PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES LP 032-2010 · CONSTRUCCION DE OBRAS DE ARTE PARA EL PROYECTO...

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PLIEGO DE CONDICIONES LP 032-2010 Página 1 de 78 FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE MINISTERIO DE DEFENSA-EJERCITO NACIONAL, MINISTERIO DE TRANSPORTE Y EL INSTITUTO NACIONAL DE VIAS-INVIAS CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. 200925 LICITACIÓN PÚBLICA No. LP 032-2010 CONSTRUCCION DE OBRAS DE ARTE PARA EL PROYECTO TRANSVERSAL DE LA MACARENA, EN EL TRAMO BARAYA - COLOMBIA, K0+000 AL K9+000, EN EL DEPARTAMENTO DEL META PLIEGO DE CONDICIONES BOGOTÁ D.C., JULIO DE 2010

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FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE

MINISTERIO DE DEFENSA-EJERCITO NACIONAL, MINISTERIO DE TRANSPORTE Y EL INSTITUTO NACIONAL DE VIAS-INVIAS

CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. 200925

LICITACIÓN PÚBLICA No. LP 032-2010

CONSTRUCCION DE OBRAS DE ARTE PARA EL PROYECTO TRANSVERSAL DE LA MACARENA, EN EL TRAMO BARAYA - COLOMBIA, K0+000 AL K9+000, EN EL

DEPARTAMENTO DEL META

PLIEGO DE CONDICIONES

BOGOTÁ D.C., JULIO DE 2010

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TABLA DE CONTENIDO

CAPÍTULO PRIMERO� ��

1.� INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN� ��

1.1.� INTRODUCCIÓN� ��

1.2.� OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN� ��

1.3.� LOCALIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO� ��

1.4.� PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO� ��

1.5.� PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA� ��

1.6.� FUENTES DE FINANCIACIÓN� ��

1.7.� RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNDAMENTOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN� ��

1.8.� PROGRAMA PRESIDENCIAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN� ��

1.9.� DEFINICIONES GENERALES DE TÉRMINOS APLICABLES A LOS PROCESOS DE FONADE.��

2.� DEL TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN� ���

2.1.� CRONOGRAMA GENERAL� ���

2.2.� DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN� ���

2.3.� COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y PROPONENTES� ���

2.4.� ETAPA PRELIMINAR� ���

2.4.1.� OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES� ���

2.5.� PROCESO DE SELECCIÓN� ���

2.5.1.� FASE INICIAL� ���

2.5.1.1.� Acto administrativo que ordena la apertura de la licitación� ���

2.5.1.2.� Publicación del pliego de condiciones definitivo� ���

2.5.1.3.� Retiro del pliego de condiciones� ���

2.5.2.� PLAZO DE LA LICITACIÓN� ���

2.5.2.1.� Inicio y cierre del término para presentar propuestas� ���

2.5.2.2.� Audiencias� ���

2.5.2.2.1� Audiencia de Revisión de la Asignación de Riesgos Previsibles.� ���

2.5.2.2.2� Audiencia de precisión del contenido y alcance del pliego de condiciones.� ���

2.5.2.3.� Observaciones al proyecto pliego de condiciones� ���

2.5.2.4.� Modificación del pliego de condiciones� ���

2.5.2.5.� Visita obligatoria al sitio de la obra� ���

2.5.3.� EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y DETERMINACIÓN DEL ORDEN DE ELEGIBILIDAD� ���

2.5.3.1.� Verificación de los requisitos habilitantes y término para presentar aclaraciones����2.5.3.2.� Evaluación de los factores técnicos de escogencia� ���

2.5.3.3.� Observaciones al informe de evaluación.� ���

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2.5.3.4.� Audiencia pública, apertura de sobres económicos, determinación del orden de elegibilidad y adjudicación.� ���

2.5.3.5.� Causales de rechazo� ��

2.5.3.6.� Desempate de propuestas� ��

2.5.4.� DEFINICIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN� ��

2.5.4.1.� Declaratoria de desierto� ��

2.5.4.2.� Adjudicación del contrato� ��

2.6.� SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO� ���

3.� DEL PROPONENTE Y SU OFERTA� ���

3.1.� CONDICIONES GENERALES� ���

3.1.1.� MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN� ��

3.1.2.� RESPONSABILIDAD EN LA ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA� ��

3.1.3.� VIGENCIA DE LA PROPUESTA� ��

3.1.4.� IDIOMA Y MONEDA DE LA PROPUESTA� �

3.1.5.� PROPUESTAS ALTERNATIVAS O PARCIALES� �

3.1.6.� DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTRANJERO� �

3.1.7.� FORMA, IDENTIFICACIÓN, ESTRUCTURA DE LA PROPUESTA Y RESPONSABILIDAD EN LA

PRESENTACIÓN DE LA MISMA� ���

3.2.� PRIMER COMPONENTE: REQUISITOS HABILITANTES� ���

3.2.1.� ASPECTOS JURÍDICOS DEL PROPONENTE� ���

3.2.1.1.� Carta de presentación de la propuesta� ���

3.2.1.2.� Acreditación de la existencia y la representación legal� ��

3.2.1.3.� Documento de constitución del consorcio o unión temporal.� ��

3.2.1.4.� Capacidad de contratación (K) y capacidad residual (Kr) – 06� ���

3.2.1.5.� Garantía de seriedad de la propuesta� ���

3.2.1.6.� Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes parafiscales����3.2.1.7.� Reporte de certificado de registro de precios definitivo o temporal� ���

3.2.1.8.� Reciprocidad� ���

3.2.1.9.� Certificado De Antecedentes Fiscales De La Contraloría General De La República� ���

3.2.1.10.� Certificado De Antecedentes Disciplinarios Procuraduría General De La Nación���3.2.2.� CAPACIDAD FINANCIERA DEL PROPONENTE� ���

3.2.3.� CONDICIONES DE EXPERIENCIA PROBABLE DEL PROPONENTE (E)� ���

3.2.4.� CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN DEL PROPONENTE (CO)� ���

3.3.� SEGUNDO COMPONENTE: FACTORES TÉCNICOS Y ECONÓMICOS DE

ESCOGENCIA� ���

3.3.1.� Factor Técnico (A) – Experiencia Específica del proponente.� ��

3.3.1.1.� Acreditación y Valoración de la Experiencia Específica.� ���

3.3.2.� FACTOR ECONÓMICO (B)� ��

CAPÍTULO CUARTO� �

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4.� CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES� �

4.1.� OBJETO� �

4.2.� VALOR� �

4.2.1.� FORMA DE PAGO� ���

4.2.2.� SISTEMA DE PAGO� ���

4.2.2.1� Cantidades de obra� ���

4.2.2.2� Precio unitario fijo� ���

4.2.3.� MAYORES CANTIDADES DE OBRA� ���

4.2.4.� ÍTEMS O ACTIVIDADES NO PREVISTAS� ���

4.2.4.1� Ejecución� ���

4.2.4.2� Prohibición� ���

4.2.4.3� Determinación del precio� ���

4.2.5.� ANTICIPO� ���

4.2.5.1� Amortización� ���

4.2.5.2� Requisitos para la entrega� ���

4.2.5.3� Reglas para su manejo e inversión� ���

4.2.6.� REGLAS COMUNES PARA LOS PAGOS Y LA ENTREGA DE RECURSOS� ���

4.3.� PLAZO DE EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL� ��

4.3.1� ACTA DE INICIO� ���

4.3.2� PRÓRROGA� ��

4.3.3� SUSPENSIÓN� ��

4.4� OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA� ��

4.4.1� OBLIGACIONES DE CARÁCTER GENERAL� ��

4.4.2� OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL

OBJETO CONTRACTUAL� ���

4.4.3� OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA ADECUACIÓN DEL LUGAR DE LA OBRA� ���

4.4.4� OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS EQUIPOS, HERRAMIENTAS, MAQUINARIA Y

MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN� ���

4.4.5� OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA EJECUCIÓN DE LA OBRA� ���

4.4.6� OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN� ���

4.4.7.� OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS DISEÑOS, PLANOS, ESTUDIOS TÉCNICOS Y

ESPECIFICACIONES DE CONSTRUCCIÓN� ���

4.4.8.� OBLIGACIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO� ���

4.5� NORMAS NTCGP1000: 2004 E ISO 9001:2000� ���

4.6� OBLIGACIONES DE FONADE� ���

4.7� INTERVENTORÍA� ���

4.8� MULTAS� ���

4.9� CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA� ���

4.10� PROCEDIMIENTO PARA IMPOSICIÓN DE MULTAS Y/O CLÁUSULA PENAL

PECUNIARIA� ���

4.11� CLÁUSULAS EXCEPCIONALES AL DERECHO COMÚN� ���

4.12� DISTRIBUCIÓN DE RIESGOS CONTRACTUALES PREVISIBLES� ���

4.12.1� TIPIFICACIÓN� ���

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4.12.2� ESTIMACIÓN� ��

4.12.3� ASIGNACIÓN� ��

4.13� GARANTÍAS� ���

4.13.1� DE BUEN MANEJO, CORRECTA INVERSIÓN, AMORTIZACIÓN Y DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO

� ��

4.13.2� DE CUMPLIMIENTO� ��

4.13.3� DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES� ��

4.13.4� DE ESTABILIDAD DE LA OBRA� ���

4.13.5� DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL� ���

4.13.6� TÉRMINO PARA SU ENTREGA� ���

4.13.7� REQUISITOS GENERALES� ���

4.13.8� SUFICIENCIA DE LAS GARANTÍAS� ���

4.14� CESIÓN� ��

4.15� SUBCONTRATOS� ��

4.16� CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL

CONTRATO� ��

4.17� INDEMNIDAD� ��

4.18� SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS� ��

4.19� PERFECCIONAMIENTO� ��

4.20� REQUISITOS DE EJECUCIÓN� ��

4.20.1� POR PARTE DEL CONTRATISTA� ���

4.20.2� POR PARTE DE FONADE� ���

4.21� TERMINACIÓN DEL CONTRATO� ���

4.22� CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR� ���

4.23� LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO� ���

4.24� PUBLICACIÓN� ���

4.25� CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN� ���

4.26� PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO� ���

4.27� CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA:� ���

4.28� CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA:� � ��� ���������� ���� �

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PLIEGO DE CONDICIONES

CAPÍTULO PRIMERO 1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1. INTRODUCCIÓN Dentro del Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010 “Estado Comunitario – Desarrollo para todos”, se encuentra contemplado el PROGRAMA DE CORREDORES ARTERIALES COMPLEMENTARIOS DE COMPETITIVIDAD, cuyo objetivo es consolidar una red de transporte articulada y eficiente dentro del contexto de la Consolidación de los Corredores de Comercio Exterior, con proyectos de alto impacto que, por su envergadura, generarán las condiciones necesarias para absorber las presiones que pueda ocasionar el previsible y creciente intercambio comercial. Este programa fue declarado como estratégico para el País mediante Conpes 3536 del 18 de Julio de 2008.

Con base en lo anterior, se suscribió entre el MINISTERIO DE DEFENSA-EJERCITO NACIONAL, MINISTERIO DE TRANSPORTE, EL INSTITUTO NACIONAL DE VIAS - INVIAS y el FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE, el Convenio Interadministrativo de Gerencia Integral de Proyectos No. 200925, cuyo objeto consiste en: Promocionar, ejecutar y financiar el proyecto denominado Transversal de la Macarena, aunando esfuerzos para realizar: “Estudios y diseños, gestión social, gestión ambiental y mejoramiento del proyecto Transversal de la Macarena, hasta el monto de los recursos.

En desarrollo del mencionado convenio, el Ejercito Nacional de Colombia designó al comando operativo No. 02 CO-02, para que ejecute las actividades tendientes a realizar las obras de construcción que demande el cumplimiento del objeto del convenio 200925 en la Transversal de la Macarena.

En el plan operativo del convenio está previsto realizar la pavimentación de la vía entre los municipios de Mesetas y San Juan de Arama. De acuerdo con las obligaciones adquiridas en el convenio 200925, Fonade realizará la contratación de los diseños, obras, materiales e insumos para el Ejército Nacional.

El convenio debe garantizar la Transitabilidad y seguridad vial del corredor, por lo cual se requiere contratar la construcción de las obras de arte para el proyecto Transversal de la Macarena para 20 Km del tramo Mesetas – San Juan de Arama (desde el K66 + 000 al K76 + 000), en el departamento del Meta,

1.2. OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN FONADE, en desarrollo del Convenio Interadministrativo 200925 suscrito con el MINISTERIO DE DEFENSA-EJERCITO NACIONAL, MINISTERIO DE TRANSPORTE Y EL INSTITUTO NACIONAL DE VIAS-INVIAS, está interesado en contratar la CONSTRUCCION DE OBRAS DE ARTE PARA EL PROYECTO TRANSVERSAL DE LA MACARENA, EN EL TRAMO BARAYA - COLOMBIA, K0+000 AL K9+000, EN EL DEPARTAMENTO DEL META.

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1.3. LOCALIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO EL PROYECTO SE UBICA SOBRE EL TRAMO COMPRENDIDO DESDE EL K0+00 HASTA EL K9+000 ENTRE LOS MUNICIPIO DE BARAYA Y COLOMBIA EN EL DEPARTAMENTO DEL HUILA

ALCANCE DE LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR El contratista deberá ejecutar las obras de arte necesarias para el proyecto de pavimentación en concreto de 9 km de la vía que conduce de Baraya a Colombia en el Departamento de Huila, entre las Abscisas K0+00 HASTA EL K9+000, para lo cual se contempla la construcción de las siguientes obras:

• Construcción y ampliación de obras de drenaje alcantarillas tipo box, y box culvert. • Construcción muros de contención • Estructuras de contención en concreto ciclópeo y gaviones • Filtros

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• Empradizacion 1.4. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO Se ha estimado, para el cumplimiento del objeto del contrato derivado del presente proceso de selección, un presupuesto de CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NUEVE PESOS ( $ 4.808.683.809 ), incluido el valor del A.I.U., el IVA sobre la utilidad y demás tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación. NOTA: El Presupuesto Oficial Estimado se encuentra desagregado por ítems en el Anexo 01 Documento de Estudios Previos. 1.5. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA

El plazo máximo previsto para la ejecución de la obra es de SEIS (6) MESES contados a partir de la suscripción del acta de inicio. 1.6. FUENTES DE FINANCIACIÓN FONADE cuenta para el presente proceso de contratación con el (los) certificado(s) de disponibilidad presupuestal a continuación señalado(s):

No. CDP Fecha CDP Código Presupuestal

Centro de Costo Descripción del Rubro Monto

10244 30-06-2010 2-1-7-1-09-01-00-01 041032 Contratos de ejecución de obra $ 4.808.683.809

Total $ 4.808.683.809

Expedido(s) por el responsable del Fondo de Ejecución de Proyectos.

1.7. RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNDAMENTOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN El presente proceso de selección, así como el contrato que de él se derive están sujetos a la Constitución Política, al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, contenido en las leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, y al presente pliego de condiciones. La modalidad de selección – licitación pública – fue adoptada teniendo en cuenta lo previsto en el numeral 1º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, toda vez que el objeto del contrato cuya celebración se pretende es de obra y que el presupuesto oficial estimado es superior a la menor cuantía de la entidad, esto es, superior a mil (1.000) SMMLV, de acuerdo con las cuantías indicadas en el en el literal b. del numeral 2º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007 y adicionalmente el artículo 54 del Decreto 2474 del 2008, señala que cuando el objeto contractual involucra diseño y obra, la escogencia del contratista, debe adelantarse mediante Licitación Pública.

1.8. PROGRAMA PRESIDENCIAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Toda persona que llegue a conocer casos de corrupción en las entidades del Estado debe reportar el hecho al programa presidencia de lucha contra la corrupción, a través de los

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teléfonos (1) 65 60 10 95, (1) 5 65 76 49 y (1) 5 62 41 28, al fax (1) 5 65 86 71, a la línea gratuita nacional 01 8000 913 040, al sitio de denuncias del programa en la página de Internet www.anticorrupcion.gov.co, por correspondencia o personalmente en la carrera 8ª No. 7 – 27 de Bogotá D.C. También puede reportar el hecho a las páginas www.contratos.gov.co y/o www.fonade.gov.co.

1.9. DEFINICIONES GENERALES DE TÉRMINOS APLICABLES A LOS PROCESOS DE FONADE. 1. Para el presente proceso se considerarán como obras de reconstrucción,

pavimentación, y/o repavimentación de vías las siguientes: Construcción, reconstrucción, rehabilitación, repavimentación, pavimentación, mejoramiento, mantenimiento y/o conservación de: carreteras y/o vías urbanas y/o pistas de aeropuerto y/o puentes vehiculares de más de 20 metros de luz

2. El valor del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), a tener en cuenta para

conversiones que se requieran en el desarrollo del presente proceso, para el K, el Kr y el presupuesto oficial estimado (POE), será aquel vigente al año en que se presenta la propuesta, al resultado de la operación matemática que se realice para hacer esta conversión, se debe aplicar el procedimiento de redondeo indicado en este pliego.

3. A la totalidad de los resultados de cada una de las operaciones aritméticas que se realicen en desarrollo de este proceso, se les aplicará la metodología de redondeo a continuación señalada.

� Redondeo: Para el presente proceso, es el procedimiento mediante el cual

se eliminan todos los decimales.

� Reglas de redondeo: Se aplican a la unidad situada en la siguiente posición al número entero al que se pretenda ajustar, es decir, a los dos primeros números decimales, así:

� Si los dos primeros decimales son mayor o igual que 50, el número

entero se incrementará en una unidad. Ejemplo 1: 12,546891 = 13. Ejemplo 2: 12,500891 = 13.

� Si los dos primeros decimales son menores que 50, el número

entero no se modifica. Ejemplo 1: 12,499891 = 12. Ejemplo 2: 12,407891 = 12.

Las únicas y exclusivas excepciones a la aplicación de esta regla, se presentarán en los siguientes casos: a) durante la asignación de puntaje que establece el literal e del numeral 2.5.3.4 “Audiencia pública de apertura de sobres económicos, determinación del orden de elegibilidad y adjudicación”. Procedimiento en el cual se tendrán en cuenta todos los decimales que sean necesarios para que no se presente empate; b) y en el cálculo de los factores financieros establecidos en el numeral 3.2.2. 4. En el evento en que la fecha de cierre del término para presentar propuesta del presente

proceso sea prorrogada mediante adenda, los documentos que en este pliego se requieran en términos relacionados con la fecha de cierre, este término se contará a partir de la primera fecha de cierre señalada en el cronograma del pliego definitivo.

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5. En el evento de que se presenten en las propuestas correspondientes a este proceso

discrepancias entre cantidades expresadas en letras y números, prevalecerán las expresadas en letras.

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CAPÍTULO SEGUNDO

2. DEL TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1. CRONOGRAMA GENERAL ACTIVIDAD OPORTUNIDAD LUGAR ETAPA PRELIMINAR

A Aviso a la Cámara de Comercio de Bogotá 21 de Julio de 2010 Cámara de Comercio de

Bogotá

B Aviso de convocatoria publica 21 de Julio de 2010 SECOP - Portal único de

contratación

C Publicación del proyecto de pliego de condiciones

21 de Julio de 2010 SECOP - Portal único de contratación

D Observaciones al proyecto de pliego de condiciones

Desde 22 de Julio de 2010 hasta 4 de Agosto de 2010 a las 5:00

p.m.

De acuerdo con la establecido en el numeral 2.3.

E

Respuesta a las observaciones al proyecto de pliego de condiciones

5 de Agosto de 2010

SECOP - Portal único de contratación

PROCESO DE SELECCIÓN Fase Inicial

F Publicación de aviso en diario de amplia circulación

25 de Julio de 2010 Diario de amplia circulación nacional

G

Expedición del acto administrativo que ordena la apertura del proceso de selección

6 de Agosto de 2010

SECOP - Portal único de contratación

H Publicación del pliego de condiciones definitivo

6 de Agosto de 2010 SECOP - Portal único de contratación

I Retiro del pliego de condiciones

Desde 6 de Agosto de 2010 hasta el cierre del término para presentar

propuestas

De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5.1.3.

J

Audiencia para la revisión de la Asignación de riesgos previsibles identificados

9 de Agosto de 2010 a las 10:00 a.m.

Fonade (calle 26 No. 13-19, Bogotá D.C. Auditorio).

PLAZO DE LA LICITACIÓN

K Inicio del término para presentar propuestas

10 de Agosto de 2010 a las 8:00 a.m.

Fonade (calle 26 No. 13-19, Bogotá D.C.) sala de recepción de ofertas – Auditorio.

L

Audiencia de precisión del contenido y alcance del pliego de condiciones.

11 de Agosto de 2010 a las 10:00 a.m.

Fonade (calle 26 No. 13-19, Bogotá D.C. Auditorio).

M Cierre del término para presentar propuestas

19 de Agosto de 2010 a las 3:00 p.m.

Fonade (calle 26 No. 13-19 Bogotá D.C., sala de

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entrega de propuestas - Auditorio).

EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

N Solicitud de aclaraciones

Durante toda la fase de evaluación de las propuestas

SECOP - Portal único de contratación

O Publicación del Informe de evaluación.

Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al cierre del término para presentar propuestas

SECOP - Portal único de contratación

P Observaciones al informe evaluación.

Por cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del informe de evaluación hasta las 5:00 pm del último día.

Comunicación escrita dirigida al Área de Evaluación y Contratación de Fonade.

Q Publicación de las observaciones al Informe de evaluación.

El día hábil siguiente del vencimiento del plazo para la presentación de observaciones al informe de evaluación.

SECOP - Portal único de contratación

R

Documento de respuestas a las observaciones realizadas al informe de evaluación

Podrá ser publicado el día hábil anterior a la fecha de realización de la Audiencia Pública de apertura de sobres económicos.

SECOP – Portal único de contratación

DEFINICIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN

S

Audiencia pública de apertura de sobres económicos y determinación del orden de elegibilidad y adjudicación.

Dentro de los seis (6) días hábiles siguientes de la publicación de las observaciones presentadas al informe de evaluación.

Fonade (calle 26, número 13.19, Auditorio Fonade).

1. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

T Suscripción del contrato

Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al aviso de Fonade.

Fonade (calle 26, número 13.19, mezzanine).

2.2. DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN Hacen parte del presente proceso de selección:

1) Los estudios y documentos previos. 2) El aviso de convocatoria pública. 3) El certificado de disponibilidad presupuestal 4) Este pliego de condiciones, junto con sus anexos y adendas. 5) Planos y especificaciones técnicas 6) Las respuestas de aclaración emitidas por Fonade en los medios dispuestos para ello. 7) Las adendas emitidas por Fonade en los medios dispuestos para ello. 8) El acta de cierre del término para presentar propuestas. 9) Las propuestas que sean presentadas. 10) Las actas de audiencia. 11) Las solicitudes de aclaración a las propuestas y sus respectivas respuestas. 12) El informe de evaluación de los requisitos habilitantes y factores técnicos de

escogencia, y las observaciones presentadas en relación con él. 13) Los actos administrativos que se expidan en desarrollo del proceso de selección, entre

ellos, el que ordena su apertura, el de suspensión, el de revocatoria del acto que

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ordena la apertura y aquel por medio del cual se defina el proceso, esto es, de adjudicación o de declaratoria de desierto.

2.3. COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y PROPONENTES Fonade publicará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP - Portal único de contratación) la totalidad de los documentos relacionados en el numeral anterior y tal publicación se encontrará sujeta su obligatoriedad frente a los interesados y proponentes. Por regla general, los interesados y proponentes podrán enviar comunicaciones a la dirección electrónica ([email protected]), o radicarlas en el Centro de Radicación e Información de Fonade (en adelante CRIF), con la indicación clara del número de proceso al cual se refiere. Sin embargo, cuando en este pliego de condiciones se imponga la obligación de presentar la documentación mediante otro o un único mecanismo, éste prevalecerá frente a lo regulado en el inciso anterior. Las horas señaladas en el presente pliego de condiciones para la expedición de documentos por parte de Fonade y/o para la recepción de aquellos que deban ser presentados por los interesados o proponentes, se sujetarán a la hora legal de la República de Colombia señalada por la División de Metrología de la Superintendencia de Industria y Comercio. 2.4. ETAPA PRELIMINAR El proyecto de pliego de condiciones será publicado en el SECOP - Portal único de contratación como lo indica el numeral 2.1. Cronograma General, junto con la publicación del aviso de convocatoria pública en el SECOP - Portal Único de Contratación.

2.4.1. Observaciones al proyecto de pliego de condiciones En concordancia con el inciso 3 del artículo 9 del decreto 2474 los interesados y proponentes deberán, formular las observaciones frente al contenido y alcance del pliego de condiciones que estimen pertinentes, de acuerdo con la regla general establecida en el numeral 2.3 (Comunicación con los interesados y proponentes) y dentro del término indicado en el numeral 2.1. (Cronograma General). Tales solicitudes serán publicadas en el SECOP - Portal único de contratación.

FONADE, mediante documento que será publicado de conformidad con lo establecido en el numeral 2.3 (Comunicación con los interesados y proponentes), responderá las observaciones formuladas, en la fecha indicada en el Cronograma General.

2.5. PROCESO DE SELECCIÓN El presente proceso de selección inicia formalmente en la fecha de expedición del acto administrativo. Fecha que coincide con la de su publicación en el SECOP - Portal único de contratación. El proceso de selección se encuentra dividido en las siguientes fases: 2.5.1. Fase Inicial

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Comprende las actuaciones requeridas para la adecuada publicidad de la licitación pública antes del “inicio del término para presentar propuestas”, de conformidad con las normas legales y reglamentarias pertinentes. 2.5.1.1. Acto administrativo que ordena la apertura de la licitación Mediante el acto administrativo número xxx del xx de xxxx de 2009, publicado en el SECOP - Portal único de contratación, esta entidad dispuso la apertura del presente proceso de selección. 2.5.1.2. Publicación del pliego de condiciones definitivo El acto administrativo que ordenó la apertura del proceso de selección LP 032-2010, dispuso la publicación del presente pliego de condiciones, al cual se sujetará. 2.5.1.3. Retiro del pliego de condiciones El pliego de condiciones definitivo puede ser retirado u obtenido del SECOP- Portal único de contratación, sitio web donde se encuentra publicado con todos sus anexos desde la fecha indicada en el numeral 2.1 de este pliego. 2.5.2. Plazo de la Licitación El plazo de la presente licitación será aquel término que transcurrirá entre la fecha a partir de la cual se podrán presentar propuestas y la de su cierre. 2.5.2.1. Inicio y cierre del término para presentar propuestas De acuerdo con las fechas establecidas en el Cronograma General (numeral 2.1), en las casillas correspondientes a “inicio del término para presentar propuestas” y “cierre del término para presentar propuestas”, los interesados podrán presentar sus propuestas, de acuerdo con las siguientes reglas: a. Las propuestas deberán ser entregadas de conformidad con las fechas indicadas en el

numeral 2.1. Cronograma General, en Fonade, ubicado en la siguiente dirección: Calle 26 No. 13.19, Sala de recepción de propuestas - Auditorio, Bogotá D.C., República de Colombia, salvo lo dispuesto en el literal e) del presente numeral.

b. Para la recepción de la propuesta, el proponente o la persona delegada por este para esos efectos deberá diligenciar el formato de registro ante la persona designada por Fonade. Una vez registrado, el proponente es el único y exclusivo responsable de depositar o colocar en el sitio establecido por la entidad el sobre contentivo de la propuesta económica, el cual permanecerá en el sitio dispuesto para su reserva y custodia, y que sólo será abierto en la audiencia pública de que trata el numeral 2.5.3.4.

c. Si el día y hora exactos previstos para el “cierre del término para presentar propuestas”, la oferta de que se trate se encuentra en el lugar indicado en el literal a) anterior, la misma se entenderá recibida en tiempo.

d. Una vez vencido el término para presentar propuestas, se llevará a cabo en la sala de recepción de ofertas (Auditorio), el acto público de apertura del original del sobre No. 1 de todas y cada una de las propuestas presentadas dentro del plazo establecido en el numeral 2.1. De este acto se levantará un acta suscrita por los asistentes en la cual se consignará: el nombre o razón social del proponente, fecha y hora de la presentación de la propuesta, si la carta de presentación está incluida y firmada, el numero de

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folios, el numero de la garantía de seriedad de la propuesta adjunta y las observaciones, si las hubiese.

e. Las propuestas enviadas por correo sólo serán aceptadas si tal envío se realiza utilizando servicios de mensajería especializada, de conformidad con lo establecido en el decreto 229 de 1995 o las normas que lo modifiquen. La fecha y hora de entrega de las propuestas así remitidas será la de su radicación en el CRIF. Las propuestas se entenderán recibidas oportunamente siempre que la fecha y hora de recepción no sean anteriores a la fecha y hora establecidas para el “inicio del término para presentar propuestas”, ni posteriores a la fecha y hora previstas para el “cierre del término para presentar propuestas”, de acuerdo con el numeral 2.1 (Cronograma General).

2.5.2.2. Audiencias

2.5.2.2.1 Audiencia de Revisión de la Asignación de Riesgos Previsibles. En la fecha y hora establecida en el 2.1 (Cronograma General) se realizará Audiencia en la cual los interesados en presentar ofertas, deberán pronunciarse sobre la tipificación, distribución y Asignación de Riesgos Previsibles. De todo lo actuado se levantará un acta que será publicada en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP - Portal único de contratación). Producto de la audiencia la entidad podrá modificar la distribución de riesgos propuesta, para lo cual expedirá la adenda correspondiente.

2.5.2.2.2 Audiencia de precisión del contenido y alcance del pliego de condiciones.

En la fecha y hora establecidas en el numeral 2.1 (Cronograma General), se llevará a cabo audiencia pública en la cual se realizará la presentación general del proyecto. En la misma audiencia, serán absueltas las solicitudes de aclaración formuladas por los asistentes en relación con el contenido y alcance del pliego de condiciones. De todo lo actuado se levantará un acta que será publicada en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP - Portal único de contratación). Las solicitudes que no sean resueltas en la respectiva audiencia lo serán en documento que será publicado en la pagina web del SECOP a más tardar dentro de los dos (2), días hábiles siguientes a la realización de la audiencia. 2.5.2.3. Observaciones al proyecto pliego de condiciones De acuerdo con lo establecido en el numeral 2.4.1 del presente pliego de condiciones.

2.5.2.4. Modificación del pliego de condiciones Fonade podrá modificar el presente pliego de condiciones únicamente mediante adenda que será publicada de acuerdo con lo señalado en el numeral 2.3 (Comunicación con los interesados y proponentes). Con posteridad al “cierre del término para presentar propuestas”, Fonade podrá modificar el Cronograma General, exclusivamente, mediante comunicación escrita que publicará de

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acuerdo con lo establecido en el numeral 2.3, con sujeción a las normas legales y reglamentarias pertinentes. 2.5.2.5. Visita obligatoria al sitio de la obra No aplica para el presente proceso (Ver numeral 3.1.2). 2.5.3. Evaluación de las propuestas y determinación del orden de elegibilidad El comité asesor y evaluador designado por FONADE para el presente proceso será el órgano responsable de la evaluación de la totalidad de las propuestas presentadas y de la determinación del orden de elegibilidad de las mismas, con sujeción a lo establecido en el presente pliego de condiciones. El comité asesor y evaluador presentará ante el funcionario competente para realizar la adjudicación del contrato objeto del presente proceso de selección, la recomendación que corresponda, la cual se ajustará a los resultados contenidos en el informe de la evaluación de los requisitos habilitantes y de los factores técnicos de escogencia, así como al orden de elegibilidad que se determine. En una primera fase serán evaluados los requisitos habilitantes y los factores técnicos de escogencia. Posteriormente, en una segunda fase y en audiencia pública, se procederá a la apertura de los sobres económicos de las propuestas habilitadas y que hayan dado cumplimiento a los factores técnicos exigidos. La primera fase finalizará con el documento de evaluación de los requisitos habilitantes y de los factores técnicos de escogencia. La segunda, por su parte, finalizará con la evaluación de las propuestas económicas. Culminadas las fases y obtenidos los puntajes correspondientes de la segunda fase se determinará el orden de elegibilidad de las propuestas, y aquellas que hayan ocupado el primer y segundo lugares se les realizará la revisión total de la propuesta económica, de acuerdo con el procedimiento definido en el numeral 2.5.3.4. La evaluación de las propuestas se resume en el siguiente cuadro general:

FACTORES DE EVALUACIÓN CALIFICACIÓN

PRIMERA FASE

Requisitos habilitantes Habilitado/No habilitado

Factores técnicos de escogencia Máximo 400 puntos (numeral 3.3.1)

SEGUNDA FASE Propuesta económica Máximo 600 puntos

PUNTAJE MÁXIMO TOTAL 1.000 PUNTOS

2.5.3.1. Verificación de los requisitos habilitantes y término para presentar

aclaraciones El Comité asesor y Evaluador verificará el cumplimiento de las exigencias relativas a la capacidad jurídica, la capacidad financiera, la capacidad organizacional y las condiciones de experiencia de los proponentes, para lo cual podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración de los mismos.

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Fonade se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la información aportada por el proponente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades respectivas de donde provenga la información. FONADE se reserva el derecho de verificar y solicitar complementar, subsanar o aclarar la información presentada por el proponente para la acreditación de las exigencias establecidas en el presente pliego de condiciones, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección. La respuesta a la solicitud de aclaraciones deberá ser presentada por el proponente dentro del plazo que dadas las condiciones particulares del requerimiento, conceda el comité asesor y evaluador.

A continuación se presentan los requisitos habilitantes que deberán cumplir los proponentes para continuar en la evaluación. El contenido de cada uno de los requisitos habilitantes se desarrollan en el capítulo 3.

1. Aspectos jurídicos (ver numeral 3.2.1):

a. Carta de presentación de la propuesta b. Acreditación de la existencia y la representación legal c. Documento de constitución del consorcio o unión temporal d. Capacidad de contratación (K) y capacidad residual de contratación (Kr) e. Garantía de seriedad de la oferta f. Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes parafiscales g. Reporte de certificado de registro de precios h. Reciprocidad i. Certificado de antecedentes fiscales de la Contraloría General de la Republica. j. Certificado de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la

Nación.

2. Capacidad financiera (ver numeral 3.2.2):

a. Capital de trabajo b. Índice de Liquidez c. Nivel de endeudamiento

3. Condiciones de Experiencia Probable del proponente (E), (ver numeral 3.2.3):

4. Capacidad Organizacional del proponente (Co). (ver numeral 3.2.4)

En los casos en que se solicite aclarar, subsanar o presentar documentación relacionada con las exigencias contenidas en los numerales 3.2.1.2 y 3.2.1.4 la fecha límite para su expedición será referida a la fecha de su presentación, sin que por esta circunstancia sea posible acreditar hechos ocurridos con posterioridad a la fecha establecida para el cierre del término para presentar propuestas Producto de la verificación señalada, el comité asesor y evaluador de FONADE determinará cuáles proponentes se encuentran habilitados para continuar en el proceso de selección y así lo indicará en el informe de evaluación correspondiente. El resultado de la verificación será de “habilitado” o “no habilitado”. 2.5.3.2. Evaluación de los factores técnicos de escogencia

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El Comité asesor y Evaluador, evaluará y calificará el factor técnico de escogencia de acuerdo con los requisitos mínimos y puntajes señalados en el numeral 3.3.1 del presente pliego de condiciones, para lo cual podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración de los mismos, sin que con ello se pueda completar, adicionar, modificar o mejorar la oferta. La documentación solicitada o aquella que bajo los mismo términos aporte el proponente debe corresponder a los proyectos relacionados en la propuesta, razón por la cual, no podrá solicitarse, ni aceptarse el aporte de documentos de proyectos diferentes a los allí aportados. En ningún caso podrá solicitarse complementar o subsanar información correspondiente a los factores técnicos de escogencia. La respuesta a la solicitud de aclaraciones deberá ser presentada por el proponente dentro del plazo que dadas las condiciones particulares del requerimiento, conceda el comité asesor y evaluador.

Producto de la verificación de requisitos mínimos y de la evaluación realizada, el comité asesor determinará el orden de calificación de los proponentes.

La propuesta más favorable para la entidad será la que obtenga el puntaje más alto y, por tanto, será ella quien ocupe el primer lugar en el orden de calificación.

2.5.3.3. Observaciones al informe de evaluación. El informe de evaluación de los requisitos habilitantes y factores técnicos de escogencia de las propuestas será publicado en la fecha indicada en el numeral 2.1 Cronograma General. Dentro del término señalado en el numeral 2.1. Cronograma general y hasta las 17:00:00 horas del último día establecido, podrán presentarse las observaciones correspondientes por los proponentes e interesados, de conformidad con el numeral 2.3. Vencido el término señalado para presentar las observaciones al informe de evaluación de requisitos habilitantes y factores técnicos de escogencia, estas serán publicadas como lo señala el numeral 2.1 Cronograma General. El documento de respuestas a las observaciones realizadas al informe de evaluación podrá ser publicado el día hábil anterior a la fecha de realización de la audiencia pública de apertura de sobres económicos. 2.5.3.4. Audiencia pública, apertura de sobres económicos, determinación del

orden de elegibilidad y adjudicación. La audiencia se sujetará al protocolo señalado en la resolución No. 237 del 15 de julio de 2009. En la fecha señalada en el numeral 2.1. Cronograma general del presente proceso de selección, se adelantará la audiencia pública de apertura de sobres económicos, determinación del orden de elegibilidad y adjudicación, teniendo en cuenta el siguiente procedimiento: El Comité Asesor y evaluador, en primera instancia, presentará las respuestas a las observaciones formuladas frente al informe de evaluación de los requisitos habilitantes y

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factores técnicos de escogencia, en el evento de que el documento de respuesta no haya sido publicado, si lo fue, este acto se obvia. Acto seguido, se otorgará a los proponentes y demás interesados la oportunidad para pronunciarse por una sola vez, sobre el informe de evaluación y de tales respuestas. Luego, se procederá a la presentación de los resultados definitivos de la evaluación de los requisitos habilitantes y de los factores técnicos de escogencia. En caso de presentarse pronunciamientos que, a juicio del jefe de la entidad o su delegado, requieran de análisis y cuya solución pueda incidir en el sentido de la decisión por adoptar, la audiencia podrá ser suspendida por el término razonablemente necesario para la verificación de los asuntos debatidos y la comprobación de lo alegado. Realizadas las anteriores actividades, se dará paso a la valoración de las propuestas económicas, teniendo en cuenta primero la siguiente consideración: En el caso en que se hubiese presentado una única propuesta y ésta haya resultado “habilitada”, y haya cumplido con los requisitos mínimos establecidos en el numeral 3.3.1. o en el evento en que de las varias propuestas presentadas sólo una cumpla con tales condiciones, a la misma le será asignado el máximo puntaje establecido para la calificación de las propuestas económicas y ocupará el primer orden de elegibilidad sin necesidad de sortear la aplicación de mecanismo alguno, previas las verificaciones correspondientes en relación con el cumplimiento de las condiciones económicas exigidas para la propuesta económica. VALORACION DE LAS PROPUESTAS ECONOMICAS Para los casos en los que más de una propuesta resulte habilitada, el procedimiento será el siguiente: a. Se determinará, con la participación de los asistentes, al azar, cuál de los siguientes

cuatro (4) mecanismos se utilizará para asignar el puntaje correspondiente a las propuestas económicas: media geométrica, media aritmética, media aritmética alta, media aritmética baja. Para el cálculo se tomarán en consideración el valor total de las ofertas económicas, incluido el valor del A.I.U., y el IVA sobre la utilidad, previamente hecha su verificación aritmética.

b. Una vez seleccionado el mecanismo de acuerdo con lo indicado en el literal anterior,

se procederá a la apertura de los sobres contentivos de las ofertas económicas (sobre No. 2) de las propuestas que hayan resultado “habilitadas” y hayan cumplido con los requisitos mínimos establecidos en el numeral 3.3.1. y se verificará que su valor impreso cumpla con lo exigido respecto al P.O.E. y el contenido de los costos indirectos del formato 07 de cada una de ellas, de acuerdo con las siguientes reglas:

• Se verificará que el porcentaje de administración no sea inferior al estimado

como mínimo en el presente pliego de condiciones (numeral 3.3.2.14) so pena de dar aplicación al numeral 2.5.3.5.

• Se verificará que el porcentaje de imprevistos no sea inferior al estimado como mínimo en el presente pliego de condiciones (numeral 3.3.2.15) so pena de dar aplicación al numeral 2.5.3.5

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• Se verificará que cada una de las casillas destinadas para consignar el valor de la administración, el valor de los imprevistos y el valor de la utilidad se encuentre diligenciada. En caso de que no se consigne dato alguno, ni en pesos ni en porcentaje (%) para la administración, imprevistos y/o utilidad, se rechazará la respectiva propuesta de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2.5.3.5.

• Se verificará que la sumatoria de los valores de administración, imprevistos y utilidad, corresponda al valor consignado en la casilla “valor costos indirectos”; en caso contrario, se procederá a realizar las operaciones de verificación de la validez de los resultados de las operaciones aritméticas que correspondan.

• En el evento en que en alguna de las casillas destinadas para consignar el valor de la administración, imprevistos y de la utilidad, no se consigne un valor en pesos, pero sí un porcentaje (%), aquel valor será el resultado de aplicar la siguiente fórmula:

Donde:

X = Valor en pesos correspondiente a la administración, los imprevistos o la utilidad, según el caso

X1 = Valor porcentual consignado por el proponente en el formato 07 correspondiente a la administración, los imprevistos o la utilidad, según el caso.

VTCD = Valor total del costo directo de la propuesta económica presentada.

• En el evento en que, en alguna de las casillas destinadas para consignar el

valor de la administración, imprevistos y utilidad, no se consigne un porcentaje (%), pero sí un valor en pesos, dicho porcentaje será el resultado de aplicar la siguiente fórmula:

Donde:

Y = Valor porcentual correspondiente a la administración, los imprevistos o la utilidad, según el caso.

Y1 = Valor en pesos consignado por el proponente en el formato 07 correspondiente a la administración, los imprevistos o la utilidad, según el caso.

VTCD =

Valor total del costo directo de la propuesta económica presentada.

• Se verificará que se incluya el respectivo valor del IVA sobre la utilidad. En

caso de no incluirse, la entidad dará por entendido que este rubro se encuentra incluido en el valor de la utilidad de la propuesta económica.

• Los porcentajes revisados y verificados por concepto de administración, imprevistos y utilidad, serán establecidos como porcentaje fijo para la revisión

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total de las propuestas que ocupen el primer y segundo lugares en el orden de elegibilidad.

• Después de la verificación aritmética y en el evento en que no haya correspondencia matemática entre los valores expresados en pesos y en porcentajes en las casillas destinadas para administración, imprevistos y utilidad, primará lo expresado en porcentajes, para ello se calculará el valor de cada uno de estos, de acuerdo con el costo directo corregido.

c. Realizadas las verificaciones y, de ser el caso, aplicados los procedimientos señalados en el literal anterior, para obtener el valor total de la propuesta corregida incluyendo la aplicación del procedimiento de redondeo establecido en este pliego de condiciones, será leído el valor total de cada una de las propuestas económicas y se verificará que el mismo no sea superior a 100% ni inferior al 90% del presupuesto oficial estimado, so pena de dar aplicación a lo dispuesto en el numeral 2.5.3.5. El valor verificado será el utilizado para la comparación entre los proponentes.

d. Cumpliendo con lo anterior, se aplicará el mecanismo seleccionado de conformidad

con lo dispuesto en el literal a) del presente numeral, con el fin de asignar el puntaje correspondiente a las propuestas económicas, salvo que, con fundamento en la verificación antes indicada en los literales anteriores, se determine que sólo una propuesta continúa en el proceso de selección, caso en el cual a la misma le será otorgado el máximo puntaje previsto para la calificación de las propuestas económicas. La aplicación del mecanismos seleccionado se hará, según el caso, de acuerdo con las siguientes fórmulas:

Cuadro 1.

MECANISMO Media Geométrica

FÓRMULA

Donde:

G = Media geométrica de los valores totales de las propuestas hábiles.

Xn = Valor de cada propuesta hábil. n = Número de propuestas hábiles.

Cuadro 2. MECANISMO Media Aritmética

FÓRMULA

Donde:

G = Media aritmética de los valores totales las propuestas hábiles.

Xn = Valor de cada propuesta hábil. n = Número de propuestas hábiles.

Cuadro 3.

MECANISMO Media Aritmética Alta

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FÓRMULA

Donde:

AA = Media aritmética alta de los valores de las propuestas hábiles.

A = Media aritmética de los valores de las propuestas hábiles.

Xa = Valor de la propuesta hábil más alta.

Cuadro 4. MECANISMO Media Aritmética Baja

FÓRMULA

Donde:

AB = Media aritmética baja de los valores de las propuestas hábiles.

A = Media aritmética de los valores de las propuestas hábiles.

Xb = Valor de la propuesta hábil más baja. e. Una vez aplicado el mecanismo seleccionado se procederá a la asignación de los

puntajes teniendo en cuenta dos rectas, cuya aplicación se realizará conforme al valor de las propuestas, las cuales podrán ser superior o inferior a la media de que se trate.

1.) Recta para valores superiores a la media: La ecuación de la recta Y2 se construirá para asignar el puntaje a las propuestas económicas cuyo valor total sea superior al valor de la media de que se trate. Su construcción se realiza de conformidad con las siguientes condiciones:

i. Fórmula:

Donde: Po = Presupuesto oficial estimado Pi = Valor total de la propuesta económica a = Valor de la media obtenida

Y2 = Porcentaje obtenido (entre 0 y 100%).

Para asignar el puntaje correspondiente para cada una de las propuestas se aplicará la siguiente fórmula:

Donde: X = Puntaje a asignar Y2 = Porcentaje obtenido PM = Puntaje máximo

2.) Recta para valores inferiores o iguales a la media: La ecuación de la recta Y1

se construirá para asignar el puntaje a las propuestas económicas cuyo valor

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total sea inferior o igual a la media de que se trate. Su construcción se realiza de conformidad con las siguientes condiciones:

i. Fórmula:

Donde: Po = Presupuesto oficial estimado Pi = Valor total de la propuesta económica a = Valor de la media obtenida

K = 2 Y1 = Porcentaje obtenido (entre 0 y 100%).

Para asignar el puntaje correspondiente para cada una de las propuestas se aplicará la siguiente fórmula:

f. Como resultado de la evaluación de los factores técnicos de escogencia objeto de puntuación y de la valoración de las propuestas económicas, se obtendrá el respectivo orden de elegibilidad así:

PROPONENTE PUNTAJE FACTORES TÉCNICOS (A)

PUNTAJE FACTOR ECONÓMICO (B)

PUNTAJE TOTAL = (A) + (B)

Primer lugar Segundo lugar

El primer lugar en el orden de elegibilidad lo ocupará la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje total, y el segundo lugar el proponente que obtenga el puntaje inmediatamente inferior al que ocupo el primer lugar. La anterior determinación después de haber realizado el siguiente procedimiento a ambas propuestas, permitiendo ratificar dicho orden.

1.) Se verificará que en la propuesta económica, cada uno de los ítems allí relacionados cuenten con un valor mayor a cero pesos, so pena de dar aplicación al numeral 2.5.3.5.

2.) Se verificará que cualquiera de los valores unitarios de los ítems de la propuesta económica no exceda al 110% del valor unitario del ítem correspondiente, en el presupuesto oficial. So pena de dar aplicación al numeral 2.5.3.5.

3.) Se verificará que el valor consignado en la casilla “valor costo directo” corresponda a la sumatoria de los valores parciales de cada uno de los ítems del presupuesto. En caso contrario se procederá a realizar la respectiva corrección aritmética. Si la casilla destinada al valor total de los costos directos no incluye ningún valor en pesos o se incluye cero pesos ($0), se realizará la sumatoria de los valores parciales de todos los ítems del presupuesto

4.) Después de la verificación aritmética y en el evento en que no haya correspondencia matemática entre los valores expresados en pesos y en porcentajes en las casillas destinadas para administración, imprevistos y utilidad, primará lo expresado en porcentajes, para ello se calculará el valor de cada uno de estos, de acuerdo con el costo directo corregido.

5.) Se verificará que la sumatoria de los valores consignados en las casillas “valor costo directo”, “valor costos indirectos” y “valor IVA sobre la utilidad” corresponda al valor

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total de la propuesta económica; en caso contrario, se procederá a realizar las respectivas operaciones de verificación de la validez de los resultados de las operaciones aritméticas que correspondan.

6.) A la totalidad de los resultados de las operaciones matemáticas realizadas se les aplicará el procedimiento de redondeo establecido en el presente pliego de condiciones, si resulta necesario.

7.) En el evento en que el formato 07 presentado con la propuesta existan errores y/o modificaciones en la descripción de los ítems, en el código respectivo, en la unidad y/o en la cantidad correspondiente, se entenderá que el proponente acoge en su integridad la descripción, codificación, unidades y/o cantidades establecidas en el formato 07 anexo al presente pliego de condiciones, en concordancia con las especificaciones técnicas de la obra.

8.) Una vez realizadas las verificaciones anteriores, y si la propuesta se encontrara incursa en alguna de las causales de rechazo, se volverá a realizar la asignación de puntuación con todas las propuestas que hayan resultado “habilitadas” y hayan obtenido la calificación de “cumple” en la evaluación de las condiciones técnicas establecidas, aplicando el procedimiento seleccionado inicialmente. Si con fundamento de esta verificación, se determina que sólo una propuesta continúa en el proceso de selección, la misma le será otorgado el máximo puntaje previsto para la calificación de las propuestas económicas.

9.) Si producto de la verificación aritmética u otra operación, se modifica el valor total de la propuesta, se deberá realizar el procedimiento de asignación de puntaje indicado en el literal e. anterior. Las propuestas que no ocupen tales lugares serán consideradas como descartadas para la adjudicación.

Devolución de Documentos: A los proponentes que hayan resultado “no habilitados” y/o tengan una calificación de “no cumple” en las condiciones técnicas y/o hayan incurrido en una cualquiera de las causales de rechazo, les serán devueltos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato derivado del presente proceso de selección: El sobre No. 2 Propuesta económica, sin abrir, adicionalmente el original de la garantía de seriedad presentada en el sobre No. 1 Original. La misma documentación será devuelta a los proponentes que no resulten adjudicatarios, sin embargo a estos, no se les devolverá la propuesta económica original, teniendo en cuenta que el sobre fue abierto en la audiencia. 2.5.3.5. Causales de rechazo Fonade rechazará las propuestas, únicamente, en los siguientes casos: a. Cuando el comité asesor y evaluador haya solicitado presentar algún documento o

subsanar o aclarar alguna información necesaria para el cumplimiento de los requisitos habilitantes, y el proponente no aporte, subsane o aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones señalados por el comité asesor y evaluador.

b. Cuando en la evaluación económica, el proponente presente en la propuesta económica impresa o en la resultante de la verificación aritmética un valor total superior al 100% o inferior al 90%, del presupuesto oficial estimado.

c. Cuando Fonade en cualquier estado del proceso de selección evidencie, que alguno(s) de los documentos que conforman la propuesta contiene(n) información engañosa.

d. Cuando la propuesta sea presentada luego de la fecha y/o hora exactas señaladas para el cierre del término para presentar propuestas.

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e. Cuando la propuesta sea alternativa o parcial, o cuando en ella se formulen condiciones contractuales y/o técnicas diferentes a las establecidas en el presente pliego de condiciones.

f. Cuando, presentada la propuesta mediante consorcio, unión temporal, o cualquier otra modalidad de propuesta conjunta, luego de la fecha señalada para la entrega de propuestas, se modifique el porcentaje de participación de uno o varios de sus integrantes, o uno o algunos de ellos desista o sea excluido de participar en el consorcio, unión temporal o la modalidad de asociación escogida.

g. Cuando el proponente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuente con la capacidad jurídica suficiente para la presentación de la oferta.

h. Cuando el proponente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentre incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Constitución y la Ley.

i. Cuando una persona natural o jurídica participe en más de una propuesta, bien sea como proponente individual o como integrante de un consorcio o unión temporal. En este caso, se rechazarán todas las propuestas que incurran en la situación descrita

j. Cuando el proponente persona natural o jurídica o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal haya participado como contratista o subcontratista en la elaboración de los estudios, diseños y proyectos que tengan relación directa con el objeto del presente proceso de selección.

k. Cuando al proponente, persona natural o jurídica, o a uno de los integrantes del consorcio o unión temporal se les haya aconsejado la propuesta para la realización de la interventoría al contrato objeto del presente proceso.

l. Cuando no se presente la propuesta económica impresa. m. Cuando el porcentaje de administración presentado en la propuesta económica sea

inferior al mínimo estimado por Fonade en el numeral 3.3.2.14. n. Cuando el porcentaje de imprevistos presentado en la propuesta económica sea

inferior al mínimo estimado por Fonade en el numeral 3.3.2.15. o. Cuando, en la propuesta económica impresa, uno cualquiera de los valores unitarios

de los ítems exceda al 110% del valor unitario del correspondiente precio unitario oficial estipulado al ítem en el Anexo 01 Documento de Estudios Previos.

p. Cuando, en la propuesta económica impresa, se presente algún valor en moneda extranjera.

q. Cuando en la propuesta económica no se consigne dato alguno, ni en pesos ni en porcentaje (%), por concepto de administración, imprevistos y/o utilidad.

r. Cuando el proponente, en la propuesta económica impresa, no diligencie, o consigne cero pesos ($0), en la casilla correspondiente al valor parcial de uno o varios ítems cuya cantidad diferente de cero esté indicada en el formato 07.

s. Cuando no se presente la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta. t. Cuando el proponente no asista a la visita de carácter obligatorio al sitio de los

trabajos, de conformidad con lo señalado en el numeral 2.5.2.5 de este pliego de condiciones, para lo cual Fonade consultará el correspondiente registro de asistencia. (No aplica, para el presente proceso).

u. Cuando la propuesta no cumpla, con cualquiera de los requisitos mínimos de carácter jurídico, financiero, técnico y de experiencia exigidos para participar u obtener puntaje, en el presente proceso.

v. Cuando el comité asesor y evaluador haya solicitado al proponente, aclaraciones, subsanes o explicaciones relacionadas con la información de su propuesta, y este no las suministre dentro del plazo y condiciones señaladas por dicho comité.

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2.5.3.6. Desempate de propuestas En caso de empate, FONADE aplicará los criterios de desempate de conformidad con las siguientes reglas sucesivas y excluyentes: 1. Se preferirá la propuesta que haya presentado el contrato de mayor valor (como

experiencia especifica del proponente (relacionado en el anexo No. 03) y éste haya sido evaluado como válido.

2. De persistir el empate se preferirá la oferta de bienes y servicios nacionales frente a la oferta de bienes y servicios extranjeros.

3. Si persiste el empate se preferirá a la Mipyme nacional, sea proponente singular o consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes nacionales.

4. Si persiste el empate se preferirá la propuesta que tenga la participación de al menos una Mipyme.

5. Si persistiera el empate después de la verificación de los criterios anteriores, se utilizará como instrumento el sorteo por medio de balotas en el cual los participantes señalaran el mecanismo que deseen. (balota con mayor número, con menor número, etc.) para escoger el adjudicatario.

Si luego de realizado el desempate en el cual se determina la recomendación de adjudicación, y para efectos de establecer el segundo lugar en el proceso de selección, dos o más proponentes continúan empatados, el comité asesor y evaluador aplicará las reglas de desempate establecidas en el presente numeral. 2.5.4. Definición del proceso de selección 2.5.4.1. Declaratoria de desierto Fonade declarará desierto el proceso de selección, únicamente, cuando: a. Existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una propuesta. b. No se presente ninguna propuesta. c. Habiéndose presentado únicamente una propuesta, ésta incurra en alguna causal de

rechazo. d. Habiéndose presentado más de una propuesta, ninguna de ellas se ajuste a los

requerimientos y condiciones consignados en este pliego de condiciones. e. En caso de que ninguno de los proponentes haya ampliado la vigencia de su

propuesta en el evento en que el proceso de selección supere el término de vigencia de las propuestas.

2.5.4.2. Adjudicación del contrato En la audiencia pública dispuesta para esos efectos, el representante legal de Fonade, o su delegado, adjudicará el contrato objeto del presente proceso de selección, mediante acto administrativo motivado, al proponente que, de conformidad con el pliego de condiciones, ocupe el primer lugar en el orden de elegibilidad, el cual se entenderá notificado del contenido del acto en dicha audiencia. 2.6. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

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Para la elaboración del contrato el proponente adjudicatario deberá entregar a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación la siguiente información:

• Cuando el proponente es persona natural o Jurídica: o Formato de creación terceros. Lo pueden consultar en la página Web de

FONADE en la siguiente ruta: http://www.fonade.gov.co/eContent/library/documents/DocNewsNo477DocumentNo12503.XLS

o RUT. o Certificación Bancaria

• Cuando el proponente es Consorcio o Unión Temporal:

o Formato de creación terceros diligenciado por cada uno de los integrantes. Lo pueden consultar en la página Web de FONADE en la siguiente ruta: http://www.fonade.gov.co/eContent/library/documents/DocNewsNo477DocumentNo12503.XLS

o RUT de cada uno de los integrantes o El Nit del Consorcio o Unión Temporal registrado ante la DIAN o Certificación Bancaria

El proponente deberá presentarse ante Fonade, con el fin de firmar el respectivo contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al aviso que, para el efecto, le dé la entidad. En los eventos en que el proponente no proceda a la suscripción del contrato, le sobrevenga una inhabilidad o incompatibilidad o se demuestre que el acto administrativo de adjudicación se obtuvo por medios ilegales, Fonade podrá revocarlo y, en el mismo acto de revocatoria, podrá adjudicar el respectivo contrato al proponente que haya ocupado el segundo lugar, conforme a lo previsto en el artículo 30 de la Ley 80 de 1993 y en el artículo 9º de la Ley 1150 de 2007.

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CAPÍTULO TERCERO 3. DEL PROPONENTE Y SU OFERTA

3.1. CONDICIONES GENERALES 3.1.1. Modalidades de participación Podrán presentar propuesta personas naturales, personas jurídicas, consorcios y uniones temporales. 3.1.2. Responsabilidad en la elaboración de la propuesta Los proponentes deberán elaborar por su cuenta y riesgo la propuesta, de acuerdo con lo solicitado en este pliego de condiciones, el cual hará parte integral del contrato. Se considera como documento oficial del proceso de selección el pliego de condiciones publicado en la Portal Único de Contratación (www.contratos.gov.co). La presentación de la oferta lleva implícitos el conocimiento y la aceptación, por parte de proponente, de todas las condiciones conforme a las cuales se ejecutará el contrato, incluyendo las propias del sitio de trabajo, tales como la información social, cultural, técnica, hidrológica, geológica, geomorfológica y sismológica, geotécnica, topográfica y cartográfica, estudios de impacto ambiental, las leyes y normas que rigen para la región, entre otras, de tal manera que la propuesta presentada deberá reflejar la totalidad de los costos en que se incurrirá para alcanzar la realización del objeto del contrato derivado de este proceso de selección. Así mismo, deberá tener en cuenta la movilización y permanencia en el sitio de los trabajos, tanto del personal como de los insumos, la situación de orden público, el factor climático y ambiental, así como los demás aspectos que puedan incidir en la ejecución del contrato. Por lo anterior es obligación del interesado, para elaborar su propuesta, realizar las inspecciones necesarias al sitio donde se adelantará la construcción del proyecto, y conocer las condiciones de suministro de materiales, mano de obra, transporte de personal y materiales, condiciones técnicas del sitio especifico y sus alrededores, aspectos sociales, de orden público, climáticos, ambientales y las demás en las que se ejecutará la obra objeto del contrato derivado del presente proceso. Igualmente deberá considerar los aspectos relacionados en la Descripción y Aspectos Generales del Proyecto. 3.1.3. Vigencia de la propuesta La propuesta deberá permanecer vigente por un período mínimo de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha prevista para el cierre del término para presentar propuestas. Fonade podrá solicitar, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la propuesta y, por ende, la ampliación de la garantía de seriedad de la misma, por el término que se requiera. Durante el período de su vigencia, la propuesta será irrevocable, de tal manera que el proponente no podrá retirarla, ni modificar los términos o condiciones de la misma, so pena de que Fonade haga efectiva la garantía de seriedad de la propuesta, de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.2.1.5. Si por cualquier circunstancia se amplía el trámite del proceso de selección y el proponente presenta una ampliación a la garantía de seriedad de la propuesta que comprenda tal ampliación, se entenderá que amplía su oferta y mantiene la totalidad de sus condiciones.

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En el evento en que el proceso de selección supere el término de vigencia de las propuestas exigido en este numeral y alguna(s) propuesta(s) venza(n) sin que el(los) proponente(s) la(s) haya(n) ampliado y/o sin que haya(n) ampliado la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta, se entenderá que desiste(n) de participar en el proceso de selección. 3.1.4. Idioma y moneda de la propuesta Toda la información y datos que tenga que presentar el proponente en su oferta deberán estar en idioma castellano. En los casos en que deba aportar información que se encuentre en un idioma diferente, deberá presentar su correspondiente traducción al castellano. Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español proveniente de países signatarios de la convención de La Haya, deberán ser presentados acompañados de una traducción a este idioma, la cual podrá ser oficial en los términos del artículo 260 del Código de Procedimiento Civil o efectuada por traductor o intérprete no oficial pero cumpliendo el trámite del Apostille. Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español y que provengan de países NO signatarios de la Convención de La Haya deberán presentarse acompañado de una traducción oficial a este idioma, en los términos del artículo 260 del Código de Procedimiento Civil. Todos los valores que se estimen en la propuesta económica deberán presentarse en pesos colombianos, so pena de dar aplicación de lo establecido en el numeral 2.5.3.5. 3.1.5. Propuestas alternativas o parciales

No se aceptarán propuestas alternativas ni parciales. 3.1.6. Documentos otorgados en el extranjero

Los documentos públicos otorgados en el extranjero deberán cumplir con los requisitos previstos en los artículos 65, 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil Colombiano y 480 del Código de Comercio Colombiano y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia o con el requisito de la apostille contemplado en la Ley 455 de 1998, según sea el caso, siempre que de conformidad con dichas disposiciones así se requiera. 3.1.6.1. Consularización

Al tenor de lo previsto en el artículo 480 del Código de Comercio, “los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes.” En el caso de sociedades, conforme lo prevé el citado artículo del Código de Comercio “al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. (C.P.C. artículo 65)”.

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Surtido el trámite anteriormente señalado, tales documentos deberán ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites a que haya lugar. 3.1.6.2. Apostille

En tratándose de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, conforme lo prevé la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado previamente, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. 3.1.6.3. Títulos obtenidos en el exterior

El proponente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior, deberá acreditar la convalidación y homologación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos. Este requisito no se exigirá cuando se trate de profesionales titulados y domiciliados en el exterior que pretendan ejercer temporalmente la profesión en Colombia. El Ministerio de Educación Nacional homologa los estudios de pregrado (universitarios) por disciplina y/o licenciatura y los de postgrado en los niveles de especialización, maestría y doctorado. 3.1.6.4. Autorización para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia

En el evento que el adjudicatario del presente proceso de selección hubiere ofrecido personal titulado y domiciliado en el exterior en los términos señalados en el presente Pliego de Condiciones, deberá presentar la autorización para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia expedida por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y sus Profesiones Auxiliares para el caso de ingenieros y profesionales afines, para las demás profesiones por la autoridad respectiva. 3.1.7. Forma, identificación, estructura de la propuesta y responsabilidad en la

presentación de la misma La presentación de la propuesta debe cumplir con los siguientes requisitos: a. La propuesta debe ser presentada en idioma español, escrita por cualquier medio

mecánico, numeradas en la parte inferior todas las hojas que contiene, cada una de ellas conformará un folio.

b. La propuesta debe ser presentada en dos (2) sobres separados, cerrados y perfectamente identificados cada uno de ellos, como se establece en el literal e. del presente numeral.

c. La documentación del Sobre No. 1 y del Sobre No 2 debe estar debidamente legajada o argollada de tal forma que no exista posibilidad de pérdida de documentos.

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d. Los dos (2) sobres deben tener el siguiente contenido: • SOBRE No. 1: REQUISITOS HABILITANTES Y FACTORES TÉCNICOS DE

ESCOGENCIA - Se Debe Anexar En Medio Magnético El Contenido Del Formato N° 03 Debidamente Diligenciado.

• SOBRE No. 2: PROPUESTA ECONÓMICA IMPRESA Y EN MEDIO MAGNETICO. e. Los sobres se deben identificar, cada uno de la siguiente manera:

FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE Licitación Pública LP 032-2010

OBJETO: CONSTRUCCION DE OBRAS DE ARTE PARA EL PROYECTO TRANSVERSAL DE LA MACARENA, EN EL TRAMO BARAYA - COLOMBIA, K0+000 AL K9+000, EN EL

DEPARTAMENTO DEL META

Sobre No: ___ Contenido: _______________________

Proponente: ______________________________ Nit o C.C. del Proponente: _________________

Dirección, Ciudad: _____________ Teléfono: _____________

Fax: _____________ La responsabilidad de la presentación de la propuesta como se indica en los literales anteriores de este numeral, así como el estricto cumplimiento de lo establecido en el numeral 2.5.2.1. en especial en cuanto se refiere al termino, modo, lugar y tiempo de presentación de la propuesta; es total, rotunda y exclusiva del proponente, quien debe propender porque se haga en completa concordancia a lo ordenado en este pliego, por lo que la entidad no asume ninguna responsabilidad por la perdida, confusión o extravió de documentos que no hayan sido elaborados y entregados con el debido cuidado como lo señala el pliego. 3.2. PRIMER COMPONENTE: REQUISITOS HABILITANTES 3.2.1. Aspectos jurídicos del proponente 3.2.1.1. Carta de presentación de la propuesta De acuerdo con el modelo del formato 01 suministrado, la carta de presentación de la propuesta debe estar suscrita por la persona natural o por el representante legal de la persona jurídica o por el representante designado por los miembros del consorcio o de la unión temporal, y avalada por un Ingeniero Civil o Arquitecto. Se deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía de quien suscribe la oferta y de quien la avala, al igual que copia de la matrícula o tarjeta profesional de este último. Cuando el proponente o su representante tengan la condición de Ingeniero Civil o Arquitecto, no será necesario el aval de otra persona con igual profesión. Quien suscriba la carta de presentación de la oferta deberá: a. Persona jurídica: Tener la calidad de representante legal o apoderado del proponente,

con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. En este último

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caso, la facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatario) y liquidarlo. Si la presentación de la propuesta implica la transgresión del deber establecido en el numeral 7º del artículo 23 de la ley 222 de 1995, el proponente individual o el integrante de la propuesta conjunta deberá, además, allegar autorización de la junta de socios o asamblea general de accionistas, según corresponda.

b. Consorcio o unión temporal: Tener la calidad de representante del consorcio o unión

temporal, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. Tal facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatarios) y liquidarlo.

3.2.1.2. Acreditación de la existencia y la representación legal Los proponentes que tengan la calidad de personas jurídicas deberán presentar el certificado de existencia y representación legal, o sus documentos equivalentes en caso de personas jurídicas extranjeras, expedido dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para el cierre del término para presentar propuestas, donde evidencie que el objeto social permite ejecutar el contrato objeto del presente proceso de selección. Así mismo, en tal documento deberá constar que la duración de la sociedad no es inferior a la duración del contrato objeto del presente proceso de selección y un (1) año más. Deberá adjuntarse fotocopia del documento de identificación del representante legal de la persona jurídica. Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntarse el documento de autorización expresa del órgano competente, documento este que para los efectos del presente proceso es insubsanable.”

Los proponentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su documento de identificación. Las propuestas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente, expedida de conformidad con las normas de control migratorio vigentes. Las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar que cuentan con un apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para representarlas judicial o extrajudicialmente hasta la constitución de la sucursal en Colombia, en caso de resultar aceptada su propuesta, de conformidad con lo señalado en el título VIII del Libro II del Código de Comercio Colombiano. Los proponentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas y/o la fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas naturales que los conforman. En caso de que uno o varios de los integrantes de la forma conjunta sea una persona natural de origen extranjero o una sociedad extranjera sin sucursal en Colombia, la propuesta deberá acompañarse de los documentos indicados en los dos párrafos precedentes, según corresponda. 3.2.1.3. Documento de constitución del consorcio o unión temporal. El proponente, con la oferta, deberá anexar un documento suscrito por todos los integrantes de la forma asociativa escogida, o por sus representantes debidamente facultados, en el que conste la constitución de la unión temporal o el consorcio, según corresponda, en el cual se exprese lo siguiente: a. Identificación de cada uno de sus integrantes: Nombre o razón social, tipo y número

del documento de identificación y domicilio.

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b. Designación del representante: Deberán constar su identificación y las facultades de

representación, entre ellas, la de presentar la oferta correspondiente al presente proceso de selección y las de celebrar, modificar y liquidar el contrato en caso de resultar adjudicatario, así como la de suscribir la totalidad de los documentos contractuales que resulten necesarios.

c. Indicación de los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la

ejecución del contrato de cada uno de los integrantes de la forma asociativa, así como las reglas básicas que regularán sus relaciones.

d. Indicación de la participación porcentual de cada uno de los integrantes en la forma

asociativa correspondiente. La sumatoria de los porcentajes de participación no podrá exceder del 100%

e. Duración de la forma de asociación escogida, la cual no podrá ser inferior al lapso

comprendido entre la fecha de entrega de la propuesta y un (1) año después de finalizado el contrato objeto del presente proceso de selección.

El documento deberá ir acompañado de aquellos otros que acrediten que quienes lo suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para dicha constitución y para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la propuesta y del contrato resultante. El proponente deberá tener en cuenta que después de la presentación de la propuesta, no podrá modificar los literales a y d, ni tampoco alguno de los integrantes podrá desistir o ser excluido en la participación, so pena de aplicar el numeral 2.5.3.5 causales de rechazo. 3.2.1.4. Capacidad de contratación (K) y capacidad residual (Kr) – 06 Para evidenciar que el proponente se encuentra inscrito, calificado y clasificado al momento de presentar la oferta y en cumplimiento del artículo 6 de la ley 1150, el proponente persona natural o jurídica o cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, según corresponda, deberán presentar el certificado de inscripción en el registro único de proponentes – RUP, el cual no puede tener fecha de expedición superior a 30 DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la fecha señalada para el cierre del término para presentar propuesta y este(os) documento(os) debe(n) demostrar que esta(n) clasificado(s) como:

ACTIVIDAD ESPECIALIDAD (es)

1 CONSTRUCTOR 08 Obras de Transporte

El proponente deberá tener, al momento de presentación de la propuesta, una capacidad de contratación (K) y una capacidad residual de contratación (Kr) como constructor igual o superior a:

Capacidad de contratación (K) (expresado en SMMLV)

Capacidad de contratación residual (Kr) (expresado en SMMLV)

2 veces el valor total del presupuesto estimado – numeral 1.4. -

1.5 veces el valor total del presupuesto estimado – numeral 1.4. -

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En caso de propuestas presentadas en consorcio o unión temporal, la capacidad de contratación y la capacidad residual de contratación (K y Kr) se entenderán como la suma de las capacidades individuales de cada integrante. Para verificar la capacidad de contratación residual (Kr), el proponente, persona natural o jurídica o cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, según corresponda, deberá suministrar, en formatos independientes, la información de contratos vigentes, para lo cual podrá utilizar el número de formatos que requiera. En caso de que el proponente, o alguno de sus integrantes, no tengan contratos vigentes, deberá manifestarlo expresamente en la casilla de “observaciones” del formato 06 y suscribirlo debidamente. Para suministrar esta información el proponente deberá utilizar el número de formatos que requiera. Los proponentes extranjeros o los miembros de consorcios o uniones temporales que tengan tal calidad con sucursal en Colombia, deberán cumplir con lo exigido en el presente numeral. 3.2.1.5. Garantía de seriedad de la propuesta El proponente deberá anexar a su propuesta, a favor del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – Fonade, una garantía que ampare la seriedad de su propuesta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial total estimado indicado en el numeral 1.4, con una vigencia igual a la señalada en el numeral 3.1.3 contada a partir de la fecha indicada en el cronograma general para el “cierre del término para presentar propuestas”. En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la propuesta, la vigencia de la garantía de seriedad deberá ser, igualmente, ampliada. La garantía debe ser tomada, en formato para entidades estatales, a nombre del proponente persona natural o de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el certificado de existencia y representación legal de la cámara de comercio, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberá tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes y deberá indicarse su respectivo porcentaje de participación en la forma asociativa correspondiente. Al proponente se le hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta, en cualquiera de los eventos descritos en el artículo 4 del Decreto 4828. 3.2.1.6. Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes

parafiscales Cuando el proponente sea persona natural deberá adjuntar certificación que demuestre estar afiliado al sistema de seguridad social en salud y en pensiones o fotocopia de las planillas de pago en donde conste el valor cancelado, el periodo de cotización, la fecha de pago y la entidad Promotora de Salud y Pensión a la que se encuentre afiliado.

En el caso de personas jurídicas, deberán presentar una certificación, expedida por el Revisor Fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de

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Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de dichos aportes correspondientes a los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos.

Cuando se trate de una persona jurídica que no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los mencionados pagos a sus empleados, a partir de la fecha de su constitución.

En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago.

Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberá aportar el certificado aquí exigido.

3.2.1.7. Reporte de certificado de registro de precios definitivo o temporal No aplica, para el presente proceso de selección. 3.2.1.8. Reciprocidad Los proponentes de bienes o servicios extranjeros recibirán, dentro del proceso de selección, igual tratamiento que aquellos que realicen ofrecimientos de bienes o servicios nacionales siempre que exista un acuerdo, tratado o convenio entre el país de origen de los bienes o servicios y República de Colombia, conforme con el cual a las ofertas de bienes o servicios colombianos se le concede, en ese país, el mismo tratamiento otorgado a sus nacionales en cuanto a las condiciones, requisitos, procedimientos y criterios para la adjudicación de los contratos celebrados con el sector público. En los casos en que la reciprocidad no tenga por causa un tratado, acuerdo o convenio entre la República de Colombia y el país de que se trate, ella será demostrada mediante un informe que al efecto expida la misión diplomática colombiana en el país de origen de los bienes o servicios ofrecidos y que se deberá presentar junto con la propuesta. 3.2.1.9. Certificado De Antecedentes Fiscales De La Contraloría General De

La República El proponente, persona natural o jurídica, y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, según corresponda, deberán presentar el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República. 3.2.1.10. Certificado De Antecedentes Disciplinarios Procuraduría General De La

Nación El proponente, persona natural o jurídica, y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, deberán presentar el Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General De La Nación 3.2.2. Capacidad financiera del proponente

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La capacidad financiera del proponente, como requisito habilitante, se verificará con base en los factores financieros denominados: a) capital de trabajo, b) índice de liquidez y c) nivel de endeudamiento, que se revisarán con fundamento en la información del certificado de inscripción en el registro único de proponentes – RUP (art 11 del decreto 1464 de 2010), el cual se debe adjuntar a la propuesta, como lo requiere el inciso primero del numeral 3.2.1.4. de este pliego.

Para que la propuesta pueda continuar en la siguiente fase de evaluación esta debe cumplir:

a) El capital de trabajo se verificará de la siguiente manera:

� Si el proponente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir lo siguiente:

CT ≥ 35% PO

Donde, CT = AC – PC

CT = Capital de trabajo.

AC = Activo corriente

PC = Pasivo corriente

PO = Presupuesto oficial estimado.

Si CT, es mayor o igual al 35% del PO el proponente es habilitado

SI CT, es menor al 35% del PO el proponente no es habilitado.

� Si el proponente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:

CT=� CTi

� CTi ≥ 35% PO

Donde,

�CTi = Sumatoria de capital de trabajo de los integrantes

CT = Capital de trabajo del consorcio o la unión temporal.

CTi = Capital de trabajo de cada uno de los integrantes.

PO = Presupuesto oficial estimado.

Si CT, es mayor o igual al 35% PO el proponente es habilitado

SI CT, es menor al 35% PO el proponente no es habilitado

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b) El índice de liquidez se verificará de la siguiente manera:

� Si el proponente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:

LIQ. = AC / PC ≥ 1,0

Donde,

LIQ. = Índice de liquidez.

AC = Activo corriente.

PC = Pasivo corriente.

Si LIQ es mayor o igual a 1 el proponente es habilitado

SI LIQ es menor a 1 el proponente no es habilitado

� Si el proponente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir: � ACi

LIQ. = ------------ ≥ 1,0

� PCi

Donde,

LIQ. = Índice de liquidez del consorcio o la unión temporal.

ACi = Activo corriente de cada uno de los integrantes.

PCi = Pasivo corriente de cada uno de los integrantes.

Si LIQ es mayor o igual a 1 el proponente es habilitado

SI LIQ es menor a 1 el proponente no es habilitado

c) El nivel de endeudamiento se verificará de la siguiente manera:

� Si el proponente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:

NE = PT / AT ≤ 0,70

Donde,

NE = Nivel de endeudamiento.

PT = Pasivo total.

AT = Activo total.

Si NE es menor o igual a 0,70 el proponente es habilitado

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SI NE es mayor a 0,70 el proponente no es habilitado

� Si el proponente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:

� PTi

NE = ------------ ≤ 0,70

� ATi

Donde,

NE = Nivel de endeudamiento del consorcio o la unión temporal.

PTi = Pasivo total de cada uno de los integrantes.

ATi = Activo total de cada uno de los integrantes.

Si NE es menor o igual a 0,70 el proponente es habilitado

SI NE es mayor a 0,70 el proponente no es habilitado

3.2.3. Condiciones de Experiencia Probable del proponente (E) El proponente debe contar en el certificado del RUP expedido por la Cámara de Comercio con una experiencia probable (E) como CONSTRUCTOR, IGUAL O SUPERIOR A DOSCIENTOS (200) PUNTOS, en caso contrario la propuesta será declarada no habilitada. Para el caso en el que el proponente es plural (consorcio, unión temporal, etc.), la (E) Experiencia Probable requerida se verificará con la sumatoria de (E) Experiencia Probable de los integrantes del consorcio o unión temporal.

Ep= � Ei ≥ 200 puntos

Donde,

Ep = Experiencia Probable del proponente

� = Sumatoria

Ei = Experiencia Probable de los integrantes.

Se debe cumplir que:

Ep = ≥ 200 puntos la propuesta es habilitada.

Ep = < 200 puntos la propuesta no es habilitada y será rechazada.

3.2.4. Capacidad de Organización del proponente (Co)

Teniendo en cuenta que en la fórmula utilizada por la Cámara de Comercio para calcular el K de contratación el factor Capacidad de Organización del proponente (Co), tiene un impacto alto, la entidad considera que con el requerimiento que se hace del K para este proceso se

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está verificando la capacidad de organización del proponente de forma adecuada y proporcional a la magnitud y complejidad del proyecto.

Ahora bien, el proponente ADJUDICATARIO deberá presentar para aprobación de la interventoría un documento que contenga la organización planteada para la realización del proyecto, en el tiempo establecido en el presente pliego de condiciones como lo señala el numeral 4.4.8.3.

3.3. SEGUNDO COMPONENTE: FACTORES TÉCNICOS Y ECONÓMICOS DE ESCOGENCIA

3.3.1. Factor Técnico (A) – Experiencia Específica del proponente. El proponente debe acreditar en su propuesta, que cuenta con experiencia específica en: RECONSTRUCCIÓN, PAVIMENTACIÓN, Y/O REPAVIMENTACIÓN DE VÍAS La experiencia específica debe ser acreditada con la EJECUCIÓN DE MINIMO UNO (1) Y MÁXIMO TRES (3) contratos terminados en los últimos QUINCE (15) AÑOS, contados estos a partir de la fecha establecida para el cierre del término para presentar propuestas y cumplir también las siguientes condiciones:

� MÍNIMO uno de los contratos aportados, debe ser de valor igual o superior al POE expresado en SMMLV.

La experiencia específica podrá acreditarse con contratos de obras ejecutadas en calidad de contratista y/o con obras propias ejecutadas por el proponente individual o por cualquiera de los integrantes del proponente plural. En todo caso, el número de contratos y/o de obras propias ejecutadas con que se pretenda acreditar la experiencia NO PODRÁ SER SUPERIOR al número de contratos señalado en el inciso segundo del presente numeral. Para demostrar la experiencia especifica el proponente debe presentar con su propuesta el FORMATO No. 03 debidamente diligenciado e indicando en él toda la información allí solicitada. Así mismo, debe anexar la documentación adecuada y pertinente, que acredite clara y verazmente la realización de los contratos relacionados, cuyo número debe ser máximo el señalado en el inciso segundo del presente numeral. Los documentos de los contratos presentados y aportados con la propuesta, que acrediten los relacionados en el FORMATO No. 03 deben permitir al Comité Asesor y Evaluador realizar eficazmente la verificación y evaluación del factor técnico establecido en este numeral. Para que la propuesta sea considerada favorable para otorgarle los puntajes a continuación señalados, debe demostrar que cumple con los requisitos mínimos exigidos en este numeral, de lo contrario, la propuesta quedará incursa en causal de rechazo y por ende, no continuará en las siguientes etapas del proceso. El Comité Asesor y Evaluador, de acuerdo al cumplimiento de los requisitos indicados, asignará a cada propuesta, el puntaje a continuación señalado.

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CONCEPTO REQUISITO PUNTAJE

EXPERIENCIA ESPECIFICA

DEL PROPONENTE

Cumpliendo con lo establecido en el numeral 3.3.1. y si la sumatoria del valor de los contratos que acredita expresado en SMMLV a la fecha de su terminación es igual o superior a 1 VEZ EL POE y menor a (1.5) VECES EL VALOR DEL POE.

100

Cumpliendo con lo establecido en el numeral 3.3.1. y si la sumatoria del valor de los contratos que acredita expresado en SMMLV a la fecha de su terminación es igual o superior a (1.5) VECES EL VALOR DEL POE y menor a 2 VECES EL VALOR DEL POE.

200

Cumpliendo con lo establecido en el numeral 3.3.1. y si la sumatoria del valor de los contratos que acredita expresado en SMMLV a la fecha de su terminación es igual o superior a 2 VECES EL VALOR DEL POE y menor a 2.5 VECES EL VALOR DEL POE.

300

Cumpliendo con lo establecido en el numeral 3.3.1. y si la sumatoria del valor de los contratos que acredita expresado en SMMLV a la fecha de su terminación es igual o superior a 2.5 VECES EL VALOR DEL POE.

400

PUNTAJE MÁXIMO 400

Nota: POE: Presupuesto Oficial Estimado – Expresado en SMMLV.

3.3.1.1. Acreditación y Valoración de la Experiencia Específica. Los contratos con los que pretendan acreditar la experiencia específica deben cumplir o tener en cuenta lo siguiente: a. El contrato deberá estar terminado en la fecha prevista para el cierre del término para

presentar propuestas. Para el presente proceso selección, se tomará como fecha de terminación del contrato la del recibo final de las obras objeto del mismo, suscrito por el contratante o su representante.

b. Para el presente proceso no es válido acreditar la experiencia específica a través de contratos ejecutados bajo la modalidad de administración delegada.

c. En los casos en que el contrato o los contratos hayan sido celebrados en consorcio, unión temporal o bajo cualquier otra forma de participación conjunta, será tenida en cuenta la experiencia específica en su totalidad y el valor de acuerdo al porcentaje de participación.

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d. En caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia será la sumatoria de las experiencias específicas de los integrantes que la tengan. Si la totalidad de la experiencia específica es acreditada por uno solo de los integrantes del consorcio, unión temporal, este deberá tener una participación no inferior al 60% en el consorcio, unión temporal, en el contrato derivado del presente proceso y en su ejecución. Si la experiencia específica es acreditada por más de uno de los integrantes del consorcio, unión temporal, aquel que aporte el mayor valor en contratos, respecto de los otros integrantes, deberá tener una participación no inferior al 50% en el consorcio, unión temporal, en el contrato derivado del presente proceso y en su ejecución.

e. No será considerada la experiencia adquirida en calidad de subcontratista, cuando quiera que el contrato principal haya sido celebrado con una entidad pública.

f. No será considerada la experiencia que se pretenda acreditar con convenios interadministrativos para cuyo desarrollo se haya subcontratado la totalidad de la ejecución de la obra.

g. El proponente deberá presentar, para la acreditación de la experiencia: Certificaciones, constancias o cualquier otro documento expedido por el contratante, su representante o por el interventor o supervisor del contrato. La documentación presentada para la acreditación de la experiencia deberá permitir en conjunto la verificación de la siguiente información:

1) Nombre del contratante. 2) Nombre del contratista. 3) Objeto del contrato. 4) Valor total del contrato o el correspondiente a las obras que se pretenden acreditar. 5) Área construida intervenida 6) Lugar de ejecución. 7) Fecha de inicio del contrato. 8) Constancia de recibo final de las obras objeto del contrato, con indicación de la

fecha correspondiente. 9) Si el contrato se ejecutó en consorcio, unión temporal u otra forma conjunta,

deberá indicar el nombre de sus integrantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos. Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse certificación del proponente individual o del integrante del proponente plural que desea hacer valer la experiencia, en la que se haga constar dicho porcentaje de participación. Tratándose de personas jurídicas, la referida certificación deberá suscribirse por su representante legal y, además, por el contador público o el revisor fiscal, según sea el caso. Si se trata de personas naturales, la certificación deberá estar suscrita por ellas y por contador público.

h. A los contratos de construcción y/o ampliación de edificaciones que involucren

estudios y diseños, se les tendrá en cuenta el valor correspondiente a los estudios y diseños.

i. En los casos en que la obra haya sido ejecutada en virtud de un contrato de fiducia

mercantil, deberá presentarse certificación expedida por la sociedad fiduciaria titular del patrimonio autónomo, en la que se indique, además de la información exigida en el literal g) del presente numeral, el nombre del o los fideicomitentes y el nombre de la persona natural o jurídica que ejecutó la obra.

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El valor total del o los contratos celebrados que se aporten para acreditar la experiencia específica será aquel que tuvieron a la fecha del informe de recibo final o la del acta de recibo final suscrito por el contratante o su representante o a la terminación del contrato, y la conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se hará conforme al vigente en el año de recibo final o terminación. En caso de presentar el valor en moneda extranjera, se aplicará lo siguiente:

1) Cuando el valor esté dado en dólares americanos (USD) se convertirá a pesos

colombianos utilizando para esa conversión la tasa representativa del mercado (TRM) vigente para la fecha de recibo final o terminación.

2) Cuando el valor esté dado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo con las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República, teniendo en cuenta la fecha de recibo final o de su terminación y, posteriormente, se procederá a su conversión a pesos colombianos de conformidad con la TMR vigente para la fecha de recibo final o de su terminación, según corresponda

j. En los casos en que la experiencia específica se pretenda acreditar con obras de

propiedad del proponente o alguno de sus integrantes, según corresponda, ejecutadas por él mismo, deberá presentar certificación suscrita por él y por su contador público o revisor fiscal, según corresponda, en la que se indique:

1) Fecha de inicio y de terminación de la construcción de la obra. La fecha de

terminación no podrá ser posterior a la fecha de cierre del término para presentar propuestas.

2) Valor total de la construcción. 3) Área construida intervenida. 4) Lugar de ejecución. 5) Porcentaje de participación, en aquellos casos en que la obra se haya ejecutado

con la participación de otras personas naturales o jurídicas. En este caso, será tenida en cuenta la experiencia específica en su totalidad y el valor de acuerdo con el porcentaje de participación.

6) No se aceptará como experiencia válida para el presente proceso de selección la adquirida en la ejecución de obras propias, en las que el proponente o alguno de sus integrantes, según corresponda, haya trasladado a otra u otras personas naturales o jurídicas, en virtud de uno o varios negocios jurídicos, los riesgos derivados de la confección material de la misma y de su entrega.

7) Deberá anexarse la respectiva licencia de construcción y, de resultar necesario, los demás documentos que le permitan demostrar al proponente o al integrante de la forma conjunta que pretenda acreditar la respectiva experiencia específica, la ejecución de la obra por parte de este.

8) Si la obra propia se desarrolló en diferentes etapas y en tiempos diferentes, podrá ser contabilizada como una sola obra siempre y cuando exista una sola licencia de construcción. Si la obra se desarrolló por etapas, con diferentes licencias de construcción, cada licencia de construcción se considerará como una obra diferente.

NOTA: Las certificaciones de experiencia se consideran expedidas bajo la gravedad del juramento y por tanto el contenido se desvirtúa con prueba en contrario.

3.3.2. Factor económico (B)

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El proponente debe formular su propuesta económica exclusivamente en el Formato 07 MEDIANTE UNA HOJA DE CÁLCULO DE FORMATO EXCEL, EL CUAL DEBERÁ PRESENTAR EN MEDIO FÍSICO Y MAGNÉTICO, teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos: 3.3.2.1. Todos los valores deben estar expresados en pesos colombianos.

3.3.2.2. Todos los valores deberán estar ajustados al peso, es decir, sin decimales.

Para el efecto, se aplicará la metodología de redondeo indicada en el presente pliego.

3.3.2.3. El plazo de ejecución del contrato señalado en el numeral 1.5.

3.3.2.4. La forma y el sistema de pago señalados en el capítulo cuarto del presente pliego de condiciones.

3.3.2.5. La información contenida en la descripción general de la obra (numeral 1.3.).

3.3.2.6. La distribución de riesgos contenida en el presente pliego de condiciones.

3.3.2.7. Las condiciones y especificaciones técnicas de la obra, así como la información técnica, hidrológica, geológica, geomorfológica y sismológica, geotécnica, topográfica y cartográfica, estudios de impacto ambiental y las leyes y normas que rigen para la región y las propias del sitio donde se desarrollará el proyecto. De igual forma, todos los costos que se requieran para la correcta ejecución del objeto del contrato derivado del presente proceso de selección, entre ellos los generados por el transporte del personal, equipo, servicios públicos, herramientas y materiales. Del mismo modo, deberá considerar las condiciones, climáticas, ambientales y de orden público y las variaciones de precios por el cambio de año.

3.3.2.8. La totalidad de los tributos, independientemente de la denominación que asuman o del nivel territorial del que provengan, que se causen o llegaren a causar por la celebración, ejecución y liquidación del contrato objeto del presente proceso de selección, los cuales serán de su cargo exclusivo.

3.3.2.9. El valor total de la propuesta económica debe estar entre el 90% y el 100% del valor total del Presupuesto Oficial Estimado.

3.3.2.10. No podrá, en ningún caso, modificar los ítems (codificación y descripción), las

unidades de medida ni las cantidades. 3.3.2.11. El valor unitario de cada uno de los ítems contenidos en el Formato 07, no

podrá ser superior al 110% del valor unitario indicado para cada uno de ellos en el Presupuesto Oficial Estimado.

3.3.2.12. En caso de presentarse discrepancias entre las especificaciones técnicas de la

obra y el formato 07, primará lo señalado en las especificaciones técnicas. 3.3.2.13. Deberá diligenciar la totalidad de las casillas correspondientes a:

� Precio unitario de cada uno de los ítems cuya cantidad este indicada en el formato 07.

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� Valor parcial de cada uno de los ítems cuya cantidad este indicada en el formato 07.

� Total costo directo � Porcentaje y Valor por Administración (A) � Porcentaje y Valor por Imprevistos (I) � Porcentaje y Valor por Utilidad (U) � Total costos indirectos (AIU) � IVA sobre la utilidad � Valor total de la propuesta

3.3.2.14. Fonade ha estimado un porcentaje de administración mínima de obra del 19 %.

3.3.2.15. Fonade ha estimado un porcentaje de imprevistos del 3 %.

3.3.2.16. A.I.U. (Formato 08) El proponente podrá presentar, adicionalmente, el formato 08, en medio físico y magnético. Pero es obligación del proponente adjudicatario presentarlo previo a la firma del acta de inicio, con los ajustes si fuese el caso, realizados en la audiencia pública de adjudicación, conservando fijos los porcentajes allí revisados de su propuesta. Para ello deberá realizar su ejercicio de cálculo del A.I.U., considerando, entre otros costos, los correspondientes a: personal profesional, técnico, de administración y vigilancia; sistema de seguridad industrial, manejo ambiental y aseguramiento de calidad; servicios públicos; ensayos de control de calidad; papelería, registro fotográfico, videos e informes; elaboración de planos record; transporte y almacenamiento, gastos de legalización, impuestos y pólizas; depósitos, adecuación de vías y accesos y todos los demás costos, gastos y tributos que sean necesarios para el cabal cumplimento del objeto contractual. Así mismo deberá estimar el porcentaje correspondiente a los imprevistos y la utilidad.

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CAPÍTULO CUARTO

4. CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES

4.1. OBJETO El objeto del contrato es la ejecución, por parte del contratista, de la obra denominada “CONSTRUCCION DE OBRAS DE ARTE PARA EL PROYECTO TRANSVERSAL DE LA MACARENA, EN EL TRAMO BARAYA - COLOMBIA, K0+000 AL K9+000, EN EL DEPARTAMENTO DEL META”, de acuerdo con la descripción, especificaciones y demás condiciones establecidas en el presente pliego de condiciones, los documentos e información técnica suministrada por FONADE y la propuesta presentada por EL CONTRATISTA, todo lo cual hace parte integral del contrato.

4.2. VALOR El valor estimado del contrato es la suma de ____________________________, incluido el valor del AIU e IVA sobre la utilidad, y demás impuestos y tributos a que haya lugar para la celebración, legalización, ejecución y liquidación del contrato.

4.2.1. Forma de pago FONADE pagará al contratista el valor por el cual le fue adjudicado el contrato, por el sistema indicado en el numeral 4.2.2, así:

4.2.1.1. Mensualmente, hasta el noventa por ciento (90%) del valor total de las respectivas actas mensuales de obra ejecutada, previa presentación, aprobación y entrega de las mismas a la Interventoría y de los informes correspondientes debidamente aprobados, descontando, en todo caso, el porcentaje del anticipo.

El saldo correspondiente al diez por ciento del valor total de las actas parciales ejecutadas, serán pagados en el último pago.

4.2.1.2. El último pago, correspondiente al saldo del diez por ciento (10%) del valor total de las actas mensuales de obra ejecutadas, de acuerdo con las cantidades ejecutadas y recibidas a satisfacción, se pagará a) Se haya liquidado el contrato, b) Se haya cumplido con cada una de las obligaciones del contratista en el desarrollo del contrato, incluyendo la entrega en perfecto estado de limpieza y retirado todo elemento que haya sido parte del campamento, y c). se haya aprobado por parte de la Subgerencia de Contratación la garantía de estabilidad de obra en las condiciones determinadas por FONADE, la cual se diligenciará con el acta de recibo final de las obras a satisfacción de la Interventoría y de FONADE, así como de la aprobación de las garantías correspondientes, señaladas en el numeral 4.13.

4.2.2. Sistema de pago El sistema de pago del contrato es por precios unitarios fijos sin fórmula de ajuste. En consecuencia, el valor definitivo del contrato será la suma de los resultados que se obtengan al multiplicar las cantidades ejecutadas por EL CONTRATISTA y entregadas a FONADE a su entera satisfacción, por los valores o precios unitarios fijos pactados para el respectivo ítem según la propuesta económica (formato 07).

4.2.2.1 Cantidades de obra Se entiende por cantidades de obra las estimadas por FONADE y presentadas en la propuesta económica de EL CONTRATISTA (formato 07), las cuales son aproximadas

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y están calculadas por el Consultor, según las necesidades estimadas de la obra objeto del presente contrato, razón por la cual se podrán aumentar, disminuir o suprimir durante la ejecución de la misma.

4.2.2.2 Precio unitario fijo Se entiende por precio unitario fijo el valor por unidad de recurso, obra, trabajo, servicio o bien, señalado por EL CONTRATISTA en su propuesta económica (formato 07), el cual remunera la totalidad de las actividades y/o suministros que sean necesarios para la ejecución del contrato.

4.2.3. Mayores cantidades de obra EL CONTRATISTA está obligado a ejecutar las mayores cantidades de obra que resulten necesarias para la ejecución del objeto contractual, a los mismos precios contenidos en el formato 07 “Propuesta Económica”, previa autorización de la Interventoría. En caso de presentarse mayores cantidades de obra, estas podrán compensarse mediante acta suscrita entre el interventor y EL CONTRATISTA, con la supervisión de FONADE.

Cuando las mayores cantidades de obra impliquen el aumento del valor estimado del contrato, antes de ser autorizadas por la Interventoría y ejecutadas por EL CONTRATISTA, será necesaria la celebración la adición al contrato correspondiente, previa verificación de que exista disponibilidad de recursos para cubrir el pago de las mayores cantidades de obra. En este caso, deberá procederse a la ampliación de las garantías, de acuerdo con lo previsto en el 4.13. 4.2.4. Ítems o actividades no previstas Son ítems o actividades no previstas aquellas necesarias para el cumplimiento de las finalidades perseguidas con el contrato, pero cuya ejecución no fue pactada.

4.2.4.1 Ejecución Si durante el desarrollo de la obra surge la necesidad de ejecutar ítems o actividades de obra no previstos contractualmente, EL CONTRATISTA los deberá ejecutar, previa celebración del contrato adicional correspondiente.

La necesidad de ejecutar los nuevos ítems de obra será determinada por FONADE, previo concepto de la Interventoría.

4.2.4.2 Prohibición

Le está prohibido a EL CONTRATISTA ejecutar ítems o actividades de obra no previstos en el contrato, sin que, previamente, se haya suscrito el respectivo contrato adicional. Cualquier ítem que ejecute sin la celebración previa del documento contractual será asumido por cuenta y riesgo de EL CONTRATISTA, de manera que FONADE no reconocerá valores por tal concepto. 4.2.4.3 Determinación del precio Para la determinación del precio de los ítems o actividades no previstos y, por lo tanto, para la elaboración del análisis de precios unitarios, por parte de EL CONTRATISTA, se tendrá en cuenta el valor de los insumos, entendido como aquel que corresponde a las tarifas de los equipos, precios de los insumos y/o materiales básicos y las tarifas de personal, contenido en

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los respectivos análisis de precios unitarios de los ítems o actividades previstas y en la lista de precios de insumos.

En el evento en que en el análisis de los precios unitarios de los ítems o actividades previstas y/o en la lista de precios de insumos se hayan consignado valores diferentes para un mismo insumo, se aplicará el menor valor.

Si el precio de uno o algunos de los insumos necesarios para la determinación del valor del nuevo ítem o actividad no se encuentra en los análisis de precios unitarios, ni en la lista de precios de insumos, será acordado entre EL CONTRATISTA y el interventor y sometido a la aprobación de la Subgerencia Técnica de FONADE, previa verificación de los precios por parte del Área de Estudios Previos.

Los precios que se acuerden por los ítems o actividades no previstos, en ningún caso, serán superiores a los del mercado al momento en que el que se celebre el contrato adicional.

En el caso en el que dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la comunicación en la que la interventoría informe a EL CONTRATISTA sobre la necesidad de ejecutar el ítem o actividad no previsto, éste no convenga en llevarlo a cabo, FONADE podrá contratar su ejecución con un tercero; en tal evento, EL CONTRATISTA autoriza a FONADE para que le sea descontada, de las sumas a él adeudadas, la diferencia entre el valor acordado con el tercero por concepto de los insumos de los ítems o actividades no previstas y el menor valor de los mismos insumos contenido en los análisis de precios unitarios y/o en la lista de precios de insumos presentados por EL CONTRATISTA para los ítems o actividades previstas en el contrato. 4.2.5. Anticipo FONADE entregará a EL CONTRATISTA, a título de anticipo, el TREINTA por ciento (30%) del valor señalado en el numeral 4.2.

4.2.5.1 Amortización El valor entregado como anticipo será amortizado con cada cuenta correspondiente a las actas de mensuales de obra, en un porcentaje igual al entregado a título de anticipo.

4.2.5.2 Requisitos para la entrega Previamente a la entrega del anticipo, deberá cumplirse lo siguiente:

a. La suscripción del acta de inicio del plazo de ejecución de las obras objeto del contrato. La apertura de una cuenta de ahorro conjunta entre EL CONTRATISTA y el interventor para el manejo del anticipo. 4.2.5.3 Reglas para su manejo e inversión Para el manejo e inversión del anticipo, se aplicarán las siguientes reglas:

a. EL CONTRATISTA deberá invertir, en forma directa y de manera inequívoca, el anticipo en el objeto contractual, con sujeción al plan de manejo e inversión.

b. El anticipo se manejará en una cuenta de ahorro conjunta entre EL CONTRATISTA y la interventoría de la obra.

c. El interventor y EL CONTRATISTA deberán elaborar y firmar el documento de solicitud de pago del anticipo para su desembolso, la cual deberá ser registrada por el interventor con los documentos soporte, quien se asegurará de que siga el trámite correspondiente para el pago respectivo.

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d. El anticipo debe manejarse de acuerdo con el plan de manejo e inversión del mismo aprobado por FONADE, el cual deberá ajustar a los porcentajes indicados en la propuesta.

e. EL CONTRATISTA debe permitirle a la Interventoría, sin ningún tipo de restricción, la revisión permanente del flujo de fondos.

f. EL CONTRATISTA deberá rendir a la Interventoría un informe mensual de gastos contra la cuenta, incluyendo los soportes de los mismos (según el manual de Interventoría) y anexando copia del extracto bancario de dicha cuenta.

g. En todo caso, la ejecución del anticipo deberá justificarse con gastos necesarios para la ejecución de las obras.

h. Los rendimientos financieros que sean generados por los recursos del anticipo deberán ser transferidos a la cuenta en que FONADE maneja los recursos del Convenio Interadministrativo No. 200925, una vez ejecutado el valor entregado por este concepto. EL CONTRATISTA deberá remitir copia del correspondiente recibo de consignación.

4.2.6. Reglas comunes para los pagos y la entrega de recursos Los pagos y la entrega de recursos relacionados con el contrato quedan sometidos, además de las condiciones anteriormente previstas, a las siguientes reglas:

a. Deberán ser refrendados por el interventor en los formatos que FONADE suministre para el efecto.

b. EL CONTRATISTA deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones señaladas en el inciso 2º del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

c. Se realizarán dentro de los diez (10) días calendario siguientes a las fechas de radicación de las facturas o cuentas, según sea el caso, o de la fecha en que el contratista subsane las glosas que se le formulen.

d. Deberá haberse producido el ingreso efectivo de los recursos del proyecto a la Tesorería de FONADE.

e. Toda vez que los impuestos y retenciones que surjan por la celebración, ejecución y liquidación del contrato corren por cuenta de EL CONTRATISTA, FONADE hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley.

f. Todos los documentos de pago deberán ser avalados por el interventor contratado por FONADE.

4.3. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL El plazo para la ejecución del objeto contractual es el señalado en el numeral 1.5, contado a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio, de conformidad con la programación de obra suministrada por EL CONTRATISTA.

4.3.1 Acta de inicio Para la suscripción del acta de inicio será necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a. El contrato debe encontrarse perfeccionado, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4.19.

b. La garantía única debe encontrarse aprobada por FONADE. c. La acreditación por parte de EL CONTRATISTA al interventor de que todo el personal

necesario para el inicio de la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día.

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d. Cancelar los derechos de publicación en el Diario Único de Contratación. Cumplidos los anteriores requisitos, la negativa por parte de EL CONTRATISTA a la suscripción del acta de inicio dará lugar a la imposición de la sanción contractual que FONADE estime procedente. 4.3.2 Prórroga El plazo señalado podrá ser prorrogado mediante la suscripción del documento contractual que así lo disponga, en el cual deberán señalarse las circunstancias que lo motivaron. Una vez perfeccionado dicho documento EL CONTRATISTA ajustará y presentará para aprobación de FONADE la garantía única otorgada.

Si, por circunstancias imputables a EL CONTRATISTA o cuyo riesgo de concreción fue asumido por este, resulta necesaria la prórroga del plazo para la ejecución de la obra, éste asumirá y pagará a FONADE el valor de la interventoría durante el mayor tiempo de ejecución que ello implique, sin perjuicio de la imposición de las demás sanciones contractuales previstas y de las acciones que pueda iniciar FONADE para obtener la indemnización de los perjuicios que tales circunstancias le generen. Para el pago de los honorarios de la interventoría, EL CONTRATISTA acepta que los valores correspondientes le sean descontados de las sumas que le adeude al FONADE. 4.3.3 Suspensión El plazo de ejecución del contrato podrá ser suspendido mediante suscripción de un documento contractual que así lo disponga, en el cual se señalarán las causas que motivaron la suspensión.

4.4 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Sin perjuicio de las demás obligaciones que se desprendan de la Constitución Política de la República de Colombia, del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, de las normas que regulan el ejercicio de la ingeniería y sus profesiones afines y auxiliares, de las contenidas en las normas urbanísticas, técnicas y ambientales pertinentes, de las particulares que correspondan a la naturaleza del contrato a celebrar, de aquellas contenidas en otros apartes del presente pliego de condiciones y de las consignadas específicamente en el contenido del contrato, EL CONTRATISTA contrae, entre otras, las siguientes:

4.4.1 Obligaciones de carácter general 4.4.1.1 Cumplir el objeto del contrato, ejecutando y entregando la obra contratada de

acuerdo con los criterios de calidad exigibles, los diseños, los planos y las especificaciones de construcción que hacen parte del pliego de condiciones, con sujeción a los precios unitarios estipulados y dentro del plazo establecido.

4.4.1.2 Adoptar las medidas ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas e industriales

necesarias para no poner en peligro a las personas, a las cosas o al medio ambiente, y garantizar que así lo hagan, igualmente, sus subcontratistas y proveedores.

4.4.1.3 Acreditar, en las oportunidades que así se requiera, de conformidad con lo

establecido en el inciso segundo del artículo 41 de Ley 80 de 1993 –adicionado mediante el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007–, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como

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los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, de todo el personal vinculado directamente a la ejecución de la obra, incluido los independientes que presten sus servicios para la ejecución de la obra.

4.4.1.4 Indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de

terceros, o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.

4.4.1.5 Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la

celebración, ejecución y liquidación del contrato.

4.4.1.6 EL CONTRATISTA de obra será el encargado y único responsable de entregar la obra funcionando en las condiciones contratadas.

4.4.1.7 Aquellos permisos que sean necesarios para la ejecución de los trabajos, que resulten

adicionales a los que entregue FONADE, son responsabilidad del constructor.

4.4.2 Obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual

Suministrar y mantener, en las etapas que resulten pertinentes durante la ejecución de la obra y hasta la entrega de la misma, el personal ofrecido y requerido para la ejecución del objeto contractual, relacionado a continuación, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas o profesionales y la experiencia general y específica exigidas en el presente pliego de condiciones. En todo caso, EL CONTRATISTA deberá contar con los profesionales o técnicos requeridos, para cumplir con el objeto contractual, que en ningún caso podrán estar comprometidos más del 100% de su tiempo incluyendo la dedicación requerida para la ejecución del contrato derivado del presente proceso y con contratos en ejecución con FONADE o con terceros. Además de lo anterior, deberá contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable.

PERSONAL MINIMO REQUERDO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO

Cantidad

Cargo a desempeñar

Formación Académica

EXPERIENCIA GENERAL

Experiencia Específica

Como:

Numero de proyectos cumplimiento mínimo

Requerimiento particular:

% de dedicación en la duración total del contrato

1 Director de Obra

Ingeniero de Vías y Transporte. o Ingeniero Civil.

8 Años

Director de Obra en proyectos de reconstrucción, pavimentación, y/o repavimentación de vías.

5 proyectos N.A.

50% del tiempo destinado para la

ejecución del contrato. Deberá estar presente en

la toma de decisiones, en los

Comités de Seguimiento y

cuando Fonade lo requiera.

1 Residente de Obra

Ingeniero de Vías y Transporte o Ingeniero Civil.

6 Años

Residente de Obra en proyectos de reconstrucción pavimentación,

5 proyectos N.A. 100 %

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y/o repavimentación de vías.

2 Profesional de Apoyo

Ingeniero civil o Ingeniero de Vías y Transportes

3 Años

En proyectos de reconstrucción pavimentación, y/o repavimentación de vías.

2 proyectos N.A. 100%

Adicionalmente al personal descrito en el cuadro anterior, EL CONTRATISTA deberá contar con el siguiente personal para la ejecución de los trabajos:

• Tres (3) Maestro de obra, cada uno con una dedicación del 100% del plazo de ejecución de los trabajos.

• Una (1) Comisión de Topografía, compuesta por un Topógrafo y dos cadeneros, con una dedicación para cada comisión de topografía del 10% del plazo de ejecución de los trabajos.

El personal anteriormente descrito, será de carácter obligatorio en el proyecto, por lo cual los proponentes lo deberán tener en cuenta y considerar en su totalidad, al momento de elaborar su propuesta económica.

4.4.2.1. Vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un setenta por ciento (70%) del personal no calificado, a individuos de la región de influencia de la misma.

4.4.2.2. Vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un diez por ciento (10%) del personal no calificado, a individuos que se hayan acogido al programa de desmovilización y reinserción impulsado por el Gobierno Nacional o a individuos en condición de desplazamiento.

4.4.2.3. Mantener al frente de las obras al profesional idóneo y aceptado por la interventoría, quien será el director de proyecto y representante del contratista para decidir, con el interventor, sobre los aspectos técnicos relacionados con la ejecución de la obra.

4.4.2.4. EL CONTRATISTA deberá presentar al interventor del contrato, con cinco (5) días de antelación al inicio de la etapa donde desarrollará las actividades que le correspondan, los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia específica del personal mínimo requerido para la ejecución del contrato. En caso de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA en la presentación de los soportes del personal antes indicado, en el plazo señalado, se procederá a la aplicación de las sanciones contractuales correspondientes.

La valoración de la documentación aportada para efectos de demostrar las condiciones requeridas para el personal requerido se sujetará a las siguientes reglas especiales:

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�� Para la acreditación de la experiencia de cada uno de los integrantes del personal requerido deberán presentar la matrícula o tarjeta profesional vigente y certificaciones de los contratos ejecutados y terminados, su respectiva acta de liquidación o cualquier otro documento debidamente firmado por el contratante, que contenga, como mínimo, la siguiente información:

i. Nombre del contratante ii. Objeto del contrato iii. Cargo desempeñado iv. Fechas de inicio y terminación del contrato v. Firma del personal competente

�� Las certificaciones de experiencia en idioma diferente al castellano deberán

acompañarse de la traducción correspondiente.

�� La experiencia general de los profesionales cuando se solicite, sólo podrá ser contabilizada a partir de la fecha de expedición de la tarjeta o matrícula profesional.

Para el caso de los profesionales cuya tarjeta o matricula profesional no indique la fecha de su expedición, deberán aportar el documento expedido por el ente correspondiente en donde se indique la fecha de expedición de la misma.

�� Los estudios de educación superior (pregrado y postgrado), así como los estudios técnicos se acreditarán mediante fotocopia de los diplomas respectivos o certificados de obtención del título correspondiente.

4.4.2.5. Obtener la aprobación de la interventoría con antelación al cambio de profesionales o

técnicos requeridos y ofrecidos. La solicitud de sustitución deberá contener las justificaciones correspondientes y estar acompañada de los soportes que acrediten el cumplimiento de las calidades profesionales o técnicas y la experiencia general y especifica del nuevo personal, el nuevo profesional deberá tener un perfil igual o superior al profesional a ser remplazado, quien cumplió con los requisitos exigidos en los pliegos de condiciones, sin perjuicio de la regulación específica que sobre este aspecto se establece para el personal mínimo requerido.

4.4.2.6. Asumir el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de todo el

personal que ocupe en la ejecución de la obra, así como garantizar que la celebración y ejecución de los subcontratos necesarios no darán lugar al surgimiento de ningún tipo de vínculo laboral entre el personal subcontratado y FONADE.

4.4.2.7. Responder por cualquier tipo de reclamación, judicial o extrajudicial, que instaure,

impulse o en la que coadyuve el personal o los subcontratistas contra FONADE, por causa o con ocasión del contrato.

Parágrafo 1. Las obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual será objeto de especial verificación por la interventoría, y su incumplimiento, incluida la ausencia injustificada de una o varias de las personas que hacen parte del personal mínimo requerido, acarreará la imposición de las sanciones contractuales correspondientes.

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Parágrafo 2. EL CONTRATISTA no podrá contratar o vincular a las personas naturales o jurídicas que hayan participado en la elaboración de los estudios, diseños y proyectos que tengan relación directa con el objeto del contrato a celebrar. Por lo tanto, serán rechazadas por la interventoría o por FONADE las hojas de vida del personal que se pretenda contratar o vincular y que se encuentre incurso en la prohibición señalada. En este caso, EL CONTRATISTA tendrá que presentar un nuevo profesional o técnico, según corresponda.

4.4.3 Obligaciones relacionadas con la adecuación del lugar de la obra 4.4.3.1. Obtener, el suministro de los servicios públicos provisionales para la ejecución de la

obra y mantener su provisión durante el tiempo necesario.

4.4.3.2. Responder por el pago de los servicios públicos producto del consumo necesario para la ejecución del objeto del contrato, así como por las adecuaciones de las redes requeridas para la obtención del servicio.

4.4.3.3. Realizar, la construcción del campamento de obra con un área mínima de 60 m2, cuya ubicación deberá contar con la aprobación de la Interventoría. Las especificaciones técnicas mínimas del campamento, serán las siguientes:

EL CONTRATISTA construirá o adecuará en el sitio de la obra una caseta o edificación provisional que reúna condiciones adecuadas de higiene, comodidad, ventilación, protección y seguridad.

El campamento estará conformado por oficinas para la dirección de la obra y la interventoría, un campamento para los trabajadores, un almacén y un depósito para materiales que puedan sufrir pérdidas o deterioro por su exposición a la intemperie. La capacidad del depósito la determinará el flujo de materiales de acuerdo con la programación detallada de la obra.

El campamento se ubicará en sitios de fácil drenaje, donde no ofrezcan peligros de contaminación con aguas residuales, letrinas y demás desechos y contarán con todos los servicios higiénicos debidamente conectados a los colectores de aguas residuales existentes en cercanías del campamento. EL CONTRATISTA será responsable ante las autoridades competentes en el sitio de las obras del cumplimiento de las normas vigentes y de las sanciones a que se haga acreedor debido a su incumplimiento u omisión.

Una vez terminada la obra, el campamento se retirará o demolerá y se restituirán las condiciones que existían inmediatamente antes de iniciar las construcciones, si a ello hay lugar.

4.4.3.4. Instalar una valla informativa (4.0 x 2.0 mts) de acuerdo con la información y modelo que debe ser suministrado por FONADE.

4.4.3.5. Realizar el cerramiento provisional de la obra y/o de las zonas por intervenir, de acuerdo con las especificaciones dadas, que proteja los sitios de construcción de la obra del acceso de personas ajenas a los trabajos, evite perturbaciones de tránsito e incomodidades a los vecinos. Deberá tener como mínimo dos (2) metros de altura y

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la totalidad de la señalización preventiva necesaria para la segura circulación del personal de obra, vecinos y terceros. De igual forma, deberá realizar el mantenimiento del campamento y del cerramiento, durante toda la ejecución de la obra.

4.4.4 Obligaciones relacionadas con los equipos, herramientas, maquinaria y

materiales de construcción 4.4.4.1. Ejecutar la obra con todos los equipos, maquinaria, herramientas, materiales y los

demás elementos necesarios.

4.4.4.2. Suministrar todos los equipos, maquinaria, herramientas, materiales e insumos en las fechas indicadas en la programación detallada de la obra, cumpliendo oportunamente, entre otros aspectos, con el envío y recepción de los mismos en el sitio de la obra.

4.4.4.3. Garantizar la buena calidad de los materiales y elementos utilizados para el cumplimiento del objeto del contrato.

4.4.4.4. Realizar, por su cuenta y riesgo, todos los ensayos de laboratorio y las demás pruebas que se requieran y/o soliciten para verificar la calidad de los materiales y los demás elementos que se instalen en la obra. En cumplimiento de esta obligación, EL CONTRATISTA deberá presentar a la interventoría los documentos que permitan acreditar que los equipos utilizados para los diferentes ensayos tengan las siguientes capacidades:

� Calibrar o verificar a intervalos especificados o antes de su utilización,

comparado con patrones de medición trazables a patrones de medición nacional o internacional. Cuando no existan tales patrones debe registrarse la base utilizada para la calibración o la verificación.

� Ajustar o reajustarse, según sea necesario. � Identificarse para poder determinar el estado de calibración. � Protegerse contra los daños y el deterioro durante la manipulación, el

mantenimiento y el almacenamiento.

4.4.5 Obligaciones relacionadas con la ejecución de la obra 4.4.5.1. Adelantar todas las gestiones necesarias ante las autoridades respectivas, para la

obtención de los permisos requeridos en la ejecución de obra, diferentes a los previamente obtenidos por FONADE, tales como: cruce de vías, cierre temporal de vías, accesos a cada área, ingreso del personal, horarios de trabajo, excavaciones, o cualquier intervención del espacio público.

4.4.5.2. Realizar, por su cuenta y riesgo, las pruebas requeridas a todas las redes de instalaciones y corregirlas, si es el caso, hasta la entrega a satisfacción a la Interventoría.

4.4.5.3. Retirar los materiales sobrantes y entregar las áreas intervenidas en perfecto estado y limpieza.

4.4.5.4. Mantener tanto el personal de vigilancia como las medidas de seguridad en las áreas de intervención en donde se ejecute la obra.

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4.4.5.5. Efectuar las reparaciones necesarias a las áreas intervenidas como consecuencia de los defectos de estabilidad, y a las áreas contiguas que presenten deterioro, incluso dentro del año siguiente a la entrega de las obras.

4.4.5.6. Demoler y reemplazar, por su cuenta y riesgo, en el término indicado por el interventor o FONADE, toda actividad ejecutada que resulte defectuosa según el análisis de calidad, o que no cumpla las normas de calidad requeridas para la obra, ya sea por causa de los insumos o de la mano de obra.

4.4.5.7. Reponer, por su cuenta y riesgo, las obras de urbanismo afectadas por la construcción.

4.4.5.8. Garantizar el cumplimiento de las normas vigentes sobre seguridad industrial para la ejecución del contrato, en especial en cuanto guarda relación con:

� Elementos de seguridad industrial necesarios para la totalidad del personal que

interviene en las actividades de obra. � Manipulación de equipos, herramientas, combustibles y todos los elementos

que se utilicen para el cumplimiento del objeto contractual. � Dotación de calzado y vestido de labor y documento de identificación para todo

el personal utilizado en la ejecución de objeto contractual.

4.4.5.9. EL CONTRATISTA deberá implementar como mínimo un (1) frente de trabajo.

4.4.5.10. EL CONTRATISTA debe garantizar bajo su responsabilidad que para el inicio del proyecto se cuente con las redes provisionales de los servicios.

4.4.5.11. SEÑALIZACIÓN ��

El contratista se compromete a realizar a su costo la señalización de obra y las vallas informativas, actividades que deberán cumplir según lo establecido en el manual de dispositivos para la regulación del tránsito en carreteras Resolución 3555 de 2005 del Ministerio de Transporte. La señalización deberá realizarse en cada sitio en donde se esté llevando a cabo intervenciones en la vía.

4.4.6 Obligaciones de información 4.4.6.1. Presentar informes mensuales, los cuales deberán ser aprobados por la Interventoría

y contener, para el frente de trabajo:

�� Avance de cada una de las actividades programadas. �� Cantidades de obra ejecutadas. �� Registros fotográficos. �� Resultados de los ensayos de materiales y demás pruebas realizadas. �� Fotocopia de la bitácora o libro de obra. �� Resumen de las actividades realizadas en el mes. � Relación del personal empleado en la ejecución de la obra. !� Informe de seguridad industrial. "� Informe de manejo ambiental. #� Informe de manejo e inversión del anticipo con los respectivos soportes. $� Informe de gestión social. %� Actualización del programa de ejecución de obra.

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& � Acreditación, de acuerdo con lo establecido en el inciso segundo del artículo 41 de Ley 80 de 1993, adicionado mediante el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda.

4.4.6.2. Presentar informe final, el cual deberá ser aprobado por la Interventoría y contener:

�� Resumen de actividades y desarrollo de la obra. �� Documentación técnica, entre ella:

� Bitácora de obra. � Planos record de obra, aprobados por la Interventoría.

�� Manual de mantenimiento con las respectivas garantías de calidad y correcto funcionamiento.

�� Acreditación, de acuerdo con lo establecido en el inciso segundo del artículo 41 de Ley 80 de 1993, adicionado mediante el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda.

�� Póliza de estabilidad de la obra y actualización de las demás pólizas que lo requieran.

�� Paz y salvo, por todo concepto, de los proveedores y subcontratistas. � Informe de impacto y análisis social de la ejecución de la obra con el entorno. !� Actualización final de cada uno de los programas requeridos en el pliego de

condiciones. "� Registro fotográfico definitivo.

4.4.6.3. Llevar una bitácora de obra, esto es, una memoria diaria de todos los

acontecimientos ocurridos y decisiones tomadas en la ejecución de los trabajos, así como de las órdenes de Interventoría, de los conceptos de los especialistas en caso de ser necesarios, de la visita de funcionarios que tengan que ver con el proyecto, etc., de manera que se logre la comprensión general de la obra y el desarrollo de las actividades, de acuerdo con la programación detallada de la obra. Debe encontrarse debidamente foliada y firmada por el director de obra, el residente y el director de la Interventoría. A ella tendrán acceso, cuando así lo requieran, los delegados de FONADE.

4.4.6.4. Elaborar, siguiendo los mismos criterios de los planos y diseños entregados por FONADE, los planos record de la totalidad del proyecto, los cuales deberán ser entregados a FONADE con la aprobación de la interventoría, en medio impreso y magnético.

4.4.6.5. Elaborar, durante todo el proceso de construcción, el manual de funcionamiento y mantenimiento, en el cual se deberá especificar los materiales de obra de permanente uso (pisos, muros, cubiertas, aparatos y etc., así como de los equipos instalados), su funcionamiento y mantenimiento. Se deberá anexar el original de las garantías de todos los equipos. Este manual contendrá en una escala reducida, pero legible, los planos arquitectónicos estructurales, hidrosanitarios y de equipos especiales. El manual deberá contar con la aprobación por de la interventoría.

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4.4.6.6. Realizar quincenalmente el registro fotográfico y de video del avance de la ejecución de la obra, procurando mostrar desde un mismo punto el progreso o avance.

4.4.6.7. Elaborar y presentar conjuntamente con el interventor, las actas de entrega mensual de obra, de entrega final de obra y de liquidación.

4.4.6.8. Presentar toda la información requerida por el Interventor o FONADE de conformidad

con el Manual de Interventoría. 4.4.7. Obligaciones relacionadas con los diseños, planos, estudios técnicos y

especificaciones de construcción 4.4.7.1. Utilizar los diseños, planos, estudios técnicos y especificaciones de construcción

entregadas por FONADE únicamente para el desarrollo del objeto contractual, sin que por ello se entienda conferido algún derecho de propiedad intelectual. Su entrega, en ningún caso, se entenderá como cesión de derechos o licenciamiento. En caso de ser necesario cualquier rediseño o modificación en los diseños, planos o cualquier otro documento entregado por FONADE, que implique la creación de una obra nueva protegida por las normas de derechos de autor, los derechos patrimoniales sobre la misma se entenderán cedidos a FONADE.

4.4.7.2. Revisar, junto con la interventoría, dentro de los quince (15) días siguientes a la suscripción del acta de inicio, la totalidad de los diseños, planos, estudios técnicos y especificaciones de construcción. Si vencido el plazo señalado EL CONTRATISTA no presenta ninguna observación, se entiende que acepta en su integridad tales documentos.

4.4.7.3. Justificar técnicamente toda adecuación, complementación, ajuste y/o modificación de los diseños, planos, estudios técnicos y/o especificaciones de construcción necesarias para el cumplimiento del objeto contractual, con el fin de obtener el aval del Consultor o en su defecto del interventor y por FONADE, sin perjuicio de las autorizaciones que sean requeridas por parte del consultor que los haya elaborado o el MINISTERIO DE DEFENSA-EJERCITO NACIONAL, MINISTERIO DE TRANSPORTE Y EL INSTITUTO NACIONAL DE VIAS-INVIAS, en cumplimiento de lo dispuesto en las normas NTCGP1000:2004 e ISO 9001:2000. La responsabilidad por las adecuaciones, complementaciones, ajustes y/o modificaciones a los diseños, planos, estudios técnicos y/o especificaciones de construcción será asumida por EL CONTRATISTA en el evento que el contrato de consultoría no se encuentre vigente.

4.4.7.4. Asumir el costo de las visitas o consultas a la obra (mínimo una al mes) que se requieran del consultor contratado por FONADE para la elaboración de los diseños, planos, estudios técnicos y especificaciones de construcción, adicionales a las autorizadas previamente, con el propósito de hacer verificación al proyecto.

4.4.8. Obligaciones previas a la suscripción del acta de inicio Dentro de los cinco (5) días siguientes a la suscripción del contrato, EL CONTRATISTA deberá presentar, para aprobación de la Interventoría:

4.4.8.1. Programas detallados para la ejecución de la obra

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Los programas detallados para la ejecución de la obra, deberán ser elaborados hasta el nivel de ítem, teniendo en cuenta la información presentada en la propuesta y, entre otros aspectos, los planos, los documentos técnicos y las condiciones del sitio de los trabajos, utilizando una software tipo Project, o similar, en un diagrama de barras discriminado por semanas. Los programas se sujetarán, en todo caso, al plazo de ejecución del objeto contractual indicado en el numeral 1.5 del presente pliego, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de iniciación y serán, como mínimo:

a. Programa de ejecución de los trabajos (Diagrama de Gant) con todas las actividades (capítulos, subcapítulos y la totalidad de los Ítems), por el frente de trabajo, señalando: � Secuencia y duración de cada una de las actividades indicadas en el formato

de cantidades de la propuesta económica. � Indicación de inicio y final de cada una de las actividades. � La indicación de la duración de la ejecución del proyecto objeto del presente

proceso de selección. � Ruta critica.

b. Programa detallado del recurso humano requerido para la ejecución de los trabajos. Deberá especificar la jornada de trabajo a utilizar en la ejecución de la obra, indicando días y horas laborales para cada una de las semanas.

c. Flujo de inversión del contrato: EL CONTRATISTA deberá presentar el flujo de inversión del contrato, expresado en pesos conforme a la propuesta económica. La presentación del flujo de inversión de los recursos del contrato deberá realizarse utilizando una hoja de cálculo de Excel o aplicación software tipo project o similar, por cada una de las actividades contenidas en el formato 07 Propuesta Económica, discriminadas por mes, de acuerdo con el siguiente modelo:

Flujo de Inversión de los recursos del contrato

cod.

Descripción mes 1 mes 2 mes 3 n..

1 Capitulo 1 Actividad 1 1,00% 5,00% Actividad 2 0,05% 5,00% Actividad 3 1,50% Actividad 4

2 Capitulo 2 Actividad 1 10,00

% 5,00%

Actividad 2 0,50% 3,00% Actividad 3 0,15% 8,00%

3 Capitulo 3 Actividad 1 Actividad 2

4 Capitulo 4 Actividad 1 Actividad 2 Actividad 3 Actividad 4 ..

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subtotal del mes 13% 21% 5% Acumulado 13% 34% 39% ..

d. Flujo de manejo e inversión del anticipo: EL CONTRATISTA deberá presentar el flujo

de inversión del anticipo, expresado en pesos.

La presentación del flujo de inversión del anticipo deberá realizarse mediante una hoja de cálculo de Excel u otra herramienta, por capitulo contenidos en el formato 07 de propuesta económica, discriminados por mes. Para ilustración de los interesados se presenta el siguiente modelo:

Flujo de Inversión del anticipo

cod. Descripción mes 1 mes 2 mes 3 n..

1 Capitulo 1 10% 6% 6% 2 Capitulo 2 3 Capitulo 3 10% 5% 8% 4 Capitulo 4 15% 5% 10% 5 Capitulo 5 10% 5% 5% 6 Capitulo 6 3% 2%

.. subtotal del mes 48% 23% 29% Acumulado 48% 71% 100% ,,

Plazo de ejecución del contrato: (__ días)

Plazo de Inversión del anticipo: (-- días)

Porcentaje asignado de anticipo para el presente proceso:

(__ %)

El plazo de inversión del anticipo debe ser con respecto al plazo total de ejecución del contrato, en porcentaje, igual o inferior al porcentaje asignado como anticipo.

e. Programa de suministros de insumos detallado.

f. Programa de suministro equipos.

g. Plan de aseguramiento de la Calidad de la Obra: EL CONTRATISTA ejecutará y controlará los trabajos de construcción bajo el enfoque de gestión de Calidad conforme a la norma NTC-ISO 10005:2005

El plan de aseguramiento de calidad de la obra debe tener los siguientes componentes mínimos:

1. Alcance 2. Elementos de Entrada del Plan de Calidad 3. Objetivos de la Calidad 4. Responsabilidades de la Dirección

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5. Control de documentos y datos 6. Control de registros 7. Recursos

a. Provisión de recursos b. Materiales c. Recursos humanos d. Infraestructura y ambiente de trabajo

8. Requisitos 9. Comunicación con el Cliente 10. Diseño y desarrollo

a. Proceso de diseño y desarrollo b. Control de cambios del diseño y desarrollo

11. Compras 12. Producción y prestación del servicio 13. Identificación y trazabilidad 14. Propiedad del cliente 15. Preservación del producto 16. Control de producto no conforme 17. Seguimiento y medición 18. Auditoria

h. Presentación del A.I.U. – Formato 08, de conformidad con lo indicado en el numeral

3.3.2. de este pliego de condiciones.

i. EL CONTRATISTA deberá presenta un documento con las funciones y responsabilidades del personal mínimo requerido para la ejecución del contrato.

Los programas y planes antes indicados, luego de su aprobación por parte del Interventor y avalado por FONADE, serán obligatorios para EL CONTRATISTA quien no podrá modificarlos unilateralmente. La modificación de cualquiera de los planes y programas deberá fundarse en causas plenamente justificadas y requerirá la aprobación escrita y previa del Interventor y la verificación por parte de FONADE o del comité técnico. En caso de que EL CONTRATISTA no cumpla con alguno de ellos, el interventor podrá exigir por escrito, según el caso, el aumento en el número de turnos, en la jornada de trabajo y/o en el equipo y/o en los insumos y, en general, las acciones necesarias para el cumplimiento del programa o plan de que se trate, sin que por la realización de tales acciones se genere costo adicional alguno para FONADE. No obstante el incumplimiento de estos requisitos podrá implicar las sanciones del caso.

4.4.8.2. Programas complementarios

a. Programa de seguridad industrial b. Programa de salud ocupacional c. Programa de manejo ambiental.

4.4.8.3. Organización de los trabajos

a. El organigrama general del proyecto debe contener:

• Frente de trabajo mínimo requerido. • Las líneas de mando y coordinación

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• Los niveles de decisión • El número de los profesionales y demás recurso humano ofrecido en la

propuesta y requerido para la ejecución de los trabajo. • Las funciones del personal que interactuará con FONADE y el interventor

durante la ejecución del contrato. • Descripción breve de las políticas de manejo de personal relacionadas con

seguros de trabajo, seguridad social y seguridad industrial. Al organigrama general deberá anexarse un documento en el que EL CONTRATISTA manifieste, de manera expresa, que cuenta con la coordinación de una oficina central que, entre otros aspectos, le presta soporte de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable.

b. Metodología para la ejecución de las actividades objeto del contrato. Corresponde a un documento en el que se realice una descripción detallada de la metodología a seguir para la ejecución de la obra, en cada una de las etapas, frentes de trabajo y actividades del proyecto.

La metodología para la ejecución de la obra deberá ser presentada y ejecutada bajo el enfoque de Gerencia de Proyectos considerando los aspectos organizacionales, equipos, relación contractual, comunicaciones e interrelación con el Interventor, FONADE y su propio equipo, procesos, procedimientos, y controles técnicos y administrativos.

Este documento debe incluir la estructura de acuerdo al organigrama propuesto, el método con el cual desarrollará los trabajos, incluyendo, entre otros, las obras preliminares, vías de acceso, suministros, implementación del plan de manejo ambiental, control de aguas superficiales, movimiento de tierras, obras de drenaje y protección superficial, obras estructurales, obras especiales, mampostería, acabados, obras y montajes de equipos mecánicos, montajes electromecánicos de subestaciones y construcción de redes eléctricas, pruebas y puesta en servicio del proyecto, así como el plan de manejo de seguridad industrial, salud ocupacional y la vinculación del personal no calificado de la región incluyendo las personas en condición de desplazamiento.

En el documento es necesario precisar:

• Características sobresalientes de la metodología propuesta para desarrollar cada una de las actividades indicadas en el programa detallado de obra.

• Organización y control, exponiendo la forma como organizará todas las actividades para cumplir con el contrato. Se debe tratar sobre los alistamientos, establecimiento en terreno, frentes de trabajo, cuadrillas o grupos de trabajo, sistemas de comunicación, documentación técnica, cantidad y calidad del personal y los equipos a utilizar, transportes, localización de oficinas y campamentos y, en general, todo lo concerniente con la administración del contrato.

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• Mecanismos para analizar, evaluar e implementar los rendimientos propuestos para ejecutar la obra en el plazo contractual, los registros e informes de obra, medidas, y obras asociadas.

• Manejo de materiales (suministros), procedimientos para su adquisición y/o fabricación, ensayos, transporte hasta la obra, almacenamiento, protección y distribución.

• Procedimientos para el mantenimiento y control de cantidad, calidad y estado de equipos y herramientas requeridos para la ejecución de las actividades programas en el plazo indicado.

EL CONTRATISTA deberá utilizar un software ágil y compatible con el actual software para el seguimiento y control de la ejecución del proyecto, el cual deberá permitir el uso compartido con la Interventoría y FONADE.

4.4.8.4. Análisis de precios unitarios y listado de precios de los insumos EL CONTRATISTA deberá presentar dentro de los cinco (05) días siguientes a la suscripción del contrato los análisis de precios unitarios de todas las actividades presentadas en el formato 07, debidamente ajustados, de acuerdo con la metodología de redondeo, incluida en este pliego de condiciones. Así mismo, deberá presentar el listado de precios de la totalidad de los insumos (materiales, equipo, transporte y mano de obra) utilizados para la elaboración de los análisis de precios unitarios, de conformidad con las especificaciones técnicas, cualquier insumo no registrado y que a juicio de la Interventoría es parte esencial de la ejecución de la actividad, será a sumida en su totalidad por EL CONTRATISTA, dentro del valor unitario de la actividad.

Los análisis de precios unitarios deberán contener los siguientes componentes específicos:

�� Equipos: � Se debe realizar una descripción del equipo y herramienta necesaria para la

realización de cada actividad. � La tarifa/hora relacionada con la utilización del equipo y los costos de la

herramienta deben incluir valor el transporte. �� Materiales:

� Se debe hacer una descripción clara del tipo de material, con sus especificaciones técnicas.

� Se debe describir la unidad de medida utilizada, relacionada con las cantidades para cada ítem.

� El costo de cada uno los insumos requeridos para la elaboración de los precios unitarios deberá incluir el valor del transporte de los mismos al lugar de la obra.

�� Transporte: � En este componente sólo se deben incluir los costos necesarios para el transporte

de equipo especial. En ningún caso se deben incluir los costos de transporte de materiales, equipo, personal y/o herramientas.

�� Mano de obra: � Estos deben estar de acuerdo a las tarifas establecidas y según el perfil necesario

para cada actividad.

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En el evento en que en la lista de precios de insumos se hayan consignado valores diferentes para un mismo insumo, para todos los efectos relativos a la ejecución del contrato se aplicará el de menor valor. Deberá existir plena correspondencia entre el valor total unitario de cada una de las actividades relacionadas en el formato 07 y el valor total unitario de cada uno de los análisis de precios unitarios. La interventoría no podrá aceptar la presentación de análisis de precios unitarios en los cuales no se discriminen los insumos requeridos para la ejecución de la actividad. La interventoría verificará los análisis de precios unitarios y listado de insumos conforme a lo siguiente: �� Existencia del listado de precios de los insumos utilizados en los análisis de precios

unitarios. En caso de no presentarse será requerido a EL CONTRATISTA, quien contará con dos (2) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al requerimiento para presentarlo ante la interventoría. En caso contrario, podrán ser impuestas las sanciones contractuales que correspondan.

�� En el evento de no presentar la totalidad de los análisis de precios unitarios, correspondientes a las actividades del formato 07, su presentación será requerida a EL CONTRATISTA, quien contará con dos (2) días hábiles para allegar(s) ante la interventoría. En caso contrario, podrán ser impuestas las sanciones contractuales que correspondan, hasta su presentación.

�� Inexistencia de análisis de precios unitarios en los cuales no se discriminen los insumos requeridos para la ejecución de la actividad. En caso de presentarse será requerida la corrección a EL CONTRATISTA, quien contará con dos (2) días hábiles para presentarlo ante la Entidad. En caso contrario, podrán ser impuestas las sanciones contractuales que correspondan.

�� Correspondencia entre el valor total unitario de cada una de las actividades relacionadas en el formato 07 con el valor total unitario de cada uno de los análisis de precios unitarios. En caso de presentarse algún error o inconsistencia, será requerida la corrección a EL CONTRATISTA, quien contará con dos (2) días hábiles para presentarlo ante la Entidad. En caso contrario, podrán ser impuestas las sanciones contractuales que correspondan.

4.5 NORMAS NTCGP1000: 2004 E ISO 9001:2000 FONADE, en atención a lo dispuesto en su manual de calidad y en cumplimiento a los numerales 7.3 “Diseño y Desarrollo” y 7.6. “Control de Dispositivos de Seguimiento y Medición” de las Normas NTCGP1000:2004 e ISO 9001:2000, durante la planificación del diseño y desarrollo determina: (i) Las etapas del diseño y desarrollo, (ii) La revisión, verificación y validación, apropiadas para cada etapa del diseño y desarrollo, y (iii) Las responsabilidades y autoridades para el diseño y desarrollo.

FONADE gestiona las interfaces entre los diferentes grupos involucrados en el diseño y desarrollo, para asegurarse de una comunicación eficaz y una asignación de responsabilidades clara. Los resultados de la planificación deben actualizarse, según sea apropiado, a medida que progresa la ejecución del proyecto.

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A continuación se presenta las definiciones de los conceptos de revisión, verificación y validación:

Revisión: Actividad emprendida para asegurar la conveniencia y la adecuación del tema objeto de la revisión, para alcanzar unos objetivos establecidos.

Verificación: Confirmación, mediante el aporte de evidencia objetiva, de que se han cumplido los requisitos especificados.

Validación: Confirmación mediante el suministro de evidencia objetiva de que se han cumplido los requisitos para una utilización o aplicación específica prevista.

En marco de la gerencia de proyectos que realiza FONADE, las tres actividades antes indicadas se cumplen así:

Revisión: Realizando actividades de seguimiento conforme al Manual de Interventoría. Registro: Informes de Interventoría. Responsable: Interventor.

Verificación: Verificar contra lo solicitado en las reglas de participación y la normatividad aplicable al proyecto. Registro: Informes de Interventoría. Responsable: Interventoría.

Validación: Gestionar el trámite de la obtención, actualización o modificación de las licencias y/o permisos y/o concepto ante la Entidad competente. Registro: Licencias y/o permisos y/o conceptos de expertos (según sea el caso). Responsable: Contratista de estudios y diseños.

Para el contrato objeto del presente proceso de selección las actividades antes señaladas se cumplen de la siguiente manera:

Revisión: Realizando actividades de seguimiento conforme al Manual de Interventoría. Registro: Informes de Interventoría.

Verificación: Verificar contra lo solicitado en las reglas de participación, la normatividad aplicable al proyecto y el requerimiento del mismo en la etapa de ejecución. Registro: Formato 10 “VERIFICACIÓN DISEÑO”, el cual deberá incluirse en los informes de Interventoría.

Validación: (Aquí se debe indicar de qué manera se validarán los ajustes o modificaciones a los estudios y diseños en la etapa de ejecución, o también si existe alguna entidad en especial que realice la aprobación de unas obras construidas, de esta forma se dará el aval del proyecto (ejemplo; la construcción de la pista de atletismo, que a pesar de no haber presentado modificaciones a los diseños debe tener la aprobación del Federación Internacional), ya sea mediante la actualización de las licencias y/o permisos ante la Entidad competente, o mediante la obtención de conceptos de personas o entidades expertas. Registro: Modificación o actualización de Licencias y/o permisos y/o conceptos de Aval por expertos (según sea el caso).

Las siguientes son algunas de las normas cuyo cumplimiento será exigible al contratista: � MANUAL DE DISEÑO GEOMETRICO PARA CARRETERAS, adoptado mediante

Resolución No. 005865 del 12 de noviembre de 1998 del INSTITUTO NACIONAL DE VIAS.

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� MANUAL DE CAPACIDAD Y NIVELES DE SERVICIO PARA CARRETERAS DE DOS CARRILES SEGUNDA VERSION adoptado mediante Resolución No. 005864 del 12 de noviembre de 1998 del INSTITUTO NACIONAL DE VIAS. GUIA METODOLOGICA PARA EL DISEÑO DE OBRAS DE REHABILITACION DE PAVIMENTOS ASFÁLTICOS DE CARRETERAS, adoptada mediante Resolución No.002658 del 27 de julio de 2002 del INSTITUTO NACIONAL DE VIAS.

� AASHTO. “AASHTO GUIDE FOR DESIGN OF PAVEMENT STRUCTURES 1993” American Association of State Highway and Transportation Officials, 1993.

� PCA. “THICKNESS DESIGN FOR CONCRETE HIGHWAYS AND STREET PAVEMENTS”. Portland Cement Association 1984.

� “DISEÑO, CONSTRUCCIÓN Y MANTENIEMIENTO DE PAVIMENTOS DE CONCRETO”. Instituto Colombiano de Productores de Cemento – ICPC. 2004

� MANUAL DE RECICLAJE DE PAVIMENTOS CON CEMENTO. Instituto Colombiano de Productores de Cemento – ICPC. 2002.

� MANUAL DE DISEÑO DE PAVIMENTOS DE CONCRETO PARA VIAS CON BAJOS, MEDIOS Y ALTOS VOLUMENES DE TRANSITO. Instituto Colombiano de Productores de Cemento – ICPC.2008

� ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCION DE CARRETERAS adoptadas mediante Resolución No. 003288 del 15 de agosto de 2007 del MINISTERIO DE TRANSPORTE. Además de los documentos que las actualicen, modifiquen o aumenten.

� NORMAS DE ENSAYO DE MATERIALES PARA CARRETERAS, adoptadas mediante Resolución No. 003290 del 15 de agosto de 2007 del MINISTERIO DE TRANSPORTE. Además de los documentos que las actualicen, modifiquen o aumenten.

� DISEÑO, CONSTRUCCIÓN Y MANTENIEMIENTO DE PAVIMENTOS DE CONCRETO”. Instituto Colombiano de Productores de Cemento – ICPC. 2004

� MANUAL DE RECICLAJE DE PAVIMENTOS CON CEMENTO. Instituto Colombiano de Productores de Cemento – ICPC. 2002

� MANUAL PARA LA INSPECCIÓN VISUAL DE PAVIMENTOS RÍGIDOS. Ministerio de Transporte – Instituto Nacional de Vías. 2006

� CÓDIGO COLOMBIANO DE DISEÑO SISMICO DE PUENTES, adoptado mediante Resolución No. 0003600 del 20 de Junio de 1996 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

� NORMA SISMORRESISTENTE NSR-98, contenida en la Ley 400 de 1997 de 19 de Agosto de 1997 y el Decreto 33 de 9 de enero de 1998, que adopta el Reglamento de Construcciones Sismorresistentes.

� MANUAL DE SEÑALIZACIÓN – DISPOSITIVOS PARA LA REGULACION DEL TRANSITO EN CALLES CARRETERAS Y CICLORUTAS DE COLOMBIA,

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adoptado mediante Resolución No. 001050 de 5 de mayo de 2004 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

� NORMA TECNICA COLOMBIANA – NTC 4739 LAMINAS RETROREFLECTIVAS PARA CONTROL DE TRANSITO.

� NORMA 8.1-IC – SEÑALIZACION VERTICAL. ORDEN ESPAÑOLA del 28 de diciembre de 1999.

� CAPITULO 7 –SEÑALIZACION Y SEGURIDAD- DE LAS ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCION DE CARRETERAS adoptadas mediante Resolución No. 003288 del 15 de agosto de 2007 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

� Ley 80 de 1993, por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

� Ley 1150 de 2007, por la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos.

� Decreto 2474 de 2008, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007.

� Ley 146 de 1963, por la cual se ordena a la Nación, Departamentos y Ferrocarriles Nacionales, la construcción de unas obras y se reglamenta la futura construcción de carreteras y líneas férreas.

� Ley 99 de 1993 “por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la Gestión y Conservación del Medio Ambiente y los Recursos Naturales Renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones.” y sus Decretos reglamentarios.

� Ley 105 de 1993 - Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte y sus Normas reglamentarias.

� Ley 361 de 1997 “Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación y se dictan otras disposiciones”

� Ley 590 de 2000: Por la cual se dictan disposiciones para promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresa.

� Ley 418 de 1997, Ley 548 de 1999, Ley 782 de 2002 y Decreto 128 de 2003, reglamentario de la Ley 418 de 1997, por las cuales se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y en materia de reincorporación a la sociedad civil.

� Ley 685 de 2001. - Por el cual se expide el Código de Minas y se dictan otras disposiciones y sus Normas reglamentarias.

� Ley 716 de 2001. - Por la cual se expiden normas para el saneamiento de la información contable en el sector público y se dictan otras disposiciones en materia tributaria.

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� Ley 734 de 2002. - Por la cual se expide el Código Disciplinario Único.

� Ley 769 de 2002. Código Nacional de Tránsito y sus Normas reglamentarias.

� Ley 789 de 2002. - Por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la

protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo del Trabajo.

� Ley 816 de 2003. - Por medio de la cual se apoya la Industria Nacional a través de la Contratación Pública.

� Ley 828 de 2003. - Por la cual se expiden normas para el control de la evasión del Sistema de Seguridad Social.

� Ley 842 de 2003 “Por la cual se modifica la reglamentación del ejercicio de la ingeniería, de sus profesiones afines y de sus profesiones auxiliares, se adopta el código de ética profesional y se dictan otras disposiciones.”

� Ley 850 de 2003. - Por la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas.

� Ley 905 de 2004, Por medio de la cual se modifica la Ley 590 de 2000 sobre promoción del desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa colombiana y se dictan otras disposiciones.

� Decreto 1075 de 1954 – Articulo Sexto, por el cual se dictan algunas disposiciones relacionadas con el ramo de ferrocarriles.

� Decreto 2434 de julio 18 de 2006 “Por la cual se reglamenta la Ley 80 de 1993, se modifica parcialmente el Decreto 2170 de 2002 y se dictan otras disposiciones”

� Resolución No. 007001 del 18 de noviembre de 1997, emanada de la Dirección General del Instituto, por medio de la cual se establecen los porcentajes mínimos y su vigencia en las garantías de los contratos que celebre el Instituto.

� Resolución No. 001101 del 3 de abril de 2003, emanada de la Dirección General

del Instituto, por la cual se adopta el Manual de Gerencias Técnicas Comunitarias como norma para el desarrollo de las veedurías técnicas ejercidas en los proyectos a cargo del Instituto Nacional de Vías.

� Resolución No. 005282 del 18 de diciembre de 2003, emanada del Instituto Nacional de Vías, por la cual se adopta el Manual de Interventoría en el Instituto Nacional de Vías.

� Resolución No. 00063 de 2003 "Por la cual se fija el procedimiento para el trámite y otorgamiento de permisos para la ocupación temporal mediante la construcción de accesos, de tuberías, redes de servicios públicos, canalizaciones, obras destinadas a la seguridad vial, traslado de postes, cruce de redes eléctricas de alta, media o baja tensión, en la infraestructura vial nacional de carreteras concesionadas".

� Resolución No. 03662 del 13 de agosto de 2007, emanada del Instituto Nacional de Vías, por medio de la cual se establecen las sanciones y se señalan las

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causales y cuantías para hacer efectiva la Cláusula de Multas en los contratos celebrados por el Instituto Nacional de Vías.

� Resolución No. 004344 del 5 de octubre de 2004, emanada de la Dirección General del Instituto, por la cual se reglamenta la competencia, el procedimiento, se fija los requisitos y se adoptan documentos modelo para la liquidación de los contratos celebrados por el Instituto Nacional de Vías, y se delega una facultad.

� Resolución No. 001129 del 25 de marzo de 2004, emanada de la Dirección General del Instituto, por medio de la cual se establecen las funciones de los supervisores de proyectos, de contratos de obra y consultoría.

� Resolución No.03157 del 26 de julio de 2004, emanada de la Dirección General del Instituto, por medio de la cual se establecen los criterios para la elaboración e implementación de planes de gestión sociopredial con miras a compensar los impactos sociales generados en la adquisición de áreas requeridas para la ejecución de proyectos a cargo del Instituto Nacional de Vías.

� Resolución No. 003555 del 22 de noviembre de 2005, emanada del Ministerio de Transporte, por la cual, a partir de su vigencia, deberán instalarse con carácter obligatorio las vallas informativas de acuerdo con la cantidad y la información requerida en la resolución.

� Resolución No. 000950 del 15 de marzo de 2006 “Por la cual se dicta una medida

tendiente a mejorar la seguridad vial del país, reglamentando la zona de carretera utilizable”.

� Decreto Ley 2811 de 1974 “Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente y sus reglamentarios.

� Ley 70 de 1993 “por la cual se desarrolla el artículo transitorio 55 de la Constitución Política”

� Decreto 1320 de 1998 “Por el cual se reglamenta la consulta previa con las comunidades.

� Resolución No. 003000 del 5 de junio de 1998, emanada de la Dirección General del Instituto, por medio de la cual se adopta la política ambiental del Instituto Nacional de Vías.

� Guía Ambiental para Proyectos Viales del Instituto Nacional de Vías � (Según el tipo de proyecto)

4.6 OBLIGACIONES DE FONADE Son obligaciones de FONADE las siguientes:

1. Entregar a EL CONTRATISTA el anticipo estipulado y pagarle el valor del contrato en la forma y bajo las condiciones previstas.

2. Entregar materialmente a EL CONTRATISTA el inmueble en donde será realizada la obra, en condiciones aptas para ello.

3. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en el desarrollo del contrato, sin perjuicio de la autonomía propia del contratista de obra.

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4.7 INTERVENTORÍA La interventoría será ejecutada por la persona natural o jurídica que designe FONADE para tal fin, lo cual será oportunamente informado a EL CONTRATISTA. El interventor desempeñará las funciones previstas en el Manual de Interventoría de FONADE, contenido en la Resolución No. 091 de 2010 y sus respectivas modificaciones o adiciones, el pliego de condiciones y el contrato. En ningún caso el interventor goza de la facultad de modificar el contenido y alcance del contrato suscrito entre EL CONTRATISTA y FONADE, ni de eximir, a ninguno de ellos, de sus obligaciones y responsabilidades.

EL CONTRATISTA, con el objeto de garantizar el adecuado seguimiento y control de sus actividades, está en la obligación de conocer las disposiciones del Manual de Interventoría de FONADE.

4.8 MULTAS En caso de mora por parte de EL CONTRATISTA en la ejecución oportuna de la programación del contrato, FONADE podrá imponer multas sucesivas a EL CONTRATISTA por cada semana de retraso, por un valor equivalente al 1.0 % del valor total del contrato, sin exceder el 10% de su valor total.

Para efectos de la aplicación de las multas, FONADE y/o la interventoría verificarán diariamente o semanalmente el cumplimiento del Cronograma de Trabajo y obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, de acuerdo con lo señalado en el pliego de condiciones, especificaciones técnicas, propuesta presentada por EL CONTRATISTA y cláusulas del contrato.

Para efectos de que EL CONTRATISTA cancele los valores por concepto de multas no se requiere que FONADE lo constituya en mora, el simple retardo imputable a EL CONTRATISTA dará origen al pago o compensación de las sumas previstas en este numeral.

EL CONTRATISTA autoriza que FONADE descuente y compense de las sumas a su favor los valores correspondientes a la multa. De no existir tales saldos a favor de EL CONTRATISTA o de no resultar éstos suficientes para cubrir la totalidad del valor de las multas, FONADE podrá obtener el pago total o parcial de la multa haciendo efectivo el amparo de cumplimiento otorgado con la garantía única.

4.9 CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA En caso de incumplimiento parcial o definitivo de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA o de declaratoria de caducidad del contrato, FONADE podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, por un monto equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, suma que se estipula como estimación anticipada y parcial de los perjuicios que se le causen, sin perjuicio del derecho a obtener de EL CONTRATISTA y/o de su garante el pago de la indemnización correspondiente a los demás perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan irrogado. EL CONTRATISTA autoriza a FONADE a descontarle de las sumas que le adeuden, los valores correspondientes a la pena pecuniaria aquí estipulada. De no existir tales deudas o de no resultar suficientes para cubrir la totalidad de su valor, FONADE podrá obtener el pago de la pena pecuniaria haciendo efectivo el amparo de cumplimiento otorgado con la garantía única.

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El valor de la pena pecuniaria pactada se calculará sobre el valor total del contrato previsto en el numeral 4.2.

La aplicación de la pena pecuniaria establecida en el presente numeral deberá estar precedida del procedimiento establecido para ello y culminará, en cualquier caso, con la expedición de un acto administrativo motivado.

En caso de ser procedente, el acto administrativo además declarará el incumplimiento definitivo de las obligaciones y, según corresponda, la terminación o caducidad del contrato.

4.10 PROCEDIMIENTO PARA IMPOSICIÓN DE MULTAS Y/O CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA

Para efectos de la exigibilidad de la multa y/o cláusula penal pecuniaria, FONADE requerirá a EL CONTRATISTA y a su garante para que ejerzan el derecho a la defensa y contradicción, otorgando un término de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fecha en la cual se haga el requerimiento; una vez surtido el paso anterior, se procederá a la revisión y análisis de los argumentos presentados por EL CONTRATISTA y/o su garante, o a proferir el acto administrativo que exige el pago de la multa y/o cláusula penal pecuniaria, el cual es constitutivo de siniestro en las garantías otorgadas mediante póliza de seguro.

4.11 CLÁUSULAS EXCEPCIONALES AL DERECHO COMÚN En el contrato se entenderán pactadas las facultades excepcionales al derecho común de interpretación, modificación y terminación unilateral, las cuales podrán ser ejercidas en los términos y condiciones establecidas en la legislación vigente.

El incumplimiento de una o algunas de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización facultará a FONADE para que, mediante acto administrativo motivado, declare la caducidad del contrato, lo dé por terminado y ordene su liquidación en el estado en que se encuentre.

La caducidad también podrá ser declarada, entre otras causales ordenadas por la ley o reglamentos, las cuales se entienden incorporadas al respectivo negocio jurídico, por las previstas en las leyes 40 de 1993, 80 de 1993, 418 de 1997 (modificada por la ley 782 de 2002 y prorrogada por ley 1106 de 2006), 610 de 2000 y el artículo 5º del decreto 280 de 2002.

En firme el acto administrativo por medio del cual se declara la caducidad, se hará efectiva la garantía constituida para amparar el cumplimiento del contrato y se procederá al cobro de la pena pecuniaria correspondiente.

4.12 DISTRIBUCIÓN DE RIESGOS CONTRACTUALES PREVISIBLES La tipificación, estimación y distribución de los riesgos previsibles del contrato objeto del presente proceso de selección (Anexo 1), se sujetarán a los criterios definidos en este numeral, sin perjuicio del alcance de las obligaciones a cargo de cada una de las partes, de acuerdo con las previsiones legales pertinentes, la naturaleza del contrato y el contenido del pliego de condiciones, considerando, preponderantemente, que, en general, está a cargo de

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EL CONTRATISTA la ejecución y entrega de la obra de conformidad con la documentación técnica suministrada por FONADE, y a cargo de esta entidad el pago del valor pactado.

La entidad y el proponente – este último con la presentación de su oferta-, entienden como riesgo contractual previsible aquel que reúne las siguientes características:

� Su previsión se sujeta a términos de racionalidad, considerando los conocimientos

regulares de un profesional de la ingeniería, o de sus profesiones afines, con experiencia en la ejecución de obras similares a aquella que constituye el objeto del contrato.

� Su concreción comporta un daño patrimonial para una o ambas partes de la relación contractual.

� Es un evento anterior, concomitante o posterior a la celebración del contrato. En caso de ser anterior o concomitante, ninguna de las partes debe conocerlo y no puede predicarse la obligación de conocimiento a ninguna de ellas por razones tales como su experticia técnica o profesional, su experiencia corporativa o personal o sus indagaciones previas particulares.

� Su concreción o conocimiento debe presentarse durante la ejecución de la relación contractual o luego de su terminación, siempre que, para este último caso, se encuentren pendientes de cumplimiento algunas de las obligaciones que de ella emanaron.

� De concretarse, no puede ser imputable a ninguna de las partes. La indemnización de las consecuencias negativas de eventos imputables al contratista debe estar garantizada mediante los mecanismos de cobertura del riesgo de que trata el artículo 7º de la ley 1150 de 2007.

� El daño previsible que resulte de la concreción del riesgo deberá ser asumido por la parte a la cual le fue asignado, de tal manera que, si afecta directamente su patrimonio, deberá soportarlo íntegramente, y si, por el contrario, afecta el patrimonio de la otra parte, deberá restituir la condición patrimonial perdida hasta el monto probado del daño emergente.

4.12.1 Tipificación FONADE ha agrupado los riesgos contractuales previsibles en cinco categorías generales de riesgos que podrían afectar la concreción, en los términos pactados, de las finalidades contractuales, así: Riesgos económicos (numeral 4.12.1.1.); Riesgos sociales (numeral 4.12.1.2.); Riesgos de orden público (numeral 4.12.1.3.) y; Riesgos de la naturaleza (numeral 4.12.1.4.). Dentro de cada una de las categorías establecidas, se encuentran, únicamente, los riesgos previstos para el objeto contractual específico.

4.12.1.1 Riesgos económicos Los riesgos económicos incluirán aquellos eventos relacionados con las variaciones de las tasas de interés, de las tasas de cambio, del costo de los insumos con precio no regulado, así como con las variaciones salariales no ordenadas por el Gobierno Nacional, de los costos de transporte de personas o insumos y, en fin, con todas aquellas situaciones del mercado internacional, nacional o local que incidan en el costo directo o indirecto de la obra.

4.12.1.2 Riesgos sociales Los riesgos sociales incluirán aquellos eventos relacionados con el impacto social de la obra en su zona de influencia, que tienen injerencia en el costo directo o indirecto de la misma.

4.12.1.3 Riesgos de orden público

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Los riesgos de orden público incluirán aquellos eventos relacionados con actos de grupos armados al margen de la ley que incidan en el costo directo o indirecto de la obra.

4.12.1.4 Riesgos de la naturaleza Los riesgos de la naturaleza incluirán aquellos fenómenos naturales que incidan en el costo directo o indirecto de la obra, y que puedan estar determinados por factores geográficos, climáticos, geológicos, hidrológicos, geomorfológicos, sismológicos, geotécnicos, topográficos, etc.

4.12.2 Estimación Cada categoría general de riesgo ha sido estimada en un porcentaje referido a la sumatoria de los valores correspondientes a los imprevistos y a la utilidad pactados en el contrato. Por lo tanto, si durante la ejecución del contrato se concreta uno o varios de los riesgos asignados al contratista y, en definitiva, el valor del daño emergente no supera aquel estimado para cada uno de ellos, FONADE no reconocerá ninguna suma adicional.

En el evento en que el daño emergente producido por la concreción de uno o varios de los riesgos asignados al contratista supere el porcentaje estimado para la categoría de que se trate, FONADE reconocerá sólo el valor en exceso, con lo cual se entenderá restablecido el equilibrio económico del contrato.

4.12.3 Asignación Es el resultado de la tipificación y estimación de los riesgos previsibles con el objeto de que sean gestionados eficientemente y de establecer cuál de las partes soportará las consecuencias negativas de su concreción.

4.13 GARANTÍAS EL CONTRATISTA deberá a constituir a favor de FONADE, en formato para entidades estatales, en los términos establecidos en la normatividad vigente, una garantía que incluya los siguientes amparos:

4.13.1 De buen manejo, correcta inversión, amortización y devolución del anticipo Por un monto equivalente al cien por ciento (100%) del valor total que el contratista reciba por este concepto, por el término de duración del contrato y ocho (8) meses más. El amparo cubrirá la totalidad de las sumas entregadas al contratista a título de anticipo. En este amparo se encuentran incluidos los dineros y recursos no amortizados y/o no invertidos correctamente por el contratista en la obra, es decir, que no se reflejen en la ejecución de la misma.

4.13.2 De cumplimiento Por un monto equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato, por el término de vigencia del contrato y ocho (8) meses más. Esta cobertura también debe incluir las obligaciones del pago por el asegurador de las multas y la cláusula penal en los porcentajes señalados en el contrato.

4.13.3 De salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales

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Por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, por el término de vigencia del contrato y tres (3) años más.

4.13.4 De estabilidad de la obra Por el cincuenta por ciento (50%) del valor total de la obra y por el término de cinco (5) años contados a partir de la fecha de suscripción del acta de recibo a satisfacción de la totalidad de la obra. El amparo cubrirá la totalidad de los perjuicios que se ocasionen por la pérdida total o parcial de la obra, imputables al contratista, o por los deterioros que la misma sufra y que igualmente sean imputables al contratista.

4.13.5 De responsabilidad civil extracontractual Por el treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, por el término de su duración. Deberá constituirse en póliza anexa, conforme a lo dispuesto en la normatividad vigente que regula la materia. En ésta póliza deberán figurar como asegurados FONADE y EL CONTRATISTA y como beneficiarios FONADE y los terceros afectados.

4.13.6 Término para su entrega EL CONTRATISTA entregará a FONADE, a más tardar dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, las garantías a las que se refiere el presente numeral, con excepción de la relacionada en el numeral 4.12.4, la cual podrá otorgarse por EL CONTRATISTA a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al día de recibo de la obra a satisfacción, y su aprobación por FONADE será condición previa para realizar el último pago del contrato. En caso de que EL CONTRATISTA no entregue dentro del plazo antes señalado las respectivas garantías FONADE podrá adelantar las sanciones contractuales que estime pertinentes.

4.13.7 Requisitos generales En la garantía deben figurar como afianzadas cada una de las personas que integran la parte contratista. Los amparos de estabilidad de la obra, salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones laborales, en su oportunidad, a favor de FONADE y el MINISTERIO DE DEFENSA-EJERCITO NACIONAL, MINISTERIO DE TRANSPORTE Y EL INSTITUTO NACIONAL DE VIAS-INVIAS.

4.13.8 Suficiencia de las garantías EL CONTRATISTA debe mantener durante la vigencia del contrato, la suficiencia de las garantías otorgadas. En consecuencia, en el evento en que el plazo de ejecución del contrato y/o su valor se amplíe o aumente, respectivamente, EL CONTRATISTA deberá proceder a ampliar la vigencia de las garantías y/o el valor amparado de las mismas, según sea el caso, como condición previa y necesaria para el pago de las facturas pendientes de pago.

De igual modo, EL CONTRATISTA deberá reponer las garantías cuando su valor se afecte por razón de la ocurrencia de los siniestros amparados. En el caso de los amparos cuya vigencia debe prolongarse con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución del contrato y/o de recibo del informe final, el valor amparado también debe reponerse cuando el mismo se afecte por la ocurrencia de los riesgos asegurados con posterioridad a tales fechas.

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El pago de todas las primas y demás gastos que generen la constitución, el mantenimiento y el restablecimiento inmediato del monto de las garantías, será de cargo exclusivo de EL CONTRATISTA.

4.14 CESIÓN El presente contrato se celebra en consideración a las calidades de EL CONTRATISTA; en consecuencia, no podrá cederlo en todo ni en parte, a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de FONADE. Dicha cesión, de producirse, requerirá, para su eficacia, de la suscripción de un documento por parte del cedente, el cesionario y la aprobación de FONADE.

EL CONTRATISTA igualmente podrá ceder parcial o totalmente los derechos económicos del contrato, previa autorización expresa de FONADE.

En cualquier caso, para efectos de proceder a la cesión del contrato o de los derechos económicos de mismo, se deberá acatar el procedimiento interno previsto por FONADE para el efecto.

4.15 SUBCONTRATOS En el evento en que EL CONTRATISTA subcontrate parcialmente la ejecución del contrato, deberá hacerlo con personas naturales o jurídicas que tengan la idoneidad y capacidad para desarrollar la actividad subcontratada.

No obstante lo anterior, EL CONTRATISTA continuará siendo el único responsable ante FONADE por el cumplimiento de las obligaciones del contrato. En todo caso, FONADE se reserva el derecho de solicitar a EL CONTRATISTA cambiar al(los) subcontratista(s) cuando, a su juicio, éste(os) no cumpla(n) con las calidades mínimas necesarias para la ejecución de la(s) labor(es) subcontratada(s).

4.16 CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Se entiende por las partes que EL CONTRATISTA ha hecho sus propias averiguaciones, estudios y proyecciones, y ha analizado las condiciones técnicas, sociales, de orden público, climatológicas, ambientales y las demás circunstancias relevantes bajo las cuales se adelantará la ejecución de la obra. En consecuencia, se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente, a su riesgo, las obligaciones derivadas del contrato, tal como efectivamente lo hace con la presentación de la propuesta y, posteriormente, de resultar adjudicatario, con la suscripción del mismo.

4.17 INDEMNIDAD INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a FONADE de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos provenientes de actos y omisiones del contratista en el desarrollo de este contrato.

EL CONTRATISTA se obliga a evitar que sus empleados y/o los familiares de los mismos, sus acreedores, sus proveedores y/o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra FONADE, con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas,

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relacionadas con la ejecución del presente contrato. Si ello no fuere posible y se presentaren reclamaciones o demandas contra FONADE, esta entidad podrá comunicar la situación por escrito a EL CONTRATISTA. En cualquiera de dichas situaciones, EL CONTRATISTA se obliga a acudir en defensa de los intereses de FONADE, para lo cual contratará profesionales idóneos que representen a la entidad y asumirá el costo de los honorarios de éstos, del proceso y de la condena, si la hubiere.

Si FONADE estima que sus intereses no están siendo adecuadamente defendidos, lo manifestará por escrito a EL CONTRATISTA, caso en el cual acordará la mejor estrategia de defensa o, si FONADE lo estima necesario, asumirá directamente la misma. En este último caso, FONADE cobrará y descontará de los saldos a favor del contratista todos los costos que implique esa defensa, más un diez por ciento (10%) del valor de los mismos, por concepto de gastos de administración. Si no hubiere saldos pendientes de pago a favor de EL CONTRATISTA, FONADE podrá proceder, para el cobro de los valores a que se refiere este numeral, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato, junto con los documentos en los que se consignen dichos valores, prestará mérito ejecutivo.

4.18 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Las partes podrán buscar solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual, mediante la conciliación, transacción o los mecanismos que las partes acuerden, según los procedimientos establecidos por la ley.

4.19 PERFECCIONAMIENTO El contrato se perfecciona con la suscripción del mismo por las partes y con el registro presupuestal.

4.20 REQUISITOS DE EJECUCIÓN Perfeccionado el contrato, para su ejecución se requiere:

4.20.1 Por parte del CONTRATISTA

1. Constituir oportunamente las garantías previstas en el contrato. 2. Cancelar los derechos de publicación en el Diario Único de Contratación. 3. Suscribir el acta de inicio.

Para el cumplimiento de los requisitos señalados en los puntos 1 y 2 del numeral 4.20.1 EL CONTRATISTA dispone de tres (03) días hábiles, contados a partir de la suscripción del contrato.

4.20.2 Por parte de FONADE

1. Aprobar la garantía que ampara el contrato cuando esta cumple las condiciones establecidas en el presente capítulo.

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Lo señalado en el presente numeral, se entiende sin perjuicio de los demás requisitos y obligaciones que EL CONTRATISTA debe acreditar o cumplir para la suscripción del acta de inicio y el desembolso del anticipo. 4.21 TERMINACIÓN DEL CONTRATO El contrato se entenderá terminado, en los siguientes eventos:

1. Orden legal o judicial. 2. Vencimiento del plazo de duración pactado, incluido el de su liquidación. 3. Mutuo acuerdo de las partes. 4. Declaratoria de caducidad. 5. Las demás causas de terminación dispuestas en la ley.

4.22 CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR Ninguna de las partes será responsable por el no cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivado de circunstancias ajenas a ellas y cuya ocurrencia fue imprevisible e irresistible de conformidad con lo establecido en la ley.

En estos casos, de común acuerdo, se señalarán nuevos plazos y se establecerán las obligaciones que cada parte asume para afrontar la situación. Cada una de las partes se obliga a comunicarle a la otra por escrito, dentro de los cinco (5) días siguientes a su ocurrencia, los hechos que en su concepto constituyan caso fortuito o fuerza mayor.

La parte afectada con el caso fortuito o fuerza mayor debe realizar todo esfuerzo razonable para minimizar sus efectos y evitar su prolongación y no se exonerará del cumplimiento de las obligaciones pertinentes si omite la citada comunicación.

Las suspensiones del plazo del contrato debido a las circunstancias establecidas en el presente numeral se sujetarán a lo dispuesto en el numeral 4.3.3.

La ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor no dará lugar a indemnizaciones o compensaciones a favor de la parte que resulte afectada.

4.23 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO Al producirse una cualquiera de las causas de terminación del contrato, se procederá a su liquidación en un plazo máximo de seis (6) meses, contados a partir de la ocurrencia del hecho o acto que genera la terminación. La liquidación por mutuo acuerdo se hará por acta firmada por las partes, en la cual deben constar los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar y los acuerdos, transacciones y conciliaciones que alcancen las partes para poner fin a las posibles divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. 4.24 PUBLICACIÓN

De acuerdo con la normatividad pertinente, EL CONTRATISTA se obliga a pagar, oportunamente, el importe correspondiente a la publicación del contrato.

4.25 CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN El proponente adjudicatario deberá presentar un documento que contenga la organización planteada para la realización del proyecto en el tiempo establecido en el presente pliego de condiciones. El documento debe contener al menos la descripción de lo señalado en los siguientes literales:

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a. Descripción de las funciones y responsabilidades del personal principal requerido para la ejecución del proyecto.

b. Cronograma de actividades, determinando el mínimo de frentes de trabajo programados para dar estricto cumplimiento con el tiempo de ejecución del proyecto.

4.26 PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen de lavado de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. Para efectos de lo anterior, EL CONTRATISTA autoriza expresamente a FONADE, para que consulte los listados, sistemas de información y bases de datos a los que haya lugar y, de encontrar algún reporte, FONADE procederá a adelantar las acciones contractuales y/o legales que correspondan. EL CONTRATISTA se obliga a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que todos sus socios, administradores, clientes, proveedores, empleados, etc., y los recursos de estos, no se encuentren relacionados o provengan, de actividades ilícitas, particularmente, de las anteriormente enunciadas”.

4.27 CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA: EL CONTRATISTA adquiere las obligaciones que se describen a continuación, en relación con la información confidencial y/o privilegiada a la que tenga acceso en el desarrollo del presente contrato: a). Abstenerse en cualquier tiempo de divulgar, parcial o totalmente la Información Confidencial y/o privilegiada a cualquier persona natural o jurídica, entidades gubernamentales o privadas, excepto en los casos que se precisan a continuación: (i). Cuando la información sea solicitada por FONADE. (ii). En cumplimiento de una decisión judicial en firme, orden, requerimiento o una solicitud oficial expedida bien sea por un tribunal competente, una autoridad u órgano judicial o legislativo con competencia para ello, para lo cual deberá observarse el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales decisiones, requerimientos o solicitudes, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de las mismas. (iii). Cuando cualquier autoridad judicial, gubernamental o regulatoria la haya requerido legalmente, siempre y cuando la información confidencial y/o privilegiada se entregue a la mencionada autoridad cumpliendo con los mecanismos de cuidado, protección y manejo responsable de la información estipulados en esta cláusula, previa notificación a FONADE, con el fin de que puedan tomar las acciones administrativas y judiciales pertinentes y se observe el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales requerimientos, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de los mismos. b). Abstenerse en cualquier tiempo de utilizar, explotar, emplear, publicar o divulgar la Información Confidencial y/o privilegiada en una forma diferente a la autorizada en esta cláusula. c). Tomar todas las medidas necesarias para que la Información Confidencial y/o privilegiada que le sea suministrada en medio físico o electrónico, se transporte, manipule y mantenga en un lugar seguro y de acceso restringido. d). Instruir a todas aquellas personas que tengan acceso a la Información Confidencial y/o privilegiada sobre la forma de manipulación, utilización, manejo de medidas de seguridad y demás, para que la información subsista bien manejada y protegida. e) El uso de la Información Confidencial y/o privilegiada no otorga derecho ni constituye licencia a EL CONTRATISTA, para utilizarla sin observar los principios de la ética

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profesional, comercial y la competencia leal, ni otorgando, favoreciendo ni beneficiando a cualquier otra persona natural o jurídica. Para ello EL CONTRATISTA acuerda expresamente emplear todos los medios a su alcance para impedir esa utilización irregular de la Información Confidencial y/o privilegiada. PARÁGRAFO PRIMERO: Para todos los efectos, el término “información confidencial y/o privilegiada”, corresponde a la información que entrega FONADE para el desarrollo de las actividades propias del contrato, que debe ser cuidada, protegida y tratada de manera responsable por EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO SEGUNDO: El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente cláusula generará un incumplimiento del contrato. PARÁGRAFO TERCERO: FONADE adelantará las acciones judiciales pertinentes contra EL CONTRATISTA en el evento que éste, en cualquier tiempo, vulnere el compromiso adquirido en virtud de la presente cláusula.