Protocolo para bullying

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Distrito Escolar de Santa Isabel Escuela de la Comunidad S.U. Pedro Meléndez PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE SITUACIONES DE BULLYING “ACOSO ESCOLAR” BASE LEGAL Ley 49 del 2008, a fin de establecer como política pública la prohibición de actos de hostigamiento e intimidación (‘bullying’) entre los estudiantes de las escuelas públicas; disponer un código de conducta de los estudiantes; presentación de informes sobre los incidentes de hostigamiento e intimidación (‘bullying’); originar programas y talleres de capacitación sobre el hostigamiento e intimidación (‘bullying’); y la remisión anual al Departamento de Educación de un informe de incidentes de hostigamiento e intimidación (‘bullying’) en las escuelas públicas. Ley 177 del 2003,"Ley para el Bienestar y la Protección Integral de la Niñez", a fin de establecer una nueva política pública sobre la protección de los menores basada en su desarrollo integral; adoptar las medidas y mecanismos protectores necesarios; establecer las normas que regirán los procesos administrativos y judiciales; facilitar la coordinación multisectorial y entre las agencias; facultar al Departamento de la Familia a implantar esta Ley; tipificar delitos e imponer penalidades; derogar la Ley Núm. 342 de 16 de diciembre de 1999, según enmendada, conocida como la "Ley para el Amparo de Menores en el Siglo XXI; y otros fines. PROPÓSITO

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Distrito Escolar de Santa IsabelEscuela de la Comunidad

S.U. Pedro Meléndez

PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE SITUACIONES DE BULLYING “ACOSO ESCOLAR”

BASE LEGAL

Ley 49 del 2008, a fin de establecer como política pública la prohibición de actos de hostigamiento e intimidación (‘bullying’) entre los estudiantes de las escuelas públicas; disponer un código de conducta de los estudiantes; presentación de informes sobre los incidentes de hostigamiento e intimidación (‘bullying’); originar programas y talleres de capacitación sobre el hostigamiento e intimidación (‘bullying’); y la remisión anual al Departamento de Educación de un informe de incidentes de hostigamiento e intimidación (‘bullying’) en las escuelas públicas. Ley 177 del 2003,"Ley para el Bienestar y la Protección Integral de la Niñez", a fin de establecer una nueva política pública sobre la protección de los menores basada en su desarrollo integral; adoptar las medidas y mecanismos protectores necesarios; establecer las normas que regirán los procesos administrativos y judiciales; facilitar la coordinación multisectorial y entre las agencias; facultar al Departamento de la Familia a implantar esta Ley; tipificar delitos e imponer penalidades; derogar la Ley Núm. 342 de 16 de diciembre de 1999, según enmendada, conocida como la "Ley para el Amparo de Menores en el Siglo XXI; y otros fines.

PROPÓSITO

El Protocolo de la Escuela de la Comunidad S.U. Pedro Meléndez tiene como propósito la coordinación de servicios para situaciones de “Acoso Escolar, Bulling o Ciberbulling”, se estableció como medida para servir de guía para que todo personal pueda manejar y atender los casos de Acoso Escolar, Bulling o Ciberbulling de una manera uniforme, integrada y coordinada con el fin de garantizar servicios ágiles y de calidad.

OBLICACIÓN INFORMAL

Estarán obligados a informar inmediatamente aquellos casos donde exista o se sospeche que existe una situación de acoso escolar o bulling, ciberbulling hacia un/a menor o adulto:

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(a) Los/as profesionales o funcionarios públicos, entidades públicas, privadas y privatizadas que, en su capacidad profesional y en el desempeño de sus funciones,tuvieren conocimiento o sospecha de que un/a menor o un adulto es, ha sido, o está en riesgo de ser víctima de acoso escolar o bulling, ciberbulling. Informarán inmediatamente tal hecho a través del “Protocolo de Intervención Escolar para Situaciones de Acoso Escolar”. La información así suministrada será mantenida en estricta confidencialidad, así como la identidad de la persona que suministró la información. Toda película, fotografía, video, negativo, o diapositiva que muestre a un menor envuelto en un acto de acoso será entregada en la oficina o cuartel más cercano de la Policía de Puerto Rico de ser necesario.

QUIÉN DEBE INFORMAR LA SITUACIÓN

a. Cualquier persona que tuviere conocimiento o sospecha que un menor o adulto es víctima de acoso informará tal hecho a través del Protocolo de Intervención Escolar para Situaciones de Acoso Escolar” en la forma que se dispone en la Ley 49. La información así suministrada será mantenida en estricta confidencialidad, así como la identidad de la persona que suministró la información, excepto en los casos de informes infundados en los cuales, a sabiendas, la información ofrecida es falsa.

b. Cualquier funcionario/a que observe, que posea o que reciba información sobre el posible acoso de cualquier estudiante del sistema escolar, en primer lugar debe notificar a los Padres del Niño Acosado, Trabajador Social, Orientador, Director Escolar mediante el Protocolo de Intervención Escolar para Situaciones de Acoso Escolar o a la Policía de Puerto Rico (9-1-1).

PROCEDIMIENTO PARA LA NOTIFICACIÓN DE REFERIDOS

Todo empleado o funcionario que a través de sus funciones, conozca o sospeche que alegadamente un menor o adulto está siendo víctima de acoso escolar, bulling o ciberbulling, estará obligado a notificar ese referido. Una vez que la Escuela tiene conocimiento de una posible situación de acoso, a través del propio estudiante o a través de una observación directa, es preciso adoptar una serie de medidas que podemos agrupar en tres fases: recogida de información, análisis y adopción de medidas, seguimiento periódico.

1ª FASE: Recogida de información: Se trata de una fase en la que el maestro, trabajador social, consejero, director escolar recopilan los datos necesarios para dilucidar si los hechos denunciados constituyen o no una situación de acoso escolar.

1. Persona que Inicia la Fase 1 es aquella que recibe la información: Es la persona encargada de comunicarse con todos los sujetos implicados, de recopilar la información necesaria y comunicarla a los efectos de tomar las medidas necesarias. Igualmente debe ser el custodio del estudiante acosado en el centro. Puede tratarse de cualquier funcionario escolar o privado, o de la persona en que este delegue, preferiblemente el orientador, trabajador social, maestro o director que goce de la confianza del estudiante.

2. Citar al estudiante acosado en una entrevista individual. Es importante que en esta primera entrevista se genere en un clima de confianza, por lo que, si es necesario, deberá

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repetirse hasta que el estudiante se encuentre en disposición de trasladar el alcance del problema.

3. Citar al estudiante acosador/a en una entrevista individual.

4. Citar a los demás estudiantes implicados en entrevista individual. (De ser necesario)

5. Citar en entrevista individual, a la familia del acosador y acosado.

6. Convocar a una Reunión de Equipo para discutir la situación. El objetivo de esta convocatoria es explicar la situación, de forma que todos los maestros tengan conocimiento y puedan manifestar si tienen conocimiento de alguna circunstancia previa, especialmente aquellos que se encuentran en contacto más directo con el estudiantes.

7. Solicitar el apoyo técnico del Trabajador Social, Orientador, Director o Policía Estatal

como medio de orientación.

Nota: Para la toma de datos de obtenidos en esta fase, es posible hacer uso dela “Hoja para Obtener la Información” y la “Hoja de Referidos para Situaciones de Acoso” que se adjunta como ANEJO I y ANEJO II en la que se recogen los indicadores a tener en cuenta para detectar una situación de acoso.

2ª FASE: Análisis y adopción de medidas. Una vez obtenida toda la información sobre los hechos acontecidos, deberá referirlos estudiantes al Trabajador Social, Consejero o Director en las que se valorará si la información obtenida realmente son constitutivos de acoso y, en su caso, se acordarán las medidas a adoptar, siempre de acuerdo con las previsiones recogidas en el Reglamento del Estudiante y en La Ley 49, por el que se regulan los derechos y deberes del estudiante y las correspondientes normas de convivencia de la Escuela públicas. Entre las medidas que se adopten, debemos distinguir entre aquellas que protegen a la víctima, las medidas correctoras de los agresores y la comunicación a la situación a los organismos correspondientes.

1. Medidas de protección a la víctima: Las posibilidades de protección son múltiples y variarán en función de las necesidades peculiares del estudiante en concreto, si bien podemos sugerir las siguientes:

a) Cambio de grupo.b) Vigilancia específica de acosador y acosado.c) Tutoría individualizada con el equipo de orientación del acosado, dándole pautas de autoprotección, técnicas de relajación y control del estrés.d) Asignación de una “persona de confianza” dentro del equipo docente.e) Solicitud de colaboración de la familia de víctima y agresor, manteniéndoles en todo momento informado de la situación.f) Sesiones grupales.

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g) Recomendar la asistencia del agredido a un profesional externo al centro con el fin de reforzar la labor efectuada por el equipo docente. (PEMPE)

2. Medidas correctoras de los agresores:

a) Imposición de las sanciones correspondientes.- Suspensión estipulada por la Ley 49 (15 días)

b) Petición de disculpas a la víctima.c) Realización de una labor de concienciación de lo ocurrido y sus consecuencias.d) Tutoría individualizada, con enseñanzas de técnicas de autocontrol y relajación.e) Mostrarle estrategias de resolución de conflictos, mostrándole soluciones alternativas a la agresión.

3. Otras medidas:

a) En aquellos casos en que el acoso no haya consistido en agresiones físicas, es interesante iniciar un proceso de mediación.b) Igualmente, es conveniente informar a la inspección educativa de la situación detectada y de las medidas adoptadas.

Nota: Tal y como se expondrá en los informes de consecuencias jurídicas, es necesario documentar por escrito todas y cada una de las medidas y de los acuerdos adoptados, así como el calendario de aplicación de los mismos y sus resultados.

3ª FASE: Seguimiento. Una vez adoptadas todas las medidas previstas en la fase anterior, es importante continuar llevando a cabo, a través del Departamento de Educación, Proyecto PEMPE, un seguimiento de la situación, de forma que la misma no vuelva a producirse, quedando totalmente erradicada cualquier conducta agresiva.

ASPECTOS JURÍDICOS. LA RESPONSABILIDAD DE LA ESCUELA

Una vez analizado el protocolo a seguir en el caso de detectarse una situación de acoso, es preciso señalar que la misma puede tener una serie de implicaciones jurídicas para la Escuela.

Por tanto, se podría dar el caso de que los representantes legales de los estudiantes exigieran la responsabilidad civil de la Escuela por los daños morales sufridos por el menor.Se establece en la Ley 177 la responsabilidad del Bienestar de los menores de forma que se pueda acreditar la responsabilidad a todo persona que aquellos casos donde exista o se sospeche que existe una situación de acoso escolar o bulling, ciberbulling hacia un/a menor.Sin embargo, dicha posibilidad no es ilimitada, sino que cabe exonerarse de la misma en aquellos casos en que se acredite que se actuó con la diligencia necesaria para evitar el daño. Sin embargo, no podemos olvidar que en estos casos, es la Escuela al que corresponde la carga de la prueba, es decir, es preciso acreditar que se realizaron todas las actuaciones necesarias para evitar la situación.

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ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN

Una estrategia válida son los Talleres Ofrecidos por la Trabajadora Social, Consejera Escolar, Director y todos aquellos ofrecidos por las Empresas Privadas o Públicas puestas en marcha desde el primer día de clase. La educación continua irá asociado a momentos de formación y un espacio para tratar de entender y atajar los problemas de disciplina, conflictos, malas relaciones, abusos entre iguales.

Consideramos prioritario la concienciación del mayor número de personas vinculadas a la Escuela en torno a dos aspectos: La comprensión de nuestro ambiente Escolar utilizando los elementos de mediación que permitan prevenir posibles agresiones y segundo crear una conciencia colectiva de las normas mínimas que todo miembro de nuestra comunidad ha de seguir. En base a estas dos prioridades se va a basar nuestra propuesta de prevención.

INTERPRETACIÓN

Las disposiciones de este protocolo deberán interpretarse a favor de la protección, bienestar, seguridad y mejor interés del menor acosado.

SEPARABILIDAD

Si alguna disposición de este protocolo fuere declarada nula o inconstitucional, por cualquier razón de ley, el remanente del estatuto retendrá plena vigencia y eficacia.

VIGENCIA

La vigencia de este protocolo continuara en vigor sin necesidad de un nuevo nombramiento del Director Escolar, hasta la expiración del término para el cual fue nombrado. Asimismo, las disposiciones de este protocolo no afectarán el ejercicio de las funciones y poderes, ni el sueldo que este funcionario ostenta o devenga al entrar en vigor a este protocolo.

DEROGACIÓN

Se deroga este protocolo siempre y cuando la Ley 49, cambie a beneficios mayores de los menores o el Estado Libre Asociado de Puerto Rico así le disponga.

Certificamos Correcto,

15 de agosto de 2011_______________________________ -------------------------------- Gladys Santana Fecha Consejera Escolar

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15 de agosto de 2011_______________________________ -------------------------------- Digna Cruz Santiago Fecha Trabajadora Social Escolar

15 de agosto de 2011

_______________________________ -------------------------------- Olga Hernández Fecha Presidenta Consejo Escolar

15 de agosto de 2011_______________________________ -------------------------------- Héctor A. Cardona Rivera Fecha Director Escolar ANEJO I

HOJA PARA OBTERNER LA INFORMACIÓN

I. DATOS DE IDENTIFICACIÓN:

Región: Ponce Distrito: Santa Isabel

Escuela: S.U Pedro Meléndez Código: 53058

• Estudiantes Acosado: ______________________________ Grupo: _______________

• Fecha del Último Incidente: _________________________ Teléfono: ____________________

• Fecha de Nacimiento: _______________________ Edad: ________________

Dirección: ____________________________________________________________________________

____________________________________________________________________________

II. PERSONA ENTREVISTADA:

Familia Tutor/a Maestro/a Consejera Escolar

Estudiante Orientación Personal no docente Trabajadora Social

Otro (especificar:)_________________________

III. DATOS DE LA SITUACION:

A. TIPO DE AGRESIÓN

Verbal: Física: Social: Psicológica:

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1. Insultos 5. Golpes 9. Rechazo 11. Rechazo

2. Sobrenombres 6. Rotura de material 10. Aislamiento 12. Ridiculizar

3. Amenazas 7. Humillación 13. Rumores

4. Chantajes 8. Acoso sexual 14. Mensajes, correos, notas, dibujos

Otros: _________________________________________________________________________

B. ESPACIOS DONDE SE PRODUCE EL MALTRATO

Salón Pasillos Baños Patio Entradas y salidas de la Escuela Comedor Transporte Escolar Fuera de la Escuela Otros: ________________________________________________________________________

C. HECHOS OBSERVADOS

Conducta observada _________________________________________________________________

Fecha y lugar de realización ___________________________________________________________

Testigos ___________________________________________________________________________

ENTREVISTA CON EL MAESTRO, TRABAJADOR SOCIAL, CONSEJERO ESCOLAR O

DIRECTOR

ASUNTO: DENUNCIA DE CONDUCTAS INAPROPIADAS A LAS NORMAS ESTABLECIAS POR DEPARTAMENO DE EDUCACIȮN.

1- DATOS DE IDENTIFICACIÓN:

AGRESORES/AS: ________________________________________________________

GRUPO: __________________

EDAD: __________________

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TELÉFONO: __________________

------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

AGRESORES/AS: ________________________________________________________

GRUPO: __________________

EDAD: __________________

TELÉFONO: __________________

2- EQUIPO DE MAESTROS:

______________________________________ _________________________________

______________________________________ _________________________________

______________________________________ _________________________________

3.- PRIMERAS MEDIDAS ADOPTADAS:

______________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________

4.- DATOS QUE SE CONCLUYEN DE LA ENTREVISTA Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN:

Localización y fechas de las agresiones:

Fecha: ________________________________

o En la clase

o En el patio

o En los pasillos

o En el comedor

o En la cancha

o En el guagua escolar

o Entradas/salidas de la escuela

o Fuera de la escuela por estudiantes de la escuela

o Fuera de la escuela por personas ajenas

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Nota: Puede seleccionar más de un lugar si aplica.

5. Testigos:

- Estudiantes: _________________________________________________________________________

- Maestros: _________________________________________________________________________

- Personal auxiliar: ___________________________________________________________________

- Otros: _________________________________________________________________________

6. Tipo de maltrato:

a) Exclusión social no sí 1 o 2 veces repetido

- Activa: no deja participar.

- Exclusión por omisión: ignorar al otro.

b) Agresiones verbales no sí 1 o 2 veces repetido

- Insultar, poner sobrenombres, hablar mal de la víctima.

c) Agresiones físicas indirectas no sí 1 o 2 veces repetido

- Esconder cosas, romper cosas, robar cosas.

d) Agresiones físicas directas no sí 1 o 2 veces repetido

- Pegar.

e) Intimidación, amenazas, chantaje no sí 1 o 2 veces repetido

f) Acoso o abuso sexual no sí 1 o 2 veces repetido

g) Acoso racial no sí 1 o 2 veces repetido

7 - DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS:

______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

8 - MEDIDAS ADOPTADAS (según el Reglamento de Estudiantes):

Con la víctima: ____________________________________________________________________

Con el/los agresor/es (en caso de apertura de expediente disciplinario indicar fecha de inicio, datos del estudiante y nombre del Maestro/a):________________________________________________________

Con los observadores: _______________________________________________________________

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Con el o los grupos-clase: ____________________________________________________________

Otras medidas educativas (preventivas, generales...):_______________________________________

9.- ENTREVISTAS CON LAS FAMILIAS (FECHAS, ASISTENTES, CONTENIDO):

______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

10. CONCLUSIONES DE LA EVALUACIÓN DEL PLAN DE INTERVENCIÓN:

La realización de las actuaciones planificadas ha conseguido el cese de la situación de maltrato o acoso escolar, por lo que este informe queda archivado en el centro, bajo la custodia del Director.

La realización de las actuaciones planificadas NO ha puesto el cese de la situación de maltrato y acoso escolar, por lo que este informe se remite al Distrito Escolar.

La gravedad de la situación de maltrato y acoso requiere la remisión de este informe a la Región Educativa, Servicios legales del Departamento de Educación y/o Secretario de Educación.

En Santa Isabel, hoy _______ de ___________ de 2011

ANEJO II

DISTRITO ESCOLAR DE SANTA ISABELESCUELA DE LA COMUNIDAD

S.U. PEDRO MELÉNDEZ

HOJA DE REFERIDOS PARA SITUACIONES DE ACOSO

I. Información sobre el estudiante referido: Fecha Recibo del Referido:Nombre: Grado: Edad: Género:Fecha de Nacimiento: Código: Teléfono:Numero de SIE: Fracasos: Ausencias Promedio: Dirección Física: Estudiante de Educación Especial

Si: No:Teléfono (casa): Celular: Trabajo:Nombre del Padre: Nombre de la Madre:

II. Describe brevemente los incidentes por los cuales se intervino con el estudiante

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III. Historial Previo: (Fecha y Breve descripción de incidentes en el estudiante fue acosado)

IV. Gestiones realizadas por la Persona que Refiere (de ser necesario puede utilizar papel adicional)

Nombre:

Firma: Fecha:Trabajador Social (Fecha y breve descripción de las gestiones realizadas)

Nombre:Firma: Fecha:Consejero Escolar (Fecha y breve descripción de las gestiones realizadas)

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Nombre:Firma: Fecha:Maestro/a adicional (Fecha y breve descripción de las gestiones realizadas)

Nombre:Firma: Fecha:

V. Información sobre el ReferidoNombre y puesto de la persona que refiere Nombre del Director:

Nombre FirmaFirma: Fecha:Puesto:Fecha:

Distrito Escolar de Santa IsabelEscuela de la Comunidad

S.U. Pedro Meléndez

PROTOCOLO DE MANEJO DE CRISIS PARA EMERGENCIAS

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1. AUSCULTAR, si el niño fue agredido de gravedad y asignar personal de apoyo encabezado por un Trabajador Social o Consejero Escolar. De haber la mínima sospecha, enseguida se debe indagar.

2. CITAR, a los padres para indagar si el Bulling es persistente.

3. El DIRECTOR, de la escuela cita a los niños agresores junto a sus padres y se aplica el reglamento de la escuela.

4. A LOS NIÑOS, involucrados se les proveen servicios a través de los mecanismos de la agencia y se refiere a tratamiento siquiátrico de ser necesario.