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I. E. S. JULIÁN MARÍAS
PROPUESTA
CURRICULAR
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ÍNDICE
1.- DEFINICIONES PREVIAS
2.- NORMATIVA LEGAL
3.- INTRODUCCIÓN
4.- ADECUACIÓN Y CONCRECIÓN DE LOS OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA
OBLIGATORIA Y DEL BACHILLERATO DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL
PROYECTO EDUCATIVO
4.1.- PRINCIPIOS GENERALES Y OBJETIVOS DE LA ESO
4.2.- PRINCIPIOS GENERALES Y OBJETIVOS DEL BACHILLERATO
4.3.- OBJETIVOS GENERALES Y ADAPTADOS AL CENTRO
4.3.1.- El contexto socio-cultural y económico. El Entorno de procedencia de alumnos
4.3.1.1.- El Barrio de Parquesol
4.3.1.2.- Arroyo, La Flecha y La Vega
4.3.2.- Objetivos Generales
4.3.3.- Objetivos de la ESO adaptados al Centro
4.3.4.- Objetivos de Bachillerato adaptados al Centro
4.3.5.- Objetivos de los Ciclos adaptados al Centro
5.- CONTENIDOS, CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE
EVALUABLES CORRESPONDIENTES A CADA MATERIA Y CURSO.
6.- DECISIONES DE CARÁCTER GENERAL SOBRE MÉTODOS PEDAGÓGICOS Y
DIDÁCTICOS.
6.1.- Introducción
6.2.- Criterios metodológicos de carácter general
6.3.- Medidas generales de Atención a la Diversidad
6.3.1.- Atención a la diversidad en ESO. Principios generales
6.3.2.- Atención a la diversidad en Bachillerato. Principios generales
7.- CRITERIOS PARA EL AGRUPAMIENTO DEL ALUMNADO, ASÍ COMO PARA LA
ORGANIZACIÓN Y HORARIOS DE CURSO.
7.1.-ENSEÑANZAS QUE SE IMPARTEN EN ESTE CENTRO
7.2.- HORARIO DE LOS PROFESORES
7.3.- HORARIO DE LOS ALUMNOS
8.- CRITERIOS DE SELECCIÓN DE MATERIAL DE DESARROLLO CURRICULAR
9.- CRITERIOS GENERALES DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES DEL ALUMNADO
9.1.- Criterios generales de evaluación de los aprendizajes del alumnado, teniendo en cuenta las adaptaciones realizadas para el alumnado con necesidades educativas
especiales en la E.S.O.
9.2.- Criterios generales de evaluación de los aprendizajes del alumnado de Bachillerato.
10.- CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL ALUMNADO
10.1.- CRITERIOS DE PROMOCIÓN EN LA ESO.
10.1.1.- Promoción
10.1.2.- Titulación y certificaciones
10.2.- CRITERIOS DE PROMOCIÓN EN BACHILLERATO
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10.2.1.- Promoción
10.2.2.- Titulación y certificación
11.- CRITERIOS GENERALES PARA LA ATENCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE EVALUACIÓN Y
RECUPERACIÓN DE LOS ALUMNOS CON MATERIAS PENDIENTES.
11.1.- Criterios para la recuperación de alumnos con materias pendientes ESO
11.2.- Criterios para la recuperación de alumnos con materias pendientes BACHILLERATO
12.- ORIENTACIONES PARA INCORPORAR LOS ELEMENTOS TRANSVERSALES
13.- PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS PARA LA ESO
14.- PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS PARA BACHILLERATO
15.- CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN ANUAL DE LA PROPUESTA
CURRICULAR.
15.1.- Evaluación de la Propuesta Curricular 2015/16
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1.- DEFINICIONES PREVIAS (Según RD 1105/2014)
a) Currículo: regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y
aprendizaje para cada una de las enseñanzas y etapas educativas.
b) Objetivos: referentes relativos a los logros que el estudiante debe alcanzar al finalizar cada
etapa, como resultado de las experiencias de enseñanza-aprendizaje intencionalmente planificadas a tal fin.
c) Competencias: capacidades para aplicar de forma integrada los contenidos propios de cada
enseñanza y etapa educativa, con el fin de lograr la realización adecuada de actividades y la
resolución eficaz de problemas complejos. d) Contenidos: conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen
al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la adquisición de competencias.
Los contenidos se ordenan en asignaturas, que se clasifican en materias y ámbitos, en función de las etapas educativas o los programas en que participe el alumnado.
e) Estándares de aprendizaje evaluables: especificaciones de los criterios de evaluación que
permiten definir los resultados de aprendizaje, y que concretan lo que el estudiante debe saber, comprender y saber hacer en cada asignatura; deben ser observables, medibles y evaluables y
permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado. Su diseño debe contribuir y facilitar el diseño
de pruebas estandarizadas y comparables.
f) Criterios de evaluación: son el referente específico para evaluar el aprendizaje del alumnado. Describen aquello que se quiere valorar y que el alumnado debe lograr, tanto en
conocimientos como en competencias; responden a lo que se pretende conseguir en cada
asignatura. g) Metodología didáctica: conjunto de estrategias, procedimientos y acciones organizadas y
planificadas por el profesorado, de manera consciente y reflexiva, con la finalidad de posibilitar el
aprendizaje del alumnado y el logro de los objetivos planteados.
h) Las competencias clave del currículo serán las siguientes:
Comunicación lingüística.
Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.
Competencia digital.
Aprender a aprender. Competencias sociales y cívicas.
Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor.
Conciencia y expresiones culturales.
Para una adquisición eficaz de las competencias y su integración efectiva en el currículo, deberán diseñarse actividades de aprendizaje integradas que permitan al alumnado avanzar hacia
los resultados de aprendizaje de más de una competencia al mismo tiempo.
Se potenciará el desarrollo de las competencias Comunicación lingüística, Competencia
matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.
i) Los elementos transversales se trabajarán en todas las materias:
La comprensión lectora
La expresión oral y escrita
La comunicación audiovisual
Las Tecnologías de la Información y la Comunicación
El emprendimiento
La educación cívica y constitucional
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2.- NORMATIVA LEGAL
2.1.- Constitución española.
2.2.- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
2.3.- Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre de 2006 sobre las
competencias clave para el aprendizaje permanente.
2.4.- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
2.5.- Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos
y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen
las normas de convivencia y disciplina en los Centros Educativos de Castilla y León.
2.6.- Orden EDU/1921/2007, de 27 de noviembre, por la que se establecen medidas y actuaciones
para la promoción y mejora de la convivencia en los centros educativos de Castilla y León.
2.7.- Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
2.8.- Ley 3/2014, de 16 de abril, de autoridad del profesorado.
2.9.- Decreto 23/2014, de 12 de junio, por el que se establece el marco del gobierno y autonomía
de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León.
2.10.- Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de
la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
2.11.- Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las
competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato.
2.12.- Decreto 24/2015, de 26 de marzo, por el que se derogan el Decreto 52/2007, de 17 de mayo,
por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León, y el Decreto 42/2008, de 5 de junio, por el que se establece el currículo de
Bachillerato en la Comunidad de Castilla y León.
2.13.- Orden EDU/362/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la
implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad
de Castilla y León.
2.14.- Orden EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la
implantación, evaluación y desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León.
2.15.- Resolución de 15 de julio de 2015, de la Dirección General de Política Educativa Escolar,
por la que se dispone la publicación de la Instrucción de 15 de julio de 2015 de esta Dirección
General, por la que se unifican las actuaciones de los centros docentes no universitarios de Castilla y León correspondientes al inicio del curso escolar 2015/2016.
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2.16.- Real Decreto 665/2015, de 17 de julio, por el que se desarrollan determinadas disposiciones
relativas al ejercicio de la docencia en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato, la
Formación Profesional y las enseñanzas de régimen especial, a la formación inicial del profesorado y a las especialidades de los cuerpos docentes de Enseñanza Secundaria.
2.17.- Orden ECD/462/2016, de 31 de marzo, por la que se regula el procedimiento de incorporación del alumnado a un curso de Educación Secundaria Obligatoria o de
Bachillerato del sistema educativo definido por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre,
para la mejora de la calidad educativa, con materias no superadas del currículo anterior a su
implantación.
2.18.- Orden EDU/589/2016, de 22 de junio, por la que se regula la oferta de materias del bloque
de asignaturas de libre configuración autonómica en tercer y cuarto curso de educación secundaria obligatoria, se establece su currículo y se asignan al profesorado de los centros
públicos y privados de la Comunidad de Castilla y León.
2.19.- Orden EDU/590/2016, de 23 de junio, por la que se concretan los Programas de mejora del
aprendizaje y del rendimiento que se desarrollan en los centros que imparten Educación
Secundaria Obligatoria en la
Comunidad de Castilla y León y se regula su puesta en funcionamiento y el procedimiento para la incorporación del alumnado.
2.20.- Resolución de 5 de julio de 2016, de la Dirección General de Política Educativa Escolar, por la que se dispone la publicación de la Instrucción de 4 de julio de 2016 de esta Dirección
General, por la que se unifican las actuaciones de los centros docentes no universitarios de
Castilla y León correspondientes al inicio del curso escolar 2016/2017.
2.21.- Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de
Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato.
2.22.- Orden EDU/774/2016, de 5 de septiembre, por la que se regula la repetición parcial de
segundo curso de Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la
Comunidad de Castilla y León en el curso 2016/2017.
2.23.- Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgente para la ampliación del
calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de
la calidad educativa.
2.24.- Real Decreto 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las condiciones para la
obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas
urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9
de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
2.25.- Orden EDU/472/2017 de 14 de junio por por la que se adecúan los documentos oficiales de
evaluación en lo referente a cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria y a segundo de
Bachillerato a lo dispuesto en la disposición final quinta 2 y 3 de la Ley Orgánica 8/2013, para la Mejora de la Calidad Educativa, en la Comunidad de Castilla y León.
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Con respecto a los Ciclos Formativos que se imparten en el Centro, la normativa de referencia se basa en:
2.26.- ORDEN EDU/2169/2008, de 15 de diciembre, por la que se regula el proceso de
evaluación y la acreditación académica de los alumnos que cursen enseñanzas de
formación profesional inicial en la Comunidad de Castilla y León.
2.27.- ORDEN EDU/580/2012, de 13 de julio, por la que se modifica la Orden
EDU/2169/2008, de 15 de diciembre, por la que se regula el proceso de evaluación y la
acreditación académica de los alumnos que cursen enseñanzas de formación profesional
inicial en la Comunidad de Castilla y León.
2.28.- ORDEN EDU/1435/2011, de 15 de noviembre, por la que se modifican disposiciones
administrativas de carácter general en lo referente a la intervención de la Inspección
Educativa.
2.29.- ORDEN EDU/1103/2014, de 17 de diciembre, por la que se regula el proceso de
evaluación y la acreditación académica del alumnado que curse las enseñanzas de
Formación Profesional Básica en la Comunidad de Castilla y León, y se modifica la Orden
EDU/2169/2008, de 15 de diciembre, por la que se regula el proceso de evaluación y la
acreditación académica de los alumnos que cursen enseñanzas de formación profesional
inicial en la Comunidad de Castilla y León.
2.30.- Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la
Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema
educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos
y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos
académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
2.31.- DECRETO 22/2014, de 12 de junio, por el que se regulan determinados aspectos para la
implantación de la Formación Profesional Básica en la Comunidad de Castilla y León.
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3.- INTRODUCCIÓN
Esta Propuesta curricular para las etapas de Educación Secundaria Obligatoria y
Bachillerato toma como referencia, el Art. 17 de la Orden EDU/362/2015 y el artículo 20 de la
Orden/363/2015, ambas de 4 de mayo, publicadas en el BOCyL el viernes 8 de mayo de 2015, que
establecen el currículo y regulan la implantación, evaluación y desarrollo de la Educación
Secundaria Obligatoria y el Bachillerato en la Comunidad de Castilla y León.
Dichas Órdenes establecen que “El equipo directivo del centro, de acuerdo con las
directrices propuestas por la Comisión de Coordinación Pedagógica, establecerá las actuaciones
precisas para que el claustro de profesores, a partir del currículo establecido en la Orden
EDU/362/2015 y Orden EDU/363/2015, concrete la propuesta curricular del centro. Ésta formará
parte del proyecto educativo e incluirá, al menos, los siguientes elementos:
a) Adecuación y concreción de los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria y
del Bachillerato de acuerdo con lo establecido en el proyecto educativo.
b) Contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables correspondientes a cada materia y curso
c) Decisiones de carácter general sobre métodos pedagógicos y didácticos.
d) Criterios para el agrupamiento del alumnado, así como para la organización y
horarios decurso.
e) Criterios de selección de materiales de desarrollo curricular.
f) Criterios generales de evaluación de los aprendizajes del alumnado, teniendo en cuenta las adaptaciones realizadas para el alumnado con necesidades educativas
especiales en la E.S.O.
g) Criterios de promoción del alumnado(E.S.O.)
h) Criterios generales para la atención de las actividades de evaluación y recuperación
de los alumnos con materias pendientes.
i) Orientaciones para incorporar los elementos transversales
j) Programaciones didácticas de materia y curso.
k) Criterios y procedimientos para la evaluación anual de la propuesta curricular.
La propuesta curricular de los centros sostenidos con fondos públicos será informada en el
Consejo Escolar del centro y aprobada por el Claustro de Profesores.
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4.- ADECUACIÓN Y CONCRECIÓN DE LOS OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN
SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DEL BACHILLERATO DE ACUERDO CON LO
ESTABLECIDO EN EL PROYECTO EDUCATIVO.
El Real Decreto 1105/2014 define objetivos como “los referentes relativos a los
logros que el estudiante debe alcanzar al finalizar cada etapa, como resultado de las
experiencias de enseñanza-aprendizaje intencionalmente planificadas a tal fin”.
4.1- PRINCIPIOS GENERALES Y OBJETIVOS DE LA ESO
a) Principios Generales de la ESO
El artículo 10 del Real Decreto 1105/2014 determina los Principios Generales de la Educación
Secundaria Obligatoria.
1. La finalidad de la Educación Secundaria Obligatoria consiste en lograr que los alumnos y alumnas
adquieran los elementos básicos de la cultura, especialmente en sus aspectos humanístico, artístico,
científico y tecnológico; desarrollar y consolidar en ellos hábitos de estudio y de trabajo; prepararles para su
incorporación a estudios posteriores y para su inserción laboral y formarles para el ejercicio de sus derechos
y obligaciones en la vida como ciudadanos.
2. En la Educación Secundaria Obligatoria se prestará especial atención a la orientación educativa y
profesional del alumnado.
3. La Educación Secundaria Obligatoria se organiza de acuerdo con los principios de educación común
y de atención a la diversidad del alumnado. Las medidas de atención a la diversidad en esta etapa estarán orientadas a responder a las necesidades educativas concretas del alumnado y al logro de los objetivos de la
Educación Secundaria Obligatoria y la adquisición de las competencias correspondientes y no podrán, en
ningún caso, suponer una discriminación que les impida alcanzar dichos objetivos y competencias y la
titulación correspondiente.
b) Objetivos de la ESO
El artículo 11 del Real Decreto 1105/2014 determina los objetivos de la Educación Secundaria
Obligatoria.
La Educación Secundaria Obligatoria contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las
capacidades que les permitan:
a) Asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a los demás,
practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos, ejercitarse en el diálogo
afianzando los derechos humanos y la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, como valores comunes de una sociedad plural y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática.
b) Desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo como
condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio de desarrollo
personal.
c) Valorar y respetar la diferencia de sexos y la igualdad de derechos y oportunidades entre ellos.
Rechazar la discriminación de las personas por razón de sexo o por cualquier otra condición o circunstancia
personal o social. Rechazar los estereotipos que supongan discriminación entre hombres y mujeres, así como
cualquier manifestación de violencia contra la mujer.
d) Fortalecer sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con
los demás, así como rechazar la violencia, los prejuicios de cualquier tipo, los comportamientos sexistas y
resolver pacíficamente los conflictos. e) Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido crítico,
adquirir nuevos conocimientos. Adquirir una preparación básica en el campo de las tecnologías,
especialmente las de la información y la comunicación.
f) Concebir el conocimiento científico como un saber integrado, que se estructura en distintas
disciplinas, así como conocer y aplicar los métodos para identificar los problemas en los diversos campos
del conocimiento y de la experiencia.
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g) Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismo, la participación, el sentido crítico, la
iniciativa personal y la capacidad para aprender a aprender, planificar, tomar decisiones y asumir
responsabilidades.
h) Comprender y expresar con corrección, oralmente y por escrito, en la lengua castellana y, si la
hubiere, en la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma, textos y mensajes complejos, e iniciarse en el
conocimiento, la lectura y el estudio de la literatura.
i) Comprender y expresarse en una o más lenguas extranjeras de manera apropiada.
j) Conocer, valorar y respetar los aspectos básicos de la cultura y la historia propias y de los demás, así
como el patrimonio artístico y cultural.
k) Conocer y aceptar el funcionamiento del propio cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias,
afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la educación física y la práctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y social. Conocer y valorar la dimensión humana de la sexualidad en
toda su diversidad. Valorar críticamente los hábitos sociales relacionados con la salud, el consumo, el
cuidado de los seres vivos y el medio ambiente, contribuyendo a su conservación y mejora.
l) Apreciar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones artísticas,
utilizando diversos medios de expresión y representación.
4.2- PRINCIPIOS GENERALES Y OBJETIVOS DEL BACHILLERATO
a) Principios Generales del Bachillerato
El artículo 24 del Real Decreto 1105/2014 determina los Principios Generales del Bachillerato.
El Bachillerato tiene como finalidad proporcionar al alumnado formación, madurez intelectual y
humana, conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida
activa con responsabilidad y competencia. Asimismo, capacitará al alumnado para acceder a la educación
superior.
b) Objetivos del Bachillerato
El artículo 25 del Real Decreto 1105/2014 determina los objetivos del Bachillerato.
El Bachillerato contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan:
a) Ejercer la ciudadanía democrática, desde una perspectiva global, y adquirir una conciencia cívica
responsable, inspirada por los valores de la Constitución española así como por los derechos humanos, que fomente la corresponsabilidad en la construcción de una sociedad justa y equitativa.
b) Consolidar una madurez personal y social que les permita actuar de forma responsable y autónoma y
desarrollar su espíritu crítico. Prever y resolver pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales.
c) Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, analizar y
valorar críticamente las desigualdades y discriminaciones existentes, y en particular la violencia contra la
mujer e impulsar la igualdad real y la no discriminación de las personas por cualquier condición o
circunstancia personal o social, con atención especial a las personas con discapacidad.
d) Afianzar los hábitos de lectura, estudio y disciplina, como condiciones necesarias para el eficaz
aprovechamiento del aprendizaje, y como medio de desarrollo personal.
e) Dominar, tanto en su expresión oral como escrita, la lengua castellana y, en su caso, la lengua
cooficial de su Comunidad Autónoma. f) Expresarse con fluidez y corrección en una o más lenguas extranjeras.
g) Utilizar con solvencia y responsabilidad las tecnologías de la información y la comunicación.
h) Conocer y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo, sus antecedentes históricos
y los principales factores de su evolución. Participar de forma solidaria en el desarrollo y mejora de su
entorno social.
i) Acceder a los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y dominar las habilidades
básicas propias de la modalidad elegida.
j) Comprender los elementos y procedimientos fundamentales de la investigación y de los métodos
científicos. Conocer y valorar de forma crítica la contribución de la ciencia y la tecnología en el cambio de
las condiciones de vida, así como afianzar la sensibilidad y el respeto hacia el medio ambiente.
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k) Afianzar el espíritu emprendedor con actitudes de creatividad, flexibilidad, iniciativa, trabajo en
equipo, confianza en uno mismo y sentido crítico.
l) Desarrollar la sensibilidad artística y literaria, así como el criterio estético, como fuentes de formación
y enriquecimiento cultural.
m) Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el desarrollo personal y social.
n) Afianzar actitudes de respeto y prevención en el ámbito de la seguridad vial.
4.3- OBJETIVOS GENERALES Y ADAPTADOS AL CENTRO
4.3.1.- El contexto socio-cultural y económico. El Entorno de procedencia de alumnos
4.3.1.1.- El Barrio de Parquesol
Parquesol en un barrio relativamente moderno en constante expansión. Nacido en la década de 1980
El barrio tiene un dinamismo creciente en el área de servicios, absorbiendo una importante tasa del
empleo de la ciudad. Muchos profesionales de estas empresas residen en el propio barrio, donde también
está asentada una amplia capa de trabajadores estables, funcionarios, profesionales liberales y pequeños
empresarios. En definitiva, es un barrio acomodado, característico de las llamadas clases medias, sin
presencia perceptible de sectores marginales.
El crecimiento del barrio es el resultado del desplazamiento de parte de los vecinos de otras áreas del
municipio de menor calidad urbana y peor equipamiento especialmente de las áreas residenciales obreras
asociadas a la expansión industrial vallisoletana de los años 60 como Pajarillos, Rondilla y Delicias, cuyo
proceso de vaciamiento se constata desde comienzo de los años 80 y sobre todo en la segunda mitad de los
mismos. Muchos de sus vecinos son los hijos de esta inmigración de los 60 que al contraer matrimonio o
iniciar una vida autónoma, abandonan el barrio de sus progenitores buscando zonas de mayor calidad
residencial y ambiental.
El barrio desde su creación ha experimentado un crecimiento presentando una pirámide de población
estacionaria propia de una población con un importante peso de la población joven y adulta y un reducido,
pero en aumento, grupo de ancianos.
Por lo tanto, Parquesol es un barrio habitado por población joven, pero madura; con tendencia a reducir
su natalidad y por tanto al estancamiento demográfico. El barrio apenas se ha beneficiado de la
revitalización demográfica que ha supuesto la inmigración para el resto del municipio en los últimos años.
Han de tenerse en cuenta, por lo que respecta a los intereses docentes que apenas existen sectores
sociales con necesidades educativas especiales y que la perspectiva para los años venideros contempla una
caída de la escolarización procedente del entorno más próximo.
4.3.1.2.- Arroyo, La Flecha y La Vega
Arroyo de la Encomienda es un municipio perteneciente a la provincia de Valladolid que se
encuentra dividido en ocho barrios, siendo el más notable el de La Flecha, donde se localiza la corporación
municipal. Los otros barrios son La Vega, Vega de la Encomienda, Arroyo, Monasterio del Prado, Doña
Juana, Las Lomas de Arroyo y Sotoverde.
Al igual que Parquesol, es una zona acomodada, característica de las llamadas clases medias, sin
presencia perceptible de sectores marginales.
Otra característica de nuestro Centro es el aumento en el número de padres que lo eligen para la
educación de sus hijos por diferentes razones: resultados académicos, variedad de idiomas, atención al
alumnado, ciclos formativos con fuerte demanda…. Por otra parte el nivel de exigencia hacia la formación
de sus hijos es muy alto, esto conlleva la realización de un esfuerzo tanto en la mejora continua de la
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calidad educativa (Proyectos, planes, actividades extraescolares,…) como en los canales de comunicación
con los padres para que conozcan las acciones de mejora emprendidas, así como otras características
fundamentales que intervienen en el proceso de enseñanza aprendizaje de sus hijos.
4.3.2.- Objetivos Generales
Los Objetivos Generales de los Ciclos Formativos están regulados por el Real Decreto 1147/2011,
de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema
educativo.
Resulta evidente que los Objetivos Generales de los Ciclos Formativos no pueden estar en
oposición con los Objetivos Generales del I.E.S. y sí, apoyar y profundizar en ellos.
Hemos de tomar conciencia que en nuestro Centro conviven varios tipos de enseñanza: ESO (obligatoria) LOMCE y LOE, Bachillerato (no obligatoria y encaminada a continuar estudios) LOMCE y
LOE y Ciclos formativos (no obligatoria y encaminada al mundo del trabajo y/o a continuar estudios)
LOGSE y LOE, por lo anteriormente expuesto cabe reseñar alguno de los Objetivos Generales del Centro
como punto de partida para concretar en los de los Ciclos Formativos, así:
I. Objetivos generales:
1.- Potenciar la relación del Centro con las familias y el entorno.
2.- Estimular el trabajo coordinado del equipo de profesores.
3.- Crear un ambiente de respeto entre los componentes de la Comunidad Educativa.
4.- Fomentar el buen uso del material y del edificio, así como la limpieza de los mismos.
5.- Asumir la necesidad de unas normas de funcionamiento que garanticen el respeto y la convivencia.
6.- Fomentar la colaboración entre el Centro y los distintos organismos públicos y privados que puedan
incidir sobre la educación de los alumnos.
7.- Utilizar la lengua castellana con espontaneidad, autonomía y reflexión para comunicarse correctamente.
8.- Favorecer una formación integral del alumnado.
9.- Que el centro sea un vehículo integrador entre el alumno y la sociedad.
4.3.3.- Objetivos de ESO adaptados al Centro
Conocer, asumir y ejercer sus derechos y deberes, respetando a los demás. Valorar el principio de
igualdad de oportunidades. Rechazar, por tanto, todo tipo de violencia en los ámbitos escolar,
familiar y social y cualquier tipo de discriminación por razón de sexo, raza, creencias, condición
social o discapacidad.
Desarrollar hábitos de convivencia: orden, disciplina, limpieza y cuidado del material e instalaciones del centro.
Fomentar sus capacidades afectivas en sus relaciones con los demás. Adquirir habilidades para la
prevención y la resolución de conflictos.
Adquirir, desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo
como medio de aprendizaje y de desarrollo personal, valorando el esfuerzo para superar las
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dificultades, como medio para formarse una imagen real de sí mismo, de sus características y
posibilidades. Desarrollar la autoestima.
Manejar adecuadamente y con sentido crítico las distintas fuentes de información y de
comunicación.
Conocer y aplicar los métodos para identificar y resolver los problemas de las distintas disciplinas.
Desarrollar la autonomía en el aprendizaje, la participación, la iniciativa personal, la planificación, la toma de decisiones y la asunción de responsabilidades.
Comprender y producir mensajes orales y escritos complejos en castellano, con propiedad,
autonomía y creatividad para satisfacer sus necesidades de comunicación, para organizar los
propios pensamientos y para interpretar la realidad personal y el mundo circundante, y reflexionar
sobre los procesos implicados en el uso del lenguaje.
Adquirir el hábito de la lectura.
Este objetivo será perseguido por todas las áreas.
Comprender y producir mensajes orales y escritos en, al menos, una lengua extranjera y utilizarlos
en distintas situaciones de comunicación.
Conocer los aspectos fundamentales de la cultura, la geografía y la historia de España y del mundo.
Analizar los procesos y valores que rigen el funcionamiento de las sociedades en el mundo actual.
Respetar el patrimonio artístico, cultural y lingüístico. Conocer y respetar las distintas culturas y
organizaciones de la sociedad.
Concebir el conocimiento científico como un saber integrado que se estructura en distintas
disciplinas. Conocer el funcionamiento del cuerpo humano y adquirir hábitos saludables: ejercicio
físico, alimentación sana, hábitos de consumo. Conocer y valorar la sexualidad humana.
Valorar los hábitos sociales relacionados con el consumo y el cuidado del medio ambiente.
Valorar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones artísticas.
Conocer y apreciar los valores, actitudes y creencias de nuestra tradición, especialmente en Castilla
y León.
4.3.4.- Objetivos de Bachillerato adaptados al Centro
Consolidar el valor de ciudadanía democrática, adquirir conciencia cívica, siguiendo los principios
de la Constitución española y de la Declaración Universal de derechos humanos, fomentando la
corresponsabilidad en la construcción de una sociedad justa, equitativa y que favorezca un desarrollo sostenible.
Consolidar la madurez personal y social. Afianzar la responsabilidad, la autonomía y el espíritu
crítico. Prever y resolver pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales.
Fomentar la igualdad de derechos sin ningún tipo de discriminación por razón de sexo, raza,
condición social, creencias o discapacidad.
Afianzar los hábitos de lectura, estudio y disciplina como medio de aprendizaje y de desarrollo
personal.
Dominar la expresión oral y escrita en lengua castellana y conocer las obras literarias más
representativas.
Expresarse con fluidez y corrección en una o más lenguas extranjeras.
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Manejar con solvencia y espíritu crítico las tecnologías de la información y de comunicación.
Adquirir los conocimientos científicos y tecnológicos y dominar las habilidades básicas de la
modalidad escogida. Conocer y utilizar técnicas de trabajo intelectual. Elaborar estrategias de
identificación y de resolución de problemas en los diversos campos del conocimiento y la
experiencia, mediante procedimientos intuitivos y de razonamiento lógico, contrastándolas y
reflexionando sobre el proceso seguido.
Comprender los elementos y procedimientos fundamentales de la investigación y de los métodos
científicos. Valorar de forma crítica la contribución de la ciencia y la tecnología en las condiciones
de vida. Afianzar el respeto al medio ambiente.
Conocer, analizar y respetar la historia, la cultura y el patrimonio de España, de sus comunidades
autónomas y del mundo, así como su evolución hasta la realidad del mundo contemporáneo.
Afianzar la creatividad, la flexibilidad, la iniciativa, el trabajo en equipo, la confianza en uno
mismo y el sentido crítico.
Desarrollar la sensibilidad artística y literaria y el criterio estético.
Valorar la actividad física y el deporte como medios para mejorar la calidad de vida y la
adquisición de hábitos saludables.
Fomentar actividades solidarias en la mejora del entorno social y natural.
4.3.5.- Objetivos de los Ciclos adaptados al Centro
Generales:
Estos son los cuatro grandes objetivos que nos planteamos para y con nuestros alumnos:
1.- Dotar a los alumnos de una formación específica que les proporcione confianza en sus posibilidades.
2.- Integrar al alumno en la vida del Centro.
3.- Fomentar el trabajo en equipo, la flexibilidad y la valoración de la eficacia de hacer algo en común.
4.- Conseguir la integración de los alumnos en el mundo del trabajo con unas prácticas adecuadas y un buen
seguimiento de las mismas y en su caso favorecerle proceso de formación continuada por parte del
alumnado.
Pero es interesante llegar a un más alto nivel de concreción para lo cual es imprescindible abordar los
siguientes apartados:
Análisis del entorno socioeconómico y de sus posibilidades formativas que contendrá, entre otros,
los siguientes elementos:
- Conocimiento de las empresas e instituciones de la zona que están relacionadas con la formación a
impartir.
- Determinación de sus productos y servicios más característicos.
- Conocimiento de las tecnologías y los sistemas organizativos que ofrecen.
- Conocimiento, en la medida de lo posible, de la evolución tecnológica y laboral previsible en estas
empresas e instituciones.
Análisis de las características de los alumnos y de los recursos humanos y materiales del centro
educativo.
Adecuación de los objetivos generales de los Ciclos Formativos al entorno profesional y
socioeconómico del centro educativo y a las características del alumnado.
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Tras este análisis podemos profundizar en los Objetivos Generales de los Ciclos Formativos,
proponiendo:
Proporcionar el nivel de conocimientos y los procesos de aprendizaje necesarios para el adecuado
desarrollo formativo del alumno, bajo la máxima de “aprender a aprender”, a través de la cual se
conseguirá que el proceso formativo no sufra interrupciones a lo largo de toda la vida profesional
del alumno.
Orientarse en el mercado, identificando sus propias capacidades e intereses y el itinerario
profesional más adecuado a los mismos.
Tomar decisiones responsables fruto del contraste entre el autoconocimiento, la observación, la
comprensión del entorno socio-económico y la formación recibida.
Obtener, seleccionar e interpretar información, utilizarla de forma autónoma y crítica de acuerdo
con el fin perseguido y comunicarla a los demás de manera organizada e inteligible.
Conocer y comprender los mecanismos y valores básicos del funcionamiento del sistema
productivo valorando la dimensión social del trabajo como valor integrador de la sociedad y
garantía de la autonomía personal.
Identificar e interpretar los mecanismos y valores básicos de funcionamiento de las relaciones
laborales.
Diferenciar las formas y procedimientos de inserción en la realidad laboral como trabajador por
cuenta ajena o por cuenta propia.
Tomar conciencia de las desigualdades de cualquier tipo, contribuyendo activamente en los
cambios de actitudes que favorecen la igualdad de oportunidades.
Determinar actuaciones preventivas y de protección minimizando los factores de riesgo y las
consecuencias para la salud y el medio ambiente que producen y aplicar medidas sanitarias básicas
inmediatas en el lugar del accidente.
Analizar la información económica y las variables que la explican.
Conocer los mecanismos del mercado y su función en la actividad económica.
Entender los principales elementos que contribuyen al éxito de una organización empresarial.
Despertar el interés por la creación de empresas.
Mostrar y ampliar las infinitas posibilidades educativas que desde los Ciclos Formativos se abren al
alumnado.
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5.- CONTENIDOS, CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ESTÁNDARES DE
APRENDIZAJE EVALUABLES CORRESPONDIENTES A CADA MATERIA Y
CURSO.
Los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables correspondientes a
cada materia y curso vienen determinados por las siguientes Órdenes:
Orden EDU/362/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación,
evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad de Castilla y León.
Orden EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación,
evaluación y desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León.
Los estándares de aprendizaje evaluables o especificaciones de los criterios de evaluación que
permiten definir los resultados de aprendizaje y concretan lo que el alumno debe saber, comprender y saber
hacer en cada una de las áreas deben ser observables, medibles y evaluables y permitir graduar el
rendimiento o logro alcanzado. Además serán una guía para la confección de pruebas de evaluación.
Los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables de cada área y curso
estarán contextualizados a las características del centro y de los propios alumnos. Estos se recogen en las
correspondientes programaciones didácticas de los departamentos
6.- DECISIONES DE CARÁCTER GENERAL SOBRE MÉTODOS PEDAGÓGICOS
Y DIDÁCTICOS.
6.1.- INTRODUCCIÓN
En la actualidad existe un consenso general acerca de la necesidad del uso de METODOLOGÍAS
ACTIVAS, en las que se prime el trabajo en equipo, de forma que, a través de la resolución conjunta de las
tareas, los miembros del grupo conozcan las estrategias utilizadas por sus compañeros y puedan aplicarlas a
situaciones similares.
También hay acuerdo en aceptar el papel del profesor como un agente tutor del aprendizaje de los
alumnos, facilitando al alumno la construcción de sus propios aprendizajes. La motivación y curiosidad de
los alumnos por aprender es una variable determinante en el éxito escolar. La actividad y la participación
de los alumnos en el proceso contribuyen a dinamizar el mismo y a mejorar la calidad de los aprendizajes,
frente a ello la pasividad y el aburrimiento contribuyen a producir el efecto contrario.
La finalidad principal de las actividades educativas será que los alumnos adquieran mecanismos de
aprendizaje que les faculten para enfrentarse a situaciones nuevas relacionadas con su vida cotidiana, por
tanto más allá del ámbito puramente académico. En este sentido el profesor debe proponer actividades que
tengan como referente situaciones cotidianas próximas al alumno.
Las decisiones metodológicas en relación con el proceso de enseñanza-aprendizaje ha de seguir las
distintas fases:
a) Fase de motivación, en la que se prepara y orienta al alumnado en relación a los objetivos y
funcionalidad de los diversos tipos de aprendizaje. Esta fase coincide con el inicio de una secuencia
cualquiera de aprendizaje y en ella el alumno debe ser consciente tanto de los objetivos de la secuencia
como del proceso (actividades, contenidos, etc.) para alcanzar esas metas. En una palabra, el alumno tiene
que ser consciente antes de iniciarse cualquier secuencia de lo qué tiene que saber y qué tiene que ser capaz
de hacer. Con ello se trata de que los alumnos tenga una idea aproximada tanto del camino que tienen que
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recorrer, como de la meta a la que tienen que llegar, con el objeto de facilitarles claves para planificar y
dirigir su trabajo personal.
b) Fase de adquisición. Se concreta en la adquisición y comprensión de la información nueva y
en su transferencia a la estructura cognitiva del alumnado. Es esta fase se inscriben dos procesos distintos:
por un lado, activar el conflicto cognitivo en el alumno mostrándole las limitaciones de sus esquemas
mentales, por otro, proporcionarle las herramientas básicas para codificar y estructurar la nueva
información.
Con el objeto de canalizar y sistematizar coherentemente estos procesos se sugieren algunas
intervenciones didácticas, de carácter general:
- En primer lugar, la nueva información se administrará y facilitará desde la previa consideración
de lo que el alumno ya sabe, con el objeto de que los nuevos conocimientos enraícen en la
estructura cognitiva previa del alumno.
- En segundo lugar, la comprensión y asimilación de los conceptos fundamentales seguirá una
metodología inductiva con el objeto de que los alumnos puedan ir ascendiendo gradualmente en
su nivel de abstracción. Dado el carácter eminentemente abstracto de buena parte de los conceptos
y hechos que se tratan en esta etapa educativa es conveniente facilitar la comprensión de los alumnos comenzando por el tratamiento de casos particulares, incluso cotidianos, para ir
ascendiendo hasta la comprensión de los principios, leyes y teorías.
- Finalmente, siendo esta etapa de comprensión eminentemente conceptual, es conveniente
desarrollar en los alumnos conjuntamente aquellas operaciones mentales ligadas a la comprensión
de términos y conceptos, en particular la “definición”, “descripción”, “clasificación” y
”comparación”. En este sentido, el profesorado planificará y pondrá en práctica actividades
diversas que faciliten tanto la comprensión meta cognitiva de estas operaciones intelectuales,
como su ejercicio práctico.
c) Fase de generalización-ejecución: está orientada a proporcionar situaciones que obliguen al
alumno a utilizar el conocimiento y /as destrezas adquiridas en situaciones nuevas y/o de manera diferente
a como se han utilizado hasta ese momento; es lo que en otros contextos se denomina globalización del
pensamiento o ejecución práctica. En cualquier caso se trata de que el alumno sepa “hacer algo” con lo que
ha aprendido, o… que lo que se ha asimilado conceptualmente, se manifieste en respuestas y conductas
observables de carácter estable. Este momento, por tanto, está más ligado con el ejercicio y desarrollo de
procedimientos que con la asimilación conceptual, más propia de la fase anterior.
e) Fase de retroalimentación o evaluación, orientada a reforzar la conducta del alumno
manifestando el grado de adecuación entre su comportamiento y los objetivos y/o expectativas iniciales. En
esta fase es importante, proporcionar a los alumnos/as instrumentos de autoevaluación que les permita
dirigir su proceso de aprendizaje ejerciendo los controles y reorientaciones necesarias.
6.2.- CRITERIOS METODOLÓGICOS DE CARÁCTER GENERAL
Los principios metodológicos generales se fundamentan en algunos principios básicos del
aprendizaje, se adoptan de forma coherente en todas las áreas, adaptándolos a las características del grupo, y
van encaminados a que los alumnos alcancen los objetivos de cada etapa:
El profesor adoptará el papel de guía en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
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Se tomarán como referencia los conocimientos previos que cada alumno posee. Es necesario que,
durante el proceso de enseñanza-aprendizaje, el profesor los recuerde y active de forma sistemática,
ya que sobre ellos se asentarán los nuevos conocimientos.
En ocasiones, la tarea del profesor consistirá en proporcionar de una manera ordenada los
contenidos relevantes (aprendizaje por facilitación), mientras que otras veces resultará más
apropiado disponer las condiciones y los materiales más idóneos para que el alumno, asumiendo
una actitud más autónoma, adquiera su propio conocimiento (aprendizaje por descubrimiento).
Siempre que sea viable deberá ofrecerse al alumno la posibilidad de practicar o aplicar los
conocimientos, puesto que esto supone una de las mejores formas de consolidar los aprendizajes.
Para incrementar el grado de motivación conviene hacer explícita la utilidad de los contenidos que
se imparten, tanto en lo que se refiere a los aspectos académicos como a los que atañen al
desenvolvimiento en su ambiente cotidiano.
Plantear algunas tareas como un desafío, como una meta con cierto grado de dificultad pero
asequible al mismo tiempo, aumentará el interés en los adolescentes y contribuirá a incrementar el
grado de autonomía y la consideración positiva hacia el esfuerzo.
El trabajo en grupo puede facilitar el intercambio de experiencias y la cooperación entre alumnos.
Este recurso no debe ni puede aplicarse sin la debida reflexión. Para asegurarse el éxito del trabajo
en grupo previamente tiene que seleccionarse cuidadosamente la actividad y el momento más
adecuado para desarrollarla, definir claramente los objetivos que se pretenden y el procedimiento
para llevarla a cabo, establecer de manera flexible la composición de los grupos y explicitar cómo y cuándo finalizará la tarea.
En la programación deben preverse distintos niveles de dificultad o profundización para atender la
diversidad en el aula.
Los alumnos con dificultades de aprendizaje requieren una atención individualizada o en grupos
reducidos. Con estos alumnos podrán adoptarse medidas como actividades diferenciadas,
utilización de otros materiales, agrupamientos flexibles, adaptaciones curriculares, etc., llevadas a
la práctica por cualquier profesor, o en su caso por personas cualificadas, actuando de manera coordinada.
Otras vías de atención a la diversidad son la posibilidad de elegir entre las materias optativas que
oferta el Centro y la posibilidad de cursar un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento
académico.
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6.3.- MEDIDAS GENERALES DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
Los centros docentes deben establecer diferentes medidas generales u ordinarias de
atención a la diversidad para su alumnado que podrán ser utilizadas en cualquier momento
de la etapa.
Las medidas generales u ordinarias inciden especialmente en la organización del centro y
en la metodología didáctica y de evaluación, no modificando el resto de elementos del
currículo, estando, por tanto, referidas a las diferentes estrategias organizativas y
metodológicas que permitan la adecuación de los diferentes elementos del currículo a todo
el alumnado para finalizar con éxito la etapa.
Entre las medidas generales u ordinarias de atención a la diversidad se encuentran:
a) La orientación educativa y académica-profesional.
b) Adaptaciones curriculares que afecten únicamente a la metodología didáctica.
c) La elección de las materias e itinerarios.
d) Personalización del aprendizaje a través de las tecnologías de la información y la
comunicación.
6.3.1.- ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EN ESO. Principios generales
La atención a la diversidad tiene por finalidad garantizar la mejor respuesta educativa a las
necesidades y diferencias, ofreciendo oportunidades reales de aprendizaje a todo el
alumnado en contextos educativos ordinarios, dentro de un entorno inclusivo, a través de
actuaciones y medidas educativas.
Los principios generales de actuación para la atención a la diversidad son:
a) La consideración y el respeto a la diferencia y la aceptación de todas las personas como
parte de la diversidad y la condición humana.
b) El respeto a la evolución y desarrollo de las facultades del alumnado con capacidades
diversas.
c) La personalización e individualización de la enseñanza con un enfoque inclusivo, dando
respuesta a las necesidades educativas del alumnado en contextos educativos ordinarios,
ya sean de tipo personal, intelectual, social, emocional o de cualquier otra índole, que
permitan el máximo desarrollo personal y académico.
d) La equidad y excelencia como garantes de la calidad educativa e igualdad de
oportunidades, ya que esta solo se consigue en la medida en que todo el alumnado
aprende el máximo posible y desarrolla todas sus potencialidades.
e) La detección e identificación de las necesidades educativas del alumnado que permitan
adoptar las medidas educativas más adecuadas para facilitar el desarrollo integral del
alumno e impulsar situaciones de éxito en situación escolar que contribuyan a promover
altos índices de éxito académico en contextos educativos ordinarios.
f) La igualdad de oportunidades en el acceso, la permanencia y la promoción en la etapa.
g) La utilización y potenciación de las tecnologías de la información y la comunicación
como herramientas facilitadoras para la personalización de la enseñanza y mejora de la
atención a la diversidad del alumnado.
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h) Accesibilidad universal y diseño para todos.
i) Máximo aprovechamiento de los recursos para lograr la mayor racionalidad y
optimización de los mismos.
j) Sensibilización de toda la comunidad educativa en relación con la educación inclusiva
como proceso de fortalecimiento de la capacidad del sistema educativo para atender a
todo el alumnado.
6.3.2.- ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EN BACHILLERATO. Principios generales
La atención a la diversidad tiene por finalidad garantizar la mejor respuesta educativa a
las necesidades y diferencias, ofreciendo oportunidades reales de aprendizaje a todo el
alumnado en contextos educativos ordinarios, dentro de un entorno inclusivo, a través
de actuaciones y medidas educativas.
Los principios generales de actuación para la atención a la diversidad son:
a) La consideración y el respeto a la diferencia y la aceptación de todas las personas
como parte de la diversidad y la condición humana.
b) El respeto a la evolución y desarrollo de las facultades del alumnado con
capacidades diversas.
c) La personalización e individualización de la enseñanza con un enfoque inclusivo,
dando respuesta a las necesidades educativas del alumnado en contextos educativos
ordinarios, ya sean de tipo personal, intelectual, social, emocional o de cualquier
otra índole, que permitan el máximo desarrollo personal y académico.
d) La equidad y excelencia como garantes de la calidad educativa e igualdad de
oportunidades, ya que esta solo se consigue en la medida en que todo el alumnado
aprende el máximo posible y desarrolla todas sus potencialidades.
e) La detección e identificación de las necesidades educativas del alumnado que
permitan adoptar las medidas educativas más adecuadas para facilitar el desarrollo
integral del alumno e impulsar situaciones de éxito en situación escolar que
contribuyan a promover altos índices de éxito académico en contextos educativos
ordinarios.
f) La igualdad de oportunidades en el acceso, la permanencia y la promoción en la
etapa.
g) La utilización y potenciación de las tecnologías de la información y la
comunicación como herramientas facilitadoras para la personalización de la
enseñanza y mejora de la atención a la diversidad del alumnado.
h) Accesibilidad universal y diseño para todos.
i) Máximo aprovechamiento de los recursos para lograr la mayor racionalidad y
optimización de los mismos.
j) Sensibilización de toda la comunidad educativa en relación con la inclusión como
proceso de fortalecimiento de la capacidad del sistema educativo para atender a todo el alumnado.
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7.- CRITERIOS PARA EL AGRUPAMIENTO DEL ALUMNADO, ASÍ COMO PARA
LA ORGANIZACIÓN Y HORARIOS DE CURSO.
7.1.-ENSEÑANZAS QUE SE IMPARTEN EN ESTE CENTRO:
o Educación Secundaria Obligatoria Currículo LOMCE en 1º, 2º,3º y 4º de la ESO.
o Educación Secundaria Obligatoria Bilingüe en 1º, 2º, 3º y 4º de la ESO.
o Programa PMAR en 2º y 3ºESO.
o Bachillerato Ciencias.
o Bachillerato Humanidades y Ciencias sociales.
o Formación Profesional Básica de Electricidad.
o Ciclo Formativo de Grado Medio de Instalaciones Eléctricas y Automáticas LOE.
o Ciclo Formativo de Grado Medio de Cuidados Auxiliares de Enfermería LOGSE.
o Ciclo Formativo de Grado Superior de Sistemas Electrotécnicos y Automatizados LOE.
o Ciclo Formativo de Grado Superior de Automatismos y Robótica Industrial LOE.
o Ciclo Formativo de Grado Superior de Dietética LOGSE.
o Ciclo Formativo de Grado Superior de Higiene Bucodental LOE.
o Ciclo Formativo de Grado Superior de Administración de Sistemas Informáticos en Red
(Presencial y on-line) LOE.
o Ciclo Formativo de Grado Superior de Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma LOE.
7.2.- HORARIO DE LOS PROFESORES
Favorecer los desplazamientos de aquellos profesores que imparten clases en dos centros
diferentes, completando la jornada lectiva en cada uno de ellos, siempre y cuando las
asignaturas que impartan lo permita.
Favorecer la realización de las reuniones de Departamentos, de Tutorías, de Orientación y de la
Comisión de Coordinación Pedagógica.
En la confección del horario se tendrán en cuenta otras reuniones conjuntas: equipo directivo,
actividades extraescolares, biblioteca, proyectos o grupos de trabajo, etc.
En Ciclos se tendrá en cuenta la jornada matutina o vespertina, evitando en la medida de lo
posible que haya profesores con horario partido.
7.3.- HORARIO DE LOS ALUMNOS
7.3.1.- Criterios para el agrupamiento del alumnado:
Para la distribución del alumnado se tiene en cuenta la información y orientaciones que recibe Jefatura de
Estudios y el Departamento de Orientación del centro de los tutores y equipos psicopedagógicos de los
colegios de nuestra zona de influencia, así como los informes que recibimos en septiembre, tanto de estos
alumnos como de aquellos que proceden de otros centros.
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Para distribuir a los alumnos, la Jefatura de Estudios atenderá a la dispersión de los mismos en
diferentes grupos según los siguientes criterios:
El agrupamiento del alumnado vendrá condicionado por las exigencias organizativas que
conlleva el desarrollo del programa de enseñanza bilingüe en español e inglés y del
cupo de profesores asignado al centro, que a su vez condiciona el criterio anterior.
Se procurará que los grupos sean heterogéneos.
Se intentará que en cada grupo, en la medida de lo posible, haya el mismo número de
alumnos y alumnas, para garantizar que ambos sexos convivan en el respeto e igualdad.
Se repartirá equitativamente, siempre que sea posible, el número de alumnos/as
repetidores y alumnos que promocionan por imperativo legal en los diferentes grupos.
Se repartirán equitativamente los alumnos/as con necesidades específicas de apoyo
educativo (ANCES y ACNEES), teniendo en cuenta la disponibilidad horaria del
profesorado de apoyo y el cupo asignado al centro.
Se tendrán en cuenta las asignaturas troncales, específicas y de libre configuración de los
alumnos/as.
Se tendrán en cuenta las indicaciones del equipo docente, en la última evaluación del
curso anterior, sobre la conveniencia de mantener en el mismo grupo o cambiar el agrupamiento de alumnos, con el fin de mantener una buena convivencia en el aula.
Las tutorías de alumnos serán coincidentes para todos los grupos de cada curso.
En Bachillerato se atenderá a los siguientes criterios: modalidad, materias de la
modalidad, optativas e itinerarios.
Con el fin de atender adecuadamente a los alumnos que requieran un apoyo especial para reforzar
su proceso de enseñanza-aprendizaje, se facilitará la creación de agrupamientos flexibles, pequeños grupos
de apoyo y refuerzo dentro y fuera del aula, grupos de desdoble y recuperación, siempre y cuando el cupo de
profesorado lo permita.
7.3.2.- Criterios para la organización y horarios:
Todos los grupos de alumnos tienen 30 horas semanales de clase, excepto los grupos del
programa bilingüe que tienen 31 horas. Por ello, el horario general de clases es de 8:15 a
14:10 horas, con un periodo de recreo, todos los días lectivos excepto los grupos de la
sección bilingüe que los miércoles tienen una 7ª hora de clase de 14:15 a 15:05. El
horario de tarde para los ciclos formativos es de 15:15 a 21:45 h con un periodo de
recreo. En consecuencia el horario de apertura del Instituto es de 8:00h a 22:00h.
A primera hora, transcurridos cinco minutos del comienzo de la clase, se tomará nota de
los alumnos que llegan tarde al Centro.
Durante los recreos los alumnos de 1º y 2º de ESO no pueden salir del recinto escolar.
Los padres de los alumnos tienen que venir a buscarles cuando se ponen enfermos,
tienen que ir al médico o para realizar otras gestiones.
Ningún alumno abandonará el centro sin permiso de Jefatura de Estudios.
Si un alumno/a se encuentra enfermo o tiene algún incidente, desde el centro nos
pondremos en contacto con sus padres a la mayor brevedad posible.
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8.- CRITERIOS DE SELECCIÓN DE MATERIAL DE DESARROLLO CURRICULAR
El artículo 19 de la Orden EDU 362/2015 y el artículo 22 de la Orden EDU 363/2015, de 4 de mayo establecen los principios fundamentales de estos criterios, tanto para la ESO como para el
Bachillerato.
• Estarán adaptados al nivel educativo del alumno, a sus características y a su nivel curricular.
• Integrarán elementos transversales.
• Serán diversos y variados.
• Fomentarán en el alumno el pensamiento crítico.
• Desarrollarán la capacidad de aprender por sí mismo.
• Favorecerán la adquisición autónoma de las capacidades y las competencias.
• Cumplirán la legalidad vigente.
• Serán flexibles: que permitan su adaptación a la diversidad del alumnado de cada grupo.
• Claridad y legibilidad de los textos y esquemas.
• Previsible vigencia de los textos.
• Integradores de las tecnologías de la Información y comunicación.
• El profesorado podrá elaborar sus propios recursos de desarrollo curricular.
9. CRITERIOS GENERALES DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES DEL
ALUMNADO
9.1.- Criterios generales de evaluación de los aprendizajes del alumnado, teniendo en cuenta
las adaptaciones realizadas para el alumnado con necesidades educativas especiales en la
E.S.O.
• La evaluación es un instrumento al servicio del proceso de enseñanza y aprendizaje, que se integra
en las actividades cotidianas del aula y del centro educativo. Debe constituir un referente para el
seguimiento de los aprendizajes de los alumnos y para la adopción de las medidas de apoyo y
atención educativa necesarias.
• La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado será continua formativa, integradora y
diferenciada según las distintas materias del currículo.
• Al comienzo de cada curso de la educación secundaria obligatoria, los equipos docentes
realizarán una evaluación inicial del alumnado en todos los cursos, que será presidida por el tutor
de cada grupo de alumnos y que contará con el apoyo, en su caso, del departamento de
orientación. La evaluación inicial tendrá como finalidad adoptar las decisiones que correspondan
en relación con las características y conocimientos del alumnado y que deberán ser recogidas en el acta de la sesión.
• En el primer curso de Educación Secundaria Obligatoria, con carácter general, la evaluación
inicial se realizará en los primeros quince días desde el comienzo del curso y tendrá por finalidad
detectar la necesidad de incorporación al refuerzo de las materias instrumentales.
• Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y el logro de
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los objetivos de la etapa en las evaluaciones continuas y final de las áreas de los bloques de
materias troncales, específicas y de libre configuración, serán los criterios de evaluación y
estándares de aprendizaje evaluables de cada materia.
• A principios de curso, los profesores de las distintas materias harán públicos los contenidos,
criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables, los conocimientos y aprendizajes y
estándares que se consideren básicos en cada curso y en cada una de las materias para la toma de
decisiones sobre la promoción, en especial la excepcional, así como para la incorporación al grupo
ordinario de cuarto curso del alumnado que haya cursado un programa de mejora del aprendizaje y
del rendimiento. Estos estándares básicos se especificarán en las programaciones didácticas de
cada materia y curso.
• Las pruebas de evaluación que se desarrollen en los idiomas incluirán pruebas orales, las cuales tendrán su reflejo, según la materia, en su calificación. Esta consideración deberá incluirse en las
programaciones didácticas.
• Las calificaciones de las distintas materias serán decididas por el profesor correspondiente que
deberá tener en cuenta la evaluación inicial, las medidas de apoyo y refuerzo educativo o de
adaptación curricular significativa adoptadas. El resto de las decisiones se adoptarán por consenso
del equipo docente o al menos por mayoría de dos tercios de los profesores que dan clase al
alumno.
• A lo largo de cada curso escolar se realizarán, al menos, tres sesiones de evaluación de los
aprendizajes del alumnado, una por trimestre, sin contar la evaluación inicial. La última sesión se
entenderá como la de evaluación final ordinaria del curso. El tutor levantará acta del desarrollo de
la evaluación inicial y de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptadas. De los resultados del proceso de evaluación se informará por escrito a las familias.
Tras la evaluación final ordinaria, se informará por escrito con carácter inmediato a los alumnos y,
en su caso, a sus familias, según modelo personalizado, sobre cada materia calificada
negativamente y se les orientará sobre la realización de las pruebas extraordinarias, especificando
los contenidos y aprendizajes básicos, a través sus correspondientes estándares de aprendizaje,
para que alcance una evaluación positiva. Estos estándares se especificarán en el apartado
“Estrategias e instrumentos para la evaluación de los aprendizajes del alumnado y criterios de
calificación” en las programaciones de cada materia y curso.
• En los primeros días de septiembre, se realizará una prueba extraordinaria de las materias no
superadas en la evaluación final ordinaria de junio, así como su evaluación, entrega de
calificaciones y revisión.
• La evaluación de los alumnos con materias pendientes, coordinada por el jefe de estudios, se realizará antes de la evaluación ordinaria de junio y de la evaluación de la prueba extraordinaria de
septiembre.
• Al final de cada uno de los cursos de Educación Secundaria Obligatoria se entregará a los padres,
madres o tutores legales de cada alumno o alumna un consejo orientador, de acuerdo con el
modelo del Anexo III de la ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo, que incluirá una propuesta a
padres, madres o tutores legales o, en su caso, al alumno o alumna del itinerario más
adecuado a seguir, así como la identificación, mediante informe motivado, del grado del logro
de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias correspondientes que justifica la
propuesta. Si se considerase necesario, el consejo orientador incluirá una recomendación a los
padres, madres o tutores legales y en su caso al alumnado sobre la incorporación a un programa de
mejora del aprendizaje y del rendimiento o a un ciclo de Formación Profesional Básica. El consejo orientador se incluirá en el expediente del alumno o de la alumna.
• Los padres, madres o tutores legales de los alumnos podrán solicitar de profesores y tutores
cuantas aclaraciones consideren precisas acerca de valoraciones que se realicen sobre el proceso
de aprendizaje, así como sobre las calificaciones o decisiones finales que se adopten como
resultado del proceso de evaluación.
• Cuando un alumno promocione con materias pendientes, el tutor especificará en un informe
individualizado las medidas educativas propuestas por el equipo docente con el fin de que el
alumno alcance los estándares de aprendizaje básicos de dichas materias.
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• El alumnado de primer y tercer curso que haya promocionado con materias pendientes a segundo
y cuarto curso, respectivamente, podrán recuperarlas en el curso 2015-2016 tomando como
referente el currículo establecido en la Orden EDU/362/2015, de 4 de mayo, por el que se
establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León.
9.2.- Criterios generales de evaluación de los aprendizajes del alumnado de Bachillerato.
• La evaluación del aprendizaje del alumnado será continua y diferenciada según las distintas
asignaturas, tendrá un carácter formativo y será un instrumento para la mejora del proceso de
enseñanza-aprendizaje.
• Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y el logro de
los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las áreas de los bloques de
asignaturas troncales, específicas y de libre configuración, serán los criterios de evaluación y
estándares de aprendizaje evaluables de cada materia.
• Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de las
evaluaciones, incluida la evaluación final de etapa, se adapten a las necesidades del alumnado con
necesidad específica de apoyo educativo; estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta
para minorar las calificaciones obtenidas.
• El profesorado evaluará tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su
propia práctica docente, para lo que establecerá indicadores de logro en las programaciones didácticas.
• El profesorado de cada asignatura decidirá, al término del curso, si el alumnado ha logrado los
objetivos y ha alcanzado el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes.
• El equipo docente, coordinado por el tutor , valorará su evolución en el conjunto de las asignaturas
y su madurez académica en relación con los objetivos del Bachillerato y las competencias
correspondientes.
• El profesorado de las distintas asignaturas, al comienzo del curso escolar, dará a conocer al
alumnado los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables del curso
respectivo para su asignatura, los conocimientos y aprendizajes mínimos necesarios para que
alcance una evaluación positiva al final de cada curso, así como los procedimientos de evaluación
del aprendizaje y los criterios de calificación que vayan a aplicarse, todo ello de acuerdo con la
programación didáctica de cada departamento de coordinación didáctica. La información además
versará sobre el grado de adquisición de las competencias.
• Los centros comunicarán a los alumnos y a los padres, madres o tutores legales, a comienzos de
cada curso escolar, las horas que los profesores del centro tienen reservadas en su horario para
atenderles. Las entrevistas que deseen solicitar con el profesor de una asignatura determinada lo
harán a través del tutor del grupo.
• A lo largo de cada curso escolar se realizarán tres sesiones de evaluación de los aprendizajes del
alumnado, una por trimestre. La última sesión se entenderá como la de evaluación final ordinaria
del curso. El equipo docente coordinado por el tutor, y asesorado, en su caso, por la orientadora del centro, intercambiarán información y adoptarán decisiones sobre el proceso de aprendizaje del
alumnado. El tutor levantará acta del desarrollo de las sesiones, en la que se harán constar los
acuerdos y decisiones adoptadas De los resultados del proceso de evaluación se informará por
escrito a las familias.
• El tutor, después de cada sesión de evaluación, así como cuando se den circunstancias que lo
aconsejen, informará a los alumnos y a los padres, madres o tutores legales sobre el resultado del
proceso de aprendizaje seguido y las actividades realizadas, incluyendo, en todo caso, una
valoración sobre la adecuación del rendimiento a las capacidades y posibilidades del alumno, así
como, sobre la adquisición de las competencias.
• Con el fin de facilitar a los alumnos la recuperación de las materias con evaluación negativa en la
convocatoria ordinaria de junio, el centro organizará la oportuna prueba extraordinaria en las
fechas que determine la consejería competente en materia de educación. Asimismo, el tutor podrá
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especificar en un programa individualizado las recomendaciones propuestas por los profesores de
las materias no superadas en dicha convocatoria para contribuir a que el alumno alcance los
estándares de aprendizaje evaluables de las mismas.
• Antes de la evaluación final ordinaria de junio y de la evaluación de la prueba extraordinaria de
cada curso, se celebrará una sesión de evaluación de los alumnos con materias pendientes, que
será coordinada por el jefe de estudios. Del resultado de esta evaluación se levantará acta y sus
resultados se trasladarán a todos los documentos de evaluación. También se dará cuenta al alumno
y a sus padres, madres o tutores legales de acuerdo a lo que se establezca a estos efectos en el proyecto educativo.
• En el contexto de la evaluación continua, cuando los alumnos promocionen con evaluación
negativa en alguna de las materias, la superación de los estándares de aprendizaje evaluables
correspondientes a éstas será determinada por el profesor de la materia respectiva del segundo
curso. En el caso de materias que el alumno haya dejado de cursar, el departamento de
coordinación didáctica correspondiente determinará su superación.
• La superación de las materias de segundo curso que sean de carácter progresivo estará
condicionada a la evaluación positiva de las correspondientes de primero, según las
correspondencias indicadas en el Anexo IV de la Orden 363/2015. Esta circunstancia se
consignará en los documentos de evaluación, en las materias de segundo que correspondan, como
Pendiente de primero«P1».
• En Bachillerato, los resultados de la evaluación de las materias se expresarán mediante
calificaciones numéricas de cero a diez sin decimales, y se considerarán negativas las
calificaciones inferiores a cinco.
• Cuando el alumnado no se presente a las pruebas extraordinarias se consignará No Presentado
(NP).
• Los documentos oficiales de evaluación son: el expediente académico, las actas de evaluación, el
informe personal por traslado y el historial académico de Bachillerato. Asimismo, tendrá la
consideración de documento oficial el relativo a la evaluación final de Bachillerato.
10.- CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL ALUMNADO
10.1.- CRITERIOS DE PROMOCIÓN EN LA ESO.
1. En lo referente a la promoción en la educación secundaria obligatoria, se aplicará lo
dispuesto en el artículo 28 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en el artículo 22
del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.
2. En el marco de lo establecido en el apartado 22.2 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de
diciembre, en lo relativo a la decisión de promoción excepcional, el equipo docente, para
la consideración de los aspectos relacionados con las expectativas de recuperación de las
materias pendientes, tendrá en cuenta criterios previamente establecidos por el centro que
se incluirán en la propuesta curricular. Entre dichos criterios figurará la consideración a
los estándares de aprendizaje evaluables considerados básicos referidos en el artículo 32.3
de la ORDEN EDU/362/2014.
10.1.1.- Promoción.
Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro, dentro de la etapa, serán
adoptadas de forma colegiada por el conjunto de profesores del alumno o alumna respectivo,
atendiendo al logro de los objetivos de la etapa y al grado de adquisición de las competencias
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28
correspondientes.
La repetición se considerará una medida de carácter excepcional y se tomará tras haber agotado las
medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje del alumno o
alumna.
Los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando hayan superado todas las materias cursadas
o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, y repetirán curso cuando tengan
evaluación negativa en tres o más materias, o en dos materias que sean Lengua Castellana y
Literatura y Matemáticas de forma simultánea.
De forma excepcional, podrá autorizarse la promoción de un alumno con evaluación negativa en
tres materias cuando se den conjuntamente las siguientes condiciones:
Solamente se podrá aplicar la excepcionalidad en el caso de alumnado que con tres
materias calificadas negativamente y que en todas ellas se haya presentado a las pruebas
finales, ya sean ordinarias o extraordinarias. Es decir que si un alumno/a tiene tres materias
pendientes y en alguna de ellas su calificación es NO PRESENTADO, se considerará que no es
merecedor de la aplicación de la excepcionalidad aquí prevista.
a) que dos de las materias con evaluación negativa no sean simultáneamente Lengua
Castellana y Literatura y Matemáticas.
b) que el equipo docente considere que la naturaleza de las materias con evaluación negativa
no impide al alumno seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables
de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica. Para ello, en la
evaluación extraordinaria de septiembre, el profesorado de cada materia con evaluación
negativa, informará al equipo docente de si el alumno ha conseguido, o no, los estándares
de aprendizaje evaluables considerados básicos en esa materia.
c) que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el
consejo orientador que se entregará a las familias al final de cada uno de los cursos de la
Educación Secundaria Obligatoria.
Podrá también autorizarse de forma excepcional la promoción de un alumno o alumna con
evaluación negativa en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de
forma simultánea cuando conjuntamente las siguientes condiciones:
a) que el equipo docente considere que la naturaleza de las materias con evaluación negativa
no impide al alumno seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas
favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica. Para
ello, en la evaluación extraordinaria de septiembre, el profesorado de cada materia con
evaluación negativa, informará al equipo docente de si el alumno ha conseguido, o no, los
estándares de aprendizaje evaluables considerados básicos en esa materia.
b) que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el
consejo orientador que se entregará a las familias al final de cada uno de los cursos de la
Educación Secundaria Obligatoria.
A los efectos de este apartado, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o
alumna debe cursar en cada uno de los bloques. Las materias con la misma denominación en
diferentes cursos de la Educación Secundaria Obligatoria se considerarán como materias
distintas.
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29
Quienes promocionen sin haber superado todas las materias deberán matricularse de las materias no
superadas, seguirán los programas de refuerzo que establezca el equipo docente y deberán superar
las evaluaciones correspondientes a dichos programas de refuerzo. La aplicación personalizada de
las medidas se revisará periódicamente y, en todo caso, al finalizar el curso académico.
El alumno o alumna que no promocione deberá permanecer un año más en el mismo curso. Esta
medida podrá aplicársele en el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la
etapa. Cuando esta segunda repetición deba producirse en tercero o cuarto curso, tendrá derecho a
permanecer en régimen ordinario cursando Educación Secundaria Obligatoria hasta los diecinueve
años de edad, cumplidos en el año en que finalice el curso. Excepcionalmente, podrá repetir una
segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa.
En todo caso, las repeticiones se establecerán de manera que las condiciones curriculares se
adapten a las necesidades del alumno o alumna y estén orientadas a la superación de las
dificultades detectadas.
La repetición deberá ir acompañada de un plan específico personalizado, orientado a la
superación de las dificultades detectadas en el curso anterior. Las medidas de este plan se
incluirán en el consejo orientador que se entregará a las familias al final de cada uno de los
cursos de la Educación Secundaria Obligatoria.
Al final de cada uno de los cursos de Educación Secundaria Obligatoria se entregará a los padres,
madres o tutores legales de cada alumno o alumna un consejo orientador, que incluirá una propuesta
a padres, madres o tutores legales o, en su caso, al alumno o alumna del itinerario más adecuado a
seguir, así como la identificación, mediante informe motivado, del grado del logro de los objetivos
de la etapa y de adquisición de las competencias correspondientes que justifica la propuesta. Si se
considerase necesario, el consejo orientador podrá incluir una recomendación a los padres, madres o
tutores legales y en su caso al alumnado sobre la incorporación a un programa de mejora del
aprendizaje y del rendimiento o a un ciclo de Formación Profesional Básica. El consejo orientador
se incluirá en el expediente del alumno o de la alumna.
10.1.2.- Titulación y certificaciones.
1. Para obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria se aplicará lo regulado en
el artículo 31 de Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y el artículo 23 del Real Decreto 1105/2014,
de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las
condiciones para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de
Bachiller, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de
medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
2. De conformidad con el artículo 23.3 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, los alumnos
que cursen la etapa y no obtengan el título al que se refiere el apartado 1 recibirán una certificación
con carácter oficial y validez en toda España de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de la
ORDEN EDU/362/2014.
3. De acuerdo con el artículo 23.4 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, tras cursar el
primer ciclo de educación secundaria obligatoria, así como una vez cursado segundo curso cuando
un alumno se vaya a incorporar de forma excepcional a un ciclo de formación profesional básica, se
le entregará un certificado de estudios cursados, con el contenido indicado en los párrafos a) a d)
del artículo 23.3 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, y un informe sobre el grado de
logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias correspondientes, todo ello
de acuerdo con el modelo del Anexo IV de LA ORDEN EDU/362/2014.
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10.2.- CRITERIOS DE PROMOCIÓN EN BACHILLERATO.
1. En lo relativo a la evaluación de los aprendizajes, se estará a lo dispuesto en el artículo 36
de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en los artículos 30 y 31 del Real Decreto
1105/2014, de 26 de diciembre.
2. Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y el
logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las materias de
los bloques de asignaturas troncales y específicas y, en su caso de libre configuración
autonómica, serán los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables que
figuran en los Anexos I.B, I.C y, I.D, respectivamente, de la ORDEN EDU/363/2014.
10.2.1.- Promoción.
En lo referente a la promoción en bachillerato, se aplicará lo dispuesto en el artículo 36.2
de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en el artículo 32 del Real Decreto 1105/2014,
de 26 de diciembre.
Los alumnos y alumnas promocionarán de primero a segundo de Bachillerato cuando hayan
superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias, como máximo. En
todo caso, deberán matricularse en segundo curso de las materias pendientes de primero. Cada
Departamento Didáctico, en la programación de cada materia, especificará las actividades de
recuperación y la evaluación de las materias pendientes en cada curso.
A los efectos de este apartado, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o
alumna debe cursar en cada uno de los bloques.
Sin superar 4 años, los alumnos y alumnas podrán repetir cada uno de los cursos de Bachillerato
una sola vez como máximo, si bien excepcionalmente podrán repetir uno de los cursos una segunda
vez, previo informe favorable del equipo docente.
Con el fin de no agotar los cuatro años de permanencia en régimen ordinario en la etapa, el
alumnado podrá solicitar al director o titular del centro la anulación de la matrícula cuando concurran
circunstancias previstas en la normativa.
Los alumnos que tras cursar el primer curso de Bachillerato deseen cursar segundo curso
en otra modalidad o itinerario, podrán hacerlo de acuerdo con las siguientes condiciones:
a) Deberán cursar las asignaturas generales del bloque de asignaturas troncales de segundo curso
y, en su caso, las de primero que no hubieran superado.
b) Deberán cursar la asignatura general del bloque de asignaturas troncales propia de primer curso
de la nueva modalidad.
c) Deberán cursar las asignaturas del bloque de troncales de opción de la nueva modalidad, tanto
las de primero como las de segundo curso.
d) Podrán computarse como asignaturas específicas en la nueva modalidad o itinerario las
asignaturas específicas superadas de primer curso de la modalidad que decide abandonar. En su
caso, deberá superar las asignaturas específicas de primero de la nueva modalidad.
e) En todo caso, deberá superar aquellas asignaturas de primer curso que estén condicionadas a
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31
asignaturas de segundo curso, según la correspondencia establecida en el Anexo IV de la
Orden EDU/363/2015, de 4 de mayo.
De los cambios de modalidad se extenderá diligencia en el expediente académico y en el historial
del alumno, firmada por el secretario y visada por el director del centro
Los alumnos y las alumnas que al término del segundo curso tuvieran evaluación negativa en
algunas asignaturas podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias
superadas u optar por repetir el curso completo
El alumnado de primer curso que haya promocionado a segundo, con asignaturas pendientes, podrá
recuperarlas en el curso 2015-2016 tomando como referente el currículo establecido en la Orden
EDU/363/2015 de 8 de mayo, por el que se establece el currículo de Bachillerato en la Comunidad de Castilla
y León.
10.2.2.- Titulación y certificación.
Para obtener el título de bachiller se aplicará lo regulado en el Real Decreto
562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las condiciones para la obtención de
los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, de
acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de
medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley
Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
1. Para obtener el título de Bachiller será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los
dos cursos de Bachillerato. La calificación final de la etapa será la media aritmética de las calificaciones
numéricas obtenidas en cada una de las materias cursadas en el Bachillerato, expresada en una escala de 0 a
10 con dos decimales, redondeada a la centésima.
2. El alumnado que se encuentre en posesión de un título de Técnico o de Técnico Superior de
Formación Profesional, o de Técnico de las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza, podrá obtener
el título de Bachiller cursando y superando las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la
modalidad de Bachillerato que el alumno o alumna elija.
3. En los supuestos a los que se refiere el párrafo anterior, la calificación final de la etapa se obtendrá
del siguiente modo: a) Para el alumnado que obtenga el título de Bachiller por encontrarse en posesión de un
título de Técnico o de Técnico Superior de Formación Profesional, la calificación final será la media
aritmética de las calificaciones obtenidas en las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la
modalidad correspondiente, expresada en una escala de 0 a 10 con dos decimales, redondeada a la centésima.
b) Para el alumnado que obtenga el título de Bachiller por encontrarse en posesión de un título de Técnico de
las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza, la calificación final será la media aritmética de las
calificaciones obtenidas en las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la modalidad
cursada y de las asignaturas de los cursos 5.º y 6.º de las enseñanzas profesionales de Música o de Danza en
la correspondiente especialidad, expresada en una escala de 0 a 10 con dos decimales, redondeada a la
centésima. En el caso del alumnado que haya accedido directamente a 6.º curso de las enseñanzas
profesionales de Música o de Danza, para el cálculo de la nota media serán consideradas las calificaciones de
las asignaturas de dicho curso y de las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la
modalidad cursada.
4. En el título deberá constar la modalidad por la que el alumno o alumna hubiera cursado el
Bachillerato, así como la calificación final de la etapa. 5. Los títulos de Bachiller expedidos conforme a lo
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dispuesto en este artículo permitirán acceder a las distintas enseñanzas que constituyen la educación superior
establecidas en el artículo 3.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo..
Los centros docentes harán entrega del certificado oficial tras la celebración de la prueba
extraordinaria. Una copia del certificado se incluirá en el expediente académico del alumno, dejando
constancia de su recepción por el interesado tanto en dicho expediente como en el historial académico de
bachillerato.
11.- CRITERIOS GENERALES PARA LA ATENCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE
EVALUACIÓN Y RECUPERACIÓN DE LOS ALUMNOS CON MATERIAS
PENDIENTES.
11.1.- Criterios para la recuperación de alumnos con materias pendientes ESO
En Educación Secundaria Obligatoria, el protocolo de actuación con el alumnado con materias
pendientes de cursos anteriores será el siguiente:
• Los departamentos, en sus programaciones didácticas, incluirán las actividades para el alumnado
con materias pendientes de cursos anteriores así como la forma de la que dispone el alumnado
para superar los estándares de aprendizaje correspondientes a materias de cursos anteriores.
• En el caso del alumnado que entre a formar parte de los programas de mejora del aprendizaje y del
rendimiento (PMAR) que tengan alguna materia pendiente que forme parte de los ámbitos, será el
profesor de dicho ámbito, en coordinación con el departamento didáctico de dicha materia, quien establezca la manera de recuperar dicha materia pendiente.
• Una vez transcurrido el inicio del curso y se haya recibido la información del alumnado de nueva
incorporación en cursos diferentes al primero se elaborará desde jefatura de estudios un listado del
alumnado con las asignaturas que tienen pendientes que corresponden a dicho departamento.
• Durante el curso, la atención del alumnado con materias pendientes corresponderá al profesorado
de la materia respectiva en cursos superiores. En caso de que el alumno haya dejado de cursar la
asignatura, será el departamento didáctico el que se encargue.
• La evaluación del alumnado con materias pendientes se realizará previamente a la sesión de
evaluación del curso en el que se encuentre el alumno correspondiente.
11.2.-Criterios para la recuperación de alumnos con asignaturas pendientes en Bachillerato
Los departamentos, en sus programaciones didácticas, incluirán las actividades para el alumnado
con asignaturas pendientes del curso anterior así como la forma de la que dispone el alumnado para
superar los estándares de aprendizaje correspondientes a dichas asignaturas.
Una vez iniciado el curso y cuando se haya recibido la información del alumnado de nueva
incorporación se elaborará desde jefatura de estudios un listado del alumnado con las asignaturas
que tienen pendientes y que corresponden a cada departamento.
Jefatura de estudios, con la información remitida por los departamentos, realizará un informe
individualizado con la información relativa a las materias pendientes que tiene un determinado alumno, con las actividades que tienen que realizar y los exámenes que tuviera que hacer. Dichos
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informes serán entregados al tutor que informará a las familias y hará entrega de una copia del
informe previa firma de las familias.
12.- ORIENTACIONES PARA INCORPORAR LOS ELEMENTOS TRANSVERSALES
Establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.
Sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las materias de cada etapa, la comprensión
lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las Tecnologías de la Información
y la Comunicación, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional se trabajarán en todas
las asignaturas según venga establecido en cada programación didáctica.
Se implantará el desarrollo de los valores que fomenten la igualdad efectiva entre hombres y mujeres y la prevención de la violencia de género, y en especial contra la mujer, y de los valores
inherentes al principio de igualdad de trato y no discriminación por cualquier condición o
circunstancia personal o social.
Se fomentará el aprendizaje de la prevención y resolución pacífica de conflictos. Este aspecto viene
recogido en el Plan de Convivencia del centro y una parte importante del desarrollo de este
aprendizaje es la labor realizada por los alumnos ayuda, mediadores y tutores.
Se fomentará el aprendizaje de los valores que sustentan la libertad, la justicia, la igualdad, el
pluralismo político, la paz, la democracia, el respeto a los derechos humanos y el rechazo a la
violencia terrorista, la pluralidad, el respeto al Estado de derecho, el respeto y consideración a las
víctimas del terrorismo y la prevención del terrorismo y de cualquier tipo de violencia.
Se evitarán los comportamientos y contenidos sexistas y estereotipos que supongan discriminación.
Se incorporarán elementos curriculares relacionados con el desarrollo sostenible y el medio
ambiente, los riesgos de explotación y abuso sexual, las situaciones de riesgo derivadas de la
utilización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, así como la protección ante
emergencias y catástrofes.
Se incorporarán elementos curriculares orientados al desarrollo y afianzamiento del espíritu
emprendedor.
Se adoptarán medidas para que la actividad física y la dieta equilibrada formen parte del
comportamiento juvenil.
Se incorporarán elementos curriculares y promoverán acciones para la mejora de la convivencia y la
prevención de los accidentes de tráfico, con el fin de que el alumnado conozca sus derechos y
deberes como usuario de las vías, respete las normas y señales, y se favorezca la convivencia, la tolerancia, la prudencia, el autocontrol, el diálogo y la empatía con actuaciones adecuadas tendentes
a evitar los accidentes de tráfico y sus secuelas.
En cualquier caso, independientemente de que puedan ser tratadas desde las distintas materias de la
etapa, el PAT contendrá actividades para trabajar varios de estos contenidos (uso responsable y
riesgos de las TIC, educación vial, acoso escolar, fomento de la igualdad efectiva entre hombres y
mujeres...).
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13.- PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS PARA LA ESO
La programación didáctica es el instrumento específico de planificación, desarrollo y
evaluación de cada una de las materias y en ella se concretarán los distintos elementos del
currículo para el desarrollo de la actividad docente en cada curso.
Anualmente, al inicio del curso escolar y de acuerdo con la propuesta curricular, la
Comisión de Coordinación Pedagógica establecerá los criterios para la elaboración y
evaluación de las programaciones didácticas.
El jefe de cada departamento de coordinación didáctica coordinará la elaboración de las
programaciones didácticas correspondientes, que correrá a cargo del profesorado del
mismo, y serán aprobadas por el claustro de profesores del centro en el marco de la
propuesta curricular.
Las programaciones didácticas deberán contener, al menos, los siguientes elementos:
a) Secuencia y temporalización de los contenidos.
b) Estándares de aprendizaje evaluables que se consideran básicos.
c) Decisiones metodológicas y didácticas.
d) Perfil de cada una de las competencias de acuerdo con lo establecido en la Orden
ECD/65/2015, de 21 de enero.
e) Concreción de elementos transversales que se trabajarán en cada materia.
f) Medidas que promuevan el hábito de la lectura.
g) Estrategias e instrumentos para la evaluación de los aprendizajes del alumnado y
criterios de calificación.
h) Actividades de recuperación de los alumnos con materias pendientes de cursos
anteriores.
i) Medidas de atención a la diversidad.
j) Materiales y recursos de desarrollo curricular.
k) Programa de actividades extraescolares y complementarias.
l) Procedimiento de evaluación de la programación didáctica y sus indicadores de
logro.
Para evaluar las programaciones didácticas se incluirán, entre otros, los indicadores de
logro referidos a:
a) Resultados de la evaluación del curso en cada una de las materias.
b) Adecuación de los materiales y recursos didácticos, y la distribución de espacios y
tiempos a los métodos didácticos y pedagógicos utilizados.
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35
c) Contribución de los métodos didácticos y pedagógicos a la mejora del clima de aula
y de centro.
Las programaciones serán objeto de una memoria final que evalúe los resultados
alcanzados, la práctica docente, la coordinación interna del departamento de coordinación
didáctica correspondiente y cuantos otros aspectos didácticos y académicos sean
pertinentes, a juicio del propio departamento o a instancia del jefe de estudios.
14.- PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS EN BACHILLERATO
La programación didáctica es el instrumento específico de planificación, desarrollo y
evaluación de cada una de las materias y en ella se concretarán los distintos elementos del
currículo para el desarrollo de la actividad docente en cada curso.
Anualmente, al inicio del curso escolar y de acuerdo con la propuesta curricular, la
Comisión de Coordinación Pedagógica establecerá los criterios para la elaboración y
evaluación de las programaciones didácticas.
El jefe de cada departamento de coordinación didáctica coordinará la elaboración de las
programaciones didácticas correspondientes, que correrá a cargo del profesorado del
mismo y serán aprobadas por el claustro de profesores del centro en el marco de la
propuesta curricular.
Las programaciones didácticas deberán contener, al menos, los siguientes elementos:
a) Secuencia y temporalización de los contenidos.
b) Decisiones metodológicas y didácticas.
c) Perfil de cada una de las competencias de acuerdo con lo establecido en la Orden
ECD/65/2015, de 21 de enero.
d) Concreción de elementos transversales que se trabajarán en cada materia.
e) Medidas para estimular el interés y el hábito de la lectura y la capacidad de
expresarse correctamente en público y por escrito.
f) Estrategias e instrumentos para la evaluación de los aprendizajes del alumnado y
criterios de calificación.
g) Actividades de recuperación de los alumnos con materias pendientes del curso
anterior.
h) Medidas de atención a la diversidad.
i) Materiales y recursos de desarrollo curricular.
j) Programa de actividades extraescolares y complementarias.
k) Procedimiento de evaluación de la programación didáctica y sus indicadores de
logro.
Para evaluar las programaciones didácticas se incluirán, entre otros, los indicadores de
logro referidos a:
a) Resultados de la evaluación del curso en cada una de las materias.
b) Adecuación de los materiales y recursos didácticos, y la distribución de espacios y
tiempos a los métodos didácticos y pedagógicos utilizados.
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36
c) Contribución de los métodos didácticos y pedagógicos a la mejora del clima de aula
y de centro.
Las programaciones serán objeto de una memoria final que evalúe los resultados
alcanzados, la práctica docente, la coordinación interna del departamento de coordinación
didáctica correspondiente y cuantos otros aspectos didácticos y académicos sean
pertinentes, a juicio del propio departamento o a instancia del jefe de estudios.
15.- CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN ANUAL DE LA
PROPUESTA CURRICULAR.
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de
diciembre, el profesorado evaluará tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos
de enseñanza y su propia práctica docente. A estos efectos se tendrá en cuenta los
indicadores de logro establecidos en las programaciones didácticas a los que se refiere el
artículo 21 de esta orden.
2. El plan de evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente se incorporará al
proyecto educativo e incluirá los momentos en los que ha de realizarse la evaluación y los
instrumentos para realizarla.
15.1.- Evaluación de la Propuesta Curricular 2018/19
1.- ADECUACIÓN Y CONCRECIÓN DE LOS OBJETIVOS Grado de
consecución
INDICADOR
ES
1 2 3 4 5
1.1 Se adecuan a lo establecido en el proyecto educativo del centro.
1.2 Cumplen la legislación vigente
1.3 Son acordes a las características del centro y su entorno.
1.4 Facilitan la integración y participación de los alumnos en el entorno social
Dificultades encontradas
Propuestas de mejora
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2.- CONTENIDOS, CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ESTÁNDARES
DE APRENDIZAJE EVALUABLES POR MATERIAS
Grado de
consecución
INDICADORES 1 2 3 4 5
2.1. Los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje recogidos en las
programaciones didácticas son los establecidos en la legislación vigente.
2.2. La Secuenciación y temporalización de los contenidos, ha servido para desarrollar
eficazmente las distintas programaciones didácticas.
2.3.Los criterios de evaluación han sido funcionales para evaluar las competencias de los
alumnos
2.4.Los estándares de aprendizaje básicos establecidos por los distintos departamentos son
congruentes entre sí.
2.5.Las competencias han sido capaces de integrar eficientemente las aportaciones de las
distintas áreas.
Dificultades encontradas
Propuestas de mejora
3.- DECISIONES DE CARÁCTER GENERAL SOBRE MÉTODOS
PEDAGÓGICOS Y DIDÁCTICOS
Grado de
consecución
INDICADOR
ES
1 2 3 4 5
3.1.Las metodologías utilizadas por los distintos departamentos han sido congruentes entre sí.
3.2 Las metodologías utilizadas han servido para fomentar la autonomía e iniciativa personal
de los alumnos.
3.3. La dotación del centro en medios informáticos es suficiente para desarrollar las
programaciones didácticas
3.4. La metodología ha facilitado la atención y participación del alumnado (rica y variada)
3.5. Se ha tenido en cuenta que el docente tiene que presentar situaciones de aprendizaje que
resulten motivadoras para los alumnos.
3.6.Las medidas de atención a la diversidad han resultado efectivas.
Dificultades encontradas
Propuestas de mejora
4.- AGRUPAMIENTO DEL ALUMNADO, ORGANIZACIÓN Y HORARIOS DE
CURSO.
Grado de
consecución
consecución INDICADOR
ES
1 2 3 4 5
IES JULIÁN MARÍAS PROPUESTA CURRICULAR
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4.1 El agrupamiento de los alumnos ha tenido en cuenta las peticiones cursadas por los
distintos órganos de coordinación didáctica?
4.2 Los horarios se han elaborado teniendo en cuenta los criterios que figuran en la
propuesta curricular
4.3. Los criterios para el agrupamiento han permitido desarrollar las metodologías
establecidas en las programaciones didácticas?
4.4. El agrupamiento de alumnos ha tenido implicaciones negativas en el aprendizaje y
comportamiento de algún grupo de alumnos?
Dificultades encontradas
Propuestas de mejora
5.- SELECCIÓN DE MATERIAL Y RECURSOS DEL DESARROLLO
CURRILCUAR.
Grado de
consecución
INDICADOR
ES
1 2 3 4 5
5.1 La CCP ha establecido criterios pedagógicos para determinar los materiales y recursos
de desarrollo curricular.
5.2 Se han incorporado a materiales tradicionales otros de carácter innovador.
5.3. Los departamentos de coordinación didáctica han decidido la elección de los
materiales y recursos de desarrollo curricular, de acuerdo a los criterios establecidos.
5.4. La selección de materiales y recursos es acorde con los puntos recogido en la propuesta
curricular.
Dificultades encontradas
Propuestas de mejora
IES JULIÁN MARÍAS PROPUESTA CURRICULAR
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6.- EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES DEL ALUMNADO Grado de
consecución
INDICADOR
ES
1 2 3 4 5
6.1. La evaluación ha sido el referente para la adopción de las medidas de apoyo y atención
educativa.
6.2. Las evaluaciones iniciales han servido para el conocimiento de las características del
alumnado y en su caso, para la incorporación del alumnado al refuerzo de las materias
instrumentales.
6.3. Se ha tenido en cuenta que los estándares básicos deben ser considerados especialmente
en la toma de decisiones sobre la promoción.
6.4 Las pruebas orales realizadas han mejorado la oratoria de los alumnos
6.5. Cuando el progreso de un alumno no es el apropiado se toman medidas de refuerzo educativo
y, en su caso, de adaptación curricular para ayudarle a superar las dificultades.
Dificultades encontradas
Propuestas de mejora
7.- PROMOCIÓN DEL ALUMNADO. EVALUACIÓN Y RECUPERACIÓN DE
LOS ALUMNOS CON MATERIAS PENDIENTES
Grado de
consecución
INDICADOR
ES
1 2 3 4 5
7.1 Los criterios de promoción se ajustan a lo dispuesto en Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, al
Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre y a la normativa vigente.
7.2 Se establecen programas de refuerzo por parte del equipo docente para los alumnos que
promocionen sin haber superado todas las materias.
7.3. Se revisan periódicamente las medidas de refuerzo educativo, y de atención a las
necesidades específicas de apoyo educativo.
7.4. Los tutores han informado a los padres/madres/tutores legales de los alumnos de las
materias pendientes de sus hijos.
7.5. El alumnado que ha promocionado con materias pendientes, ha sido evaluado por el
profesor de la materia respectiva del curso al que promociona y en caso de no seguir
cursando ésta se ha encargado el jefe de departamento.
Dificultades encontradas
Propuestas de mejora
8.- INCORPORACIÓN DE ELEMENTOS TRANSVERSALES. Grado de
consecución
IES JULIÁN MARÍAS PROPUESTA CURRICULAR
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INDICADOR
ES
1 2 3 4 5
8.1. Los departamentos de coordinación didáctica han determinado los elementos transversales
que figuran en la propuesta curricular y la forma en que se trabajan en las diferentes
materias/asignaturas.
8.2 Las actividades deportivas realizadas en el Proyecto de recreo son útiles para
fomentar hábitos de vida saludable en los alumnos
8.3. Las actividades desarrolladas en los distintos programas en el Centro relacionadas con la
igualdad entre hombres y mujeres, no discriminación… son efectivas
Dificultades encontradas
Propuestas de mejora
9.- PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS Grado de
consecución
INDICADOR
ES
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9.1 El análisis de los resultados de la evaluación del curso en cada una de las materias sirve
para la toma de decisiones en la mejora del proceso para el curso siguiente.
9.2 Adecuación de los materiales y recursos didácticos, y la distribución de espacios y
tiempos a los métodos didácticos y pedagógicos utilizados.
9.3. Contribución de los métodos didácticos y pedagógicos a la mejora del clima de aula y
de centro.
9.4. El documento de evaluación de la práctica docente es efectivo
9.5 Valoración de la coordinación de los miembros del departamento
9.6 Los materiales utilizados fomentan las metodologías activas.
9.7 Los estándares de aprendizaje básicos que figuran en las programaciones están
consensuados con los de otros departamentos
9.8. Las programaciones contienen decisiones metodológicas y didácticas conforme a esta
propuesta curricular.
9.9 Las programaciones contienen la concreción de los elementos transversales y la forma de
trabajarlos
9.10 Las programaciones contienen medidas que promuevan el hábito de la lectura.
9.11 Las programaciones contienen criterios claros y concisos de corrección y calificación.
9.12 Las programaciones contienen actividades de recuperación.
9.13 Las programaciones contienen medidas de atención a la diversidad y de refuerzo
educativo.
9.14 Las programaciones contienen el programa de actividades complementarias y
extraescolares.
9.15 Las programaciones contienen la secuenciación y temporalización de los contenidos.
9.16 Las programaciones contienen los materiales y recursos de desarrollo curricular.
9.17 Las programaciones contienen el perfil competencial.
Dificultades encontradas
Propuestas de mejora
IES JULIÁN MARÍAS PROPUESTA CURRICULAR
41
La presente Propuesta Curricular se presentará al Consejo Escolar, en sesión por
celebrar el día 29 de noviembre de 2018
Vº Bº del Presidente El Secretario
Vicenciano Escudero Veganzones Ismael Piedrahita Núñez