Preguntas y Respuestas Aclaratorias 2014

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  PREGUNTAS Y RESPUESTAS ACLARATORIAS DE LA I COMPETENCIA DE DERECHOS HUMANOS THOMAS BUERGENTHAL 1. Mi pregunta es acerca del tiempo en q ue transcurren los hechos, si bien es cierto, según el documento enviado la demanda se realiza en 2014 y en el inicio de los hechos, en cuanto a la fecundación In vitro, ello se lleva a cabo en e l 2010. ¿Ello quiere decir que la fecha en que los embriones le pertenecían al proceso de reproducción asistida de Víctor de la Cruz e xpiró? -De la lectura conjunta de los párrafos 9. f y 18 del caso hipotético se entiende que el 30 de agosto de 2014 se cumplirá el plazo legal, después del cual el IFRA “Robert Edwards” podrá disponer del embrión fecundado o, en caso de oposición, desecharlo. 2. En el párrafo 24 se señala que al e mitirse el inf orme de ad misibilidad encontró la presunta violación de los derechos 5, 7, 8, 11, 17 y 25 de la CADH. ¿Todos esos derechos respectan a ambos casos, es decir, se alegan por igual la vulneración de los mismos respecto a las 50 mujeres nataleñas y Víctor de la cruz, o algunos respectan a uno de los casos en específico? - Efectivamente, la CIDH en su informe de Admisibilidad sostuvo la violación de los artículos 5, 7, 8, 11, 17 y 25, en relación al 1.1 y 2 de la CADH, en perjuici o de las 50 mujeres nataleñas y Víctor de la Cruz; esto fue sostenido en el Informe de Fondo y el escrito se sometimiento del caso ante la Corte IDH. Posteriormente los representantes pidieron en su Escrito de Solicitudes, Argumentos y Pruebas, que se considerara al embrión como víctima del caso y se añadiera la violación del artículo 4 respecto a Víctor de la Cruz. 3. En el párrafo 15 se menciona que en julio del 2010 el sexto juzgado civil declaró improcedente la demanda de amparo interpuesta por la comunidad. ¿Cuáles fueron los fundamentos de dicha demanda para declarar la improcedencia? -El Código Procesal Constitucional de Budawel de 1989 establece como causales de improcedencia del recurso de amparo que: (i) los hechos y el petitorio de la demanda no están

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  • PREGUNTAS Y RESPUESTAS ACLARATORIAS DE LA I COMPETENCIA DE

    DERECHOS HUMANOS THOMAS BUERGENTHAL

    1. Mi pregunta es acerca del tiempo en que transcurren los hechos, si bien es cierto, segn el

    documento enviado la demanda se realiza en 2014 y en el inicio de los hechos, en cuanto a

    la fecundacin In vitro, ello se lleva a cabo en el 2010. Ello quiere decir que la fecha en que

    los embriones le pertenecan al proceso de reproduccin asistida de Vctor de la Cruz expir?

    -De la lectura conjunta de los prrafos 9. f y 18 del caso hipottico se entiende que el 30 de

    agosto de 2014 se cumplir el plazo legal, despus del cual el IFRA Robert Edwards podr

    disponer del embrin fecundado o, en caso de oposicin, desecharlo.

    2. En el prrafo 24 se seala que al emitirse el informe de admisibilidad encontr la presunta

    violacin de los derechos 5, 7, 8, 11, 17 y 25 de la CADH. Todos esos derechos respectan

    a ambos casos, es decir, se alegan por igual la vulneracin de los mismos respecto a las 50

    mujeres nataleas y Vctor de la cruz, o algunos respectan a uno de los casos en especfico?

    - Efectivamente, la CIDH en su informe de Admisibilidad sostuvo la violacin de los

    artculos 5, 7, 8, 11, 17 y 25, en relacin al 1.1 y 2 de la CADH, en perjuicio de las 50 mujeres

    nataleas y Vctor de la Cruz; esto fue sostenido en el Informe de Fondo y el escrito se

    sometimiento del caso ante la Corte IDH. Posteriormente los representantes pidieron en su

    Escrito de Solicitudes, Argumentos y Pruebas, que se considerara al embrin como vctima

    del caso y se aadiera la violacin del artculo 4 respecto a Vctor de la Cruz.

    3. En el prrafo 15 se menciona que en julio del 2010 el sexto juzgado civil declar

    improcedente la demanda de amparo interpuesta por la comunidad. Cules fueron los

    fundamentos de dicha demanda para declarar la improcedencia?

    -El Cdigo Procesal Constitucional de Budawel de 1989 establece como causales de

    improcedencia del recurso de amparo que: (i) los hechos y el petitorio de la demanda no estn

  • referidos en forma directa al contenido constitucionalmente protegido del derecho invocado;

    (ii) al momento de la presentacin de la demanda haya cesado la amenaza o violacin de un

    derecho constitucional, y (iii) se cuestione una resolucin firme recada en otro proceso

    constitucional o haya litispendencia.

    4. En el prrafo 14 se menciona que la ONG descubri que presuntamente el IFRA tena

    como prctica comn en otros pases destinar embriones que no era implantados a fines de

    investigacin cientfica sin consentimiento. Ha habido algn pronunciamiento de los estado

    o sus cortes respectos a las acusaciones de la ONG en esos Estados sobre las supuestas

    prcticas que ejerca el IFRA?

    - A partir del ao 2010 la ONG ha estado recopilando informacin al respecto, se ha

    movilizado a la sociedad civil en distintos pases informndoles lo que hace el IFRA as como

    a otras organizaciones no gubernamentales. Tambin medios de comunicacin de distintos

    Estados, donde el IFRA se encuentra presente, han presentado reportajes con el testimonio

    de personas que refieren sentirse afectadas por la forma de proceder del Instituto.

    Sin embargo, hasta la actualidad no existe un pronunciamiento de tribunales internos o

    internacionales, por lo que este caso ante la Corte IDH sentara precedente sobre la materia,

    ms an, despus de la sentencia Artavia Murillo y otros (Fecundacin in Vitro) contra Costa

    Rica.