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Provincia de Mendoza República Argentina H. Cámara de Senadores Diario de Sesiones Nº 25 PERIODO ORDINARIO -Prórroga- "172° Periodo Legislativo Anual" 25ª Reunión – 24ª Sesión de Tablas - 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 - PRESIDENCIA: de su titular señor CARLOS GERMÁN CIURCA y de la presidenta provi- sional del H. Senado senadora MIRIAM GALLARDO. SECRETARIOS: doctor SEBASTIAN P. BRIZUELA y contadora SANDRA DEL VALLE CASTRO. __________________________________________________________________________________________________________ SENADORES PRESENTES: AGUINAGA, Carlos Alfredo AMSTUTZ, Guillermo CAIRO, Gustavo Rubén CALVI, Silvia Iris CAMERUCCI, Armando CIAFRELLI, Jorge Miguel COFANO, Francisco Javier COPPOLETTA, Ana CORVALAN, Ernesto DA ROLD, Andrés Agustín DEL RIO, Juan Gerardo DENGRA, Omar ESCODA, José GIACOMELLI, Leonardo GOMEZ, Germán Marcos JALIFF, Juan Carlos MARQUEZ, Néstor MORALEJO, Sergio NAMAN, María Alejandra ORTIZ, Daniel PETTIGNANO, Ricardo D. SAENZ, Walter SEGOVIA, Claudia Carina SEVILLA, Ana E. SIMON, Fernando Mario SIMON, Guillermo STEVANATO, José Matías SUAREZ, Milagros VALLS, Gustavo Ariel VENDRAMIN, Sergio VILCHES, Daniel Jesús Ausentes con licencia: BIFFI, César JOSE, Abel MONTES, Sergio Fabián ORTIGALA, José Ignacio GALLARDO, Miriam PAREDES, Wanda E. TORRES, Claudia Verónica REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL N° 95.702

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Provincia de Mendoza República Argentina

H. Cámara de Senadores Diario de Sesiones

Nº 25 PERIODO ORDINARIO

-Prórroga-

"172° Periodo Legislativo Anual" 25ª Reunión – 24ª Sesión de Tablas

- 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 -

PRESIDENCIA: de su titular señor CARLOS GERMÁN CIURCA y de la presidenta provi-sional del H. Senado senadora MIRIAM GALLARDO.

SECRETARIOS: doctor SEBASTIAN P. BRIZUELA y contadora SANDRA DEL VALLE CASTRO.

__________________________________________________________________________________________________________

SENADORES PRESENTES:

AGUINAGA, Carlos Alfredo

AMSTUTZ, Guillermo

CAIRO, Gustavo Rubén

CALVI, Silvia Iris

CAMERUCCI, Armando

CIAFRELLI, Jorge Miguel

COFANO, Francisco Javier

COPPOLETTA, Ana

CORVALAN, Ernesto

DA ROLD, Andrés Agustín

DEL RIO, Juan Gerardo

DENGRA, Omar

ESCODA, José

GIACOMELLI, Leonardo

GOMEZ, Germán Marcos

JALIFF, Juan Carlos

MARQUEZ, Néstor MORALEJO, Sergio NAMAN, María Alejandra

ORTIZ, Daniel

PETTIGNANO, Ricardo D.

SAENZ, Walter SEGOVIA, Claudia Carina SEVILLA, Ana E.

SIMON, Fernando Mario

SIMON, Guillermo

STEVANATO, José Matías

SUAREZ, Milagros

VALLS, Gustavo Ariel

VENDRAMIN, Sergio

VILCHES, Daniel Jesús

Ausentes con licencia:

BIFFI, César

JOSE, Abel

MONTES, Sergio Fabián

ORTIGALA, José Ignacio

GALLARDO, Miriam

PAREDES, Wanda E.

TORRES, Claudia Verónica

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL

N° 95.702

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

S U M A R I O

I- Izamiento de las Banderas. En los mástiles del recinto e invi-tados por Presidencia los sena-dores José y Marquez, proceden a izar las mismas. Pág. 1602.

ASUNTOS ENTRADOS:

II- 1-Acta: N° 20, correspondiente a la Sesión de Tablas del 24 de se-tiembre del año 2013. Pág. 1602.

III- Se aprueban los giros dados en

los Asuntos Entrados. Pág. 1602.

IV- ASUNTOS ENTRADOS

2- Comunicaciones Oficiales. Pág. 1602.

3- Despachos de Comisión. Pág. 1603.

4- Asuntos Particulares. Pág. 1603.

PROYECTOS

5- De Declaración de la Senado-ra Torres, viendo con agrado que los Legisladores Nacio-nales por Mendoza se abo-quen a la presentación de un proyecto de ley que modifi-que el Art. 13 de la ley 22.431 -protección integral de personas discapacitadas-. (Expte. 64454). Pág. 1603.

6- De Ley, de la Senadora Suá-rez, estableciendo la preven-ción, sanción y erradicación de la violencia en el ámbito laboral –mobbing- (Expte. 64457). Pág. 1605.

7- De Pedido de Informe con fundamentos, del Senador Cairo, a la Subsecretaría de Derechos Humanos del Minis-terio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, sobre relación a la aplicación de la Ley 8.395 –beneficio vitalicio

condenados proceso militar dictadura-. (Expte. 64459). Pág. 1609.

8- De Ley de los Senadores Amstutz y Márquez, decla-rando de utilidad pública y sujeto a expropiación terreno para la construcción de un centro de salud, centro inte-grador comunitario (CIC), escuela y Jardín de infantes en el Distrito Gualtallary, Departamento Tupungato. (Expte. 64460). Pág. 1609.

9- De Ley de los Senadores Amstutz y Márquez, decla-rando de utilidad pública y sujeto a expropiación el te-rreno ubicado en los Distritos Santa Clara y Gualtallary, con el fin de realizar la cons-trucción de la Ruta Primaria Acceso al Parque Provincial Volcán Tupungato. (Expte. 64461). Pág. 1611.

10- De Ley de los Senadores Ja-

liff y otros, convocando a la Asamblea General para el día 10 de diciembre de 2.013, en el marco del Reglamento respectivo, a fin de realizar un homenaje al cumplirse 30 años de democracia inin-terrumpida desde 1983. (Expte. 64466). Pág. 1612.

11- De Resolución del Senador Stevanato, solicitando al Po-der Ejecutivo arbitre las me-didas pertinentes a los fines de evitar al cierre de la Sede del Instituto de Educación Superior Manuel Belgrano 9008, ubicada en el Distrito de Rodeo del Medio, Depar-tamento Maipú. (Expte. 64467). Pág. 1613.

12- De Ley del Poder Ejecutivo,

ratificando Decreto 1111/13, que ratifica Actas Acuerdo de Intención de Conformación y

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166° Periodo Legislativo PERIODO ORDINARIO Diario de Sesiones N° 6

Constitutiva del Consejo Oli-vícola Federal. (Expte. 64468). Pág. 1614.

13- De Resolución con funda-

mentos, del Senador Sáenz, solicitando a la Directora Ge-neral de Escuelas contemple en el Presupuesto 2014, la recategorización de zona con el cuarenta por ciento (40%) de la Escuela 1-616 “Amado Sad” situada en el Departa-mento General Alvear. (Ex-pte. 64469). Pág. 1623.

14- De Ley de los Senadores

Amstutz y Márquez, decla-rando de utilidad pública y sujeto a expropiación el te-rreno necesario para la cons-trucción del aeródromo pu-blico denominado Aeropuerto del Valle de Uco, en el De-partamento Tupungato. (Ex-pte. 64470). Pág. 1624.

15- De Resolución con funda-

mentos, de la Senadora Na-man, solicitando al Poder Ejecutivo arbitre los medios necesarios para articular con los municipios, estrategias tendientes a mejorar las ac-tividades de los artistas po-pulares. (Expte.64471). Pág. 1626.

16- De Ley de la Senadora Na-

man, modificando el articulo 10 de la Ley 6.730 -Código Procesal Penal-, intervención del Asesor de menores e in-capaces del Ministerio Publi-co. (Expte. 64472). Pág. 1628.

17- Orden del Día. Pág. 1631.

V- Homenajes. De los senadores Or-tigala, Camerucci, Vilches, Agui-naga, Biffi y de la senadora Na-man, agradecen y felicitan al pueblo de Mendoza por el com-portamiento en las elecciones del

27 de octubre y a los 30 años de la restauración de la Democracia. Pág. 1632.

VI- Plan de Labor. Se omite la lectura

del mismo. Pág. 1636. VII- Acta de Labor. Pág. 1637. VIII- Se altera el Orden del Día. Pág.

1638.

IX- Toma estado parlamentario el ex-

pediente 64474. Pág. 1638. X- Se considera sobre tablas el pro-

yecto de resolución, declarando de Interés de esta H. Cámara el

“Día del Trabajador Mine-ro” celebrado el 28 de octubre. (Expte. 64474). Aprobado en ge-neral y en particular, se le dará cumplimiento. Pág. 1639.

XI- Cuarto intermedio. Pág. 1639.

XII- Se altera el Orden del Día. Pág.

1640. XIII- Despacho 214. De Legislación y

Asuntos Constitucionales, con di-sidencias parciales, en el proyecto de ley, implementando sistema de Elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, para selección de todos los candidatos a cargos electivos provinciales y municipales. (con modificacio-nes). (Expte. 64305). Aprobado en general y en particular, pasa a la H. Cámara de Diputados en re-visión. Pág. 1653.

XIV- A indicación de Presidencia, luego

de los llamados reglamentarios se levanta la sesión por falta de quó-rum. Pág. 1686.

XV- A P E N D I C E (I- Sanción de la

H. Cámara; II- Resolución de la H. Cámara). Pág. 1687.

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

I IZAMIENTO DE LAS BANDERAS

-En el recinto de sesiones de la Honora-ble Cámara de Senadores de la provin-cia de Mendoza, a veintinueve días del mes de octubre del año dos mil trece, siendo las 12:33 horas, dice el SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Con

quórum reglamentario declaro abierta la Se-sión de Tablas convocada para el día de la fecha.

Invitamos al señor senador Abel José y

al señor senador Néstor Márquez izar las Ban-deras nacional y provincial del recinto.

-Así se hace. (Aplausos).

II

ASUNTOS ENTRADOS 1

ACTA

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - En consideración las Actas.

SR. SECRETARIO (Brizue-

la)(Leyendo): ACTA Número 20, correspondiente a la

Sesión de Tablas del día 24-09-13. SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - En

consideración del Cuerpo. -Se vota y aprueba sin observaciones.

III SE APRUEBAN

LOS GIROS DADOS SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Asun-

tos Entrados. En consideración los giros propuestos en

la Lista de Asuntos Entrados. Se va a votar. -Resulta afirmativa.

IV ASUNTOS ENTRADOS

-El texto de los Asuntos Entrados, cuya lectura se omite es el siguiente:

2 COMUNICACIONES OFICIALES

Suprema Corte de Justicia, remita “Memorias Anuales del Poder Judicial 2.011-2.012, de conformidad a lo ordenado por Ley 7.283. (Expte. 64456). A Legislación y Asuntos Constitucionales Poder Judicial de Mendoza, remite informe referido a la Resolución 174/13, sobre los casos de violencia de género y femicidio. (Expte. 64005).

Con sus antec. Expte. 64005 –L.A.C. H.C. de Diputados, comunica las Sanciones: 8.611- Creando el Registro Provincial de Hue-llas Genéticas Digitalizadas, dependiente del Poder Judicial. (Expte. 60765). 8.612- Desafectando del dominio público y transfiriendo a la Universidad Tecnológica –FAC Regional San Rafael- un inmueble ubicado en el Distrito 25 de Mayo, lugar denominado “Los Reyunos”. (Expte. 63562).

A sus respectivos antec. –Archivo- Director Provincial de Defensa Civil, Ministerio de Seguridad, remite anteproyecto referente a la creación del “Protocolo de Prevención y Protección de Fenómenos del Viento Zonda y otros fenómenos metereológicos extremos regionales”, para su estudio. (Expte. 63305).

A sus antec. Expte. 63305 –A.C.C.R.R.A.T.V. – H.P.-

Poder Ejecutivo comunica que hará uso de la prorroga por el termino de diez (10) días, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 2° de la Ley 5.736, con referencia a la Resolución 325/13, informe acerca de la presentación de proyectos por parte del Ministerio de Cultura, dentro del marco del “Plan Nacional Igualdad Cultural”. (Expte. 64238). A sus antec. Expte. 64238- - Coord. Le-

gis.- Poder Ejecutivo acusa recibo de la Resolución 352/13, mediante la cual se presta el acuerdo para designar en el Cargo de Consejero del Departamento General de Irrigación en repre-sentación de los regantes del Río Tunuyán inferior al Ing Fernando José Escobar. (Expte. 64221).

A sus antec. Expte. 64221- Archivo- Contaduría General de la Provincia, de con-formidad a lo dispuesto por la Ley 6.694, remite información referente al Fondo de In-

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fraestructura Provincial, correspondiente al mes de junio de 2.013. (Expte. 63755).

A sus antec. Expte. 63755 –H.P.-

3 DESPACHOS DE COMISION

216-De Educación, Ciencia y Técnica y de Derechos y Garantías, aconsejando el archivo de la nota de la Sra. Rosa Sabatini, solicitan-do intervención a fin de que se liquiden los reclamos originados en resolución de la Direc-ción General de Escuelas, por diferencia de zona. (Expte. 62010). 217-De Derechos y Garantías, aconsejando el archivo de la Nota de la Asociación de Licen-ciados en Administración de Mendoza ALAM, remitiendo acta de constatación solicitada por la Lic. Miriam Becerra, en el Consejo de Cien-cias Económicas a fin de requerir la matrícula correspondiente. (Expte. 64017). Al Orden del Día de la próxima sesión.

4 ASUNTOS PARTICULARES

Ing. Carlos Paoletti, remite nota para ser ajuntada al Expte. 64215. (Expte. 64215)

A sus antec. Expte . 64215 -O.S.P.- Delegado Regional de la Unión Personal de Seguridad de la R.A., remite nota a la Comi-sión Bicameral de Seguridad, exponiendo con-sideraciones relacionadas a la contratación de efectivos policiales para cubrir funciones de empresas privadas. (Expte. 64458).

A Bicameral de Seguridad Colegio Público de Abogados y Procuradores, remite nota solicitando una audiencia a los fines de tratar el proyecto de ley, modificando el Art. 31 de la Ley 3641 –aranceles profesio-nales de abogados-. (Expte. 63821)

A sus antec. Expte. 63821 –L.A.C. Colegio Público de Abogados y Procuradores, remite nota solicitando una audiencia a los fines de tratar el proyecto de ley, declarando la necesidad de reforma del Art. 150 de la Constitución Provincial, incluyendo atribucio-nes al Consejo de la Magistratura. (Expte. 63820).

A sus antec. Expte. 63 820 –L.A.C. -

Colegio Público de Abogados y Procuradores, remite nota solicitando una audiencia a los fines de tratar el proyecto de ley, establecien-do y regulando una campaña de difusión y concientización a fin de dar a conocer los de-rechos que les asisten a las víctimas de acci-dentes. (Expte. 63818). A sus antec. Expte. 63818 –L.A.C. y H.P.- Colegio Público de Abogados y Procuradores, remite nota solicitando una audiencia a los fines de tratar el proyecto de ley, creando un régimen legal de licencias para los abogados y procuradores que actúen en su carácter de letrados en causas judiciales radicadas ante la justicia ordinaria. (Expte. 63819)

A sus antec. Expte. 6381 –L.A.C.- Srta. Cinthia Natalia Muñoz, remite nota a la Comisión de D.G., exponiendo caso de pre-sunta violencia de género de la cual fue víc-tima su madre por parte de su padre. (Expte. 64473)

Derechos y Garantías

5 E64454

PROYECTO DE DECLARACIÓN

EL HONORABLE SENADO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

DECLARA: Artículo 1º-: Que esta Honorable Cámara ve-ría con agrado que los Legisladores Nacionales por Mendoza, se aboquen a la presentación de un Proyecto de Ley que modifique el artículo 13 de la Ley 22.431 que instituye el Sistema de Protección Integral de Personas Discapaci-tadas, ampliando las obligaciones del Ministe-rio de Educación de la Nación en materia de provisión de soluciones económicas y logísti-cas para garantizar el acceso y permanencia de las personas con discapacidad en el siste-ma educativo; incorporando el inciso f con el siguiente texto: Art. 13 inc. f: “El Estado debe proveer las soluciones económicas y/o logísticas necesa-rias para garantizar el acceso y permanencia de las personas con discapacidad en el siste-ma educativo” Art. 2º-: De forma.

CLAUDIA TORRES

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

FUNDAMENTOS HONORABLE CÁMARA: El siguiente proyecto tiene por objeto declarar que esta Honorable Cámara vería con agrado que los Legisladores Nacionales por Mendoza, se aboquen a la presentación de un Proyecto de Ley que modifique el artículo 13 de la Ley 22.431 que instituye el Sistema de Protección Integral de Personas Discapacitadas, amplian-do las obligaciones del Ministerio de Educación de la Nación en materia de provisión de solu-ciones económicas y logísticas para garantizar el acceso y permanencia de las personas con discapacidad en el sistema educativo. Dicha solicitud se funda en el pedido realizado por los docentes y alumnos de la Escuela Ar-tesanos Mendocinos, ubicada en el Departa-mento de Godoy Cruz, Mendoza, nacido en el marco del Programa “Nosotras y Nosotros Parlamentarios 2013” El Programa “Nosotras y Nosotros Parlamenta-rios 2013” se desarrolló en la Provincia de Mendoza, a lo largo de 4 meses, con la parti-cipación de 1200 jóvenes de 177 escuelas y con representantes de todos los Departamen-tos de la Provincia. Sus objetivos fueron: - Garantizar la participación protagónica estu-diantil en temas que sean de su interés y el de su comunidad. - Promover en los/as jóvenes prácticas demo-cráticas, espacios de debates y la puesta en común de proyectos como posibilidad de arti-culación con la realidad. - Fomentar la interacción y el diálogo entre sus pares y con los diferentes actores sociales. En la sesión Legislativa llevada adelante el 29 de agosto del presente año, los jóvenes Par-lamentarios realizaron la presentación, trata-miento y aprobación de los proyectos trabaja-dos y desde allí surge esta iniciativa donde se debate sobre las dificultades que enfrentan cotidianamente las personas con discapacidad, es decir, una multiplicidad de barreras y obs-táculos tanto físicos, arquitectónicos, como sociales que se traducen en deficiencias en su accesibilidad e inclusión social: falta de capa-citación e inserción laboral; dificultades en el transporte, acceso edilicio y finalmente el desconocimiento de sus derechos, programas y políticas públicas existentes. Particularmente, respecto del presente pro-yecto de Declaración, es necesario mencionar los antecedentes normativos en los que se

apoya la necesidad de ampliar el alcance del artículo 13 de la ley 22.431. Por una parte, la Constitución Nacional esta-blece en su artículo 5 el derecho de todos los habitantes de la República de enseñar y aprender. Adicionalmente, la Ley de Educación N° 26.026 establece que la educación y el cono-cimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado En sus artículos N° 79 y N° 80, garantiza la inclusión educativa a través de políticas uni-versales, de estrategias pedagógicas y de asignación de recursos que otorguen prioridad a los sectores que más lo necesiten. La Ley 26.061, de Protección de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes, establece en su artículo N° 5 que es prioritario para los organismos del Estado mantener siempre presente el interés superior de las personas sujetos de esta ley y la asignación privilegiada de los recursos públicos que la garanticen. Por otro lado, la Resolución del Consejo Fede-ral de Educación N° 155/11, Anexo Educación Especial, establece que: Art.14: La educación especial es la modalidad del Sistema Educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades del Siste-ma. La Educación Especial se rige por el prin-cipio de la inclusión educativa (…). Art. 27: Para dar cumplimiento al Capítulo VIII de la Ley 26.026, los Ministerios de Edu-cación Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, junto al Ministerio Nacional a través de la Coordinación Nacional de Educa-ción Especial se comprometen de manera progresiva a partir del año 2012 a:

- Garantizar el acceso a la educación de todas y todos los niños, niñas, adoles-centes y jóvenes con discapacidad que aún no asisten al sistema educativo.

- (…) Este modelo organizacional pro-penderá a formar ciudadanos/as autó-nomos, creativos y críticos en el pasaje a la vida adulta, y brindará herramien-tas para su incorporación en el mundo del trabajo.

Art. 53 inc. 4.4: Educación Rural: garantizar el cumplimiento de la obligatoriedad escolar de los/las alumnos/as con discapacidad de zonas rurales, a través, a través de la provisión de recursos humanos y materiales, mediante propuestas pedagógicas adecuadas a las ne-cesidades de cada estudiante, que fortalezcan

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166° Periodo Legislativo PERIODO ORDINARIO Diario de Sesiones N° 6

el vínculo con las identidades culturales y las actividades productivas locales. Finalmente, además de las mencionadas nor-mas y el marco que da la propia Ley Nacional de Educación, los alumnos de la Escuela Arte-sanos Mendocinos, participantes del Programa Nosotras y nosotros Parlamentarios 2013, explican que “a pesar de la existencia de la gratuidad del transporte público para personas con discapacidad y de la provisión de trans-portes escolares (compartidos entre varias escuelas) por parte de la Dirección General de Escuelas, articulada con Municipalidades, los educandos concurrentes a escuelas urbano marginales o rurales, no tienen garantizado su acceso y permanencia en la institución. Esto se debe principalmente a que viven en zonas rurales o semirurales; lejanos a la misma, por lo que el transporte provisto y existente no llega hasta sus casas. Las niñas, niños y ado-lescentes, no se inscriben y si lo hacen, no tiene continuidad. Esto se acentúa especial-mente en las personas de bajos recursos, cuyos padres o tutores no pueden llevarlos a las escuelas”. Por todos los fundamentos arriba expresados, más los que oportunamente mencionaremos, es que es que solicitamos a las señoras y se-ñores senadores la aprobación del presente proyecto de Declaración. Mendoza, 18 de octubre de 2013.

CLAUDIA TORRES

A Educación, Ciencia y Técnica

6 E64457

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y:

Artículo 1º.- Objeto La presente Ley tiene por objeto prevenir, sancionar y erradicar la violencia en el ámbito laboral:

a) Se prohíbe en todo el territorio de la Provincia ejercer sobre otro las conduc-

tas que esta Ley define como violencia laboral en el ámbito de los tres poderes del estado provincial, entes autárquicos y descentralizados y los municipios del sector público y del sector privado de Mendoza.

Artículo 2°.- Definición.

a) Se entiende por violencia laboral las acciones y omisiones de personas o grupo de personas que, en ocasión del ámbito o relación laboral, en forma sis-temática y recurrente, atenten contra la dignidad, integridad física, sexual, psicológica y/o social de un trabaja-dor/a, mediante acoso sexual, abuso de poder, ataques, amenazas, intimi-dación, amedrentamiento, inequidad salarial, trato discriminatorio, maltrato físico, psicológico y/o social.

b) Se considerará que la violencia labo-ral reviste especial gravedad cuando la víctima se encuentre en una situación de particular vulnerabilidad, por razón de su edad, estado de salud, inferiori-dad jerárquica, u otra condición análo-ga.

Artículo 3º.- Ámbito de Aplicación. El presente régimen es aplicable a todo tipo de relación laboral, quedando comprendido el personal que presta servicios con carácter permanente, transitorio o contratado de cual-quier organismo público o privado. Artículo 4º.- Maltrato Psíquico y Social. Se entiende por maltrato psíquico y social contra el trabajador/a a la hostilidad continua y repetida en forma de insulto, hostigamiento psicológico, uso deliberado del poder, abuso verbal, intimidación, desprecio y crítica. Se define con carácter enunciativo como maltrato psíquico y social a las siguientes acciones ejercidas contra el/la trabajador/a:

a. Bloquear constantemente sus inicia-tivas de interacción generando aisla-miento.

b. Cambiar de oficina, lugar habitual de trabajo con ánimo de separarlo/a de sus compañeros/as o colaboradores/as más cercanos/as. c. Prohibir a los empleados/as que hablen con él/ella. d. Obligarlo/a a ejecutar tareas deni-grantes para su dignidad personal.

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

e. Juzgar de manera ofensiva su des-empeño en la organización. f. Asignarle misiones sin sentido, inne-cesarias, con la intención de humillar. g. Encargarle trabajo imposible de rea-lizar, o tareas que estén manifiesta-mente por encima o por debajo de su preparación y de las exigencias del car-go que ocupe, o no asignarle tarea al-guna. h. Obstaculizar o imposibilitar la ejecu-ción de una actividad, u ocultar las herramientas necesarias para concretar una tarea atinente a su puesto. i. Promover su hostigamiento psicológi-co. j. Amenazarlo/a repetidamente con despido infundado. k. Privarlo/a de información útil para desempeñar su tarea o ejercer sus de-rechos. l. Obstaculizar y/o imposibilitar el as-censo del empleado/a de manera in-fundada y/o arbitraria. m. Extender el horario laboral, inclusive mediante habilitación de día y hora, por motivos infundados y/o arbitrarios. n. Gritar, insultar o tratar de manera ofensiva al personal de inferior jerar-quía. o. Negar cursos de capacitación o ac-tualización que son concedidos a otros empleados en situaciones similares. p. Negar en forma injustificada y repe-tida permisos a los que tiene derecho. q. Crear dificultades cotidianas que difi-culten o imposibiliten el normal desem-peño. r. Efectuar amenazas de acudir a la fuerza física.

Artículo 5º.- Maltrato Físico. Se entiende por maltrato físico a toda conduc-ta que esté dirigida a ocasionar un daño o sufrimiento físico a los/las trabajadores/as. Artículo 6º.- Acoso. Se entiende por acoso a la acción persistente y reiterada de incomodar con palabras, ges-tos, bromas, o insultos en razón de su género,

orientación sexual, ideología, edad, nacionali-dad u origen étnico, color, religión, estado civil, capacidades diferentes, conformación física, preferencias artísticas, culturales, de-portivas, situación familiar, social, económica, o cualquier circunstancia que implique distin-ción, exclusión, restricción o menoscabo. Artículo 7º.- Acoso Sexual. Se entiende por acoso sexual todo acto, co-mentario reiterado, conducta y/o manifesta-ción ofensiva, ya sea de forma verbal, escrita, simbólica o física, con connotación sexual no consentida por quien la recibe, y que perjudi-que su cumplimiento o desempeño laboral y/o bienestar personal cuando concurriere alguna de las siguientes circunstancias:

a. Cuando se formulare con anuncio expreso o tácito de causar un daño a la víctima respecto de las expectativas que pueda tener en el ámbito de la re-lación.

b. Cuando el rechazo o negativa de la víctima fuere utilizado como fundamen-to de la toma de decisiones relativas a dicha persona o a una tercera persona vinculada directamente con ella.

c. Cuando el acoso interfiriere el habi-tual desempeño del trabajo, estudios, prestaciones o tratamientos, provocan-do un ambiente intimidatorio, hostil u ofensivo.

d. El acoso sexual reviste especial gra-vedad cuando la víctima se encontrare en una situación de particular vulnera-bilidad.

Artículo 8º.- Sanciones. Las conductas definidas en los artículos 4º al 7º deben ser sancionadas con un correctivo que abarca desde el apercibimiento hasta la suspensión preventiva del trabajador, de has-ta 60 días sin prestación de servicios ni per-cepción de haberes; y/o traslado del mismo hasta la conclusión del respectivo sumario.

a) Conforme a la magnitud de las con-secuencias gravosas y perjuicios para el acosado, y teniendo en cuenta la gravedad de la falta, podrá aplicarse la sanción de cesantía o exoneración en el caso de los agentes públicos, o bien el despido con causa en caso de trabaja-dores del sector privado.

Artículo 9º.- Procedimiento Aplicable. La víctima debe comunicar al superior jerár-quico inmediato la presunta comisión del

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166° Periodo Legislativo PERIODO ORDINARIO Diario de Sesiones N° 6

hecho ilícito sancionado por esta Ley, salvo que fuere éste quien lo hubiere cometido, en cuyo caso debe informarlo al/la funcionario/a superior al/la denunciado/a. La recepción de la denuncia debe notificarse al área de suma-rios correspondiente, a los efectos de instruir la actuación sumarial pertinente.

a) Cuando existiere un órgano de cole-giación o disciplina que regule el ejerci-cio de la profesión del/la denunciado/a debe notificársele la denuncia.

b) Por cada denuncia que se formule se ins-truirá un sumario.

c) A los efectos de la tramitación del mismo se aplicarán las disposiciones estatutarias del régimen de empleo pú-blico al que pertenezca el sujeto de-nunciado. Si el cargo fuera sin estabili-dad y no estuviera alcanzado por los estatutos del personal, el titular del po-der u organismo al que perteneciere el trabajador determinará el procedimien-to a seguir para formular la denuncia y designará un instructor a efectos de sustanciar el sumario y deconstatar la existencia del hecho irregular, luego de lo cual se procederá a la remoción y/o destitución del cargo.

En la instrucción del sumario respectivo se deberá garantizar el carácter confidencial de la denuncia. Artículo 10°.- Responsabilidad solidaria. La autoridad jerárquica del área que haya sido notificado de la existencia de hechos de vio-lencia laboral es responsable por las actuacio-nes del personal a su cargo contra cualquier trabajador, salvo que acredite fehacientemen-te que tomó una acción inmediata y apropiada para corregir la situación. Asimismo, es responsable por los actos de violencia laboral por parte de personas que no estuvieran a su cargo hacia personas que sí lo estén cuando la violencia laboral se cometiera en ocasión de sus funciones y siempre que esté notificado de tales hechos, salvo que acredite fehacientemente que tomó una ac-ción inmediata y apropiada para corregir la situación. Artículo 11°.- Aplicación. Los organismos obligados deben establecer un procedimiento interno, adecuado y efectivo en cumplimiento de esta Ley. Asimismo debe facilitar y difundir su conocimiento, y estable-cer servicios de orientación, a fin de promover que el ámbito de trabajo se encuentre libre de conductas que signifiquen violencia laboral.

Artículo 12°.- Reserva de Identidad. Desde el inicio y hasta la finalización del pro-cedimiento sancionatorio, la autoridad intervi-niente debe adoptar todos los recaudos nece-sarios que garanticen la confidencialidad, dis-crecionalidad y el resguardo absoluto de la identidad de todos los involucrados. La reserva de la identidad del damnificado se extiende aún después de concluido el proce-dimiento. Artículo 13°.- Protección a denunciantes y testigos. Ningún trabajador/a que haya sido víctima de violencia laboral, que haya denunciado las mismas o haya comparecido como testigo, podrá sufrir perjuicio alguno en su empleo o en cualquier otro ámbito, cuando el mismo le fuera ocasionado como represalia por su de-nuncia o testimonio. Se presume, salvo prueba en contrario, que la cesantía o exoneración y cualquier alteración en las condiciones de empleo que resulte per-judicial para la persona afectada, obedece a su denuncia o participación en el procedimien-to relacionado con la violencia laboral, cuando dicha alteración ocurre dentro de los seis (6) meses subsiguientes a su denuncia o partici-pación. Artículo 14°.- Comuníquese, etc.

MILAGROS SUAREZ

FUNDAMENTOS H. Cámara: El principal menoscabo que hoy en día sufre la sociedad en el ámbito laboral es precisamente el acoso laboral, también conocido como mobbing, que cotidianamente afecta de mane-ra directa a la dignidad humana. Se trata de una problemática mundial que alcanza a los trabajadores sin importar el sexo, la profesión o el status social. Dicho menoscabo se presenta como una serie de comportamientos hostiles con actitudes agresoras, discriminatorias, degradantes y de sometimiento hacia una persona que desem-peña determinada labor. El o los sujetos acti-vos de este fenómeno, en la mayoría de los casos, son personas que ocupan una posición de mando, dirección o poder en las relaciones de trabajo, no obstante que, en otras ocasio-nes puede venir el maltrato laboral de un compañero u otro dependiente de la dirección.

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

El mobbing se ha venido estudiando desde los años ‘80 en países como Noruega y Suecia, y el término fue tomado de manera semejante “al comportamiento de algunas aves que es-tando agrupadas atemorizan a un animalito solitario”, es decir, que la persona física, viene a ser susceptible de un quebranto a su digni-dad, traducido en múltiples afecciones a su bienestar psíquico y físico. Estas conductas denigrantes se presentan día tras día en las relaciones laborales, tanto en empresas privadas como en instituciones pú-blicas; por ello la necesidad de estudiar y abordar al fenómeno del acoso de un modo integral, es decir, reconocimiento y detección de los sujetos que intervienen, las causas que lo originan, las características especiales de este comportamiento, como surgió, cuando surgió y como esta reglamentado en el país. En Argentina, se sancionó con fecha 4 de di-ciembre del 2003, en la Ciudad Autónoma de Bs. As., la Ley N° 1.225, que tiene por objeto sancionar y erradicar la violencia en el ámbito laboral del sector público de esa Ciudad; ya que anteriormente no existía regulación espe-cífica sobre este tema, lo que en ningún caso suponía autorizar que los trabajadores sopor-taran este tipo actos. Luego, en el año 2013 se promulgó una nueva ley, la N° 4.330 que modifica, amplía y espe-cifica conceptualmente la temática abordada en la Ley 1.225, comenzando por agregar como objeto de la misma, a la prevención de la violencia laboral. (Art. 1°). Regular y precisar legalmente el mobbing y sus consecuencias dentro de los ámbitos labo-rales privados y públicos, tiene que ver con proteger la paz social y no dificultar el ejerci-cio del trabajo de las personas, otorgándole mecanismos de defensa legítimos en los su-puestos en que las afrentas laborales provo-quen una aflicción directa a su dignidad. El trabajo, como actividad lucrativa que desarro-lla cada persona, se convierte en el centro de la vida de la misma, y, si bien el derecho labo-ral se encaarga de proteger al trabajador de las posibles irregularidades y abusos económi-cos de los empleadores, sabido es, que en el entramado de relaciones laborales/ personales cotidianas que se tejen en los ambientes de las empresas y servicios públicos, se generan desavenencias, discusiones y malos tratos. Se define al acoso laboral “mobbing”, como un acto contrario a la dignidad de la persona, configurado por toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterados, ejercida por el empleador o por uno o más compañe-ros, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio, que tenga como resulta-do, para el o los afectados, su menoscabo,

maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportuni-dades en el empleo. Por ello, para esta la ley, no bastaría, para configurar abuso, un acto aislado, como una broma esporádica, sino que debería existir la suma de situaciones recurrentes que tengan un efecto relevante de maltrato o perjuicio en la situación laboral de una persona. Además, un acto de acoso laboral puede ser cometido tanto por el empleador, sus representantes, como por trabajadores. El mobbing puede ser de diversos tipos, según sea la jerarquía del acosador y de la persona acosada. Así el acoso puede ser de tipo des-cendente, horizontal o ascendente. El acoso laboral descendente es el que ejerce una persona de nivel jerárquico superior en contra de otro inferior. Por su parte, el acoso laboral horizontal existe cuando un trabajador que se ve acosado por un compañero con el mismo nivel jerárquico. Un típico ejemplo sería el realizado por varios compañeros de un mismo nivel jerárquico en contra de otro compañero, dentro de una misma área o departamento. Finalmente, el acoso laboral ascendente es el realizado por una persona de cargo inferior o subordinado, a otro que ostenta un cargo jerárquico superior. Un ejemplo práctico de esta situación puede ocurrir cuando una nueva jefatura asume un puesto y es rechazado con humillación por sus subordinados, dificultando con despropósito la organización y dirección que debe ser ejercida por esa jefatura. El presente proyecto debe ser interpretado en forma concordante con las normas del dere-cho laboral, que regula las causales de despi-do y las indemnizaciones correspondientes en cada caso, ya sea estableciendo al acoso labo-ral como causal de despido indirecto, en co-ntra del empleador, si es el empleador quien comete un acoso laboral en contra de cierto trabajador con el objetivo de, por ejemplo forzarlo a renunciar, el trabajador pueda ter-minar su contrato de trabajo y reclamar el pago de una indemnización sustitutiva del aviso previo; y demás compensaciones que por ley correspondan. Como contrapartida, y con el objetivo de di-suadir reclamos infundados de trabajadores, quien denuncie un acoso laboral falsamente o con ánimo de lesionar la honra de la persona demandada, estará obligado a indemnizar los perjuicios de las personas a las que haya atri-buido cometer el acto de acoso, y puede sufrir hasta sanciones penales por incurrir en falsa denuncia.

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166° Periodo Legislativo PERIODO ORDINARIO Diario de Sesiones N° 6

A nivel nacional, se encuentra vigente la Ley 26.485 contra la violencia de género, que rige desde el año 2009, y hoy en día están comen-zando a dictarse los primeros fallos de los Tribunales en la materia. Dicha norma nos habla de la violencia institucional y también laboral, por lo que, siendo conocido actual-mente el derecho que asiste a las víctimas, hoy, se están judicializando este tipo de situa-ciones. Existen agresiones más graves, como la dis-criminación entre compañeros de trabajo por género, dando promociones y ascensos a unos y postergando a otros por tener una orienta-ción sexual o género diferente, como también distintas exposiciones, incluso algunas que acarrean riesgos para la salud de la víctima. Por los motivos expuestos solicito a la H. Cá-mara la aprobación del siguiente proyecto de ley. Mendoza, 17 de Octubre 2013.

MILAGROS SUAREZ A Legislación y Asuntos Constitucionales

y Asuntos Sociales y Trabajo

7 E64459

PEDIDO DE INFORMES

EL HONORABLE SENADO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

R E S U E L V E:

Art. 1º: “Solicitar a la Subsecretaría de Dere-chos Humanos del Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos de la provincia de Mendoza informe a esta Honorable Cámara de Senadores sobre los siguientes puntos referi-dos a la aplicación de la Ley 8.395/12:

1°: Nómina de las personas que se han inscripto para recibir el beneficio de otorga la Ley 8.395/12, indicando nombre, documento y dirección.

2°: En su caso, nómina de los benefi-ciarios que recibieron el subsidio otor-gado por la ley, indicando nombre, do-cumento, dirección y lugar donde se

desempeñaba en la administración pú-blica durante el período a que se refiere el art. 2º inc. a) de la ley.

3°: Monto total de erogaciones por aplicación de la ley al día de la fecha. Art. 2: De forma.

GUSTAVO CAIRO

FUNDAMENTOS: HONORABLE CAMARA: Constituye una obligación constitucional de quienes integramos el Poder Legislativo de la provincia de Mendoza velar por el cumplimien-to de las leyes, y sobre todo, por la buena marcha de la administración provincial. En este sentido, mediante la Ley 8.395 se estableció el pago de un beneficio vitalicio mensual para quienes fueron detenidos en virtud de la aplicación de diversas leyes du-rante la última dictadura militar en el periodo comprendido entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983. Se hace necesario para ejercer la facultad constitucional a que se ha hecho referencia y conocer en detalle la aplicación de dicha nor-ma en lo que se refiere a los fondos erogados, inscriptos, etc. Mendoza, 21 de octubre de 2013.

GUSTAVO CAIRO A Legislación y Asuntos Constitucionales

8 E64460

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y:

Artículo 1°: Declarar de utilidad pública y su-jeto a expropiación el terreno necesario para la construcción de un Centro de Salud, Centro

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

Integrador Comunitario (CIC), Escuela y Jar-dín en el Distrito Gualtallary, en el Departa-mento Tupungato. Artículo 2°: De forma.

NÉSTOR MÁRQUEZ GUILLERMO AMSTUTZ

FUNDAMENTOS HONORABLE CÁMARA: El presente Proyecto de Ley tiene por objeto declarar de utilidad pública y sujeto a expro-piación el terreno necesario para la construc-ción de un Centro de Salud, Centro Integra-dor Comunitario (CIC), Escuela y Jardín en el Distrito Gualtallary, en el Departamento Tu-pungato. Los Centros Integradores Comunitarios (CIC) son espacios públicos de integración comuni-taria, construidos en todo el país, para el en-cuentro y la participación de diferentes acto-res que trabajan de modo intersectorial y par-ticipativo con el objetivo de promover el desa-rrollo local en pos de la inclusión social y del mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades. Los CIC constituyen una instancia de articula-ción entre el Gobierno nacional, provincial, municipal, organizaciones sociales y políticas y la sociedad civil, de la cual también participan los ministerios nacionales que conforman el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales. Los CIC, ubicados en las zonas más vulnera-bles del país, son construidos por cooperativas especialmente conformadas por familias y vecinos de la comunidad. Esta estrategia re-presenta un modelo de gestión pública que implica la integración y coordinación de políti-cas de atención primaria de la salud y desa-rrollo social en un ámbito físico común de escala municipal. Con el objetivo de generar nuevos espacios para el desarrollo de actividades deportivas y recreativas, se incorporaron a los CIC instala-ciones especialmente destinadas a estos fines, que se encuentran en funcionamiento. Según producto del trabajo de FAVIM ACCION CIUDADANA, que gracias al apoyo de NED (National Endowment for Democracy) lleva adelante el proyecto de “Fortalecimiento de la ciudadanía local para promover el cumpli-miento de las promesas de campaña” en los departamentos de Godoy Cruz, Lavalle y Tu-pungato, hay datos respecto del departamen-to que nos hablan de la necesidad de de la construcción de un CIC:

Hacinamiento: hogares que tuvieran más de tres personas por cuarto. En Tupungato, 4.334 habitantes se encuentran en estado de hacinamiento crítico, lo que representa el 15,18% de la población del departamento y el 3,58% del total provincial (121.028 habitan-tes) Vivienda: hogares en una vivienda de tipo inconveniente (pieza de inquilinato, vivienda precaria u otro tipo, lo que excluye casa, de-partamento y rancho). La presencia de este tipo de hogares solamente representa el 0.8% del total. (Octubre del 2006) Condiciones sanitarias: hogares que no tuvie-ran ningún tipo de retrete. En el departamen-to, solamente el 0.4% de las viviendas care-cen de baño o letrina (Octubre del 2006) Objetivos específicos: Facilitar a los ciudadanos el acceso a informa-ción pública y política sobre su departamento, especialmente en lo referido información pú-blica sustantiva, necesaria para el monitoreo ciudadano del accionar estatal, y mecanismos para la participación ciudadana existentes a nivel local. Contribuir a estimular el desarrollo de OSC de apoyo a nivel local, fortaleciendo sus capaci-dades institucionales para el monitoreo del cumplimiento de las promesas de campaña y políticas públicas a nivel municipal. Estimular la cultura a nivel local, promoviendo la generación de instancias el gobierno entre local y la comunidad. Según el mencionado informe y en el análisis de la situación de muchos de los afectados por los temporales de este último año, donde quedó evidenciada la precariedad en la que viven muchos de los pobladores del departa-mento, se hace evidente que en el algunos sectores hace falta la construcción de un CIC, en el afán de hacer más equitativa las oportu-nidades de acceso a muchas de las posibilida-des que la existencia de estos instrumentos sociales ofrecen para la población en general y para aquellos que viven en condiciones menos favorables. Por estas razones y las que oportunamente se expondrán, solicitamos a los Sres. Senadores nos acompañen con su voto en la sanción del presente Proyecto de Ley. Ciudad de Mendoza, 18 de Octubre de 2013.

NÉSTOR MÁRQUEZ GUILLERMO AMSTUTZ

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ÁREA SOLICITADA PARA UBICACIÓN DE: Centro de Salud -- C. I. C. -- Escuela y Jardín Distrito: Gualtallary --- Departamento: Tupungato INFORME TÉCNICO - LEGAL Se detallan las medidas lineal y superficial de la propiedad afectada, como también el titu-lar, con la inscripción de dominio. En cuanto a los datos catastrales sólo registra Nomencla-tura Catastral:

Lado: 1 - 2 = 118 mts Lado: 2 - 3 = 125 mts Lado: 3 - 4 = 204 mts Lado: 4 - 5 = 83 mts Lado: 5 - 1 = 200 mts Superficie Afectada: 2 ha 1600 m2 Titular: Sucesión de Angelino Are-nas Inscripción del dominio: Nº 264 - Fs. 301 - Tº 2 de Tupungato Nomenclatura Catastral: 14-99-00-0300-300350 (parte de una mayor ex-tensión). Se deberá constituir una Servidumbre de riego y tránsito, a favor del Depar-tamento General de Irrigación, en un ancho de 10 mts. y por toda la longi-tud existente que corresponde al canal Esquina, para asegurar la circulación y mantenimiento de dicho canal y sus aguas de riego.

PROYECTO RUTA PRIMARIA -ancho: 30 mts- ACCESO AL "PARQUE PROVINCIAL VOLCÁN TUPUNGATO" Distritos: Santa Cla-ra/Gualtallary --- Departamento: Tupungato. INFORME TÉCNCO - LEGAL Se detallan las afectaciones que corresponden a cada propiedad en cuanto a a medidas lineal y superficial, titular, con su inscripción de dominio en el Registro de la Propiedad, datos catastrales de, nomenclatura catastral y Nº de plano de mensura, del cual forma parte el presente proyecto:

Puntos A al B = 2.650 mts Superficie Ruta Primaria: 7 ha 9500 m2, más, Área de Servicios: 2ha. Total Superfi-cie Afectada: 9 ha 9.500 m2 Titular: Villa Atuel S.A. Inscripción dominio: Nº 6562 - Fs. 557 - Tº 27 Par de Tu-pungato Nomenclatura Catastral: 14-20-88-3200-126421 Plano de Mensu-ra: Nª 4045/14. Puntos B al C = 750 mts Superficie Afectación Ruta Primaria: 2ha 2.500

m2 Titular: posesión del Departamen-to General de Irrigación (trámite de tí-tulo supletorio) Inscripción del domi-nio: Nº264, Fs. 301, Tº 2 de Tupunga-to (titular registral: Sucesión de Ange-lino Arenas) Nomenclatura Catastral: NO TIENE Plano de Mensura: Nº 949/14. Puntos C al D = 200 mts Superficie Afectación Ruta Primaria: 6.000 m2 Titular: Integra Consultores y Servi-cios S.A. Inscripción del dominio: Nº 4569 - Fs. 728 - Tº 22 Impar de Tu-pungato Nomenclatura Catastral: 14-07-88-3200-748670 Plano de Mensu-ra: Nº 6995/14. Puntos D al E = 7.350 mts Superficie Afectación Ruta Primaria: 22 ha 0500 m2 Titular: José Luis Manzano Inscrip-ción del dominio: Folio Real, Matrícula Nº 311922/14 Nomenclatura Catas-tral: 14-07-88-1200-102662 Plano de Mensura: Nº 5398/14. Puntos E al F = 1.000 mts Puntos F al G (Puesto Santa Clara) = 6.650 mts Puntos G (Puesto Santa Clara) al H (Tres Quebradas)= 17.150 mts Total Longitud Puntos E al H = 24.800 mts Superficie Ruta Primaria: 74 ha 4.000 m2, más, Área de Servicios: 2 ha. To-tal Superficie Afectada: 76 ha 4.000 m2 Titular: Estado Nacional Argentino Inscripción del dominio: Nº 2084 - Fs. 493 - Tº 13 de Tupungato Plano de Mensura: Nº 2740/14 Parte del tramo comprendido entre los puntos G y H, se encuentra afectado por Ley Provin-cial Nº 6.116/94 - Modificación Límites Parque Provincial Tupungato.

A Legislación y Asuntos Constitucionales,

Salud y Educación, Ciencia y Técnica

9

E64461 PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS

DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y:

Artículo 1°: Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el terreno compuesto

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

por una franja de campo de 35.750 metros de largo y 30 metros de ancho, ubicado en los Distritos de Santa Clara y Gualtallary, con el fin de realizar la construcción de la Ruta Pri-maria Acceso al Parque Provincial “Volcán Tupungato”. Art. 2º: Incorpórese en carácter de obra nue-va en las planillas analíticas que integran el Plan de Obras Públicas para el Presupuesto Provincial año correspondiente, el siguiente ítem: “Estudio, proyecto y mensura de los terrenos a expropiar para el denominado Ruta Primaria Acceso al Parque Provincial Volcán Tupungato”. . Art. 3º: El Poder Ejecutivo determinará y afec-tará la partida presupuestaria necesaria para el cumplimiento de lo establecido en el art.1º. Art. 4º: De forma.

NÉSTOR MÁRQUEZ GUILLERMO AMSTUTZ

FUNDAMENTOS HONORABLE CÁMARA: El presente proyecto de Ley tiene por objeto declarar de utilidad pública y sujeto a expro-piación el terreno compuesto por una franja de campo de 35.750 metros de largo y 30 metros de ancho, ubicado en los Distritos de Santa Clara y Gualtallary, con el fin de realizar la construcción de la Ruta Primaria Acceso al Parque Provincial “Volcán Tupungato”. El Volcán Tupungato (6.550 m) es la tercera cumbre más elevada de la Cordillera Central de los Andes, después del Aconcagua (6.959 m) y el Mercedario (6.770 m). Este gran vol-cán se sitúa en la frontera argentino-chilena, a unos 80 km. al sur del Aconcagua y cuenta con varias aproximaciones. En un marco de gran belleza escénica, el vol-cán más antiguo de macizo andino se yergue con su cima rodeada de extensos glaciares que alimentan muchos cauces de agua, lo que en su conjunto brinda paisajes esplendorosos. Esta circunstancia, generalmente, actúa como mayor atractivo para los que gustan del tu-rismo aventura y evitan los centros turísticos donde está todo pautado y con presencia de mucho público. Es un lugar excepcional para practicar trek-king por la riqueza escénica, donde a cada paso se descubre un detalle del entorno que no habíamos percibido antes y por la sensa-ción, tan difícil de describir con palabras, que

se experimenta ante una naturaleza agreste, hostil, majestuosa e inmensamente bella. Otro tanto habría que decir para los que gustan de la fotografía de naturaleza tanto por los am-plios paisajes, como por los detalles que una saliente de la ladera, un pequeño torrente de agua, piedras de distintos tonos y formas, escasa pero vistosa vegetación que lucha te-nazmente contra la inclemencia del tiempo, valles como el De las Taguas, el Termas de Polleras o el Paso de Pircas o ventisqueros con el Del Plomo, por sólo mencionar algunos ac-cidentes geográficos al azar, la silueta de al-gún cóndor, águila mora y una manada de guanacos puede permitirnos incursionar en el safari fotográfico, y muchos comentarios que podrían hacerse sobre los recónditos lugares que muy probablemente si no quedaron plas-mados en una fotografía, muy difícilmente se borrarán de nuestra memoria. Las posibilidades que ofrece el área son múlti-ples pero hay que mencionar que el acceso presenta ciertas dificultades por el confina-miento del área y la topografía del terreno. Detrás de la posibilidad de desarrollo de la zona y en la seguridad de que un acceso más directo al cerro generaría las condiciones para una mayor promoción de este rincón de la geografía mendocina, es que proponemos la presente declaración de utilidad pública y su-jeto a expropiación, los terrenos necesarios. Por ello consideramos importante que desde el ámbito legislativo facilitemos las gestiones para que el Poder Ejecutivo pueda tomar po-sesión de dicho terreno y avanzar sobre la obra. En virtud de los motivos expuestos y las razo-nes esgrimidas solicitamos a esta H. Cámara apruebe el proyecto de ley que ponemos a su consideración. Ciudad de Mendoza, 18 de Octubre de 2013.

NÉSTOR MÁRQUEZ GUILLERMO AMSTUTZ

A Legislación y Asuntos Constitucionales y

Obras y Servicios Públicos

10 E64466

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y:

Artículo 1º: De conformidad a lo establecido en el Inc. 6 del artículo 105, de la Constitución

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29 de octubre del año 2013 H. CAMARA DE SENADORES Pág. 1613

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166° Periodo Legislativo PERIODO ORDINARIO Diario de Sesiones N° 6

de la provincia de Mendoza, convocase a Asamblea General prevista en su Capitulo VII - Sección III, a fin de realizar un homenaje al cumplirse 30 años de democracia ininterrum-pida desde 1983. Art. 2º: El Sr. Presidente del Honorable Sena-do de la provincia de Mendoza, deberá convo-car a la Asamblea General prevista en el arti-culo anterior, para el día 10 de diciembre de 2013, en el marco del reglamento respectivo. Art. 3: Desde la Presidencia de la Honorable Legislatura se realizarán las acciones corres-pondientes con el objeto de invitar a todos los Gobernadores y Vicegobernadores con man-dato cumplido durante estos últimos 30 años y en su caso, a los familiares de los fallecidos. Art. 4: De forma

JUAN CARLOS JALIFF

FUNDAMENTOS H. Cámara: El presente proyecto de ley tiene como finali-dad convocar a Asamblea Legislativa a fin de realizar un homenaje al cumplirse 30 años de democracia ininterrumpida desde 1983. El trigésimo aniversario de la recuperación democrática se presenta como un momento propicio para, desde la Honorable Legislatura de Mendoza, examinar estas tres décadas reflexionando sobre qué es la democracia, sus alcances, los logros conseguidos y los desafío a afrontar. La necesidad de que esta Cámara encare este tipo de actividad radica en la relevancia de la Casa de las Leyes en el proceso democrático. Tenemos la posibilidad de mirar estos treinta años como un proceso en el que crecimos en conquistas sociales, en la recuperación de la vida institucional, manifestación popular, am-pliación de derechos, libertad de expresión… Todas estas realidades son posibles a partir de las condiciones que generan una sociedad y un Estado comprometidos con garantizar la democracia como espacio de resolución de conflictos y confrontación política. En los 30 años de democracia, el mejor homenaje que le podemos hacer a ella, es convocar a todos los actores de nuestra socie-dad para encarar las acciones correspondien-tes, que conduzcan a instaurar un país con todos aquellos que hoy, estén dispuestos a sumarse a la tarea de “Constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz

interior, proveer a la defensa común, promo-ver el bienestar general y asegurar los benefi-cios de la libertad para nosotros, para nuestra prosperidad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino” Por lo expuesto, y con el convencimiento de estar aportando al Bien Común General de la Provincia, es que solicito a esta Honorable Cámara de Senadores la aprobación del pre-sente proyecto de ley, en razón que es la úni-ca manera de convocar asamblea general fuera de lo establecido por la constitución. Mendoza, 30 de setiembre de 2013.

JUAN CARLOS JALIFF A Legislación y Asuntos Constitucionales

y Obras y Servicios Públicos

11 E64467

PROYECTO DE RESOLUCION

EL HONORABLE SENADO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

R E S U E L V E:

Artículo 1º- Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de la Dirección General de Escuelas, arbitre las medidas pertinentes a los fines de evitar al cierre de la sede del Instituto de Edu-cación Superior, “Manuel Belgrano” Nº 9008, ubicada en el distrito de Rodeo del Medio, departamento Maipú. Art. 2º- De Forma.

MATÍAS STEVANATO

FUNDAMENTOS HONORABLE CÁMARA: El presente Proyecto de Resolución tiene por objetivo Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de la Dirección General de Escuelas, arbitre las medidas pertinentes a los fines evitar el cierre de la sede del Instituto de Edu-cación Superior, “Manuel Belgrano” Nº 9008,

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

ubicada en el distrito de Rodeo del Medio, departamento Maipú. El I.E.S, Instituto de Educación Superior Ma-nuel Belgrano, cuanta con diferentes cedes en la Provincia, entre ellas encontramos:

-Las Heras, Dr. Moreno 1420. Esc. Ma-rio Casale

-Capital, Rodríguez Esq. Lamadrid- Ciudad -. Esc. Químicos Argentinos

-Godoy Cruz, Av. San Martín 1276. Esc. Manuel Belgrano

-Rodeo del Medio - Maipú, Ruta Provin-cial 50 S/n. Esc. Don Juan Isidro Maza. Es en esta última zona donde los alum-nos están al borde de perder su per-manencia en el instituto y con la pre-ocupación de perder una posibilidad de educarse y tener un titulo.

Entre las carreras que se dictan encontramos: -Analista y programador superior de sistemas: Incumbencias: Debe contar con toda la base de conocimientos en los dos primeros años donde se apunta a desarrollar las aptitudes de programación. En el transcurso del último año se formará el alumno en las técnicas de mo-delado, diseño e implementación de sistemas soportados en base de datos y se especializan conocimientos en programación avanzada y el diseño de sitios web. -Telecomunicaciones: Formar al estudiante en el proceso de instalación, supervisión, puesta en servicio de equipos de telecomunicaciones, comercialización y control de servicios, así mismo podrá participar en el diseño y montaje de sistemas y redes de comunicaciones análo-gas y digitales utilizando herramientas y equi-pos con tecnología moderna. -Mantenimiento e instalación de equipos in-formáticos: El Técnico Superior en Reparación e Instala-ción de Equipamiento Informático es un profe-sional capacitado en la instalación, en el área específica de organizaciones o empresas pú-blicas y/o privadas, que incluye las siguientes actividades. También existen las carreras de Área de Dise-ño: -diseño grafico y publicitario -diseño de indumentaria

-exposiciones -diseño multimedia -Galería fotográfica -fotografía creativa, entre otras. Esta amplia oferta, da la posibilidad de acce-der a una educación de nivel superior a una gran parte de la comunidad de jóvenes de Rodeo del medio, que viven en zonas rurales y que de otro modo, por diferentes dificultades, como la distancia, el tiempo y sobre todo la dificultad económica, no hubieran podido ac-ceder a estas capacitaciones y tener un rumbo diferente y profesional en su vida. Además se debe rescatar que no solo asisten alumnos de Maipú, sino que por el contrario, al encontrarse en un punto estratégico a nivel territorial, también asisten alumnos y jóvenes de Rivadavia, San Martín, Junín, etc., por lo cual, cerrar esta institución coartaría de ma-nera arbitraria el futuro educativo de estos jóvenes, impidiendo uno de los derechos prin-cipales que defiende nuestra constitución, como es el derecho al acceso a la educación para todos los ciudadanos. Por todo lo expuesto anteriormente y por las consideraciones que al momento de su trata-miento se crean pertinentes, es que solicito a mis pares, la sanción favorable del presente proyecto de resolución.

MATÍAS STEVANATO

A Educación, Ciencia y Técnica

12 E64468 NOTA N°

A la H. LEGISLATURA PROVINCIAL S. / R. Tengo el agrado de diri-girme a V.H. con el objeto de remitir para su tratamiento el ad-junto proyecto de ley, mediante el cual se ratifica el Decreto N° 1111/13, que ratificara el ACTA ACUERDO DE INTENCIÓN, ACTA

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ACUERDO DE CONFORMACIÓN DEL CONSEJO OLIVÍCOLA FEDERAL, ACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO OLIVÍCOLA FEDERAL Y ESTA-TUTO DEL CONSEJO OLIVÍCOLA FEDERAL suscriptos entre las provincias de Mendoza, San Juan, Catamarca y La Rioja. Las Actas Acuerdos mencionadas y los do-cumentos suscriptos en consecuencia tienen como objetivos fundamentales generar la le-gislación destinada al establecimiento de polí-ticas de inversión y desarrollo, de asistencia crediticia, de investigación y ex-tensión agrí-cola e industrial de productos de origen oliví-cola. Las Provincias intervinientes acuerdan articu-lar acciones estratégicas a fin de contribuir a impulsar el desarrollo integral y social de la Olivicultura Argentina, tanto en el contexto nacional e internacional, logrando una activi-dad productiva de alta calidad, ambientalmen-te equilibrada, económicamente competitiva y socialmente integrada. Por tratarse de un Acuerdo Interprovincial, el citado acto debe ser ratificado por esa Legisla-tura en cumplimiento del Artículo 128, Inciso 6 de la Constitución Provincial, con posterior comunicación al H. Congreso de la Nación, conforme con lo dispuesto por el Artículo 125 de la Constitución Nacional. Se solicita a V.H. quiera dar tratamiento pre-ferencial al mencionado proyecto. Dios guarde a V.H.

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y:

Artículo 1° - Ratifíquese el Decreto N° 1111/13, que en copia certificada integra la presente ley como Anexo, que ratificara el ACTA ACUERDO DE INTENCIÓN, ACTA ACUERDO DE CONFORMACIÓN DEL CONSEJO OLIVÍCOLA FEDERAL, AC-TA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO OLIVÍCOLA FEDERAL Y ESTA-TUTO DEL CONSEJO OLIVÍCOLA FEDERAL suscriptos entre las provincias de Mendoza, San Juan, Catamarca y La Rioja. Artículo 2° - Comuníquese al Honorable Con-greso de la Nación Argentina. Artículo 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

Lic. MARCELO DANIEL BARG

Ministro de Agroindustria y Tecnología

1111/13 Tipo DECRETOS Origen MRIO DE AGROINDUSTRIA Fecha Mar 23/07/2013 Publicado por única vez el 15/08/13 DECRETO N° 1.111 Mendoza, 23 de julio de 2013 Visto el expediente N° 114-M-2013-01283 en el cual obran los antecedentes relacionados con el Acta Acuerdo de Intención, Acta Acuer-do de Conformación del Consejo Olivícola Fe-deral, Acta Constitutiva del Consejo Olivícola Federal y Estatuto del Consejo Olivícola Fede-ral; y CONSIDERANDO: Que por el Acta Acuerdo de Intención citada, se acuerda crear el Consejo Olivícola Federal que tendrá las siguientes funciones: Proponer Políticas Específicas relacionadas con el sector olivícola nacional y regional, Elaborar el marco legal para la creación del Observatorio Olivíco-la Federal y para la constitución del Fondo Olivícola Federal, entre otros; Que el Acta Acuerdo de Conformación del Consejo Olivíco-la Federal tiene como objetivos principales y prioritarios, generar la legislación para esta-blecer políticas de inversión y desarrollo, de promoción en relación a la comercialización e industrialización de productos de origen oliví-colas, de políticas destinadas al consumidor garantizando la sanidad, inocuidad y genuini-dad de los productos olivícolas, conforme con la Cláusula Segunda; Que el Acta Constitutiva del Consejo Olivícola Federal de referencia, tiene por finalidad cons-tituir y crear el Consejo Olivícola Federal, así como para aprobar el Estatuto Social que regi-rá a la entidad y designar sus autoridades; Que el Estatuto del Consejo Olivícola Federal tiene por objeto contribuir a impulsar el desa-rrollo económico integral y social de la Olivi-cultura Argentina tanto en el contexto nacio-nal e internacional, logrando una actividad productiva de alta calidad, ambientalmente equilibrada, económicamente competitiva y socialmente integrada; Que en el Acta Acuerdo de Intención, Acta Acuerdo de Conformación del Consejo Olivíco-la Federal, Acta Constitutiva del Consejo Oliví-cola Federal y Estatuto del Consejo Olivícola Federal, se advierte que adolecen de un vicio leve en la competencia invocada por el señor Ministro de Agroindustria y Tecnología (Artícu-

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lo 57 Inciso a) de la Ley N° 3.909) y por tanto se impone su enmienda mediante ratificación por parte del órgano competente (Artículo 77 de la citada Ley), la que roducirá efectos re-troactivos considerándose el acto enmendado como si siempre hubiera carecido de vicios (Artículo 78 de la mencionada norma legal); Por ello, conforme con lo dictaminado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Agroindus-tria y Tecnología a fojas 24/25 y 30 del Expe-diente N° 114-M-2013-01283,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA: Artículo 1° - Ratifíquese el Acta Acuerdo de Intención suscripta en fecha 17 de diciembre de 2012, entre la provincia de Mendoza, re-presentada por el Señor Ministro de Agroin-dustria y Tecnología Licenciado Marcelo Daniel Barg "ad referéndum" del Poder Ejecutivo, la Gobernadora de la provincia de Catamarca Doctora Lucía Benigna Corpacci, el Goberna-dor de la provincia de La Rioja Doctor Luis Beder Herrera, el Ministro de Producción y Desarrollo Económico de la provincia de San Juan Licenciado Marcelo Alós, el Ministro de Producción y Desarrollo de la provincia de Catamarca Licenciado Angel de Jesús Mercado y el Secretario de Ganadería a cargo de Agri-cultura y Recursos Naturales de la provincia de La Rioja Ingeniero Jorge Hernán Salomón, por los motivos expuestos en los consideran-dos del presente decreto y que en fotocopia certificada forma parte del mismo. Artículo 2° - Ratifíquese el Acta Acuerdo de Conformación del Consejo Olivícola Federal suscripta en fecha 9 de enero de 2013, entre la provincia de Mendoza representada por el Señor Ministro de Agroindustria y Tecnología Licenciado Marcelo Daniel Barg "ad referén-dum" del Poder Ejecutivo, el Ministro de Pro-ducción y Desarrollo Económico de la provin-cia de San Juan Licenciado Marcelo Alós, el Secretario de Ganadería a cargo de Agricultu-ra y Recursos Naturales de la provincia de La Rioja Ingeniero Jorge Hernán Salomón y el Subsecretario de Agricultura y Ganadería de la provincia de Catamarca Ingeniero Agrimensor Eduardo Lorenzo Toledo, por los motivos ex-puestos en este decreto y que en fotocopia certificada forma parte del mismo. Artículo 3° - Ratifíquense el Acta Constitutiva del Consejo Olivícola Federal y el Estatuto del Consejo Olivícola Federal suscriptos en fecha 8 de marzo de 2013, entre la provincia de Mendoza representada por el Ministro de Agroindustria y Tecnología Licenciado Marcelo Daniel Barg "'ad referéndum" del Poder Ejecu-

tivo, el Subsecretario de Agricultura y Gana-dería de la provincia de Catamarca Ingeniero Agrimensor Eduardo Lorenzo Toledo, el Minis-tro de Producción y Desarrollo Económico de la provincia de San Juan Licenciado Marcelo Alós y el Secretario de Agricultura y Recursos Naturales de la provincia de La Rioja Ingeniero Jorge Hernán Salomón, por los motivos ex-puestos en el presente decreto y que en foto-copias certificadas forman parte del mismo. Artículo 4° - El presente decreto se dicta ad-referéndum de la H. Legislatura Provincial con comunicación al H. Congreso de la Nación. Artículo 5° - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

Dr. FRANCISCO HUMBERTO PEREZ Gobernador de la Provincia Lic. MARCELO DANIEL BARG

Ministro de Agroindustria y Tecnología ACTA ACUERDO DE INTENCIÓN En la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca a los dos (17) días del mes de diciembre de 2012, con la presencia de la Sra. Gobernadora Dra. Lucía Benigna Corpacci y el Sr. Gobernador de La Rioja Dr. Luis Beder Herrera, suscriben la presente Acta Acuerdo del Consejo Federal de Provincias Olivícolas: el señor Ministro de Producción y Desarrollo Económico, Lic. Marcelo Alós, en representa-ción de la provincia de San Juan; el señor Ministro de Agroindustria y Tecnología, Lic. Marcelo Barg, en representación de la provin-cia de Mendoza; el Sr. Lic. Angel de Jesús Mercado, Ministro de Producción y Desarrollo en representación de la provincia de Catamar-ca y el Sr. Secretario de Ganadería a/c. Agri-cultura, Ing. Jorge Salomón, en representa-ción de la provincia de La Rioja, todos ellos en una expresión plena del federalismo y por representar a las Provincias de mayor desa-rrollo de la actividad olivícola de la República Argentina acuerdan: Que, teniendo en cuenta que el olivo se pro-yecta como el cultivo con mayor crecimiento según describe el Plan Estratégico Agroali-mentario y Agroindustrial (PEA) del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Na-ción. Que, en los próximos años, la superficie oliví-cola nacional alcanzaría las 110.720 hectá-reas, con una producción anual superior a las 100.000 toneladas de aceite de oliva. Esto posicionaría a la Argentina en el décimo lugar por superficie dedicada a esta actividad y lo convertiría en uno de los diez primeros pro-ductores mundiales de aceite.

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Que, Argentina cuenta con el potencial para transformarse en uno de los principales acto-res de la olivicultura mundial. Que, es necesario incrementar y fortalecer la competitividad de la cadena productiva, con el fin de contribuir a la generación de riqueza, la creación de valor agregado y el desarrollo de los mercados actuales y potenciales; bajo el principio de sostenibilidad. Que, es necesario fomentar nuevas modalida-des de financiamiento para obtención de re-cursos adecuados a las características y al ciclo biológico de la producción, así como el apoyo a las iniciativas que faciliten el acceso a estos recursos al pequeño y mediano produc-tor de todo el territorio nacional. Que, es imperiosa la intervención del estado en un marco regulatorio de la cadena olivícola en el país, tanto en sus aspectos productivos como comerciales. Que, las nuevas tendencias en el consumo de alimentos se orientan a la demanda de aceitu-nas de mesa y aceite de oliva que cumplan, como otros productos, con las más estrictas normas de sanidad, inocuidad y calidad, ofre-ciendo así una garantía al consumidor. Que, dichas tendencias exigen a la cadena de valor olivícola un mayor nivel de organización, poder de negociación, competitividad y pro-ductos con características organolépticas y atributos diferenciados. Que, es necesario coordinar políticas regiona-les en materia fitosanitaria, de control y fisca-lización, de captura de información actualizada inherente al sector que permita la toma de decisiones sobre datos ciertos. Que, resulta importante contar con recursos propios destinados a colaborar mediante el crédito con el sector privado apoyando em-prendimientos de inversión y comercialización externa. Que, conocemos lo acordado en el año 2000, por ello y sobre el mismo espíritu, con contex-to nacional e internacional diferente, firmamos una nueva acta con una nueva conformación. Por ello, y en virtud de lo expuesto, se acuer-da crear el Consejo Olivícola Federal, tendrá las siguientes funciones:

1- Proponer ante autoridades naciona-les Políticas Específicas relacionadas con el sector olivícola nacional y regio-nal en lo atinente a:

• Políticas de inversión y desarrollo.

• Políticas de asistencia crediticia.

• Políticas de investigación y extensión agrícola e industrial.

• Políticas de promoción en relación a la comercialización e Industrialización de productos de origen olivícola.

• Políticas Fitosanitaria.

• Políticas destinadas al Consumidor garantizando productos con sanidad, inocuidad y calidad.

• Políticas de control y fiscalización de la genuinidad y origen de los productos olivícolas.

2- Elaborar el marco legal para la crea-ción del Observatorio Olivícola Federal, ente competente para entender en la promoción y el control técnico de la producción, la industria y el comercio olivícola, aportando la información fi-dedigna que ayude a la toma de deci-siones acertadas para el sector.

3- Elaborar el marco legal para la cons-titución del Fondo Olivícola Federal, instrumento financiero del Consejo Oli-vícola Argentino destinado a cooperar -mediante el crédito- y la promoción, con el sector privado en la implementa-ción de proyectos o programas especí-ficos en los niveles de preinversión e inversión para emprendimientos pro-ductivos de pequeños productores y elaboradores y a pequeñas y medianas empresas (pymes) radicadas en Pro-vincias olivícolas, además de créditos para la producción exportable.

4- Expresar su voluntad de interactuar de manera concreta ante el resto de las Provincias Olivícolas y demás actores políticos, institucionales y económicos nacionales y provinciales que compo-nen la Cadena de Valor Olivícola, fo-mentando su plena participación e in-tegración al Consejo Olivícola Federal, para que sea representativo y federal.

En prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, a los 17 días del mes de diciembre de 2012. ACTA ACUERDO

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DE CONFORMACIÓN DEL CONSEJO OLIVÍCO-LA FEDERAL En la ciudad de Mendoza, a los 9 días del mes de enero de 2013, con la presencia de, el Mi-nistro de Producción y Desarrollo Económico, Lic. Marcelo Alós, en representación de la provincia de San Juan, el Sr. Secretario de Ganadería a/c. Agricultura, Ing. Jorge Salo-món en representación de la provincia de La Rioja, el Subsecretario de Agricultura y Gana-dería, Ingeniero Eduardo Toledo en represen-tación de la provincia de Catamarca y el Sr. Ministro de Agroindustria y Tecnología, Lic. Marcelo Barg en representación de la provin-cia de Mendoza, todos ellos en una expresión plena de federalismo y por representar a las Provincias de mayor desarrollo de la actividad olivícola de la República Argentina, acuerdan: Que a raíz del acta del acuerdo intención fir-mada en la provincia de Catamarca por los Gobiernos de las provincias de Catamarca; La Rioja; San Juan y Mendoza; con fecha 17 de diciembre de 2012 y en virtud de la imperiosa necesidad de avanzar en la conformación del Consejo Federal Olivícola es que se firma esta segunda acta con el fin de comenzar a deli-near la formación y perfil de este Consejo. Primera: De los Objetivos del Consejo Federal Olivícola: serán objetivos principales y priori-tarios de este Consejo, generar la legislación correspondiente para establecer políticas de inversión y desarrollo, de asistencia crediticias de investigación y extensión agrícola e indus-trial, de promoción en relación a la comerciali-zación e industrialización de productos de origen olivícola, de políticas fitosanitarias, de políticas destinadas al consumidor garantizan-do la sanidad inocuidad y genuinidad de los productos, políticas de control y fiscalización de los productos olivícolas, de políticas de promoción para aumentar el consumo de los productos olivícolas. Elaborar el marco legal para la creación del Observatorio Olivícola Federal, ente competente para entender en la promoción y el control técnico de la produc-ción, la industria y el comercio olivícola, apor-tando información fidedigna que ayude a la toma de decisiones acertadas para el sector, elaborar el marco legal para la constitución del Fondo Olivícola Federal el cual será el instru-mento financiero de este Consejo. Segunda: De los Integrantes. El Consejo Oliví-cola Federal, estará formado por un Consejo Ejecutivo integrado por un representante del gobierno de la provincia de La Rioja, un repre-sentante del gobierno de la provincia de San Juan, un representante del gobierno de la provincia de Catamarca, un representante del gobierno de la provincia de Mendoza, un re-presentante del Ministerio de Agricultura de la Nación, un representante del INTA, un repre-

sentante de los productores olivícolas del país y un representante de los industriales olivíco-las del país. Se deja abierta la posibilidad de incorporar a futuro a otras Provincias productoras. Los términos alcances y naturaleza de la par-ticipación de los integrantes de este Consejo serán definidos por el estatuto del mismo, a ser elaborado por una Comisión redactora, la cual deberá ser nombrada y conformada por los gobiernos provinciales que conforman este Consejo. Queda abierta también la posibilidad de for-mar un Consejo Consultivo formado por insti-tuciones provinciales y/o nacionales con pro-fesionales idóneos en temas olivícolas. Tercera: De la Comisión Redactora del Estatu-to del Consejo Olivícola Federal: a los efectos de llevar a cabo la redacción del estatuto del Consejo Olivícola Federal, se constituirá una Comisión Redactora integrada por un repre-sentante de cada una de las provincias inte-grantes de este Consejo. Esta Comisión Redactora deberá ser designa-da dentro de los 15 días posteriores a la firma de esta segunda acta acuerdo, y una vez de-signada la misma tendrá un plazo no superior a los 60 días para llevar a cabo la confección del estatuto que regirá el Consejo Olivícola Federal. Asimismo una vez establecido el es-tatuto se constituirá la primera asamblea ge-neral ordinaria, quien someterá a considera-ción el citado estatuto y procederá a la elec-ción de las autoridades del Consejo. Cuarta: Del Funcionamiento y Recursos del Consejo Olivícola Federal: Los recursos del Consejo Olivícola Federal se compondrán de los aportes que los miembros decidan y se comprometan a efectuar. Tanto del sector público como privado. Como así también por las cuotas que se decidan aportar de ambas partes, de los servicios que preste este Conse-jo como así también de las rentas e intereses provenientes de los bienes futuros que este Consejo obtenga. Y por cualquier otro aporte proveniente de donaciones, herencias, subsi-dios y/u otras percepciones que reciba este Consejo. Los mecanismos del funcionamiento interno y regulación del accionar del Consejo quedarán establecidos en el estatuto a redac-tarse por la comisión correspondiente y a aprobarse en Asamblea. Respecto al funcio-namiento del Consejo Olivícola Federal, debe-rá decidirse una metodología para su efectivo y real funcionamiento, una vez determinado el Consejo Ejecutivo del mismo, éste deberá definir de manera concreta el lugar y la perio-dicidad de las reuniones a efectuar, o sea determinar el espacio físico para las reuniones

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y determinar reuniones mensuales o de la forma que este crea conveniente. Quinta: De la Resolución de los Conflictos: Las partes signatarias se comprometen a resolver directa y amistosamente entre ellas, por las instancias jerárquicas que correspondan, los desacuerdos, diferencias y falta de entendi-miento que pudieran presentarse. En prueba de conformidad con las cláusulas precedentes se firman 4 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Mendoza, a los 9 días del mes enero de 2013. ACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO OLIVÍCO-LA FEDERAL En la ciudad de Ciudad de La Rioja, provincia de La Rioja, a los 8 días del mes de Marzo del año 2013, los Representantes de las Provin-cias signatarias de los acuerdos de formación del Consejo Olivícola Federal, Señor Subsecre-tario de Agricultura de la provincia de Cata-marca Ing. Eduardo Toledo, de la provincia de San Juan, Señor Ministro de Producción y De-sarrollo Económico Lic. Marcelo E. Alós, de la provincia de Mendoza, el Señor Ministro de Agroindustria y Tecnología Lic. Marcelo Barg, y de la provincia de La Rioja el Secretario de Agricultura y Recursos Naturales Ing. Jorge Hernán Salomón, quienes comparecen "ad referéndum" de los Poderes Ejecutivos de cada uno de las Provincias que representan, de conformidad con las actas de intención suscriptos oportunamente, en el marco del artículo N° 125 de la Constitución Nacional con la finalidad de crear un órgano interpro-vincial, inspirado en el profundo sentido fede-ral, se reúnen para constituir y crear el Conse-jo Olivícola Federal, así como para aprobar el Estatuto Social que regirá a la entidad y de-signar sus autoridades, resolviendo:

1°) Las personas reunidas dejan consti-tuido el Consejo Olivícola Federal que tendrá su sede provisoria en calle Sar-miento N° 589 de la localidad de San Fernando del Valle de Catamarca, Pro-vincia de Catamarca.

2°) Se aprueba en un todo el Estatuto elaborado por la Comisión Redactora, designada en el acta intención de fe-chas 17 de diciembre de 2012 y el 9 de enero de 2013.

3°) Acto seguido se procede a elegir al Presidente de la Asamblea de Repre-sentantes y a las autoridades del Con-sejo Ejecutivo, que regirán la entidad en el próximo periodo previsto en los Estatutos aprobados, recayendo por unanimidad las designaciones a las si-

guientes personas para los cargos cita-dos:

Presidente de Asamblea de Representantes Apellido y Nombre: Dra. Lucía Benigna Cor-pacci - Gobernadora de la provincia de Cata-marca. Vicepresidente de Asamblea de Representan-tes Apellido y Nombre: Dr. Luis Beder Herrera - Gobernador de la provincia de La Rioja. Autoridades del Consejo Ejecutivo Presidente. Apellido y Nombre: Lic. Angel de Jesús Merca-do - Ministro de Producción y Desarrollo de la provincia de Catamarca. Vicepresidente. Apellido y Nombre: Ing. Jorge Hernán Salo-món – Secretario de Agricultura y Recursos Naturales de la provincia de La Rioja. Secretario. Apellido y Nombre: Lic. Marcelo Alós - Ministro de Producción y Desarrollo Económico de la provincia de San Juan. Tesorero. Apellido y Nombre: Lic. Marcelo Barg - Minis-tro de Agroindustria y Tecnología de la provin-cia de Mendoza. Los designados aceptan el desempeño de los cargos que respectivamente les han sido con-feridos firmando al pie de la presente acta.

4°) Acto seguido las Provincias firman-tes se obligan a realizar todos los trá-mites pertinentes para la inscripción del presente acta y su estatuto constitutivo en los registros respectivos en sus ju-risdicciones. Aceptar vistas, proponer reformas y todo lo correspondiente a fin de lograr la misma.

5°) Se dará cumplimiento a la emisión de las normas legales pertinentes en cada jurisdicción de ratificación y cum-pliendo con la comunicación al Congre-so de la Nación Argentina de la consti-tución del Consejo Olivícola Federal que impone el orden constitucional.

Previa lectura y ratificación de lo actuado se firman para su conformidad cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

ESTATUTO DEL CONSEJO OLIVÍCOLA FEDE-RAL Artículo 1.- Denominación, Domicilio. Con la denominación de Consejo Olivícola Federal, se da creación al mismo, fijando su domicilio legal en Sarmiento N° 589, 4° piso, en la Ciu-dad de San Fernando del Valle de Catamarca de la provincia de Catamarca. Artículo 2.- Objeto La finalidad del Consejo Olivícola Federal, es contribuir efectivamente a impulsar el desarrollo económico integral y social de la Olivicultura Argentina tanto en el contexto nacional e internacional, logrando una actividad productiva de alta calidad, am-bientalmente equilibrada, económicamente competitiva y socialmente integrada, y cuyos principales objetivos serán implementar:

a) Políticas de inversión y desarrollo.

b) Políticas de asistencia crediticia.

c) Políticas de investigación y extensión agrícola e industrial.

d) Políticas de promoción en relación a comercialización e industrialización de productos de origen olivícola.

e) Políticas fitosanitarias.

f) Políticas destinadas al consumidor, garantizando productos con sanidad, inocuidad, y calidad.

g) Políticas de control y fiscalización de la genuinidad y origen de los productos olivícolas.

h) Así como elaborar el marco legal pa-ra la creación del Observatorio Olivícola Federal, ente competente para enten-der en la promoción y control técnico de la producción, la industria, y el co-mercio olivícola, aportando la informa-ción fidedigna que ayude a la toma de decisiones acertadas para el sector.

i) Así como elaborar el marco legal, pa-ra la constitución del Fondo Olivícola Federal, instrumento financiero del Consejo Olivícola Federal, destinado a cooperar mediante asistencia financie-ra, técnica y promoción dirigidas sector productivo en la implementación de programas o proyectos específicos en los niveles de pre inversión e inversión para emprendimientos productivos e industriales del sector olivícola.

Artículo 3.- Capacidad: El Consejo Olivícola Federal, tendrá la personería jurídica necesa-ria para ejercer la coordinación de los inter-

eses comunes en los términos del artículo 125 de la Constitución Nacional, y a los efectos de su funcionamiento se inscribirá en los Regis-tros de cada una de las Provincias integrantes y en la Inspección General de Justicia de la Nación. Tendrá la plena capacidad para actuar en la esfera del derecho público y privado, para la realización de los actos y contratacio-nes conducentes al objeto de su creación y a su funcionamiento. Podrá celebrar toda clase de contratos y convenios, acuerdos públicos y privados, sea con el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales, y/o Municipales, re-particiones autárquicas, autónomas o cual-quier otra autoridad pública de la República Argentina, de algún estado extranjero o con instituciones públicas o privadas del mismo u Organizaciones Internacionales. Administrar su patrimonio estableciendo prioridades en la asignación de los recursos de acuerdo al pre-sente estatuto y establecer políticas de carác-ter general que fije la entidad al respecto, constituir fideicomisos, realizar todos los actos jurídicos tendientes al cumplimiento de su objeto. La Asamblea fijará el domicilio de la entidad y podrá cambiar el mismo, por mayo-ría de dos tercios. Artículo 4.- Patrimonio y Recursos: El patri-monio social se compone de los aportes que los miembros realicen, y de los que se adquie-ran en lo sucesivo por cualquier título, de los recursos que se obtengan por el aporte que se reciba en calidad de créditos, donación, lega-do, herencia, subsidios, subvenciones de enti-dades o personas que deseen cooperar con los objetivos de este Consejo, sean públicos o privados. Asimismo, de aquellos fondos pro-venientes del Estado Nacional, Provincial y/o Municipal, de otras entidades públicas o priva-das, Gobiernos, personas jurídicas y/o físicas extranjeras, organismos internacionales, pre-vio cumplimiento de las normas legales que rijan en materia internacional con conocimien-to e intervención de las autoridades que fue-ran competentes. En todos los casos podrán aceptarse cuando las condiciones impuestas se conformen al objeto e interés del Consejo. Así también, con las cuotas que pudieran aportar los Miembros, si así lo decidiera el Asamblea de Representantes, los recursos provenientes de los servicios que preste y/o ingresos de cualquier naturaleza, y las parti-das que se le asignen en los presupuestos de las distintas Provincias o la Nación. Artículo 5.- Organos:

1) El Consejo Olivícola Federal tendrá como órgano superior de Gobierno una Asamblea de Representantes integrada por cuatro (4) miembros titulares ple-nos: Gobernadores de las provincias de Catamarca, La Rioja, San Juan y Men-

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166° Periodo Legislativo PERIODO ORDINARIO Diario de Sesiones N° 6

doza, o quien ellos designen, cuyas funciones no serán remuneradas.

2) El Organo de Administración y Ges-tión será el Consejo Ejecutivo, que es-tará integrado por ocho (8) miembros:

a) Un miembro por cada uno de las Provincias signatarias, Ministros o fun-cionarios de las áreas afines a la activi-dad o sus alternos (cuatro miembros).

b) Por el sector privado, un (1) miem-bro titular representante del sector de productores olivícolas y un (1) miem-bro titular representante del sector in-dustrial olivícola. El Directorio de la Fe-deración Olivícola Argentina (FOA) será el encargado de elegir de entre sus miembros a los representantes de cada sector o sus alternos (2 miembros).

c) Por el sector público, el Ministro de Agricultura de la Nación, o quien éste designe como suplente alterno (un miembro).

d) Un miembro en representación del sector laboral (un miembro), o a quien se designe como suplente alterno.

Las autoridades del Consejo Ejecutivo serán: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secreta-rio, un Tesorero, cargos que serán ocupados por los representantes de las Provincias signa-tarias y cuatro vocales por las otras entidades. Queda expresamente establecida la posibilidad de incorporar a futuro a este Consejo a otras Provincias productoras, debiendo dichas Pro-vincias solicitar su incorporación de manera formal y ser aceptadas por la Asamblea de Representantes. Tales miembros titulares tendrán un mandato de dos (2) años, el cual se considerará revo-cado cuando la entidad representada cambie las autoridades de sus propios órganos de administración y designe a sus reemplazantes. En defecto de tal reemplazo, tales mandatos se considerarán renovados. Artículo 6.- Asamblea de Representantes: La Asamblea de Representantes sesionará anualmente en reunión ordinaria para:

a) Designar al Presidente, Vicepresi-dente, Secretario y Tesorero de entre los representantes de las Provincias signatarias, cuyo mandato será de dos (2) años, no pudiendo ser reelecto sino hasta que los demás representantes del sector hayan ejercido la presidencia, tornándose desde entonces rotativa la designación;

b) Designar un Auditor Externo;

c) Fijar prioridades, evaluar y aprobar el presupuesto anual, la memoria y ba-lance;

d) A solicitud de los dos tercios (2/3) de sus miembros, convocar a sesión extraordinaria;

e) Aplicar el régimen de sanciones y resolver en definitiva los planteos re-cursivos de los interesados. Las resolu-ciones que al efecto disponga podrán ser objeto de acciones judiciales ante el Juzgado Federal correspondiente;

f) Dictar los reglamentos orgánicos fun-cionales y de funcionamiento operativo que fueren pertinentes de acuerdo a la legislación vigente;

Las Asambleas convocadas y reunidas válidamente son soberanas, y las deci-siones de las mismas serán obligatorias para las Provincias integrantes, salvo el derecho a renunciar a la Organización;

g) Designar y/o crear un organismo de fiscalización.

h) Comprar, vender, permutar, ceder, gravar o transferir bienes muebles e inmuebles, y demás contratos de acuerdo a la legislación vigente para el cumplimiento de los fines asignados, con la aprobación de los dos tercios (2/3) de sus miembros.

Artículo 7.- Asambleas Extraordinarias: Se podrán realizar Asambleas Extraordinarias, las que serán convocadas con quince días de anti-cipación, a pedido de los dos tercios (2/3) de sus miembros, para tratar temas específicos. El temario podrá ser aplicado sobre tablas para considerar cualquier otro tema concer-niente a la actividad que solicite incorporar un representante Provincial y cuya inclusión sea aceptada por mayoría. Artículo 8.- Derechos y Obligaciones de los Miembros: Las Provincias que tengan la condi-ción de miembros, gozarán de los siguientes derechos:

a) Participar en las Asambleas en la persona del Gobernador de la Provincia o del funcionario que éste designe, ser elegible en la persona de su goberna-dor, para presidir a la Organización, in-tegrar el Consejo Ejecutivo y las Comi-siones de cualquier clase que fuere a través de funcionarios especialmente designados y emitir su voto en todas

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

las oportunidades en que sea necesario conformar la voluntad común.

b) Ser elegibles para representar al Consejo y a las Provincias productoras en los entes, organismos o comisiones que se conforman relacionados con la actividad.

c) Presentar estudios, proyectos, in-formaciones, exponer opiniones, in-quietudes, problemas o iniciativas en-cuadradas con los fines de la Organiza-ción.

d) Utilizar los servicios de asesoramien-to, información, técnicos, de apoyo lo-gístico, y de todo otro tipo disponible de la Organización, de acuerdo a sus reglamentaciones.

Artículo 9.- Consejo Ejecutivo:

1) Autoridades: El Consejo Ejecutivo tendrá las siguientes autoridades:

Presidente; Vicepresidente, Secretario, Teso-rero y Vocales. La duración de los mandatos será de 2 (dos) años para todos los cargos aquí nombrados, no pudiendo ser reelectos en el mismo cargo. Permanecerán en el cargo mientras dure su mandato, dejando de pertenecer al mismo en forma automática en caso de que pierdan la calidad de miembro activo cualquiera sea su causa. 2) El Consejo Ejecutivo tendrá las siguientes atribuciones y funciones:

a) Designar de entre sus miembros las autoridades previstas en el reglamento interno;

b) Aprobar la estructura profesional y administrativa definiendo sus funcio-nes;

c) Nombrar y remover su personal bajo la modalidad de derecho privado;

d) Ejercer por intermedio de su presi-dente la representación de la entidad en todos los actos judiciales, extrajudi-ciales, públicos y privados en que in-tervenga;

e) Realizar todos los gastos necesarios para el funcionamiento operativo del Consejo.

f) Considerar el presupuesto anual de la entidad y elevarlo a la Asamblea de Representantes para su aprobación;

g) Ejecutar toda otra acción destinada al cumplimiento de la misión y objeti-vos;

h) Efectivizar la recaudación de los re-cursos instituidos en el artículo 4 del presente estatuto.

A los efectos del cumplimiento de las funcio-nes operativas indicadas precedentemente, el Consejo Ejecutivo deberá implementar planes, programas, proyectos y acciones a través de las Unidades Ejecutoras, organismos existen-tes o a crearse, de investigación, desarrollo y promoción, públicos o privados, nacionales o provinciales que ostenten idoneidad y profe-sionalidad para tales cometidos. En el supuesto de planes, programas, proyec-tos o acciones destinados directamente a promover la integración horizontal y vertical de productores, las mismas se canalizarán a través de las Provincias Productoras, entida-des gremiales de productores primarios y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria. El Consejo Ejecutivo funcionará según lo esta-blezca un reglamento interno que deberá ser elaborado y aprobado por la totalidad de los integrantes que lo componen. Artículo 10.- Reuniones del Consejo Ejecutivo: Las reuniones ordinarias del Consejo Ejecutivo serán como mínimo trimestrales, sesionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resolverá por mayoría simple de votos presentes. En caso de empate el presi-dente tendrá doble voto. El Vicepresidente reemplazará transitoriamen-te al Presidente en caso de ausencia o incapa-cidad temporal. En caso de muerte, renuncia o incapacidad permanente, se elegirá un nuevo Presidente. El Vicepresidente y los Vocales titulares serán reemplazados por sus respecti-vos suplentes en caso de muerte, incapacidad o licencia temporaria, según lo disponga el reglamento interno. Se podrá convocar a reunión extraordinaria cuando lo decida el Presidente o a solicitud de la mayoría de sus integrantes, caso que debe-rá concretarse dentro de los diez (10) días corridos de efectuada la solicitud. Para las sesiones ordinarias y extraordinarias, las citaciones se efectuarán en forma feha-ciente con cuatro (4) días corridos de antici-pación. Las citaciones se harán a los domicilios consti-tuidos por los miembros del Consejo, con la indicación del temario a tratar.

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166° Periodo Legislativo PERIODO ORDINARIO Diario de Sesiones N° 6

Una vez por año y dentro del primer mes des-de el cierre de cada ejercicio, el Consejo debe-rá celebrar la reunión anual a los efectos de considerar y aprobar el presupuesto y el plan de acción. Las citaciones a las reuniones anuales se harán de la misma manera que para las ex-traordinarias, acompañando el temario y do-cumentación disponible. Para cualquiera de las reuniones previstas, el Consejo deberá sesionar válidamente con la mitad más uno de sus miembros, tomándose la resolución por mayoría de los Consejeros presentes. Cada Consejero tiene un solo voto. Para dejar sin efecto o reconsiderar una reso-lución se requiere igual número de votos o superior al de la aprobación por lo menos equivalente. Esta limitación no rige después de un año de la resolución. De lo tratado y las resoluciones se dejará constancia en el libro de actas destinado a tal efecto. Lo que constare será avalado por la firma del Presidente, Secretario y tres Conse-jeros. Artículo 11.- Derechos y Obligaciones de los Miembros del Consejo Ejecutivo: Los miem-bros de este Consejo Ejecutivo, tienen los siguientes derechos y obligaciones:

a) Abonar puntualmente las contribu-ciones ordinarias y extraordinarias que se establezcan.

b) Cumplir con las demás obligaciones que imponga este estatuto, con los re-glamentos y las resoluciones emanadas de la Asamblea de Representantes y del Consejo Ejecutivo. c) Participar con voz y voto en las reu-niones del Consejo.

d) Ser elegido para integrar los órganos sociales. Gozar de los beneficios que otorgara la entidad.

e) Realizar comisiones que la Asamblea de Representantes o el Consejo Ejecu-tivo les encomiende. Participar en los diversos programas, estudios o investi-gaciones que promueva la entidad.

f) Colaborar con iniciativas y sugeren-cias en cuanto a materias, métodos y actividades que hagan más efectiva la acción de la entidad.

g) Ante la posible renuncia de algunos de los miembros de este Consejo, será reemplazado de forma inmediata por la

institución pública o privada que repre-sentara.

Artículo 12.- Comisiones de Trabajo: Podrán integrarse Comisiones de trabajo conjunta-mente con los representantes ante el Consejo Ejecutivo o con representantes de otras Areas de las Provincias miembros, del Gobierno Na-cional, técnicos o expertos en materias de-terminadas, con toda libertad. Podrán ser permanentes o transitorios y su formación y disolución será resorte del Consejo Ejecutivo, el que recibirá sus dictámenes. Artículo 13.- Disolución: En caso y a los efec-tos de acordar entre las Provincias integrantes del Consejo Olivícola Federal, la disolución y liquidación de éste, será la misma Asamblea de Representantes la encargada de llevarla a cabo, realizar activos si los hubiere, cancelar pasivos si los hubiere, y donar el remanente a los Gobiernos Provinciales. A Economía y Comercio Exterior y Legis-

lación y Asuntos Constitucionales

13 E64469

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

EL HONORABLE SENADO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

R E S U E L V E:

Artículo 1º: Solicitar a la Directora General de Escuelas, María Inés Abrile de Vollmer, con-temple en el Presupuesto 2014, la recategori-zación de zona con el cuarenta por ciento (40%) de la Escuela Nº 1-616 “Amado Sad”, situada en el Departamento General Alvear, provincia de Mendoza. Art. 2º: De forma.

WALTER SAENZ

FUNDAMENTOS H. Cámara: El presente proyecto de resolución tiene por objeto solicitar a la Directora General de Es-cuelas, María Inés Abrile de Vollmer, contem-ple en el Presupuesto 2014, la recategoriza-

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ción de zona con el cuarenta por ciento (40%) de la Escuela Nº 1-616 “Amado Sad”, situada en el Departamento de General Alvear, pro-vincia de Mendoza. El mencionado pedido fue iniciado a través del Expediente Nº 6517 E 2012, en la Dirección General de Escuelas. La institución se encuentra aislada físicamente del centro urbano y del transporte público. Su ubicación, entre fincas y rodeada de los asen-tamientos de la Calle Circunvalación y Puente Alto, Barrios Soemga VI e Inmigrante 1 y 2, acentúan aún más sus condiciones desfavora-bles (sin cloacas ni gas natural, en una calle sin veredas y con un canal de riego peligroso a 20 metros). Por otra parte, desde un punto de vista social, está inserta en una comunidad con alto por-centaje de población muy violenta. Esta situa-ción es conocida públicamente y ha sido ex-puesta tanto por padres como por alumnos, ya que hace varios meses que los móviles policiales no entran a los barrios aledaños para no sufrir agresiones físicas tales como rotura de móviles, amenazas de muerte, etc. El establecimiento además tiene alrededor del 20% de sus alumnos judicializados y/o bajo programa de DINAF, de acuerdo con una si-tuación de alta vulnerabilidad, con un 10% que vive en viviendas muy precarias y con gravísimas problemáticas de abandono y vio-lencia. Todos los argumentos esgrimidos confirman la necesidad de una urgente intervención para que esta institución, considerada en los pro-gramas nacionales y provinciales y caracteri-zada por la Dirección General de Escuelas como urbano marginal, tenga la zona que le corresponde. Se adjunta nota original de los directivos de la escuela. Por todo lo expuesto solicito a ésta H. Cámara la aprobación del presente proyecto de resolu-ción. Mendoza, 23 de octubre de 2013.

WALTER SAENZ

A Educación, Ciencia y Técnica

14 E64470

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y:

Artículo 1°: Declarar de utilidad pública, inte-rés para el desarrollo económico y sujeto a expropiación el terreno necesario para la construcción del aeródromo público denomi-nado “Aeropuerto del Valle de Uco”, ubicado en el Departamento Tupungato. Artículo 2°: De forma.

NÉSTOR MÁRQUEZ GUILLERMO AMSTUTZ

FUNDAMENTOS HONORABLE CÁMARA: El presente Proyecto de Ley tiene por finalidad declarar de utilidad pública, interés para el desarrollo económico y sujeto a expropiación el terreno necesario para la construcción del aeródromo público denominado “Aeropuerto del Valle de Uco”, ubicado en el Departamento Tupungato. La construcción del mencionado aeropuerto está inscripto dentro de las prioridades nece-sarias para materializar el recientemente lan-zado “Plan Estratégico de Turismo Valle de Uco”. Este programa está financiado por la Dirección Nacional de Preinversiones (DINA-PREI), del Ministerio de Economía y Finanzas de la Nación, por la UCAR, Unidad para el Cambio Rural – PROSAP - del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y por el Ministerio de Infraestructura y Energía de la provincia de Mendoza. El Valle de Uco está conformado por Tupunga-to, Tunuyán y San Carlos, en el centro oeste de la provincia de Mendoza y se recuesta so-bre la imponente cordillera de los Andes. La zona tiene todos los componentes del tu-rismo rural, que incluye el turismo de estan-cias pero también el turismo de aventura, el turismo religioso, el turismo cultural y el tu-rismo gastronómico con los caminos del vino. Del turismo de aventura podemos mencionar

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el rafting por el río Tunuyán, desde el dique Valle de Uco, además de las cabalgatas en Puesto Los Toldos y el senderismo por laguna del Diamante y el volcán Maipú, ante la in-mensa magnitud y a la vista de guanacos entre las alturas de las montañas; la visita al Parque Provincial Volcán Tupungato. Ésta es un área donde se encuentra el Cerro Tupun-gato, segundo en importancia de la Cordillera de los Andes, de una belleza incomparable y en estado natural, lo que la convierte muy atractiva para realizar turismo aventura, con ascenso, trekking, cabalgata de alta montaña, avistamiento de cóndores, rappel, tirolesa, turismo ecológico y minero. El turismo religioso tiene un circuito de capi-llas y santuarios en el departamento de San Carlos y el Cristo de la Hermandad en las cer-canías del Manzano Histórico. Durante Sema-na Santa, a fines de abril se realiza el Vía Crucis de la Montaña. En Tupungato: Capilla Sagrado Corazón, Cristo Rey del Valle (San José), Iglesia Nuestra Señora del Socorro (Centro), Capilla histórica Sagrado Corazón (San José), Monasterio del Cristo Orante (Gualtallary), Iglesia Nuestra Señora del Ro-sario (Anchoris), Cruz Negra (Zapata), Capilla Nuestra Señora del Perpetuo Socorro (Santa Clara), Capilla San Vicente (La Arboleda). En la provincia de Mendoza no podía faltar el vino, por eso los caminos del vino, aunque tampoco falta el agua pura, el agua mineral de Tunuyán. Las bodegas repartidas entre Tunuyán, Tupungato y San Carlos son nume-rosas. Nombro algunas, Bodegas Salentein, centro cultural y gastronómico; Clos de los 7, proyecto de viticultores franceses; Antucura; Los Parrales, Domain Vean Bousquet, Doña Elvira, Benvenuto de la Serna, Finca La Celia, entre tantas otras de enorme prestigio. Es difícil resumir tantas actividades culturales, como el Festival provincial de la Cereza a fin de año, en febrero el Festival Nacional de la Tonada. No podemos dejar de mencionar la Ruta Sanmartiniana desde el arroyo La Esta-cada, la Estancia El Totoral, el Manzano Histó-rico y el paso El Portillo por donde volvió el General San Martín, Padre de la Patria. Al visitar la provincia de Mendoza nadie puede dejar de visitar el Valle de Uco, porque la na-turaleza los sorprenderá con el azul de su cielo, las imponentes montañas así como la cercanía amistosa de su gente, por eso es una buena noticia la apuesta y también la puesta en valor del turismo en el Valle de Uco. Dada la importancia turística y la posibilidad de desarrollar las actividades vinculadas a esta “industria sin chimeneas” como la llaman en otras partes de mundo, se hace de vital importancia poder brindar al visitante la posi-

bilidad de acceder de manera eficaz y conve-niente a estos atractivos descriptos. Allí radica la necesidad de abrir al mundo todo el Valle de Uco a partir de contar con un espa-cio de terreno destinado para el despegue o aterrizaje de aeronaves que comuniquen de forma más directa y eficiente a esta próspera zona de la provincia con el resto del mundo. Es importante destacar que en la elección de este terreno existe un criterio de previsión ya que la zona proyectada es un terreno inculto, con escasa población, instituciones y estable-cimientos. Es decir, que se prevé la evolución del impacto ambiental que el despegue y ate-rrizaje de aeronaves produciría en la zona, que está lo suficientemente alejado de la zona urbana como para no impactar sobre esta y lo convenientemente cercana a las vías de acce-so adecuadas que permiten la comunicación fluida para el traslado de pasajeros. Ante esta intención de conectar el hermoso Valle de Uco con el mundo se hace presente aquella frase del célebre viajero Marco Polo, que esperamos que hagan suya los futuros visitantes del Valle de Uco: “No he contado la mitad de lo que vi.” Por las razones expuestas y las que oportu-namente se expongan, solicitamos a esta H. Cámara de Senadores se dé aprobación al presente Proyecto de Ley. Ciudad de Mendoza, 23 de Octubre de 2013.

NÉSTOR MÁRQUEZ GUILLERMO AMSTUTZ

ÁREA SOLICITADA PARA UBICACIÓN DE: Aeropuerto del Valle de Uco Distrito: Cordón del Plata --- Departamento: Tupungato INFORME TÉCNICO - LEGAL Se detallan las medidas lineal y superficial de la propiedad afectada, como también el titu-lar, con la inscripción de dominio. Nomenclatura Catastral: 14-99-88-1400-350700-0000-5 Inscripción del Dominio: 1° Inscripción al N° 28.901 Fs 53 del Tomo 29 de Tunuyán Fecha de Escrit.: 27-12-1.958

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

Superficie según mensura: 163 ha 2.752,93 m2 Superficie según título: 526 ha 6.565,84 m2 Padrón Rentas: 15-02.964-8 Titular: GRACIELA JOSEFA LUGONES RUIZ HUIDOBRO DE FLIRI Ubicación: Calle Ruta Provincial N° 96 ó Los Álamos s/n Distrito Cordón del Plata – Tupun-gato- Mendoza. Nota: se adjunta plano de mensura. A Legislación y Asuntos Constitucionales

y Obras y Servicios Públicos

15 E64471

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

EL HONORABLE SENADO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

R E S U E L V E:

Artículo 1- Solicitar al Poder Ejecutivo, a tra-vés del Ministerio de Cultura, arbitre los me-dios necesarios para articular con los Munici-pios de la provincia de Mendoza estrategias tendientes a mejorar las actividades artísticas disponiendo de espacios públicos para el desa-rrollo cultural de las actividades de los artistas populares. Artículo 2 – Solicitar al Poder Ejecutivo, a tra-vés del Ministerio de Trabajo, Justicia y Go-bierno en asocio con el Ministerio de Cultura articule con los Municipios de la provincia de Mendoza estrategias tendientes a difundir la “Recomendación relativa a la condición de artista aprobada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, aprobada por Ley Nacional 24.269”. Artículo 3- De forma.

ALEJANDRA NAMAN

FUNDAMENTOS HONORABLE CÁMARA: Ponemos a consideración de los Señores Se-nadores el siguiente Proyecto de Resolución, solicitando al Ministerio de Cultura, arbitre los

medios necesarios para articular con los Muni-cipios de la Provincia de Mendoza estrategias tendientes a fomentar actividades artísticas disponiendo de espacios públicos para el desa-rrollo de artistas populares que ejercen su función allí, difundiendo la Recomendación relativa a la condición de artista aprobada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, aprobada por Ley Nacio-nal 24.269. La Ley Nacional 24.269 del año 1993 en su 1° y único artículo establece “Apruébase la reco-mendación relativa a la condición de artista aprobada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura”, estas re-comendaciones fueron aprobadas el 27 de octubre de 1980 en Belgrado. La Recomendación relativa a la condición del artista, aprobada previo informe de la Comi-sión IV, en la 37ª, sesión plenaria, el 27 de octubre de 1980, entre los considerandos se puede destacar: “Reconociendo que las artes, en su acepción más amplia y completa, son y deberían ser parte integrante de la vida y que es necesario y conveniente que los gobiernos contribuyan a crear y a mantener no sólo un clima propicio a la libertad de expresión artística, sino también las condiciones materiales que faciliten la ma-nifestación de este talento creador.” “Convencidos de que la acción de los poderes públicos es necesaria y urgente para poner remedio a la situación preocupante de los artistas que se ha comprobado en muchos Estados Miembros, en particular desde el pun-to de vista de los derechos humanos y de las condiciones económicas, sociales y de empleo, para que los artistas disfruten de las condicio-nes necesarias para el desarrollo y la plena expresión de su talento, y para que puedan desempeñar su papel en la concepción y la aplicación de las políticas y de la animación culturales de las colectividades y los países, y en el mejoramiento de la calidad de la vida”. “Considerando que el arte tiene un papel im-portante que desempeñar en la educación y que los artistas pueden ejercer con sus obras una influencia en la concepción que la pobla-ción entera, y en particular la juventud, pue-den tener del mundo”. “Consciente de la índole compleja de la activi-dad artística, de las formas diferentes que reviste y en especial de la importancia que tiene, para las condiciones de vida y el desa-rrollo del talento de los artistas….”

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166° Periodo Legislativo PERIODO ORDINARIO Diario de Sesiones N° 6

“Considerando que la actual expresión artísti-ca se manifiesta en los espacios públicos y que éstos debieran acondicionarse teniendo en cuenta las opiniones de los artistas intere-sados”. “Considerando, en consecuencia, que debería establecerse una estrecha colaboración entre arquitectos, maestros de obra y artistas, a fin de definir una estética de la calle que respon-da a las exigencias de la comunicación y con-tribuya eficazmente al establecimiento de nuevas y verdaderas relaciones entre el públi-co y su marco de vida”. La Conferencia General recomienda a los Es-tados Miembros que apliquen las disposicio-nes, adoptando, en forma de ley nacional o de otro modo, según las características de las cuestiones consideradas y las disposiciones constitucionales respectivas, las medidas ne-cesarias para aplicar en los territorios bajo su jurisdicción los principios y normas formuladas en la “Recomendación relativa a la condición del artista”. Principios rectores 1. Los Estados Miembros, reconociendo que el arte refleja, conserva y enriquece la identidad cultural y el patrimonio espiritual de las dife-rentes sociedades, constituye una forma uni-versal de expresión y de comunicación y, co-mo denominador común de las diferencias étnicas, culturales o religiosas, recuerda a cada cual el sentimiento de pertenecer a la comunidad humana, deberían en consecuen-cia, y con estos fines, asegurar el acceso al arte a toda la población. 3. Los Estados Miembros, reconociendo el papel esencial que desempeña el arte en la vida y el desarrollo del ser humano y de la sociedad, tienen el deber de proteger, defen-der y ayudar a los artistas y a su libertad de creación. Con ese fin, deberían hacer lo nece-sario para estimular la creatividad artística y la manifestación de talentos, en particular adoptando medidas encaminadas a asegurar la libertad al artista, que de otro modo no podría cumplir su misión fundamental, y a fortalecer su condición mediante el reconoci-miento de su derecho a gozar del fruto de su trabajo; deberían esforzarse, con todas las medidas apropiadas, por aumentar la partici-pación del artista en las decisiones relativas a la calidad de la vida; demostrar y confirmar, por todos los medios a su alcance, que las actividades artísticas tienen que desempeñar un papel en el esfuerzo de desarrollo global de las naciones para forjar una sociedad más humana y más justa y para lograr una vida en común pacífica y espiritualmente rica.

5. En todos los niveles adecuados de la plani-ficación nacional en general, y de la planifica-ción de las actividades culturales en particu-lar, los Estados Miembros deberían tomar, especialmente mediante una estrecha coordi-nación de su política cultural, educativa y la-boral, todas las medidas encaminadas a defi-nir una política de ayuda y apoyo material y moral a los artistas y hacer lo necesario para que se informe a la opinión pública acerca de la justificación y necesidad de dicha política. Con este fin, la educación debería dar a la sensibilidad artística el lugar que le corres-ponde para formar al público y ponerle en condiciones de apreciar las obras del artista. Sin perjuicio de los derechos que se le deben reconocer en virtud de la legislación sobre derecho de autor, incluido el droit de suite cuando no esté comprendido en aquélla, y de la legislación sobre asuntos conexos, los artis-tas deberían gozar de una condición equitativa y su profesión debería estar rodeada de la consideración que merece. Sus condiciones de trabajo y de empleo deberían ser tales que los artistas pudieran consagrarse plenamente a sus actividades artísticas si así lo desearan. 7. Teniendo en cuenta el papel que desempe-ña la actividad y la creación artística en el desarrollo cultural y global de las naciones, los Estados Miembros deberían crear las condicio-nes adecuadas para que los artistas pudieran participar plenamente, a título individual o por conducto de organizaciones sindicales y profe-sionales, en la vida de las comunidades en las que ejercen su arte. Deberían asimismo aso-ciar a los artistas a la elaboración de las políti-cas culturales locales y nacionales, destacando de esta manera su importante contribución, tanto en lo que respecta a su propia sociedad como en la perspectiva del progreso general de la humanidad. 8. Los Estados Miembros deberían procurar que toda persona, sin distinción de raza, co-lor, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, condi-ción económica o linaje, tenga la misma posi-bilidad de adquirir y desarrollar la formación necesaria para lograr su plena realización y el ejercicio de sus facultades artísticas y para obtener un empleo y ejercer su profesión sin discriminación. Políticas culturales y participación De conformidad con lo establecido en la Re-comendación relativa a la condición del artis-ta, en la formulación y ejecución de su política cultural los Estados Miembros deberían esfor-zarse por tomar las medidas adecuadas para tener en cuenta la opinión de los artistas y de las organizaciones profesionales y sindicales que los representen, así como la del conjunto de la población conforme al espíritu de la re-

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

comendación de la UNESCO relativa a la parti-cipación y la contribución de las masas popu-lares en la vida cultural. Con este fin, se invita a los Estados Miembros a que tomen las me-didas necesarias para que los artistas y sus organizaciones participen en las deliberacio-nes, en la toma de decisiones, y luego en la aplicación de las medidas encaminadas sobre todo a:

a) mejorar la situación del artista en la sociedad, mediante medidas relativas a las condiciones de empleo, de trabajo y de vida del artista, el apoyo material y moral que presten los poderes públicos a las actividades artísticas y la forma-ción profesional del artista;

b) fomentar la cultura y las artes en la comunidad, por ejemplo, mediante medidas relativas al desarrollo cultural, a la protección y revalorización del pa-trimonio cultural (comprendido el fol-klore y las otras actividades de los ar-tistas tradicionales), la identidad cultu-ral, ciertos aspectos de los problemas del medio ambiente y de la utilización del tiempo libre, y el lugar de la cultura y las artes en la educación;…”

A partir de la lectura de las Recomendaciones y teniendo presente la adhesión de nuestro país por Ley 24.269, evaluamos la necesidad de difundir estas recomendaciones para que desde los Municipios de la Provincia se elabo-ren políticas públicas destinadas a proteger y fomentar la actividad artística y cultural como ejes de desarrollo de la comunidades locales. Con asombro observamos como los Municipios de la Provincia poseen ordenanzas que con-tradicen lo aprobado por Ley 24.269 y en con-secuencia lo normado en la “Recomendación relativa a la condición del artista”, aprobada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Como modo de ejemplificar esta contradic-ción, podemos destacar ordenanzas municipa-les que “PROHÍBEN LAS EMISIONES MUSICA-LES” en el ámbito de la Comuna y habilitan a proceder al SECUESTRO DE LOS ELEMENTOS UTILIZADOS, en el caso particular de los artis-tas, los instrumentos musicales o cualquier otro elemento que el artista utilice para des-arrollar su talento. Nos invita a la reflexión que desde los Municipios se califica como “CONTAMINACIÓN SONORA” o “RUIDOS MO-LESTOS” emisiones sonoras cualquiera sea su origen, sin aclarar que quedan excluidos los instrumentos musicales o elementos propios de la actividad artística.

Dichas normativas locales datan de las déca-das ‘70, ‘80 y ‘90, dejando en evidencia la falta de actualización de las Ordenanzas Muni-cipales y evidenciando la concepción que du-rante muchos años se ha tenido respecto al arte y su acceso universal, desde la persecu-ción del artista por expresar sus ideales, hasta la supresión de la identidad cultural adqui-riendo costumbres extranjeras, propio del fenómeno de globalización. Teniendo en cuenta que parte de la población no accede al costo de una entrada para un espectáculo artístico, o por razones de distan-cia y disponibilidad horaria no concurre a eventos, ya sean de producción nacional, in-ternacional o local, consideramos trascenden-tal en el desarrollo de las comunidades, que desde los Municipios se dispongan de espacios públicos para que artistas locales desplieguen su arte. Respetuosos de la autonomía municipal y en virtud de lo fundamentado solicitamos al Mi-nisterio de Cultura que difunda las “Recomen-daciones relativas a la condición del artista” y articule con los Municipios políticas públicas que fomenten el desarrollo artístico y cultural en las Comunas, generando espacios y nor-mativas que garanticen las condiciones para que artistas que desarrollan su actividad en la vía pública, universalizando y asegurando el acceso al arte a toda la población. Por estas razones solicitamos a los Señores Senadores acompañen el presente Proyecto de Resolución. Mendoza, 23 de octubre de 2013.

ALEJANDRA NAMAN

A Turismo, Cultura y Deportes

16 E64472

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y:

Artículo 1.- Modifíquese el artículo 10 de la Ley 6.730 (Código Procesal Penal de Mendoza)

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el que quedará redactado de la siguiente for-ma: Art. 10 - Querellante particular. El ofendido penalmente por un delito de ac-ción pública, sus herederos forzosos, repre-sentantes legales o mandatarios, podrán in-tervenir en el proceso como querellante parti-cular en la forma especial que este Código establece, y sin perjuicio de ejercer conjunta-mente la acción civil resarcitoria. Si el querellante particular se constituyera, a la vez, en actor civil, podrán formular ambas instancias en un solo escrito, con observancia de los requisitos previstos para cada acto. El mismo derecho tendrá cualquier persona contra funcionarios públicos, que en el ejerci-cio de su función o con ocasión de ella, hayan violado derechos humanos; cuando se trate de delitos cometidos por funcionarios que han abusado de su cargo así como contra quienes cometen delitos que lesionan intereses difu-sos. En todos los casos el tribunal intervinien-te podrá ordenar la unificación de personería si la cantidad de sujetos querellantes dificulta-re la agilidad del proceso. En los casos en que el ofendido penalmente lo fuera por uno de los representantes legales referidos en el primer párrafo de este artículo o personas de su círculo familiar directo y ante la inacción de los primeros, toda persona que acredite un interés legítimo podrá instar la intervención en el proceso del Asesor de Me-nores e Incapaces, en salvaguarda de los de-rechos del ofendido penalmente. (conf. art. 48 y 50 Ley 8.008). (Concs. Art. 7° CPP Cba.; Art. 75 segunda parte CPP C. Rica). Artículo 2.- De forma.

ALEJANDRA NAMAN

FUNDAMENTOS HONORABLE CAMARA Ponemos a consideración de los Señores Se-nadores el siguiente Proyecto de Ley modifi-cando el art. 10 de la Ley 6.730 y concordan-tes, Código Procesal Penal por el cual se in-corpora a la figura de querellante particular la intervención del Asesor de Menores e Incapa-ces del Ministerio Pupilar a instancia de terce-ros con interés legítimo, en tutela de los dere-chos de incapaces víctimas de delitos. El artículo de mención refiere que “el ofendido penalmente por un delito de acción pública, sus herederos forzosos, representantes lega-

les o mandatarios, podrán intervenir en el proceso como querellante particular en la for-ma especial que este Código establece, y sin perjuicio de ejercer conjuntamente la acción civil resarcitoria. Si el querellante particular se constituyera, a la vez, en actor civil, podrán formular ambas instancias en un solo escrito, con observancia de los requisitos previstos para cada acto. El mismo derecho tendrá cualquier persona contra funcionarios públicos, que en el ejerci-cio de su función o con ocasión de ella, hayan violado derechos humanos; cuando se trate de delitos cometidos por funcionarios que han abusado de su cargo así como contra quienes cometen delitos que lesionan intereses difu-sos. En todos los casos el tribunal intervinien-te podrá ordenar la unificación de personería si la cantidad de sujetos querellantes dificulta-re la agilidad del proceso.” Las crónicas reflejan historias de casos en que los legitimados para actuar como querellantes no lo hacen por desidia, desconocimiento, y hasta en algunos casos no tener un interés real en la dilucidación de la causa o intereses ocultos. Efectivamente hay casos como el de Johana Chacón una niña lavallina desaparecida en setiembre de 2012 que salió a la luz con otro, el de Soledad Olivera, desaparecida unos me-ses antes, que tomaron estado público por la militancia comprometida de la comunidad educativa de la Escuela Virgen del Rosario y especialmente de sus directivos que visibiliza-ron la situación. Sin embargo la actual redacción del artículo 10 del Código Procesal Penal deja desprotegi-da la situación particular del menor o incapaz víctima de sus representantes o gente de su círculo más intimo, lo que hace que ante la contraposición de intereses, los derechos del ofendido muchas veces no sean adecuada-mente salvaguardados, y he aquí la razón de este proyecto de ley. En este sentido la Ley 8008, ley Orgánica del Ministerio Público, prevé la figura del Asesor de Menores e Incapaces en su artículo 2º, como parte integrante del Ministerio Público de la Defensa y Pupilar. Concretamente en el Artículo 46 de la misma norma, establece como funciones generales del Ministerio Públi-co de la Defensa y Pupilar en los incisos 6 y 7, lo siguiente:

6) VELAR POR LA PROTECCIÓN INTE-GRAL DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLES-CENTE, DE ACUERDO A LO DISPUESTO POR LAS NORMAS CONSTITUCIONALES Y LAS LEYES SOBRE LA MATERIA.

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7) ASEGURAR EN TODAS LAS INSTAN-CIAS Y EN TODOS LOS PROCESOS EN QUE SE EJERZA LA REPRESENTACIÓN Y DEFENSA OFICIAL, LA DEBIDA ASIS-TENCIA DE CADA UNA DE LAS PARTES CON INTERESES CONTRAPUESTOS.

Más específicamente, el artículo 48 de la Ley 8008, en función del artículo 50, establece los deberes y atribuciones del Asesor de los Me-nores e Incapaces. Entre ellos se encuentran, de acuerdo a la interpretación que la ley im-pone, las siguientes: 1) EJERCER LA DEFENSA Y REPRESENTACIÓN EN JUICIO, COMO ACTORES O DEMANDADOS, DE MENORES E INCAPACES EN OCASIÓN DE REQUERIRSE LA DEFENSA DE SUS DERE-CHOS. Asimismo la Ley 6.354 (Régimen jurídico de protección de la minoridad) en su artículo 122 prevé esta intervención: “LA JUSTICIA DE FAMILIA Y EN LO PENAL DE MENORES... QUE TOMARE CONOCIMIENTO QUE UN MENOR O INCAPAZ SUFRIERE PERJUICIO POR ABUSO FÍSICO O MENTAL, DESCUIDO, TRATO NE-GLIGENTE, MALOS TRATOS, EXPLOTACIÓN O HUBIERE COMETIDO UNA FALTA O DELITO O RESULTARE VICTIMA DE FALTAS O DELITOS, ESTÁN OBLIGADOS A PONER ESE HECHO EN CONOCIMIENTO DEL MINISTERIO PUBLICO FISCAL O PUPILAR, SEGÚN CORRESPONDA EN EL PLAZO MÁXIMO DE 24 HS...” Esta disposición viene a ser complementada por el artículo 123 de la misma ley, en cuanto faculta al MINISTERIO PÚBLICO a recibir este tipo de denuncias. Cierto es que la intervención del MINISTERIO DE MENORES, se hace más explícita al referir-se a la situación del menor imputado, aunque también son aplicables las disposiciones al menor víctima de delitos, fundamentalmente en lo que hace a la protección de su integridad física, psíquica y sexual: artículo 131: “LOS DERECHOS QUE ESTA LEY ESTABLECE, LOS PODRÁ HACER VALER EL MENOR POR SI, POR SUS REPRESENTANTES LEGALES, SU DEFEN-SOR Y MINISTERIO PUBLICO”. Asimismo expresa la Ley 552 Orgánica de Tribunales en su artículo 99: “AL ASESOR DE MENORES LE CORRESPONDE:

A)- INTERVENIR EN TODO ASUNTO JUDICIAL TANTO DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA COMO CONTENCIOSA EN LO QUE LOS MENORES O INCAPACES DEMANDEN O SEAN DEMANDADOS, YA SE TRATE DE SU PERSONA O DE SUS BIENES, SO PENA DE NULIDAD DE LAS ACTUACIONES EN QUE AQUELLAS SE ENCUENTREN INTERESADOS.

B)- VELAR POR EL CORRECTO DESEM-PEÑO DE LAS FUNCIONES DE LOS RE-PRESENTANTES DE LOS INCAPACES, PUDIENDO PARA ELLO PEDIR DIREC-TAMENTE A DICHOS REPRESENTANTES O A LOS PARIENTES DE LOS INCAPA-CES O A CUALQUIER OTRA PERSONA O INSTITUCIÓN LOS INFORMES QUE CONSIDERE NECESARIO PARA EL EXACTO CONOCIMIENTO DEL ESTADO DE LAS COSAS, EN CUANTO A LA PER-SONA Y BIENES DE SUS REPRESENTA-DOS.

LOS REQUERIDOS ESTÁN OBLIGADOS A SUMINISTRAR DETALLADAMENTE LOS DATOS EXIGIDOS EN LOS PLAZOS ORDENADOS POR EL ASESOR.

C)- PODRÁ EXIGIR IGUALMENTE A LOS REPRESENTANTES DE LOS INCAPACES QUE RINDAN CUENTA DE SU GES-TIÓN.”

En consecuencia, la intervención del Asesor de Menores e Incapaces en procesos penales que los tienen como víctimas es fundamental. Esta intervención se hacen mucho más importante en aquellos casos en que los victimarios son los progenitores, representantes legales y/o miembros del circulo íntimo del menor o inca-paz. Si bien la citada intervención se encuentra prevista y regulada por la normativa expuesta (Leyes 552, 6.354 y 8.008), en el Código Pro-cesal Penal, Ley 6.730 y cc., actualmente sólo se prevé en el artículo 10 la constitución en querellante particular del ofendido penalmente por un delito de acción pública, y en el caso de menor o incapaz, a través de sus represen-tantes legales en la forma especial que el Có-digo establece. En numerosas circunstancias, la denuncia como elemento previo indispensable para dar intervención al Asesor, no llega a formalizarse por no tener la suficiente “autoridad” o “re-presentación” aquellos terceros interesados en la defensa de los derechos de los niños niñas adolescentes e incapaces. Tanto la Ley 552, la 6.354 como así también la 8.008 expresamente prevén la intervención del Asesor, pero la realidad nos demuestra que la misma no siempre se da de oficio, máxime cuando la persona del denunciante, no es ese representante legal que la ley esta-blece. El artículo 72 última parte del Código Penal prevé la situación de los menores (debiendo interpretarse ampliamente a todos los incapa-ces) víctimas de sus representantes (padres, tutores, guardadores, etc.), como así también

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aquellas situaciones de intereses gravemente contrapuestos, para la actuación de oficio del Fiscal. Sin embargo la experiencia forense demuestra que esta no siempre se da. El proyecto que impulsamos intenta dejar plasmada expresamente en la ley adjetiva una función del Asesor de menores e Incapaces que ya tiene vigencia, pero esta vez impulsa-da por un tercero interesado que acredite la legitimidad de su interés. A fin de evitar ampliar en forma irrazonable y contraria a la oficiosidad del proceso penal el plexo de sujetos habilitados para constituirse como querellante particular en un proceso penal, vemos esta incorporación como un medio idóneo y perfectamente compatible con el espíritu de la ley de forma. De manera tal que el presente proyecto de ley consiste en agregar un nuevo párrafo al artí-culo 10 del Código Procesal Penal que sería:

“En los casos en que el ofendido pe-nalmente lo fuera por uno de los repre-sentantes legales referidos en el primer párrafo de este artículo o personas de su círculo familiar directo y ante la in-acción de los primeros, toda persona que acredite un interés legítimo podrá instar la intervención en el proceso del Asesor de Menores e Incapaces, en sal-vaguarda de los derechos del ofendido penalmente. (conf. art. 48 y 50 Ley 8.008)”.

Por los argumentos expuestos solicito a los Señores Senadores acompañen el presente Proyecto de Ley. Mendoza, 23 de octubre de 2013.

ALEJANDRA NAMAN A Legislación y Asuntos Constitucionales.

17 ORDEN DEL DIA

Preferencias para ser consideradas con Des-pacho de Comisión: 63305- Proyecto de ley, creando el pro-tocolo de Prevención y Protección del Fenó-meno Meteorológico viento zonda.

54212- Proyecto de ley, desafectando del dominio público municipal y afectando al dominio privado de la Municipalidad de Las Heras, una fracción de terreno ubicada dentro del hoy Barrio Yapeyú, ex Barrio Tropero So-sa, con el objeto de regularizar el Barrio exis-tente 7 de mayo. 60765- Proyecto de ley, venido en revi-sión, creando el Registro Provincial de Huellas Genéticas Digitales. 63946- Proyecto de ley, sustituyendo el artículo 6° y modificando los artículos 8° y 10 de la Ley 7822 - declarando de interés provin-cial la generación de energía eléctrica a partir del uso de fuentes de energía alternativas (renovables) y adhiriendo a la Ley Nacional Nº 26.190 “Régimen de Fomento para el Uso de Fuentes Renovables de Energía”. 52437- Proyecto de ley, agregando inci-sos a los artículos 13, 14, 15 y 70 de la Ley N° 560 -Estatuto del Empleado Público -violencia laboral-. (acum. 55671 - 55368 -52420). 64110- Proyecto de declaración, expresando apoyo a la baja de la edad de imputabilidad a 14 años. 64305- Proyecto de ley, implementando Sistema de Elecciones Primarias Abiertas Si-multáneas y Obligatorio para la selección de todos los candidatos a cargos electivos provin-ciales y municipales. 63173- Proyecto de ley, venido en revi-sión, sustituyendo el Art. 44 e incorporando el apartado l al inciso 2) del Art. 85 el de la Ley 6082 -Tránsito y Transporte-. 62212- Proyecto de ley, derogando el inciso 10 del artículo 80 y el inciso 12 del artículo 113 de la Ley 1079 -Reglamentando la Prosti-tución – Derechos de Matricula Inspección Sanitaria y Control de los Prostíbulos y Perso-nas que en ellos Habiten-. 64439- Proyecto de ley, creando el Fondo del Plan de Infraestructura Eléctrica de Alta Ten-sión y Zonas Aisladas y Zonas a Desarrollar”. (FOPIATZAD). DESPACHOS DE COMISION 202-De Salud aconsejando el archivo de la nota del H.C. Deliberante de San Rafael, co-municando declaración referida a la compra de ambulancias destinadas al Hospital “Teodo-ro Schestakow”. (Expte. 64080). 203-De Economía y Comercio Exterior y de Hacienda y Presupuesto, aconsejando el ar-

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chivo de la nota del Poder Ejecutivo comuni-cando Decreto que ratifica el Convenio de Préstamo subsidiario suscripto entre la Provin-cia y la Nación, de conformidad a la Ley 6455. (Expte. 63565). 204-De Legislación y Asuntos Constituciona-les, aconsejando el archivo de los expedien-tes: 64269- Nota del H. C. Deliberante de Godoy Cruz, remitiendo resolución sobre el mapeo de conectividad de las Cámara de Se-guridad en el radio municipal. 64181- Nota de la Municipalidad de Lu-ján de Cuyo, remitiendo copia de Decreto adhiriendo al Decreto 1182/13, sobre Crono-grama Electoral año 2.013. 63875- Nota de la Asociación de Traba-jadores de la Sanidad, solicitando opinión sobre el vigencia del convenio colectivo Ley 7897 y su modificatoria por vía paritaria. 205-De Salud y de Hacienda y Presupuesto, aconsejando el archivo del proyecto de ley creando el Programa de Evaluación Médica Deportiva. (Expte. 62976). 206-De Amb. C. Climático, Reduc. Riesgo, As. Territoriales y Vivienda y de Legislación y Asuntos Constitucionales, aconsejando el ar-chivo, del propyecto de ley aplicando la Ley 13.512 de Propiedad Horizontal. (Expte. 58291). 207-De Obras y Servicios Públicos, aconse-jando el archivo de los expedientes: 63256- Actuaciones efectuadas en el pedido de informe, sobre obras para mejorar el AccesoSur (Ruta Nacional 40). 62012- Nota del Se. Héctor Antinori, remitiendo consideraciones en relación a un nuevo sistema de Transporte Público. 208-De Derechos y Garantías, aconsejando el archivo de los expedientes: 63601- Nota del Se. Juan Corradi, solici-tando intervención ante presuntas irregulari-dades en el cobro de juicio por parte de abo-gado patrocinante.. 64268- Nota de la Sra. Yésica Castro, solicitando intervención por remate judicial de su vivienda. 209-De Derechos y Garantías, aconsejando el giro a la Comisión de Legislación y Asuntos

Constitucionales, en la Nota de INADI MIN de Justicia y Derechos Humanos, remitiendo co-pia de dictamen a expediente iniciado por la Sra. Liliana García, para que se determine si los hechos denunciados encuadran dentro de las previsiones de la Ley 23.592. (Expte. 63913). 210-De Salud, en el proyecto de resolución, declarando de interés de este H. Cuerpo la labor solidaria de la ¡Asociación Mendocina de Esclerosis Múltiple (AMEM). (Expte. 64069). 211-De Hidrocarburos, Minería y Energía, Hacienda y Presupuesto y de Legislación y Asuntos Constitucionales, en el proyecto de ley modificando la Ley 7822 –declarando de interés provincial la generación de energía eléctrica, Fuente Alternativa Renovable (Ley Nacional 26.190) Régimen Fomento. (Expte. 63946). 212-De Legislación y Asuntos Constituciona-les, en el proyecto de ley, ratificando el De-creto 551/13 referido al Acta de Acuerdo Complementaria Tratado Mendoza-San Juan en el marco de lo dispuesto por Ley 6216. (Expte. 64313). 213-De Legislación y Asuntos Constituciona-les, en el proyecto de ley, derogando el inc. 7 del Art. 240, Sección quinta “Consejo Correc-cional” de la Ley 8.465 –ejecución de pena privativa de la libertad-. (Expte. 63834) 214-De Legislación y Asuntos Constituciona-les, con disidencias parciales, en el proyecto de ley, implementando sistema de Elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligato-rias, para selección de todos los candidatos a cargos electivos provinciales y municipales. (Expte. 64305) 215-De Obras y Servicios Públicos y de Legis-lación y Asuntos Constitucionales, adhiriendo a la sanción de la H. C. de Diputados, en el proyecto de ley, incluyendo en la nómina de oferentes al Consurco Público para otorga-miento de permisos de explotación de los servicios públicos de transporte de pasajeros por taxis y remises, a los señores Carlos Abra-ham Jaliff y Antonio Martín. (Expte. 64255).

V HOMENAJES

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Co-rresponde el periodo de una hora para rendir homenajes.

Tiene la palabra el señor senador Orti-

gala.

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SR. ORTIGALA (PJFPV) - Señora Pre-sidenta, en primer lugar para agradecer y felicitar al pueblo de Mendoza, por el compor-tamiento llevado a cabo el día domingo, en el momento de las elecciones generales; un comportamiento que marca una conducta en Mendoza, conducta que viene repitiéndose permanentemente en este sistema democráti-co; este sistema de consenso entre los Parti-dos y entender que el día domingo, el día de elecciones, es un momento que todos los que peinamos algunas canas no teníamos, enton-ces, es un momento muy importante donde el pueblo se expresa.

En segundo lugar, el pensamiento para

los peronistas sigue siendo que el pueblo nun-ca se equivoca y el pueblo es lo mejor que tenemos; quienes piensan una cosa distinta se apartan del ideario peronista.

En tercer lugar, felicitar a quienes el

pueblo ha elegido; a quienes el pueblo ha favorecido con su voto; a quienes ha expresa-do su confianza. Bienvenidos aquellos partidos que no tenían representación legislativa y ahora la van a tener, bienvenidos tanto a la Cámara de Diputados como a la de Senadores y volver a expresar nuestras felicitaciones a todo el bloque de la Unión Cívica Radical por el triunfo obtenido.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene

la palabra el señor senador Camerucci. SR. CAMERUCCI (UCR) - Señora Pre-

sidenta, es para en el mismo sentido que lo hace el bloque Oficialista y a muy pocos días de cumplir treinta años de la Asunción demo-crática del presidente elegido por la voluntad de los argentinos, Raúl Alfonsín, hacer un homenaje, ciertamente a la Constitución, a la vigencia plena de la Constitución y dentro de ella, a lo que manda la misma, que es la ex-presión soberana de los ciudadanos de Argen-tina.

En gran parte de nuestra campaña, o

por lo menos, muchos de nosotros hacíamos mucho hincapié, que lo que había que hacer el domingo no era votar en contra de nadie, no era votar con bronca. No era bueno votar con resentimiento, sino que había que hacerlo con alegría y con esperanza, independientemente a qué fuerza política uno fuera a confiar su voto. Creo en este sentido, que este debería seguir siendo el mensaje; y lo digo no sólo porque nosotros lo hicimos así, sino que estoy seguro que la dirigencia más experimentada, al menos, de los otros Partidos, también com-parten este criterio. Es decir, que lo peor que nos puede pasar es votar en contra de algo y no por la construcción de algo.

Lo digo en estos momentos, porque lue-go de esa expresión ciudadana, que creo que fue agendar, más allá de algunos inconvenien-tes que tuvimos y que creo que hacen al sis-tema, o que hacen a la militancia en el terre-no y que por allí llega a extremos de violencia verbal, en algunos casos, y hasta física en otros, que fueron muy aislados –por cierto-, es que yo descarto que hayan sido inducidos por los responsables máximos políticos de los Partidos políticos.

Digo, luego de una excelente jornada

como la que tuvimos el domingo, no es bueno que alguien exprese públicamente, recrimi-nando por quién voto, y que, por ejemplo, se haga cargo de su voto. El ciudadano sabe cuando vota, el vecino de Mendoza, el ciuda-dano argentino sabe cuando vota, que se tie-ne que hacer cargo de su voto y no hace falta que se lo digan desde ningún ámbito.

Y tampoco es bueno que figuras de dis-

tintas expresiones del quehacer social argen-tino agredan desde cualquier ámbito, cual-quier espacio que se expresen, ya sea en los medios de difusión, en las redes sociales, en el ámbito público, donde desempeñan sus tareas, denoten o critiquen por haber votado a una opción o a otra. Me parece que esto va en contra de lo que a nuestro entender es una fiesta y que yo tengo que ser sincero, perso-nalmente, y nos parece que así debe ser con muchos, casi es emocionante cuando comien-za el día ver la gente ir a expresar su voto. De tal manera que, luego de pasado ese día ex-traordinario que es para nosotros, los militan-tes políticos, ir a elegir a nuestros represen-tantes, enturbiar ese día con declaraciones o con posiciones posteriores que nada tiene que ver con la tolerancia que creo que la gente nos reclama.

Dicho esto, comparto plenamente la

alegría de la expresión ciudadana que acaba de expresar el presidente del bloque del ofi-cialismo y agradecerle las felicitaciones

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene

la palabra la señora senadora Naman. SRA. NAMAN (NE) - Señora Presiden-

ta, un día como mañana, hace 30 años, voté por primera vez, y ya tenía veinticinco años. Es que en el año ‘76, cuando en realidad me hubiera tocado votar, unos meses antes de que se llamara a elecciones, hubo un Golpe de Estado en el país. Golpe de Estado, del cual ya hemos hablado muchas veces y que dejó, no solamente los desaparecidos, los nietos que aún se buscan, sino también desde el punto de vista económico y cultural, la contrapolíti-ca, como el gran tema que tenían en ese mo-mento.

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Nos sentimos muchos muy mal en esa época, yo estudiaba en la Facultad de Derecho privada, era la única que había, con el Secre-tario Legislativo, éramos compañeros de fa-cultad y teníamos muy bien identificados quiénes eran de los servicios y el cuidad que teníamos que tener al momento de hablar. Yo pienso que vivíamos como momentos de as-fixia al no poder decir lo que se siente o lo que se quiere y máxime en una Facultad de Dere-cho, donde se estudia Historia de las ideas políticas y Filosofía, donde se estudian tantas cosas, realmente era un sentimiento de asfixia y muchos trabajamos y militamos en la clan-destinidad.

También recuerdo cómo un día, a fines

de marzo, por primera vez pudimos salir a manifestarnos, cuando un obrero -el obrero Ortiz- fue muerto por Gendarmería y también recuerdo cómo por la calle San Martín, nos corrían los Gendarmes a caballo y nosotros gritábamos felices porque sentíamos por pri-mera vez que éramos libres y podíamos decir lo que pensábamos. En realidad, después de esa asfixia, vino el oxígeno de la democracia y vino -aún lo recuerdo- una persona, un abo-gado, un defensor de los derechos humanos, una persona que atrajo a muchos jóvenes que pensábamos que en realidad necesitábamos una democracia fuerte.

En aquél entonces había un lema que

decíamos que eran “cien años de democracia”. Nuestra presidenta le hizo un homenaje, en vida, muy emotivo a Raúl Alfonsín, que aún lo recuerdo. Por eso, a casi treinta años de mi primer voto y por ese lema que teníamos de “cien años de democracia”, le digo a aquellos defensores de la democracia que fueron presi-dentes y que ya no están acá: “ya llevamos treinta”.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene

la palabra el señor senador Cairo. SR. CAIRO (PRO) - Señora Presidente,

en relación al mismo tema, quiero hacer una breve reflexión; comparto con que se ha cele-brado una jornada cívica muy importante, porque ya llevamos treinta años de una conti-nuidad democrática de la cual no habíamos gozado en el siglo pasado, seguramente por errores de los propios dirigentes políticos que promovían con sus actitudes, a veces violen-tas, a veces de boicot, que personas que no están preparadas para la política, como son los militares, se arrogaran la facultad de go-bernarnos, cerrando los ámbitos de discusión parlamentaria, atribuyéndose facultades que son del Congreso, por ejemplo, declarando una guerra, que es un acto tan importante que la Constitución en el artículo 75 se lo re-serva al Congreso de la Nación, o tomando deuda externa. Pasamos en muy pocos años,

de tener una deuda externa absolutamente pagable a que la deuda externa fuera un pro-blema nacional que aún hoy nos aqueja.

La reflexión iba a que, no solamente se

contribuye a la democracia celebrando elec-ciones normales, sin problemas como las que tuvimos el domingo próximo pasado, sino que tenemos que aprender y que creo que en es-tos 30 años todavía no aprendemos, a ser democráticos no sólo el día de la elección, sino en lo cotidiano en el ejercicio del Gobierno. No puede ser, y eso tenemos que corregirlo, que no se dialogue con la oposición; que pedir una audiencia para hablar un tema de Estado sea una cosa casi imposible. No lo digo en la pro-vincia de Mendoza donde tenemos un ámbito democrático, donde se respetan las institucio-nes en este sentido, sino a nivel nacional te-nemos mucho que aprender. La intolerancia verbal para quienes no piensan como el Go-bierno de turno, es algo antidemocrático, y tenemos que aprender a ser más democráti-cos por el bien de nuestra querida República Argentina.

SRA. PRESIDENTE (Gallardo) - Tiene

la palabra el señor senador Vilches. SR. VILCHES (UCR-AI) - Señora Pre-

sidenta, siguiendo la línea de los senadores preopinantes, desde el Bloque Arturo Illia queremos citar que la histórica elección del 30 de octubre del ‘83, implicó para los argentinos más allá de la ansiada recuperación democrá-tica, la posibilidad de que los argentinos ter-minásemos con mucha controversia. En el año ‘83, el 30 de octubre, independientemente de los matices o los planteos ideológicos de los Partidos, había una unidad de acción de pala-bra y de pensamiento que tenía que ver con romper con esa impotencia republicana que presentaba la República Argentina después de décadas de intentos democráticos y de repeti-ciones de actos de acciones facciosas por par-te por parte de quienes no compartían este planteo democrático.

Más allá de las preferencias personales o

partidarias, también cabe mencionar que en-tre todas aquellas figuras de la política Argen-tina, que también contribuyeron a solidificar ese proceso, surge la del doctor Raúl Ricardo Alfonsín, como hombre que se constituyó no solamente en el factotum de aquella elección el factotum de la preferencia popular, sino por la envergadura que empezó a tomar no sola-mente la Argentina como país, sino a través de su figura en el proceso de recuperación democrática del resto de los países de Améri-ca Latina.

No olvidar que el Consenso de Cartage-

na fue una de las reuniones que marcó un punto, diría yo dirimas, donde se comenzaron

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a plantear las grandes cuestiones de la demo-cracia argentina.

Y por eso, más allá de que aquí hay

hombres de otros partidos que puedan tener otros líderes u otros ídolos, quiero resaltar la figura de Raúl Ricardo Alfonsín, no solamente por ser de mi Partido. Y como bien decía la senadora Naman, porque hizo que los jóvenes de aquel tiempo nos imbuyéramos de un espí-ritu democrático de comprensión de apertura, y quizás sino entender la profundidad de lo que estaba ocurriendo, estábamos dando a luz entre todos: peronistas, radicales, socialistas, demócratas y de

Otras facciones o grupos políticos, o

ideologías políticas, el nacimiento a una trein-tena de años, que pareciera que fuera ayer, pero son nada menos que treinta años, donde rescatando las palabras de lo que aquí se ha dicho, podamos aprender y dejarle a las gene-raciones que vienen, a las de nuestros hijos y nietos, que hay un camino de consenso y que juntos y solamente juntos, esta Argentina recuperará lo que siempre anhelamos los que formamos parte de este bendito país. Así que, en homenaje a todos los desaparecidos, en homenaje a todos los que fueron víctimas de golpes de Estado, en homenaje a todos esos luchadores de los procesos democráticos y a todos los que, con sus errores y aciertos, han hecho lo posible para que esta Argentina sea mejor, independientemente de que cada día tengamos que seguir mejorando, me parece que, entendamos que ese es el camino y que la verdad es que coincido con lo que decía la senadora preopinante cuando decía que cuan-do el pueblo habla por algo es, y tendremos que, todos -los ganadores y perdedores- ver como hacemos para que la gente viva mejor en este país.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene

la palabra el señor senador Aguinaga. SR. AGUINAGA (PD) - Señora Presi-

dente, desde nuestra bancada vamos a ad-herir a este homenaje que se le está haciendo a los treinta años de Democracia que la Ar-gentina está viviendo en estos momentos.

La verdad es que hemos tenido varias

oportunidades de hablar de la democracia, de los golpes de Estado, de las responsabilida-des, de la democracia como resultado. Yo creo que nos conocemos bastante, los que estamos en esta Cámara como para saber qué piensa cada uno, pero nunca está demás recordar algunas cosas y señalar algunos principios para que no vaya a sembrarse nunca más en la República Argentina la posibilidad de que las soluciones a los problemas sociales, venga por otra vía distinta que no sea la democráti-ca.

La verdad es que la sociedad en el mun-do hace miles de años que están discutiendo a ver cuál es el mejor sistema para elegir a las personas que van a gobernar, desde que exis-te la imposibilidad de gobernar en forma dire-cta, por los tamaños de las ciudades actuales, obviamente la gran discusión ideológica que existe desde hace miles de años es ver cuál es el mejor sistema que existe, y creo que toda-vía no se ha inventado un sistema ideal o un sistema perfecto, todos los sistemas son im-perfectos; la democracia, obviamente, tam-bién es un sistema imperfecto, pero es el me-jor conocido hasta el momento. Quizás en miles de años posteriores, aparezca algo dis-tinto, que sea superador a la democracia, pero hasta ahora es el mejor sistema que existe y lo tenemos que defender a muerte, todos los días, no algunas veces, todos los días.

En la Argentina que nos ha tocado vivir,

desde 1853 hasta ahora ha habido muchos retrocesos en la defensa de la democracia: intentos de golpes de Estado frustrados, gol-pes de Estado que se han producido –desde 1930, en adelante- Yo entiendo que, y lo ten-go que decir: uno de los principales factores de la decadencia de la Argentina, se produce a partir de 1930 con el golpe del 1930, puedo estar equivocado, pero es una de las teorías que sostengo para explicar los altibajos que ha sufrido la política Argentina y el desarrollo del pueblo argentino, también.

La verdad es que, a partir del 1983, los

argentinos hemos aprendido a solucionar nuestros conflictos de una forma democrática; años atrás las soluciones se buscaban yendo a golpear puertas de cuarteles y no apostando al voto de la gente.

Y en esto del golpe de Estado, todos hemos sido víctimas, todos los Partidos políti-cos que estamos acá, alguna vez hemos sido derrocados por un golpe de estado; y muchos de los Partidos políticos que están hoy acá han cometido el error de haberse prestado a cola-borar para un régimen totalitario, unos en algún momento y otros en otro, pero todos hemos cometido lamentablemente, ese error. Por esto, es muy importante el repaso del ‘83 en adelante, hoy a nadie se le ocurre salir a buscar soluciones fuera del sistema, es el gran avance que ha tenido la Argentina del ‘83 en adelante. Obviamente, hay que seguir mejo-rando esta democracia para que además ten-gamos una democracia con resultados, es decir, con un mejor nivel de vida para los amplios sectores de la sociedad Argentina, lamentablemente todavía no pueden despegar de la pobreza, es una deuda que tenemos todos.

La democracia está pegada, como dos

caras de una sola moneda, con el Sistema

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Republicano, es decir, una democracia no republicana, hoy no podría ser vista como una democracia, quizás cientos de años atrás sí, pero hoy pensar en una democracia sin repú-blica que es la que le pone freno al ejercicio del poder podría ser una democracia mucho más imperfecta y quizás nos podría llevar fácilmente a caer en un sistema totalitario, elegido por el pueblo pero totalitario en el ejercicio del poder. Por lo tanto, la república es la otra cara de la democracia y juntas tie-nen que ofrecerle las soluciones sociales a los argentinos. Hay mucho por hacer para mejo-rar una democracia.

Hoy vamos a avanzar en el Senado mo-

dificando, de alguna forma, el sistema electo-ral para transformar el actual sistema electo-ral que creo que ha llegado a un ocaso tan grande que ponemos en riesgo el funciona-miento del sistema democrático; me parece que con el avance que vamos a producir hoy y con la nueva Ley de Reforma del Sistema Electoral, que espero que pronto se aplique en Mendoza, va a contribuir para que haya un mejor sistema de selección de candidatos y para fortalecer a la democracia.

Hay mucho por hacer en lo que respecta

a la ética pública, hay una Ley de Ética Pública que Mendoza tiene que sancionar, que el Go-bernador anunció el 1° de Mayo y entiendo que ha presentado hace poco tiempo, habrá que estudiarla junto con el resto de los pro-yectos de ética pública que está en la Legisla-tura y que tienen que ver con la transparencia del ejercicio del poder; con una ley de acceso a la información por parte de la ciudadanía y que la democracia vaya generando institucio-nes cada vez más permeables y más transpa-rentes que sirvan para prevenir la corrupción, que es un flagelo muy grande y que existe, lamentablemente, en todos los gobiernos.

Por lo tanto, adhiero con fervor a los

homenajes, adhiero a la Asamblea Legislativa que se va a hacer el 10 de diciembre, y si se aprueba el proyecto que nos ha invitado a participar el senador Jaliff, y que hemos fir-mado varios legisladores de esta Cámara. Propongo estos desafíos, que creo que en la política mendocina le tiene que ofrecer al pue-blo mendocino logrando una mayor ética pú-blica, una mayor transparencia y mayor acce-so a la información por parte del pueblo de Mendoza.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene

la palabra el señor senador Biffi. SR. BIFFI (UCR) - Señora Presidenta,

los inicios de la democracia nos encontraron trabajando por el sistema democrático, a mu-chos de los que estamos aquí, de distintas fuerzas políticas.

Me parece que hay muchos hombres y mujeres que son los símbolos de esas épocas, pero está claro que Raúl Alfonsín, concentra a mi juicio, los mayores elogios porque tuvo la responsabilidad de impulsar medidas políticas como discursos como ideas para consolidar definitivamente la democracia. Siempre digo que la incomprensión de hombres y mujeres y de evaluaciones erróneas le quitó en su tiem-po, cuando estaba vivo, la suficiente valora-ción; después la recuperó por aquello de que pareciera que hay que morirse para tener un reconocimiento, le ha pasado a la mayoría de las grandes figuras de la política argentina, y sin duda Raúl Alfonsín lo fue.

Me quedo pensando en lo que decía el

senador Aguinaga, y quiero agregar que yo creo que a los hombres y a las mujeres demó-cratas, no en el sentido de pertenencia política sino de cómo queremos vivir; nos suele pasar como al personaje de la mitología griega (Sísi-fo) que fuera condenado, ciego, a subir una inmensa roca a una cima, a la que obviamente nunca llegaba, siempre caía una y otra vez; eso dio origen a varias interpretaciones, una que hablaba de la inutilidad de la vida del hombre, y otra que se refería a la formidable rebeldía del hombre, que a pesar de caer una y otra vez en una misión casi inalcanzable, volvía a empujar. A mí me parece que a noso-tros nos pasa eso, la democracia todavía no alcanza la cima, está lejos, y todos sentimos una inmensa deuda con nuestros sueños mili-tantes; un país mejor que el que tenemos, una ciudadanía mejor que la que tenemos, una sociedad integrada en todo sentido, mejor nivel de equidad, mayor igualdad. Es cierto que hemos construido en esa montaña algu-nas “llanuras” de las que ya no vamos a vol-ver a bajar, la piedra ya no cae para volver a los tiempos de las dictaduras; la piedra ya no cae para negar la Constitución y la Ley; la piedra ya no cae a la violencia física que ter-mina acabando con la vida del que piensa distinto. El mejor homenaje de los que esta-mos aquí es seguir comprometidos con el desafío.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Si

ningún otro senador va a hacer uso de la pa-labra, daremos por clausurado el Periodo de Homenajes.

-Clausurado.

VI

OMISION DE LECTURA

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Co-rresponde la lectura del Acta de Labor Parla-mentaria.

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Si hay asentimiento por parte del Cuer-po, omitiremos la lectura del Acta de Labor Parlamentaria.

-Asentimiento.

VII ACTA DE LABOR

-El texto del Acta de Labor Parlamenta-ria, cuya lectura se omite, es el siguien-te:

ESTADO PARLAMENTARIO EXPTE. 64473. SOBRE TABLAS BLOQUE NUEVO ENCUENTRO: TRATAMIENTO SOBRE TABLAS Expte. 64471. Proyecto de resolución. Solici-tando al Poder Ejecutivo arbitre los medios necesarios para articular con los municipios, estrategias tendientes a mejorar las activida-des de los artistas populares. PUNTO15AE. BLOQUE UNIDAD POPULAR: DEBERÁ PEDIR ESTADO PARLAMENTARIO Y SU POSTERIOR GIRO A COMISIONES Expte. 64479. Proyecto de ley. Creando en la Provincia de Mendoza, un registro de llamadas que posibilite que usuarios de telefonía fija y celular puedan evitar abusos mediante publi-cidad y ventas telefónicas del tipo denominado telemarketing. GIRO A OSP COOR. LE-GISL. DEBERÁ PEDIR ESTADO PARLAMENTARIO Y SU POSTERIOR TRATAMIENTO SOBRE TA-BLAS Expte. 64481. Proyecto de resolución. Solici-tando a la Secretaria de Transporte interpon-ga las medidas necesarias a fin de cumplimen-tar la instalación de un sistema semafórico en la intersección de las calles 25 de Mayo y San Luis del Departamento Las Heras. CO-OR. LEGISL. BLOQUE PRO: TRATAMIENTO SOBRE TABLAS Expte. 64459. Pedido de informe. A la Subse-cretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, en relación a la aplicación de la Ley 8.395 –

beneficio vitalicio a condenados durante pro-ceso militar -. PUNTO7AE. BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA PARTIDO JUSTICIALISTA: DEBERA PEDIR ESTADO PARLAMENTARIO Y GIRO A TCyD Expte. 64476. Proyecto de resolución. Decla-rando de interés legislativo al Libro “Sonrisas. Poemas para Niños de 0 a 125 años”, de auto-ria de la Escritora Ana María Pesle. GIRO A TCD COOR LEGISL. DEBERA PEDIR ESTADO PARLAMENTARIO Y POSTERIOR TRATAMIENTO SOBRE TABLAS Expte. 64474. Proyecto de resolución. Decla-rando de Interés de esta H. Cámara el “Día del Trabajador Minero” celebrado el 28 de octubre Con Modif. COOR LEGISL. Expte. 64477. Proyecto de resolución. Decla-rando de interés de esta H. Cámara las “XII Jornadas Nacionales de Pediatría y Farmacia”, a realizarse los días 16 y 17 de noviembre de 2013 en el Departamento Tunuyán. CO-OR LEGISL. Expte. 64478. Proyecto de resolución. Decla-rando de interés legislativo el “Curso de Pos-grado: Política, Reforma y Constitución. Histo-ria teoría y Realidad”, que se dictará a partir del 1 de noviembre de 2013. COOR LE-GISL. TRATAMIENTO SOBRE TABLAS Expte. 64467. Proyecto de resolución. Solici-tando al Poder Ejecutivo arbitre las medidas pertinentes a los fines de evitar el cierre de la Sede del Instituto de Educación Superior Ma-nuel Belgrano 9008, ubicada en el Distrito de Rodeo del Medio, Departamento Maipú. PUN-TO 11 AE. Expte. 64468. Proyecto de ley. Ratificando Decreto N° 1111/13, mediante el cual ratifica Actas Acuerdo de Intención de Conformación y Constitutiva del Consejo Olivícola Federal. PUNTO 12 AE. BLOQUE UNIÓN CÍVICA RADICAL: DEBERA PEDIR ESTADO PARLAMENTARIO Y POSTERIOR TRATAMIENTO SOBRE TABLAS Expte. 64475. Proyecto de resolución. Solici-tando a la Directora General de Escuelas dé

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cumplimiento a la Resolución 2877/11, me-diante la cual se incluye con el cuarenta por ciento (40%) de bonificación por zona a la Escuela 4-202 Río Atuel, perteneciente al De-partamento General Alvear. COOR LEGISL. TRATAMIENTO SOBRE TABLAS Expte. 64466. Proyecto de ley. Convocando a la Asamblea General para el día 10 de diciem-bre de 2013, en el marco del Reglamento respectivo, a fin de realizar un homenaje al cumplirse 30 años de democracia interrumpi-da desde 1983. PUNTO 10 AE. Expte. 64469. Proyecto de resolución. Solici-tando a la Directora General de Escuelas, con-temple en el Presupuesto 2014, la recategori-zación de zona con el cuarenta por ciento (40%) de la Escuela 1-616 “Amado Sad”, situada en el Departamento General Alvear. PUNTO 13 AE.

Dra. MIRIAM GALLARDO Presidente Provisional

H. Senado Sdor GERARDO DEL RIO

Vicepresidente H. Senado

IGNACIO ORTIGALA GUILLERMO AMSTUTZ ARMANDO CAMERUCCI JUAN CARLOS JALIFF ALEJANDRA NAMAN GUSTAVO CAIRO GUSTAVO VALLS

MILAGROS SUAREZ CARLOS AGUINAGA

Dr. SEBASTIAN BRIZUELA (Secretario Legislativo) Tec. RUBEN VARGAS

(Prosecretario Legislativo)

VIII SE ALTERA EL ORDEN DEL DIA

SRA. PRESIDENTE (Gallardo) - Or-den del Día.

Tiene la palabra el señor senador Esco-da.

SR. ESCODA (PJFPV) - Señora Presi-denta, es para solicitar la autorización para apartarme del Orden del Día, habida cuenta que están los compañeros Unión Obrera Mine-ra, y tratar sobre tablas el expediente 64474.

IX ESTADO PARLAMENTARIO

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - En consideración el estado parlamentario y pos-terior tratamiento sobre tablas del expediente 64474.

Se va a votar. -Resulta afirmativa. -El texto del proyecto contenido en el expediente 64474, es el siguiente:

E64474

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

EL HONORABLE SENADO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

R E S U E L V E:

Artículo 1º-: Declarar de interés legislativo de esta Honorable Cámara el “Día del trabajador minero” celebrado el 28 de octubre, en reco-nocimiento a su trabajo y sacrificio en pos del desarrollo por las generaciones presentes, sin comprometer el futuro para satisfacer sus propias necesidades. Artículo 2º-: De forma.

JOSE ESCODA

FUNDAMENTOS HONORABLE CÁMARA: El presente Proyecto de Resolución tiene por finalidad declarar de interés legislativo “El día del trabajador minero”, celebrado el día 28 de octubre y coincidente con la creación de la Asociación Obrera Minera Argentina en el año 1953. Cuando el hombre en la prehistoria fragmentó por primera vez una roca silícica se dio cuenta de su potencial para la caza, esto le permitió agregar a su vida diaria nuevos alimentos como la carne, con este nuevo elemento en su alimentación pudo comenzar a desarrollar su intelecto. Las distintas etapas de la civilización de la humanidad se reconocen a través de minera-les que el hombre ha dominado a través del tiempo, y hoy las definimos como edades "de piedra", "de bronce" y "de hierro".

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Desde su propia creación el hombre se rela-cionó con la minería. Oficio rudo que con el tiempo y las tecnologías se fue tornando más aceptable e igualmente sacrificado para la condición humana. En cuanto se tomo conciencia de lo importante que podía ser la industria minera tuvimos un hecho singular por primera vez, quizás, en la historia del país. Se determinó una política de estado apoyada por todos los partidos políti-cos y los sectores que componen la actividad. La preocupación se centra en que el hombre debe trabajar seguro y en condiciones de me-dio ambiente que no lo agredan. El medio ambiente se define como un sistema complejo compuesto por dos sub sistemas EL NATURAL formado por los elementos de la naturaleza agua, suelo, aire, flora, fauna, minerales y el HUMANO compuesto por la estructura social, cultural, política, científica, y económica, estos subsistemas no son inde-pendiente, sino que se complementan y modi-fican constantemente . En un sentido práctico podemos decir que el medio ambiente es el hombre y su entorno, con interacciones dinámicas que producen modificaciones continuas, teniendo al hombre como motor de estas acciones. La Asociación Obrera Minera Argentina tiene como filosofía la de apoyar actividades pro-ductivas dentro de la actividad minera, bregar por el cuidado del medio ambiente, trabajar junto con las empresas, el estado Nacional y/o Provincial, con las Organizaciones Civiles para generar los controles que la actividad minera requiera en pos del desarrollo por las genera-ciones presentes, sin comprometer el futuro para satisfacer sus propias necesidades. Por lo expresado anteriormente es que consi-dero necesario brindar desde esta Honorable Cámara nuestro apoyo institucional al men-cionado proyecto de Resolución. Mendoza, 25 de octubre del 2013.

JOSE ESCODA

X SE DECLARA DE INTERES DEL

H. SENADO AL DIA DEL TRABAJADOR MINERO

SRA. PRESIDENTE (Gallardo) - En consideración en general y en particular el proyecto contenido en el mencionado expe-diente.

Se va a votar.

-Resulta afirmativa.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Habiendo sido aprobado en general y en parti-cular, se dará cumplimiento y se comunicará. (Ver Apéndice Nº 2).

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tie-ne la palabra el señor senador Escoda.

SR. ESCODA (PJFPV) - Señora Presi-denta, este proyecto de mi autoría, como no podía ser de otra manera, y es de cara de interés Legislativo, el “60 Aniversario” de la Creación de la Unión Obrera Minera. La Unión Obrera Minera es una Asociación que perma-nentemente ha bregado por la grandeza de nuestra Patria y particularmente en grandeza de nuestra Provincia.

Hace unos momentos, escuchaba de los distintos legisladores, reconociendo este día tan importante y tan especial que hemos vivido este domingo próximo pasado, que seguramente, como no tengo ninguna duda vamos a seguir teniendo muchos domingos más de democracia. Pero para llegar a esta democracia pasaron muchas cosas y en esto tampoco fue ajena la Asociación Obrera Mine-ra, ya que también que para recuperar nues-tra democracia, aportó su sangre como fue la del compañero Benedicto Ortiz.

Por eso, creo que esta Legislatura no puede estar ausente y reconocer este día tan importante para los trabajadores mineros, con este reconocimiento Legislativo que le hace-mos hoy. Gracias, señora Presidenta.

Una cosita más, señora Presidenta, para desocupar los compañeros quiero pedir un breve cuarto intermedio para hacer entrega de unos presentes que le hace la Legislatura a los compañeros representantes de la Unión Obrera Minera.

XI CUARTO INTERMEDIO

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Gra-cias, señor senador.

En consideración el cuarto intermedio. Si no hay observaciones, se da por

aprobado. Aprobado. -Se pasa a cuarto intermedio a las

13.09

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XII SE ALTERA EL ORDEN DEL DIA

-A las 13.18 dice la

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Se reanuda la sesión.

Corresponde el Orden del Día.

Tiene la palabra el señor senador Orti-gala.

SR. ORTIGALA (FPVPJ) - Señora Pre-sidenta, es para solicitar la alteración del Or-den del Día, para que tratemos el Despacho 214, expediente 64305.

Por Secretaría se dará lectura.

-El texto del Despacho 214, es el si-guiente:

DESPACHO Nº 214 Expte. 64305/13 HONORABLE CAMARA: La Comisión de Legislación y Asuntos Consti-tucionales, ha considerado el Proyecto de Ley, IMPLEMENTANDO SISTEMA DE ELECCIONES PRIMARIAS ABIERTAS SIMULTANEAS Y OBLI-GATORIO PARA LA SELECCION DE TODOS LOS CANDIDATOS A CARGOS ELECTIVOS PROVINCIALES Y MUNICIPALES, y en virtud de los fundamentos obrantes en el mismo, aconseja al H. Cuerpo preste aprobación al siguiente:

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y:

TÍTULO I - ELECCIONES PRIMARIAS ABIER-TAS, SIMULTÁNEAS Y OBLIGATORIAS. CAPÍTULO I ARTÍCULO 1°: Elecciones Primarias: Todas las agrupaciones políticas procederán en forma obligatoria a seleccionar a sus candidatos a cargos públicos electivos provinciales y muni-cipales mediante elecciones primarias, abier-tas, en forma simultánea, en todo el territorio provincial, en un solo acto electivo, mediante

voto secreto y obligatorio, conforme las dispo-siciones de la presente Ley. ART. 2°: Definiciones: Entiéndase por agrupa-ciones políticas a los Partidos políticos, alian-zas y confederaciones conformados de acuer-do a la Ley N° 4.746. En adelante, se denomina elecciones prima-rias a las elecciones internas, abiertas, simul-táneas y obligatorias por las cuales las agru-paciones políticas deberán seleccionar a todos sus candidatos a cargos electivos provinciales y municipales. Entiéndase por Junta Electoral Provincial a la Junta Electoral Permanente prevista en el artículo 55 de la Constitución de la Provincia. ART. 3°: Fecha de convocatoria y realización de las elecciones primarias: El Poder Ejecutivo Provincial y los Poderes Ejecutivos Municipales deberán realizar la convocatoria a elecciones primarias con una antelación no menor a los noventa (90) días corridos previos a su reali-zación. Las mismas se celebrarán en forma simultá-nea con las elecciones primarias nacionales que convoque el Poder Ejecutivo Nacional de conformidad con lo dispuesto por la Ley Na-cional N° 26.571. Adhiérase por la presente a lo dispuesto por la Ley Nacional N° 15.262 y modificatorias, su Decreto Reglamentario N° 17.265/59, al ré-gimen del Capítulo III Bis del Título III de la Ley Nacional Nº 26.215 y al artículo 35 de la Ley Nacional Nº 26.571 y sus respectivas mo-dificatorias y complementarias. ART. 4°: Autoridad de Aplicación, Competen-cia y Facultades: La Junta Electoral Provincial será autoridad de aplicación del presente ré-gimen de elecciones primarias. A tal efecto acordará con la Junta Electoral Nacional todas las medidas tendientes para la realización del acto electoral en conjunto dentro de las limi-taciones establecidas en el art. 122 de la Constitución Nacional y la Sección II de la Constitución de la Provincia. En todo lo que no se encuentre modificado por la presente Ley y resulte de aplicación, se estará a lo dispuesto por la Ley Electoral Pro-vincial Ley N° 2.551 y sus modificatorias, la Ley de Partidos Políticos N° 4.746 y sus modi-ficatorias y en la Ley de Regulación y Finan-ciamiento de Campañas Electorales N° 7.005 y sus modificatorias. ART. 5°: Designación de precandidatos: La designación de los precandidatos es una facul-tad exclusiva de las agrupaciones políticas, debiendo respetar las respectivas Cartas Or-

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gánicas, los requisitos establecidos en la Constitución Provincial, las Leyes Electoral N° 2.551 y sus modificatorias, de Partidos Políti-cos N° 4746 y sus modificatorias y la presen-te. Los Partidos pueden reglamentar la participa-ción de extrapartidarios en sus cartas orgáni-cas. Cada agrupación política determinará los re-quisitos para ser precandidato por las mismas, debiendo respetar la normativa general que resulte de aplicación. ART. 6°: Avales: Las listas de precandidatos a Concejales, Intendente, Senadores y Diputa-dos Provinciales, Convencionales Constituyen-tes, Gobernador y Vicegobernador, deberán estar avaladas por un número de afiliados no inferior al dos por mil (2‰) del total de los inscriptos en el padrón general del distrito electoral respectivo, o por un número mínimo de afiliados a la agrupación política equivalen-te al dos por ciento (2%) del padrón de afilia-dos del distrito respectivo de la agrupación política o, en el caso de alianzas o confedera-ciones, de la suma de los padrones de los partidos que la integran, hasta un máximo de dos mil (2.000); el que sea menor. Ningún afiliado podrá avalar más de una (1) lista. En caso que un afiliado apareciere ava-lando más de una lista, se tendrá por válido el último aval otorgado. ART. 7°: Precandidatos: Los precandidatos que se presenten en las elecciones primarias sólo pueden hacerlo en la lista de una (1) sola agrupación política y para una (1) sola cate-goría de cargos electivos. CAPÍTULO II. Electores. ART. 8°: Obligatoriedad: En las elecciones primarias deben votar todos los electores, de acuerdo al registro de electores confeccionado por la Justicia Electoral para la elección gene-ral respectiva, utilizándose el mismo padrón que para esta última. El elector votará en el mismo lugar en las dos elecciones, salvo razones excepcionales o de fuerza mayor, de lo cual se informará debida-mente por los medios masivos de comunica-ción. ART. 9°: Voto: Los electores deben emitir un (1) solo voto por cada categoría de cargos a elegir, pudiendo optar por distintas listas de diferentes agrupaciones políticas. Se dejará constancia de la emisión del voto de la misma manera que para las elecciones ge-nerales.

CAPÍTULO III. Presentación y oficialización de listas para las elecciones primarias ART. 10°: Solicitud. Plazo: Hasta cincuenta y cinco (55) días antes de las elecciones prima-rias las agrupaciones políticas deberán solici-tar a la Junta Electoral Provincial la asignación de colores para las boletas a utilizar en las elecciones primarias y la elección general. Las boletas de todas las listas de una misma agrupación tendrán el mismo color o número, los que no podrán repetirse con el de otras agrupaciones, salvo el blanco. Aquellas que no hayan solicitado color, deberán utilizar en las boletas de todas sus listas el color blanco. Cuando para las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias a los cargos nacio-nales, prevista en la Ley Nacional N° 26.571, el juzgado federal con competencia electoral asigne colores a las agrupaciones nacionales, los mismos serán utilizados también por las agrupaciones de distrito de cada agrupación nacional para la postulación de precandidatos para cargos electivos provinciales y municipa-les. ART. 11°: Presentación. Plazo. Requisitos: Las listas de precandidatos se deben presentar ante la junta electoral de cada agrupación hasta cincuenta (50) días antes de la elección primaria para su oficialización. Las listas de-ben cumplir con los siguientes requisitos:

a) Número de precandidatos igual al número de cargos titulares y suplentes a seleccionar, respetando el porcentaje mínimo de precandidatos de cada sexo de conformidad con lo dispuesto por la legislación provincial vigente;

b) Nómina de precandidatos acompa-ñada de constancias de aceptación de la postulación suscritas por el precan-didato, indicación de domicilio, número de documento nacional de identidad, li-breta de enrolamiento o libreta cívica, y declaración jurada de reunir los requisi-tos constitucionales y legales pertinen-tes;

c) Designación de apoderado y respon-sable económico-financiero de lista y constitución de domicilio especial en la ciudad asiento de la junta electoral de la agrupación;

d) Denominación de la lista, mediante nombre. No podrán utilizar el nombre de personas vivas, de la agrupación po-lítica, ni de los partidos que la integra-ren;

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e) Avales conforme lo establecido en la presente ley;

f) Declaración jurada de todos los pre-candidatos de cada lista comprome-tiéndose a respetar la plataforma elec-toral de la lista;

g) Plataforma programática y declara-ción del medio por el cual la difundirá.

Las listas podrán presentar copia de la docu-mentación descrita anteriormente ante la jus-ticia electoral. ART. 12°: Oficialización. Recursos: Presentada la solicitud de oficialización, la junta electoral de cada agrupación verificará el cumplimiento de las condiciones establecidas en la Constitu-ción Nacional, la Ley de Partidos Políticos, la Ley Electoral Provincial Nº 6.831, la carta orgánica partidaria y en el caso de las alian-zas, de su reglamento electoral. A tal efecto podrá solicitar la información necesaria a la Junta Electoral Provincial, que deberá eva-cuarla dentro de las veinticuatro (24) horas desde su presentación. Dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de presentadas las solicitudes de oficialización la junta electoral partidaria dictará resolución fundada acerca de su admisión o rechazo, y deberá notificarla a las listas presentadas de-ntro de las veinticuatro (24) horas. Cualquiera de las listas podrá solicitar la revo-catoria de la resolución, la que deberá presen-tarse por escrito y fundada ante la junta elec-toral partidaria dentro de las veinticuatro (24) horas de serle notificada. La misma deberá expedirse dentro de las veinticuatro (24) horas de su presentación. La solicitud de revocatoria podrá acompañarse del recurso de apelación en forma subsidiaria en base a los mismos fundamentos. Ante el rechazo de la revocatoria planteada, la junta electoral partidaria elevará el expediente sin más a la Junta Electoral de la Provincia dentro de las veinticuatro (24) horas del dictado de la resolución confirmatoria, la que deberá resol-ver en un plazo máximo de 5 días corridos. Los recursos de revocatoria y apelación inter-puestos contra las resoluciones que rechacen la oficialización de listas serán concedidos con efecto suspensivo. Todas las notificaciones de las juntas electora-les partidarias pueden hacerse indistintamente en forma personal ante ella, por acta notarial, por telegrama con copia certificada y aviso de entrega, por carta documento con aviso de entrega, o por publicación en el sitio web ofi-cial de cada agrupación política.

ART. 13°: Comunicación: La resolución de oficialización de las listas una vez que se en-cuentra firme, será comunicada por la junta electoral de la agrupación, dentro de las vein-ticuatro (24) horas, a la Junta Electoral de la Provincia, la que deberá informar a la autori-dad electoral nacional pertinente a los efectos de la asignación de los espacios publicitarios. CAPÍTULO IV. Boleta de sufragio. ART. 14°: Requisitos. Oficialización: Las bole-tas de sufragio tendrán las características establecidas en la Ley Electoral Provincial y en la reglamentación que a tal efecto se dicte. Serán confeccionadas e impresas por cada agrupación política que participe de las elec-ciones primarias, de acuerdo al modelo de boleta presentado por cada lista interna y oficializado. Además de los requisitos establecidos en la Ley Electoral Provincial, cada sección deberá contener en su parte superior tipo y fecha de la elección, denominación y letra de la lista interna. Cada lista interna presentará su modelo de boleta ante la junta electoral de la agrupación política dentro de los tres (3) días posteriores a la oficialización de las precandidaturas, de-biendo aquélla oficializarla dentro de las vein-ticuatro (24) horas de su presentación. Producida la oficialización la junta electoral de la agrupación política, someterá, dentro de las veinticuatro (24) horas, a la aprobación formal de la autoridad electoral, los modelos de bole-tas de sufragios de todas las listas que se presentarán en las elecciones primarias, con una antelación no inferior a treinta (30) días de la fecha de la realización de las elecciones primarias. Podrán insertarse fotografías de candidatos en las boletas. Las juntas electorales de las agrupaciones políticas podrán autorizar en el reglamento electoral la adhesión de boletas en caso de que hubiere lista única para una categoría de candidatos y pluralidad en otras. CAPÍTULO V. Campaña electoral ART. 15°: Inicio. Finalización: La campaña electoral de las elecciones primarias sólo po-drá iniciarse treinta (30) días antes de la fe-cha de los comicios. La publicidad electoral audiovisual sólo podrá realizarse desde los veinte (20) días anteriores a la fecha de las elecciones primarias. En ambos casos finalizan cuarenta y ocho (48) horas antes del inicio del acto eleccionario.

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ART. 16°: Gastos. Límites: Los gastos totales de cada agrupación política para las elecciones primarias no pueden superar el cincuenta por ciento (50%) del límite de gastos de campaña para las elecciones generales. Cada una de las listas dentro de cada una de las agrupaciones políticas tendrá el mismo límite de gastos, los que en su conjunto no podrán superar lo establecido precedentemen-te. La junta electoral de la agrupación establecerá dicho límite para cada lista en forma igualita-ria. Por la lista interna que excediere el límite de gastos dispuesto precedentemente, serán responsables solidariamente y pasibles de una multa de hasta el cuádruplo del monto en que se hubiere excedido, los precandidatos y el responsable económico-financiero designado. ART. 17°: Prohibición de contratación: Las agrupaciones políticas y sus listas internas no pueden contratar en forma privada publicidad en emisoras de radiodifusión televisiva o so-nora abierta o por suscripción para las elec-ciones primarias o generales. Si una lista interna o agrupación política con-tratara publicidad en emisoras de radiodifu-sión televisiva o sonora abierta o por suscrip-ción, será sancionada con la pérdida del dere-cho de recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público, por un plazo de uno (1) a cuatro (4) años, y los fon-dos para el financiamiento público de las cam-pañas electorales por una (1) a dos (2) elec-ciones de aplicación en la elección general correspondiente. Si una emisora, ya sea televisiva o sonora, contratara o emitiera publicidad electoral, en violación al presente artículo, se notificará de ello a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual a efectos de aplicar las sanciones previstas por el artículo 106 de la Ley 26.522. Los precandidatos y el responsable económi-co-financiero de la lista interna o agrupación que contrataren publicidad en violación al primer párrafo del presente artículo, serán solidariamente responsables y pasibles de una multa de hasta el cuádruplo del valor de la contratación realizada. ART. 18°: Espacios publicitarios. Distribución: Los espacios de publicidad electoral asignados por la Dirección Nacional Electoral del Ministe-rio del Interior de conformidad con lo dispues-to el régimen del Capítulo III Bis del Título III de la Ley Nacional Nº 26.215 y al artículo 35 de la Ley Nacional Nº 26.571 y sus respecti-

vas modificatorias y complementarias serán distribuidos entre las agrupaciones de confor-midad a los criterios establecidos en dicha normativa tanto para las elecciones primarias como generales. A su vez serán distribuidos por cada agrupación entre las listas oficializa-das por sorteo público y en partes iguales. ART. 19°: Presentación informe final. Sancio-nes: Veinte (20) días después de finalizada la elección primaria, el responsable económico-financiero de cada lista interna que haya par-ticipado de la misma, deberá presentar ante el responsable económico-financiero de la agru-pación política, un informe final detallado so-bre todos los aportes recibidos, con indicación de origen, monto, nombre y número de do-cumento cívico del donante, así como los gas-tos realizados durante la campaña electoral. El informe debe contener lo dispuesto en la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos para las campañas generales. La no presentación del informe previsto en el párrafo anterior, hará pasible solidariamente a los precandidatos y al responsable económico-financiero de la lista interna, de una multa equivalente cinco por ciento (5%) límite de gastos de la agrupación para la primaria. Una vez efectuada la presentación del informe final por la agrupación política en los términos del siguiente artículo, el responsable económi-co-financiero de la lista interna deberá pre-sentar el informe final ante la Junta Electoral Provincial, para su correspondiente evaluación y aprobación. Transcurridos noventa (90) días del venci-miento del plazo para la presentación del in-forme final por el responsable económico-financiero de la lista interna ante la agrupa-ción política, la Junta Electoral de la Provincia podrá disponer la aplicación de una multa a los precandidatos y al responsable económico-financiero, en forma solidaria, equivalente cinco por ciento (5%) límite de gastos de la agrupación para la elección primaria y la in-habilitación de los candidatos por hasta dos (2) elecciones. ART. 20°: Informe de Campaña. Sanciones: Treinta (30) días después de finalizada la elección primaria, cada agrupación política que haya participado de la misma debe reali-zar y presentar ante la Junta Electoral de la Provincia, un informe final detallado sobre los aportes públicos y privados recibidos, discri-minados por lista interna con indicación de origen y monto, así como los gastos realizados por cada lista, durante la campaña electoral. El informe debe contener lo dispuesto para las campañas generales regulado en la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos, y será

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confeccionado en base a la información rendi-da por las listas internas que cumplieren con lo dispuesto en el artículo precedente, indi-cándose asimismo las que no lo hubieren hecho. El incumplimiento de la presentación del in-forme final de campaña, en la fecha estableci-da, facultará a la Junta Electora a aplicar una multa equivalente uno por ciento (1 %) del límite de gastos de la agrupación para la pri-maria, por cada día de mora en la presenta-ción. Transcurridos noventa (90) días, desde el vencimiento del plazo de que se trata, podrá disponer la suspensión cautelar de todos los aportes públicos notificando su resolución a la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior. CAPÍTULO VI. Elección y escrutinio ART. 21°: Mesas de votación y autoridades: Los lugares de ubicación de las mesas de vo-tación y las autoridades de las mismas debe-rán ser coincidentes para las elecciones pri-marias y las elecciones generales que se des-arrollen en el mismo año, salvo modificaciones imprescindibles. La reglamentación establecerá el modelo de actas de escrutinio que serán utilizadas en las elecciones primarias provinciales y municipa-les. En ellos deberán distinguirse sectores con el color asignado a cada agrupación política, subdivididos a su vez de acuerdo a las listas internas que se hayan presentado, consignán-dose los resultados por lista y por agrupación para cada categoría. ART. 22°: Simultaneidad: Las elecciones pri-marias para candidatos a cargos electivos provinciales y municipales se realizarán simul-táneamente con las elecciones primarias na-cionales, bajo las mismas autoridades de los comicios y de escrutinio, en la forma que es-tablezca la reglamentación, aplicándose en lo pertinente, las disposiciones de la Ley 15.262, su normativa reglamentaria y el artículo 46° de la Ley 26.571. Para la conformación de las mesas, la desig-nación de sus autoridades, la compensación en concepto de viático por su desempeño, la realización del escrutinio y todo lo relacionado con la organización de las elecciones prima-rias, resultarán de aplicación las normas per-tinentes del régimen electoral vigente para la elección general. Además se tendrá en cuenta que:

a) Si en un sobre aparecieren dos (2) o más boletas oficializadas correspon-

dientes a la misma lista y categoría, se computará sólo una de ellas, destru-yéndose las restantes;

b) Se considerarán votos nulos cuando se encontraren en el sobre dos (2) o más boletas de distintas listas, en la misma categoría, aunque pertenezcan a la misma agrupación política.

ART. 23°: Fiscales: Las listas internas de cada agrupación política reconocida pueden nom-brar fiscales para que los representen ante las mesas receptoras de votos. También podrán designar fiscales generales por sección que tendrán las mismas facultades y estarán habilitados para actuar simultánea-mente con el fiscal acreditado ante cada me-sa. Salvo lo dispuesto con referencia al fiscal general, en ningún caso se permitirá la actua-ción simultánea en una mesa de más de un (1) fiscal por lista interna de cada agrupación política. Respecto a la misión, requisitos y otorgamien-to de poderes a fiscales y fiscales generales resultarán de aplicación las normas pertinen-tes del régimen electoral vigente para la elec-ción general. ART. 24°: Acta de Cierre: Concluida la tarea del escrutinio provisorio por las autoridades de mesa se consignará en el acta de cierre, la hora de finalización de los comicios, número de sobres, número total de sufragios emitidos, y el número de sufragios para cada lista inter-na de cada agrupación política en letras y números. Asimismo deberá contener:

a) Cantidad, en letras y números, de votos totales emitidos para cada agru-pación política y los logrados por cada una de las listas internas por categorías de cargos, el número de votos nulos, así como los recurridos, impugnados y en blanco;

b) El nombre del presidente, el suplen-te y fiscales por las listas que actuaron en la mesa con mención de los que es-tuvieron presentes en el acta del escru-tinio o las razones de su ausencia;

c) La mención de las protestas que formulen los fiscales sobre el desarrollo del acto eleccionario y las que hagan con referencia al escrutinio.

El acta de escrutinio debe ser firmada por las autoridades de la mesa y los fiscales. Si algu-no de éstos no estuviera presente o no hubie-re fiscales nombrados o se negaren a firmar,

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el presidente dejará constancia circunstancia-da de estos hechos. Además del acta referida y con los resultados extraídos de la misma el presidente de mesa extenderá a los fiscales que lo soliciten un certificado de escrutinio que será suscripto por él, por los suplentes y los fiscales, dejándose constancia circunstan-ciada si alguien se negara a firmarlo. El fiscal que se ausente antes de la clausura de los comicios señalará la hora y motivo del retiro y en caso de negarse a ello, se hará constar esta circunstancia firmando otro de los fiscales presentes o la autoridad electoral. Asimismo, se dejará constancia de su reinte-gro en caso de que éste se produzca. ART. 25°: Resultado. Comunicación: Una vez suscritas el acta de cierre, las actas de escru-tinio y los certificados de escrutinio para los fiscales, el presidente de mesa comunicará el resultado del escrutinio de su mesa a la auto-ridad electoral mediante un telegrama consig-nando los resultados de cada lista interna de cada respectiva agrupación política según el modelo que confeccione el correo oficial y apruebe dicha autoridad, a efectos de su difu-sión preliminar. CAPÍTULO VII. Proclamación de los candidatos ART. 26°: Escrutinio definitivo: La elección de los candidatos a gobernador y vicegobernador de la Provincia de cada agrupación se hará mediante fórmula en forma directa y a simple pluralidad de sufragios. Para las candidaturas a concejales, conven-cionales constituyentes, senadores provincia-les y diputados provinciales, cada agrupación política para integrar la lista definitiva aplicará el sistema de distribución de cargos que esta-blezca en su carta orgánica partidaria o el reglamento de la alianza partidaria, debiendo garantizarse siempre la representación pro-porcional de las minorías y un mínimo de treinta por ciento (30%) de mujeres y en pro-porciones con posibilidad de resultar electas; lo que se materializará dividiendo cada lista en tercios, asegurando como mínimo la parti-cipación de una mujer en cada tercio. La autoridad electoral pertinente efectuará el escrutinio definitivo de las elecciones prima-rias de las agrupaciones políticas y comunica-rán los resultados a las juntas electorales de las respectivas agrupaciones políticas, para que conformen la lista ganadora. Las juntas electorales de las agrupaciones políticas notificadas de acuerdo a lo estableci-do precedentemente, efectuarán la proclama-ción de los candidatos electos, y la notificarán a la Junta Electoral Provincial, la que tomará razón de los candidatos así proclamados, a

nombre de la agrupación política y por la ca-tegoría en la cual fueron electos. ART. 27°: Porcentaje para postulación de can-didatos: Las agrupaciones políticas sólo po-drán participar de la elección general postu-lando candidatos para convencionales consti-tuyentes, senadores y diputados provinciales cuando hayan obtenido como mínimo un total de votos, considerando los de todas sus listas internas, igual o superior al uno y medio por ciento (1,5%) de los votos afirmativos váli-damente emitidos en el distrito de que se trate. Para las categorías de concejales e Intendente dicho porcentaje se computará en cada Muni-cipio y para gobernador y vicegobernador en el territorio de toda la Provincia. ART. 28°: Postulación de Candidatos. Plazo: Hasta cincuenta (50) días antes de la elección general, las agrupaciones políticas que hubie-ren alcanzado los votos establecidos en el artículo anterior deberán registrar ante la autoridad electoral las listas de los candidatos proclamados, quienes deberán reunir las con-diciones propias del cargo para el cual se postulan y no estar comprendidos en alguna de las inhabilidades legales. Las listas que se presenten para candidatos a diputados y senadores provinciales, concejales y convencionales constituyentes, deben con-tener un mínimo de treinta por ciento (30%) de mujeres y en proporciones con posibilidad de resultar electas; lo que se materializara dividiendo cada lista en tercios, asegurando como mínimo la participación de una mujer en cada tercio. No será oficializada ninguna lista que no cumpla con estos requisitos. Las agrupaciones políticas sólo podrán postu-lar como candidatos a los comicios generales a los que resultaron electos y por las respecti-vas categorías en la elección primaria, salvo en caso de renuncia, fallecimiento o incapaci-dad. TÍTULO II - REFORMAS A LA LEY N° 4.746 - ORGÁNICA DE PARTIDOS POLÍTICOS. ART. 29°: Modificase el artículo 8º de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la siguiente mane-ra:

“Art. 8°:1. Partidos políticos provincia-les son aquellos que se encuentran habilitados para postular candidatos a Concejales, Senadores y Diputados Provinciales, Convencionales Constitu-yentes, Intendentes y Gobernador y Vi-cegobernador; y se constituyen de

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acuerdo a lo establecido en los artículos 8° de la presente.

2. Partidos políticos municipales son aquellos que se encuentran habilitados para postular candidatos a Concejales e Intendente, dentro del ámbito del mu-nicipio en que hubieren sido reconoci-dos como tales, y se constituyen de acuerdo a lo establecido en el artículo 61.

3. El reconocimiento a un conjunto de ciudadanos asociados para actuar como Partido político deberá ser solicitado ante la autoridad de aplicación cum-pliendo los requisitos que seguidamen-te se indican:

a) Acta de fundación y constitución, aprobada por la asamblea de fundación y constitución, conteniendo lo siguien-te:

- Nombre y domicilio del Partido. - Declaración de principios y bases de acción política. - Carta Orgánica. - Designación de autoridades promoto-ras y apoderados. - Constancia de adhesión de un número de electores no inferior al cuatro por mil (4 %0) del total de los inscriptos en el registro de electores correspondien-te, hasta el máximo de diez mil (10.000).

El documento que acredite la adhesión del número mínimo de electores que habilita para iniciar el trámite conten-drá nombre y apellido, domicilio y do-cumento nacional de identidad de los adherentes así como la certificación de sus firmas por la autoridad promotora.

4. Cumplido el trámite precedente, el partido quedará habilitado para realizar la afiliación mediante las fichas que en-tregará la autoridad de aplicación.

Hasta tanto la agrupación no obtenga el reconocimiento definitivo como par-tido político, será considerada como partido político en formación, no pu-diendo presentar candidaturas a cargos electivos en elecciones primarias ni ge-nerales. Mientras dure tal condición, no tendrán derecho a aportes públicos or-dinarios ni extraordinarios.

5. El reconocimiento definitivo será ob-tenido al acreditar la afiliación de un número de electores no inferior al cua-tro por mil (4 %0) del total de los ins-criptos en el registro de electores co-rrespondiente, hasta un máximo de diez mil (10.000).

6. Dentro de los sesenta (60) días de la notificación del reconocimiento, las au-toridades promotoras deberán hacer rubricar por la autoridad de aplicación, los libros que establece el artículo 39.

7. Dentro de los noventa (90) días de la notificación del reconocimiento, las autoridades promotoras deberán con-vocar y haber realizado las elecciones internas para constituir las autoridades definitivas del Partido conforme a las disposiciones de su respectiva carta or-gánica. Realizada la elección en el plazo precedentemente establecido, el acto de la misma será presentada a la auto-ridad de aplicación dentro de los diez (10) días de celebrada la elección.

Todos los trámites ante la autoridad de aplicación hasta la constitución definiti-va de las autoridades partidarias, serán efectuados por las autoridades promo-toras o apoderados, quienes serán soli-dariamente responsables por la veraci-dad de lo expuesto en las respectivas documentaciones y presentaciones.”

ART. 30°: Incorpórese como artículo 8º bis de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la si-guiente manera:

“Art. 8° bis: Para conservar la persone-ría jurídico política, los Partidos políti-cos deben mantener en forma perma-nente el número mínimo de afiliados exigido en el artículo anterior. La Junta Electoral Provincial verificará el cum-plimiento del presente requisito cada año e impulsará la declaración de cadu-cidad de la personería jurídico política cuando corresponda.

Previo a la declaración de caducidad se intimará el cumplimiento del requisito indicado, por el plazo improrrogable de noventa (90) días, bajo apercibimiento de dar de baja al Partido del Registro así como también su nombre y sigla.

La Autoridad de Aplicación publicará antes del 15 de febrero del año si-guiente al cierre anual, el número mí-nimo de afiliados requerido para el

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mantenimiento de la personería jurídico política de los Partidos provinciales y municipales.”

ART. 31°: Modificase el artículo 11 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la siguiente mane-ra:

“Art. 11: El nuevo Partido que resulte de la fusión, deberá solicitar su recono-cimiento como tal a la autoridad de aplicación, cumpliendo con los requisi-tos establecidos en el Artículo 8º apar-tado 3, inc. a), de esta Ley; y presen-tando además:

a) El acuerdo de fusión suscrito que se complementará con un documento en el que conste nombre, domicilio y ma-trícula de los firmantes;

b) Actas de los órganos competentes de los partidos que se fusionan de las que surja la voluntad de la fusión;

c) Constancia de la publicación del acuerdo de fusión en el boletín oficial, por tres (3) días, y en la que conste que, en caso de oposición, la misma deberá presentarse ante la autoridad de aplicación dentro de los veinte (20) días de la publicación.

La autoridad de aplicación verificará que la suma de los afiliados a los Parti-dos que se fusionan alcanza el mínimo establecido del cuatro por mil (4‰) de los electores inscriptos en el padrón electoral correspondiente.

El Partido político resultante de la fu-sión, gozará de personería jurídico polí-tica desde su reconocimiento definitivo por la autoridad de aplicación, y se constituirá a todo efecto legal como su-cesor de los Partidos fusionados, tanto en sus derechos, como obligaciones pa-trimoniales, sin perjuicio de subsistir la responsabilidad personal que les co-rresponda a las autoridades y otros responsables de los partidos fusionados por actos o hechos anteriores a la fu-sión.

Se considerarán afiliados al nuevo Par-tido político, todos los electores que a la fecha de la resolución de la autoridad de aplicación que reconoce la fusión, lo hubiesen sido de cualquiera de los Par-tidos políticos fusionados, salvo que hubieren manifestado oposición en el plazo establecido precedentemente.”

ART. 32°: Modificase el artículo 12 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la siguiente mane-ra:

“Art. 12: Los partidos políticos munici-pales y provinciales pueden constituir alianzas municipales o provinciales res-pectivamente de dos (2) o más Parti-dos, de acuerdo a lo que establezcan sus respectivas cartas orgánicas, con el propósito de presentar candidatos para cargos públicos electivos.

Asimismo, los Partidos municipales que no formen parte de un Partido provin-cial pueden integrar una alianza con al menos un (1) Partido político provin-cial”.

ART. 33°: Modificase el artículo 13 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la siguiente mane-ra:

“Art. 13: La autoridad de aplicación admitirá la alianza de Partidos políticos, siempre y cuando sea puesta en su co-nocimiento con no menos de sesenta (60) días de anticipación a la elección primaria abierta, simultánea y obligato-ria, y se cumplan los siguientes requisi-tos:

a) Acreditar que las Cartas Orgánicas de los respectivos Partidos los autori-zan a constituir alianzas.

b) Acreditar que la alianza fue decidida por los órganos competentes de cada Partido.

c) Acompañar el acuerdo constitutivo de la alianza, que incluya el nombre adoptado, el acuerdo financiero corres-pondiente conforme al cual se distribui-rán los aportes correspondientes al fondo partidario permanente y el texto de la plataforma electoral común. d) Constitución de la junta electoral de la alianza y el reglamento electoral.

e) Constitución de domicilio legal y ac-tas de designación de los apoderados comunes.

Para continuar funcionando, luego de la elección general, en forma conjunta los Partidos que integran la alianza, debe-rán conformar una confederación.”

ART. 34°: Modificase el artículo 30 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el

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que quedará redactado de la siguiente mane-ra:

“Art. 30: 1. La calidad de afiliado se adquirirá a partir de la resolución de los organis-mos partidarios competentes que apro-baren la solicitud respectiva, los que deberán expedirse dentro de los quince (15) días a contar de la fecha de su presentación. Transcurrido dicho plazo sin que mediare decisión en contrario, la solicitud se tendrá por aprobada. La resolución de rechazo debe ser fundada y será recurrible ante la autoridad de aplicación. Una ficha de afiliación se entregará al interesado debiendo cons-tar en ella la autoridad partidaria que la recibió y la fecha, otra será conservada por el Partido y las dos restantes se remitirán a la autoridad de aplicación.

2. No podrá haber más de una afilia-ción. Es condición para la afiliación a un Partido la renuncia previa expresa a to-da otra afiliación.

La afiliación se extinguirá por renuncia, por expulsión, por incumplimiento o por violación de los dispuesto en los artícu-los 28 y 29 o por lo previsto en el artí-culo 56.

La extinción de la afiliación, por cual-quier causa, será comunicada a la au-toridad de aplicación por la autoridad partidaria dentro de los treinta (30) dí-as de haberse conocido.”

ART. 35°: Modificase el artículo 33 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la siguiente mane-ra:

“Art. 33: El funcionamiento interno de los Partidos deberán respetar las si-guientes pautas:

1. Los partidos practicarán en su vida interna el sistema democrático a través de elecciones periódicas para la nomi-nación de autoridades y candidatos, mediante la participación de los afilia-dos de conformidad con las prescrip-ciones de su Carta Orgánica. Para la designación de candidatos a cargos electivos públicos provinciales y muni-cipales se aplicará el sistema de elec-ciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias, para un mismo día y pa-ra todos los Partidos políticos, de con-formidad con lo establecido en la legis-lación respectiva.

2. En los procesos de elecciones prima-rias deberán establecer un sistema de reparto de los cargos entre las listas que postulen candidatos que garantice la representación proporcional de las minorías y un mínimo de treinta por ciento (30%) de mujeres y en propor-ciones con posibilidad de resultar elec-tas; lo que se materializará dividiendo cada lista en tercios, asegurando como mínimo la participación de una mujer en cada tercio.

3. En caso de oficializarse una sola lista para la elección de candidatos a cargos electivos, no podrá prescindirse del ac-to eleccionario.”

ART. 36°: Modificase el artículo 37 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la siguiente mane-ra:

“Art. 37: No podrán ser candidatos a cargos partidarios, ni precandidatos en elecciones primarias, ni candidatos en elecciones generales a cargos públicos electivos, los que no puedan ser afilia-dos según el artículo 29 de esta Ley, ni aquellas personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

a) Los que desempeñaren cargos direc-tivos o fueren apoderados de empresas concesionarias de servicios y obras pú-blicas de la Nación, Provincias, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Municipali-dades o entidades autárquicas o des-centralizadas o de empresas que explo-ten juegos de azar;

b) Las personas con auto de procesa-miento o condena por genocidio, crí-menes de lesa humanidad o crímenes de guerra, hechos de represión ilegal constitutivos de graves violaciones de derechos humanos, torturas, desapari-ción forzada de personas, apropiación de niños y otras violaciones graves de derechos humanos o cuyas conductas criminales se encuentren prescriptas en el Estatuto de Roma como crímenes de competencia de la Corte Penal Interna-cional;

ART. 37°: Modificase el artículo 55 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la siguiente mane-ra:

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“Art. 55: Son causas de caducidad de la personería jurídico política de los Partidos;

a) La no realización de elecciones par-tidarias internas durante el término de cuatro (4) años. b) La no presentación en dos (2) elec-ciones consecutivas sin causa debida-mente justificada.

c) No obtener en alguna de las dos (2) elecciones generales inmediatas ante-riores una cantidad de votos equivalen-tes al tres por ciento (3 %) de los votos afirmativos válidamente emitidos.

d) La violación de lo determinado en el artículo 8° apartados 6 y 7 y artículo 39, previa intimación judicial.

e) No mantener la cantidad de afiliados mínimos prevista por los artículos 8º inc. 5) y 8° bis.

f) No estar integrado un Partido provin-cial por al menos cinco (5) partidos de municipales con personería vigente.

g) La violación a lo dispuesto en los in-cisos b) y c) del artículo 37° de la pre-sente ley.”

ART. 38°: Modificase el inc. 3) del artículo 58 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la si-guiente manera:

“Art. 58: 3. Por el mismo término la autoridad de aplicación no podrán re-gistrar nuevos Partidos integrados por ex afiliados a un mismo Partido político declarado caduco que representen más del cincuenta por ciento (50%) de las afiliaciones requeridas para la constitu-ción del nuevo Partido.”

TÍTULO III - REFORMAS A LA LEY N° 7.005 DE FINANCIAMENTO DE PARTIDOS POLÍTICOS. ART. 39: Modificase el artículo 1° de la Ley de Regulación y Financiamiento de Campañas Electorales N° 7.005 el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 1°: Campaña electoral. Se entien-de por campaña electoral el conjunto de actividades desarrolladas por las agrupaciones políticas, sus candidatos o terceros, mediante actos de moviliza-ción, difusión, publicidad, consulta de opinión y comunicación, presentación de planes o proyectos, y debates, que tenga por finalidad captar la voluntad política del electorado respecto a una

candidatura, debiendo desarrollarse en un clima de tolerancia democrática. Las actividades académicas y de capacita-ción, las conferencias y la realización de simposios no serán considerados como partes integrantes de la campaña electoral.”

ART. 40: Modificase el artículo 2° de la Ley de Regulación y Financiamiento de Campañas Electorales 7.005 el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 2°: La campaña electoral no po-drá iniciarse antes de treinta y cinco (35) días a contar de la fecha fijada pa-ra la elección ni extenderse más allá de cuarenta y ocho (48) horas antes del inicio de los comicios.

Queda absolutamente prohibido realizar cam-pañas electorales fuera del tiempo establecido por el presente artículo, aunque haya sido contratada con anterioridad.” ART. 41: Incorpórese el artículo2° bis a la Ley de Regulación y Financiamiento de Campañas Electorales N° 7.005 el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 2° bis: Publicidad en medios de comunicación. Queda prohibida la emi-sión y publicación de avisos publicita-rios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la cap-tación del sufragio para precandidatos o candidatos a cargos públicos electivos antes de los veinticinco (25) días pre-vios a la fecha fijada para los comicios.

Dicha prohibición comprenderá la pro-paganda paga de las imágenes y de los nombres de los candidatos a cargos electivos provinciales, ejecutivos y le-gislativos, en los medios masivos de comunicación (televisión, radio e Inter-net), vía pública, medios gráficos, tele-fonía móvil y fija, publicidad estática en espectáculos deportivos o de cualquier naturaleza, así como también la publi-cidad alusiva a los Partidos políticos y a sus acciones.

Las agrupaciones políticas y sus listas internas no pueden contratar en forma privada publicidad en emisoras de ra-diodifusión televisiva o sonora abierta o por suscripción para las elecciones pri-marias o generales.”

ART. 42: Modificase el artículo 3° de la Ley de Regulación y Financiamiento de Campañas Electorales N° 7.005, el que quedará redacta-do de la siguiente manera:

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

“Art. 3°: Publicidad de los actos de go-bierno. Durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que pro-muevan la captación del sufragio a fa-vor de ninguno de los candidatos a car-gos públicos electivos provinciales o municipales. Queda prohibido durante los quince (15) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lan-zamiento o promoción de planes, pro-yectos o programas de alcance colecti-vo y en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos provinciales.”

TÍTULO IV - REFORMAS A LA LEY N° 2.551 ELECTORAL DE LA PROVINCIA. ART. 43: Modificase el artículo 2° de la Ley Electoral de la Provincia 2.551, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ART. 2: El sufragio electoral es un de-recho y una función política que los ciudadanos tienen el deber de ejercer con arreglo a las disposiciones de la presente ley.

Para la emisión y escrutinio del voto podrán incorporarse nuevas tecnologías que procuren la seguridad y celeridad del proceso electoral.

La incorporación de las nuevas tecnolo-gías al proceso electoral, podrá ser progresiva y gradual”

ART. 44: Modificase el artículo 17 de la Ley Electoral de la Provincia 2.551, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ART. 17: Las agrupaciones políticas que hayan alcanzado el 1,5% de los votos afirmativos válidamente emitidos en las elecciones primarias, registrarán ante la junta electoral, por lo menos cincuenta (50) días antes de las elec-ciones generales, las listas de los can-didatos proclamados, expresando para ser registrada la denominación que lle-varan las boletas respectivas.

Hasta treinta (30) días antes deberán presentar un modelo de dichas boletas, en la que podrán ir impresos los símbo-los o emblemas partidarios, monogra-ma y la denominación de la agrupación,

así como fotografía de los candidatos. Podrán tener fondo del color asignado.

Las listas que se presenten para candi-datos a diputados y senadores provin-ciales, concejales y convencionales constituyentes, deben contener un mí-nimo de treinta por ciento (30%) de mujeres y en proporciones con posibili-dad de resultar electas, lo que se mate-rializará dividiendo cada lista en ter-cios, asegurando como mínimo la parti-cipación de una mujer en cada tercio.

No se admitirá la participación de nin-gún candidato en las listas de más de una agrupación ni para más de un car-go.

La agrupación en aquellas categorías en las que no tengan listas de candida-tos propios, no pudiendo adherir a más de una lista."

ART. 45: Modificase el artículo 20 de la Ley Electoral de la Provincia 2.551, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ART. 20: La convocatoria a elecciones de autoridades provinciales será hecha por el Poder Ejecutivo y la de autorida-des municipales, por los respectivos in-tendentes. La convocatoria se hará, por lo menos, con noventa (90) días de an-ticipación al acto electoral y expresará: 1) fecha de la elección. 2) autoridades que deban elegirse en cada sección electoral o municipio. 3) números de candidatos por los que puede votar el elector.

En el caso de que el Ejecutivo Provin-cial y/o los Ejecutivos Municipales deci-dieren la utilización de nuevas tecnolo-gías para la emisión y escrutinio de los sufragios, deberán en el acto de convo-catoria disponer su aplicación, estable-ciendo las características técnicas y condiciones generales de funcionamien-to a que deberán ajustarse todos los dispositivos y equipamientos necesarios para la votación y el escrutinio.

La Junta Electoral de la Provincia deberá aprobar y controlar la aplicación de estos sis-temas, garantizando el acceso a toda la in-formación por parte de las listas intervinientes en el proceso electoral”. ART. 46: Modificase los incisos 3 y 5 del artí-culo 29 de la Ley Electoral de la Provincia N° 2.551, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

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3. Sobres para el voto. Los mismos deberán ser opacos.

5. Boletas, en el caso de que los Parti-dos políticos las hubieren suministrado para distribuirlas. La cantidad a remi-tirse por mesa y la fecha de entrega por parte de los partidos a sus efectos serán establecidas por la Junta Electo-ral Provincial en sus respectivos distri-tos, conforme a las posibilidades en consulta con el servicio oficial de co-rreos. La Junta Electoral Provincial de-berá además remitir para su custodia a la autoridad policial del local de vota-ción boletas de sufragio correspondien-tes a todos los Partidos políticos, alian-zas o confederaciones que se presenten a la elección. Dichas boletas sólo serán entregadas a las autoridades de mesa que las requieran.

ART. 47: Incorporase como inciso 8 al artículo 29 de la Ley Electoral de la Provincia 2.551, el siguiente: Inc. 8: Otros elementos que la Justicia Nacio-nal Electoral disponga para el mejor desarrollo del acto electoral. ART. 48: Modificase el inciso 5 del artículo 31 de la Ley Electoral de la Provincia N° 2.551, el que quedará redactado de la siguiente mane-ra: Inc. 5: A depositar, en el cuarto oscuro los mazos de boletas oficiales de los partidos re-mitidos por la junta o que le entregaren los fiscales acreditados ante la mesa, confrontan-do en presencia de éstos cada una de las co-lecciones de boletas con los modelos que le han sido enviados, asegurándose en esta for-ma que no hay alteración alguna en la nómina de los candidatos, ni deficiencias de otras clases en aquéllas, ordenándolas por número de menor a mayor y de izquierda a derecha. Queda prohibido colocar en el cuarto oscuro carteles, inscripciones, insignias, indicaciones o imágenes que la ley no autorice expresa-mente, ni elemento alguno que implique una sugerencia a la voluntad del elector fuera de las boletas aprobadas por la junta electoral. ART. 49: Modificase el artículo 44 de la Ley Electoral de la ProvinciaN° 2.551, el que que-dará redactado de la siguiente manera:

“Art. 44: Sufragio de las autoridades de la mesa. Los presidentes y suplentes a quienes corresponda votar en una me-sa distinta a aquélla en que ejercen sus funciones podrán hacerlo en la que tie-nen a su cargo.

Fiscales partidarios: en igual situación también podrá hacerlo un (1) Fiscal por Partido político debidamente acreditado ante la mesa.

Es requisito indispensable para emitir el voto en las circunstancias señaladas en el primer párrafo, que el mismo figure inscripto en el Registro del Colegio Electoral donde funciona la mesa en la cual emitirá el sufragio y se domicilie en el mismo, situación que deberá acreditar con el documento cívico.

Al sufragar en tales condiciones dejarán cons-tancia de la mesa a que pertenecen.” ART. 50: Modificase el artículo 85 de la Ley Electoral de la Provincia N° 2.551, el que que-dará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 85: Las elecciones primarias de candidatos a cargos electivos pro-vinciales y municipales, y las elecciones generales para cargos electivos provin-ciales se realizarán en forma simultá-nea con las elecciones primarias y ge-nerales nacionales. Adhiérase a lo dis-puesto por la Ley Nacional N° 15.262 y modificatorias, su Decreto Reglamenta-rio N° 17.265/59, al régimen del Capí-tulo III Bis del Título III de la Ley Na-cional Nº 26.215 y al artículo 35 de la Ley Nacional Nº 26.571 y sus respecti-vas modificatorias y complementarias. Además, se realizarán de conformidad con las disposiciones de la Constitución de la Provincia, el régimen electoral provincial y de Partidos políticos y la Ley N° 1.079 y modificatorias en cuan-to resulten de aplicación.

Los Municipios podrán adherir a dicho régimen para las elecciones generales para cargos electivos municipales mediante Decreto del Intendente. La Junta Electoral de la Provincia acordará con la Junta Electoral Nacional todas las medidas tendientes para la realización del acto electoral en conjunto dentro de las limi-taciones establecidas en el Art. 122 de la Constitución Nacional y la Sección II de la Constitución de la Provincia. CLAÚSULA TRANSITORIA ART. 51: Los Partidos políticos provinciales y municipales definitivamente reconocidos en virtud de las normas aplicables hasta la entra-da en vigencia de la presente ley mantendrán su personería jurídico política bajo condición de cumplir los requisitos exigidos por las mo-dificaciones introducidos por la presente a la Ley N° 4.746 en un plazo no superior a seis (6) meses.

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A tal fin deberán presentarse dentro de los treinta (30) días de vigencia de la presente ante la Junta Electoral Provincial a fin de ini-ciar el trámite de adecuación pertinente. La no presentación en dicho plazo, así como la no adecuación en el plazo antes mencionado producirá la caducidad de pleno derecho, de la personería jurídico política del partido. Exceptúase de lo dispuesto en el presente artículo a los partidos políticos que se hubie-ren adecuado a las modificaciones introduci-das por la Ley N° 26.571 a la Ley Nacional N° 23.298, en cuyo caso deberán presentar ante la Junta Electoral Provincial testimonio de la sentencia que así lo establezca. Cumplido este requisito la autoridad de aplicación les recono-cerá, sin más tramite, aptitud para actuar plenamente en el ámbito provincial. ART. 52: Comuníquese al Poder Ejecutivo. -Sala de Comisiones, 09 de octubre de 2013.

LEONARDO GIACOMELLI Presidente

GERMAN GOMEZ Secretario

MIRIAM GALLARDO FERNANDO SIMON CLAUDIA TORRES NESTOR MARQUEZ

Con disidencias parciales

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tie-ne la palabra el señor senador Camerucci.

SR. CAMERUCCI (UCR) - Señora Pre-sidenta, el bloque del radicalismo va a acom-pañar la alteración del Orden del Día, para el tratamiento del Despacho 214.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - En consideración el apartamiento del Orden del Día a los efectos del tratamiento del Despacho 214.

Se va a votar.

-Resulta afirmativa.

XIII IMPLEMENTANDO SISTEMA DE ELECCIONES “PASO”

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tie-

ne la palabra el señor senador Camerucci.

SR. CAMERUCCI (UCR) - Señora Pre-sidenta, es cierto que este proyecto que si no me equivoco, lleva en esta Cámara treinta o cuarenta días; es cierto que venimos hablando

de este tema hace bastante tiempo, yo diría que desde que empezamos a visualizar algu-nas alternativas instrumentales en lo político y lo electoral en distintos países y en particular en el país. De tal manera, que venimos discu-tiendo este tema y se transformaron en mu-chas iniciativas que lamentablemente en el último tiempo, estuvieron atadas a decisiones mucho más profundas, como fue el caso de la reforma de la Constitución, y que hicieron fracasar el tratamiento específico de las modi-ficaciones que se pretenden al sistema electo-ral, a través del despacho en tratamiento.

Lo cierto es que en el caso particular de este despacho y de este proyecto que tiene despacho con el número 214, hace pocos días, a nuestro entender, desde el radicalismo, está en tratamiento en el Senado en función de la profundidad de la problemática que intenta solucionar o, al menos, aportar modificacio-nes.

En este sentido, en el transcurso de las últimas horas, más allá del pedido que nos fue concedido por el oficialismo, del tratamiento en el día de la fecha de este expediente, por-que la verdad que estaba para tratamiento el martes pasado, y a la aceptación de tratarlo en estos momentos, es cierto, que a nadie se le escapará que, reitero, la profundidad y la magnitud del tema a tratar y en paralelo con la actividad política electoral que hemos teni-do hasta el día domingo próximo pasado, se nos ha hecho imposible el intento de consen-suar y de estudiar los posibles aportes, pero no obstante eso, este bloque ha intentado a través de conversaciones con el autor del pro-yecto o los firmantes del despacho y con auto-ridades del oficialismo, tanto legislativas como ejecutivas, intentar dos o tres puntos de con-tacto mínimo para trabajar sobre el proyecto del senador Simón.

Esto nos ha sido imposible hasta el momento lograrlo. De tal manera, que el radi-calismo, ateniéndonos a lo que dice el inciso 7) del artículo 135 del Reglamento de esta Honorable Cámara, va a solicitar el aplaza-miento del tratamiento de este tema, al me-nos por una semana. El artículo a que hago referencia permite el aplazamiento del trata-miento del tema con o sin tiempo determina-do, nosotros, por lo menos pretenderíamos que el oficialismo considere la posibilidad de, al menos, el aplazamiento del tratamiento por una semana.

Esto en función de las cosas que he di-cho, pero también en función de intentar una ley en donde participemos todos y que inten-temos escuchar, si bien no es por este tema específico, creo que fue por muchos temas, pero en definitiva escuchar el pedido de diálo-go y de la construcción de consensos, del

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166° Periodo Legislativo PERIODO ORDINARIO Diario de Sesiones N° 6

mensaje muy claro que dio la ciudadanía el domingo en las elecciones legislativas pasa-das.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Atento a la petición, es una moción de orden que no entra dentro de las consideraciones de los cinco primeros que establece el reglamen-to, por lo tanto puede haber una breve discu-sión. Lo que si, no se extiendan porque en principio no podría hablarse más que una vez por legislador.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tie-ne la palabra el señor senador Simón.

SR. SIMÓN (FPVPJ) - Señora Presi-denta, para referirme estrictamente a la mo-ción de orden que acaba de hacer el senador preopinante, reconozco la lealtad de él de remarcar que este debate no empezó hace un mes y medio con este proyecto sino que des-de abril del 2010 hay proyectos presentados sobre primarias; que acordamos, aún cuando pudo haberse tratado en la sesión pasada, acordamos dejarlo para después de las elec-ciones; que en este proceso hemos tenido muchos diálogos, en algunos de ellos he sido parte y en otros no; hemos intentado encon-trar consenso, pero francamente hemos llega-do a un punto donde tenemos cuestiones en las que estamos de acuerdo: las primarias, regulación de medios, voto electrónico futuro; y cosas en las que no estamos de acuerdo y la verdad es que estamos empantanados en este diálogo.

Mendoza es una Provincia que está co-mo está la Argentina, por cumplir sus treinta años de democracia, pero nosotros tenemos muchas dificultades para introducir reformas electorales, institucionales en general. Hay demasiadas formas de encontrar bloqueos; a veces estamos de acuerdo en casi todo y en lo que tenemos diferencias, es suficiente para que nada se reforme; otras veces, nunca es la oportunidad; una semana antes de las elec-ciones no era la oportunidad porque había que esperar que pasaran las elecciones; una se-mana después, tampoco parece ser la oportu-nidad, porque acaban de pasar.

Nosotros creemos que se han hecho

muchos esfuerzos para encontrar consenso; hay muchos más puntos de consenso que de disenso, pero en lo que no estamos de acuer-do, vemos que no hay manera de destrabarlo, y francamente, siempre encontramos motivos por los cuales Mendoza no reforma sus insti-tuciones. En este sentido, desde el Frente Para la Victoria, vamos a solicitar que se dé tratamiento en el día de la fecha a este pro-yecto para que, de obtener media sanción si este Senado lo decide, continúe su debate en

la Cámara de Diputados, como corresponde a nuestro trámite constitucional.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene

la palabra el señor senador Cairo.

SR. CAIRO (PRO) - Señora Presidente, yo soy uno de los coautores del proyecto pre-sentado por el senador Simón; más allá de alguna disidencia en particular que habrá que discutir, en líneas generales, con el sistema de PASO esto y de acuerdo, por eso he firmado ese proyecto.

Más allá de eso me parece razonable la

postura de la Unión Cívica Radical, de pedir una semana más; es un proyecto importante, por lo que voy a compartir el pedido de pro-rroga del senador Camerucci, de una semana más para su tratamiento.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene

la palabra el señor senador Aguinaga. SR. AGUINAGA (PD) - Señora Presi-

dente, la verdad es que creo que estamos en una situación de avanzada, porque estamos discutiendo...no estamos discutiendo si Men-doza va a tener o no va a tener PASO; esta-mos discutiendo que tipo de Ley PASO quere-mos y me parece que eso es un avance im-portante a favor del fortalecimiento al Sistema Representativo y Democrático y en este mo-mento hay dos posiciones bastantes claras; dos proyectos bastantes claros. Entendemos nosotros que la gran diferencia que tienen y que es una diferencia fundamental a los efec-tos de su aplicación en la provincia de Mendo-za, es el desdoblamiento sí o no y creemos que ese punto es de vital importancia, porque si se aprueba el despacho del no desdobla-miento de la elección nacional con la provin-cial, solamente la Legislatura de Mendoza, estaría votando una ley de PASO, pero no estaría votando el troquelado de la boleta o el voto electrónico, porque sin desdoblamiento se aplica la ley nacional en la elección que corresponde. Por lo tanto, estaríamos votando una ley que queda un poco trunca; ¡es una avance, igual! Pero no es un avance –a nues-tro criterio- que se podría brindar, ya que si desdoblamos la fecha, Mendoza si va a tener autonomía para regular el voto electrónico, la boleta única o troquelada, pero la condición de que Mendoza pueda tener esa autonomía, está en desdoblar la elección; si no se desdo-bla, queda un poco trunca la reforma, que creo que es positiva igual, pero no es la mejor reforma, que a nuestro criterio, se podría dar a la sociedad mendocina. Creo que ambas posiciones tienen muchos argumentos a favor; yo reconozco el trabajo del senador Simón, creo que es un proyecto muy completo, muy ordenado, como nos tiene acostumbrado Si-món cuando presenta sus proyectos; es un

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

proyecto ordenado, técnicamente prolijo. Nosotros creemos que es un avance, pero mejor sería si aprobamos el otro despacho que viene con el des-doblamiento y con todas las instituciones locales, que son un salto cualitativo mayor.

Por eso, desde nuestra bancada vamos a

acompañar el planteo que ha formulado la Unión Cívica Radical de pedir que este tema tan importan-te sea tratado la semana que viene. Entendemos que existe un compromiso general en el Cámara de que este tema se tiene que tratar y aprobar, por lo tanto, no creo que sea una dilación más para no producir un cambio; si fuera así, desde nuestra bancada acompañaríamos el tratamiento hoy, pero si entendemos que, como en muchos otros temas hemos tomado la decisión de aplazar una semana más su tratamiento por equis motivos, en este caso existen razones suficientes como para comprome-ternos a que el martes que viene estemos tratando este tema que, como decíamos, es fundamental para mejorar la democracia en la Provincia.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene la palabra el señor senador Jaliff.

SR. JALIFF (UCR) - Señora Presidenta, cumpliendo con lo que había solicitado usted y el propio Reglamento, voy a ser breve en las conside-raciones de la moción de orden. Me veo en la nece-sidad de plantear una cuestión que creo que se ha omitido en las palabras que ha expresado el repre-sentante del bloque oficialista, con respecto al hecho de todo el tratamiento que ha tenido en la provincia de Mendoza el debate sobre la sanción de una ley que prevé unas primarias abiertas, obligato-rias y simultaneas; como corresponde a una ley de tamaña importancia que va a cambiar la estructura del sistema electoral en la Provincia, es que toda esta demora, todo este tiempo en que se ha discuti-do, tiene que ver, precisamente, lo que significa para la vida institucional de una provincia, de un Estado, modificar el Sistema Electoral. Es así que, fundamentalmente, en la Cámara de Diputados se ha estado debatiendo mucho entre los distintos partidos políticos y allá se llego a un acuerdo, re-presentado en un borrador de despacho de Comi-sión, que tenía en cuenta proyectos de ley de todos los partidos políticos: el de Tadeo García Zalazar; el de la diputada Teresa Maza; proyectos del Partido Demócrata; proyectos del Justicialismo; del Inge-niero Jorge Tanús, del presidente de la Cámara de Diputados.

Lo que nosotros pretendemos, acá, ahora es aquel consenso que se dio en Diputados entre los Partidos políticos, inclusive los llevo a fijar una au-diencia, una sesión Especial, para el 14 de noviem-bre, para discutirlo; el 14 de noviembre se termina-ba el debate en Diputados -dentro de 15 días-. No es verdad que se ha hecho un gran esfuerzo para llegar a un acuerdo, en esta Cámara, se hizo en Diputados, y todos los Partidos políticos tendríamos

que haber respetado ese acuerdo de la Cámara de Diputados; acuerdo que significaba también debate en los propios Partidos, no sólo en los integrantes de ese Cuerpo Legislativo. Nosotros pretendemos, esta semana, de esta mo-ción de orden que planteó el presidente de nuestro bloque, que nos demos unos días para poder buscar una ley de consenso que concilie las opiniones de los distintos Partidos políticos. Y lo estoy hablando desde la legitimidad que nos da a este Partido políti-co, haber triunfado en las elecciones de Mendoza, por casi el 50 por ciento de los votos hace menos de 48 horas. Si el oficialismo, pretende transformar el régimen electoral de la Provincia, a solas, sin el acuerdo del Partido político que triunfó el domingo pasado, está cometiendo un gravísimo error; no está escuchando el mensaje de las urnas. Al oficia-lismo les digo, el pueblo de Mendoza el ‘73 por ciento les dijo: “busquen diálogo, busquen acuer-do”; y en la primera de cambio tiran por la borda lo que está pidiendo el pueblo de Mendoza hace muy pocas horas.

Sacar un proyecto de ley de estas caracte-rísticas sin el acuerdo del Partido mayoritario en Mendoza, hoy día. Y lo hablo desde la humildad de un Partido que ha perdido más elecciones de las que ha ganado, somos respetuosos de lo que dice la gente y de lo que dicen los mendocinos.

¿Cómo puede ser, a quién le puede caber en la cabeza? que al Partido que ganó las elecciones no se le permita una semana para búsqueda del acuer-do y del consenso. ¿Sino tienen la voluntad de es-cuchar para una reforma de esta característica? Yo me pregunto: ¿van a tener la voluntad de escuchar el reclamo del domingo pasado: contra la inflación, la inseguridad, la crisis regional, la crisis de la pro-ducción. Escuchen, los mendocinos le dijeron al Gobernador y al Frente para la Victoria. Escuchen a los mendocinos, busquen acuerdo, busquen consen-so.

Y desde ya les digo: no pretendemos que se apruebe el proyecto consensuado por los 3 Partidos políticos mayoritarios en la Cámara de Diputados que es el que hemos presentado como despacho en minoría; démonos una instancia.

Y ahora, permítanme un segundo, referirme a los legisladores que no son del Frente para la Victoria y que con su voto van a permitir eso, son Partidos minoritarios, les pido a los otros senadores que no forman parte del oficialismo que ha tomado esta sesión; a la senadora Naman, al senador Ams-tutz, permítannos una semana para lograr un acuerdo, sino van a sacar una ley que va a salir renga, una ley que puede ser modificada cuando el primero de mayo cambie la composición de esta Cámara.

Les pido y reitero, con toda la humildad del caso y con la historia de los sopapos que

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hemos recibido en muchas elecciones que hay que escuchar al Partido político que acaba de decir, al cual la ciudadanía de Mendoza le termina de dar la mayoría.

El 73 por ciento de los mendocinos es-tamos reclamando eso, votaron en contra de una forma de hacer política, de gestionar, del gobierno nacional y provincial. Si no escuchan hoy, que todavía está caliente la elección, ¿qué va a pasar dentro de algunos meses? Y les digo, no se olviden ya van a venir a pedir-nos diálogo ustedes a nosotros, para sacar el Presupuesto, la Ley Impositiva, los endeuda-mientos ¿Con qué cara nos van a venir a pedir diálogo, consensos, cuerdos, si les estamos rogando, reclamando una semana más para que acordemos? Podemos acordar, porque acá se ha planteado una discusión, que si se da el caso le daremos el tratamiento en general, estamos hablando de lo mismo, hablan de la urna electrónica y no quieren la boleta única, ¡pero si es lo mismo, muchachos! La boleta única es soporte papel y soporte digital, ¿Por qué no hacemos la transición como lo pide nuestro proyecto, consensuado por el oficia-lismo de Diputados? No, consensuado por el justicialismo de Diputados.

- Solicita una interrupción el señor sena-

dor Giacomelli.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Dis-culpe senador, no le he dado la palabra.

SR. JALIFF (UCR) - Señora Presidenta,

termino la idea y le concedo la interrupción. SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Re-

cuerde lo que hablé al principio que usted dijo que iba a respetar. La discusión es breve.

SR. JALIFF (UCR) - Señora Presidenta,

cuando una clase dirigente política se predis-pone a transformar un sistema electoral que nos viene desde hace más de 100 años, cuan-do una clase política se decide a cambiar los instrumentos electorales, para darle más transparencia al sistema electoral, es necesa-rio, es imprescindible que sea con el mayor consenso posible, si no siempre va a fracasar. Siempre termina fracasando. Por eso, y reite-ro estos conceptos, porque creo que tenemos autoridad política para pedirlo desde la Unión Cívica Radical. No estamos pretendiendo que vuelva a Comisión y que se demore meses, queremos acordar con ustedes, si hay una forma, si las hay, que las hay, porque ya las he hablado con dirigentes del justicialismo. Las hay, lo único que falta es la voluntad polí-tica, y fíjense qué circunstancia histórica y paradójica, este Partido está pidiendo esto, la boleta única, cuando el domingo pasado ha sido el mayor usufructuario de la boleta sába-na, porque lo llevaba a Cobos…

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Dis-culpe, senador, diríjase a esta Presidencia, y le voy pedir por favor –recuerde su época, cuando estaba presidiendo esta Cámara-: En primer lugar, que se dirija a esta Presidencia; en segundo lugar, que solamente nos remita-mos a este tema…

SR. JALIFF (UCR) - Señora Presiden-

ta… SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Dis-

cúlpeme, estoy hablando, por favor. Después de que se evalúe o se vote el tema de la mo-ción, va a haber tiempo más que suficiente para referirse al fondo de la cuestión y del proyecto. Entonces le pido por favor, para evitar tener que volver a repetir esto, porque la verdad es que yo pretendo que hablen to-dos si quieren, pero con los tiempos como corresponde.

Tiene la palabra el señor senador Jaliff. SR. JALIFF (UCR) - Señora Presidenta,

el objeto de mis palabras, el énfasis de mis palabras, la forma en que yo he optado para plantear esta cuestión es que estoy deseando desde el fondo de mi historia política conven-cerlos a los senadores que van a cometer un grave error si esta ley sale sin el acuerdo de la mayoría expresada en Mendoza.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene

la palabra el señor senador Giacomelli. SR. GIACOMELLI (PJFPV) - Señora

Presidenta, se ha desvirtuado el tema regla-mentario, no pensaba hablar pero cuando uno escucha ciertas cosas se ve sorprendido. Voy a hacer brevemente referencia a algunas de las cosas dichas por el senador Jaliff, cuando se amenaza a no dar diálogo a la ley más importante de la Provincia, que es el Presu-puesto, no se amenaza a nuestro partido sino a los mendocinos...

-Diálogos en el recinto. ...Le solicito, señora presidenta, que

llame al orden al senador Jaliff. Simplemente quiero decir que me veo

sorprendido porque se dice una cosa en Comi-siones y otra en el recinto. A lo que dijo el senador Simón, adhiero a lo que dijo, que tiene que ver con la moción de orden, que este proyecto se iba a tratar un miércoles en la comisión, avisó el senador Jaliff que no podía asistir y que si podíamos tratarla al otro miércoles, accedimos desde el justicialismo (todos los miembros de la Comisión están de testigos), el otro miércoles lo discutimos am-pliamente, tenía mucha información porque conoce ampliamente y a la perfección este

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proyecto el senador Jaliff; entonces acorda-mos tratarlo después de las elecciones, que fue el pedido que hizo la Unión Cívica Radical; estábamos en posibilidades de tratarlo el mar-tes pasado, y el senador Jaliff tenía la preocu-pación de no tratarlo porque todavía no habí-an sido las elecciones; accedimos nuevamente y le dijimos que se quedara tranquilo, que no obstante pudiéndolo tratar por simple mayo-ría, nosotros accedimos para tratarlo el día 29; en ese momento nos dijeron que querían realizar un despacho en minoría, a lo que ac-cedimos y ustedes realizaron el despacho, evidentemente lo analizaron profundamente porque sino no pueden realizar un despacho. Estamos acá con los dos despachos y resulta que el justicialismo, ta ta ta...

Me sorprende que se diga una cosa en

Comisiones y otra acá. Es muy grave que esté pasando esto. Recuerdo que hay una compo-sición bicameral, que los acuerdos que hay en diputados, hay un acuerdo en diputados y no en el senado y tampoco en el contenido de los proyectos, simplemente una fecha de trata-miento. Recuerdo, para no confundir, que en el caso que hoy se apruebe es una media san-ción que tiene que ser aprobado en la Cáma-ra de Diputados.

También decirles que la representativi-

dad que tenemos acá nos la dio las elecciones con el 54 por ciento, que nadie tiene el dere-cho a arrogarse la voluntad de los mendoci-nos, la representación de esta Cámara y de la Cámara de Diputados respecto al Frente para la Victoria, los mendocinos han querido que sigan manteniéndose. Por lo tanto, le solicito nos acotemos a la moción de orden.

-Ocupa la presidencia su titular, el señor Vicegobernador Carlos Ciurca. SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Tiene la

palabra el señor senador Da Rol. SR. DA ROL (PJFPV) - Señor Presi-

dente, es para hacer referencia a las palabras expresadas por uno de los integrantes de la Unión Cívica Radical. Veo con mucha preocu-pación sus expresiones y debo remitirme a los antecedentes que motivan este despacho, que nos tiene debatiendo una de las leyes más trascendentes, que me va a tocar votar como legislador de la Provincia.

Quienes están presentes y no son legis-

ladores, y no han participado en las Comisio-nes y en el debate, ven este “show” y parecie-ra que el peronismo ha impuesto o ha bajado al recinto a las “trompadas” a los efectos de poder tratar este tema. Es un tema que ha tenido innumerables reuniones, cambios de opiniones, ideas con técnicos, con los líderes políticos de cada uno de los partidos; son lla-

mativas las expresiones pero hay dos en las que quiero hacer hincapié, más en un hombre que ha sido Vicegobernador de la Provincia, un hombre respetuoso a quien considero líder importante, pero me llama la atención como joven dirigente (con varias luchas también) que esta desbordada o este ímpetu que le dan los acontecimientos acontecidos el domingo último, lleven a “amenazar” que el Gobierno de la Provincia que somos todos los mendoci-nos, nos íbamos a tener que poner de rodillas para sancionar la Ley de Leyes, que es el Pre-supuesto, Avalúo e Impositiva; para poder gestionar, gobernar, pagar los sueldos de la administración pública adecuadamente en base a un programa de Gobierno. Me extraña porque no hace a la historia de Mendoza, no hace a la historia de esta Casa de las Leyes, y de todos los legisladores presentes; si hay algo que hemos tenido es respeto y verdadero intercambio de opiniones, más allá de las dife-rencias.

El otro tema que me llamó la atención

es nombrar a tres senadores, con quienes he tenido diferencias, pero nombrar y hacer refe-rencia al apellido constituye una falta impor-tante al reglamento, podría haberlo hecho genéricamente hacia todos los senadores, pero no hacia estos tres senadores integran-tes de la Cámara; la reglamentación dice que debe vincularse al Cuerpo y no a la persona y todos debemos defender estos derechos y también las responsabilidades como hombres electos por los ciudadanos de la provincia de Mendoza.

Solicito las rectificaciones correspon-

dientes, no haciendo alegatos de temas fuera de discusión.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Tiene la

palabra el señor senador Márquez. SR. MARQUEZ (UP) - Señor Presiden-

te, brevemente quiero manifestar como miembro de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales. Adhiero a las pala-bras dichas por el senador Giacomelli, este proyecto se comenzó a debatir en la Comisión, y a partir de mi participación en la Comisión firmamos este despacho, con disidencias, pero estamos de acuerdo en que hay que discutir en este Senado el régimen electoral; plantea-mos diferencias en algunos artículos, plan-teamos diferencias en particular. Creo que es importante, ya como miembro de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales por haber sido aludido anteriormente, vale la pena aclarar que hemos trabajado realmente en la posibilidad de hacer aportes a este despacho que hoy se va a tratar, hemos podido lograr algunas coincidencias, no solo con el senador Amstutz, sino también con el senador Valls y el senador Cairo, que hemos trabajado para

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poder unificar la propuesta y la modificación que nosotros hemos pensado adecuadas para este despacho; y la verdad que tenemos que admitir que el Bloque Oficialista ha aceptado prácticamente la mayoría de estas propues-tas, de nuestras modificaciones y simplemente me resta agregar que muchas veces se invoca el diálogo, la falta de consenso y lamentable-mente esta Provincia no terminamos refor-mando nada, creo que hay que plantear la vocación reformista, que muchos decimos tener, creo que hay que llevarla a la práctica, siempre una ley es mejorable en el tiempo, creo que sancionar esta ley de modificación del Régimen Electoral y si en el tiempo hay que seguir planteando modificaciones, que seguramente la va ir indicando la realidad, la experiencia, la práctica, de la aplicación de esta ley, se puede realizar. Pero estamos con-vencidos que hay que plantear esta reforma, creo que se han dado los tiempos necesarios para el estudio de cada uno de las fuerzas políticas para que puedan plantear en este Recinto cuáles son las reformas puntuales por lo que nosotros lo hemos podido hacer y es-tamos en condiciones hoy de dar tratamiento a este despacho. Muchas gracias.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - En consi-deración la moción de orden solicitada por el senador Camerucci.

Se va a votar. SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Ha sido

rechazada la moción por 21 votos en contra 17 afirmativos que apoyaron la moción.

Continuamos con el tratamiento. Habiendo dos despachos uno en mayo-

ría y uno en minoría, se deberá optar por uno de los dos despachos.

Tiene la palabra el señor senador Came-

rucci. SR. CAMERUCCI (UCR) - Señor Presi-

dente, primero quiero hacer una consideración reglamentaria, tiene que poner a considera-ción los dos despachos, el de la mayoría y el de la minoría, es decir, no por separados sino en consideración los dos, por la mayoría y la minoría. Pero antes de poner a consideración y fundamentar cada uno de los despachos, del nuestro que es el de la minoría y seguramente el oficialismo por la mayoría, quiero hacer, porque recién no lo podía hacer porque había pedido la moción de orden; fue acertadamen-te la senadora Gallardo ocupando la Presiden-cia de la Cámara, dejó que los senadores hicieran uso de la palabra y yo no podía pedir-la nuevamente y para entendernos quiero dejar aclarado algunas dos o tres cuestiones, que no tiene que ver específicamente con el

fondo en cuestión del tratamiento de estos dos despachos, pero sí tiene que ver con co-sas que quizás han dicho que deliberadamente se intenta confundir expresiones. Cuando pedí una semana, hice mención a que este tema se viene discutiendo públicamente y en los ámbi-tos adecuados desde hace tres años, no esta-mos faltando a la verdad, es decir que este tema hace 30 ó 40 días que lo estamos discu-tiendo, no, dije claramente a tal punto que todos han hecho mención a un borrador de acuerdo que hay en Diputados y que tiene firmas, pero que todos tomamos como un acuerdo político, en borrador en Diputados. De tal manera que de ninguna forma estamos diciendo que el peronismo, el oficialismo, el Frente Para la Victoria y sus aliados, y sus aliados, y sus aliados, nos vienen a las trom-padas a aprobar un proyecto o un tema, o el tratamiento de un tema, por sorpresa. Lo que sí decimos, claramente reiteramos es que casi a las trompadas quieren tratarlo, hoy, más allá de las concesiones que nos hicieron opor-tunamente en función de que nosotros está-bamos muy abocados a otros temas que jus-tamente el oficialismo intentaba, al entender nuestro, y esto es política distraer en la discu-sión fundamental, antes del domingo, que como muy bien se ha dicho acá es difícil que lo escuchen, como es el tema de la seguridad, en la economía regional, en la salud, en la educación, del no diálogo. Y justamente el oficialismo pícaramente quería que nosotros discutiéramos sobre algo que sustancial pero que no está en la agenda inmediata de una elección legislativa como es el cambio del sistema electoral provincial.

De tal manera que ciertamente el oficia-

lismo concedió, esto entre comillas, de que lo tratáramos luego de las elecciones porque estaba claro que no íbamos a caer en la tram-pa que 15 días antes de las elecciones legisla-tivas generales del domingo, discutir una cosa que no estaba en la agenda de prioridades de los mendocinos, esto está claro, muy claro, que no lo íbamos a permitir.

De tal manera, que despejando esto de

que nosotros nos vemos sorprendido por el tratamiento, nosotros no nos vemos sorpren-dido, pero también es cierto que unos más unos menos, llevamos años de esto, y sabe-mos qué pretendía el oficialismo, intentando tratar este tema hace 15 días, tanto en comi-sión como en el recinto.

Lo segundo, el senador Jaliff no amena-

zó las leyes fundamentales de la Provincia, o ley principal o la ley madre de un proyecto político como es el Presupuesto Anual de la Provincia, en cuanto al diálogo, lo hemos de-mostrado desde la anterior administración del Gobernador Jaque hasta la fecha, que hemos discutido y hemos acordado que hay muchas

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oportunidades, despachos únicos en el Presu-puesto, de hecho el último Presupuesto, los dos últimos fueron acordados, de tal manera que, de ninguna manera el senador Jaliff ha intentado amenazar al oficialismo, no es nues-tro estilo personal del senador Jaliff ni es nuestro estilo partidario amenazar con el no diálogo, por el contrario, justamente, aquí en muchas oportunidades se nos enrostró al radi-calismo, en este recinto pero hasta pública-mente y nacionalmente, de ser casi asamble-ísta o ineficiente por siempre intentar buscar primero el diálogo y no imponer los números.

De tal manera que, estamos muy lejos

de una amenaza de esas características, como quiere hacer aparecer el oficialismo en los dichos del senador Jaliff.

En el Homenaje, yo hice mención en

respuesta a las palabras del senador Ortigala, presidente de la bancada oficialista, a la falta de tolerancia luego de una votación o de un acto ejemplar como fue el acto ejemplar cívi-co, como fue el domingo a las elecciones le-gislativas de algunos personajes, algunos funcionarios y otros no funcionarios, en refe-rencia a la crítica de cómo vota el ciudadano y si se hace o no cargo del voto del ciudadano.

Ahora, voy a hacer con nombre y apelli-

do, porque lo que representa como institución y tiene que ver con los que estamos aquí con-versando o discutiendo o comenzar a discutir, si se quiere, le da sentido a esta pregunta, que me hice muy temprano, cuando leí las declaraciones de Abal Medina, que dijo clara-mente: “Ahora esta asegurada la gobernabili-dad porque el Frente para la Victoria es la primera minoría en el país”. Digo, ¿qué senti-do tiene esta palabra, si no fuese la primera minoría en el país el Frente para la Victoria? ¿qué es lo que sucede en el país? ¿qué es lo que pasa? ¿Se caen las instituciones, se cae la república, no tenemos sustentabilidad, no hemos aprendido los argentinos a diferir en nuestro pensamiento, nos invade Estados Unidos o Cuba, perdemos la identidad como país, perdemos la democracia? Es decir, y lo digo más allá de la expresión de un artista o de una funcionaria provincial que, discúlpen-me la expresión “se caga en el voto popular” digo, ¿qué es esto? Esto es lo que estamos viendo, es lo que estamos viendo, no escu-char. Esta tiene la razón última, en definitiva, la expresión de Aval Medina, ahora si pode-mos gobernar porque ratificamos que somos la primera minoría y hay gobernabilidad sino todo parece ser que está en las nubes, noso-tros no creemos eso; y esto es lo que ha in-tentado expresar el senador Jaliff, y espero haber sido un poco más claro. De ninguna manera, es una amenaza ni a la gobernabili-dad ni al diálogo ni a la construcción de con-senso ni a que no vamos a discutir la ley im-

positiva ni a lo que vamos a tratar de concen-suar un Presupuesto para los mendocinos ni nada por el estilo, todo lo contrario, damos el ejemplo, como decimos nosotros: “en los dos últimos presupuestos que acordamos”.

Por último, lo que si tengan por seguro,

que nuestro voto en esta sesión no va a ser ni siquiera negativo, nosotros, que quede en claro, estamos a favor de las PASO -muy bien lo dijo el señor senador Aguinaga-“Ninguno de los partidos aquí políticos representados, y creo que, ninguno de los que van a estar representados a partir de mayo del año que viene, o ninguno de los que no van a estar representados, ni siquiera a partir de mayo del año que viene, sostiene el actual sistema electoral como está.”

Todos reconocemos y todos creemos

que son necesarias las PASO, y un cambio en el sistema electoral. Que quede bien claro esto, pero no van a contar con nuestro voto ni siquiera negativo en esta sesión, vamos a dar el debate a ver si podemos convencer al Ofi-cialismo y a sus aliados de que no es un buen proyecto de PASO el que se está presentando; y cuando terminemos ese debate, y usted ponga a consideración, nosotros nos vamos a retirar del recinto para no avalar y dejar muy en claro, que están votando a solas el oficia-lismo y sus aliados. Gracias.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Tiene la

palabra la señora senadora Torres. SRA. TORRES (PJFPV) - Señor Presi-

dente, después de haber escuchado claramen-te a todos mis colegas, quería comenzar el debate al cual nos vamos a referir, que es el tratamiento del Despacho 214, en mayoría que convoca en este momento a través del expediente 64305.

Como bien lo han dicho, antes de em-

pezar quiero hacer una breve consideración política, más allá de las consideraciones técni-cas, específicamente de lo que estamos tra-tando, que es la modificación del régimen electoral en la provincia de Mendoza, la im-plementación del sistema de elecciones abier-tas, primarias, simultáneas y obligatorias, para todos los Partidos de nuestra Provincia, para los cargos electivos provinciales y tam-bién municipales.

Como persona que viene de la política,

creo que, desde que tengo uso de razón, entre por primera vez a este recinto, donde estaban muchos de todos los que estaban acá, era siempre tratar de ver y posibilitar la discu-sión de temas que modificaran, realmente, la vida de los mendocinos.

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El debate más importante, y donde nos hemos quedado realmente trabados, fue en una reforma integral de la Constitución desde el año ‘86, donde se empezaron a presentar todos los proyectos. Uno de los temas que modificaba realmente y modifica la vida de los mendocinos, es la reforma de la Constitución y hace a lo que hoy también estamos tratan-do, en un pedacito especial, ¿por qué no po-demos avanzar mucho más en la reforma política? es justamente, en lo que hace al órgano que tiene en este momento, que es la Junta Electoral de la Provincia, que es del régimen constitucional fundamental.

Esto nos ha impedido, por lo tanto,

hacer una reforma integral y positiva de todo el régimen institucional, político y electoral de la Provincia. Por lo tanto, no quiero hablar en nombre de quien fuera el autor, que en su momento, se expresara, que es el señor se-nador Simón, a quien he tenido la posibilidad de acompañar y aportar, porque esto es lo que viene a ser el tratamiento de este proyec-to; es un aporte hasta que podamos realmen-te darnos el debate trascendental, porque pretendemos reformas institucionales cuando no tenemos la posibilidad, ni siquiera, de ad-ministrar justicia electoral. Entonces, esto es lo que viene a hacer, a complementar de a poco y de poner en manos de todos los men-docinos lo que ya se hizo a nivel nacional en diciembre del 2009, con lo que fue la Ley de Democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral.

Todos obviamente, no voy a decir de lo

que implica tener grandes falencias. Por lo tanto, consideramos de que avan-

zar...este es un aporte muy importante que se puede dar, el avanzar a que, de esta manera toda la ciudadanía tenga la posibilidad de ele-gir de acuerdo a su placer todas las propues-tas que los Partidos políticos lleven y seleccio-nen a sus candidatos para las elecciones ge-nerales.

Además sabemos que no existe una

mente... y de esta manera vamos a romper con algo que nos ha venido sucediendo a lo largo del tiempo, y es que si yo perdía una interna dentro de mi Partido, me iba por afue-ra del Partido y por lo tanto, encontrábamos sellos de goma de esta manera.

Por lo tanto, le damos posibilidades cla-

ras no solamente a los que comulgan con nosotros dentro de nuestros propios Partidos para poder ser elegidos claramente, sino a toda la ciudadanía para poder participar.

De esta manera también se logra poder

conseguir los consensos necesarios y las unifi-caciones importantes, y de equidad, porque a

partir de este proyecto, simplemente no se hace la posibilidad de poder seleccionar y preseleccionar a los candidatos que van a estar dado en las elecciones generales, sino también la equidad se da y la transparencia, en la posibilidad de que todos los Partidos que cuenten con un aval mínimo, puedan acceder a la propaganda y a la publicidad de sus pro-puestas.

Brevemente esto como para dar intro-

ducción y poder acompañar el despacho en mayoría, solicito que se ponga en votación, salvo que quieran hacer uso de la palabra.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Tiene la

palabra el señor senador Jaliff. SR. JALIFF (UCR) - Señor Presidente,

yo supongo que lo que ha dicho la senadora Torres es hablar por el dictamen de la mayo-ría; yo ahora me quiero referir, ya técnica-mente, por el dictamen de la minoría. Si es así, quiero que me conteste; sino, si el sena-dor Simón va a ser el miembro informante del dictamen, creo que corresponde que él, al ser el autor o el que decida el bloque oficialista, informe primero el dictamen de la mayoría, y yo, después, haré la exposición respecto al dictamen de la minoría.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Tiene la

palabra el señor senador Simón Fernando. SR. SIMÓN (PJFPV) - Señor Presiden-

te, a los efectos de que podamos hacer un debate constructivo, si lo que pretende es que haga primero uso de la palabra, para después para poder usted continuar, no hay ningún problema.

Quiero empezar por decir que por fin

vamos a empezar a debatir la reforma electo-ral, porque llevamos un largo rato discutien-do: ¿quién habló primero? ¿quién habló des-pués? ¿quién presentó el proyecto? ¿cuándo lo presentó? ¿por qué lo presentó? ¿en qué tipo de papel lo presentó? ¿con quién habló antes? ¿con quién habló después? Realmente esta discusión de un tema que yo considero real-mente trascendental para la Provincia, la en-tiendo casi kafkiana.

Hemos estado debatiendo, y no digo es-

te rato, estos años prácticamente; ¿por qué no la sacamos? y siempre se ha encontrado otros motivos. Hay cosas a las que no puedo dejar de referirme de las que se han dicho. En la Cámara de Diputados había consenso para el tratamiento del proyecto de las PASO y por pedido del Partido de la oposición se incorporó otra serie de proyectos más. Nunca se logró un consenso sobre el desdoblamiento de la boleta única; de hecho, se han construido un montón de elementos en los cuales estamos

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de acuerdo y a los que me voy a referir, pero hay cosas en las que no nos hemos puesto de acuerdo y eso es parte de la democracia.

Mendoza, en los casi 30 años que lleva-

mos de democracia, no ha podido hacer una sola reforma electoral o con respecto a sus instituciones, ni una. En un momento el moti-vo es que “no es la oportunidad”, lo hemos escuchado al cansancio “no es la oportuni-dad”; en este tema no era la oportunidad tra-tarlo 15/20 días antes; no era la oportunidad tratarlo la semana anterior cuando podríamos haberlo hecho perfectamente; tampoco es la oportunidad tratarlo la semana posterior y seguro que para la semana que viene otro motivo se va a encontrar, porque todos los reformistas de la Provincia, resulta que des-pués encuentran un motivo para no reformar. “No es momento”, nunca lo es: no lo era la semana pasada; no lo era hace un mes; no lo va a ser la semana que viene tampoco; siem-pre encontramos un motivo. Y sino, el consen-so, nunca hay consenso.

Señores, la democracia es un mecanis-

mo para resolver también los conflictos: cons-truir, consensuar y resolver conflictos a través de la votación democrática.

Yo, personalmente, y sé que muchos

más, la semana pasada he pasado muchísi-mas horas dialogando con gente de todos los Partidos. Sobre el proyecto que presenté hay más de 25 modificaciones: en el despacho se han introducido 17 más en el marco de ese diálogo. No voy a hacer referencia a las con-versaciones que tenía en privado y con quién las he tenido; creo que no corresponde, pero sí corresponde que diga que se ha hecho es-fuerzos para lograr construir mayores consen-sos; hemos dialogado mucho, que se dialogó en la Cámara de Diputados, que se dialoga desde el primer proyecto que se presentó en abril del 2010. Un diputado, acompañado pre-cisamente por alguien que hoy es senador, que en el 2010 presentó el primer proyecto y desde entonces hemos estado dialogando; y sobre este proyecto específico, muchísimas horas de diálogos hemos puesto, también; y esas horas nos llevan a plantear que en Men-doza es necesario que construyamos consen-sos y que resolvamos diferencias para avanzar en reformas, para lograr concretarlas.

Yo estoy convencido y acá todos lo sa-

ben que la reforma constitucional en Mendoza es imprescindible, pero no voy a seguir espe-rando la reforma constitucional para dar un pequeño paso hacia la reforma política.

Yo también creo que hace falta una ley

de transparencia y he presentado proyectos; también hace falta una ley de información pública y también he presentado proyectos,

pero si sigo esperando que salgan todas y que hagamos la reforma ideal, vamos a seguir como hace desde 30 años, es decir, sin hacer nada y siempre se encuentra un buen motivo para explicar por qué la culpa es de otro, pero la cuestión es que nunca reformamos y con grandilocuentes palabras y muchas veces con mucha agresividad, se busca cómo echar la culpa; yo prefiero que tratemos de construir.

Sobre el proyecto, específicamente hay

temas fundamentales en los cuales, al menos, en las palabras y en las letras de los despa-chos pareciera haber consenso. Estamos todos de acuerdo de que en Mendoza es conveniente que haya primarias abiertas, simultáneas y obligatorias para cargos provinciales y munici-pales. Estamos todos convencidos de esto o, por lo menos, así lo decimos todo el tiempo en cuanto medio de prensa nos pasa cerca, así también dicen los proyectos que se presentan de todos los Partidos y esto es un consenso fundamental. Yo prefiero resaltar, rescatar, que tenemos consenso en este tema y tratar de dar este pequeño paso hacia la reforma electoral de Mendoza, que seguir diciendo “no hagamos nada porque no estamos de acuerdo en todo”.

Estamos de acuerdo, o por lo menos así

surge de los proyectos y de los despachos que están en debate, que es necesario regular la publicidad electoral en medios audiovisuales. Otro tema central, otro eje axial del proyecto que estamos debatiendo, también es compar-tido por el despacho de minoría y es de una gran alegría que así sea.

También planteamos que tenemos que

ir hacia el voto electrónico; lo planteábamos nosotros cuando presentamos el proyecto, hemos trabajado sobre eso para ponerle un plazo concreto y hemos acordado así en el despacho de mayoría con las modificaciones, para que haya una fecha en la cual haya voto electrónico en la Provincia y también lo sos-tiene de la misma manera el despacho de la minoría: en tres elecciones, en un tercio en cada elección, ir hacia el voto electrónico. Es decir, llevamos años discutiendo sobre la re-forma electoral; cuatro años discutiendo sobre las primarias. Compartimos en apariencia, o al menos en lo que se escribe, los grandes ejes centrales y tenemos que empezar este debate discutiendo quién dijo, qué, cuándo, porqué, hoy, mañana, no es la oportunidad, de nuevo no es la oportunidad; para los que ganan la elección, porque la ganaron; para los que la pierden, será porque la pierden.

Señores, tenemos mucho más en común

en esta reforma que queremos hacer, de lo que algunos parece que quieran resaltar. Y también tenemos diferencias y las vamos a tratar y la vamos a debatir como corresponde

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y vamos a utilizar el mecanismo de la demo-cracia para resolverla y avanzar... y esto es votar...se gana, se pierde, ir a una u otra Cámara. Lo ideal es actualmente enemigo de lo posible y en las reformas electorales, en las reformas constitucionales y en cualquier re-forma en nuestra Provincia, todos dicen que lo que se quiere reformar no alcanza, no es sufi-ciente, no me gusta completo. Estoy de acuerdo en casi todo, pero en esto no, así que no quiero reforma. Yo si quiero reforma, aun-que no salga de todas las formas que a mí me gustaría, aunque no me parezca que esto sea lo ideal, es lo posible, es lo que hemos cons-truido.

Y acá quiero ir a los consensos que hemos construido, el proyecto fue presentado fue acompañado por gente del Nuevo Encuen-tro, del PRO, del Partido Federal, del Partido Justicialista, de Unidad Popular, que acompa-ñó luego en el despacho. En ese primer mo-mento de debate, y remarco como dijo en senador Cairo: “no estamos de acuerdo del todo, pero tenemos los suficientes consensos como para avanzar sobre una reforma”. Desde que presentamos el proyecto hasta el despa-cho, se incorporaron varias modificaciones y hasta el día de hoy más de 20 modificaciones más, ha habido oportunidad para todos los que han querido aportar a este proyecto, para aportar. No sólo en los ámbitos institucionales de Comisión, donde hemos debatido, sino también en cuanto a espacio político formal o informal, se nos ha pedido conversar el tema, lo hemos hecho. Ahora, también tenemos disensos, y por eso es un despacho de mino-ría, y solicitar que lo tratemos y votemos, lo considero cualquier cosa, menos una actitud prepotente o altiva, lo considero precisamen-te, querer fortalecer la democracia a través de los mecanismos que ella prevé para discutir y para reformarse.

La democracia es un proceso de cons-

trucción permanente, son 30 años en los que la hemos venido construyendo, y es necesario que construyamos y fortalezcamos la demo-cracia con reformas, a través de este meca-nismo tan sencillo, tan simple que establece nuestra constitución, si no estamos de acuer-do, discutimos todo lo que hace falta, y luego, los representantes votados por el pueblo, porque todos los aquí presentes hemos sido votados, votemos y decidamos.

Tenemos una diferencia sustancial o

fundamental con el radicalismo respecto a la boleta única y el desdoblamiento. Yo quiero remarcar, quiero partir de esto: ninguna re-forma electoral es neutra, y ninguna reforma electoral es perfecta. Cualquier reforma que hagamos va a tener efectos y va a convenirle a unos más que a otros y puede perjudicar a algún Partido más que a otro, esto sabemos

que es así y negarlo sería ser hipócrita, pero precisamente porque ninguna reforma electo-ral es neutra, es que tenemos que discutir una reforma dos años en que se aplique. Hoy, dos años antes de que se aplicaría, de tomar san-ción esta ley, no sabemos qué nos va a con-venir o qué no. Nadie, en este recinto puede negar que en algún momento de su carrera política no le hubiera convenido más una lista sábana, o le hubiera convenido más desdoblar o las elecciones unificadas, y hemos estado de los dos lados. Podríamos hacer memoria y recordarnos a nosotros, justicialismo, como al radicalismo, como a cada Partido, que en al-gún momento querían desdoblar y que en algún momento querían elecciones unificadas. En esto sí quiero dejar a salvo al Partido De-mócrata, que ha tenido una posición coheren-te en su historia, siempre ha querido desdo-blar; el resto hemos ido cambiando muchas veces -como Partido, no como personas- de posición.

Para poder votar sobre un tema que sa-

bemos que no tiene efecto neutro, tenemos que hacerlo muy lejos de que se aplique, a dos años; a dos días de haber tenido eleccio-nes, porque es la única manera de ponerlo lo más lejos posible de los intereses coyuntura-les, la pequeña conveniencia que, ante la próxima elección, nos va a hacer a nosotros ganar un voto más o perder un voto más, por eso es el momento. Y si no, volvamos a en-contrar otro motivo para decir que no es opor-tuno, dejemos pasar de nuevo el tiempo, una semana, unos meses más, acerquemos a la próxima elección y ya cada uno va a saber qué le conviene y qué no, y vamos a trabar otra vez la reforma.

Hoy no sé qué me va a convenir en el

2015, hoy quiero votar esto, y que no haya sospecha de qué me conviene y qué no. Esta no es una reforma de conveniencia, para mi es una reforma de convicciones, y voy a sos-tener por qué cada uno de los temas que pro-pongo.

Así como decía que las reformas electo-

rales no son neutras también digo que ningu-na reforma electoral es perfecta, porque nin-gún sistema electoral lo es, toda reforma tiene ventajas y tiene desventajas, tiene sus virtu-des y tiene sus defectos. Y yo quiero partir de reconocer que la propuesta del despacho de minoría tiene virtudes, pero también tiene defectos, como reconozco que este proyecto tiene virtudes y tiene defectos, como todo sistema. Pero puestos en la balanza yo explico por qué priorizo y considero más conveniente a este sistema propuesto. Y no estoy conside-rando que el que piensa distinto que yo es un prepotente, es un obcecado, está violando la voluntad de las urnas de hace sólo 48 horas, simplemente pienso que tiene otra opinión,

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que he escuchado, porque lo he escuchado, y esto considero que es la mejor opción dentro de lo posible. Y voy a explicar por qué, y lo quiero explicar desde esta perspectiva, ningún sistema es perfecto, éste tiene sus ventajas.

Tomar un sistema de boleta única va a

implicar, obligatoriamente, ir al desdobla-miento de las elecciones y no considero con-veniente avanzar hacia el desdoblamiento de esta manera, considero mejor -y sobre esto se va a referir otra compañera del bloque- avan-zar sobre el voto electrónico poniendo fecha precisa para que esto se implemente.

La boleta única elimina lo que se llama

la boleta sábana, pero no elimina la lista sá-bana; y en esto es necesario hacer una acla-ración por que he notado muchas veces con-fusión, inclusive en el ámbito de la política, también del periodismo, en la facultad cuando uno da clases y en la mesas de exámenes.

La boleta sábana lleva atado varios

cuerpos para distintas categorías. La lista sábana lleva varios candidatos atados para una sola categoría. En la boleta única, por lo menos en lo que tiene el despacho de minoría como propuesta, por ejemplo se establece la votación de los tramos de candidaturas pro-vinciales a una sola boleta, Gobernador y Vi-ce, senadores provinciales y diputados provin-ciales. En esta última elección 8 Partidos pre-sentaron candidaturas; si tuviéramos esta misma hipótesis -voy a utilizar la elección de hace 48 horas-, tendríamos en la columna de diputados provinciales que hacer constar 96 nombres distintos, en cada una de las 8 listas debería constar 8 diputados titulares y 4 dipu-tados suplentes. En esta columna sola, 96 nombres, en toda la página 184 nombres completos.

La boleta única, tampoco es perfecta, no

deja de, -en algún sentido- arrastrar votos, y aquí es donde yo planteo, no me parece la mejor solución, sigo considerando que es necesario caminar hacia el voto electrónico que soluciona muchas otras cosas. Sin per-juicio de que no vamos a poder salir de votar listas completas de candidatos sin una refor-ma constitucional, y este sí es otro debate más profundo, pero sí queremos debatir todo a la vez, garantizamos que no salga nada.

Por otro lado, sí desdoblamos, por otro

lado, vamos a estar hablando de realizar cada año electoral, es decir año por medio, al me-nos 4 elecciones ó 5, hasta 6, no es el caso de lo que plantea el despacho de la minoría, plantea 4 elecciones por lo menos. Cuatro elecciones que empezarían, si hubiera sido este año esta ley, el 16 de junio para seguir con otra votación el 11 de agosto, con otra votación el 8 de septiembre, con otra votación

el 27 de octubre. La convocatoria se debería haber hecho la primera el 18 de marzo, es decir un cronograma electoral que empieza en marzo y termina en noviembre. Esto sin agre-gar la posibilidad de que un municipio desdo-ble, donde estaríamos hablando de un crono-grama electoral que empezaría en enero y terminaría en diciembre.

Este sistema, para mí tiene un problema

que yo no comparto, y por eso en este mo-mento no lo apoyo. Desdoblar las elecciones nos va a obligar a ir a votar 4 ó 5 veces en un año, a tener 9 ó 10 meses de cronograma electoral, 7 u 8 meses de campaña continua, año por medio. Reconozco que mantener las elecciones unificadas hace que el debate de los temas provinciales sea más dificultoso, pero puesto en la balanza considero que car-gar al elector con 4 ó 5 elecciones en un año, no va a tener efectos positivos, creo que va a tener mayores efectos negativos. Considero que hacer 6 u 8 meses seguidos de campaña no va a hacer que los temas de debate sean más escuchados, va a hacer que el debate deje de escucharse porque el ciudadano va a estar harto de escuchar propagandas políticas, harto de escuchar campañas políticas, harto de ver cartelería. Este proyecto tiene virtudes y defectos, puestos en la balanza voto por la propuesta de hacer dos elecciones, que es lo que sostiene el despacho de la mayoría; una elección primaria donde simultáneamente se voten puestos nacionales, provinciales y mu-nicipales; y una elección general donde se voten cargos provinciales y nacionales y los municipios voten en esa misma. Voto porque la campaña en el año se reduzca a treinta días, opto por un cronograma electoral más corto, opto por menos saturación de propa-ganda electoral de cartelería. Son opciones, válidas todas, por eso el debate democrático.

Después hay muchas otras razones.

Desde el ‘83 hasta ahora Mendoza siempre ha hecho elecciones unificadas, y todos los decre-tos de convocatoria los cuales los ha firmado gente aquí presente, no he tenido yo el honor de firmar uno. Hay frases que tienen todos los decretos: “en razón al orden práctico y eco-nómico” “siguiendo lo que ha sido tradicional en esta Provincia”. Que sea tradición no es motivo para seguir haciéndolo, pero al menos es motivo para tener respeto y no tratar de “ventajero” o maltratar, o creer que hay mala fe en quien lo sostiene, son posiciones.

Tenemos que asumir que desdoblar

elecciones nos va a exigir a la Provincia un gran esfuerzo; primero porque no tenemos instituciones electorales suficientes para hacer elecciones nosotros. Quienes vieron, quienes participaron o pudieron hablar con quienes celebraron las elecciones de Capital o San Carlos, saben que la Provincia sin el auxilio del

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Juzgado Electoral Federal no podía bajo nin-gún aspecto hacer una elección, y estoy hablando de menos del 10 por ciento del pa-drón.

La Provincia hoy día no tiene institucio-

nes para hacer elecciones, hace falta una re-forma constitucional, hace falta un fuerte for-talecimiento en la Justicia Electoral y en las Instituciones Electorales, y este es un proceso que requiere esfuerzo, dedicación, formación, recursos; que tenemos que hacerlo pero no los tenemos, entre otras cosas porque hace treinta años que venimos discutiendo la Re-forma de la Constitución y nunca es la oportu-nidad para que salga; en este momento no tenemos capacidad institucional en el electo-rado de la Provincia y esto lo pueden hablar con los miembros de la Junta Electoral o con quienes han tenido que llevar planteos a la Justicia Electoral Provincial, no tenemos la capacidad.

También hay costos, me hacían un pre-

supuesto aproximado que cada elección del 2015 saldría más de 20 millones de pesos, hacer dos elecciones entre cuarenta y cuaren-ta y cinco millones. En el debate de Comisión un senador decía que si uno quiere calidad democrática la tiene que pagar, es cierto, estoy de acuerdo; pero si la Provincia sin re-cargar al elector y sin generar un desgaste insoportable, sin tener las instituciones, po-demos además hacer las espontáneas que nos salen prácticamente gratis, es un motivo; para algunos cuarenta o cincuenta millones de pesos no será mucho, pero yo considero que es un elemento para ser tenido en cuenta, no me parece menor.

La senadora Torres hizo una muy buena

explicación en términos generales del proyec-to, proyecto al que reconozco el acompaña-miento y los aportes de todos los Partidos, inclusive al Partido Radical que ha hecho apor-tes aunque no al final, no podamos lograr el consenso.

Hay otros elementos que también

hemos compartido, por ejemplo la regulación de los medios audiovisuales que es fundamen-tal para la equidad electoral, llevamos dos campañas primarias nacionales con equidad en los medios. Hoy no es un día menor para hablar de esto porque la Corte, acaba de de-clarar la constitucionalidad de la Ley de Me-dios y estamos hablando de una ley con vi-gencia que establece entre otras cosas que los medios audiovisuales deben aportar a los Par-tidos en forma gratuita, precisamente espa-cios audiovisuales para la campaña, y esto se reparte en forma igualitaria para todos los Partidos y el otro cincuenta por ciento en for-ma proporcional a los votos. En la misma Le-gislación Nacional prevé que si las Provincias

adherimos, el 30 por ciento de ese espacio audiovisual es entregado en forma gratuita a los Partidos provinciales. Recién algunos se-nadores planteaban la necesidad de copartici-par a los candidatos municipales el 30 por ciento, lo que hemos agregado. Este elemento que brinda la Ley Nacional es fundamental y es de una riqueza para el fortalecimiento de-mocrático, para la transparencia y la equidad, es inigualable; es tan importante esto como las primarias, en mi opinión.

Haciendo un cálculo de lo que les hubie-

ra tocado a los candidatos provinciales en esta elección y en cada una de las elecciones, si tuviera que pagarse a las tarifas que se cono-cen habitualmente, superarían los 50 millones de pesos cada elección; es decir que el repar-to gratuito de espacio audiovisual a las candi-daturas hubiera sido de más de cien millones de pesos, algo imposible de pagar y que hubiera generado una desigualdad absoluta. Este es otro elemento que quiero resaltar, los despachos de mayoría y minoría, con cierta diferencias para implementarlos coinciden, en la necesidad de regular la contratación de medios audiovisuales.

Estos son los elementos esenciales, y

este debate puede continuar largamente, se-guro habrá otras cosas para seguir discutien-do, pero cabe destacar que por fin estamos hablando de la Reforma; de un proyecto con un despacho de mayoría y de minoría, que tiene coincidencias esenciales y fundamenta-les como son: establecer las primarias, regu-lar las pautas en los medios audiovisuales, ir hacia el voto electrónico, regulaciones nuevas respecto a la Constitución y a los Partidos. No estamos de acuerdo en la boleta única, cree-mos que es mejor y al voto electrónico en el 2017 ó 2019, acordemos una fecha para que Mendoza tenga voto electrónico; no estamos de acuerdo en este momento y con este es-quema con el desdoblamiento, por lo que hemos dicho, la recarga al elector es insopor-table, la recarga de publicidad, la recarga de campaña que son todos elementos con los que no coincidimos y que nos inclinan a esta op-ción.

No puedo dejar de agradecer y advertir

que el proyecto tuvo muchas modificaciones hasta el despacho, y aún el despacho tiene 17 modificaciones que obran en Secretaría, con aportes de los representantes de casi todos los bloques, y han sido todos bienvenidos; a cada uno les dejo la oportunidad de explicar esos aportes. Solicito que evitemos hacer de este debate una cuestión de vida o muerte, que le pongamos racionalidad, que pongamos una verdadera intención de construir una me-jor democracia, más que de resaltar las dife-rencias y encontrar los culpables. Mendoza lleva 30 años sin poder hacer reformas. Yo

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creo que hemos discutido mucho, llevamos discutiendo cuatro años estos proyectos en general, a cuantas semanas este proyecto, que tiene aportes de casi todos los represen-tantes de los Partidos, y creo que estamos en condiciones de someterlo al mecanismo de la democracia, debatir y votar. Que lo que tenga consenso pueda llegar a implementarse la próxima elección y en lo que no hay, es nece-sario que lo definamos a través del mecanis-mo democrático que es la votación.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Tiene la

palabra el señor senador Jaliff. -Ocupa la presidencia la Presidenta Pro-visional del Senado, senadora Miriam Gallardo. SR. JALIFF (UCR) - Señor Presidente,

primero quiero hacer una consideración, que no podía hacer en la moción porque no podía hablar dos veces; no voy a aclarar nada, por-que “el que aclara oscurece” pero siento no haber cometido ninguna incorrección respecto a lo que creo, de buena fe me han malinter-pretado respecto de los consensos, que son exactamente iguales a los consensos que el oficialismo va a venir a pedirnos para las leyes que necesiten, entrando en las consideracio-nes técnicas de los distintos proyectos; prime-ro debo decir que tengo una sensación un poco contradictoria estoy feliz, estoy contento de que estemos tratando en la Legislatura de Mendoza una transformación del sistema elec-toral de la Provincia que tiene ya más de cien años y para ver la honestidad intelectual con la que he planteado este tema; quiero empe-zar contando una anécdota: cuando se empie-za a escuchar los rumores de los proyectos de PASO, proponer el Gobierno Nacional en ese momento, aunque ya no era Presidente, y un gran impulsor Néstor Kirchner, varios de los dirigentes radicales, empezaron, por las du-das, a criticarlo ocasionalmente me encontré con un borrador, no ocasionalmente, me lo mandó un amigo; con un borrador del proyec-to, cuando yo leí el proyecto que había impul-sado Néstor Kirchner, me acuerdo haberlo llamado a un acto a Julio Cobos, que segura-mente le iban a preguntar sobre el tema a la salida, un acto en el Cementerio de la Recole-ta, que creo con recordación a Raúl Alfonsín, y le mandé un mensaje que decía: “por favor no hables de las PASO, antes que te explique cómo son”. Para mí son las más grandes transformaciones electorales de la Ley Sáenz Peña hasta ahora. Recibí la llamada esa, me-dio sorprendido porque me decía: “no estarás exagerando”. No Julio, el proyecto de PASO que manda Kirchner es la más grande reforma electoral Argentina desde la Ley Sáenz Peña, lo único que le falta, es la boleta única, lo único, todo lo demás está; conviene a todos los partidos políticos, le conviene a los parti-

dos chicos que se acuerdan que salieron a protestar por el alto índice que le habían puesto para después competir en la generales, el domingo pasado hemos visto un efecto claro y concreto de lo que significa esa Ley de PASO, para todos los Partidos políticos, nadie se imagina que el resultado que obtuvo el Frente de Izquierda Popular hubiera sido sin la PASO, propaganda gratis en televisión y radio, ningún partido pequeño, el Frente de Izquier-da, el propio candidato Del Caño, y los que nos van a acompañar a partir del primero de mayo en la Legislatura, hubieran tenido posi-bilidades sin ese mecanismo que instrumenta-ba la Ley de las PASO. Decía que era contra-dictorio, porque la verdad que estoy feliz que podamos discutir, discutir ahora, nos senta-mos a elaborar una ley que modifiquen el régimen electoral y nos quedamos a media, a mitad de camino, casi que le estamos diciendo “bueno muchachos, algo hay que hacer, pon-gamos la PASO, porque con todo el respeto y en esto estoy hablando de cuestiones técni-cas, no políticas, las PASO que tiene el siste-ma adoptado por el dictamen de la mayoría sinceramente para mí cambia para no cambiar nada. He insistido mucho y de eso se trata el proyecto de la minoría, el dictamen de la mi-noría es que aparte de la primarias abiertas simultáneas y obligatorias había que modificar el régimen también de las elecciones genera-les, está claro que el proyecto, del dictamen de la mayoría, no sé algunas reformas, sola-mente habla de las PASO y algunas considera-ciones de reforma de la ley de partidos políti-cos de la Provincia y de la Ley Electoral de la Provincia; es más para hacer las PASO que tiene dictamen de la mayoría, un artículo hubiera hecho falta nada más, uno solo “ad-hiérase a la elección simultánea establecida por la Ley 25.671, la ley de las PASO, espero haber acertado con el número, porque todo lo demás está ahí, tengo que aplicar ese régi-men. Nosotros creíamos que teníamos la oportunidad histórica de perfeccionar el siste-ma ese que yo hablaba de las PASO naciona-les, que hay que aclarar que los partidos polí-ticos prácticamente no las han utilizado, en eso hay que ser sincero, hay muy pocas expe-riencias en la Nación, en distintas provincias, donde se van a competir los sectores internos de las PASO, en Mendoza han sido muy esca-sos, no es culpa de la ley, es culpa de los par-tidos políticos, que no han sabido utilizar ese mecanismo.

Nosotros empezábamos a hablar de un

hecho que para nosotros es importante justo de tanto años, ya estoy harto, recontra harto de cada elección, prendo la radio a las 8 de la mañana y empiezan los fiscales de todos los Partidos políticos, algunos con razón y otros la inventan, faltan boletas, no llegaron las bole-tas, nos están rompiendo las boletas, hay boletas truchas, hay boletas de otros depar-

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tamentos, nos gastamos un dineral en impri-mir boletas y todas las elecciones iguales, todas las elecciones iguales, con las boletas sábanas que bien aclaro, lamento que se haya retirado el senador Simón que podría yo haber planteado algunas cosas que él podía conside-rar en una eventual réplica, espero que se lo transmita.

Entonces, había que buscar un meca-

nismo, mecanismo que existe en el mundo, que existe en el país, ustedes saben que en América Latina todos los países tienen boleta única, excepto Uruguay y Argentina. Boleta única, la gran mayoría soporte papel, boleta única soporte digital Venezuela y Brasil, quie-ro remarcar esto la boleta única, es única, lo que se modifica es el soporte papel o el sopor-te digital. Para qué, para evitar, para hacerlo más transparente como para permitir que el electorado pueda optar entre distintas ofertas electorales de distintos partidos y para man-tener y para que tanto se habla de los costos, de la exposición del senador Simón. ¿Saben cuántas boletas se imprimen solamente en Mendoza por cada elección? Más de 12 millo-nes, porque cada Partido, entre los grandes imprimen 2 y media del padrón, 3 algunos, otros no le alcanzan, una estimación, 12 mi-llones. Con la boleta única es el 10 por ciento de eso, un millón doscientos mil.

Ahora quiero hablar de una coyuntura

que se va a dar en el 2015, que se dé una circunstancia histórica, que hacía muchos años que no ocurría. En el 2015, si son simul-taneas vamos a elegir presidente, diputados nacionales, senadores nacionales, gobernado-res, diputados y senadores provinciales, in-tendentes y concejales; ¡ocho tramos! ¿Sabe cómo va a ser la boleta? Así muchachos...

-El señor senador Jaliff se pone de pie y muestra al recinto una boleta de 96 cen-tímetros de longitud. SR. JALIFF (UCR) - Señora Presidenta,

un metro mide la boleta. Doce millones de esta boleta, la mitad fue este año; el año que viene va a ser el doble. ¿Hay necesidad de gastar en boletas de un metro, cuando se podría reemplazar con unas sencillas? Una boletas para la provincia y otra para el depar-tamento. ¡Tanto que hablan de autonomía! Este es un modelo de anexo; el modelo que tiene las medidas que establece la ley, es algo así...

-El señor senador Jaliff muestra otro ti-po de boleta, y la dobla en cuatro par-tes. SR. JALIFF (UCR) - ...inclusive no ne-

cesita sobre porque se pliega así; nos aho-

rramos dos millones de sobres y se meten en la urna.

Estamos hablando de cuestiones no polí-

ticas. Acá no hay una cuestión ideológica, creo yo entender. ¡Que tengamos que tener una boleta que mide un metro! 96 centímetros para que no me digan que estoy exagerando. Es de hecho que si vamos a hablar, que no tiene el proyecto originario, pero dice el sena-dor Simón que va a tener modificaciones, el sistema de voto electrónico, ¿por qué no hacemos la transición, boleta electrónica, bo-leta única soporte de papel y boleta única soporte digital, como tiene nuestro proyecto, con un tercio de las mesas con voto electróni-co en el 2015 y los otros dos tercios con estas boletas?

El senador Simón, me refiero a él como

miembro informante habló también de la oportunidad; que es verdad, muchas veces se escuda en que no es la oportunidad para decir que no; pero si ya habíamos dicho que sí en diputados. Muchachos... estaba la oportuni-dad; ¡no importa! Traslademos la oportunidad de Diputados acá. Sacar un proyecto de ley con estos defectos, creo que no le hace bien y no transforma nada.

Se habla del financiamiento; me paré a

preguntarle a un contador, el senador Vilches, porque hacía los números de lo que podía salir una elección general provincial. Entonces me puse a sacar cuentas: el Presupuesto de la Provincia va a ser de 30 mil millones de pe-sos. ¿Sabe cuánto nos gastaríamos en una elección? A ver si estoy bien, senador: 0.001 en una elección. ¡Vamos a cambiar la transpa-rencia por el 0.001 del financiamiento! Y no quiero entrar en consideraciones políticas que nos preocupamos por lo que nos puede salir una elección y después le regalamos a la Na-ción miles de millones de pesos con ANSES, por impuesto al cheque todos los años...pero bueno, saquémoslo.

Entonces, nos debemos replantear, bien

decía, el miembro informante, que todos los Partidos políticos hemos reticentes a terminar con la simultaneidad. Es claro, primero quiero hacer una aclaración histórica, yo, como Mi-nistro de Gobierno, firmé un proyecto de ley con el gobernador Roberto Iglesias, que tuvo media sanción de Diputados, donde desdoblá-bamos las elecciones en el 2002; no se trató en el Senado, pero bueno, hicimos la intento-na; yo lo firmé como Ministro de Gobierno, pero es verdad, porque en el 2010 entre con-versaciones de distintos dirigentes políticos estábamos charlando sobre desdoblar en el 2011 y algunos correligionarios me dijeron “¡pero vos estas loco, ahora que lo tenemos a Cobos vamos a desdoblar!”. Cuándo nos di-mos cuenta que no teníamos a Cobos los radi-

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cales quisimos desdoblar y los peronistas me dijeron “¡pero vos estas loco, ahora que te-nemos a Cristina vamos a desdoblar!”. Hoy muchachos, ni ustedes ni nosotros sabemos si vamos a tener a Cobos, a Scioli o a Massa, a Macri o Altamira. Nadie sabe; es la mejor oportunidad, es la oportunidad histórica, por-que ni ustedes ni nosotros sabemos; fíjense, en esta boleta que creo que va a tener el 2015, yo creo que va estar Julito acá adelante como candidato a Presidente..-En el recinto de sesiones de la Honorable Cámara de Senado-res de la provincia de Mendoza, a nosotros nos va a convenir esta boletita...

-El señor senador Jaliff muestra la bole-ta que había mostrado oportunamente, de 96 centímetros, y la señora Presiden-ta le solicita que se dirija a la Presiden-cia. SR. JALIFF (UCR) - Señora Presidenta,

a nosotros nos conviene; hay un debate; aprovechemos esta oportunidad histórica para terminar con esto.

Vamos a la cantidad de elecciones. Es

verdad que se instala esto respecto de la can-tidad de elecciones, porque nuestro proyecto tiene elecciones en junio, que estamos dis-puestos a charlarlo y ya lo he hecho yo con el senador Simón; elecciones en agosto, sep-tiembre y octubre. ¡Es verdad, son cuatro elecciones! Ahora, nos damos cuenta de que la clase dirigente política mendocina, porque en el resto de las provincias lo hacen, mucha-chos, somos nosotros que estamos diciendo que la gente va a sufrir el día de elecciones; que le estamos dando una carga, un sacrificio. Muchachos, entonces hemos fracasado en estos 30 años de democracia si todos enten-demos que llevar a votar a un ciudadano más de una vez, es hacerlo sufrir. ¡Entonces hemos fracasado! Nadie puede alegar su pro-pia torpeza. Si nosotros consideramos que la gente esta harta de votar, ¡qué mal que es-tamos! Si nosotros, la clase dirigente, pensa-mos que está harta, nos hemos equivocado en estos 30 años; no hemos sabido trasmitirle a la gente que el único momento que tiene de emitir su descontento o su felicidad, su apoyo o su oposición, es en el momento de votar. No lo usemos más como argumento, les pido por favor, por que me siento con vergüenza utili-zando ese argumento; con vergüenza; ¡cómo va a decir un dirigente político que para la gente es un sacrificio, por favor!

Además, con el sistema que estamos

implementando y en esto quiero hacer un entre paréntesis, la última elección del domin-go fue una de las más ordenadas que yo re-cuerde. Me llamó mucho la atención: no hubo colas en las escuelas y eso es fruto, supongo

de la capacitación de presidentes de mesa, de capacitación de los fiscales por parte de los Partidos; en la organización no hubo aglome-ración en las mesas, fue rápido, fue expediti-vo. Ustedes imagínense si en el 2015, a algu-no se le pretende ocurrir cortar esta boleta, va a tener que llevar una escuadra, una regla, una tijera, y hasta un tablero. Entonces, creemos que estamos avanzando en perfec-cionar el sistema, si utilizamos la boleta única.

Ahora bien, hay un modo de evitar de

que la gente vaya una sola vez a votar: la ley de Lemas; vayan a ver lo que le pasó a la Provincia cuando pusieron la Ley de Lemas. Con la Ley de Lemas no los hacemos sufrir, no los hacemos sacrificar a los ciudadanos y van a la interna, a la general, a la simultánea, todo el mismo día: la Ley de Lemas, y termi-nemos la historia; ahí van una sola vez.

Tenemos que ser muy cuidadosos cuan-

do utilizamos unos mecanismos, o unos fun-damentos, o unas razones para hablar de este tema.

Otra de las cosas que quiero hablar, que

también creo yo tiene razón el senador Simón, cuando la estructura electoral de la Provincia de la Junta Electoral para organizar unas elec-ciones, pero eso en dos años muy soluciona-ble, no es tan engorroso establecer una es-tructura eficiente y chica para hacer unas elecciones, pero también podemos pedir el apoyo del Partido.

De hecho, ustedes saben que las elec-

ciones desdobladas de capital y de San Carlos, se tuvo que hacer con la ayuda del Juzgado Federal, se tuvo que hacer inventando legisla-ción; porque hablan de autonomía municipal para establecer la fecha de las elecciones, pero no tienen ni siquiera una ordenanza de reglamentación electoral. Por lo menos hubie-ran copiado una y la aprueban. Tuvo que hacerla entre Puebla y Bento toda la estructu-ra para que Capital y San Carlos la puedan desdoblar.

Nuestro proyecto, de dictamen en la mi-

noría, no se limita a hablar de las PASO, creo yo que se limita, en gran parte o en forma fundamental, el proyecto del dictamen de mayoría, porque nosotros hacemos un cambio profundo, no solamente hablando de las PA-SO, sino también de la general y que el siste-ma de financiamiento, que quede bien claro, que ese financiamiento, teórico de la Nación o de Sabatella, es para la simultánea, pero la única provincia que la hizo simultánea, que fue la provincia de Buenos Aires, yo he habla-do con los intendentes amigos de la provincia de Buenos Aires: a los que no eran del go-bierno no les mandaron un mango.

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Sabatella dijo para dónde iban las pau-tas, estoy hablando en lo provincial y en lo departamental; en lo nacional, lo controla la Cámara Nacional Electoral, así que ahí no podían hacer mucho, seguramente recibían órdenes Sabatella, no estoy pretendiendo que él es el… Así es que tengo mis serias dudas de que nos vayan a financiar eso, pero esa es la decisión política que debemos tomar, más allá de todas estas consideraciones, somos la Pro-vincia autónoma, o mantenemos el régimen nacional de gobierno, o lo mantenemos o lo transformamos en unitario, y listo, se acabó; hay soluciones institucionales, no queremos que la gente vote más de una vez; no quere-mos que se sacrifique la gente a votar cuatro veces: adoptemos un régimen unitario y se acabó, vamos a ir a una sola urna, después el presidente va a elegir el delegado o el inten-dente, como los chilenos de Mendoza. Son decisiones políticas que una clase política debe tomar: o somos federales, o somos unitarios.

Insisto, insisto con esto, todos los parti-

dos políticos, por lo menos los que hemos gobernado los últimos años somos responsa-bles de que siga existiendo la simultaneidad, no quiero arrogarle las culpas a los otros que tenemos nosotros. Ha llegado el momento de que Mendoza se independice y pueda permitir-le al ciudadano que debata los temas provin-ciales y departamentales, y no, como ocurre en la simultaneidad, que sólo se debaten los temas nacionales.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene

la palabra el señor senador Da Rold. SR. DA ROLD (PJFPV) - Señora Presi-

denta, en primer lugar reconocer y agradecer que el amigo y senador Juan Carlos Jaliff, comentó la anécdota a la cual hacía referencia de Néstor Kirchner.

Estuvimos hablando hace un tiempo

atrás, aquí donde nos juntamos los senadores siempre, un ratito cuando hacemos cuarto intermedio.

Yo reconozco que Juan Carlos, un hom-

bre con mucha trayectoria, basta experiencia, por eso siempre uno dialoga, le pregunta, más allá de la diferencia de edad, no quiero decir con esto que Juan Carlos sea viejo, muy por el contrario, tiene basta experiencia, y uno disfruta mucho el diálogo con los distintos senadores del Cuerpo, con aquellas personas de bien, con las que se puede discutir, que se puede dialogar y que, más allá de una chicana política, uno aprende. Y uno de ellos es Juan Carlos, por eso, creo que en esta segunda oportunidad que ha hecho uso de la palabra ha bajado su tono y su euforia, que la tomé mal, porque creo que no la merecemos como legisladores de este Cuerpo, máxime con el

tiempo que ha llevado esto, más allá de que no formo parte de la Comisión, pero he estado al tanto, del esfuerzo que ha hecho Fernando, todos nuestros compañeros de Bloque y uste-des, como así también los otros bloques, en hacer los aportes que ustedes consideran me-jores. En definitiva, en esto hay verdades parciales, nadie tiene la verdad absoluta.

La única verdad es la que se va a san-

cionar hoy, y estoy muy emocionado porque de alguna u otra forma estamos siendo parte de una transformación en la historia de Men-doza, con lo cual, este humilde senador, des-de distintos puntos ha podido participar y ha participado activamente en la transformación de un pedacito de esa gran transformación que soñábamos, y que sin duda, echaba a perder, porque no creo que pueda volver –o no lo sé, los años lo dirán- a formar parte de este Cuerpo, pero me queda el sabor amargo de no haber podido debatir como nos mere-cemos los mendocinos, una Ley de Reforma Integral de la provincia de Mendoza. No puede ser que por mediocridad, no tengo dudas que por mediocridad, hedonismo, egoísmos, de distintos, no voy a personalizar; nos hayamos impedido de ser parte de una nueva historia, de tener un pedacito de Julián Barraquero, de esos comunistas que también participaron activamente, de los liberales, de los conserva-dores; cada uno desde su punto de vista, en esa brillante obra del ’16, que mucho trae también de la de 1898 y de modificaciones anteriores. Creo que el gran esqueleto, el gran andamio, sobre el cual se ha hecho esta Men-doza bella, es sobre la de 1916. Pero, a modo de anécdota, digo, no puede ser que todos estamos planteando por qué se planteó la acción procesal administrativa ante la corte.

Hoy le estamos impidiendo a los mendo-

cinos y a las mendocinas que un ciudadano de Malargüe, de Rivadavia, de Junín, pueda liti-gar tranquilamente y en forma mucho más económica un tema administrativo. No, tiene que buscar un abogado en Mendoza y litigan-do, ni más ni menos, ante la Corte, con lo que esto implica y con los corolarios para los que nos gusta el Derecho Administrativo.

Es decir, hasta en ese tema, si los men-

docinos supieran, cuando se habla de la re-forma de la Constitución, que también tiene que ver con el acceso a la Justicia, para los ciudadanos más alejados de la Provincia, por notar uno solo de los temas, pero no viene a colación, pero sí pensaba y reflexionaba sobre este aspecto.

También, mientras Juan Carlos hacía

uso de la palabra me paré a consultar a Fer-nando Simón, si tenía Googleado o contado con algunos antecedentes de los diarios de aquella época cuando se sancionó la ley de

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las PASO, pero no hace falta, porque Juan Carlos, también lo reconoció, que el Radica-lismo al principio decía: “vienen por las tram-pas, que van a hacer”, y en definitiva, había comentarios de esta naturaleza y todas las fuerzas políticas terminaron luego de las du-das o inquietudes iniciales, esta verdadera transformación que no tengo la menor duda, después de la Ley Sáenz Peña, el gran aporte que nos deja a la democracia y a la República, el partido al cual pertenezco y las fuerzas que acompañaron –por supuesto- en la sanción de la ley, en definitiva, con el transcurrir y el devenir del tiempo se demostró la importancia para que se garantice mayor legitimidad, ma-yor transparencia, una verdadera selección de los candidatos, mas allá de estas disquisicio-nes o particularidades o nimiedades que son importantes, por supuesto que lo son, y con el correr del tiempo veremos como se ajustaran; pero no podemos por estas divergencias, no ser parte de este momento histórico.

Le pido, a la Unión Cívica Radical, en

honor al triunfo que le han dado los mendoci-nos, en honor al voto de confianza que le han dado los mendocinos este ultimo domingo, que no dejen de ser verdaderos arquitectos de esta historia que se viene y que formen par-te, y de algún modo también, dejen los ci-mientos de una ley que puede ser probable-mente mejorada, perfeccionada con el devenir de los años.

Lo digo con humildad, no le falten el

respeto a los mendocinos, dejándonos solos, como alguna vez también lo hicieron en el Congreso Nacional para sancionar una ley que hace a la calidad institucional, y no transfor-memos esto en un debate de personalismo de Partidos, seamos conscientes que tenemos la responsabilidad y la obligación moral, ética y política, de dejar una herramienta de trans-formación para una mejor política y una ma-yor participación.

Bien decían, que sería impensado que

fuerzas menores pudieran tener acceso a los medios, como lo han tenido. Y aprovecho y no lo hice al comienzo de la sesión, para hacer un reconocimiento y una mención muy especial a Ley de Medios, quien después de tanto litigio y tantas particularidades en el devenir de estos años, hoy contamos con un fallo defini-tivo del Superior Tribunal, de la Suprema Cor-te de Justicia de la Nación, quien avala la legi-timidad de la constitucionalidad de esta nor-ma, más allá de que va a tardar un tiempo la implementación total de la misma. Y no es un tema menor, no es un tema menor porque va a permitir mas transparencia, mayores fuen-tes de trabajo para los trabajadores de pren-sa, mayor protección porque muchas veces hacemos oídos sordos, pero sabemos que el mal trato a lo que son sometidos, o las baja-

das de línea a los que son sometidos algunos trabajadores de prensa, por sueldos misera-bles, en los grandes medios, y no me da mie-do decirlo, es fuerte y constante en todos lados.

Por eso, esta ley tiene que ver también

con la dignidad del trabajador, vinculado mu-cho más a la actividad de prensa, pero por sobre todo a la regulación que hace a la vida y a la información.

Repito, somos partícipes de un momen-

to histórico. Yo asumo la responsabilidad que me cabe de aceptar que pueden haber correc-ciones, de aceptar que pueden haber mejores propuestas, pero estoy convencido y hago mías, las palabras de Fernando Simón, en la argumentación técnica y en el desarrollo téc-nico de la ley, y no quiero entrometerme en un asunto que ha llevado adelante él, desde un primer momento, pero sí hacer una re-flexión política, y por qué considero que es tan importante que más allá de estas divergen-cias, podamos dejar sentado nuestro voto, siendo partícipes de un hecho transformador, para la historia, para los mendocinos, para nuestros hijos y para nuestros nietos.

Les agradezco al bloque Peronista, por

todo lo que me da, por la participación que me da, por la posibilidad del disenso, por la posi-bilidad del disenso; por supuesto también; le agradezco a todas las otras fuerzas que hacen posible que tengamos un diálogo, una convi-vencia y que de algún modo, le demostremos a los mendocinos que estamos a la altura de las circunstancias, tanto como se reclamo el dialogo, tanto como se reclama la activa par-ticipación que hoy no demos el mal ejemplo de dejar al bloque oficialista solo, sancionando esta ley porque sería un mal precedente, en un hecho de gran envergadura y trascenden-cia institucional como tiene que ver con la sanción de esta ley de las PASO, para trans-formar la política y la calidad también, de vida, de los mendocinos y de los vecinos de nuestros departamentos, porque no tengo la menor duda que va a redundar en beneficios para la calidad cívica de la provincia de Men-doza.

-Asume la Presidencia su titular, el Vice-gobernador, señor Carlos Ciurca. Por ello, que los aliento a que seamos

conscientes de este momentos pero que no suceda que después en los anales, o en los futuros estudiantes de Derecho o de Ciencias Políticas, o a quien les guste investigar estos temas, vean que la Unión Cívica Radical, im-pidió, o no votó, o no participó en la votación final de la transformación más importante que va a tener la provincia de Mendoza luego de la reforma de 1916.

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SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Tiene la palabra el señor senador Biffi.

SR. BIFFI (UCR) - Señor Presidente,

voy a tratar de no redundar en algunos con-ceptos que ya se han vertido, pero segura-mente, no va a ser fácil evitarlo. Intentaré también, ser breve.

Lo primero que quiero decir, es que el

señor senador Da Rold, decía que esta es una sesión histórica, yo digo: “Que: podría ser una sesión histórica”, porque hace tiempo se re-clama un cambio en el sistema electoral, en el modo de elección de nuestros candidatos en el modo de representación de la democracia. Y en este punto debo decir que, yo sí puedo resistir el archivo, desde que se instauró el sistema a nivel nacional, vengo proponiendo, pugnando, empujando, para que mi Partido impulse el sistema de primarias abiertas, simultáneas y obligatorias, para los cargos provinciales y nacionales; bien lo sabe el se-ñor senador Simón, que compartimos –lo re-cordaba recién- algunas charlas debates sobre este tema, y una invitación que le hicimos al Comité Provincia para discutir sobre las pri-marias abiertas, cuando se instauró a nivel nacional, el sistema.

De modo que, querer las primarias

abiertas, simultáneas y obligatorias desde Mendoza, quiero expresar que desafortuna-damente, el sistema que hoy estamos sancio-nando -o finalmente el oficialismo sancionará-, no es el mejor de los sistemas posibles, y está lejos de serlo; al contrario; me parece que es el peor de los sistemas, sacando o salvando la diferencia con el sistema que te-nemos de selección de candidatos hacia el interior de los partidos, que por cierto está, absolutamente perimido.

Lo he conversado con el senador, y creo

que aquí, nosotros deberíamos encontrar lo que él en algún momento dijo: “Lo ideal es enemigo de lo posible”; estoy de acuerdo, es esa frase intermedia entre la conservadora frase aristotélica de: “La política es el arte de lo posible”; o aquella en el otro extremo del mayo francés, vinculada con “Seamos realis-tas, pidamos lo imposible.”

En el medio se ubica la frase a la que

hacía referencia el señor senador Simón: “Lo ideal es enemigo de lo posible”.

Ahora, lo posible debería ser mucho más

que lo mínimo, tengo la sensación que esta-mos parados en el extremo inferior, porque lo único que nosotros logramos con esta ley es un sistema PASO, para la elección no sólo de los candidatos nacionales como teníamos, sino también para los provinciales y los municipa-les, en una lista completa sábana. El senador

sabe, como sabemos todos que uno de los principios axiológico de cualquier sistema electoral es evitar el ocultamiento o falsea-miento de la voluntad popular y permítame decirles que a esta altura como mencionába-mos recién, después de transcurrido 30 años de vigencia del sistema democrático, la lista sábana de algún modo significa un falsea-miento de la voluntad popular o por los menos yo estoy convencido de eso, bajo cierta patina institucional o bajo cierto comportamiento que tiene características institucionales, el modo de votar de los ciudadanos hace que de algún modo se falsee la voluntad popular. ¿Porqué digo esto? Está claro que yo puedo decir estas cosas pasado 30 años de vigencia del sistema democrático, porque ninguno de nosotros se nos hubiera ocurrido, pensar, de este modo, allá por 1983, principio incluso de la década del 90 del siglo pasado. Nosotros teníamos un sistema de Partidos políticos estructurados, masivos, programáticos, orgánicos, la Argen-tina tenía grandes proyectos nacionales que de algún modo nos invitaban a votar por lo que muchas veces el senador Ortigala, men-ciona, las necesidad de unicidad en esa cade-na Nación-Provincia-Municipio, que está vincu-lado con cierto y determinado proyecto políti-co, cierto y determinado sistemas de ideas o creencias, pero lo cierto es que por distintas razones algunas vinculadas por factores exó-genos y otras más vinculadas con factores propios; esa realidad política en la Argentina desapareció, yo debo decir que se me ocurre que hay tres o cuatro que definitivamente, son las determinantes de esta nueva realidad; primero, obviamente la caída de los paradig-mas, todos sabemos que el mundo cambió; la segunda está vinculada con el debilitamiento estructural de los Partidos políticos de esa democracia de Partidos que conocimos a la democracia de candidatos; la tercera vincula-da con este punto la aparición de los formida-bles liderazgos que debilitan a los Partidos políticos y por último una sociedad post-moderna, que bien descripta en su momento por Lipovesky, hacia referencia al hombre de hoy, ese hombre que vive sólo el presente, que tiene muy poca conciencia del pasado y que poco le interesa el futuro, cuando se vive de ese modo, cuando su realidad es la de hoy y no hay pasado y no hay futuro queda claro que es muy difícil construir un pensamiento político estructural. Los Partidos políticos pue-den quedarse renegando ante esa situación o acomodarse, el Justicialismo ha adaptado muchísimo más rápido sus prácticas a esa realidad, basta ver como se ha comportado de Menem para aquí, al Radicalismo le ha costa-do mucho más y todavía esa realidad política, por cierto le es francamente hostil, pero ad-vertimos claro, claramente sí advertimos que el ciudadano necesita tener herramientas electorales que le permitan votar con mucha claridad. Todos los que estamos aquí sabe-

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mos, que una elección con lista sábana com-pleta de Presidente de la Nación a concejal, invita a pensar, no en el concejal, invita a pensar en el Presidente y consecuentemente el arrastre ayuda en más o en menos, según sea el caso al candidato a gobernador y al candidato a intendente; hay en este punto y en este sentido, lo que quiero hacer hincapié, ese falseamiento a la voluntad popular, por-que en realidad está votando a un presidente, porque puede convencerlo, porque le gusta sus ideas, pero arrastra al conjunto y la di-mensión local pierde toda importancia, eso significa y aquí me parece que es la importan-cia de la boleta única o de la separación de las boletas en el cuarto oscuro, eso significa el debilitamiento de la dimensión federal; permí-tame decirles de este modo, no quiero agredir a nadie ni mucho menos, pero es muy difícil que un gobernador se plante ante un presi-dente para pedir lo que le corresponde cuando fue electo producto del arrastre de la boleta nacional y puede pasar lo mismo con los can-didatos a intendentes, en la medida que el gobernador haya servido para que ese candi-dato a intendente fuera electo.

A esta altura del desarrollo de la políti-ca argentina y en esta Provincia, lo que noso-tros tendríamos que darle al electorado es, certeza, claridad y transparencia. Entra al cuarto oscuro por cualquier sistema y sabe que tiene que elegir a un presidente con sus candidatos a diputados y senadores naciona-les, porque eso sí me parece que va de suyo, porque me parece que es un proyecto; elige un gobernador con sus legisladores provincia-les y elige un intendente con sus concejales. Es cierto lo que dice el senador Simón, ni la boleta única, ni este sistema que yo propongo elimina ese tramo sábana que hay de los can-didatos a legisladores provinciales, ahora si eso es crítico, yo digo quien puede lo más, puede lo menos. Si nosotros podemos avanzar en este sentido, ya encontraremos en su mo-mento el mecanismo para la selección de los candidatos a legisladores provinciales tanto a diputados como a senadores que estén mu-chos más vinculados con la sociedad.

La pregunta es: ¿nosotros pretendemos seguir con este sistema donde la dimensión federal, los candidatos locales a gobernador e intendente quedan subsumidos en la suerte que corren el candidato a presidente o poder encontrar o poner en valor sin dejar de acom-pañar a nuestro candidato a presidente o pre-sidenta, como así sea, con los candidatos lo-cales?

El sistema que presenta el senador Si-món precisamente favorece mucho más la concentración, porque de ese sistema perver-so que tenemos hacia el interior de los Parti-dos políticos, absolutamente agotados, al que

todos supimos abonar hasta que llegó el peor de los momentos en las últimas elecciones en donde todos los Partidos políticos, hubo acu-saciones de toda naturaleza desde bolsones de mercadería, compra de votos y hasta otras cosas que mejor no mencionar, que además vaya paradoja la política que debería defender a los que menos tienen, se termina aprove-chando de los que menos tienen, de ese sis-tema absolutamente perimido y absolutamen-te corrupto, hay que decirlo con todas las letras a este sistema que en realidad lo único que nos limita es: elimina en algún punto esa situación, porque votan todos los mendocinos, pero está claro que el mendocino entra y tiene la boleta sábana completita, no va a discrimi-nar el presidente, el gobernador, el intenden-te, no va a hacer una selección y no va a dis-cutir los temas locales y en segundo lugar con mucha suerte discutirá los problemas provin-ciales, porque la campaña nacional se come todo.

Cuando hablamos de los problemas de Mendoza, finalmente terminamos siendo in-dulgentes con el gobierno provincial porque sabemos que hay una política macroeconómi-ca que impide que nuestra economía regional, funcione como debiera, entonces la pregunta es: ¿Si esto es así, si la dimensión nacional se come todo, por qué seguir proyectando un sistema que no ponga en valor lo que más cerca están de los problemas reales de la so-ciedad.

¿Cuatro elecciones es mucho? Es mu-cho cuatro elecciones, coincidamos si es nece-sario, en ese aspecto. Ahora, yo creo que se puede reducir ese número, absolutamente se puede reducir, si hubiera voluntad de cons-truir acuerdos.

Porque si vamos a una Primaria Abier-ta, Simultánea y Obligatoria y no quieren Bo-leta Unica, pueden estar las boletas separadas en el cuarto oscuro, claramente diferenciadas, las boletas de todos los Partidos con presiden-tes y diputados nacionales en un sector del cuarto, en el medio la de gobernador y la de sus legisladores provinciales y en el otro ex-tremo la de los intendentes. Alguien recorda-ba, el senador Jaliff a pedido mío, como fue la elección del ochenta y tres, muchos de los que estamos acá la recordamos. Eran boletas se-paradas con colores diferenciados para las categorías nacional, provincial y municipal ¿Por qué no hacerlo? Y tendríamos una sola Primaria Abierta, Simultánea y Obligatoria para todos los cargos, nacional provincial y municipal. Si no se quiere hacer, yo voy a interpretar que la respuesta del Oficialismo es favorecerse con el arrastre nacional, puedo ser injusto. Pero al menos, eso es lo que pa-rece y es lo que el proyecto termina consa-grando, lo mismo digo: “si alguien cree que

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las elecciones no pueden desdoblarse”, las que tienen que ver con la elección general, propongo el mismo sistema, que se entre al cuarto oscuro y que se pueda, a los candida-tos que han sido elegidos en las PASO, clara-mente diferenciar en función de la categoría de presidente, gobernador y concejales.

Tengo para mí, nos soy experto en es-tos temas, que independientemente de que la ley nacional impone cierto y determinado ré-gimen legal, la Provincia tiene delegada para sí la facultades, en lo que tiene que ver con su sistema electoral.

Mi gran enojo, es que este imperio del número para imponer este sistema, nos impi-de el consenso, porque estoy convencido que una ley sancionada con una formidable volun-tad y consenso político mayoritario, no podría ser de ningún modo recriminada o recusada por ninguna legislación nacional. La Provincia tiene autoridad sobre su sistema electoral. De modo que, no quiero caer en un extremo, que es del senador Simón de decir: “La gente esta cansada de las elecciones” que puede ser cier-to o el del senador Jaliff, que dice: “Cómo es posible, que nosotros le digamos, que la gente descree del sistema o de la voluntad que le podemos dar de que exprese su voto”. Ni en uno y en otro”. Simplifiquemos, pero démosle a la gente la posibilidad de votar claramente un presidente, un gobernador y un intenden-te.

Termino diciendo, lo del costo que sig-nifica una elección de esta naturaleza, y la verdad que, como últimamente no me gusta andar por las ramas ni andar con tapujos, preguntarlo y cuanto le cuesta actualmente al ciudadano el sistema de financiamiento que tenemos de las elecciones, o como se finan-cian las campañas de los Partidos políticos; o lo que se hace por un lado no se paga por el otro. Entonces, la pregunta es, ¿qué quere-mos hacer? Transparentar en serio el sistema político, bueno, si vamos a transparentar en serio el sistema de financiamiento de los Par-tidos políticos, pongamos la cara ante la so-ciedad, digamos las cosas como son, prevea-mos en el Presupuesto la partida que esté de acuerdo con las posibilidades del Presupuesto de la provincia de Mendoza. Yo no dejaría de hacer nada para la sociedad por financiar a los Partidos políticos, pero si estoy dispuesto a que el Presupuesto haga un esfuerzo para darle transparencia a una elección, y que la gente sepa que es el Estado es el que aporta y es el Estado el que controla la utilización de esos recursos. Y si se puede destinar poca plata, es poca plata para todos. Y si el Presu-puesto está en condiciones de tener más re-cursos, será más recursos para todos, pero de forma transparente.

No podemos pregonar una cosa y se-guir, de algún modo, soportando un sistema que no ayuda a la transparencia del funcio-namiento del sistema político, por lo menos no, en la provincia de Mendoza. Porque esta Provincia todavía puede hacer gala de muchas cosas, esta Provincia en el sistema Federal todavía tiene transparencia, instituciones que funcionan, Partidos políticos, que a pesar de todas las dificultades, tienen vocación y volun-tad de construir consensos, respeto en la figu-ra del Gobernador, alternancia en el poder. Todo lo que en otras provincias no hay en esta Provincia si lo tenemos, cuidémoslo. Y la me-jor manera de cuidarlos es que cuando elegi-mos a nuestros candidatos, sepamos exacta-mente a quien estamos eligiendo. Que nadie me traiga, porque tiene una imagen positiva que supera largamente la de los candidatos locales y finalmente termina entronizando oblicuamente un intendente o un gobernador.

Entonces, amigos del justicialismo y de las demás fuerzas políticas, el Radicalismo está dispuesto a modificar el sistema electo-ral, esta dispuesto a darle mayor transparen-cia a la selección de nuestros candidatos. Pero francamente, han elegido el peor camino, porque esto es esconderse no sólo en la elec-ción general, sino también en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, detrás de un candidato a presidente. Nada más, se-ñor presidente.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Tiene la palabra el señor senador Amstutz.

SR. AMSTUTZ (UP) - Señor Presiden-te, con mucha prudencia he escuchado a los senadores que han hablado sobre esta modifi-cación del sistema electoral en la provincia de Mendoza.

Hay una puja, indudablemente, siem-pre, entre los Partidos mayoritarios para defi-nir, a veces, con rótulo personal o con título de su Partido, quién impulsa o quién lleva adelante una transformación de estas caracte-rísticas. En el caso nuestro, como es un Parti-do pequeño, de esta Provincia, creemos que lo importante es que no sea la ley de tal o cuál o que no existan las pulseadas a ver si es con mi decisión única o si yo no estoy, esto no existe.

Creo que, las soberbias son ambas. Son soberbias cuando yo saco esto porque me sobra un voto o cuando lo niego porque si yo no estoy esto antidemocrático, las dos son soberbias.

Nosotros hemos podido discutir, parti-cipar, también fuimos consultados para pedir las prórrogas en el tratamiento de esta ley,

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acompañamos ese pedido, dialogamos tam-bién, para pedir un poco más de plazo. Y en concreto, para la sesión de hoy, estaba la posibilidad de dar una clara y manifiesta vota-ción en general y tal vez en particular poder dilatar o demorar un poco más el tratamiento, de esta ley, había predisposición para eso. Pero bueno, las dos posturas extremas lleva-ron a que era todo o nada, y en ese sentido hoy estamos acompañando la votación que nos ha dado participación para discutir e in-corporar nuestras ideas.

Las PASO, son avaladas por todos y to-dos estamos de acuerdo que en las PASO haya simultaneidad, que no haya división o separación o sea que cuando se unifica la selección primaria no hay problema, si se unifica la elección si hay problema, cuando la raíz de la elección de los candidatos esta en la primaria. Tendría que ser desglosada para todos, desdoblada para todos. En el caso nuestro, siempre hemos consultado para pedir las prorrogas en el tratamiento de esta ley, acompañamos ese pedido, dialogamos también, para pedir un poco más de plazo, y en concreto, para la sesión de hoy hasta esta-ba la posibilidad de dar una clara y manifiesta votación en general, y hasta en particular poder dilatar o demorar un poco más el tra-tamiento de esta ley, había predisposición también para eso.

Pero bueno, las dos posturas extremas llevaron a que era todo o nada; y en ese sen-tido; hoy estamos acompañando la votación que nos ha dado participación ara discutir e incorporar nuestras ideas.

Las PASO, son avaladas por todos, y todos estamos de acuerdo que en las PASO haya simultaneidad, que no haya división o separación; o sea que; cuando se unifica la elección primaria no hay problema; si se unifi-ca la elección general si hay problema cuando la raíz de la elección de los candidatos esta en la primaria; tendría que ser, desglosada para todos, desdoblada para todos.

En el caso nuestro, siempre hemos sos-tenido al igual que con mucho respeto escu-chamos al Partido Demócrata, que siempre sostuvo el desdoblamiento, nosotros siempre hemos sostenido el no desdoblamiento, en publico y privado: Y si alguno cree que este país es unitario porque en la provincia de Mendoza se elija en un mismo día lo nacional, lo provincial y lo municipal, yo no se que clase de gobernantes hemos tenido, porque lleva-mos exactamente 101 años de la Ley Sáenz peña, de gobernadores e intendentes unita-rios, y nadie dijo nada.

Yo creo que no es tan exagerado el ex-tremo de las cosas., no debe ser tan exagera-do.

Hay gobernadores que desdoblan las elecciones y tiene que ir a peregrinar por un peso, para mantener las cuentas de su Provin-cia; significa que el federalismo no está en que yo desdoble la elección, sino que está en qué leyes nacionales encontremos para el manejo del presupuesto nacional y la distribu-ción de los recursos, como el impuesto al che-que.

Entonces, no es que si yo voto todos los cargos el mismo día soy unitario, y si los separo soy federal; no comparto ese criterio.

Difundimos, el no desdoblamiento, por-que me ha tocado participar en elecciones donde he sido candidato a intendente con un gobernador y con un presidente de mi mismo Partido; y he sido intendente electo con casi el 50 por ciento de los votos con un gobernador que saco el 25, y un presidente saco el 21, es la misma elección y con una boleta entera.

También en esto hay mucha especula-ción. Hay intendentes que desdoblan las elec-ciones en su departamento porque el vecino va a votar mejor o porque no quiere apoyar al gobernador; o porque siente temor a que su diferencia personal no sea tan grande como para que el vecino corte la boleta.

Entonces, las apologías extremas, no las comparto, y creo que es muy importante la discusión que hoy estamos dando, porque es una discusión de fondo. Y recién me pidie-ron, que no votara la discusión, que la dejara para más adelante. Y yo digo que es porque el haber aceptado esta decisión con la partici-pación nuestra, es pararme e irme de esta sesión es irme de esta sesión y no discutir de cara cada uno de los temas que esta ley vaya a atener que decidir, es peor.

Yo acepte esta discusión convencido de cada una de las cosas que vamos hoy a anali-zar: Simultaneidad en las PASOS, y no esta-mos de acuerdo con el desdoblamiento de la elección general, pero sí creemos que es con-veniente que la boleta tenga una clara identi-ficación entre lo nacional, provincial y munici-pal. Que la persona visualice muy fácilmente, porque dimos también la discusión de dividir las boletas, y nos daba el temor de que una persona en una de esas, como ocurrió en la ultima elección, cuando tuvimos la elección del SI y el NO por la reforma de la Constitu-ción, que muchas personas confundieran al tener boletas tan separadas, votaran por unas, y por las otras no votaran, no porque no

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quieren votar el concepto, sino porque no se dan cuenta.

Entendimos, en ese caso, que era pre-ferible tener la boleta con claras identificacio-nes y separaciones marcadas entre rubro y rubro, y hasta la posibilidad de un troquelado en lo provincial. De tal manera, que el ciuda-dano, así como ha podido en mas de una oportunidad, tener un intendente de un signo político, un gobernador de otro y un presiden-te de otro, en esta provincia de Mendoza, ¿o no hemos tenido intendentes demócratas, gobernadores radicales y presidentes peronis-tas? si esa persona es capaz de hacerlo con una boleta entera, cuando se le clarifique el escenario de cada uno de los tramos y se le facilite el corte, ¿no lo puede hacer más fácil-mente que hacerlo ir a votar seis veces? Y meter este mismo criterio en las PASO que en la general.

Además, esta reforma nos está dando la posibilidad de meter el voto electrónico con carácter obligatorio y con fechas establecidas. ¿Queremos para la próxima elección el voto electrónico? Sí.

Estamos en condiciones de hacerla pa-ra el 2015 en todos lados. No.

Veamos experiencias exitosas. ¿hay Provincias que han tenido experiencias exito-sas en las instrumentación del voto electróni-co? Sí.

Con la boleta única, la firmamos todos nosotros, hace dos años atrás y sinceramente como Partido minoritario, los dos Partidos mayoritarios tiraron atrás la boleta única. Los dos.

Porque, si uno solo lo hubiera querido impulsar –y la firmamos entre todos-, al me-nos la hubiéramos llevado al recinto.

La experiencia de la aplicación de la boleta única en papel ha sido bastante compli-cada, no así la instrumentación del voto elec-trónico, y las provincias que lo han instrumen-tado con éxito, lo han hecho en tres eleccio-nes, en forma gradual, para ir ganando la experiencia. No nos va a quedar en el aire, hemos logrado los integrantes de estos blo-ques pequeños, ponerle fecha exacta al voto electrónico. Si tenemos voto electrónico con gradualidad, ¿de qué boleta única estamos hablando, si está en el voto electrónico? ¿Por qué agregar una confusión más si dentro de dos años vamos a poder tener un tercio de la provincia de Mendoza con voto electrónico? Vayamos con lo que hoy tenemos, con esta claridad de separación de conceptos de lo nacional, lo provincial y lo municipal y facili-temos el primer tercio de los mendocinos que

voten con voto electrónico, y en el 2017, dos tercios; y en el 2019, todo lo que estamos hablando hoy será historia pasada, porque vamos a tener el voto electrónico en el 100 por ciento de los mendocinos, y esto está quedando en la ley con fecha establecida.

Y como Partido pequeño no quiero co-rrer el riesgo de que me sigan franeleando con que lo vemos más adelante.

El financiamiento. Podemos correr el riesgo de que el Gobierno Nacional, discrecio-nalmente, utilicen los fondos para la publici-dad; pero dialogando con dirigentes radicales, a quienes les tengo altísimo respeto, me ma-nifestaron la voluntad de que tenía que existir una única posibilidad de contratación de la publicidad en la provincia de Mendoza, nada más que con las pautas oficiales, que no haga falta millones y millones, como hemos tenido precandidatos de distintos Partidos políticos que se han gastado millonadas de pesos, para ver si podían llegar a ser candidatos, ni siquie-ra estaban en una elección, que solamente pudiera marcarse las candidaturas con las pautas oficiales, que no hubiera posibilidad de poner un solo centavo más privado, ni de él ni de nadie, para cualquier otra publicidad que no sea de la pauta oficial.

Que también el gobierno de la provincia de Mendoza financiara, pusiera la plata para las publicidades callejeras en las cartelerías y para los medios gráficos, que no estaba en la ley nacional. Lo hemos logrado consensuar esto también, para que en esta ley, aparte de financiar las boletas, aparte de financiar el costo de la elección, también la publicidad sea única y exclusivamente la que marque la pau-ta del gobierno y la gráfica la pague el Go-bierno de la Provincia en el presupuesto pro-vincial. No todo tan atropellado y por ser alia-do circunstancial, señor presidente. Estamos votando porque creemos que es un momento y una oportunidad para poder sacar esta ley, que las inquietudes que yo he escuchado acá y las que nosotros teníamos están contempla-das mayoritariamente y lejos de la especula-ción de quién desdobla, cuándo desdobla por-que le conviene o no, esta ley está marcando una pauta y un marco general.

y al menos nuestro Partido político, hablando con otras fuerzas minoritarias, con el justicialismo y con dirigentes radicales con quienes también hemos intercambiado opinio-nes; creemos que el 90 ó 95 por ciento de las cosas están contenidas en este proyecto, por lo tanto vamos a acompañar la votación del mismo.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Tiene la palabra el señor senador Cairo.

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SR. CAIRO (PRO) - Señor Presidente, es para argumentar las razones por las cuales consideramos necesario avanzar con este proyecto de las PASO provinciales. En primer lugar creo que lo que decían el senador Jaliff que era el proyecto más importante desde la Ley Sáenz Peña, creo que en sus efectos ha sido positivo más allá que fue producto de la derrota de 2009 contra De Narváez, a un can-didato en particular limitar su capacidad de hacer propaganda, que fue el gran motor de su triunfo en esa oportunidad. A pesar de que esta Ley de PASO no ha sido implementada cabalmente y aprovechada en su espíritu, porque la mayoría de las fuerzas políticas de la provincia de Mendoza han tenido una elec-ción poco competitiva o no ha tenido elección, y la fuerza que la ha tenido la gente la ha visto como una pelea interna más que como un aprovechamiento cabal de este sistema de selección de candidatos.

Este sistema no ha evitado que candi-datos de un Partido vaya “por afuera” y com-pitan inducidos (por vaya a saber) qué fuerzas y sea desnaturalizado el sistema De las PASO, pero es un aprendizaje que tenemos que hacer.

Dadas las últimas experiencias en cier-

tos departamentos en donde lo que eran no-vedad hacen quince años, las famosas “inter-nas abiertas” o sea, abrir los Partidos a la participación de independientes, se han visto tomadas de una manera espúrea, y no es secreto que en ciertos departamentos, ciertos oficialismos, hay un ruido en la lista que pre-senta el otro Partido.

Entonces esto es necesario que lo cam-biemos, por otra parte, cuando se trata de lo provincial ayuna gran diferencia al tener que soportar las campañas, entre los Partidos grandes, los que manejan oficialismo, respec-to de quienes “de a pie” van a competir con ellos, se nota en la cartelería pública, en los espacios televisivos, en todos lados. Es cierto que en las candidaturas a nivel nacional, en los espacios audiovisuales ha igualado mucho, en lo provincial y municipal esto no ha sucedi-do, esta ley tiende a revertir esto.

El tema de la simultaneidad, hemos estado tratando de que se distingan las cate-gorías y que no haya boletas sábanas y listas sábanas. La verdad es que probablemente sea una discusión para después, sobre todo por-que sino no saldría ningún proyecto; el oficia-lismo no está de acuerdo con desdoblamiento, y no va a salir ninguna PASO si se pretende imponer que exista el desdoblamiento. Hoy lo posible es esto, y tratar de avanzar hacia el voto electrónico, que va a tornar en “letra muerta” lo del desdoblamiento o no, porque la gente va a tener que seleccionar categoría por

categoría, y la famosa “boleta sábana” de la que estoy en contra va a quedar letra muerta. Para ser sinceros, de los 43 legisladores que han sido electos para ambas Cámaras hace dos día ¿alguien me puede decir de corrido 10 ó 15? De los que estamos acá, mucho menos “un ciudadano de a pie” que ha ido a votar a quienes encabezaban las listas pero proba-blemente no tenga ni idea de quienes iban de legisladores provinciales y concejales, salvo honrosas excepciones. Esa es la realidad.

También es un avance respecto del go-bernador de turno de especular si se va a desdoblar Juan o Pedro, se marca una fecha y en el futuro se discutirá si hay maneras de seguir perfeccionando el sistema representati-vo, pero hoy es lo que podemos hacer.

Es un gran avance poder implementar la ley.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Tiene la palabra la señora senadora Naman.

SRA. NAMAN (NE) - Señor Presidente, en primer lugar hacer una aclaración porque como fui aludida en forma personal; apoyo este proyecto porque he suscripto y porque he introducido modificaciones que fueron acepta-das, no todas; algunas formales como otras de fondo que se ven plasmadas en el despa-cho.

En realidad todos han hablado de las bondades de las PASO, no voy a ahondar. Si voy a hablar de si reformamos o no, no hablo sólo de la reforma política sino de la constitu-cional, porque hemos tenido distintas discu-siones y distintas reuniones y la verdad es que existe un temor de reformar. Creo que la in-troducción de las PASO, como Partido chico, es muy buena; a veces no tenemos posibili-dades de poder formar frentes, Con esto se trata de dar mayor claridad al electorado en el momento de formar alianzas. Creo que la importancia de todo esto es la modernización de un sistema dada por una ley que data de 1959, la 2551, que ha tenido sucesivas refor-mas pero que en realidad esto no se ha visto reflejado en la realidad, que no va a la par de las reformas.

Es oportuno, y tomo las palabras del presidente de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, respecto de las oportunidades que tuvimos que incorporar las modificaciones que cada uno de nosotros, como Partidos chicos tratamos de realizar a este proyecto de ley que acompañamos. Y es oportuno ahora, porque acabamos de salir de una elección y porque para que esto se apli-que van a pasar dos años más, porque ade-más estamos en un sistema bicameral, y de esto no hay que olvidarse, en este sistema

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bicameralidad, sabemos positivamente que esto tiene que ver con una revisión posterior que se hace en la Cámara revisora como lo establece la Constitución.

Quiero apelar dos o tres cosas que acá se han formulado respecto de los espacios de los medios audiovisuales, no lo paga el Esta-do, las frecuencias como así también todas las frecuencias en general, pertenecen al Estado Nacional, sino que el Estado Nacional, a través de la ley otorga una licencia y a través de esta licencia justamente se determina, no sola-mente que se pasen las cadenas nacionales sino que también se establece expresamente la gratuidad.

La Autoridad Federal de Servicios Au-diovisuales, el AFSCA en todas sus provincias, lo único que realizó fue un listado de todos los medios audiovisuales que estaban en condi-ciones de poder emitir esta propaganda gra-tuita. Los que no han estado en estos medios, han sido porque pueden haber tenido algún tipo de dificultad o problema impositivo o lo que fuera. Luego, y esto lo ha dicho claramen-te la Ley 26.571, que es la Ley de la Demo-cratización de la representación política, la transparencia y equidad electoral en su artícu-lo 35, que establece claramente, que es la Dirección General Electoral a través del Minis-terio del Interior, quien distribuye por sorteo público la citación a las agrupaciones políticas para que participen en las elecciones prima-rias y los espacios de publicidad en las diver-sas emisoras.

Por lo tanto, creo yo que si hubieron irregularidades o problemas como refirió uno de los legisladores que me presidió en el uso de la palabra, perfectamente estaba habilitada la vía judicial para poder hacer el reclamo pertinente, por no haber podido gozar ese Partido chico o grande, como sea, de ese es-pacio publicitario, que por ejemplo tuvieron en esta elección los Partidos chicos y que por cierto, uno de ellos va a tener una represen-tante en el Senado de esta Provincia.

En este sentido, señor Presidente, tam-bién estos espacios de publicidad de audiovi-suales, tanto en televisión abierta, como en televisión cerrada; y claramente quiero dejar fijada cuál ha sido la metodología que entre la Autoridad Federal de Servicios Audiovisuales y la Justicia Federal se ha dado para otorgar estos espacios, que permitieron a Partidos pequeños tener espacios publicitarios en me-dios audiovisuales que sabemos que son muy caros y muchas veces es muy difícil acceder a ellos.

Hoy es un día de recuerdo, para mí. En realidad es un día de recuerdo porque veni-mos hablando hace mucho de la Reforma Polí-

tica, en estos 30 años de democracia. En los 7 años y medio que llevo como senadora, tam-bién hemos hablado mucho de la Reforma Política. Quiero antes de esto aclarar que dos modificaciones que yo solicité fue en lo de fondo, no en lo de forma, porque lo de forma eran números de leyes o formas de redacción, pero lo de fondo es incorporar a este Código el voto a los 16 años, una cuestión que está en la Ley Nacional, el voto optativo a los 16 años; como así también otro que forma parte de un proyecto de ley de mi autoría para aquellos que están presos, que se encuentran no condenados, con prisión preventiva y pro-cesados, puedan votar, ya que sus derechos electorales, en este momento o en este esta-dio del proceso penal, no les puede ser quita-do.

Para finalizar me quiero referir que hemos hablado mucho de la reforma del Sis-tema Electoral, de la Reforma Política y de la Reforma de la Constitución, hemos tratado a veces de hacer hincapié, e ingentes esfuerzos para acercar a la ciudadanía a la política, por-que es verdad lo que decían algunos de los legisladores, como de que no hay muchos ciudadanos que se acercan y no por eso va-mos a estar en la contra política, soy una de-fensora de ultranza de los Partidos políticos como elemental y fundante para que exista justamente lo que son las elecciones, lo que son las formaciones políticas con nuevas ge-neraciones que ocupen cargos y ocupen luga-res de decisión.

Por eso digo que este viejo anhelo, hoy se cumple, hoy es un día importante, aunque para otros no lo sea, porque esto es el princi-pio de que otras reformas que puedan darse, digo yo en el futuro. Por el expediente 52171, allá por el año 2006, presenté un proyecto de reforma de acceso a la información pública, pero todavía no tenemos la ley, porque por el 2007, presenté un proyecto de la Reforma de la Constitución respecto de las reelecciones de los intendentes y todavía esta ley no está. No pudimos ni siquiera discutir el tema de la Re-forma, porque en abril del 2008, presenté la Reforma de la Ley de Ética Pública por expe-diente 54792, y tampoco hasta el día de la fecha lo hemos podido ver. También presenté, y ahora si Dios quiere lo voy a ver en el año 2010 el expediente 59728, por lo cual solici-taba la incorporación a la Ley Electoral de la posibilidad de estar acorde con lo que la Ley Nacional establece y que aquellos procesados, no condenados, que gozan de sus derechos electorales puedan votar.

Yo tampoco voto esto como una aliada circunstancial, yo voto con la convicción y menciono estos ejemplos para decirles a mis pares que este será el comienzo de otras re-formas que le debemos a la comunidad, que

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transparenten nuestras acciones y nuestro trabajo, no suelo utilizar el término transpa-rentar, porque pareciera que hubiera algo turbio, sino que quiero que difunda, a mí me gusta más difusión, nuestro trabajo, porque estamos absolutamente de acuerdo que a través del voto del ciudadano que comprende, que entiende, que sabe que es lo que vota, lo va involucrar más y esto del voto obligatorio sumado a la posibilidad de darles mayores elementos como el voto electrónico, para que de una manera más eficiente podamos termi-nar con lo que muchos han criticado respecto de la lista sábana, creo que da los elementos más que suficientes para apoyar este proyecto de ley. De los proyectos que he nombrado que son solamente algunos de los que conforman los pedidos de Reforma Política, uno quizás hoy pueda ver la luz y luego se discutirá en Diputados.

Creo que es el momento de tomar de-cisiones y con convicción, no por aliada a un Partido determinado, con convicción digo y apoyo este proyecto que suscribí y que de una manera absolutamente democrática, fueron consideradas partes de las reformas que pro-puse, en su momento.

Por esos motivos es que desde el Blo-que Nuevo Encuentro apoyamos este proyecto y dejo aclarado también la función de Martín Sabatella y del AFSCA, en cuanto a la publici-dad audiovisual.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Tiene la palabra la señora senadora Gallardo.

SRA. GALLARDO (PJFPV) - Señor Presidente, a los efectos de no ser reiterativa, solamente me voy a referir a un tema que tiene relación con lo que ya se ha mencionado acá, que es el voto electrónico.

Esencialmente, creo que con el voto electrónico, si bien es la aplicación de la tec-nología, al hecho efectivo del sufragio, creo que, y tampoco ninguno es la panacea, por-que depende de nosotros de los controles y de cómo establezcamos el sistema, pero creo que si que es el mejor y soluciona toda la conflicti-vidad de la que se está hablando acá con res-pecto al tema de si la boleta sábana si o no, que la boleta sea sábana en horizontal o con respecto al tema de los cargos en vertical, que soluciona - no sólo lo creo yo si no muchos y lo creen legisladores de esta Cámara, porque ellos indefectiblemente han estado de acuerdo y en consenso,- con la llegada del voto elec-trónico se clarifica y transparenta más el sis-tema que hoy tenemos.

Porque digo que se transparenta más. Creo que hoy nosotros tenemos un sistema transparente, estamos perfeccionándolos; así

como desde el ‘89 a este momento, no es lo mismo utilizar el tema de la boleta, tampoco las personas ya tenemos treinta años de ex-periencia que pueden ser pocos, pero para muchos de nosotros también es mucho en el tema de la democracia.

Creo que, no hay que subestimar al elector; y así como Guillermo hablaba de su experiencia, la experiencia como una ciudada-na y como una política del departamento Maipú que desde el ‘83 a la fecha ha manteni-do el mismo signo político del Municipio, inde-pendientemente de quienes han estado en el Gobierno, de quienes han sido electos gober-nadores o presidente.

Entonces, tampoco hay que subestimar a la gente. Si hay que facilitarles el voto, el sufragio, su participación, y esa facilitación es tanto en el tiempo como en la aplicación de las tecnologías; y como hoy hablamos de un gobierno digital de lo que se viene, o de las firmas digitalizadas en derecho administrativo, o de procedimientos administrativos, también estamos hablando de lo que significa la aplica-ción de la tecnología en el sufragio; en el mismo acto del sufragio del voto, como en los procesos anteriores como puede ser en lo que se llama el Registro de Ciudadanos o lo que nosotros conocemos como un ente, como padrón; y posteriormente en el escrutinio.

Entonces, nosotros estamos todos de acuerdo, y me parece que hoy plantear el tema de la boleta única estando establecido ya en la ley un cumplimiento de llegar al voto electrónico gradual a toda la Provincia, creo que no es un paso necesario la boleta única, porque creo que la boleta única en este senti-do es más; a veces hasta confunde.

En ese sentido el proyecto cumple con todas las expectativas en materia de demo-cratización de la vida interna de los Partidos a través de las PASO de transparencia, de re-presentatividad, porque legitima a los candi-datos de cara a la sociedad, e incluso, tam-bién de equidad de la competencia entre los Partidos políticos y de fortalecimiento en los partidos cuando permite que los más chicos hasta los más grandes, desde el que tiene mayor o menor estructura, pueda participar y tenga las mismas posibilidades sobre todo en materia de lo que es la campaña electoral, en lo que son los servicios de comunicación au-diovisual. Por lo tanto, esto sumado a lo que es el voto electrónico va a ser más que sufi-ciente y creo que va a ser importantísima e histórica esta reforma política.

También creo que nosotros como ofi-cialismo, también hemos sabido en su mo-mento decir -como decía el señor senador Simón- que en un principio decíamos no hay

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reforma política, si no hay reforma constitu-cional; hablamos y englobamos lo que es la reforma institucional, incluyendo la política con la constitucional.

Evidentemente, hasta ahora no hemos podido ponernos de acuerdo en la reforma constitucional, pero veamos si nos podemos poner de acuerdo en esto que significa las PASO y el voto electrónico; creo que esto nos pondría de cara a la sociedad mendocina co-mo políticos, no solamente con la innovación sino con cambios en términos de políticos, que no son cambios solamente por los ciudadanos, porque en esa subestimación a veces nos olvidamos que ellos aceptan a veces, más allá que nosotros también lo somos; el ciudadano acepta más rápido los cambios que nosotros.

Es difícil, modificar el status quo entre los partidos porque tenemos práctica y esta-mos acostumbrados a vernos y elegirnos hacia adentro de una manera. Entonces, creo que no hay que subestimar al electorado, creo que son capaces de sostener los cambios y de alentarlos y obligarlos un poco. Creo que a pesar que estos cambios se van a ver con el tiempo, nosotros ya hemos tenido una expe-riencia con las PASO en el 2011, esta es la segunda, y como decía el senador Jaliff, toda-vía no se ve tal vez el resultado porque es cierto los que más nos resistimos, a veces, somos nosotros los que más estamos en la política dentro de las estructuras Partidarias.

Entonces, el fortalecimiento de nues-tros políticos implican también el fortaleci-miento de nuestra democracia y de nuestra ciudadanía, que recordemos que, nuestra Constitución en la última reforma le ha dado un rango prioritario y constitucional a los Par-tidos políticos y hoy nuestras normativas hacen que solamente sean monopólicos en la elección de los candidatos y quienes llegan en la representación política y quienes llegan a cargo y gobiernan los destinos del país, la Provincia y municipios; por lo que creo que el mejor camino de fortalecerlos es a través de lo que hoy estamos haciendo.

Quiero decirles que espero que hoy, es-ta ley, este proyecto del que hoy pretendemos que surja la media sanción, cumpla con todas las expectativas de los que estamos acá y de todos los que hemos aportado en este proyec-to originario del senador Fernando Simón.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Tiene la palabra el señor senador Aguinaga.

SR. AGUINAGA (PD) - Señor Presi-dente, voy a tratar de ceñirme a los aspectos técnicos de los proyectos, dentro de lo que pueda.

Creo que tiene que quedar claro que lo que estamos votando hoy es el cambio del sistema de elección de candidatos a través de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obliga-torias, y el financiamiento de los Partidos polí-ticos y de las campañas electorales; iba a decir solamente; pero iba a ser muy injusto, porque realmente esto es muchísimo. Lograr estas dos cosas es algo no menor, y creo que debemos ser concientes que estamos dando un paso importante a favor del sistema de la democracia y del sistema representativo, y de la manera de elegir los candidatos que muy bien se ha dicho acá, a partir del ‘83 hasta ahora en la última elección interna de los dis-tintos Partidos políticos, llegamos a un punto insoportable de un sistema poco transparente, de un sistema corrupto de un sistema que había que cambiar, creo que llegamos a un estado de necesidad, y ese estado de necesi-dad nos está provocando votar no se va a aplicar nunca, es decir, el voto electrónico, el troquelado, no se va a aplicar nunca, si no introducimos algo que de la oposición estamos pidiendo que es el desdoblamiento electoral. Si esta ley que estuviéramos apoyando hoy significar introducir también el desdoblamien-to electoral, podríamos decir que el paso que estamos dando, si realmente, sería un paso magnífico y transformador, de verdad, de la política mendocina, pero al privarnos de meter el desdoblamiento electoral, estamos privando de contar con el troquelado, el voto electróni-co o un sistema de boleta única; eso no lo vamos a ver a partir de la sanción de esta ley.

Es decir, que cuando aprobamos esta

ley, lo único que vamos a ver es que en vez de interna va a haber PASO, y que en vez de conseguir la plata en forma privada, etcétera, va a haber un piso garantizado por el Estado para la publicidad, que no es menor. No quie-ro minimizar lo que estamos votando. Pero cuando vayamos a votar, va a haber la misma lista sábana que hay hoy, en la primaria; y quizás, los mismos defectos que tenemos hoy, de que porque el diputado nacional nos gusta, va todo lo de más atrás, lo vamos a vivir en la próxima, o porque el presidente nos gusta va hasta el concejal, también en la misma boleta, lo vamos a vivir en la próxima, porque la ley del troquelado no se va a aplicar, ¿por qué no se va a aplicar? Porque no hay desdoblamien-to electoral, por eso creo que, el gran paso que estamos dando para cambiar el sistema electoral y el financiamiento se queda trunco cuando todo lo demás no se va a poder apli-car, nada más que porque no estamos dis-puestos a que haya un desdoblamiento electo-ral.

Por eso la insistencia de pedir que se introduzca este tema. Desde nuestro partido, hemos sido impulsores de estos cambios,

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hemos trabajado para que en la propuesta electoral del partido, del frente político que hemos integrado hace cuatro años y en esta última elección, se introduzca la propuesta de las PASO, como cambio político. También, hemos sido luchadores por la boleta única, porque nos parecía que era algo muy impor-tante de modificar.

Hay otros sectores políticos que han si-do impulsores con mayor fuerza del voto elec-trónico. Yo, en lo personal, creo que el siste-ma salteño se ha planteado como un sistema transformador y garante de la transparencia de la transformación. Y en la Argentina, a partir de la aplicación de las PASO en dos provincias, de la boleta única y a partir de la aplicación en Salta del voto electrónico, han realizado varios estudios que han intentado determinar si los cambios eran positivos o negativos. Y en esto, el observatorio electoral argentino ha ido dando conclusiones, que son realmente muy buenas a favor de estos cam-bios. Por supuesto que, el sistema de las PA-SO tiene que perfeccionarse, pero la única forma de perfeccionarse es aplicándolo y me-jorándolo cada vez más.

La ciudadanía aprende mucho más rá-pido de lo que los que estamos en la actividad política o en el sistema de representación, podemos pensar. La facilidades que ha habido para aplicar la boleta única, en Santa Fe y en Córdoba, han sido formidables. Donde los avances han sido muy buenos desde el punto de vista del ciudadano al momento de tener que elegir, desde el punto de vista fiscales al momento de tener que controlar, desde el punto de vista de los presidente de mesa al tener que cumplir con su función de presiden-te de mesa.

Es decir, todos estos sistemas han sido sistemas que han ido mejorando el funciona-miento, han ido mejorando la posibilidad o facilitándole al ciudadano la posibilidad de elegir mejor, que de eso se trata las modifica-ciones de estos sistemas.

Todo esto tiene que estar pensado en beneficio de la gente y no de los Partidos polí-ticos y no de la dirigencia política y muchas veces, nos pasa a veces, que pensamos más en: qué le conviene a un partido, qué le con-viene a otro, y no qué le conviene al ciudada-no. Por eso, creo que lo que estamos haciendo hoy es un paso muy importante, creo que el aporte que los legisladores que están impul-sando estos dos puntos, debería ser mucho mayor si aceptara la posibilidad de modificar los artículos que se refieren a la convocatoria de las elecciones, porque eso permitiría otros institutos que están votando hoy, pero que sabemos que no se van a aplicar, como el troquelado y como el voto electrónico. Es de-

cir, no pensemos que en el 2017 vamos a aplicar el voto electrónico, en un porcentaje, en el 2019 en otro porcentaje. No se va a aplicar nunca el voto electrónico mientras que no haya desdoblamiento ¿por qué? Porque cuando no hay desdoblamiento se aplica la ley nacional, y no se puede aplicar las leyes pro-vinciales que son contradictorias con la ley nacional.

En los únicos lugares donde ha habido voto electrónico y boleta única es en los luga-res donde se ha desdoblado las elecciones provinciales de las nacionales. Entonces, sea-mos sinceros en esto también, acá estamos votando dos cosas, nada más, las PASO y el financiamiento, es algo muy importante, pero podríamos dar un paso cualitativo muy gran-de, solamente, si fuéramos capaces de acep-tar el desdoblamiento como una manera de facilitar la aplicación de todos estos institutos de los que hablamos, nos enorgullecemos de estar votando, pero que tenemos que saber, que a pesar que lo votemos nosotros, no se van a aplicar si no somos capaces de aceptar el desdoblamiento electoral. Esa es la única forma de que estos elementos de troquelado y de voto electrónico se puedan aplicar. Lo de-más, es algo muy importante, es un avance, pero nos estamos quedando cortos cuando entiendo que, cambiando un par de artículos, de los que estamos votando ahora, el salto cualitativo podría ser mucho mayor. ¿De quién depende? Depende de nosotros y estamos todavía a tiempo de poder incorporar el des-doblamiento electoral en este proyecto que se esta por sancionar ahora.

Gracias, señor Presidente.

SR. PRESIDENTE (Gallardo) - Tiene la palabra el señor senador Gómez.

SR. GOMEZ (IP) - Señor Presidente, voy a tomar algunas palabras del senador Aguinaga, de que en realidad, nosotros tene-mos que hacer leyes para la gente, para el pueblo, no para los Partidos políticos. Algunos Partidos políticos han hecho sus modificacio-nes, sus procesos, algunos no, bueno, eso es una cuestión de cada Partido. Y digo, que tenemos que hacer leyes para la gente, por-que en eso esta fortalecer la democracia. Que la gente pueda conocer a quienes eligen, quienes nos van a representar en los distintos cargos políticos.

Por ahí, se hablaba del tema unitario, del tema federal. Yo creo que, eso hace más a la organización del Estado, como concepto propiamente dicho, y no a una cuestión de representatividad que estamos discutiendo acá.

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La Reforma de la Constitución es su-mamente importante, pero, la reforma institu-cional que es lo que realmente le sirve a la gente a la hora de elegir ¿quién la va a repre-sentar en cada uno de los Partidos políticos? Es esta ley, esta ley, esta ley es la más impor-tante en ese tema. Importa terminar con un sistema nefasto que no tiene reconocimiento en la sociedad, que muestra una clara división entre la clase política y la sociedad en su con-junto.

Fíjense ustedes, lo que sucede en las internas de cualquier partido, en cualquiera de las categorías, hablemos de gobernador, vice-gobernador, de concejales, de legisladores. A lo sumo llegan a intervenir un porcentaje que no supera entre el diez y el quince por ciento del padrón electoral. Y fíjense ustedes, qué ha sucedido en las PASO casi un ochenta por ciento de la gente habilitada a votar, ha parti-cipado. Es decir, estamos hablando de una diferencia numérica tremenda.

Y no quiero extenderme mucho, sino que voy a hacer referencia a pequeños con-ceptos de los que ya se han hablado, que ya han expuesto algunos senadores de manera brillante.

Entonces, creo que hay que terminar con ese sistema. El actual sistema favorece al clientelismo, favorece todas las cuestiones que hemos hablado, que nada tienen que ver con el reclamo de la sociedad, con las cuestio-nes vinculadas a la seguridad, las cuestiones vinculadas a la salud a lo que tanto reclama el pueblo de Mendoza.

Me parece, que cuando hablamos de la lista única, de que tiene esto... permitiría... hacer esto o hacer lo otro.

En lo escuchado atentamente al sena-dor Amstutz, una persona que lo vivió en car-ne propia, de cómo sucede que la gente cuan-do tiene que elegir, elige de una forma, o elige de otra, sin tener en cuenta tanto el tema de la lista única. No hay sistema perfec-to, todo sistema es susceptible de mejorarse y me parece que el proyecto del senador Simón y el despacho mayoritario, en sus imperfec-ciones, son menores en relación a la otra pro-puesta; lo digo desde un sentido práctico. En esta elección han participado ocho listas y si llevamos adelante a la práctica la división de cada lista en distintas categorías implicaría una división de 24 aproximadamente, sería materialmente imposible presentarle eso al electorado para que pueda elegir sin confusión y sanamente cada una de esas propuestas; me parece que este es el paso previo al voto electrónico, que soluciona algunas cuestiones que claramente han dicho otros legisladores. Hemos puesto en marcha, a partir de un Pro-

yecto Nacional, implementar el sistema De las PASO, la gente, la comunidad, el pueblo de Mendoza, se ha adaptado a ese sistema, imagínense lo que implicaría hablar de cuatro o cinco elecciones si ya tenemos un sistema que en su momento la clase política tenía temor de que funcionara o no. Implemente-mos este sistema, seguro que habrá que me-jorarlo, pero lo que no podemos como políti-cos es seguir sosteniendo el actual sistema de elección de nuestros representantes, porque está alejado de la realidad, porque la gente que vota una interna no representa el 10 por ciento de electorado; démosle la posibilidad a ese ochenta por ciento para que elija sana-mente una propuesta. Lo de la lista sábana tiene también su discusión, porque esas listas como alguna vez discutíamos con el senador Ortigala, no sólo representan personas sino que también representan proyectos políticos a nivel nacional y provincial; el Gobernador que gana una elección desea tener un número considerable de legisladores en sus respecti-vas Cámaras para llevar adelante esas pro-puestas políticas, y cuando no cumplen, y cuando las alternativas no son las que busca la sociedad, cuando existen errores, el poder que tiene la gente no se equivoca, castiga al político en sus distintas alternativas. No sub-estimemos al electorado, seamos prácticos, y llevemos adelante este sistema y demos fin a un actual sistema nefasto y antidemocrático que en definitiva no mejora a las instituciones. Este cambio institucional es fundamental para Mendoza.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Tiene la palabra el señor senador Simón.

SR. SIMON (PJFPV) - Señor Presiden-te, que debate tan diferente este que hemos transitado en los últimos largos minutos. Que diferente es discutir cómo queremos reformar electoralmente nuestra Provincia a debatir quién tiene la culpa de porqué no reformamos nada; me siento orgulloso de este último tra-mo del debate.

Sabía que al ser autor del proyecto ini-

cial, ese proyecto iba a estar tirado a la pales-tra para que todos puedan verlo y decir lo que le falta y lo que no tiene, todos los errores que tenía, pero el proyecto que se va a votar como despacho en mayoría es mucho mejor que el proyecto que yo presenté, fue mejora-do con aportes antes de ir a la Comisión, fue discutido en la Comisión, y tuvo muchos apor-tes también y desde aquel despacho a ahora tiene no menos de 17 aportes más, en este sentido reconozco y agradezco los aportes de todas las bancadas, que fueron tanto peque-ñas marcas que corregían cosas y otras que no fueron tan pequeñas y han hecho que esta reforma sea mucho más rica de lo que pre-tendía ser, creo que han sido esenciales.

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Podemos remarcar lo que nos diferencia o podemos remarcar que en lo que estamos de acuerdo, las dos cosas son verdad, como mucho de lo que se ha dicho en esta etapa del debate son perspectivas; hablar de un porcen-taje del presupuesto es una perspectiva, con-tar en ese mismo presupuesto cuántas escue-las se pueden hacer es otra manera de verlo, decir que una reforma se puede hacer de una manera o de otra; en definitiva es un debate enriquecedor.

Lo que vamos a votar tiene puntos en

los que hemos estado todos de acuerdo. Va-mos a aplicar en las próximas elecciones pro-vinciales dentro de dos años las PASO para todos los cargos nacionales, provinciales y municipales. Hemos fijado una fecha para la elección, mandato de la Constitución desde el año 16 en su artículo 61 y que no estaba claro todavía discutíamos si desdoblábamos o ad-heríamos a lo nacional. Vamos a tener dife-rencias, seguro. En esta campaña, hace me-nos de cinco días, alguien publicitaba la boleta sábana diciendo “todos con la boleta completa de Cobos” y en la campaña anterior hacía exactamente lo contrario; hoy tenemos una fecha fija a dos años sin saber a quién le va a convenir y a quién no.

Hemos regulado la publicidad electoral. La publicidad en radio, en televisión que esta-ba en el proyecto originario medios gráficos y vía pública.

Como decía el senador Aguinaga al hablar de esta reforma, no podemos decir “solamente”, bueno no es solamente, estamos regulando todo el régimen de publicidad elec-toral. Generando condiciones equitativas e igualitarias y todos hemos estado de acuerdo en que el camino es hacia el voto electrónico; todos sabemos que éste es un proceso de transición hacia algo que creemos que va a ser mejor todavía y que va a mejorar la de-mocracia. Tenemos algunas diferencias que ya hemos remarcado.

En unos momentos vamos a votar y

después saldremos cada uno a hacer lo que corresponda, algunos saldrán a hacer difusión, y ahí están las decisiones de decir todo lo que no se hizo, porqué no se hizo, de quién fue la culpa; o decir con orgullo que desde el ‘83 hasta hoy, hace treinta años, estamos produ-ciendo una transformación trascendental. Abrimos los Partidos políticos, dimos equidad a la publicidad electoral, sacamos la discusión de la conveniencia y ponemos una fecha para el voto electrónico en la Provincia, no es poco, no es todo, pero no es poco.

Estoy orgulloso de este tramo del deba-te, de presentar el proyecto con todas las

críticas, la gran mayoría fueron enriquecedo-ras.

Como decía el senador Da Rold hace un momento, estamos en una banca en el Sena-do y en tres décadas han sido pocas las re-formas que se han podido hacer, vamos a aportar nuestro granito de arena a una refor-ma, una media sanción que en Diputados va a seguir el debate, pero vuelvo a decir, a todos agradezco los aportes y estoy convencido que esta votación, esta media sanción que vamos a dar, en el sentido que sea, es muy valiosa.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Tiene la palabra el señor senador Ortigala.

SR. ORTIGALA (PJFPV) - Señor Presi-dente, es a los efectos de solicitar que se pase a la votación entendiendo que todos los plan-teos han sido expuestos. También solicitarle que converse con el senador Jaliff a los efec-tos de sacar de la versión taquigráfica cuando nos dijo: “con qué cara nos van a venir a hablar de presupuesto” a mí me sonó como una amenaza o una advertencia de que van a dejar a esta Provincia sin Presupuesto 2014, hablo de respeto.

También, señor presidente, porque sé del fanatismo con que él habló y sé donde habló y los sentimientos que tiene.

Vamos a venir de la misma forma en que venimos todos los martes o todos los lunes a charlar con ustedes de la misma ma-nera.

También cuando se nombró a los sena-dores y se hizo hincapié a algunos nombres, me parece que no corresponde, por toda la trayectoria que tiene en esta Cámara, al cual respetamos su sabiduría porque conoce mu-cho más que nosotros, pero me parece que cuando hizo hincapié en algunos nombres no correspondía.

También el respeto al mismo pueblo que votó el domingo pasado, que votó hace dos años atrás para que el Frente Para la Victoria gobernara esta Provincia, es el mismo pueblo que hay que tenerle respeto y dijo que quien gobierna hasta el 2015, es el Frente Para la Victoria, también con respeto cuando se habló de las fechas, creo que no concuerdo con lo siguiente, hay PASO provinciales, general provincial PASO nacional, elección nacional y en segunda vuelta nacional ya fijadas, son cinco; si algún intendente en algún momento se le ocurre desdoblar, son seis, ahora, pre-gunto: ¿Quiénes han ejercido el Gobierno de la Provincia, como ha sido Jaliff, que ha sido Gobernador, cómo se gobierna? El último año del mandato de un Gobernador con seis elec-ciones dentro de su período de gobierno, có-

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mo se gobierna, si cada elección 20 días antes no puede ejercer prácticamente la goberna-ción, no puede hablar, no puede programar obras, no las puede proponer, digo, cómo se gobierna. Entonces le estamos diciendo al Gobernador de la Provincia que sea del signo qué sea, que durante un período de casi un año, porque empieza el primero de mayo, las gestiones, cómo se gestiona, cómo se gobier-na, a mi me parece que es imposible que en un año y porque los mendocinos se cansen de ir a votar; creo que para el gobierno ejercer en ese momento el Poder Ejecutivo es muy difícil, tener seis elecciones, campañas de todo tipo durante 8 meses, como para poder ejecutar, para poder gestionar.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Tiene la palabra el señor senador Camerucci.

SR. CAMERUCCI (UCR) - Señor Presi-dente, la verdad creí que había quedado claro debidamente las expresiones del senador Ja-liff, cuando habló en su momento, y de ningu-na manera se debe interpretar como una amenaza de no diálogo o que vamos a entor-pecer el tratamiento del Presupuesto o de las leyes que envíe oportunamente el Goberna-dor, lo que manifestaba y seguimos manifes-tando, es que nosotros pedimos en el mismo diálogo que seguramente y lo hemos tenido y fundamentalmente los dos presupuestos que al final hemos terminado luego de mucha dis-cusión, acordando el Presupuesto.

De tal manera, que de la misma forma que cuando comenzó la sesión, pedíamos la postergación del tratamiento de este tema, una semana para intentar ese diálogo, de ninguna manera es una amenaza a la ruptura al diálogo, para las leyes fundamentales de la Provincia.

En otro sentido, tengo que ser sincero, todos han nombrado al senador Jaliff, pero parece que el senador Jaliff no puede nombrar a ningún senador. La realidad es lo que ha intentado el senador Jaliff es a aquellos de bloques minoritarios o exceptuando al bloque oficialista ha intentado de convencerlos de que al menos esperar una semana más para el tratamiento, pero de ninguna manera ha sido en una actitud que se interprete como una falta de respeto hacia los senadores mencio-nados.

Por último, nadie está discutiendo que la gente voto a la señora Presidenta y al señor Gobernador por cuatro años y que tienen la facultad de gobernar la Nación y la Provincia por cuatro años. Lo que sí estamos diciendo y creo que la gente lo expresó muy claramente y lo dijimos al comienzo de esta sesión de cómo gobernar, la decisión última la sigue teniendo la señora presidenta y el señor go-

bernador. Nosotros al menos interpretamos que el voto opositor o un gran componente de ese voto opositor, lo que dice es cómo gober-nar; y en ese cómo gobernar es central y fun-damental el diálogo, no el consenso sí o sí pero lo menos el diálogo. En este sentido claro que gobernar no es consenso solamente, co-mo muy decía el senador Simón, lógico, el que gobierna toma decisiones pero nunca hay que desechar el diálogo en función de ese voto popular que les da el mandato para gobernar.

En este sentido es lo que nosotros inter-pretábamos, de que era necesario implorar con mayor profundidad la posibilidad del con-senso a través del diálogo.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Tiene la

palabra el señor senador Moralejo. SR. MORALEJO (UCR) - Señor Presi-

dente, voy hacer muy breve porque en reali-dad parece que el debate ha tenido dos eta-pas, una de las malas interpretaciones y des-pués los aspectos técnicos.

Sencillamente me parece que hemos dados sobradas muestras de que el radicalis-mo, da voluntad de diálogo, de gobernabili-dad, no solamente están garantizadas sino que lo hacemos cotidianamente en todos los ámbitos, no solamente la Legislatura, sino también con el Poder Ejecutivo.

Con respecto a las leyes fundamentales de la Provincia, seguramente formarán parte de un debate profundo y serio como acostum-bramos todos los años, y si obviamente se alcanzan acuerdos o consensos como ha su-cedido en los últimos dos presupuestos se votarán como se han votado en donde le di-mos bastante seguridad jurídica a la Provincia y por cierto tranquilidad a todos los mendoci-nos de tener un Presupuesto en tiempo y for-ma, obviamente que permitiese a las autori-dades del Poder Ejecutivo salir a buscar finan-ciamiento para atender el endeudamiento o déficit con la razonabilidad de siempre llegar a un acuerdo. Ustedes deben recordar cómo arrancamos el Presupuesto anterior, el pedido del endeudamiento y cómo lo terminamos y cómo lo acordamos y así la Provincia ha se-guido su funcionamiento normal.

Así que, en esta parte, me parece im-portante decirlo, habitualmente es un tema que me toca, entonces me siento de algún modo afectado porque no forma parte de nuestro estilo, del Radicalismo, el trabar las leyes fundamentales.

En lo que responde al capítulo de las malas interpretaciones, es razonable las chi-canas, todas estas cuestiones que uno puede

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llegar a entender, lo que no es razonable cuando se refiere a personas honorables.

El senador Jaliff es una persona honora-ble, el senador Jaliff tiene un prestigio político ganado en esta Provincia, que pocos de los que estamos aquí tenemos.

El senador Jaliff es uno de los pocos ele-gidos, cuyo cuadro permanecerá junto al de usted, señor Presidente, para la posteridad, como garantía del sistema democrático, por-que cuando uno recorre esos pasos, está re-pasando la historia democrática de la Provin-cia.

Entonces, que alguien ose sugerir que

una persona honorable, que garantiza y ha garantizado el sistema democrático; que ha garantizado acuerdos programáticos; que ha garantizado gobernabilidad cuando hemos sido gobierno y cuando hemos sido oposición, suponer y chicanear sobre sus dichos, no sólo me parece de muy mal gusto, sino que ade-más me parece insultante a nuestra inteligen-cia.

Por eso creo que ese debate debiéramos

darlo por terminado, porque no creo.... Le concedo una interrupción, si está a

los gritos... SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Se escu-

cha bien, senador. SR. MORALEJO (UCR) - ...me parece

que las malas interpretaciones no se merecen los hombres honorables de la democracia, como lo ha demostrado el senador Jaliff a lo largo de toda su carrera política.

Muchas gracias, señor Presidente. SR. PRESIDENTE (Ciurca) - En fun-

ción del pedido que me ha hecho el senador Ortigala, de que hable con el senador Jaliff...

SR. GIACOMELLI (PJFPV) - Discúlpe-

me señor Presidente, solicité una interrupción oportunamente.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Es que

todavía no he dado la palabra. SR. GIACOMELLI (PJFPV) - Discúlpe-

me señor Presidente. SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Desde

Presidencia le digo al senador Ortigala que por supuesto, voy a dialogar como siempre lo hemos hecho con el senador Jaliff, coincidien-do en que es una persona honorable, de tra-bajo, criteriosa, prudente y apasionado en el debate, como todos los legisladores presente.

Tiene la palabra el señor senador Gia-comelli.

SR. GIACOMELLI (PJFPV) - Señor

Presidente, coincidiendo con su palabras y en el mismo sentido, sabe Juan Carlos que es un hombre de diálogo; un hombre, considero, honorable; en ningún momento, decirle al senador Moralejo, me conoce, cuando expre-samos, a veces las cuestiones de pasión, uno puede o mal interpretar o mal expresarse.

Por eso, para pedir disculpas en el caso

de un error de la interpretación, pedí el borra-dor de la versión taquigráfica y en ningún momento dijimos y si lo he hecho, está en la versión, de dudar de la honorabilidad y no estamos hablando de presupuestos anteriores, sino lo que viene, y permítame, con autoriza-ción del Cuerpo, lo que está en la versión de borrador, lo que dijo el senador el senador Jaliff y lo que dije yo cuando hablé, de la amenaza y no dar diálogo a la ley más impor-tante de la Provincia, que no era hacia este Partido, sino esa amenaza la consideraba que podía ser a los mendocinos, es por que yo había interpretado sus palabras y yo creo que, si no tengo error de interpretación, ha sido una mala expresión, a lo cual yo entiendo.

El senador Jaliff dice en la versión taqui-

gráfica: “y les digo: no se olviden, ya van a venir a pedirnos diálogos ustedes a nosotros para sacar el Presupuesto, la Ley Impositiva, los endeudamientos; ¿con qué cara lo van a hacer?”. Ante esa ...está bien... “ya van a venir a pedir”, Juan Carlos: en ningún mo-mento dudar de tu honorabilidad...

SR. JALIFF (UCR) - ¡No hay amenaza! SR. GIACOMELLI (PJFPV) - Pero te lo

estoy leyendo. SR. PRESIDENTE (Ciurca) - No dialo-

guen por favor. SR. GIACOMELLI (PJFPV) - Por eso,

aclarar, porque se fue el debate a otra instan-cia en esta pasión. Reconocer que es hombre de diálogo y que no se ha dudado de su hono-rabilidad; simplemente en cuanto a sus expre-siones, hicimos referencia a eso.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Habiendo

dos despachos, uno de mayoría y otro de mi-noría, se van a poner en consideración los dos despachos.

En primer lugar se va a poner en consi-

deración primero el despacho de mayoría. -Se retira la bancada Radical del recinto.

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SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Los seño-res senadores que estén por el despacho de mayoría sírvanse levantar la mano.

-Se vota y dice el SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Aprobado

el despacho por 24 votos afirmativos. En consideración en general el despacho de mayoría. Por Secretaría se procederá a tomar la votación nominal. -Votan por la afirmativa las siguientes señoras senadoras y señores senadores: Naman, Calvi, Ciafrelli, Cófano, Da Rold, Escoda, Giacomelli, Gómez, Gallardo, Montes, Ortigala, Paredes, Pettignano, Segovia, Sevilla, Simón Fernando, Ste-vanato, Torres, Vendramín, Cairo, Valls, Amstutz y Márquez.

-Votan por la negativa los señores sena-

dores Aguinaga y Corvalán.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Habién-dose realizado la votación nominal, resulta aprobado por veintitrés votos afirmativos.

SR. PRESIDENTE (Ciurca) - Tiene la

palabra el señor senador Aguinaga. SR. AGUINAGA (PD) - Señor Presiden-

te, quiero de alguna manera justificar el voto nuestro, que obviamente no es en contra de la ley que se está aprobando ahora, pero que ha tenido que ser en contra porque no nos queda otra que ... por la situación de haberse aprobado el despacho de mayoría y no com-partirlo, sostener en este acto el despacho de la minoría, pero solamente queríamos aclarar que nuestra bancada está a favor del espíritu, está a favor de lo que se está apoyando hoy y que le vamos a solicitar a los señores legisla-dores que al momento de votar en particular, acepten la sugerencia que estamos haciendo desde nuestra bancada, de aceptar el desdo-blamiento de la fecha de las elecciones, por-que esa es la única manera de que lo demás que se está votando, valga. Si queremos el troquelado y que no haya más listas sábana, hay que aceptar el desdoblamiento; si real-mente queremos poner en vigencia el voto electrónico, hay que votar el desdoblamiento y la oportunidad de hacerlo es ahora y depen-de de nosotros y de nadie más. Por lo tanto, la autonomía provincial que tiene que tener Mendoza, depende de cómo votemos los que estamos acá, los que nos hemos quedado a debatir; por eso le pido a los senadores que recapacitemos, que es modificar un par de artículos, que eso le va a dar un salto de cali-

dad muy importante a la provincia y de que no nos privemos de eso, nosotros mismos.

Muchas gracias. -Ocupa la Presidencia la Presidenta Pro-

visional del Senado, señora senadora Miriam Gallardo.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene

la palabra el señor senador Da Rold. SR. DA ROLD (PJFPV) - Señora Presi-

denta, realmente en las pasiones uno pierde las composturas, y por suerte no hablé recién, porque finalmente se empaña un hecho de fuerte alegría y emoción, como ya lo hemos dicho, de transformación de la política y de la democracia, como es la sanción de esta ley.

Quiero felicitar al Partido Demócrata que

a pesar de estar en contra de algunos artícu-los, pero sí a favor del espíritu de la ley, se ha quedado en el recinto; es un acto de demo-cracia y republicanismo, como predican, y creo que con el ejemplo lo están haciendo.

Yo lamentablemente, los más jóvenes

fuimos los que tratamos de poner más cordu-ra en el debate; tratamos de ponerle pruden-cia y aquellos que tienen más experiencia, lamentablemente, empezaron -como bien dijo el senador Simón- con un ímpetu y una im-prudencia arrebatada al inicio de la sesión y luego fue tomando madurez, calidad técnica y calidad política el debate, pero no pongamos como víctima a quienes en un momento agre-dieron a este recinto, a los trabajadores de este recinto y a la política, por venir a prepo-tear de entrada, en nada menos y nada más que en una norma de semejante envergadura. Mi experiencia es mala para con estos hechos, he tenido miles de experiencias positivas, pero yo llevo dos de éstas.

Un acto total de injusticia y de falta de

respeto a las instituciones, pasó en el 2009, cuando con el senador Giacomelli, quisimos jurar, se retiraron, no permitieron que el pue-blo de Mendoza que eligió a estos senadores y tantos otros concejales en los departamentos, no tuvieron un acto republicano y democrático como cualquier legislador se merece. Y hoy lo vuelven a hacer con la norma más importante que hemos sancionado desde la vuelta de la democracia para transformar la política.

Con lo cual cometen el mismo error del

2009, no vaya a ser que esa soberbia, esa prepotencia, lamentablemente después lo lleven a que se prueben en muchos mostrado-res, en mucho saco y traje, y después lo ten-gan que guardar nuevamente.

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

Con mucho respeto, yo creo que no nos merecemos con el nivel de esta Legislatura y el nivel de la calidad institucional que tiene la provincia de Mendoza.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene

la palabra el señor senador Amstutz. SR. AMSTUTZ (UP) - Señora Presiden-

ta, es a los efectos de analizar esta duda que plantea el Partido Demócrata respecto de la necesidad de que haya que desdoblar.

Nosotros hemos estado analizando en

profundidad, técnica y jurídicamente, y es totalmente factible la boleta marcada por tra-mos diferenciados y con separación gráfica visual, que es lo que hemos propuesto y acor-dado, la ley nacional no invalida la identifica-ción diferenciada y claramente diferenciada de los tramos provinciales y municipales, o sea que, esta boleta troquelada o demarcada que estamos proponiendo no es invalidada por la elección simultánea. Y con respecto al voto electrónico, podríamos, cuando llegue especí-ficamente ese artículo, pedir un breve cuarto intermedio para ver que el día que haya que instrumentarlo, a partir de la gradualidad que hemos aceptado, no vaya a existir en la ins-trumentación práctica, alguna argucia que impida que realmente lo saquemos adelante, sabemos positivamente que acá nadie está actuando de mala fe y no hay personas inge-nuas que no sepamos encontrarle una redac-ción para que, cuando haya que instrumentar el voto electrónico, no nos veamos impedido de hacerlo, si no la ley en lo que hace al voto electrónico, caería de nulidad.

Entonces, quisiera agregar este razo-

namiento, atento que no compartimos el des-doblamiento de elecciones, pero sí entende-mos que este criterio de analizar las fraccio-nes no es impedido en la forma que lo esta-mos redactando; y que tengamos muchísimo cuidado en la redacción específica, para que la instrumentación del voto electrónico, año 2015, 2017, 2019, de la manera que lo hemos acordado, no quede sujeto después a que, por una instrumentación práctica, caiga en nuli-dad.

Creo que estamos todos de acuerdo que

esto tiene que ser resuelto con claridad. SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene

la palabra el señor senador Cairo. SR. CAIRO (PRO) - Señora Presidente,

es para solicitarle la posibilidad de abstención en los artículos referidos a simultaneidad, que son el artículo 3°, 22 y 53, habida cuenta que ambas posturas tienen sus razones, creo que se ha argumentado muy bien desde ambos enfoques, creo que como se dijo de ambos

enfoques, como bien se dijo desde la argu-mentación inicial del senador Simón, ningún sistema es perfecto y la verdad es ambos tienen razón en cuanto a las ventajas y des-ventajas que produce un sistema o el otro. Y creo que está el espíritu de ir perfeccionando esto, que si bien al inicio no es perfecto, pero el espíritu está en ir haciendo las reformas que posibiliten a futuro un voto electrónico que perfeccione un poco más el sistema.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - En

consideración la abstención del señor senador Gustavo Cairo, para la votación en los artícu-los 3°, 22 y 53.

Se va a votar. - Resulta afirmativa.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene la palabra el señor senador Fernando Simón.

SR. SIMÓN F. (PJFPV) - Señora Presi-

denta, es a los efectos de solicitar que, al momento de votar, entiendo que se va a hacer por capítulos, la votación de la ley, an-tes de votar cada capítulo, mencionar aquellos que han recibido modificación, a los efectos que sea tenido en cuenta por los senadores al votar.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene la palabra el señor senador Gómez.

SR. GÓMEZ (PJFPV) - Señor Presiden-

te, ¿se va a hacer por títulos o por capítulos, como ustedes la han diseñado, desde el punto de vista legislativo?

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Por

Secretaría se procederá a enunciar los títulos y capítulos a los efectos de la votación en particular, aclarando a los legisladores que, atento a que se han producido modificaciones en muchos artículos, inclusive incorporaciones y todo, vamos a tener que ir nombrando títu-los y capítulos de los artículos que contiene cada uno, y si en Secretaría se comete algún error que lo adviertan.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene

la palabra el señor senador Gómez. SR. GÓMEZ (PJFPV) - Señora Presi-

denta, creo que normalmente como se han votado otras leyes, hablar de títulos y capítu-los, con las modificaciones obrantes en Secre-taría, yo creo que todos los senadores aquí presentes conocen las modificaciones que se han hecho.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - En

este momento tengo petición expresa del se-

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166° Periodo Legislativo PERIODO ORDINARIO Diario de Sesiones N° 6

nador Guillermo Amstutz, cuando lleguemos al momento del voto electrónico, solicitó.

Tiene la palabra el señor senador

Guillermo Amstutz. SR. AMSTUTZ (UP) - Señora Presiden-

ta, es un caramelito de dulce de leche, el dul-ce argentino y ¿se ríen los argentinos de eso? No.

Pediría un breve cuarto intermedio de

un minuto con el presidente de la comisión y el senador Aguinaga a ver si en la redacción del artículo del voto electrónico, hay alguna duda que nos permita zanjar esta inquietud, si fuera así, no tengo ninguna objeción en parti-cular, pido un breve cuarto intermedio.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Se va

a votar la moción del senador Amstutz de pasar a un cuarto intermedio.

Se va a votar. - Resulta afirmativa. - Se pasa a cuarto intermedio a las 17.15. -A las 17.23 dice la SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Se

reanuda la sesión. Tiene la palabra el señor senador Simón.

SR. SIMON (PJFPV) - Señora Presi-

denta, al título I tiene modificaciones que obran en Secretaría, respecto de los artículos 6°, 8°, 11, 12, 14, 17, 18, 19 y 20.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Por

Secretaría se procederá a la votación. Por títulos. Se enuncian y aprueban sin observación el Título I, Capítulo I, II, III, IV, V, VI, y VII, que abarca desde el artículo 1° al 28 con las modificaciones obrantes en Secretaría. SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene

la palabra el señor senador Simón. SR. SIMON (PJFPV) - Señora Presi-

denta, respecto al Título II, solicito se voten con las modificaciones obrantes en Secretaría del artículo 37.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Por

Secretaría se procederá a la votación.

-Se vota y aprueba sin observación el Titulo II, artículos 29 al 38, con las mo-dificaciones en el artículo 37. SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene

la palabra el señor senador Simón. SR. SIMON (PJFPV) - Señor Presiden-

te, respecto al Título III, se vote con las modi-ficaciones obrantes respecto de los artículos 40, 41, agregado del artículo 42, nuevo artí-culo 43 modificado.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - En

consideración el Título III, con las modifica-ciones señaladas por el senador Simón y el agregado del artículo 42.

Se va a votar. -Resulta afirmativa. SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Tiene

la palabra el senador Simón.

SR. SIMON (PJFPV) - Señora Presi-denta, respecto al título IV, solicito que se vote con los agregados de los artículos 44, 46, modificación del artículo 49, renumerado co-mo artículo 52, y artículo 55 agregado.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Res-

pecto al Título IV se pone a consideración los artículos 44 al 54, con modificaciones y artícu-los agregados, mencionados por el señor se-nador Simón.

Se va a votar. -Resulta afirmativa. SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Este

proyecto tiene dos cláusulas transitorias; una contenida en el artículo 54.

Tiene la palabra el senador Simón. SR. SIMON (PJFPV) - Señora Presi-

denta, es para aclarar que efectivamente tiene dos cláusulas transitorias, una de ellas agre-gadas al artículo 55, referidas precisamente el voto electrónico, lo que pido sea tenido en cuenta al votar.

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - En

consideración el artículo 55. Se va a votar. -Resulta afirmativa. -El Art. 56, es de forma.

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Habiendo sido aprobado en general y en parti-cular, pasa a la Cámara de Diputados en revi-sión. (Ver Apéndice Nº 1). (Aplausos).

SRA. PRESIDENTA (Gallardo)

- Le recuerdo a los legisladores, que mañana hay Asamblea Legislativa a las l0.00 horas.

XIV INDICACION

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Presi-

dencia invita a las señoras y señores senado-res, ocupar sus bancas para continuar con la sesión.

-A las 17.33, dice la SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Presi-

dencia reitera el llamado a las señoras y seño-res senadores que se encuentren en la Casa, a ingresar al Recinto para continuar sesionando.

-A las 17.34, dice la

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - Presi-dencia hace el tercer y último llamado a los legisladores a ingresar al recinto y ocupar sus bancas para continuar con la sesión.

-A las 17.35, dice la

SRA. PRESIDENTA (Gallardo) - No existiendo quórum reglamentario, se levanta la sesión.

-Es la hora 17.36.

CARREÑO LESPINARD MARIA GUADALUPE

Jefa Cuerpo Taquígrafos

WALTER ANDRES CALVO Jefe

Diario de Sesiones - H. Senado

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166° Periodo Legislativo PERIODO ORDINARIO Diario de Sesiones N° 6

XV APENDICE

I

(Sanción de la H. Cámara)

N° 1

ms-64305

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y:

TÍTULO I - ELECCIONES PRIMARIAS ABIER-TAS, SIMULTÁNEAS Y OBLIGATORIAS. CAPÍTULO I

ARTÍCULO 1° - Elecciones Primarias:

Todas las agrupaciones políticas procederán en forma obligatoria a seleccionar a sus can-didatos a cargos públicos electivos provincia-les y municipales mediante elecciones prima-rias, abiertas, en forma simultánea, en todo el territorio provincial, en un solo acto electivo, mediante voto secreto y obligatorio, conforme las disposiciones de la presente Ley.

Art. 2° - Definiciones: Entiéndase por

agrupaciones políticas a los partidos políticos, alianzas y confederaciones conformados de acuerdo a la Ley N° 4.746.

En adelante, se denomina elecciones

primarias a las elecciones internas, abiertas, simultáneas y obligatorias por las cuales las agrupaciones políticas deberán seleccionar a todos sus candidatos a cargos electivos pro-vinciales y municipales.

Entiéndase por Junta Electoral Provincial

a la Junta Electoral Permanente prevista en el artículo 55 de la Constitución de la Provincia.

Art. 3° - Fecha de convocatoria y reali-

zación de las elecciones primarias: El Poder Ejecutivo Provincial y los Poderes Ejecutivos Municipales deberán realizar la convocatoria a elecciones primarias con una antelación no menor a los noventa (90) días corridos previos a su realización.

Las mismas se celebrarán en forma si-

multánea con las elecciones primarias nacio-nales que convoque el Poder Ejecutivo Nacio-nal de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nacional N° 26.571.

Adhiérase por la presente a lo dispuesto

por la Ley Nacional N° 15.262 y modificato-

rias, su Decreto Reglamentario N° 17.265/59, al régimen del Capítulo III Bis del Título III de la Ley Nacional Nº 26.215 y al artículo 35 de la Ley Nacional Nº 26.571 y sus respectivas modificatorias y complementarias.

Art. 4° - Autoridad de Aplicación, Com-

petencia y Facultades: La Junta Electoral Pro-vincial será autoridad de aplicación del pre-sente régimen de elecciones primarias. A tal efecto acordará con la Junta Electoral Nacional todas las medidas tendientes para la realiza-ción del acto electoral en conjunto dentro de las limitaciones establecidas en el art. 122 de la Constitución Nacional y la Sección II de la Constitución de la Provincia.

En todo lo que no se encuentre modifi-

cado por la presente Ley y resulte de aplica-ción, se estará a lo dispuesto por la Ley Elec-toral Provincial Ley N° 2.551 y sus modificato-rias, la Ley de Partidos Políticos N° 4.746 y sus modificatorias y en la Ley de Regulación y Financiamiento de Campañas Electorales N° 7.005 y sus modificatorias.

Art. 5° - Designación de precandidatos:

La designación de los precandidatos es una facultad exclusiva de las agrupaciones políti-cas, debiendo respetar las respectivas Cartas Orgánicas, los requisitos establecidos en la Constitución Provincial, las Leyes Electoral N° 2.551 y sus modificatorias, de Partidos Políti-cos N° 4746 y sus modificatorias y la presen-te.

Los partidos pueden reglamentar la par-

ticipación de extrapartidarios en sus cartas orgánicas.

Cada agrupación política determinará los

requisitos para ser precandidato por las mis-mas, debiendo respetar la normativa general que resulte de aplicación.

Art. 6° - Avales: Las listas de precandi-

datos a Concejales, Intendente, Senadores y Diputados Provinciales, Convencionales Cons-tituyentes, Gobernador y Vicegobernador, deberán estar avaladas por un número de afiliados no inferior al uno por mil (1‰) del total de los inscriptos en el padrón general del distrito electoral respectivo, o por un número mínimo de afiliados a la agrupación política equivalente al uno por ciento (1%) del padrón de afiliados del distrito respectivo de la agru-pación política o, en el caso de alianzas o con-federaciones, de la suma de los padrones de los partidos que la integran, hasta un máximo de mil (1.000); el que sea menor.

Ningún afiliado podrá avalar más de una

(1) lista. En caso que un afiliado apareciere avalando más de una lista, se tendrá por váli-do el último aval otorgado.

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Art. 7° - Precandidatos: Los precandida-tos que se presenten en las elecciones prima-rias sólo pueden hacerlo en la lista de una (1) sola agrupación política y para una (1) sola categoría de cargos electivos.

CAPÍTULO II. Electores. Art. 8° - Obligatoriedad:En las eleccio-

nes primarias deben votar todos los electores, de acuerdo al Registro Nacional de Electores confeccionado por la Justicia Nacional Electo-ral para la elección general respectiva, utili-zándose el mismo padrón que para la elección general, donde constarán todas las personas que cumplan dieciséis (16) años de edad has-ta el día de la elección. (art.7 ley 26774). El incumplimiento de este deber no implicará sanción para los menores de dieciocho (18) años.

El elector votará en el mismo lugar en

las dos elecciones, salvo razones excepciona-les o de fuerza mayor, de lo cual se informará debidamente por los medios masivos de co-municación.

Art. 9° - Voto: Los electores deben emi-

tir un (1) solo voto por cada categoría de car-gos a elegir, pudiendo optar por distintas lis-tas de diferentes agrupaciones políticas.

Se dejará constancia de la emisión del voto de la misma manera que para las elec-ciones generales.

CAPÍTULO III. Presentación y oficialización de listas para las elecciones primarias

Art. 10 - Solicitud. Plazo: Hasta cincuen-

ta y cinco (55) días antes de las elecciones primarias las agrupaciones políticas deberán solicitar a la Junta Electoral Provincial la asig-nación de colores para las boletas a utilizar en las elecciones primarias y la elección general.

Las boletas de todas las listas de una misma agrupación tendrán el mismo color o número, los que no podrán repetirse con el de otras agrupaciones, salvo el blanco. Aquellas que no hayan solicitado color, deberán utilizar en las boletas de todas sus listas el color blan-co.

Cuando para las elecciones primarias

abiertas, simultáneas y obligatorias a los car-gos nacionales, prevista en la ley nacional N° 26.571, el juzgado federal con competencia electoral asigne colores a las agrupaciones nacionales, los mismos serán utilizados tam-bién por las agrupaciones de distrito de cada agrupación nacional para la postulación de precandidatos para cargos electivos provincia-les y municipales.

Art. 11 - Presentación. Plazo. Requisi-tos: Las listas de precandidatos se deben pre-sentar ante la junta electoral de cada agrupa-ción hasta cincuenta (50) días antes de la elección primaria para su oficialización. Las listas deben cumplir con los siguientes requisi-tos:

a) Número de precandidatos igual al número de cargos titulares y suplentes a seleccionar, respetando el porcentaje mínimo de precandidatos de cada sexo de conformidad con lo dispuesto por la legislación provincial vigente; b) Nómina de precandidatos acompaña-da de constancias de aceptación de la postulación suscritas por el precandida-to, indicación de domicilio, número de documento nacional de identidad, libre-ta de enrolamiento o libreta cívica, y declaración jurada de reunir los requisi-tos constitucionales y legales pertinen-tes; c) Designación de apoderado y respon-sable económico-financiero de lista y constitución de domicilio especial en la ciudad asiento de la junta electoral de la agrupación; d) Denominación de la lista, mediante nombre. No podrán utilizar el nombre de personas vivas, de la agrupación po-lítica, ni de los partidos que la integra-ren; e) Avales conforme lo establecido en el artículo 6 de la presente ley; f) Declaración jurada de todos los pre-candidatos de cada lista comprometién-dose a respetar la plataforma electoral de la lista; g) Plataforma programática y declara-ción del medio por el cual la difundirá. Las listas podrán presentar copia de la documentación descrita anteriormente ante la justicia electoral. Las Juntas electorales partidarias se in-tegrarán, con un (1) representante de cada una de las listas oficializadas. Art. 12 - Oficialización. Recursos: Pre-

sentada la solicitud de oficialización, la junta electoral de cada agrupación verificará el cumplimiento de las condiciones establecidas en la Constitución Nacional, la Ley de Partidos Políticos, la Ley Electoral Provincial Nº 2.551 y modificatorias, la carta orgánica partidaria y, en el caso de las alianzas, de su reglamento

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electoral. A tal efecto podrá solicitar la información necesaria a la Junta Electoral Provincial, que deberá evacuarla dentro de las veinticuatro (24) horas desde su presentación.

Dentro de las cuarenta y ocho (48)

horas de presentadas las solicitudes de oficia-lización la junta electoral partidaria dictará resolución fundada acerca de su admisión o rechazo, y deberá notificarla a las listas pre-sentadas dentro de las veinticuatro (24) horas.

Cualquiera de las listas podrá solicitar la

revocatoria de la resolución, la que deberá presentarse por escrito y fundada ante la jun-ta electoral partidaria dentro de las veinticua-tro (24) horas de serle notificada. La misma deberá expedirse dentro de las veinticuatro (24) horas de su presentación.

La solicitud de revocatoria podrá acom-

pañarse del recurso de apelación en forma subsidiaria en base a los mismos fundamen-tos. Ante el rechazo de la revocatoria plantea-da, la junta electoral partidaria elevará el ex-pediente sin más a la Junta Electoral de la Provincia dentro de las veinticuatro (24) horas del dictado de la resolución confirmatoria.

Sin perjuicio de lo dispuesto en la reso-

lución confirmatoria, la resolución de la junta electoral de la agrupación puede ser apelada por cualquiera de las listas de la propia agru-pación ante el juzgado con competencia elec-toral del distrito, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de serle notificada la resolu-ción, fundándose en el mismo acto.

El juzgado electoral deberá expedirse en

un plazo máximo de setenta y dos (72) horas. Los recursos de revocatoria y apelación

interpuestos contra las resoluciones que re-chacen la oficialización de listas serán conce-didos con efecto suspensivo.

Todas las notificaciones de las juntas

electorales partidarias pueden hacerse indis-tintamente en forma personal ante ella, por acta notarial, por telegrama con copia certifi-cada y aviso de entrega, por carta documento con aviso de entrega, o por publicación en el sitio web oficial de cada agrupación política.

Art. 13 - Comunicación: La resolución de

oficialización de las listas una vez que se en-cuentra firme, será comunicada por la junta electoral de la agrupación, dentro de las vein-ticuatro (24) horas, a la Junta Electoral de la Provincia, la que deberá informar a la autori-dad electoral nacional pertinente a los efectos de la asignación de los espacios publicitarios.

CAPÍTULO IV. Boleta de sufragio.

Art. 14 - Requisitos. Oficialización: Las boletas de sufragio tendrán las características establecidas en la Ley Electoral Provincial y en la reglamentación que a tal efecto se dicte.

Además de los requisitos establecidos

en la Ley Electoral Provincial, cada sección deberá contener en su parte superior tipo y fecha de la elección, denominación y letra de la lista interna.

Cada lista interna presentará su modelo

de boleta ante la junta electoral de la agrupa-ción política dentro de los tres (3) días poste-riores a la oficialización de las precandidatu-ras, debiendo aquélla oficializarla dentro de las veinticuatro (24) horas de su presentación.

Producida la oficialización la junta elec-

toral de la agrupación política, someterá, de-ntro de las veinticuatro (24) horas, a la apro-bación formal de la autoridad electoral, los modelos de boletas de sufragios de todas las listas que se presentarán en las elecciones primarias, con una antelación no inferior a treinta (30) días de la fecha de la realización de las elecciones primarias. Podrán insertarse fotografías de candidatos en las boletas.

Las juntas electorales de las agrupacio-

nes políticas podrán autorizar en el reglamen-to electoral la adhesión de boletas en caso de que hubiere lista única para una categoría de candidatos y pluralidad en otras.

CAPÍTULO V. Campaña electoral

Art. 15 - Inicio. Finalización: La campa-

ña electoral de las elecciones primarias sólo podrá iniciarse treinta (30) días antes de la fecha de los comicios. La publicidad electoral audiovisual solo podrá realizarse desde los veinte (20) días anteriores a la fecha de las elecciones primarias.

En ambos casos finalizan cuarenta y

ocho (48) horas antes del inicio del acto elec-cionario.

Art. 16 - Gastos. Límites: Los gastos to-

tales de cada agrupación política para las elecciones primarias no pueden superar el cincuenta por ciento (50%) del límite de gas-tos de campaña para las elecciones generales.

Cada una de las listas dentro de cada

una de las agrupaciones políticas tendrá el mismo límite de gastos, los

que en su conjunto no podrán superar lo esta-blecido precedentemente.

La junta electoral de la agrupación esta-

blecerá dicho límite para cada lista en forma igualitaria.

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Por la lista interna que excediere el lími-te de gastos dispuesto precedentemente, se-rán responsables solidariamente y pasibles de una multa de hasta el cuádruplo del monto en que se hubiere excedido, los precandidatos y el responsable económico-financiero designa-do.

Art. 17 - Prohibición de contratación:

Las agrupaciones políticas, y sus listas inter-nas, tanto para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultaneas y Obligatorias (PASO) como para la elección General, no pueden contratar en forma privada publicidad en emi-soras de radiodifusión televisiva o sonora abierta o por suscripción, en vía pública ni en medios gráficos.

Si una lista interna o agrupación política

contratara por si, o terceros contrataran en su favor, publicidad en violación de dicha prohibi-ción, será sancionada con la pérdida del dere-cho de recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público, por un plazo de uno (1) a cuatro (4) años, y los fon-dos para el financiamiento público de las cam-pañas electorales por una (1) a dos (2) elec-ciones de aplicación en la elección general correspondiente.

Asimismo, detectada la irregularidad, la

Junta Electoral queda habilitada para ordenar el cese inmediato de la publicidad contratada fuera del marco de la presente Ley.

Si una emisora, ya sea televisiva o so-

nora, contratara o emitiera publicidad electo-ral, en violación al presente artículo, se notifi-cará de ello a la Autoridad Federal de Servi-cios de Comunicación Audiovisual a efectos de aplicar las sanciones previstas por el artículo 106 de la Ley 26.522.

Si una empresa difundiera publicidad

gráfica o en vía pública en violación del pre-sente artículo, la misma no podrá contratar ni recibir ninguna clase de aportes de la Provin-cia ni de los Municipios por el plazo de dos (2) años.

Los precandidatos y el responsable eco-

nómico-financiero de la lista interna o agrupa-ción que contrataren publicidad en violación al primer párrafo del presente artículo, serán solidariamente responsables y pasibles de una multa de hasta el cuádruplo del valor de la contratación realizada.

Art. 18 - Espacios publicitarios. Distribu-

ción: Los espacios de publicidad electoral en medios audiovisuales asignados por la Direc-ción Nacional Electoral del Ministerio del Inter-ior de conformidad con lo dispuesto el régi-men del Capítulo III Bis del Título III de la Ley Nacional Nº 26.215 y al artículo 35 de la Ley

Nacional Nº 26.571 y sus respectivas modifi-catorias y complementarias serán distribuidos entre las agrupaciones de conformidad a los criterios establecidos en dicha normativa tanto para las elecciones primarias como generales. A su vez serán distribuidos por cada agrupa-ción entre las listas oficializadas por sorteo público y en partes iguales.

El estado Provincial, por Ley de Presu-

puesto, deberá prever una partida específica destinada a financiar la contratación de espa-cios de publicidad electoral en medios gráficos y vía pública. El Poder Ejecutivo distribuirá dichos espacios entre las agrupaciones, tanto para las elecciones primarias como para las generales, conforme los mismos criterios se-guidos para la distribución de la publicidad audiovisual.

El 30 % por ciento del espacio audivi-

sual que reciban los partidos políticos deberá destinarse a la difusión de las precandidaturas y candidaturas municipales.

Art. 19 - Presentación informe final.

Sanciones: Veinte (20) días después de finali-zada la elección primaria, el responsable eco-nómico-financiero de cada lista interna que haya participado de la misma, deberá presen-tar ante el responsable económico-financiero de la agrupación política, un informe final detallado sobre todos los aportes recibidos, con indicación de origen, monto, nombre y número de documento cívico del donante, así como los gastos realizados durante la campa-ña electoral. El informe debe contener lo dis-puesto en la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos para las campañas genera-les.

La no presentación del informe previsto

en el párrafo anterior, hará pasible solidaria-mente a los precandidatos y al responsable económico-financiero de la lista interna, de una multa equivalente cinco por ciento (5%) límite de gastos de la agrupación para la pri-maria.

Una vez efectuada la presentación del

informe final por la agrupación política en los términos del siguiente artículo, el responsable económico-financiero de la lista interna debe-rá presentar el informe final ante la Junta Electoral Provincial, para su correspondiente evaluación y aprobación.

Transcurridos noventa (90) días del

vencimiento del plazo para la presentación del informe final por el responsable económico-financiero de la lista interna ante la agrupa-ción política, la Junta Electoral de la Provincia podrá disponer la aplicación de una multa a los precandidatos y al responsable económico-financiero, en forma solidaria, equivalente

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cinco por ciento (5%) límite de gastos de la agrupación para la elección primaria y la in-habilitación de los candidatos por hasta dos (2) elecciones.

La determinación de la autoridad com-

petente a los efectos de la recaudación de las multas establecidas en el presente artículo será establecida por la reglamentación perti-nente.

Art. 20 - Informe de Campaña. Sancio-

nes: Treinta (30) días después de finalizada la elección primaria, cada agrupación política que haya participado de la misma debe reali-zar y presentar ante la Junta Electoral de la Provincia, un informe final detallado sobre los aportes públicos y privados recibidos, discri-minados por lista interna con indicación de origen y monto, así como los gastos realizados por cada lista, durante la campaña electoral.

El informe debe contener lo dispuesto

para las campañas generales regulado en la Ley de Financiamiento de los Partidos Políti-cos, y será confeccionado en base a la infor-mación rendida por las listas internas que cumplieren con lo dispuesto en el artículo precedente, indicándose asimismo las que no lo hubieren hecho.

El incumplimiento de la presentación del

informe final de campaña, en la fecha estable-cida, facultará a la Junta Electora a aplicar una multa equivalente uno por ciento (1 %) del límite de gastos de la agrupación para la primaria, por cada día de mora en la presen-tación.

Transcurridos noventa (90) días, desde

el vencimiento del plazo de que se trata, po-drá disponer la suspensión cautelar de todos los aportes públicos notificando su resolución a la Autoridad Competente.

CAPÍTULO VI. Elección y escrutinio Art. 21 - Mesas de votación y autorida-

des: Los lugares de ubicación de las mesas de votación y las autoridades de las mismas de-berán ser coincidentes para las elecciones primarias y las elecciones generales que se desarrollen en el mismo año, salvo modifica-ciones imprescindibles.

La reglamentación establecerá el modelo

de actas de escrutinio que serán utilizadas en las elecciones primarias provinciales y munici-pales. En ellos deberán distinguirse sectores con el color asignado a cada agrupación políti-ca, subdivididos a su vez de acuerdo a las listas internas que se hayan presentado, con-signándose los resultados por lista y por agru-pación para cada categoría.

Art. 22 - Simultaneidad: Las elecciones primarias para candidatos a cargos electivos provinciales y municipales se realizarán simul-táneamente con las elecciones primarias na-cionales, bajo las mismas autoridades de los comicios y de escrutinio, en la forma que es-tablezca la reglamentación, aplicándose en lo pertinente, las disposiciones de la Ley 15.262, su normativa reglamentaria y el artículo 46° de la Ley 26.571.

Para la conformación de las mesas, la

designación de sus autoridades, la compensa-ción en concepto de viático por su desempe-ño, la realización del escrutinio y todo lo rela-cionado con la organización de las elecciones primarias, resultarán de aplicación las normas pertinentes del régimen electoral vigente para la elección general.

Además se tendrá en cuenta que: a) Si en un sobre aparecieren dos (2) o más boletas oficializadas correspondien-tes a la misma lista y categoría, se computará sólo una de ellas, destru-yéndose las restantes; b) Se considerarán votos nulos cuando se encontraren en el sobre dos (2) o más boletas de distintas listas, en la misma categoría, aunque pertenezcan a la misma agrupación política. Art. 23 - Fiscales: Las listas internas de

cada agrupación política reconocida pueden nombrar fiscales para que los representen ante las mesas receptoras de votos.

También podrán designar fiscales gene-

rales por sección que tendrán las mismas fa-cultades y estarán habilitados para actuar simultáneamente con el fiscal acreditado ante cada mesa. Salvo lo dispuesto con referencia al fiscal general, en ningún caso se permitirá la actuación simultánea en una mesa de más de un (1) fiscal por lista interna de cada agru-pación política.

Respecto a la misión, requisitos y otor-

gamiento de poderes a fiscales y fiscales generales resultarán de aplica-

ción las normas pertinentes del régimen elec-toral vigente para la elección general.

Art. 24 - Acta de Cierre: Concluida la ta-

rea del escrutinio provisorio por las autorida-des de mesa se consignará en el acta de cie-rre, la hora de finalización de los comicios, número de sobres, número total de sufragios emitidos, y el número de sufragios para cada lista interna de cada agrupación política en letras y números.

Asimismo deberá contener:

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a) Cantidad, en letras y números, de votos totales emitidos para cada agru-pación política y los logrados por cada una de las listas internas por categorías de cargos, el número de votos nulos, así como los recurridos, impugnados y en blanco; b) El nombre del presidente, el suplente y fiscales por las listas que actuaron en la mesa con mención de los que estu-vieron presentes en el acta del escruti-nio o las razones de su ausencia; c) La mención de las protestas que for-mulen los fiscales sobre el desarrollo del acto eleccionario y las que hagan con referencia al escrutinio. El acta de escrutinio debe ser firmada

por las autoridades de la mesa y los fiscales. Si alguno de éstos no estuviera presente o no hubiere fiscales nombrados o se negaren a firmar, el presidente dejará constancia cir-cunstanciada de estos hechos. Además del acta referida y con los resultados extraídos de la misma el presidente de mesa extenderá a los fiscales que lo soliciten un certificado de escrutinio que será suscripto por él, por los suplentes y los fiscales, dejándose constancia circunstanciada si alguien se negara a firmar-lo.

El fiscal que se ausente antes de la clau-

sura de los comicios señalará la hora y motivo del retiro y en caso de negarse a ello, se hará constar esta circunstancia firmando otro de los fiscales presentes o la autoridad electoral. Asimismo, se dejará constancia de su reinte-gro en caso de que éste se produzca.

Art. 25 - Resultado. Comunicación: Una

vez suscritas el acta de cierre, las actas de escrutinio y los certificados de escrutinio para los fiscales, el presidente de mesa comunicará el resultado del escrutinio de su mesa a la autoridad electoral mediante un telegrama consignando los resultados de cada lista inter-na de cada respectiva agrupación política se-gún el modelo que confeccione el correo oficial y apruebe dicha autoridad, a efectos de su difusión preliminar.

CAPÍTULO VII. Proclamación de los candidatos Art. 26 - Escrutinio definitivo: La elec-

ción de los candidatos a gobernador y vicego-bernador de la Provincia de cada agrupación se hará mediante fórmula en forma directa y a simple pluralidad de sufragios.

Para las candidaturas a concejales, con-

vencionales constituyentes, senadores provin-ciales y diputados provinciales, cada agrupa-

ción política para integrar la lista definitiva aplicará el sistema de distribución de cargos que establezca en su carta orgánica partidaria o el reglamento de la alianza partidaria, de-biendo garantizarse siempre la representación proporcional de las minorías y un mínimo de treinta por ciento (30%) de mujeres y en pro-porciones con posibilidad de resultar electas; lo que se materializará dividiendo cada lista en tercios, asegurando como mínimo la parti-cipación de una mujer en cada tercio.

La autoridad electoral pertinente efec-

tuará el escrutinio definitivo de las elecciones primarias de las agrupaciones políticas y co-municarán los resultados a las juntas electora-les de las respectivas agrupaciones políticas, para que conformen la lista ganadora.

Las juntas electorales de las agrupacio-

nes políticas notificadas de acuerdo a lo esta-blecido precedentemente, efectuarán la pro-clamación de los candidatos electos, y la noti-ficarán a la Junta Electoral Provincial, la que tomará razón de los candidatos así proclama-dos, a nombre de la agrupación política y por la categoría en la cual fueron electos.

Art. 27 - Porcentaje para postulación de

candidatos: Las agrupaciones políticas sólo podrán participar de la elección general postu-lando candidatos para convencionales consti-tuyentes, senadores y diputados provinciales cuando hayan obtenido como mínimo un total de votos, considerando los de todas sus listas internas, igual o superior al uno y medio por ciento (1,5%) de los votos afirmativos váli-damente emitidos en el distrito de que se trate.

Para las categorías de concejales e In-

tendente dicho porcentaje se computará en cada Municipio y para gobernador y vicego-bernador en el territorio de toda la Provincia.

Art. 28 - Postulación de Candidatos. Pla-

zo: Hasta cincuenta (50) días antes de la elec-ción general, las agrupaciones políticas que hubieren alcanzado los votos establecidos en el artículo anterior deberán registrar ante la autoridad electoral las listas de los candidatos proclamados, quienes deberán reunir las con-diciones propias del cargo para el cual se postulan y no estar comprendidos en alguna de las inhabilidades legales.

Las listas que se presenten para candi-

datos a diputados y senadores provinciales, concejales y convencionales constituyentes, deben contener un mínimo de treinta por cien-to (30%) de mujeres y en proporciones con posibilidad de resultar electas; lo que se ma-terializara dividiendo cada lista en tercios, asegurando como mínimo la participación de

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una mujer en cada tercio. No será oficializada ninguna lista que no cumpla con estos requisi-tos.

Las agrupaciones políticas sólo podrán postular como candidatos a los comicios gene-rales a los que resultaron electos y por las respectivas categorías en la elección primaria, salvo en caso de renuncia, fallecimiento o incapacidad.

TÍTULO II - REFORMAS A LA LEY N° 4.746 - ORGÁNICA DE PARTIDOS POLÍTICOS.

Art. 29 - Modificase el artículo 8 de la

Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la si-guiente manera:

“Art. 8°: 1. Partidos políticos provincia-les son aquellos que se encuentran habilitados para postular candidatos a Concejales, Senadores y Diputados Pro-vinciales, Convencionales Constituyen-tes, Intendentes y Gobernador y Vice-gobernador; y se constituyen de acuer-do a lo establecido en la presente. 2. Partidos políticos municipales son aquellos que se encuentran habilitados para postular candidatos a Concejales e Intendente, dentro del ámbito del muni-cipio en que hubieren sido reconocidos como tales, y se constituyen de acuerdo a lo establecido en el artículo 61. 3. El reconocimiento a un conjunto de ciudadanos asociados para actuar como partido político deberá ser solicitado an-te la autoridad de aplicación cumpliendo los requisitos que seguidamente se indi-can: a) Acta de fundación y constitución, aprobada por la asamblea de fundación y constitución, conteniendo lo siguiente: - Nombre y domicilio del partido. - Declaración de principios y bases de acción política. - Carta Orgánica. - Designación de autoridades promoto-ras y apoderados. - Constancia de adhesión de un número de electores no inferior al cuatro por mil (4 %0) del total de los inscriptos en el registro de electores correspondiente, hasta el máximo de diez mil (10.000). El documento que acredite la adhesión del número mínimo de electores que habilita para iniciar el trámite contendrá

nombre y apellido, domicilio y docu-mento nacional de identidad de los ad-herentes así como la certificación de sus firmas por la autoridad promotora. 4. Cumplido el trámite precedente, el partido quedará habilitado para realizar la afiliación mediante las fichas que en-tregará la autoridad de aplicación. Hasta tanto la agrupación no obtenga el reconocimiento definitivo como partido político, será considerada como partido político en formación, no pudiendo pre-sentar candidaturas a cargos electivos en elecciones primarias ni generales. Mientras dure tal condición, no tendrán derecho a aportes públicos ordinarios ni extraordinarios. 5. El reconocimiento definitivo será ob-tenido al acreditar la afiliación de un número de electores no inferior al cua-tro por mil (4 %0) del total de los ins-criptos en el registro de electores co-rrespondiente, hasta un máximo de diez mil (10.000). 6. Dentro de los sesenta (60) días de la notificación del reconocimiento, las au-toridades promotoras deberán hacer ru-bricar por la autoridad de aplicación, los libros que establece el artículo 39. 7. Dentro de los noventa (90) días de la notificación del reconocimiento, las au-toridades promotoras deberán convocar y haber realizado las elecciones internas para constituir las autoridades definiti-vas del partido conforme a las disposi-ciones de su respectiva carta orgánica. Realizada la elección en el plazo prece-dentemente establecido, el acto de la misma será presentada a la autoridad de aplicación dentro de los diez (10) dí-as de celebrada la elección. Todos los trámites ante la autoridad de aplicación hasta la constitución definiti-va de las autoridades partidarias, serán efectuados por las autoridades promo-toras o apoderados, quienes serán soli-dariamente responsables por la veraci-dad de lo expuesto en las respectivas documentaciones y presentaciones.” Art. 30 - Incorpórese como artículo 8 bis

de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la si-guiente manera:

“Art. 8° bis: Para conservar la persone-ría jurídico política, los partidos políticos deben mantener en forma permanente el número mínimo de afiliados exigido en el artículo anterior. La Junta Electoral

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

Provincial verificará el cumplimiento del presente requisito cada año e impulsará la declaración de caducidad de la perso-nería jurídico política cuando correspon-da. Previo a la declaración de caducidad se intimará el cumplimiento del requisito indicado, por el plazo improrrogable de noventa (90) días, bajo apercibimiento de dar de baja al partido del Registro así como también su nombre y sigla. La Autoridad de Aplicación publicará an-tes del 15 de febrero del año siguiente al cierre anual, el número mínimo de afiliados requerido para el manteni-miento de la personería jurídico política de los partidos provinciales y municipa-les.” Art. 31 - Modificase el artículo 11 de la

Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la si-guiente manera:

“Art. 11: El nuevo partido que resulte de

la fusión, deberá solicitar su reconocimiento como tal a la autoridad de aplicación, cum-pliendo con los requisitos establecidos en el Artículo 8 apartado 3, inc. a), de esta Ley; y presentando además:

a) El acuerdo de fusión suscrito que se complementará con un documento en el que conste nombre, domicilio y matrícu-la de los firmantes; b) Actas de los órganos competentes de los partidos que se fusionan de las que surja la voluntad de la fusión; c) Constancia de la publicación del acuerdo de fusión en el boletín oficial, por tres (3) días, y en la que conste que, en caso de oposición, la misma de-berá presentarse ante la autoridad de aplicación dentro de los veinte (20) días de la publicación. La autoridad de aplicación verificará que

la suma de los afiliados a los partidos que se fusionan alcanza el mínimo establecido del cuatro por mil (4‰) de los electores inscrip-tos en el padrón electoral correspondiente.

El partido político resultante de la fu-

sión, gozará de personería jurídico política desde su reconocimiento definitivo por la au-toridad de aplicación, y se constituirá a todo efecto legal como sucesor de los partidos fu-sionados, tanto en sus derechos, como obliga-ciones patrimoniales, sin perjuicio de subsistir la responsabilidad personal que les correspon-

da a las autoridades y otros responsables de los partidos fusionados por actos o hechos anteriores a la fusión.

Se considerarán afiliados al nuevo parti-

do político, todos los electores que a la fecha de la resolución de la autoridad de aplicación que reconoce la fusión, lo hubiesen sido de cualquiera de los partidos políticos fusionados, salvo que hubieren manifestado oposición en el plazo establecido precedentemente.”

Art. 32 - Modificase el artículo 12 de la

Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la si-guiente manera:

“Art. 12: Los partidos políticos munici-pales y provinciales pueden constituir alianzas municipales o provinciales res-pectivamente de dos (2) o más parti-dos, de acuerdo a lo que establezcan sus respectivas cartas orgánicas, con el propósito de presentar candidatos para cargos públicos electivos. Asimismo, los partidos municipales que no formen parte de un partido provincial pueden integrar una alianza con al me-nos un (1) partido político provincial”. Art. 33 - Modificase el artículo 13 de la

Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la si-guiente manera:

“Art. 13: La autoridad de aplicación ad-mitirá la alianza de partidos políticos, siempre y cuando sea puesta en su co-nocimiento con no menos de sesenta (60) días de anticipación a la elección primaria abierta, simultánea y obligato-ria, y se cumplan los siguientes requisi-tos: a) Acreditar que las Cartas Orgánicas de los respectivos partidos los autorizan a constituir alianzas. b) Acreditar que la alianza fue decidida por los órganos competentes de cada partido. c) Acompañar el acuerdo constitutivo de la alianza, que incluya el nombre adop-tado, el acuerdo financiero correspon-diente conforme al cual se distribuirán los aportes correspondientes al fondo partidario permanente y el texto de la plataforma electoral común. d) Constitución de la junta electoral de la alianza y el reglamento electoral.

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166° Periodo Legislativo PERIODO ORDINARIO Diario de Sesiones N° 6

e) Constitución de domicilio legal y ac-tas de designación de los apoderados comunes. Para continuar funcionando, luego de la elección general, en forma conjunta los partidos que integran la alianza, debe-rán conformar una confederación.” Art. 34° - Modificase el artículo 30 de la

Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la si-guiente manera:

“Art. 30: 1. La calidad de afiliado se ad-quirirá a partir de la resolución de los organismos partidarios competentes que aprobaren la solicitud respectiva, los que deberán expedirse dentro de los quince (15) días a contar de la fecha de su presentación. Transcurrido dicho pla-zo sin que mediare decisión en contra-rio, la solicitud se tendrá por aprobada. La resolución de rechazo debe ser fun-dada y será recurrible ante la autoridad de aplicación. Una ficha de afiliación se entregará al interesado debiendo cons-tar en ella la autoridad partidaria que la recibió y la fecha, otra será conservada por el partido y las dos restantes se re-mitirán a la autoridad de aplicación. 2. No podrá haber más de una afilia-ción. Es condición para la afiliación a un partido la renuncia previa expresa a to-da otra afiliación. La afiliación se extinguirá por renuncia, por expulsión, por incumplimiento o por violación de los dispuesto en los artícu-los 28 y 29 o por lo previsto en el artí-culo 56. La extinción de la afiliación, por cual-quier causa, será comunicada a la auto-ridad de aplicación por la autoridad par-tidaria dentro de los treinta (30) días de haberse conocido.” Art. 35° - Modificase el artículo 33 de la

Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la si-guiente manera:

“Art. 33: El funcionamiento interno de los partidos deberán respetar las si-guientes pautas: 1. Los partidos practicarán en su vida interna el sistema democrático a través de elecciones periódicas para la nomi-nación de autoridades y candidatos, mediante la participación de los afiliados de conformidad con las prescripciones de su Carta Orgánica. Para la designa-ción de candidatos a cargos electivos

públicos provinciales y municipales se aplicará el sistema de elecciones prima-rias abiertas, simultáneas y obligatorias, para un mismo día y para todos los par-tidos políticos, de conformidad con lo establecido en la legislación respectiva. 2. En los procesos de elecciones prima-rias deberán establecer un sistema de reparto de los cargos entre las listas que postulen candidatos que garantice la representación proporcional de las minorías y un mínimo de treinta por ciento (30%) de mujeres y en propor-ciones con posibilidad de resultar elec-tas; lo que se materializará dividiendo cada lista en tercios, asegurando como mínimo la participación de una mujer en cada tercio. 3. En caso de oficializarse una sola lista para la elección de candidatos a cargos electivos, no podrá prescindirse del acto eleccionario.” Art. 36° - Modificase el artículo 37 de la

Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la si-guiente manera:

“Art. 37: No podrán ser candidatos a cargos partidarios, ni precandidatos en elecciones primarias, ni candidatos en elecciones generales a cargos públicos electivos, los que no puedan ser afilia-dos según el artículo 29 de esta Ley, ni aquellas personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: a) Los que desempeñaren cargos direc-tivos o fueren apoderados de empresas concesionarias de servicios y obras pú-blicas de la Nación, Provincias, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Municipali-dades o entidades autárquicas o des-centralizadas o de empresas que explo-ten juegos de azar; b) Las personas con auto de procesa-miento o condena por genocidio, críme-nes de lesa humanidad o crímenes de guerra, hechos de represión ilegal cons-titutivos de graves violaciones de dere-chos humanos, torturas, desaparición forzada de personas, apropiación de ni-ños y otras violaciones graves de dere-chos humanos o cuyas conductas crimi-nales se encuentren prescriptas en el Estatuto de Roma como crímenes de competencia de la Corte Penal Interna-cional;

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

Art. 37° - Modificase el artículo 55 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la si-guiente manera:

“Art. 55: Son causas de caducidad de la personería jurídico política de los parti-dos; a) La no realización de elecciones parti-darias internas durante el término de cuatro (4) años. b) La no presentación en dos (2) elec-ciones consecutivas sin causa debida-mente justificada. c) No obtener en alguna de las dos (2) elecciones generales inmediatas ante-riores una cantidad de votos equivalen-tes al tres por ciento (3 %) de los votos afirmativos válidamente emitidos. d) La violación de lo determinado en el artículo 8° apartados 6 y 7 y artículo 39, previa intimación judicial. e) No mantener la cantidad de afiliados mínimos prevista por los artículos 8º inc. 5) y 8° bis. f) La violación a lo dispuesto en los inci-sos b) y c) del artículo 37° de la presen-te ley.” Art. 38° - Modificase el inc. 3) del artí-

culo 58 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, N° 4.746, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 58: 3. Por el mismo término la au-toridad de aplicación no podrán regis-trar nuevos partidos integrados por ex afiliados a un mismo partido político de-clarado caduco que representen más del cincuenta por ciento (50%) de las afilia-ciones requeridas para la constitución del nuevo partido.” TÍTULO III - REFORMAS A LA LEY N°

7.005 DE FINANCIAMENTO DE PARTIDOS POLÍTICOS.

Art. 39 - Modificase el artículo 1° de la

Ley de Regulación y Financiamiento de Cam-pañas Electorales N° 7.005 el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 1°: Campaña electoral. Se entien-de por campaña electoral el conjunto de actividades desarrolladas por las agru-paciones políticas, sus candidatos o ter-ceros, mediante actos de movilización, difusión, publicidad, consulta de opinión y comunicación, presentación de planes o proyectos, y debates, que tenga por

finalidad captar la voluntad política del electorado respecto a una candidatura, debiendo desarrollarse en un clima de tolerancia democrática. Las actividades académicas y de capacitación, las con-ferencias y la realización de simposios no serán considerados como partes in-tegrantes de la campaña electoral.” Art. 40 - Modificase el artículo 2° de la

Ley de Regulación y Financiamiento de Cam-pañas Electorales 7.005 el que quedará redac-tado de la siguiente manera:

“Art. 2°: La campaña electoral no podrá iniciarse antes de treinta y cinco (35) días a contar de la fecha fijada para la elección ni extenderse más allá de cua-renta y ocho (48) horas antes del inicio de los comicios. Queda absolutamente prohibido realizar

campañas electorales fuera del tiempo esta-blecido por el presente artículo, aunque haya sido contratada con anterioridad.”

Art. 41 - Incorpórese el artículo 2° bis a

la Ley de Regulación y Financiamiento de Campañas Electorales N° 7.005 el que queda-rá redactado de la siguiente manera:

“Art. 2° bis: Publicidad. Queda prohibida

la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales, gráficos y en vía pública con el fin de promover la captación del sufragio para precandidatos o candidatos a cargos públicos electivos antes de los veinti-cinco (25) días previos a la fecha fijada para los comicios.

Dicha prohibición comprenderá la pro-

paganda paga de las imágenes y de los nom-bres de los candidatos a cargos electivos pro-vinciales y municipales, tanto ejecutivos como legislativos, en los medios masivos de comu-nicación (televisión, radio e Internet), vía pública, medios gráficos, telefonía móvil y fija, publicidad estática en espectáculos deportivos o de cualquier naturaleza, así como también la publicidad alusiva a los partidos políticos y a sus acciones.

Las agrupaciones políticas y sus listas

internas no pueden contratar en forma priva-da ni recibir de terceros, donación de espacios de publicidad en emisoras de radiodifusión televisiva o sonora abierta o por suscripción, en vía pública ni en medios gráficos, para las elecciones primarias o generales.”

Art. 42 - Incorpórese el artículo 2° ter a

la Ley de Regulación y Financiamiento de Campañas Electorales N° 7.005 el que queda-rá redactado de la siguiente manera:

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166° Periodo Legislativo PERIODO ORDINARIO Diario de Sesiones N° 6

“Establézcase que el Poder Ejecutivo otorgará a las agrupaciones políticas que ofi-cialicen pre candidaturas y candidaturas para cargos electivos provinciales y/o municipales, los recursos económicos que les permitan imprimir el equivalente a dos boletas (2) por elector registrado en cada distrito. La Ley de presupuesto del año correspondiente deberá prever una partida específica para ello.

Con la gradualidad de aplicación del vo-

to electrónico, esta disposición quedará sin efecto.

La Junta Electoral Provincial informará al

Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno la cantidad de listas oficializadas para la elección correspondiente a fin que efectúe la distribu-ción correspondiente por distrito electoral y categoría.”

Art. 43 - Modificase el artículo 3° de la

Ley de Regulación y Financiamiento de Cam-pañas Electorales N° 7.005, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 3°: Publicidad de los actos de go-bierno. Durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promue-van la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos pú-blicos electivos provinciales o municipa-les. Queda prohibido durante los quince (15)

días anteriores a la fecha fijada para la cele-bración de las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias y la elección general, la realiza-ción de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en gene-ral, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a car-gos públicos electivos provinciales.” TÍTULO IV - REFORMAS A LA LEY N° 2.551 ELECTORAL DE LA PROVINCIA.

Art. 44 - Modifícase el artículo 1° de la

Ley Electoral de la Provincia 2.551, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art.1°: Son electores para todas las

elecciones primarias y generales a nivel pro-vincial, municipal y de convencionales consti-tuyentes; quienes lo sean del Registro Nacio-nal de las Personas de ambos sexos, nativos desde los dieciséis (16) años y naturalizados desde los dieciocho (18) años, siempre que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Electores y que no se encuentren alcanza-dos por las inhabilidades establecidas por la constitución de la provincia y la presente ley.

El poder Ejecutivo solicitará oportunamente del Juzgado Federal, copia autorizada del pa-drón, la que deberá remitir a la Junta Electo-ral. El incumplimiento de este deber no impli-cará sanción para los menores de dieciocho (18) años.

A los efectos de la debida acreditación

de los electores, la libreta de Enrolamiento, la Libreta Cívica y el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), en cualquiera de sus for-matos son documentos habilitantes a los fines de esta ley, de conformidad al Código Electo-ral Nacional (Art. 10 de la Ley 26741).

Art. 45 - Modíficase el artículo 2º de la

Ley Electoral de la Provincia 2.551, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 2°: El sufragio electoral es un de-recho y una función política que los ciu-dadanos tienen el deber de ejercer con arreglo a las disposciones de la presente ley. Para la emisión y el escrutinio del voto podrán incorporarse nuevas tecnologías que procuren la seguridad y celeridad del proceso electoral. La incorporación de las nuevas tecnolo-gías al proceso electoral, podrá ser pro-gresiva y gradual.” Art. 46 - Incorpórase el artículo 4 bis de

la ley 2551, el que queda redactado de la siguiente manera:

“Art. 4 bis: Los procesados que se en-cuentren cumpliendo prisión preventiva, tendrán derecho a emitir su voto en to dos los actos eleccionarios que se cele-bren durante el lapso en que se encuen-tren detenidos. A tal fin la Junta Electo-ral Provincial como autoridad de aplica-ción confeccionará el Registro de Electo-res Privados de Libertad, que contendrá los datos de los procesados que se en-cuentren alojados en los distintos esta-blecimientos penitenciarios de acuerdo a la información que deberán remitir los jueces competentes. Se habilitarán me-sas de votación en cada uno de los es-tablecimientos de detención y se desig-narán sus autoridades de conformidad a la reglamentación que se efectúe. Los procesados que se encuentren en un distrito electoral diferente al que co-rresponda podrán votar en el estableci-miento en que se encuentran alojados y sus votos se adjudicarán al Distrito en el que estén empadronados.”

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

Art. 47 - Modificase el artículo 17 de la Ley Electoral de la Provincia 2.551, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Art. 17: Las agrupaciones políticas que hayan alcanzado el 1,5% de los votos afirmativos válidamente emitidos en las elecciones primarias, registrarán ante la junta electoral, por lo menos cincuenta (50) días antes de las elecciones gene-rales, las listas de los candidatos pro-clamados, expresando para ser regis-trada la denominación que llevaran las boletas respectivas. Hasta treinta (30) días antes deberán

presentar un modelo de dichas boletas, en la que podrán ir impresos los símbolos o emble-mas partidarios, monograma y la denomina-ción de la agrupación, así como fotografía de los candidatos. Podrán tener fondo del color asignado.

En el proceso de transición al voto elec-

trónico, el modelo de boleta en papel, deberá separar entre sí los tramos de boleta corres-pondientes a candidaturas a cargos naciona-les, provinciales y municipales con una doble línea negra. Asimismo en la base, todas las boletas deberán tener una franja de dos cen-tímetros, separada por una línea negra que indique y diferencie claramente las categorías de cargos electivos PROVINCIALES y MUNICI-PALES”, según corresponda.

Las listas que se presenten para candi-

datos a diputados y senadores provinciales, concejales y convencionales constituyentes, deben contener un mínimo de treinta por cien-to (30%) de mujeres y en proporciones con posibilidad de resultar electas, lo que se mate-rializará dividiendo cada lista en tercios, ase-gurando como mínimo la participación de una mujer en cada tercio.

No se admitirá la participación de nin-

gún candidato en las listas de más de una agrupación ni para más de un cargo.

Las agrupaciones sólo podrán adherir

sus boletas a las de otra agrupación en aque-llas categorías en las que no tengan listas de candidatos propios, no pudiendo adherir a más de una lista."

Art. 48 - Modificase el artículo 20 de la

Ley Electoral de la Provincia 2.551, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 20: La convocatoria a elecciones de autoridades provinciales será hecha por el Poder Ejecutivo y la de autorida-des municipales, por los respectivos in-tendentes. La convocatoria se hará, por lo menos, con noventa (90) días de an-

ticipación al acto electoral y expresará: 1) fecha de la elección. 2) autoridades que deban elegirse en cada sección electoral o municipio. 3) números de candidatos por los que puede votar el elector. En el caso de que el Ejecutivo Provincial

y/o los Ejecutivos Municipales decidieren la utilización de nuevas tecnologías para la emi-sión y escrutinio de los sufragios, deberán en el acto de convocatoria disponer su aplicación, estableciendo las características técnicas y condiciones generales de funcionamiento a que deberán ajustarse todos los dispositivos y equipamientos necesarios para la votación y el escrutinio.

La Junta Electoral de la Provincia deberá

aprobar y controlar la aplicación de estos sis-temas, garantizando el acceso a toda la in-formación por parte de las listas intervinientes en el proceso electoral”.

Art. 49 - Modificase los incisos 3 y 5 del

artículo 29 de la Ley Electoral de la Provincia N° 2.551, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

3. Sobres para el voto. Los mismos de-berán ser opacos. 5. Boletas, en el caso de que los parti-dos políticos las hubieren suministrado para distribuirlas. La cantidad a remitir-se por mesa y la fecha de entrega por parte de los partidos a sus efectos serán establecidas por la Junta Electoral Pro-vincial en sus respectivos distritos, con-forme a las posibilidades en consulta con el servicio oficial de correos. La Jun-ta Electoral Provincial deberá además remitir para su custodia a la autoridad policial del local de votación boletas de sufragio correspondientes a todos los partidos políticos, alianzas o confedera-ciones que se presenten a la elección. Dichas boletas sólo serán entregadas a las autoridades de mesa que las requie-ran. Art. 50 - Incorporase como inciso 8 al

artículo 29 de la Ley Electoral de la Provincia 2.551, el siguiente:

Inc. 8: Otros elementos que la Justicia Nacional Electoral disponga para el me-jor desarrollo del acto electoral. Art. 51 - Modificase el inciso 5 del artí-

culo 31 de la Ley Electoral de la Provincia N° 2.551, el que quedará redactado de la si-guiente manera:

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166° Periodo Legislativo PERIODO ORDINARIO Diario de Sesiones N° 6

Inc. 5: A depositar, en el cuarto oscuro los mazos de boletas oficiales de los partidos remitidos por la junta o que le entregaren los fiscales acreditados ante la mesa, confrontando en presencia de éstos cada una de las colecciones de boletas con los modelos que le han sido enviados, asegurándose en esta forma que no hay alteración alguna en la nó-mina de los candidatos, ni deficiencias de otras clases en aquéllas, ordenándo-las por número de menor a mayor y de izquierda a derecha. Queda prohibido colocar en el cuarto os-

curo carteles, inscripciones, insignias, indica-ciones o imágenes que la ley no autorice ex-presamente, ni elemento alguno que implique una sugerencia a la voluntad del elector fuera de las boletas aprobadas por la junta electo-ral.

Art. 52 - Deróguese el artículo 44 de la

Ley Electoral de la ProvinciaN° 2.551. Art. 53 - Modificase el artículo 85 de la

Ley Electoral de la Provincia N° 2.551, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 85: Las elecciones primarias de candidatos a cargos electivos provin-ciales y municipales, y las elecciones generales para cargos electivos provin-ciales se realizarán en forma simultánea con las elecciones primarias y generales nacionales. Adhiérase a lo dispuesto por la Ley Nacional N° 15.262 y modificato-rias, su Decreto Reglamentario N° 17.265/59, al régimen del Capítulo III Bis del Título III de la Ley Nacional Nº 26.215 y al artículo 35 de la Ley Nacio-nal Nº 26.571 y sus respectivas modifi-catorias y complementarias. Además, se realizarán de conformidad con las dis-posiciones de la Constitución de la Pro-vincia, el régimen electoral provincial y de partidos políticos y la Ley N° 1.079 y modificatorias en cuanto resulten de aplicación. Los Municipios podrán adherir a dicho

régimen para las elecciones generales para cargos electivos municipales mediante Decreto del Intendente. La Junta Electoral de la Pro-vincia acordará con la Junta Electoral Nacional todas las medidas tendientes para la realiza-ción del acto electoral en conjunto dentro de las limitaciones establecidas en el Art. 122 de la Constitución Nacional y la Sección II de la Constitución de la Provincia.

CLAÚSULAS TRANSITORIAS

Art. 54 - Los partidos políticos provincia-

les y municipales definitivamente reconocidos

en virtud de las normas aplicables hasta la entrada en vigencia de la presente ley man-tendrán su personería jurídico política bajo condición de cumplir los requisitos exigidos por las modificaciones introducidos por la pre-sente a la Ley N° 4.746 en un plazo no supe-rior a seis (6) meses.

A tal fin deberán presentarse dentro de

los treinta (30) días de vigencia de la presente ante la Junta Electoral Provincial a fin de ini-ciar el trámite de adecuación pertinente.

La no presentación en dicho plazo, así

como la no adecuación en el plazo antes men cionado producirá la caducidad de pleno dere-cho, de la personería jurídico política del par-tido.

Exceptúase de lo dispuesto en el pre-

sente artículo a los partidos políticos que se hubieren adecuado a las modificaciones intro-ducidas por la Ley N° 26.571 a la Ley Nacional N° 23.298, en cuyo caso deberán presentar ante la Junta Electoral Provincial testimonio de la sentencia que así lo establezca. Cumplido este requisito la autoridad de aplicación les reconocerá, sin más tramite, aptitud para actuar plenamente en el ámbito provincial.

Art. 55 - El estado provincial implemen-

tará, para todas las categorías provinciales y municipales, el sistema de voto electrónico a partir de las elecciones del año 2019 inclusive.

En las elecciones correspondientes al

año 2015 el Estado Provincial promoverá su implementación en todos los departamentos que lo requieran, facilitando la logística perti-nente a tal fin. Deberá asimismo implementar dicho sistema en al menos el treinta por cien-to (30 %) del padrón en las elecciones corres-pondientes al año 2017

Art. 56 - Comuníquese al Poder Ejecuti-

vo.- DADA EN EL RECINTO DE SESIONES

DEL H. SENADO, en Mendoza, a los veintinue-ve días del mes de octubre del año dos mil trece.

Sdra. MIRIAM GALLARDO Presidente Provisional A/C de la Presidencia

H. Cámara de Senadores

Dr. SEBASTIAN P. BRIZUELA Secretario Legislativo

H. Cámara de Senadores

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Diario de Sesiones N° 25 PERIODO ORDINARIO 173° Periodo Legislativo

II (Resolución de la H. Cámara)

N° 2

Visto el Expte. 64474, proyecto de re-

solución, de autoría del Senador José Escoda,

EL HONORABLE SENADO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA

R E S U E L V E:

Artículo 1°- Declarar de interés de esta H. Cámara el “Dia del Trabajador Minero” que se festeja el 28 de octubre de cada año, en coin-cidencia con la fundación de la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) ocurrida el 28 de octubre de 1.953. En este año cumple su 60 aniversario.

Art. 2° - Encomendar a la Dirección de Relaciones Institucionales la confección de un Diploma alusivo a lo dispuesto en el artículo precedente, para ser entregado a las autori-dades de la Asociación Obrera Minera Argen-tina (AOMA), Delegación Mendoza. DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DEL H. SENADO, en Mendoza, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil trece.

Sdra. MIRIAM GALLARDO Presidente Provisional A/C de la Presidencia

H. Cámara de Senadores

Dr. SEBASTIAN P. BRIZUELA Secretario Legislativo

H. Cámara de Senadores