Programa Nacional para la Igualdad y No Discriminación 2014-2018 Pronaind 2014-2018.

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Programa Nacional para la Igualdad y No Discriminación

2014-2018

Pronaind 2014-2018

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ANTECEDENTES DEL

PROGRAMA

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LOS 10 HITOS EN LA LEGISLACIÓN Y POLÍTICA ANTIDISCRIMINATORIA EN MÉXICO

Ratificación de Tratados Internacionales en materia de derechos humanos

Publicación de Leyes Federales sobre grupos Vulnerados (Mujeres , Personas con discapacidad, niños, niñas y adolescentes, Jóvenes, Personas Adultas Mayores, Personas indígenas, personas con VIH, Migrantes)

Reforma Constitucional

en DH 2001

Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación 2003

Creación del Conapred 2004

Reforma al Código Penal Federal para incluir el capítulo de Delitos contra la dignidad de la persona. Delito de Discriminación 2012

Programa Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación (PNPED) 2012

(Programa Institucional)

Reforma Constitucional en materia de DH 2011

Reforma a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación 2014

Programa Nacional para la Igualdad y la No Discriminación (Pronaind)

2014(Programa Especial)

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• Mandata a cada institución pública de todos los niveles de gobierno a promover, respetar y garantizar los derechos humanos

• Eleva a rango constitucional el reconocimiento de los Derechos Humanos como fuente internacional

• Establece el principio Pro Persona• Obligación del Estado y de todas las autoridades del Estado de promover,

respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad

• Establecimiento de la obligatoriedad de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos

• Reconoce el derecho a la igualdad y a la No Discriminación (cláusula antidiscriminatoria)

ARTÍCULO 1 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

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Es conocido como el “Principio pro persona”

• ¿Qué significa? Significa identificar la norma que más protege o garantice de mejor manera el derecho o derechos en cuestión. Aplica también a la interpretación de normas*.

• ¿Por qué es importante? Implica aplicar una perspectiva de derechos humanos así como colocar a la persona en el centro de las decisiones en el quehacer público.

PRINCIPIO DE PROTECCIÓN MÁS AMPLIA A LAS PERSONAS

* Con información de SEGOB (2014): Manual y Protocolo para la Elaboración de Políticas Públicas de Derechos Humanos Conforme a los Nuevos principios Constitucionales: Programando con perspectiva de Derechos Humanos en México. Pág.21

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• De acuerdo a la reforma constitucional, y retomando instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, el Estado tiene las siguientes obligaciones*:

OBLIGACIONES DEL ESTADO

OBLIGACIONES DEL ESTADO

No interferir con el goce de los derechos humanos de las personas

Prevenir, investigar, sancionar y reparar violaciones a los DDHH

Evitar violaciones a los derechos humanos por servidores públicos o particulares

Permitir el acceso de todas las personas a los derechos humanos para cumplir con las obligaciones internacionales en la materia

Garantizar

Satisfacer

Respetar

Proteger

* Con información de SEGOB (2014): Manual y Protocolo para la Elaboración de Políticas Públicas de Derechos Humanos Conforme a los Nuevos principios Constitucionales: Programando con perspectiva de Derechos Humanos en México. Pp.8-9

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IMPLICACIONES DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL DEL 2011

Como servidor(a) público(a) tengo que:

• Conocer los derechos humanos• Identificar aquellos que se relacionan con el quehacer de la institución en la que

laboro• Conocer los tratados internacionales relacionados con el quehacer de mi

institución• Reconocer que al final del día, aunque trate con empresas, leyes,

organizaciones, trato con personas• Estar consciente de los diferentes contextos de las personas a las que brindo

servicio y de las limitantes que pueden enfrentar

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toda distinción, exclusión, restricción o preferencia quepor acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional

y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades,

cuando se base en uno o más de los siguientes motivos:

• origen étnico o nacional, • color de piel, la cultura,• el sexo, el género, la edad,• las discapacidades, • la condición social, económica, de salud

o jurídica,• la religión,• la apariencia física, las características

genéticas, • la situación migratoria,• el embarazo,

• la lengua, las opiniones,• las preferencias sexuales, • la identidad o filiación política,• el estado civil,• la situación familiar, • las responsabilidades familiares, • el idioma, • los antecedentes penales o

cualquier otro motivo;

Discriminación es

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también se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como de discriminación racial y de otras formas conexas de intolerancia.

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• Art. 17.- El Consejo tiene como objeto (IV): Coordinar las acciones de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Federal, en materia de prevención y eliminación de la discriminación

• Art. 20.- Son atribuciones del Consejo (XXII): Elaborar, coordinar y supervisar la instrumentación del Programa, que tendrá el carácter de especial y de cumplimiento obligatorio de conformidad con la Ley de Planeación

MARCO JURÍDICOLEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN

(2014)

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EL PROGRAMA NACIONAL PARA LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN (2014-2018)

• Es el principal instrumento de política pública en materia de no discriminación

• Responde al mandato del artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente a los párrafos 3º y 5º referidos a las obligaciones de derechos humanos y a la prohibición de toda discriminación.

• Incorpora la reforma a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

• Incorpora elementos de la Guía Práctica para el Desarrollo de Planes Nacionales de Acción contra la Discriminación racial de la OACNUDH.

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EL PROGRAMA NACIONAL PARA LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN (2014-2018)

• Primer programa que incluye medidas de igualdad

• Primer programa que incluye medidas de reparación

• Incorpora la no discriminación como un derecho transversal y como derecho específico.

• Incluye la interseccionalidad y discriminación múltiple.

• Aborda el clasismo, racismo, machismo, homofobia y xenofobia como contexto situacional y estructural.

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Un diagnóstico que da cuenta de la situación de la discriminación en el país

6 objetivos

35 estrategias

242 líneas de acción

24 líneas de acción transversales

218 líneas de acción específicas para las 52 dependencias y entidades involucradas

10 indicadores

ESTRUCTURA

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• El PRONAIND está alineado con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018:o Meta Nacional I. México en Pazo Objetivo 1.5. Garantizar el respeto y protección de los derechos

humanos y la erradicación de la discriminacióno Estrategia 1.5.4. Establecer una Política de igualdad y no

discriminación.

• Y con el Programa Sectorial de la Secretaría de Gobernación:o Objetivo 3. Garantizar el respeto y protección de los derechos

humanos, la reducción de la discriminación y de la violencia contra las mujeres.

ALINEACIÓN CON EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO Y EL PROGRAMA SECTORIAL DE

GOBERNACIÓN

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PROGRAMAS HERMANOS DEL PRONAIND

PROGRAMA NACIONAL PARA LA IGUALDAD ENTRE

MUJERES Y HOMBRES

PROGRAMA ESPECIAL DE LOS PUEBLOS

INDÍGENAS PROGRAMA NACIONAL

DE JUVENTUD

PROGRAMA ESPECIAL DE MIGRACIÓN

PROGRAMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y LA INCLUSIÓN DE LAS

PERSONAS CON DISCAPACIDAD

PROGRAMA NACIONAL DE

DERECHOS HUMANOS

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OBJETIVOS Y TIPOS DE LÍNEAS DE ACCIÓN

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OBJETIVO 1

Fortalecer la incorporación de la obligación de igualdad y no discriminación en todo el quehacer público.

Cambiar la normatividad al interior de las instituciones de gobierno para garantizar la igualdad de trato y no discriminación.

Modificación de reglamentos, códigos de conducta para incluir el principio de igualdad y no discriminación

Líneas de acción enfocadas a:

Resultado:

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OBJETIVO 2

Promover políticas y medidas tendentes a que las instituciones de la APF ofrezcan protección a la sociedad contra actos discriminatorios.

Establecer un mecanismo de defensa en casos de discriminación al interior de las dependencias. Obligación de garantizar.

Elaboración de un protocolo de atención dentro de la institución para casos de discriminación

Líneas de acción enfocadas a:

Resultado:

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OBJETIVO 3

Garantizar medidas progresivas tendientes a cerrar brechas de desigualdad que afectan a la población discriminada en el disfrute de derechos.

Acciones para satisfacer el derecho a la igualdad de trato y no discriminación para que todas las personas puedan disfrutar de este derecho.

Adecuación de las instalaciones de la dependencia para garantizar el acceso y funcionalidad a todas las personas.

Líneas de acción enfocadas a:

Resultado:

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OBJETIVO 4

Fortalecer el conocimiento de la situación de discriminación en el país para incidir en su reducción.

Elaboración de herramientas metodológicas y técnicas para conocer la situación de la discriminación en el país y orientar la política pública.

Generación de informes especificando las diferentes poblaciones atendidas, reconociendo los grupos discriminados

Líneas de acción enfocadas a:

Resultado:

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OBJETIVO 5

Fortalecer el cambio cultural en favor de la igualdad, diversidad, inclusión y no discriminación con participación ciudadana.

Educación, participación ciudadana, trabajar con medios de comunicación y demás instituciones dentro de la sociedad para modificar actitudes discriminatorias.

Campaña de visibilización y respeto de los grupos discriminados en coordinación con medios de comunicación

Líneas de acción enfocadas a:

Resultado:

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OBJETIVO 6

Promover la armonización del orden jurídico nacional con los estándares más altos en materia de igualdad y no discriminación.

Ratificación del convenio 189 de la OIT sobre el trabajo decente para las y los trabajadores domésticos

Resultado:

Líneas de acción enfocadas a:

Trabajar en materia legislativa para aterrizar los derechos consagrados en instrumentos Internacionales en el ámbito local.

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GRACIAS