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Quipu, Revista Latinoamericana de Historia de las Ciencias y la Tecnología, vol. 15, núm. 1, enero-abril de 2013, pp. 65-84. Primeros reglamentos técnicos en la arquitectura escolar mexicana (1880-1920) * Estudiante de doctorado en Historia en la Facultad de Filosofía y Letras, Universidad Nacional Autónoma de México. ** Facultad de Filosofía y Letras, Universidad Nacional Autónoma de México. [ 65 ] Summary This article explores the process of formation of the first national architectu- re school in Mexico in 1916 as the result of the existing political conditions and scientific knowledge (medical, educational and construction) applied to the building of public schools, through the regulations for the construction of school buildings for primary education, which were designed on the ba- sis of the scientific-technical parameters established by the congresses of School Hygiene of 1882 and Public Instruction of 1889. A partir de la década de 1980 la producción historiográfica en Europa y los Estados Unidos permitía hablar del nacimiento de la historia de la arquitectura escolar como un campo de investigación con características propias en el marco de las historias nacionales, y en cuya evolución participaron autores dedicados a las historias de la construcción, urbana y la medicina. En América Latina la arquitectura escolar ha sido abordada desde diferentes perspectivas CARLOS ORTEGA IBARRA* JUAN JOSÉ SALDAÑA** http://www.revistaquipu.com

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Quipu, Revista Latinoamericana de Historia de las Ciencias y la Tecnología, vol. 15, núm. 1, enero-abril de 2013, pp. 65-84.

Primeros reglamentos técnicos en la arquitectura escolar mexicana

(1880-1920)

* Estudiante de doctorado en Historia en la Facultad de Filosofía y Letras, Universidad Nacional Autónoma de México.

** Facultad de Filosofía y Letras, Universidad Nacional Autónoma de México.

[ 65 ]

Summary

This article explores the process of formation of the first national architectu-re school in Mexico in 1916 as the result of the existing political conditions and scientific knowledge (medical, educational and construction) applied to the building of public schools, through the regulations for the construction of school buildings for primary education, which were designed on the ba-sis of the scientific-technical parameters established by the congresses of School Hygiene of 1882 and Public Instruction of 1889.

A partir de la década de 1980 la producción historiográfica en Europa y los Estados Unidos permitía hablar del nacimiento de la historia de la

arquitectura escolar como un campo de investigación con características propias en el marco de las historias nacionales, y en cuya evolución participaron autores dedicados a las historias de la construcción, urbana y la medicina. En América Latina la arquitectura escolar ha sido abordada desde diferentes perspectivas

CARLOS ORTEGA IBARRA*JUAN JOSÉ SALDAÑA**

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historiográficas en contextos locales1 y en México contamos con menos de media docena de trabajos sobre el tema.2 La mayoría de ellos han sido elaborados desde alguna vertiente historiográfica de la educación o de la arquitectura, y en general se destaca a la arquitectura escolar como el resultado de la adopción de los Estados nacionales de medidas sanitarias, pedagógicas y arquitectónicas para la edificación de locales ad hoc para la educación pública.

Este artículo pretende contribuir al desarrollo de dicho campo de investi-gación tanto en México como en América Latina desde la óptica de una historiografía política de la tecnología que considera a ésta como la ciencia de la producción o del trabajo productivo en cuyo desarrollo intervienen factores político-epistémicos. El estudio de los vínculos del conocimiento con la política es el eje de la propuesta metodológica de la historia política de la tecnología.3 Uno de los efectos de la relación ciencia-política en el caso de las obras públicas consiste en que el poder público hace posible la implantación de una tecnología de la construcción y ésta, junto con el empleo de otras tecnologías como las relativas a la gestión y a los materiales, contribuye a hacer viable a un Estado moderno. Desde esta perspectiva, la arquitectura escolar puede ser contemplada como una tecnología de la construcción que depende para su viabilidad, entre otros medios, de un contexto institucional y administrativo adecuado.4 Ello nos permite sugerir que la conformación de una arquitectura escolar en México en las primeras décadas del siglo XX fue el resultado de un proceso de sistematización del conocimiento científico-técnico relativo a la

1. Para los casos norteamericano y europeo, véase Anne-Marie Châtelet, “Essai d’histo-riographie I. L’architecture des écoles aux XXe siècle”, Histoire de l’education, núm. 102, 2004, pp. 7-37. Algunos de los trabajos desarrollados en América Latina son: Rafael Maldonado Tapias, Historia de la arquitectura escolar en Colombia, Bogotá, Universidad Nacional de Colombia, 1999, 183 pp.; Lucía Espinoza, Polis científica. Arquitectura escolar y Estado moderno. Santa Fe 1900-1943, Bogotá, Universidad Nacional del Litoral, 2005, 117 pp.; y Marcus Levy Albino Bencostta (org.), História da educacção, arquitetura e espaço escolar, Sao Paulo, Cortez, 2005, 289 pp. Las investigaciones desarrolladas por Marcos Bencostta dieron lugar a la formación en los últimos años del Núcleo de Estudos e Pesquisas em História da Arquitetura Escolar (NEPHArqE) en la Universidad Federal de Paraná, Brasil.

2. Por ejemplo los trabajos de Lucía Santa Ana Lozada, “Arquitectura escolar en México”, Bitácora arquitectura, núm. 17, 2007, pp. 70-75; de Axel Arañó (ed.), Arquitectura escolar. SEP 90 años, México, SEP, CONACULTA, 2011, 395 pp.; y de Carlos Ortega, “Ciencia y revolución en la arquitectura escolar. Ciudad de México 1910-1920”, Ciencia y desarrollo, vol. 38, núm. 259, 2012, pp. 38-42.

3. Dicha propuesta es desarrollada en el Seminario de Historia de la Ciencia y la Tecnología dirigido por el Dr. Juan José Saldaña en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional Autónoma de México

4. Para Priscilla Conolly la producción de las obras públicas depende de dos factores principalmente: la disponibilidad de tecnología y la existencia de medios institucionales y administrativos propicios. Priscilla Connolly, “Introducción. Obras públicas”, Sandra Kuntz y Priscilla Connolly (compiladoras), Ferrocarriles y obras públicas, México, Instituto Mora, COLMICH, COLMEX, Instituto de Investigaciones Históricas-UNAM, 1999, pp. 150-151.

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construcción de los edificios escolares ad hoc y de las condiciones políticas que la hicieron viable, mediante la elaboración de una serie de dispositivos legales y reglamentos técnicos que tuvieron como principal referencia las prescripciones aprobadas por una comunidad de profesionales con una formación científico-técnica reunida en el Congreso de Higiene Escolar de 1882 y en el Congreso Nacional de Instrucción Pública de 1889, considerados como los congresos constituyentes de la educación nacional de la época.

En este trabajo emprenderemos el análisis de tres momentos que nos permitirán ejemplificar el proceso de conformación de una arquitectura escolar nacional. En primer lugar nos referiremos a los acuerdos adoptados por los congresos nacionales de higiene escolar e instrucción pública para determinar por primera vez los parámetros científico-técnicos de un edificio escolar modelo. Teniendo como referencia lo anterior nos remitiremos, en segundo lugar, a las primeras disposiciones legales específicas que determinaron las características de un edificio escolar modelo durante la primera década del siglo XX y, finalmente, a la publicación en 1916 del primer manual técnico para la construcción de edificios escolares ad hoc conformado por un nuevo reglamento que proscribió la adaptación de inmuebles para la educación pública y una “cartilla gráfica” con los edificios escolares construidos en los primeros años del siglo XX, los cuales servirían como prototipos de una arquitectura escolar nacional.

El edificio escolar modelo en los congresos de higiene escolar e instrucción pública

A partir de la octava década del siglo XIX los gobiernos de los generales Porfirio Díaz (1877-1880 y 1884-1911) y Manuel González (1880-1883)

impulsaron una política para implantar en México una infraestructura moderna especialmente en el rubro de las comunicaciones y las obras públicas para favorecer el desarrollo de una economía nacional, y para lo cual el Estado porfiriano, constituido en torno al poder ejecutivo federal, recurrió a la figura del contratismo.5 Las obras públicas fueron definidas por un protagonista de la época como “obras de verdadera utilidad” e “indispensables para el progreso de las poblaciones”, y entre ellas mencionó al ferrocarril, los puertos, el correo, el telégrafo, el teléfono, el saneamiento de las ciudades y la construcción de escuelas.6 Con dicho talante modernizador ambos gobiernos respaldaron la realización del Congreso de Higiene Escolar en 1882 y del Congreso Nacional

5. Según Connolly el contratismo es un tipo de modelo institucional para la provisión de obras públicas, el cual consiste en que “el gobierno contrata la construcción de la obra a particulares, pero se encarga del suministro o comercialización del servicio.” Priscilla Connolly, “Introducción. Obras públicas”…, pp. 147-148.

6. Pablo Macedo, “Comunicaciones y obras públicas”, Justo Sierra [dir.], México: su evolución social, Tomo II, México, J. Ballescá y C., 1901, p. 544.

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de Instrucción Pública en 1889 mediante las secretarías de Estado encargadas de proporcionar los servicios sanitarios y educativos a nivel nacional: el Consejo Superior de Salubridad, que dependía de la Secretaría de Gobernación, y la Secretaría de Justicia e Instrucción Pública. Las dos reuniones científicas realizadas en la ciudad de México fueron un medio para que los especialistas, mayoritariamente médicos y profesores de instrucción primaria, acordaran las medidas que permitirían solucionar los problemas de la educación nacional, entre los que se encontraba el de una infraestructura escolar improvisada puesto que las escuelas se hallaban prácticamente en su totalidad en locales de origen colonial, como eran los antiguos conventos, colegios y hospitales, y en casas arrendadas a particulares bajo condiciones insalubres.

En una circular dirigida a los gobernadores de los estados, el médico Ildefonso Velasco, presidente del Consejo Superior de Salubridad, juzgó como conveniente la convocatoria en un congreso “de las personas que por sus conocimientos y experiencia especiales” pudieran contribuir al estudio y solución de las cuestiones referentes a la higiene escolar.7 Esta fue definida por algunos médicos mexicanos como el arte (la técnica) o el conjunto de preceptos aplicados a conservar la salud de la población escolar.8 En este sentido Anne Staples considera que el congreso fue el origen de la higiene escolar como un campo disciplinario en México,9 mientras que Ana María Carrillo sostiene que el congreso marcó el punto de partida para la intervención de los médicos en el ámbito escolar con el respaldo del Estado.10

Los temas que se abordarían en el Congreso de Higiene Escolar versaban sobre las condiciones higiénicas de una casa destinada para establecimiento de instrucción primaria, el modelo del mobiliario escolar, las condiciones de los libros y demás útiles para la instrucción, el método de enseñanza, la distribución diaria de los trabajos escolares, las precauciones que debían tomarse en los establecimientos de instrucción primaria para evitar entre los niños la transmisión de las enfermedades contagiosas y los requisitos que debía satisfacer una cartilla de higiene para uso de las escuelas de instrucción primaria, habiendo sido nombradas siete comisiones encargadas de redactar una propuesta de dictamen para cada uno de los temas que posteriormente se discutirían en las sesiones

7. “Invitación”, Archivo Histórico de la Secretaría de Salud, Fondo Salubridad Pública, Sección Congresos y convenciones (en adelante AHSS), 1882, caja 1, expediente 2, foja 4.

8. Véase Elementos de higiene pedagógica por el Dr. José M. de la Fuente [México, Imprenta del Gobierno Federal, 1905, p. 3] e Higiene escolar por el Dr. José de Jesús González [México, s. p. i., 1910, p. XXIII].

9. Anne Staples, “Primeros pasos de la higiene escolar decimonónica”, Claudia Agostoni (coordinadora), Curar, sanar y educar. Enfermedad y sociedad en México, siglos XIX y XX, UNAM, BUAP, 2008, pp. 17-42.

10. Ana María Carrillo, “El inicio de la higiene escolar en México: Congreso Higiénico Pedagógico de 1882”, Revista Mexicana de Pediatría, vol. 66, núm. 2, 1999, p. 71.

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de la asamblea. El estudio del primer punto fue encomendado a una comisión conformada por los médicos Domingo Orvañanos, Antonio Romero y Adrián Segura, y los profesores Manuel Cervantes, Adrián Fournier y José Zarco.11

La comisión presentó una propuesta de dictamen que fue rechazada por la asamblea en la sesión del día 18 de febrero argumentando que los comisionados habían presentado un tipo de escuela modelo que se apartaba de lo que requerían las escuelas primarias en México. En estos términos se expresaron los médicos Nicolás Ramírez de Arellano, Emilio Baz y José Ramírez al indicar que “el tipo universal” de escuela presentado por la comisión se alejaba “sobre manera de lo que pudiera realizarse en la práctica” en la ciudad de México.12 Domingo Orvañanos reconoció que el dictamen tenía algunos huecos que debían ser llenados, pero al mismo tiempo argumentó que el objetivo de la comisión fue establecer las condiciones higiénicas de las escuelas y no cómo se “adaptarán las escuelas actuales a la escuela modelo” como lo demandaban sus detractores. Finalmente Ildefonso Velasco solicitó a la comisión que retirara su dictamen con el objetivo de presentar uno nuevo reformado de acuerdo con las observaciones hechas por sus críticos.13

La asamblea obligó a la comisión a retirar su dictamen. En las sesiones de los días siguientes se discutieron, en lo particular, las conclusiones del dictamen relativas a la forma de las salas de clase, los comunes y el tipo de iluminación que se adoptaría en las escuelas. El congreso aprobó que las salas de clase tuvieran la forma de un paralelogramo con una superficie de 1.50m2 y una altura de 4.50 a 5m para cada alumno, que los comunes se construyeran de forma separada entre sí por medio de tabiques y la entrada se cubriera con una puerta que dejase “ver al niño parte del busto y de las rodillas para abajo”, y que la iluminación de las salas de clase fuera natural (unilateral izquierda o en algunos casos bilateral diferencial) o artificial (utilizando bujías esteáricas, aceites grasos purificados o gas de hidrógeno carbonado).14

La discusión del dictamen concluyó el 1 de abril con la aprobación de las prescripciones que se aplicarían a las escuelas en general. La asamblea acordó que las escuelas no se situarían en casas de vecindad; que se evitaría utilizar las casas con caños abiertos, mingitorios en el zaguán y depósitos de basura o inmundicias; que se preferirían las casas orientadas hacia el Sur o al Este; que se construirían inodoros con las prescripciones aprobadas por el congreso

11. “Cuestionario para el Congreso Higiénico Pedagógico citado por el Consejo Superior de Salubridad”, AHSS, expediente 2, foja 1.

12. “Actas de las sesiones del Congreso Higiénico Pedagógico, 1882”, AHSS, expediente 5, fojas 1-5.

13. “Actas de las sesiones del Congreso…”, AHSS, expediente 5, fojas 1-5. 14. “Congreso Higiénico Pedagógico. Sesión del día 4 de marzo de 1882”, “Congreso

Higiénico Pedagógico. Sesión del día 11 de marzo de 1882” y “Congreso higiénico Pedagógico. Sesión del 18 de marzo de 1882”, AHSS, expediente 5, fojas 7-8, 10-14, 1-6.

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(mencionadas en el párrafo anterior); que se construirían escaleras (en caso de haberlas) en ángulo recto con un descanso a cada diez escalones; y que las salas de clase tendrían una superficie no menor a 1m2 por cada alumno, contarían con ventilas (una para cada dos alumnos) y una llave de agua potable o un depósito fuera de los salones.15 Así, luego de varias semanas de discusiones quedaron definidos los lineamientos generales que deberían seguirse para confeccionar una política nacional para el establecimiento de escuelas higiénicas.

Los otros temas del congreso fueron resueltos en los meses siguientes en unas sesiones que un periódico de la época calificó como animadas y tormentosas.16 El congreso terminó sus actividades en enero de 1883. Entonces el profesor Manuel Cervantes Imaz, quien fuera integrante de la primera comisión, se preguntó por el destino que tendrían sus resoluciones:

…¿quedará este trabajo solo escrito como una preciosa teoría, ó se buscará la aplicación práctica de los buenos preceptos allí sancionados? ¿Se mejorarán las condiciones de las escuelas, ó seguirán siendo muchas de ellas el horrible espectáculo del abandono y del atraso?¿Los particulares, las sociedades, y los ayuntamientos, estarían dispuestos a obedecer y acatar las decisiones que el congreso ha tomado en beneficio de la niñez, ó seguiremos mirando á pesar de todo, esas escuelas miserables, súcias [sic] fuera de toda conveniencia pedagógica y de los más vulgares preceptos de la higiene? ¿Quién influirá en esas corporaciones, quién llevará a los municipios las buenas ideas, los principios que han de mejorar de algún modo esos planteles de educación, siquiera en lo más importante? Cuando apenas se deciden esos ayuntamientos a aumentar en una pequeñez el presupuesto de las escuelas en una cantidad insignificante, después de las severas y precisas indicaciones del gobernador y de los asíduos [sic] esfuerzos de los regidores del ramo, ¿estarán dispuestos a oír y atender los consejos del Congreso Pedagógico?17

Cervantes Imaz se preguntaba cómo hacer viables cada uno de los puntos aprobados por el congreso para transformar las condiciones insalubres de la mayoría de los establecimientos escolares en México. Sin embargo el logro más significativo del congreso fue que los médicos y los profesores de instrucción primaria acordaron por primera vez una serie de parámetros científico-técnicos sobre las condiciones que deberían de satisfacer los inmuebles escolares del país. Las prescripciones aprobadas por el congreso se convirtieron en una refe-rencia para reuniones científicas posteriores dedicadas a temas educativos y para la elaboración de reglamentos para la construcción de escuelas ad hoc al iniciar el siglo XX.

15. “Congreso Higiénico Pedagógico. Sesión del 1 de abril de 1882”, AHSS, expediente 5, fojas 1-5

16. “El Congreso Higiénico Pedagógico”, El Diario del hogar, 19 de julio de 1882, p. 2.17. “Crónicas del Congreso Higiénico Pedagógico por M. Cervantes Imaz”, La educación

moderna, publicación semanaria, 1883, s/p.

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Al concluir el año de 1889 los intelectuales mexicanos se reunieron nue-vamente en la ciudad de México en el Primer Congreso Nacional de Instrucción convocado por la Secretaría de Justicia e Instrucción Pública para que de ahí emanara un proyecto nacional de educación pública. En principio las resoluciones del congreso no tendrían “más carácter inmediato que el de acuerdos convencionales”. Según el ministro del ramo Joaquín Baranda la “forma legal” para “su validez y observancia” vendría después, cuando la organización política del país lo permitiera.18 Los trabajos del “congreso constituyente de la enseñanza nacional”, como también se le conoció a la reunión, iniciaron con un programa amplísimo que incluía la organización de la enseñanza elemental obligatoria, las escuelas rurales, la escuela de párvulos, la escuela de adultos, las escuelas de instrucción primaria superior, las escuelas normales, la instrucción preparatoria y los locales para escuelas.19 Para la discusión de cada tema la presidencia del congreso nombró a las comisiones que se encargarían de redactar los dictámenes correspondientes. La comisión responsable de dictaminar “qué condiciones deben reunir los locales para escuelas, a fin de que la extensión, distribución, luz, ventilación y demás requisitos que les atañen sean los más conformes con los preceptos de la higiene escolar” estuvo conformada por el arquitecto Manuel Francisco Álvarez, el médico Manuel Gómez Portugal, el licenciado Miguel Serrano y el profesor Manuel Cervantes Imaz, quien participó en el Congreso de Higiene Escolar como miembro de la comisión que dictaminó las condiciones higiénicas de una casa destinada a la instrucción primaria.

La comisión presentó su dictamen sobre locales escolares en marzo de 1890. Como punto de partida reconoció que “la diversidad de lugares distintos por sus condiciones topográficas y meteorológicas” obligaba a la comisión a “formular preceptos más generales” que los aprobados por el Congreso de Higiene Escolar sobre las condiciones higiénicas de un casa utilizada como escuela.20 Con el objetivo de hacer viables sus iniciativas la comisión presentó nueve prescripciones de carácter general y treinta tres proposiciones específicas o sugerencias sobre el lugar, el terreno, la superficie, la orientación, la iluminación y la ventilación de una escuela, y las cuales en conjunto conformaban un modelo de edificio escolar ad hoc que podría adaptarse convenientemente a diferentes localidades del país.21

18. Discurso Inaugural del Congreso de Instrucción pronunciado por el Ministro del ramo, Lic. Joaquín Baranda, el día 1º de Diciembre de 1889, México, Imprenta Francisco Díaz de León, 1889, p. 18.

19. “Cuestionario para el Congreso de Instrucción que deberá reunirse en esta capital el 1º de diciembre de 1889”, La Escuela Moderna, vol. 1, núm. 4, 1889, p. 1.

20. “Dictamen sobre locales para escuelas”, La Escuela Moderna, vol. I, núm. 12, marzo de 1890, pp. 184-185.

21. “Congreso Nacional de Instrucción”, La Escuela Moderna, vol. I, núm. 13, abril de 1890, p. 1.

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Entre las prescripciones se prohibió que las escuelas se situaran en casas de vecindad y en un solo salón, como sucedía con el sistema de enseñanza mutua de la Compañía Lancasteriana establecida en la ciudad de México desde 1822 para la enseñanza de las primeras letras, y se aprobó que los locales observarían las condiciones relativas a la ventilación, iluminación y capacidad de los salones, y que además contarían con un patio para los juegos y ejercicios gimnásticos de los alumnos, habitaciones para el profesor (independientes a los salones de clases), inodoros, mingitorios y cañerías para la provisión de agua en condiciones salubres.

En cuanto a las proposiciones se refiere el congreso sugirió que el edificio escolar debía ser construido de acuerdo con el tipo de instrucción que en él se impartiría, lejos de cementerios, basureros y depósitos de aguas infecciosas, y en un terreno seco con una superficie de 10m2 por alumno. Los salones tendrían una superficie de 1.50m2 y una altura de 4.50 o 5m por alumno, para albergar a un número máximo de 50 o 40 niños por salón. La ventilación de los salones (a la sazón de 20m3 de aire por alumno y por hora) se obtendría por medio de ventanas en los muros laterales, mientras que la iluminación natural podía ser bilateral diferencial o unilateral izquierda. En el caso de emplear luz artificial se recomendaban los aceites grasos o la luz Edison.

Otras proposiciones se refirieron a la orientación del inmueble, a la separación de los locales de acuerdo con el sexo de los alumnos, a las características de las salas para los trabajos manuales y al uso de aparatos de calefacción. Cabe anotar que a diferencia del Congreso de Higiene Escolar que prescribió la orientación de los edificios hacia el Sur o el Este (prohibiendo la orientación al Norte) el Congreso Nacional de Instrucción sugirió que la orientación de las escuelas no debería exponerlas a los “vientos impetuosos” ni a la “permanencia del sol por mucho tiempo dentro de las habitaciones”. De hecho se buscaría que la exposición al sol fuera conforme a los efectos de la estación del año.

El dictamen fue aprobado por mayoría de votos en la sesión del 18 de marzo sin haberse presentado oposición al mismo.22 Finalmente el Congreso fue clausurado trece días después sin que todos los temas del programa hubiesen sido discutidos, por lo cual la Secretaría de Justicia e Instrucción Pública convocó en 1891 al Segundo Congreso Nacional de Instrucción. Sin embargo en lo concerniente a los locales escolares el objetivo del primer congreso se cumplió pues los participantes convinieron las características de un edificio escolar modelo que pudiera ser adaptado a distintas circunstancias en cualquier parte del país. Los acuerdos a los que llegaron los participantes de los congresos de higiene escolar e instrucción pública establecieron por primera vez una serie de parámetros científico-técnicos para la construcción de escuelas ad hoc. Desde la perspectiva de los congresistas los modelos aprobados en ambas reuniones

22. “Congreso Nacional de Instrucción”…, p. 197.

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servirían como una referencia teórica o un ideal que permitiría orientar a la administración pública para modernizar la infraestructura escolar nacional.

Los primeros reglamentos para la construcción de edificios de educación primaria en el Distrito Federal.

Durante la década de 1890 la administración de Porfirio Díaz confeccionó un conjunto de reglamentos sanitarios y de la instrucción pública para dar

una forma legal mínima a los acuerdos adoptados por los congresos de 1882 y 1889, pero en ellos los edificios escolares carecieron de una identidad propia. El Reglamento interior de las escuelas oficiales de enseñanza primaria elemental de 1890 únicamente estipuló el número máximo de alumnos que ocuparía un salón escolar (50 niños) y señaló que el local debía conservarse aseado, bien ventilado y “con todas las condiciones exigidas por la higiene.”23 Estas disposiciones se mantuvieron en el Reglamento expedido en diciembre de 1896, añadiendo que el edificio debía conservarse “con todas las demás condiciones que la Pedagogía, la Higiene y el decoro exigen en un establecimiento de es-ta naturaleza”, sin especificar cuáles eran éstas.24 Por su parte los códigos sanitarios de los Estados Unidos Mexicanos de 1891 y 1893 dedicaron el primer capítulo de la administración sanitaria local a las “Habitaciones y escuelas”, comprendiendo bajo el mismo título a los hoteles, mesones, casas de huéspedes, casas de vecindad, dormitorios públicos y escuelas. Las escuelas carecieron de un estatuto autónomo como si lo tuvieron los hospitales y los teatros, a los que se les dedicó un capítulo del código a cada uno.25

El primer dispositivo legal que reconoció las condiciones particulares de un edificio escolar, sin llegar a constituir una arquitectura escolar nacional, fue decretado en 1905 en el contexto de una reforma administrativa que dio lugar al establecimiento de la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes bajo la dirección de Justo Sierra. La nueva institución configuró un marco legal y administrativo para el establecimiento de escuelas públicas en locales salubres a través de una Junta Directiva de Obras de Edificios de Instrucción Primaria del Distrito Federal. En términos generales las atribuciones de la Junta consistieron en recibir las propuestas de los propietarios de terrenos, practicar el avalúo de las propiedades, determinar la adquisición del inmueble, proponer la construcción o adaptación de edificios escolares, aprobar proyectos y presupuestos para construir escuelas, nombrar al personal encargado de la ejecución de las obras, contratar a

23. Citado por Ernesto Meneses Morales, Tendencias educativas oficiales en México: 1821-1911, México, Universidad Iberoamericana, 1998, p. 499.

24. “Reglamento Interior para las Escuelas Nacionales de Enseñanza Primaria”, Revista de la Instrucción Pública Mexicana, tomo II, núm. 1, 1897, pp. 3-11.

25. Secretaría de Gobernación, Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos, México, Imprenta de La Patria, 1891, pp. 20-26.

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los constructores, vigilar el cumplimiento de los contratos y la ejecución de las obras, y recibir las obras concluidas y entregarlas a la Secretaría.26 Sin embargo su jurisdicción se restringió a la de un cuerpo consultivo del poder ejecutivo federal puesto que, en el marco de un sistema político articulado por la figura del presidente de la República, Porfirio Díaz reservó para sí la facultad de dictar la última palabra en materia de edificios escolares.

En mayo de 1906 la Secretaría hizo del conocimiento de la Junta un reglamento general para los locales que adquiriera para construir o adaptar edificios escolares en el Distrito Federal, y a los que clasificó según el tipo de enseñanza a que serían destinados (Véase cuadro I).27

Cuadro I

Clasificación de los edificios escolares según los reglamentos de 1906-1907

Edificio Tipo de escuela SuperficieNúmero

máximo de alumnos

Número de salas para

clases

1ª clase Primaria elemental y superior 2400 a 3000m2 500 alumnos 9 salas

2ª clase Primaria superior 1000 a 2000m2 250 alumnos 5 salas

3ª clasePrimaria elemental de la ciudad de México y cabeceras municipales

1400 a 2000m2 300 alumnos 6 salas

4ª clase Primaria elemental de las poblaciones rurales 500 a 1000m2 No se

especifica 2 a 3 salas

Fuente: “Condiciones que deberán tener los locales…” Boletín de Instrucción Pública, 1906-1907.

26. “Ley reglamentaria para la constitución y funciones de la Junta Directiva de Obras de Edificios de Instrucción Primaria del Distrito Federal”, Boletín de Instrucción Pública, tomo V, núm. 30, 1905, pp. 245-250.

27. “Condiciones que deberán tener los locales que se adquieran para la construcción o adaptación de Edificios Escolares en el Distrito Federal”, Boletín de Instrucción…, tomo VI, núm. 1, 1906-1907, pp. 40-42.

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Este primer reglamento dictó las condiciones generales para situar una escuela. El local ocuparía un lote rectangular ubicado en el centro del pueblo o de la zona escolar, en un lugar elevado y en un terreno permeable, a cien metros de distancia de lugares insalubres, peligrosos o ruidosos, en plazas o calles con obras de saneamiento y sin mucho tráfico vehicular, y con vistas hacia el Sur preferentemente (o hacia el Oriente y el Norte pero jamás hacia el Poniente).

En los meses posteriores (junio de 1906 a abril de 1907) la Secretaría estableció las condiciones para cada tipo de edificio escolar, siendo similares para los edificios de primera, segunda y tercera clases.28 En el caso de estos últimos, destinados a la instrucción primaria elemental de la ciudad de México y cabeceras municipales, el reglamento dispuso que para su construcción se utilizarían el tabique, la piedra y el cemento armado, un nuevo material que en aquellos años fue considerado como duradero e higiénico, y se prescindiría “de toda ornamentación de lujo” sin descuidar “la belleza arquitectónica”.29 Las escuelas comprenderían seis salas para clase (cinco construidas y una indicada en los planos), una sala taller para trabajos manuales, retretes, mingitorios y lavabos, baño de regadera, vestíbulo, vestidor, privado de profesores, habitación del conserje, dirección y dos patios (uno cubierto y otro descubierto). Las salas para clases tendrían una forma rectangular de 6 por 9 metros y una altura de 5 metros para albergar a cuarenta y ocho alumnos como máximo. La iluminación sería unilateral izquierda, sin dejar rincones oscuros, o bilateral diferencial con predominio del lado izquierdo de los alumnos, proscribiéndose el alumbrado cenital. La ventilación se obtendría mediante la colocación de dos puertas con hojas de madera en el lado opuesto (derecha) y ventanas de guillotina o de un sistema que permitiera abrir una parte de ellas. Los techos serían de vigueta de fierro, bóveda de ladrillo o cemento armado, sin cielos rasos, cornisas ni molduras, mientras que las paredes se pintarían con cal o colores de medio tono (sin papel tapiz). El piso sería de listones angostos de madera pintados al óleo, pero el de los pasillos y el resto de los departamentos sería de cemento o mosaico.

Las escuelas para niños contarían con dos retretes y un mingitorio por cada sala de clases, en tanto que las de niñas tendrían tres retretes. El servicio de agua potable y para el aseo sería proporcionado mediante tuberías de fierro, y

28. “Condiciones que para los edificios rurales, señala la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes”, Boletín de Instrucción…, tomo VI, núm. 3, 1906-1907, pp. 312-314; “Condiciones que deberán tener los Edificios Escolares de Primera Clase, para alojar Escuelas de Instrucción Primaria Elemental y Superior”, Boletín de Instrucción…, tomo VII, núm. 1, 1907, pp. 221-224; “Condiciones que deberán tener los edificios escolares de segunda clase, para alojar escuelas de Instrucción Primaria Superior”, Boletín de Instrucción…, tomo VII, núm. 1, 1907, pp. 225-228.

29. “Condiciones que deberán tener los Edificios Escolares de tercera clase, para alojar Escuelas de Instrucción Primaria Elemental”, Boletín de Instrucción…, tomo VII, núm. 1, 1907, pp. 228-231.

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las condiciones higiénicas de los inodoros serían las prescritas por el Consejo Superior de Salubridad.30 Mediante estos reglamentos la Secretaría de Instrucción Pública por primera vez dio una forma legal precisa a las prescripciones de los congresos de higiene escolar e instrucción pública relativas a la construcción de edificios escolares ad hoc. Los reglamentos dieron, igualmente, una identidad propia a los edificios escolares. Sin embargo en abril de 1910 la Secretaría del ramo aprobó un conjunto de acuerdos que suprimieron a la Junta Directiva de Edificios de Instrucción Primaria del Distrito Federal y que facultaron al cuerpo de inspectores médico, pedagógico y arquitecto para estudiar los proyectos de adquisición, construcción, reparación o modificación de inmuebles para el servicio escolar de acuerdo con los reglamentos expedidos de 1906 a 1907, entretanto se expidieran otros nuevos. Pero los dictámenes de los inspectores no tendrían un carácter resolutivo pues éste correspondió al presidente de la República Porfirio Díaz.31

Al concluir la primera década del siglo XX el número de edificios escolares del gobierno federal construidos ex profeso bajo los principios de la higiene pedagógica no superó la docena en la ciudad de México (Véase cuadro II). Algunos de ellos, como los ocupados por las escuelas Florencio del Castillo e Ignacio Altamirano, fueron diseñados por el influyente arquitecto Nicolás Mariscal en 1901 (Véase imágenes 1 y 2).32 La construcción de otras escuelas, como los planteles La Corregidora de Querétaro, León Guzmán, Padre Mier y 330, fue encomendada por la Secretaría mediante “contrata” a la Compañía Bancaria de Obras y Bienes Raíces33 cuya mesa directiva, conformada en 1906, estuvo compuesta por empresarios cercanos al poder ejecutivo federal como eran Fernando Pimentel, Leandro Payró, Luis Barroso, Ramón Alcázar, Pablo Macedo, Jacinto Pimentel, Hugo Scherer Jr., Francisco Rincón Gallardo y Luis Fornel.34

30. El Código Sanitario de 1903 reglamentó la instalación de inodoros, comunes, retretes y mingitorios (artículos 73 al 89) así como el servicio de agua potable (artículos 90 al 93) de las habitaciones en general. Secretaría de Estado y del Despacho de Gobernación, Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos, México, Imprenta de Eduardo Dublán, 1903.

31. “Acuerdo por el que se dictan varias reglas para el estudio de los proyectos de adquisición de inmuebles o de construcción, reparaciones o modificaciones para el servicio escolar”, Boletín de Instrucción…, tomo XVI, núm. 1-2, 1911, pp. 25-26.

32. “Concurso para edificios escolares”, El Arte y la Ciencia, vol. VII, núm. 8, febrero de 1906, pp. 197-201; vol. VII, núm. 9, marzo de 1906, pp. 230-235; vol. VII, núm. 10, abril de 1910, pp. 264-270.

33. “Informe relativo a las labores de la Junta Directiva de Edificios de Instrucción Primaria del Distrito Federal, del 30 de noviembre de 1905 al 30 de junio de 1908”, Boletín de Instrucción…, tomo X, núm. 3-4, 1908, pp. 460-469.

34. Véase Eunice Ruiz Zamudio, Burguesía empresarial, 1880-1915: un empresario mexi-cano el caso de Luis Barroso Arias y socios, Tesis de licenciatura en Historia, Asesora: Luz María Uhthoff López, UAM-I, 2006, pp. 141-143.

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Cuadro II

Edificios escolares construidos ex profeso, 1910

Escuela Situación Costo

Escuela Industrial La Corregidora de Querétaro

Esquina de Villamil y Santa María La Redonda $ 376, 987.52

Escuela Industrial José María Chávez Esquina de Aztecas y El Carmen $ 144,750.00

Escuela Primaria Superior León Guzmán Avenida de La Paz $ 100,548.95

Escuela Primaria Superior Horacio Mann Av. Chapultepec y Limantour $ 116,805.27

Escuela Primaria Superior Florencio M. del Castillo Esquina de Industria y Gómez Farías $ 128,130.97

Escuela Primaria Superior Ignacio M. Altamirano Esquina de Mina y Héroes $ 232,436.11

Escuela Primaria Superior El Pensador Mexicano 4ª del Ciprés $ 128,100.00

Escuela Primaria Superior Padre Mier

Esquina de Artes y Manuel M. Contreras $ 252,264.64

Escuela Primaria Elemental 330 7ª calle del Cedro $ 87,173.32

Escuela Primaria Elemental 270 Calzada de Guadalupe $ 23,670.09

Escuela Primaria Elemental 37 Calzada de Santa Crucita $ 18,268.20

Fuente: “Edificios de propiedad Federal ocupados por Escuelas Primarias en el Distrito Federal,” Boletín de Instrucción Pública, 1911

Para el médico Manuel Uribe y Troncoso y el arquitecto Manuel Fran-cisco Álvarez, quienes fungieron como inspectores médico y arquitecto res-pectivamente, la construcción de los primeros edificios escolares ad hoc indicaba el inicio de una “nueva era de las construcciones escolares de México” bajo el gobierno del general Díaz.35 Eran verdaderos palacios, afirmaban, puesto que en su erección no se escatimaron los recursos “de una artística ornamentación”36 y el lujo empleado era análogo al de sus pares de las ciudades más avanzadas

35. “Los nuevos edificios escolares de la ciudad de México, por el Dr. Manuel Uribe y Troncoso”, Boletín de Instrucción…, tomo VI, núm. 7, 1907, pp. 882-894.

36. “Los nuevos edificios escolares…”, p. 882.

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del mundo.37 Sin embargo para otros intelectuales, como el ingeniero Alberto Pani, la política seguida por la administración de Díaz para la construcción de palacios escolares fue una política desproporcionada (irracional) toda vez que, al preocuparse por satisfacer los más nimios requisitos teóricos, materiales y técnicos de los mejores modelos extranjeros, reprodujo algunos ejemplares bellísimos de planteles que nada tenían que envidiar a los similares de los Estados Unidos y Suiza “pero cuyo costo, en relación con los escasos recursos de que se disponía, solo permitió el establecimiento de un número mucho menor que el exigido por la enorme masa analfabeta de la población metropolitana.”38

Desde esta óptica los conocimientos médico, pedagógico y de la construcción, plasmados en los primeros reglamentos para la construcción de edificios escolares en el Distrito Federal, se sumaron a lo que Juan José Saldaña ha llamado como las reservas de conocimiento de la administración de Porfirio Díaz, que sirvieron para darle un lustre modernizador sin haber comprendido la función social de la ciencia en una sociedad moderna.39

En este sentido el gobierno de Díaz organizó congresos especializados en higiene y educación y confeccionó los primeros reglamentos técnicos para la construcción de escuelas que, posteriormente, tendrían una incidencia limitada en las acciones del poder público.

El Álbum escolar de México: primer manual técnico de arquitectura nacional escolar

La revolución constitucionalista (1914-1917) encabezada por Venustiano Carranza llevó a cabo el reordenamiento de las instituciones educativas y

científicas del régimen porfiriano con el propósito de dotarlas de una orientación técnico-social para alfabetizar a la mayoría de los mexicanos e impulsar el desarrollo industrial nacional.

Las reformas político-sociales promovidas por los constitucionalistas buscaban garantizar la gobernabilidad del país tras un lustro de lucha armada desde la defenestración del general Díaz a manos de la oposición dirigida por Francisco Madero y ante la conservación del viejo orden institucional de parte de los gobiernos de Francisco León de la Barra (1911), el mismo Madero

37. Manuel Francisco Álvarez, Les édifices d’instruction publique à Mexico et l’état d’avancement réalisé dans les établissments officiels et particuliers, jusqu’en 1909, México, Tipografía Económica, 1910, p. 61.

38. Alberto Pani, La Higiene en México, México, Imprenta de Ballescá, 1916, pp. 156-157. 39. Juan José Saldaña, Las revoluciones políticas y la ciencia en México, Tomo II (Ciencia y

política en México, de la Reforma a la Revolución Mexicana), México, CONACYT, 2010, p. 102.

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(1911-1913) y Victoriano Huerta (1913-1914).40 En materia de establecimientos escolares la reforma constitucionalista consistió en la elaboración de un manual técnico de arquitectura escolar nacional constituido por un nuevo reglamento de edificios escolares que proscribió “todo lujo” y una compilación gráfica con los locales escolares ad hoc construidos en el Distrito Federal al iniciar el siglo XX, los cuales servirían como una referencia para los que se construyeran en el futuro tanto en la ciudades como en las zonas rurales de la República. Con esta medida la revolución constitucionalista cambió el significado de las construcciones escolares porfirianas: de palacios escolares que mostraban el nivel de modernidad logrado por el gobierno de Porfirio Díaz a prototipos de una arquitectura nacional escolar basada en las prescripciones de la higiene pedagógica, como lo venía demandando desde la década de 1880 una comunidad técnica compuesta por médicos, profesores, ingenieros y arquitectos.

En agosto de 1914 el ingeniero Félix Palavicini, uno de los principales promotores de la implantación de la enseñanza técnica e industrial y de la construcción de edificios escolares económicos como un medio para contrarrestar el analfabetismo en el país, fue nombrado Oficial Mayor Encargado del Despacho de la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes por Venustiano Carranza, Primer Jefe del Ejército Constitucionalista y Encargado del Poder Ejecutivo, e inmediatamente dispuso la reorganización del ramo. Palavicini instauró una Sección de construcción y reparación de escuelas en el Departamento Administrativo41 y, casi de manera simultánea, acordó que la Inspección de Arquitectura formara un álbum con los modelos de las escuelas construidas ex profeso en el Distrito Federal en los últimos años, ante la falta de una cartilla de Arquitectura Nacional Escolar que orientara a las entidades de la Federación. El álbum contendría adicionalmente “las reglas de la higiene pedagógica exigidas para su construcción” y el costo de cada edificio.42 La Secretaría deseaba contar con un manual técnico ilustrado que normalizara los principios de las ciencias médicas, pedagógica y de la construcción para el establecimiento de escuelas ad hoc de acuerdo con las condiciones climáticas y la densidad de población de las regiones que componían a México, para poder orientar la acción pública en la materia.

Dos años más tarde la Sección de reparación y construcción de escuelas publicó el Álbum escolar de México el cual contuvo, como había sido anunciado,

40. Sobre los fines sociales de la ciencia en los programas de la revolución constitucionalista véase de Juan José Saldaña, “La Revolución: política social y política científica” en Juan José Saldaña, Las revoluciones…, pp. 144-262, y “Política científica” en Javier Torres Parés y Gloria Villegas (coordinadores), Diccionario de la Revolución Mexicana, UNAM, 2010, pp. 749-753.

41. “Reorganización de la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes,” Boletín de educación, tomo 1, núm. 2, 1915, pp. 15-17.

42. “Álbum de edificación escolar,” Boletín de educación, tomo 1, núm. 1, 1914, pp. 191-192.

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un nuevo reglamento para la edificación de escuelas y una compilación gráfica de las escuelas-tipo construidas en el Distrito Federal siguiendo las reglas de la higiene pedagógica para los diferentes niveles escolares: primaria (elemental y superior), industrial y profesional. Mediante esta publicación las autoridades educativas prescribieron, por primera vez desde la reunión del Congreso de Higiene Escolar de 1882, la construcción de “inmuebles sencillos… construidos especialmente para su objeto”, argumentando para ello que la pedagogía moderna desechaba la adaptación de edificios para escuelas y que la limpieza de la escuela, la luz, el decorado de sus muros y la distribución de los jardines incidían en la educación moral y estética de los niños.43

Para que las nuevas construcciones obedecieran a principios científicos el Álbum incluyó, en primer término, el Reglamento para la edificación escolar organizado en tres partes: a) terreno y orientación de edificio, b) salones de clase, talleres y patios, y c) excusados y mingitorios.

1. El proyecto debía indicar el lugar que la escuela ocuparía en la ciudad, el pueblo o el barrio, junto con el que ocupaban los hospitales y los cementerios. El terreno, con una superficie aproximada de 10m2 por alumno, estaría ubicado en el centro de la población, “bien aereado” [sic], lejos de los establecimientos ruidosos, malsanos o peligrosos y con el suelo saneado por el drenaje. La orientación de los edificios estaría determinada por el clima de cada región teniendo en cuenta, adicionalmente, la configuración del lugar y las construcciones vecinas. El suelo de la planta baja estaría levantado 60cm sobre el nivel de la calle y las pendientes del terreno que rodearan a la construcción se arreglarían para eliminar las aguas fácilmente. En la decoración interior del edificio se evitaría “todo lujo”.44

2. El salón de clase tendría una forma rectangular con una superficie de 1.25m2 por alumno, para albergar a no más de cincuenta estudiantes en las escuelas primarias y cuarenta en las secundarias. Por tanto la superficie del salón debería ser en el primer caso de 60.50 m2 y en el segundo de 50 m2, una superficie mayor a la acordada en 1882 por el Congreso Higiénico Pedagógico que la estableció en 1m2 por alumno. Los techos serían planos y las ventanas de forma rectangular o ligeramente arqueadas. En caso de contar con iluminación unilateral la luz debía provenir del lado izquierdo de los alumnos, prohibiéndose la luz cenital. Si el edificio constara de varias plantas cada salón tendría una entrada independiente y sus puertas no se abrirían directamente sobre la calle ni sobre los patios. En las escuelas que tuvieran cuatro salones o más se destinaría una sala para la enseñanza del dibujo, con una superficie de 1.50m2 por alumno, mientras que en todas las escuelas de niños se instalaría un taller para el trabajo manual y en

43. Álbum escolar de México formado bajo la dirección del ingeniero Félix Palavicini, Encargado del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes en el gobierno del C. Venustiano Carranza, México, Sección de Construcción y Reparación de Escuelas, 1916, p. 3.

44. Artículos 1° al 7°, Álbum…, pp. 3-4.

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las de niñas, una sala para los trabajos de costura y corte. Las escuelas urbanas contarían con un patio cubierto de 1.25m2 por alumno, para instalar lavabos y aparatos de gimnasia (a falta de una sala especial), así como un patio de recreo de 5m2 por alumno con un pequeño jardín.45

3. Las escuelas de niños estarían provistas de dos excusados por salón (e igual número de mingitorios) y las de niñas de tres, colocados en el patio para facilitar su vigilancia y orientados de tal modo que “los vientos reinantes no lleven los gases a los edificios y los patios.” Tanto los excusados como los mingitorios estarían sujetos a la reglamentación sanitaria “exigida para toda construcción en los reglamentos respectivos.” En las escuelas sub-urbanas y de los barrios pobres habría un local para baños.46

Una mención especial merecen los materiales de construcción prescritos en el reglamento, puesto que de ellos dependía que los edificios escolares resultaran higiénicos y económicos. Por ejemplo: en la construcción de los muros se eludirían los materiales demasiado impermeables, mientras que el piso (si no estaba sobre sótanos) se colocaría sobre una capa de materiales impermeables. Las paredes interiores de los salones estarían cubiertas de una pintura lisa, permanente y que soportase lavados frecuentemente, y el piso sería de madera en láminas angostas bañadas previamente con aceite hirviendo. El piso del patio de recreo estaría cubierto de arena y el suelo y las paredes de los mingitorios también serían de materiales impermeables.

En segundo término el Álbum incluyó la reproducción de las fachadas y los planos de las escuelas-tipo para todos los niveles escolares, desde las escuelas primarias hasta las profesionales construidas en la ciudad de México y en otras municipalidades del Distrito Federal como eran Tacuba, Tacubaya y Mixcoac de acuerdo con los preceptos de la higiene pedagógica. Este es un hecho destacable puesto que a diferencia de los reglamentos porfirianos dirigidos únicamente a la instrucción primaria, los constitucionalistas incorporaron por primer vez en el mismo cuerpo de normas a los edificios escolares destinados a la enseñanza superior (Véase cuadro III).

En el caso de la instrucción primaria e industrial el Álbum incluyó los edificios escolares ad hoc diseñados por el arquitecto Nicolás Mariscal y los erigidos por la Compañía Bancaria de Obras y Bienes Raíces durante la administración de Porfirio Díaz. Estos inmuebles representaban la realización del ideal de una arquitectura escolar constituida bajo los principios de las ciencias médicas, pedagógica y de la construcción a lo largo de más de tres décadas.

45. Artículos 8° al 19°, Álbum…., pp. 4-5. 46. Artículos 20° y 21°, Álbum…, p. 5.

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Cuadro III

Escuelas Tipo del Distrito Federal, 1916Escuela Ubicación

Escuelas primarias elementalesEscuela No. 7 1ª calle de la Constancia 57, México.Escuela No. 19 Avenida de La Paz 85, México.Escuela No. 96 4ª calle de la Constancia 68, México.

Escuela No. 273 Ex-garita de Vallejo, México Escuela Rural Calzada de Guadalupe 102, MéxicoEscuela Rural Avenida Colombia-Santa Julia, Tacuba.

Escuelas primarias superiores

Escuela Ignacio Manuel Altamirano Esquina de la 7ª calle de Mina y 2ª de los Héroes, México.

Escuela Florencio M. del Castillo 2ª calle de la Industria 48, México.Escuela Horacio Mann Esquina de la avenida Chapultepec, México.

Escuela Fray Servando Mier 7ª calle de Manuel María Contreras, México.Escuela El Pensador Mexicano 5ª calle del Ciprés 132, MéxicoEscuela Valentín Gómez Farías Avenida Independencia, Mixcoac.

Escuela Guillermo Prieto La Alameda 142, Tacubaya.Escuela José Eleuterio González 2ª calle de Morelos 97, Tacubaya.

Escuelas primarias industrialesEscuela Industrial

La Corregidora de Querétaro 1ª calle de Mina 1, México.

Escuela Industrial Vasco de Quiroga Colonia de La Bolsa, México.Escuela Industrial Gertrudis

Armendáriz de Hidalgo Avenida del Trabajo 28, México.

Escuela de Artes Gráficas José María Chávez 1ª calle de Aztecas 1, México.Escuelas profesionales

Escuela Nacional Superior de Comercio y Administración Calle de Emilio Dondé 1, México.

Escuela Normal para Maestros Santa Julia, Tacuba.Escuela Nacional de Artes y

Oficios para Mujeres Calle Cinco de Febrero 90, México.

Escuela Nacional de Jurisprudencia Calles 2ª de San Ildefonso y 3ª del Relox, México.

Escuela Nacional Preparatoria Calles 2ª de San Ildefonso y 5ª de Donceles, México.

Escuela Nacional de Ingenieros Calle de Tacuba 5, México.Universidad Nacional y Altos Estudios Calle del Lic. Verdad 2, México.

Internado Nacional Plaza de Miravalle, México.

Fuente: Álbum escolar de México, 1916.

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Fuente: “Concurso para edificios escolares”, El Arte y la Ciencia, abril de 1906.

Escuela Florencio M. del Castillo Calles de la Industria y del Calvario. Posteriormente: 2ª calle de la Industria 48

Escuela Ignacio Manuel Altamirano. Calles 2ª de Humboldt y 2ª de Mina. Posteriormente: esquina de la 7ª calle de Mina y 2ª de los Héroes

Fuente: “Concurso para edificios escolares”, El Arte y la Ciencia, abril de 1906.

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Los constitucionalistas así lo reconocieron al incorporarlos en la compilación gráfica para que fungieran como prototipos para los edificios escolares que se construyeran en el futuro tanto en las ciudades como en las zonas rurales del país. En este sentido los edificios fueron diseñados para atender a diferentes tipos de población escolar. Las escuelas primarias elementales urbanas contaban con salas de clase (seis u ocho), wc, lavabos o baños, dirección, portería o consejería y bodega. En algunos casos llegaban a tener vestidores o guarda ropa, patio cubierto, servicio médico, cocina y un terreno anexo. Por su parte las escuelas primarias elementales rurales estaban conformadas por las salas de clase (tres en promedio) y la dirección, y en algunas había un lugar específico para la portería, los lavabos, un jardín y un gimnasio. A diferencia de las primarias elementales las escuelas superiores tenían además salones para los trabajos manuales y una biblioteca. Finalmente las escuelas industriales incluían talleres de cocina y lavado para las niñas, y de carpintería, pintura decorativa, fundición, fotografía, imprenta y herrería para los niños.

Al elaborar un instrumento con las características de un manual técnico el constitucionalismo incidió en la conformación de la primera arquitectura escolar nacional en México como lo deseaban los profesionales de la salud, la educación y la construcción. Al incluir en el Álbum a los edificios escolares ad hoc cons-truidos en la primera década del siglo XX los constitucionalistas modificaron su significado: de templos o monumentos escolares que permitían mostrar los avances obtenidos por el gobierno de Porfirio Díaz en la erección de escuelas modernas, a prototipos de una arquitectura escolar nacional que emergería con la revolución encabezada por los constitucionalistas para contribuir a la alfabetización de los mexicanos y a la industrialización del país. En este artículo hemos podido ver que la conformación de una arquitectura nacional escolar en México fue el resultado de un proceso de sistematización del conocimiento científico-técnico relativo a la construcción de los edificios escolares ad hoc –teniendo diferentes expresiones legales durante la administración porfiriana– y de las condiciones políticas que introdujo la revolución constitucionalista. La erección de un nuevo orden institucional en los ámbitos científico y educativo hizo posible la confección de un dispositivo o manual técnico para la construcción de escuelas ad hoc que tuvo como referencia principal las prescripciones aprobadas por los participantes del Congreso de Higiene Escolar de 1882 y del Congreso Nacional de Instrucción Pública de 1889.

Esta forma de proceder de los constitucionalistas, dándole un propósito técnico-social al conocimiento científico reservado durante varios lustros por la administración de Porfirio Díaz, tuvo como objetivo orientar las acciones de un nuevo poder público para hacer gobernable al país.

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