PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas

45
ENERO Boletín 004/2012México, DF, a 019 de enero de 2012 La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) hizo público el Acuerdo de Calificación de Problema Sistémico que notificó a las autoridades fiscales con relación al embargo en las cuentas bancarias, dictado en el expediente 3-V-H/2011. A más de cuatro meses de operaciones el organismo autónomo ejerció la atribución consistente en investigar e identificar problemas de carácter sistémico entendiendo por estos aquéllos que deriven de la estructura misma del sistema tributario y que se traduzcan en inseguridad jurídica, molestias, afectaciones o vulneración de derechos en perjuicio de todos los contribuyentes, de una generalidad o de un grupo o categoría de los mismos. En el documento publicado en la página oficial www.prodecon.gob.mx menciona que el 1º de septiembre de 2011, la PRODECON emitió a través del texto Panorama de la situación de los contribuyentes en México, el análisis inicial de la problemática de embargos en cuentas bancarias. Como parte de las investigaciones y análisis la PRODECON realizó el 1er Foro de Interlocución y Análisis en el que participaron especialistas en la materia, pertenecientes a distintos sectores empresariales y académicos, los cuales coincidieron en la existencia de diversas prácticas de las autoridades fiscales violatorias de los derechos de los contribuyentes. El Acuerdo de Calificación de 10 de enero 2012 es el documento público a través del cual este Organismo da a conocer los resultados de la investigación y análisis del problema sistémico, el que es notificado a las autoridades que emitieron dicho acto. En el Acuerdo también se establece que la Dirección General de Quejas y Reclamaciones ha recibido numerosas quejas relativas a la problemática del embargo en cuentas bancarias. Asimismo, el organismo señaló que, como parte de su proceso de investigación, recibió y analizó los planteamientos de confederaciones y cámaras empresariales en los que se detallan las problemáticas a las que se enfrentan dichos sectores ante las prácticas de las autoridades al embargar sus cuentas bancarias. En dicho documento la Procuraduría informó que “el embargo en las cuentas bancarias de los contribuyentes ocasiona que no tengan los medios financieros para llevar a cabo sus operaciones e impide efectuar las inversiones necesarias, provocando el desempleo, estancamiento y la agonía de sus empresas”. La PRODECON apreció que estas conductas pueden estar atentando contra los derechos de los contribuyentes desde distintos niveles como actuaciones aisladas consideradas individualmente, prácticas reiteradas de la autoridad fiscal que siguen criterios generales, o bien, como actuaciones realizadas conforme a disposiciones legales que desproporcionadamente atentan contra las prerrogativas y derechos de los pagadores de impuestos. Estas conductas se analizaron y detallaron en el Acuerdo de Calificación. A partir de la notificación del Acuerdo, las autoridades fiscales cuentan con un plazo de 30 días hábiles para manifestar lo que a su derecho convenga. Conforme a la respuesta de las autoridades,

Transcript of PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas

Page 1: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas

ENERO Boletín 004/2012México, DF, a 019 de enero de 2012 La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) hizo público el Acuerdo de Calificación de Problema Sistémico que notificó a las autoridades fiscales con relación al embargo en las cuentas bancarias, dictado en el expediente 3-V-H/2011. A más de cuatro meses de operaciones el organismo autónomo ejerció la atribución consistente en investigar e identificar problemas de carácter sistémico entendiendo por estos aquéllos que deriven de la estructura misma del sistema tributario y que se traduzcan en inseguridad jurídica, molestias, afectaciones o vulneración de derechos en perjuicio de todos los contribuyentes, de una generalidad o de un grupo o categoría de los mismos. En el documento publicado en la página oficial www.prodecon.gob.mx menciona que el 1º de septiembre de 2011, la PRODECON emitió a través del texto Panorama de la situación de los contribuyentes en México, el análisis inicial de la problemática de embargos en cuentas bancarias. Como parte de las investigaciones y análisis la PRODECON realizó el 1er Foro de Interlocución y Análisis en el que participaron especialistas en la materia, pertenecientes a distintos sectores empresariales y académicos, los cuales coincidieron en la existencia de diversas prácticas de las autoridades fiscales violatorias de los derechos de los contribuyentes. El Acuerdo de Calificación de 10 de enero 2012 es el documento público a través del cual este Organismo da a conocer los resultados de la investigación y análisis del problema sistémico, el que es notificado a las autoridades que emitieron dicho acto. En el Acuerdo también se establece que la Dirección General de Quejas y Reclamaciones ha recibido numerosas quejas relativas a la problemática del embargo en cuentas bancarias. Asimismo, el organismo señaló que, como parte de su proceso de investigación, recibió y analizó los planteamientos de confederaciones y cámaras empresariales en los que se detallan las problemáticas a las que se enfrentan dichos sectores ante las prácticas de las autoridades al embargar sus cuentas bancarias. En dicho documento la Procuraduría informó que “el embargo en las cuentas bancarias de los contribuyentes ocasiona que no tengan los medios financieros para llevar a cabo sus operaciones e impide efectuar las inversiones necesarias, provocando el desempleo, estancamiento y la agonía de sus empresas”. La PRODECON apreció que estas conductas pueden estar atentando contra los derechos de los contribuyentes desde distintos niveles como actuaciones aisladas consideradas individualmente, prácticas reiteradas de la autoridad fiscal que siguen criterios generales, o bien, como actuaciones realizadas conforme a disposiciones legales que desproporcionadamente atentan contra las prerrogativas y derechos de los pagadores de impuestos. Estas conductas se analizaron y detallaron en el Acuerdo de Calificación. A partir de la notificación del Acuerdo, las autoridades fiscales cuentan con un plazo de 30 días hábiles para manifestar lo que a su derecho convenga. Conforme a la respuesta de las autoridades,

Page 2: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas

la PRODECON procederá a emitir el dictamen respectivo, en el que, de ser el caso, podrá efectuar Recomendaciones tendentes a tutelar de mejor manera los derechos de los contribuyentes. El documento completo Acuerdo de calificación de Problema Sistémico se encuentra en http://www.prodecon.gob.mx/noticias_banner/Noticia_8.html Dirección General de Comunicación Social01 (55) 36 88 26 [email protected] Oficina de Atención al Público Av. Nuevo León 250, colonia Hipódromo Condesa.Teléfonos: 01 (55) 26-36-36-60 al 62 Enviado desde mi oficina móvil BlackBerry® de Telcel

Page 3: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas

Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

Inicio | Mapa del Sitio | English |

● ¿Qué es Prodecon? ❍ Misión❍ Visión❍ Compromisos Institucionales❍ Historia❍ Nuestro Logo

● Servicios ❍ Queja y Reclamación❍ Asesoria y Consulta❍ Representación Legal y Defensa

● Transparencia ❍ Facultades❍ Servicios❍ Marco Normativo

● Directorio ● Prensa

❍ Boletines❍ Entrevistas❍ Versiones Estenográficas❍ Fotos

● Contacto Inicio > Noticias >Acuerdos de Calificación

Acuerdo de Calificación

La PRODECON ante la presencia de un acto de autoridad que afecta a los contribuyentes, se da a la tarea de llevar a cabo un procedimiento para investigar y analizar los elementos que lo conforman, para así determinar la existencia de un problema sistémico. El documento público a través del cual este Organismo da a conocer los resultados de la investigación y análisis del problema sistémico se denomina Acuerdo de Calificación, el cual es notificado a las autoridades que emitieron dicho acto.

http://www.prodecon.gob.mx/noticias_banner/Noticia_8.html (1 de 7)25/01/2012 03:54:31 a.m.

Page 4: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas

Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

ACUERDO DE CALIFICACIÓN DE PROBLEMA SISTÉMICO QUE EMITIÓ ESTA PROCURADURÍA A LAS AUTORIDADES FISCALES RELATIVO AL EMBARGO EN LAS CUENTAS BANCARIAS DE LOS CONTRIBUYENTES

Esta Procuraduría se encuentra facultada para ejercer sus atribuciones de investigar e identificar problemas de carácter sistémico para advertir o prevenir cualquier acto ilegal de la autoridad fiscal, o de proponer que se eviten perjuicios o se reparen los daños por su ilegal emisión y cualquier otra causa que lo justifique de conformidad con los artículos 1, 4, 5, fracción XI, y 8, fracción V de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, así como de los artículos 72, 73, 75 y 76 de los Lineamientos que regulan el ejercicio de las atribuciones sustantivas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

En ese sentido, esta Procuraduría, en el ejercicio de dichas atribuciones, ha llevado a cabo el procedimiento de investigación y análisis de la problemática consistente en que las autoridades fiscales realizan el aseguramiento, embargan precautoriamente o como medio de cobro, las cuentas bancarias de los contribuyentes causando una posible afectación a su esfera de derechos.

Así, este Organismo Descentralizado emitió el Acuerdo de Calificación de problema sistémico a las autoridades fiscales relativo al embargo en las cuentas bancarias de los contribuyentes, dictado en el expediente 3-V-H/2011. Por lo tanto, a continuación se publica en esta página electrónica un extracto de dicho acuerdo de calificación.

EXTRACTO DEL ACUERDO DE CALIFICACIÓN

Diversos sectores de contribuyentes han expuesto a esta Procuraduría que las autoridades fiscales realizan el aseguramiento, embargan precautoriamente o como medio de cobro, las cuentas bancarias de los contribuyentes causando una posible afectación a su esfera de derechos.

Al respecto, en el referido Acuerdo se expusieron algunos antecedentes, entre los cuales, se señaló que

http://www.prodecon.gob.mx/noticias_banner/Noticia_8.html (2 de 7)25/01/2012 03:54:31 a.m.

Page 5: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas

Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

el 1o. de septiembre del 2011, la Procuraduría emitió el análisis inicial de dicha problemática publicado en su página electrónica dentro del documento: “Panorama de la situación de los contribuyentes en México”. Aunado a lo anterior, el 29 de septiembre de 2011, se llevó a cabo el “Foro de Interlocución y Análisis con los Contribuyentes, Problemas Sistémicos y Propuestas Legislativas”, en donde los especialistas que participaron como panelistas en la Mesa I de dicho Foro llegaron a determinadas conclusiones, entre las cuales destacan las siguientes: hay una forma excesiva y arbitraria en que la autoridad ejerce la facultad discrecional; existe una falta de respeto a los derechos de prelación que tienen otros créditos antes del fiscal; los embargos en cuentas bancarias impiden a los contribuyentes seguir operando, paralizando la generación de empleo, inhibiendo la inversión productiva y provocando la extinción de empresas, entre otros.

El 7 de noviembre de 2011, esta Procuraduría emitió una calificación preliminar a la problemática que nos ocupa a través del Acuerdo Previo de Calificación, señalando varias conductas o prácticas que pueden tener elementos que determinen la posibilidad de un problema sistémico.

Aunado a lo anterior, este Organismo Descentralizado, a efecto de continuar con la investigación correspondiente, solicitó a diversos sectores y agrupaciones que informaran si sus integrantes han sido afectados en relación con la problemática del embargo en cuentas bancarias. Derivado de ello,manifestaron que las autoridades fiscales llevan a cabo el embargo en las cuentas bancarias de los contribuyentes causando una afectación a sus derechos.

Por otra parte, en el referido Acuerdo se establece que la Dirección General de Quejas y Reclamaciones adscrita a esta Procuraduría ha recibido numerosas quejas relativas a la problemática del embargo en cuentas bancarias.

Aunado a lo anterior, se describe que esta Procuraduría solicitó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores informara el número de solicitudes de embargo en las cuentas bancarias que ha recibido. Al respecto, dicha Comisión proporcionó la información correspondiente, de la cual se desprende que el número de solicitudes de embargo que han presentado las autoridades fiscales se ha incrementado considerablemente.

En consecuencia, esta Procuraduría señaló en el Acuerdo de Calificación que es factible advertir la presencia de elementos que conforman la existencia de un problema sistémico que requiere de la búsqueda de soluciones. Por ello, en el referido Acuerdo se manifestaron la materia y las prácticas correspondientes que a continuación se citan:

http://www.prodecon.gob.mx/noticias_banner/Noticia_8.html (3 de 7)25/01/2012 03:54:31 a.m.

Page 6: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas

Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

“…

I. MATERIA

La problemática consistente en que las autoridades fiscales realizan el aseguramiento, embargan precautoriamente o como medio de cobro las cuentas bancarias de los contribuyentes causando una posible afectación a sus derechos fundamentales implica analizar las siguientes:

II. PRACTICAS ADMINISTRATIVAS Y NORMATIVIDAD JURÍDICA DE LA AUTORIDAD

1. Conforme a lo manifestado por la ANEFAC, CONCAMIN, COPARMEX, CONCANACO SERVYTUR, así como lo expresado en las conclusiones por los especialistas en la Mesa I en el citado “Foro de Interlocución y Análisis con los Contribuyentes, Problemas Sistémicos y Propuestas Legislativas” se desprende que en el embargo en las cuentas bancarias existe la posibilidad de las siguientes prácticas:

a) Durante el procedimiento administrativo de ejecución, el ejecutor procede al embargo de las cuentas bancarias porque considera que no son suficientes los bienes señalados por el deudor, acto que se encuentra previamente incluido como leyenda en el formato del acta del procedimiento administrativo de ejecución.

b) El embargo en las cuentas bancarias de los contribuyentes ocasiona que no tengan los medios financieros para llevar a cabo sus operaciones e impide efectuar las inversiones necesarias, provocando el desempleo, estancamiento y la agonía de sus empresas.

c) La autoridad fiscal tarda en levantar el embargo, no obstante que el contribuyente ha pagado o garantizado el interés fiscal, lo que incrementa los daños y perjuicios que se ocasionan.

d) No se respetan, al parecer, los derechos de prelación que tienen otros créditos antes del fiscal.

2. Aunado a lo anterior, conforme a lo establecido en el artículo 72 de los citados Lineamientos, esta Procuraduría de manera oficiosa, en ejercicio de sus atribuciones y conforme al referido análisis publicado en la página electrónica de esta Procuraduría, citado en el apartado de antecedentes del presente, se desprende que en el embargo en las cuentas bancarias se pudiera también advertir la posibilidad de las siguientes prácticas:

http://www.prodecon.gob.mx/noticias_banner/Noticia_8.html (4 de 7)25/01/2012 03:54:31 a.m.

Page 7: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas

Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

a) Al ejercer la autoridad fiscal sus facultades de fiscalización, procede al aseguramiento de los bienes —embarga las cuentas bancarias—, cuando el contribuyente supuestamente se niega a proporcionar la contabilidad requerida, aún sin existir un crédito fiscal a su cargo, de conformidad con el art. 145-A, fracción III del Código Fiscal de la Federación.

b) La autoridad fiscal no acredita fehacientemente que el contribuyente obstaculizó o se opuso al inicio o desarrollo de sus facultades de comprobación y, sin previa notificación, procede al aseguramiento de bienes —embargo en cuentas bancarias—, de conformidad con el art. 145-A, fracción I del citado Código. Asimismo, no acredita el concepto jurídico de peligro inminente que establece el artículo 145 de dicho ordenamiento legal.

c) El contribuyente no tiene garantía de audiencia para señalar los bienes a embargar por lo que la autoridad fiscal inmoviliza la totalidad de sus cuentas bancarias y procede al cobro directo y automático del crédito fiscal firme de conformidad con el artículo 156-Ter, fracción I del referido Código.

d) La autoridad fiscal utiliza el aseguramiento como un mecanismo para garantizar futuros e inciertos créditos fiscales, situación que no está prevista en la Ley.

e) La autoridad fiscal, cuando emite el oficio por el que solicita el congelamiento de las cuentas bancarias, no especifica el monto o el importe que se embargará de dichas cuentas.

…”

En dicho Acuerdo de Calificación se manifestó que esta Procuraduría de la Defensa del Contribuyente apreció que estas conductas pueden estar atentando contra los derechos de los contribuyentes desde distintos niveles —actuaciones aisladas consideradas individualmente, prácticas reiteradas de la autoridad fiscal, ordenadas desde oficinas centrales atendiendo a criterios generales, y actuaciones realizadas conforme a disposiciones legales que desproporcionadamente atentan contra las prerrogativas y derechos de los pagadores de impuestos—, por lo que dichas conductas se analizaron y detallaron en el referido Acuerdo de Calificación.

Aunado a lo anterior, se especificaron los aspectos involucrados a dicha problemática, los cuales son de

http://www.prodecon.gob.mx/noticias_banner/Noticia_8.html (5 de 7)25/01/2012 03:54:31 a.m.

Page 8: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas

Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

índole jurídico y financiero.

En el citado documento, esta Procuraduría estimó que, de no desvirtuarse las circunstancias que han sido traídas a su atención, se estaría ante un problema sistémico, el cual se suscita con motivo de la contravención o afectación de postulados normativos generales que trasciendan al sistema tributario en su totalidad y que, en caso de confirmarse, se estarían contraviniendo los derechos fundamentales de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tales como los artículos 1º, 14 y 16 de dicha Carta Magna, así como la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente.

Asimismo en el supracitado Acuerdo de Calificación se explicó que una vez realizada la investigación correspondiente y el análisis respectivo, es factible advertir que las prácticas de las autoridades fiscales que fueron hechas del conocimiento de esta Procuraduría por los sectores y agrupaciones de contribuyentes, así como las contempladas de manera oficiosa por este Organismo Descentralizado, en caso de corroborarse su actualización, estarían ocasionando afectaciones a las esferas jurídica y económica de un sector de contribuyentes y, por ende, pueden constituir un problema sistémico.

A partir de la notificación del Acuerdo, las autoridades fiscales cuentan con un plazo de 30 días naturales para manifestar lo que a su derecho convenga. Con base en lo que lleguen a responder dichas autoridades, la Procuraduría procederá a emitir el dictamen respectivo, en el que, de ser el caso, podrá efectuar recomendaciones tendentes a tutelar de mejor manera los derechos de los contribuyentes.

Lo anterior, sin perjuicio de otras atribuciones al alcance de la Procuraduría, como son las de convocar a las autoridades a las mesas de trabajo que sean necesarias a fin de encontrar las mejores soluciones posibles a los problemas que aquejan a los pagadores de impuestos, o bien, proponer modificaciones tanto a la normatividad interna del Servicio de Administración Tributaria, como a las propias disposiciones fiscales, ante la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.

La publicación y difusión del presente Acuerdo tiene como uno de sus fines que cualquier persona o agrupación con interés legítimo manifieste lo que a su derecho convenga, lo cual se puede realizar a través de la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected].

http://www.prodecon.gob.mx/noticias_banner/Noticia_8.html (6 de 7)25/01/2012 03:54:31 a.m.

Page 9: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas

Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

Da click aquí para ver el documento completo.

Da click aquí para ver el Boletín de Prensa 04/2012

Problema Sistémico

La PRODECON tiene la facultad de ejercer atribuciones de investigación e identificación de problemas de carácter sistémico entendiéndose por tales los que deriven de la estructura misma del sistema tributario y que se traduzcan en inseguridad jurídica, molestias, afectaciones o vulneración de derechos en perjuicio de todos los contribuyentes, de una generalidad o de un grupo o categoría de los mismos. Se trata de problemas que por su complejidad ameritan estudios, análisis y, en su caso, cambios administrativos o incluso modificaciones a normas legales o administrativas, para tutelar de manera efectiva los derechos de los contribuyentes.

De conformidad con los Lineamientos que regulan el ejercicio de las atribuciones sustantivas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, en su caso, al emitirse el dictamen correspondiente se precisará si el problema sistémico consiste en indebida fundamentación y motivación; apreciación equivocada de los hechos; exceso en el ejercicio de las facultades de la autoridad; aplicación de la ley sin considerar las circunstancias en que se encuentren los contribuyentes; criterios contradictorios entre las autoridades que aplican la norma; violación de jurisprudencia; entre otros supuestos.

Nuevo León No. 250, Piso 11, Col. Hipodromo Condesa, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 6100, México, D.F..- Tel. 26 36 36 60

http://www.prodecon.gob.mx/noticias_banner/Noticia_8.html (7 de 7)25/01/2012 03:54:31 a.m.

Page 10: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 11: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 12: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 13: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 14: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 15: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 16: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 17: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 18: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 19: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 20: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 21: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 22: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 23: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 24: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 25: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 26: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 27: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 28: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 29: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 30: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 31: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 32: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 33: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 34: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 35: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 36: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 37: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 38: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 39: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 40: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 41: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 42: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 43: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 44: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas
Page 45: PRODECON. Acuerdo Calificación Cuentas Congeladas