El SUTERM ya aceptó cambiar estatutos del gremio y el contrato laboral: disidentes| Rechaza CFE dar
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Julio de 2016
OSCAR MAURICIO GUERRA FORD
LA PLATAFORMA NACIONAL DE
TRANSPARENCIA COMO HERRAMIENTA
TECNOLÓGICA PARA EL CUMPLIMIENTO DE
LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA
AVANCES Y RETOS DE LA TRANSPARENCIA
EN LOS SINDICATOS
2
PRESENTACIÓN
En la reforma de 2012 a la Ley Federal del Trabajo se incluyó la disposición de
hacer pública para consulta de cualquier persona, debidamente actualizada, la
información de los registros de los sindicatos; además de expedir copias de los
documentos que obren en expedientes de registro…
Asimismo, se señala que el texto íntegro de las versiones públicas de los
estatutos de los sindicatos deberá estar disponible en los sitios de Internet de la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de las Juntas Locales de Conciliación y
Arbitraje (Art. 365 BIS, Ley Federal del Trabajo).
En ese contexto, la publicidad de los documentos de los sindicatos era ya una
obligación desde la citada reforma, por lo tanto, la Ley General de
Transparencia simplemente reglamentó la publicación de esta información, y
también adicionó la obligación de rendir cuentas sobre el uso de los recursos
públicos que les son proporcionados por las instituciones públicas, atendiendo
un reclamo de la sociedad.
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SINDICATOS COMO SUJETOS OBLIGADOS
Artículo 6° constitucional, Apartado A, Fracción I, y artículo 23 de la Ley Generalde Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley General)
Son sujetos obligados a transparentar y permitir el acceso a su información y
proteger los datos personales que obren en su poder:
• cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo,
Legislativo y Judicial,
• órganos autónomos,
• partidos políticos,
• fideicomisos y fondos públicos,
• así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y
ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad
en los ámbitos federal, de las Entidades Federativas y municipal.
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Los sindicatos que deberán atender las disposiciones yobligaciones de la Ley General son aquellos que reciban y ejerzanrecursos públicos.
El padrón de sujetos obligados contiene 147 sindicatos.
UNIVERSO DE SINDICATOS
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LISTADO DE SINDICATOS COMO SUJETOS OBLIGADOS
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LISTADO DE SINDICATOS COMO SUJETOS OBLIGADOS
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LISTADO DE SINDICATOS COMO SUJETOS OBLIGADOS
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OBLIGACIONES COMO TODO SUJETO OBLIGADO
Artículo 24 de la Ley General y artículo 11 de la Ley Federal
• Constituir su comité de transparencia y unidad(es) de transparencia
• Designar titular(es) de unidad(es) de transparencia, que dependan directamente deltitular del sujeto obligado.
• Capacitar a integrantes del comité y unidad(es) de transparencia.
• Constituir y actualizar sistemas de archivo y gestión documental.
• Promover la generación, documentación y publicación de la información en formatosabiertos.
• Proteger y resguardar información reservada o confidencial.
• Reportar a los organismos garantes sobre acciones implementadas.
• Atender requerimientos, observaciones, recomendaciones y criterios que emitan losorganismos garantes y el Sistema Nacional de Transparencia.
• Fomentar el uso de tecnologías de la información para garantizar la transparencia y elderecho de acceso a la información.
• Cumplir con las resoluciones y atender las recomendaciones de los organismo garantes.
• Publicar y actualizar la información de sus obligaciones de transparencia.
• Difundir proactivamente información de interés público.
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PRINCIPALES OBLIGACIONES DE SINDICATOS
• Observar todas las disposiciones establecidas en la Ley General y en las leyes
federal o de las entidades federativas, según corresponda.
• Atender y dar respuesta a las solicitudes de información pública, de
conformidad con los procedimientos establecidos en el Título Séptimo de la
Ley General.
• Atender los recursos de revisión que se interpongan en contra de sus
respuestas, de conformidad con lo señalado en el Título Octavo de la Ley
General.
• Capacitar a todo su personal en materia de derecho de acceso a la
información.
• Publicar información adicional a las obligaciones de transparencia, en el
marco de la transparencia proactiva.
• Utilizar la Plataforma Nacional de Transparencia para responder solicitudes,
atender las impugnaciones y publicar la información de obligaciones de
transparencia.
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SOLICITUDES DE INFORMACIÓN
Ejemplo de una solicitud de información realizada al Sindicato Único de Trabajadores del Banco de México
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SOLICITUDES DE INFORMACIÓN
Acuse de recibo de la solicitud al Sindicato Único de Trabajadores del Banco de México
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SOLICITUDES DE INFORMACIÓN
Acuse de recibo de la solicitud al Sindicato Único de Trabajadores del Banco de México
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SOLICITUDES DE INFORMACIÓN
Respuesta de la solicitud al Sindicato Único de Trabajadores del Banco de México
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SOLICITUDES DE INFORMACIÓN
Respuesta de la solicitud al Sindicato Único de Trabajadores del Banco de México
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SOLICITUDES DE INFORMACIÓN
Respuesta de la solicitud al Sindicato Único de Trabajadores del Banco de México
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SOLICITUDES DE INFORMACIÓN
• Del 5 de mayo al 30 de junio de 2016 se han realizado 210 solicitudes aSindicatos:
o 178 de información pública y
o 32 de datos personales
Trámite de las solicitudes Núm. Solicitudes %
Respondidas CON entrega de información 42 20.0
Respondidas SIN entrega de información 81 38.6
• La solicitud no corresponde al marco normativo 41 19.9
• No es competencia de la unidad de enlace 32 15.2
• Inexistencia de la información 4 1.9
• No se dará trámite a la solicitud 1 0.5
• Prevenidas y no desahogadas por el solicitante 3 1.4
Sin respuesta (pendiente de conclusión del trámite): 87 41.4
• Porque todavía estaba en plazo de respuesta 36 17.1
• Fuera del plazo de respuesta 50 23.8
• Notificación de prórroga 1 0.5
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SOLICITUDES DE INFORMACIÓN
Qué es lo que más solicitan las personas de los sindicatos (en orden de demanda):
1. Información sobre el personal comisionado al sindicato o que labora en el, asícomo el directorio
2. Documentos de registro del sindicato y del contrato colectivo de trabajo, asícomo las condiciones laborales
3. Padrón de agremiados
4. El uso de los recursos públicos
5. Presupuesto del sindicato e información presupuestal
6. Sueldos del personal
7. Procesos internos de elección
8. Gastos de operación
9. Beneficios y prestaciones sindicales
10. Contratos
Respecto al listado, la información pública que debe proporcionar el sindicato (y
publicar, en su caso), es toda aquella relacionada con el uso de recursos públicos; es
decir, si el sindicato utilizó recursos del erario para compra de bienes o gastos
operativos, deberá informar sobre la parte correspondiente. También los documentos
de registro sindical que demanda la ley y el padrón de agremiados.
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RECURSOS DE REVISIÓN
Sujeto obligadoNúm. de recursos
de revisión
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN 7
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL 2
SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
2
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA SECRETARÍA DE SALUD 1
SINDICATO INDEPENDIENTE NACIONAL DE TRABAJADORES DEL COLEGIO DE BACHILLERES
1
SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES ELECTRICISTAS DE LA REPÚBLICA MEXICANA (SUTERM)
1
TOTAL 14
Número de recursos de revisión del 5 de mayo a la fecha
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OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA
Para que el Sistema de Portales
de Obligaciones de Transparencia (SIPOT) opere, se
requiere trabajar con una base
de datos estructurada, que posibilite ordenar y explotar la
información
El SIPOT permitirá publicitar la
información derivada de las OT de manera uniforme,
sistematizada y ordenada, en
términos de los LTG
Los lineamientos establecen
las políticas, criterios y formatos que permitirán
cargar de forma adecuada la
información en el SIPOT
Para el cumplimiento de las obligaciones se desarrollaron disposiciones
complementarias: Lineamientos Técnicos Generales (LTG)
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EJEMPLO DE LOS CRITERIOS
Fracción I. El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos,reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas,entre otros;
Los sujetos obligados deberán publicar un listado con la normatividad que emplean para el ejercicio desus funciones. Cada norma deberá estar categorizada y contener un hipervínculo al documentocorrespondiente.
De existir normatividad que de ser publicada vulneraría el ejercicio de atribuciones relevantes dedeterminados sujetos obligados, éstos integrarán a su listado las versiones públicas de tales documentosaclarando a las personas que consulten la información de esta fracción, mediante leyendafundamentada, motivada y actualizada al periodo que corresponda, las razones por las cuales se incluyeun documento con la característica de versión pública. Los sujetos obligados bajo ese supuestoconsiderarán lo establecido en las disposiciones generales de los Lineamientos respecto de las versionespúblicas.___________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Cuando se decrete, reforme, adicione, derogue o abrogue cualquier norma aplicable al sujeto obligado,la información deberá publicarse y/o actualizarse en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de supublicación en Diario Oficial de la Federación (DOF), Periódico o Gaceta Oficial, o acuerdo de aprobaciónen el caso de normas publicadas por medios distintos, como el sitio de Internet
Conservar en el sitio de Internet: información vigente
Aplica a: todos los sujetos obligados___________________________________________________________
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OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LOS SINDICATOS
Artículo 70: Obligaciones comunes, se valoran equivalencias
Artículo 79: 4 Obligaciones Específicas para sindicatos
Artículo 78: 8 Para autoridades laborales jurisdiccionales y sindicatos
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ARTÍCULO 78: AUTORIDADES LABORALES Y SINDICATOS
Artículo 78. Las autoridades administrativas y jurisdiccionales en materia laboral
deberán poner a disposición del público y mantener actualizada y accesible, la
siguiente información de los sindicatos:
I. Los documentos del registro de los sindicatos, que deberán contener,
entre otros:
II. Las tomas de nota;
III. El estatuto;
IV. El padrón de socios;
V. Las actas de asamblea;
VI. Los reglamentos interiores de trabajo;
VII. Los contratos colectivos, incluyendo el tabulador, convenios y las
condiciones generales de trabajo, y
VIII. Todos los documentos contenidos en el Expediente de registro
sindical y de contratos colectivos de trabajo.
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ARTÍCULO 79: SINDICATOS QUE RECIBAN RECURSOS PÚBLICOS
Artículo 79. Los sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos deberán
mantener actualizada y accesible, de forma impresa para consulta directa y en los
respectivos sitios de Internet, la información aplicable del artículo 70 de esta Ley,
la señalada en el artículo anterior y la siguiente:
I. Contratos y convenios entre sindicatos y autoridades;
II. El directorio del Comité Ejecutivo;
III. El padrón de socios, y
IV. La relación detallada de los recursos públicos económicos, en
especie, bienes o donativos que reciban y el informe detallado del
ejercicio y destino final de los recursos públicos que ejerzan.
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EJEMPLO DE LOS CRITERIOS (ART. 79)
I. El padrón de socios
Los sindicatos, federaciones o confederaciones que reciban y ejerzan recursos públicos deberán publicar el
número y nombres de sus miembros y, en su caso, los nombres y domicilios de los patrones, empresas o
establecimientos en los que aquellos prestan sus servicios.
Cabe señalar que únicamente se considerará información confidencial, los domicilios de los trabajadores
señalados en los padrones de socios, de conformidad con el penúltimo párrafo del artículo 79 de la Ley
General.
La información deberá publicarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha en que se expida el
oficio en el que la autoridad tome nota del padrón de socios actualizado.
La información a que se refiere esta fracción deberá guardar coherencia con lo publicado en la fracción IV
del artículo 78 de la Ley General.
________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral y cuando se expida el oficio en el que la autoridad tome nota del
padrón de socios actualizado deberá publicarse y/o actualizarse en un plazo no mayor a tres días hábiles
Conservar en el sitio de Internet: la información vigente y al menos la de un año previo
Aplica a: sindicatos, federaciones y confederaciones, sean de trabajadores o de patrones, que reciban y
ejerzan recursos públicos
________________________________________________________________________________
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EJEMPLO DE LOS CRITERIOS (ART. 79)
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1 Ejercicio
Criterio 2 Periodo que se informa
Criterio 3 Nombre(s), Primer apellido, segundo apellido de los (las) miembros del sindicato, federación o confederación
Criterio 4 Domicilio del sindicato, federación o confederación (tipo de vialidad [catálogo], nombre de vialidad [calle], número exterior, número interior [en su caso], tipo de asentamiento humano [catálogo], nombre de asentamiento humano [colonia], clave de la localidad [catálogo], nombre de la localidad [catálogo], clave del municipio [catálogo], nombre del municipio o delegación [catálogo], clave de la entidad federativa [catálogo], nombre de la entidad federativa [catálogo], código postal)
Criterio 5 Nombre(s), Primer apellido, segundo apellido de los patrones, empresas o establecimientos en los que prestan sus servicios
Criterio 6 Domicilio de los patrones, empresas o establecimientos en los que prestan sus servicios (tipo de vialidad [catálogo], nombre de vialidad [calle], número exterior, número interior [en su caso], tipo de asentamiento humano [catálogo], nombre de asentamiento humano [colonia], clave de la localidad [catálogo], nombre de la localidad [catálogo], clave del municipio [catálogo], nombre del municipio o delegación [catálogo], clave de la entidad federativa [catálogo], nombre de la entidad federativa [catálogo], código postal)
Criterio 7 Hipervínculo al oficio de toma de nota del padrón de socios o de su actualización.
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EJEMPLO DE LOS CRITERIOS (ART. 79)
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 8 Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 9 La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 10Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 11Áreas o unidades administrativas del sindicato, federación, confederación o figura legal homóloga que generan o detentan la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 12Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 13Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 14La información publicada se organiza mediante el formato 3, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 15 El soporte de la información permite su reutilización
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Formato 3_LGT_Art_79_Fr_III
Padrón de socios <<autoridad administrativa y jurisdiccional en materia laboral o
sindicato, federación, confederación o figura legal homóloga >>
Domicilio del sindicato, federación o confederación
Tipo vialidad
Nombre vialidad
Número Exterior
Número Interior,
en su caso
Tipo de asentamiento
Nombre del asentamiento
Clave de la
localidad
Nombre de la
localidad
Clave del municipio
Nombre del
municipio o
delegación
Clave de la entidad federativa
Nombre de la
entidad federativa
Código postal
Ejercicio Periodo que se
informa
Miembros del sindicato, federación o confederación
Nombre(s) Primer
apellido Segundo apellido
EJEMPLO DE LOS CRITERIOS (ART. 79)
28
CÓMO INGRESO LA INFORMACIÓN EN LA PNT
En primer término, ingreso a la PNT:
http://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/inicio
USUARIO: [email protected]
CONTRASEÑA: *********
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CÓMO INGRESO LA INFORMACIÓN EN LA PNT
Elegimos la opción de “Portales de Obligaciones de Transparencia” en el menú de inicio:
30
CÓMO INGRESO LA INFORMACIÓN EN LA PNT
Así ingresamos al SIPOT:
Seleccionamos “Carga” del menú del SIPOT, luego “Carga de la información” y “Capturar información”
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CÓMO INGRESO LA INFORMACIÓN EN LA PNT
El sistema ingresa a esta pantalla en la que debemos seleccionar el formato a capturar:
Formato LGTA79FIII, es decir, artículo 79, fracción III, de la Ley General
32
CÓMO SE CARGA LA INFORMACIÓN EN LA PNT
La carga de la información normalmente será por dos vías:
1. Formulario web: Carga por pantalla del SIPOT (un registro a la vez).
2. Carga masiva (formato XLS): Carga mediante los formatos
establecidos que deben descargarse del SIPOT. Estos
formatos están diseñados para ser trabajados en Excel.
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CÓMO SE CARGA LA INFORMACIÓN EN LA PNT
1
2
3
4
Criterios sustantivos de
contenido
34
CÓMO SE CARGA LA INFORMACIÓN EN LA PNT
5
6
Criterios sustantivos de
contenido
7
13
12
11Criterios adjetivos de confiabilidadCriterio 11 Área responsable de la Inf.Criterio 12 Fecha de actualizaciónCriterio 13 Fecha de validación
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CÓMO SE CARGA LA INFORMACIÓN EN LA PNT
1. Formulario Web:
1
2
3
4
5
10
119
6
Criterios sustantivos de contenidoCriterio 1 Tipo de marco normativoCriterio 2 Denominación de la normaCriterio 3 Fecha de publicación en el DOFCriterio 4 Fecha de última modificaciónCriterio 5 Hipervínculo al documento
Criterios adjetivos de confiabilidadCriterio 9 Área responsable de la Inf.Criterio 10 Fecha de actualizaciónCriterio 11 Fecha de validación
Criterios adjetivos de actualizaciónCriterio 6 Periodo de actualizaciónCriterio 7 Inf. actualizada al periodoCriterio 8 Conservar la Inf. vigente
Criterios adjetivos de formatoCriterio 12 Inf. con base en el formato 1Criterio 13 Permite su reutilización
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CÓMO SE CARGA LA INFORMACIÓN EN LA PNT
Criterios sustantivos de contenidoCriterio 1 Tipo de marco normativoCriterio 2 Denominación de la normaCriterio 3 Fecha de publicación en el DOFCriterio 4 Fecha de última modificaciónCriterio 5 Hipervínculo al documento
Criterios adjetivos de confiabilidadCriterio 9 Área responsable de la Inf.Criterio 10 Fecha de actualizaciónCriterio 11 Fecha de validación
1 2 3 4 5 11 9 106
2. Carga masiva (formato XLS, Excel):
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CONCLUSIONES
• Es necesario que los sindicatos realicen reuniones
internas para generar, organizar y preparar la
información tanto para dar respuesta a las
solicitudes como para capturar la información a
publicar.
• La primera evaluación a los portales será diagnóstica, sin efectos vinculantes
para los sujetos obligados. Esto servirá para detectar las áreas de
oportunidad en todos los procesos y también para afinar los criterios de
publicación.
• La carga de la información de las obligaciones de transparencia se deberá
realizar observando las disposiciones de los Lineamientos Técnicos Generales.
La información a publicar deberá comprender a partir del 5 de mayo de 2015
y la fecha límite para concluir la carga de la información es el 5 de
noviembre de 2016.
¡MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN!
MTRO. OSCAR M. GUERRA FORD
INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA
INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Insurgentes Sur No. 3211, Col. Insurgentes Cuicuilco,
Delegación Coyoacán, C.P. 04530, México, D.F.
TEL. (55) 5004 2400
TEL INAI: 01 800 835 4324
Twitter: @oscarguerrafordCorreo electrónico: [email protected]