Procedimientos Operativos - Seguridad Privada

14

Click here to load reader

Transcript of Procedimientos Operativos - Seguridad Privada

Page 1: Procedimientos Operativos - Seguridad Privada

PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS

PROCEDIMIENTO OPERATIVO PARA CONTRATACION DE PERSONAL DE SEGURIDAD. Para proceder a la contratación de personal de seguridad, se deben de seguir

los procedimientos siguientes:

1. Pedir documentación personal, como ser:

a) Tarjeta de identidad

b) Referencias de trabajo o recomendaciones

c) Antecedentes penales

d) Fotografías (4) carnet y (1) postal

e) Tarjeta de salud

f) Que sepa leer y escribir

2. Verificar la veracidad de la información documental

3. Investigar la dirección del aspirante a guardia y recolectar

información sobre su persona.

4. Comprobar que el personal a contratar tiene conocimientos básicos

para guardia de seguridad o instrucción mínima (trabajos anteriores).

5. Reportar la contratación a la Gerencia Administrativa de inmediato y

anotarlo en el Libro de Control de turnos nuevos.

PROCEDIMIENTO OPERATIVO PARA DESPIDOS. Para proceder al despido del personal de seguridad, se debe seguir el

procedimiento siguiente:

1. El guardia tiene que tener contrato firmado con la empresa, se debe

verificar tal situación, en caso de no tenerlo, es recomendable

analizar el despido, aplicándolo solo cuando haya infracciones graves

al reglamento.

2. Cuando al guardia se le imputa una falta, se debe de hacer un acta de

descargo ante la presencia de testigos, se le da por escrito la falta

cometida y con copia, esta es firmada por el guardia y los testigos.-

En dicha acta, el Supervisor o Jefe de Operaciones le hará el

descargo correspondiente de la falta cometida, preguntándole lo

necesario al guardia para esclarecer o confirmar si cometió la falta,

paso siguiente se le dará la palabra para que conteste y todo lo

Page 2: Procedimientos Operativos - Seguridad Privada

manifestado se consignara en el acta, para que finalmente sea

firmada por todos los presentes, incluyendo los testigos, los cuales

darán su numero de tarjeta de identidad.

3. Al acumular las faltas leves, se procede a verificar si la acumulación

es meritoria para el despido.

4. Previo a despedirle se debe consultar con Administración, para saber

en cuanto tiempo se tendrá disponible la liquidación para el

despedido, dependiendo del tiempo de antigüedad que tenga de

empleado en la empresa.

PROCEDIMIENTOS EN CASO DE ROBO O HURTO En casos en los cuales personal de seguridad de la empresa se vea

implicado en acciones delictivas de robo o de hurto, se deben seguir los

procedimientos siguientes:

1. Cuando fuere caso de robo, en el cual implica uso de fuerza, violencia

o daño provocado para extraer los objetos a robar, primero se pone en

conocimiento del jefe superior inmediato, luego se interpone la

denuncia ante las autoridades de investigación (DGIC), se debe de

cerrar y resguardar el área y aislarla de toda persona ajena a las

autoridades que iniciaran la investigación.

2. Se procede a levantar un inventario en conjunto con los propietarios o

encargados del área afectada, luego este se firma por ambas partes,

mencionando expresamente en este los objetos perdidos y los que

queden en el área violada.

3. El Supervisor interrogara al personal que se encontraba o encuentra de

turno en el lugar del suceso, pedirá que le rindan un informe por

escrito de los pormenores del caso y luego enviara un reporte general

al Gerente de Operaciones. Es recomendable tomar fotos del área y

sus alrededores para preservar las condiciones en que se encuentra.

4. Lo mismo procede con el caso de hurto, pero al no haberse usado

fuerza o violencia para entrar al área afectada, solamente se tomaran

las fotos respectivas del área y se seguirán los mismos procedimientos

indicados anteriormente.

5. Una vez efectuadas las investigaciones de rigor, se debe elevar un

informe detallando todo lo acontecido al propietario o encargado del

área afectada.

6. Cuando se encontrare in fraganti al guardia cometiendo el hecho

delictivo, el personal de seguridad procederá a su detención y el

Page 3: Procedimientos Operativos - Seguridad Privada

Supervisor interpondrá la denuncia ante las autoridades

correspondientes.

7. El guardia que en su turno permitiere el ingreso de personas ajenas al

área que resguarda, será denunciado a las autoridades

correspondientes por complicidad en la autoría de cualquier acción

delictiva que esa persona(s) causaren en la propiedad del cliente de la

empresa.

PROCEDIMIENTOS EN CASO DE DAÑOS A LA PROPIEDAD POR CAUSAS NATURALES O FORTUITAS. 1. En caso de daños a la propiedad en los cuales no exista culpabilidad

del guardia de la empresa, se tendrá que reportar de inmediato los

daños si fueren por causas naturales, tales como incendios, vientos

huracanados, tormentas, rayos, etc.

2. Para el caso de incendio, el guardia reportara de inmediato a los

bomberos y la policía o a la persona mas cercana, sobre la situación

en el área que resguarda y por mientras llegan las autoridades

resguardara el área y no permitirá el saqueo y extravió de objetos y

materiales del cliente de la empresa.- En casos calificados podrá

permitir la ayuda por parte de personas interesadas en brindarle

apoyo, pero teniendo el cuidado de que no se pierda lo recuperado.-

Hasta donde le sea posible al guardia deberá de estar en su puesto de

trabajo, siempre y cuando no arriesgue su vida; una vez debidamente

relevado rendirá el informe respectivo al Supervisor sobre las

acciones tomadas durante el siniestro.

PROCEDIMIENTOS EN CASO DE DAÑOS A LA PROPIEDAD DEL CLIENTE POR CAUSAS IMPUTABLES AL GUARDIA. 1. Cuando el personal de seguridad que este brindando servicio a un

cliente de la empresa, dañare la propiedad de este, de forma

deliberada, negligente o culposa, la empresa procederá a hacer una

investigación y a levantar un acta de descargo para que el guardia

reconozca su responsabilidad y en dicha acta aceptara que se le

descuente de su sueldo en las quincenas que sean necesarias, los

daños causados al cliente de la empresa.- El Gerente procederá luego

a presentar un reporte e informe de daños a la Gerencia

Administrativa, para que esta tome las medidas necesarias para

resarcir o indemnizar al cliente afectado.

Page 4: Procedimientos Operativos - Seguridad Privada

2. Cuando haya daño intencionado y se le encuentre al hechor in

fraganti, se debe de denunciar de inmediato a las autoridades de

investigación y poner al infractor a la orden de la Policía Preventiva,

dentro de las 24 horas de haber cometido el delito. Cuando no fuere

in fraganti, se interpondrá la denuncia y se realizaran las

investigaciones respectivas, contando con la presencia de la parte

afectada, a la cual se le dará copia del reporte que levante la empresa.

El Gerente deberá de colaborar con las autoridades de investigación,

brindándoles toda la información necesaria y el apoyo logístico que

estas no tuvieren a su alcance; en caso de no proceder con el

procedimiento apuntado, el Gerente será responsable por los daños e

indemnizaciones que la empresa tenga que pagar.

3. Si para llevar a cabo el procedimiento investigativo el subalterno

necesita apoyo de la empresa, debe de solicitarlo a la brevedad

posible a la Gerencia Regional y especificando el plan que se tenga

para realizar dichas investigaciones.

4. En el caso del daño culposo o negligente, se debe de iniciar la

investigación contando con el apoyo de la Policía de Investigación, la

que una vez finalizada la investigación, indicara si el personal de

seguridad es culpable o negligente de los daños causados; asimismo

el Gerente iniciara al mismo tiempo sus investigaciones internas para

determinar el grado de culpabilidad o negligencia del personal

involucrado, levantara acta de descargo y procederá a tomar las

medidas necesarias para reemplazar de inmediato al personal

infractor.

PROCEDIMIENTOS EN CASO DE MUERTE O HERIDA DE PERSONAL DE LA EMPRESA. 1. Cuando personal de la empresa sea muerto o herido, en cumplimiento

de sus obligaciones, la empresa absorberá por ley lo que le

corresponda.- En el caso especifico de heridas, el guardia será

trasladado de inmediato a un centro hospitalario del Estado y de no

contar con este servicio, se le brindara la asistencia medica necesaria.

2. Las incapacidades médicas del personal que sean por heridas en

cumplimiento de sus obligaciones, serán reportadas de inmediato al

Gerente Administrativo de la empresa.

3. En los casos que el personal de seguridad de la empresa, fuera de sus

horas de labores, sufriera heridas o muerte, no será responsabilidad de

la empresa y no estará obligada a resarcir económicamente a sus

Page 5: Procedimientos Operativos - Seguridad Privada

familiares.- Se podrá voluntariamente y dependiendo de las

circunstancias en que se sucedieron los hechos, dar una aportación a

los familiares, lo cual no conlleva obligaciones futuras para con ellos;

estas aportaciones voluntarias solo serán aprobadas por la Gerencia

General y no podrá ningún empleado subalterno hacer promesas o

falsas expectativas a los familiares del herido o fallecido.

4. No esta autorizado bajo ninguna circunstancia despedir al personal

que esta bajo impedimento o incapacidad medica, el subalterno que lo

hiciere incurrirá en responsabilidad y deberá resarcir a la empresa por

los daños e indemnizaciones causadas.

PROCEDIMIENTOS CUANDO PERSONAL DE SEGURIDAD HIERA O DE MUERTE A UN TERCERO EN EL AREA DE TRABAJO. 1. Cuando el personal de seguridad en el cumplimiento de sus labores en

el área de trabajo asignada, hiera o diere muerte a un tercero, será

asistido legalmente por la empresa hasta la finalización del proceso

que se le impute.

2. No se podrá despedir al personal de seguridad que este bajo la

circunstancia anterior, de hacerse, el subalterno que lo autorizare, será

responsable por los daños o indemnizaciones que la empresa tuviere

que desembolsar.- Solo en casos calificados se podrá tomar tal

medida y autorizado por la Gerencia General.

3. Cuando se diere el hecho de heridas a terceros en el área de trabajo del

guardia, se debe de inmediato reportar tal situación a la Policía

Preventiva para que esta tome las acciones pertinentes, asimismo se

interpondrá la denuncia ante la Policía de Investigación (DGIC) para

que esta se persone al lugar de los hechos y haga las investigaciones

respectivas sobre la razón por la cual el guardia hirió a la persona que

incursiono en su área de trabajo.- La misma acción se tomara cuando

haya un muerto a raíz de la acción del guardia.

4. Es importante que el Jefe de Operaciones y Supervisores instruyan al

personal de seguridad, para que este una vez sucedidos los hechos

anteriores, den protección y aíslen el área de la escena donde se hirió

o mato a una persona, hasta la llegada de las autoridades

correspondientes.

5. Si las heridas o la muerte de terceros, fueran causadas sin culpa o

negligencia del personal de seguridad, el Gerente de Operaciones debe

de avocarse a las autoridades de investigación para que sean estas las

Page 6: Procedimientos Operativos - Seguridad Privada

que dictaminen tal situación, aun así el debe llevar a cabo una

investigación interna para determinar tales extremos.

6. De comprobarse la culpabilidad o negligencia del personal de

seguridad, es necesario que sea determinado por las autoridades

respectivas, de lo cual se debe conseguir una copia de tal certificación

a efectos de decidir el despido o no del personal.- Las investigaciones

internas de la empresa deben hacerse para reforzamiento de la

certificación oficial.

7. La empresa no se hará responsable de las acciones negligentes o

culposas (heridas o muerte) que cause el personal de seguridad fuera

de su horario de trabajo o que no estén relacionadas con el servicio

que la empresa le brinda al cliente(extra-contractuales), por lo que el

Superior inmediato tomara las medidas inmediatas y oportunas para

evitar futuras indemnizaciones, auxiliándose de las autoridades de

investigación.- De no tomar estas medidas en su momento indicado,

el personal que incurriere en esta falta será responsable de los daños

económicos que se le puedan causar a la empresa.

PROCEDIMIENTOS PARA ATENCION AL CLIENTE. 1. No deberá el guardia frente al cliente de la empresa, hacer

manifestaciones en contra del servicio y sino estuviere de acuerdo con

este, podrá consultar con su Jefe o Líder sobre los problemas o

inconvenientes que considere que menoscaban su labor.

2. El cumplir con la empresa implica también estar en la disposición en

su turno de guardia, para brindarle al cliente de la empresa la

colaboración debida, sin el menoscabo del servicio.

3. El cliente de la empresa en algún momento solicitara del guardia

cierto tipo de favor que no esta dentro del alcance de su labor como

guardia de seguridad, pero que le da a este un margen de flexibilidad

para complacer al cliente de la empresa, siempre como se menciona

anteriormente, sin el menoscabo de las funciones asignadas.

4. Si el cliente decidiere voluntariamente ofrecerle al guardia alguna

remuneración monetaria por determinadas faenas dentro de su

servicio de guardia, se debe entender que el guardia no podrá ejecutar

tales faenas si abandona su puesto de trabajo o no cumpliere

eficientemente las órdenes e instrucciones dadas por su superior.

5. En caso de que el guardia se preste a auxiliar al cliente de la empresa

en otras funciones que no sean las propias del servicio y que se hagan

bajo la responsabilidad del cliente de la empresa, el guardia esta en la

Page 7: Procedimientos Operativos - Seguridad Privada

obligación de hacerle saber al cliente de la empresa, de cuales son sus

instrucciones u ordenes de su puesto de trabajo; si el cliente

manifestare que el esta enterado y sabido de tal situación y que el

asume la responsabilidad por cualquier incidente, se le recomienda al

guardia que deberá consultar con su superior inmediato de tal

petición.

6. En el caso de que el cliente de la empresa le solicitare al guardia que

realice una labor no autorizada por la empresa, el guardia esta en la

obligación de reportarlo discretamente de inmediato a su superior. El

no hacerlo implica responsabilidad en tal falta.

7. En situaciones en que el cliente de la empresa le pidiere al guardia

que le haga determinada labor, fuera de las obligaciones del servicio y

que no afectaren el cumplimiento de este, el guardia podrá aceptar

discrecional y voluntariamente tal petición. Si le fuere remunerada, se

entenderá que es un trato entre el guardia y el cliente de la empresa,

pero en ningún momento se deberán de abandonar las labores por

cumplir con tareas que menoscaben el servicio, de inmediato se

relevara al guardia y se le explicara tal situación1 al cliente de la

empresa.

8. Si el cliente de la empresa decidiere brindarle los alimentos al guardia

en su turno de labores, se entenderá que es voluntariedad del cliente y

no una obligación por lo que el personal de seguridad no podrá exigir

esto como parte de sus derechos laborales ni como una obligación del

cliente para con el guardia.

9. Se entiende que el guardia deberá de obedecer las instrucciones y

ordenes que le diere el cliente de la empresa, no debe en ningún

momento cuestionarlas ni discutir sobre ellas con el cliente En caso

de malentendidos, el guardia debe avocarse con el supervisor o líder

más cercano.

10. El guardia no podrá abandonar su puesto de trabajo, solo podrá

hacerlo cuando sea debidamente autorizado; si el cliente le pidiere al

guardia trasladarse a otro lugar, este deberá consultar con el

supervisor o líder inmediato y esperar la autorización; en caso de ser

una emergencia del cliente, se deberá discrecionalmente brindarle el

apoyo solicitado y luego al finalizar tal operación reportarlo a la

empresa.

11. Los horarios de trabajo establecido por la empresa son de

cumplimiento obligatorio para el guardia, en caso de tener que

continuar fuera de su horario o tener que alterar este a solicitud del

cliente de la empresa, ya sea en la hora de entrada o salida, será

Page 8: Procedimientos Operativos - Seguridad Privada

necesario que la empresa lo autorice y previa solicitud con tiempo

anticipado. En los casos que el guardia le este cumpliendo una

solicitud al cliente, se entiende que la empresa se responsabilizara

hasta las horas que sea asignado el servicio, fuera de este periodo de

tiempo, la empresa no tiene responsabilidad con el guardia ni con el

cliente; el equipo y armas asignadas serán retirados o devueltos a la

empresa dentro del horario establecido, después no podrá hacerse uso

de ellos, a no ser que la empresa lo autorice.

12. En el caso que el cliente de la empresa provea medios de transporte al

guardia para movilizarlo a su puesto de trabajo, se entiende que es

voluntad del cliente y no será una obligación como parte de la

prestación del servicio.

13. Cualquier equipo o armas que el cliente le facilitare al guardia para

reforzar las labores de vigilancia, debe ser cuidado por el guardia y no

podrá hacer uso de estas, más que para las asignaciones destinadas.

14. Cuando el cliente sub-arriende o brinde servicios a terceras personas

en el área donde este asignado personal de seguridad de la empresa, es

recomendable hacer una inspección del sector y verificar que dicha

área no implique responsabilidad adicional para el guardia, por lo que

se deberá de llegar a un acuerdo con el cliente para que este a su vez

gire instrucciones al personal que sub-arrienda o mantiene relación de

servicio con el cliente; así de esa manera se tendrá entendido que la

responsabilidad primaria y directa se tiene con el cliente que contrata

a la empresa y las conexas con las limitantes del caso, y de previo

acuerdo entre la empresa y el cliente.

15. Los servicios de protección a clientes VIP, previo a ser brindados al

cliente deben ser concertados respecto a: duración del contrato,

lugares donde se brindara el servicio, tipo de guardia (bilingüe o

normal), armamento que se requiera, vestimenta del guardia,

transporte, personal conexo que acompañe al cliente (debe ser

reportado previo a la contratación), horas extras, alimentación (si el

cliente le brindara la alimentación al guardia), limitantes en la

responsabilidad del servicio y alcance de este.

16. Cuando se susciten hechos delictivos en el área del guardia de

seguridad, se deberá poner en conocimiento inmediato del Supervisor,

quien tomara las medidas pertinentes para levantar un inventario e

informe de lo sucedido, interponer la respectiva denuncia ante las

autoridades correspondientes y elaborar el informe a la Gerencia

Administrativa de la empresa.

Page 9: Procedimientos Operativos - Seguridad Privada

PROCEDIMIENTOS PARA LA REACCION EN CASO DE ACTIVARSE UNA ALARMA. 1. Cuando se active una alarma se debe de considerar PRIORIDAD

UNO hacer el movimiento de cubrir tal emergencia.

2. Al momento de verificar la activación de la alarma, en caso de tener

que hacer la revisión en una zona de alto riesgo, es necesario que el

Supervisor se haga acompañar de personal extra para evitar

cualquier situación de peligro.

3. Sino se tuviere personal disponible en la base de operaciones, el

Supervisor deberá de verificar si es posible tener el auxilio de

personal de la empresa que se encuentre dando seguridad a un

puesto cercano, siempre y cuando no implique un riesgo dejar ese

puesto desprotegido.

4. El centro de monitoreo estará atento a toda llamada o señal de

activación de alarma y sin tardanza alguna reportara la activación

del sistema al Supervisor.- Para que el operador del monitoreo

verifique las activaciones de alarma del sistema, deberá de ser

instruido por el personal de instalaciones para que se le explique

detalladamente como funciona el sistema. No se pondrá en tal

posición a una persona que no entienda o sepa manejar el centro de

monitoreo.

5. El vehiculo(s) asignados para movimientos de reacción por

activación del sistema de alarma, deberá estar en condiciones

optimas operativas y su conductor debe de ser capaz de reaccionar

de inmediato, tener conocimiento de la zona urbana y haber sido

instruido para saber como actuar y responder en caso de cubrir tales

emergencias.

6. Los reportes de activación de sistemas deben ser presentados al Jefe

de Operaciones semanalmente.

7. Cuando hubiere activación por pánicos (robo) se debe de hacer la

verificación de la activación del sistema, revisando el local o

residencia en donde se activo la zona, inspeccionando que no haya

zonas violadas, dañadas o abiertas.

8. Si hubiere presencia de personal intruso, se debe de pedir refuerzo y

acordonar el área hasta que llegue el personal de apoyo, previo aviso

a la Policía Preventiva. No se debe tener enfrentamiento con el

intruso(s) a menos que sea para repeler fuego.

9. Una vez capturado el sospechoso, se pondrá a la orden de las

autoridades de la Policía Preventiva; se acordonara y protegerá el

Page 10: Procedimientos Operativos - Seguridad Privada

área violada o dañada y se hará un informe con un inventario de los

bienes o material dañado o violado, que se dará al cliente de la

empresa a la brevedad posible. Al cliente se le debe dar aviso de las

medidas tomadas hasta que la situación este bajo control de la

empresa, solo que sea necesaria la presencia del cliente o que se le

deba llamar para que facilite la entrada a la zona afectada, se le

comunicara tal decisión, caso contrario se le notificara hasta que la

empresa haya finalizado de hacer sus movimientos.

10. Se debe programar la prueba de pánicos y de alarmas por lo minino

una vez por semana, para que se verifique que los sistemas están

operativos.- Con esto se le da el mantenimiento adecuado al

sistema y se evitan las falsas alarmas.

PROCEDIMIENTOS PARA EL CAMBIO O ROTACION DE SERVICIO DE GUARDIA. 1. Previo al cambio o rotación del personal de seguridad, se debe hacer

un rápido estudio del perfil del puesto y del guardia que reemplazara

al personal que por causas ajenas a la empresa deba ser cambiado o

rotado, para ello el Jefe de Operaciones deberá tomar en

consideración las solicitudes que le haga el cliente y en caso de

desacuerdo, presentarle un informe con las recomendaciones que

considere oportunas al Gerente de Operaciones, el cual una vez

analizado tal reporte, considerara una entrevista con el cliente para

explicarle porque se le cambia o rota el guardia( en caso de ser esa la

opción).

2. Una vez aceptado por el cliente el cambio o rotación del personal de

seguridad, el Jefe de Operaciones acompañara al Supervisor de turno

y al guardia nuevo, al cual se le darán las instrucciones y consignas

para el buen desempeño en su puesto, asimismo se tendrá una previa

entrevista con el cliente de la empresa para coordinar tal

movimiento.- El Supervisor se cerciorara de inspeccionar en

conjunto con el guardia el área a proteger.

3. Cuando se haga el cambio o rotación y hubiere libro de novedades

en el puesto, se debe consignar la razón por la cual se hace tal

movimiento.- El Supervisor lo hará en su control respectivo.

4. Cuando se cubra con reemplazo un puesto por situaciones

emergentes, el Supervisor reportara de inmediato al Jefe de

Operaciones el motivo por el cual se cambia o rota el personal en

Page 11: Procedimientos Operativos - Seguridad Privada

dicho puesto y este deberá a la brevedad posible hacerlo saber al

cliente.

5. El cambio o rotación de nuevo personal debe ser reportado a la

sección de planillas para el control quincenal de los pagos.- El

Supervisor se encargara de que esa información se de en su debido

tiempo.

6. La rotación de personal, debe de realizarse en los puestos que así lo

requiera el cliente y cuando el Jefe de Operaciones considere

necesario por motivos de desgaste del personal, seguridad de la

instalación o por otros requerimientos de seguridad que la empresa

estime conveniente.

7. No debe de asignarse personal de seguridad a un puesto donde se

hará un cambio o rotación, con guardias que no cubran los requisitos

básicos o del perfil del puesto.- Es necesario asignar a la persona(s)

más idónea y capaz que pueda manejar la seguridad en tal

asignación.

8. El Supervisor que no acatare las disposiciones anteriores, incurrirá

en una falta grave y será sancionado de acuerdo a esta.

9. El Jefe de Operaciones estará al pendiente de todo movimiento del

personal de seguridad, para que este sea hecho bajo su autorización y

supervisión, a manera de evitar quejas por parte del cliente de la

empresa.

10. La consigna principal es que al cliente se le debe en todo momento

informar sobre el cambio o rotación del personal y además solicitar

su colaboración para que manifieste a la empresa, cuando cree

necesario que se le haga un cambio o rotación del personal de

guardia.

PROCEDIMIENTOS PARA ENTREGA DE ARMAS Y EQUIPOS. 1. Cuando se entrega arma nueva o usada para asignarse a un puesto, se

debe de verificar que el Supervisor le pida al personal de seguridad

al cual se le asigna el arma, que le extienda un recibo de la misma,

especificando la fecha y hora, lugar del puesto, serie, calibre y

modelo del arma y las condiciones en que se le entrega.- Este recibo

será de uso obligatorio y se le entregara al Jefe de Operaciones

2. El mismo procedimiento se usara cuando se entregue equipo nuevo o

munición, en un puesto de guardia.

3. Cuando las armas asignadas a un puesto de 24 horas, se roten en el

mismo puesto de guardia, se debe verificar que al momento de

Page 12: Procedimientos Operativos - Seguridad Privada

cambio del turno, el Supervisor que recolectare firmas o supervisare

ese puesto, consigne que los guardias se han entregado y recibido

conformes, el arma, equipo y municiones en buen estado y

completos; de no ser así y haber un daño, perdida o extravió de

armas, equipos o munición, el guardia que estuvo en el turno que

sucedió tal hecho, deberá reportarlo de inmediato al Supervisor y este

hacer el informe respectivo y tomar las medidas correspondientes

para la aplicación de sanciones y realizar las investigaciones

pertinentes.

4. Si el Supervisor no verifica que las armas, equipos y municiones

están completas y en buen estado en su turno de supervisión, incurrirá

en una sanción disciplinaria y a la vez se le hará el acta de descargo

respectiva para que se le deduzcan las perdidas en las cuales incurre

la empresa por tal descuido grave.

PROCEDIMIENTOS PARA ENTREGA DE TURNO DE SUPERVISION. 1. El Supervisor saliente hará entrega de su turno redactando en el libro

de novedades de supervisión, todas las novedades y consignas de su

turno de servicio, el Supervisor entrante le recibirá el turno y ambos

firmaran el libro, uno entregando conforme y el otro recibiendo

conforme.- Si ocurriere alguna novedad en el turno del Supervisor

saliente y no le fuera reportada al Supervisor entrante, este no tendrá

responsabilidad alguna, la cual recaerá sobre el anterior; en caso de

que la empresa tuviere a raíz de tal situación, que sufrir daños,

perdidas o extravíos, levantara acta de descargo contra el causante y

le deducirá los costos económicos que la empresa tuviere que

afrontar.

2. El Libro de Novedades deberá ser revisado por el Jefe de

Operaciones para constatar que se esta haciendo el uso correcto y

adecuado de este, en caso de no cumplirse con el procedimiento para

el manejo y uso del Libro, el Jefe de Operaciones aplicara las

sanciones disciplinarias correspondientes a los infractores.

3. El Supervisor es el responsable directo de mantener el servicio de

guardia de acuerdo a las políticas del buen servicio de la empresa,

para ello verificara el porte, higiene, disciplina, uso y cuido del

equipo y armas asignados.

Page 13: Procedimientos Operativos - Seguridad Privada

4. El Supervisor auxiliara al personal de guardia cuando tuvieren alguna

necesidad en el servicio y en caso de no estar a su alcance la solución,

le solicitara al Jefe de Operaciones el auxilio necesario para solventar

la situación.

5. El personal de Supervisión hará un reporte al Jefe de Operaciones

semanalmente de todas las novedades de importancia sucedidas en

sus turnos.

6. El Supervisor esta en la obligación de reportarle al cliente de la

empresa cualquier cambio o rotación de personal, previo a realizar el

movimiento, excepto cuando haya situaciones emergentes.- También

le reportara tal situación al Jefe de Operaciones, para que este lo

autorice debidamente.

7. El Supervisor llevara un libro de control o la hoja de vida del

vehiculo asignado, procurando darle el mantenimiento y cuidado

debido, respetando los limites de velocidad y reportando cualquier

novedad sobre la operatividad del vehiculo.

8. En cualquier daño, perdida o extravió de armas, municiones y

equipos, sucedidos en el turno del Supervisor, se le hará responsable

solidariamente con el guardia, si se comprueba que hubo culpa o

negligencia en la Supervisión.

9. Ningún Supervisor esta autorizado a despedir, castigar o hacer

promesas de contratación al personal de seguridad.

10. Cuando se proceda a la contratación de personal nuevo, el Supervisor

estará obligado a realizar las investigaciones respectivas para

verificar la veracidad de la información y los antecedentes del

personal aspirante.

11. El Supervisor verificara al momento de inspeccionar un turno, que el

guardia use el uniforme correctamente, sin agregarle insignias u otros

emblemas no relacionados con la empresa y su uniforme.

SE LE PIDE AL PERSONAL DE SUPERVISION PONER EN

PRACTICA LOS PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS PARA PODER

MEJORAR EL SERVICIO Y LOGRAR QUE EL PERSONAL DE

SEGURIDAD CUMPLA CON SUS OBLIGACIONES DIARIAS SIN

EL MENOSCABO DEL SERVICIO AL CLIENTE.

LOS PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS SON DE CUMPLIMIENTO

OBLIGATORIO POR EL PERSONAL DE LA EMPRESA,

Page 14: Procedimientos Operativos - Seguridad Privada

CUALQUIER INCUMPLIMIENTO O INFRACCION SERA

SANCIONADA DISCIPLINARIAMENTE POR LA EMPRESA.

LA GERENCIA DE OPERACIONES COORDINARA CON LOS

SUPERVISORES TODOS LOS ASPECTOS NECESARIOS PARA

DARLE CUMPLIMIENTO FIEL A LOS PROCEDIMIENTOS

OPERATIVOS DE LA EMPRESA.

ABOG. ENRIQUE CERVANTES