Procedimiento Ordinario COPP

4
Procedimiento Ordinario C.O.P.P La fase preparatoria (Art 262) El inicio del proceso: a Cargo de la investigación de oficio Ministerio Público La Policía Art 266 La denuncia que solo corresponde a cualquier persona que tenga conocimiento de un hecho punible (art Su forma y contenido La obligación de denuncia Sus Excepciones (art Derecho a Denunciar por motivos profesionales (art Imputación Pública Su Responsabilidad La Querella: Solo la persona natural o jurídica que tenga calidad de victima puede presentar la Su formalidad (art 2 Requisitos (art 276) Diligencias (art 277) Admisibilidad (art Desistimiento (art Imposibilidad de nueva Responsabilidad (art

description

Procedimiento Ordinario COPP

Transcript of Procedimiento Ordinario COPP

Procedimiento Ordinario C.O.P.P

La fase preparatoria (Art 262)

Ministerio Pblico Art 262El inicio del proceso: a Cargo de la investigacin de oficio que corresponde al:

Imposibilidad de nueva persecucin (art 280)Responsabilidad (art 281)Desistimiento (art 279)Admisibilidad (art 278)Diligencias (art 277)Requisitos (art 276)Imputacin Pblica (art 272) Su formalidad (art 275)La Querella: Solo la persona natural o jurdica que tenga calidad de victima puede presentar la querella (art 274), la querella tiene:

Su Responsabilidad (art 273)Derecho a Denunciar por motivos profesionales (art 271)Sus Excepciones (art 267)La obligacin de denuncia (Art 269)Su forma y contenido (Art 268)La denuncia que solo corresponde a cualquier persona que tenga conocimiento de un hecho punible (art 267), La Denuncia Tiene:

La Polica Art 266

Desestimacin (Art 283)El inicio de la investigacin (art 282) Interpuesta la denuncia o recibida la querella por la comisin de un delito de accin publica el fiscal del ministerio pblico ordenara el inicio de la investigacin

Efectos (Art 284)

Carcter de las activaciones (Art 286)

Proposicin de las Diligencias (Art 287)

Participacin en los Actos (Art 288)

La prueba anticipada (Art 289)

Actas (Art 290)El desarrollo de la investigacin que se encuentra en las formalidades (Art 285)

Facultades del ministerio Pblico (Art 291)

Mandato de Conduccin (Art 292)

Devolucin de Objetos (Art 293)

Cuestiones Incidentales (Art 294)

Duracin y Vencimiento (Art 295 y 296)

Facultad de la Victima (Art 298)

Pronunciamiento del Tribunal (Art 299)

El sobreseimiento (Art 300)

Efectos (Art 301)Los actos conclusivos: El archivo fiscal (Art 297)

Solicitud del sobreseimiento (Art 302)

Declaracin del Juez de Control (Art 303)

Sobreseimiento en la etapa del juicio (Art 304)Tramite (Art305)

Acusacin (Art 308)Requisitos (Art 306)Recursos (Art 307)

La fase IntermediaLa incomparecencia (Art 310)

Facultades y cargas de las partes (Art 311)

Desarrollo de la Audiencia (Art 312)La Audiencia preliminar presentada la acusacin el juez o jueza convocara a las partes a una audiencia oral (Art 309)

Decisin (Art 313)

Auto de Apertura a Juicio (Art 314)

Publicidad (Art 316)

Registros (Art 317)

Concentracin y Continuidad (Art 318)

Decisin sobre la Suspensin (Art 319)tt 319)

El juicio oral: La inmediacin donde el juicio se realiza con la presencia ininterrumpida del juez y de las partes (Art 315)

Interrupcin (Art 320)Art 320)

Oralidad (Art 321)

Lectura (Art 322)

Imposibilidad de Asistencia (Art 323)

Direccin y Disciplina (Art 324)

La prueba complementaria (Art 326)

La apertura l desarrollo del debate (Art 327)

(Art 324)

De la preparacin del Debate donde el juez fijara la audiencia de juicio (Art 325)

Delirio en Audiencia (Art 328)

Declaraciones del imputado (Art 330)Tramite de los incidentes (Art 329)

Facultades del acusado (Art 332)Declaracin de varios acusados (Art 331)

Nueva Declaracin jurdica (Art 333)

Aplicacin de la Acusacin (Art 334)

De la preparacin del Debate donde el juez fijara la audiencia de juicio (Art 325)

Correccin de errores (Art 335)

Recepcin de Pruebas (Art 336)

Expertos (Art 337)

Testigos (Art 338)

Interrogatorio (Art 339)

Incomparecencia (Art 340)

Otros medios de prueba (Art 341)

Congruencia entre sentencia y acusacin (Art 345)Requisitos de la Sentencia (Art 346)Pronunciamiento (Art 347)Absolucin (Art 348)Condena (Art 349)Valor del Acta (Art 352)Comunicacin del Acta (Art 351)Acta del Debate (Art 350)Discusin final y cierre del debate (Art 343)La sentencia: cerrado el debate el juez se retirara de la sala a elaborar la sentencia (Art 344)Nuevas pruebas (Art 342)