Protección jurídica del software en el Perú
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En el Perú es regulado por el DecretoLegislativo Nº822 “Ley de Derechos de Autor”y no se atribuyo su protección a la PropiedadIndustrial por diversas razones.
Primero, pues el software no introducecambios en el mundo físico al no ser un bientangible.
El software es una expresión de unconjunto de instrucciones mediantepalabras, códigos, planes o en cualquierotra forma que, al ser incorporadas en undispositivo hacen que este nos de undeterminado resultado.
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El software tiene su origen en el ingenio
humano.
Para desarrollar el software tiene su
origen en un proceso creativo.
Se inicia con la formulación de la
idea para la solución de un problema.
Se diseña un algoritmo o método.
Una carta de flujo o un organigrama.
Finalmente el código fuente en lenguaje
de programación que la máquina
convertirá en código objeto.
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La protección jurídica delsoftware surge delconvencimiento de que seestá en presencia de unhecho nuevo en el campode la creación intelectual ydé la técnica, con bases yproyecciones que las leyesexistentes no previeron nipudieron prever.
Ahora vamos a explicarporqué los principalesderechos de autor puedenproteger jurídicamente alsoftware, al menos hastaahora.
Esta expresión debecumplir fehacientementecon unos elementosfundamentales paraadquirir la protecciónjurídica que otorga elDerecho de Autor:
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a) Ser una creación original
resultado del esfuerzo intelectual
b) Debe tener una forma de expresión (materialización del
resultado)
c) El resultado de la creación debe
tener una estructura y una organización
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Los derechos de autor, incluido el software, son protegidos por el DecretoLegislativo 822, la Decisión Andina 351, el Decreto Ley 25868, el CódigoPenal (artículos 216º al 221º), la Convención Universal sobre Derecho deAutor y el Convenio de Berna. También los protege la ConstituciónPolítica.
Ahora con lo que respecta a la protección del software en Argentina, seapoya casi exclusivamente en la legislación sobre derecho de autor. Laprotección en Estados Unidos es más amplia: por un lado, porque se basatambién en otras normas de propiedad intelectual, como el derecho depatentes y los secretos comerciales; por otro lado, porque el desarrollojurisprudencial es más extenso. La experiencia de Estados Unidos puedeayudar a Argentina para desarrollar su sistema de protección de software.
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Vista la exposición previa de las experiencias deambos países, es posible concluir que la experienciade Estados Unidos puede ayudar a Argentina de almenos tres maneras, que procederemos aexplicarlas.
En primer lugar la lectura manifiesta que la legislaciónsobre software en Argentina busca brindar unaprotección amplia, a través del derecho de autor. Noobstante, la legislación no ha sido acompañada deuna evolución paralela en la actividad judicial.
La experiencia del caso norteamericano puede servira Argentina: partiendo de los casos de protección decódigo fuente y objeto y de protección de interfaz delusuario (look and feel), los tribunales argentinospueden comenzar a andar en un camino ya allanado.
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Por último, Argentina podría aprenderdel caso estadounidense favoreciendopolíticas macroeconómicas para eldesarrollo del mercado del software.
Estas políticas (tales como ladisponibilidad de financiamiento paraempresas, la disponibilidad de manode obra calificada, el entrenamiento yla educación universitaria en IT, lamejora en la calidad de las relacionesindustriales y las medidas comercialesy fiscales) fortalecen la protección dela propiedad intelectual, y así generanun círculo de crecimiento.
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En conclusión, Argentina cuenta con unaguía para orientar las próximas decisionessobre la protección del software. Laexperiencia de Estados Unidos sobre laprotección de la propiedad intelectualpuede ayudar a Argentina para desarrollarsu industria de software.