Protección jurídica del software, matices peruanos
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Iván Herrera Pérez
Única Atípica Irregulable bajo los sistemas tradicionales
INDECOPI es la entidad que realiza el registro de los derechos de autor de un software y quien vela por su “protección”.
La duración de los derechos de autor como regla general se extiende hasta los 70 años después de la muerte del autor.
El registro de derechos de autor tiene efectos declaratorios, probatorios pero no es constitutivo de derechos como el de propiedad industrial.
PatenteEl software no es patentable por no tener carácter «inventivo»
Modelo de
Utilidad
La Decisión 344 indica que no es aplicable al
Software
KnowHow
En el software la creación intelectual puede ser conocida a través del código fuente
Ser una creación original resultado del esfuerzo intelectual
Debe tener una forma de expresión (materialización del resultado)
El resultado de la creación debe tener una estructura y una organización
Usando las mismas consideraciones expuestas en el artículo anterior presentado por nuestra persona, podemos señalar, a manera de conclusión, que no hay nada interesanteextraordinario que gire en torno a las consideraciones jurídicas del sistema jurídico peruano, y como conclusiones podemos tomar las mismas que las señaladas, expuestas y sustentadas en el artículo precedente sobre –básicamente- el mismo tema.