Proyecto de Modelo de Bases Licitación...

149
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 18200002-004-09 (segunda CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES

Transcript of Proyecto de Modelo de Bases Licitación...

Page 1: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09(segunda convocatoria)

CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES

PATRIMONIALES

Page 2: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 2 DE 100

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 18200002-004-09

“CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES”

CALENDARIO DE EVENTOS

Junta de aclaraciones a las Bases

Día: 10 Mes: marzo Año: 2009 Hora: 10:00

Acto de presentación y apertura de proposiciones

Día: 17 Mes: marzo Año: 2009 Hora: 10:00

Fecha estimada de notificación de fallo

Día: 23 Mes: marzo Año: 2009 Hora: 10:00

Fecha de formalización del Contrato

En cualquier día dentro del término del plazo máximo establecido en el artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Todos los eventos antes citados, tendrán lugar en la sala de licitaciones de la Convocante, ubicada en Mariano Escobedo No. 366, piso 4, Colonia Anzures, C.P. 11590, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 3: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 3 DE 100

RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN ESTAS BASES

DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO

1 Condiciones generales

2 Anexo Técnico

3 Información para acreditar la existencia y personalidad jurídica del Licitante

4 Guía de documentos administrativos, técnicos y económicos

5 Formato de propuesta económica

6 Manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 31 fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

7 Declaración de integridad

8 Compromisos con la transparencia

9 Nota informativa para incluir en las bases de licitación del Gobierno Federal

10 Contrato o modelo

11 Condiciones especiales

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 4: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 4 DE 100

DOCUMENTO 1CONDICIONES GENERALES

I N D I C E

1. Consulta, costo y forma de pago de las bases

2 Información general

2.1 Objeto2.2 Periodo y lugar de la prestación del servicio2.3 Presupuesto autorizado2.4 Moneda y precios2.5 Anticipos2.6 Idioma

3. Requisitos generales para participar

3.1 Copia del comprobante de pago de bases3.2 Escrito referido en el 36 del Reglamento de la Ley (Documento 3)3.3 Carta poder3.4 Declaración relativa a no encontrarse inhabilitado (Documento 6)3.5 Declaración de integridad (Documento 7)3.6 Compromisos con la transparencia (Documento 9) optativo3.7 Convenio de participación conjunta, en caso de participar agrupado

4. Participación conjunta de licitantes

5. Instrucciones para elaborar y presentar las proposiciones

5.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica

5.2Documentación que debe contener o acompañar al sobre de las proposiciones

5.2.1. Dentro o fuera del sobre a elección del Licitante5.2.2. Documentación que invariablemente deberá presentarse dentro del

sobre de propuestas

5.3 Aspectos generales del procedimiento5.4 Junta de aclaraciones a las bases5.5 Acto de presentación y apertura de proposiciones5.6 Fallo

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 5: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 5 DE 100

6. Evaluación de Propuestas

6.1 Criterios de evaluación de propuestas técnicas6.2 Criterios de evaluación de propuestas económicas

7. Criterios de adjudicación

7.1 Procedimiento de desempate de propuestas económicas iguales en precio

8. Casos en que se declarará desierta la licitación

9. Cancelación del procedimiento de licitación

10. Causas de desechamiento de proposiciones

11. Inconformidades

12. Compromisos con la transparencia

13. Formalización del Contrato

14. Aspectos contractuales básicos

14.1 Inspección de los Servicios14.2 Garantía de cumplimiento del Contrato 14.3 Aspectos fiscales14.4 Forma de pago14.5 Facturación14.6 Pagos en exceso14.7 Cesión de derechos14.8 Penas convencionales 14.9 Propiedad intelectual 14.10 Información reservada y confidencial14.11 Responsabilidad laboral14.12 Modificaciones al Contrato14.13 Causales de prorroga14.14 Causales de rescisión administrativa 14.15 Procedimiento de rescisión administrativa14.16 Terminación anticipada del Contrato14.17 Controversias

15 Inalterabilidad de condiciones

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 6: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 6 DE 100

En cumplimiento de las disposiciones contenidas el artículo 134 Constitucional y en los artículos, 25, 26 fracción I, 27 y 28 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en adelante “Ley”) y su Reglamento (en adelante “Reglamento”) y demás disposiciones legales aplicables vigentes, Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. de C.V., en adelante “COMESA“ o la Convocante, ubicada en Mariano Escobedo No. 366, piso 4, Colonia Anzures, C.P. 11590, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F.; teléfono 5278 2960 Ext. 1421, Fax 5276 6333 y correo electrónico [email protected], celebrará la Licitación Pública Nacional citada al rubro a efecto de llevar a cabo la contratación del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales, de conformidad con las siguientes:

B A S E S

Estas Bases se integran de 11 Documentos.

1 Consulta, costo y forma de pago de las bases

Estas Bases estarán a disposición de los interesados para consulta y venta a partir del día en que se publique la convocatoria y hasta, inclusive, el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones en:

a) Las oficinas de COMESA en el horario comprendido de las 08:30 a las 13:30 horas y de las 15:30 a 16:30 horas en días hábiles, en Mariano Escobedo No. 366, Colonia Anzures, C.P. 11590, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F. y tienen un costo de $1,300.00 (Mil Trescientos Pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A. mediante efectivo, cheque certificado o de caja a nombre de Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. de C.V.

b) En el Sistema electrónico de contrataciones gubernamentales "compra net" en la dirección electrónica: http://www.compranet.gob.mx, su costo es de $1,200.00 (Mil Doscientos Pesos 00/100 M.N.). El pago deberá realizarse a través del sistema de pago en banco, utilizando el recibo que se genera en compra net.

2 Información general

2.1 Objeto

Contratación de una empresa cuya actividad comercial o profesional esté relacionada con lo requerido en esta licitación y reúna las condiciones legales, técnicas y económicas para la prestación del servicio, conforme a los especificaciones contenidas en el Anexo Técnico (Documento 2) y demás documentos que integran estas bases.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 7: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 7 DE 100

2.2 Plazo y lugar de prestación de los servicios

El periodo para la prestación del servicio, será de las 00:01 horas del 01 de abril de 2009 a las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2009.

La prestación del servicio objeto de esta licitación, se realizará en cualquier lugar de la República Mexicana, principalmente en las brigadas sismológicas de la región Sur y Norte de la República Mexicana, de acuerdo a las necesidades y horarios de COMESA.

2.3 Presupuesto autorizado

Para cubrir las erogaciones que se deriven de los Bienes objeto de la presente licitación, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizó el presupuesto correspondiente mediante oficio No. 307-A-2352 de fecha 12 de diciembre de 2008.

2.4 Moneda y precios

Elaborar su propuesta económica con precios fijos en moneda nacional cuando se trate de bienes nacionales y en dólares americanos cuando se trate de bienes de procedencia extranjera, conforme a los aspectos siguientes: (documento 5)

- Prima neta de póliza

- Recargos de pago fraccionado semestral

- Gastos de expedición

La suma de los puntos antes señalados constituye la prima total, por lo que las compañías participantes deberán considerar estos dos aspectos para ingresar en un solo monto la propuesta económica que se presente.

Los precios unitarios e importes totales se cotizarán sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) dentro de los mismos, éste se incorporará al momento de facturar.

Se entiende por precios fijos, los que no están sujetos a ninguna variación y se mantienen así hasta la terminación del Contrato que se adjudique. El incumplimiento

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 8: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 8 DE 100

de la condición de precio requerida para esta licitación, será causal de desechamiento de la Propuesta.

2.5 Anticipos

No se otorgarán anticipos para la prestación de los Servicios y Contrato que derive de la presente licitación.

2.6 Idioma

El idioma en que deberán presentarse las proposiciones y demás documentos será el español. Los catálogos, folletos y otra información no preparada por el Licitante, que en su caso se incluya en las proposiciones, podrán presentarse en el idioma del país de origen, acompañados de una traducción simple al español.

3 Requisitos generales para participar

Únicamente podrán participar las personas físicas, morales, o las reunidas conforme al artículo 34 de la Ley, que acrediten haber adquirido las bases de esta licitación y que cumplan con la presentación de todos y cada uno de los siguientes requisitos:

Para efectos de la presente licitación no se aceptarán propuestas de intermediarios, siendo exclusiva la participación de compañías aseguradoras autorizadas para operar en la República Mexicana.

Las personas físicas no podrán participar en la presente licitación por no ser compañías aseguradoras autorizadas por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público.

3.1 Copia del comprobante de pago de bases

Los Licitantes deberán presentar copia del comprobante de pago de bases. Para los interesados en participar a través de medios remotos de comunicación electrónica, será requisito indispensable adquirir las Bases a través del recibo que para este efecto expide compra net, dicho recibo deberá contener el sello del banco con fecha máxima del día límite para venta de Bases.

3.2 Escrito referido en el artículo 36 del reglamento de la ley (Documento 3)

Los licitantes deberán entregar un escrito libre incluyendo los datos previstos en el artículo 36 del Reglamento, ó pueden a su elección entregar debidamente requisitado el Documento 3 de las bases en el que manifieste bajo protesta de decir verdad,

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 9: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 9 DE 100

que cuenta con facultades suficientes para suscribir las propuestas correspondientes a nombre de su representada, adjuntando copia simple de una identificación oficial, y preferentemente, copia simple del acta constitutiva y sus modificaciones y copia simple del poder con el que el representante acredite su personalidad.El Licitante ganador estará obligado a presentar los originales de los documentos notariales señalados después del fallo y antes de la firma del Contrato para su cotejo; en caso de existir cualquier variación entre estos documentos, el Licitante ganador se hará acreedor a las sanciones correspondientes, establecidas en el Título Sexto, Capítulo Único de la Ley, sin perjuicio de otras que resulten aplicables en términos de la normatividad vigente.

3.3 Carta poder

Cuando quien asista a entregar las propuestas no sea el apoderado legal del Licitante, deberá presentar carta poder simple firmada por dos testigos e identificación oficial del otorgante y el aceptante en copia y original para cotejo.

3.4 Declaración relativa a no encontrarse inhabilitado (Documento 6)

Declaración escrita, bajo protesta de decir verdad, de no encontrase en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 31 fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (Documento 6.).

3.5 Declaración de integridad (Documento 7)

El licitante deberá manifestar su firme intención de abstenerse de realizar cualquier acto para inducir a los servidores públicos a alterar las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, esto lo hará en escrito libre o requisitando el Documento 7 de estas bases.

3.6 Compromisos con la transparencia (Documento 8) optativo

El documento denominado compromisos con la transparencia (Documento 8). La omisión de este documento, no será motivo de desechamiento de la propuesta.

3.7 Convenio de participación conjunta, en caso de participar agrupado

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 10: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 10 DE 100

De ser el caso, el convenio privado mediante el cual, se conviene en presentar propuesta conjunta.

4. Participación conjunta de licitantes

De conformidad con el artículo 34 segundo párrafo de la Ley y 31 de su Reglamento, dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones en la presente licitación, sin necesidad de constituir una nueva sociedad en caso de personas morales, siempre que para tales efectos, en su propuesta se establezca con precisión, las partes a que cada persona participante se obligará. Dicha propuesta deberá ser firmada por el representante común que haya sido designado por el grupo de personas participantes; cumpliendo con los requisitos siguientes:

4.1 Tendrán derecho a participar adquiriendo, alguno de los integrantes del grupo, solamente un ejemplar de las Bases.

4.2 Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:

a) Nombre y domicilio de las personas integrantes del grupo, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales.

b) Nombre de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación.

c) La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, específico para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de licitación.

d) La descripción de las partes, objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones.

e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del Contrato que se firme.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 11: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 11 DE 100

f) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de las personas, que integran la propuesta conjunta.

g) Firmar la propuesta por el representante común, que se haya designado en el convenio respectivo.

4.3 Presentar los escritos a que se hace referencia, en los numerales 3.2, 3.4 y 3.5 de estas Bases, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.

4.4 De resultar ganadora la propuesta conjunta, deberá presentar por cada uno de los miembros, “acuse de recepción” con el que se compruebe que realizo la solicitud de opinión ante el SAT prevista en la regla I.2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2008.

4.5 En caso de resultar ganadora, para efectos de formalización del Contrato, éste podrá ser suscrito por cada uno de los integrantes de dicha propuesta o por su representante común quien deberá acreditar su personalidad y facultades en instrumento público.

46 COMESA no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina ó sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 60 de la Ley.

5. Instrucciones para elaborar y presentar las proposiciones

a) La propuesta técnica y económica; la documentación distinta a éstas; así como las manifestaciones requeridas en estas Bases, deberán entregarse en idioma español, en original, debidamente fechadas sin tachaduras o enmendaduras.

b) Las proposiciones, documentación distinta y los escritos requeridos, deberán presentarse firmadas autógrafamente, por persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga. No será motivo para desechar las propuestas cuando las demás hojas que las integren y sus anexos carezcan de firma o rúbrica.

Sin ser motivo o causa de descalificación, se recomienda que las proposiciones técnicas, económicas y en su caso los anexos o escritos que formen parte de dichas propuestas, se presenten en hojas foliadas de manera consecutiva a fin de identificarlas perfectamente en todo el proceso de esta licitación.

c) La propuesta técnica deberá ser elaborada, integrada y presentada de forma tal que acredite cumplir con los requisitos y especificaciones y/o características

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 12: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 12 DE 100

establecidas en el Anexo Técnico (Documento 2).

d) Elaborar su propuesta económica desglosando los conceptos conforme a los elementos contenidos en el Documento 5. Los precios ofertados deberán ser fijos, cotizarse en moneda nacional (bienes nacionales) y en dólares americanos (bienes de procedencia extranjera), antes de IVA y presentarse hasta con dos decimales.

e) La entrega de proposiciones se hará por escrito en un sobre cerrado, que contendrá debidamente identificada la propuesta técnica y la propuesta económica. Se recomienda que dicho sobre se presente debidamente etiquetado con los siguientes datos: nombre y número de la licitación; indicar que se trata de la propuesta técnica y la propuesta económica, nombre o razón social del licitante y su domicilio así como nombre de su representante.

5.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica

Los Licitantes que a su elección, presenten sus proposiciones a través de medios remotos de comunicación electrónica, conforme a lo establecido en el Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, (Acuerdo) así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2000, deberán sujetarse a lo siguiente:

a) Deberán elaborarse en formatos WORD, EXCEL o PDF, o en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF, según se requiera.

b) Preferentemente, deberán identificarse, cada una de las páginas que integran las propuestas, con los datos siguientes clave del registro federal de contribuyentes, número de licitación y número de página, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de apertura de las propuestas técnicas y económicas.

c) Adicionalmente, deberán emplear en sustitución de la firma autógrafa, el medio de identificación electrónica, proporcionado previamente por la Secretaría de la Función Pública.

d) El sobre será generado, mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información, a través del programa informático que la Secretaría de la Función Pública les proporcione, una vez concluido el proceso

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 13: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 13 DE 100

de certificación correspondiente.

e) Los Licitantes que opten, por el envío de sus propuestas a través de medios remotos de comunicación electrónica, deberán concluir el envío de éstas y contar con el acuse de recibo electrónico que emita la Secretaría de la Función Pública, a través de Compranet, a más tardar, una hora antes del acto de presentación y apertura de proposiciones.

f) Los Licitantes que participen por medios remotos de comunicación electrónica podrán obtener el acta del evento de Apertura de Propuestas mediante la funcionalidad del programa informático módulo Licitante de COMPRANET que permite obtener el Acta Técnica.

En la presente licitación, no se aceptarán propuestas enviadas por servicio postal o mensajería.

5.2 Documentación que debe contener o acompañar al sobre de las proposiciones

5.2.1 Dentro o fuera del sobre a elección del Licitante

La documentación señalada en los numerales 3.1 al 3.7 de estas bases, la cual es distinta de la propuesta técnica y económica, podrá entregarse a elección del licitante, dentro o fuera del sobre que las contenga. Por lo cual y a efecto de facilitar su identificación, se recomienda a los licitantes, presentarla conforme al orden establecido en la guía de requisitos para participar que se adjunta a estas bases. (Documento 4)

5.2.2 Documentación que deberá presentarse dentro del sobre de propuestas

Propuesta técnica integrada conforme a los requerimientos establecidos en el Anexo Técnico de estas Bases (Documento 2) y especificaciones señaladas en el Documento 1 de las mismas.

Propuesta económica, elaborada en escrito libre conforme a los elementos contenidos en el Documento 5 y demás condiciones generales establecidas en estas Bases.

5.3 Aspectos generales del procedimiento

Para mejor conducción del procedimiento se invita a los licitantes, para que presenten sus propuestas debidamente foliadas, el incumplimiento de este requisito no será motivo de descalificación.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 14: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 14 DE 100

Para participar en cualquiera de los eventos de esta licitación es necesario acreditar haber adquirido las Bases correspondientes. En caso de que el Licitante presente el original del recibo de pago de las Bases y no incluya copia del mismo, el recibo original se le devolverá, una vez concluido el acto de presentación y apertura de proposiciones, previa obtención de la copia respectiva.

Con el objeto de mantener orden y respeto durante el desarrollo de los actos que deriven de esta licitación, se recomienda no hacer uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles, en el interior de la sede en donde éstos se desarrollen. Los actos que deriven de esta licitación, serán presididos por el servidor público designado por COMESA, quien será el único facultado para aceptar o desechar las propuestas y, en general, para tomar todas las decisiones durante la realización del acto, en los términos de la Ley y su Reglamento.

Quien concurra en representación de una persona al acto de presentación y apertura de proposiciones, deberá presentar carta poder simple firmada por dos testigos, así como presentar original y copia por ambos lados de la identificación oficial vigente al menos del otorgante y el aceptante (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional). No será motivo de desechamiento la falta de identificación o de acreditamiento de la persona que solamente entregue las proposiciones, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente.

Las actas que se generen con motivo de los actos derivados de esta licitación, serán firmadas por los asistentes y se pondrán a su disposición o se les entregará copia de las mismas, la falta de firma de algún Licitante, no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a disposición, de los que no hayan asistido para efectos de su notificación, en el Departamento de Adquisiciones, ubicado en el cuarto piso del domicilio de COMESA, por un término de 5 (cinco) días hábiles contados, a partir del día hábil siguiente a la fecha de celebración de dichos actos; siendo de la exclusiva responsabilidad de los Licitantes, acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de las mismas. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

Sí algún Licitante no ha identificado su sobre, conforme a lo señalado en estas Bases, se le permitirá que lo haga al inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones, previo registro de asistencia y previa llamada a presentar propuestas.

Los Licitantes que participen por medios remotos de comunicación electrónica, aceptarán que se tendrán por notificados de las actas que se levanten, con motivo de esta licitación, cuando éstos se encuentren a su disposición a través de

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 15: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 15 DE 100

COMPRANET. Lo anterior, sin perjuicio de que puedan obtener una copia directamente en las oficinas de COMESA.

En términos del último párrafo del artículo 39 del Reglamento, podrá asistir cualquier persona, que sin haber adquirido las Bases, manifieste su interés de estar presente en los actos de carácter público, bajo la condición de que deberá registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos. En el acto de presentación y apertura de proposiciones, no se permitirá el acceso a ningún licitante u observador que llegue después de la hora señalada para el inicio de dicho acto, de acuerdo con lo establecido en el primer párrafo del precepto antes citado.

5.4 Junta de aclaraciones a las bases

La Junta de Aclaraciones a las Bases se llevará a cabo el día 10 de marzo del 2009 a las 10:00 horas, en la sala de licitaciones del cuarto piso del domicilio de COMESA, siendo optativa la asistencia de los interesados a las reuniones que, en su caso se realicen.

Solamente podrán formular aclaraciones las personas que hayan adquirido las Bases, lo cual deberá acreditarse con copia del comprobante de pago de las mismas. Una vez concluido el evento, no se aceptarán más solicitudes de aclaración.

Las preguntas que formulen los Licitantes deberán tener el sentido de aclaración de los aspectos establecidos en las presentes Bases y a efecto de lograr mayor precisión en la atención de las mismas, deberán indicar el numeral, documento o aspecto al que hagan referencia.

Con el propósito de dar agilidad a la Junta de Aclaraciones, los Licitantes podrán presentar por escrito sus dudas o aclaraciones hasta 2 (dos) días hábiles anteriores a la celebración de la misma en el Departamento de Adquisiciones y Obra Pública de COMESA, en horario de las 08:00 a 13:30 horas y de las 15:30 a 16:30 horas en días hábiles, o enviarlas a través del correo electrónico [email protected] en este supuesto, se deberá adjuntar copia del comprobante de pago de estas Bases con el sello del banco receptor, utilizando archivos de imagen tipo JPG, GIF o PDF o enviar el comprobante respectivo al fax 5276 6333. En caso de omitir el envío de dicho comprobante, será motivo de no dar respuesta a las dudas o aclaraciones enviadas por dicho medio, sin perjuicio de que en la junta, acrediten el pago de las Bases y formulen las solicitudes de aclaración a las mismas.

Los Licitantes que opten por presentar sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica, podrán enviar sus preguntas a las Bases por medio del programa informático de compra net, hasta la fecha y hora determinada, siempre y cuando antes del inicio de la junta de aclaraciones hayan acreditado la compra de

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 16: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 16 DE 100

Bases, para lo cual deberán enviar el comprobante de pago respectivo, al fax 5276 6333 o bien, incluir el comprobante de compra de Bases con el sello de “pagado” del banco receptor, dentro del archivo electrónico de solicitud de aclaraciones a las Bases, lo cual se constatará en el transcurso del evento y se asentará en el acta lo que en su caso resulte.

Las modificaciones a las bases que deriven de esta Junta, formarán parte integrante de las propias Bases, de conformidad con el artículo 33, fracción III y penúltimo párrafo del mismo artículo de la Ley de la materia. De la celebración de este evento, se levantará el Acta correspondiente.

5.5 Acto de presentación y apertura de proposiciones

El acto de presentación y apertura de proposiciones, se llevará a cabo el día 17 de marzo del 2009 a las 10:00 horas, en la sala de licitaciones del cuarto piso del domicilio de la convocante y se efectuará de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley.

Este acto de presentación y apertura de proposiciones es un acto formal que dará inicio puntualmente; por lo que en cumplimiento al artículo 39 del Reglamento de la Ley, no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador después de tal hora; razón por la que se recomienda a los Licitantes se presenten con 30 minutos de anticipación a la hora establecida.

En este acto se abrirán en primer término, las propuestas recibidas por medios remotos de comunicación electrónica y posteriormente los sobres que contengan las proposiciones de los Licitantes que consten por escrito. En el evento, la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa sin entrar al análisis detallado de su contenido y por lo menos un licitante, si asistiere alguno, y el Servidor Público de COMESA facultado para presidir el acto o el servidor público que este designe, rubricarán cada una de las hojas, folios o documentos que integran las propuestas. La revisión cualitativa se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas.

En el supuesto de que durante este acto por causas ajenas a la voluntad de la Secretaría de la Función Pública o de COMESA, no sea posible abrir el sobres que contenga las propuestas enviadas, por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción, salvo lo previsto en el inciso d) de la disposición Sexta del citado ACUERDO.

Por lo menos un Licitante, si asistiere alguno, y el servidor público de COMESA facultado para presidir el acto o el servidor público que este designe, rubricarán cada

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 17: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 17 DE 100

una de las hojas, folios o documentos que integran las propuestas y acto seguido dará lectura al importe total de cada una de las propuestas.

5.6 Fallo

El fallo de la licitación se dará a conocer en acto público, teniendo como fecha probable de este acto el día 23 de marzo del 2009 a las 10:00 horas, en la sala de licitaciones del cuarto piso del domicilio de la convocante y se efectuará conforme a lo previsto por los artículos 36 bis y 37 de la Ley así como 46 del Reglamento. La fecha se modificará o confirmará en el Acta de Junta de Presentación y Apertura de Propuestas.

6. Evaluación de propuestas

6.1 Criterios de evaluación de propuestas técnicas

Se verificará que la propuesta técnica de los licitantes cumpla con todas las características, especificaciones y requisitos establecidos en el Anexo Técnico, (Documento 2), y demás disposiciones de estas bases. Ante la omisión o incumplimiento a uno o más de los requisitos lo requerido en estas Bases, la propuesta será desechada.

Todos y cada uno de los documentos que se presenten como parte de la propuesta deberán cumplir con los requisitos solicitados, sin que resulte necesario verificar la veracidad o autenticidad de lo en ellos indicado, para continuar con el procedimiento.

Conforme a lo anterior, aún y cuando existan denuncias o presunción de falsedad, no se desechará la propuesta, pero el hecho se hará del conocimiento del Órgano Interno de Control, conforme a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 30 del Reglamento de la LAASSP. Si la persona de que se trate resulta adjudica del Contrato y previo a la formalización del mismo, se determina la falsedad por la autoridad facultada, la convocante no formalizará el Contrato correspondiente.

6.2 Criterios de evaluación de propuestas económicas

Únicamente se evaluarán las propuestas económicas de aquellos licitantes cuyas propuestas técnicas no hayan sido desechadas, procediéndose a verificar el cumplimiento de todos los requisitos solicitados para su elaboración y a evaluarlas de acuerdo a lo siguiente:

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 18: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 18 DE 100

a) Cumplimiento de las condiciones y periodo de vigencia de las pólizas especificadas.

b) La propuesta económica deberá cumplir con los requisitos de forma contenidos en el numeral 5 incisos a) b) y d) de este Documento 1; así como con los requisitos que contiene el Documento 5. Ante la omisión de los requisitos solicitados en estas Bases, la propuesta será desechada.

Cuando exista un error de cálculo en las propuestas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de COMESA, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. Si el licitante no acepta la corrección se desechará la propuesta.

7. Criterios de adjudicación

El Contrato objeto de esta licitación, se adjudicará por la totalidad de la partida única al licitante cuya propuesta resulte solvente porque reúne las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas en estas Bases, y garantiza satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

Si resultare que dos o más proposiciones son solventes, porque satisfacen la totalidad de los requerimientos de COMESA, el contrato se adjudicará al licitante que presente la propuesta cuya sumatoria de precios unitarios de ambas subpartidas sea el más bajo.

7.1 Procedimiento de desempate de propuestas económicas iguales en precio

En caso de empate en el precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará de conformidad con lo siguiente:

a) Se dará preferencia a personas con discapacidad o a empresas que cuenten con personal discapacitado en un porcentaje de cuando menos el 5% de su plantilla total, cuya antigüedad no sea menor a seis meses, lo que se comprobará con el servicio de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social. Este beneficio solo será aplicable a los Licitantes que hayan presentado junto con su propuesta un escrito por el que manifiesten bajo protesta de decir verdad que es una persona física con discapacidad o en el caso de personas morales el porcentaje de empleados con discapacidad respecto de la totalidad de su planta de empleados, adjuntando a la referida manifestación, copia del alta señalada.

b) Si el empate ocurre respecto de Licitantes en igualdad de condiciones, es decir entre Licitantes que cuentan con personal discapacitado o entre Licitantes que no

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 19: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 19 DE 100

cuenten con dicho personal, la adjudicación se realizará a favor del Licitante que resulte ganador del sorteo manual, por insaculación que celebre COMESA en el propio acto de fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 44 del Reglamento de la Ley.

8. Casos en que se declarará desierta la licitación

COMESA podrá declarar desierta la licitación, en los siguientes casos:

a) Cuando ningún Interesado adquiera las Bases o habiéndolas adquirido, no presenten las proposiciones correspondientes.

b) Cuando las propuestas presentadas no reúnan los requisitos solicitados en estas Bases o los precios ofertados no fueran aceptables para COMESA.

9. Cancelación del procedimiento de licitación

COMESA podrá cancelar el procedimiento de licitación, o conceptos incluidos en ésta, por caso fortuito o fuerza mayor. De igual manera, se podrá cancelar cuando existan circunstancias debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para adquirir o arrendar los bienes o contratar la prestación de los servicios, y demostrarse que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la propia Convocante.

10. Causas de desechamiento de proposiciones

Se desecharán las propuestas de los Licitantes, cuando incurran en una o algunas de las siguientes situaciones:

a) Si existe cualquier incumplimiento a algún requisito solicitado o especificado en estas Bases y sus documentos o en la elaboración de sus propuestas que afecte la solvencia de las mismas.

b) La comprobación de que algún Licitante, ha acordado con otro u otros elevar los precios de los Servicios, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin, obtener una ventaja sobre los demás Licitantes.

c) Presentar propuestas condicionadas, o con opciones alternativas no solicitadas por COMESA.

d) Del análisis de la documentación legal presentada, se determine que no cumple con lo especificado o que los datos en ellos asentados no son ciertos.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 20: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 20 DE 100

e) En el caso de las enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida en estas Bases, cuando el sobre en los que se contenga dicha información, contenga virus informáticos o no puedan abrirse, por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo.

f) Se podrá desechar por estimarla insolvente, si como resultado de la Investigación de precios de los Servicios propuestos, resulta mayor el costo de los Servicios que el precio ofertado.

Las propuestas desechadas, serán devueltas a los Licitantes que lo soliciten por escrito, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se de a conocer el fallo, salvo que exista inconformidad en trámite, en cuyo caso le serán devueltas hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes.

11. Inconformidades

Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito o en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica, mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Séptimo, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO, ante el Órgano Interno de Control en la entidad Convocante ubicado en Mariano Escobedo No. 366, piso 2, Colonia Anzures, C.P. 11590, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F.

12. Compromisos con la transparencia

En el marco del Programa para la Transparencia y Rendición de Cuentas emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación, a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su propuesta técnica, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado “Compromisos con la Transparencia”, conforme al Documento 8 mismo que será firmado por el servidor público de COMESA responsable de presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones. La falta de suscripción u omisión de entregar este documento, no será motivo de desechamiento de la propuesta presentada.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 21: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 21 DE 100

Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México, como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 9, se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal”.

http://www.pemex.com/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf

13. Formalización del Contrato

La fecha de formalización del Contrato, será dentro de los veinte (20) días naturales siguientes a la notificación del fallo de conformidad con el artículo 46 de la Ley.

El Licitante adjudicado previo a la formalización del Contrato, deberá presentar en el Departamento de Adquisiciones y Obra Pública de COMESA en días hábiles y en el horario comprendido de las 08:00 a 13:30 horas y de 15:30 a 16:30 horas en las oficinas ubicadas en Marino Escobedo No. 366, Colonia Anzures, C.P. 11590, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos cuyos datos se citan en el Documento 3, y el “acuse de recepción” con el que se compruebe que realizo la solicitud de opinión ante el SAT prevista en la regla I.2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2008, la consulta deberá realizarla preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo correspondiente. Para efecto de que el SAT envíe el “acuse de respuesta” a la entidad se le deberá indicar la dirección electrónica: [email protected]

El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causa imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, perderá el derecho a formalizarlo y se hará acreedor a las sanciones señaladas por los artículos 59 y 60 de la Ley.

La Convocante podrá no llevar a cabo la formalización del Contrato, por causas de fuerza mayor o casos fortuitos, o bien cuando existan causas justificadas que provoquen la extinción de la necesidad de los Bienes y se compruebe que con su formalización, se le ocasione un daño o perjuicio. En este último supuesto, se considerará únicamente al licitante adjudicado, el reconocimiento de gastos no recuperables en los términos del artículo 65 del Reglamento.

14. Aspectos contractuales básicos

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 22: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 22 DE 100

14.1 Inspección de los Servicios

El Licitante ganador se obligará a garantizar la calidad de los Servicios prestados, y se comprometerá a responder sin costo para COMESA, si al ser recibidos o verificados no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto a las penas convencionales correspondientes.

La inspección que realice COMESA a los Servicios, no relevará al licitante adjudicado de la responsabilidad en que incurre por los Servicios Prestados con defectos, dolo o mala fe, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía respectiva por los conceptos indicados.

De conformidad con los artículos 57 y 58 de la Ley, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los Servicios amparados en esta licitación, pudiendo solicitar a COMESA y al licitante adjudicado todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.

14.2 Garantía de cumplimiento del contrato

No aplica en los términos del artículo 14 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.

14.2.1 Entrega de pólizasEl participante ganador deberá presentar al asegurado dentro de los 10 días naturales posteriores a la formalización del contrato las pólizas objeto de la presente licitación.

El licitante ganador deberá entregar carta cobertura a la firma del contrato.

14.3 Aspectos fiscales COMESA y el licitante adjudicado pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos, tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de que COMESA efectúe en los pagos que haga al licitante adjudicado, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

14.4 Forma de pagoCOMESA pagará en Moneda Nacional, el monto de los Servicios proporcionados y aceptados, en dos pagos semestrales dentro de los cuarenta y cinco (45) días naturales posteriores a la recepción y aceptación del original de la factura por el Departamento de Recursos Materiales, acompañada de la documentación soporte que proceda, conteniendo el sello del área receptora de los Servicios, fecha de la recepción, así como el nombre y firma del personal facultado para estos efectos.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 23: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 23 DE 100

Una vez realizado el pago al licitante adjudicado, éste tendrá diez (10) días hábiles para inconformarse sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

14.5 FacturaciónEl proveedor adjudicado, ya sea directa o por medio de sus representantes en las brigadas o campamentos, son responsables de gestionar y realizar la totalidad de los trámites ante las áreas de oficinas centrales, siendo estas indelegables; presentando sus facturas acompañadas de la documentación que acredite la prestación de los servicios, en términos del Contrato que para tal efecto se celebre y así dar inicio al trámite de pago en cada brigada o centro de trabajo mediante la validación que debe ser otorgada por el Jefe de Brigada y Coordinador de la Región, o del encargado responsable del lugar donde se presten los servicios, así como por el Departamento de Administración de Personal, tratándose de personal ubicado a nivel central. Las facturas correspondientes deberán ser presentadas en original y dos copias en un término máximo de siete (7) días naturales posteriores a la prestación de los Servicios en los términos del Contrato.El proveedor adjudicado al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, unidad de medida y al precio unitario y total de los Servicios.

En caso de que las facturas entregadas por el proveedor adjudicado, presenten errores o deficiencias, COMESA dentro de los tres (3) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido en el primer párrafo del numeral 14.4. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado.

14.6 Pagos en exceso

En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el licitante adjudicado, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación y de acuerdo al procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de COMESA.

Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el licitante adjudicado, COMESA procederá a deducir dicha cantidad de las facturas subsecuentes, cuando el Contrato

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 24: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 24 DE 100

aún se encuentre vigente, en caso contrario, es decir, cuando los Servicios objeto del Contrato hubieren sido totalmente recepcionados por COMESA, el licitante adjudicado cubrirá dichos pagos con cheque certificado expedido por el licitante adjudicado a favor de COMESA.

14.7 Cesión de derechos

En ningún caso los derechos derivados del Contrato, podrán ser cedidos total o parcialmente en favor de otras personas físicas o morales, distintas de aquella a la que se le hubiere adjudicado el Contrato, con excepción de los derechos de cobro en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de COMESA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley.

14.8 Penas convencionales

Se estará a lo dispuesto por los artículos 71 de la Ley sobre el Contrato de Seguros y 135 Bis de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.

14.9 Propiedad intelectual

El proveedor adjudicado acepta que, en relación con el objeto del Contrato, asumirá la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y/o derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a COMESA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial que realice COMESA. Si se da dicho supuesto, COMESA dará aviso a las autoridades competentes y al proveedor adjudicado y éste último en un plazo de 15 días contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a COMESA un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El licitante adjudicado asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la(s) misma(s) se llevará(n) a cabo conjuntamente, para lo que, el licitante adjudicado consultará y obtendrá la autorización previa de COMESA, para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de COMESA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

El proveedor adjudicado bajo ninguna circunstancia, podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de COMESA, Petróleos

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 25: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 25 DE 100

Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo.

14.10 Información reservada y confidencial

Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el procedimiento de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a COMESA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de éstos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter.

La no clasificación de la información que se integre en su propuesta no será motivo de descalificación y dará lugar a que los documentos presentados se consideren públicos.

14.11 Responsabilidad laboral

El licitante adjudicado, como empresario y patrón del personal que ocupará para la ejecución del objeto del Contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores. Asimismo, el licitante adjudicado reconoce y acepta que con relación al Contrato actuará exclusivamente como proveedor independiente, por lo que nada de lo contenido en dicho instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes del mismo, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el proveedor adjudicado, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados y COMESA.

Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en este numeral que pueda afectar los intereses de COMESA o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales, el proveedor adjudicado quedará obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a COMESA, Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto.

14.12 Modificaciones al Contrato

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 26: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 26 DE 100

COMESA podrá acordar con el licitante adjudicado, por razones fundadas y explicitas dentro de los doce meses posteriores a la firma del Contrato, el incremento en la cantidad de los Servicios amparados en el mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% de los conceptos y volúmenes establecidos, el precio de los Servicios, sea igual al originalmente pactado.

Cualquier modificación al Contrato, deberá ser avalada por el endoso o documento modificatorio de la garantía de cumplimiento que lo garantice, el cual deberá ser entregado dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del convenio respectivo.

Si el licitante adjudicado presta los Servicios en mayor cantidad de lo establecido en el Contrato, sin que para tales efectos se hubiera celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la prestación de los servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

En términos de lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no procederá ningún cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas comparadas con las establecidas originalmente.

14.13 Causales de prorrogas

COMESA podrá otorgar prorrogas al cumplimiento de las obligaciones contractuales solo en los casos que se acredite el incumplimiento por caso fortuito o fuerza mayor.

14.14 Causales de Rescisión Administrativa

COMESA podrá, por causas imputables al licitante adjudicado, rescindir administrativamente el Contrato, cuando éste incumpla con cualquiera de las obligaciones estipuladas en el mismo. Dicha rescisión operará de pleno derecho, sin necesidad de intervención judicial, bastando que se cumpla con el procedimiento señalado en este numeral.

Las causas que pueden dar lugar, a que COMESA inicie el procedimiento de rescisión administrativa del Contrato, en forma enunciativa pero no limitativa, son las siguientes:

a) Si el licitante adjudicado antes del vencimiento del plazo indicado para la prestación de los Servicios, manifiesta por escrito su imposibilidad de prestar los mismos.

b) Por cualquier incumplimiento del licitante adjudicado al Contrato, incluyendo el

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 27: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 27 DE 100

que los Servicios no cumplen con las especificaciones y calidades pactadas.

c) Si el licitante adjudicado es declarado en concurso mercantil o de acreedores, o en cualquier situación análoga que afecte su patrimonio.

d) Si el licitante adjudicado cede los derechos de cobro derivados del Contrato, sin sujetarse a la autorización previa y por escrito de COMESA.

e) Si el licitante adjudicado no da a COMESA o a quien éste designe por escrito, las facilidades o datos necesarios para la inspección de los Servicios.

f) Si el licitante adjudicado cede en todo ó en parte los derechos y obligaciones derivados del Contrato que se adjudique, salvo los derechos de cobro, estos últimos solo se podrán ceder con la autorización de COMESA

14.15 Procedimiento de rescisión administrativa

Cuando se presente alguna de las causas de rescisión consignadas en el Contrato, y referidas en el numeral que precede, se comunicará por escrito dicha circunstancia al proveedor adjudicado con el fin de que éste en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados, a partir de la fecha en que reciba la notificación de rescisión administrativa, manifieste lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.La determinación de dar o no por rescindido el Contrato, deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada al proveedor adjudicado, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo a que se refiere el párrafo anterior.

Si previamente a la determinación de dar por rescindido administrativamente el Contrato, el proveedor adjudicado presta los servicios o subsana su incumplimiento o causa que dio origen al procedimiento, éste quedará sin efecto, sin perjuicio de que COMESA pueda aplicar las penas convencionales estipuladas en el Contrato.

Si el licitante adjudicado es quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración correspondiente.

El procedimiento de rescisión administrativa del Contrato, se iniciará en cualquier momento posterior a que se presente alguna de las causas de rescisión administrativa consignadas en este numeral.

14.16 Terminación anticipada del Contrato

COMESA podrá dar por terminado anticipadamente el Contrato, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 28: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 28 DE 100

necesidad de requerir los Servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio a COMESA, o bien, cuando se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al Contrato con motivo de la Resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, lo anterior, de conformidad con el articulo 54 de la Ley.

En este supuesto, COMESA procederá a reembolsar, previa solicitud del licitante adjudicado, los gastos no recuperables en que éste hubiere incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el Contrato.

No procederá el pago de gastos no recuperables, en aquellos casos en que COMESA, cancele oportunamente la partida o parte de las cantidades establecidas originalmente en el Contrato en términos del cuarto párrafo del artículo 52 de la Ley.

14.17 Controversias

Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación del Contrato celebrado con base en la Ley, se resolverán por los Tribunales Federales con sede en la Ciudad de México.

En el supuesto, de que se suscite alguna controversia relacionada con la información enviada, a través de medios remotos de comunicación electrónica, se estará a lo dispuesto por el ACUERDO.

15. Inalterabilidad de condiciones

Ninguna de las condiciones contenidas en estas Bases, así como en las proposiciones presentadas por los Licitantes podrán ser negociadas.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 29: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 29 DE 100

DOCUMENTO 2ANEXO TÉCNICO

PÓLIZAS DE SEGURO SOBRE BIENES PATRIMONIALES

ESPECIFICACIONES

I. SEGURO MÚLTIPLE EMPRESARIAL

Vigencia: Desde las 00:01 horas del 01 de abril de 2009

Hasta las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2009

1.1 INCENDIO DAÑOS MATERIALES.

A. BIENES ASEGURADOS:

Mobiliario y equipo de oficinas, enseres y toda clase de contenidos necesarios al giro de la Empresa, ya sean propios o bajo su responsabilidad, mientras se encuentren dentro de cualquier ubicación propiedad y/o rentada por COMESA en la República Mexicana según se indican en la cédula “A” que se agrega a las presentes bases.

B. RIESGOS ASEGURADOS:

Todo Riesgo, todo riesgo de Incendio, que incluya Terremoto y Erupción Volcánica y Riesgos Hidrometeorológicos, Gastos fijos y salarios por terremoto.

C. SUMA ASEGURADA:

La suma asegurada es a valor de reposición al 100 por ciento es por la cantidad de $41,776,505.90 M.N.

Hasta los límites establecidos para cada ubicación en la cedula “A”.

D. DEDUCIBLES:

En toda y cada reclamación, se aplicarán los siguientes deducibles:

Incendio, rayo y explosión: sin deducible Fenómenos Hidrometeorológicos:

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 30: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 30 DE 100

Riesgos Hidrometeorológicos (aludes de lodo, granizo, maremoto, helada, huracán, inundación, por lluvia, marejada, nevada, vientos tempestuosos)ZONA A2 2% del valor de reposición de la estructura afectada y sus contenidos y coaseguro del 20% de toda y cada perdida o daño indemnizable que sobrevenga a los bienes materiales del seguro.

ZONA A2 y A3 1% del valor de reposición de la estructura afectada y sus contenidos y coaseguro del 10% de toda y cada perdida o daño indemnizable que sobrevenga a los bienes materiales del seguro

Otros riesgos: 1% sobre la suma asegurada de cada ubicación con máximo de 750 DSMGVDF (días de salario mínimo general vigente en el DF).

Terremoto y erupción volcánica: Deducible y coaseguro de acuerdo a Zona sísmica, especificar los mismos por cada ubicación y/o brigada del la Cédula “A”.

E. CONDICIONES ESPECIALES:

A Valor de reposición de los bienes asegurados Remoción de escombros hasta un 10% de la del valor total de la ubicación

afectada con un sublímite de responsabilidad por ubicación Cláusula de inflación 8% Cláusula de errores u omisiones Cláusula de cobertura automática para incisos nuevos o no conocidos hasta la

cantidad de $200,000 MN Cláusula de Terremoto y Erupción Volcánica Cláusula de Fenómenos Hidrometeorológicos Honorarios a Profesionistas, libros y registros Autorización para reponer, reconstruir o reparar Cláusula de Cincuenta metros Reinstalación automática de suma asegurada con cobro de prima a prorrata. Renuncia de Inventarios al 20%

F. EXCLUSIONES:

De acuerdo a las condiciones generales mientras no se contraponga con lo establecido en bienes, riesgos, deducibles y condiciones especiales de esta póliza.

1.2. INCENDIO PÉRDIDAS CONSECUENCIALES.

A. COBERTURA:

Quedan aparados los gastos extraordinarios necesarios, en que se incurra con el fin de continuar en caso de siniestro, con las operaciones normales de la empresa, en el caso de haber sido dañados o destruidos los edificios y/o contenidos asegurados, por

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 31: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 31 DE 100

la realización de los riesgos de incendio y/o rayo y demás riesgos adicionales contratados, asimismo cubre los sueldos fijos de los empleados que tengan que continuar pagándose.B. SUMA ASEGURADA:

En caso de siniestro la indemnización no excederá de los gastos efectivamente realizados, previamente comprobados, con un límite máximo de responsabilidad, de un 30% de la suma asegurad de Incendio.

C. PERIODO DE RESTAURACIÓN:

Significa el lapso que comienza en la fecha del daño o destrucción y concluye al reestablecer las condiciones que existían antes de haber ocurrido el siniestro.Período de restauración cubierto: 5 meses.

D. DEDUCIBLE:

Como deducible se establece un período de espera de 5 días.

E. EXCLUSIONES:

De acuerdo a las condiciones generales mientras no se contraponga con lo establecido en bienes, riesgos y deducibles de esta póliza.

1.3 RESPONSABILIDAD CIVIL.

A. RIESGOS CUBIERTOS.

a) Actividades e inmuebles.

Sobre la responsabilidad civil en que incurra el Asegurado o empleados, por daños que causen a terceros en sus bienes, personas y/o medio ambiente, a consecuencia del uso, existencia, mantenimiento o posesión de los inmuebles que ocupan, así como las actividades propias y necesarias a la consecución del negocio en cualquiera de las ubicaciones ocupadas por la empresa en la República Mexicana.

b) Arrendatario de Inmuebles.

Bajo esta cobertura quedan amparados los daños que por incendio y/o explosión, sean causados a los inmuebles que se tenga en arrendamiento, siempre que dichos daños sean imputables al asegurado.

B. SUMA ASEGURADA.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 32: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 32 DE 100

Límite máximo de responsabilidad, como límite único y en conjunto para bienes de: $6’000,000.00 M.N.

Sublímite para la cobertura de arrendatario: $ 5’000,000.00 M.N.

El sublìmite de responsabilidad para esta cobertura de daños al medio ambiente y/o contaminación será del 20% del límite máximo de responsabilidad para este rubro

Adicionalmente a los límites asegurados, se cubre un 50% para gastos de defensa en ambas coberturas.

C. DEDUCIBLES:

a) Actividades e Inmuebles: 2.5% sobre el monto de cualquier reclamación, con mínimo de 50 DSMGVDF.

b) Arrendamiento: 5% sobre el monto de la reclamación, con mínimo de 50 DSMGVDF.

c) Debe considerarse un deducible para la responsabilidad civil por contaminación y/o daños al medio ambiente de un 20% sobre el monto de la reclamación, con mínimo de 200 DSMGVDF.

D. EXCLUSIONES.

De acuerdo a las condiciones generales mientras no se contraponga con lo establecido en bienes, y riesgos de esta póliza.

1.4 ROBO CON VIOLENCIA DE CONTENIDOS.

A. BIENES ASEGURADOS.

Se cubre todos los bienes propiedad de COMESA consistente en mobiliario y equipo de oficina, accesorios y contenidos en general propios y necesarios al giro del negocio, en oficinas, almacenes y brigadas descritas en la cédula “A”.

B. RIESGOS ASEGURADOS:

Robo con violencia y/o asalto, la perdida y/o daños que sufran los bienes asegurados como consecuencia del mismo, y los daños que se ocasionare este hecho.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 33: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 33 DE 100

C. SUMA ASEGURADA:

Límite máximo de suma asegurada a primer riesgo por evento: $ 500,000.00 M.N.

D. DEDUCIBLE:

10% sobre el monto de la pérdida con mínimo de 75 DSMVDF

E. EXCLUSIONES:

De acuerdo a las condiciones generales mientras no se contraponga con lo establecido en bienes y riesgos de esta póliza.

1.5 DINERO Y/O VALORES.

A. BIENES ASEGURADOS.

Cubrir el dinero en efectivo y/o valores, así como documentos negociables depositados en cajas fuertes, cajas colectoras, remolques, lokers, cajones de escritorios, estantes o en cualquier otro mueble bajo llave, o en poder de pagadores, cobradores, funcionarios y/o empleados encargados de los mismos, dentro y fuera de las diversas oficinas, bodegas, campamentos y brigadas, ocupadas por la COMESA en cualquier ubicación de la República Mexicana.

B. RIESGOS ASEGURADOS.

Robo con violencia y/o asalto, así como incendio y explosión, dentro de los edificios de oficinas, bodegas y brigadas ocupadas por el COMESA.

Fuera de los edificios, en los campamentos o brigadas de trabajo, así como en tránsito en cualquier parte de la República Mexicana, se cubre el robo con violencia, asalto, incapacidad física del portador y accidentes del vehículo porteador.

C. SUMA ASEGURADA.

Límite único y combinado para todas y cada una de las ubicaciones y centros de trabajo de COMESA:

$ 200,000.00 M. N. 365 días del año$ 500,000.00 M. N. tres días al mes (aproximadamente los días 10, 20 y 30 de cada mes) para el pago de nomina y pago de proveedores.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 34: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 34 DE 100

D. UBICACIÓN DEL RIESGO:

La suma asegurada, actúa como Límite Único y Combinado para todas las ubicaciones descritas en la Cédula “A”.

E. CONDICIONES ESPECIALES:

Queda establecido y convenido que “COMESA” por el tipo de trabajos que desarrolla, cambia de residencia sus oficinas, almacenes y brigadas; así mismo abre nuevas brigadas de trabajo, por lo tanto, el seguro se extiende a cubrir en forma automática; sin mediar aviso alguno, cualquier nueva ubicación que no esté descrita en la cedula “A” mencionada en lo que antecede. Cuando se tengan cambios de domicilio se hará del conocimiento de la Aseguradora con oportunidad y él límite de responsabilidad para estos cambios de direcciones será de $ 200,000.00 M. N. tres días al mes. Para el caso de la ubicación de nuevas brigadas COMESA deberá informar a la aseguradora en su oportunidad.

F. DEDUCIBLE:

En toda y cada reclamación se aplica un deducible del 10% sobre el monto de la pérdida, con un mínimo de 100 DSMGVDF.

G. EXCLUSIONES:

De acuerdo a las condiciones generales mientras no se contraponga con lo establecido en bienes, riesgos, deducibles y condiciones especiales de esta póliza.

1.6 EQUIPO ELECTRÓNICO. (OFICINAS)

A. BIENES ASEGURADOS.

Se aparan todos los equipos sobre los daños materiales o físicos que de manera súbita e imprevista sufran a consecuencia de cualquiera de los riesgos que ampara este seguro objeto de este contrato a equipos tales como, pero no limitativos a: sistema de cómputo, conmutadores telefónicos, facsímiles, fotocopiadoras, plotters incluyendo equipos electrónicos consistentes en PC de escritorio, portátiles y sus aditamentos periféricos, terminales electrónicas (impresoras de alta velocidad), radios de transmisión, equipos destinados a las comunicaciones, telecomunicaciones y en general aquellos de características electrónicas construidas a base de circuitos o microcircuitos que en general trabajen con corrientes pequeñas, mientras se encuentren en cualquier ubicación que ocupe COMESA en la República Mexicana, o de aquellos equipos electrónicos ubicados en poder de terceros que de acuerdo con

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 35: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 35 DE 100

los resguardos de usuarios respectivos, se encuentren bajo su responsabilidad, dentro de la República Mexicana.

B. RIESGOS ASEGURADOS:

Cobertura básica Terremoto y erupción volcánica Fenómenos hidrometeorológicos Inundación Daños por agua Huelgas, alborotos populares, conmoción civil, vandalismos y daños por actos de

personas mal intencionadas Robo sin violencia y hurto Incendio y/o rayo Explosión Cortos circuitos, arcos voltaicos, electricidades atmosféricas Errores en diseño, defectos de construcción, uso de materiales defectuosos Cuerpos extraños que se introduzcan en los equipos Climatización Hundimientos del terreno Desprendimiento de rocas y aludes Gases líquidos o polvos corrosivos Hollín, humo y otros accidentes Huelgas y alborotos populares Robo con violencia y asalto Equipos móviles o portátiles fuera de los predios asegurados Cámaras digitales Otros daños derivados de la operación del equipo, no excluidos en las

condiciones generales de la póliza

C. SUMA ASEGURADA:

Valor total de los bienes de acuerdo a la cedula “A” $ 34,701,812.78 M. N.

Límite máximo de responsabilidad por evento:

Equipos Electrónicos fijos $ 2’000,000.00 M.N.Equipos móviles y portátiles $ 1’000,000.00 M. N.Portadores externos de datos $ 400,000.00 M. N.

Las sumas aseguradas están expresadas a valor de reposición

D. DEDUCIBLES:

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 36: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 36 DE 100

Daños materiales: 1% del valor de reposición del equipo dañado con mínimo de $500.00 M. N.

Terremoto y erupción volcánica: 2% de la suma asegurada del equipo dañado Hurto y/o robo sin violencia: 20% sobre el valor de reposición del equipo dañado.

Coaseguro: terremoto y erupción volcánica, según zona sísmica. Inundación: 20%

Demás riesgos 1% sobre el valor del equipo dañado Equipos móviles según cobertura afectada Portadores externos de datos 15% de participación de la pérdida sin mínimo de

días

E. Condiciones Especiales

Tipo de póliza Blanket (sin relación de bienes) A valor de reposición.

F. EXCLUSIONES:

De acuerdo a las condiciones generales mientras no se contraponga con lo establecido en bienes, riesgos, deducibles y condiciones especiales de esta póliza.

1.7 ROTURA DE MAQUINARIA

A. BIENES ASEGURADOS:

Se ampara toda clase de maquinaría y equipos necesarios para el suministro de servicios generales susceptibles a daños por rotura, enunciativo más no limitativo:

Plantas de emergencia Unidades de energía ininterrumpida Tableros de control Bombas auxiliares Subestaciones eléctricas Ventiladores Compresoras de aire Soldadoras equipo móviles y portátiles Equipos en general de este género que se encuentren dentro de los predios que

ocupa COMESA

B. RIESGOS ASEGURADOS:

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 37: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 37 DE 100

Cubrir contra toda perdida o daños materiales directos la:

Impericia, descuido y/o sabotaje Cortos circuitos, arcos voltaicos, electricidades atmosféricas Acción indirecta y directa de electricidades atmosféricas Errores en el diseño, defectos de construcción, uso de materiales defectuosos Defectos de mano de obra y/o montaje incorrecto Fuerza centrífuga y/o objetos extraños introducidos en maquinas Explosión física Implosión Otros accidentes ocurridos a los bienes asegurados.

C SUMA ASEGURADA

Valor total de los bienes de acuerdo a la cedula “A” $ 34,374,998.84 M. N.

Límite Máximo de Responsabilidad por evento 500,000.00 M. N.

Condiciones especialesValor de reposición

D. DEDUCIBLES

1% sobre el valor de reposición del equipo dañado con un mínimo de: $ 500,000.00 M.N.

E. EXCLUSIONES:

De acuerdo a las condiciones generales mientras no se contraponga con lo establecido en bienes, riesgos, deducibles y condiciones especiales de esta póliza.

1.8 ROTURA DE CRISTALES

A. BIENES CUBIERTOS

Cubrir las perdidas o daños materiales de los cristales de cualquier tipo con espesor igual o mayor de 4 mm, Se amparan los cristales instalados en puertas y ventanas, incluyendo los canceles en interiores de los edificios, ya sean propios o rentados, cubiertas de mesas y escritorios, contra rotura accidental, súbita e imprevista o por actos vandálicos.

B. RIESGOS CUBIERTOS

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 38: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 38 DE 100

- Pérdidas o daños materiales a los cristales, causados por rotura accidental súbita e imprevista, o por actos vandálicos.

- Remoción del cristal- Decorado del cristal o cristales asegurados- Daños como consecuencia de las reparaciones, alteraciones, mejoras y/o

pintura del inmueble y/o cristales asegurados

C. SUMA ASEGURADA

A primer riesgo límite máximo de responsabilidad, como límite único y combinado para todas las ubicaciones señaladas en la cédula “A” por la cantidad de $ 200,000.00 M.N.

Deducibles

5 % Sobre el valor de la pérdida con mínimo de 3 DSMVDF

D. EXCLUSIONES:

De acuerdo a las condiciones generales mientras no se contraponga con lo establecido en bienes, riesgos, deducibles y condiciones especiales de esta póliza.

CLÁUSULAS ESPECIALES PARA EL SEGURO PAQUETE EMPRESARIAL.

No obstante lo establecido en las condiciones generales de la póliza, se conviene en otorgar el beneficio de las siguientes condiciones especiales, que tendrán prelación sobre las condiciones generales en todo cuanto se contrapongan.

Cláusula de errores u omisiones Valor de reposición de los bienes asegurados Renuncia de inventarios al 20% Renuncia al derecho de subrogación en contra de filiales o subsidiarias Reinstalación automática de suma asegurada. Endoso de adhesión Endoso de prelación

II. SEGURO DE TRANSPORTE DE CARGA.

Vigencia: Desde las 00:01 horas del 01 de abril de 2009

Hasta las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2009

A. TIPO DE SEGURO.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 39: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 39 DE 100

Póliza anual de transportes con prima fija calculada sobre el pronóstico de embarques, con ajuste de prima al término de vigencia contra el total de embarques reales

B. BIENES ASEGURADOS:

Se amparan todos y cada uno de los embarques que sean propiedad y bajo responsabilidad consistentes en equipos electrónicos de exploración sismológica, maquinaria pesada, muebles y equipos de oficina, computadoras, materiales y toda clase de contenidos propios y necesarios a las actividades de COMESA.C. RIESGOS ASEGURADOS:

Todo riesgo de pérdida o daño físico, incluyendo maniobras de carga y descarga, así como la caída de los bienes por rotura de amarras, mala estiba, falla o falta de sujeción.

En maquinaria usada, la cobertura se limita a riesgos ordinarios de tránsito y robo total.

D. MEDIO DE TRANSPORTE:

Terrestre, aéreo y marítimo, en vehículos propios y de servicio público federal.

E. TERRITORIALIDAD:

El seguro cubre todos los embarques realizados desde y hasta cualquier parte de la República Mexicana.

F. SUMA ASEGURADA:

Límite máximo por embarque: $ 30’000,000.00 M.N.

G. DEDUCIBLE:

En toda y cada pérdida se aplica un deducible del 2% sobre el valor total de cada embarque, con un mínimo de 50 DSMGVDF.

H. PRONOSTICO DE EMBARQUES:

El movimiento principal consiste en el cambio de ubicación de brigadas (nuevos proyectos), y esto ocurre aproximadamente una vez al año, en donde se realizan hasta 10 embarques y el valor total del equipo trasladado de una brigada es aproximadamente $80,000,000.00 M.N. pesos, además de los embarques regulares que se realizan, propios de la operación.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 40: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 40 DE 100

Excepcionalmente puede efectuarse un embarque al año de equipos de importación de E.U.A. a México con valor de: $2’000,000 de dólares, mismo que será declarado previo a su transportación.

En caso de realizar embarques excepcionales, COMESA deberá informar a la Compañía Aseguradora en su oportunidad para su confirmación de cobertura y el cobro correspondiente se hará con el recibo que emita la aseguradora y entregado a COMESA.

III. SEGURO DE EQUIPO DE CONTRATISTAS.

Vigencia: Desde las 00:01 horas del 01 de abril de 2009

Hasta las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2009

A. BIENES ASEGURADOS:

Se amparan las unidades vibradores para efectuar estudios de suelo. Cedula “B”.

B. RIESGOS ASEGURADOS:

Los riesgos cubiertos por este seguro, son:

Cobertura Básica Incendio y/o rayo Explosión Huracán, granizo, ciclón, tornado y otros fenómenos meteorológicos similares. Terremoto y erupción volcánica Derrumbe, deslave, hundimiento, deslizamiento del terreno y alud. Hundimiento o rotura de alcantarillas, puentes para vehículos, muelles o

plataformas de carga. Colisión con objetos en movimiento o estacionados, volcadura, caída o

enfangamiento. Incendio, rayo y explosión, varadura, hundimiento o colisión de la embarcación

de transbordo fluvial en el cual los bienes asegurados fueren transportados. Robo total de cada unidad, así como las pérdidas o daños materiales que sufran

a consecuencia del robo.

C. SUMA ASEGURADA:

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 41: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 41 DE 100

Valor de reposición de los bienes, cantidad de dinero que seria necesario erogar para construir adquirir, reparar o reponer el bien dañado sin considerar la depreciación física por uso o avances tecnológicos. $ 48,847,791.64 M.N.

D. Equipo Electrónico.

Se cubre adicionalmente el equipo electrónico incorporado a los equipos de vibración contra los mismos riesgos que se indican en la cobertura básica y riesgos adicionales.

Límite máximo por equipo $ 30,000.00 USDE. Responsabilidad Civil.

Se cubre adicionalmente la responsabilidad civil por daños causados a terceros en sus bienes y/o en sus personas, a consecuencia de las actividades que realizan los equipos asegurados.

Se conviene que bajo la cobertura de responsabilidad civil quedan amparados los daños que resulten entre vehículos del mismo COMESA.

Los daños materiales de las unidades se cubren en la cobertura básica de equipo de contratista, en el entendido de que son equipos considerados como contratistas.

Límite asegurado de responsabilidad civil: $ 100,000.00 USD.

Las sumas aseguradas están expresadas a valor de reposición

C. DEDUCIBLES:

En daños directos a las máquinas, por cualquiera de los riesgos que ampara la cobertura básica, se aplica un deducible del 2% sobre el valor de reposición del equipo dañado.

En daños a los equipos electrónicos, se aplican en forma separada los siguientes deducibles:

a) Robo o hurto: 25% del valor del equipo electrónico afectado.

b) Terremoto: 2% del valor del equipo electrónico afectado.

c) Demás riesgos: 1% del valor del equipo electrónico afectado.

d) En daños a terceros, bajo la cobertura de responsabilidad civil: 10% sobre el

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 42: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 42 DE 100

monto de la reclamación.

D. EXCLUSIONES:

De acuerdo a las condiciones generales mientras no se contraponga con lo establecido en bienes, riesgos, deducibles y condiciones especiales de esta póliza.

IV. SEGURO DE EQUIPO ELECTRÓNICO (DE CAMPO).

Vigencia: Desde las 00:01 horas del 01 de abril de 2009

Hasta las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2009A. BIENES ASEGURADOS:

Se amparan todos los equipos radio telemétricos, baterías para alimentación de cajas telemétricas, centrales electrónicas para adquisición de datos sísmicos, sistemas de posicionamiento de datos GPS, (Rover, base de estación total), acondicionadores de señal remota, probadores de sismodetectores, módulos de línea interfase, módulos de control de sistemas, estaciones de interfase, monitores, antenas, cajas telemétricas y radiotelemétricas, computadoras y en general, todos los equipos y accesorios que utiliza COMESA para realizar estudios del subsuelo.

B. SUMA ASEGURADA:

Valor total de los bienes de acuerdo a la cedula “A” $ 51, 348,608. 37 M.N.$ 2, 870, 184. 50 USD

Limite máximo de responsabilidad por evento y en agregado anual, esto es por cada siniestro o para el total de los siniestros ocurridos durante la vigencia de la póliza: USD$2,000,000.00

Las sumas Aseguradas están expresadas a valor de reposición

CENTROS DE TRABAJO MONTO DÓLARES

MONTO EN MONEDA

NACIONALOficinas centrales (equipo en transito) 9,234.70 25,841.52 Gestoria SurTemoa 3DQVSP Perfil Sísmico Vertical 35,945.49 2,019,771.49 Centro procesado Villahermosa 21,150.09 220,479.00 KU-MALOOB-ZAAP

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 43: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 43 DE 100

Comercialización y servicios especiales Ingeniería BurgosServicios profesionales y apoyo técnico a las funciones de la unidad de asuntos externos y comunicación Región Norte de PEMEX Exploración y Producción 187,441.21

Servicios profesionales y apoyo técnico a las funciones de la unidad de asuntos externos y comunicación Región Norte de PEMEX Exploración y Producción 18,659.35 234,459.97

Centro Regional de Mantenimiento Mecánico y Electrónico 27,172.88 20,671,452.62 Herradura Norte 3D Ampliación 422,418.76 8,441,072.81 Chalchijapa-Sauzal 2D 865,843.79 2,781,991.53 Tobalá-Moba 3D 222,536.92 5,344,543.43 Tesechoacan 3D (transicional) 698,752.48 2,575,668.33 Coyula-Humapa-Cacahuatengo 2D / 3D. 522,418.49 8,835,414.37 Servicios de Adquisición de Sísmica 2DChopo Transicional 26,051.55 10,472.09 TOTAL 2,870,184,.50 51,348,608.37

C. RIESGOS ASEGURADOS (Riesgos nombrados):

a) Cobertura básica, como a continuación se describen:

Los daños materiales que sufran los equipos a consecuencia de: Incendio y/o rayo e inducción de rayo, explosión, introducción de cuerpos extraños, humo, gases, líquidos o polvos corrosivos, acción del agua o humedad, corto circuito, arcos voltaicos, sobre tensiones, mala intención del personal, hundimiento del terreno, deslizamiento de tierra, caída de rocas, alud.

b) Coberturas adicionales:

Terremoto y erupción volcánica Fenómenos hidrometeorológicos Inundación Huelgas y conmoción civil

D. DEDUCIBLES Y COASEGURO:

En caso de siniestro, se aplican los siguientes deducibles:

En daños causados por los riesgos de la cobertura básica, Fenómenos hidrometeorológicos, Inundación, Huelgas y conmoción civil: 1% del valor de reposición del equipo afectado con mínimo de USD$1,000.00 por evento, por equipo y coaseguro del 25% en toda y cada pérdida.

Terremoto y erupción volcánica: Deducible y coaseguro, según zona sísmica, por ubicación o brigada.

E. CONDICIONES ESPECIALES:

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 44: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 44 DE 100

Las siguientes condiciones especiales tendrán prelación en todo cuanto se contrapongan con las condiciones generales de la póliza.

1. Bienes asegurados.- Se conviene que la cobertura del seguro tendrá efecto para todos los equipos asegurados, ya sea que éstos se encuentren en operación, en revisión, en pruebas o mantenimiento, o depositados en bodegas en cualquiera de los predios destinados para este fin y en cualquier lugar de la República Mexicana. Así mismo, quedan amparados aún cuando trabajen sobre o bajo el agua, así como cuando realicen ventanas en minas.

2. Valor de reposición.- La suma asegurada de los equipos está constituida por el valor de adquisición, más los gastos aduanales y de importación, integrándose de esta forma el valor de reposición.Queda convenido, que tanto el pago de las primas, como las indemnizaciones, en daños parciales y en pérdida total, será sobre la base de valor de reposición, así establecido, sin aplicar depreciación alguna por edad, uso de los equipos y/o avances tecnológicos.

3. Reinstalación automática de suma asegurada, con cobro de prima a prorrata

4. Cobertura automática para incisos nuevos o no conocidos, por 30 días, para nuevas adquisiciones. Hasta un límite de $2’000,000.00 USD.

5. Cláusula de errores u omisiones, no es objeto de esta cláusula el exceder los límites establecidos en la póliza ni considerar cobertura adicional alguna.

7.- Se excluyen los daños causados a los equipos por mordeduras de animales, robo con y sin violencia.

F. EXCLUSIONES:

De acuerdo a las condiciones generales mientras no se contraponga con lo establecido en bienes, riesgos, deducibles y condiciones especiales de esta póliza.

V. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE VIAJERO.

Vigencia: Desde las 00:01 horas del 01 de abril de 2009

Hasta las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2009

A. RIESGOS ASEGURADOS:

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 45: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 45 DE 100

El seguro cubre la responsabilidad civil a consecuencia de cualquier accidente que ocurra, en los que se cause daño directo a personas con las que tenga relación laboran con COMESA o vinculados o prestando un servicio a COMESA y que sean transportadas en cualquiera de las unidades que para este fin utiliza COMESA y que se describen a continuación.

B. UNIDADES AMPARADAS:

Las unidades en el oficio emitido por la Gerencia de Negocios de Exploración y en el caso de adicionar mas unidades COMESA informara esta situación; se hace la aclaración que lo comprendió en los numerales.

C. SUMA ASEGURADA:

Los límites que se establecen a continuación, son por cada persona. Fallecimiento: 3,160 DSMGVDF Gastos Funerarios: $20,000.00 M.N. Asistencia Médica por lesiones 3,160 DSMGVDF

(DSMGVDFVDF = Días de Salario Mínimo Vigente en el Distrito Federal)

Se ampara únicamente al número de pasajeros permitido en la tarjeta de circulación y/ sus modificaciones o adaptaciones de la unidad.

Para la cobertura de viajeros en embarcaciones, para el caso de las lanchas es de 20 personas y para aerobotes es de 3 personas.

D. DEDUCIBLE:

Sin deducible.

VI. FLOTILLA DE AUTOMÓVILES/CAMIONES Y REMOLQUES.

Vigencia: Desde las 00:01 horas del 01 de abril de 2009

Hasta las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2009

1.1 SEGURO DE AUTOMÓVILES.

BIENES ASEGURADOS:

Flotilla de vehículos, de acuerdo a la relación de la cedula “D” (Cobertura Amplia)

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 46: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 46 DE 100

COBERTURA Y LÍMITES ASEGURADOS:

Daños materiales Valor Comercial +10%Robo total Valor Comercial +10%Cristales AmparadoResponsabilidad civil bienes y/o personas (LUC) 1’000,000 M. N.Gastos médicos a ocupantes 250,000 M. N.Asistencia jurídica 1’000,000 M. N.Asistencia Vial Amparar

DEDUCIBLES: Daños materiales: 3% Robo total: 5% Cristales 20% del valor del cristal dañado. Responsabilidad civil bienes y/o personas (LUC) Sin deducibleGastos Médicos a ocupantes: Sin deducibleAsistencia Jurídica: Sin deducible

Todos los vehículos se indemnizaran a valor comercial más el 10 %

A. CONDICIONES ESPECIALES:

1. Cobertura automática.

Se conviene en otorgar un plazo de 30 días naturales de cobertura automática para nuevas adquisiciones, este mismo plazo se aplicará para cancelación de incisos por baja de unidades.

2. Daños entre vehículos del mismo COMESA.

Se conviene que bajo la cobertura de responsabilidad civil quedan amparados los daños que resulten entre vehículos del mismo COMESA.

3. Dividendos por baja siniestralidad, según la siguiente fórmula.

B= 60% (65% PN – 110% SO), donde B= Bonificación por Buena SiniestralidadPN= Prima neta pagada y devengadaSO= Siniestros ocurridos.

4. Se entiende por valor comercial el que publican como valor de venta la guía EBC, autométrica y AMIS, el que resulte mayor al momento del siniestro.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 47: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 47 DE 100

5. Vehículos hasta un año de antigüedad se indemnizaran a valor factura.

1.2 SEGURO DE CAMIONES Y REMOLQUES

A. BIENES ASEGURADOS:

Flotilla de vehículos de origen nacional (cedula E cobertura amplia) (cedula E-1 cobertura limitada)

B. COBERTURA Y LÍMITES ASEGURADOS: Daños materiales Valor Comercial +10% Robo total Valor Comercial +10% Responsabilidad civil bienes y personas (LUC) $ 1’000,000.00 M. N. Gastos médicos a ocupantes $ 75,000.00 M. N. Cristales Amparado Asistencia Jurídica: $ 1’000,000.00 M. N. Asistencia Vial Amparado NOTA:

1) El valor convenido será según la cedula “E”; incluye adaptaciones y equipo especial (remolques).

2) Se cuentan con 3 ambulancias con adaptaciones indicadas en la cedula “E” con valor de $ 200,000.00 pesos cada una

La responsabilidad Civil y fianza garantizada se aplicaran al vehículo que lo remolca y los daños que cause el remolque.

C. DEDUCIBLES:

Daños materiales: 5% Robo total: 10% Responsabilidad civil bienes y personas (LUC) Sin deducibleCristales 20% del valor del cristal dañado.Gastos Médicos a ocupantes Sin deducibleAsistencia Jurídica Sin deducible

En vehículos de 3 ½ toneladas o mayor capacidad los deducibles que aplican son:

Daños materiales 3%

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 48: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 48 DE 100

Robo total 5%

D. CONDICIONES ESPECIALES:

1. Para los vehículos señalados con doble asterisco (**) que transportan combustible, se cubre adicionalmente el riesgo de contaminación y daños ecológicos cedula “E”, los cuales transitan en carreteras federal y en caminos donde se encuentran instalada la brigadas de CO,ESA activas

2. Para las unidades con número de inciso 6 y 18 de la cedula “E” se deberá cubrir solo en cobertura de robo total (excluye colisiones, volcaduras, responsabilidad civil y gastos médicos a ocupantes).

3. Cobertura automática.

Se conviene en otorgar un plazo de 30 días naturales de cobertura automática para nuevas adquisiciones, este mismo plazo se aplicará para cancelación de incisos por baja de unidades..

5. Se entiende por valor comercial el que publican como valor de venta la guía EBC, autometrica y AMIS, el que resulte mayor al momento del siniestro.

6. Camiones hasta un año de antigüedad se indemnizaran a valor factura.

7. Dividendos por baja siniestralidad, según la siguiente fórmula:

B= 60% (65% PN – 110% SO), donde B= Bonificación por Buena SiniestralidadPN= Prima neta pagada y devengadaSO= Siniestros ocurridos.

En los mismos términos y condiciones de la póliza se cubren los remolques “Cedula E-2” en tránsito y anclados cuya suma asegurada es de $ 24,131,414.80 Se considera la cantidad de $ 15,000.00 M. N. para cada adaptación y/o conversión en vehículos de carga, y $ 100,000.00 M. N. para cada pipa.

El valor de los autobuses modelo 2000 será de $400,000.00 M.N.

El valor de los autobuses modelo 2001 será de $450,000.00 M.N.

1.3 SEGURO DE VEHÍCULOS IMPORTADOS.

A. BIENES ASEGURADOS:

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 49: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 49 DE 100

Flotilla de vehículos de importación, de acuerdo a la relación de la cedula “E-3” (Cobertura Amplia)

B. COBERTURA Y LIMITES ASEGURADOS:

Daños materiales Valor Convenido Robo total Valor Convenido Cristales Amparado Responsabilidad civil bienes y/o personas (LUC) 1’000,000 M. N. Gastos médicos a ocupantes 20,000 M. N. Asistencia jurídica 1’000,000 M. N. Asistencia Vial Amparado.

C. DEDUCIBLES:

- Daños materiales: 5% - Robo total: 10% - Cristales 20% del valor del cristal dañado- Responsabilidad civil bienes y/o personas (LUC) Sin deducible- Gastos Médicos a ocupantes Sin deducible- Asistencia Jurídica Sin deducible

NOTA:

1. El valor convenido será según la cedula “E-3, incluye adaptaciones y equipo especial (Remolques).

2. Cobertura automática.

Se conviene en otorgar un plazo de 30 días naturales de cobertura automática para nuevas adquisiciones, este mismo plazo se aplicará para cancelación de incisos por baja de unidades.

3. Daños entre vehículos de COMESA

Se conviene que bajo la cobertura de responsabilidad civil quedan amparados los daños que resulten entre vehículos de COMESA.

4. Se entiende por valor comercial el que publican como valor de venta la guía EBC, autometrica y AMIS, el que resulte mayor al momento del siniestro.

5. Vehículos hasta un año de antigüedad se indemnizaran a valor factura.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 50: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 50 DE 100

6. Dividendos por baja siniestralidad, según la siguiente fórmula:

B= 60% (65% PN – 110% SO), donde B= Bonificación por Buena SiniestralidadPN= Prima neta pagada y devengadaSO= Siniestros ocurridos.

VII. SEGURO DE EMBARCACIONES MENORES.

Vigencia: Desde las 00:01 horas del 01 de abril de 2009

Hasta las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2009

A) Bienes asegurados.

Lanchas y aerobotes relacionados en la Cedula “B-1” que se encuentran inactivos.

Lanchas y aerobotes relacionados en la Cedula “B-2” que se encuentran activos

B) Riesgos cubiertos:

Perdida total, real o implícita, gastos de salvamento de conformidad con las condiciones generales de la póliza, responsabilidad civil.

C) Suma asegurada:

Valor convenido según se establece para cada unidad como se indica en la cedula “B-1 y B-2”

Responsabilidad civil el límite máximo de cobertura, será igual al valor de cada embarcación.

Responsabilidad Civil Viajero (tripulantes y pasajeros de la embarcación), de 3,160 DSMGVDF (Salario Mínimo general vigente en el D.F.)

D) Deducibles:

Casco y equipo: 5% del valor del equipo dañado o perdido

Responsabilidad civil: sin deducible.

NOTA:

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 51: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 51 DE 100

Las embarcaciones en su totalidad no navegan por vías fluviales o pluviales, reglamentarias o comerciales a la navegación, que ameriten permisos y reglamentación especial, por lo tanto debe quedar anulada la cláusula de las condiciones generales que establecen que las embarcaciones deben contar con luces, señalamiento, vigilante, etc.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 52: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 52 DE 100

ESTÁNDARES DE SERVICIO

ENDOSO APLICABLE A TODAS LA PÓLIZAS

GLOSARIO QUE SE APLICA EN TERMINO DE LA CLÁUSULA DE PRELACIÓN A TODAS LAS PÓLIZAS EN DONDE TÉCNICAMENTE APLIQUE

ANTICIPO DE PAGOS: La aseguradora se compromete a efectuar un anticipo del 35% del monto estimado del siniestro cuando, por las características técnicas del mismo, se prevea que el proceso de ajuste demorará mas de 30 días a partir de su reporte inicial, debiendo existir una petición expresa del Asegurado.

AUMENTO O DISMINUCIÓN DE LA SUMA ASEGURADA SIN REPORTE A LA COMPAÑÍA: Queda entendido y convenido que el asegurado puede comprar, recibir en comodato o donación y/o arrendar cualquier tipo de bien mueble o inmueble hasta el porcentaje pactado de la suma asegurada estipulada en cada póliza, sin necesidad de reportarlo a la aseguradora y este quedará amparado sin costo, de la misma manera si se disminuye la suma asegurada del bien inmueble o mueble en el mismo porcentaje, debido a la venta, otorgamiento en comodato o donación o conclusión o cancelación de equipo o bien mueble o inmueble, la aseguradora no estará obligada a devolver prima.

AUTORIZACIÓN PARA REPONER, RECONSTRUIR O REPARAR: En caso de siniestro que amerite indemnización bajo la presente Póliza, el Asegurado podrá sin aviso a la Compañía, optar por la reposición de los bienes dañados o disponer de ellos para empezar inmediatamente su reparación o reconstrucción, ya sea en el mismo sitio en el que se encontraban o en otro o bien para destinarlos a otro uso; quedando entendido que la Responsabilidad de la Compañía esta limitada al costo real o de reposición de la reparación, reconstrucción o reposición, sin exceder en ningún caso de la suma asegurada o limite a primer riesgo.

CINCUENTA METROS: Los bienes asegurados quedan igualmente amparados mientras se encuentren temporalmente en maniobras de carga y descarga sobre andenes, plataformas, carros de ferrocarril, camiones o cualquier otro lugar, dentro de los limites de los terrenos de las ubicaciones mencionadas en la Póliza o a una distancia de 50 metros de los mismos.

CLÁUSULA DE 72 HORAS: Todos los daños causados durante un periodo consecutivo de 72 horas, ocasionados por fenómenos naturales, asegurada bajos los términos de esta póliza se considerados como un solo evento para la indemnización.

El asegurado tendrá el derecho de seleccionar la fecha y hora para el inicio del periodo de 72 horas.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 53: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 53 DE 100

CLÁUSULA DE INTERES MORATORIO: En caso de que la Compañía, no obstante de haber recibido todos los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con la obligación de pagar la indemnización, capital o renta en los términos del artículo 71 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, en vez del interés legal aplicable, se obliga a pagar al asegurado, beneficiario o tercero dañado, un interés moratorio calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 135bis de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualista de Seguros, durante el lapso de la mora. Dicho interés moratorio se computará a partir del día siguiente a aquel en que venza el plazo de 30 días señalado en la Ley Sobre el Contrato de Seguro.

COBERTURA PARA LOS BIENES QUE POR SU PROPIA NATURALEZA DEBAN ESTAR A LA INTEMPERIE: Se cubre todos aquellos bienes que por su propia naturaleza, operación o almacenamiento deban de esta a la intemperie.

COBERTURA PARA LOS BIENES QUE POR SU PROPIA NATURALEZA DEBAN ESTAR BAJO EL AGUA: Se cubre todos aquellos bienes que por su propia naturaleza u operación deban estar bajo el agua.

DERECHOS DE NO SUBROGACIÓN ENTRE FILIALES: Una vez pagada la indemnización correspondiente, el asegurado no se verá obligado a subrogar los derechos a la compañía aseguradora cuando la, el o los responsables del daño haya o hayan sido filiales, subsidiaria, empleados o personal de la dependencia.

DERRAME DE EQUIPOS PROTECCIONES CONTRA INCENDIO.: Los bienes amparados por la póliza quedan cubiertos por la misma cantidad, contra pérdidas por daños materiales causados directamente por derrames de cualquier equipo de protecciones contra incendio tales como pero no limitativos a: rociadores, hidrantes, extinguidores, etc.

ELIMINACIÓN DE LA CLÁUSULA DE PROPORCIÓN INDEMNIZABLE: Si al momento de ocurrir un siniestro, los bienes tienen un valor total real o de reposición según se indique en la carátula de la póliza superior a la cantidad asegurada, no operara la proporción indemnizable y la Compañía responderá al 100% de los limites a Primer Riesgo fijado en la póliza.

ENDOSO DE INFLACIÓN: Permite actualizar automáticamente la suma asegurada y el límite a primer riesgo de acuerdo al índice inflacionario según el índice nacional de precios al consumidor que se acumule.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 54: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 54 DE 100

EQUIPOS MÓVILES O PORTÁTILES: Serán todos aquellos equipos y aditamentos que por sus propias características y diseños pueden moverse de ubicación.ERRORES Y OMISIONES: Queda entendido y convenido que cualquier error u omisión accidental en la alta, descripción, inclusión o ubicación de los bienes asegurados no perjudicara los intereses del asegurado, ya que la intención de esta cláusula es de proteger en todo tiempo. Por lo tanto será corregido al ser descubierto y en caso de que dicha corrección lo amerite se efectuará el ajuste de prima.

ESTADÍAS: Queda entendido y convenido que en la póliza de transporte de mercancía la estadía ampara la detención, estancia de los bienes incluyendo el acerbo cultural propio, a cargo o bajo la responsabilidad del SISTEMA CONALEP en exposiciones, ferias, eventos e itinerancia programada.

EVENTO: La empresa aseguradora responderá por los limites establecidos en la pólizas por cada evento; definiendo evento como los daños asegurado que sucedan, en un lapso de 72 horas.

GASTOS EXTRAS: Se ampara el importe de los gastos adicionales necesarios en que incurra el asegurado con el fin de continuar, en caso de siniestro con las operaciones normales de la empresa asegurada, en el caso de haber sido dañados o destruidos los edificios y/o contenidos asegurados en daños materiales directos (Incendio y líneas aleadas) por la realización de los riesgos de Incendio y/o rayo y riesgos adicionales contratados.

GRAVÁMENES: Si los gravámenes no aparecen indicados en las pólizas el derecho de indemnización será inalterable a favor del asegurado.

HONORARIOS A PROFESIONISTAS, LIBROS Y REGISTROS: El presente seguro se extiende a cubrir los honorarios de arquitectos, ingenieros, agrimensores y contadores públicos, así como la pérdida o daño a libros de contabilidad, dibujos, ficheros y otros registros.

Sin embargo, la cobertura en ningún caso excederá del costo de libros, o cualquier otro material en blanco, mas el costo real del trabajo necesario para transcribir o copiar dichos registros, costos legales correspondientes a planos, especificaciones y servicios relacionados con la reposición o reconstrucción de los bienes asegurados bajo la póliza siempre que, en conjunto con el importe de la pérdida pagada no exceda de la suma asegurada del bien dañado.

MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA: Ampara los daños a los todos los bienes que son transportados cuando se realizan las maniobras de carga y descarga.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 55: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 55 DE 100

MARGEN DE ERROR EN LA SUMA ASEGURADA: Queda entendido y convenido que se puede presentar un error de hasta el porcentaje pactado de la suma asegurada estipulada, lo cual no afectara los intereses del asegurado.

NO ADHESIÓN: Los términos y condiciones establecidos en la presente póliza fueron acordados y fijados libremente entre el asegurado y la compañía, por lo que este es un contrato de no adhesión y por lo tanto no se ubica en el supuesto previsto en él artículo 36-B de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; en esa virtud esta póliza no requiere ser registrada ante C N S y F.

PRIMER RIESGO: La compañía pagará el importe de los daños sufridos hasta el monto de la suma asegurada o limite máximo de responsabilidad sin exceder del valor de reposición que tenga el bien al acaecer el siniestro. La suma asegurada es un monto absoluto que no tiene que guardar ninguna relación porcentual respecto al valor real o de reposición de los bienes asegurados.

PRONTO PAGO: La aseguradora se compromete a efectuar el pago de la indemnización a mas tardar quince días hábiles después de que se le documentó completamente el siniestro.

REINSTALACIÓN AUTOMÁTICA DE SUMA SIN COBRO DE PRIMA: Establece que cualquier parte de la suma asegurada y/o del limite máximo de responsabilidad que se reduzca por efecto de siniestro será reinstalada automáticamente, sin cobro de prima.

REMOCIÓN DE ESCOMBROS: En caso de siniestro indemnizable por cualquiera de los riesgos cubiertos, la Compañía aseguradora cubrirá los gastos que sea necesario erogar, hasta el porcentaje pactado en la póliza del valor de la ubicación afectada, para remover los escombros de los bienes afectados, como son: Desmontaje, demolición, limpieza o acarreos y los que necesariamente tengan que llevarse a cabo para que los bienes dañados queden en condiciones de reparación o reconstrucción.

RENUNCIA DE INVENTARIOS: La compañía no requerirá del asegurado, en caso de siniestro ningún inventario o avaluó de la propiedad indemne si la reclamación total existente no excede del porcentaje pactado de la ubicación afectada

RESPONSABILIDAD CIVIL ACTIVIDADES E INMUEBLES: Cubre la Responsabilidad Civil en que incurra el asegurado, empleados o personal por daños a terceros derivadas de las funciones y actividades propias, ya sea como propietario o arrendatario de terrenos, edificios, locales, laboratorios, centros de investigación o almacenes, por el uso de maquinaria, equipo y productos peligrosos que sean utilizados para su actividad, sobre bienes propiedad de terceros en general, así como lesiones corporales a terceros, causados en forma involuntaria.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 56: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 56 DE 100

RESPONSABILIDAD CIVIL ARRENDATARIO: Cubre la Responsabilidad Civil Legal por daños que por incendio o explosión, se causen al inmueble o inmuebles tomados (totalmente o en parte) en arrendamiento por el asegurado para el uso convenido en el contrato de seguro, siempre que dichos daños le sean imputables.

RESPONSABILIDAD CIVIL ASUMIDA: Se ampara la responsabilidad civil legal en que incurriere el asegurado cuando asuma responsabilidades ajenas, por convenio o contrato, donde se compromete a la sustitución el obligado original para reparar o indemnizar eventuales y futuros daños a terceros, en sus personas o en sus propiedades.

RESPONSABILIDAD CIVIL CARGA Y DESCARGA: Ampara la Responsabilidad Civil derivada por daños que se causen durante las operaciones de carga y descarga a terceros en sus bienes y/o personas. También se cubren daños a tanques, cisternas y contenedores durante la operación de descarga a consecuencia de implosión.

RESPONSABILIDAD CIVIL CONTAMINACIÓN AL MEDIO AMBIENTES Y DAÑOS ECOLÓGICOS DERIVADOS DEL ALMACENAMIENTO, TRANSPORTACIÓN Y DESECHOS: Ampara la responsabilidad civil legal en que incurriere el asegurado por contaminación medio ambientes y daños ecológicos derivados del almacenamiento, transportación y desechos siempre y cuando sea en forma súbita, repentina o accidental.

RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRATISTAS INDEPENDIENTES Y SUS COBERTURAS ADICIONALES: Ampara la Responsabilidad Civil legal en que incurriere el asegurado por daños a terceros, cuando como dueño de obras de construcción llevadas a cabo por contratistas independientes, realice labores de inspección, control de avance o recepción de dichas obras.

Así mismo se ampara la responsabilidad civil legal en que incurriere el asegurado, por convenio o contrato donde se estipula la sustitución del contratista obligado original, por concepto de responsabilidad civil para reparar eventuales y futuros daños, no intencionales a terceros en sus bienes y/o personas de los cuales seria responsable el contratista como obligado original.

RESPONSABILIDAD CIVIL CRUZADA: Cubre los daños que se causen entre si, asegurados, sus empleados y funcionarios, dando lugar al pago de un solo deducible cuando proceda, para el responsable del siniestro.

VALOR COMERCIAL PARA VEHÍCULOS: Será el valor mas alto entre la guía EBC, la autométrica y AMIS y en caso de existir un porcentaje de incremento a estés valor queda comprendido dentro del valor comercial.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 57: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 57 DE 100

VALOR CONVENIDO: Cantidad pactada entre el asegurado y la aseguradora que será la indemnización al momento del siniestro.

VALOR DE REPOSICIÓN: Cantidad que sería necesario erogar para construir, adquirir, reparar, reedifica, reconstruir, sustituir o reponer el bien dañado sin considerar la depreciación física por uso y/o avances tecnológicos.

Las indemnizaciones a valor de reposición se pagarán incluso en el caso de que los bienes dañados estuvieran permanentemente fuera de uso o bien no sean reconstruidos, repuestos y reparados. El criterio de indemnización a valor de reposición operará también para las coberturas de responsabilidad civil en sus diferentes rubros, a menos que las leyes vigentes indiquen una salvedad al respecto.

VENTA DE SALVAMENTOS: En caso de siniestro que amerite indemnización bajo este seguro, la Compañía respecto a la mercancía que resulte como salvamento, no podrá disponer de ella bajo el nombre y marca registrada del asegurado sin previa conformidad del mismo.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 58: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 58 DE 100

ESTÁNDARES DE SERVICIO

SuscripciónTiempo de respuesta máximo

Penalización

1 Cotización dentro de contratos 5 Días hábiles

3%o (tres al millar) por cada día de incumplimiento sobre el monto de la póliza que dio lugar al servicio solicitado.

2 Cotización si se requiere reaseguro 20 Días hábiles3 Inspecciones Locales 5 Días hábiles4 Inspecciones Foráneas 10 Días hábiles5 Reportes de Inspección 5 Días hábiles6 Emisión de pólizas 10 Días hábiles7 Emisión de movimientos (endosos A, B y D) para cualquier

Pólizas10 Días hábiles

8 Cartas Cobertura cuando se requiera 2 Días hábiles9 Reexpedición de pólizas y endosos por errores 7 Días hábiles

10 Duplicado de Pólizas y recibos cuando se solicite 5 Días hábiles11 Entrega de notas de crédito 3 Días hábiles

SiniestrosTiempo de respuesta máximo

Penalización

1 Proporcionar el número de siniestro 3 Días2 Tiempos de llegada del ajustador de daños (cuando sea

imprescindible)Hasta 5 Días Eliminación de los deducibles y

coaseguros3 Tiempos de aceptación o rechazo de pagos especiales 3 Días Aceptación y pago del siniestro4 Tiempo de revisión de documentación para solicitar

complemento de documentación o dar carta rechazo15 Días Pérdida del derecho de

solicitar documentación adicional y pago del siniestro sin provocar rechazo o descuento en la indemnización

5 Tiempo de entrega del finiquito del siniestro después de firma del convenio:

15 Días

6 Reportes de siniestralidad Trimestral dentro de los primeros 15 días posteriores a la conclusión del

trimestre.7 Anticipo hasta por el 35% del importe a pagar, una vez

declarado procedente y se cuente con la documentación que soporte el importe correspondiente al anticipo

10 días siguientes al reclamo

8 Asignación de ajustadores COMESA tendrá el derecho de nombrar al ajustador que atenderá todas las reclamaciones, sin tener que sujetarse a la plantilla de la aseguradora.

* ALTAS Y BAJAS

La compañía acepta cubrir bajo la presente cláusula, todas aquellas adquisiciones de bienes muebles e inmuebles hechas por el asegurado, en relación con la operación, bajo las condiciones y precio pactados para cada riesgo, cubriendo el importe correspondiente a prorrata.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 59: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 59 DE 100

Así mismo acepta dar de baja aquellos bienes muebles e inmuebles que por su naturaleza el asegurado no tenga la responsabilidad de asegurarlos y devolverá la prima no devengada a prorrata.

* ACREDITACIÓN DE LA POSESIÓN DE LA PROPIEDAD EN PÓLIZAS DE DAÑOS

La posesión del bien o bienes asegurados se demostrara con el resguardo correspondiente o el reporte de inventario del asegurado.

* MANEJO DE INFORMACIÓN

Las siguientes pólizas se manejaran sin relación:

* Paquete empresarial (contenidos)* Equipo electrónico.* Unidades Móviles* Equipo de contratistas y maquinaria pesada móvil * Rotura de maquinaria* Calderas y aparatos sujetos a presión* Transporte de mercancías

* PAGO EN ESPECIE

Ambas partes pactan realizar el pago en especie de acuerdo a la publicación del diario oficial del jueves 4 de mayo del 2000, segunda sección, se publico “Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal” por parte se la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; en este es su Capítulo V, Tercera Sección, Numeral 43 párrafo cuarto que a la letra dice:

“En caso de que la recuperación de seguros se proponga en especie las dependencias deberán suscribir un convenio con la compañía aseguradora que garantice la restitución de los bienes siniestrados, con las mejores condiciones a favor del Gobierno Federal, el cual deberá contar con el dictamen favorable de la Contraloría, a través del órgano de control interno en la dependencia u órgano desconcentrado.”

Y a su actualización en lo establecido en el artículo 53, sección III del “Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación del martes 3 de septiembre de 2002, que a la letra dice: }

“Artículo 53.-Tratándose de donaciones en especie, así como recuperaciones de seguros en especie derivados de la pérdida total de bienes muebles e inmuebles, las dependencias deberán realizar el registro contable que refleje el correspondiente movimiento en el activo y se sujetarán a las disposiciones contables aplicables.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 60: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 60 DE 100

En la recuperación de seguros en especie, las dependencias deberán suscribir un convenio con la compañía aseguradora que garantice la restitución de los bienes siniestrados, con las mejores condiciones a favor del Gobierno Federal.”

* ASIGNACIÓN DE PERSONAL

Se deberá asignar por lo menos a un ejecutivo para la atención y servicio de la cuenta con los conocimientos y facultades necesarias para la toma de decisiones en la tramitación, emisión, pago de indemnizaciones y cualquier asunto referente con el programa de aseguramiento. El cual deberá estar disponible los 365 días del año las 24 hrs. del día y deberá presentarse por lo menos una vez a la semana en las instalaciones del asegurado de conformidad con las necesidades del Instituto.

* APLICACIÓN DE LAS CONDICIONES GENERALES

Quedan amparados los riesgos tanto de las condiciones generales, así como los que sean aplicables por convenio expreso a cada una de las pólizas de acuerdo al giro del asegurado.Únicamente quedaran excluidos los riesgos y bienes que se indican en los textos para cada una de las pólizas y/o secciones, no haciendo efectivas las exclusiones generales de las pólizas.

Las condiciones y cláusulas que no aparezcan en este glosario podrán ser complementadas libremente, siendo requisito que se anexen en su oferta técnica, siempre y cuando no se contrapongan con lo establecido en bases.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 61: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 61 DE 100

DOCUMENTO 3

LICITACION PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09

INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE

Yo, __(nombre)__, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente licitación pública, a nombre y representación de: _(nombre de la persona física o moral).

Clave del Registro Federal de Contribuyentes:Domicilio:Calle y Número:Colonia: Delegación o Municipio:Código Postal: Entidad Federativa:Teléfonos: Fax: Correo electrónico: No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:Fecha:Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó:Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre( s )Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional:

Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó:

Nombre y domicilio del apoderado o representante:Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:Escritura pública número: Fecha:Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Publico que la protocolizó:

Lugar y fechaProtesto lo necesario.

_(Firma autógrafa original)_

Notas:

1.- El presente formato, es solo una guía y podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido preferentemente en el orden indicado proporcionando de manera clara y completa la información requerida

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 62: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 62 DE 100

2.- El Licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 63: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 63 DE 100

DOCUMENTO 4

LICITACION PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09

GUÍA DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS, TÉCNICOS Y ECONÓMICOS

ADMINISTRATIVOS:

NUMERAL DE LAS BASES DONDE SE

EXIGEDOCUMENTO

ENTREGO

original copia

si no si no

3.1 Copia del comprobante de pago de Bases. Para los Licitantes interesados en participar, a través de medios remotos de comunicación electrónica, será requisito indispensable adquirir las Bases a través del recibo que para este efecto expide Compranet, dicho recibo deberá contener el sello del banco con fecha máxima del día límite para venta de Bases

3.2 Escrito libre incluyendo los datos previstos en el artículo 36 del Reglamento, ó pueden a su elección entregar requisitado el Documento 3 de las bases, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para suscribir las propuestas correspondientes a nombre de su representada, adjuntando, copia simple de una identificación oficial, y sus modificaciones y copia simple del poder con el que el representante acredite su personalidad.

3.3 Cuando quien asista a entregar las propuestas no sea el apoderado legal del Licitante, deberá presentar carta poder simple firmada por dos testigos e identificación oficial del otorgante y el aceptante en copia y original para cotejo.

3.4 Declaración escrita, bajo protesta de decir verdad, de no encontrase en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 31 fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

3.5 Declaración de integridad

3.6 El documento denominado compromisos con la transparencia. La omisión de este documento, no será motivo de desechamiento de la propuesta

3.7 De ser el caso, el convenio privado mediante el cual, se conviene en presentar propuesta conjunta

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 64: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 64 DE 100

NOTA: El presente formato, es solo una guía y podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido preferentemente en el orden indicado proporcionando de manera clara y completa la información requerida

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 65: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 65 DE 100

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA (PUNTOS DEL DOCUMENTO 2):

NUMERAL DE LAS BASES DONDE SE

EXIGEDOCUMENTO

ENTREGO

original copia

si no si no

Documento 2El licitante deberá elaborar su propuesta técnica, haciendo mención clara y explícita de todos y cada uno de los requerimientos del servicio establecidos en el Documento 2.

El licitante podrá elaborar su propuesta técnica cubriendo estos requisitos en escritos individuales o en un solo documento que contenga los elementos requeridos por la convocante.

PROPUESTA ECONÓMICA (DOCUMENTO 5):

NUMERAL DE LAS BASES DONDE SE

EXIGEDOCUMENTO

ENTREGO

original copia

si no si no

Documento 5 Escrito Libre o usar documento 5 de las bases señalando costo unitario antes de I.V.A., en pesos mexicanos (bienes nacionales) y en dólares americanos (bienes de procedencia extranjera), hasta con dos decimales.

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya y solo da constancia, de la recepción de dicha documentación, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las bases será verificado y evaluado por la Convocante.

La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.

NOTA: El presente formato, es solo una guía y podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido preferentemente en el orden indicado proporcionando de manera clara y completa la información requerida

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 66: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 66 DE 100

DOCUMENTO 5

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09

FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA

(PARTIDA) CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA MONEDA DESCRIPCIÓN BREVE DE LOS

SERVICIOS COSTO

Única

1 Póliza  

I. Seguro múltiple empresarial1.1. Incendio daños Materiales  1.2. Incendio Pérdidas Consecuenciales  1.3. Responsabilidad Civil  1.4. Robo con violencia de contenidos  1.5. Dinero y valores  1.6. Equipo Electrónico (oficinas)  1.7. Rotura de maquinaria  1.8. Rotura de Cristales  Subtotal Prima Neta  Recargo por pago Fraccionado  Derechos Póliza  Prima Total antes de IVA  

1 Póliza  

II. Seguro de transporte de cargaSubtotal Prima Neta  Recargo por pago Fraccionado  Derechos Póliza  Prima Total antes de IVA  

1 Póliza  

III. Seguro de equipo de contratistasSubtotal Prima Neta  Recargo por pago Fraccionado  Derechos Póliza  Prima Total antes de IVA  

1 Póliza  

IV. Seguro de equipo electrónico (de campo)Subtotal Prima Neta  Recargo por pago Fraccionado  Derechos Póliza  Prima Total antes de IVA  

1 Póliza  

V. Seguro de responsabilidad civil de viajeroSubtotal Prima Neta  Recargo por pago Fraccionado  Derechos Póliza  Prima Total antes de IVA  

(PARTIDA) CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA MONEDA DESCRIPCIÓN BREVE DE LOS

SERVICIOS COSTO

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 67: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 67 DE 100

Única

1 Póliza  

VI. Flotilla de vehículos/camiones y remolquesI. Seguro de automóvilesII. Seguro de camiones y remolquesIII. Seguro de vehículos importadosSubtotal Prima Neta  Recargo por pago Fraccionado  Derechos Póliza  Prima Total antes de IVA  

VII. Seguro de embarcaciones menores

1 PólizaSubtotal Prima Neta Recargo por pago FraccionadoDerechos PólizaPrima Total antes de IVA

Notas Importantes:

En el caso de la propuesta de Automóviles, se deberá presentar el detalle por automóvil, donde se especifique Prima neta, recargo por pago fraccionado y derechos de póliza, así como el total antes de I.V.A.

Para el caso de la propuesta de Embarcaciones Menores, se deberá presentar el detalle por embarcación, donde se indique la prima de caso y Responsabilidad Civil, en prima neta, así mismo incluir recargo por pago fraccionado y derechos de póliza.

NOMBRE DEL LICITANTE: ______________________

NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: ______________________

FIRMA: ______________________

CARGO: _______________________

FECHA: _______________________

NOTA: El presente formato, es solo una guía y podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido preferentemente en el orden indicado proporcionando de manera clara y completa la información requerida

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 68: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 68 DE 100

DOCUMENTO 6LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09

MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 31 XXIV, 50 y 60 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO

(Lugar y Fecha)

Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. de C.V.P R E S E N T E.

(Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el mandato), manifiesto “bajo protesta de decir verdad” que mi representada, sus accionistas y asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por el artículo 31 fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTEO APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA:

El presente formato, es solo una guía y podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido preferentemente en el orden indicado proporcionando de manera clara y completa la información requerida

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 69: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 69 DE 100

En el supuesto de que el Licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

DOCUMENTO 7

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09

DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD

(Lugar y Fecha)

Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. de C.V.P R E S E N T E.

Por este conducto, quien suscribe, Sr. (nombre de la persona física o del apoderado o representante legal), declaro que (denominación o razón social) a quien represento, por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de COMESA, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.

Lo anterior para los fines y efectos a que haya lugar.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTEO APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA:

El presente formato, es solo una guía y podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido preferentemente en el orden indicado proporcionando de manera clara y completa la información requerida

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 70: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 70 DE 100

En el supuesto de que el Licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 71: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 71 DE 100

DOCUMENTO 8LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA

Compromisos con la transparencia para fortalecer el proceso de contratación de _________________________ que suscriben Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. de C.V., representado en este acto por ______________________, en su carácter de ____________________, a quien en lo sucesivo se le denominará COMESA y _______________________, representada por _____________________________________ en su carácter de ___________, a quien en lo sucesivo se le denominará “El licitante”, al tenor de las siguientes consideraciones y compromisos:

CONSIDERACIONES

I. El Gobierno Federal se ha comprometido a impulsar acciones para que su actuación obedezca a una conducta ética y de transparencia.

II. Que es de su interés contar con el apoyo, participación, vigilancia y compromiso de todos los integrantes de la sociedad.

III. Que la falta de transparencia es una situación que daña a todos y se puede constituir en fuente de conductas irregulares.

IV. Es objeto de este instrumento mantener el compromiso de las partes en no tratar de influir en el proceso de contratación mediante conductas irregulares.

V. Se requiere la participación de las partes involucradas, para fortalecer la transparencia en el proceso de contratación.

VI. Representa un compromiso moral, el cual se deriva de la buena voluntad de las partes.

VII. La suscripción voluntaria de este documento de “compromisos con la transparencia”, no sustituye a la declaración de integridad que debe presentarse en términos de lo dispuesto en el artículo 30 fracción VII de la del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 72: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 72 DE 100

Dentro de este marco los firmantes, asumen los siguientes:COMPROMISOS

I.- DEL LICITANTE

1. Inducir a sus empleados que intervengan en el proceso de contratación para que actúen con ética en todas las actividades en que intervengan y cumplan con los compromisos aquí pactados.

2. Aceptar la responsabilidad de su actividad para con la sociedad y el Gobierno Federal.

3. Elaborar su propuesta a efecto de coadyuvar en la eficiente, oportuna y eficaz utilización de los recursos públicos destinados al objeto de la contratación.

4. Actuar siempre con honradez, transparencia y lealtad, así como mantener confidencialidad sobre la información que haya obtenido en el proceso de contratación.

5. Desempeñar con honestidad las actividades que conforman el proceso de contratación y en su caso, el cumplimiento de los derechos y obligaciones que adquiera con la formalización del Contrato.

6. Actuar con integridad profesional cuidando que no se perjudiquen intereses de la sociedad o la nación.

7. Omitir actitudes y realización de actos que puedan dañar la reputación de las instituciones gubernamentales o de terceros.

II.- DE COMESA

1. Exhortar a sus servidores públicos que por razón de su actividad intervengan en el proceso de contratación, para que actúen con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad, equidad y en igualdad de circunstancias para todos los Licitantes que intervengan en el proceso y cumplan con los compromisos aquí pactados, así como a difundir el presente documento “compromisos con la transparencia” entre su personal y terceros que trabajen para PEMEX, que por razones de sus actividades intervengan durante el proceso de contratación.

2. Promover que los servidores públicos que participan en el proceso de contratación desarrollen sus actividades apegados al código de ética de los servidores públicos de la Administración Pública Federal y al código de conducta de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

3. Exhortar a sus servidores públicos a no aceptar arreglos compensatorios o contribuciones destinadas a favorecer o a otorgar ventajas en el proceso de contratación o en la adjudicación del Contrato.

4. Fomentar que la actuación de sus servidores públicos sea en todo momento imparcial en beneficio de la institución y sin perjuicio de los Licitantes.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 73: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 73 DE 100

5. Promover que sus servidores públicos lleven a cabo sus actividades con integridad profesional, sin perjudicar los intereses de la sociedad y la nación.

El presente compromiso con la transparencia se firma en México, D.F. a ___ de ______ de 2008.

Por Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. de C.V.

____________________________Nombre y Cargo del Servidor Público

Nombre de la EmpresaPOR EL LICITANTE

____________________________Nombre y Cargo

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 74: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 74 DE 100

DOCUMENTO 9LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09

NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha transcendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del Gobierno Federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.

Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compitan por las contrataciones gubernamentales.

La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación la primera ya fue aprobada en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.

El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.

Las responsabilidades del sector público se centra en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de

los actores comprometidos en su cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos

relacionados con lavado de dinero y extradición).

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 75: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 75 DE 100

Las responsabilidades del sector privado contemplan: Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de

códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.

Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.

El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.

En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 76: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 76 DE 100

DOCUMENTO 10

MODELO DE CONTRATO

CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "COMESA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ___________________________________________ Y, POR LA OTRA, LA EMPRESA DENOMINADA _____________________, A QUIEN EN LO SUBSECUENTE SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ____________________________, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S

I.- "COMESA" DECLARA QUE:

A) Es una sociedad mercantil de participación estatal mayoritaria constituida de conformidad con las leyes mexicanas, con registro número 18200, como se acredita con la copia del testimonio de la Escritura Pública número 8,175, de fecha 12 de noviembre de 1968, otorgada ante la fe del Notario Público Número 109, del Distrito Federal, Licenciado Luis de Angoitia y Gaxiola, la que fue inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal, bajo el Número 462, a fojas 457, del Volumen 706, Libro 3°, el día 18 de diciembre de 1968; y su transformación de Sociedad Anónima a Sociedad Anónima de Capital Variable, de fecha 10 de noviembre de 1999, contenida en el testimonio de la Escritura número 45,988, pasada ante la fe del C. Notario Público Número 88 del Distrito Federal, Licenciado Jorge Tinoco Ariza, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal, bajo folio mercantil número 48,402 de fecha 15 de diciembre de 1999, y su objeto social, entre otras actividades, es la ejecución de toda clase de trabajos de exploración geofísica, geológica, fotogeológica y de topografía.

B) Su representante en este acto el ___________________, interviene con la personalidad de Director General y Representante legal de “COMESA”, con las facultades que le confiere el Poder Notarial contenido en la Escritura Pública número _________ de fecha _______________, otorgado ante la fe del Notario Público número __, de ___________, Licenciado ________.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 77: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 77 DE 100

C) Está debidamente inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, bajo el número MEX-681112-2Q9.

D) Para cubrir las erogaciones que se deriven de los servicios objeto del presente contrato se afectará la partida presupuestal 3404 mediante la requisición número ___________ de fecha __________-, autorizada por _____________ Así mismo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizó comprometer recursos de gasto corriente mediante oficio _________________.

E) El presente Contrato es Adjudicado con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 25, 26 fracción I, 27 y 28 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 55 de su Reglamento, con base en el fallo de ____________, dictado en el Procedimiento de Licitación Pública Nacional número ___________- y en la justificación técnica de fecha ______________, autorizada por ________________________.

F) Requiere del SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES.

G) Señala como domicilio para los fines y efectos legales de este contrato, el ubicado en Mariano Escobedo número 366, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, de la Ciudad de México, Distrito Federal.

II.- DECLARA “EL PROVEEDOR” QUE:

A) Es una empresa de nacionalidad mexicana debidamente constituida en los términos y conforme a las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, y que acredita su personalidad jurídica con la Escritura Pública número _______________, de fecha ______________________, otorgada ante la fe del Notario Público número ____________ de la Ciudad de ________________, ___________________, constando en dicha Escritura su constitución y capacidad legal, e inscrita en el Registro Público de Comercio, bajo la partida número ______________, con fecha _______________.

B) Dentro de su objeto social, se dedica a ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________.

C) Su representante en este acto, _________________, cuenta con facultades suficientes y necesarias para suscribir Contratos y obligarse a nombre de su representada, acreditando su personalidad con el testimonio de la Escritura Pública número ________________, de fecha _____________________, otorgada ante la fe del Notario Público número _____________ de la Ciudad de _______________, Licenciado _______________.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 78: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 78 DE 100

D) Dispone de la organización, experiencia personal, profesional y demás elementos técnicos, humanos y económicos necesarios, así como la capacidad legal suficiente para cumplir con el objeto del presente Contrato.

E) Está debidamente inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, bajo el número ___________________.

F) Manifiesta bajo protesta de decir verdad, estar al corriente en sus obligaciones fiscales.

G) Ninguno de sus socios ó empleados desempeña algún empleo, cargo ó comisión en el servicio público, ni se encuentra inhabilitado para ello y en ningún otro de los impedimentos para celebrar este Contrato, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

H) Señala como su domicilio legal, para efectos del presente Contrato, el ubicado en __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

DECLARAN AMBAS PARTES QUE:

ÚNICO.- Vistas las anteriores declaraciones, reconocen mutuamente la personalidad que ostentan y acreditan estar de acuerdo con obligarse, conviniendo en celebrar el presente contrato al tenor de las siguientes:

C L Á U S U L A S:

PRIMERA. OBJETO. “EL PROVEEDOR” se obliga a prestar a “COMESA” el SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES, de acuerdo con las especificaciones contenidas en la Cláusula inmediata posterior.

SEGUNDA. ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO. “EL PROVEEDOR” prestará a “COMESA” los servicios objeto del contrato de acuerdo a lo especificado en los ANEXOS identificados con los numerales _____________________________, los cuales se tienen por reproducidos como si a la letra se insertase en obvio de repeticiones y que versan en lo siguiente:

TERCERA. MONTO DEL CONTRATO. "COMESA" cubrirá a “EL PROVEEDOR” por concepto de pago total de los servicios materia de este contrato la cantidad de ________________________________. El anterior monto obedece a lo siguiente:

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 79: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 79 DE 100

La cantidad a pagar a “EL PROVEEDOR” es fija por lo que bajo ninguna circunstancia podrá aumentar durante la vigencia del presente contrato y, por tanto, no puede exigirse por parte de “EL PROVEEDOR” mayor pago por ningún otro concepto.

CUARTA. ENTREGABLES. “EL PROVEEDOR” entregará a “COMESA” con motivo de los servicios objeto del instrumento de cuenta lo siguiente:

“EL PROVEEDOR” deberá presentar al asegurado dentro de los _____ días naturales posteriores a la formalización del presente contrato las pólizas objeto del mismo, las cuales deberán de ser entregadas _____________________.

“EL PROVEEDOR” deberá entregar carta cobertura a la firma del contrato. Informe descriptivo de las actividades realizadas durante la vigencia del contrato. Los demás que se deriven de la prestación de los servicios objeto del presente contrato.

QUINTA. PLAZOS CONDICIONES DE PAGO. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, "COMESA" se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” la cantidad acordada en la Cláusula Tercera en _________________________ posteriores a la recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda, y del acuse de recibo correspondiente conteniendo: el sello del área receptora de los Servicios, fecha de la recepción, así como el nombre, fecha y firma del personal facultado para estos efectos.

FACTURACIÓN

Para proceder al inicio de trámite de pago, “EL PROVEEDOR” deberá presentar sus facturas en original y dos copias, copia simple del contrato, así como la documentación y productos entregables que soporten y avalen la ejecución de los servicios objeto del instrumento de cuenta, en un máximo de _______ naturales posteriores a la prestación de los Servicio para inicio de trámite de pago en el Departamento de __________, sito en _______________________________.

Una vez realizado el pago “EL PROVEEDOR”, tendrá diez (diez) días para inconformarse sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

“EL PROVEEDOR” al momento de facturar, deberá hacer referencia al contrato correspondiente, partida, unidad de medida, al precio y total de los Servicios. Asimismo se obliga a que sus facturas reúnan los requisitos exigidos por los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación; anexando el reporte de actividades y los productos entregables inherentes a la prestación de sus servicios.

En caso de que las facturas entregadas por “EL PROVEEDOR” para su pago, presenten errores ó deficiencias, “COMESA”, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 80: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 80 DE 100

recepción, indicará por escrito a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que “EL PROVEEDOR” presente las correcciones, no se computarán para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

“EL PROVEEDOR” conviene en que las remuneraciones que perciba por la realización de los servicios materia de este contrato serán las únicas.

“COMESA” cubrirá a “EL PROVEEDOR” el importe de los servicios que nos ocupan, a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe “EL PROVEEDOR”, para lo cual deberá entregar junto con su primera factura, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago.

SEXTA. PAGOS EN EXCESO. En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido “EL PROVEEDOR”, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, en su caso, a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación y de acuerdo al procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “COMESA”.

Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “EL PROVEEDOR”, “COMESA” procederá a deducir dicha cantidad de las facturas subsecuentes, cuando el contrato aún se encuentre vigente, en caso contrario, es decir, cuando los servicios objeto del contrato hubieren sido totalmente prestados a “COMESA”, “EL PROVEEDOR” cubrirá dichos pagos con cheque certificado expedido a favor de “COMESA”.

SÉPTIMA. IMPUESTOS Y DERECHOS. AMBAS PARTES están de acuerdo en pagar todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos, tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de que “COMESA” efectúe en los pagos que haga a “EL PROVEEDOR”, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

OCTAVA. ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS. “COMESA” a través del ______________________, verificará que los servicios objeto del instrumento de cuenta se realicen de conformidad a las especificaciones del mismo y, una vez hecho esto, aceptará por escrito la prestación y entrega de los servicios y productos de que se trate.

Derivado de lo expuesto, “EL PROVEEDOR” acepta su conformidad de que en tanto no se acepten los servicios y productos correspondientes al cumplimiento del contrato, éstos no se tendrán por recibidos ó aceptados para los efectos legales a que haya lugar.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 81: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 81 DE 100

NOVENA. INSPECCIÓN DE LOS SERVICIOS. “EL PROVEEDOR” se obliga a garantizar la calidad de los servicios prestados, y se compromete a responder sin costo para “COMESA”, si al ser recibidos o verificados no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto a las penas convencionales correspondientes.De conformidad con los artículos 57 y 58 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los servicios amparados en este contrato, pudiendo solicitar a “COMESA” y a “EL PROVEEDOR” todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.

DÉCIMA. RESPONSABLE DEL CONTRATO. “COMESA” designa como responsable del seguimiento y cumplimiento de este contrato al Titular de __________________, quien estará facultado para efectuar las acciones previstas en este instrumento y en las leyes aplicables, ante cualquier incumplimiento por parte de “EL PROVEEDOR” al instrumento de cuenta.

DÉCIMA PRIMERA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Se exime de otorgar fianza a "EL PROVEEDOR" para garantizar el cumplimiento del contrato, por no encontrarse en los supuestos del artículo 14 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros que a la letra dice: “Mientras las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, no sean puestas en liquidación o declaradas en quiebra, se considerarán de acreditada solvencia y no estarán obligadas, por tanto, a constituir depósitos o fianzas legales, hecha excepción de las responsabilidades que puedan derivarse de juicios laborales, de amparo o créditos fiscales”.

En caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por “EL PROVEEDOR”, “COMESA” deberá comunicar a la unidad Normativa de Adquisiciones, Obras Públicas, servicios y Patrimonio Federal de la Secretaría de la Función Pública, para los efectos de los artículos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

DÉCIMA SEGUNDA. ALTA Y BAJA DE BIENES ASEGURADOS. "COMESA” en todo tiempo tendrá la más amplia facultad, para dar de baja los bienes asegurados; así como para dar de alta los nuevos, según convenga a sus intereses, con la misma cobertura y precios ofertados, esto es, en los términos de la _________________ de este contrato.

DÉCIMA TERCERA. VIGENCIA DEL CONTRATO. El presente contrato observará una vigencia que iniciará a partir de las __:00 horas del _______________ y concluirá a las __:00 horas del ___________________, sin perjuicio de su posible conclusión anticipada en los casos previstos en su clausulado.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 82: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 82 DE 100

Para el caso de que “COMESA” tuviera necesidad de contar nuevamente con los servicios que brinda “EL PROVEEDOR”, podrá solicitar la celebración de un nuevo contrato, toda vez que éste no será por ningún motivo prorrogado ni tendrá el carácter de indefinido.

DÉCIMA CUARTA. AMPLIACIÓN DE LA VIGENCIA. “COMESA” podrá solicitar el plazo de ejecución del presente contrato, hasta por un 20% del límite pactado, previa confirmación por escrito a "EL PROVEEDOR", de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES. “COMESA” podrá acordar con “EL PROVEEDOR”, por razones fundadas y explícitas dentro de los 12 (doce) meses posteriores a la firma del contrato, el incremento en la cantidad de servicios amparados en el mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% (veinte por ciento) de los conceptos y volúmenes establecidos y el precio de los servicios sea igual al originalmente pactado.

Cualquier modificación al contrato deberá ser avalada por el endoso o documento modificatorio de la garantía de cumplimiento que lo garantice, el cual deberá ser entregado dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del convenio respectivo.

Si “EL PROVEEDOR” presta servicios en mayor cantidad de lo establecido en el Contrato, sin que para tales efectos se hubiera celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la entrega de los servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

En términos de lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no procederá ningún cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas comparadas con las establecidas originalmente.

DÉCIMA SEXTA. LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. Los servicios objeto de este contrato serán prestados en ______________________________.

DÉCIMA SÉPTIMA. CONDICIONES ESPECIALES. “EL PROVEEDOR”, admite la responsabilidad de aseguramiento de todos los bienes muebles e inmuebles y contenidos propiedad de “COMESA”, o propiedad de terceros que tenga a su cargo y/o bajo su responsabilidad o en préstamo y/o comodato.

DÉCIMA OCTAVA. OBLIGACIONES A CARGO DE “EL PROVEEDOR”. Para el debido cumplimiento del objeto materia de este contrato, “EL PROVEEDOR” se obliga a:

1. Emplear en el desarrollo de la prestación del servicio objeto de este contrato, toda su diligencia, capacidad y experiencia.

2. Informar a “COMESA” y al personal designado por ésta, el estado de la prestación de los servicios que nos ocupan y su conclusión.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 83: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 83 DE 100

3. Proporcionar a la brevedad los productos entregables a que haya lugar con motivo de la prestación de los servicios del presente contrato.

4. Las demás que se deriven del presente contrato.

DÉCIMA NOVENA. CONFIDENCIALIDAD. “EL PROVEEDOR” se obliga a no revelar a terceros ningún secreto ó comunicación reservada ó privilegiada que conozca ó reciba con motivo de la celebración del presente contrato, tanto operativa, administrativa, legal ó de cualquier otra índole, sin la autorización de “COMESA”. Para ello, LAS PARTES se obligan a firmar un Convenio de Confidencialidad (ANEXO __), el cual una vez firmado por ellas, formará parte integrante del presente contrato como si se insertase a la letra en obvio de repeticiones.El incumplimiento a la obligación contenida en esta cláusula, y en su caso, al convenio, traerá como consecuencia la rescisión del contrato, independientemente de las acciones civiles ó penales en que podría incurrir al no guardar secreto profesional.

VIGÉSIMA. USO DE NOMBRE, LOGO-EMBLEMA Y SIGLAS DE “COMESA”. “EL PROVEEDOR” se abstendrá, con relación al servicio objeto de este contrato, de utilizar el nombre, logo-emblema y siglas de “COMESA” en sus instalaciones, mobiliario, tarjetas personales, carpetas, reportes que entregue a “COMESA” y en general, cualquier otro documento ó bien utilizado por “EL PROVEEDOR” para la realización de su trabajo, a reserva de ser solicitado por escrito por “EL PROVEEDOR” y autorizado de la misma forma por “COMESA”.

VIGÉSIMA PRIMERA. OBLIGACIONES A CARGO DE “COMESA”. Para el debido cumplimiento del objeto materia de este contrato, “COMESA” se obliga a:

Respetar el servicio prestado por “EL PROVEEDOR” en los términos establecidos en el presente contrato.

Proporcionar la información necesaria para la realización de este instrumento, siempre y cuando la misma no esté clasificada como confidencial ó reservada, según el criterio establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información y/o en cumplimiento a la protección de los derechos de autor, así como de las políticas internas de “COMESA”.

Entregar a “EL PROVEEDOR” la cantidad señalada en la CLÁUSULA TERCERA de este contrato, en la forma y términos acordados.

VIGÉSIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. “EL PROVEEDOR” será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social, que en su caso se generen, por la contratación de personas con motivo de los servicios materia del presente contrato.

Asimismo, “EL PROVEEDOR” reconoce y acepta que con relación al Contrato actuará exclusivamente como proveedor independiente, por lo que nada de lo contenido en dicho instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes del mismo, creará una relación

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 84: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 84 DE 100

laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el proveedor adjudicado, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados y “COMESA”.

Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, de los empleados de "EL PROVEEDOR", relacionada con los supuestos establecidos en la presente Cláusula que pueda afectar los intereses de “COMESA” o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales, “EL PROVEEDOR” quedará obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a “COMESA”, Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto.VIGÉSIMA TERCERA. PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS AUTOR. “EL PROVEEDOR” acepta que, en relación con el objeto del contrato, asumirá la responsabilidad total para el caso de que por su culpa o negligencia, se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a “COMESA” de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a rembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice “COMESA” por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero.

Si se presenta dicho supuesto, “COMESA” dará aviso a las autoridades competentes y a “EL PROVEEDOR” y éste último, en un plazo de 15 (quince) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a “COMESA” un informe circunstanciado sobre la referida violación.

“EL PROVEEDOR” asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación ó conciliación. Si dicha reclamación, negociación ó conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/ó de los Organismos Subsidiarios y/ó sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación ó conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, “EL PROVEEDOR” se compromete a consultar y obtener la autorización previa de “COMESA”, para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de “COMESA” de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

“EL PROVEEDOR” bajo ninguna circunstancia, podrá usar para fines comerciales, publicitarios ó de cualquier otra índole, el nombre de “COMESA”, Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos ó cualquier otro signo ó símbolo distintivo.

VIGÉSIMA CUARTA. COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES. AMBAS PARTES acuerdan que cualquier notificación, aviso ó reporte, será considerado como entregado y válido,

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 85: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 85 DE 100

cuando el escrito se mande por una parte a la otra por mensajero, correo electrónico, correo de primera clase prepagado o por vía de telefax, recabando el acuse de recibo correspondiente.

VIGÉSIMA QUINTA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. “EL PROVEEDOR” se obliga a no ceder en forma parcial ni total, a favor de cualquiera otra persona física ó moral, los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato, “EL PROVEEDOR” sólo podrá ceder derechos de cobro, previa autorización por escrito de "COMESA", de conformidad con lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

VIGÉSIMA SEXTA. PAGO DE LA SUMA ASEGURADA. “EL PROVEEDOR” realizará el pago que corresponda de conformidad con los supuestos y los montos señalados en el Anexo __ del presente contrato.

VIGÉSIMA SÉPTIMA. CARTA COBERTURA. "EL PROVEEDOR" se obliga a expedir a “COMESA” carta de cobertura con ___ horas posteriores a las ___:00 horas del día ________, fecha de la firma del presente contrato. La demora en la entrega de la carta cobertura en la fecha señalada será causa de imposición de la pena convencional estipulada en la CLÁUSULA TRIGÉSIMA PRIMERA de este contrato.

VIGÉSIMA OCTAVA. CASO FORTUITO Ó FUERZA MAYOR. Ninguna de las partes será responsable por daños, demandas ó reclamaciones, de ninguna naturaleza, provenientes de retrasos ó incumplimiento de sus obligaciones bajo este contrato si en la medida en que dicho retraso ó incumplimiento sea atribuible a caso fortuito ó fuerza mayor. En la inteligencia de que la parte que reclame el caso fortuito ó la fuerza mayor, proporcionará notificación por escrito a la otra parte inmediatamente después de que sobrevenga dicho caso fortuito ó fuerza mayor, especificando los detalles, la duración estimada del mismo, así como el posible retraso en la ejecución de los trabajos, y proporcionará también, notificación por escrito a la otra parte tan pronto como el caso fortuito ó la fuerza mayor haya terminado.

Se entiende por caso fortuito ó fuerza mayor, si dicho evento se encuentra más allá del control razonable de dicha parte y no es resultado de su falta ó negligencia y cuando dicha parte no haya sido capaz de superar dicho acontecimiento mediante el ejercicio de la debida diligencia. Sujeto a la satisfacción de las condiciones estipuladas en la oración precedente, el caso fortuito ó fuerza mayor incluirá, en forma enunciativa y no limitativa:

I. Fenómenos de la naturaleza, tales como tormentas, inundaciones y terremotos.II. Incendios.III. Guerras, disturbios civiles, motines insurrecciones y sabotaje.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 86: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 86 DE 100

IV. Huelgas u otras disputas laborales en México. V. Leyes de aplicación general de cualquier autoridad gubernamental.

Queda expresamente convenido que en caso fortuito o fuerza mayor no incluirá ninguno de los siguientes eventos:

a. Incumplimiento de cualquier obligación contractual por parte de “EL PROVEEDOR” para realizar cualquier parte de los servicios.

b. El retraso en la contratación del personal obrero, excepto y en la medida en que dicho retraso sea causado por un caso fortuito ó fuerza mayor.

c. Cualquier acto u omisión derivados de la falta de previsión por parte de “EL PROVEEDOR”.

Ninguna de las partes hará responsable a la otra por costos incurridos como resultado del retraso ó incumplimiento derivado de caso fortuito ó fuerza mayor.

VIGÉSIMA NOVENA. DAÑOS Y PERJUICIOS. “EL PROVEEDOR” se hace responsable por los daños y perjuicios que se pueden causar a las personas y bienes de “COMESA” ó de terceros derivados de una negligencia, impericia, dolo, mala fe u omisión por parte del personal de “EL PROVEEDOR” que asigne a la administración del presente Contrato, con motivo de la ejecución de los servicios ó por no sujetarse al contrato, por inobservancia a las instrucciones dadas por “COMESA” ó por violación a las leyes y reglamentos aplicables.

“EL PROVEEDOR” será el único responsable en caso de que sus trabajadores, con motivo de la ejecución de los servicios objeto de este contrato, cometan conductas que pueda ser constitutivas de delitos, que causen agravio al patrimonio de “COMESA”, siendo facultad de ésta rescindir el contrato sin perjuicio de la determinación del Ministerio Público de la Federación a la denuncia presentada por tales hechos.

“EL PROVEEDOR” responderá administrativa, civil y penalmente tanto por el incumplimiento de las obligaciones expresas y derivadas del presente contrato como de los hechos u omisiones que le fueren imputables y que, en desarrollo del mismo, causen daños ó perjuicios a “COMESA” ó a sus funcionarios y/o empleados.

TRIGÉSIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. “COMESA” podrá terminar anticipadamente el presente contrato, cuando concurran causas de interés general, ó bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de la prestación del servicio objeto del presente instrumento y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones, se originaría algún daño ó perjuicio al Estado ó a “COMESA”. Cuando se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al Contrato con motivo de la Resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, lo anterior, debiendo sujetarse las partes a lo que establece el artículo de conformidad con el artículo 54 de la Ley.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 87: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 87 DE 100

COMESA podrá dar por terminado anticipadamente el Contrato, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio a “COMESA”.

En este supuesto, “COMESA” procederá a rembolsar, previa solicitud de “EL PROVEEDOR”, los gastos no recuperables en que éste hubiere incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el Contrato.

No procederá el pago de gastos no recuperables, en aquellos casos en que “COMESA”, cancele oportunamente la partida o parte de las cantidades establecidas originalmente en el Contrato en términos del cuarto párrafo del artículo 52 de la Ley.

TRIGÉSIMA PRIMERA. PENAS CONVENCIONALES. AMBAS PARTES estarán a lo dispuesto por los artículos 71 de la Ley sobre el Contrato de Seguros y 135 Bis de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.

TRIGÉSIMA SEGUNDA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. “COMESA” podrá dar por terminado anticipadamente el Contrato, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio al Estado o a “COMESA”, o bien, cuando se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al Contrato con motivo de la Resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, lo anterior, de conformidad con el articulo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

En este supuesto, “COMESA” procederá a reembolsar, previa solicitud de “EL PROVEEDOR”, los gastos no recuperables en que éste hubiere incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el Contrato.

No procederá el pago de gastos no recuperables, en aquellos casos en que “COMESA”, cancele oportunamente la partida o parte de las cantidades establecidas originalmente en el Contrato en términos.

TRIGÉSIMA TERCERA. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO. “COMESA” con fundamento en el artículo 55 BIS de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, podrá en cualquier momento y sin incurrir en responsabilidad alguna, suspender temporalmente en todo o en parte el Contrato por causas justificadas, sin que ello implique su terminación definitiva, dando aviso por escrito a “EL PROVEEDOR” con 15 (quince) días naturales de anticipación.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 88: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 88 DE 100

El presente Contrato podrá continuar produciendo sus efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.

TRIGÉSIMA CUARTA. RESCISIÓN DEL CONTRATO. LAS PARTES convienen que “COMESA” podrá rescindir administrativamente el presente Contrato, sujetándose para ello al procedimiento que establece el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en los siguientes casos, mismos que se enumeran de manera enunciativa y no limitativa:

1. Si “EL PROVEEDOR” no ejecutare los servicios objeto del instrumento de cuenta, en los términos y condiciones señalados a lo largo del mismo, específicamente en las CLÁUSULAS PRIMERA Y SEGUNDA.

2. Si “EL PROVEEDOR” antes del vencimiento del plazo indicado para la prestación de los servicios, manifiesta por escrito su imposibilidad de ejecutarlos.

3. Una vez agotado el monto límite de aplicación de penas convencionales.4. Si “EL PROVEEDOR” se niega a reponer los servicios que “COMESA” hubiere recibido

como incompletos, discrepantes ó mal ejecutados.5. Si los servicios no cumplen con las especificaciones y calidades pactadas en el contrato.6. Si “EL PROVEEDOR” es declarado en concurso mercantil ó de acreedores, ó en

cualquier situación análoga que afecte su patrimonio.7. Si “EL PROVEEDOR” cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin sujetarse a

la autorización previa y por escrito de “COMESA”.8. Si “EL PROVEEDOR” no da a “COMESA” ó a quien éste designe por escrito, las

facilidades ó datos necesarios para la inspección de los servicios.9. En general, por el incumplimiento por parte de “EL PROVEEDOR” a cualquiera de las

obligaciones derivadas del contrato y sus documentos ó a las leyes y reglamentos aplicables.

En caso de incumplimiento de “EL PROVEEDOR” a cualquiera de las obligaciones del contrato, “COMESA” podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo y el pago de las penas convencionales por el atraso, o declarar la rescisión administrativa conforme al procedimiento que se señala en la siguiente cláusula, sin menoscabo de que “COMESA” pueda ejercer las acciones judiciales que procedan.

Si “EL PROVEEDOR” es quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración correspondiente.

El procedimiento de rescisión administrativa del contrato se iniciará en cualquier momento posterior a que se presente alguna de las causas de rescisión administrativa consignadas en esta CLÁUSULA.

TRIGÉSIMA QUINTA. PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN. Cuando se presente alguna de las causas de rescisión consignadas en el Contrato, y referidas en el numeral que precede,

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 89: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 89 DE 100

se comunicará por escrito dicha circunstancia a “EL PROVEEDOR” con el fin de que éste en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados, a partir de la fecha en que reciba la notificación de rescisión administrativa, manifieste lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.

La determinación de dar o no por rescindido el Contrato, deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada a “EL PROVEEDOR”, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo a que se refiere el párrafo anterior.

Si previamente a la determinación de dar por rescindido administrativamente el Contrato, “EL PROVEEDOR” presta los servicios o subsana su incumplimiento o causa que dio origen al procedimiento, éste quedará sin efecto, sin perjuicio de que “COMESA” pueda aplicar las penas convencionales estipuladas en el Contrato.

Si “EL PROVEEDOR” es quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración correspondiente.El procedimiento de rescisión administrativa del Contrato, se iniciará en cualquier momento posterior a que se presente alguna de las causas de rescisión administrativa consignadas en este numeral.

TRIGÉSIMA SEXTA. ACUERDO TOTAL. Este contrato contiene la voluntad total de las partes con respecto al objeto del mismo y deja sin efecto cualquier acuerdo anterior con respecto a la misma materia. Ninguna variación, modificación ó cambio en este contrato será obligatorio para las partes a menos que se haga por escrito y sea firmado por LAS PARTES. Asimismo, LAS PARTES se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución de los servicios objeto de este contrato, a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, y para todo lo no previsto a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.

TRIGÉSIMA SÉPTIMA. SUJECIÓN. LAS PARTES se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución del objeto de este contrato, a todas y cada una de las cláusulas que lo integran.

TRIGÉSIMA OCTAVA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, y para todo lo previsto en el mismo, LAS PARTES se someten expresamente a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, La Ley Sobre el Contrato de Seguro y, supletoriamente, a las disposiciones aplicables del Código Civil Federal, así como el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Asimismo, para resolver las controversias que se susciten en su caso, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio actual ó futuro.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 90: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 90 DE 100

TRIGÉSIMA NOVENA. CONSTITUCIÓN DEL CONTRATO. LAS PARTES están de acuerdo que la constitución de este contrato consta de ________ cláusulas contenidas en ______ hojas útiles escritas por una sola de sus caras y ________ANEXOS.

Las partes manifiestan que en la celebración del presente contrato no existe dolo, error, lesión, mala fe, coacción, ó la existencia de algún vicio en el consentimiento que en este acto otorgan que pudiese invalidar el presente contrato.

Enteradas las partes del contenido, alcance y fuerza legal del presente contrato, lo firman autógrafamente en 2 (dos) ejemplares, quedando un ejemplar para cada una de las partes, en la Ciudad de México, Distrito Federal, el día ________.

"POR COMESA"COMPAÑÍA MEXICANA

DE EXPLORACIONES, S. A. DE C. V.

___________________________________REPRESENTANTE LEGAL

POR “EL PROVEEDOR”_____________________________

___________________________REPRESENTANTE LEGAL

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 91: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 91 DE 100

DOCUMENTO 11CONDICIONES ESPECIALES

_____________________________________________________, denominada en adelante la aseguradora, admite la responsabilidad de aseguramiento de todos los bienes muebles e inmuebles y contenidos propiedad de COMESA, o propiedad de terceros que tenga a su cargo y/o bajo su responsabilidad o en préstamo y/o comodato, denominado en adelante el asegurado y constituye la siguiente

PÓLIZAS POR RAMOS ESPECÍFICOS DE SEGURO CONTRA DAÑOS MATERIALES

CONDICIONES

1.- ASEGURADO

COMESA y toda su estructura orgánica compuesta por todas sus unidades técnicas, administrativas y brigadas.

2.- INTERÉS ASEGURABLE

Daños materiales a bienes propiedad de COMESA o bienes de terceros que tenga bajo su responsabilidad, custodia, préstamo, arrendados y/o comodato.

3.- CONDICIÓN DE ASEGURAMIENTO PARA EQUIPOS ACTIVOS E INACTIVOS

Queda convenido entre las partes, que los bienes a que se refieren las pólizas de:

I. Seguro múltiple empresarialII. Seguro de transporte de cargaIII. Seguro de equipo de contratistasIV. Seguro de equipo electrónico (de campo)V. Seguro de responsabilidad civil de viajeroVI. Flotilla de automóviles / camiones y remolquesVII. Seguro de embarcaciones menores

Se están asegurando como equipos activos, sin embargo existe la posibilidad de que parte o la totalidad de los bienes puedan quedar inactivos depositados en bodega, razón por la que la aseguradora deberá emitir un endoso de disminución proporcional de la prima, otorgando únicamente la cobertura de riesgos en bodega. De igual manera, una ves que los bienes vuelvan a la normalidad de operación, la aseguradora; previo aviso, emitirá el endoso correspondiente para cubrir los riesgos normales como bienes

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 92: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 92 DE 100

activos, en la misma proporción tarifaría que fue considerada para la disminución de cobertura.

4.- VIGENCIA DEL SEGURO

Vigencia: Desde las 00:01 horas del 01 de abril de 2009

Hasta las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2009

5.- PÓLIZAS Y SECCIONES

I. Seguro múltiple empresarial

- Incendio daños materiales- Incendio pérdidas consecuenciales- Responsabilidad civil- Robo con violencia de contenidos- Dinero y/o valores- Equipo electrónico (oficinas)- Rotura de maquinaria - Rotura de cristales

II. Seguro de transporte de cargaIII. Seguro de equipo de contratistasIV. Seguro de equipo electrónico (de campo)V. Seguro de responsabilidad civil de viajeroVI. Flotilla de automóviles / camiones y remolques

- Seguro de automóviles.- Seguro de camiones y remolques.- Seguro de vehículos importados.

VII. Seguro de embarcaciones menores

6.- CLÁUSULAS ADICIONALES SEGÚN CORRESPONDA EL RAMO

Esta póliza cubre todo bien todo riesgo a primer riesgo de pérdida o daño a bienes propiedad de COMESA propiedad de terceros que tenga bajo su responsabilidad, que signifiquen un interés asegurable o por los que sea legalmente responsable, bajo los términos que más adelante se especifican en cada una de las secciones de este seguro y sujetos a las limitaciones que se indican en esta póliza. (Solo aplicara para las coberturas que así se lo permitan)

7.- COBERTURAS ADICIONALES (CLÁUSULAS)

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 93: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 93 DE 100

Este seguro se extiende a cubrir, dentro de las sumas aseguradas para cada sección, las siguientes coberturas:

7.1.- REMOCIÓN DE ESCOMBROS

La suma asegurada para esta cobertura es el equivalente al 10% de la suma asegurada de los inmuebles.

En caso de pérdida o daño a los bienes propiedad de COMESA, se indemnizarán los gastos incurridos por concepto de la remoción de los escombros (desmontaje, demolición, limpieza o acarreos y los que necesariamente tengan que llevarse a cabo), de la propiedad asegurada la cual quede destruida o dañada por un riesgo asegurado bajo los términos de esta póliza.

El costo por concepto de la remoción de los escombros no se considerara en la determinación del valor de la propiedad asegurada.

7.2.- GASTOS EXTRAORDINARIOS

En caso de pérdida o daño a los bienes propiedad de COMESA amparados bajo los términos de la presente póliza, este seguro también indemnizará a la institución los costos y gastos extras razonablemente incurridos para realizar reparaciones provisionales, así como para apresurar la reparación de la propiedad dañada, incluyendo horas extras y el costo adicional por el uso de envíos por servicio rápido o por otros medios de transporte.

8.- CLÁUSULAS ESPECIALES

8.1.- REINSTALACIÓN AUTOMÁTICA

En caso de siniestro, la suma asegurada con cobro de prima adicional excepto para responsabilidad civil, una sola vez para terremoto y erupción volcánica e inundación y para las demás coberturas las reinstalaciones serán sin cobro.

8.2.- ERRORES U OMISIONES

Cualquier error u omisión por parte de COMESA no perjudicará sus intereses, ya que es intención de esta póliza dar protección completa en todo tiempo sin exceder de los límites establecidos en la misma; por lo tanto, COMESA se obliga a reportar a la aseguradora cualquier error u omisión dentro de un tiempo razonable al descubrirlo.

8.3.- GRAVÁMENES Y HONORARIOS PROFESIONALES

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 94: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 94 DE 100

En alcance a la cláusula 7a. de las condiciones generales de la póliza, en caso de siniestro la aseguradora pagará de acuerdo al interés asegurable que demuestre COMESA, sin perjuicio de pagos que deban hacerse a terceros que acrediten tener algún interés asegurable conforme a la ley.

El presente seguro se extiende a cubrir los honorarios de arquitectos, ingenieros, agrimensores (topógrafos o medidores) y contadores públicos, así como la pérdida o daños a libros de contabilidad, dibujos, boletos, abonos, ficheros y otros registros.

Sin embargo, la cobertura en ningún caso excederá del costo de los libros o cualquier otro material en blanco, más el costo real del trabajo necesario para transcribir o copiar.

Dichos registros, costos legales correspondientes a planos, especificaciones y servicios relacionados con la reposición o reconstrucción de los bienes asegurados bajo la póliza, siempre que el importe de la pérdida pagada no exceda de la suma asegurada del bien dañado.

Ningún gasto relacionado con la preparación de la reclamación del asegurado quedará cubierto por este seguro.

8.4.- VALOR DE REPOSICIÓN

Para efectos del seguro, él término de valor de reposición significa la suma de dinero necesario en el momento del siniestro para costear la construcción, adquisición, instalación o reparación en su caso, de bienes muebles o inmuebles de igual clase, calidad, tamaño y capacidad que los bienes asegurados, sin considerar deducción alguna por depreciación física o tecnológica, pero hasta los límites o sublímites establecidos en esta póliza.

En ningún caso la aseguradora será responsable bajo este seguro por:

a) cualquier gasto adicional derivado de la necesidad o deseo de COMESA de construir o reponer los bienes dañados en ubicación distinta de la que ocupaban al ocurrir el siniestro.

b) cualquier gasto adicional motivado por leyes o reglamentos que regulen la construcción, reconstrucción o reparación de los bienes dañados.

c) el valor de reposición, en caso de pérdida o daño que afecte a bienes inservibles.

8.5.- PERMISOS

En alcance a la cláusula 5a. de las condiciones generales y toda vez que en caso de siniestro COMESA debe conservar las cosas en el estado en que se encuentren, podrá

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 95: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 95 DE 100

mediante esta cláusula, sin límite de tiempo y sin previo aviso, hacer en el local afectado adiciones, alteraciones y reparaciones, trabajar a cualquier hora, suspender labores, dejar vació o desocupado cualquier local, llevar a efecto cualquier trabajo o tener en existencia y hacer uso de todos aquellos artículos, materiales, aprovisionamientos y aparatos que puedan necesitarse para la normal prosecución de su operación.

8.6.- COBERTURA AUTOMÁTICA

Para efectos de complementar esta cobertura, se establece que quedarán amparadas automáticamente, todas aquellas adquisiciones de bienes materiales, inmuebles, maquinaria y contenidos en general sin cargo adicional, siempre y cuando la suma no exceda del 10% de la suma asegurable propuesta como suma asegurada.

8.7.- ENDOSOS DE INFLACIÓN Y DEVALUACIÓN AL 5 %

Queda convenido, que las sumas aseguradas convenidas en esta cobertura, no se verán afectadas durante una indemnización por siniestro, por efecto del incremento o decremento del valor de la moneda. Durante estos eventos se verán compensadas las sumas aseguradas hasta un 5% durante la vigencia del seguro y hasta el porcentaje equivalente a la devaluación o inflación efectiva.

9.- LÍMITES DE RESPONSABILIDAD

Él límite máximo de responsabilidad o suma asegurada que se indica para cada sección de la presente póliza, o que sea modificado mediante endoso a la misma, es un límite o suma por evento u ocurrencia.

No obstante cualquier estipulación en contrario en la presente póliza, bajo ninguna circunstancia se excederá de este límite o suma por un desastre, daño, evento u ocurrencia, sin importar el número de ubicaciones involucradas.

10.- INTERÉS MORATORIO

En caso que la aseguradora, no obstante haber recibido los documentos e información que le permitan conocer el fundamento de la reclamación que le haya sido presentada, no cumpla con la obligación de pagar la indemnización, capital o renta en los términos del articulo 71 de la Ley Sobre el Contrato del Seguro, en vez del interés legal, quedara convencionalmente obligada a pagar a COMESA, beneficiario o tercero dañado un interés moratorio anual equivalente a la media aritmética de las tasas de rendimiento brutas correspondientes a las series de Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) emitidas durante el lapso de mora.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 96: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 96 DE 100

En defecto de los CETES se aplicara la tasa de rendimiento de los depósitos bancarios de dinero a plazo de 90 días para el cálculo del interés moratorio convencional.

Lo dispuesto en la presente cláusula no es aplicable en los casos a que se refiere el artículo 135 de la Ley General de Instituciones de Seguros.

11.- RENUNCIA DE INVENTARIOS

La compañía aseguradora no requerirá de COMESA con objeto de agilizar la indemnización, en caso de siniestro, ningún inventario o avaluó de la propiedad indemne, sí la reclamación total bajo el seguro de incendio que existe sobre los bienes asegurados no exceda del 20% de la suma asegurada.

12.- AUTORIZACIÓN PARA REPONER, RECONSTRUIR O REPARAR

En caso de siniestro que amerite indemnización bajo las presentes pólizas (numeradas en el punto 4), COMESA podrá previa autorización por escrito de la aseguradora, optar por la reposición de los bienes dañados o disponer de ellos para empezar inmediatamente su reparación o reconstrucción ya sea en el mismo sitio en que se encontraban o en otro bien para destinarlos a otros usos, quedando entendido sin embargo, que la responsabilidad de la aseguradora esta limitada al costo real de la reparación, reconstrucción o reposición, con materiales de la misma calidad, clase, tamaño y características que tenia al momento y en el lugar en que ocurrió el siniestro, sin exceder en ningún caso de la suma asegurada.

13.- VENTA DE SALVAMENTOS

En caso de siniestro que amerite indemnización bajo este seguro, la aseguradora respecto a la mercancía que resulte como salvamento no podrá disponer de ella bajo el nombre y marca registrada de COMESA sin previa conformidad de la institución. Así mismo, se compromete a retirarlo en un plazo de 30 días naturales.

14.- CINCUENTA METROS

Los bienes asegurados quedan igualmente amparados cuando se encuentren temporalmente en maniobras de carga y descarga, sobre andenes, plataformas, carros de ferrocarril, camiones o cualquier otro lugar, dentro de los límites de los terrenos de

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 97: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 97 DE 100

las ubicaciones mencionadas en la póliza o a una distancia de 50 (cincuenta) metros de los mismos.

15.- PLANOS Y MODELOS

La responsabilidad de la aseguradora, en caso de pérdida, se limitará al valor intrínseco de los materiales y de las sumas gastadas en la confección de cada dibujo, modelo o plano, sin tomar en cuenta el valor en que COMESA les estime, por el uso que de ellos pudiera hacer.

16.- SUBROGACIÓN DE DERECHOS

La aseguradora se subrogará hasta por el importe de la cantidad pagada, en todos los derechos contra terceros que por causa del daño indemnizado correspondan a COMESA, sin embargo cuando se trate de actos cometidos por personas de las que fuera legalmente responsable COMESA, por considerarse para estos efectos también como asegurados, no habrá subrogación, excepto si se trata de actos intencionales, dolo o mala fe.

La aseguradora no se subrogara en contra de filiales o subsidiarias, si el daño fuera indemnizado solo o en parte, COMESA y la aseguradora concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción que corresponda.

17.- ALTAS Y BAJAS

Para efecto de pago o devolución de primas, deberá considerarse a prorrata de la prima anual generada y en función al periodo devengado o por devengar.

18.- VALORES CONVENIDOS (NO-PROPORCIONALIDAD)

Con sujeción a las condiciones generales de la póliza y de las particulares de las coberturas adicionales, la aseguradora y COMESA convienen que los valores declarados para el seguro en la presente póliza fueron convenidos, por lo cual los mismos se consideran como valores de reposición, eliminándose toda proporción indemnizable.

19.- DEMOLICIÓN Y AUMENTOS DE COSTOS DE CONSTRUCCIÓN

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 98: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 98 DE 100

En caso de que una pérdida o daño bajo esta póliza cause la imposición de una ley u orden que regule la construcción o reparación de las construcciones dañadas, la aseguradora se hará responsable por:

El aumento del costo de reparación o de reconstrucción de edificaciones dañadas o no, cuando las reparaciones o reconstrucciones sean llevadas a cabo en el mismo sitio u otro, pero no limitándose a los requisitos mínimos de ley u orden que rigen la reparación o reconstrucción de propiedades dañadas en el mismo sitio.

20.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DE LA PÓLIZA

No obstante el término de vigencia de la póliza, las partes convienen en que este podrá darse por terminado anticipadamente mediante una notificación por escrito cuando COMESA lo de por terminado, la aseguradora tendrá derecho a la parte de la prima que corresponda al tiempo durante el cual el seguro hubiese estado en vigor, calculándose la prima a prorrata y haciendo la devolución en un plazo de 30 (treinta) días. Cuando la aseguradora lo de por terminado, lo hará mediante notificación escrita fehaciente al asegurado, surtiendo efecto la terminación del seguro después de 60 días de practicada la notificación respectiva, y la aseguradora devolverá a COMESA la parte de la prima no devengada, a más tardar al hacer dicha notificación sin cuyo requisito se tendrá por no hecha.

21.- PRELACIÓN

Las condiciones especiales antes descritas tendrán prelación cuando se contrapongan con las condiciones generales de los ramos amparados y que se encuentran anexas al presente.

22.- PRESCRIPCIÓN

Todas las acciones que se deriven de esta póliza de seguros prescribirán en 2 (dos) años contados en los términos del artículo 81 de la Ley Sobre el Contrato del Seguro desde la fecha del acontecimiento que les dio origen, salvo los casos de excepción consignados en él artículo 82 de la misma ley.

La prescripción se interrumpirá no solo por las causas ordinarias, sino también por el nombramiento del perito o por la iniciación del procedimiento señalado por el artículo 135 de la Ley de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.

23.- ARTÍCULO 25 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DEL SEGURO

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 99: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 99 DE 100

Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, COMESA, podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días naturales que sigan al día en que se reciban las pólizas, transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones.

24.- PRIMA

24.1.- La prima a cargo del asegurado es pagadera al momento de la celebración de la póliza y salvo convenio en contrario, se entenderá que el período del seguro es de un año.

24.2.- COMESA, gozará del periodo convenido según licitación, para liquidar el total de la prima contado a partir de que reciba la póliza y el recibo correspondiente y sean revisadas las pólizas de seguro.

24.3.- Los efectos de esta póliza cesarán automáticamente a las doce horas del último día del periodo de espera, si el asegurado no hubiese cubierto el total de la prima o de su fracción pactada.

24.4.- La prima convenida deberá ser pagada en el domicilio del asegurado, contra entrega del recibo correspondiente, lo cual deberá suceder veinte días naturales antes de su vencimiento.

25.- INSPECCIÓN Y SUSPENSIÓN

La aseguradora se obliga a realizar, inspecciones quedando autorizada a realizarlas, y si descubre una condición que en su opinión y bajo aceptación o aprobación de COMESA se considere peligrosa; con respecto a las propiedades aseguradas, podrá solicitar la corrección de estas, si el asegurado no la corrigiere podrá propiciar la suspensión de este seguro en lo que se refiere a cualquier siniestro que surja a consecuencia de dicha condición; no se suspenderá la cobertura otorgada bajo los términos de la presente póliza, a menos que la aseguradora de aviso por escrito de dicha suspensión.

El derecho de realizar dichas inspecciones, la realización de las mismas o los avisos y reportes resultantes, no constituyen compromiso para la aseguradora en beneficio de COMESA, o de cualquier otra parte para determinar o garantizar que las instalaciones y operaciones estén en condiciones seguras o sanitarias o que cumplan con cualquier ley, norma o reglamento.

26.- PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 100: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 100 DE 100

26.1 MEDIDAS DE SALVAGUARDA O RECUPERACIÓN.

Al ocurrir un siniestro COMESA, tendrá la obligación de ejecutar todos los actos que tiendan a evitar o disminuir el daño o a evitar que este aumente. Si no hay peligro en la demora pedirá instrucciones a la aseguradora y actuará conforme a lo que ella le indique. El incumplimiento de esta obligación podrá afectar los derechos del asegurado en los términos de ley. Los gastos hechos por COMESA, que no sean manifestados improcedentes los cubrirá la aseguradora y si ésta da instrucciones anticipará dichos gastos.

27.- AVISO DE SINIESTRO

27.1 Al ocurrir un siniestro, COMESA o el beneficiario en su caso, tendrá la obligación de comunicarlo a la aseguradora por escrito, tan pronto tenga conocimiento de el, pero bajo ninguna circunstancia, dicha comunicación excederá de quince días naturales, contados a partir de la fecha en que COMESA, tuvo conocimiento del siniestro. La falta de este aviso podrá dar lugar a que la indemnización sea reducida a la cantidad que hubiere importado el daño, si la aseguradora hubiese tenido aviso oportuno de él, sin perjuicio de que inmediatamente después del siniestro, se tomen las medidas necesarias para protección o salvamento, la aseguradora deberá, de inmediato o en un plazo de quince días, examinar los bienes dañados antes de que se inicien las reparaciones.

27.2 Si el daño al bien asegurado fuere causado por tercera o terceras personas, COMESA, en cumplimiento de lo estipulado, se abstendrá de cualquier arreglo con aquellas sin la previa autorización y aprobación de la aseguradora respecto a la responsabilidad que les resulte por dichos daños.

28.- DOCUMENTOS DATOS E INFORMES QUE COMESA DEBERÁ SUMINISTRAR A LA ASEGURADORA. MODIFICAR TEXTO

COMESA comprobará su reclamación y demás circunstancias de la misma, en los términos de esta póliza. la aseguradora tendrá derecho de exigir a COMESA, o del beneficiario, toda clase de informes sobre los hechos relacionados con el siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias y consecuencias de su realización.

COMESA, entregará a la aseguradora los documentos y datos siguientes:

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 101: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 101 DE 100

28.1. Una relación detallada y exacta de los bienes destruidos averiados, así como un estado de los daños causados por el siniestro y el importe de dichos daños.

28.2. Una relación de todos los seguros que existan sobre los bienes dañados.

28.3. Los planos, proyectos, libros, recibos, facturas, copias o duplicados de facturas, actas y en general todos los documentos que sirvan para apoyar su reclamación y todos los datos relacionados con las circunstancias en las cuales se produjo; a petición y a costa de la aseguradora, copias certificadas de las actuaciones practicadas por el ministerio público o por cualquier otra autoridad que hubiere intervenido en la investigación del siniestro o de hechos relacionados con el mismo.

28.4. En todo caso, COMESA, deberá rendir a la aseguradora todos los datos, documentos o informes que le sean solicitados por la misma, dentro del plazo indicado en el aviso de siniestro indicado en la cláusula 26.1.

29.- DERECHOS DE LA ASEGURADORA

La aseguradora podrá, sujeta a las condiciones de esta póliza, optar por cumplir con sus obligaciones derivadas de un siniestro cubierto, de cualquiera de las siguientes formas.

29.1. Pagar el valor de la pérdida, daños o gastos.

29.2. Reponer o reparar, a satisfacción del asegurado, el objeto asegurado.

29.3. Adquirir los efectos salvados, siempre que pague a COMESA, su valor de reposición, según estimación de peritos, teniendo preferencia la contaduría para la adquisición de los mismos, mediante autorización expresa de la aseguradora.

30.- AJUSTE Y PAGO DE PÉRDIDAS

Cualquier siniestro bajo los términos de la presente póliza (salvo lo que se estipula específicamente en contrato), será ajustado y pagado a favor del COMESA, o de acuerdo a su orden.

31.- DISPOSICIÓN ESPECIAL DE PÉRDIDAS Y AJUSTE

En caso de pérdida cubierta por esta póliza, que involucre a las de una propiedad asegurada u operaciones que tengan diversos porcentajes de propiedad por parte de COMESA, la pérdida será ajustada de manera que COMESA, reciba la recuperación máxima, de acuerdo a lo establecido.

32.- ANTICIPOS

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 102: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 102 DE 100

En caso de ocurrir una pérdida por este seguro y de que el representante de la aseguradora considerara que rebasa el deducible estipulado, la aseguradora conviene en aceptar una prueba parcial de pérdida para adelantar una cantidad mutuamente convenida, de la pérdida estimada antes de la prueba final.

33.- PRUEBAS Y PAGO DE PÉRDIDA

La aseguradora recibirá una prueba de pérdida fehaciente y detallada, tan pronto como sea posible, después de ocurrir un siniestro bajo este seguro.

Todas las reclamaciones ajustadas serán pagadas a COMESA, dentro del tiempo marcado por las bases de licitación después de haber presentado la prueba de pérdida. (El tiempo máximo de indemnización que se requiere es de 20 días, una vez integrado el expediente.

34.- ABANDONO

No habrá abandono a favor de la aseguradora, de cualesquier bienes, sin la aceptación escrita por la aseguradora misma.

35.- SALVAMENTOS Y RECUPERACIONES

En caso de cualquier pago por indemnización bajo la presente póliza, la aseguradora buscará incluyendo los intereses de COMESA, y en cumplimiento del ejercicio de los derechos de recuperación u obtención de salvamentos, dará el siguiente tratamiento a cualquier cantidad recuperada la cual distribuirá como a continuación se describe:

35.1. Se reembolsará en primer lugar, el monto de los daños indemnizados y/o el pago real incurrido a cualquier bien asegurado (incluyendo el de COMESA) que haya sufrido daños o que haya pagado una cantidad en exceso del límite de responsabilidad (deducible) bajo la presente póliza.

35.2 A continuación se reembolsara a la aseguradora hasta el monto de la indemnización hecha bajo la presente póliza.

35.3. Si queda algún saldo, se aplicará para rembolsar a COMESA, o a cualquier beneficiario, según corresponda a sus intereses.

Los gastos de todos los trámites de recuperación serán distribuidos en la proporción de las recuperaciones respectivas, si no existe recuperación para COMESA, en los procedimientos llevados a cabo, la aseguradora absorberá dichos gastos.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 103: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 103 DE 100

Cualesquier producto de otros seguros efectuados por o a nombre de COMESA, no se considerarán como recuperación para los fines de ésta cláusula.

36.- DEFINICIÓN DE SINIESTRO Y EVENTO

En lo que se refiere a los riesgos antes mencionados, queda entendido que se considerarán como un solo siniestro o evento todos los daños sufridos por COMESA, dentro de periodos continuo de 72 horas. En virtud de la complejidad en operación administrativa, COMESA se reserva el derecho de reportar uno o mas sucesos dentro del periodo antes señalado, considerándolos como un solo evento.

La aseguradora no será responsable de ninguna pérdida a consecuencia de temblor, inundación o vientos tempestuosos que comience antes o después de la vigencia de la presente póliza.La omisión por parte de COMESA, de reportar dicho daño o pérdida, dentro del período antes mencionado, no operará para invalidar los derechos de recuperación de COMESA, pero si podrá resultar en la reducción de la reclamación, en la medida en que los derechos de la aseguradora hayan sido afectados a consecuencia de dicha demora.

37.- ARBITRAJE

En caso de desacuerdo entre COMESA, y la aseguradora acerca del monto de cualquier pérdida o daño, la cuestión será sometida a dictamen de un árbitro nombrado por escrito de común acuerdo; si no se pusieran de acuerdo en el nombramiento de un solo árbitro, se designarán dos, uno por cada parte.

Lo cual se hará en el plazo de un mes a partir de la fecha en que una de ellas hubiera sido requerida por la otra, por escrito para que lo hiciera.

Antes de empezar sus labores, los dos árbitros nombraran un tercero para el caso de controversia, si una de las partes se negará a nombrar su arbitro o simplemente no lo hiciera cuando sea requerido por la otra o si los árbitros no se pusieran de acuerdo en el nombramiento del tercero, será la autoridad judicial, la que a petición de cualquiera de las partes, hará el nombramiento del árbitro tercero o de ambos, si así fuere necesario. Sin embargo, la comisión nacional de seguros y fianzas podrá nombrar él árbitro tercero en su caso, si de común acuerdo las partes así lo solicitaran. El fallecimiento de una de las partes, cuando fuere persona física, o de disolución si fuere una sociedad, ocurridos mientras sé esta realizando el arbitraje, no anulará ni afectará los poderes o atribuciones del árbitro o de los árbitros o del tercero, según el caso. Si alguno de los árbitros de las partes o el tercero falleciera antes del dictamen, será

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 104: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 104 DE 100

designado otro por quien corresponda (las partes, los árbitros o la comisión nacional de seguros y fianzas), para que lo sustituya.

Los gastos y costas que se originen con motivo del arbitraje, serán a cargo de la aseguradora y COMESA, por partes iguales, pero cada parte cubrirá los honorarios de su propio árbitro.

El arbitraje a que esta cláusula se refiere, no significa aceptación de la reclamación por parte de la aseguradora, simplemente determinará el monto de la pérdida que eventualmente estuviera obligada la aseguradora a resarcir, quedando las partes en libertad de ejercer las acciones y oponer las excepciones correspondientes.Cabe hacer mención que el arbitraje será con las reglas del código de comercio.

38.- JURISDICCIÓN

Convienen las partes en que para la interpretación y cumplimiento derivadas de la presente póliza, se someterán a la legislación y jurisdicción de los tribunales federales competentes de la ciudad de México, Distrito Federal, renunciando al fuero que por razón de su domicilio, presente o futuro, pudiera corresponderles.

39.- DEMANDA EN CONTRA DE LA ASEGURADORA

La aseguradora conviene en que cualquier acción legal o procedimiento en su contra, efectuado por COMESA, para el pago de cualquier indemnización a que tenga derecho en virtud de este seguro, no se considerara fuera de tiempo si se inicia dentro del plazo establecido para ello en la legislación mexicana.

40.- FRAUDE O DOLO

La aseguradora quedará libre de toda responsabilidad:

40.1. Si COMESA, el beneficiario o los representantes de uno u otro, con el fin de hacerla incurrir en error, disimulan o declaran de manera inexacta hechos que podrían excluir o restringir dichas responsabilidades.

40.2. Si hubiera en el siniestro o en la reclamación tergiversación o mala fe del asegurado, del beneficiario, de los causahabientes o de los representantes de cualquiera de ellos

41.- LUGAR Y PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN

La aseguradora hará el pago de la indemnización en el Departamento correspondiente de COMESA, sita en Mariano Escobedo No. 366, Colonia Anzures, C.P. 11590, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F.

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 105: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 105 DE 100

42.- RECLAMACIONES FALSAS O FRAUDULENTAS

Si COMESA, presentará cualquier reclamación sabiendo que la misma es falsa o fraudulenta en lo que se refiere a monto o cualquier otra causa, esta póliza quedará invalidada con respecto a tal reclamación, la cual no se cubrirá bajo los términos del presente.

43.- QUIEBRA E INSOLVENCIA

En caso de quiebra o insolvencia de COMESA o de cualquier entidad que se incluya como asegurado, la aseguradora no será exonerada por este motivo del pago de cualquier reclamación debida a tal quiebra o insolvencia.

44.- REQUISITOS DE LEY

Se considerará que han sido incluidas en la presente póliza, expedida por la aseguradora, cualesquiera disposiciones requeridas por ley.

45.- INCUMPLIMIENTO CON DISPOSICIONES LEGALES

En el caso de que cualesquiera disposiciones de esta póliza no puedan aplicarse por el asegurado bajo las leyes mexicanas o en cualquier otra jurisdicción, en donde el asegurado sufra una pérdida cubierta bajo la presente, debido al incumplimiento de cualquier disposición legal de las mismas, entonces esta póliza será ejecutada por el asegurado con el mismo efecto como si se hubiese cumplido con tales disposiciones.

46.- CLÁUSULA DE MONEDA

Las primas y siniestros serán pagaderos en moneda nacional y dólares americanos sin embargo, en razón de la ubicación de los bienes cubiertos, pudiera ser necesario que el costo de reparación o reposición por daños sean pagados en monedas distintas. Con relación a pérdidas por las cuales la póliza celebrada entre COMESA, y/o proveedores y/o reparadores designados para reparar o reponer el bien dañado no sea realizado en moneda nacional, entonces las cantidades serán convertido al dólar de los Estados Unidos de Norteamérica usando el concepto general siguiente:

Pérdida total y pérdida parcial: Al tipo de cambio en vigor en la fecha de ocurrencia

47.- PRELACIÓN DE CONDICIONES

FPGADQ-01-07 Revisión 00

Page 106: Proyecto de Modelo de Bases Licitación Públicaweb.compranet.gob.mx:8004/HSM/UNICOM/18200/002/2009/004/... · Web viewDe conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley

COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES, S.A. DE C.V.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No. 18200002-004-09 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES PÁGINA 106 DE 100

Las presentes condiciones generales son aplicables a todas las secciones de esta póliza, en tanto no se contrapongan con las condiciones particulares de cada una de las mismas, en cuyo caso tendrán prelación estas últimas sobre las primeras.

48- FORMULA DE DIVIDENDOS DEL SEGURO DE AUTOMÓVILES

Dividendos por baja siniestralidad, según la siguiente fórmula

B= 60% (65% PN – 110% SO), donde B= Bonificación por Buena SiniestralidadPN= Prima neta pagada y devengadaSO= Siniestros ocurridos

El no otorgar dividendos no será motivos de descalificación sin embargo será considerado en la evaluación económica y pudiera influir en el fallo.

FPGADQ-01-07 Revisión 00