Primer Encuentro Internacional sobre Pesca Ilegal,...

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Primer Encuentro Internacional sobre Pesca Ilegal, Procedimientos y Legislación en el Pacífico Sudeste (Guayaquil, 28 y 29 de julio de 2016) Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos Dirección de Asuntos Marítimos

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Primer Encuentro Internacional sobre Pesca Ilegal, Procedimientos y

Legislación en el Pacífico Sudeste(Guayaquil, 28 y 29 de julio de 2016)

Ministerio de Relaciones Exteriores del PerúDirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos

Dirección de Asuntos Marítimos

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Índice:

1. Normativa Internacional2. Normativa Nacional3. Ley General de Pesca

4.1. Del Ordenamiento Pesquero4.2. De las prohibiciones

4. Reglamento de la Ley General de Pesca5.1. Facultades de control y vigilancia

5. Legislación complementaria6. Valor probatorio7. Recursos susceptibles de los fallos8. Ejecución de las sanciones (penas y medidas) que se impongan9. Vacíos detectados en la legislación10.Casos de éxito (operativos, modernización de herramientas de supervisión)11.Iniciativas nacionales

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• Normativa InternacionalConvenios y Acuerdos que el Estado ha celebrado para combatir la pesca

ilegalEl Perú suscribió el “Acuerdo sobre Medidas de Estado Rector del Puertodestinadas a Prevenir, Desalentar y Eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada yNo Reglamentada” (adoptado el 22 de noviembre de 2009 en el marco de laFAO) cuyo objetivo es prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, noregulada y no reglamentada (INDNR) mediante la aplicación de medidaseficaces del Estado Rector del Puerto, garantizando el uso sostenible y laconservación a largo plazo de los recursos marino vivos y los ecosistemasmarinos (Pendiente el Proyecto de Ley N° 5271/2015-PE para la aprobaciónde este Acuerdo).• “Acuerdo para Promover el Cumplimiento de las Medidas Internacionales

de Conservación y Ordenación de los buques pesqueros que pescan enalta Mar de la FAO” (Acuerdo de Cumplimiento), aprobado en 1993, queestablece, entre otros, que las Partes deben mantener un registro de losbuques pesqueros autorizados a enarbolar su pabellón y a ser utilizados enla pesca en altamar.

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• Normativa Nacional (Normas específicas para el Combate a la Pesca Ilegal)- Constitución Política del Perú (Artículos 66°, 67° y 68°): Los recursos naturales son patrimonio de la Nación y quecorresponde al Estado promover su uso sostenible y la conservación de la diversidad biológica.- Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales (Ley N° 26821) Artículo 6°: La soberanía delEstado para el aprovechamiento de los recursos naturales: Competencia para legislar y ejercer funciones ejecutivas yjurisdiccionales.- Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú - Dirección de Asuntos Marítimos (Artículo 75°del ROF) Es responsable de lasacciones de política exterior, en los ámbitos bilateral y multilateral, orientadas a resguardar los derechos e intereses del Perúen su dominio marítimo, a la utilización del espacio oceánico y al desarrollo sostenible de sus recursos, en coordinación con lossectores vinculados. Una de sus funciones es: Identificar, analizar, coordinar, proponer y ejecutar las acciones de políticaexterior orientadas a promover y resguardar los derechos e intereses del Perú en su dominio marítimo.

• Ley General de Pesca (Decreto Ley N° 25977)• Art. 2°.- Son patrimonio de la Nación los recursos hidrobiológicos contenidos en aguas jurisdiccionales del Perú y

corresponde al Estado Regular su manejo integral y la explotación racional, considerando que la actividad pesquera es deinterés nacional.

• Art. 9° y 12°.- Del Ordenamiento Pesquero. El Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científicasdisponibles y de factores socioeconómicos determinará según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamientopesquero, las cuotas de captura permisibles, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, losmétodos de pesca, las tallas mínimas de captura, así como las acciones necesarias de monitoreo, control y vigilancia.

• Art. 75°.- El Ministerio de la Producción coordina con el Ministerio de Relaciones Exteriores los acuerdos y conveniospesqueros a celebrarse con Estados, grupos de Estados, así como organismos y organizaciones internacionales.

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Art. 76.- De las prohibiciones (LGP)• Realizar actividades pesqueras sin la concesión, autorización, permiso o licencia

correspondiente, o contraviniendo las disposiciones que las regulan.• Extraer, procesar o comercializar recursos hidrobiológicos no autorizados, o hacerlo en zonas

diferentes a las señales en la concesión, autorización, permiso o licencia, o en áreasreservadas o prohibidas.

• Extraer, procesar o comercializar recursos hidrobiológicos declarados en veda o de talla opeso menores a los establecidos.

• Utilizar implementos, procedimientos o artes y aparejos de pesca no autorizados, así comollevar a bordo o emplear aparejos o sistemas de pesca diferentes a los permitidos.

• Extraer especies hidrobiológicas con métodos ilícitos, como el uso de explosivos, materialestóxicos, sustancias contaminantes y otros elementos cuya naturaleza ponga en peligro lavida humana o los propios recursos hidrobiológicos; así como llevar a bordo tales materiales.

• Contravenir o incumplir las normas de sanidad, higiene y seguridad industrial calidad ypreservación del medio ambiente en el procesamiento y comercialización de productospesqueros.

• Suministrar informaciones incorrectas o incompletas a las autoridades nacionales o negarlesacceso a los documentos relacionados con la actividad pesquera cuya presentación se exija.

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• Reglamento de la Ley General de Pesca (aprobado por DS N° 012-2001-PE ysus modificatorias)Facultades de Control y Vigilancia

• Art. 100°.- El Ministerio de la Producción por intermedio de la DirecciónGeneral de Supervisión y Fiscalización y Dirección General de Sanciones, asícomo las dependencias regionales de pesquería y otros organismos a los quese delegue la facultad, llevará a cabo el seguimiento, control y vigilancia delas actividades pesqueras, para cuyo efecto implementará los mecanismosnecesarios para el estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas por losusuarios.Del Sistema de Seguimiento Satelital

• Art. 109.- Establece el SISESAT administrado por PRODUCE, tiene por objetocontribuir en la adopción de medidas de ordenamiento pesquero y elaprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, así comocomplementar las acciones de seguimiento, control y vigilancia de lasactividades extractivas.

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• Resolución Ministerial N° 209-2011-PE. Establece las tallas mínimas de captura de lasprincipales especies de recursos hidrobiológicos, así como su porcentaje de toleranciamínima de captura.

• Decreto Supremo N° 011-2007-PRODUCE. Aprueba el Reglamento de OrdenamientoPequero del jurel y caballa, cuyo objetivo es promover la explotación racional de dichosrecursos, la protección del ecosistema marino y la preservación de la biodiversidad.

• Decreto Supremo N° 010-2010-PRODUCE. Aprueba el Reglamento de OrdenamientoPesquero de los recursos Anchoveta y Anchoveta Blanca, cuyo objetivo es la explotaciónracional, sostenible y sanitariamente segura del recurso anchoveta para el consumohumano directo.

• Decreto Supremo N° 008-2012-PRODUCE. Establece medidas para la conservación derecursos hidrobiológicos, cuyo objetivo es reforzar las acciones que viene desarrollando elMinisterio de la Producción para la conservación y sostenibilidad de los recursos.

• Decreto Supremo N° 008-2013-PRODUCE. Aprueba el Reglamento del “Programa deVigilancia y Control de las Actividades pesqueras y Acuícolas en el Ámbito Nacional”, creadopor Decreto Supremo N° 027-2002-PRODUCE, que tiene como objetivo establecer losprincipios, obligaciones y procedimientos de las actividades de supervisión de competenciadel Ministerio de la Producción respecto de las actividades pesqueras y acuícolas.

• Decreto Supremo N° 001-2014-PRODUCE. Aprueba el Reglamento del Sistema deSeguimiento Satelital para Embarcaciones Pesqueras (SISESAT) cuyo objetivo es establecerdisposiciones para la supervisión de las embarcaciones pesqueras a través del SISESAT.

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• VALOR PROBATORIOLas inspecciones se realizan con la finalidad de verificar el cumplimiento de lanormatividad pesquera vigente, así como el correcto ejercicio de los derechosadministrativos otorgados por el Ministerio de la Producción en materia pesquera.Estas son de carácter inopinado, aleatorio, reservado y programado, ejecutándosepreferentemente en horas punta o cuando se presuma la ocurrencia de la comisiónde una infracción tipificada en el ordenamiento pesquero.Del resultado de las inspecciones se puede generar, entre otras, la siguientedocumentación:

• Acta de inspección• Reporte de ocurrencias• Parte de Muestreo• Acta de Decomiso• Acta de Donación

Las acciones de supervisión son un paso previo al procedimiento administrativo sancionador el cuales conducido por la Dir. Gral. de Sanciones (PRODUCE)

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• Decreto Supremo N° 019-2011-PRODUCE, aprueba el TUO del Reglamento de Inspecciones ySanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC), establece que:

• “Art. 39°.- Valoración de los medios probatorios:El Reporte de Ocurrencias, así como la información del Sistema de Seguimiento Satelital constituyen unode los medios probatorios de la comisión de hechos por parte del presunto infractor. Pueden sercomplementados o reemplazados por otros medios probatorios que resulten idóneos y que permitandeterminar la verdad material de los hechos detectados”.El RISPAC contiene el Cuadro de Sanciones a las infracciones cometidas (anexo).• Decreto Supremo N° 027-2003-PRODUCE, crea el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y

Desembarque en el Ámbito Marítimo”, hoy denominado “Programa de Vigilancia y Control de lasActividades pesqueras y Acuícolas en el ámbito nacional”, establece que:

“Art. 15°: Los Reportes de Ocurrencias levantadas por el personal designado por las empresasseleccionadas para la ejecución del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en elÁmbito Marítimo, constituyen medios probatorios fehacientes de la comisión de la infracción por partedel presunto infractor”.• Decreto Supremo N° 001-2014-PRODUCE, establece los alcances generales en referencia a la

información que se genera del Sistema de Seguimiento Satelital, señalando lo siguiente:“El Ministerio de la Producción realiza las actividades de seguimiento, control y vigilancia de lasactividades pesqueras en el ámbito marítimo, a través del Sistema de Seguimiento Satelital paraembarcaciones pesqueras; las condiciones técnicas y legales para su funcionamiento y se ejecuta a travésde las empresas que se encuentren inscritas en el Listado de Proveedores Satelitales Aptos conforme a lascondiciones técnicas y legales señaladas en el presente Reglamento.

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• Recursos Susceptibles de los fallosContra las Resoluciones que emite la Dirección General de Sanciones (Primera instanciaadministrativa) solo procede el recurso de apelación, el mismo que es resuelto por elComité de Apelaciones de Sanciones del Ministerio de la Producción (Segunda Instancia);con la expedición de esta última instancia se agota la vía administrativa.(*) No obstante, los administrados podrían recurrir a la vía judicial a través de la interposición de

una demanda Contencioso Administrativa.• Ejecución de las sanciones (penas y medidas) que se impongan:

Ley General de Pesca (Decreto Ley N° 25977) establece:• “Artículo 78°: Las personas naturales y jurídicas que infrinjan las disposiciones

establecidas en la presente Ley, y en todas las disposiciones reglamentarias sobre lamateria, se harán acreedoras, según la gravedad de la falta, a una o más de las sancionessiguientes: Multa, Suspensión de la concesión, autorización, permiso o licencia, Decomisoy Cancelación definitiva de la concesión, autorización, permiso o licencia”.

• “Artículo 83.- Los responsables de la extracción y/o procesamiento de ejemplares entallas menores o en porcentajes mayores a los establecidos; de la extracción efectuada enépoca de veda o en zonas protegidas; y, de la sobrepesca, que pongan en peligro lasostenibilidad de los recursos, en particular, de aquellos sometidos a explotación intensa,serán sancionadas con suspensión de las concesiones, autorizaciones, permisos o licenciasrespectivas, por un período de ciento ochenta (180) días naturales, sin perjuicio de laaplicación de las demás sanciones a que hubiere lugar”.

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• Vacíos detectados en la legislación y el procedimientoEl Viceministerio de Pesca y Acuicultura, así como sus Direcciones de línea seencuentran implementando de forma permanente medidas que permitanestablecer mecanismos eficientes para un correcto desempeño de susfunciones permitiendo medir objetivamente la evolución de las actividadespesqueras y acuícolas en todo el territorio nacional, a fin de que se lleve acabo el seguimiento y control de las mismas. Es necesario adecuar al sectory el aparato administrativo a las nuevas demandas, avanzar hacia mayoresniveles de responsabilidad y el uso de nuevas tecnologías en favor de laadministración, entre otros.

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Casos de Éxito:• Innovaciones en el ámbito de la supervisión y fiscalización pesquera y acuícola, desarrollando

mecanismos que han sido reconocidos por distintos sectores tanto del sector público como privado.

• Ante la elevada demanda de supervisión, a consecuencia del incremento de la flota pesquera paraconsumo humano directo, así como el nuevo ordenamiento pesquero de la anchoveta y las medidasemitidas para garantizar la sostenibilidad de los recursos hidrobiológicos, se establecieron las siguientesmedidas:2012: Se implementó el Programa de Inspectores Desconcertados, con un total 80 inspectores.2013: Se implementó el Programa de Inspectores a bordo, con una fuerza operativa de 190 inspectores,lográndose hasta la fecha más de 11,000 inspecciones a bordo.

• Se implementó el Sistema de Registro para Inspectores (SIRPI) mediante el cual los inspectoresregistran los detalles relevantes de cada inspección y digitalizan toda la documentación generada.

• Se implementó el control a vehículo en carreteras, con el objetivo de cerrar el círculo de supervisión enla cadena productiva, realizándose más de 24,800 inspecciones en carreteras.

• Se han elaborado y remitido al Ministerio Público o a la Policía Nacional del Perú (PNP) 244 InformesTécnicos Fundamentados, a fin de acreditar la comisión y daño en delitos que involucran especiesprotegidas, recursos en veda y otros tipificados en contra del medio ambiente.

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• Del 2011 al 2016: 613,952 inspecciones, asimismo, se generaron 22,226Reportes de Ocurrencias, Decomiso de 277,172.21 TM de recursoshidrobiológicos.

La labor de supervisión efectuada para el CHI generó 193,004 inspecciones,145,357 actas de muestreo, 10,243 Reportes de Ocurrencias; asimismodurante las inspecciones para CHD, se efectuaron 420,948 inspecciones,141,457 actas de muestreo, 11,972 reportes de ocurrencias y 12,274 TM derecursos hidrobiológicos decomisados.• Se estableció un control permanente en los principales puntos de

desembarque (31 puntos autorizados para la descarga del recursoanchoveta para CHD, Puntos de descarga de merluza (embarcacionesindustriales) 100 % cubiertos y 31 puntos autorizados para la descarga debonito.

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• Operativos conjuntos con diversas entidades del Estado:• Con la DICAPI, Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), PNP y

Fiscalía Especializada en Material Ambiental (Piura) para la intervención deastilleros ilegales y la paralización de construcciones de embarcaciones.

• Participación en mega operativo en coordinación con el Ministerio Público encontra del crimen organizado y la pesca ilegal (Ica, Piura, Tumbes).

• Realización de operativos en contra de la pesca ilegal y uso de artes de pescano autorizados obteniéndose como resultado el decomiso de redes dearrastre.

• Destrucción de materiales de pesca ilegal para la extracción de recursos enoperativos conjuntos con el Ministerio Público, la PNP y el Gobierno Regional.

• Operativo PRODUCE, SUNAT, Organismo Nacional de Sanidad Pesquera(SANIPES) se incautó un total de 50,664 latas de conserva procesadasilegalmente.

• Asimismo de forma permanente se realizan labores de supervisión a fin dedar cumplimiento a los periodos de veda establecidos.

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• Modernización de herramientas de supervisión:• Supervisión remota a desembarcaderos (video vigilancia).• Uso de drones para el seguimiento de posibles actividades ilegales, lo cual facilitará la inspección en zonas de

difícil acceso (pampas de secado, playas y bahías alejadas, astilleros ilegales), así como en lugares donde hayariesgo para la integridad de los inspectores.

• Adquisición de nuevo software para el Centro de Control del Sistema de Seguimiento Satelital.• Renovación al 100% de los equipos satelitales, instalándose más de 1000 equipos satelitales nuevos en las

embarcaciones pesqueras de mayor y menor escala.• Desarrollo del Aplicativo SMS SISESAT que permite enviar la información de la última posición de las

embarcaciones pesqueras.• Desarrollo del aplicativo CERCAP que permite la validación automatizada de los certificados de captura a

través del cruce de información de embarcaciones pesqueras (PRODUCE), posicionamiento satelital (SISESAT),los reportes de las descargas, base de datos de la RENIEC y la base de datos de la DICAPI (disminuyendo eltiempo de atención de 5 días a menos de 1 hora).

• Implementación del aplicativo móvil SOS PESCA que permite registrar denuncias sobre el incumplimiento de lanormativa pesquera; el que puede ser descargado gratuitamente.

• Se implementó el procedimiento para las suspensiones preventivas de zonas con presencia del recursoanchoveta en tallas menores a las permitidas, las cuales son dispuestas por la Dirección General deSupervisión y Fiscalización. Desde el año 2014 se emitió 159 comunicados declarando la suspensión deactividades extractivas en 225 zonas de pesca, debido a la presencia de ejemplares en tallas menores a laspermitidas, 22 comunicados determinando el cierre de 26 zonas de pesca. El en 2015 se emitieron 85comunicados disponiendo la suspensión de 132 zonas de pesca. En lo que va del 2016 se emitieron 52comunicados por los que se determinó el cierre de 67 zonas de pesca.

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• Reconocimientos obtenidos por el Perú en materia de lucha contra la Pesca Ilegal:

• Realización de tres eventos de carácter internacional para laEvaluación de Experiencias de Seguimiento, Control y VigilanciaPesquera y Acuícola con delegaciones de Chile, Colombia, PanamáParaguay, Uruguay y Argentina.

• Se obtuvo el Tercer Puesto en el Segundo Concurso Mundial para laPesca INDR en el 2015, para el Seguimiento Control y Vigilancia de lasactividades pesqueras para facilitar la lucha contra la pesca INDNRcon el aplicativo SISESAT.

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• INICIATIVAS DEL PERU• En el marco de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las

Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP 20) se suscribieron los “Diezcompromisos por la pesca responsable y sostenible”, impulsado por PRODUCE con el finde promover el cuidado del mar y la preservación de los recursos marinos mediante elrespeto a las vedas, el freno a la pesca indiscriminada de especies en tallas menores a laspermitidas, el respeto a las zonas de pesca reservada, entre otros.

• Compromisos Los compromisos buscan promover que los actores involucrados en la actividad pesquera y a la ciudadanía en general a fin de apoyar en la vigilancia y control para una pesca responsable, facilitando la labor de los inspectores, además de no pescar, ni consumir especies protegidas, respetando las vedas temporales.

• De igual forma, a respetar la prohibición de la pesca en zonas reservadas, utilizar solo lasartes y aparejos permitidos para la extracción del recurso pesquero, y cumplir losrequisitos y condiciones establecidos en los permisos, licencias y autorizacionesadquiridas.

• Otro de los compromisos apunta a que las embarcaciones pesqueras mantenganpermanentemente activo el equipo satelital (SISESAT) instalado en cada una de ellas.

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