PROVINCIA DE CASTELLÓN DE LA PLANA - ctac.es · AÑO CLXXXIII Edicin y estin Ecma Diutacin...

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PROVINCIA DE CASTELLÓN DE LA PLANA AÑO CLXXXIII Edición y gestión: Excma. Diputación Provincial (Se publica los martes, jueves y sábados) MARTES, 7 DE JULIO DE 2015 - NÚMERO 83 SUMARIO DISPONIBLE EN INTERNET www.dipcas.es D.L. CS 1-1958 ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ___________ 2 ADMINISTRACIONES AUTONÓMICAS Consellería de Hacienda y Administración Pública ___________________ 2 Conselleria de Economía, Industria,Turismo y Empleo _______________ 4 ADMINISTRACIÓN LOCAL Ayuntamientos ________________________________________________ 4 Alcalà de Xivert, Alfondeguilla, Almazora/Almassora, Arañuel, Benlloch, Burriana, Cabanes, Càlig, Castellón/ Castelló, Chilches/Xilxes, la Serratella, la Vall d’Uixó, Nules, Puebla de Arenoso, Ribesalbes, Sot de Ferrer, Toga, Torreblanca, Vall d’Alba, Vila-real, Villafranca del Cid/ Vilafranca, Vinaròs Entidad Local Menor ___________________________________________ 29 E.L.M. Ballestar ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA _______________________________________ 30 Juzgados de Primera Instancia e Instrucción (Nules), Juzgados de lo Social (Castellón de la Plana) OTRAS ENTIDADES Y ANUNCIOS PARTICULARES _______________________ 32 Comunidad de Regantes

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PROVINCIA DE CASTELLÓN DE LA PLANA

AÑO CLXXXIII Edición y gestión: Excma. Diputación Provincial

(Se publica los martes, jueves y sábados) MARTES, 7 DE JULIO DE 2015 - NÚMERO 83

SUMARIO

DISPONIBLE EN INTERNETwww.dipcas.esD.L. CS 1-1958

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ___________ 2

ADMINISTRACIONES AUTONÓMICAS

Consellería de Hacienda y Administración Pública ___________________ 2Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo _______________ 4

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Ayuntamientos ________________________________________________ 4Alcalà de Xivert, Alfondeguilla, Almazora/Almassora, Arañuel, Benlloch, Burriana, Cabanes, Càlig, Castellón/Castelló, Chilches/Xilxes, la Serratella, la Vall d’Uixó, Nules, Puebla de Arenoso, Ribesalbes, Sot de Ferrer, Toga, Torreblanca, Vall d’Alba, Vila-real, Villafranca del Cid/Vilafranca, Vinaròs

Entidad Local Menor ___________________________________________ 29E.L.M. Ballestar

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA _______________________________________ 30Juzgados de Primera Instancia e Instrucción (Nules), Juzgados de lo Social (Castellón de la Plana)

OTRAS ENTIDADES Y ANUNCIOS PARTICULARES _______________________ 32Comunidad de Regantes

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA2 Núm. 83.—7 de julio de 2015

CV

E: 20150700830052

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

04986-2015CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

Anuncio de la CHJ sobre otorgamiento de concesión de aguas subterráneas en la Partida El Clot en el t.m. de Vinaròs (Castellón) con destino a riego en el expediente 2008CP0056.

En el expediente instado por la C.R. POU CLOT DE VINAROZ sobre concesión de aguas subterráneas renovables mediante pozo sito en la partida “Puig de San Sebastián- El Clot” en el término municipal de Vinaròs (Castellón), con un volumen máximo anual de 53.962 m3/año. y un caudal máximo instantáneo de 6,67 l/s., con destino a riego de 11,28 Has. de cítricos, por el sistema de riego localizado, sitas en el municipio de Vinaròs, se ha resuelto favorablemente con arreglo a las condiciones impuestas por esta Confederación Hidrográfica del Júcar, autorizando dicha legalización en el expediente referencia 2008CP0056.

Lo que por orden de su Presidencia se hace público en cumplimiento de las disposiciones vigentes.Valencia, 27 de mayo de 2015JEFE DEL ÁREA DE GESTIÓN DEL D.P.H., JOSE ANTONIO SORIA VIDAL.

ADMINISTRACIONES AUTONÓMICAS

CONSELLERIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

05410-2015OFICINA LIQUIDADORA DE OROPESA DEL MAR

Notificación por comparecencia al efecto de ser notificados los actos relativos a los procedimientos sobre TPOAJD, cuya tramitación es responsable esta O.L.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, no habiéndose podido realizar la notificación al obligado tributario o a su representante por causas no imputables a la Administración e intentada al menos dos veces en el domicilio fiscal y posteriormente por correo ordinario con arreglo al Art. 114.1 RD 1065/2007 párrafo tercero.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, no habiéndose podido realizar la notificación al obligado tributario o a su representante por causas no imputables a esta Administración e intentada al menos dos veces en el domicilio fiscal, o en el designado por el interesado en su escrito desolicitud, por la presente se cita a los obligados tribu-tarios que a continuación se relacionarán para que comparezcan, en el plazo de los quince días naturales contados desde el siguiente a esta publicación en, O.L. OROPESA sita en CASTELLON 3 al efecto de ser notificados de los actos relativos a los procedimientos que, asimismo, se indicarán, de cuya tramitación es responsable esta oficina. Transcurrido dicho plazo sin comparecer la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado.

N.I.F. Suj. pasivo o representante Expediente de notificación Expediente origen Procedimiento que los motiva51940890J, PARRONDO CHAMORRO JOSE LUISNOTIFICA EH1260 2015 426, TP EH1260 2012 2947, B10 1 004071150, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

Y1870936S, LUYCKX GUNTER FLORA ANOTIFICA EH1260 2015 450, TP EH1260 2011 1919, B10 1 004074571, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

03419389W, MARTINEZ LAZARO M PILARNOTIFICA EH1260 2015 491, TP EH1260 2012 4153, B10 1 004087013, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

47590205P, OBRERO AZUARA GREGORIONOTIFICA EH1260 2015 505, TP EH1260 2012 499, B10 1 004090942, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

03793935Q, MARTIN GONZALEZ JAVIERNOTIFICA EH1260 2015 520, TP EH1260 2012 2273, 010 1 018844944, LIQUIDACION DE TRANSMISIONES

14240339G, PALAZON SIERRA JESUS MARIANOTIFICA EH1260 2015 542, TP EH1260 2012 1284, B10 1 004099841, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

Y2060290X, KHAZNADJI MOHAMEDNOTIFICA EH1260 2015 557, TP EH1260 2012 4102, B10 1 004103883, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

Y2137145E, TADRIST EPSE KHAZNADJI MALIKANOTIFICA EH1260 2015 558, TP EH1260 2012 4102, B10 1 004103901, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

Y2360462D, KHAZNADJI KAMELIANOTIFICA EH1260 2015 559, TP EH1260 2012 4102, B10 1 004103926, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

20469551B, RUIZ HERRANDO JENIFER JULIANOTIFICA EH1260 2015 569, TP EH1260 2012 204, B10 1 004108512, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

02604159F, CUELLAS CONTRERAS JOSE OSCARNOTIFICA EH1260 2015 579, SUCYDON EH1260 2012 288, 012 1 003014685, LIQUIDACION DE DONACIONES

02604159F, CUELLAS CONTRERAS JOSE OSCARNOTIFICA EH1260 2015 580, SUCYDON EH1260 2012 288, 012 1 003014695, LIQUIDACION DE DONACIONES

Y2524460V, SAYOUD ZIADNOTIFICA EH1260 2015 604, TP EH1260 2012 3534, B10 1 004121051, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 83.—7 de julio de 2015 3

CV

E: 2

0150

7008

3005

2

Y2524442E, SAYOUD RACHIDNOTIFICA EH1260 2015 606, TP EH1260 2012 3534, B10 1 004121076, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

Y2622254S, BELKACEM NASSIM, SAYOUDNOTIFICA EH1260 2015 607, TP EH1260 2012 3534, B10 1 004121094, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

Y2622219A, MARABET LEILANOTIFICA EH1260 2015 608, TP EH1260 2012 3534, B10 1 004121112, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

03884441V, LOZANO UCETA CESARNOTIFICA EH1260 2015 632, TP EH1260 2012 4203, B10 1 004127236, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

01936075G, VILCHES HERNANDEZ RUBENNOTIFICA EH1260 2015 641, TP EH1260 2012 787, B10 1 004134211, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

En OROPESA DEL MAR / OROPESA a 26-JUN-15EL LIQUIDADOR, FRANCISCO MOLINA CRESPO.

CONSELLERIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

05412-2015OFICINA LIQUIDADORA DE OROPESA DEL MAR

Notificación por comparecencia al efecto de ser notificados los actos relativos a los procedimientos sobre TPOAJD, cuya tramitación es responsable esta O.L.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, no habiéndose podido realizar la notificación al obligado tributario o a su representante por causas no imputables a la Administración e intentada al menos dos veces en el domicilio fiscal y posteriormente por correo ordinario con arreglo al Art. 114.1 RD 1065/2007 párrafo tercero.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, no habiéndose podido realizar la notificación al obligado tributario o a su representante por causas no imputables a esta Administración e intentada al menos dos veces en el domicilio fiscal, o en el designado por el interesado en su escrito desolicitud, por la presente se cita a los obligados tribu-tarios que a continuación se relacionarán para que comparezcan, en el plazo de los quince días naturales contados desde el siguiente a esta publicación en, O.L. OROPESA sita en CASTELLON 3 al efecto de ser notificados de los actos relativos a los procedimientos que, asimismo, se indicarán, de cuya tramitación es responsable esta oficina. Transcurrido dicho plazo sin comparecer la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado.

N.I.F. Suj. pasivo o representante Expediente de notificación Expediente origen Procedimiento que los motiva33520026X, ALVAREZ FERNANDEZ RUBENNOTIFICA EH1260 2015 213, TP EH1260 2012 1895, CC0 1 000025365, COMUNIC. COMPROBACION VALORES

17760743M, MATEO MONTAÑES VICTORNOTIFICA EH1260 2015 327, TP EH1260 2012 2543, B10 1 004033962, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

En OROPESA DEL MAR / OROPESA a 29-JUN-15EL LIQUIDADOR, FRANCISCO MOLINA CRESPO.

CONSELLERIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

05250-2015OFICINA LIQUIDADORA DE VILA-REAL

Notificaciones Vila-real

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, no habiéndose podido realizar la notificación al obligado tributario o a su representante por causas no imputables a esta Administración e intentada al menos dos veces en el domicilio fiscal, o en el designado por el interesado en su escrito desolicitud, por la presente se cita a los obligados tribu-tarios que a continuación se relacionarán para que comparezcan, en el plazo de los quince días naturales contados desde el siguiente a esta publicación en, O.L. VILA-REAL sita en PABLO DE SANTO LEOCADIO 7 al efecto de ser notificados de los actos relativos a los proce-dimientos que, asimismo, se indicarán, de cuya tramitación es responsable esta oficina.

Transcurrido dicho plazo sin comparecer la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado.

N.I.F. Suj. pasivo o representante Expediente de notificación Expediente origen Procedimiento que los motiva53379775H, MANRIQUE MARTINEZ CARLOSNOTIFICA EH1257 2015 1096, TP EH1257 2014 589, B10 1 004110086, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

53228619H, ARRANDO ALFONSO REYESNOTIFICA EH1257 2015 1140, SUCYDON EH1257 2014 932, B11 1 001122261, TRAMITE AUDIENCIA SUCESIONES

X8189280S, ARDY, MINANOTIFICA EH1257 2015 1169, TP EH1257 2014 521, 010 1 018951311, LIQUIDACION DE TRANSMISIONES

X7676411T, AMARI, EL MAHDINOTIFICA EH1257 2015 1170, TP EH1257 2014 521, 010 1 018951320, LIQUIDACION DE TRANSMISIONES

18978244R, BASELGA TORRES ASUNCION MERCEDESNOTIFICA EH1257 2015 1236, SUCYDON EH1257 2011 777, 011 1 008512471, LIQUIDACION DE SUCESIONES

18926927C, GARCIA ALBALATE CARLOSNOTIFICA EH1257 2015 721, TP EH1257 2014 369, B10 1 004049931, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

18926927C, GARCIA ALBALATE CARLOSNOTIFICA EH1257 2015 721, TP EH1257 2014 369, B75 1 001005144, TRAMITE AUDIENCIA RECARGO EXT.

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA4 Núm. 83.—7 de julio de 2015

CV

E: 20150700830052

X3933621T, HADDOU NOUREDDINENOTIFICA EH1257 2015 831, TP EH1257 2014 578, B10 1 004066451, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

18930910R, HURTADO PEREZ JOSE MANUELNOTIFICA EH1257 2015 854, TP EH1257 2014 664, B10 1 004072794, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

53785602X, SANCHEZ SOL AITORNOTIFICA EH1257 2015 857, TP EH1257 2014 748, RQ1 1 000276873, REQUERIMIENTO DOCUMENTACION

Y3224796A, ZAIM ABDELATIFNOTIFICA EH1257 2015 871, TP EH1257 2014 760, B10 1 004074675, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

Y3258357F, LAIB KHALEDNOTIFICA EH1257 2015 872, TP EH1257 2014 759, B10 1 004074912, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

18796466S, FLOR MOR FRANCISCONOTIFICA EH1257 2015 877, SUCYDON EH1257 2013 1254, B11 1 001118560, TRAMITE AUDIENCIA SUCESIONES

Y2146390K, BOULBERDAA RACHIDNOTIFICA EH1257 2015 885, TP EH1257 2014 761, B10 1 004077143, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

53729854Z, VALERO RAMAL PATRICIANOTIFICA EH1257 2015 915, TP EH1257 2014 38, 010 1 018798503, LIQUIDACION DE TRANSMISIONES

53729854Z, VALERO RAMAL PATRICIANOTIFICA EH1257 2015 915, TP EH1257 2014 38, 010 1 018798513, LIQUIDACION DE TRANSMISIONES

73399656D, PIQUER XIMENEZ DAVIDNOTIFICA EH1257 2015 939, TP EH1257 2014 849, B10 1 004087966, TRAMITE AUDIENCIA TRANSMISION.

En VILA-REAL a 23-JUN-15.- EL LIQUIDADOR, JAVIER GIL ÁLVAREZ.

CONSELLERIA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA, TURISMO Y EMPLEO

05401-2015

Otorgamiento concesión de explotación “EL PLA” nº 2710-B. Expte.-MIEXCD/2004/1/12

Anuncio del Servicio Territorial de Energía de Castellón de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, sobre otorga-miento de la Concesión de Explotación nombrada “EL PLA”, nº. 2710-B.

El Servicio Territorial de Energía de Castellón de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo hace saber que por Resolu-ción del Servicio Territorial de Energía de Castellón de la Dirección General de Energía ha sido otorgada la siguiente Concesión de Explo-tación, con expresión de: número, nombre, recurso geológico, superficie y término municipal afectado.

“2710-b”. “EL PLA”. ”Sección C):ARENAS SILICEAS”. “2 C.M”. “CABANES”.Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78.2 de la Ley 22/1973, de Minas, de 21 de julio de 1973 (BOE

nº. 176 del 24/07/73/) y 101.5 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978 (R.D. 2857/1978, de 25 de agosto. BOE nº. 295 y 296, del 11 y 12/12/78).

Castellón, a 30 de junio de 2015.LA JEFA DEL SERVICIO TERRITORIAL DE ENERGÍA, Marta Debón Vicent.

CONSELLERIA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA, TURISMO Y EMPLEO

05348-2015DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EMPLEO Y TRABAJO

Rdo. anuncio modificación asociación provincial de artesanos de Castellón - APAC

DEPOSITO DE ESTATUTOS DE ORGANIZACIONES PROFESIONALES DE CASTELLON. En cumplimiento de los artículos 4º y 5º del Real Decreto 873/77 de 22 de abril, y a los efectos previstos en los mismos, se hace

público que en esta oficina, el día 22-6-2015, ha sido depositado modificación de Estatutos de la Organización P.

ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

05411-2015ALCALÀ DE XIVERT

Notificación por intento fallido de acuerdo incoación expediente orden ejecución nº 19/2015

NOTIFICACIÓN DEL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE FECHA 13 DE MARZO DE 2015, DE INCOACIÓN DE EXPE-DIENTE DE ORDEN DE EJECUCIÓN Nº 19/2015.

Intentadas sin éxito las siguientes notificaciones:Antonio Herrera Rovira

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 83.—7 de julio de 2015 5

CV

E: 2

0150

7008

3005

2

C/ San Mateo, 2812570 Alcalà de XivertRS-809-17-03-2015por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-

cas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se procede a la publicación de las citadas notificaciones en el Boletín Oficial de la Provincia, cuyo texto íntegro es el siguiente:

“ Por la presente, le notifico que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 13 de marzo de 2015, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, que dice, a reserva de lo dispuesto en el art. 206 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales:

22. ORDEN DE EJECUCIÓN Nº 19/2015. INTERESADO: D. ANTONIO HERRERA ROVIRA.Vista la propuesta del concejal de Urbanismo de fecha 4 de Marzo de 2015, que dice:Visto el escrito presentado en fecha 13 de enero de 2015, por Dña. Sandra Blazquez Bruñó, en el que denuncia el mal estado en que

se encuentra la fachada del inmueble sito en C/ San Mateo, 28 de Alcalà de Xivert, referencia catastral: 4156768BE6645S0001GJ.Visto el informe emitido por el Arquitecto Técnico Municipal, en fecha 26 de febrero de 2015, tras girar visita de inspección en el

que hace constar:“ En fecha 10 de febrero de 2015, se realiza visita de inspección a las fachadas del inmueble sito en C/ San Mateo, 28Mirando la fachada se observa:Se pueden desprender trozos de mortero o teja de la cornisa. Dicha situación ocasiona problemas de seguridad.Según los datos catastrales de archivo municipal el titular de la vivienda es D. Antonio Herrera Rovira, domicilio C/ San Mate, 28 de

Alcalà de Xivert..Según lo previsto en el artículo 3.15 del PGOU de Alcalá de Xivert y el artículo 180 de la Ley Urbanística Valencia 5/14, los propieta-

rios de terrenos, construcciones y edificios deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro.La parcela se encuentra clasificada por el Plan General de Ordenación Urbana, aprobado definitivamente el 8 de julio de 1998, de la

siguiente forma:SUELO URBANO EDC.ConclusiónSe propone el vallado inmediato de la zona y dictar una Orden de ejecución para proceder a la demolición de la cornisa y revisión

de la cubierta.Plazo estimado para la ejecución de los trabajos: 2 días.El plazo de inicio de los trabajos debe ser inmediato y se deberá aportar:Póliza de seguro de responsabilidad civil frente a terceros (daños en personas u objetos) de la empresa constructora.Póliza de seguro de la maquinaria (máquina elevadora articulada) o certificado elaborado por técnico competente visado por el cole-

gio profesional correspondiente y en el que conste la descripción, tipo y características de la instalación, medidas de seguridad y salud.Presupuesto estimado: de montaje de andamio, picado y revestimiento de zonas de la fachada, demolición de cornisa y revisión de

la cubierta asciende a la cantidad de 989,00 €”.Considerando que el artículo 3.15 del vigente P.G.O.U., en relación con el artículo 180 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la

Generalitat Valenciana, de Ordenación del Territorio Urbanismo y Paisaje, (en adelante LOTUP), establece la obligación de los pro-pietarios de terrenos, construcciones y edificios de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras necesarios para conservar o rehabilitar en ellos las condiciones imprescindibles de habi-tabilidad, seguridad, funcionalidad o uso efectivo que permitirían obtener la licencia administrativa de ocupación para el destino que les sea propio.

Teniendo en cuenta que el artículo 182.1. a) de la LOTUP, así como las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de Xivert, en su art. 1.23 del P.G.O.U., disponen que será obligación del Ayuntamiento dictar las órdenes de eje-cución de obras de reparación, conservación y rehabilitación de edificios deteriorados o que estén en condiciones deficientes para ser utilizados.

Resultando que a los efectos de lo establecido en el artículo 250.1 de la LOTUP, aparecen como sujetos responsables: D. ANTONIO HERRERA ROVIRA.

Considerando asimismo que el incumplimiento injustificado de la orden de ejecución facultará a este Ayuntamiento bien para ejecu-tar subsidiariamente la obligación, a costa del obligado, bien para imponer multas coercitivas, tal y como prevé el artículo 182.5 del LOTU.

Considerando que la urgencia constatada en el antedicho informe técnico justifica la necesidad de proceder en la forma más rápida posible a los efectos de garantizar la seguridad pública, todo ello previo cumplimiento de los requisitos exigidos en los precitados textos legales, procediendo la tramitación de urgencia del procedimiento según lo previsto en el artículo 50 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común.

Considerando que los artículos 1 y 5 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales prevén la intervención administra-tiva en la actividad de los administrados en estos supuestos, debiendo cumplir los principios determinados por la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, principalmente en lo que se refiere a la audiencia al interesado y a los medios de ejecución forzosa.

Visto el informe emitido por la Técnico de Administración General en fecha 26 de febrero de 2015.Siendo el órgano competente para incoar estos expedientes la Junta de Gobierno Local, en virtud de lo dispuesto en el Decreto de

delegación de atribuciones de fecha 20 de junio de 2011.Por todo lo expuesto, a los miembros de la Junta de gobierno Local propongo la adopción del siguiente ACUERDO:Primero.- Incoar la tramitación por el procedimiento de urgencia del expediente tendente a la ejecución de los trabajos necesarios

para restablecer las debidas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro del inmueble sito en C/ San Mateo, 28 de Alcalà de Xivert, referencia catastral: 4156768BE6645N0001GJ

Segundo.- Incoar expediente a D. ANTONIO HERRERA ROVIRA, en orden a la ejecución de los trabajos consistentes en la demoli-ción de la cornisa y revisión de la cubierta del inmueble sito en C/ San Mateo, 28 de Alcalà de Xivert, referencia catastral: 4156768BE6645N0001GJ.

Tercero.- Ordenar a D. ANTONIO HERRERA ROVIRA, para que en el plazo máximo de una semana, contado a partir del día siguiente al del recibo de la presente comunicación proceda a la realización de las referidas obras.

Cuarto.- Conceder a D. ANTONIO HERRERA ROVIRA, un plazo de cinco días de audiencia, contados a partir del siguiente al del recibo de la presente notificación, para que alegue lo que estime pertinente en defensa de sus derechos de conformidad con lo dispuesto en el art. 84.2 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 50 de dicha Ley.

Quinto.- Advertir al interesado que si transcurrido el plazo concedido no hubiera realizado los trabajos ordenados, los ejecutará el Ayuntamiento a su costa. A tal efecto se señala que, teniendo en cuenta la urgencia de las actuaciones a realizar se procederá a la ejecu-ción subsidiaria por parte de este Ayuntamiento sin necesidad de nuevo apercibimiento, fijando como fecha de realización, el día siguiente hábil de aquel en que termine el plazo fijado.

Sexto.- Notificar el presente acuerdo a D. ANTONIO HERRERA ROVIRA, como titular catastral del inmueble sito en C/ San Mateo, 28 de Alcalà de Xivert, referencia catastral: 4156768BE6645N0001GJ, significándole que contra el dispositivo TERCERO del mismo, como acto que pone fin a al vía administrativa, podrá interponer en el plazo de un mes computado desde el día siguiente a la notificación de la presente, recurso potestativo de reposición ante esta Junta de Gobierno Local o, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente día al de recibo de esta notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Juz-gado de lo Contencioso Administrativo de la respectiva ciudad de Castellón, de conformidad con lo dispuesto en el art. 116.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, y el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime pertinente .

Contra el resto de dispositivos por ser actos de trámite que no ponen fin a la vía administrativa, no cabe recurso alguno. El presidente somete a votación la propuesta, la cual se aprueba por unanimidad.Lo que se le notifica, a los efectos legales oportunos, con indicación de los recursos procedentes arriba indicados.”Alcalà de Xivert a 25 de junio de 2015El Alcalde, Francisco Juan Mars.

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA6 Núm. 83.—7 de julio de 2015

CV

E: 20150700830052

AYUNTAMIENTOS

05408-2015ALCALÀ DE XIVERT

Notificación por intento fallido de acuerdo incoación expediente orden ejecución 20/2015

NOTIFICACIÓN DEL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE FECHA 13 DE MARZO DE 2015, DE INCOACIÓN DE EXPE-DIENTE DE ORDEN DE EJECUCIÓN Nº 20/2015.

Intentadas sin éxito las siguientes notificaciones:HM 2004 Inversiones S.L.Avda. Almassora, 46 Bl. 3 PB Pta 612005 CastellónRS-789-17-03-2015por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-

cas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se procede a la publicación de las citadas notificaciones en el Boletín Oficial de la Provincia, cuyo texto íntegro es el siguiente:

“ Por la presente, le notifico que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 13 de marzo de 2015, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, que dice, a reserva de lo dispuesto en el art. 206 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales:

17. ORDEN DE EJECUCIÓN Nº 20/2015. INTERESADO: hm 2004 inversiones s.l.Vista la propuesta del concejal de Urbanismo de fecha 4 de marzo de 2015, que dice:Vistos los escritos presentados por D. José Ángel Esteller Calduch y por Dña. Mariella Pisani por los que solicitan se proceda a la

limpieza de la parcela colindante a las suyas sita en Pda. Tossalet, 9-12, (ref. catastral: 7091301BE6569S0001LR), debido a que presenta abundante restos de matorral y pequeño arbolado, a fin de prevenir un incendio.

Visto el informe emitido por el Arquitecto Técnico Municipal, en fecha 19 de febrero de 2015, tras girar visita de inspección a la par-cela con referencia catastral: 7091301BE6569S0001LR, sita en Polígono 15, Parcela, 6 en el que se hace constar:

“En la parcela citada hay gran cantidad de hierbas y árboles con las ramas secas, presentando un estado de abandono y ocasio-nando problemas de seguridad y salubridad.

La clasificación del suelo según el Plan General de ordenación Urbana es:Suelo urbano Sector Residencial 27. Según los datos catastrales de archivo municipal el titular de la parcela es la mercantil HM 2004 INVERSIONES, S.L., con domicilio

en Avda. Almassora, 46 Bl.3, Pl. Bj, Pta.6 12005- Castellón de la Plana.Según lo previsto en el artículo 3.15 del PGOU de Alcalá de Xivert y el artículo 180 de la Ley Urbanística Valencia 5/14, los propieta-

rios de terrenos, construcciones y edificios deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, rea-lizando los trabajos y obras precisas que permitirían obtener la licencia administrativa de ocupación para el destino que les sea propio.

El técnico que suscribe propone dictar orden de ejecución para:Eliminación de las hierbas y ramas secas de los árboles.-. Plazo estimado para la ejecución de los trabajos: 5 días.-. Presupuesto estimado para la ejecución: 3.500,00 euros”.Considerando que el artículo 3.15 del vigente P.G.O.U., en relación con el artículo 180 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat

Valenciana, de Ordenación del Territorio Urbanismo y Paisaje, (en adelante LOTUP), establece la obligación de los propietarios de terre-nos, construcciones y edificios de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras necesarios para conservar o rehabilitar en ellos las condiciones imprescindibles de habitabilidad, seguridad, funcionalidad o uso efectivo que permitirían obtener la licencia administrativa de ocupación para el destino que les sea propio.

Teniendo en cuenta que el artículo 182.1. a) de la LOTUP, así como las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de Xivert, en su art. 1.23 del P.G.O.U., disponen que será obligación del Ayuntamiento dictar las órdenes de ejecución de obras de reparación, conservación y rehabilitación de edificios deteriorados o que estén en condiciones deficientes para ser utilizados.

Resultando que a los efectos de lo establecido en el artículo 250.1 de la LOTUP, aparecen como sujetos responsables: HM 2004 INVERSIONES, S.L., con C.I.F. B-12645230.

Considerando asimismo que el incumplimiento injustificado de la orden de ejecución facultará a este Ayuntamiento bien para ejecu-tar subsidiariamente la obligación, a costa del obligado, bien para imponer multas coercitivas, tal y como prevé el artículo 182.5 del LOTUP.

Considerando que los artículos 1 y 5 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales prevén la intervención administra-tiva en la actividad de los administrados en estos supuestos, debiendo cumplir los principios determinados por la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, principalmente en lo que se refiere a la audiencia al interesado y a los medios de ejecución forzosa.

Visto el informe emitido por la Técnico de Administración General en fecha 25 de febrero de 2015.Siendo el órgano competente para incoar estos expedientes la Junta de Gobierno Local, en virtud de lo dispuesto en el Decreto de

delegación de atribuciones de fecha 20 de junio de 2011.Por todo lo expuesto, a los miembros de la Junta de Gobierno Local propongo la adopción del siguiente ACUERDO:Primero.- Incoar expediente a la mercantil HM 2004 INVERSIONES, S.L., con C.I.F. B-12645230, en orden a la ejecución de los trabajos

necesarios para restablecer las debidas condiciones de salubridad, ornato público y decoro de parcela con referencia catastral: 7091301BE6569S0001LR, sita en Polígono 15, Parcela, 6 de éste término municipal.

Segundo.- Conceder a la mercantil HM 2004 INVERSIONES, S.L., con C.I.F. B-12645230, un plazo de diez días de audiencia, contados a partir del siguiente al del recibo de la presente notificación, para que alegue lo que estime pertinente en defensa de sus derechos de conformidad con lo dispuesto en el art. 84.2 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.- Notificar el acuerdo adoptado a la mercantil HM 2004 INVERSIONES, S.L., con C.I.F. B-12645230, como propietaria de la parcela con referencia catastral: 7091301BE6569S0001LR, significándole que contra el mismo, como acto de trámite que no pone fin a la vía administrativa, no cabe recurso alguno. Sin perjuicio de que pueda interponer el que estime pertinente.

El presidente somete a votación la propuesta, la cual se aprueba por unanimidad.Lo que se le notifica, a los efectos legales oportunos, con indicación de los recursos procedentes arriba indicados.”Alcalà de Xivert a 25 de junio de 2015El Alcalde, Francisco Juan Mars.

AYUNTAMIENTOS

05422-2015ALFONDEGUILLA

Delegación concejalías

Resolución de delegación El Sr. Alcalde en fecha 24 de junio de 2015 ha dictado Resolución por la que se efectúan las siguientes delegaciones a favor de los

concejales que a continuación se indican: “Tras las elecciones locales del pasado día 24 de mayo de 2015 y constituida la Corporación en sesión extraordinaria el día 13 de

junio de 2015. De conformidad con lo dispuesto en el art. 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; y 43, 44 y 45 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de

noviembreRESUELVO1. Efectuar las siguientes delegaciones, respecto de las distintas áreas o servicios municipales que se especifican, a favor de los Con-

cejales que a continuación se indican:

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 83.—7 de julio de 2015 7

CV

E: 2

0150

7008

3005

2

Area o Servicio Municipal Concejal delegadoPERSONAL, JUVENTUD Y ADMINISTRACIÓN LOCAL ELISABET MORENO LORENTEMEDIO AMBIENTE, FIESTAS, TURIMO Y DEPORTES ISABELINO FONFRIA CLAVELLECONOMÍA, VÍA PÚBLICA Y AGRICULTURA MIGUEL JOSÉ PIQUER VALLSBIENESTAR SOCIAL, CULTURA , EDUCACIÓN Y SANIDAD JOSEFINA ROVIRA SORRIBES 2. Las delegaciones efectuadas abarcarán las facultades de dirección, organización interna y gestión de los correspondientes servi-

cios, con exclusión de la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a tercero. 3. Notificar la presente resolución a las personas designadas a fin de que procedan, en su caso, a la aceptación de tales cargos. 4. Remitir anuncio de las referidas delegaciones para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia y publicarlas igualmente en el

Tablón de Anuncios municipal. 5. Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la primera sesión que se celebre. 6. Las delegaciones conferidas serán efectivas desde el día siguiente a la fecha de la presente resolución.Lo que se hace público en cumplimiento del artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de

las Entidades Locales.En Alfondeguilla, a 30 de junio de 2015.EL ALCALDE, Salvador Ventura Berenguer.

AYUNTAMIENTOS

05409-2015ALMAZORA/ALMASSORA

Edicte assistència efectiva a les sessions dels distints òrgans municipals.

La Sra. Alcaldessa eleva al Ple de l’Ajuntament, la proposició següent: Després de les eleccions locals del passat dia 24 de maig es va constituir la Corporació per mitjà de sessió celebrada el dia 13 de juny

de 2015, de cal procedisca determinar el règim d’assistències als òrgans col·legiats recentment constituïts. L’art. 75.3 de la Llei de Bases de Règim Local, establix: només els membres de les Corporació que no tinguen dedicació exclusiva ni

dedicació parcial percebran assistències per la concurrència efectiva a les sessions dels òrgans col·legiats de la Corporació que formen part, en la quantia assenyalada pel Ple de la mateixa. L’art. 13.6 del ROF reproduïx pràcticament el precepte, excepte l’omissió de la dedi-cació parcial.

Singularment interessa destacar que el Ple fixa la quantia de les mateixes; es tracta d’un acte discrecional on gaudix de gran autono-mia per a la seua determinació, però que així mateix està sotmés a les limitacions que l’ordenament jurídic establix per als actes discre-cionals.

Hauran de publicar-se íntegrament en el Butlletí Oficial de la Província i fixar-se en el tauler d’anuncis de la Corporació els acords plenaris referents a indemnitzacions i assistències.

Vist el que disposen els articles 75 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril i 13 del R.D. 2568/86, de 28 de novembre i l’informe jurídic, s’acorda: PRIMER.- Fixar les quantitats per assistències efectives a les sessions dels distints Òrgans Municipals que a continuació es relacio-

nen: Assistència a sessió plenària ordinaria (mensual): 570 Euros. Assistència a sessió plenària extraordinaria: 10 Euros. Assistència a

sessió ordinària de la Junta de Govern Local (semanal): 260 Euros.Assistència a sessió extraordinària de la Junta de Govern Local: 10 Euros. Assistència a sessió ordinària de Comissió Informativa: 15 Euros.Comissió Informativa de Serveis Públics (quinzenal).Comissió Informativa de Serveis a les Persones (quinzenal).Comissió Informativa de Hisenda, Personal, Transparència,Participació i Especial de Comptes (mensual).Comissió Informativa de Territori, Urbanisme,Medi Ambient i Mobilitat (mensual).Assistència a sessió extraordinària de Comissió Informativa: 5 Euros. Assistència a sessió ordinària de Junta de Portavoces (men-

sual) 50 Euros. Assistència a sessió extraordinària de Junta de Portavoces 10 Euros.Estes remuneracions patiran les modificacions que cada any s’acorden per als funcionaris en els Pressupost Generals de l’Estat. SEGON.- Publicar el present acord en Butlletí Oficial de la Província i en el Tauler d’Anuncis de la Corporació. TERCER.- Donar compte a la Comissió Informativa corresponent, als efectes de l’article 126 del R.D. 2568/86, de 28 de novembre. No

obstant l’Ajuntament Ple acordarà.

AYUNTAMIENTOS

05413-2015ALMAZORA/ALMASSORA

Edicte delegació de competències del Ple en la Junta de Govern Local i l’Alcaldia.

La Sra. Alcaldessa eleva a l’Ajuntament Ple, la següent proposició:Les competències que té atribuïdes el Municipi es distribueixen entre l’Alcaldia i l’Ajuntament Ple per la norma legal corresponent,

que és la Llei 7/1.985, de 2 d’Abril, Reguladora de les Bases del Règim Local i pel que fa a contractació administrativa pel Reial Decret Legislatiu 3/2011, de 14 de novembre, pel qual s’aprova el text refós de la Llei de Contractes del Sector Públic, RESOLC:

Tenint en compte que l’art. 22.4 de la Llei 7/1.985, estableix que el Ple pot delegar l’exercici de les seues atribucions en l’Alcalde i en la Junta de Govern Local, excepte les enunciades com indelegables en l’apartat 2 i 3 d’aquest article i aquelles matèries per a l’acord de les quals siga necessària una majoria qualificada, establida en l’art. 47.2 de la Llei abans citada.

L’Ajuntament Ple acorda: PRIMER.- Delegar en la Junta de Govern Local d’aquest Ajuntament les següents atribucions:a) L’exercici d’accions judicials i administratives i la defensa de la Corporació en matèries de competència plenària.b) La concertació de les operacions de crèdit la quantia acumulada del qual, dins de cada exercici econòmic, excedisca del 10 per

cent dels recursos ordinaris del Pressupost excepte les de tresoreria, que li correspondran quan l’import acumulat de les operacions vives a cada moment supere el 15 per cent dels ingressos corrents liquidats en l’exercici anterior tot açò de conformitat amb el que es disposa en la Llei Reguladora de les Hisendes Locals.

c) Les contractacions i concessions de tota classe atribuïdes al Ple excepte quan es tracte de concessions de béns o serveis per més de cinc anys, sempre que la seua quantia excedisca del 20 per cent dels recursos ordinaris del pressupost, en aquest cas l’aprovació de l’expedient de contractació, adjudicació, modificació i resolució del contracte es mantindran com a competència del Ple, delegant-se en aquest cas, únicament els actes de tràmit a excepció del requeriment de documentació justificativa exigida per l’article 151.2 TRLCSP.

Així mateix l’adjudicació de concessions sobre els béns municipals i l’adquisició de béns immobles i drets subjectes a la legislació patrimonial quan el seu valor supere el 10 per cent dels recursos ordinaris del pressupost o l’import de tres milions d’euros, així com l’alienació del patrimoni, quan el seu valor no supere el percentatge ni la quantia indicats, a excepció de les alienacions de béns la quan-tia dels quals excedisca del 20 per cent dels recursos ordinaris del pressupost. Igualment d’aquesta delegació queda exclosa tant l’adquisició com l’alienació dels béns declarats de valor històric o artístic qualsevol que siga el seu valor.

La present delegació comportarà així mateix l’aprovació de la despesa corresponent. d) L’aprovació dels projectes d’obres i serveis quan siga competent per a la seua contractació o concessió, i quan encara no estiguen

previstos en els pressupostos.i) L’aprovació i rectificació de l’Inventari de Béns i Drets.f) La concessió de medalles, emblemes, condecoracions o altres distintius honorífics.

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA8 Núm. 83.—7 de julio de 2015

CV

E: 20150700830052

g) L’ampliació del nombre d’anualitats així com l’elevació dels percentatges a què es referix l’apartat 3 de l’article 174 del Reial Decret Legislatiu 2/2004, de 5 de març, pel qual s’aprova el text refós de la Llei Reguladora de les Hisendes Locals, en relació als compromisos de gasto de caràcter plurianual.

h) Aprovació dels servicis mínims per al cas de vaga del personal municipal. SEGON.- Delegar en l’Alcaldia la competència en tots els procediments de contractació que siguen de competència plenària la realit-

zació del requeriment de documentació justificativa exigida per l’art. 151.2 del TRLCSP.TERCER.- Sense perjudici dels seus efectes immediats des de l’endemà a la seua adopció, publicar el present acord en el B.O.P. i en

el Tauler d’anuncis. El present acord deroga als anteriors en aquesta matèria.QUART.- Facultar tot l’àmpliament que siga necessari a l’Alcalde-President per a subscriure els documents necessaris en execució

del present acord.CINQUÈ.- Adonar del present acord a la Comissió Informativa corresponent a l’efecte de l’art. 126 del RD 2568/86 de 28 de novembre.No obstant l’Ajuntament Ple acordarà.

AYUNTAMIENTOS

05512-2015-UARAÑUEL

Acuerdo dedicación parcial Alcaldía

D. Luis Giménez Andrés, Secretario–Interventor del Servicio de Asistencia Técnica a Municipios de la Excma. Diputación Provincial de Castellón, en funciones en el Ayuntamiento de ARAÑUEL (Castellón),

CERTIFICA: Que el Pleno del Ayuntamiento reunido en sesión extraordinaria celebrada el día veinticuatro de junio de dos mil quince adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

“8.- APROBACION, EN SU CASO, DEDICACION PARCIAL ALCALDIA.Se da cuenta de la propuesta de Alcaldía, relativa a determinar que el cargo de Alcalde-Presidente realice sus funciones en régimen

de dedicación parcial, debido a su mayor disponibilidad horaria y a la necesidad de presencia efectiva para un mejor desempeño de las funciones.

Visto el informe de secretaria intervención en el que se indica la necesidad de proceder a la modificación presupuestaria y a determi-nar el numero de horas mínimo de dedicación parcial. El Pleno por unanimidad de los asistentes que en todo caso constituye mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, acuerda:

PRIMERO. Determinar que el cargo de Alcalde-Presidente realice sus funciones en régimen de dedicación parcial por los siguientes motivos: a la necesidad de presencia efectiva para un mejor desempeño de las funciones. Debiendo tener una presencia efectiva mínima en el Ayuntamiento de 8 horas semanales.

SEGUNDO.- Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación parcial, las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensuali-dades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

El cargo de Alcalde-Presidente percibirá una retribución mensual bruta de 700 €.TERCERO.- Que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de forma íntegra el presente Acuerdo, a los efectos de su general

conocimiento, dada su trascendencia”Librando la presente en los términos del art. 206 del ROF y a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta corres-

pondiente.Y para que así conste y surta efectos donde procediere, extiendo la presente orden con el Visto Bueno del Sr. Alcalde en Arañuel, a la

fecha de la firma.DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

AYUNTAMIENTOS

05398-2015BENLLOCH

Aprobación definitiva de la Modificación de Créditos 2/2015

A) NO HAY ALEGACIONES: ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓEn cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba

el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 28 de abril de 2015, sobre el expediente de modifica-ción de créditos n.º 2/2015, que se hace público resumido por capítulos:

Presupuesto de gastosCAPÍTULO DESCRIPCIÓN CONSIGNACIÓN INICIAL CONSIGNACIÓN DEFINITIVA4 Transferencias corrientes 55.808,44 57.308,442 Gastos corrientes en bienes y servicios 417.900,00 416.400,00Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los intere-

sados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Benlloch, a la fecha de la firmaAlcalde - Presidente, Ángel Ribes Bellés..

AYUNTAMIENTOS

05388-2015BURRIANA

Formalización contrato redacción proyecto y derribo antigua Papelera del Mijares

Anuncio de la adjudicación del contrato conjunto de redacción del proyecto de derribo, de los documentos técnicos anexos y de ejecu-ción de las obras de demolición de las construcciones de la antigua papelera del mijares, sitas en la Av. Camí d’Onda de Burriana y ade-cuación final de los terrenos.” (PM 1/15)

1.- Entidad adjudicadora.a) Organismo: Ayuntamiento de Burrianab)Dependencia que tramita el expediente: Sección Segunda. Negociado de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonioc) Número de expediente: PM 1/15

2.- Objeto del Contrato.a) Descripción del objeto: Redacción del proyecto de derribo, de los documentos anexos y de la ejecución de las obras de demoli-

ción de lasconstrucciones de la antigua papelera del Mijares, sita en la Av. Camí d’Onda de Burriana y adecuación final de los terrenos.

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 83.—7 de julio de 2015 9

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E: 2

0150

7008

3005

2

b) División por lotes y número:----------c) Lugar de ejecución: Burrianad) Plazo de ejecución (meses): 2e) CPV: 45-110000. CPC: 867CPV: De 71000000-8 a 71000000-7 excepto (71550000-8) y 79994000-8.CNAE: 4311 “Demolición”. 7111 “Servicios técnicos de arquitectura”.7112 “Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacio-

nadas con el asesoramiento técnico”

3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.a) Tramitación: Ordinariab) Procedimiento: Abiertoc) Forma: Varios criterios de adjudicación

4.- Presupuesto base de licitación.Importe total: 239.669,42 € (sin IVA), 290.000,00 € (con IVA)

5.- Formalización del contrato.a) Fecha de adjudicación: 11 de junio de 2015b) Fecha formalización: 22 de junio de 2015c) Adjudicatario: BECSA, SAUd) Importe adjudicación: 239.669,42 € (sin IVA)

Lo que se hace público para general conocimiento.En Burriana, documento firmado electrónicamente al margen.— La alcaldesa, (firma ilegible).

AYUNTAMIENTOS

05389-2015BURRIANA

Publicación aprobación definitiva modificación de Ordenanzas Fiscales: Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto sobre Actividades Económicas e Impuesto sobre el Incremento Valor Terrenos

Entendiéndose definitivamente adoptado el acuerdo de modificación de las Ordenanzas Fiscales Reguladoras del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto sobre Actividades Económicas e Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno en fecha siete de mayo de 2.015, al no haberse presentado reclamaciones por los interesados dentro del período de exposición pública del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el art. 17 del Real Decreto Legislativo 2/2.004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en cumplimiento de lo ordenado por el citado texto legal se procede a la publica-ción íntegra del citado acuerdo:

“Examinada la memoria del Concejal Delegado de Hacienda en orden a la conveniencia de la aprobación de una modifi-cación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto sobre Actividades Económicas e Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

Vista la propuesta formulada, así como el preceptivo informe emitido por la Intervención Municipal. Dictaminada la propuesta favorablemente por mayoria, por la Comisión Municipal Permanente de Hacienda e Interior.En virtud de todo ello, y de conformidad con lo dispuesto en los arts. 22.2.e, 47.2.h, 49 y 106 de la Ley 7/1985 de 2 de

abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y arts. 15 á 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento Pleno ACUERDA:

PRIMERO.- Modificar la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas y la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, según la propuesta que se adjunta al presente acuerdo como Anexo .

SEGUNDO.- Someter el presente acuerdo de modificación de ordenanzas reguladoras de tributos a exposición pública durante el plazo de 30 días, mediante anuncio en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, y publicar el anuncio de expo-sición en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia. Durante el citado plazo los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, conforme al artículo 17 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004.

TERCERO.- Entenderse definitivamente adoptado el presente acuerdo sin necesidad de nuevo acuerdo plenario de confor-midad con lo que establece el artículo 17 del citado texto legal, en el caso de que no se presentase reclamación alguna durante la exposición pública del mismo, y publicarse en este caso en el Boletín Oficial de la Provincia el texto del presente acuerdo, en cumplimiento de lo previsto en el artículo señalado, entrando en vigor las modificaciones operadas desde el día siguiente al de la citada publicación en el BOP.

CUARTO.- Contra el acuerdo definitivo de modificación de las Ordenanzas Fiscales podrá interponerse, de conformidad con lo dispuesto en el art. 19.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, recurso contencioso-adminis-trativo ante la Sala de esta Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime procedente.

ANEXO 1

MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

ARTICULO 9.

1. Tendrán derecho a una bonificación del 90 por 100 en la cuota íntegra del impuesto los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes de su inmovilizado.

El plazo de aplicación de esta bonificación comprenderá desde el período impositivo siguiente a aquel en que se inicien las obras hasta el posterior al de la terminación de las mismas, siempre que durante este tiempo se realicen obras de urba-nización o construcción efectiva, y sin que, en ningún caso, pueda exceder de tres períodos impositivos.

Los interesados que soliciten la aplicación de la presente bonificación deberán acreditar junto a la solicitud:a) Que la empresa se dedica a la actividad de urbanización, construcción o promoción inmobiliaria, lo cual se hará

mediante presentación de los Estatutos de la Sociedad.b) Que el inmueble respecto al que se solicita la bonificación no forma parte del inmovilizado de la empresa, lo cual se

hará mediante certificación del Administrador de la Sociedad o presentación del último balance presentado ante la Agencia Tributaria a efectos del Impuesto sobre Sociedades.

c) Que la solicitud se efectúa antes del inicio de las obras.2. Las viviendas de protección oficial gozarán de una bonificación del 50 por 100 durante el plazo de tres años, contados

desde el año siguiente al del otorgamiento de la calificación definitiva.La bonificación se concederá a solicitud del interesado, la cual podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la ter-

minación de los tres períodos impositivos de duración de la misma y surtirá efectos, en su caso, desde el período impositivo siguiente a aquel en que se solicite.

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3. Se establece una bonificación de la cuota íntegra del impuesto a favor de aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa, aplicable únicamente sobre el inmueble en el que consten empadronados todos los miembros de la misma, y conforme a los siguientes porcentajes:

- Familias numerosas de categoría general: 50 %- Familias numerosas de categoría especial: 75 %Esta bonificación deberá instarse cada año dentro del plazo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo, y surtirá

efectos exclusivamente para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles del ejercicio en que se solicita, siempre que se reúnan las condiciones de familia numerosa en la fecha de devengo del impuesto anual y que la unidad familiar no obtenga rentas de cualquier naturaleza superiores al importe obtenido de multiplicar el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) anual vigente en el momento del devengo por 1,2 y por el número de miembros que integran la citada unidad. En caso de que cualquiera de los miembros de la unidad fuera discapacitado o estuviese incapacitada para trabajar conforme a la norma-tiva reguladora del régimen de las familias numerosas, se computará respecto al mismo, a efectos de determinación del límite de rentas, el doble del IPREM. Para el caso de liquidaciones de alta en el Impuesto podrá solicitarse la aplicación de la boni-ficación definida anteriormente dentro del plazo para formular el recurso de reposición.

4. Tendrán derecho a una bonificación del 95 por 100 de la cuota íntegra los bienes rústicos de las Cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra, en los términos establecidos en la normativa reguladora del régimen fiscal de las cooperativas.

5. Podrá concederse una bonificación de hasta el 95 por ciento de la cuota íntegra del impuesto a favor de inmuebles en los que se desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir cir-cunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración. Corresponderá dicha declaración al Pleno de la Corporación y se acordará, previa solicitud del sujeto pasivo, por voto favorable de la mayo-ría simple de sus miembros.

6. Cuando en una misma liquidación concurra la aplicación de dos o más bonificaciones, se aplicarán todas ellas de forma sucesiva y de mayor a menor. Si como resultado de lo anterior la cuota líquida obtenida fuera inferior a 6 euros, no se exi-girá deuda tributaria.

MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICASARTICULO 7. 1. Sobre la cuota del impuesto se aplicarán, en todo caso, las siguientes bonificaciones: a) Las cooperativas, así como las uniones, federaciones y confederaciones de las mismas y las sociedades agrarias de

transformación, tendrán la bonificación prevista en la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Coopera-tivas.

b) Una bonificación del 50 por 100 de la cuota correspondiente, para quienes inicien el ejercicio de cualquier actividad profesional, durante los cinco años de actividad siguientes a la conclusión del segundo período impositivo de desarrollo de la misma. El período de aplicación de la bonificación caducará transcurridos cinco años desde la finalización de la exención pre-vista en la letra b) del apartado 1 del artículo 83 de esta Ley.

2. Así mismo se aplicará una bonificación por creación de empleo del 50 por 100 de la cuota correspondiente, para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que hayan incrementado en 10 o más trabajadores con contrato indefinido el promedio de su plantilla durante el período impositivo inmediato anterior al de la aplicación de la bonificación, en relación con el período impositivo anterior a aquél. La bonificación se aplicará a la cuota resultante de aplicar, en su caso, las bonifi-caciones a que se refieren el apartado 1 de este artículo. Esta bonificación deberá solicitarse expresamente antes del 1 de mayo del período impositivo para el que se pretenda su aplicación, y extenderá sus efectos , en caso de concesión, al período impositivo para el que se solicita.

3. Podrá concederse una bonificación de hasta el 95 por ciento de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad muni-cipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declara-ción. Corresponderá dicha declaración al Pleno de la Corporación y se acordará, previa solicitud del sujeto pasivo, por voto favorable de la mayoría simple de sus miembros.

La bonificación se aplicará a la cuota resultante de aplicar, en su caso, las bonificaciones a que se refieren los párrafos anteriores de este artículo.

MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

ARTICULO 8. Bonificaciones.1.- En las transmisiones de terrenos realizadas a título lucrativo por causa de muerte, se aplicarán las siguientes bonifica-

ciones:a) El 95% de la cuota cuando sean realizadas en favor del cónyuge sobreviviente.b) El 40% de la cuota cuando sean realizadas en favor de descendientes o ascendientes de primer grado en línea recta,

o en favor de adoptantes o adoptados.2.- Podrá concederse una bonificación de hasta el 95 por ciento de la cuota íntegra del impuesto, en las transmisiones de

terrenos, y en la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio de terrenos, sobre los que se desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración. Corresponderá dicha declara-ción al Pleno de la Corporación y se acordará, previa solicitud del sujeto pasivo, por voto favorable de la mayoría simple de sus miembros.”

Lo que se hace público a los efectos de lo previsto por el art. 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, con indicación de que contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de esta Jurisdicción del Tribunal Superior de Jus-ticia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo dispuesto en el art. 19 del citado texto legal.

Burriana, 29 de junio de 2015.— LA CONCEJAL DELEGADA DE HACIENDA, Cristina Rius Cervera.

AYUNTAMIENTOS

05406-2015BURRIANA

Anunci nomenament personal eventual del magnífic ajuntament de Borriana

Esta Alcaldia Presidència, en data 30 de juny de 2015, va adoptar resolució núm. 1887, del següent tenor literal:“De conformitat amb el que disposa l’article 104 de la llei 7/1985, de 2 d’abril, reguladora de les bases del règim local, l’ajuntament

ple, en sessió celebrada en data 29 de juny de 2015, ha adoptat acord determinant el nombre, característiques i retribucions del personal eventual.

D’acord amb l’anterior, així com amb l’article 104.2 de la mateixa llei pelqual s’estableix que el nomenament d’aquests funcionaris és lliure i correspon a l’alcalde de l’entitat local corresponent, aquesta Alcaldia Presidència RESOL:

Primer.- Nomenar personal eventual a Sra Maria Teresa Violeta Font, amb DNI 29017032W, d’acord amb les determinacions de l’esmentat acord plenari i que són les següents:

Lloc de treball : ASSESSORA EN PREMSA I MITJANS DE COMUNICACIÓRègim Jurídic: personal eventualFuncions: assessorament a l’equip de govern en matèria de premsa i mitjans de comunicació.Dedicació: exclusivaRetribucions: catorze pagues anuals de 1.991 euros bruts mensuals. Adscripció: grup A, subgrup A1Complement destinació: nivell 26 Complement específic: catorze pagues anuals de 183,75 euros bruts mensuals.

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El present nomenament tindrà efectes des del dia trenta de juny de 2015.D’acord amb el que disposa la legislació vigent, el cessament del personal eventual serà automàtic quan es produïsca el cessament

o expire el mandat de l’autoritat a la que presta els seus serveis, en aquest cas, l’Alcaldia, corresponent a aquesta, així como el nomena-ment, el cessament.

Segon.- Procedir, de conformitat amb el que disposa el punt tercer de l’article 104 de la Llei 7/1985, a publicar en el Butlletí Oficial de la Província aquesta resolució.

Tercer.- Notifiqueu-ho. “L’alcaldessa PresidentaDocument signat electrònicament.

AYUNTAMIENTOS

05383-2015CABANES

Declaraciones de bienes y actividades miembros de la Corporación salientes

En cumplimiento de la Disposición Transitoria Única del Decreto 191/2010, de 19 de noviembre, del Consell, por el que se regulan las declaraciones de actividades y de bienes de los miembros de las Corporaciones Locales de la Comunitat Valenciana, se hacen públicos los siguientes datos correspondientes a los miembros del Ayuntamiento de Cabanes que cesaron en sus cargos tras las elecciones muni-cipales celebradas el 24 de mayo de 2015:

NOMBRE Y APELLIDOS CARGO ACTIVO PASIVO ACTIVIDADES

BIENES INMUEBLES

OTROS BIENES

TOTAL

ESTRELLA I. BORRAS MORENO ALCALDESA 381.870’06 188.306’82 570.176’88 13.090’88 31.201’60

LUCIA GARCIA FABREGAT CONCEJAL 32.762’45 1.430’08 34.192’53 9.440’11 4.800’00

CESAR SIERRA CLIMENT CONCEJAL 32.911’69 1.016’86 33.928’55 44.081’73 20.697’66

JOSE VICENTE PLANELL ALCACER CONCEJAL 26.699’62 3.426’00 30.125’62 0 23.501’32

JOSE MANUEL NOS LLOBET CONCEJAL 64.341’33 0 61.341’33 100.000’00 25.600’00

CESAR BELLES MARTINEZ CONCEJAL 36.986’61 84.403’10 121.138’70 17.157’00 11.399’48

EVA ESCURIOLA HERRASTI CONCEJAL 0 9.107’86 9.107’86 0 20.806’08

CARLES MULET GARCIA CONCEJAL 119.455’84 11.260’83 130.716’67 110.569’44 29.092’04

DIEGO NOEL CATALA CONCEJAL 45.708’97 5.827’00 51.535’97 139.580’00 26.329’82

VIRGINIA MARTI SIDRO CONCEJAL 125.512’94 6.227’70 131.740’64 67.145’66 17.098’57

LIDON MORRALLA FABREGAT CONCEJAL 49.832’65 16.997’56 66.830’21 202.136’00 20.826’27

En Cabanes, a veintiséis de junio de dos mil quince.–Estrella Borrás Moreno, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Cabanes.

AYUNTAMIENTOS

05382-2015CABANES

Declaraciones de bienes y actividades miembros de la Corporación entrantes

En cumplimiento de la Disposición Transitoria Única del Decreto 191/2010, de 19 de noviembre, del Consell, por el que se regulan las declaraciones de actividades y de bienes de los miembros de las Corporaciones Locales de la Comunitat Valenciana, se hacen públicos los siguientes datos correspondientes a los miembros del Ayuntamiento de Cabanes que tomaron posesión de sus cargos el 13 de junio de 2015:

NOMBRE Y APELLIDOS CARGO ACTIVO PASIVO ACTIVIDADES

BIENES INMUEBLES

OTROS BIENES

TOTAL

ESTRELLA I. BORRAS MORENO ALCALDESA 381.870’06 188.306’82 570.176’88 13.090’88 31.201’60

ANDRES SAFONT HERRERA CONCEJAL 15.964’27 2.657’00 18.621’27 172.674’18 34.775’35

JAVIER LLORENS MUÑOZ CONCEJAL 0 70’13 70’13 22.320’30 16.720’62

ANTONIO MANUEL RUIZ MENA CONCEJAL 22.047’62 2.012’78 24.060’40 63.460’74 19.578’75

SOLEDAD SEGARRA MULET CONCEJAL 80.305’29 696’49 81.001’78 65.168’21 3.000’00

CARLES MULET GARCIA CONCEJAL 119.455’84 11.260’83 130.716’67 110.569’44 29.092’04

M. DOLORES TORREBLANCA GARCES CONCEJAL 103.388’50 3.746’78 107.135’28 65.911’06 11.619’66

VIRGINIA MARTI SIDRO CONCEJAL 125.512’94 6.227’70 131.740’64 67.145’66 17.098’57

LIDON MORRALLA FABREGAT CONCEJAL 49.832’64 16.674’78 66.507’42 201.430’82 22.540’11

ANA BELEN SIURANA LLORENS CONCEJAL 64.644’32 23.780’70 88.425’02 82.013’93 1.933’77

ADELA BELEN VERDOY RIBES CONCEJAL 177.843’33 10.000’00 187.843’33 18.000’00 12.000’00

En Cabanes, a veintiséis de junio de dos mil quince.–Estrella Borrás Moreno, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Cabanes.

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AYUNTAMIENTOS

05415-2015CABANES

Anuncio elección juez de paz sustituto

Dª ESTRELLA BORRAS MORENO, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de CABANES, hago saber: Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto de este Munici-

pio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo solici-ten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.

Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.

Lo que se publica para general conocimiento.En Cabanes, firmado por la Sra. Alcaldesa Estrella Borrás Moreno, a treinta de junio de dos mil quince.

AYUNTAMIENTOS

05420-2015CÀLIG

Anuncio Delegaciones

Tras las elecciones locales del pasado día 24 de mayo de 2015 y constituida la Corporación en sesión extraordinaria el día 13 de junio 2015.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; y 43, 44 y 45 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre

A la vista de lo cual, He resuelto a través del Decreto nº 114/2015:1. Efectuar las siguientes delegaciones, respecto de las distintas áreas o servicios municipales que se especifican, a favor de los Con-

cejales que a continuación se indican:Area o Servicio Municipal Concejal delegado Presidente/a ComisiónCOMPTES Sandra Vergara Solé Sandra Vergara SoléOBRES I URBANISME Carlos Arasa Aixendri Carlos Arasa AixendriFESTES Joaquín Vizcarro Borràs Joaquín Vizcarro BorràsCULTURA, EDUCACIÓ I BENESTAR SOCIAL Ruth Sanz Monroig Ruth Sanz MonroigESPORTS I JOVENTUT Adrian Vidal Batiste Adrian Vidal Batiste2. Las delegaciones efectuadas abarcarán las facultades de organización interna y gestión de los correspondientes servicios con

exclusión de la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a tercero.3. Notificar la presente resolución a las personas designadas a fin de que procedan, en su caso, a la aceptación de tales cargos.4. Remitir anuncio de las referidas delegaciones para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia y publicarlas igualmente en el

Tablón de Anuncios municipal.5. Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la primera sesión que se celebre.6. Las delegaciones conferidas serán efectivas desde el día siguiente a la fecha de la presente resolución Lo que se hace público, para su general conocimiento.En Càlig a 29 de junio de 2015.LA ALCALDESA, ERNESTINA BORRÀS BAYARRI.

AYUNTAMIENTOS

05385-2015CASTELLÓN/CASTELLÓ

Delegación de funciones de la Alcaldesa para autorizar matrimonios civiles.

En data 25 de juny de 2015 l’Excma. Sra. Alcaldessa ha dictat el següent decret (4395/2015): Després de les eleccions municipals celebrades el 24 de maig de 2015, el 13 de juny es va procedir, en sessió extraordinària, a la

constitució de la nova corporació municipal. En aquesta sessió es va triar la nova alcaldessa. Considerant que el nombre de matrimonis que autoritza l’Ajuntament aconsella la desconcentració de l’esmentada competència en

diversos membres del Govern Municipal a fi d’atendre correctament les sol·licituds. Considerant que, a més, és convenient establir un sistema que permeta que, si és el cas, els i les contraents puguen sol·licitar que

l’autorització del seu matrimoni puga realitzar-se per qualsevol altre membre de la corporació, per a la qual cosa es considera necessari establir un sistema àgil i eficaç que elimine la necessitat de dictar una resolució específica per a cada cas concret.

Tenint en compte l’anteriorment exposat i, de conformitat amb el que disposen els articles 51.1. del Codi Civil i 124.5 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril, Reguladora de les Bases de Règim Local,

RESOLC PRIMER.- Delegar indistintament les competències que d’acord amb els articles 51 i següents del Codi Civil corresponen a aquesta

Alcaldia per a l’autorització de matrimonis civils sempre que prèviament s’haja instruït el corresponent expedient matrimonial en els regidor i regidores següents:

Carmen Oliver CarbonellSara Usó AliaEnric Porcar Mallén SEGON.- Sense perjudici de l’anterior, es delega indistintament en qualsevol membre de la corporació la competència que corres-

pon a aquesta Alcaldia per a l’autorització de matrimonis civils concrets quan així ho sol·liciten expressament els i les contraents davant dels serveis municipals encarregats de la tramitació de l’expedient.

En aquests casos no serà necessària l’emissió d’una resolució específica per l’Alcaldia ja que es considera suficient la sol·licitud dels i les contraents i l’acceptació del regidor o regidora proposada. En el cas que per qualsevol motiu el regidor o regi-dora proposada no puga autoritzar el matrimoni, correspondrà aquesta facultat a qualsevol dels regidors o regidores designades en el punt anterior.

TERCER. La present resolució s’entén sense perjudici de la facultat de l’alcaldessa per a autoritzar matrimonis concrets quan inter-vinga personalment en la seua autorització. En aquests casos s’entendrà avocada la competència per a cada cas concret sense necessitat de resolució específica.

QUART. Notificar aquesta resolució a les persones designades en el punt dispositiu primer del present decret a fi que accepten el seu nomenament.

CINQUÉ.- Donar compte d’aquesta resolució al Ple de l’Ajuntament i a la Junta de Govern Local en la primera sessió que celebren. SISÉ.- Publicar anunci d’aquesta resolució en el Butlletí Oficial de la Província, Tauler d’Anuncis de l’Ajuntament i portal web

municipal.

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SETÉ.- Aquest nomenament serà efectiu des de l’endemà de la data d’aquesta resolució i substitueix i deixa sense efectes qualsse-vol altres actes i acords municipals dictats amb anterioritat respecte a això, sense perjudici de les delegacions específiques per a matri-monis concrets que s’hagen pogut conferir anteriorment, les quals es declaren expressament vigents.

* * *

Tras las elecciones municipales celebradas el 24 de mayo de 2015, el 13 de junio se procedió en sesión extraordinaria a la constitu-ción de la nueva Corporación Municipal. En dicha sesión se eligió a la nueva Alcaldesa.

Considerando que el número de matrimonios que se autorizan por el Ayuntamiento aconseja la desconcentración de la referida competencia en varios miembros del Gobierno Municipal a fin de atender correctamente las solicitudes.

Considerando que, además, se estima conveniente establecer un sistema que permita que, en su caso, los contrayentes puedan solicitar que la autorización de su matrimonio pueda realizarse por cualquier otro miembro de la Corporación, para lo cual se considera necesario establecer un sistema ágil y eficaz que elimine la necesidad de dictar una resolución específica para cada caso concreto.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto y, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51.1. del Código Civil y 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

RESUELVO PRIMERO.- Delegar indistintamente las competencias que de acuerdo con los artículos 51 y siguientes del Código Civil correspon-

den a esta Alcaldía para la autorización de matrimonios civiles siempre que previamente se haya instruido el correspondiente expe-diente matrimonial en los/as siguientes concejales/as:

Carmen Oliver CarbonellSara Usó AliaEnric Porcar Mallén SEGUNDO.- Sin perjuicio de lo anterior, se delega indistintamente en cualquier miembro de la Corporación la competencia que

corresponde a esta Alcaldía para la autorización de matrimonios civiles concretos cuando así lo soliciten expresamente los contrayentes ante los servicios municipales encargados de la tramitación del expediente.

En tales casos no será necesario la emisión de una resolución específica por la Alcaldía considerándose suficiente la solicitud de los contrayentes y la aceptación del concejal o concejala propuesto/a. En caso de que por cualquier motivo el concejal o concejala propuesto/a no pudiera autorizar el matrimonio, corresponderá esta facultad a cualquiera de los concejales/as designados en el punto anterior.

TERCERO.- La presente resolución se entiende sin perjuicio de la facultad de la Alcaldesa para autorizar matrimonios concretos cuando intervenga personalmente en su autorización. En tales casos se entenderá avocada la competencia para cada caso concreto sin necesidad de resolución específica.

CUARTO- Notificar la presente resolución a las personas designadas en el punto dispositivo primero del presente decreto a fin de que presten la aceptación de su nombramiento.

QUINTO.- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento y a la Junta de Gobierno Local en la primera sesión que celebren

SEXTO.- Publicar anuncio de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y por-tal web municipal.

SÉPTIMO- El presente nombramiento producirá efectos desde el día siguiente a la fecha de esta resolución y sustituye y deja sin efecto cualesquiera otros actos y acuerdos municipales dictados con anterioridad al respecto, sin perjuicio de las delegaciones específi-cas para matrimonios concretos que se hubieran podido conferir anteriormente, las cuales se declaran expresamente vigentes.

El que es fa públic per a general coneixement de conformitat amb el que disposa l’article 11.3 del Reglament Orgànic d’Organització i Funcionament del Govern i l’Administració de l’Ajuntament de Castelló de la Plana.

Castelló de la Plana, 26 de juny de 2015.— El Secretari General de l’ Administració Municipal, Eduardo G. Pozo Bouzas.

AYUNTAMIENTOS

05467-2015CHILCHES/XILXES

Declaración de Actividades y Bienes Concejales

De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 2 y 3 del Decreto 191/2010, de 19 de noviembre, del Consell, por el que se regulan las declaraciones de actividades y de bienes de los miembros de las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana, se hace pública la situación patrimonial de los miembros de esta Corporación.

a) Publicación de la declaración de actividades y bienes formulada con ocasión del cese por finalización del mandato corporativo:

Titular del cargo:Nombre Primer apellido Segundo apellidoMaría Rosario Melchor BarberáCargo público origen de la declaración:Denominación: ConcejalaI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad) 63.658,03 euros2. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 29.000 euros3. Total 92.658,03 eurosII. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc. 20.000 eurosIII. Actividades Actividades 9.433,54 euros

Titular del cargo:Nombre Primer apellido Segundo apellidoDavid Redondo LeizcanoCargo público origen de la declaración:Denominación: ConcejalI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad) 0 euros2. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 0 euros3. Total 0 eurosII. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc. 0 eurosIII. Actividades Actividades 22.400,34 euros

Titular del cargo:Nombre Primer apellido Segundo apellidoPedro Talavera SorianoCargo público origen de la declaración:Denominación: ConcejalI. Activo

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1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad) 44.133,03 euros2. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 82.221,97 euros3. Total 126.355,00eurosII. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc. 0 eurosIII. Actividades Actividades 12.187,98 euros

b) Publicación de la declaración de actividades y bienes con ocasión de la toma de posesión:

Titular del cargo:Nombre Primer apellido Segundo apellidoJosé Martínez MelchorCargo público origen de la declaración:Denominación: Alcalde-PresidenteI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad) 28.994,96 euros2. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 11.000 euros3. Total 39.994,96 eurosII. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc. 70.106,44 eurosIII. Actividades Actividades 28.548,40 euros

Titular del cargo:Nombre Primer apellido Segundo apellidoJosé Manuel Navarro ArnauCargo público origen de la declaración:Denominación: Concejal de Hacienda, Interior y FiestasI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad) 0 euros2. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 11.601 euros3. Total 11.601 eurosII. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc. 33.952,77 eurosIII. Actividades Actividades 11.626,85 eurosTitular del cargo:Nombre Primer apellido Segundo apellidoPatrocinio Valls AbadCargo público origen de la declaración:Denominación: Concejala de Servicios Municipales y Asuntos SocialesI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad) 24.287,68 euros2. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 70.038,79 euros3. Total 94.326,47 eurosII. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc. 26.681,98 eurosIII. Actividades Actividades 13.074,71 euros

Titular del cargo:Nombre Primer apellido Segundo apellidoEzequiel Soriano RuizCargo público origen de la declaración:Denominación: Concejal de Urbanismo, Juventud, Deportes y TurismoI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad) 0 euros2. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 18.000 euros3. Total 18.000 eurosII. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc. 2.937 eurosIII. Actividades Actividades 16.324 euros

Titular del cargo:Nombre Primer apellido Segundo apellidoErik Segarra MarcoCargo público origen de la declaración:Denominación: Concejal de Educación, Trabajo y DesarrolloI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad) 170.509,78 euros2. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 70.111,66 euros3. Total 240.621,44 eurosII. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc. 147.107,82 eurosIII. Actividades Actividades 33.292,01 euros

Titular del cargo:Nombre Primer apellido Segundo apellidoSergio Alejos HernándezCargo público origen de la declaración:Denominación: Concejal de Cultura, Participación Ciudadana y Medio AmbienteI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad) 24.583,70 euros2. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 86.575,62 euros3. Total 111.159,32 eurosII. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc. 16.119,23 eurosIII. Actividades Actividades 2.060,39 euros

Titular del cargo:Nombre Primer apellido Segundo apellidoVicente Martínez Mus

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Cargo público origen de la declaración:Denominación: ConcejalI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad) 134.193,33 euros2. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 328.000 euros3. Total 462.193,33 eurosII. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc. 232.570 eurosIII. Actividades Actividades 53.000 euros

Titular del cargo:Nombre Primer apellido Segundo apellidoIsmael Minguet TeresaCargo público origen de la declaración:Denominación: ConcejalI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad) 1.185,26 euros2. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 4.383,78 euros3. Total 5.569,04 eurosII. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc. 0 eurosIII. Actividades Actividades - 776,54 euros

Titular del cargo:Nombre Primer apellido Segundo apellidoGuzmán Vicente HernándezCargo público origen de la declaración:Denominación: ConcejalI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad) 127.190 euros2. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 861.215,64 euros3. Total 988.405,64 eurosII. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc. 82.000 eurosIII. Actividades Actividades 50.272,65 euros

Titular del cargo:Nombre Primer apellido Segundo apellidoMaría Angeles Sanahuja GuanterCargo público origen de la declaración:Denominación: ConcejalaI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad) 66.031,86 euros2. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 17.926,18 euros3. Total 83.958,04 eurosII. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc. 0 eurosIII. Actividades Actividades 9.593,78 euros

Titular del cargo:Nombre Primer apellido Segundo apellidoMarta Lapuerta ArnauCargo público origen de la declaración:Denominación: ConcejalaI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad) 190.000 euros2. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 29.630,68 euros3. Total 219.630,68 eurosII. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc. 219.622,47 eurosIII. Actividades Actividades 10.960,32 euros

Chilches/Xilxes, a la fecha reseñada en la firmaEL ALCALDE,(Firmado electrónicamente).

AYUNTAMIENTOS

05509-2015-ULA SERRATELLA

Anuncio de aprobación inicial del expediente de modificación de créditos 3/2015.2

Aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación el expediente número 3/2015.2 sobre modificación de créditos, por el que se conceden suplementos de créditos y créditos extraordinarios, en el Presupuesto del ejercicio de 2015, se expone al público, durante el plazo de quince días hábiles, el expediente completo a efectos de que los interesados que se señalan en el apartado 1 del artículo 169, en relación con el apartado 2 del artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, puedan examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno de la Corporación.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presentaran reclamaciones, el expediente referenciado se entenderá definitivamente aprobado.

En La Serratella, a 2 de julio de 2015.— EL ALCALDE, DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE.(Fdo.: Alfonso Arín Mestre)

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AYUNTAMIENTOS

05349-2015LA VALL D’UIXÓ

Delegación de la Alcaldesa para las Bodas Civiles del Ayuntamiento de la Vall d’Uixó

De conformidad con el artículo 23.4 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, que establece que el Alcalde-Presidente puede otorgar delegaciones especiales a favor de cualquier Concejal para cometidos específicos y en consonancia con lo dispuesto en el art. 51.1 de la Ley 35/94, de 23 de Diciembre, de modificación del Código Civil, en materia de autorización del matrimonio civil por los Alcaldes.

Esta Alcaldía-Presidencia, en uso de las atribuciones que tiene conferidas, RESUELVE: Primero.- Conceder delegación especial para la autorización de matrimonios civiles, a los Concejales de la Corporación Municipal,

por el orden en que se relacionan a continuación y en razón de la disponibilidad de los mismos:D. Javier Antonio Ferreres BurgueteDª María Teresa Díaz MelchorD. José Luis Egea BailénDª Antonia García VallsD. Jorge García FernándezD. Antoni Llorente FerreresDª María Carmen García ArnauD. David Lluch AlmenarD. Jordi Juliá GarcíaD. Fernando Darós ArnauD. Óscar Clavell LópezDª Gema Domínguez VeraD. Alberto Sanfélix FornerDª Olga Salvador SegarraD. José Luis Gadea AlmelaDª María Elena Vicente-Ruiz ClimentD. José Antonio Pérez SegarraDª María Yolanda González SanjoséD. Óscar Langa SáezD. Vicente Senent Rodriguez Segundo.- Esta Alcaldía-Presidencia podrá en cualquier momento revocar para sí la presente delegación, entendiéndose avocada

dicha facultad por el solo hecho de la realización del acto de autorización. Tercero.- Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición

ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma o de su publicación o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación o de la reglamentaria publicación.

Así lo manda y firma Su Señoría.La Vall d´Uixó, aAnte mí, LA ALCALDESA, Tania Baños Martos.- EL SECRETARIO, José Luis de La Torre Martín.

AYUNTAMIENTOS

05376-2015LA VALL D’UIXÓ

Segunda relación de delcaraciones de bienes y actividades de cese de Concejal Ayuntamiento de la Vall d’Uixó.

De conformidad con lo determinado en el artículo 75.7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; en con-cordancia con el artículo 131 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana y el Decreto 191/2010, de 19 de noviembre, del Consell, por el que se regulan las declaraciones de actividades y bienes de los miembros de las Corporaciones Locales de la Comunidad Valenciana; se procede a la publicación de la segunda relación de las declaraciones de bienes y actividades realizadas por el Concejal relacionado al final su mandato municipal en el Ayuntamiento de La Vall d’ Uixó:

ANUNCIO

De conformidad con lo determinado en el artículo 75.7 de la Ley 7/1985, de 2 de

abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; en concordancia con el artículo 131 de

la Ley 8/2010, de 23 de junio, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana y el

Decreto 191/2010, de 19 de noviembre, del Consell, por el que se regulan las

declaraciones de actividades y bienes de los miembros de las Corporaciones Locales de

la Comunidad Valenciana; se procede a la publicación de la segunda relación de las

declaraciones de bienes y actividades realizadas por el Concejal relacionado al final su

mandato municipal en el Ayuntamiento de La Vall d’ Uixó:

GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA

TITULAR DEL CARGONombre Primer Apellido Segundo Apellido

MANEL JOAQUIM JORGE BALLESTER

CARGO PÚBLICO ORIGEN DE LA DECLARACIÓNCONCEJAL CESANTE

DECLARACIÓN

ACTIVO

Bienes inmuebles (1) 87.958,76 €

Valor total de otros bienes (2) --- €

TOTAL 87.958,76 €

PASIVO (3) 11.799,00 €

ACTIVIDADES(4)

48.609,88 €

(1).- Suma de los valores catastrales en el momento de formular la declaración,

atendiendo al porcentaje de titularidad.

(2).- Valor atendiendo al porcentaje de titularidad.

(3).- Importe de los créditos, prestamos, deudas ...etc.

(4).- Suma de los ingresos netos por desempeño de cargos públicos o actividades

en el sector privado.

La Vall d’Uixó, a 29 de junio de 2015.- LA ALCALDESA.- Tania Baños Martos

(1).- Suma de los valores catastrales en el momento de formular la declaración, atendiendo al porcentaje de titularidad.(2).- Valor atendiendo al porcentaje de titularidad.(3).- Importe de los créditos, prestamos, deudas ...etc. (4).- Suma de los ingresos netos por desempeño de cargos públicos o actividades en el sector privado. La Vall d’Uixó, a 29 de junio de 2015.- LA ALCALDESA.- Tania Baños Martos

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AYUNTAMIENTOS

05403-2015NULES

Edicto de publicación de los decretos de organización municipal del Ayuntamiento de Nules.

Nules, 30 de juny de 2015L’Alcalde-President en la data de la signatura ha dictat els decrets sobre l’organització municipal següents: regidors delegats, tinents

d’alcalde, membres de la Junta de Govern i delegacions a esta, i delegació per a la celebració de matrimonis civils. Tots es transcriuen literalment:“Área: SecretariaDepartamento: SecretariaReferencia: cartapacio municipal_delegaciónes_2015DECRETNules, en la data de la signaturaDavid García Pérez, alcalde president de l’Il·lm. Ajuntament de Nules, en virtut de les competències atribuïdes a l’Alcaldia en l’article

21 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril, Reguladora de les Bases del Règim Local.Vist que s’ha constituït el nou ajuntament, en sessió plenària celebrada el dia 13 de juny de 2015.Vist que és necessari procedir a l’organització municipal tan ràpidament com siga possible.FONAMENTS DE DRET:Atés el que disposa l’article 26 de la Llei 8/2010, de 23 de juny, de la Generalitat, de Règim Local de la Comunitat Valenciana.Atés el que disposa l’article 20 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril, Reguladora de les Bases del Règim Local.Atés el que disposa l’article 43 i següents del Reglament d’Organització, Funcionament i Règim Jurídic de les Entitats Locals, aprovat

per Reial Decret 2568/1986, de 28 de novembre de 1986.Atés el que disposa l’article 21 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril, Reguladora de les Bases del Règim Local, HE RESOLT:Primer. Nomenar el senyor Adrián Sorribes Herráiz com a regidor delegat de les àrees següents.1. Urbanisme, Obres, Serveis, Parcs, Jardins i Cementeri.2. Mascarell.3. Comunicació i Innovació tecnològica.Segon. Nomenar la senyora Rosa María Ventura Ninot com a regidora delegada de les àrees següents:1. Serveis Socials.2. Politiques d’Ocupació.3. Contractació i Personal.4. Joventut i Infància.Tercer. Nomenar el senyor César Francisco Estañol Amiguet com a regidor delegat de les àrees següents:1. Comerç i Desenvolupament local.2. Mercat.3. Industria.4. Agricultura. Les competències delegades a favor d’estos tres regidors i regidores comporten la facultat de direcció de l’àrea corresponent, la

gestió de l’àrea, la signatura de les providències, dels certificats i de les propostes de resolució que siguen necessàries per al compliment de la delegació. També la facultat de dictar actes resolutius, excepte en matèria de personal que per aplicació de l’article 21.1.h i 21.3. són pròpies de l’alcalde i no delegables.

La delegació suposa exercir la direcció superior funcional de l’àrea, servei o òrgan, seguint les directrius dels òrgans de govern de la corporació. La direcció funcional compren, entre altres:

Elaborar els plans i els programes d’actuació de la seua àrea, servei o òrgan de suport, així como avaluar la correcta dotació de capi-tal (humà i material).

Dictar ordres internes, circulars i instruccions respecte al funcionament de la seua àrea, servei o òrgan de suport.L’obertura, quan no ho siga a instancia d’interessat per sol·licitud registrada déntrada, impuls o paralització administrativa,

mitjançant la corresponent providència, dels expedients administratius i les tasques pròpies de la delegació. En els procediments de contractació, quan no siga procediment obert i únic criteri el preu, fixaran el tipus de procediment i les particularitat de l’adjudicació. També signaran els plecs economic-administratius de les licitacions.

Les ordres, fixant les prioritats en les tasques al personal de l’administració especial de la seua àrea, entre elles la d’inspecció urba-nística (art. 280.2 LOTUP) i la brigada d’obres, quan no siguen les pròpies del tramet administratiu ordinari per sol·licitud d’interessat (informes i altres). També atorgaran els permisos i llicències d’aquest personal.

Vigilar i controlar que s’acomplisquen les directrius i els acords dels òrgans de govern municipal, i vigilar, a més, perquè els funcio-naris mantinguen la deguda reserva respecte dels assumptes que tinguen coneixement per l’exercici de les seues funcions.

Sotmetre als òrgans de govern i a les comissions informatives les propostes de resolució dels assumptes de la seua competència.Elaborar la proposta del pressupost de la seua àrea, servei o òrgan de suport.Resoldre en les matèries de la seua àrea, servei o òrgan de suport que li siguen delegades, fins i tot mitjançant resolucions i actes

administratius, quan l’alcalde li ho autoritze expressament.Signar el vistiplau dels certificats administratius de la seua àrea, servei o òrgan de suport i tot tipus d’oficis. Aquesta direcció funcional ho serà sense perjudici dels informes jurídics dels Caps d’Àrea (en funcions únicament de direcció i

assessorament administratiu), quan estiguen establerts (procediments ordinaris a instancia de particular reglats) o foren requerits.No és possible que els seus titulars deleguen en altres òrgans municipals o regidors.Esta delegació tindrà efectes des de l’endemà de la data de notificació d’este decret als regidors delegats i la seua durada serà de

caràcter indefinit, sense perjuí de la potestat d’avocació de l’Alcaldia.Quart. Nomenar la senyora Maria Jesús Gavaldón Espada a regidora delegada de les àrees següents:1. Esports.2. Platja i Turisme.Cinqué. Nomenar el senyor Pedro José Rubio Medina com a regidor delegat de les àrees següents:1. Participació Ciutadana.2. Barris.3. Associacions.4. Edificis municipals.5. Medi Ambient.Sisé. Nomenar el senyor Antonio Romero Felip com a regidor delegat de les àrees següents:1. Gent Gran.2. Vivenda.3. Igualtat.4. Sanitat.5. Proximitat.6. Museus i arxius. Seté. Nomenar la senyora Patricia Cascales Ibáñez com a regidor delegat de les àrees següents:1. Festes i Tradicions.2. Fires.Huité. Nomenar el senyor Ramón Canut Rebull com a regidor delegat de les àrees següents:1. Educació.2. Cultura.3. Agermanament.4. Política Lingüística. Les competències delegades a favor d’estos regidors comporten la facultat de direcció funcional de l’àrea tot i d’acord al punt tercer

d’abans, excepte la facultat de dictar actes resolutius.No és possible que els seus titulars deleguen en altres òrgans municipals o regidors.

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Esta delegació tindrà efectes des de l’endemà de la data de notificació d’este decret als regidors delegats i la seua durada serà de caràcter indefinit, sense perjuí de la potestat d’avocació de l’Alcaldia.

Nové. Notificar este acord a tots els interessats i indicar-los que contra el present acord es pot interposar potestativament recurs de reposició davant del mateix òrgan que ha dictat l’acte. El termini per a la seua interposició serà d’un mes comptador a partir de l’endemà de la notificació del present acord. Així mateix, es pot interposar directament, sense necessitat d’utilitzar el recurs de reposició, recurs contenciós administratiu davant del Jutjat Contenciós Administratiu de Castelló dins del termini de dos mesos comptadors des de l’endemà de la recepció de la notificació d’este acord, segons establixen els articles 109 i 116 de la Llei 30/1992, de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú, i 8 i 46 de la Llei 29/1998, Reguladora de la Jurisdicció Contenciosa Administrativa.

Tot això sense perjuí que es puga exercitar qualsevol altre recurs o acció que s’estime procedent.Desé. Donar compte d’este acord al Ple de la corporació en la pròxima sessió que tinga lloc.Onzé. Publicar esta resolució en el Butlletí Oficial de la Província de Castelló.Dotzé. Queden derogats els decrets, les resolucions i qualsevol altra norma que s’opose al contingut d’este decret.Pel Servei L’alcalde presidentCERTIFIQUE: Que el decret precedent queda registrat i unit en el Llibre de Resolucions d’esta Alcaldia, amb data abans indicada.La secretària general”“Àrea: SecretariaDepartament: SecretariaReferència: cartipàs municipal_tinents d’alcalde_2015DECRETNules, en la data de la signaturaDavid García Pérez, alcalde president de l’Il·lm. Ajuntament de Nules, en virtut de les competències atribuïdes a l’Alcaldia en l’article

21 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril, Reguladora de les Bases del Règim Local.Vist que s’ha constituït el nou ajuntament, en sessió plenària celebrada el dia 13 de juny de 2015.Vist que és necessari procedir a l’organització municipal tan ràpidament com siga possible.FONAMENTS DE DRETAtés el que disposa l’article 26 de la Llei 8/2010, de 23 de juny, de la Generalitat, de Règim Local de la Comunitat Valenciana.Atés el que disposa l’article 20 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril, Reguladora de les Bases del Règim Local, els tinents d’alcalde existixen

en tots els municipis.Atés el que disposa l’article 23 d’esta norma, els tinents d’alcalde substituïxen l’alcalde per l’ordre del seu nomenament i en els

casos de vacant, absència o malaltia, i són lliurement designats i destituïts per este d’entre els membres de la Junta de Govern Local.Atés que, mitjançant decret de data 18 de juny de 2015, s’han designat els membres de la Junta de Govern Local.Atés el que disposa l’article 46 i següent del Reglament d’Organització, Funcionament i Règim Jurídic de les Entitats Locals, aprovat

per Reial Decret 2568/1986, de 28 de novembre de 1986.Atés el que disposa l’article 21 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril, Reguladora de les Bases del Règim Local, i no obstant l’informe de

Secretaria, HE RESOLT:Primer. Nomenar com a tinents d’alcalde de l’Ajuntament de Nules els regidors següents, que són membres de la Junta de Govern

Local:1. Primer tinent d’alcalde: Adrián Sorribes Herráiz2. Segon tinent d’alcalde: Rosa María Ventura Ninot3. Tercer tinent d’alcalde: César Fco. Estañol AmiguetSegon. Notificar este acord a tots els interessats i indicar-los que contra el present acord es pot interposar potestativament recurs de

reposició davant del mateix òrgan que ha dictat l’acte. El termini per a la seua interposició serà d’un mes comptador a partir de l’endemà de la notificació del present acord. Així mateix, es pot interposar directament, sense necessitat d’utilitzar el recurs de reposició, recurs contenciós administratiu davant del Jutjat Contenciós Administratiu de Castelló dins del termini de dos mesos comptadors des de l’endemà de la recepció de la notificació d’este acord, segons establixen els articles 109 i 116 de la Llei 30/1992, de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú, i 8 i 46 de la Llei 29/1998, Reguladora de la Jurisdicció Contenciosa Administrativa.

Tot això sense perjuí que es puga exercitar qualsevol altre recurs o acció que s’estime procedent.Tercer. Donar compte d’este acord al Ple de la corporació en la pròxima sessió que tinga lloc.Quart. Publicar esta resolució en el Butlletí Oficial de la Província de Castelló.Cinqué. Queden derogats els decrets, les resolucions i qualsevol altra norma que s’opose al contingut del present decret.Pel Servei L’alcalde presidentCERTIFIQUE: Que el decret precedent queda registrat i unit en el Llibre de Resolucions d’esta Alcaldia, amb data abans indicada.La secretària general”“Àrea: SecretariaDepartament: SecretariaReferència: cartipàs municipal_junta govern_2015DECRETNules, en la data de la signaturaDavid García Pérez, alcalde president de l’Il·lm. Ajuntament de Nules, en virtut de les competències atribuïdes a l’Alcaldia en l’article

21 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril, Reguladora de les Bases del Règim Local.Vist que s’ha constituït el nou ajuntament, en sessió plenària celebrada el dia 13 de juny de 2015.Vist que és necessari procedir a l’organització municipal tan ràpidament com siga possible.FONAMENTS DE DRETAtés el que disposa l’article 26 de la Llei 8/2010, de 23 de juny, de la Generalitat, de Règim Local de la Comunitat Valenciana.Atés el que disposa l’article 20 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril, Reguladora de les Bases del Règim Local, la Junta de Govern Local exis-

tix en tots els municipis amb població superior a cinc mil habitants.Atés el que disposa l’article 23 d’esta norma, la Junta de Govern està integrada per l’alcalde i per un nombre de regidors no superior

al terç del nombre legal d’estos, nomenats i separats lliurement per l’alcalde donant-ne compte al Ple. Sent el nombre de regidors de l’Ajuntament de Nules de dèsset, el nombre màxim de membres de la Junta de Govern és de l’alcalde i de cinc regidors.

Atés el que disposa l’article 52 del Reglament d’Organització, Funcionament i Règim Jurídic de les Entitats Locals, aprovat per Reial Decret 2568/1986, de 28 de novembre de 1986.

Atés el que disposa l’article 21 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril, Reguladora de les Bases del Règim Local, i no obstant l’informe de Secretaria, HE RESOLT:

Primer. La Junta de Govern, presidida per esta Alcaldia, estarà integrada per cinc regidors, nombre de regidors no superior al terç del nombre legal dels que integren la corporació.

Segon. Nomenar com a regidors membres de la Junta de Govern Local de l’Ajuntament de Nules els següents:4. Adrián Sorribes Herráiz5. Rosa María Ventura Ninot6. César Fco. Estañol Amiguet7. Antonio Romero Felip8. Ramón Canut RebullTercer. Fixar, com a règim de sessions ordinàries de la Junta de Govern el següent: dues al mes de mes, el primer i tercer dilluns de

cada mes a les 14.00 hores. En el supòsit que el dia de celebració fóra inhàbil, es traslladarà al següent dia hàbil.Quart. Delegar en la Junta de Govern Local, sense perjuí de les competències atribuïdes en l’article 23.2 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril,

Reguladora de les Bases del Règim Local, les competències següents:Aprovar l’oferta d’ocupació pública d’acord amb el pressupost i la plantilla aprovats pel Ple.Les aprovacions dels instruments de planejament de desenvolupament del planejament general no expressament atribuïdes al Ple,

així com la dels instruments de gestió urbanística i dels projectes d’urbanització.L’atorgament de llicències d’obres majors i de llicències ambientals.Els actes resolutius dels expedients de restauració de la legalitat urbanística vulnerada.Aprovació de padrons fiscals, d’actes d’inspecció i de liquidació tributària, de conformitat amb la normativa vigent, així com

l’exacció prèvia o posterior de despeses corresponents a execucions subsidiàries municipals.Cinqué. Notificar este acord a tots els interessats i indicar-los que contra el present acord es pot interposar potestativament recurs

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de reposició davant del mateix òrgan que ha dictat l’acte. El termini per a la seua interposició serà d’un mes comptador a partir de l’endemà de la notificació del present acord. Així mateix, es pot interposar directament, sense necessitat d’utilitzar el recurs de reposició, recurs contenciós administratiu davant del Jutjat Contenciós Administratiu de Castelló dins del termini de dos mesos comptadors des de l’endemà de la recepció de la notificació d’este acord, segons establixen els articles 109 i 116 de la Llei 30/1992, de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú, i 8 i 46 de la Llei 29/1998, Reguladora de la Jurisdicció Contenciosa Administrativa.

Tot això sense perjuí que es puga exercitar qualsevol altre recurs o acció que s’estime procedent.Sisé. Donar compte d’este acord al Ple de la corporació en la pròxima sessió que tinga lloc.Seté. Publicar esta resolució en el Butlletí Oficial de la Província de Castelló.Huité. Queden derogats els decrets, les resolucions i qualsevol altra norma que s’opose al contingut del present decret.Pel Servei L’alcalde presidentCERTIFIQUE: Que el decret precedent queda registrat i unit en el Llibre de Resolucions d’esta Alcaldia, amb data abans indicada.La secretària general”“Àrea: SecretariaDepartament: SecretariaReferència: delegació celebració matrimonis civils _2015DECRETNules, en la fecha de la firma.David García Pérez, Alcalde President de l’Ajuntament de Nules.Ateses les potestats atribuïdes a la meua autoritat per l’ artícle 21 de la Llei 7/1985, de 2 d’ abril, de Bases del Règim Local i demés

normativa legal en vigor.Antecedents de fetVist que en mandats precedents a esta Alcaldía, i atenent a un millor funcionament de l’organització, s’ha delegat en alguns regi-

dors l’autorització de matrimonis civils,Fonaments de dretVista la llei 7/85, Reguladora de les Bases de Règim Local:art. 23.4: L’alcalde President pot delegar l’exercici de determinades atribucions en els membres de la Junta de Govern Local i, on esta

no existisca, en els Tinents d’Alcalde, sense perjuí de les delegacions especials que, per a comeses específiques, puga realitzar a favor de qualsevol regidor, encara que no pertanyera a aquella.

Vist l’aticle 51.1 de la Llei 35/1994, de 23 de desembre, de la modfificació del Còdig Civil en matèria d’autorització del matrimoni civil pels alcaldes.

De conformidad amb els antecedents de fet i de dret exposats, HE RESOLT:PRIMER.- Concedir delegació especial per a l’autorització de matrimonis civils als Srs. regidors i Sres. regidores següents:ADRIÁN SORRIBES HERRÁIZMARÍA JESÚS GABALDÓN ESPADAANTONIO ROMERO FELIPPATRICIA CASCALES IBÁÑEZROSA MARÍA VENTURA NINOTRAMÓN CANUT REBULLPEDRO JOSÉ RUBIO MEDINACÉSAR FRANCISCO ESTAÑOL AMIGUETMARIO ÀNGEL GARCÍA BASCONESJOSÉ MANUEL CASAUS OLIVERMARIA DEL MAR MORA MONLLEÓMARÍA VICTORIA MARZAL MARTÍNEZELOY BURGUETE GARCÍAISABEL MIRÓ MARTÍNEZ MIGUEL RIPOLLÉS SALAFRANCAMARTA LÓPEZ GARCÍASEGON.- Notificar esta Resolució als interessats. TERCER. Donar compte d’este acord al Ple de la corporació en la pròxima sessió que tinga lloc.QUART.- Queden derogats els decrets, les resolucions i qualsevol altra norma que s’opose al contingut del present decret.Pel Servei L’alcalde presidentCERTIFIQUE: Que el decret precedent queda registrat i unit en el Llibre de Resolucions d’esta Alcaldia, amb data abans indicada.La secretària general”Cosa que es fa pública en compliment del que disposa l’article 44 del RD 2568/86, de 28 de novembre, Reglament d’Organització,

Funcionament i Règim Jurídic de les Entitats Locals.LA SECRETÀRIA GENERAL, Montserrat Paricio Comins.

AYUNTAMIENTOS

05402-2015NULES

Edicto de publicación de los acuerdos plenarios sobre organización del Ayuntamiento de Nules

Nules, 30 de juny de 2015El Ple de l’Ajuntament en sessió celebrada el dia 25 de juny de 2015 ha aprovat les propostes següents: de creació de les Comissions

Informatives Permanents, de periodicitat de sessions del Ple, del nombre, característiques i retribucions del personal eventual, de règim de dedicació, retribucions i indemnitzacions dels membres de la Corporació.

Tots es transcriuen literalment:“Nules, en la data de la signaturaPROPOSTA DE L’ALCALDIAAL PLE DE LA CORPORACIÓCelebrades les eleccions locals convocades mitjançant Reial Decret 233/2015, de 30 de març, el passat 24 de maig del 2015, i

constituït el nou Ajuntament, és necessari procedir a establir la nova organització municipal, en concret, la creació i determinació de la composició de les comissions informatives de caràcter permanent d’este Ajuntament, en exercici de la potestat d’autoorganització que l’article 4.1 a) de la Llei 7/85, de 2 d’abril, Reguladora de les Bases del Règim Local, per tal de dotar l’Ajuntament dels òrgans complementaris de caràcter assessor, per a fer efectiu el dret que l’article 20.1 c) de la llei 7/85 esmentada i l’article 31.1 i 2 de la Llei 8/2010, de 23 de juny, de la Generalitat, de Règim Local de la Comunitat Valenciana, atorguen a tots els grups municipals integrants de la corporació.

Considerant que segons els articles 134 i següents del Reglament d’Organització, Funcionament i Règim Jurídic de les Entitats Locals, aprovat pel RD 2568/1986, de 28 de novembre, correspon al Ple de cada corporació determinar el nombre i la denominació d’estes comissions informatives d’estudi i dictamen, tant quan naixen amb vocació de permanència per a obeir l’estructura del àmbit competen-cial de l’Ajuntament, com quan naixen amb caràcter temporal per tal de tractar temes específics.

Considerant que, de conformitat amb el precepte esmentat, estes comissions han d’estar integrades pels membres que designen els diferents grups polítics que formen part de la corporació, en proporció a la seua representativitat a l’Ajuntament.

Per tot açò, esta alcaldia, atenent l’article 120 de la Llei 8/2010, de 23 de juny, de la Generalitat, de Règim Local de la Comunitat Valen-ciana, i atenent els articles 123 i següents del Reglament d’Organització, Funcionament i Règim Jurídic de les Entitats Locals, en tot allò que no s’opose, contradiga o resulte incompatible amb les normes anteriors, eleva al Ple la següent.

Considerant que, de conformitat amb el que disposa el Reglament Orgànic Municipal de l’Ajuntament de Nules, publicat en el BOP de la província de Castelló núm. 143 de data 28 de novembre de 2002:

Capítol VI. Comissions Informatives.

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA20 Núm. 83.—7 de julio de 2015

CV

E: 20150700830052

Article 60. Objecte.1) Les Comissions Informatives, integrades exclusivament per regidors, són órgans Col·legiats necessaris en l’Ajuntament de Nules,

sense atribucions resolutòries, que tenen per objecte l’estudi, informe o consulta dels assumptes que han de ser sotmesos a la decisió del Ple, així com el seguiment de la gestió de l’Alcalde, la Junta de Govern i els regidors que ostenten delegacions, sense perjuí de les competències de control que corresponen al Ple Municipal.

2) L’alcalde i la Junta de Govern podran requerir l’informe i assessorament de les Comissions, com a tràmit previ a l’adopció de qual-sevol resolució o acord.

Article 61: Classes:1) Las comissions informatives poden ser permanents o especials.2) Son Comissions Informatives Permanents aquelles que es constituïxen amb caràcter general, distribuint entre elles les matèries

que s’han de sotmetre al Ple i les de seguiment de la gestió.3) Son Comissions Informatives Especials aquelles que es constituïxen per a tractar un assumpte concret ateses les seues caracterís-

tiques especials, la seua transcendència o similars.Article 62: Composició:1) Les Comissions Informatives estan integrades per l’Alcalde, que n’és el President nat de totes elles, o regidor delegat designat a

l’efecte, i per un nombre de regidors o regidores de cada Grup Polític Municipal.2) El nombre, denominació, competències i composició de les comissions Informatives Permanents serà acordat, a proposta de

l’Alcaldia, per el Ple Municipal en la primera sessió que celebre després de la constitució i es procurarà la seua correspondència amb les Àrees amb que s’estructuren els serveis corporatius, sense perjudici de la possibilitat d’efectuar la seua modificació en qualsevol moment posterior.

3) Es procurarà que la composició de cada comissió, en la mesura que siga possible, s’acomode a la proporcionalitat existent entre els diferents Grups Politics Municipals que integren el Consistori.

PROPOSTA D’ACORDPrimer. Crear les comissions informatives de caràcter permanent següents:1) Comissió Especial de Comptes, i Comissió Informativa Permanent de Governació, Hisenda i Recursos Humans.2) Comissió Informativa Permanent de Cultura, Educació, Esports, Benestar Social i Festes.3) Comissió Informativa Permanent de Territori i Medi Ambient.4) Comissió Informativa Permanent d’Economia Local i Desenvolupament.Segon. Cadascuna de les comissions informatives esmentades estarà integrada per l’alcalde o regidor en que delegue, més huit

membres: quatre del PP, dos del grup PSPV, un del grup MES NULES i un del grup MIXTE (IPN-CCD), segons el detall següent:President: l’alcalde o regidor en qui delegue.Vocals:4 vocals del PP2 vocal del PSPV1 vocal de MES NULES1 vocal GRUP MIXTE (IPN-CCD)Secretari: un funcionari nomenat a este efecte.Tercer. Les funcions d’estes comissions informatives de caràcter permanent seran l’estudi i dictamen previ dels assumptes que se

sotmetran a la decisió del Ple o de la Junta de Govern Local i de l’Alcaldia; en estos dos darrers supòsits, quan estos òrgans actuen per delegació d’aquell, podran intervindre també en relació amb altres assumptes que no siguen de la competència del Ple de la corporació quan l’òrgan competent sol·licite el seu dictamen.

Quart. Estes comissions, excepte l’Especial de Comptes, celebraran reunions ordinàries de caràcter mensual i podran celebrar ses-sions extraordinàries quan el seu president ho decidisca o quan ho sol·licite la quarta part, com a mínim, del nombre legal de membres.

La periodicitat ordinària serà la següent:Comissió Informativa Permanent de Cultura, Educació, Esports, Benestar Social i Festes: dijous de la setmana anterior a aquella en

què tinga lloc la sessió ordinària del Ple de cada mes, a les 18.30 hores.Comissió Especial de Comptes, i Comissió Informativa Permanent de Governació, Hisenda i Recursos Humans: dijous de la setmana

anterior a aquella en què tinga lloc la sessió ordinària del Ple de cada mes, a les 19.00 hores.Comissió Informativa Permanent de Territori i Medi Ambient: dijous de la setmana anterior a aquella en què tinga lloc la sessió

ordinària del Ple de cada mes, a les 19.30 hores.Comissió Informativa d’Economia Local i Desenvolupament: dijous de la setmana anterior a aquella en què tinga lloc la sessió

ordinària del Ple de cada mes, a les 20.00 hores.Cinqué. Les regles i els requisits generals relatius a la convocatòria i al sistema de votació del Ple seran aplicables a les comissions

informatives.El quòrum d’assistència per a la constitució vàlida de les comissions informatives serà el d’un terç del nombre legal dels seus mem-

bres. Este quòrum s’haurà de mantindre al llarg de tota la sessió.Sisé. Comunicar este acord als diversos grups polítics municipals i comunicar-los que han de designar els seus representants en

cadascuna de les comissions esmentades mitjançant un escrit adreçat a la secretària general de la corporació en el termini d’una set-mana comptadora des de l’adopció del present acord; el Sr. Alcalde està facultat per a, mitjançant decret, procedir-ne al nomenament.

L’ALCALDE, David García Pérez ““Nules, en la data de la signaturaPROPOSTA DE L’ALCALDIACelebrades les eleccions locals convocades mitjançant Reial Decret 233/2015, de 30 de març, BOE núm. 77 del 31 de març del 2015, el

passat 24 de maig del 2015, i constituït el nou Ajuntament, és necessari procedir a establir la nova organització municipal, en concret, l’establiment de la periodicitat de les sessions del Ple, en exercici de la potestat d’autoorganització que establix l’article 4.1 a) de la Llei 7/85, de 2 d’abril, Reguladora de les Bases del Règim Local (LRBRL).

Considerant que, de conformitat amb el que disposa la LRBRL, el Ple i la Junta de Govern Local poden celebrar sessions ordinàries i extraordinàries, i han de celebrar les sessions ordinàries del Ple amb una periodicitat mínima fixada per l’article 46.2 de la LRBRL.

Per tot açò, esta Alcaldia, de conformitat amb el que disposa l’article 38 del Reglament d’Organització, Funcionament i Règim Jurídic de les Entitats Locals, aprovat per Reial Decret 2568/86, de 28 de novembre (ROF), en concordança amb l’article 46.2 a) de la LRBRL i amb el ROF, eleva al Ple la següent

PROPOSTA D’ACORDPrimer. Establir que les sessions ordinàries del Ple de la corporació tindran lloc el darrer dijous de cada mes, no festiu, a les 19.00

hores, al Saló de Sessions de Ca la Vila.En cas de ser festiu el dia de celebració del Ple ordinari, la sessió tindrà lloc el dijous hàbil següent.El règim de sessions ordinàries començarà al mes de juliol de l’any dos mil quinze.Segon. Comunicar este acord a tots el regidors i regidores afectats i als caps dels diferents serveis municipals perquè en tinguen

coneixement i als efectes oportuns. L’ALCALDE, David García Pérez”PROPUESTA DE LA ALCALDÍAAL PLENO DE LA CORPORACIÓNNules, en la fecha de la firmaVisto que el día veinticuatro de mayo del año en curso se celebraron las elecciones municipales.Visto que el día trece de junio del corriente se constituyo la Corporación municipal.Considerando lo dispuesto en el artículo 104 de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que dispone:

“El número, características y retribuciones del personal eventual será determinado por el Pleno de cada Corporación, al comienzo de su mandato. Estas determinaciones solo podrán modificarse con motivo de la aprobación de los presupuestos municipales.

El nombramiento y ceses de estos funcionarios es libre y corresponde al alcalde o presidente de la entidad local correspondiente. Cesan automáticamente en todo caso cuando se produzcan el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su función de confianza o asesoramiento.

El nombramiento de funcionarios de empleo, el régimen de sus retribuciones y sus dedicación se publicaran en el boletín Oficial de la Provincia y en su caso en el propio de la corporación.”

Considerando lo dispuesto en el artículo 104 bis de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, introdu-cido por la ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, dispone: “ 1. Las dotaciones de puestos de trabajo cuya cobertura corresponda a personal eventual en los Ayuntamientos deberán ajustarse a los siguientes límites y normas:

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 83.—7 de julio de 2015 21

CV

E: 2

0150

7008

3005

2

c) Los Ayuntamientos de municipios con población superior a 10.000 y no superior a 50.000 habitantes podrán incluir en sus planti-llas puestos de trabajo de personal eventual por un número que no podrá exceder de dos.”

Considerando lo dispuesto en el articulo 22.2.i) de la citada norma, en la que se establece la competencia del pleno para la fijación del número y régimen del personal eventual.

Considerando lo dispuesto en el artículo 12 de la ley 7/2007, de 12 de abril, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, en el que se dispone que “Es personal eventual el que en virtud de nombramiento y con carácter no permanente solo realizara funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial siendo retribuido con cargo a los créditos presupuesta-rios consignados para este fin. (…/…)”

En base a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho expuestos, el pleno de la corporación ACUERDAPRIMERO.- Determinar el número, características y retribuciones del personal eventual de éste Ayuntamiento en los términos

siguientes:“SECRETARIA DE LOS GRUPOS MUNICIPALES”: Crear un puesto de carácter eventual, denominado “secretaria de los grupos muni-

cipales”, con una retribución anual bruta de 27.429,00 euros, distribuida en catorze pagas, y una retribución mensual bruta de 1.959,21 euros al mes y un mes de vacaciones, y alta en la Seguridad Social. Se revisará anualmente con el incremento fijado en la Ley de Presu-puestos del Estado para los funcionarios públicos.

SEGUNDO.- La dedicación plena del citado personal implicará, además del cumplimento de la jornada laboral ordinaria del resto del personal municipal, la incompatibilidad para todo tipo de actividades públicas o privadas, por cuenta propia o ajena, de carácter retri-buido, así como para la percepción de horas extraordinarias, debiendo estar a disposición de la Corporación en cualquier momento en que sea requerido para ello.

TERCERO.- Publicar esos nombramientos en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 104.3 LRBRL.

L’ALCALDE, David García Pérez”“PROPOSTA DE L’ALCALDIACelebrades les eleccions locals convocades mitjançant Reial Decret 233/2015, de 30 de març, BOE núm. 77 del 31 de març del 2015, el

passat 24 de maig del 2015, i constituït el nou Ajuntament, és necessari procedir a establir el règim de dedicació dels membres polítics de la corporació, tenint en compte les delegacions efectuades per l’Alcaldia mitjançant decret de 18 de juny del 2015, així com el seu règim de retribucions i indemnitzacions.

Considerant que de conformitat amb el que disposa la Llei 7/85, de 2 d’abril, Reguladora de les Bases del Règim Local (LRBRL) en l’article 75 modificat per la llei 27/2013, de 27 de desembre, de racionalització i sostenibilitat de l’Administració Local, i el Reglament d’Organització, Funcionament i Règim Jurídic de les Entitats Locals, aprovat per Reial Decret 2568/86, de 28 de novembre (ROF) en l’article 13, el nombre màxim de membres de les corporacions locals amb una població entre 10.001 i 15.000 habitats que podran tenir una dedicació exclusiva o parcial serà de cinc membres, i tenen dret a percebre retribucions per l’exercici del seu càrrec quan el desen-volupen en règim de dedicació exclusiva o parcial, així com a percebre indemnitzacions en la quantia i condicions que establisca el Ple de la corporació en concepte d’assistències per la concurrència efectiva a les sessions dels òrgans col·legiats del quals formen part, inclosos els organismes autònoms.

Considerant que de conformitat amb el que disposen els articles 134 i 135 de la Llei 8/2010, de 23 de juny, de la Generalitat, de Règim Local de la Comunitat Valenciana, i 23 i següents del ROF, els grups polítics municipals tenen dret a disposar d’una infraestructura mínima de mitjans materials i personals per a l’exercici del càrrec, cosa que, ateses les possibilitats funcionals d’este Ajuntament i a la vista del que disposa l’article 73.3 de la LRBRL, aconsella la necessitat d’assignar una quantitat econòmica de caràcter mensual, que con-tindrà un component fix idèntic per a tots els grups i un altre de variable en funció del nombre de membres, que no es podrà destinar pels grups al pagament de remuneracions de personal de qualsevol tipus al servei de l’Ajuntament ni a l’adquisició de béns que puguen constituir actius fixos de caràcter patrimonial.

Per tot açò, esta alcaldia, vistes les atribucions que té conferides legalment, eleva al Ple la següentPROPOSTA D’ACORDPrimer. Establir, que, amb efectes des del dia de la presa de possessió, els membres de la corporació que es relacionen exerciran els

seus càrrecs en el règim següent:a) De dedicació exclusiva a les tasques pròpies dels seus càrrecs: Alcalde president de la corporació. Regidor delegat de les àrees d’Urbanisme, Obres i Serveis; de Parcs, Jardins i Cementeri; de Mascarell; de Comunicacions i innova-

ció tecnològica.b) De dedicació parcial d’un 50% a les tasques pròpies del seu càrrec: Regidor delegat de les àrees de Gent Gran; Vivenda; Igualtat; Sanitat; Proximitat; Museus i Arxius.Segon. Establir, de conformitat amb el que estableix la Federació Valenciana de Municipis i Províncies i en funció del pressupost

municipal, a favor dels membres de la corporació que desenvolupen les seues funcions en règim de dedicació exclusiva i parcial les retri-bucions següents, i donar-los d’alta en la Seguretat Social, amb efectes des de la presa de possessió:

Alcalde president de la corporació: s’establix una retribució anual bruta de 36.239,00 euros distribuïda en catorze pagues, i una retri-bució mensual bruta de 2.588,50 euros al mes.

Regidor delegat de les àrees d’Urbanisme, Obres i Serveis; de Parcs, Jardins i Cementeri; de Mascarell; de Comunicacions i innova-ció tecnològica: s’establix una retribució anual bruta de 34.035,00 euros distribuïda en catorze pagues, i una retribució mensual bruta de 2.431,07 euros al mes.

Regidor delegat de les àrees de Gent Gran; Vivenda; Igualtat; Sanitat; Proximitat; Museus i Arxius: s’establix una anual bruta de 14.840,00 euros distribuïda en catorze pagues, i una retribució mensual bruta de 1.060,00 euros al mes.

Estes pagues s’actualitzaran anualment d’acord amb l’augment aprovat pel govern per als funcionaris.La percepció d’estes retribucions serà incompatible amb l’exercici de tot tipus d’activitats retributives i amb la de qualsevol altra

retribució amb càrrec als pressupostos de les administracions públiques i dels ens, organismes i empreses dependents d’estes, sense perjuí de les dietes i indemnitzacions que els puga correspondre per l’assistència als consells d’administració o òrgans de govern d’entitats o empreses públiques o privades, fins un màxim de dos. També serà incompatible amb les indemnitzacions que s’establisquen en l’apartat següent.

Tercer. Establir amb els mateixos efectes a favor dels membres de la corporació el règim d’indemnitzacions següent:a) Per assistència a les sessions ordinàries del Ple: 250 euros/sessió.b) Per assistència a les sessions extraordinàries del Ple: 100 euros/sessió..c) Per assistència a les sessions ordinàries de la Junta de Govern: 180 euros/sessió.d) Per assistència a les sessions extraordinàries de la Junta de Govern: 90 euros/sessióe) Per assistència a les sessions ordinàries de les comissions informatives: 60 euros/sessió.f) Per assistència a les sessions extraordinàries de les comissions informatives: 30 euros/sessió I modificació de la base núm. 24 de les bases generals del pressupost, d’acord amb la següent:“REDACCIÓ ACTUAL 2015BASE 24ª: Indemnizaciones. Darán origen a indemnización o compensación los supuestos siguientes, en las circunstancias, condiciones y límites contenidos en

el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio:a) Comisiones de servicio con derecho a indemnización.b) Desplazamientos dentro del término municipal por razón de servicio.c) Traslados de residencia.d) Asistencias por concurrencia a Consejos de Administración u Órganos Colegiados, por participación en tribunales de oposiciones

y concursos y por la colaboración en centros de formación y perfeccionamiento del personal al servicio de la Administraciones Públicas. Toda concesión de indemnizaciones que no se ajuste en su cuantía o en los requisitos para su concesión a los preceptos del Real

Decreto 462/2002 se considerará nula, no pudiendo surtir efectos en las cajas pagadoras, pagadurías, habilitaciones u órganos funcional-mente análogos.

Por otra parte, y de conformidad con el Reglamento Orgánico Municipal, los concejales sin dedicación exclusiva o parcial percibirán las siguientes indemnizaciones:

a) Por asistencias a las sesiones ordinarias del Pleno: 250 euros/sesión.b) Por asistencias a las sesiones extraordinarias del Pleno: 100 euros/sesión.c) Por asistencias a las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno: 180 euros/sesión.d) Por asistencias a las sesiones extraordinarias de la Junta de Gobierno: 90 euros/sesión.e) Por asistencias a las sesiones ordinarias de las comisiones informativas: 60 euros/sesión.

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA22 Núm. 83.—7 de julio de 2015

CV

E: 20150700830052

f) Por asistencias a las sesiones extraordinarias de las comisiones informativas: 30 euros/sesión.Asimismo se retribuirá a favor de los vocales de las mesas de contratación una asistencia de 100 euros/sesión, siendo compatible su

percepción con las indemnizaciones por asistencias a Pleno. Además, se establece una dotación mensual fija de 50 euros a cada grupo político, y una dotación variable por cada concejal miem-

bro del grupo municipal de 35 euros. El pago se realizará al grupo municipal en una cuenta bancaria abierta con esta finalidad.”REDACCIÓ PROPOSTABASE 24ª: Indemnizaciones. Darán origen a indemnización o compensación los supuestos siguientes, en las circunstancias, condiciones y límites contenidos en

el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio:e) Comisiones de servicio con derecho a indemnización.f) Desplazamientos dentro del término municipal por razón de servicio.g) Traslados de residencia.h) Asistencias por concurrencia a Consejos de Administración u Órganos Colegiados, por participación en tribunales de oposiciones

y concursos y por la colaboración en centros de formación y perfeccionamiento del personal al servicio de la Administraciones Públicas. Toda concesión de indemnizaciones que no se ajuste en su cuantía o en los requisitos para su concesión a los preceptos del Real

Decreto 462/2002 se considerará nula, no pudiendo surtir efectos en las cajas pagadoras, pagadurías, habilitaciones u órganos funcional-mente análogos.

Por otra parte, y de conformidad con el Reglamento Orgánico Municipal, los concejales sin dedicación exclusiva o parcial percibirán las siguientes indemnizaciones:

g) Por asistencias a las sesiones ordinarias del Pleno: 250 euros/sesión.h) Por asistencias a las sesiones extraordinarias del Pleno: 100 euros/sesión.i) Por asistencias a las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno: 180 euros/sesión.j) Por asistencias a las sesiones extraordinarias de la Junta de Gobierno: 90 euros/sesión.k) Por asistencias a las sesiones ordinarias de las comisiones informativas: 60 euros/sesión.l) Por asistencias a las sesiones extraordinarias de las comisiones informativas: 30 euros/sesión.Asimismo se retribuirá a favor de los vocales de las mesas de contratación una asistencia de 100 euros/sesión, siendo compatible su

percepción con las indemnizaciones por asistencias a Pleno. Además, se establece una dotación mensual fija de 160 euros a cada grupo político, y una dotación variable por cada concejal miem-

bro del grupo municipal de 5 euros. El pago se realizará al grupo municipal en una cuenta bancaria abierta con esta finalidad.” Quart. Establir a favor dels vocals de les meses de contractació una assistència de 100 euros per sessió. Cinqué. S’establix també una dotació mensual fixa de 160 € a cada grup , i una dotació variable per cada regidor membre del grup

municipal de 5 euros. El pagament es realitzarà al grup municipal en una compte bancari obert amb esta finalitat. d’acord amb el que preveu l’article 73.3 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril, de Bases del Règim Local. Esta quantitat serà abonada trimes-

tralment dins dels quinze dies primers del trimestre.El pagament es realitzarà al grup municipal en un compte bancari obert amb esta finalitat.Sisé. Notificar el present acord als portaveus dels diferents grups polítics municipals i a tots els regidors, fent constar a aquells que

han sigut designats per a desenvolupar el seu càrrec en règim de dedicació exclusiva o parcial que s’entendrà acceptat el dit règim per l’afectat si no manifesta res sobre això dins del termini de les 24 hores següents a la notificació.

L’ALCALDE, David García Pérez.Cosa que es fa pública en compliment del que disposa l’article 44 del RD 2568/86, de 28 de novembre, Reglament d’Organització,

Funcionament i Règim Jurídic de les Entitats Locals.LA SECRETÀRIA GENERAL, Montserrat Paricio Comins.

AYUNTAMIENTOS

05469-2015PUEBLA DE ARENOSO

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INDEMNIZACIONES POR ASISTENCIAS A PLENOS.De conformidad con el articulo 75.3 de la LRBRL, se somete a la consideración del Pleno la propuesta de fijación de indemnizaciones

por las asistencias de los miembros de la Corporación a los Plenos, sin diferencias entre Presidentes y Vocales. proponiéndose fijar la cantidad de 40 euros por asistencias a Plenos.

El Pleno de la Corporación por unanimidad de los asistentes que en todo caso constituye mayoria absoluta de los miembros de la Corporación acuerda:

-Establecer la cantidad de 40 euros como indemnización por la asistencia a los Plenos de la Corporación.-Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia.

AYUNTAMIENTOS

05384-2015RIBESALBES

Nombramiento Teniente Alcalde y delegación de competencias

Tras la celebración de las elecciones municipales el día 24 de mayo de 2015, y habiéndose procedido el día 10 de junio de 2015 a la constitución de la nueva Corporación Local, se hacen públicos los nombramientos y delegaciones siguientes:

TENIENTE DE ALCALDE— Jordi López Guasch.Asimismo, se efectúan las siguientes delegaciones:PRIMERO. Delegar el área de Alcantarillado y Cementerio al Concejal D. Alejandro Albalat Sánchez.SEGUNDO. Delegar el área de Festejos al Concejal D. Alejandro Albalat Sánchez.TERCERO. Delegar el área de Cultura, Educación, Juventud y Participación a la Concejala Dña. Thais Montolio Bachero.CUARTO. Delegar el área de Jardines al Concejal D. Alejandro Albalat Sánchez.QUINTO. Delegar el área de Deportes a la Concejala Dña. Thais Montolio Bachero.SEXTO. Delegar el área de Asuntos Sociales, Sanidad y Mujer a la Concejala Dña. Begoña Bachero Alguacil.En Ribesalbes, a 25 de junio de 2015.–Alcalde - Presidente, (Documento firmado electrónicamente al margen) César Pallarés Torres.

AYUNTAMIENTOS

05407-2015SOT DE FERRER

Resolución de la Alcaldía de fecha 23 de junio de 2015 sobre nombramiento de Tenencias de Alcaldía.

“Tras las elecciones locales del pasado día 24 de mayo y constituida la Corporación en sesión extraordinaria el día 13 de junio de 2.015.

De conformidad con lo dispuesto en los art.21.2 y 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; art.22 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril y art.46 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, RESUELVO:

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1. Nombrar como titulares de las Tenencias de Alcaldía a los siguientes concejales:1ª. Tenencia de Alcaldía: Dª. MICAELA MAÑES LOPEZ.2ª. Tenencia de Alcaldía: D. ALVARO ROMERO RUEDA. 2. Corresponderá a los nombrados sustituir, por su orden de nombramiento a esta Alcaldía en el ejercicio de sus atribuciones en los

supuestos legalmente previstos.3. Notificar la presente resolución a las personas designadas que, salvo manifestación expresa, se considerará aceptada tácita-

mente. 4. Remitir anuncio de los referidos nombramientos para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia y publicarlos igualmente en

el Tablón de Anuncios municipal.5. Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la primera sesión que se celebre.6. Los nombramientos efectuados serán efectivos desde el día siguiente a la fecha de la presente resolución.”Lo que se hace público a los efectos oportunos.Sot de Ferrer a 26 de junio de 2.015EL ALCALDE, Ramón Martínez Peiro.

AYUNTAMIENTOS

05357-2015TOGA

Declaración de intereses concejales

PUBLICACIÓN DE LAS DECLARACIONES De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 191/2010, de 19 de noviembre, del Consell, se procede a la publicación de las declara-

ciones de actividades y de bienes de los miembros de esta Corporación:

Titular del cargo: ELIAS BARBERAN GUILLAMONCargo: AlcaldeI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad): 13.238,452. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 17.488,933. Total: 30.727,38II. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc 0III. Actividades: 25.441,43

Titular del cargo: FRANCISCO JAVIER SOROLLA ADELANTADOCargo: concejalI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad): 36.915,912. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 7.868,203. Total: 44.784,11II. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc 157.218,110III. Actividades: 18.358,59

Titular del cargo: IRENE VILLALONGA PUERTO Cargo: concejalI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad): 90.348,682. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 22.864,973. Total: 113.213,65II. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc 0III. Actividades: 560,00

Titular del cargo: ANA MARÍA GARCÍA GUILLAMONCargo: concejalI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad): 58.594,512. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 15.000,003. Total: 73.594,51II. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc 0III. Actividades: 12.373,80

Titular del cargo: MARIA PILAR LOPEZ LOPEZCargo: concejalI. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad): 92.834,352. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 1.440,003. Total: 94.274,35II. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc 41.382,54III. Actividades: 6.808,06

Toga a 29 de junio de 2015El Alcalde, Elías Barberán Guillamón.

AYUNTAMIENTOS

05518-2015-UTORREBLANCA

Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos 2/2015 de transferencia de créditosentre aplicaciones de gastos de distinta área

El Pleno del Ayuntamiento de Torreblanca, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 3 de julio de 2015, acordó la aproba-ción inicial del expediente de modificación de créditos 2/2015 de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de

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quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.En Torreblanca, a 3 de julio de 2015.— La Alcaldesa, María Josefa Tena Martínez.(Fdo. Electrónicamente)

AYUNTAMIENTOS

05352-2015VALL D’ALBA

Declaración de bienes y actividades miembros de la corporación

ANUNCIO DEL AYUNTAMIENTO DE VALL D’ALBA SOBRE PUBLICACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE ACTIVIDADES Y DE BIENES DE LOS MIEMBROS DEL AYUNTAMIENTO DE VALL D’ALBA ,

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 191/2010, de 19 de noviembre, del Consell, por el que se regulan las declaraciones de actividades y de bienes de los miembros de las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana, se procede a la publi-cación de las declaraciones de actividades y de bienes patrimoniales , que han presentado en la Secretaría los siguientes titulares de los cargos públicos del Ayuntamiento de Vall d’alba (Caste llón) con motivo de la toma de posesión del cargo de concejales.

ANUNCIO

ANUNCIO DEL AYUNTAMIENTO DE VALL D’ALBA SOBRE PUBLICACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE ACTIVIDADES Y DE BIENES DE LOS MIEMBROSDEL AYUNTAMIENTO DE VALL D’ALBA , De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 191/2010, de 19 denoviembre, del Consell, por el que se regulan las declaraciones de actividades y debienes de los miembros de las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana,se procede a la publicación de las declaraciones de actividades y de bienespatrimoniales , que han presentado en la Secretaría los siguientes titulares de loscargos públicos del Ayuntamiento de Vall d’alba (Castellón) con motivo de la tomade posesión del cargo de concejales.

DECLARACION BIENES Y ACTIVIDADES AYTO VALLD’ALBA ACTIVO PASIVO

TITULAR DENOMINACIÓN

CARGOB.

INMUEBLESOTROSBIENES

Deudas, prestamos

MARTA BARRACHINA MATEU ALCALDESA PP 48308 26800 140000

JOSE MANUEL TORNER TRILLES TTE ALCALDE PP 137000 40600 0

ANDRES GUAL BELTRAN TTE.ALCALDE PP 102175 4500 80000

ESTHER BELLES MATEU TTE.ALCALDE PP 54269 35400 210000

MARIA ESTEVE FORTANER CONCEJAL PP 42774 3500 35000

JAVIER PITARCH ESCRIG CONCEJAL PP 500 8500 170000JESUS MIGUEL CASTILLO DOMENECH CONCEJAL PP 48.000 1000 0

FERNANDO GRANDE LOPEZ CONCEJAL PSOE 84000 20000 84000

SUSANA ANDRES GIL CONCEJAL PSOE 20000 1000 0

JOSE LUIS MARTINEZ TRILLES CONCEJAL PSOE 30000 24000 0

JUAN JAIME PALAU RIBES CONCEJAL PSOE 36000 29500 0

TITULAR III.ACTIVIDADES

MARTA BARRACHINA MATEU 12774

JOSE MANUEL TORNER TRILLES 0

ANDRES GUAL BELTRAN 10723

ESTHER B ELLES MATEU 8643

MARIA ESTEVE FORTANER 26770

JAVIER PITARCH ESCRIG 57265

JESUS MIGUEL CASTILLO DOMENECH 20000

FERNANDO GRANDE LOPEZ 18000

SUSANA ANDRES GIL 0

JOSE LUIS MARTINEZ TRILLES 10000

JUAN JAIME PALAU RIBES 12000

Vall d’Alba, a 29 de junio del 2015La Alcaldesa, Fdo. Marta Barrachina Mateu

AYUNTAMIENTOS

05353-2015VALL D’ALBA

Régimen de asistencias, dedicaciones y retribuciones miembros corporación

ASUNTO: INDEMNIZACIÓN POR ASISTENCIA AL PLENO, COMISION ESPECIAL DE CUENTAS, COMISIONES INFORMATIVAS Y REGIMEN DE DEDICACION MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN.

Se informa que El Pleno de la Corporación Municipal de Vall d’alba adoptó en sesión del Pleno de fecha 22 de junio del 2015 el siguiente Acuerdo:

PRIMERO. FIJAR EL SIGUIENTE RÉGIMEN DE INDEMNIZACIONES Y ASISTENCIAS:Asistencia a sesiones y comisiones. Por cada sesión al Pleno y Comisión Especial de Cuentas a que asistan los miembros de la Cor-

poración que desempeñen sus cargos sin dedicación exclusiva o parcial.Asignación por asistencia a sesiones de órganos colegiados, expresado en Euros:

Órgano colegiado Asignación por asistencia PLENO ALCALDESA 0 Euros

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CONCEJALES (SIN DEDIC.P/EXCL.) 90 EurosJUNTA DE GOBIERNO LOCALALCALDESA 0 Euros TTES. DE ALCALDE 0 EurosCOMISIONES ESPECIAL DE CUENTASALCALDESA 0,00 EurosVOCALES (SIN DEDIC.P/EXCL.) 75,00 EurosCOMISIONES INFORMATIVASCOMISIÓN DE ECONOMÍA, HACIENDA Y PATRIMONIOALCALDESA 0,00 EurosVOCALES (SIN DEDIC.P/EXCL.) 75,00 EurosSEGUNDO: CARGOS CON DEDICACIÓN PARCIAL Y/O EXCLUSIVA: 1. ALCALDIA. DEDICACIÓN EXCLUSIVA (TODAS LAS COMPETENCIAS NO DELEGADAS Y, ADEMÁS, EN EXCLUSIVIDAD: FIESTAS,

SERVICIOS SOCIALES Y ASUNTOS DEL PLA DE L’ARC). 2136,55 EUROS NETO/ MES 2. CONCEJALIA DE HACIENDA, INFRAESTRUCTURAS, PADRÓN DE HABITANTES Y PERSONAL: DEDICACIÓN PARCIAL: 30 HORAS/

SEMANA.1200 EUROS NETOS/MES. 3. CONCEJALIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, INSTALACIONES MUNICIPALES, ASOCIACIONES Y ASUNTOS DE LA PELE-

JANA/PELEJANETA: DEDICACIÓN PARCIAL: 25 HORAS /SEMANA. 1000 EUROS NETOS MES 4. CONCEJALIA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES. DEDICACIÓN PARCIAL: 8 HORAS SEMANALES: 300 EUROS NETOS/MES5. CONCEJALIA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y EMPLEO: DEDICACIÓN PARCIAL: 8 HORAS SEMANALES 300 EUROS NETOS /MES.6. CONCEJALIA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y ASUNTOS DE LA BARONA: DEDICACIÓN PARCIAL: 6 HORAS SEMANALES

.240 EUROS NETOS MES.7. CONCEJALIA DE VIAS PÚBLICAS, CAMINOS Y CEMENTERIO. DEDICACIÓN PARCIAL: 10 HORAS SEMANALES. 360 EUROS

NETOS MES.EN VALL D’ALBA A 29 DE JUNIO DEL 2015. LA ALCALDESA, MARTA BARRACHINA MATEU.

AYUNTAMIENTOS

05378-2015VILA-REAL

Nombramiento de miembros de la Junta de Gobierno Local y Tenientes de Alcalde

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y de conformidad con la resolución de Alcaldía número 2.883, de 19 de junio de 2015, se publican los nombramientos de los miembros de la Junta de Gobierno Local y los nombramientos de los Tenientes de Alcalde:

“PRIMERO.- Nombrar a los siguientes Concejales de este Ayuntamiento miembros de la Junta de Gobierno Local que, en conse-cuencia, quedará integrada por:

Presidente: Alcalde, José Benlloch FernándezConcejales: Pascual Batalla Llorens, Silvia Gómez Rey, Emilio Miguel Obiol Menero, Mª Sabina Escrig Monzó, Francisco A. Valverde

Fortes, Antonio Javier Serralvo Guarque, Rosario Royo Navarro y Francesc Xavier Ochando Manzanet.SEGUNDO.- Disponer que las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local se celebren los LUNES de cada semana, a las 11:00

horas, salvo que aquellos sean festivos o no laborables, en cuyo caso, con el mismo carácter de sesión ordinaria, se celebran el inme-diato hábil siguiente que disponga la alcaldía.

TERCERO.- Nombrar Tenientes de Alcalde de este Ayuntamiento, por orden que se indica, a los miembros de la Junta de Gobierno Local que a continuación se relacionan:

Primer Teniente de Alcalde: Pascual Batalla Llorens.Segunda Teniente de Alcalde: Silvia Gómez ReyTercer Teniente de Alcalde: Emilio Miguel Obiol MeneroCuarta Teniente de Alcalde: María Sabina Escrig MonzóQuinto Teniente de Alcalde: Francisco Antonio Valverde FortesSexto Teniente de Alcalde: Antonio Javier Serralvo GuarqueSéptima Teniente de Alcalde: Rosario Royo NavarroOctavo Teniente de Alcalde: Francesc Xavier Ochando Manzanet”

Vila-real, 23 de junio de 2015.— El alcalde, (firma ilegible).

AYUNTAMIENTOS

05377-2015VILA-REAL

Delegaciones de la Alcaldía en favor de la Junta de Gobierno Local y miembros de la Corporación

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y de conformidad con la resolución de Alcaldía número 2884, de 19 de junio de 2015 y resolución de Alcaldía núm. 2864, de 15 de junio de 2015, se publican las delegaciones de la Alcaldía a favor de la Junta de Gobierno Local y miembros de la Corpora-ción de este Ayuntamiento:

(Resolución núm. 2864):“Primero.- Delegar, a favor de todos los miembros de la Corporación, las competencias que a esta Alcaldía le otorga el artículo 51.1

del Código Civil, en la nueva redacción dada al mismo por la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, para autorizar los matrimonios civiles que se celebren en este término municipal, siempre que, previamente, se haya instruido y resuelto el expediente previsto en el artículo 56 del Código Civil.

Esta delegación faculta a los Concejales para autorizar matrimonios civiles, sin que en una misma ceremonia pueda intervenir más de uno de ellos.”

(Resolución núm. 2884):“Primero.- Delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las siguientes atribuciones que, conforme al art. 21.1 de la Ley

7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponden a esta Alcaldía a tenor de los preceptos de la citada Ley que en cada caso se citan:

1.- El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado (art. 21.1.f), conforme a las siguientes determina-ciones:

a) La autorización, disposición y reconocimiento de la obligación (ADO’s) de gastos que correspondan al desarrollo normal del pre-supuesto, correspondientes a las facturas recibidas por los servicios de Intervención, cuyo importe no exceda del señalado por la legisla-ción sobre contratación administrativa para la modalidad de contrato menor.

b) En general todos los gastos que se deriven de la ejecución del presupuesto salvo los que expresamente se reserva esta Alcaldía y que a continuación se relacionan:

El reconocimiento de obligaciones cuyas fases AD estén aprobadas previamente, tales como los relativos a personal, certificaciones de obras y facturas derivadas de contratos, suministro de energía eléctrica, agua, gas, servicios postales, seguros, gastos de autopista de órganos de gobierno, así como a la prestación de servicios telefónicos a las distintas dependencias e instalaciones del Ayuntamiento.

Los relativos a nóminas y asistencia médico farmacéutica del personal, pensiones, cotizaciones a la Seguridad Social y cualquier otro gasto del Capítulo I del Presupuesto.

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA26 Núm. 83.—7 de julio de 2015

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Los de tributos, precios públicos, cánones, devoluciones y similares de administración, cobranza y exacciones, así como contribu-ciones.

Los de intereses, amortizaciones, comisiones y demás gastos financieros, así como los que se originen con ocasión del abono de intereses producidos por las cuentas bancarias de titularidad municipal.

Las aportaciones a entidades o instituciones de las que el Ayuntamiento forme parte (FVMP, FEMP, Consorcios, Mancomunidades, etc).Las indemnizaciones los miembros de Tribunales de pruebas selectivas de personas convocadas por la Corporación.Las indemnizaciones por razón del servicio devengadas por el personal de la Corporación.Los relativos a la concesión de ayudas económicas individuales en concepto de emergencia social, así como la concesión de ayudas

individuales en concepto de ayuda a domicilio.Ayudas de carácter benéfico, siempre que su cuantía, por persona o entidad o año, no exceda de 300 euros.Los relativos a honorarios técnicos de tasación de bienes, redacción de proyectos, dirección de obras y similares.Excepcionalmente, los de distintos servicios municipales siempre que no excedan de 3.000 euros por factura o documento sustitu-

tivo y no puedan diferirse hasta la reunión de la Comisión de Gobierno, debiendo justificarse la urgencia. La aprobación de las Bases y de la concesión de las subvenciones (nominativas y en régimen de concurrencia competitiva) y de los

premios, así como la aprobación de la justificación de los mismos, en los términos señalados en la Ley 38/2003 General de Subvenciones y demás normativa de desarrollo.

La aprobación de la solicitud de subvenciones a otras Administraciones Públicas, y la aprobación de la justificación de subvenciones recibidas.

La aprobación y justificación de los pagos a justificar regulados en el artículo 190 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, desarrollado por los artículos 69 a 72 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

La aprobación de los expedientes de devolución de avales y fianzas.La aprobación del presupuesto de las fiestas patronales de San Pascual bailón y Virgen de Gracia.2.- Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las

pruebas de selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo (art. 21.1.g).3.- La aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al

Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística .-4.- El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno (art. 21.1.q), a excepción de

aquellas obras señaladas en el art. 20.2-e) y 21.2-b) de las Normas Urbanísticas del PGMOU (Obras menores, vallados, grúas, canalizacio-nes, toldos, etc.) y licencias de ocupación.

5.- La resolución de expedientes de responsabilidad patrimonial (art. 21.1.s)Segundo.- Conferir delegación genérica a favor de los siguientes miembros de la Corporación para la dirección y gestión de los

asuntos que, siendo atribución de esta Alcaldía, queden incluidos en las áreas que respectivamente se expresan:Dª Silvia Gómez Rey: Concejala Delegada de Deportes y Salud, y Concejala Delegada de Sanidad.D. Antonio Javier Serralvo Guarque: Concejal Delegado de Fiestas, que engloba las fiestas locales y las fiestas de calle y barrios, y

Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana y Movilidad, que engloba el Departamento de Protección Civil y Agencia de Mediación.Dª María Sabina Escrig Monzó: Concejala Delegada de Administración Local y Proximidad, que engloba los departamentos de Con-

sumo, Régimen Interior, Atención a la Ciudadanía, Gobernación, Estadística y Contratación, y Concejala Delegada de Servicios SocialesD. Francisco Valverde Fortes: Concejal Delegado de Servicios Públicos, que engloba los departamentos de Parques y Jardines,

Obras, Mantenimiento Urbano y Telecomunicaciones, y Concejal Delegado de Hacienda, que engloba los departamentos de Interven-ción, Tesorería, Recaudación y Catastro.

Dª Rosario Royo Navarro: Concejala Delegada de Educación, que incluye educación de 0 a 3 años y Universidad Popular, Concejala Delegada de Familia, que incluye los departamentos de Infancia y Mayores, y Concejala Delegada de Termet, Ermita y Cementerio.

D. Emilio Miguel Obiol Menero: Concejal Delegado de Territorio, que engloba los departamentos de Urbanismo, Oficina Técnica y de Gestión Urbanística, Disciplina, Agencia Local de la Vivienda, Oficina de Patrimonio, Concejal Delegado de Turismo, que engloba los departamentos de Tuorist-Info y Agencia Local de Turismo, y Concejal Delegado de Universidades.

Dª Mònica Mañas Marín, Concejala Delegada de Inclusión Social, y Concejala Delegada de Nueva Tecnologías (TIC’s).D. Eduardo Pérez Arribas, Concejal Delegado de Cultura, que engloba los departamentos de Museos, Archivo Municipal, Bibliotecas,

Memorial Democrático, Publicaciones y Oficina de Festivales.Dª Anna Vicens Vicent, Concejala Delegada de Igualdad y Adjunta a la Concejalía de Universidades. D. Álvaro Escorihuela Claramonte, Concejal Delegado de Cooperación e Integración, y Concejal Delegado de Transparencia.Dª Mª Carmen Pesudo Cantavella, Concejala Delegada de Recursos Humanos.D. Diego Armando Vila Reina, Concejal Delegado de Relaciones Institucionales y Congresos, y Concejal Delegado de Comunicación.D. Pasqual Batalla Llorens: Concejal Delegado de Tradiciones y Concejal Delegado de Normalización Lingüística, que engloban los

departamentos de Tradiciones y Normalización Lingüística. D. Francesc Xavier Ochando Manzanet: Concejal Delegado de Juventud, y Concejal Delegado de Participación Ciudadana.D. José Pascual Sancho Rubert, Concejal Delegado de Agricultura, Medio Ambiente y Cambio Climático, que engloban los Departa-

mentos de Medio Ambiente, Movilidad Sostenible y Energías Renovables.Dª Mª Dolores Parra Robles: Concejala Delegada de Economía, que engloba los departamentos de Comercio, Agencia de Desarrollo

Local, Industria, Mercados y Formación.Las facultades delegadas comprenden, en todo caso, las de dirección de los servicios correspondiente y las de su gestión en gene-

ral, sin incluir la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.Vila-real, a 23 de junio de 2015.— El alcalde, (firma ilegible).

AYUNTAMIENTOS

05374-2015VILLAFRANCA DEL CID/VILAFRANCA

Nombramiento miembros Junta de Gobierno Local, nombramiento Teniente de Alcalde y Delegación Servicios Municipales

Mediante Resoluciones de Alcaldía de fecha 24 de junio de 2015 se ha efectuado el nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno Local, el nombramiento del titular de la Tenencia de Alcaldía y las delegaciones de los servicios municipales, cuyo tenor literal es el que sigue:

“DECRETO Esta Alcaldía, constituida la nueva Corporación tras las elecciones municipales celebradas el día 24 de mayo de 2015, visto el expe-

diente incoado para la organización de este Ayuntamiento, y de conformidad con lo establecido en los arts 20.1.b), 23.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 35.2 y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurí-dico de las Entidades Locales, resuelvo:

Primero.- Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local, bajo mi Presidencia, a los siguientes Concejales:Dª. Silvia Colom MonferrerD. Cristóbal Troncho García Dª. Betlem Pons Alemán Segundo.- Corresponderá a la Junta de Gobierno Local, así integrada y bajo la presidencia de la Alcaldía, la asistencia permanente a

esta en el ejercicio de sus atribuciones y también las que le delegue cualquier órgano municipal o expresamente le atribuya las Leyes.Tercero.- Notificar la presente resolución a las personas designadas para que procedan, en su caso, a la aceptación del cargo.Cuarto.- Remitir anuncio de los referidos nombramientos para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de

Anuncios del Ayuntamiento. Quinto.- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la primera sesión que celebre.Sexto.- Los nombramientos efectuados serán efectivos desde el día siguiente a la fecha de la presente resolución.”“DECRETO Una vez celebradas las Elecciones Locales el pasado día 24 de mayo de 2015, y constituido el nuevo Ayuntamiento, resulta necesario

proceder al establecimiento de la nueva organización municipal, en particular por lo que se refiere a la designación de los Tenientes de Alcalde.

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De conformidad con lo establecido en los arts. 21.1, 23.3 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el art. 22 del RDL 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local y el art. 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo:

Primero.- Nombrar como titular de la Tenencia de Alcaldía, al siguiente miembro de la Corporación:Primer Teniente de Alcalde: Dª. Silvia Colom Monferrer. Segundo.- Corresponderá a la Teniente de Alcalde sustituir a esta Alcaldía en el ejercicio de sus atribuciones en los supuestos legal-

mente previstos. Tercero.- Notificar la presente resolución a la persona designada a fin de que proceda, en su caso, a la aceptación del cargo. Cuarto.- Remitir anuncio de este nombramiento para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia y en el Tablón de Anuncios del

Ayuntamiento. Quinto.- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la primera sesión que celebre. Sexto.- El nombramiento efectuado será efectivo desde el día siguiente a la fecha de la presente resolución.”“DECRETO Constituida la nueva Corporación tras las elecciones municipales celebradas el día 24 de mayo de 2015, visto el expediente incoado

para la organización de este Ayuntamiento, de conformidad con lo establecido en los arts. 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, los arts. 43, 44 y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entida-des Locales, esta Alcaldía resuelve:

Primero.- Efectuar las siguientes delegaciones, respecto de las áreas o servicios municipales que se expresan, a favor de los Conce-jales que se indican:

-Servicio Municipal de Obras Públicas, Urbanismo, Fiestas y Hacienda: Dª. Silvia Colom Monferrer -Servicio Municipal de Deportes: D. Cristóbal Troncho García-Servicio Municipal de Cultura y Bienestar Social: Dª. Betlem Pons Alemán-Servicio Municipal de Turismo y Juventud: Dª. Miriam Bellés Domingo-Servicio Municipal de Nuevas Tecnologías: D. Valentín Miravet Sales-Servicio Municipal de Educación: D. Jorge Juan Sorribes Monfort-Servicio Municipal de Comercio, Agricultura e Industria: D. Francesc Monfort Granell Segundo.- Las delegaciones efectuadas abarcarán las facultades de dirección, organización interna y gestión de los correspondien-

tes servicios, con exclusión de la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Tercero.- Notificar la presente resolución a las personas designadas para que acepten, en su caso, el cargo. Cuarto.- Remitir anuncio de estas delegaciones para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia y en el Tablón de Anuncios del

Ayuntamiento. Quinto.- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la primera sesión que celebre.Sexto.- Las delegaciones conferidas serán efectivas desde el día siguiente a la fecha de la presente resolución.”

El Alcalde-Presidente, (Documento firmado electrónicamente), Oscar Tena García.

AYUNTAMIENTOS

05373-2015VILLAFRANCA DEL CID/VILAFRANCA

Anuncio Nombramiento Tesorera Ayuntamiento

Que el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 24 de junio de 2015, acordó, designar como Tesorera de la Corporación a Dª. Silvia Colom Monferrer, relevando a la concejala designada, tal y como preveé la Orden de 16 de julio de 1.963, de la obligación de depositar fianza por una cantidad comprendida entre el 4 y 6 % del Presupuesto Ordinario, acordando la responsabilidad solidaria del resultado de su gestión.

El Alcalde-Presidente, (Documento firmado electrónicamente), Oscar Tena García.

AYUNTAMIENTOS

05505-2015-UVINARÒS

Edicte Decrets Estructura Orgànica Municipal

Es fan públiques les següents resolucions de l’Alcalde-President de l’Ajuntament de Vinaròs en relació a les següents matèries:

Resolució d’alcaldia

Vist l’art. 38 del Reial Decret 145/1996, de 2 de febrer, pel qual se modifica i dóna redacció al Reglament d’Espectacles Taurins, pel qual es disposa que la Presidència dels espectacles Taurins correspondrà en les capitals de província al Governador Civil, el qual podrà delegar en un funcionari de les Escales Superior o Executiva del Cuerpo Nacional de Policia i en les restants poblacions, a l’Alcalde, el qual podrà delegar en un regidor.

De conformitat amb l’anterior i en ús de les atribucions que em confereix la legislació,RESOLCPRIMER.- Delegar en M. BEGOÑA LÓPEZ BRANCHAT, regidor d’aquest Ajuntament, la Presidència dels espectacles taurins que es

celebraran en la ciutat de Vinaròs, havent d’exercir les seus funcions d’acord al que disposa la Llei 10/1991, de 4 d’abril, i l’esmentat Reglament.

SEGON.- Notificar la present resolució a les persones interessades.

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Decret de l’Alcaldia

D’acord amb el que disposa l’article 5.1a) del Reglament de Funcionament del Setmanari Vinaròs aprovat per acord del Ple de la Corporació en data 25 d’agost de 2011 (publicació d’aprovació definitiva al BOP de Castelló núm. 132 de 27 d’octubre de 2012): a) Director/a. El càrrec correspon a l’Alcaldia de la Corporació o persona en qui delegue. Aquesta delegació es farà prèvia proposta consen-suada dels diversos grupos polítics que composen la Corporació. Si no és possible arribar a un acord per unanimitat en un període màxim de 4 mesos, l’Alcaldia acordarà el nomenament, a proposta de la Regidoria competent en matèria de Cultura ratificada per la majoria absoluta del Ple de la Corporació.

Sent que, en data 9 de juliol de 2012, l’Alcaldia va elevar al Ple de la Corporació, proposta de ratifició de delegació de la Direcció del Setmanari Vinaròs en el regidor Luís Gandía Querol. Proposta que va ser aprovada en sessió plenària de data 31 de juliol de 2012.

Atés que, derivat del meu recent nomenament com a alcalde de l’Ajuntament de Vinaròs, es considera més adequat exercir les funcions de director del Setmanari Vinaròs directament per l’Alcaldia, fins que es realitze una nova delegació al respecte, és per aquesta raó que

RESOLC: 1. Deixar sense efecte la delegació de director del Setmanari Vinaròs realitzada en el Sr. Luís Gandía Querol. 2. Assumir, com a alcalde de l’Ajuntament de Vinaròs, les funcions de director del Setmanari Vinaròs, fins el nomenament d’un altra

persona adequada per a dur a terme aquesta funció.3. Notificar al Sr. Luís Gandía Querol, als efectes oportuns.

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA28 Núm. 83.—7 de julio de 2015

CV

E: 20150700830052

Decret de l’Alcaldia

Celebrades les Eleccions Locals el passat dia 24 de maig de 2015 i constituïda la Corporació el dia 13 de juny de 2015.De conformitat amb el disposat en l’art. 21.2 i 23.3 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril i l’art. 35 del RD 2568/1986, de 28 de novembre. RESOLC: Primer.- Nomenar tinents d’alcalde els següents regidors:Primer tinent d’alcalde: Guillem Alsina GilabertSegon tinent d’alcalde: Doménec Fontanet LlàtserTercer tinent d’alcalde: Hugo Romero Ferrer Quart tinent d’alcalde: María Cano PalomoCinqué tinent d’alcalde: Jordi Moliner CalventósSisé tinent d’alcalde: María Isabel Vives SebastiàSeté tinent d’alcalde: Marc Albella EstellerSegon.- Correspondrà als nomenats substituir per ordre de nomenament a esta Alcaldia en l’exercici de les seues atribucions en els

supostos legalment establerts. Tercer.- Notificar a les persones interessades per al seu coneixement i acceptació. Quart.- Publicar els nomenaments al BOP i Tauler d’Edictes. Cinqué.- Donar compte al Ple en la primera sessió que se celebre. Sisé.- Els nomenaments efectuats seran efectius des del dia següent a la data de la present resolució.

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Decret de l’alcaldia

Celebrades les Eleccions Locals el passat dia 24 de maig 2015 i constituïda la Corporació el dia 13 de juny de 2015.De conformitat amb el disposat en l’art. 20.1.b) i 23.1 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril i 35 del RD 2568/1986, de 28 de novembre. RESOLC: Primer.- Nomenar membres de la Junta de Govern Local els següents regidors: - Guillem Alsina Gilabert- Doménec Fontanet Llàtser- Hugo Romero Ferrer - María Cano Palomo- Jordi Moliner Calventós- María Isabel Vives Sebastià- Marc Albella EstellerSegon.- Correspondrà a la Junta de Govern Local, així integrada i sota la presidència d’esta Alcaldia, l’assistència a la mateixa en

l’exercici de les seues atribucions, així com les que li delegue qualsevol òrgan municipal o expressament li atribuïsquen les lleis. Tercer.- Notificar a les persones designades per al seu coneixement i acceptació. Quart.- Publicar els nomenaments en el BOP i Tauler d’Edictes. Cinqué.- Donar compte al Ple en la primera sessió que se celebre. Sisé.- Els nomenaments efectuats seran efectius des del dia següent a la data de la present resolució.

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Decret de l’Alcaldia

D’acord amb el que disposa l’article 5.1a) del Reglament de Funcionament del Setmanari Vinaròs aprovat per acord del Ple de la Corporació en data 25 d’agost de 2011 (publicació d’aprovació definitiva al BOP de Castelló núm. 132 de 27 d’octubre de 2012): a) Director/a. El càrrec correspon a l’Alcaldia de la Corporació o persona en qui delegue. Aquesta delegació es farà prèvia proposta consen-suada dels diversos grupos polítics que composen la Corporació. Si no és possible arribar a un acord per unanimitat en un període màxim de 4 mesos, l’Alcaldia acordarà el nomenament, a proposta de la Regidoria competent en matèria de Cultura ratificada per la majoria absoluta del Ple de la Corporació.

Sent que, en data 9 de juliol de 2012, l’Alcaldia va elevar al Ple de la Corporació, proposta de ratifició de delegació de la Direcció del Setmanari Vinaròs en el regidor Luís Gandía Querol. Proposta que va ser aprovada en sessió plenària de data 31 de juliol de 2012.

Atés que, derivat del meu recent nomenament com a alcalde de l’Ajuntament de Vinaròs, es considera més adequat exercir les funcions de director del Setmanari Vinaròs directament per l’Alcaldia, fins que es realitze una nova delegació al respecte, és per aquesta raó que

RESOLC: 1. Deixar sense efecte la delegació de director del Setmanari Vinaròs realitzada en el Sr. Luís Gandía Querol. 2. Assumir, com a alcalde de l’Ajuntament de Vinaròs, les funcions de director del Setmanari Vinaròs, fins el nomenament d’un altra

persona adequada per a dur a terme aquesta funció.3. Notificar al Sr. Luís Gandía Querol, als efectes oportuns.

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Decret de l’alcaldia

Celebrades les Eleccions Locals el passat dia 24 de maig 2015 i constituïda la Corporació el dia 13 de juny de 2015.Atés que, conformement amb l’art. 23 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril i 53 del RD 2568/1986, de 28 de novembre, a la Junta de Govern

Local li correspon, com a atribució pròpia i indelegable, l’assistència permanent a l’alcalde en l’exercici de les seues atribucions. Així mateix, exercirà les atribucions que, conformement amb el disposat en els arts. 43 i 51 del RD 2568/1986, l’alcalde o el Ple li dele-

guen o expressament li assignen les lleis. A l’empara del disposat en l’art. 23.1 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril, i arts. 43 i 44 del RD 2568/1986, RESOLC: Primer.- Delegar en els membres de la Junta de Govern Local l’exercici de les següents atribucions: a) Les competències com a òrgan de contractació respecte dels contractes d’obres, de subministrament, de serveis, de gestió de

serveis públics, els contractes administratius especials, i els contractes privats quan l’import no supere el 10 per 100 dels recursos ordi-naris del pressupost ni, en qualsevol cas, la quantia de sis milions d’euros, inclosos els de caràcter plurianual quan la duració no siga superior a quatre anys, sempre que l’import acumulat de totes les anualitats no supere ni el percentatge indicat, referit als recursos ordi-naris del pressupost del primer exercici, ni la quantia indicada.

Així mateix, l’adjudicació de concessions sobre béns municipals i l’adquisició de béns immobles i drets subjectes a la legislació patrimonial quan el seu valor no supere el 10 per 100 dels recursos ordinaris del pressupost ni l’import de tres milions d’euros, així com l’alienació del patrimoni qual el seu valor no supere el percentatge ni la quantia indicats.

b) L’aprovació de les fases de gestió pressupostària de la despesa i la concertació d’operacions de crèdit, quan la competència sobre ambdues no corresponga al Ple de la Corporació.

c) Atorgar llicències d’obres majors.Segon.- La delegació comprén tant les facultats de direcció i gestió, com la de resoldre mitjançant actes administratius que afecten a

terceres persones, i no inclou els recursos de reposició que puguen interposar-se contra els actes de resolució, l’atribució dels quals es reserva esta Alcaldia.

Tercer.- La delegació conferida requerirà per a la seua eficàcia l’acceptació dels membre de la Junta de Govern, es publicarà en el Butlletí Oficial de la Província i en el Tauler d’Anuncis de la Corporació i d’ella es donarà compte al Ple en la primera sessió que celebre.

Quart.- Esta Alcaldia, en tant no es dispose una altra cosa, conservarà les facultats que estableix l’art. 115 del RD 2568/1986.Cinqué.- Esta Alcaldia es reserva la facultat d’adoptar resolució sobre les matèries delegades, mitjançant avocació de la competèn-

cia, en aquells casos en què la urgència en la resolució siga inajornable.

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En allò no previst en esta resolució s’estarà al que dispose la Llei 7/1985, de Bases de Règim Local i el RD 2568/1986, pel qual s’aprova el Reglament d’Organització i Funcionament de les Entitats Locals, en el marc de les regles que, per a les delegacions, s’estableixen en estes normes.

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Decret de l’alcaldia

Celebrades les Eleccions Locals el passat dia 24 de maig de 2015 i constituïda la Corporació el dia 13 de juny de 2015.De conformitat amb el disposat en l’art. 21.3 de la Llei 7/1985, de 2 d’abril i els arts. 43, 44 i 45 del RD 2568/1986, de 28 de novembre. RESOLC: Primer.- Efectuar les següents delegacions, respecte del Serveis Municipals que s’especifiquen a favor dels regidors que a continua-

ció s’indiquen:

Regidor/a delegat/da Servei

Guillem Alsina Gilabert Obres i ServeisDoménec Fontanet Llàtser Foment de l’Activitat Econòmica, Turisme, Comerç i ConsumHugo Romero Ferrer Govern Obert i Noves TecnologiesMaría Cano Palomo Hisenda, Indústria i OcupacióJordi Moliner Calventós Medi Ambient, Sostenibilitat, Agricultura i Pesca Maria Isabel Vives

Sebastià Política Social, Igualtat i DiscapacitatMarc Albella Esteller Cultura, Tradicions, Festes i JoventutJan Valls Fernández Ordenació del TerritoriMaría del Carmen Ruíz Rueda Governació i Recursos HumansBegoña López Branchat Educació i Esports

Segon.- Dins de les delegacions efectuades s’entendran les facultats de direcció, organització interna i gestió dels corresponents serveis. S’exclou la facultat de resoldre, mitjançant actes administratius que afecten a terceres persones, a excepció dels expedients relatius a multes en matèria de trànsit en els quals aquesta facultat correspondrà a la Sra. María del Carmen Ruiz Rueda.

Tercer.- Notificar a les persones interessades per al seu coneixement i acceptació. Quart.- Publicar els nomenaments al BOP i Tauler d’Edictes. Cinqué.- Donar compte al Ple en la primera sessió que se celebre.

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Decret de l’alcaldia

Celebrades les Eleccions Locals el passat dia 24 de maig de 2015 i constituïda la Corporació el dia 13 de juny de 2015.Per tal de viabilitzar les sol·licituds d’ajudes i subvencions que en matèria de serveis socials convoca la Conselleria competent en matè-

ria de Benestar Social de la Generalitat Valenciana, tot i que, en aquestes convocatòries se sol establir, amb total abstracció del règim legal aplicable a les entitats locals, la necessitat que l’Alcaldia-Presidència siga autoritzada a sol·licitar la concret ajuda o subvenció.

Sent, així mateix, que resulta necessari agilitzar el procés de comunicació entre l’Ajuntament de Vinaròs i altres organismes públics o ens i persones privades en les matèries relacionades amb les funcions pròpies de la Regidoria de Política Social, Igualtat i Discapacitat.

Esta Alcaldia, RESOL: Primer.- Autoritzar la regidora de Política Social, Igualtat i Accessibilitat d’este ajuntament, Sra. Maria Isabel Vives Sebastià, a

sol·licitar les ajudes i subvencions relacionades amb les funcions pròpies de la Regidoria i convocades per la Conselleria competent en matèria de Benestar Social de la Generalitat Valenciana.

Segon.- Aquesta autorització implica l’assumpció del conjunt d’obligacions que es determinen en les corresponents convocatòries de les ajudes amb ocasió de l’atorgament total o parcial de les mateixes a esta administració local.

Tercer.- Autoritzar, així mateix, la regidora de Política Social, Igualtat i Discapacitat d’este ajuntament, Sra. Maria Isabel Vives Sebas-tià, a subscriure els escrits relatius a comunicacions a establir entre l’Ajuntament de Vinaròs i altres organismes públics o ens i persones privades, en les matèries relacionades amb Benestar Social.

Quart.- Entendre avocada l’autorització expressada amb referència a la concreta petició, sol·licitud o comunicació de què es tracte pel sol fet de subscriure i firmar esta Alcaldia-Presidència les concretes peticions o sol·licituds d’ajudes, o els concrets escrits de comuni-cació.

Cinqué.- Ordenar la publicació de la present resolució en el Tauler d’Edictes d’este ajuntament i en el Butlletí Oficial de la Província.

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El que es fa públic en acompliment del què disposen els articles 44, 46 i 66 del RD 2568/86 de 28 de novembre.DOCUMENT SIGNAT ELECTRÒNICAMENT

ENTIDAD LOCAL MENOR

05356-2015ENTIDAD LOCAL MENOR DE BALLESTAR

Declaraciones de bienes y actividades por toma de posesión mandato 2015-2019

De conformidad con lo dispuesto en el art. 75 de la Ley 7/1985 de 2 de abril LRBRL, el art. 131 de la Ley 8/2010 de 23 de junio de Régi-men Local de la Comunitat Valenciana y el artículo 2 del Decreto 191/2010 de 19 de noviembre, del Consell por el que se regulan las decla-raciones de actividades y de bienes de los miembros de las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana, se hace público el resumen de las Declaraciones de Bienes y Actividades de los representantes locales de esta Entidad Local Menor con motivo de la toma de posesión.

Titular del cargoNombre Primer apellido Segundo apellidoVictor Gargallo BelCargo público origen de la declaraciónDenominación: Presidente (Alcalde Pedáneo)

I. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad): 240.000,00 euros2. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 38.000,00 euros3. Total: 278.000,00 euros

II. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc 0,00 euros

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA30 Núm. 83.—7 de julio de 2015

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E: 20150700830052

III. Actividades: Explotación Ganadera, Administrador EmpresaTitular del cargoNombre Primer apellido Segundo apellidoVictor Cervera BelCargo público origen de la declaraciónDenominación: Vocal - Vicepresidente

I. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad): 126.527,50 euros2. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 74.540,53 euros3. Total: 201.068,03 euros

II. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc 51.662,64 euros

III. Actividades: 23.710,29 eurosTitular del cargoNombre Primer apellido Segundo apellidoMaría Antonia Sales GavaldaCargo público origen de la declaraciónDenominación: Vocal

I. Activo1. Bienes inmuebles (según valor catastral y porcentaje de titularidad): 24.040,91 euros2. Valor total de otros bienes (según porcentaje de titularidad) 41.766,53 euros3. Total: 65.807,44 euros

II. PasivoCréditos, préstamos, deudas, etc 0,00 euros

III. Actividades: 32.372,58 euros

En Ballestar, a 29 de junio de 2015.El Secretario-Interventor, Alberto Nebot Argilaga.

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

03860-2015NULES

Declaración de herederos abintestato nº 3/2015

D/Dª EUGENIO ANGEL MARTÍN SÁNCHEZ Secretario/a del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de NULES .HAGO SABER: Que en este Juzgado de mi cargo, se sigue con el nº 000003/2015 expediente de Declaración de Herederos Abintes-

tato a instancias del Procurador Sr./Sra. PASCUAL LLORENS CUBEDO, en nombre y representación de FRANCISCO VILLALBA BARRES, por el fallecimiento de JUSTO VILLABA MARIA, el cual falleció el día 27 de septiembre de 2014, nacido y con residencia habitual en ALCU-DIA DE VEO (Castellon), lo que se comunica de conformidad con el art. 984 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881, a fin de que en el plazo de 30 días puedan comparecer en los presentes autos aquellos que se crean con igual o mejor derecho a los solicitantes del pre-sente expediente, y alegar lo que a su derecho convenga.

Y para que sirva de citación en forma a las personas ignoradas en el presente expediente, libro y expido el presente en NULES vein-tinueve de abril de dos mil quince.- EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, (firma ilegible).

JUZGADOS DE LO SOCIAL

05430-2015CASTELLÓN DE LA PLANA

Dª CARMEN ESTEBAN ESTEBAN, SECRETARIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 4 DE LOS DE CASTELLÓN.HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 000069/2015 a instancias de GUINOT SEGUI, ANA MARIA, MANZANO

SORIA, Mª LEOCADIA, JUAN PATUEL, Mª INMACULADA y CANOS GOMEZ, INMACULADA contra CASCOMID SL en la que el día 12-5-2015 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:

DISPONGO: Despachar orden general de ejecución Sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dª. ANA MARIA GUINOT SEGUI, Mª LEOCADIA MANZANO SORIA, Mª INMACULADA JUAN PATUEL y INMACULADA CANOS GOMEZ, frente a CASCOMID SL, parte ejecu-tada, por importe de 2.546,15 euros en concepto de principal más 394,65 euros presupuestados provisionalmente para intereses y cos-tas, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICION, en el plazo de TRES DIAS a su notificación, en escrito motivado, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 187, en el que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 239. 4 de la Ley reguladora de la jurisdicción social, además de alegar las posibles infraccio-nes en que hubiera incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensacion de deudas admisible como causa de oposi-ción a la ejecución.

De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de reposición contra esta resolución deberá constituir un depósito de 25 euros, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco SANTANDER en la cuenta correspondiente a este expe-diente (4160 0000 64 0069 15) indicando, en el campo “concepto” el código “30 Social-Reposición” y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

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En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (0049 3569 92 0005001274; IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274), se indicará en el campo “concepto” el número de cuenta del expediente, el código y la fecha en la forma expuesta en el párrafo anterior.

En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.

Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, los traba-jadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.

Así lo manda y firma D./Dª. MARIA PILAR MORENO TORRES, MAGISTRADA-JUEZ DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 4 DE CASTELLON. Doy fe.

Y diligencia de ordenación de fecha 30-6-2015,Por recibido el anterior despacho, procedente de SCNE DE CASTELLON, consistente en notificar Auto despachando ejecución y

Decreto acordando embargo de fecha 12-5-2015, con resultado NEGATIVO, únase y procédase a su notificación mediante edictos que se publicarán en el BOP y quedarán fijados en el tablón de anuncios del Juzgado.

Visto el resultado negativo de las actuaciones practicadas de búsqueda de bienes o derechos del ejecutado CASCOMID SL suscepti-bles de embargo, dese traslado de lo actuado al FONDO DE GARANTIA SALARIAL para que, en el plazo máximo de QUINCE DIAS pueda instar la práctica de las diligencias que a su derecho convengan. Transcurrido dicho plazo, tráiganse los autos a la vista para dictar la resolución que proceda.

Y para que conste y sirva de notificación a CASCOMID SL que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciendo saber que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial conforme lo establecido en el art. 59.2º de la L.R.J.S., expido el presente en CASTELLON, a treinta de junio de dos mil quince.- EL SECRETARIO, Dª CARMEN ESTEBAN ESTEBAN.

JUZGADOS DE LO SOCIAL

05451-2015CASTELLÓN DE LA PLANA

C é d u l a d e n o t i f i c a c i ó n

Dª Mª CONSUELO BARBERÁ BARRIOS, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. 2 de Castellón, HAGO SABER: Que en la EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES - 000193/2014 seguida en este Juzgado de lo Social núm. Dos de Castellón, por

CANTIDAD a instancia de YOLANDA BORJA NERI contra DENEWEAR SL, se ha dictado en fecha 25 de junio de 2015 el Decreto de Insol-vencia cuya Parte Dispositiva es como sigue:

“DECRETO: - Declarar al ejecutado DENEWEAR SL en situación de INSOLVENCIA TOTAL para el pago de 12879,86 euros, insolvencia que se

entenderá, a todos los efectos, como provisional.- Hacer constar la declaración insolvencia del ejecutado en el registro correspondiente según la naturaleza de la entidad, una vez

firme la presente resolución.- Verificado lo acordado, archívense las actuaciones, sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bie-

nes del ejecutado.Notifíquese la presente resolución a la parte ejecutante de forma personal, a la ejecutada en los estrados de este juzgado y al Fondo

de Garantía Salarial personalmente, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso directo de revisión en el plazo de TRES DIAS en la forma y con los requisitos previstos en el artículo 187 de la Ley reguladora de la jurisdicción social, advirtiendo a estos efectos de la necesidad de constitución de depósito de 25 euros para recurrir que se deberá ingresar en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado con el número 1332000064019314, indicando en el campo “concepto” el código “31 Social-Revisión resolución del Secreta-rio Judicial” y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

LA SECRETARIA JUDICIAL”Sigue firma ilegible y rubricada. Secretaria Judicial.Se advierte de que las restantes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios del

Juzgado, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que conste y sea publicada en el Boletín Oficial de la Provincia a fin de que sirva de notificación en forma a DENEWEAR SL cuyo último domicilio conocido es Calle MAJOR,6, VINAROS (CASTELLON) expido la presente en Castellón, a veinticinco de junio de dos mil quince.- LA SECRETARIA JUDICIAL, Dª Mª CONSUELO BARBERÁ BARRIOS.

JUZGADOS DE LO SOCIAL

05429-2015CASTELLÓN DE LA PLANA

Mª CARMEN ESTEBAN ESTEBAN, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 4 DE LOS DE CASTELLÓN.HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 000177/2014 a instancias de VOINEAGU , SIMION y CHAMORRO SAN-

TANA, FERNANDO contra SERRAMAR VIGILANCIA Y SEGURIDAD SL en la que el día 30-6-2015 se ha dictado resolución cuya parte dis-positiva dice:

No ha lugar a la prosecución de la ejecución instada por SIMION VOINEAGU y FERNANDO CHAMORRO SANTANA contra SERRA-MAR VIGILANCIA Y SEGURIDAD SL por encontrarse esta última declarada en concurso, debiendo hacer valer su derecho ante el Juzgado de lo Mercantil nº UNO de CADIZ.

2.- Archivar provisionalmente los autos, tomando nota en los Libros Registro correspondientes, pudiendo las partes solicitar su con-tinuación, una vez se dicte resolución que ponga fin al procedimiento concursal seguido contra el ejecutado

3.- Comunicar el presente acuerdo al Juzgado Mercantil del Concurso.MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso de revisión mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a

juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188 de la LJS). De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de revisión contra esta resolución deberá

constituir un depósito de 25 euros, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco SANTANDER, cuenta número 4160 0000 64 0177 14 indi-

cando, en el campo “concepto” el código “31 SOCIAL-Revisión resoluciones Secretario Judicial” y la fecha de la resolución recurrida en formato DD/MM/AAAA.

En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, se dirigirá a la cuenta (0049 3569 92 0005001274; IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274), indicando, en el campo “concepto” el número de cuenta y el código que se expresa en el párrafo anterior.

En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.

Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, los traba-jadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA32 Núm. 83.—7 de julio de 2015

CV

E: 20150700830052

Así lo acuerda y firma la Secretaria Judicial Dª Mª CARMEN ESTEBAN ESTEBAN.Y para que conste y sirva de notificación a SERRAMAR VIGILANCIA Y SEGURIDAD SL que se encuentra en ignorado paradero, así

como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, haciendo saber que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial conforme lo establecido en el art. 59.2º de la L.R.J.S., expido el presente en CASTELLON, a treinta de junio de dos mil quince.- EL SECRETARIO, Mª CARMEN ESTEBAN ESTEBAN.

OTRAS ENTIDADES Y ANUNCIOS PARTICULARES

OTRAS ENTIDADES Y ANUNCIOS PARTICULARES

05257-2015COMUNIDAD DE REGANTES DE NULES

Corrección de errores.

Adevertido error en la publicación del Boletín nº 70 de fecha 06/06/2015, en el que se consignó erróneamente el número de expe-diente, se procede a la rectificación de dicha publicación.

En aras de las facultades que les otorga a las comunidades de regantes el artículo 83.4 de la Ley de Aguas, Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, mediante el presente edicto, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, al que remite el Reglamento Gene-ral de Recaudación, Decreto 939/2005, de 29 de julio, se cita a los deudores o representantes relacionados en este edicto, en las depen-dencias de la Comunidad de Regantes de Nules, situadas en la calle Colón,número 16, de Nules, provincia de Castellón, cuyo horario de oficina es de lunes a viernes, de nueve y treinta a catorce horas, para la notificación por comparecencia del acto dictado en el procedi-miento que también se especifica, y toda vez que se ha intentado por dos veces llevar a cabo la notificación y no se ha podido por causas no imputables a la Comunidad de Regantes, o bien porque el domicilio del deudor es desconocido.

Órgano responsable: Comunidad de Regantes de NulesAgente recaudador de la Comunidad: don Jose Vicente Almela Ferrando.Procedimiento: expediente de apremio.Acto notificado: providencia de apremio dictada por el presidente de la comunidad de regantes por impago del saldo deudor a la

comunidad de regantes conforme a lo acordado en la Junta General de fecha 05 de febrero de 2015 y la junta de gobierno de fecha 17 de diciembre 2014.

Relación de deudores:

Nº Expediente Comunero NIF-CIF Importe

0000000367 BALLESTER MARTINEZ TERESA 18646319N 150,22 €

0000000368 BELTRAN VINAIXA MARIA CARMEN 73371614G 657,33 €

0000000379 CASTELLO PLANELLES JOSEFINA 18833775H 176,05 €

0000000369 CUBERO SIMON VICTOR MANUEL 51699867F 124,48 €

0000000383 DARAS FORTEA VICENTE JOSE 18947940B 319,46 €

0000000396 FORJADOS AMO SL B12027462 127,91 €

0000000386 FRUCAMP SAT 98 F12043246 864,25 €

0000000410 GONZALEZ GOZALBO JOSE MARIA 18691184G 416,00 €

0000000390 LLANES ESBRI BAUTISTA 18833807G 79,04 €

0000000391 MANRIQUE NICOLAS MONICA ELENA 73375917Y 514,87 €

0000000392 MARTINEZ LLANES BAUTISTA 18724700D 126,02 €

0000000394 MILLARS AGRICOLA-4 S.L. B12442588 902,75 €

0000000395 MONTOLIU CABEDO JOSE 18644126G 1.232,48 €

0000000376 PEREZ BERTOMEU JOSEFA ALEXIA 18964858R 980,04 €

0000000371 PEREZ SERRANO JUAN 53221561K 215,92 €

0000000373 PUCHOL DARAS ALBERTO 18922206Z 790,35 €

0000000401 ROMERO MARTINEZ CARMEN 18711575V 346,70 €

0000000405 SORRIBES MECHO ROSA 18911523A 148,70 €

0000000385 URBANAS DE NULES S.L. B12356721 504,32 €

0000000407 VALLS PLANELLES HERMANAS 52943723T 856,35 €

El plazo para comparecer ante la oficina de la comunidad de regantes es de quince días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CASTELLON.

Se advierte de que la no comparecencia en el plazo indicado implica que la notificación se entiende producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer, y se le tendrá por notificado de las sucesivas actuacio-nes y diligencias de dicho procedimiento, sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer en cualquier momento del mismo.

Nules,a 23 de junio de 2015 .–El presidente de la comunidad, Joaquín Mondragón Vicent.