHO ACTTVO GENERICO tipificado en el artículo 397, primer párrafo del Código Penal, en agravio de la UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO DE LAMBAYE-QUE; a efectos de que la Juez de Investigación Pre-paratoria asuma competencia material en el proceso.Chiclayo, 24 de septiembre del 2014

CECILIA M. GRANDEZ ROJASJUEZ TITULAR

4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPJ-NCPP-CSJLAMB

02, 03, 05 Oct.

EDICTOEL NOVENO JUZGADO DE PAZ LETRADO ESPE-CIALIZADO EN FALTAS DE CHICLAYO.JUEZ: DR. HUGO SANTACRUZPARCO.CITA Y EMPLAZA a HARLY RONALD BURGOS SILVA a efecto de que se apersone al local del juzgado por haberse ordenado su UBICACION Y CAPTURA A NIVEL NACIONAL; debiendo concurrir al local del juzgado sito en Av. Sesquicentenario N° 404 Urb. Santa Victoria (Ref. /rente a Hipermercados METRO) -Chiclayo. Por haberse dispuesto así en la instrucción N° 02461-2015-9°JPLEF-CH, seguido en agravio de MENOR DE EDAD, por Faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas.

HUGO SANTA CRUZ PARCOJUEZ

JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FALTASPODER JUDICIAL – CSJLA

PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV

1. REMATE JUDICIAL

REMATES BIENES INMUEBLE

4. EDICTOS PENALES

2. EDICTOS CLASIFICADOS

INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDAS

Page 3: Por su noveno aniversario de creación: …...2015/10/03  · bajo apercibimiento al señor fiscal que en caso de la inconcurrencia injustificada se procederá conforme a lo establecido

3Chiclayo, sábado 03 de octubre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

01, 02, 03 Oct.

EDICTOEXPEDIENTE N°: 02091- 2008-0-1706-JR-PE- 09 JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE CHICLAYO JUEZ: DR. JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA LEGAL: DR. FERNANDO CHAMAYA VILCHEZPor el presente, cito llama y Emplaza a: JUAN CAR-LOS ISUIZA PAREDES, para hacerle de su cono-cimiento que este Juzgado ha resuelto: FALLA : ABSOLVIENDO al acusado JULIO GARCIA GARCIA, de la acusación Fiscal como autor de TENTATIVA DE DELITO CONTRA EL PATRIMONIO, en la figura de ESTAFA en agravio de JUAN CARLOS ISUIZA PAREDES; DISPONGO LA INMEDIATA EXCAR-CELACION DE JULIO GARCIA GARCIA, siempre y cuando no tenga mandato de detención por autoridad competente; oficiándose a la entidad correspondiente con dicho fin; consentida ofician. Por haberlo dispuesto así mi Despacho en el Expediente N° 02091-2008-0-1706-10, seguida en su contra por el delito de ESTAFA en agravio de JUAN CARLOS ISUIZA PAREDES.Chiclayo, 30 de marzo del 2015

JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ

JUEZJUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO

PODER JUDICIAL – CSJLA01, 02, 03 Oct.

EDICTO EXPEDIENTE N°: 2014-4345-JPCS-JJUEZ: DR. ARISTASE HACE SABER A: ELEUTERIO IZQUIERDO RODRIGUEZEl Señor Juez del Juzgado Colegiado Penal Suprapro-vincial de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO CITA y EMPLAZA AL ACUSADO: ELEUTE-RIO IZQUIERDO RODRIGUEZ, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por encontrase con mandato de Reo Ausente, en el Exp. N° 2014-4345-JPCS-J, delito de VIOLACION SEXUAL en agravio de. MENOR DE INICIALES M.S.C.,ESP. DE JUZGADO: VIZCONDEJaén, 25 de Septiembre del 2015

GONZALO GUILLERMO ESPINOZA POLOJUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL

UNIPERSONAL CSJLA-JAEN01, 02, 03 Oct.

EDICTOEn el Exp. N° 654-2015-0-FT, seguido por la FISCALIA MIXTA DE J.L. ORTIZ, contra WILMER CAMPOS CABRERA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR; la Sra. Juez del JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO DE J. L. ORTIZ, Dra. MATILDE MESONES, ha dispuesto NOTIFICAR por edictos a don WILMER CAMPOS CABRERA con lo siguiente: DEMANDA:... Petitorio.- 1. La erradicación definitiva de todo acto de Violencia Familiar en agravio de YESICA YANIRA SERQUEN PUSE. 2. El restablecimiento de la Paz en el entorno familiar. RESOLUCION UNO.- J. L. Ortiz, diecinueve de agosto del año dos mil quince... SE RESUEL-VE: ADMITIR a trámite la demanda VIA PROCESO UNICO, interpuesta por el representante del Ministerio Publico contra WILMER CAMPOS CABRERA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR - MALTRATO FISICO en agra-vio de YESICA YANIRA SERQUEN PUSE, por ofreci-dos los medios probatorios que se indica... RESOLU-CION DOS.- J. L. Ortiz, dieciocho de septiembre del año dos mil quince... SE RESUELVE: NOTIFICAR al demandado WILMER CAMPOS CABRERA con un extracto de la demanda y resolución admisoria mediante EDICTOS que deberán publicarse por tres días consecutivos en el diario de los avisos judiciales de esta Corte Superior de Justicia, a efecto de que en el plazo de quince días se apersone al proceso y ejercite su derecho de defensa, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal Dra. MATILDE MESO-NES, Juez. Dra. GLORIA PRADO, Especialista Legal.Jose Leonardo Ortiz, 28 de septiembre de 2015

GLORIA PRADO CABREJOSSECRETARIA JUDICIAL

JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO MBJ-JLOPODER JUDICIAL – CSJLA

01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 4784-2015-0 -1706-JR-PE-01 JUZGADO: Primer Juzgado de Investigacion Prepara-toria Jose Leonardo Ortiz - Lambayeque ESPECIALIS-TA: Cesar Augusto Salazar Piscoya. IMPUTADO: WALTER VASQUEZ LEYVA DELITO: ROBO AGRAVADO AGRAVIADO: DIEGO ALBERTO RODAS CASTA-ÑEDASE NOTIFICA: WALTER VASQUEZ LEYVA, con domicilio en la calle Los Claveles S/N AA.HH. Milagros de Dios Mz “J” Lote 23 B - Jose Leonardo Ortiz.RESOLUCION NUMERO: UNOJose Leonardo Ortiz, Siete de Agosto Del año dos mil quince.-AUTOS Y VISTOS: Por integrada la formalización; I Considerando: Con la disposición número UNO recepcionado el siete de agosto del año en curso, presentada por Martin Muñoz Basauri, de la Segunda Fiscalía Penal de Jose Leonardo Ortiz, se dispone:1) TENER POR COMUNICADA LA DISPOSICION DE FORMALIZACION Y CONTINUACION DE LA INVES-TIGACION PREPARATORIA, dispuesta por el citado representante del Ministerio Publico, contra Antony Wilcamango Tantajulca; a efecto de que el Juez de Investigacion Preparatoria de este Distrito Judicial asuma competencia material en el proceso. TENGA-SE presente para las consecuencias legales a que se contrae el artículo 339 del Código Procesal Penal2) Tipificado en el art. 189 inciso 2 y 4 del Código Penal.-3) ORDENAR a las partes que fijen en autos mi domicilio procesal dentro del radio urbano del Juz-gado, precisándose que las resoluciones escritas en adelante serán notificadas solo en el domicilio legal, siendo de su entera responsabilidad la variación del mismo no comunicada al juzgado o el fijado fuera del radio urbano, para los primero se entenderá valida la notificación en el último domicilio fijado en autos y para lo segundo se entenderá efectuada la notificación en el mismo día de expedida la resolución.4) AUTORIZAR a las partes la utilización del correo

electrónico para la notificación de las resoluciones, equiparable al domicilio legal.5) Notifíquese en los domicilio reales de las partes (salvo que hayan consignado domicilio legal)RESOLUCION NUMERO: TRESJose Leonardo Ortiz, Veinticinco de septiembre Del año dos mil quince.SE RESUELVE: ADICIONAR a la resolución numero UNO de fecha siete de agosto del año en curso, el extremo de consignar como imputado a Walter Vásquez Leyva, como presunto autor del delito de Robo Agravado, en agravio de Diego Alberto Rodas Castañeda.Jose L. Ortiz 28 Septiembre 2015

CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB

01, 02, 03 Oct.

EDICTOEXPEDIENTE N°: 4555-2014 -1TIF-KEPDJUEZ: MARIA ELIZABETH CAMPOS IDROGOESP. DE JUZGADO: NYDIA PRETELL ALEJANDRIAAGRAVIADA: ANDREA AVELINA CORDOVA CANO.La Señora Jueza del 1do Juzgado de Investigacion Preparatoria de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICA A LA PARTE AGRA-VIADA ANDREA AVELINA CORDOVA CANO con la RESOLUCIÓN NUMERO CUATRODe fecha Veintisiete de Agosto del presente año: SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio DIEZ DIAS útiles, a efectos de que puedan por escrito: 1) Observar formalmente el requerimiento de acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coer-ción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; bajo apercibimiento de declararse improcedente; PRECISESE a las par-tes procesales que de observar el requerimiento de acusación, deberán hacerlo por escrito y debidamente fundamentado durante el traslado conferido, conforme a lo dispuesto por la Casación N° 53-2010-Piura, todo ello en aplicación del principio de igualdad de armas, bajo apercibimiento de declararse infundado dicha observación; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar correspondiente PRECISESE que los procesados se encuentran con la medida de COMPARECENCIA SIMPLE; PRECISESELE a la señorita Fiscal a cargo de la presente investigación que deberá hacer entrega de sus elementos de convic-ción en pleno acto antes que culmine la audiencia pre-liminar de control de acusación, bajo apercibimiento de dar cuenta a su Superior en caso de incumplimiento; cumplido que sea y, de conformidad con lo previsto por el artículo 351° numeral 1 del Código Procesal Penal, CITESE para el día TREINTA DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE. A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 a.m.) hora exacta, para la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investiga-cion Preparatoria de Jaén ubicada en la esquina de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga de esta ciudad (2do piso), con la presencia obligatoria de la Fiscal y Abogado de los procesados, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de estos últimos de excluirlos de la defensa, subrogarlos, y designar a un Defensor Público u otro letrado, tal como lo autoriza el artículo 85° numeral 2 del Código Procesal Penal; PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16° numeral 1 y 2 del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolucion Administrativa N^ 096-2006-CE-PJ; al Otrosí digo, TENGASE presente. Se programa en la fecha y hora indicada por la recargada agenda del Juzgado. Notifíquese.-Jaén, 24 de Setiembre del 2015

NYDIA M. PRETELL ALEJANDRIAESPECIALISTA JUDICIAL

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA JAEN PJ-NCPP-CSJLAMB

01, 02, 03 Oct.

EDICTOEXPEDIENTE N°: 4555-2014 -1TIP-KEPDESP. DE JUZGADO: MARIA ELIZABETH CAMPOS IDROGO ESP. DE JUZGADO: NYDIA PRETELL ALEJANDRIA AGRAVIADA: CHILCON OLANO ELISA.La Señora Jueza del 1do Juzgado de Investigacion Preparatoria de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICA A LA PARTE AGRAVIA-DA CHILCON OLANO ELISA con la RESOLUCION NUMERO CUATRO De fecha Veintisiete de Agosto del presente año: SE RESUELVE: CORRER TRAS-LADO a los sujetos procesales por el plazo peren-torio DIEZ DIAS útiles, a efectos de que puedan por escrito: 1) Observar formalmente el requerimiento de acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipa-da, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; bajo apercibimiento de declararse improcedente; PRECISESE a las par-tes procesales que de observar el requerimiento de acusación, deberán hacerlo por escrito y debidamente fundamentado durante el traslado conferido, conforme a lo dispuesto por la Casación N° 53-2010-Piura, todo ello en aplicación del principio de igualdad de armas, bajo apercibimiento de declararse infundado dicha observación; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar correspondiente PRECISESE

que los procesados se encuentran con la medida de COMPARECENCIA SIMPLE; PRCISESELE a la señorita Fiscal a cargo de la presente investigación que deberá hacer entrega de sus elementos de convic-ción en pleno acto antes que culmine la audiencia pre-liminar de control de acusación, bajo apercibimiento de dar cuenta a su Superior en caso de incumplimiento; cumplido que sea y, de conformidad con lo previsto por el artículo 351° numeral 1 del Código Procesal Penal, CITESE para el día TREINTA DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE. A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 a.m.) hora exacta, para la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investiga-cion Preparatoria de Jaén ubicada en la esquina de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga de esta ciudad (2do piso), con la presencia obligatoria de la Fiscal y Abogado de los procesados, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de estos últimos de excluirlos de la defensa subrogarlos, y designar a un Defensor Público u otro letrado, tal como lo autoriza el artículo 85° numeral 2 del Código Procesal Penal; PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16° numeral 1 y 2 del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolucion Administrativa l\|2 096-2006-CE-PJ; al Otrosí digo, TENGASE presente. Se programa en la fecha y hora indicada por la recargada agenda del Juzgado. Notifíquese.-Jaén, 24 de Setiembre del 2015

NYDIA M. PRETELL ALEJANDRIAESPECIALISTA JUDICIAL

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA JAEN PJ-NCPP-CSJLAMB

01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 1163 - 2014 - 0 - 1706- JR-PE-01 JUZGZADO: Primer Juzgado de Investigacion Prepa-ratoria Jose Leonardo Ortiz - Lambayeque ESPECIA-LISTA: Cesar Augusto Salazar Piscoya. IMPUTADO: Carlos Elias Morocho Cotrina y Edwin Joel Millian Perez DELITO: Violencia Contra la autoridad agravada AGRAVIADO: El Estado.SE NOTIFICA: CARLOS ELIAS MOROCHO COTRI-NA, con domilio en calle Buenos Aires N° 217 PJ. Maria Parado de Bellido 6 en calle Nicolas de Pié-rola Mz “ Z” Lote 04 Saúl Cantoral y a EDWIN CAIN VALLEJOS VALLEJOS con domicilio en Mz 123 Lote 21 CPM Antonio Raymondi - La Victoria y Mz “ C” Lote 02 - Pasaje Virgen del Carmen - P.J Los Claveles de Jose Leonardo Ortiz. A efecto de concurra el 01-10-15 a horas 12: 00 del mediodía, con la finalidad de llevarse a cabo la audiencia de control de acusación , la misma que se realizara en la Sala de Audiencia del Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de Jose Leonardo Ortiz.- Por haberse ordenado en el Exp~TN0 1163 - 2014-0-1706. En los autos que se le sigue por el delito de Violencia contra la autoridad agravada en agravio del Estado

CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB

01, 02, 03 Oct.

EDICTOJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE ESPECIALISTA DE JUZGADO-DRA. ZOILA REGALADO GUEVARA.Por el presente edicto, CITO, LLAMO Y EMPLAZO por tres días a la denunciante CANDELARIA INONAN VENTURA CON DOMICILIO EN CASERIO LA COLO-RADA S/N - NIORROPE CON DNI N° 17617001 NATURAL DE MORROPE CON LA RESOLUCION NUMERO UNO DE FECHA TRES AGOSTO DEL AÑO EN CURSO QUE RESUELVE: CORRER TRAS-LADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS, a efectos de que puedan por escrito 1) Observar formalmente la acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acredi-tados, obviando sus actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados , y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Así mismo por el principio de celeridad y economía procesal: CITESE a la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION para el día PRIMERO DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA). en la Sala de Audiencias del Juzgado de investigación Preparatoria de Lambayeque, sito en Calle San Martin N° 600 - Lambayeque; y con presencia obligatoria del señor Fiscal Provincial Penal y de los Abogados Defensores del acusado designado por este, bajo apercibimiento al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustifi-cada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85° modificado por la Ley N° 30076 y el artículo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal respectivamente por haberse ordenado así en la instrucción N° 4465-2015-0-1708-JR-PE-01, seguido en su contra por el delito CONTRA LA FAMILIA en agravio de SUCLUPE INOÑAN JANINALambayeque, 25 DESEPTIEMBRE DEL 2015

SEGUNDO B. ADRIANZEN CIEZAJUEZ PENAL

JUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA

01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 5020 -2015 - 0 -1706- JR-PE-01JUZGADO: Primer Juzgado de Investigacion Prepara-toria Jose Leonardo Ortiz - LambayequeESPECIALISTA: Cesar Augusto Salazar Piscoya.IMPUTADO: JOSE WILDER ESTELA LOZADADELITO: HURTO AGRAVADO

AGRAVIADO: ANDRES ALEXANDER ROJAS BAN-CESSE NOTIFICA: JOSE WILDER ESTELA LOZADA, con domicilio en Jirón Santa Ana, N° 175-Chiclayo.ACUSACION: Se atribuye a Jose Wilder Estela Loza-da ser coautor del delito de hurto agravado, en agravio de Andrés Alexander Rojas Bances, en atención a que el día 04-05-15 ante de las 01:30 am en circunstancias que el titular del local ubicado en la Av. El Dorado N° 1855 de este distrito, ( agraviado) no se encontraba en su interior, donde estaba instalando una tienda para moler maíz y tenía en su interior tres balanzas y un molino, es que el acusado junto a otro sujeto desconocido escalo una de las paredes de ese local, y sustrajo una balanza electrónica marca valtox de 150 kg, color blanca, con cabezal blanca con azul, valorizada en S/ 480.00 nuevos soles, conforme fue advertida por una vecina Zulema Requejo Fernandez, quien llamo a la Policía, lo que al construirse a dicho local observaron que dos sujetos de sexo masculino estaban descendiendo por la pared del local indicado, quienes al notar la presencia policial emprendieron la huida, sin embargo, al perseguirlos se logró la captura de uno de los delincuentes, que tenía en su poder una de las balanzas electrónicas de la víctima, asimismo, se halló en su mano izquierda un cuchillo de mesa ( arma blanca) de marca facusa stainless slell, de cacha de madera. En un primer momento dijo llamarse Jose Wilder Chavez Silva, sin embargo luego de realizada la pericia Dactiloscopia forense 162/2015 se determinó que se llama Jose Wilder Estela Loza-da. MEDIOS PROBATORIOS: Acta de intervención policial, según la cual personal policial con motivo de la alerta telefónica, intervino al acusado Jose Wilder Estela Lozada, a quien se le encontró en su poder una balanza electrónica marca Valtox de 150 kg. 2) Acta de registro personal realizada al acusado, donde se deja constancia que se le encontró un cuchillo de mesa de marca Facusa Stainless Slelle. 3) Acta de declaración del acusado 4) Acta de incautación realizada al acusa-do .4) Hoja de consulta biométrica de fecha 04-05-15 a efecto de identificar al acusado. 5) Certificado médico legal N° 006974-L-D-D. 6) Dictamen pericial de dacti-loscopia forense 7) declaración de Andrés Alexander Rojas Bances y 8) Copia de nota de venta N° 000094 de fecha 26-02-2013RESOLUCION NUMERO: UNOJose Leonardo Ortiz, Diecisiete de Agosto Del año dos mil quinceDADO CUENTA ; Y, CONSIDERANDO: El requeri-miento fiscal de acusaci6n directa del Fiscal Ruban Ordemar Heredia que despacha la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jose Leonardo Ortiz, por considerar que las diligencias actuadas preliminar-mente establecen suficientemente la realidad del delito y la intervención del imputado en su comisión, confor-me a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal y advirtiéndose que no se ha requerido de media coercitiva de prisión preventiva o comparecencia con restricciones como lo dispone los artículo 286° y 287.1° del Código Procesal penal.1) SE RESUELVE: PROCEDENTE EL REQUERI-MIENTO DE ACUSACION DIRECTA - Y CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS UTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipa-da, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad o terminación anticipada), 6) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado; a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia.2) En aplicación del principio de celeridad y economía procesal CITESE para el día VEINTITRES DE SEP-TIEMBRE del año dos mil quince , a horas DIEZ DE LA MAÑANA la audiencia de control del requerimiento de acusación, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencia N° 01 de los Juzgados de Investigacion Preparatoria de Jose Leonardo Ortiz, con la presencia obligatoria del Representante del Ministerio Publico, y el abogado del imputado , siendo facultativa para la demás partes procesales Bajo apercibimiento el primero, de dar cuenta a sus superiores en caso de inconcurrencia y el segundo de ser subrogado por otro defensor público.SOLICITESE a las partes procesales proporcionen su dirección de correo electrónico, el mismo que servirá para los efectos de las futuras notificaciones efectua-das por este Órgano Judicial.NOTIFIQUESE conforme a ley.-AUDIENCIA: Notifíquese al acusado en la Jirón Santa Ana n° 175 - Chiclayo debiendo concurrir a la audien-cia de fecha 04-11-15 hora 10:00 am.-José L. Ortiz, 29 Septiembre 2015

CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYAESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO

PJ-NCPP-CSJLAMB01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 01740-2011 -37-1706-JR-PE-02.JUZGADO: QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYOJUEZ: CECILIA COSTA GONZALEZSe NOTIFICA a los acusados: ABDIAS PEREZ ALAR-CON, SEGUNDO APARICIO CORONEL MERA, EDWIN GONZALES DJAZ, MARJA MAGDALENA BURGA SANCHEZ, DIOBER GONZALES DlAZ E IVETTE JOHANA CISNEROS MONTALVAN, con el acta de audiencia de fecha once de Agosto del dos mil quince, en la cual se ha RESUELTO:1.-REPROGRAMAR JUICIO ORAL para el día SIETE DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE, a horas DOS Y CUARENTA MINUTOS DE LA TARDE, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias N° 06, Segundo Piso de la Nueva Sede del Poder Judicial ubicado en Avenida Jose Leonardo Ortiz 155 - Plaza Cívica - Chiclayo, Chiclayo, bajo apercibimiento de ser

Page 4: Por su noveno aniversario de creación: …...2015/10/03  · bajo apercibimiento al señor fiscal que en caso de la inconcurrencia injustificada se procederá conforme a lo establecido

Chiclayo, sábado 03 de octubre del 20154 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

declarados reos contumaces v ordenarse su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 01740-2011-37-JR-PE seguido en la presente causa seguida contra los acusados JUAN CARLOS SILVA ALCANTARA, MARCO ANTONIO ARROYO NEVADO, JOSE JUVE-NAL DAVILA ALTAMIRANO, EDUARDO MARCELO RODRIGUEZ, ABDJAS PEREZ ALARCON, SEGUN-DO APARICIO CORONEL MERA, EDWIN GONZA-LES DIAZ, MARJA MAGDALENA BURGA SANCHEZ.DIOBER GONZALES DIAZ WILLIAM ENRIQUE CIS-NEROS RENTERJA, IVETTE JOHANA CISNEROS MONTALVAN, JOSE EDER ROQUE CHERO, JULIO ALEX ROQUE YAP, como coautores del delito de USO DE DOCUMENTOS PUBUCOS FALSOS en agravio de COFOPRI, MARCIAL MAZA CORONADO y EDPYME ALTERNATIVA; por el delito de USO DE DOCUMENTO PRIVADO FALSO ilícitos previstos en el artículo 427° del Código Penal, en agravio de ELMER MAZA ROQUE Y EDPYME ALTERNATIVA; por el delito de FALSEDAD IDEOLOGICA POR USO ilícito previsto en el artículo 428° del Código Penal, en agravio de EDPYME ALTERNATIVA; y por el delito de ESTAFA ilícito previsto en el artículo 196° del Código Penal, en agravio de EDPYME ALTERNATIVA.

CECILIA M. COSTA GONZALESJUEZ

5° JUZGADO UNIPERSONAL PENALPODER JUDICIAL – CSJLA

01, 02, 03 Oct.

EDICTOEXPEDIENTE N°: 2013-324-PJPUS-JJUEZ: DR. ESPINOZASE HACE SABER A: RONALD CARRILLO TINEOEl Señor Juez del Primer Juzgado penal Unipersonal de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO CITA y EMPLAZA AL ACUSADO: RONALD CARRI-LLO TINEO, para que concurran a la Audiencia de Juicio Oral el DIA SIETE DE OCTUBRE DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz;, derivado del Exp. N° 2013-324-PJPUS-J, delito de HURTO AGRAVADO en agravio de PEREZ GUEVARA LEININ ALFONSO.ESP. DE JUZGADO: DR. HurtadoJaén, 11 de Septiembre del 2015

GONZALO GUILLERMO ESPINOZA POLOJUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL

UNIPERSONAL CSJLA-JAEN01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 3935-2015-0-1706- JR-PE-2 IMPUTADO: HUBER HERMES TELLO TORRES AGRAVIADO: ALBERTO GONZALES SALDIVAR DELITO: ESTAFA GENERICA SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE CHICLAYOJUEZ: MARISOL VASQUEZ RUIZ ESPECIALISTA: KARINA RAMIREZ MIMBELAPor el presente edicto, el Señor Juez del Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria de Chiclayo, ha dispuesto: NOTIFICAR a ALBERTO GONZALES SALDIVAR, con la resolución numero Uno de fecha 06/07/2015, que resolvió: TRASLADAR a los demás sujetos procesales, el Requerimiento de Acusación Penal por el plazo perentorio de DIEZ DIAS HABILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (Prin-cipio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Asimismo notificarle con la resolu-ción número Tres de fecha 27/08/2015, que resolvió: CITAR A AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION, la misma que-” se llevara a cabo el día SIETE DE OCTUBRE del año dos mil Quince a horas ONCE de la mañana (hora exacta) en la sala de audiencias N° 02 del SegundoJuzgado de Investigacion Preparatoria en esta nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle Jose Leonardo Ortiz N° 155-Cen-tro Cívico de Chiclayo; BAJO APERCIBIMIBNTO al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1) modificado por la Ley N° 30076 y artículo 144° inci-so 2) del Código procesal Penal respectivamente. PRECISESE que durante dicha audiencia: 1) No está permitida la actuación de diligencias de investigación o de pruebas específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prueba documental para decidir cualquier solicitud señalada en el artículo 350° del Código Procesal Penal, 2) No se admitirá la presentación de escritos.

MARISOL VASQUEZ RUIZJUEZ TITULAR

2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB

01, 02, 03 Oct.

EDICTO EXP. N° 0057-2014-0-1703-JP-PE-01-01, Por ante el Primer Juzgado de paz letrado de la provincia de Jaén que despacha el DRA. JESUS MARIELA RODRI-GUEZ RAMIREZ, secretara ANA MELVA VERGARA HERRERA; seguido por PEREZ GONZALES, DIANA JHISELA, contra el imputado VELASQUEZ GUE-VARA, PEDRO MIGUEL, sobre FALTAS CONTRA LA PERSONA, en la MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS se ha dispuesto Notificar Vía Edictos a la agraviada PEREZ GONZALES, DIANA JHISELA y imputado VELASQUEZ GUEVARA, PEDRO MIGUEL RESOLUCION NUMERO: SEIS.- Jaén, seis de mayo del año dos quince.-Dado cuenta con la razón de la secretaria; REPRO-GRAMESE la audiencia de juicio oral, para el día SIETE DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, la misma que se

llevara a cabo en el local del Primer juzgado de Paz Letrado; bajo apercibimiento de tenerse por desistido del presente proceso en caso de inconcurrencia de la agraviada y de ser conducido por la fuerza pública en el caso de la inasistencia de la parte imputada, notifí-quese a las partes procesales por edictos en el diario encargado de los avisos judiciales.

ANA MELVA VERGARA HERRERASECRETARIA JUDICIAL

1° JUZGADO DE PAZ LETRADO JAENPODER JUDICIAL – CSJLA

01, 02, 03 Oct.

EDICTOEXP. N° 0059-2034-0-1703-J P-PE -01-01, Por ante el Primer Juzgado de paz letrado de la provincia de Jaén que despacha el DRA. JESUS MARIELA RODRIGUEZ RAMIREZ, secretara ANA MELVA VERGARA HERRERA; seguido por DELGADO HUAMAN, CLEMENCIA, contra el imputado JIBAJA CASTILLO, YESMIN sobre FALTAS CONTRA LA PERSONA, en la MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS se ha dispuesto Notificar Vía Edictos a la agraviada DELGADO HUAMAN, CLEMENCIA y impu-tado JIBAJA CASTILLO, YESMIN. RESOLUCION NUMERO: SEIS.- Jaén, seis de mayo del año dos quince.-Dado cuenta con la razón de la secretaria; REPRO-GRAMESE la audiencia de juicio oral, para el día SIETE DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO, A HORAS DOCE DE MEDIO DIA, la misma que se llevara a cabo en el local del Primer juzgado de Paz Letrado,- bajo apercibimiento de tenerse por desistido del presente proceso en caso de inconcurrencia de la agraviada y de ser conducido por la fuerza pública en el caso de la inasistencia de la parte imputada, notifí-quese a las partes por edictos en el diario encargado de los avisos judiciales.

ANA MELVA VERGARA HERRERASECRETARIA JUDICIAL

1° JUZGADO DE PAZ LETRADO JAENPODER JUDICIAL – CSJLA

01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALSR. SERGIO RALPH CHIMPEN ASENJO.JUEZ DEL QUINTO JUZGADO DE INVESTIGA-CION PREPARATORIA DE CHICLAYO.ESPECIALISTA DE JUZGADO: ANGELA MESTAN-ZA GABRIELEXPEDIENTE: 01285-2015-0-1706-JR-PE-05Por el presente edicto, se pone de conocimiento del imputado JORGE PORTOCARRERO SALAZAR, que mediante Resolucion número CUATRO de fecha dos de septiembre del año dos mil quince se resolvió lo siguiente:I] REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION, para el día 07 DE OCTUBRE DEL 2015 A LAS 12:00 P.M. (HORA EXACTA), EN IA SALA DE AUDIENCIAS NUMERO DOCE del Quinto Juzgado de Investigaci6n Preparatoria de Chiclayo. Se Notifica en este acto la Abogada defensora del acusado, bajo apercibimiento de proceder conforme el artículo 85 inc 2) del Código Procesal Penal en caso de inasistencia y en caso de inconcurrencia del representante del Ministerio Publico se aplicara el articulo 144°inc. 2) del Código Procesal Penal.II] NOTIFICAR AL IMPUTADO JORGE PORTOCA-RRERO SALAZAR en la calle Cosmos 232 – PPJJ San Antonio, Chiclayo; y en el domicilio ubicado en la Calle José María Arguedas 264- La Victoria; sin perjui-cio de NOTIFICAR mediante EDICTOS.

SERGIO R. CHIMPEN ASENJOJUEZ TITULAR

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPODER JUDICIAL – CSJLA

01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALSegundo Juzgado de Investigación Preparatoria de JaénExpediente N° 582-2015-2JIP-J-CSJLA/PJ.Procesado: ALCIDES CASTRO RODASAgraviado: MENOR DE INICIALES RPNEDelito: VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDADJuez: Dr. Orlando Pari GonzalesEsp. Juzgado: MIGUEL ANGEL OLIVOS ARELLANO.Por el presente Edicto, la Señora Juez del Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de Jaén, NOTI-FICA a la agraviada MENOR DE INICIALES RPNE , para la realización de la DILIGENCIA DE RECO-NOCIMIENTO del acusado Alcides Castro Rodas, a llevarse a cabo el día SIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a horas TRES DE LA TARDE (03:00 p.m.) hora exacta en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria de Jaén, sitio en la intersección de las calles Mariscal Castillo y Huamantanga de esta ciudad (2do. piso) con la presencia obligatoria del Fiscal Provincial Penal de Turno de Jaén, Defensor Público, y la agraviada quien podrá estar acompañada de un abogado de su libre elección., sitio en la intersección de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga de esta ciudad.Jaén, 09 de Septiembre del 2015

DR. ORLANDO GERMAN PARI GONZALESJUEZ

2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-JAEN

01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALEXP. N°: 0213-2010-4-1708-JR-PE-01JUEZ: DR. EDWIN IBAÑEZ FARFAN.ESP. DE JUZG.: ABOG. NANCY RAMOS MONTOYAIMPUTADO: SALAZAR FERNANDEZ SEGUNDO RONALAGRAVIADO: LA SOCIEDAD Y OTROPor el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, al acu-sado MIRANDA COLLAZOS CESAR RICARDO, con DNI 25441882 quien deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral señalado en la presente causa seguida en su contra como presunto autor del delito de USUR-PACION en agravio de ELVA PEREZ DE VASQUEZ señalada para el día SIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE, en la Sala de Audiencias de este Juzgado de Motupe. NOTIFICAR al ACUSADO MIRANDA COLLAZOS CESAR RICARDO, en su domicilio real consignado por el representante del Ministerio Publico ubicado en Calle Alfonso Ugarte N5 210- Distrito de San Jose-Lambayeque, NOTIFIQUESE mediante

edictos Judiciales, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO REO CONTU-MAZ, y ordenarse su captura a nivel nacional.

DR. EDWIN IBAÑEZ FARFANJUEZ

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO MOTUPE PODER JUDICIAL – CSJLA

01, 02, 03 Oct.

EDICTOEL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL LIQUIDA-ROS DE LA PROVINCIA DE CHICLAYO, DR. JOSE L. CHANAME PARRAGUEZESPECIALISTA LEGAL: RAMIRO CARRANZA CRUZ.Por intermedio del presente Edicto: Cito, llamo y emplazo a lo acusado: LAZARO VENTURA LIZANA, para que comparezcan a este Juzgado Ubicado en la calle San Jose 1052- 2° Piso de esta ciudad a la diligencia de lectura de sentencia reprogramada para el día 07 de octubre del año en curso a horas 12. 00 m. en la Instrucción No 392-2006, que se le sigue por el delito de Hurto Agravado, en agravio de ODEBRECHTBien entendido que si no lo hicieran quedaran sujetos a los efectos que \p ley determina.Dado en la ciudad de Chiclayo, en el primer día del mes de Septiembre del dos mil quince.

JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZJUEZ

JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIOPODER JUDICIAL – CSJLARAMIRO CARRANZA CRUZ

SECRETARIO JUDICIAL1° JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO

PODER JUDICIAL – CSJLA01, 02, 03 Oct.

EDICTOEXPEDIENTE N°: 00269-2015-0-1703-JR-PE-02 JUEZ: DR. PARI GONZALES ORLANDO GERMAN ESP. DE JUZGADO: ABOG. ZORAIMA LORENA DIAZ MERA SE HACE SABER A: MEDINA RODRIGUEZ PERCY YONATHANEl Señor Juez segundo Juzgado de Investigaci6n Preparatoria de la Provincia de Jaén, mediante el pre-sente EDICTO NOTIFICAR AL ACUSADO: MEDINA RODRIGUEZ PERCY YONATHAN, con el requeri-miento de acusación con el siguiente tenor: en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 159° inciso 5 de la carta magna, en los artículos 1°,5° y 11° de la ley orgánica del Ministerio Publico, y en uso de la facul-tad procesal conferida por el artículo 349° del Códi-go Procesal Penal, formulo REQUERIMIENTO DE ACUSACION contra MEDINA RODRIGUEZ PERCY YONATHAN por el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIE-DAD y con la RES N° 05 de fecha 26 de agosto del año dos mil quince, en la que se ha resuelto lo siguiente: SE RESUELVE: 1.- NOTIFICAR al acusado MEDINA RODRIGUEZ PERCY YONATHAN para que concurra a la audiencia de control de acusación para el día NUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA . HORA EXACTA: Diligencia que se llevara acabo en la Sala de Audien-cias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén.Por haberse ordenado así en el Expediente N° 00269-2015-0-1703-JR-PE-02, seguido contra MEDINA RODRIGUEZ PERCY YONATHAN, por el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD en agra-vio de LA SOCIEDAD.Jaén, 01 de septiembre del 2015

DR. ORLANDO GERMAN PARI GONZALESJUEZ

2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIAPJ-NCPP-JAEN

LAURA LORELEI FERNANDEZ HERNANDEZESPECIALISTA DE JUZGADO

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA – JAEN PJ-NCPP-CSJLAMB

01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALEXP. N° 7080-2013-0-1706--JR-PE-1 -GATJUEZ: MARIA CELIA PRIMO VASQUEZESPECIALITA LEGAL: GIULIANA AGUILAR TORRESIMPUTADO: OSCAR ANTENOR GARRIDO LEDES-MADELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIARAGRAVIADO: FRANCISCA MILIAN DE GARRIDO SE CITA Y EMPLAZA al señor OSCAR ANTENOR GARRIDO LEDESMA, para que se ponga a derecho, en el proceso N° 7080-2013-0-1706-JR-PE-01 °-JIPRESOLUCION NUMERO: DOCEPARTE CONSIDERATIVA: (Se registró en audio). PARTE RESOLUTIVA:SE RESUELVE:- Tener por no instalada la presente audiencia.- Reprogramar la audiencia para el día NUEVE DE OCTUBRE del año dos mil quince, a horas DOCE DEL MEDIO DIA (HORA EXACTA) en esta misma sala de audiencias, quedando válidamente notificados las partes presentes.- DISPONER la notificación del sentenciado Oscar Antenor Garrido Ledesma en su domicilio real ubicado en la calle Sucre No. 165 - Sullana -Piura, sin perjuicio de ser notificado mediante EDICTOS.- REQUERIR a la especialista judicial a cargo de la tramitación de la presente causa, a fin de que realice las coordinaciones con la Central de Notificaciones para que se devuelva las cedulas de notificación debi-damente diligenciadas a la brevedad posible.- EXHORTAR A LA CENTRAL DE NOTIFICACIONES para que realice el debido diligenciamiento de la notificación al acusado, conforme se ha ordenado y devuelva oportunamente la constancia de notificación, bajo apercibimiento de informar al Jefe de la Central de Notificaciones de Sullana en el Órgano de Control de la Magistratura de dicho distrito judicial.- DISPONER la notificación al abogado Carlos Burga Cornejo en su domicilio procesal con la presente acta de audiencia para que en el plazo de VEINTICUATRO HORAS justifique su inasistencia a esta audiencia, caso contrario la audiencia reprogramada se llevara a cabo con el patrocinio de un abogado defensor público.- OFICIAR a la Direccion de la Defensoría Publica de esta ciudad, para que se designe un abogado defen-sor público que asuma la defensa del sentenciado Oscar Antenor Garrido Ledesma en la audiencia

reprogramada.- LLAMAR SEVERAMENTE LA ATENCION a la asistente jurisdiccional Olga Verónica Meisen Reyes, ante la omisión detectada, significándose que en caso de reiterarse dicha conducta, se le remitirán copias certificadas al Órgano de Control de la Magistratura para que se investigue respecto de la misma.- PRECISAR los apercibimientos de aplicarse lo dis-puesto en el los artículos 85°, inciso 1) del Código Procesal Penal, en caso inconcurrencia injustificada a la audiencia reprogramada del abogado defensor del sentenciado y en caso de inasistencia del representan-te del Ministerio Publico se tendrá por no presentada su solicitud de revocatoria de condicionalidad de la pena al sentenciado.La señorita juez, notifico la resolución emitida a las partes presentes.SECRETARIA: GIULIANA AGUILAR TORRES Chiclayo, 11 de Septiembre de 2015

MARIA CELIA PRIMO VASQUEZJUEZ

PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB

01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 00246-2014-59-1706-JR-PE-05 IMPUTADO: CAPUÑAY GONZALES, LUIS ALBERTO DELITO: LESIONES GRAVES AGRAVIADO: ESCAJADILLO REQUE, JUAN CAR-LOSSe NOTIFICA a: LUIS ALBERTO CAPUNAY GONZA-LES, con la resolución TRES que resuelve:- REPROGRAMAR audiencia de Juicio Oral para el DIA NUEVE DE OCTUBREDEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas TRES DE LA TARDE, en la SALA deAudiencias número OCHO de los Juzgado Uniper-sonal de Chiclayo - tercer piso, sito en la calle Jose Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo., bajo apercibi-miento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservar-se el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia.- La presente publicación se deberá realizar por TRES DIAS.Por haberse dispuesto en el Expediente N° 0246-2014-59-1707-JR-PE-05, proceso seguido contra el acusado LUIS ALBERTO CAPUÑAY GONZALES como pre-sunto autor por el delito Contra La Vida, El Cuerpo y la Salud, en su figura de LESIONES GRAVES, tipificado en el artículo 121 del Código Penal, en agravio de JUAN CARLOS ESCAJADILLO REQUE.

SARA VERA ZULOETAJUEZ

JUZGADO PENAL UNIPERSONALPJ-NCPP-CSJLAMB

01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 05833-2013-45-1706-JR-PE-04 JUZGADO: Segundo Juzgado Penal Unipersonal ChiclayoJUEZ: TARRILLO ALVAREZ CECILIAESPECIALISTA JUDICIAL: Karina Elizabeth Fernan-dez Ramírez.Se NOTIFICA a: RICARTE FABRICIO NUNEZ DE LA TORRE, con la resolución numero Uno de fecha 03 de marzo del año dos mil quince, mediante la cual se ha RESUELTO: PROGRAMAR la audiencia de juicio oral para el día NUEVE DE OCTUBRE del año Dos Mil Quince a horas ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, diligencia que se realizara en la Sala de Audiencias N° 05 de los Juzgados Unipersonales de Chiclayo ubicado en el Segundo Piso de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la calle Jose Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así el proceso N° 05833-2013-45-1706-JR-PE-04 contra el acusado RICARTE FABRICIO NUNEZ DE LA TORRE UGARTE por el delito CONTRA EL PATRIMONIO en su figura de DANO AGRAVADO, en el artículo 205° como tipo base y artículo 206° inciso 3 del Código Penal en agravio de MARCOS MANUEL NUNEZ BARTRA, regulado por el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal.Chiclayo, 03 de agosto del 2015

CECILIA PAOLA TARRILLO ALVAREZJUEZ

JUZGADO UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALEXP. N° 2919-2014-0-1706-JR-PE-7°-JIP-KPCH.EL SETIMO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTI-CIA DE LAMBAYEQUE.JUEZ: DR. SHILLING MARTIN YVANOV CASTA-ÑEDA SALAZARSE CITA Y EMPLAZA por el presente a OSCAR GIOVANNI MONTEZA MENESES CONFIERASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días hábiles, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipa-da, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (Principio de oportunidad o Terminación anticipada), 6) ofrecer prueba para el jui-cio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Y A LA VEZ se CITA y EMPLAZA A OSCAR GIOVANNI MONTEZA MENE-SES, para que tome conocimiento de la AUDIENCIA DE PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION, para el día 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015 A LAS 1:00 PM (HORA EXACTA) EN LA SALA DE AUDIENCIAS NUMERO ONCE del SETIMO Juzgado de Investigacion Preparatoria, ubicado en el segundo piso de la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, esto es, en la calle Jose Leonardo Ortiz N° 155 -Centro Cívico de Chiclayo Por haberse ordenado así en la Instrucción N° 2951-2015-0-1706-JR-PE-70 - que se sigue contra OSCAR GIOVANNI MONTEZA MENESES por el delito de VIOLENCIA

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5Chiclayo, sábado 03 de octubre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD en agravio del ESTADO PERUANO - MINISTERIO DEL INTERIOR.SECRETARIA: KELLY JULIANA PUESCAS CHUN-GAChiclayo, 20 de Agosto del 2015

SHILLING MARTIN Y. CASTAÑEDA SALAZARJUEZ

SETIMO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA

01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALEXP. N°: 7853-2014-0JUEZ: DRA. MARIBEL MENDOZA CUEVA. ESP. DE JUZG.: ABOG. ROSALYN CORONEL ANAYA IMPUTADO: JOSE CARLOS MORALES BERRU. DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR. AGRAVIADO: MIA NAHOMY MORALES SAMILLAN.Mediante el presente se notifica al procesado JOSE CARLOS MORALES BERRU con DN1 N° 43949381, con el requerimiento acusatorio, resolución uno de fecha nueve de enero del año dos mil quince que dice: “TRASLADO A LOS DEMAS SUJETOS PROCESA-LES POR EL PLAZO PERENTORIO DE 10 DIAS HABILES” y Resolucion cuatro de fecha nueve de setiembre del año dos mil quince que dice “REPRO-GRAMA audiencia para el día DOCE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas OCHO CON CUARENTA MINUTOS DE LA MAÑANA para audien-cia DE CONTROL DE ACUSACION, audiencia se llevara a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigacion Preparatoria de Motupe, con la con-currencia obligatoria del señor Fiscal y del abogado del imputado, bajo apercibimiento de aplicarse artículo 144° inc. 2 y 85° inc. 2 (en caso de inconcurrencia de la defensa privada) del Código Procesal Penal respectivamente, Y bajo apercibimiento de informarse a su Coordinador (en caso el abogado del imputado sea la defensa publica”Motupe, 9 de setiembre 2015

ROSALYN D. CORONEL ANAYASECRETARIA JUDICIAL

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MOTUPE PODER JUDICIAL – CSJLA

01, 02, 03 Oct.

EDICTOEL SENOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL LIQUIDA-DOR DE LA PROVINCIA DE CHICLAYO, DR. JOSE L. CHANAME PARRAGUEZESPECIALISTA LEGAL: RAMIRO CARRANZA CRUZPor intermedio del presente Edicto: cito llamo y empla-zo al acusado: EUGENIO BALDERA ZENA para que comparezca a este Juzgado ubicado en la calle San Jose 1052 - 2° piso de esta ciudad a la diligencia de lectura de sentencia programada para el día 12 de octubre del 2015 a hora 12 del medio día en la instruc-cion N° 899-2009,que se le sigue por el delito de Actos contra el Pudor, de B.P.A.TBien entendido que si no lo hiciera quedara sujetos a los efectos que la ley determina.Dado en la ciudad de Chiclayo, a los diecisiete días del mes de setiembre del dos mil quince.

JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZJUEZ

JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIOPODER JUDICIAL – CSJLA

FLORO CONTRERAS DE LA CRUZ ESPECIALISTA DE LA CRUZ

ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO

PODER JUDICIAL – CSJLA01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALJUZGADO: PENAL UNIPERSONAL MIXTO -CUTER-VO.CUADERNO: 107-2015 JPUM-C- CSJLA /PJJUEZ: DR. CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZESPECIALISTA: PATRICIA PISCOYA PISCOYAEl Juzgado Penal Unipersonal Mixto de la ciudad de Cutervo, juez DR. CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZ, CITA Y EMPLAZA a: JOSE OSCAR MONTENEGRO CARRASCO, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso del Expediente N° 107-2015, por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de SANTIAGO MANUEL MONTENEGRO MONTEZA. A quien además se le hace de conoci-miento que mediante Resolucion N° Dos, de fecha diez de Setiembre del año dos mil quince, se ha resuelto: CITAR A JUICIO ORAL, para el día DOCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE, A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA (12:00 PM) HORA EXACTA. BAJO APERCIBIMIENTO de que en caso de incon-currencia del acusado, se declarado reo contumaz, y se ordenara su ubicación y captura a nivel nacional.

CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZJUEZ DEJUZGADO PENAL

UNIPERSONAL MIXTO CUTERVO01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 04231-2014-9-1706-JR-PE-03REPRESENTANTE: HUAMAN HUANCAS, IRENEIMPUTADO: CALVAY FLORES, ROBERTODELITO: OMISION DE ASISTENCIA FAMILIARAGRAVIADO: CALVAY HUAMAN, EIDY Y DENNYSe NOTIFICA a: ROBERTO CALVAY FLORES, con la resolución dos que resuelve:REPROGRAMAR audiencia de Juicio Oral para el DIA DOCE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas ONCE CON QUINCE mimitos de la mañana, en la sala de audiencias Número Diez-tercer piso de la Nueva Sede del Poder Judicial- avenida Jose Leonar-do Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia.La presente publicación se deberá realizar por TRES DIAS.Por haberse dispuesto en el Expediente N° 04231 -2014-9-1706-JR-PE-03, causa seguida contra el acusado ROBERTO CALVAY FLORES; como pre-sunto autor del delito Contra la Familia en su figura de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, previsto en el primer párrafo del artículo 149 del Código Penal, en agravio de EIDY Y DENNY BANNER CALVAY HUAMAN.

HIROKO SANDRA T. HIYANE RAMIREZ

JUEZCUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL

PODER JUDICIAL – CSJLAMB01, 02, 03 Oct.

EDICTOJUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE ESPECIALISTA DE JUZGADO DRA. ZOILA REGALADO GUEVARA.Por el presente edicto, CITO, LLAMO Y EMPLAZO por tres días consecutivos a la agraviada MUNOZ PICK-MANS IMELDA ISELLA NATURAL DE CAJAMARCA CON DOMCILIO EN BLOCK D DPTO D47 DE LA RESIDENCIAL MANUEL SCORZA - SANTIAGO DE SURCO - LIMA - LIMA CON LA RESOLUCION NUMERO DOS DE FECHA VEINTIOCHO DE AGOS-TO DEL ANO EN CURSO QUE RESUELVE: CITESE a audiencia pública para resolver la solicitud de incor-poración como tercero civil responsable para el día DOCE DE OCTUBRE DEL ANO DOS MIL QUINCE a horas TRES DE LA TARDE (hora exacta) en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigacion Prepa-ratoria ubicado en la Calle Victor Doig v Lora N° 185 -2do Piso - Lambayeque, con la presencia obligatoria del representante del Ministerio Público, quien deberá exhibir la carpeta fiscal para su examen inmediato por el señor Juez, siendo facultativa la presencia de los demás sujetos procesales por haberse ordenado así en la instrucción N° 612-2015-28-1708-JR-PE-01, seguido en contra FLORES PABLO MAURO FELIZ por el delito MUÑOZ LESIONES CULPOSAS en agravio de MUÑOZ PICKMANS IMELDA ISELLA.Lambayeque, 10 de septiembre del 2015

SEGUNDO B. ADRIANZEN CIEZAJUEZ PENAL

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA

01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 06387-2014-0-1706-JR-PE-03JUEZ: VICTOR TORRES SANCHEZIMPUTADA: NARYHA PATRICIA MAJAIL CALDE-RONAGRAVIADO: SOCIEDAD.MINIST. PUBLICO: JUDITH PINTO ZAVALAGADELITO: CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIE-DADESPECIALISTA: GUILIANA AGUILAR TORRESCARPETA FISCAL: 1755-2014DADO CUENTA; con el acta de registro de audiencia, donde se precisa el motivo por el que no se realizó audiencia, se dispone: REPROGRAMAR AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día DOCE DE OCTUBRE del año dos mil quince, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta)- fecha programada en razón de la recargada agenda de audiencias programadas en el sistema integral de justicia - en la sala de audiencias N° TRES del Tercer Juzgado de Investigacion Preparatoria en esta nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle Jose Leonardo Ortiz N° 155-Centro Cívico de Chiclayo; BAJO APERCIBIMIENTO al abo-gado defensor del acusado, v del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustifi-cada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85°.1 del Código Procesal Penal modificada por la Ley N° 30076 y artículo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal. PRECISESE que durante dicha audiencia: 1) No está permitida la actuación de diligencias de investigación o de pruebas específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prueba documental para decidir cual-quier solicitud señalada en el artículo 350° del Código Procesal Penal, 2) No se admitirá la presentación de escritos. SE INFORMA a las partes procesales que la fecha programada es en razón del cronograma de audiencias, programadas con antelación en el sistema integral de justicia.SECRETARIA: GIULIANA AGUILAR TORRESChiclayo, 17 de agosto 2015

DR. VICTOR TORRES SANCHEZJUEZ

3° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA

PJ-NCPP-CSJLAMB01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALEXP. N° 6714-2014-0-1706-JR-PE-5°-KPCH.EL QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTI-CIA DE LAMBAYEQUE.JUEZ: DR. SERGIO RALPH CHIMPEN ASENJOSE NOTIFICA por el presente a WILLY JOHN LOCONI VELIZ con laResolucion CUATRO de fecha 25 de Agosto del presente año se ordenó;REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION la misma que se llevara a cabo el día 12 de OCTUBRE DEL DOS MIL QUINCE A HORAS OCHO CON CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA (HORA EXACT A), en la sala de audiencias Número DOCE del Quinto Juzgado de investigación Preparato-ria en la sede de la Corte Superior de Justicia de Lam-bayeque, ubicado en la calle Jose Leonardo Ortiz N° 155, Centra cívico de Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 6714-2014-0-1706-JR-PE-5° - en los seguidos por el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD.Chiclayo, 25 de Agosto del 2015

SERGIO R. CHIMPEN ASENJOJUEZ TITULAR

5° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIO

PODER JUDICIAL – CSJLA01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALSegundo Juzgado de Investigación Preparatoria de JaénExpediente N° 746-2015-2JIP-J-CSJLA/PJ.Procesado: ELMER FRIAS DELGADOAgraviado: LA SOCIEDADDelito: CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDADJuez: Dr. Orlando Pari GonzalesEsp. Juzgado: MIGUEL ANGEL OLIVOS ARELLANO.Por el presente Edicto, la Señora Juez del Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de Jaén, NOTI-FICA al procesado ELMER FRIAS DELGADO con la Resolucion N° dos de fecha 28/08/2015, mediante el

cual se reprograma la audiencia de Control de Acu-sación para el día DOCE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 AMI. en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria de Jaén, sitio en la intersección de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga de esta ciudad.Jaén, 02 de Septiembre del año 2015

DR. ORLANDO GERMAN PARI GONZALESJUEZ

2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA

PJ-NCPP-JAENMIGUEL ANGEL OLIVOS ARELLANO

ESPECIALISTA DE JUZGADO1° JUZGADO DE INVESTIGACION

PREPARATORIA JAEN PJ-NCPP-CSJLAMB01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALEXPEDIENTE N°: 4529-2014-SJPUS-JJUEZ: DRA. ESMERALDA GUISSELA CARLOS PERALTAESP. DE JUZGADO: ABOG. LUIS HURTADO LAZA-ROEl Señor Juez del Segundo Juzgado Penal Uniper-sonal de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL ACUSADO: CARLOS ALBER-TO DE AZAMBUJA VARGAS, a fin de que concurran a la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Jaén, ubicado en la intersección de las calle Mariscal Castillo y Huamantanga de esta ciudad, para efectos de llevarse a cabo la audiencia de JUICIO ORAL, programada para el día DOCE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE. A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MANANA (HORA EXACTA), bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada.Por haberse ordenado así mediante resolución diez, de fecha uno de agosto del año dos mil catorce, expedida en el Expediente N° 4529-2014-SJPUS-J, seguido contra CARLOS ALBERTO DE AZAMBUJA VARGAS, por el delito de CONDUCCION EN ESTA-DO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD.Jaén, 03 de Septiembre del 2015

ESMERALDA GUISSELA CARLOS PERALTAJUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO

PENAL UNIPERSONAL JAEN PODER JUDICIAL 01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALEXP. N° 3489-2015-0-1706-JR-PE-01o-JIP-GATJUEZ: MARIA CELIA PRIMO VASQUEZESPECIALISTA LEGAL: GIULIANA AGUILAR TORRESIMPUTADO: GAVIDIA VASQUEZ JOSE LORENZODELITO; CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIE-DADAGRAVIADO: LA SOCIEDADSE CITA Y EMPLAZA al señor GAVIDIA VASQUEZ JOSE LORENZO, para que se ponga a derecho, en el proceso N° 3489-2015-0-1706-JR-PE-01 NIPRESOLUCION NUMERO: UNO Chiclayo, dieciséis de junio Del dos mil quince.-SE RESUELVE:1.- DESIGNAR Abogado de oficio, para que asuma la defensa del acusado JOSE LORENZO GAVIDIA VASQUEZ, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por Abogado de su libre elección, en cuyo caso lo comunicara inmediatamente al Juzgado. Por con-siguiente, deberá notificarse al Coordinador de los defensores de oficio en su sede institucional, para que designe abogado que asuma la defensa técnica del imputado, bajo apercibimiento de tenérsele por designado a el mismo, en caso de incumplimiento, debiendo comunicarlo a este Juzgado.-2.- TRASLADO a los demás sujetos procesales, el Requerimiento de Acusación Penal por el plazo peren-torio de DIEZ DIAS HABILES, a efectos de que pue-dan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.-3.- REQUIERASE a las partes procesales qua de presentar escritos en el traslado concedido en autos, deberán anexar el número correspondiente de juegos de copias a notificarse.4.- NOTIFIQUESE a las partes procesales en las direc-ciones consignadas en el contenido del requerimiento Fiscal, debiendo adjuntárseles copia del requerimiento; y a !a señora representante del Ministerio Publico en su sede institucional. Al OTROSí DIGO: TENGASE presente.-RESOLUCION NUMERO: TRES Chiclayo, veinticua-tro de agosto Del dos mil quince.-DADO CUENTA; AVOCANDOSE al proceso la seño-ra Juez que suscribe la presente resolución por disposición superior. Con la razón de la especialista de juzgado, con vista de autos, y Ficha RENIEC del acusado Jose Lorenzo Gavidia Vásquez, se dispone: NOTIFICAR al acusado antes citado con la resolución del traslado de acusación, y la presente resolución. A CONOCIMIENTO del representante del Ministe-rio Publico para los fines correspondientes. Con el estado del proceso, y de conformidad con el artículo 351° del Código Procesal Penal se dispone: CITAR AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACU-SACION, para el día DOCE DE OCTUBRE del año dos mil quince, a horas ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta)- fecha programada en razón de la recargada agenda de audiencias programadas en el sistema integral de justicia - en la sala de audiencias N° Uno del Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria en esta nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle Jose Leonardo Ortiz N° 155-Centro Cívico de Chiclayo; BAJO APERCI-BIMIENTO al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a !a audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85°.1 del

Código Procesal Penal modificada por la Ley N° 30076 y artículo 144° inciso 2} del Código Procesal Penal. PRECISESE que durante dicha audiencia: 1} No está permitida la actuación de diligencias de investigación o de pruebas específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prueba documental para decidir cualquier solicitud señalada en el artículo 350° del Código Procesal Penal, 2) No se admitirá la presentación de escritos. SE INFORMA a las partes procesales que la fecha programada es en razón del cronograma de audiencias, programadas con antela-ción en el sistema integral de justicia. NOTIFIQUESE al acusado mediante edictos que se publicaran en el diario “La Republica” con la Resolucion número Uno del traslado de acusación, y la presente resolución, y a las demás partes procesales conforme autos.-SECRETARIA: GIULIANA AGUILAR TORRES.Chiclayo, 14 de septiembre de 2015

MARIA CELIA PRIMO VASQUEZJUEZ

PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA NCPP-CSJLAMB

01, 02, 03 Oct.

EDICTO PENALEXP. N° 00916-2015-0-1706--JR-PE-5-GATJUEZ: SERGIO R. CHIMPEN ASENJOESPECIALISTA LEGAL: GIULIANA AGUILAR TORRESIMPUTADO: DIAZ ALVARADO ANTERODELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIARAGRAVIADO: RACKSON MICHAEL JESUS DIAS CASTRO Y OTRO SE CITA Y EMPLAZA al señor DIAZ ALVARADO ANTERO, para que se ponga a derecho, en el proceso N° 00916-2015-0-1706-JR-PE-5RESOLUCION NUMERO: UNOChiclayo, seis de marzo Del dos mil quince.-AUTOSYVISTOS:Con el requerimiento Fiscal remitido por la Señora Fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Cor-porativa de Chiclayo, donde formula ACUSACION DIRECTA contra ANTERO DJAZ ALVARADO, por el delito Contra la Familia, en su figura de Omisión a la Asistencia Familiar, en la modalidad de Incumplimiento de Obligación Alimentaria en agravio de Rackson Michael Jesús y Jordan Yasid Saint Diaz Castro, ilícito previsto y sancionado en el artículo 149° primer párrafo del Código Penal.CONSIDERANDO:PRIMERO: El articulo trescientos cuarenta y nueve del Código Procesal Penal establece los requisitos que debe contener la acusación fiscal, precisando además que esta debe formularse debidamente motivada.SEGUNDO: Asimismo, el articulo trescientos cincuen-ta del citado código, establece que la acusación debe ser notificada a los demás sujetos procesales, a fin de que estos en el plazo de diez días presenten las objeciones que crean pertinentes a fin de que todo ello sea debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Por las consideraciones expuestas y las normas invocadas:SE RESUELVE:1.- TRASLADO a los demás sujetos procesales, el Requerimiento de Acusación Penal por el plazo peren-torio de DIEZ DIAS HABILES, a efectos de que pue-dan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.-2.- REQUIERASE a las partes procesales que de presentar escritos en el traslado concedido en autos, deberán anexar el número correspondiente de juegos de copias a notificarse.3.- NOTIFIQUESE a las partes procesales en las direc-ciones consignadas en el contenido del requerimiento Fiscal, debiendo adjuntárseles copia del requerimiento; va la señora representante del Ministerio Publico en su sede institucional. Al OTROSí DIGO: TENGASE presente para efectos de la notificación.-RESOLUCION NUMERO: CUATROChiclayo, veintisiete de agostoDel dos mil quince.-DADO CUENTA; Avocándose al proceso la señora Juez que suscribe la presente resolución por dis-posición superior. Con el estado del proceso, y de conformidad con el artículo 351° del Código Procesal Penal se dispone: CITAR AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION, para el día DOCE DE OCTUBRE del año dos mil quince, a horas DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta)- fecha programada en razón de la recargada agenda de audiencias programadas en el sistema integral de justicia - en la sala de audiencias N° Doce del Quinto Juzgado de Investigaci6n Preparatoria en esta nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle Jose Leonardo Ortiz N° 155-Cen-tro Cívico de Chiclayo; BAJO APERCIBIMIENTO al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85°.1 del Código Procesal Penal modificada por la Ley N° 30076 y artículo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal. PRECISESE que durante dicha audiencia: 1) No está permitida la actuación de diligencias de investigación o de pruebas específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prueba documental para decidir cualquier solicitud señalada en el artículo 350° del Código Procesal Penal, 2) No se admitirá la presentación de escritos SE INFORMA a las partes procesales que la fecha programada es en razón del cronograma de audiencias, programadas con antela-ción en el sistema integral de justicia. NOTIFIQUESE a las partes procesales conforme autos.-SECRETARIA: GIULIANA AGUILAR TORRES.

SERGIO R. CHIMPEN ASENJOJUEZ TITULAR

5° JUZGADO DE INVESTIGACIONPREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA

01, 02, 03 Oct.

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Chiclayo, sábado 03 de octubre del 20156 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

PROPONEN MODIFICAR FE PÚBLICA REGISTRAL

Tercer adquirente perdería la propiedad si ésta deriva de documentos falsosUn proyecto de ley, busca entre otras cosas, suprimir la referencia a que la buena fe registral se sustente en la revisión de los títulos archiva-dos, dispuesta recientemente en el artículo 2014° del Código Civil, mediante la Ley N° 30313. A seis meses de la promulgación y puesta en aplicación de la Ley de oposición al procedimien-to de inscripción registral en trámite y cancela-ción del asiento registral, Ley N° 30313, el Con-greso de la República ya prevé nuevos cambios al Código Civil mediante un proyecto presentado recientemente.En dicha propuesta, que pretende subsanar algunos errores percibidos por especialistas(*), se plantea modificar los artículos 2014° y 2022° del Código Civil; a fin de salvaguardar el derecho legítimo de la propiedad. Para ésto, en el artículo 2014° del C.C., se establecería que todo vicio que no se encuentre en el registro del bien, es

irrelevante para cuestionar o despojar la adqui-sición del titular. Así, se dispone que, siempre que se presuma la existencia de buena fe, no se debe proteger a un tercer adquirente si es que “los actos jurídicos anteriores y el suyo pro-pio, son falsificados o adolecen de nulidad por ausencia de manifestación de voluntad ó voluntad suplantada”.Por su parte, el primer párrafo del artículo 2022º propuesto en el proyecto define de manera más precisa, el texto original dispuesto en el Código Civil, teniendo en cuenta el criterio que presupo-ne la oponibilidad de derechos sobre inmuebles inscritos. No obstante, en el siguiente párrafo, la modifica-toria omite la regulación sobre la oponobilidad de los derechos de diferente naturaleza al derecho real.La Ley.-

1. Las afiliaciones de los nuevos trabajadores con sus dependientes (Plan Base) y de los derechos habientes de los trabajadores ya inscritos (Plan Base), así como las desafiliaciones de la EPS, se van a realizar durante todo el periodo que se tiene contratada la cobertura del Plan de Salud EPS, es decir, hasta Junio del 2016.2. Las renuncias de los trabajadores a la EPS para ser atendidos exclusivamente por ESSALUD, se podrán aceptar hasta el penúltimo día útil de cada mes.3. Si el trabajador renunció a la EPS para atenderse en ESSALUD y nuevamente requiere volver a contar con el servicio de la EPS, se le volverá a aceptar su afiliación por ÚNICA VEZ. De volver a renunciar, sólo podrá afiliarse nuevamente en el mes de renovación de la póliza (Julio).4. Los trabajadores que renunciaron a la EPS y requieren ser atendidos en ESSALUD, la EPS les otorgará una “Constancia de Desafiliación”, para que con ella puedan solicitar su atención en la Oficina de Acreditación del Policlínico de ESSALUD que les corresponda, ya que por procesos internos de dicha Entidad(ESSALUD), la información tarda en cargar en su sistema un promedio de dos meses.5. Ya no es posible la afiliación a planes adicionales (planes adicionales a titular, afiliación a hijos mayores de 18 años y padres), sólo se aceptarán retornos al Plan Base (si en caso el trabajador estuviera afiliado a Planes adicionales). Únicamente los trabajadores que ingresen recién a trabajar a la institución pueden optar por un Plan Adicional.6. Los hijos menores de edad afiliados serán excluidos automáticamente de la EPS , al cumplir los 18 años de edad.7. Las fichas de afiliación deben ser recepcionadas en la Oficina de Personal hasta el día 16 de cada mes, quien a su vez las remitirá al área de Bienestar Social de la Gerencia General, para que se realicen los tramites respectivos y los servidores puedan ser atendidos dentro de los primeros días del mes siguiente. Asimismo, deberán adjuntar la documentación sustentatoria de los derechohabientes y copia de DNI del titular, DNI del cónyuge o conviviente, DNI de los hijos menores de 18 años, copia simple de acta de matrimonio o declaración jurada simple de convivencia; caso contrario será observado y no procederá la afiliación hasta com-pletar dicha documentación. Cualquier consulta o duda acercarse a la Oficina de Personal-3er Piso (Calle San José N° 1070 /Palacio Antiguo de Justicia) en horarios de 08:00 a.m. a 1:45 p.m. y de 2:30 p.m. a 4:30 p.m., o comunicarse al teléfono 074-599260 anexo 22021, con la Abog. María Teresa Leal Pinedo.

OFICINA DE PERSONALPODER JUDICIAL - CSJLA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUECOMUNICADO

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7Chiclayo, sábado 03 de octubre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

El adicto es una persona que sufre una atracción compulsiva, generalmente por algo malo. ¿Por qué en la sociedad actual existen tantos adictos? Es verdad que en la sociedad que nos toca vivir hay muchos peros, en la sociedad del siglo pasado, se les daba el nombre de viciosos. El vicio es la costumbre o hábi-to irresistible de hacer algo malo. Lo opuesto del vicio es la virtud, es decir, el hábito de hacer el bien.La realidad de la sociedad de éste milenio, se caracteriza por la existencia de muchos adictos. El mal entra en las casas de ricos y pobres, no hay dis-tinción de sexo, no respeta a jóvenes, adultos o niños. Nadie puede tener la seguridad de que un pariente, hijo o hermano no caiga en una adicción.La falta de una escala de valores es motivo de que una adicción encuentre dónde anidar. Esto se agrava cuando el probable adicto carece de vínculos y afectos, especialmente en la familia. Si la familia es como si no existiera, el padre y la madre no se preocupan por su hijo, no hablan con él, no se compor-tan como padres y él no confía en ellos, no será su confidente. En cambio sí lo será con otros como él.Algunas adicciones hacen que el adicto concurra a ambientes en donde se va a encontrar con otros adictos con los que va a adquirir otras adicciones, si no las tiene, como el cigarrillo, el alcohol y la droga, el dinero mal habido, el poder por el poder, los casinos. La búsqueda de dinero para drogarse los llevará a la prostitución, al robo, y a ser utilizados para distribuir drogas.No es fácil salir de la adicción cuando el adicto reconoce que ha obrado mal, inútilmente jura y rejura que esa será la última vez. Cuando quiera salir de esa vida enloquecida le será sumamente difícil y no podrá abandonarla. No com-prendió que ha perdido su libertad y es esclavo de sus vicios porque: “La liber-tad de hacer lo que se quiere, termina

en la esclavitud de hacer lo que no se quiere”.Hay adicciones, por ejemplo, a las drogas, que no pueden ser superadas por el adicto librado a sus propias fuer-zas. Él necesitará establecer un vínculo afectivo, que le demuestre confianza y que le dé la seguridad de que es posi-ble dar el primer paso para salir de esa adicción. De ahí la conveniencia de asistir a un grupo de autoayuda, porque allí encontrará que hay otras personas que tratan de recuperarse.Importancia de la familia. Es de capital importancia que sus familiares com-prendan, con cariño y afecto, que puede salir del pantano en que se ha metido. Es fundamental que tenga una escala de valores trascendente que le dé sen-tido a su vida, le permita comprender el porqué de su pasado y la razón final de su existencia.Todos los problemas están relaciona-dos entre sí. Las estadísticas sobre delincuencia en todos los países, nos indican que aumentan los delincuentes menores de edad, y es común pensar que los niños y los jóvenes carecen de escala de valores. Por otra parte vemos que el matrimonio tiene menos vigen-cia y en la mayoría de los chicos, sus padres, casados o no, no viven juntos. Por ese motivo debemos ocuparnos de la escala de valores y apoyar medidas para que el matrimonio sea estable.La solución de los problemas sociales demanda cambios en las mentes y en las costumbres de sus habitantes.Encarar este problema con sinceridad y sin soberbia, sin sectarismos, ni pre-juicios, admitiendo la responsabilidad que le cabe a cada uno, es el deber de quienes tienen en sus manos las posi-bilidades del mañana, porque este com-bate es la batalla por la juventud: por el futuro de la humanidad.

Mons. Ángel Ortega Trinidad Capellán de la Corte Suprema

de la República

ADICCIÓN COMPULSIVA

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Chiclayo, sábado 03 de octubre del 20158 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

Ejecutado por la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, que presi-de la Mg. Ana E. Salés del Castillo y dentro del marco del Programa “Justicia en tu Comunidad”, bajo la coordinación del Juez Superior Mg. Edilberto José Rodríguez Tanta, más de un centenar de niños en riesgo social, visitó el Juzgado de Paz Letrado de Monsefú, con la finalidad de conocer la función que cumple dicho órgano jurisdiccional.La actividad fue promovida por la Sociedad de la Beneficencia de Chiclayo, en coordinación con el Juzgado de Paz Letrado precitado. Cabe mencionar que la primera de las instituciones nombradas, como parte de sus programas sociales, llevó a los niños del distrito de Monsefú, a conocer el lugar desde donde la Juez de Paz Letrado, Dra. Carla Paredes Ciccia, imparte justicia. Durante su visita, los menores recorrieron los ambientes del juz-gado, recibiendo información sobre los procesos que allí se ventilan y conociendo un poco sobre las

funciones que el personal jurisdic-cional y administrativo cumple en su día a día. La Magistrada, Paredes Ciccia, luego de dar a conocer a los meno-res visitantes sobre las funciones que realiza en su juzgado, los ilus-tró respecto a la importancia que tiene el valor de la justicia, para vivir

en paz social.“Estos niños en situación vulnera-ble, necesitan el apoyo y atención de nuestras autoridades, y una de las funciones que cumplimos a tra-vés del Programa Justicia en tu Comunidad, es acercar la justicia a la sociedad” puntualizó la Juez, Paredes Ciccia.

En el marco del Programa “Justicia en tu Comunidad”JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MONSEFÚ FUE VISITADO

POR 120 NIÑOS EN RIESGO SOCIAL

En procesos judiciales y trámites administrativosCSJLA Y CENTRO PENITENCIARIO DE CHICLAYO – EX PICSI EN

COORDINACIÓN PARA CONTRIBUIR CON LA CELERIDAD

Con la finalidad de contribuir con la celeridad y a efectos de tratar temas referidos a la información que la Corte Superior de Justi-cia de Lambayeque -CSJLA- y el Centro Penitenciario de Chiclayo – Ex Picsi, brindan a los usuarios,

tanto para los procesos judicia-les, como para la realización de trámites administrativos, la Pre-sidenta de la CSJLA, Mg. Ana E. Salés del Castillo y el Director del Centro Penitenciario de Chicla-yo, Lic. Walter Adriano Ventocilla,

sostuvieron una importante reu-nión de trabajo, el pasado 29 de setiembre del año en curso, en la que también participaron el Abog. Piter Cornejo Ampuero, Jefe de Unidad de Servicios Judiciales de esta Corte, Mg. Lucero Guevara de Adrianzen, Coordinadora de la Unidad de Registros Judiciales de la CSJLA, y de funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario de esta ciudad.Finalizada la reunión, se acordó en mérito al convenio marco vigente suscrito entre el INPE y el Poder Judicial, que la Oficina de Registro Distrital Judicial hará llegar vía correo electrónico, los anteceden-tes penales, así como las requi-sitorias, en caso que la primera institución de las nombradas, así lo requiera, y de esta manera agilizar los procedimientos administrativos, entiéndanse éstos: libertades de internos por pena cumplida y cum-plimiento de pena con redención.