PROYECTO EDUCATIVO DE LA RESIDENCIA ESCOLAR · prestación gratuita del servicio complementario de...
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ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN. (Pág. 5)
2. ANÁLISIS DEL CONTEXTO. (Pág. 5)
2.1. Clima y paisaje natural. (Pág. 5)
2.2. Entorno social, económico y cultural. (Pág. 5)
2.3. Análisis del centro. (Pág. 6)
2.4. El alumnado. (Pág. 6)
3. LÍNEAS GENERALES DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA. (Pág. 9)
4. CRITERIOS GENERALES PARA LA ELABORACIÓN DE LA
PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES DE LA RESIDENCIA. (Pág. 13)
5. ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA EDUCACIÓN EN VALORES. (Pág.
15)
6. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO RESIDENTE Y
ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN, REFUERZO Y
APOYO ESCOLAR. (Pág. 15)
6.1. Estudio dirigido. (Pág. 16)
7. PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL. (Pág. 16)
7.1. Alumnado de Educación Primaria y primer y segundo curso de E.S.O. (Pág. 17)
7.2. Alumnado de tercer y cuarto curso de E.S.O. y de Enseñanzas Postobligatorias.
(Pág. 18)
7.3. Principales actuaciones en torno al alumnado. (Pág. 18)
8.- PLAN DE CONVIVENCIA. (Pág. 22)
8.1. Introducción. (Pág. 22)
8.1.1. Marco normativo. (Pág. 22)
8.1.2. Definición de Plan de Convivencia. (Pág. 23)
8.2. Diagnóstico de la convivencia en la residencia. (Pág. 24)
8.2.1. Características de la Residencia. (Pág. 24)
8.2.2. Características de la comunidad educativa. (Pág. 25)
8.2.2.1. Profesionales. (Pág. 25)
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8.2.2.2. Alumnado. (Pág. 25)
8.2.2.3. Familias. (Pág. 27)
8.2.3. Actuaciones desarrolladas por la Residencia. (Pág. 26)
8.3. Objetivos del plan de convivencia. (Pág. 26)
8.4. Normas de convivencia generales de la residencia y específicas de cada
grupo de trabajo. (Pág. 27)
8.5. Composición, plan de reuniones y funciones de la comisión de
convivencia. (Pág. 27)
8.6. Medidas para promover la convivencia, prevenir,
mediar y resolver conflictos. (Pág. 28)
8.6.1. El aula de convivencia. (Pág. 29)
8.6.1.1. Introducción. (Pág. 29)
8.6.1.2. Finalidad y objetivos del Aula de Convivencia. (Pág. 29)
8.6.1.3. Criterios y condiciones para que el alumnado residente sea
atendido en el Aula de Convivencia. (Pág. 30)
8.6.1.4. Criterios pedagógicos para la atención educativa del
alumnado residente. (Pág. 31)
8.6.1.5. Procedimiento de derivación. (Pág. 31)
8.6.1.6. Funcionamiento y personas responsables. (Pág. 32)
8.6.1.7. Instalaciones y material didáctico. (Pág. 33)
ANEXO 1: Ficha de auto-observación. (Pág. 34)
ANEXO 2: Ficha de compromiso I. (Pág. 35)
ANEXO 3: Ficha de compromiso II. (Pág. 36)
ANEXO 4: Ficha De seguimiento de los alumnos/as
que acuden al Aula de Convivencia. (Pág. 37)
8.7. Plan de formación. (Pág. 38)
8.7.1. Profesorado. (Pág. 38)
8.7.2. Alumnado. (Pág. 38)
8.7.3. Taller de Mediación. (Pág. 41)
8.8. Seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia. (Pág. 48)
8.9. Procedimiento para la recogida de incidencias. (Pág. 49)
8.10. Participación de las familias en el proceso educativo. (Pág. 49)
8.10.1. Comunicación y cooperación educativa entre familias y
profesorado. (Pág. 49)
8.10.2. Junta de delegados y delegadas de padres y madres del
alumnado.(Pág. 49)
8.10.2.1. Funciones. (Pág. 49)
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8.10.2.2. Procedimiento de elección. (Pág. 50)
8.10.3. Compromisos educativos. (Pág. 51)
8.10.4. Compromisos de convivencia. (Pág. 51)
8.11. Protocolo de actuación en supuestos de acoso escolar. (Pág. 52)
8.12. Protocolo de actuación en caso de maltrato infantil. (Pág. 57)
8.13. Protocolo de actuación en casos de violencia de género en el ámbito
educativo. (Pág. 62)
8.14. Protocolo de actuación en caso de agresión hacia el profesorado o el
personal no docente. (Pág. 66)
8.15. Protocolo de actuación sobre identidad de género en el sistema educativo
andaluz. (Pág. 73)
8.16. Protocolo de actuación en supuestos de acoso escolar ante situaciones de
ciberacoso. (Pág. 77)
8.17. Modelos. (Pág. 89)
- A la Fiscalía de Menores.
- Al Juzgado de Instrucción o a los Cuerpos de Seguridad del Estado.
- Modelo de Compromiso Educativo.
- Modelo de Compromiso de Convivencia.
9. PLAN DE FORMACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DE LA RESIDENCIA
(Pág. 89)
10. CRITERIOS PARA ORGANIZAR Y DISTRIBUIR EL TIEMPO EN LA
RESIDENCIA. (Pág. 89)
11. AGRUPAMIENTOS DEL ALUMNADO RESIDENTE Y ASIGNACIÓN DE
TUTORÍAS. (Pág. 90)
12. EVALUACIÓN INTERNA. INDICADORES DE CALIDAD PROPIOS DE LA
RESIDENCIA. (Pág. 90)
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1. INTRODUCCIÓN.
Tal y como nos indica el Decreto 54/2012, de 6 de marzo, por el que se aprueba
el Reglamento Orgánico de las Residencias Escolares de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, entendemos que el proyecto educativo constituye las señas de identidad de la
Residencia y expresa la atención y la educación que desea y va a desarrollar, por lo que
deberá contemplar los valores, los objetivos y las prioridades de actuación que, desde un
punto de vista cultural, hacen de la Residencia un elemento integrador de la diversidad
de su alumnado y dinamizador de la zona donde está ubicada. Por todo ello, definirá los
objetivos particulares que se propone alcanzar, partiendo de su realidad y tomando
como referencia los objetivos contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad
Educativa y la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.
2. ANÁLISIS DEL CONTEXTO.
2.1. Clima y paisaje natural.
El clima común de esta zona es mediterráneo de influencia interior. Los parámetros
más característicos son los siguientes: precipitación media de unos 800 mm, produciéndose la
mayor cantidad en invierno, con temperaturas altas en verano, llegando a los 40º en los días
más calurosos y por debajo de 0º en los inviernos. Suele producirse cada cierto tiempo alguna
precipitación en forma de nieve.
La totalidad de la zona se encuentra incluida en el Parque Natural de la Sierra Norte
de Sevilla cuyo centro de interpretación, “El Robledo”, se encuentra cerca de nuestra
residencia
2.2. Entorno social, económico y cultural.
Los sectores económicos más importantes son la agricultura y el sector servicios,
aunque ha habido durante unos años un aumento considerable del sector de la construcción,
con un importante retroceso en la actualidad. Igualmente se producen algunos avances
escasos en el sector industrial.
Los niveles de renta se encuentran por debajo de la media tanto provincial como
estatal.
En cuanto al nivel de formación de los habitantes de la zona, la mayoría de la
población no tiene titulación o tiene sólo la mínima, representando un porcentaje más bajo
del deseable el de las personas de nuestra zona con estudios superiores.
La mayor parte de las viviendas censadas son viviendas unifamiliares, generalmente
en propiedad, con más de 3 habitaciones y con un equipamiento aceptable.
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2.3. Análisis del centro.
La Residencia Escolar "Los Pinos" de Constantina es de titularidad pública,
perteneciente a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía y dependiente de la
Dirección General de Planificación y Centros.
Esta Residencia Escolar es de régimen ordinario, al acoger sólo a alumnos y alumnas
cuya escolarización tiene lugar en los centros docentes de régimen ordinario de la localidad,
desarrollando su actividad según el calendario escolar oficialmente establecido por la
Delegación Provincial de la Consejería de Educación de Sevilla para cada curso académico.
Datos identificativos
Denominación: Residencia Escolar “Los Pinos”
Código del centro: 41001331
Domicilio: Cerro de los Pinos s/n.
Código Postal: 41450
Provincia: Sevilla.
Titularidad: Pública.
Tipo de Residencia: De régimen ordinario.
Capacidad: 260 alumnos.
Teléfono: 955881628.
Fax: 955889522
Correo electrónico:
Web: www.residenciaescolarlospinos.es/
2.4. El alumnado.
Todos los alumnos y alumnas residentes en el centro han de ser admitidos
preceptivamente por la Consejería de Educación, una vez resuelta la convocatoria anual
establecida al efecto.
Como es sabido, a lo largo del curso se producen con frecuencia altas y bajas de
alumnos/as, especialmente en los niveles de E. Primaria y primero y segundo de ESO, dadas
las especiales circunstancias que concurren en los mismos.
En estos supuestos, las demandas de nuevas incorporaciones son estudiadas en el Servicio de
Ordenación Educativa de la Delegación Provincial de Educación que formula la propuesta de
admisión, en su caso, a la Dirección General de Planificación y Centros, trasladando a la
Residencia, posteriormente, la resolución adoptada.
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En todo caso, la incorporación de cualquier alumno/a a la Residencia tiene carácter
temporal o definitivo, en función de su grado de adaptación al centro.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 54/2012, de 6 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento Orgánico de las Residencias Escolares de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, para ocupar una plaza en una residencia escolar el alumnado deberá
encontrarse en alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que no pueda asistir diariamente a un centro público o privado concertado que imparta
las enseñanzas que desea cursar, por la lejanía de su domicilio y la imposibilidad de
prestación gratuita del servicio complementario de transporte escolar, de acuerdo con lo
que, a tales efectos, se establezca por orden de la persona titular de la Consejería
competente en materia de educación.
b) Que pertenezca a familias que, por motivos de trabajo o en razón de su profesión, pasen
largas temporadas fuera de su lugar de residencia.
c) Que pertenezca a familias que se encuentren en una situación de dificultad social
extrema o en riesgo de exclusión social, que repercuta gravemente en su escolarización.
d) Que sean hijos e hijas de mujeres atendidas en centros de acogida para mujeres víctimas
de violencia de género.
e) Que necesite ser residente para compatibilizar los estudios de educación secundaria con
las enseñanzas profesionales de música o danza.
f) Que para su progresión deportiva necesite el acceso a una residencia escolar para hacer
compatible su escolarización con la práctica del deporte en el que ha sido seleccionado
por un club o entidad deportiva de superior categoría que participe en competiciones
oficiales.
Analizando las características y los motivos por lo que los alumnos/as acuden a la
Residencia Escolar “Los Pinos” podemos afirmar que en un gran porcentaje de ellos
coinciden con los criterios a), b) y c) expuestos anteriormente.
Además, para ocupar plaza en una residencia escolar el alumnado deberá cumplir los
siguientes requisitos de edad, en función de las enseñanzas que vaya a cursar:
a) Tener entre seis y dieciocho años, en el caso de que se cursen enseñanzas obligatorias.
b) Tener entre dieciséis y veintiún años, en el caso de que se cursen enseñanzas de
bachillerato o de ciclos formativos de grados medio o superior de formación profesional
inicial, de artes plásticas y diseño o de enseñanzas deportivas.
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Por otro lado se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones para establecer las
prioridades en la adjudicación de las plazas disponibles:
a) Alumnado residente de educación obligatoria que solicite la renovación de su plaza.
b) Alumnado residente de enseñanzas postobligatorias que promocione de curso y solicite
la renovación de su plaza.
c) Alumnado de educación obligatoria solicitante de plaza de nueva adjudicación.
d) Alumnado de enseñanzas postobligatorias solicitante de plaza de nueva adjudicación que
promocione de curso.
e) Alumnado residente de enseñanzas postobligatorias que no promocione de curso y que
solicite la renovación de su plaza.
f) Alumnado de enseñanzas postobligatorias solicitante de plaza de nueva adjudicación que
no promocione de curso.
Si dos o más personas solicitantes se encontraran en las mismas circunstancias para
ocupar una plaza una vez considerado lo recogido anteriormente, se atenderá a la mayor
puntuación obtenida por la aplicación del baremo establecido en la Orden de 28 de
marzo de 2012, por la que se desarrollan determinados aspectos del procedimiento para
la admisión del alumnado residente en las residencias escolares y en las escuelas-hogar:
a) La renta y patrimonio anual de la unidad familiar.
b) La concurrencia de discapacidad en el alumno o alumna, en su padre, madre o
representante legal o en alguno de sus hermanos o hermanas.
c) La pertenencia a una familia con la condición de monoparental o de numerosa.
d) La pertenencia a una familia en la que alguno de sus miembros que ejerzan la tutela, o
ambos, se encuentre internado en un centro penitenciario.
En el caso de las enseñanzas postobligatorias se considerará, además:
a) El expediente académico del alumno o alumna.
b) La distancia entre el domicilio familiar y el centro docente sostenido con fondos públicos
más próximo donde se impartan las enseñanzas que se desea cursar.
Cada año acceden alumnos/as procedentes de diversas localidades de la provincia de
Sevilla así como de otras provincias de nuestra Comunidad Autónoma. Se inscriben para
cursar estudios de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y
distintas especialidades de Ciclos Formativos (Cocina y Gastronomía, Conducción de
Actividades Físico-Deportivas en el Medio Natural, Atención a Personas en Situación de
Dependencia y Montaje y Mantenimiento de Instalaciones de Frío y Climatización).
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3. LÍNEAS GENERALES DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA
La Residencia Escolar acoge en régimen de internado, de lunes a viernes, a aquellos
alumnos/as de enseñanzas no universitarias que por razones de lejanía al centro docente,
elección de estudios que no se impartan en su localidad de origen, o por razones
socioeconómicas desfavorables, necesitan este servicio para asegurar la igualdad de
oportunidades. También se atiende al alumnado los domingos por la noche en los términos
que establece el Plan de Residencia.
La Residencia Escolar actúa como hogar de los alumnos internos, sin que la estancia
en ésta pueda ser considerada como una continuidad del aula, por lo que se procurará en todo
momento que el planteamiento organizativo y la dinámica educativa diaria favorezcan un
clima de relaciones lo más parecido posible al ámbito familiar, reconociéndose el carácter
subsidiario de este Centro frente al primordial y natural de la familia, a la que los alumnos
residentes seguirán vinculados por su integración en ella durante los fines de semana y
períodos vacacionales.
En la Residencia se garantizará la atención educativa del alumnado, se desarrollarán
actividades de refuerzo y apoyo para mejorar el rendimiento académico del mismo y se
procurará su formación integral, tanto en la adquisición de hábitos personales y sociales,
como higiénico-sanitarios y de utilización del ocio y tiempo libre.
Se fomentará el contacto de los profesionales de la Residencia con las familias en
orden a tenerlas informadas sobre el comportamiento, rendimiento académico y estado de
salud de sus hijos, exigiendo de los padres igual colaboración al respecto.
Teniendo en cuenta las características de nuestro centro educativo, la naturaleza que
lo define y las necesidades y peculiaridades de nuestro alumnado, establecemos unas líneas
generales de actuación en base a la siguiente propuesta, priorizando en cada una de ellas una
serie de objetivos fundamentales:
LÍNEA 1:
DESARROLLO DE AUTONOMÍA PARA DESENVOLVERSE DE FORMA
SATISFACTORIA EN SU VIDA COTIDIANA
Proporcionar al alumnado herramientas para desarrollar su autonomía.
Establecer cauces de participación del alumnado en la vida de la Residencia.
Facilitar la cooperación y la ayuda mutua para la solución de problemas cotidianos.
Potenciar la autoestima y la capacidad de valerse por sí mismo.
LÍNEA 2:
COMPLEMENTAR EL DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS BÁSICAS Y SU
APLICACIÓN EN EL ENTORNO INMEDIATO
Desarrollar las competencias básicas orientadas a su aplicación en el entorno inmediato.
Promover en el alumnado la capacidad de reflexionar sobre su actitud competencial.
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Facilitar la adquisición de hábitos que favorecen su adaptación al medio.
Inculcar al alumnado la necesidad de una formación permanente.
Orientar al alumnado con respecto al mundo laboral.
LÍNEA 3:
ORIENTACIÓN AL ESTUDIO Y LA MEJORA DEL RENDIMIENTO ESCOLAR.
ORIENTACIÓN TUTORIAL
Incorporar las tecnologías de la información y la comunicación en el proceso educativo
como medio de desarrollo de las aptitudes necesarias para la sociedad del conocimiento.
Poner en práctica programas de técnicas de estudio y de trabajo intelectual a través de la
acción tutorial.
Estudiar la puesta en marcha de los diversos planes y proyectos.
Promover la participación en concursos, premios, actividades y distinciones para el
alumnado.
Bajar el porcentaje de fracaso escolar.
Disminuir el porcentaje de abandono del sistema educativo.
Facilitar al alumnado su implicación en la toma de decisiones del Centro y el conocimiento
de sus derechos, deberes y normas.
Apoyar a los alumnos/as con necesidad específica de apoyo educativo o que presenten
deficiencias de cualquier tipo: física, intelectual, cultural o social, con el fin de facilitar las
infraestructuras necesarias.
Propiciar la atención a la diversidad mediante la realización de adaptaciones y actividades
de refuerzo a alumnos/as que presenten dificultades en su proceso de aprendizaje.
Fomentar el hábito de lectura a través de todas las áreas que componen el currículo
potenciando el uso de la biblioteca.
Promover una actitud de responsabilidad, seriedad, constancia y eficacia en el trabajo, así
como la inquietud para ampliar conocimientos.
Priorizar la motivación al aprendizaje frente a la sanción, potenciando en el alumnado la
autoestima y confianza en sí mismo.
Colaborar en la formación del alumnado para que sean capaces tanto de continuar otros
estudios académicos como para acceder al mundo laboral.
Educar al alumnado para que sean personas expresivas, creativas, críticas, autónomas,
resolutivas y colaboradoras.
Favorecer la integración personal del alumnado con necesidades educativas especiales.
LÍNEA 4:
MEJORA DE LA CONVIVENCIA DEL CENTRO. EDUCACIÓN EN VALORES
Fomentar la educación en valores democráticos: solidaridad, tolerancia, no discriminación,
respeto al medio ambiente y al patrimonio cultural, fomento de los hábitos de salud,
educación en igualdad etc.
Formar personas tolerantes, con sentido del respeto por las diferencias de género, de raza,
de religión, ideología, capacidades intelectuales; formar personas responsables y capaces de
defender la justicia social.
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Educar o racionalizar la competitividad en un marco de solidaridad y cooperación,
trabajando los conflictos y fomentando el diálogo.
Fomentar una educación no sexista y promover la reivindicación de la misma.
Formar personas que acepten las diferencias culturales y lingüísticas y que tengan como
objetivo la comprensión mutua a través del aprendizaje de varias lenguas, fomentando de este
modo la idea de una ciudadanía democrática que reconozca la diferencia y aspire a la
igualdad.
Diseñar las estrategias oportunas para que el proceso de aprendizaje y formación se
desarrolle en un ambiente de trabajo, responsabilidad y convivencia adecuados.
Fomentar y conseguir hábitos cívicos en el alumnado así como de cuidado y buen uso del
material, de la relación entre las personas, de las normas de educación socialmente aceptadas.
Las normas y procedimientos que se emplearán para conseguir estos objetivos se encuentran
en el Plan de Convivencia.
Cuidar y respetar todas las instalaciones, dependencias, material escolar y personal del
Centro desarrollando actitudes de responsabilidad.
LÍNEA 5:
COORDINACIÓN DOCENTE
Crear y desarrollar una dinámica de trabajo que facilite la consecución de los objetivos
educativos.
Mejorar la coordinación entre los tutores de cada grupo, los educadores de noche y el
Personal Técnico en Integración Sociocultural.
Aumentar la eficacia y productividad de las reuniones y favorecer el debate en los distintos
órganos para alcanzar una mayor coordinación.
Promover y potenciar la formación permanente del profesorado de la Residencia y la
creación de grupos de trabajo orientados a la mejora educativa.
LÍNEA 6:
COORDINACIÓN CON LOS CENTROS EDUCATIVOS ASOCIADOS: C.E.I.P
“VALLE DE LA OSA” E I.E.S “SAN FERNANDO”.
Establecer vías de comunicación continuas con ambos centros educativos.
Fomentar la coordinación en la formación del alumnado entre los tutores de los centros
educativos asociados y los Educadores de la Residencia.
LÍNEA 7:
COORDINACIÓN Y COMUNICACIÓN CON LAS FAMILIAS
Potenciar la participación de las familias en la toma de decisiones y planteamientos que
favorezcan la formación integral del alumnado, así como su gestión y control.
Establecer diferentes vías de comunicación continua con las familias.
Potenciar la comunicación con las familias del alumnado.
Reforzar los criterios comunes en la formación del alumnado.
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Establecer acuerdos de compromiso y de convivencia.
Fomentar la participación de los delegados y delegadas de padres y madres del alumnado.
LÍNEA 8:
EDUCACIÓN PARA EL TIEMPO LIBRE
Fomentar en el Centro la realización de actividades culturales y extraescolares.
Favorecer la participación en actividades propuestas por la Residencia.
Orientar al alumnado en la utilización de su tiempo libre de forma inteligente.
Establecer mecanismos para la organización de su tiempo en función de sus necesidades.
Participar en deportes y otras actividades de la vida del centro.
Actuar de manera responsable en las posibles actividades que se realicen fuera de la
Residencia.
Potenciar el uso de la Biblioteca y el aula de Informática.
Formar básicamente al alumnado para distribuir de forma apropiada su tiempo libre.
Establecer mecanismos para hacer consciente al alumnado sobre la incidencia de los
medios de comunicación y las nuevas tecnologías y cómo éstas pueden influir de manera
negativa en su estilo de vida.
Organizar actividades extraescolares orientadas a la formación integral del alumnado.
LÍNEA 9:
LA SALUD, LA ALIMENTACIÓN Y LA HIGIENE, PILARES BÁSICOS PARA EL
DESARROLLO DE LA AUTONOMÍA EN NUESTRO ALUMNADO.
Fomentar la educación para la salud y la educación medioambiental basada en el desarrollo
sostenible.
Promover la mejora de la autoestima e impulsar el desarrollo de la seguridad personal.
Promover una alimentación variada y saludable en base a la dieta mediterránea.
Establecer mecanismos para la adquisición de hábitos higiénicos y de cuidado del cuerpo.
Fomentar la higiene bucodental.
Prevenir la aparición de infecciones y enfermedades.
Dotar de autonomía al alumnado en cuanto a aspectos básicos de seguridad, salud, higiene
y alimentación.
Potenciar la autonomía para mantener en orden sus habitaciones, su ropa, taquillas,
servicios, etc., fomentando el cuidado y respeto de los espacios comunes.
Desarrollar conciencia en cuanto al cuidado del medio ambiente.
Atender a la salud física, mental y social del alumnado.
Satisfacer necesidades básicas en aquellos alumnos con más problemas económicos en
cuanto a lo necesario para su higiene personal.
Fomentar el orden y la limpieza como principios básicos en la convivencia.
Respetar las horas de sueño y ser conscientes de su importancia en el desarrollo y la salud
del alumnado.
Establecer vías de comunicación continua con las familias en lo referente a aspectos
relacionados con la salud como necesidad prioritaria.
Concienciar al alumnado de la importancia de no disponer de medicamentos en las
habitaciones y hacer un buen uso de la enfermería.
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LÍNEA 10.
RELACION Y APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS DEL ENTORNO
Promover conexiones con otros organismos o grupos de trabajo que tengan intereses
comunes con nuestras enseñanzas.
Establecer los cauces de comunicación y colaboración con los sectores laborales
relacionados con las enseñanzas que cursan nuestros alumnos/as.
Fomentar el uso y al aprovechamientos de espacios y recursos del entorno por parte de
nuestro alumnado.
Conocer el entorno y los valores culturales que posee.
4. CRITERIOS GENERALES PARA LA ELABORACIÓN DE LA
PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES DE LA RESIDENCIA.
Cuando hablamos de criterios hacemos referencia a unas normas intelectuales, juicios que
permiten guiar el discurso, el análisis y las respuestas en relación a un contexto y objetivos
determinados.
Es imprescindible la colaboración y el diálogo entre todos los que compartimos la tarea
educativa con el fin de consensuar unas pautas, coordinar recursos y actuaciones
encaminadas a orientar el proceso educativo.
Tenemos que posibilitar el desarrollo de actitudes, favorecer la estructuración de la
personalidad para lograr un equilibrio emocional y la adquisición de pautas positivas para la
socialización y maduración personal.
Es necesario un equilibrio entre la afectividad y la autoridad para posibilitar la estabilidad
emocional y la seguridad de los individuos a la vez que el funcionamiento adecuado del
grupo.
Entendiendo por autoridad a la forma de relacionarse entre personas o grupos basándose en
la objetividad, la razón y el bien general, estableciendo las pautas que deben regular los
comportamientos así como las consecuencias que puedan derivarse. Una persona que detenta
la autoridad no actúa siguiendo sus caprichos, ni su único punto de vista, sino que considera
el bien común de forma dialogante aunque no siempre negociadora.
Las normas limitan las conductas y actuaciones individuales por lo que constituyen uno de
los puntos claves de la autoridad.
La autonomía permite llevar a cabo unas conductas, sin ayuda, para resolver una serie de
necesidades tanto personales como de trabajo y del grupo al que se pertenece. Esto se puede
lograr a través del aprendizaje de los hábitos personales y de las habilidades que permitan
participar para resolver las necesidades del grupo, favoreciendo su empatía.
Para ello:
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a) Las actividades serán interesantes, atractivas y motivadoras para el alumnado.
b) Serán de carácter lúdico (complementado con unos espacios de análisis y reflexión que
nos permitan alcanzar los objetivos planteados), educativo, formativo y deportivo.
c) Serán planificadas y distribuidas proporcionalmente en el tiempo dentro del
Calendario Escolar marcado por la Delegación Territorial de Educación de Sevilla e
intentando no afectar a la jornada escolar de su Centro Educativo asociado.
d) Serán actividades seguras y sin riesgo, velando por la integridad física-psíquica de los
individuos.
e) Relacionadas con el entorno y cultura de la zona.
f) Que desarrollen la afectividad, autonomía, el desarrollo integral del individuo y del
grupo.
g) Que el alumnado adopte una actitud activa y crítica.
h) Que se sientan miembros activos de un grupo-organización.
i) Que favorezca los agrupamientos mixtos y la coeducación.
j) Se coordinarán espacios, recursos, materiales, metodologías y temporalización en
función de las actividades programadas.
k) Las actividades serán coordinadas por la Jefatura de Actividades, a propuesta de la
Comunidad Educativa (Junta de Coordinación de Actividades, asociaciones de madres
y padres de alumnos, asociaciones de alumnos/as, etc.).
l) Tendremos en cuenta la asignación presupuestaria para su planificación.
m) Se tendrán en cuenta la accesibilidad y la diversidad del alumnado.
n) Priorizar la participación en ciertas actividades del alumnado colaborador-voluntario.
o) Proporción alumnos-profesorado en las actividades.
p) Se podrán contratar a empresas de servicio externo para la realización de actividades
específicas, concretando las implicaciones del servicio.
q) Todo el alumnado podrá participar en las actividades programadas en función de su
adecuación educativa y del grado de cumplimiento de las normas de convivencia.
r) Las actividades pueden concretar algunos requisitos particulares de participación
(como la asistencia y participación a los mismos con regularidad una vez solicitada
por el alumnado).
s) Se programarán actividades relacionadas con las establecidas por la Administración
educativa competente.
t) Se coordinarán actividades con los centros asociados así como con el Ayuntamiento
para la optimización de los recursos y espacios.
u) Promover actividades que fomenten un clima adecuado de convivencia, que incidan en
la prevención y resolución de conflictos.
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v) A través de los delegados y delegadas de grupos, el alumnado podrá exponer a
principios de cursos las preferencias de actividades, para así tenerlas en cuenta para su
inclusión en la programación y ser aprobadas posteriormente por el Consejo de
Residencia.
5. ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA EDUCACIÓN EN VALORES
Para paliar la problemática que presentan los alumnos/as de Educación Primaria y
ESO proponemos una serie de medidas, actividades, proyectos y planes que tratan de
desarrollar y afianzar la madurez personal del alumnado residente mediante la adquisición de
hábitos y capacidades que les permitan participar como ciudadanos responsables en los
estudios y actividades sociales y culturales, integrando la igualdad de género como un
objetivo primordial.
En el Plan Anual de Residencia se contemplarán las diferentes iniciativas para alcanzar los
objetivos marcados en este apartado.
6. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO RESIDENTE Y
ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN, REFUERZO Y
APOYO ESCOLAR.
Partiendo del marco general establecido por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la
calidad educativa y la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, las
Instrucciones de 22 de junio de 2015, de la Dirección General de Participación y Equidad,
por las que se establece el Protocolo de detección, identificación del alumnado con
necesidades específicas de apoyo educativo y organización de la respuesta educativa,
articularon un proceso de prevención y valoración del alumnado con necesidades específicas
de apoyo educativo orientado hacia una escolarización y una respuesta educativa ajustada a
las necesidades del alumnado en el marco de una escuela inclusiva.
En dicho Protocolo se concretaron determinados aspectos recogidos en la Ley 9/1999,
de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, y en su desarrollo normativo,
básicamente, el Decreto 147/2002, de 14 de mayo, por el que se establece la ordenación de la
atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas
a sus capacidades personales y la Orden de 19 de septiembre de 2002, por la que se regula la
realización de la evaluación psicopedagógica y el dictamen de escolarización, así como la
Orden de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado
que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía.
A raíz de la publicación de los Decretos y las Órdenes que regulan la ordenación, el
currículo, la atención a la diversidad y la evaluación de las diferentes enseñanzas de
Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación
Profesional Básica en desarrollo de la citada Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, resulta
necesaria la actualización del Protocolo de detección, identificación del alumnado con
necesidades específicas de apoyo educativo y organización de la respuesta educativa, para
ajustar sus procedimientos y contenidos a lo establecido en la normativa vigente.
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Las instrucciones de 8 de marzo de 2017, de la Dirección General de
Participación y Equidad, tienen por objetivo actualizar el protocolo de detección,
identificación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y
organización de la respuesta educativa.
En el sitio web de la Consejería de Educación se publicará un portal de apoyo al
Protocolo que se regula en las presentes instrucciones.
Sin duda, el carácter obligatorio de estas enseñanzas determina su organización de
acuerdo con los principios de educación común y de atención a la diversidad del alumnado. A
tales efectos, se pondrá especial énfasis en la adquisición de las competencias básicas, en la
detección y tratamiento de las dificultades de aprendizaje tan pronto como se produzcan, en
la tutoría y orientación educativa del alumnado y en la relación con las familias para apoyar
el proceso educativo de sus hijos e hijas.
Asimismo, se arbitrarán las medidas que permitan que el alumnado obtenga el
máximo desarrollo posible de las capacidades personales, garantizando así el derecho a la
educación que les asiste.
Se plantearán una serie de proyectos, actividades, talleres y programas para atender
las diferentes carencias que puedan presentar nuestros alumnos/as y tratar de reforzar
aquellos aspectos académicos en los que se encuentren mayores dificultades.
6.1.- Estudio dirigido.
En este espacio se atenderá al alumnado con problemas en algunas materias concretas,
orientando de forma más específica y personalizada las tareas correspondientes. Se establece
un mecanismo de control para la preparación de exámenes y una propuesta de aprendizaje de
técnicas de estudio básicas para la superación de los objetivos planteados en las diferentes
áreas. Finalmente se facilita un tiempo de estudio vigilado para todos aquellos que necesiten
mayor silencio para trabajar.
7.- EL PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL (P.O.A.T.)
El alumnado residente de E. Primaria y primero y segundo de E.S.O. accede al centro
con el fin de normalizar, en la medida de lo posible, su proceso de aprendizaje ya que
procede, generalmente, de familias desestructuradas con problemas socioambientales graves.
El alumnado de tercero y cuarto de ESO y E. Postobligatoria reside en distintos
pueblos de la Sierra Norte de Sevilla, de su campiña y de otras localidades de la provincia.
Pertenecen a familias estables desde el punto de vista socioeconómico, normalmente no
presentan problemas de convivencia y respetan las normas establecidas. Se trasladan a la
Residencia por la carencia de Institutos en sus respectivas localidades de origen o por estar
interesados en cursar determinados Ciclos Formativos que no se imparten en el ámbito
geográfico donde se ubica su domicilio. Para acceder a estos estudios se están produciendo,
incluso, incorporaciones de alumnos/as procedentes de otras provincias de nuestra
Comunidad Autónoma.
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Un sector minoritario de nuestros estudiantes de E. Postobligatoria ha cursado sus
estudios de E. Primaria y ESO como alumnos internos de la Residencia.
Entendemos que la función tutorial debe ser el instrumento que articule el conjunto de
actuaciones destinado a atender las necesidades afectivas, sociales y cognitivas de los
alumnos residentes en nuestro centro. Concretamente debe aportar a los alumnos la
posibilidad de formación en valores que en una escolarización normalizada recibiría en su
propio ambiente familiar; favorecer la reestructuración de los afectos para aquellos escolares
que acceden a la Residencia por la vía “con problemas socioambientales graves”;
complementar a la actividad escolar; favorecer el desarrollo social de los escolares y la
participación social como valor educativo; debe ser un complemento para la adquisición de
técnicas de trabajo intelectual.
En las Residencias Escolares las figuras del Educador/a y del PAEC cobran una
importancia relevante ya que estos centros se identifican como hogar residencia de los
alumnos/as donde se realizan actividades de esparcimiento, ocio y formación de hábitos
personales y sociales.
Como equipo, los Educadores/as y P.A.E.C. nos proponemos los siguientes objetivos
y medios para conseguirlos:
- Valorar la necesidad de hablar, a través de reuniones de trabajo durante el curso,
de pedagogía práctica, basada en la vida del alumno en la Residencia a partir de
las diversas redes de relaciones que se dan en la vida cotidiana.
- Organizarnos de forma que se obtenga el máximo rendimiento pedagógico
posible. Para ello estableceremos con el Director de la Residencia, a través de
reuniones, las estrategias necesarias.
- Concretar las tutorías de los Educadores responsables de cada grupo y, a través de
reuniones con el Director de la Residencia, informar del seguimiento de los
aspectos físico-sanitario, pedagógico, familiar, escolar, material, etc., de cada uno
de los alumnos.
- Potenciar un auténtico trabajo de equipo a partir de una crítica constructiva de
todos los miembros del mismo, respetando los acuerdos de la Junta de
Coordinación de Actividades y revisando dichos acuerdos para estudiar la validez
de los mismos bajo el prisma de una pedagogía dinámica.
- Potenciar la coordinación de Educadores y PAEC para tratar los temas peculiares
que puedan surgir; para ello se realizarán tantas reuniones como se necesiten.
A la hora de diseñar y llevar a la práctica la acción tutorial deben conocerse las
características y necesidades que presentan los alumnos/as, ya que éstas van a marcar la pauta
a la hora de realizar la planificación:
7.1.- Alumnos/as de Ed. Primaria y de primer y segundo curso de E.S.O.
La mayoría de los alumnos y alumnas de E. Primaria y primero y segundo de ESO de
esta Residencia han accedido a ella por pertenecer a familias “con problemas socioculturales
graves” lo que les condiciona un desarrollo escolar normalizado. Los principales rasgos que
definen el perfil de este alumnado están determinadas por un nivel económico bajo que
condiciona, por ejemplo, la falta de material escolar, la inexistencia de útiles de aseo, la
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escasez de ropa y calzado, etc. Los patrones de conducta con los que se encuentran
identificados no dan importancia al cuidado de la higiene del cuerpo.
La casi totalidad de las familias presenta analfabetismo crónico, vocabulario
reducido, una falta total de aficiones culturales, etc. Asimismo, en su mayoría son inestables,
con una estructura familiar desmembrada que en ocasiones se traduce en una evidente falta
de afectividad para con los niños/as, lo que provoca un nivel desmesurado de agresividad por
parte de los alumnos con el profesorado y con sus propios compañeros. Por el contrario, por
las mismas razones, hay chicos/as que hacen palpable una afectividad exagerada hacia sus
tutores escolares o hacia cualquier adulto que presta servicios en el centro.
Todos los aspectos anteriormente expuestos vienen a incidir de forma directa en el
plano escolar. En bastantes casos llegan al centro sin haber realizado Educación Infantil;
tienen falta de motivación hacia los estudios; no les preocupa el futuro, sólo les interesa el
presente, el aquí y ahora; muestran falta de solidaridad, de generosidad, de compañerismo,
sólo les interesa lo material; presentan un fuerte absentismo escolar, falta de perspectivas
profesionales diferentes a las de las familias, problemas de integración, etc.
7.2.-Alumnos/as de tercer y cuarto curso de E.S.O. y postobligatoria.
Los alumnos/as de tercero y cuarto de ESO y E. Postobligatoria presentan, por lo
general, un nivel económico suficiente que les permite la adquisición del material escolar
necesario, ropa, etc..
7.3.- Principales actuaciones en torno al alumnado.
Según lo que se recoge en la Orden ECD/65, de 21 de Enero, por la que se describen
las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la
educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato, las orientaciones de
la Unión Europea insisten en la necesidad de la adquisición de las competencias clave por
parte de la ciudadanía como condición indispensable para lograr que los individuos alcancen
un pleno desarrollo personal, social y profesional que se ajuste a las demandas de un mundo
globalizado como el actual.
Desde esta perspectiva, y en un contexto como el que se describe en el presente
proyecto educativo, el principal déficit que presenta nuestro alumnado y que debemos tratar
de paliar es el relativo al citado aprendizaje competencial.
En esta línea, merece la pena destacar inicialmente cómo el aprendizaje por
competencias se caracteriza por su transversalidad, su dinamismo y su carácter integral,
debiendo abordarse desde todas las áreas de conocimiento y por parte de las diversas
instancias que conforman la comunidad educativa, tanto en los ámbitos formales como en los
no formales e informales. Su dinamismo se refleja en que las competencias no se adquieren
en un determinado momento y permanecen inalterables, sino que implican un proceso de
desarrollo mediante el cual los individuos van adquiriendo mayores niveles de desempeño en
el uso de las mismas.
Así pues, nuestro foco de acción irá dirigido al desarrollo de las siete competencias
clave que, según la normativa vigente desarrollada a partir de la Ley Orgánica 8/2013, de 9
de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), publicada en el Boletín
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Oficial del Estado el 10 de diciembre de 2013, se constituyen como ejes vertebradores del
actual sistema educativo, y cuyas premisas fundamentales a continuación se esbozan.
Comunicación lingüística
La competencia en comunicación lingüística es el resultado de la acción comunicativa
dentro de prácticas sociales determinadas, en las cuales el individuo actúa con otros
interlocutores y a través de textos en múltiples modalidades, formatos y soportes. Esta visión
de la competencia en comunicación lingüística vinculada con prácticas sociales determinadas
ofrece una imagen del individuo como agente comunicativo que produce, y no sólo recibe,
mensajes a través de las lenguas con distintas finalidades.
Esta competencia precisa de la interacción de distintas destrezas, ya que se produce en
múltiples modalidades de comunicación y en diferentes soportes. Desde la oralidad y la
escritura hasta las formas más sofisticadas de comunicación audiovisual o mediada por la
tecnología, el individuo participa de un complejo entramado de posibilidades comunicativas
gracias a las cuales expande su competencia y su capacidad de interacción con otros
individuos. Por ello, esta diversidad de modalidades y soportes requiere de una alfabetización
más compleja, recogida en el concepto de alfabetizaciones múltiples, que permita al
individuo su participación como ciudadano activo.
La competencia en comunicación lingüística se inscribe en un marco de actitudes y
valores que el individuo pone en funcionamiento: el respeto a las normas de convivencia; el
ejercicio activo de la ciudadanía; el desarrollo de un espíritu crítico; el respeto a los derechos
humanos y el pluralismo; la concepción del diálogo como herramienta primordial para la
convivencia, la resolución de conflictos y el desarrollo de las capacidades afectivas en todos
los ámbitos; una actitud de curiosidad, interés y creatividad hacia el aprendizaje y el
reconocimiento de las destrezas inherentes a esta competencia (lectura, conversación,
escritura, etcétera) como fuentes de placer relacionada con el disfrute personal y cuya
promoción y práctica son tareas esenciales en el refuerzo de la motivación hacia el
aprendizaje.
Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología
a) La competencia matemática y las competencias básicas en ciencia y tecnología inducen y
fortalecen algunos aspectos esenciales de la formación de las personas que resultan
fundamentales para la vida. En una sociedad donde el impacto de las matemáticas, las
ciencias y las tecnologías es determinante, la consecución y sostenibilidad del bienestar
social exige conductas y toma de decisiones personales estrechamente vinculadas a la
capacidad crítica y visión razonada y razonable de las personas. A ello contribuyen la
competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología:
La competencia matemática implica la capacidad de aplicar el razonamiento
matemático y sus herramientas para describir, interpretar y predecir distintos fenómenos en
su contexto.
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b) Las competencias básicas en ciencia y tecnología son aquellas que proporcionan un
acercamiento al mundo físico y a la interacción responsable con él desde acciones, tanto
individuales como colectivas, orientadas a la conservación y mejora del medio natural,
decisivas para la protección y mantenimiento de la calidad de vida y el progreso de los
pueblos. Estas competencias contribuyen al desarrollo del pensamiento científico, pues
incluyen la aplicación de los métodos propios de la racionalidad científica y las destrezas
tecnológicas, que conducen a la adquisición de conocimientos, la contrastación de ideas y
la aplicación de los descubrimientos al bienestar social.
Competencia digital
La competencia digital es aquella que implica el uso creativo, crítico y seguro de las
tecnologías de la información y la comunicación para alcanzar los objetivos relacionados con
el trabajo, la empleabilidad, el aprendizaje, el uso del tiempo libre, la inclusión y
participación en la sociedad.
Esta competencia supone, además de la adecuación a los cambios que introducen las
nuevas tecnologías en la alfabetización, la lectura y la escritura, un conjunto nuevo de
conocimientos, habilidades y actitudes necesarias hoy en día para ser competente en un
entorno digital. Precisa del desarrollo de diversas destrezas relacionadas con el acceso a la
información, el procesamiento y uso para la comunicación, la creación de contenidos, la
seguridad y la resolución de problemas, tanto en contextos formales como no formales e
informales. La persona ha de ser capaz de hacer un uso habitual de los recursos tecnológicos
disponibles con el fin de resolver los problemas reales de un modo eficiente, así como
evaluar y seleccionar nuevas fuentes de información e innovaciones tecnológicas, a medida
que van apareciendo, en función de su utilidad para acometer tareas u objetivos específicos.
Aprender a aprender
La competencia de aprender a aprender es fundamental para el aprendizaje
permanente que se produce a lo largo de la vida y que tiene lugar en distintos contextos
formales, no formales e informales.
Esta competencia se caracteriza por la habilidad para iniciar, organizar y persistir en
el aprendizaje. Esto exige, en primer lugar, la capacidad para motivarse por aprender. Esta
motivación depende de que se genere la curiosidad y la necesidad de aprender, de que el
estudiante se sienta protagonista del proceso y del resultado de su aprendizaje y, finalmente,
de que llegue a alcanzar las metas de aprendizaje propuestas y, con ello, que se produzca en
él una percepción de auto-eficacia. Todo lo anterior contribuye a motivarle para abordar
futuras tareas de aprendizaje.
En segundo lugar, en cuanto a la organización y gestión del aprendizaje, la
competencia de aprender a aprender requiere conocer y controlar los propios procesos de
aprendizaje para ajustarlos a los tiempos y las demandas de las tareas y actividades que
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conducen al aprendizaje. La competencia de aprender a aprender desemboca en un
aprendizaje cada vez más eficaz y autónomo.
Competencias sociales y cívicas
Las competencias sociales y cívicas implican la habilidad y capacidad para utilizar los
conocimientos y actitudes sobre la sociedad, entendida desde las diferentes perspectivas, en
su concepción dinámica, cambiante y compleja, para interpretar fenómenos y problemas
sociales en contextos cada vez más diversificados; para elaborar respuestas, tomar decisiones
y resolver conflictos, así como para interactuar con otras personas y grupos conforme a
normas basadas en el respeto mutuo y en convicciones democráticas. Además de incluir
acciones a un nivel más cercano y mediato al individuo como parte de una implicación cívica
y social.
Se trata, por lo tanto, de aunar el interés por profundizar y garantizar la participación
en el funcionamiento democrático de la sociedad, tanto en el ámbito público como privado, y
preparar a las personas para ejercer la ciudadanía democrática y participar plenamente en la
vida cívica y social gracias al conocimiento de conceptos y estructuras sociales y políticas y
al compromiso de participación activa y democrática.
Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor
La competencia sentido de iniciativa y espíritu emprendedor implica la capacidad de
transformar las ideas en actos. Ello significa adquirir conciencia de la situación a intervenir o
resolver, y saber elegir, planificar y gestionar los conocimientos, destrezas o habilidades y
actitudes necesarios con criterio propio, con el fin de alcanzar el objetivo previsto.
Esta competencia está presente en los ámbitos personal, social, escolar y laboral en los
que se desenvuelven las personas, permitiéndoles el desarrollo de sus actividades y el
aprovechamiento de nuevas oportunidades. Constituye igualmente el cimiento de otras
capacidades y conocimientos más específicos, e incluye la conciencia de los valores éticos
relacionados.
La adquisición de esta competencia es determinante en la formación de futuros
ciudadanos emprendedores, contribuyendo así a la cultura del emprendimiento. En este
sentido, su formación debe incluir conocimientos y destrezas relacionados con las
oportunidades de carrera y el mundo del trabajo, la educación económica y financiera o el
conocimiento de la organización y los procesos empresariales, así como el desarrollo de
actitudes que conlleven un cambio de mentalidad que favorezca la iniciativa emprendedora,
la capacidad de pensar de forma creativa, de gestionar el riesgo y de manejar la
incertidumbre.
Conciencia y expresiones culturales
La competencia en conciencia y expresión cultural implica conocer, comprender,
apreciar y valorar con espíritu crítico, con una actitud abierta y respetuosa, las diferentes
manifestaciones culturales y artísticas, utilizarlas como fuente de enriquecimiento y disfrute
personal y considerarlas como parte de la riqueza y patrimonio de los pueblos.
22
Esta competencia incorpora también un componente expresivo referido a la propia
capacidad estética y creadora y al dominio de aquellas capacidades relacionadas con los
diferentes códigos artísticos y culturales, para poder utilizarlas como medio de comunicación
y expresión personal. Implica igualmente manifestar interés por la participación en la vida
cultural y por contribuir a la conservación del patrimonio cultural y artístico, tanto de la
propia comunidad como de otras comunidades.
Así pues, la competencia para la conciencia y expresión cultural requiere de
conocimientos que permitan acceder a las distintas manifestaciones sobre la herencia cultural
(patrimonio cultural, histórico-artístico, literario, filosófico, tecnológico, medioambiental,
etcétera) a escala local, nacional y europea y su lugar en el mundo.
8.- PLAN DE CONVIVENCIA.
8.1. Introducción.
8.1.1. MARCO NORMATIVO.
El marco legal que constituye el referente normativo para elaborar el presente Plan de
Convivencia de nuestra Residencia queda reflejado a continuación:
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece como un fin del
sistema educativo la educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los
principios democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos y la
resolución pacífica de los mismos y señala como un principio del mismo la participación de
la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros
docentes.
El Decreto 19/2007, de 23 de enero, por el que se adoptan medidas para la promoción
de la cultura de paz y la mejora de la convivencia en los centros educativos sostenidos con
fondos públicos, establece como principios de actuación la intervención preventiva a través
de la puesta en marcha de medidas y actuaciones que favorezcan la mejora del ambiente
socioeducativo de los centros, las prácticas educativas y la resolución pacífica de los
conflictos. El artículo 34 del citado Decreto dispone que la Administración educativa
establecerá, mediante protocolos específicos, los procedimientos de actuación e intervención
de los centros docentes para los supuestos de maltrato, discriminación o agresiones que el
alumnado pudiera sufrir, garantizando su seguridad y protección, así como la continuidad de
su aprendizaje en las mejores condiciones. Asimismo, se dispone que la Administración
educativa establecerá un protocolo de actuación para los supuestos de agresiones que los
trabajadores y trabajadoras de los centros educativos pudieran sufrir en el desarrollo de sus
funciones, adoptando las medidas oportunas para garantizar la debida protección y asistencia
jurídica en estos supuestos.
Por otra parte, el artículo 14 de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de
prevención y protección integral contra la violencia de género, dispone que las personas que
ejerzan la dirección de los centros educativos y los consejos escolares adoptarán los
protocolos de actuación y las medidas necesarias para la detección y atención a los actos de
violencia de género dentro del ámbito escolar.
23
La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, establece, entre los
principios del sistema educativo andaluz, la convivencia como meta y condición necesaria
para el buen desarrollo del trabajo del alumnado y del profesorado. El artículo 5 de esta Ley
establece como objetivos de la misma, entre otros, favorecer la democracia, sus valores y
procedimientos, de manera que orienten e inspiren las prácticas educativas y el
funcionamiento de los centros docentes, así como las relaciones interpersonales y el clima de
convivencia entre todos los miembros de la comunidad educativa, promover la adquisición
por el alumnado de los valores en los que se sustentan la convivencia democrática, la
participación, la no violencia y la igualdad entre hombres y mujeres, promover la cultura de
paz en todos los órdenes de la vida y favorecer la búsqueda de fórmulas para prevenir los
conflictos y resolver pacíficamente los que se produzcan en los centros docentes.
Asimismo, el artículo 127 de la citada Ley dispone que el proyecto educativo de cada
centro incluirá un plan de convivencia para prevenir la aparición de conductas contrarias a las
normas de convivencia y facilitar un adecuado clima escolar, y en los artículos 29 al 33 se
regula el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas
incluyendo, entre otras medidas, la posibilidad de que las familias suscriban compromisos
educativos y compromisos de convivencia con los centros docentes, con objeto de procurar
un adecuado seguimiento del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas y establecer
mecanismos de coordinación con el profesorado.
En esta misma línea y desde la consideración de la labor educativa como
responsabilidad social compartida, debe facilitarse la participación, comunicación y
cooperación de las familias en la vida de los centros, de tal manera que se garantice el
ejercicio de su derecho a intervenir activamente y colaborar para el cumplimiento de los
objetivos educativos y la mejora de la convivencia.
En su disposición derogatoria única, el Decreto 327/2010, de 13 de julio, deroga los
Títulos II y III del Decreto 19/2007, de 23 de enero, y la Orden de la Consejería de
Educación de 18 de julio de 2007, por la que se regula el procedimiento para la elaboración y
aprobación del plan de convivencia de los centros educativos sostenidos con fondos públicos.
Finalmente, el artículo 25 del Decreto 54/2012, de 6 de marzo, por el que se aprueba
el reglamento orgánico de las Residencias Escolares de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, determina los aspectos que debe contemplar el Plan de Convivencia de las
Residencias Escolares.
8.1.2. DEFINICIÓN DE PLAN DE CONVIVENCIA.
Un clima escolar positivo y una convivencia pacífica son indispensables para generar
en los centros procesos educativos participativos, compartidos y vividos. Nuestra Residencia
es un tipo de centro educativo único y privilegiado para transmitir precisamente valores de
convivencia, respeto, tolerancia, responsabilidad, participación, no violencia, resolución
pacífica de conflictos, etc., donde Educadores y personal de atención educativa
complementaria (P.A.E.C.) juegan un papel primordial y fundamental como referentes. Pero
la problemática de la convivencia en nuestra Residencia es una problemática con múltiples
facetas que necesitan ser abordadas desde muchos frentes: educativo, familiar, informativo,
cultural y social. Es en este contexto en el que se inserta el Plan de Convivencia que viene a
recoger, potenciar y estructurar las buenas prácticas que se deben realizar en nuestro Centro
y a plantear en sus diferentes líneas de actuación, acciones que responden a nuevas demandas
24
de la realidad educativa y del contexto socio-familiar del alumnado, entendiéndolo todo
como un proceso continuo y permanente, para enseñar a "aprender a vivir en la no
violencia", y pretendiendo la creación de ámbitos de justicia, respeto, tolerancia y felicidad
gradualmente más amplios.
Por ese motivo, en nuestro Plan de Convivencia se proponen actuaciones dirigidas a
todos los miembros de la comunidad educativa y a todos los sectores sociales, convencidos
como estamos, de que su participación y colaboración resulta imprescindible no sólo para
encontrar solución a los problemas de convivencia que puedan surgir en nuestro Centro, sino
también para favorecer una cultura de la convivencia en la Residencia y en el conjunto de la
comunidad educativa.
Por todo ello, podemos definir nuestro Plan de Convivencia como parte del proyecto
educativo que concreta la organización y el funcionamiento de nuestra Residencia en relación
con la convivencia y establece las líneas generales del modelo de convivencia a adoptar en el
mismo, los objetivos específicos a alcanzar, las normas que lo regularán y las actuaciones a
realizar en este ámbito para la consecución de los objetivos planteados.
8.2. Diagnóstico de la convivencia en la Residencia
8.2.1. CARACTERÍSTICAS DE LA RESIDENCIA.
La Residencia Escolar “Los Pinos” cuenta con los siguientes espacios y recursos
materiales:
Instalaciones exteriores:
. En su parte superior: un patio al aire libre con zonas ajardinadas donde se ubica también
una zona limitada y cubierta para los días de lluvia.
. En su parte inferior: un campo de baloncesto, tres mesas de ping-pong exteriores, un
campo de futbito con césped artificial, un campo polideportivo multiusos, una piscina, duchas
y servicios anexos.
En el edificio principal:
. En la planta baja: Dirección, Secretaría, Sala de Profesores, Enfermería, tres Salas de
Ocio, Salón de Actos, Servicios, Biblioteca, Comedor principal, Comedor II, Cocina,
Lavandería, Almacén y Sala de material deportivo.
. En la primera planta: quince aulas de estudio, sala de informática y servicios.
. En la segunda planta: treinta dormitorios con cuarto de baño interior, dos espacios de
vigilancia, duchas comunes y servicios.
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Todas las instalaciones pueden ser visitadas virtualmente en nuestra página web
www.residenciaescolarlospinos.es donde aparecen fotos y descripción de todos los espacios
de los que dispone la Residencia.
Para que la repercusión de la utilización y distribución de los espacios en la
convivencia sea positiva, el uso de todos y cada uno de ellos, así como la designación de los
responsables de los mismos a lo largo de cada jornada lectiva y durante todo el curso escolar
queda determinado detalladamente en el Plan Anual de Residencia que elabora el Equipo
Directivo y que es aprobado por el Consejo de Residencia.
8.2.2. CARACTERÍSTICAS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
8.2.2.1. Profesionales.
La plantilla de profesionales que prestan sus servicios en nuestra Residencia está
formada por: un Director/a, Educadores/as de Actividades Formativas y de Ocio
(Maestros/as) y por el Personal Laboral: Personal Técnico en Integración Sociocultural,
Auxiliares de Cocina, Personal Asistente en Restauración, Personal de Limpieza y
Alojamiento y un/a Monitor/a Escolar.
La descripción de la organización de este personal en lo referente a ocupación de los
diferentes espacios, horarios, funciones, etc., queda reflejado en el apartado correspondiente
del Plan Anual de Residencia, por lo que no procede incluirla en este apartado.
8.2.2.2. Alumnado.
Las características del alumnado de nuestro centro quedan recogidas en el punto 7 de
este Proyecto Educativo (Plan de Orientación y Acción Tutorial), por lo que no procede
reiterar aquí lo descrito sobre el particular en el referido apartado.
El índice de fracaso escolar es más acuciante en los residentes de Educación Primaria
y Primero y Segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria que en los alumnos/as de
Tercero y Cuarto de E.S.O. y Enseñanzas Postobligatorias.
Es preciso considerar que los alumnos/as que presentan problemas de disciplina se
encuentran con la dificultad de tener que adaptarse a las costumbres-normas de su entorno
socio-familiar, a los criterios normativos del centro asociado al que asisten a clase y a las
normas de convivencia específicas de la Residencia, debiendo afrontar situaciones muy
diversas que tendrán que resolver por ellos mismos careciendo a menudo de los recursos-
mecanismos necesarios para adoptar la respuesta adecuada (condicionamientos psicológicos,
falta de habilidades sociales, comunicativas, etc.). Ello motiva, en ocasiones, que el chico/a
entre en conflicto con las personas con las que convive.
Podemos enmarcar los principales déficits de los alumnos y alumnas de Educación
Primaria y Primero y Segundo de E.S.O., como ya hemos reflejado en el Plan de Acción
Tutorial, en el desarrollo del aprendizaje competencial. .
Con respecto a los alumnos y alumnas de Tercero y Cuarto de E.S.O. y Enseñanzas
Postobligatorias, la Residencia debe aportarles la formación en valores que en una
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escolarización normalizada recibirían en su propio ambiente familiar; favorecer la
reestructuración de los afectos para aquellos escolares que acceden a la Residencia por la vía
“con problemas socio ambientales graves”; complementar a la actividad escolar; favorecer el
desarrollo social y la participación como valor educativo; debe ser un complemento para la
adquisición de técnicas de trabajo intelectual.
8.2.2.3. Familias
Debido a las circunstancias personales de los padres o tutores de un elevado número
de alumnos/as residentes y al hecho de que en su mayoría viven en localidades, con
frecuencia, alejadas de Constantina, el contacto con las familias plantea serias dificultades.
La comunicación que la dirección del Centro y los Educadores-tutores pueden
mantener con este tipo de familias es a veces compleja llegando en muchas ocasiones a verse
obligados a mantener conversaciones con intermediarios (personal de Asuntos Sociales,
parientes próximos a los niños, etc.) en vez de con los familiares directos, lo que lleva
consigo un retraso importante, en su caso, en la efectividad de las medidas a tomar.
8.2.3. ACTUACIONES DESARROLLADAS POR LA RESIDENCIA.
La organización de los espacios, horarios, agrupamientos; el Plan de Acción Tutorial,
los distintos protocolos de actuación, la formación de equipos de Mediación, los compromisos
de convivencia con familias y alumnado, los talleres de habilidades sociales, etc. quedan
recogidos en el Plan de Centro y en el Plan Anual de Residencia, por lo que no consideramos
pertinente volver a incluirlos aquí.
Por otro lado El Proyecto “Vente Conmigo”, constituye un pilar fundamental para la
mejora de la convivencia en la Residencia a través de la permanente ocupación del tiempo
libre de sus protagonistas y el establecimiento de unas relaciones interpersonales entre
iguales con un propósito definido.
8.3. Objetivos del plan de convivencia.
Para conseguir la madurez personal del alumnado, una buena convivencia y la
equidad, como ejes educativos de nuestro Residencia, nos proponemos los siguientes
objetivos:
1. Conocer y potenciar los derechos humanos reconocidos internacionalmente, favoreciendo
una actitud crítica, solidaria y comprometida frente a situaciones que atenten contra ellos.
2. Sensibilizar a las madres, padres y tutores sobre la importancia de prevenir conductas
violentas en sus hijos.
3. Implicar a la familia en la labor educativa.
4. Favorecer la reflexión de las familias sobre la importancia del estilo de interacción
familiar.
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5. Colaborar con los alumnos/as que incumplan las normas de convivencia y con sus familias,
ofreciéndoles las herramientas y técnicas de resolución de conflictos adecuadas.
6. Descubrir, sentir, valorar y confiar en las propias capacidades personales, para superar las
limitaciones y dificultades.
7. Reflexionar, y entender exactamente qué es la Paz y la No Violencia, disminuyendo y
previniendo las manifestaciones de violencia.
8. Rechazar toda forma de violencia y discriminación.
9. Desarrollar la afectividad, la ternura y la sensibilidad hacia quienes nos rodean, valorando
los aspectos diferenciales (sexo, edad, raza, religión, nacionalidad).
10. Erradicar de nuestro lenguaje las expresiones sexistas o que lleven implícitas algún tipo
de discriminación o agresividad.
11. Reconocer y afrontar las situaciones de conflicto desde la reflexión a través de estrategias
de regulación y mediación de conflictos reales e imaginarios tomando decisiones
negociadas para solucionarlas de una forma creativa, tolerante y no violenta.
12.Reflexionar sobre las normas sociales vigentes, valorando las actitudes y comportamientos
pacíficos de la comunidad educativa.
13. Establecer cauces y procedimientos que faciliten la expresión de las tensiones y las
discrepancias, así como la resolución de conflictos de forma no violenta.
14. Mejorar el clima de convivencia del centro en beneficio de una educación de calidad.
8.4. Normas de convivencia generales de la Residencia y específicas de cada grupo de
trabajo.
Creemos innecesario incluir en el presente Plan las normas de convivencia generales de
nuestro Centro por hallarse contenidas en el Reglamento de Organización y Funcionamiento
de la Residencia (R.O.F.).
8.5. Composición, plan de reuniones y funciones de la Comisión de Convivencia.
La Comisión de Convivencia estará integrada por los siguientes miembros del Consejo de
Residencia:
El Director, que actuará como Presidente.
El Jefe de Actividades.
Un Educador/a de Actividades Formativas y de Ocio.
Un padre/madre de alumno/a residente.
Un alumno/a.
La Comisión de Convivencia tendrá las reuniones preceptivas que establece la legislación
vigente y cuantas se consideren precisas para el adecuado cumplimiento de sus cometidos.
Las sesiones ordinarias de este órgano quedan recogidas en el Plan Anual de Residencia de
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cada curso académico, en el apartado correspondiente a Órganos Colegiados, y sus funciones
en el artículo 151 del R.O.F.
8.6. Medidas para promover la convivencia y prevenir, mediar y resolver conflictos.
Compartir el plan y elaborar el calendario.
Información continua.
Repartir responsabilidades y tareas.
Análisis, reflexión y acción.
Sentido crítico: propuestas de mejora.
Sentido de la escucha activa y participativa.
Elaboración de instrumentos de comunicación: Fichas, hojas informativas, periódico
escolar.
Tener claro lo que es y lo que no es: “no todo vale”.
Organizar diferentes sesiones y espacios de convivencia para compartir, revisar y analizar
juntos.
VALORES
a) Ámbito Educativo:
La autoestima, la responsabilidad y la autonomía. El espíritu crítico. La capacidad para
afrontar situaciones adversas. Aprecio del grupo humano de pertenencia, tanto en lo histórico
como en lo cultural. El respeto y tolerancia hacia otras culturas. El sentido de la solidaridad y
de la justicia. La capacidad del trato acogedor cordial. El respeto por el patrimonio.
b) Ámbito Psicopedagógico:
El aprendizaje deberá permitir la resolución de problemas en contextos diversos de la
vida cotidiana, a la vez que le servirá para entender mejor la realidad en la que se mueve
como persona. Se propondrán actividades que favorezcan la comunicación y la colaboración.
Se fomentará el respeto hacia todas las personas. Se impulsará la responsabilidad social en
defensa de la paz. Se potenciará la autonomía personal.
c) Ámbito Institucional:
La defensa de los derechos humanos y la democracia escolar como premisa fundamental
para la enseñanza de dichos derechos. El inicio del ejercicio de libertad en la Residencia
como principio democrático de convivencia. Manteniendo una buena comunicación con las
distintas Instituciones del medio. Este centro debe ser instrumento de desarrollo comunitario
y factor de animación socio-cultural.
CONTENIDOS.
Las estrategias didácticas se desarrollarán a través de actividades diversas y se centrarán
en cuatro ámbitos de intervención:
El personal.
El grupo-aula.
29
El centro educativo.
El entorno más cercano.
Por otra parte, como se desprende de los objetivos propuestos, el núcleo generador de las
dinámicas escolares que se plantean será el conflicto escolar y su regulación positiva,
seleccionando contenidos que aborden la autoestima, la cooperación, la tolerancia, la
solidaridad y la responsabilidad en los ámbitos anteriormente reseñados.
El conflicto lo entendemos como una circunstancia natural que forma parte de la vida y
que hay que regularlo de una forma no violenta.
La autoestima supone no solamente reconocer las virtudes personales sino también
asumir los propios defectos.
La cooperación debe de ser entendida como la capacidad de trabajar en equipo para lograr
el bien común.
La tolerancia como la capacidad de conceder la misma importancia a la forma de ser, de
pensar y de vivir de los demás que a nuestra propia forma de ser, pensar y vivir.
La responsabilidad es la capacidad de realizar las tareas que nos correspondan de manera
correcta y constante, en el tiempo preciso, así como de asumir las consecuencias de nuestros
actos.
La solidaridad es la capacidad de reconocer y denunciar situaciones personales, sociales y
económicas desfavorecidas.
8.6.1. AULA DE CONVIVENCIA
8.6.1.1. Introducción.-
De acuerdo con lo establecido en los artículos 35.3 y 38.2 del Decreto 54/2012, de 6
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Residencias Escolares de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, los alumnos/as residentes que como consecuencia de la
imposición de una corrección o medida disciplinaria por alguna de las conductas tipificadas
en los artículos 35.2.d) y 38.1.d) del citado Decreto, se vea privado de su derecho a participar
en el normal desarrollo de las actividades lectivas, podrá realizar, a criterio del equipo
directivo, aquellas actividades formativas que se determinen, en el Aula de Convivencia.
La creación del Aula de Convivencia surge, pues, como una necesidad de dar
respuesta a la atención educativa que requiere la diversidad del alumnado de la Residencia.
Se plantea como una medida para intentar mejorar las conductas y actitudes de
aquellos alumnos y alumnas que presentan dificultades en la convivencia y, con ello, mejorar
el clima de convivencia del grupo y de la Residencia en su conjunto.
8.6.1.2. Finalidad y objetivos del Aula de Convivencia.
El objetivo del Aula de Convivencia es convertirse en una alternativa a la expulsión
del centro para aquellos alumnos y alumnas sancionados con esta medida. Por ello se
pretende favorecer un proceso de reflexión, por parte de cada alumno o alumna que sea
atendido en la misma, acerca de las circunstancias que han motivado su presencia en ella.
30
El objetivo prioritario es, pues, que los alumnos y alumnas comprendan el alcance
para sí mismos y para los demás de sus conductas y, sobre todo, que aprendan a hacerse
cargo de sus propias acciones, pensamientos, sentimientos y comunicaciones con los demás.
Este proceso aumenta las habilidades de pensamiento reflexivo y de autocontrol, a la vez que
les proporciona un espacio para el análisis de sus propias experiencias y la búsqueda de una
resolución efectiva de los conflictos interpersonales.
A continuación detallamos los objetivos y finalidades del Aula de Convivencia:
Habilitar un espacio que proporcione al alumnado las condiciones necesarias para
reflexionar sobre su conducta contraria a las normas de convivencia, su
comportamiento en determinados conflictos y sobre cómo afecta todo ello al
desarrollo de las actividades de la Residencia.
Posibilitar que aprendan a responsabilizarse de sus propias acciones, pensamientos,
sentimientos y comunicaciones con los demás.
Contribuir a desarrollar actitudes cooperativas, solidarias y de respeto.
Posibilitar que el alumno o alumna se sienta competente tanto emocionalmente como
en la realización de ciertas tareas.
Reconstruir y favorecer su autoestima y autocontrol.
Ayudarle a adquirir una buena disposición hacia las tareas escolares.
Resolver los conflictos de manera pacífica desde el diálogo y la reflexión.
Compensar las deficiencias que impiden a algunos alumnos o alumnas su integración
en la Residencia.
Educar para la vida, potenciando las relaciones interpersonales de cada alumno o
alumna, es decir, para su integración satisfactoria en la comunidad.
Mejorar la vida académica y personal del alumno o alumna.
En definitiva se pretende mejorar el clima de convivencia del aula y de la Residencia
en todos los espacios.
8.6.1.3. Criterios y condiciones para que un alumno o alumna sea atendido en el Aula de
Convivencia.
Como se ha dicho anteriormente, el Aula de Convivencia es un espacio educativo
donde el alumnado podrá acudir exclusivamente cuando se vea privado de su derecho a
participar en el normal desarrollo de las actividades como consecuencia de la imposición de
una corrección o medida disciplinaria. Es necesario, por tanto, que el alumno o alumna haya
recibido alguna corrección por su conducta, pero no es suficiente, ya que no todos los
alumnos o alumnas sancionados tienen que ser derivados a dicha Aula. Por ello establecemos
aquí unas condiciones adicionales que deben cumplirse para que se lleve a cabo esta medida:
1.- Ser reincidente en su actitud y conducta contra las normas de convivencia.
2.- Haber suscrito un Compromiso de Convivencia que implique directamente el
trabajar alguno de los objetivos del Aula.
3.- Presentar deficiencias en su autoestima, autocontrol, relaciones personales,
disposición hacia las tareas escolares o integración escolar o social.
4.- Si la expulsión no favorece la corrección de la conducta por no ser percibida por
el alumno o alumna como un castigo.
31
5.- Si no se puede garantizar que se mantenga su proceso educativo sin la atención
correspondiente en el Aula de Convivencia.
Asimismo, El Consejo de Residencia, a través de la Comisión de Convivencia
determinará y establecerá:
a) El número máximo de veces que un alumno o alumna puede ser derivado al Aula.
b) El número máximo de días y/o horas al día de atención en el Aula.
c) El número máximo de alumnos o alumnas que pueden atenderse
simultáneamente en el Aula.
8.6.1.4. Criterios pedagógicos para la atención educativa del alumnado.
Cada Educador-Tutor deberá incluir en su programación las actividades formativas
que los alumnos o alumnas realizarán durante su permanencia en el Aula, de forma que se
garantice la continuación de su proceso formativo. Dichas actividades serán adaptadas en
función de las necesidades y características de cada alumno o alumna.
Las actuaciones irán encaminadas a favorecer un proceso de reflexión por parte de
cada alumno o alumna que sea atendido en el aula, basándose en los principios que definen y
determinan la Cultura de Paz. Es decir:
• Respetar la vida
• Rechazar la violencia
• Compartir con los demás
• Escuchar para entender
• Conservar el planeta
• Redescubrir la solidaridad
8.6.1.5.- Procedimiento de derivación.
Cuando a un alumno o alumna le sea impuesta una de las correcciones o medidas
disciplinarias previstas en los en los artículos 35.2.d) y 38.1.d) del Decreto 54/2012, de 6 de
marzo, que le impida participar en el normal desarrollo de las actividades lectivas, el director
verificará si se cumplen las condiciones previstas en el Plan de Convivencia para la
aplicación de esta medida.
De ser así, reunirá al equipo de Educadores para estudiar la conveniencia de derivarlo
al Aula, según los criterios establecidos en el Plan de Convivencia. El Director, según las
indicaciones aportadas por todo el equipo docente de la residencia, decidirá la resolución a
adoptar. Es conveniente aclarar que la derivación al Aula de Convivencia no sustituye la
corrección impuesta anteriormente.
32
Pasos a seguir si se decide la derivación del alumno/a residente al Aula de
Convivencia:
El equipo educativo determinará las actividades formativas que éste deberá realizar, de
entre las previstas en la programación de cada educador-tutor, y las entregará, en los plazos
estipulados, a la persona responsable del Aula.
El Jefe de Actividades determinará las actuaciones dirigidas al proceso de reflexión que el
alumnado deberá realizar, de entre las previstas en la Programación del Aula, y las entregará,
en los plazos estipulados, a la persona responsable del Aula de Convivencia.
La Dirección elaborará un informe indicando el motivo, los objetivos, el número de días,
el número de horas y las actividades formativas y de reflexión que realizará el alumno o
alumna.
El Director o Directora comunicará la resolución al alumno o alumna, a los responsables
del Aula, a la familia y a la Comisión de Convivencia.
El Director o Directora comunicará a la familia por escrito y en entrevista personal, si es
posible, la resolución de derivación al Aula de Convivencia, indicando el motivo, los
objetivos, el número de días y el número de horas, así como las actividades formativas y de
reflexión que realizará. Durante dicha entrevista, podría solicitarse también la colaboración
de la familia o algún tipo de compromiso por su parte con el fin de alcanzar los objetivos
fijados. El Educador-tutor estará presente en dicha entrevista ya que será él/ella quien
posteriormente comunicará a la familia la evolución del alumno o alumna.
El Director/a reunirá a la Comisión de Convivencia para comunicarle la resolución de
derivación al Aula de Convivencia, indicando el motivo, los objetivos, el número de días, el
número de horas y las actividades formativas y de reflexión que realizará. Se establecerá un
plan de reuniones con el fin de realizar el seguimiento de la evolución del alumno o alumna.
Los responsables del Aula deberán coordinarse entre sí para asegurar la atención del
alumno o alumna y con el tutor o tutora, así como con el equipo educativo.
El Educador-tutor se encargará posteriormente de realizar el seguimiento de la evolución
del alumno o alumna y de comunicárselo a la familia y a las personas responsables del Aula
de Convivencia.
8.6.1.6.- Funcionamiento y personas responsables
La persona encargada del Aula de Convivencia será el Educador responsable del
Taller de mediación.
Para su adecuado funcionamiento dicho Educador atenderá el Aula durante las horas
que dedica a labores de mediación y resolución de conflictos. De esta forma el Aula estará
atendida todos los jueves del curso escolar tres horas semanales, en horario de tarde.
El Educador responsable realizará los registros de control de asistencia y calendarios
de alumnado, de lo que dará cuenta al Jefe de Actividades, trabajará con el alumnado y le
facilitará el material.
El Educador responsable del Aula de Convivencia entregará una ficha de Auto-
observación (Anexo 1), que el alumno/a deberá rellenar, le ayudará a reflexionar sobre la
33
falta cometida y a continuación el alumno/a cumplimentará el documento que denominamos
Compromiso I (Anexo 2). Si el alumno/a acude por segunda vez al Aula de Convivencia, se
repetirá el proceso pero firmará el Compromiso II (Anexo 3).
Para que estos procedimientos puedan llevarse a cabo en el Aula de Convivencia
se contará con los siguientes documentos:
- Fichero de alumnos ordenado alfabéticamente.
- Carpetas de materiales para trabajar valores y carpetas de material didáctico de
los diferentes cursos.
- Listas de grupos con sus tutores y sus equipos educativos.
- Datos de los alumnos: dirección, teléfono, nombre de los padres.
- Horarios de los grupos.
- Fotocopias de las fichas y documentos a cumplimentar.
- Registro de control de asistencia del alumnado.
Desde el Aula de Convivencia se realizará un proceso de seguimiento (Anexo 4) a los
alumnos/as que, agotados los dos Compromisos posibles, presenten unas especiales
características de mal comportamiento. Para ello el Educador responsable del Aula de
Convivencia hablará periódicamente con el tutor, los padres y con el propio alumno/a para
recabar información sobre su evolución. Si esta información fuera negativa, es decir, si no se
observa una mejoría, el tutor citará a los padres para firmar con ellos un Compromiso
Familiar (fijamos el modelo de compromiso educativo como el modelo denominado Anexo
VI aparecido en las páginas 24 y 25 del BOJA núm. 132, de 7 de julio de 2011,
correspondientes a la Orden de 20 de junio de 2011), por el que los padres se comprometen
por escrito a que sus hijos asistan puntualmente a las actividades de la Residencia, traigan el
material adecuado de cada asignatura y a colaborar con el centro para que su hijo cambie su
actitud negativa. Este compromiso tendrá unas revisiones periódicas, donde se constatará su
cumplimiento.
El Jefe de Actividades podrá asignar al equipo de Educadores tareas de atención y
control del Aula cuando las circunstancias lo requieran.
8.6.1.7.- Instalaciones y material didáctico.
El Aula de Convivencia de nuestra Residencia se situará en la Sala de Ocio I, por
disponer dicha aula de mobiliario que facilita el diálogo y la reflexión, y estar situada lo
bastante cerca de los despachos de los cargos directivos y la Sala de Profesores, lo que la
impregna de un carácter más serio a la hora de trabajar y que los alumnos y alumnas no
percibieran que iban a ser “castigados, arrinconados o sancionados” simplemente. Con el
tiempo el alumnado percibirá que el Aula es un lugar para aprender a convivir cuando se
producen alteraciones de la convivencia.
Los distintos Educadores-tutores de la Residencia facilitarán el material didáctico
necesario para trabajar los diferentes objetivos del Aula y el Jefe de Actividades facilitará los
materiales didácticos para las actividades formativas del alumnado.
35
ANEXO 1
AULA DE CONVIVENCIA. R.E. “LOS PINOS”.
FICHA DE AUTO-OBSERVACIÓN.
NOMBRE Y APELLIDOS:………………………………………………………………
GRUPO: ……………… FECHA:…………….
Todas las personas cometemos errores. El problema no está en el error en sí mismo, sino en
las causas que lo provocan y en las actitudes negativas que traen como consecuencia. Por lo
tanto, para salir del error, tenemos que reflexionar, auto-observarnos y conocer las causas que
nos han llevado a tal actitud o acción.
1. Describe lo ocurrido.
2. ¿Por qué actúo de esa manera?
3. ¿Cómo me siento?
4. ¿Qué puedo hacer en esta situación?
5. ¿Qué quiero hacer para resolver esta situación?
6. Decisión que tomo para cumplir con mi compromiso personal de ser mejor conmigo
mismo y contribuir a la satisfacción de las personas que me rodean.
36
ANEXO 2
AULA DE CONVIVENCIA
COMPROMISO I
Yo ____________________________________________________ me comprometo a
reparar el daño causado a _________________________________ (personas afectadas) por
la falta de respeto a su persona______________________________ (insultándole,
mintiéndole, gritándole, impidiendo el desarrollo de la clase…), o, a reparar el daño causado
al material de _________________________________(personas, común o de la Residencia).
Para ello voy a realizar las siguientes actividades (señalar):
a) Pedir disculpas
b) Observar los aspectos positivos de su persona
c) Arreglar o reparar el daño (material)
d) Otras (indica cuales)
Con el compromiso de que no se volverá a repetir.
Fecha y firma
37
ANEXO 3
AULA DE CONVIVENCIA
COMPROMISO II
La primera vez que pasaste por el “Aula de convivencia” te comprometiste a:
1. ¿Crees que has cumplido tu compromiso?
2. ¿Por qué lo has roto? (señala la respuesta correcta)
a). Por olvido
b). Por culpa de otras personas. ¿Qué ha pasado para que digas eso?
c). Otras razones. ¿Cuáles?
3. ¿Cómo te sientes después de haber roto el compromiso? Ten en cuenta que la próxima vez
tendrás otro tipo de corrección que ya no será el “Aula de Convivencia”.
4. ¿Qué estás dispuesto a hacer para que no vuelva a suceder?
Acabas de hacer un nuevo compromiso con la intención de que sea respetado siempre.
Una persona puede faltar a su palabra y contradecir un acuerdo una vez, pero no
continuamente, más aún si tenemos en cuenta que el primer beneficiario eres tú. La próxima
ocasión no podremos ayudarte en el “Aula de Convivencia”, puesto que esto demostraría que
no sirve para corregir tu conducta y la Dirección del centro tendrá que imponerte una medida
de otro tipo.
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ANEXO 4
AULA DE CONVIVENCIA
FICHA DE SEGUIMIENTO DE LOS ALUMNOS/AS
DEL AULA DE CONVIVENCIA.
Nombre:...............................................................................................................................
Grupo:.......................
Tutor/a:................................................................................................................................
Fecha de su paso por el Aula por primera vez:................................................
Motivo.................................................................................................................................
.............................................................................................................................................
.............................................................................................................................................
.............................................................................................................................................
Pide perdón o repara el daño causado SÍ NO
Mejora su comportamiento una semana después SÍ NO
Mejora su comportamiento dos semanas después SÍ NO
Mejora su comportamiento un mes después SÍ NO
Fecha de su paso por el Aula por segunda vez:.................................................
Motivo.................................................................................................................................
.............................................................................................................................................
.............................................................................................................................................
.............................................................................................................................................
Pide perdón o repara el daño causado SÍ NO
Mejora su comportamiento una semana después SÍ NO
Mejora su comportamiento dos semanas después SÍ NO
Mejora su comportamiento un mes después SÍ NO
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8.7. PLAN DE FORMACIÓN.
8.7.1. PROFESORADO.
- Charlas-coloquio sobre la resolución no violenta de los conflictos centradas en las
estrategias más conocidas y utilizadas. La técnica de regulación positiva de conflictos. La
mediación.
- Organización de Jornadas Culturales (una al año) cuyo tema central estará referido al
desarrollo de alguno de los valores citados en los contenidos de este plan.
- Organización de jornadas de convivencia con la Comunidad Escolar y con los otros centros
docentes de la zona.
- Organización de semanas monográficas sobre el conocimiento cultural de los países de
origen de los inmigrantes.
8.7.2. ALUMNADO.
A) Actividades para el desarrollo de pequeños proyectos de investigación por parte del
alumnado, elegidos por los propios protagonistas, bien libremente o a partir de una oferta del
profesorado. Deben ser problemas concretos, prácticos y lo más cercanos posibles a la
realidad de los alumnos/as del centro.
Las fases serán:
Exploración del problema, lo cual supone un primer contacto o acercamiento al objeto de
estudio que requeriría dos tipos de intervenciones:
Actividades que faciliten la expresión de los sentimientos que se generan, así como
su intensidad. Serían por tanto recomendables: Definiciones colectivas. Estudio de
casos concretos. Técnicas proyectivas. Marionetas. Juegos de simulación. Role-
play.
Actividades orientadas a la recogida de información, adaptadas al nivel del
alumnado: Muestreo de prensa. Encuestas. Cuestionarios. Entrevistas.
Documentación gráfica. Observación. Asociación de ideas.
Confrontación de perspectivas que requiere la participación y la creatividad del grupo
para analizar la información recogida y reconstruir las ideas previas así como para conseguir
el mayor número de explicaciones a los hechos.
Serían apropiadas las actividades que facilitaran la elaboración de
conclusiones, como podrían ser: La regulación de la discusión en grupo. Las
técnicas de preguntas. Elaboración de mapas conceptuales.
40
Construcción y selección de hipótesis de acción.
Se propondrían posibles actuaciones en relación a los problemas planteados, así como la
valoración de las alternativas. En esta fase el aprendizaje del consenso como forma de
decisión tendría una especial importancia.
Las actividades más útiles para este momento serían: Las que posibilitan la libre
imaginación y expresión. Brainstorming. La ensoñación. Todas aquellas que fomenten el
pensamiento divergente y creativo.
Las actividades dirigidas a facilitar la elección de posibles alternativas de acción,
sopesando las posibles consecuencias de cada una de ellas. Las técnicas de clasificación de
valores. La discusión de esquemas morales. El reconocimiento de alternativas. La previsión
de consecuencias. El debate. La argumentación.
La acción o solución de lo consensuado.
Las actividades más apropiadas para esta fase, dependiendo del tipo de estudio, serían
entre otras: El pronunciamiento público a través de cartas y notas a la prensa. Propuestas de
funcionamiento al Centro o al aula. Compromisos de trabajo. Compromiso de acción
personal.
Evaluación descriptiva o formativa.
Es importante que el alumnado analice las secuencias de actividades desarrolladas en
relación con los resultados obtenidos.
Las actividades más apropiadas para este momento serían: La asamblea, cuestionarios,
entrevistas personales de tutoría, discusión en grupo, escalas de observación y valoración
adaptadas al nivel
B) Actividades específicas para el aprendizaje de actitudes.
Clarificación de valores.
Consiste en un conjunto de actividades que permiten a los alumnos y alumnas tomar
conciencia de sus valores y la práctica que de ellos realizan, así como para profundizar en lo
que realmente desean para ir construyendo su propio criterio.
Tiene tres fases: La toma de conciencia, la estimación de valores propios y la actuación
en función de los mismos, no solo en la Residencia, sino en cualquier otro ámbito.
Entre las técnicas que pueden considerarse bajo esta nomenclatura están: Los diálogos
clarificadores. Las técnicas proyectivas. Las tablas de puntuación de valores. Los dibujos y
collages. Los juegos de simulación.
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Confrontación de perspectivas, que requiere la participación y la creatividad del grupo para
analizar la información recogida y reconstruir las ideas previas, así como para conseguir el
mayor número de explicaciones a los hechos.
Serían apropiadas las actividades que faciliten la elaboración de conclusiones, tales como:
La regulación de la discusión en grupo. Las técnicas de preguntas. Elaboración de mapas
conceptuales.
Construcción y selección de hipótesis de acción.
Se propondrían posibles actuaciones en relación a los problemas planteados, así como la
valoración de las alternativas. En esta fase el aprendizaje del consenso como forma de
decisión tendría una especial importancia.
Las actividades más útiles para este momento serían:
Las que posibilitan la libre imaginación y expresión: Brainstorming. La ensoñación.
Tormentas de ideas. Todas aquellas que fomenten el pensamiento divergente y creativo.
Las actividades dirigidas a facilitar la elección de posibles alternativas de acción,
sopesando las posibles consecuencias de cada acción: Las técnicas de clasificación de
valores. La discusión de esquemas morales. El reconocimiento de alternativas. La previsión
de consecuencias. El debate. La argumentación.
Role-play y juegos de simulación.
Las actividades en las que se represente la realidad a "escala" por parte del alumnado,
asumiendo los diversos papeles del problema o del suceso, para intentar identificarse de la
forma más integral posible "viviendo el conflicto". La finalidad de estas actividades es la
exploración del problema y el análisis posterior.
Es importante que la situación tenga elementos de similitud con el tema real como para
que se puedan evidenciar las dinámicas principales, las "estructuras" de los conflictos.
C) Talleres.
Actividades que giran alrededor de un tema o aspecto monográfico, con una fuerte
dimensión activa, en el que el protagonismo del grupo es máximo y en el que el Educador/a
asume fundamentalmente el papel de facilitador de los procesos. Estas actividades pueden
desarrollarse alrededor de un tema o problema o bien elegir un aspecto concreto.
43
8.7.3.-TALLER DE MEDIACIÓN.
1. Introducción.-
A diario vemos como la violencia y las conductas agresivas se van incrementando en
nuestra sociedad. Este fenómeno no es casual ni pasajero; algunos estudiosos y observadores
indican que se está instalando en la cultura de este principio de siglo, donde las necesidades
de consumo, poder y de imagen han adquirido dimensiones hasta ahora desconocidas, en la
que también han cambiado los valores y las formas de encarar las situaciones cotidianas.
La escuela está inmersa en la sociedad y por lo tanto refleja este fenómeno. A diario el
profesorado y equipos directivos deben arbitrar en conflictos con alumnos, docentes, padres o
comunidad educativa.
Nuestro proyecto nace de la preocupación del Equipo Directivo y Educadores de esta
Residencia Escolar que pensamos que la función de las instituciones escolares no es sólo
instruir sino también formar personas. El profesorado del siglo XXI, cada vez más, entiende
que no puede limitarse a enseñar matemáticas, lengua o historia, porque al mismo tiempo que
enseñan esas materias, están manteniendo una relación interpersonal con los alumnos y
alumnas, en los ámbitos emocional, afectivo e intelectual. Por otro lado estas mismas
relaciones se producen también entre los estudiantes.
Esta nueva concepción de la educación contempla el conflicto como un espacio
educativo. Se considera el conflicto como un hecho cotidiano de la vida y una oportunidad
constante de aprender.
El conflicto se produce ante una situación de incompatibilidad, real o percibida como
tal, que interfiere en la realización de una intención. En sí no es negativo ni positivo. Debe
ser entendido como una oportunidad y no un obstáculo en la tarea educativa.
Se ha de diferenciar entre el conflicto en sí y el cómo se aborda, se trata y se
soluciona. Es necesario encontrar una vía alternativa que favorezca la convivencia armónica
en la Residencia; por ello en nuestro taller optamos por una resolución cooperativa de los
conflictos en los que el acuerdo y la negociación ocupan lugares prioritarios y en el que serán
los propios alumnos/as quienes asuman el protagonismo y la responsabilidad en el proceso de
resolución de los conflictos actuando como mediadores.
Nuestro taller de Mediación pretende llenar de contenido una de las bases sobre las
que se sustenta la educación integral de las personas, es decir, la formación y construcción de
actitudes y valores.
Pensamos en la Mediación como un proceso transformador que encierra una
experiencia de aprendizaje para quienes participan en ella, conectando a las personas con sus
valores, sentimientos, respeto por el otro, generación y evaluación de sus opciones,
propiciando la adquisición de nuevas herramientas para afrontar futuros conflictos.
A través de la Mediación los estudiantes pueden abordar las situaciones de conflicto
escolar de una manera nueva y más efectiva, responsabilizándose en una participación
44
comprometida con los cambios consensuados, a partir de sus propias demandas. No sólo
poniendo en evidencia y movilizando las potencialidades de los involucrados sino tendiendo
hacia una autonomía que ofrezca un desarrollo y evolución a la vida de la institución y a cada
uno de ellos en particular como personas.
La existencia de un Servicio de Mediación en la Residencia es una instancia de
prevención por sí misma, ya que admite la presencia de fenómenos conflictivos y abre una
vía pedagógica para afrontarlos positivamente.
Inicialmente partimos de una definición muy escueta de la Mediación: un
procedimiento en el cual un tercero neutral ayuda a las partes a resolver sus conflictos.
El Mediador es aquella persona que contribuye a disminuir las hostilidades, a mejorar
la comunicación, a renovar las relaciones interpersonales, a fomentar el pensamiento creativo
y a modelar el trabajo cooperativo para llegar a generar consenso.
2. Escenario educativo.-
Se trata de generar un grupo de alumnos/as Mediadores que se formarán y actuarán a
modo de actividad extraescolar como un servicio del centro hacia sus estudiantes.
A pesar del trabajo ya desarrollado anteriormente en este campo, detectamos que en la
dinámica actual falta una mayor participación directa de los alumnos y alumnas. Hasta ahora,
éstos están siendo pasivos receptores de lo que decide el grupo de Educadores y PAEC. En
este sentido queremos darles la oportunidad de ser artífices activos de propuestas de
formación y mediación.
3. Finalidad y objetivos.-
Mejorar la convivencia y la prevención de los conflictos introduciendo en la
Residencia las técnicas de mediación y resolución cooperativa de los mismos.
Formar un grupo de alumnos/as iniciados en técnicas de mediación y resolución de
conflictos capaces de escuchar y orientar a otros residentes.
Favorecer la autonomía de los estudiantes en la resolución participativa y cooperativa
de los problemas de convivencia.
Favorecer la asunción de valores como compromiso personal, colaboración y
responsabilidad solidaria.
Sensibilización.
45
4. Metodología.-
La actividad propuesta va en la línea de los tres criterios necesarios para una
educación en valores propia de una sociedad pluralista y democrática:
Ayuda al desarrollo de la autonomía de los alumnos y alumnas proporcionándoles
estrategias de no alineación y de auto criterio moral.
Diálogo racional como única vía de comunicación para la resolución de problemas.
Fomento de la tolerancia al hacer a los alumnos y alumnas escuchar todas la partes de
un conflicto antes de mediar, exponer con respeto sus opiniones y descubrir las ventajas de
una conducta prosocial y el recurso de la asertividad como expresión de las ideas.
El taller pretende incidir en los siguientes aspectos de desarrollo personal y moral:
Habilidades para el diálogo. Un buen mediador debe, sobre todo, saber dialogar,
empatizar y escuchar con respeto y autonomía.
Empatía y perspectiva social. Se trata de facilitar a los alumnos/as el acceso a
conceptos tan relevantes como la justicia y la imparcialidad a través de la vivencia de
casos prácticos.
Avance en habilidades sociales. El taller pretende dar a conocer a los participantes
una introducción sobre la importancia de las habilidades sociales y dotarles de
estrategias y conocimientos básicos para su puesta en práctica.
Trabajo sobre el autoconocimiento. Los alumnos/as tendrán que establecer su propio
juicio valorativo a partir de percepciones propias y ajenas, y a través de este diálogo
alcanzar un mayor autoconocimiento.
Fomento de la autorregulación. Los participantes deben conocer los procesos de
autorregulación como herramienta propia para entablar relación con los demás y
también como recurso para favorecer la convivencia en la comunidad escolar.
Avance de la comprensión crítica. Por definición, los conflictos que abordarán
nuestros alumnos/as les darán la base material necesaria para pasar de una posible
idealización y excesiva teorización moral, a una concreción a través de conflictos
reales, tangibles y contextualizados, lo que redundará en un mayor conocimiento
social.
5. Acciones y fases.-
a) Conocimiento de la situación de la Residencia en lo concerniente a la convivencia y
los conflictos con el fin de ubicar en este contexto el programa de alumnos/as
mediadores. El Plan de Convivencia recoge con detalle el análisis del centro en este
aspecto.
b) Información a Educadores, P.A.E.C. y alumnado del comienzo de esta actividad.
c) Convocatoria y selección de los estudiantes mediante entrevistas.
d) Preparación y desarrollo del curso de formación para los Mediadores elegidos.
46
e) Puesta en práctica por el grupo de Mediadores de las técnicas y estrategias de
resolución de conflictos.
Al profesorado de la Residencia se le solicitará su colaboración para un mejor
funcionamiento de esta experiencia así como su implicación en los procesos de evaluación.
6. Recursos humanos.-
El Educador responsable del taller de mediación asumirá los siguientes cometidos:
Publicitar el programa.
Selección del alumnado y preparación del material formativo.
Responsable/coordinador del taller
Incorporar al Plan de Acción Tutorial las tareas que requieran de la intervención de
los tutores.
Junto con los Educadores-tutores, efectuará las aportaciones pertinentes para la
evaluación del programa.
El Equipo Directivo tendrá la función de apoyo institucional al programa de alumnos/as
mediadores y su difusión entre las familias y la Comunidad Escolar.
7. Recursos materiales.-
Lugar de reuniones: Ocio II.
Documentación y Comunicaciones:
El grupo de alumnos/as Mediadores dispondrá de la documentación que necesite de la
biblioteca del centro, periódicos, etc., a través de la Educadora encargada de ésta.
Tendrán acceso a Internet y se les creará una cuenta de correo electrónico para que
puedan establecer comunicación con algunos centros en los que se desarrollen
experiencias similares.
Dotación económica:
La actividad contará con el material necesario para la formación del alumnado y para el
desarrollo del taller (fotocopias, adquisición de libros, material de oficina, etc.), con cargo a
los gastos de funcionamiento de la Residencia.
8. Calendario y plan de trabajo.
Sesión de información a Educadores y PAEC.
A principio del curso escolar el Educador responsable del taller de mediación
facilitará la información pertinente a los Educadores y PAEC, solicitando el apoyo
directo e indirecto para la formación del grupo de Mediadores y, posteriormente, para su
funcionamiento. Esta primera sesión de información será seguida de ulteriores consultas
periódicas (una vez al mes) a modo de seguimiento y control.
47
Campaña de publicidad y difusión del programa.
A partir de esa fecha, en los tablones de anuncios de la Residencia aparecen los
reclamos y anuncios para captar alumnos/as VOLUNTARIOS en el programa de
mediación. Al mismo tiempo los Educadores y el P.A.E.C., y muy especialmente los
Educadores-tutores, van anunciando y recomendando que se incorporen voluntarios a la
actividad. Por último, el responsable del taller pasa por todas las tutorías facilitando una
información más precisa sobre el proyecto.
Formación del grupo de MEDIADORES/AS.
Una vez realizada la campaña de información, se convoca a los inscritos a una reunión
informativa (2ª quincena de Octubre). En esta reunión se comunica a los alumnos/as lo
que se espera de ellos, se les recuerdan los cometidos mínimos de su actuación, se
aclaran dudas, se entrega la documentación, se valoran las ventajas e inconvenientes de
pertenecer al proyecto y se les da un plazo para hacer la inscripción definitiva.
Fase formativa.
Curso de formación para los Mediadores a cargo del Coordinador del taller.
Se trata de proporcionar a los estudiantes las nociones básicas y dotarles de las
estrategias mínimas para empezar a trabajar como equipo de mediación en conflictos.
Fase práctica.
Inicio y puesta en práctica del servicio de Mediación.
9. Evaluación.-
La evaluación es una parte importantísima del programa y se integrará en cada
actividad en forma de valoración conjunta. Nos interesa fomentar la autoevaluación y obtener
un feed-back directo que permita flexibilizar y readaptar las actividades al contexto educativo
concreto. En este sentido desarrollaremos el siguiente esquema evaluativo:
Encuesta sobre el sentir general.
Desde una perspectiva cualitativa conviene realizar encuestas semiestructuradas entre
los diferentes sectores de la comunidad educativa para captar el grado de satisfacción y hacer
un balance. Se trata de ver cuál es el sentir general, la sensibilidad hacia los conflictos y
episodios violentos que perciben y su disponibilidad e implicación en el proyecto.
El formato de una encuesta intermedia para toda la comunidad educativa podría tener
este planteamiento:
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¿Conoces la existencia de un grupo de alumnos/as mediadores? SI/NO.
¿Has hecho uso de este servicio? SI/NO.
¿Crees que ha merecido la pena? MUCHO/ALGO/POCO/NADA.
¿Se lo recomendarías a tus compañeros? SI/NO
¿Qué crees que te ha aportado?________________________________
¿Volverías a requerir su ayuda su tuvieras un nuevo problema? SI/NO
¿Sabes de otros compañeros/as que hayan usado este servicio? SI/NO
En caso afirmativo, ¿cuántos?__________________________________
¿Sabes los nombres de los compañeros/as que te han atendido? SI/NO
¿Crees que es algo útil para la Residencia? MUCHO/ALGO/POCO/NADA
¿Formarías parte tú de este Grupo el curso próximo? SI/NO
Evaluación final.
Será llevada a cabo por el Coordinador del taller y los Educadores-tutores. Estas
evaluaciones serán presentadas por escrito al Equipo Directivo con el fin de que se adopten
las medidas correctoras necesarias y se trasladen al Grupo de Mediadores las conclusiones
pertinentes.
Autoevaluación.
El propio grupo de Mediadores se encargará de redactar un informe de autoevaluación
que contendrá las propuestas de mejora para cursos próximos.
El informe final incluirá, además de una evaluación cualitativa de lo acontecido
durante el curso escolar, un resumen estadístico y un relato objetivo de los casos tratados.
COEDUCACIÓN.
Desarrollado en el Plan Anual de cada Curso Académico.
FAMILIAS.
- Reunirse para trabajar las conductas con sus hijos y los educadores de fin de semana.
- Participar en Talleres, Proyectos de investigación o Temas de trabajo, en los que por
experiencia vital o profesional puedan realizar aportaciones.
-Charlas coloquio sobre prevención de la violencia infantil.
-Campañas de sensibilización sobre la necesidad de estrategias específicas de regulación de
conflictos.
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-Asistencia a ciclos de cine cuya temática esté referida a resaltar la cooperación y la
solidaridad frente a la competitividad y el individualismo, así como la tolerancia frente al
racismo y la xenofobia.
-Visitas a exposiciones de las ONGs en las que se haga patente la necesidad de la
redistribución justa de la riqueza.
-Participación en la organización y elaboración de un periódico escolar especializado en
información sobre las actividades que se vayan realizando y sobre temas relacionados
extrapolados a otros ámbitos sociales.
-Participación en programas de radio y televisión locales, cuyo tema de debate o divulgación
verse sobre los valores solidarios frente a egoísmos grupales o personales.
-Participación en semanas monográficas dedicadas a países de origen de los inmigrantes.
-Participación en Jornadas Culturales.
-Participación en las actividades que realicen las Entidades e instituciones colaboradoras.
-Escuela de padres: uso de la TV. Inculcar responsabilidades en los niños/niñas, etc.
Resolución de conflictos.
ACTIVIDADES Y COLABORACIÓN CON OTRAS ENTIDADES
Ayuntamiento, Diputación y ONGs
Aportación de materiales curriculares y si es posible, presentación y asesoramiento por
personas especialistas.
Intervención en Jornadas Culturales y Semanas Monográficas.
Charlas-coloquio cuya temática esté relacionada.
Propuestas de inclusión, en su programación de actividades educativas, de temáticas que
tengan relación.
Solicitar personas especialistas en dinámicas socio-culturales que realicen actividades
grupales.
Visitas programadas a los distintos departamentos que tengan relación (área social,
cultural, mujer...)
Visitas programas a exposiciones.
Otros centros educativos del entorno
Participación en Jornadas de Convivencia y tareas cooperativas.
Participación en juegos cooperativos.
Participación en actividades de animación socio–cultural.
Medios de comunicación
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Audición o visionado de programas relacionados con el tema.
Propuestas de realización de programas.
Intervención en debates.
Ciclos de cine sobre temáticas relacionadas.
Actividades de divulgación.
Asociaciones Comunitarias.
Conocer el trabajo que desarrollan y participar en cualquier actividad ya programada de estas
entidades.
8.8. Seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia.
a) Criterios.
Grado de asunción de estereotipos.
Grado de participación en la toma de decisiones y tareas colectivas.
Grado de fluidez y apertura en las relaciones de comunicación.
Nivel de cohesión del grupo y de relaciones interpersonales (liderazgo, rechazos, etc.).
Grado de desarrollo de actitudes: respeto, tolerancia, responsabilidad.
Grado de utilización espontánea de técnicas de regulación de conflictos: diálogo,
negociación, exposición pública.
Grado de satisfacción, motivación e interés personal y profesional.
Ambiente de la clase.
Conflictos planteados y modos de regulación.
Grado de cumplimiento de los objetivos propuestos.
b) Instrumentos.
Registro de observaciones.
Asambleas de revisión crítica y análisis del proceso de aprendizaje.
Técnicas de dinámica de grupo.
Listado de frecuencias de conducta no violenta.
Diario de clase.
Encuestas de opinión.
Las actividades a realizar por el profesorado en relación al seguimiento del Plan de
Convivencia serían:
- Secuenciación y temporalización, para cada nivel educativo, de las actividades propuestas
para el alumnado.
- Recoger incidencias o formular nuevas hipótesis de trabajo. Estas sesiones están previstas
con una periodicidad mensual.
- Programar, organizar y hacer el seguimiento de todas las actividades que soliciten las
entidades o instituciones colaboradoras.
8.9. Procedimiento para recogida de incidencias.
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El Sistema de Información Séneca permite a los centros educativos dependientes de la
Consejería de Educación de la Junta de Andalucía el registro de la información referida al
seguimiento de cualquier incidencia correspondiente a la convivencia en dichos centros. En
nuestro caso concreto, al ser la Residencia Escolar un centro educativo específico y distinto a
los que imparten docencia, este sistema informático no nos permite, en el momento de
aprobarse el presente Plan de Centro, grabar en el mismo la citada información, por lo que
todas las incidencias observadas a lo largo del curso escolar quedan archivadas en la
Secretaría de nuestra Residencia en un registro creado a tal efecto.
8.10. Participación de las familias en el proceso educativo.
8.10.1. COMUNICACIÓN Y COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE FAMILIAS Y
PROFESORADO.
Los centros docentes tienen la obligación de informar de forma periódica a las
familias sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas, así como sobre sus derechos y
obligaciones y estimularán su participación en el proceso educativo de los mismos. A tales
efectos, el profesor que ejerza la tutoría deberá mantener una relación permanente con los
padres, madres, o quienes ejerzan la tutela del alumnado.
Cada profesor o profesora que ejerza la tutoría celebrará antes de la finalización del
mes de noviembre una reunión con los padres, madres, o quienes ejerzan la tutela del
alumnado de su grupo en la que se informará, al menos, de los siguientes aspectos:
a) Plan global de trabajo del curso.
b) Medidas de apoyo al alumnado y de atención a la diversidad que se puedan adoptar.
c) Organización de la tutoría así como el horario de atención a las familias, que deberá
posibilitar la asistencia de las mismas y que se fijará, en todo caso, por las tardes.
d) Procedimiento para facilitar la relación de las familias con el profesorado.
e) Derechos y obligaciones de las familias.
f) Funciones de las personas delegadas de los padres y madres en cada grupo.
g) Compromisos educativos y de convivencia.
8.10.2. JUNTA DE DELEGADOS Y DELEGADAS DE PADRES Y MADRES DEL
ALUMNADO.
8.10.2.1. Funciones.
Las personas delegadas de los padres y madres en cada grupo tendrán las siguientes
funciones:
a) Representar a las madres y los padres del alumnado del grupo, recogiendo sus inquietudes,
intereses y expectativas y dando traslado de los mismos al profesorado tutor.
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b) Asesorar a las familias del alumnado del grupo en el ejercicio de sus derechos y
obligaciones.
c) Implicar a las familias en la mejora de la convivencia y de la actividad docente en el grupo
y en el centro e impulsar su participación en las actividades que se organicen.
d) Fomentar y facilitar la comunicación de las madres y los padres del alumnado con el tutor
o tutora del grupo y con el resto del profesorado que imparte docencia al mismo.
e) Facilitar la relación entre las familias del alumnado del grupo y el equipo directivo, la
asociación de padres y madres del alumnado y los representantes de este sector en el Consejo
Escolar.
f) Colaborar en el desarrollo de las actividades programadas por el centro para informar a las
familias del alumnado del grupo y para estimular su participación en el proceso educativo de
sus hijos e hijas.
g) Mediar en la resolución pacífica de conflictos entre el propio alumnado del grupo o entre
éste y cualquier miembro de la comunidad educativa, de acuerdo con lo que, a tales efectos,
disponga el plan de convivencia.
h) Colaborar en el establecimiento y seguimiento de los compromisos educativos y de
convivencia que se suscriban con las familias del alumnado del grupo.
i) Cualesquiera otras que les sean atribuidas en el plan de convivencia del curso.
8.10.2.2. Procedimiento de elección.
PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DE
PADRES Y MADRES DEL ALUMNADO.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.2 del Decreto 327/2010 y en el
artículo 22.2 del Decreto 328/2010, ambos de 13 de julio, el plan de convivencia contemplará
la figura del delegado o delegada de los padres y madres del alumnado en cada uno de los
grupos.
Las personas delegadas de padres y madres del alumnado en cada uno de los grupos serán
elegidas para cada curso escolar por los propios padres, madres, o quienes ejerzan la tutela
del alumnado en la reunión que el profesorado que ejerza la tutoría debe realizar con las
familias antes de finalizar el mes de noviembre. En la convocatoria de esta reunión deberá
hacerse constar, como puntos del orden del día, la elección de delegado o delegada de padres
y madres del alumnado, así como la información de las funciones que se les atribuye en la
presente orden y en el plan de convivencia del centro.
Las asociaciones de madres y padres del alumnado legalmente constituidas en el centro
podrán colaborar con la dirección y con el profesorado que ejerce la tutoría en la difusión de
la convocatoria a que se refiere el apartado anterior y en el impulso de la participación de este
sector de la comunidad educativa en el proceso de elección de las personas delegadas de
madres y padres del alumnado en cada uno de los grupos.
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Las personas delegadas de los padres y las madres del alumnado en cada grupo se
elegirán por mayoría simple mediante sufragio directo y secreto, de entre las madres y padres
del alumnado de cada grupo o tutoría presentes en la reunión. Previamente a la elección, las
madres y los padres interesados podrán dar a conocer y ofrecer su candidatura para esta
elección. En este proceso, la segunda y tercera personas con mayor número de votos serán
designadas como subdelegadas 1ª y 2ª, que sustituirán a la persona delegada en caso de
vacante, ausencia o enfermedad y podrán colaborar con ella en el desarrollo de sus funciones.
En los casos en que se produzca empate en las votaciones, la elección se dirimirá por sorteo.
En este proceso de elección se procurará contar con una representación equilibrada de
hombres y mujeres.
8.10.3. Compromisos educativos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 g) del Decreto 327/2010 y en el
artículo 10 g) Decreto 328/2010, ambos de 13 de julio, las familias tienen derecho a suscribir
con el centro un compromiso educativo para procurar un adecuado seguimiento del proceso
de aprendizaje de sus hijos e hijas.
El compromiso educativo estará especialmente indicado para aquel alumnado que
presente dificultades de aprendizaje y tiene por objeto estimular y apoyar el proceso
educativo de este alumnado y estrechar la colaboración de sus familias con el profesorado
que lo atiende.
Fijamos el modelo de compromiso educativo como el modelo denominado Anexo V
aparecido en las páginas 22 y 23 del BOJA núm. 132, de 7 de julio de 2011, correspondientes
a la ORDEN de 20 de junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la
convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho de
las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas.
8.10.4. Compromisos de convivencia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 k) del Decreto 327/2010 y en el
artículo 10 k) del Decreto 328/2010, ambos de 13 de julio, las familias tienen derecho a
suscribir con el centro un compromiso de convivencia.
El compromiso de convivencia está indicado para el alumnado que presente
problemas de conducta o de aceptación de las normas escolares y tiene por objeto establecer
mecanismos de coordinación entre las familias y el profesorado y otros profesionales que
atienden al alumno o alumna, así como colaborar en la aplicación de las medidas que se
propongan, tanto en el tiempo escolar como extraescolar, para superar esta situación.
Las situaciones en que las que podrá aplicarse esta medida, tratando siempre de
potenciar el carácter preventivo de la misma y procurando que sirva para evitar situaciones de
alteración de la convivencia o para prevenir su agravamiento, se acordará en el seno de la
Comisión de Convivencia, que determinará la conveniencia de aplicación después de valorar
la tesitura concreta de los hechos determinantes y realizará el seguimiento adecuado para
valorar la efectividad de las medidas proponiendo iniciativas en caso de incumplimiento.
Tanto las familias del alumnado como el profesorado que ejerza la tutoría podrán
proponer al Consejo de Residencia, a través de su Comisión de Convivencia, la suscripción
de compromisos educativos o de convivencia, de acuerdo con la normativa vigente y el Plan
de Convivencia presente.
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Fijamos el modelo de compromiso de convivencia como el modelo denominado
Anexo VI aparecido en las páginas 24 y 25 del BOJA núm. 132, de 7 de julio de 2011,
correspondientes a la Orden de 20 de junio ORDEN de 20 de junio de 2011, por la que se
adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los centros docentes sostenidos con
fondos públicos y se regula el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de
sus hijos e hijas.
8.11. Protocolo de actuación en supuestos de acoso escolar.
CARACTERÍSTICAS DEL ACOSO ESCOLAR.
El acoso escolar es entendido como el maltrato psicológico, verbal o físico hacia un
alumno o alumna producido por uno o más compañeros y compañeras de forma reiterada a lo
largo de un tiempo determinado.
Es importante no confundir este fenómeno con agresiones esporádicas entre el
alumnado y otras manifestaciones violentas que no suponen inferioridad de uno de los
participantes en el suceso y que serán atendidas aplicando las medidas educativas que el
centro tenga establecidas en su plan de convivencia y, en todo caso, de acuerdo con lo
especificado en el capítulo III del Decreto 54/2012, de 6 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento Orgánico de las Residencias Escolares de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
El acoso escolar presenta las siguientes características:
- Intencionalidad. La agresión producida no constituye un hecho aislado y se dirige a una
persona concreta con la intención de convertirla en víctima.
- Repetición. Se expresa en una acción agresiva que se repite en el tiempo y la víctima la
sufre de forma continuada, generando en ella la expectativa de ser blanco de futuros ataques.
- Desequilibrio de poder. Se produce una desigualdad de poder físico, psicológico o social,
que genera un desequilibrio de fuerzas en las relaciones interpersonales.
- Indefensión y personalización: el objetivo del maltrato suele ser un solo alumno o alumna,
que es colocado de esta manera en una situación de indefensión.
- Componente colectivo o grupal. Normalmente no existe un solo agresor o agresora, sino
varios.
- Observadores pasivos. Las situaciones de acoso normalmente son conocidas por terceras
personas que no contribuyen suficientemente para que cese la agresión.
55
TIPOS DE ACOSO.
La agresión y el acoso pueden adoptar distintas manifestaciones:
Exclusión y marginación social.
Agresión verbal.
Vejaciones y humillaciones.
Agresión física indirecta.
Agresión física directa.
Intimidación, amenazas, chantaje.
Acoso a través de medios tecnológicos o ciber-acoso. Intimidación, difusión de
insultos, amenazas o publicación de imágenes no deseadas a través del correo
electrónico, páginas web o mensajes en teléfonos móviles.
Acoso o agresión contra la libertad y orientación sexual.
Acoso sexual o abuso sexual.
CONSECUENCIAS DEL ACOSO.
- Para la víctima: puede traducirse en fracaso escolar, trauma psicológico, riesgo físico,
insatisfacción, ansiedad, infelicidad, problemas de personalidad y riesgo para su desarrollo
equilibrado.
- Para el agresor o agresora: puede ser la antesala de una futura conducta antisocial, una
práctica de obtención de poder basada en la agresión, que puede perpetuarse en la vida adulta
e, incluso, una sobrevaloración del hecho violento como socialmente aceptable y
recompensado.
- Para los compañeros y compañeras observadores: puede conducir a una actitud pasiva y
complaciente o tolerante ante la injusticia y una percepción equivocada de valía personal.
PROTOCOLO.
Paso 1. Identificación y comunicación de la situación.
Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechas
de una situación de acoso sobre algún alumno o alumna, tiene la obligación de comunicarlo a
un profesor o profesora, al tutor o tutora, a la persona responsable de la orientación en el
centro o al equipo directivo. En cualquier caso, el receptor o receptora de la información
siempre informará al director o directora o, en su ausencia, a un miembro del equipo
directivo.
56
Paso 2. Actuaciones inmediatas.
Tras esta comunicación, se reunirá el equipo directivo con el tutor o tutora de los
alumnos o alumnas afectados y, en su caso, la persona o personas responsables de la
orientación en el centro para recopilar información, analizarla y valorar la intervención que
proceda. La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la
información recogida y las actuaciones acordadas.
En todos los casos en que se estime que pueda existir una situación de acoso escolar
se informará del inicio del protocolo de actuación al Servicio Provincial de Inspección de
Educación.
Paso 3. Medidas de urgencia.
En caso de estimarse necesario, se adoptarán las medidas de urgencia que se requieran
para proteger a la persona agredida y evitar las agresiones:
- Medidas que garanticen la inmediata seguridad del alumno o alumna acosada, así como
medidas específicas de apoyo y ayuda.
- Medidas cautelares dirigidas al alumno o alumna acosadora.
Paso 4. Traslado a las familias o responsables legales del alumnado.
El tutor o tutora, o, en su caso, la persona o personas responsables de la orientación en
el Centro, previo conocimiento del equipo directivo, con la debida cautela y mediante
entrevista, pondrán el caso en conocimiento de las familias o responsables legales del
alumnado implicado, aportando información sobre la situación y sobre las medidas
adoptadas.
Paso 5. Traslado al resto de profesionales que atienden al alumno o alumna acosado.
El Director o Directora, con las debidas reservas de confidencialidad y protección de
la intimidad de los menores afectados y la de sus familias o responsables legales, podrá
informar de la situación al equipo docente del alumnado implicado. Si lo estima oportuno
informará también al resto del personal del centro y a otras instancias externas (sociales,
sanitarias o judiciales, en función de la valoración inicial).
Paso 6. Recogida de información de distintas fuentes.
Una vez adoptadas las oportunas medidas de urgencia, el equipo directivo recabará la
información necesaria relativa al hecho de las diversas fuentes que se relacionan a
continuación:
- Recopilación de la documentación existente sobre el alumnado afectado.
- Observación sistemática de los indicadores señalados: en espacios comunes del centro, en
clase, o en actividades complementarias y extraescolares.
- Asimismo, la dirección del centro solicitará a la persona que ejerce la tutoría que complete
la información. Esto se hará, según el caso, observando al alumnado afectado, contrastando
opiniones con otros compañeros y compañeras, hablando con el alumnado afectado o
entrevistando a las familias o responsables legales del alumnado. Si se estima conveniente, se
completará la información con otras fuentes complementarias, tales como el personal de
administración y servicios, o personal de los servicios sociales correspondientes.
57
- Una vez recogida toda la información, el director o directora del centro realizará un informe
con los datos obtenidos, para lo que contrastará la información aportada por las diferentes
fuentes.
En este proceso se deben considerar los siguientes aspectos:
o Garantizar la protección de los menores o las menores.
o Preservar su intimidad y la de sus familias o responsables legales.
o Actuar de manera inmediata.
o Generar un clima de confianza básica en los menores o las menores.
o Recoger todo tipo de pruebas e indicadores.
o No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias.
Paso 7. Aplicación de correcciones y medidas disciplinarias.
Una vez recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del
director o directora del centro a la adopción de correcciones a las conductas contrarias a la
convivencia o de medidas disciplinarias al alumnado agresor implicado, en función de lo
establecido en el plan de convivencia del centro, y, en cualquier caso, de acuerdo con lo
establecido en el Capítulo III del Decreto 54/2012, de 6 de marzo. Estas correcciones o
medidas disciplinarias quedarán anotadas en el correspondiente registro.
Paso 8. Comunicación a la comisión de convivencia.
El Director o Directora del centro trasladará el informe realizado tras la recogida de
información así como, en su caso, las medidas disciplinarias aplicadas, a la comisión de
convivencia de la Residencia.
Paso 9. Comunicación a la inspección educativa.
La Dirección de la Residencia remitirá el informe al Servicio Provincial de Inspección
de Educación, sin perjuicio de la comunicación inmediata del caso, tal como se establece en
el Paso 2 de este protocolo.
Paso 10. Medidas y actuaciones a definir.
La Dirección de la Residencia, con el asesoramiento de la Comisión de Convivencia y
los tutores implicados, definirá un conjunto de medidas y actuaciones para cada caso
concreto de acoso escolar. Asimismo, si se considera necesario, podrá contar con el
asesoramiento del Gabinete Provincial de Asesoramiento sobre la Convivencia Escolar y de
la inspección educativa.
Estas medidas y actuaciones se referirán, tanto a las que sean de aplicación en el
centro y en el aula, como a las que sean de aplicación al alumnado en conflicto, que
garanticen el tratamiento individualizado tanto de la víctima como de la persona o personas
agresoras, incluyendo actuaciones específicas de sensibilización para el resto del alumnado
así como para el alumnado observador. Todo ello, sin perjuicio de que se apliquen al
alumnado acosador las medidas correctivas recogidas en el plan de convivencia.
58
Con carácter orientativo, se proponen las siguientes medidas y actuaciones para cada
caso de acoso escolar:
- Actuaciones con la persona acosada: actuaciones de apoyo y protección expresa e
indirecta, actividades de educación emocional y estrategias de atención y apoyo social,
intervención individualizada por la persona orientadora para el aprendizaje y desarrollo de
habilidades sociales, de comunicación, autoestima y asertividad y derivación, si procede, a
servicios de la Consejería competente en materia de protección de menores.
- Actuaciones con el alumnado agresor: aplicación de las correcciones
correspondientes estipuladas en el plan de convivencia, actuaciones educativas en el aula de
convivencia del centro, en su caso, o programas y estrategias específicos de modificación de
conducta y ayuda personal, y derivación, si procede, a servicios de la Consejería competente
en materia de protección de menores.
- Actuaciones con los compañeros y compañeras observadores pasivos: actuaciones
de desarrollo de habilidades sociales, de comunicación, emocionales y de empatía, campañas
de sensibilización así como actividades de mediación y de ayuda entre iguales.
- Actuaciones con las familias: orientaciones sobre cómo ayudar a sus hijos o hijas,
sean víctimas o agresores, actuaciones para una mejor coordinación y comunicación sobre el
proceso socioeducativo de sus hijos o hijas, información sobre posibles apoyos externos y
seguimiento de los mismos, así como establecimiento de compromisos de convivencia.
- Actuaciones con el profesorado y el personal de administración y servicios:
orientaciones sobre cómo intervenir positivamente en la situación y cómo hacer el
seguimiento, orientaciones sobre indicadores de detección, así como actividades de
formación específica.
La dirección del centro se responsabilizará de que se lleven a cabo las medidas y
actuaciones previstas, informando periódicamente a la comisión de convivencia, a las
familias o responsables legales del alumnado y al inspector o inspectora de referencia del
grado del cumplimiento de las mismas y de la situación escolar del alumnado implicado.
Paso 11. Comunicación a las familias o responsables legales del alumnado.
Se informará a las familias del alumnado implicado de las medidas y actuaciones de
carácter individual, así como las medidas de carácter organizativo y preventivo propuestas
para el grupo, nivel y centro educativo, observando en todo momento confidencialidad
absoluta en el tratamiento del caso.
Paso 12. Seguimiento del caso por parte de la inspección educativa.
El inspector o inspectora de referencia realizará un seguimiento de las medidas y
actuaciones definidas y aplicadas, así como de la situación escolar del alumnado implicado.
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8.12. Protocolo de actuación en caso de maltrato infantil
CARACTERÍSTICAS DEL MALTRATO INFANTIL.
De acuerdo con el artículo 3 del Decreto 3/2004, de 7 de enero, por el que se establece
el sistema de información sobre maltrato infantil en Andalucía, se entenderá por maltrato
infantil cualquier acción, omisión o trato negligente, no accidental, por parte de los padres o
madres, cuidadores o cuidadoras o instituciones, que comprometa la satisfacción de las
necesidades básicas del menor o la menor, e impida o interfiera en su desarrollo físico,
psíquico y/o social.
TIPOLOGÍA DEL MALTRATO.
- Maltrato físico: cualquier acto, no accidental, ocasionado a un menor o una menor por su
progenitor o progenitora o sustituto o sustituta que le provoque daño físico o enfermedad,
o le coloque en situación de riesgo grave de padecerla.
- Maltrato psicológico/emocional: las personas adultas del grupo familiar manifiestan de
forma reiterada una hostilidad verbal hacia el menor o la menor, a través de insultos,
desprecio, crítica o amenaza de abandono y un constante bloqueo de las iniciativas
infantiles de interacción (desde la evitación hasta el encierro). Asimismo, puede producirse
abandono psicológico/emocional a través de una ausencia persistente de respuesta a las
señales, expresiones emocionales y conductas procuradoras de proximidad e interacción
iniciadas por el menor o la menor y una falta de contacto o de expresividad emocional en
las interacciones mutuas, por parte de una figura adulta estable.
- Maltrato pasivo por negligencia o abandono físico/cognitivo: las necesidades físicas y
psicológicas básicas del menor o la menor (alimentación, vestido, higiene, protección y
vigilancia en las situaciones potencialmente peligrosas, educación y cuidados médicos) no
son atendidas temporal o permanentemente por ningún miembro del grupo que convive con
él.
- Abuso sexual: cualquier clase de contacto o interacción sexual de una persona adulta con
un menor, en la que la persona adulta, que por definición goza de una posición de poder o
autoridad sobre aquél o aquella, lo utiliza para la realización de actos sexuales o como
objeto de estimulación sexual. También se contempla su comisión por personas menores de
18 años, cuando sean significativamente mayores que el menor o la menor-víctima o
cuando estén en una posición de poder o control sobre éste o ésta.
- Corrupción: cuando la persona adulta incita al menor o la menor a la realización o
implicación en conductas antisociales, autodestructivas o desviadas, particularmente en las
áreas de agresión, sexualidad (contempladas ya en el abuso sexual) o uso de sustancias
adictivas, dificultando la normal integración social infantil y pudiendo producir una
incapacidad para las experiencias sociales normales.
- Explotación laboral: los padres, madres o cuidadores y cuidadoras asignan al menor o la
menor con carácter obligatorio, y para la obtención de beneficios económicos o similares,
la realización continuada de trabajos (domésticos o no) que exceden los límites de lo
habitual, deberían ser realizados por personas adultas e interfieren de manera clara en sus
actividades y necesidades sociales y/o escolares.
60
- Síndrome de Munchaüsen por poderes: los padres, madres o cuidadores y cuidadoras
someten al niño o la niña a continuos ingresos y exámenes médicos, alegando síntomas
físicos patológicos ficticios o generados de manera activa por ellos mismos (mediante la
inoculación de sustancias al niño o la niña, por ejemplo). Como consecuencia, el menor o
la menor se ve sometido a continuos ingresos, exámenes médicos y pruebas diagnósticas
molestas e innecesarias y que, incluso, pueden ser perjudiciales para su salud física y
mental.
- Maltrato prenatal: abuso de drogas o alcohol durante el embarazo, o cualquier circunstancia
vital de la madre que se haga incidir voluntariamente en el feto, y que provoca que el bebé
nazca con un crecimiento anormal, patrones neurológicos anómalos, con síntomas de
dependencia física de dichas sustancias, u otras alteraciones imputables a su consumo por
parte de la madre.
- Retraso no orgánico en el crecimiento: también denominado retraso psicosocial del
crecimiento, se refiere al diagnóstico médico de aquellos niños que no incrementan su peso
con normalidad en ausencia de una enfermedad orgánica. Sin embargo, se produce una
ganancia sustancial de peso durante la estancia en el hospital o bien hay una recuperación
del retraso evolutivo cuando el niño dispone de un ambiente de cuidados adecuados.
Aparece por lo general en niños menores de dos años y se caracteriza por la desaceleración
o retraso del desarrollo físico, sin que exista un cuadro clínico que lo justifique. También
puede producirse un funcionamiento emocional y del desarrollo deficientes.
- Maltrato institucional: cualquier programa, legislación, procedimiento o actuación u
omisión por parte de organizaciones o instituciones públicas o privadas o bien procedente
del comportamiento individual de un profesional que conlleve abuso, negligencia,
detrimento de la salud, del desarrollo y de la seguridad o que viole los derechos básicos de
los menores.
Los indicadores y niveles de gravedad en función de la tipología del maltrato se
encuentran descritos en el Manual de instrucciones para la cumplimentación y tramitación de
la hoja de detección y notificación del maltrato infantil, editado por la Consejería para la
Igualdad y Bienestar Social.
CLASIFICACIÓN DEL MALTRATO EN CUANTO A LA GRAVEDAD.
- Casos de maltrato leve: cuando la conducta maltratante no es frecuente y su intensidad es
mínima. Los efectos del maltrato recibido no han provocado daños en el menor o la menor ni
se prevé que se produzcan. Si se ha producido daño, éste no es significativo, por no requerir
intervención o tratamiento especializado. En estas circunstancias se procurará, siempre que
sea posible, la intervención con las familias o responsables legales del menor o la menor,
desde el propio ámbito que haya detectado el maltrato, en colaboración con los servicios
sociales correspondientes, los cuales prestarán el apoyo y asesoramientos necesarios.
- Casos de maltrato moderado: cuando el maltrato recibido, por su intensidad o frecuencia, ha
provocado daños en el menor o la menor, o se prevé que puedan producirse en su futuro
desarrollo. Por tanto se requiere de algún tipo de intervención o tratamiento especializado, así
como el establecimiento de un plan de intervención interdisciplinar y personalizada por parte
de los servicios sociales correspondientes, en coordinación entre otros, con los servicios
educativos y sanitarios, para salvaguardar la integridad del menor o la menor dentro de su
núcleo familiar.
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- Casos de maltrato grave: cuando los efectos del maltrato recibido puedan hacer peligrar la
integridad física o emocional del menor o la menor, o provocar daños significativos en su
desarrollo, o existe un alto riesgo de que puedan volverse a producir los episodios de
maltrato, o bien el niño o niña es muy pequeño o padece algún tipo de enfermedad o
discapacidad que lo hacen especialmente vulnerable. Estas circunstancias podrán implicar la
adopción de una medida protectora por parte de la Delegación Provincial de la Consejería
competente en materia de protección del menor, o en su caso, la derivación a los servicios
sociales correspondientes para un tratamiento especializado en el medio.
PROTOCOLO
Paso 1. Identificación y comunicación de la situación.
De acuerdo con la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los derechos y la atención al menor,
y sin perjuicio del deber general de denuncia previsto en la normativa estatal de aplicación,
cualquier persona o entidad y, en especial la que por razón de su profesión o finalidad tenga
noticia de la existencia de una situación de maltrato, deberá ponerlo en conocimiento de
cualquier autoridad, que inmediatamente lo comunicará a la Administración competente,
Autoridad Judicial o Ministerio Fiscal.
Por tanto, cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o
sospechas de una situación de maltrato infantil tiene la obligación de ponerlo en
conocimiento del equipo directivo a través de las vías ordinarias que el centro tenga
establecidas para la participación de sus miembros.
Paso 2. Actuaciones inmediatas.
Tras esta comunicación, se reunirá el equipo directivo con el tutor o tutora del alumno
o alumna afectado para recopilar información, analizarla y valorar la intervención que
proceda.
La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la
información recogida y las actuaciones acordadas.
En todos los casos en que se estime que pueda existir una situación de maltrato
infantil, se informará del inicio del protocolo de actuación al Servicio Provincial de
Inspección de Educación.
Paso 3. Servicios médicos.
Cuando se sospeche de la existencia de lesiones, algún miembro del equipo directivo
acompañará al menor o la menor a un centro sanitario para su valoración clínica, informando
posteriormente a la familia de la actuación realizada. En cualquier caso, se solicitará un
informe o parte de lesiones, que se adjuntará al informe realizado.
Paso 4. Evaluación inicial.
La dirección del centro solicitará , en su caso, al departamento de orientación o equipo
de orientación educativa que corresponda la evaluación inicial del caso, en la que colaborará
el tutor o tutora o el equipo docente, con la información que haya obtenido del menor o la
menor, y de su familia.
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Esta información se recabará, según el caso:
Observando al menor o la menor.
Contrastando opiniones con otros compañeros y compañeras.
Hablando con el menor o la menor.
Entrevistando a la familia.
Si se estima conveniente, se contactará asimismo con los servicios sociales y con
cualquier otra fuente que pueda aportar alguna información.
En este proceso se deben considerar los siguientes aspectos:
Garantizar la protección del menor o la menor.
Preservar su intimidad y la de su familia.
Actuar de manera inmediata.
Generar un clima de confianza básica en el menor o la menor.
Recoger todo tipo de pruebas e indicadores.
No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias.
Paso 5. Hoja de detección y notificación del maltrato infantil.
A través de la información recogida, se determinará el nivel de gravedad del maltrato
caso de existir, y se cumplimentará un ejemplar de la Hoja de Detección y Notificación,
contemplada en el Sistema de Información sobre Maltrato Infantil en Andalucía, según lo
establecido en la Orden de 23 de junio de 2006, por la que se aprueban los modelos de la
Hoja de Detección y Notificación del Maltrato Infantil.
La citada Hoja de Detección y Notificación presenta dos modalidades, la versión
impresa y la informática, a la cual se puede acceder a través del Sistema de Información
Séneca, o directamente a través de la web SIMIA, a la que puede accederse desde la página
web de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, a través del siguiente
enlace:https://www.juntadeandalucia.es/igualdadybienestarsocial/simia, en el cual es posible
realizar su cumplimentación y envío automático a los Servicios de Protección de Menores de
las Delegaciones Provinciales de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, para los
casos que se consideren graves.
Esta Hoja consta de tres ejemplares, el primero de los cuales será conservado por el
centro educativo, mientras que los otros dos se remitirán de forma conjunta a los servicios
sociales correspondientes de acuerdo al nivel de gravedad del maltrato. Los tres disponen de
la misma clave para la identificación inequívoca del caso.
La Hoja de Detección y Notificación dispone de una serie de apartados a
cumplimentar por el centro educativo, referidos a los datos de identificación del menor o la
menor, la fuente de detección, la instancia a la que se comunica el caso, la tipología e
indicadores del maltrato, la valoración de su nivel de gravedad, el origen del maltrato, así
como las observaciones que se consideren pertinentes.
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Otros apartados de la Hoja de Detección y Notificación son para uso exclusivo de los
servicios sociales competentes (órgano que propone la inscripción, provincia y fecha de la
propuesta).
Una vez cumplimentada la Hoja, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 8 del
Decreto 3/2004, por el que se establece el Sistema de Información sobre Maltrato Infantil en
Andalucía, se procederá del modo siguiente:
- El centro educativo conservará para sí el primer ejemplar, correspondiente al
Servicio o Centro Notificador, y enviará los dos restantes a los servicios sociales de la
Corporación Local competente, en el caso de que el maltrato se considere leve o moderado, o
bien al Servicio de Protección de Menores de la Delegación Provincial de la Consejería para
la Igualdad y Bienestar Social, cuando se haya valorado como grave.
- Cuando se haga uso de la versión informática de la Hoja, si el maltrato es leve o
moderado, se imprimirán los tres ejemplares de la misma para su posterior envío por correo
normalizado de acuerdo a lo mencionado en el párrafo anterior.
- En los casos graves se podrá realizar, asimismo, el envío telemático a la Delegación
Provincial, y se conservará, previa impresión, el ejemplar correspondiente al profesional que
notifica.
Todo ello no es incompatible con la utilización de cualquier medio de comunicación
que se estime necesario, especialmente en los casos de urgencia donde pueda estar en peligro
la integridad del menor o la menor.
Paso 6. Derivación en función de la gravedad.
Según lo dispuesto en la Orden de 11 de febrero de 2004, por la que se acuerda la
publicación del texto íntegro del Procedimiento de Coordinación para la Atención a Menores
Víctimas de Malos Tratos en Andalucía, el centro actuará de la siguiente forma, atendiendo a
la gravedad de la situación detectada:
- Casos de maltrato leve: pueden ser resueltos a través de actuaciones planificadas por
el propio centro educativo. La dirección lo notificará a los servicios sociales de la
Corporación Local mediante el envío de la Hoja de Detección y Notificación y del informe
realizado sobre el caso, para su conocimiento, conservando en su poder su propio ejemplar.
- Casos de maltrato moderado: la dirección lo notificará a los servicios sociales de la
Corporación Local mediante el envío de la Hoja de Detección y Notificación y del informe
realizado sobre el caso, para su estudio e intervención; y al Servicio Provincial de Inspección
de Educación, conservando en su poder su propio ejemplar.
- Casos de maltrato grave: la dirección lo notificará al Servicio Provincial de
Inspección de Educación, al Servicio de Protección de Menores de la Delegación Provincial
de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, y en su caso, al Juzgado de Guardia del
partido judicial correspondiente adjuntando los informes técnicos pertinentes, conservando en
su poder su propio ejemplar.
- Casos urgentes: se efectuará una notificación inmediata a la Delegación Provincial
de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, Autoridad Judicial o Ministerio Fiscal,
además de a todas las instituciones anteriores. Asimismo se tomarán las medidas oportunas
para garantizar la atención que el menor o la menor requiera, tales como su acompañamiento
a centros sanitarios, o la petición de protección policial.
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EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO.
En todos los casos de maltrato, haya sido necesaria o no la intervención de agentes
externos al centro educativo, el equipo directivo realizará un seguimiento de la situación y de
las condiciones en que se encuentre el alumno o alumna afectado. Para ello, periódicamente
realizará un análisis de la situación basándose en los indicadores que detectaron la situación,
recabando la información que fuera necesaria. De volver a detectarse una situación de
maltrato, volvería a iniciarse el proceso, siempre en este caso notificándolo a las autoridades
competentes.
8.13. Protocolo de actuación en casos de violencia de género en el ámbito educativo.
CARACTERÍSTICAS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO.
Se entiende por violencia de género aquella que, como manifestación de la
discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las
mujeres, se ejerce sobre estas por el hecho de serlo. Esta violencia comprende cualquier acto
de violencia basada en género que tenga como consecuencia, o que tenga posibilidades de
tener como consecuencia, perjuicio o sufrimiento en la salud física, sexual o psicológica de la
mujer, incluyendo amenazas de dichos actos, coerción o privaciones arbitrarias de su libertad,
tanto si se producen en la vida pública como privada.
En relación con el ámbito escolar, el artículo 14 de la Ley 13/2007, de 26 de
noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género,
dispone que las personas que ejerzan la dirección de los centros educativos y los consejos
escolares adoptarán los protocolos de actuación y las medidas necesarias para la detección y
atención a los actos de violencia de género dentro del ámbito escolar.
TIPOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO.
- Violencia física: cualquier acto de fuerza contra el cuerpo de la mujer, con resultado
o riesgo de producir lesión física o daño, ejercida por quien sea o haya sido su cónyuge o por
quien esté o haya estado ligado a ella por análoga relación de afectividad, aun sin
convivencia. Asimismo, se consideran actos de violencia física contra la mujer los ejercidos
por hombres en su entorno familiar o en su entorno social y/o laboral.
- Violencia psicológica: toda conducta, verbal o no verbal, que produzca en la mujer
desvalorización o sufrimiento, a través de amenazas, humillaciones o vejaciones, exigencia
de obediencia o sumisión, coerción, insultos, aislamiento, culpabilización o limitaciones de
su ámbito de libertad, ejercida por quien sea o haya sido su cónyuge o por quien esté o haya
estado ligado a ella por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia. Asimismo,
tendrán la consideración de actos de violencia psicológica contra la mujer los ejercidos por
hombres en su entorno familiar o en su entorno social y/o laboral.
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- Violencia económica: la privación intencionada, y no justificada legalmente, de
recursos para el bienestar físico o psicológico de la mujer y de sus hijas e hijos o la
discriminación en la disposición de los recursos compartidos en el ámbito de la convivencia
de pareja.
- Violencia sexual y abusos sexuales: cualquier acto de naturaleza sexual forzada por
el agresor o no consentida por la mujer, abarcando la imposición, mediante la fuerza o con
intimidación, de relaciones sexuales no consentidas, y el abuso sexual, con independencia de
que el agresor guarde o no relación conyugal, de pareja, afectiva o de parentesco con la
víctima.
PROTOCOLO
Paso 1. Identificación y comunicación de la situación.
Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechas
de una situación de violencia de género ejercida sobre una alumna, tiene la obligación de
ponerlo en conocimiento del director o directora del centro, a través de las vías ordinarias que
el centro tenga establecidas para la participación de sus miembros. En cualquier caso, el
receptor o receptora de la información siempre informará al director o directora.
Paso 2. Actuaciones inmediatas.
Tras esta comunicación, se reunirá el equipo directivo con el tutor o tutora del
alumnado afectado, la persona responsable de coeducación y, en su caso, la persona o
personas responsables de la orientación en el centro, para recopilar toda la información
posible sobre el presunto acto violento, analizarla y valorar la intervención que proceda.
La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la
información recogida y las actuaciones acordadas.
En todos los casos en que se estime que pueda existir una situación de violencia de
género se informará del inicio del protocolo de actuación al Servicio Provincial de Inspección
de Educación.
Con la finalidad de asegurar la necesaria coordinación institucional y procurar una
intervención integral ante estos casos, el Servicio Provincial de Inspección de Educación
informará del inicio del protocolo de actuación a los servicios especializados en materia de
violencia de género.
Paso 3. Medidas de urgencia.
En caso de estimarse necesario, se adoptarán las medidas de urgencia que se requieran
para proteger a la alumna afectada y evitar las agresiones:
- Medidas para garantizar la inmediata seguridad de la alumna, así como medidas
específicas de apoyo y ayuda.
- Medidas cautelares con el agresor o agresores, en caso de ser alumno o alumnos del
centro, considerándose entre ellas la no asistencia al centro, si el caso lo requiere.
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Paso 4. Traslado a las familias o responsables legales del alumnado.
El tutor o tutora o, en su caso, la persona o personas responsables de la orientación en
el centro, previo conocimiento del director o directora del centro, con la debida cautela y
mediante entrevista, pondrán el caso en conocimiento de las familias o responsables legales
del alumnado implicado, aportándoles información sobre la situación y sobre las medidas
adoptadas.
Paso 5. Traslado al resto de profesionales que atienden a la alumna víctima de violencia de
género.
El director o directora, con las reservas debidas de confidencialidad, protección de la
intimidad de los menores afectados y de la de sus familias o responsables legales, podrá
informar de la situación al equipo docente del alumnado implicado. Si lo estima oportuno
informará también a otro personal del centro y a otras instancias externas (sociales, sanitarias
o judiciales, en función de la valoración inicial).
Paso 6. Recogida de información de distintas fuentes.
Una vez adoptadas las oportunas medidas de urgencia, el director o directora del
centro recabará la información necesaria relativa al hecho de las diversas fuentes que se
relacionan a continuación:
- Recopilación de la documentación existente sobre el alumnado afectado.
- Observación sistemática de los indicadores señalados: en espacios comunes del
centro, en clase, o en actividades complementarias y extraescolares.
- Asimismo, la dirección del centro solicitará, en su caso, al departamento de
orientación o equipo de orientación educativa que, con la colaboración del tutor o tutora,
complete la información. Esto se hará, según el caso, observando al alumnado afectado,
contrastando opiniones con otros compañeros y compañeras, hablando con el alumnado
afectado o entrevistando a las familias o responsables legales del alumnado. Si se estima
conveniente, se completará la información con otras fuentes complementarias, tales como el
personal de administración y servicios, o personal de los Servicios Sociales correspondientes.
- Una vez recogida toda la información, el director o directora del centro realizará un
informe con los datos obtenidos, para lo que contrastará la información aportada por las
diferentes fuentes.
En este proceso se deben considerar los siguientes aspectos:
Garantizar la protección de los menores o las menores.
Preservar su intimidad y la de sus familias o responsables legales.
Actuar de manera inmediata.
Generar un clima de confianza básica en los menores o las menores.
Recoger todo tipo de pruebas e indicadores.
No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias.
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Paso 7. Aplicación de correcciones y medidas disciplinarias.
En caso de que la persona o personas agresoras sean alumnos del centro, una vez
recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del Director o Directora a
la adopción de correcciones a las conductas contrarias a la convivencia o de medidas
disciplinarias al alumnado agresor implicado, en función de lo establecido en el plan de
convivencia de la Residencia y, en cualquier caso, de acuerdo con lo establecido en el
Capítulo III del Decreto 54/2012, de 6 de marzo.
Paso 8. Comunicación a la comisión de convivencia.
Sin perjuicio del principio de confidencialidad y de la obligada protección de la
intimidad de los menores y las menores, y la de sus familias, el director o directora del centro
trasladará el informe realizado tras la recogida de información así como, en su caso, las
medidas disciplinarias aplicadas, a la comisión de convivencia de la Residencia.
Paso 9. Comunicación a la inspección educativa.
El Director o Directora del centro remitirá asimismo el informe al Servicio Provincial
de Inspección de Educación, sin perjuicio de la comunicación inmediata del caso, tal como se
establece en el Paso 2 de este protocolo.
Paso 10. Medidas y actuaciones a definir.
El equipo directivo, con el asesoramiento de la persona responsable de coeducación,
y, en su caso, la persona o personas responsables de la orientación educativa en el centro,
definirá un conjunto de medidas y actuaciones para cada caso concreto de violencia de
género en el ámbito educativo. Asimismo, si se considera necesario, podrá contar con el
asesoramiento del Gabinete Provincial de Asesoramiento sobre la Convivencia Escolar y de
la inspección educativa. Igualmente, para cualquiera de las medidas y actuaciones definidas,
se podrá solicitar asesoramiento específico y apoyo profesional del centro municipal de la
mujer, o del centro provincial del Instituto Andaluz de la Mujer.
Estas medidas y actuaciones se referirán a las intervenciones a realizar mediante un
tratamiento individualizado, con la alumna víctima y con el alumno o alumnos agresores.
Asimismo, si el caso lo requiere, se incluirán actuaciones con los compañeros y
compañeras de este alumnado, y con las familias o responsables legales. De manera
complementaria, se contemplarán actuaciones específicas de sensibilización para el resto del
alumnado del centro. Todo ello, sin perjuicio de que se apliquen al alumnado agresor las
medidas correctivas recogidas en el plan de convivencia.
Medidas y actuaciones para cada caso de violencia de género en el ámbito educativo:
- Actuaciones con la alumna víctima de violencia de género: actuaciones de apoyo y
protección expresa e indirecta, actividades de educación emocional y estrategias de
atención y apoyo social, intervención individualizada por la persona orientadora para el
aprendizaje y desarrollo de habilidades sociales, de comunicación, autoestima y
asertividad y derivación, si procede, a servicios de la Consejería competente en materia
de protección de menores.
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- Actuaciones con el alumno o alumnos agresores: aplicación de las correcciones y
medidas disciplinarias correspondientes estipuladas en el plan de convivencia,
actuaciones educativas en el aula de convivencia del centro, en su caso, o programas y
estrategias específicos de modificación de conducta y ayuda personal, y derivación, si
procede, a servicios de la Consejería competente en materia de protección de menores.
- Actuaciones con los compañeros y compañeras del alumnado implicado: actuaciones de
desarrollo de habilidades sociales, de comunicación, emocionales y de empatía,
campañas de sensibilización para la igualdad de género y de prevención y rechazo de la
violencia, así como programas de mediación y de ayuda entre iguales.
- Actuaciones con las familias: orientaciones sobre cómo ayudar a sus hijos o hijas. En el
caso de la víctima, orientaciones sobre cómo abordar el hecho en el ámbito familiar e
información sobre posibles apoyos externos y recursos institucionales disponibles para
recibir ayuda psicológica y asesoramiento jurídico. En el caso del alumnado agresor,
orientaciones sobre cómo educar para prevenir, evitar y rechazar todo tipo de violencia
y, en especial, la violencia de género, e información sobre programas y actuaciones para
la modificación de conductas y actitudes relacionadas con la violencia de género.
- Actuaciones con el profesorado y el personal de administración y servicios: orientaciones
sobre cómo intervenir ante una situación de violencia de género y cómo desarrollar
acciones de sensibilización, prevención y rechazo de la violencia, así como actividades
de formación específica. La dirección del centro se responsabilizará de que se lleven a
cabo las actuaciones y las medidas previstas, informando periódicamente a la comisión
de convivencia, a las familias o responsables legales del alumnado, y al inspector o
inspectora de referencia, del grado del cumplimiento de las mismas y de la situación
escolar del alumnado implicado.
Paso 11. Comunicación a las familias o responsables legales del alumnado.
Se informará a las familias del alumnado implicado de las medidas y actuaciones de
carácter individual, así como las medidas de carácter organizativo y preventivo propuestas
para el grupo, nivel y centro educativo, observando en todo momento confidencialidad
absoluta en el tratamiento del caso.
Paso 12. Seguimiento del caso por parte de la inspección educativa.
El inspector o inspectora de referencia realizará un seguimiento de las medidas y
actuaciones definidas y aplicadas, así como de la situación escolar del alumnado implicado.
8.14. Protocolo de actuación en caso de agresión hacia el profesorado o el personal no
docente.
CARACTERIZACIÓN.
Este protocolo pretende articular los mecanismos de protección, asistencia y apoyo al
profesorado o al personal que ejerce sus funciones en el ámbito de la enseñanza.
En Andalucía, con fecha 3 de septiembre de 2010, se formalizó un protocolo marco de
colaboración entre la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía y el Ministerio Fiscal
en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la coordinación de actuaciones ante
determinados supuestos en el ámbito escolar, donde se incluía las agresiones al profesorado.
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Para la aplicación y desarrollo de lo establecido en el mencionado protocolo marco de
colaboración se tendrá en cuenta lo que sigue:
a) Conductas protegidas:
Agresiones
Intimidaciones graves
Resistencia activa grave
Cualquier otra conducta que tuviera la consideración de delito o falta en el Código
Penal.
Las conductas descritas pueden ser cometidas por el alumnado o por cualquier persona que
tenga relación con el mismo.
b) Sujetos protegidos:
La protección jurídica irá dirigida al profesorado y al personal de administración y
servicios y de atención educativa complementaria de los centros públicos, en el ejercicio de
sus funciones. También irá dirigida al profesorado de los centros docentes privados
concertados.
Este protocolo se aplicará al profesorado y personal descrito, en el ejercicio de sus
funciones, independientemente de que el hecho se produzca en el interior del centro docente
o fuera del mismo.
PROTOCOLO
Paso 1. Primera actuación ante una situación de agresión.
Ante cualquier posible agresión al personal del centro procede mantener la calma,
tratar de contener la situación y, en último extremo, responder exclusivamente mediante el
empleo de medios de legítima defensa y solicitar ayuda. El auxilio y presencia de los
compañeros o compañeras u otras personas cercanas servirá en un primer momento para
contener y/o acabar con la situación de violencia, además de que puedan actuar como testigos
de los hechos si ello fuera preciso.
Paso 2. Solicitud de ayuda externa.
En el caso de que, a pesar de los intentos de disuadir al agresor o agresores, la
situación de violencia persista, se pasará a reclamar ayuda inmediata a los Cuerpos y Fuerzas
de Seguridad, bien sea a la Policía Local, Policía Nacional o Guardia Civil para que se
personen en el centro o lugar donde se desarrollen los hechos que motivaron la actuación.
Paso 3. Comunicación al equipo directivo y a la inspección educativa.
Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una
situación de agresión tiene la obligación de ponerlo en conocimiento del director o directora
del centro o, en caso de ausencia, de otro miembro del equipo directivo. El director o
directora, o el equipo directivo notificará inmediatamente el hecho al inspector o inspectora
de referencia del centro quien, en función de la gravedad de los hechos, se personará en el
centro o, al menos, atenderá al profesional agredido vía telefónica.
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Paso 4. Servicios médicos.
En caso de agresión a un profesional, si fuera necesario, éste se dirigirá, acompañado
de algún miembro del equipo directivo del centro, al correspondiente Servicio de Medicina
Preventiva o al Servicio de Urgencias, donde se procederá al reconocimiento y a las
actuaciones pertinentes, por parte de los facultativos de los servicios médicos. En cualquier
caso, se solicitará un informe o parte de lesiones.
ACTUACIONES DE LA INSPECCIÓN EDUCATIVA
1. Contacto con el profesional agredido.
El inspector o inspectora de referencia del centro, cuando tenga conocimiento de que
se ha producido una situación de agresión hacia un profesional, en función de la gravedad de
los hechos se personará en el centro o atenderá al profesional agredido vía telefónica.
2. Ofrecimiento de asistencia jurídica.
En el caso del personal de centros públicos, el inspector o inspectora de referencia del
centro le ofrecerá asistencia jurídica, según lo establecido en el Decreto 54/2012, de 6 de
marzo, y en la Orden de 27 de febrero de 2007, por la que se regula la asistencia jurídica al
personal docente de todos los niveles educativos, a excepción del universitario, dependiente
de la Consejería de Educación, y se establece el procedimiento para el acceso a la misma.
Esta asistencia jurídica se proporcionará tanto en los procedimientos judiciales iniciados
frente al personal docente, como en aquellos otros que éste inicie en defensa de sus derechos
frente a actos que atenten contra su integridad física o provoquen daños en sus bienes.
La inspección educativa informará sobre la asistencia jurídica que podrá articularse,
en función de la opción de quienes resulten interesados, por las siguientes fórmulas:
a) A través de Letrados adscritos al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, de
conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda del Decreto
450/2000, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía y del Cuerpo de Letrados de
la Junta de Andalucía. Quienes resulten interesados en el uso de esta fórmula deben
conocer que la asistencia jurídica por parte de los Letrados adscritos al Gabinete
Jurídico de la Junta de Andalucía se proporcionará exclusivamente para aquellos
procedimientos judiciales que se diriman contra ellos y conforme a las previsiones de
la antedicha Disposición Adicional Segunda.
b) A través de profesionales que facilite la Consejería de Educación.
c) A través de profesionales elegidos por la persona interesada, en la forma prevista en el
artículo 8 de la Orden de 27 de febrero de 2007.
Asimismo, la inspección educativa le informará sobre el procedimiento para cursar la
solicitud de asistencia jurídica que se presentará en la correspondiente Delegación Provincial
de Educación, con la siguiente documentación:
- Solicitud, según formulario previsto incluido en el apartado “Modelos” del punto
8.15 del presente Proyecto Educativo.
- Informe de la dirección del centro, incluido en el apartado “Modelos” del referido
punto 8.15.
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- En su caso, copia de la citación judicial correspondiente donde conste el tipo de
trámite procedimental para el que se requiere la presencia del profesional letrado.
- Pruebas y documentación que contribuyan al esclarecimiento de los hechos, en
particular las que acrediten que los hechos se produjeron en el desempeño de la actividad
docente o como consecuencia de ella.
Estudiada la solicitud y demás documentación aportada, la persona titular de la
correspondiente Delegación Provincial de Educación dictará Resolución, previo informe del
Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, en un plazo que permita hacer efectivo el
ejercicio del derecho cuyo reconocimiento se requiere.
3. Ofrecimiento de apoyo psicológico.
En el caso del personal de centros públicos, el inspector o inspectora de referencia del
centro orientará e informará al personal afectado y, si fuera preciso, arbitrará las medidas
necesarias, a fin de que la persona interesada reciba asistencia psicológica, que se podrá
articular mediante una de las siguientes modalidades: bien a través del área de apoyo a la
función tutorial del profesorado y de asesoramiento sobre la convivencia escolar del
correspondiente Equipo Técnico Provincial para la Orientación Educativa y Profesional, o
bien a través de la intervención de profesionales externos, en el marco de los
correspondientes acuerdos que la Consejería de Educación pueda suscribir para esta
finalidad.
Asimismo, la inspección educativa le informará sobre el procedimiento para cursar la
solicitud de asistencia psicológica, en la que se podrá hacer constar la modalidad elegida para
ello, y que se presentará en la correspondiente Delegación Provincial de Educación,
acompañada de informe de la dirección del centro, en el que se recogerá una descripción
detallada de los hechos. Junto con la solicitud podrá aportarse también cuanta documentación
acredite que los hechos se produjeron en el desempeño de la actividad docente o como
consecuencia de ella.
Estudiada la solicitud y demás documentación aportada, la persona titular de la
correspondiente Delegación Provincial de Educación dictará Resolución autorizando la
asistencia psicológica solicitada, en un plazo que permita hacer efectivo el ejercicio del
derecho cuyo reconocimiento se requiere.
4. Informe a la Delegación Provincial de Educación.
Por último, el inspector o inspectora de referencia del centro recabará la información
necesaria para su traslado a la persona titular de la Delegación Provincial de Educación. El
informe especificará, en su caso, los daños materiales producidos, incluido el posible daño
patrimonial sufrido por la Administración o su personal a consecuencia de destrozos,
sustracciones e incluso por la incapacidad laboral del profesional agredido. También se harán
las recomendaciones de índole administrativo que se pudiesen adoptar. A dicho informe se
adjuntará, en su caso, el informe o parte de lesiones de los servicios médicos para su traslado
a la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales de la Delegación Provincial de Educación.
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ACTUACIONES DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO
1. Recogida de la información.
El equipo directivo recabará la información necesaria relativa al hecho de las diversas
fuentes que se relacionan a continuación, realizando un informe con los datos obtenidos:
- Profesional agredido.
- Identificación del agresor o agresora.
- Testigos.
- Tutor o tutora, en el caso de que la agresión haya sido cometida por un alumno o alumna.
- Otros profesionales que tengan relación con la situación de agresión.
- Otro personal del centro o de la comunidad educativa que tenga contacto o relación con el
agresor o agresora.
2. Canalización de la denuncia.
A fin de agilizar su tramitación procesal, las denuncias serán canalizadas por la
dirección del centro a las secciones de menores de las correspondientes fiscalías provinciales,
mediante la cumplimentación del modelo 1, adjunto al presente protocolo, incorporando el
parte de asistencia médica si lo hubiera, en el caso del alumnado menor de edad.
En el supuesto de personas mayores de 18 años, la denuncia, que se realizará de
acuerdo con el modelo 2, se trasladará al Juzgado de Guardia o a los Cuerpos de Seguridad
del Estado.
A estos efectos, y según lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero,
reguladora de la responsabilidad penal de los menores, hay que distinguir dentro del
alumnado dos franjas de edad:
- Hasta 14 años no se les exigirá responsabilidad con arreglo a la Ley Orgánica 5/2000, de
12 de enero, sino que se les aplicará lo dispuesto en las normas sobre protección de
menores previstas en el Código Civil y demás disposiciones vigentes.
- De 14 a 18 años son responsables penalmente conforme a la Ley Orgánica 5/2000, de 12
de enero, correspondiendo la instrucción del expediente a la Fiscalía de Menores y su
enjuiciamiento al Juez de Menores.
- En el caso de personas de 18 o más años su instrucción corresponde, conforme al
artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a los Jueces de Instrucción y su
enjuiciamiento al Juzgado de lo Penal o a la Audiencia Provincial.
3. Información a las familias del alumnado implicado.
Si el agresor o agresora fuera un alumno o alumna del centro, el director o directora
del centro procederá a comunicar los hechos a sus familias.
73
4. Aplicación de medidas disciplinarias.
Si el agresor o agresora es un alumno o alumna del centro, se procederá a la adopción
de medidas disciplinarias en función de lo dispuesto en el Plan de Convivencia del centro y,
en cualquier caso, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 54/2012, de 6 de marzo.
5. Comunicación a la comisión de convivencia.
El director o directora del centro trasladará el informe realizado tras la recogida de
información así como, en su caso, las medidas disciplinarias aplicadas, a la Comisión de
Convivencia de la Residencia, para su conocimiento.
6. Comunicación a la inspección educativa y otros servicios de la Delegación Provincial.
El Director o Directora del centro remitirá asimismo el informe al Servicio Provincial
de Inspección de Educación, todo ello sin perjuicio de la comunicación inmediata del suceso.
Si existiese parte de lesiones y/o incapacidad laboral del profesional agredido, la
dirección del centro comunicará también estos hechos a la Asesoría Médica de la Delegación
Provincial de Educación.
7. Registro informático.
En caso de agresión a un profesional, los datos específicos de cada incidente se
registrarán según lo establecido en la normativa vigente.
ACTUACIÓN DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN.
La persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de Educación
comunicará al centro el rechazo de la agresión y pondrá a disposición del mismo y de sus
profesionales aquellas medidas de apoyo que se estimen convenientes. Como acción
preventiva, tras mediar una agresión y a petición del profesional, la persona titular de la
Delegación Provincial podrá determinar su adscripción temporal a otro centro de trabajo.
GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA
La finalidad principal de esta guía es la de orientar a los profesionales en las acciones
legales que puedan emprenderse en cada situación y caso.
1. Jurisdicción.
De la ejecución de las infracciones que se contemplan en este protocolo de actuación
pueden nacer dos tipos de acciones, lo que obliga a precisar ante qué jurisdicción pueden
ejercitarse las mismas:
- Acción Penal: en tanto que se encuentran tipificadas en el Código Penal, como delito
o falta para el castigo del culpable o la culpable, y únicamente puede ejercitarse ante la
jurisdicción penal.
- Acción Civil: en los supuestos en que se hayan producido daños y perjuicios, y con
el fin de conseguir la restitución de la cosa, la reparación del daño y la indemnización de
perjuicios causados por el hecho punible. La acción civil derivada de un ilícito criminal
74
puede ejercitarse conjuntamente con la penal, o bien separadamente ante la jurisdicción civil.
Por tanto, cuando un profesional sufra algún tipo de infracción penal de la que se deriven
daños y perjuicios, podrá ejercerse no sólo la acción penal para el castigo del culpable o la
culpable, sino también la acción civil para reclamar la indemnización que corresponda, bien
dentro del propio proceso penal, o bien separadamente ante la jurisdicción civil, teniendo en
cuenta en este último supuesto que si el proceso penal se encuentra ya iniciado, no se podrá
promover pleito alguno hasta que aquel no haya concluido mediante sentencia firme.
2. Inicio del procedimiento.
Puede iniciarse mediante denuncia o mediante querella:
- Denuncia: Consiste en hacer una declaración de conocimiento sin que por ello se
efectúe una calificación jurídica de los hechos, ni se pida la incoación de proceso penal, ni se
asuma la condición de parte en éste, ni se pida la práctica de diligencias. Resulta mucho más
ágil, ya que no requiere especiales requisitos formales para su admisión.
- Querella: A diferencia de la denuncia, es un acto del ejercicio de la acción penal
mediante el cual el querellante asume la cualidad de parte acusadora a lo largo del
procedimiento. Debe formularse siempre por escrito ante el órgano jurisdiccional
competente.
Además, los atestados que redacten los funcionarios de la policía, a consecuencia de
las averiguaciones que hubiesen practicado cuando son requeridos desde el propio centro
docente, tendrán la consideración de denuncia.
3. Plazo.
La responsabilidad penal se extingue por prescripción del delito o falta, por lo que la
acción penal debe promoverse con anterioridad al transcurso de los plazos de prescripción
que se establecen, fundamentalmente, en función de la duración de la pena que la ley señale
para el delito o falta cometidos. Concretamente, en el caso de las faltas, el plazo de
prescripción establecido por el Código Penal es de seis meses.
4. Pruebas.
Por último, hay que recordar que en materia penal rige el principio de presunción de
inocencia, por lo que el denunciante debe procurar acudir al juicio con pruebas suficientes
para poder enervar dicha presunción. En este sentido resulta de gran utilidad:
-La declaración de testigos.
-Los partes de asistencia sanitaria, en el caso de agresiones físicas. Es recomendable
que en todos los supuestos en que se produzcan agresiones físicas, el profesional sea asistido,
de forma inmediata, por un facultativo.
75
8.15. Protocolo de actuación sobre identidad de género en el sistema educativo andaluz
La Orden de 28 de abril de 2015 (BOJA núm. 96, de 21 de mayo de 2015), por la que
se modifica la Orden de 20 de junio de 2011, recoge como Anexo VIII el “Protocolo de
actuación sobre identidad de género en el sistema educativo andaluz”.
La Ley 2/2014, de 8 de julio, establece en el artículo 15.2 que: Los estudiantes, el personal y
los docentes que acudan a los centros educativos de Andalucía tienen derecho a:
a) Mostrar los rasgos distintivos de la personalidad que suponga el cambio y la evolución de
su proceso de identidad de género, debiéndose respetar su imagen física, la elección de su
indumentaria y el acceso y uso de las instalaciones del centro conforme a su género elegido.
b) Utilizar libremente el nombre que hayan elegido, conforme a lo establecido en el artículo 9
de la presente Ley, que será reflejado en la documentación administrativa del centro, en especial en
aquella de exposición pública, como listados de alumnado, calificaciones académicas o censos
electorales para elecciones sindicales o administrativas.»
El artículo 14, establece la actuación e intervención ante conductas de acoso escolar, maltrato
infantil, violencia de género en el ámbito educativo, agresión, o actuación sobre identidad de género
en el sistema educativo andaluz.
PRINCIPIOS GENERALES DE ACTUACIÓN.
Con el fin de proteger el ejercicio de los derechos de identidad de género del alumnado en el
ámbito del sistema educativo andaluz, y de acuerdo con la Ley 2/2014, de 8 de julio, integral para la
no discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las
personas transexuales de Andalucía, los centros docentes tendrán en cuenta los siguientes principios
generales de actuación; En nuestro caso la Residencia Escolar:
a) Desarrollará el proyecto educativo y el reglamento de organización y funcionamiento desde
el principio general de respeto a la libertad y a los derechos de identidad de género del alumnado.
b) El desarrollo de la vida y las actividades, en general, se orientarán a considerar dicho
centro como espacios libres de acoso, agresión o discriminación por motivos de identidad de género o
de orientación sexual.
c) Adoptarán cuantas medidas sean necesarias para la prevención, detección y erradicación de
actitudes y prácticas que, de conformidad con la normativa vigente, manifiesten prejuicios sexistas,
supongan discriminación, o estén basadas en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquier
orientación sexual o identidad de género.
d) Realizarán actuaciones para favorecer la plena integración del alumnado menor de edad no
conforme con su identidad de género, y para evitar cualquier forma de exclusión social o
manifestación de violencia, acoso u hostigamiento hacia dicho alumnado o sus familias, asegurando,
en su ámbito, la protección y el respeto debido a su identidad de género.
OBJETO.
El presente protocolo de actuación tiene como objeto establecer orientaciones y pautas
de intervención para la adecuada atención educativa del alumnado menor de edad no
conforme con su identidad de género, garantizando el libre desarrollo de su personalidad y la
76
no discriminación por motivos de identidad de género, asícomo facilitar procesos de
inclusión, protección, sensibilización, acompañamiento y asesoramiento al alumnado, a sus
familias y al profesorado.
Asimismo, el presente protocolo tiene como objeto establecer actuaciones para
prevenir, detectar y evitar situaciones de transfobia, exclusión, acoso escolar o violencia de
género, ejercidas sobre el alumnado no conforme con su identidad de género, incluyendo la
coordinación institucional, que permitan identificar sus necesidades y adoptar, en su caso, las
medidas educativas adecuadas.
COMUNICACIÓN E IDENTIFICACIÓN.
1. Cuando el padre, la madre o las personas representantes legales del alumno o la
alumna, o el alumnado mayor de edad, comunique al centro una identidad de género que no
coincida con el sexo asignado al nacer, la dirección del centro docente trasladará esta
información al equipo docente y al equipo de Orientación educativa o al departamento de
Orientación, según proceda, con el objeto de poder identificar sus necesidades educativas y
adoptar las medidas de sensibilización e información necesarias para asegurar el respeto a su
identidad de género y su plena integración en el centro docente, contando con el
consentimiento expreso del padre, madre o sus representantes legales en el caso del alumnado
menor de edad.
En este proceso se podrá aportar al centro los informes oportunos a fin de apoyar la
petición de adopción de medidas educativas específicas en relación con la identidad de
género del alumno o la alumna.
2. Cuando el tutor o tutora de un grupo, o cualquier miembro del equipo docente del
centro, observe que un alumno o una alumna menor de edad manifieste, de manera reiterada,
actitudes de una identidad de género no coincidente con el sexo asignado al nacer, lo
comunicará al equipo directivo del centro, el cual propondrá a la familia o representantes
legales una entrevista con el profesorado que ejerce la tutoría, a la que podrá asistir quien
ejerce la orientación educativa en el centro, en la que se informará de los hechos observados,
los recursos existentes en el ámbito educativo y externos al mismo, y la posibilidad de iniciar
un proceso para identificar las necesidades educativas y determinar las posibles actuaciones a
desarrollar en el centro para facilitar el libre desarrollo de su personalidad, con el
consentimiento expreso de su familia o representantes legales.
3. Realizada la identificación de las necesidades educativas de este alumnado, el tutor
o la tutora, junto con el equipo de Orientación educativa o departamento de Orientación, la
trasladará a la dirección del centro e informará a la familia o representantes legales, de los
resultados de la misma.
4. Si en la identificación de las necesidades educativas del alumnado se detectase
algún problema o dificultad en su desarrollo personal y social, relacionado con su identidad
de género, que precise de la intervención de otros recursos especializados externos al sistema
educativo, se asesorará a la familia o representantes legales sobre dichos recursos,
especialmente los propios del sistema de salud correspondiente. En el caso de que la familia o
representantes legales decidieran hacer uso de estos recursos, se acompañará del informe
correspondiente elaborado por el equipo de Orientación educativa o departamento de
Orientación.
5. En los procesos de identificación y comunicación de la situación del alumno o la
alumna transexual se observará en todo momento el máximo respeto a su derecho a
77
desarrollar libremente su personalidad durante su infancia y adolescencia conforme a su
identidad de género y absoluta confidencialidad en relación con el contenido de las
entrevistas e informaciones aportadas
MEDIDAS ORGANIZATIVAS Y EDUCATIVAS A ADOPTAR EN EL CENTRO.
Teniendo siempre presente el interés del alumno o la alumna, escuchados los y las
profesionales que se precisen para garantizarlo, y de acuerdo con el padre, la madre o
representantes legales, en caso de tratarse de menores de edad, la dirección del centro
procederá a establecer las siguientes medidas, que se contemplarán en todo caso en el plan de
igualdad del centro:
1. Indicar a la comunidad educativa del centro que se dirija al alumno o alumna por el
nombre elegido.
2. Adecuar la documentación administrativa del centro docente (listas de clase, boletín
informativo de calificaciones, carnet de estudiante, etc.), a fin de tener en consideración el
nombre y el género con el que se siente identificado el alumno o la alumna, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 9 y el artículo 15.2.b) de la Ley 2/2014, de 8 de julio. Todo ello sin
perjuicio de que en el expediente oficial del alumno o la alumna, y hasta que legalmente
proceda, se mantengan los datos de identidad registrales a efectos oficiales.
3. Garantizar, en todo caso, la libertad en el uso de la vestimenta con la que el alumno
o la alumna se sientan identificados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15.2.a) de la
Ley 2/2014, de 8 de julio. Si en el centro existe la obligatoriedad de vestir un uniforme
diferenciado por sexos, se reconocerá el derecho del alumno o la alumna a vestir con ropas o
uniforme acordes a la identidad de género manifestada.
4. de acuerdo con el Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en educación, se
evitará realizar en el centro actividades diferenciadas por sexo. Si en alguna ocasión estuviese
justificada esta diferenciación, el profesorado tendrá en consideración el género con el que la
alumna o el alumno se siente identificado.
5. Se garantizará que el alumnado transexual tenga acceso a los aseos y vestuarios que
le corresponda de acuerdo con su identidad de género.
ACTUACIONES DE SENSIBILIZACIÓN, ASESORAMIENTO Y FORMACIÓN
DIRIGIDAS A LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
Con carácter orientativo y en función de las necesidades detectadas, se proponen las
siguientes actuaciones dirigidas a la comunidad educativa:
1. Actuaciones de información y sensibilización sobre diversidad sexual y de género
dirigidas al alumnado, con especial atención al reconocimiento y normalización de la realidad
transexual, incluyendo actividades de autoconocimiento, conocimiento mutuo, empatía,
aprecio y comunicación para favorecer la cohesión del grupo.
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2. Actuaciones formativas dirigidas a los equipos directivos, orientadores y
orientadoras, y equipos docentes, persona coordinadora de las medidas de promoción de la
igualdad y la coeducación, a través de los Centros del Profesorado, relacionadas con la
diversidad sexual, haciendo especial hincapié en el conocimiento de la realidad transexual.
3. Actuaciones de sensibilización, información y asesoramiento dirigidas a las
familias y las asociaciones de madres y padres de los centros, relacionadas con la diversidad
de género y sexual, el desarrollo evolutivo en la infancia y la adolescencia, estilos educativos,
etc.
Para el desarrollo de estas actuaciones el centro docente podrá contar con las asesorías
de los Centros del Profesorado, Gabinetes Provinciales de Asesoramiento sobre la
Convivencia escolar, con las personas responsables de la orientación en los centros docentes,
las personas que coordinan los planes de convivencia y las personas coordinadoras de
coeducación en los centros, Inspección educativa y otras instituciones, asociaciones y
entidades colaboradoras.
MEDIDAS DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN E INTERVENCIÓN ANTE POSIBLES
CASOS DE DISCRIMINACIÓN, ACOSO ESCOLAR, VIOLENCIA DE GÉNERO O
MALTRATO INFANTIL POR IDENTIDAD DE GÉNERO.
1. Establecer las medidas necesarias, recogidas en el plan de convivencia del centro,
para prevenir e intervenir ante las conductas de discriminación, exclusión, agresión,
hostigamiento o de posible acoso escolar, violencia de género o maltrato infantil que
pudieran producirse, activando en su caso los protocolos contemplados en la orden de 20 de
junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los
centros docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho de las familias a
participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, todo ello sin perjuicio de las medidas
correctoras que procedan ante conductas que atenten contra la dignidad personal de otros
miembros de la comunidad educativa, especialmente cuando esté presente un componente
sexual, homófobo o de identidad de género.
2. Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechas
de una situación de acoso escolar, violencia de género o maltrato infantil sobre algún alumno
o alumna, por identidad de género, conforme a lo establecido en los protocolos antes citados,
tiene la obligación de comunicarlo a un profesor o profesora, al tutor o tutora, a la persona
responsable de la orientación en el centro o al equipo directivo, según el caso y miembro de
la comunidad educativa que tenga conocimiento de la situación. en cualquier caso, el receptor
o receptora de la información siempre informará al director o directora o, en su ausencia, a un
miembro del equipo directivo.
3. En aquellos casos en los que, a causa de la actitud del padre, la madre o el entorno
familiar hacia la identidad de género del alumno o alumna, se detecte alguno de los
indicadores de maltrato recogidos en la hoja de detección y notificación del Sistema de
Información sobre el Maltrato Infantil de Andalucía (SIMIA), se procederá a su
cumplimentación y tramitación de acuerdo a lo establecido en el decreto 3/2004, de 7 de
enero, por el que se establece el sistema de información sobre maltrato infantil de Andalucía.
4. En todos los casos en que se estime que pueda existir una situación de acoso
escolar, violencia de género o maltrato infantil por identidad de género, la dirección del
centro docente remitirá el informe correspondiente al Servicio Provincial de Inspección de
educación, sin perjuicio de la comunicación inmediata del caso que proceda, tal como se
79
establece en los protocolos correspondientes contemplados en la Orden de 20 de junio de
2011.
COORDINACIÓN ENTRE ADMINISTRACIONES E INSTITUCIONES.
La Consejería competente en materia de educación promoverá y establecerá
procedimientos de coordinación de actuaciones y recursos con otras Administraciones y,
específicamente, con la Consejería competente en materia de igualdad, salud y políticas
sociales orientados a la prevención, detección e intervención ante situaciones de
vulnerabilidad que supongan riesgo o amenaza para el desarrollo integral del alumnado
transexual.
Asimismo, la Consejería competente en materia de educación podrá promover y
establecer colaboraciones con otras entidades públicas o privadas relacionadas con la
protección de los derechos de identidad de género, así como con asociaciones, federaciones y
confederaciones de lesbianas, gays, transexuales y bisexuales, en materia de asesoramiento y
apoyo al alumnado transexual, a sus familias o representantes legales y a la comunidad
educativa.
8.16. Protocolo de actuación en supuestos de acoso escolar ante situaciones de
ciberacoso.
El Decreto 25/2007, de 6 de febrero, de la Consejería de Innovación, Ciencia y
Empresa, por el que se establecen diversas medidas para el fomento, la prevención de riesgos
y la seguridad en el uso de Internet y las tecnologías de la información y la comunicación por
parte de las personas menores de edad, incluye medidas concretas a desarrollar en los centros
educativos.
De acuerdo con estas disposiciones los centros educativos deben propiciar e incentivar
el uso seguro y responsable de Internet y las TIC, proporcionando al alumnado recursos y
herramientas que les permitan prevenir situaciones de riesgo, incluyendo la sensibilización y
protección frente a los abusos y la violencia de todo tipo que se produzcan a través de
Internet y las TIC.
Además de las estrategias generales de prevención previstas en los planes de
convivencia, en los centros en los que no se hayan identificado casos de acoso o ciberacoso,
pero sí se detecten conductas o situaciones de riesgo de aparición del mismo, es aconsejable
actuar de forma preventiva y proactiva, intensificando actuaciones, tanto a nivel de aula,
realizando actividades que aborden y eduquen sobre la temática, como desde la acción
tutorial, mediante el seguimiento individualizado del alumnado de riesgo y sus familias,
realizando entrevistas, informando sobre las conductas de riesgo detectadas, dando
orientaciones educativas y estableciendo compromisos de convivencia.
La Orden de 20 de junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de
la convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho
de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, incluye como Anexo I
el protocolo de actuación en supuestos de acoso escolar. Este protocolo contempla, entre
otras, las situaciones de acoso a través de medios tecnológicos o ciberacoso, siendo de
aplicación en los casos de intimidación, difusión de insultos, amenazas o publicación de
imágenes no deseadas a través de las nuevas tecnologías de la información y la
comunicación.
80
Las presentes instrucciones tienen por objeto concretar las actuaciones que deben
realizar los centros educativos, tanto ante situaciones de ciberacoso por parte de una persona
adulta hacia alumnado del centro, como ante situaciones de ciberacoso entre iguales,
complementando lo establecido en el protocolo de actuación en supuestos de acoso escolar
incluido como Anexo I en la Orden de 20 de junio de 2011, por la que se adoptan medidas
para la promoción de la convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos y
se regula el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas,
dadas las características y peculiaridades propias del ciberacoso o acoso escolar a través de
medios tecnológicos, teniendo en cuenta que los pasos contemplados en el protocolo y en
estas instrucciones no son necesariamente pasos sucesivos, sino actuaciones, concreciones y
orientaciones a aplicar ante posibles casos de acoso y ciberacoso.
Actuación ante agresiones o situaciones de ciberacoso o abuso por medios tecnológicos
por parte de una persona adulta.
La actuación ante posibles agresiones o situaciones de ciberacoso o abuso por medios
tecnológicos a un alumno o una alumna por parte de una persona adulta a través de diversas
figuras delictivas como la suplantación de identidad, la petición de amistad bajo identidades
falsas, el envío de imágenes o contenidos inapropiados, la solicitud de imágenes de contenido
sexual, el secuestro del ordenador y apropiación de contenido sensible, diversas formas de
extorsión, etc., excede el ámbito de aplicación del protocolo de actuación en supuestos de
acoso escolar.
Ante la posibilidad de que una alumna o un alumno pueda sufrir una situación de
ciberacoso o abuso por medios tecnológicos por parte de una persona adulta, la actuación del
centro debe centrarse en la prevención y, en su caso, en la detección temprana y el
asesoramiento a las familias o tutores legales sobre las medidas a adoptar y el procedimiento
a seguir para la denuncia de los hechos, contemplando, cuando así se precise, la intervención
educativa del centro en la atención al menor que ha sufrido el acoso.
Ante la sospecha o evidencia de que un alumno o una alumna pueda estar siendo
víctima de una situación de acoso o abuso a través de medios tecnológicos por parte de un
adulto, la dirección del centro debe poner el caso en conocimiento de la inspección educativa,
que deberá asesorar sobre los pasos a seguir, y trasladará la información disponible al padre,
la madre o representantes legales del menor o la menor, recordando la obligación de
denunciar el caso ante la Fiscalía o las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Sin
perjuicio del deber legal de poner en conocimiento de la autoridad judicial un delito público,
que tiene cualquier ciudadano o administración, máxime cuando se trata de menores de edad.
En estos casos es importante insistir en la necesidad de conservar las posibles pruebas,
ya que es habitual por parte de la víctima, y por quienes protagonizan el ciberacoso, el
borrado de los mensajes y la anulación de las redes sociales a través de las que se ha
producido el acoso, con la consiguiente pérdida de la información que pudiera aportarse en el
procedimiento penal.
La complejidad de este tipo de situaciones hace aconsejable solicitar asesoramiento a
servicios externos como la Fiscalía de Menores, Agencia Española de Protección de Datos,
Agentes Tutores de Policía Local, Servicios Sociales, Servicio de Asistencia a Víctimas en
Andalucía o Unidades de Investigación Tecnológica o Delitos Telemáticos de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado: Policía Nacional y Guardia Civil.
81
Situaciones de ciberacoso entre iguales en el ámbito escolar.
El ciberacoso en el ámbito escolar es un tipo de acoso entre iguales que se da a través
de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). Se puede definir como una
agresión intencional, que puede ser puntual o repetida, por parte de un individuo o un grupo,
a través de medios tecnológicos como el correo electrónico, páginas web, redes sociales,
juegos online o mensajes en teléfonos móviles, que pueden tener una alta difusión y mantener
su impacto en el tiempo sin que la víctima pueda defenderse por sí misma, dañando su
imagen social y su autoestima, hasta el punto de llegar a provocar grave daño o perjuicio en
su desarrollo psicosocial.
La forma de contacto entre víctimas y agresores en el caso del ciberacoso introduce
elementos y factores de riesgo específicos, como el posible anonimato del agresor o la
agresora, aunque los datos revelan que es más frecuente que la víctima conozca a su acosador
o acosadora, la gran difusión social que puede llegar a tener la agresión o las dificultades
prácticas para detener la agresión y terminar con el sufrimiento de la víctima. Por otra parte,
el uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación ofrece a las víctimas
oportunidades para responder o intentar defenderse a través de una respuesta que
probablemente no sería la misma cara a cara y que, en ocasiones, puede complicar y agravar
la situación.
El ciberacoso en el ámbito escolar con frecuencia forma parte o tiene su origen en una
situación previa de acoso escolar, que puede incluir agresiones físicas o verbales, difusión de
rumores, coacciones, humillaciones, etc.
A la hora de identificar una situación de ciberacoso en el entorno escolar deben
tenerse en cuenta las siguientes características:
Intencionalidad por parte del agresor o agresora. No se trata de un descuido o acto
fortuito. Si bien, en determinados casos, el daño causado no se corresponde con la
intencionalidad de la persona agresora.
Repetición en el tiempo. En el caso del ciberacoso un solo mensaje o imagen
difundida a través de redes sociales puede tener un efecto multiplicador que convierte
una única intervención en una agresión repetida en el tiempo. Basta con subir una sola
vez una imagen indeseada a una red social para que tengan acceso a ella, la compartan
y añadan comentarios indeseados un gran número de personas.
Desequilibrio de poder. En el caso del ciberacoso esta desigualdad suele ser
psicológica, social, o basada en una mayor competencia digital, que provoca que la
víctima no pueda defenderse fácilmente por sí misma.
Daño y victimización: la víctima sufre un deterioro de su autoestima y dignidad
personal, dañando su estatus social, provocándole victimización psicológica, estrés
emocional y rechazo social.
Junto a estas características es importante tener en cuenta la presencia de la ley del
silencio, el alumno o la alumna que sufre una situación de acoso no suele informar de lo que
le está sucediendo ni al profesorado ni a su familia, ya sea por temor a posibles represalias o
por vergüenza, llegando a asumirlo como inevitable o a negar la situación de acoso. En el
caso del ciberacoso, a la reticencia normal para reconocer el acoso se une el temor a la
retirada o la limitación en el uso del teléfono móvil, el acceso a Internet o la participación en
plataformas de juegos online.
82
En muchos casos, el ciberacoso tiene un carácter grupal o colectivo, ya que supone la
implicación o participación de diversas personas que reenvían un contenido o añaden
comentarios al mismo. Se debate si la persona que reenvía un contenido inadecuado, o añade
un comentario vejatorio o insultante, debe considerarse como agresora o solo como
colaboradora. En cualquier caso, ayudar a que una agresión se propague por la red implica,
en principio, colaborar en su difusión con la conciencia o la intención de causar daño, por lo
que existe una participación activa en el acoso.
Conductas de ciberacoso más habituales en el entorno educativo:
a) Publicar o remitir mensajes desagradables o amenazantes a través de redes sociales.
b) Difundir rumores, información comprometida o exponer la intimidad de una persona a fin
de desprestigiarla.
c) Etiquetar, asociar comentarios indeseables o modificar fotos, exponiendo a la persona
implicada a una posible escalada de observaciones y comentarios de terceros.
d) Publicar postings, fotos o vídeos desagradables sobre la víctima en una página web, una
red social, un chat o a través del teléfono móvil
e) Grabar y difundir agresiones, insultos o actuaciones degradantes hacia la víctima a través
de la web, teléfonos móviles, etc.
f) Suplantar la identidad de la víctima e incluir contenidos desagradables o insultantes en un
perfil, una red social, un foro de mensajes, un chat, etc.
g) Incomodar a la persona con contenidos, mensajes o comentarios de contenido sexual.
h) Difundir imágenes o datos comprometidos de contenido sexual a través de redes sociales
o páginas de difusión masiva sin el consentimiento de la víctima.
Consecuencias del acoso y ciberacoso:
Para la víctima: puede traducirse en fracaso escolar, trauma psicológico, fobias,
somatizaciones, riesgo físico, insatisfacción, ansiedad, infelicidad, problemas de
personalidad y riesgo para su desarrollo equilibrado.
Para el agresor o agresora: puede ser la antesala de una futura conducta antisocial, una
práctica de obtención de poder basada en la agresión o control a través de medios
tecnológicos, que puede perpetuarse en la vida adulta e, incluso, una sobrevaloración
del hecho violento o el abuso como socialmente aceptable y recompensado.
Para los compañeros y compañeras observadores: puede conducir a la
desensibilización o adopción de una actitud pasiva y complaciente o tolerante ante la
injusticia, al riesgo de aprendizaje por observación de estas conductas o a una
percepción equivocada de la valía personal.
En las primeras fases de la aplicación del protocolo debe actuarse con agilidad y
eficiencia para ir tomando decisiones adecuadas, pero con la máxima prudencia y cuidando
en todo momento los siguientes aspectos:
a) Garantizar la protección de los menores o las menores
b) Su intimidad y la de sus familias o responsables legales.
83
c) Actuar de manera inmediata.
d) Generar un clima de confianza básica en los menores o las menores.
e) Aliviar el sentimiento de culpa de la víctima y evitar una doble victimización.
f) Recoger todo tipo de pruebas e indicadores.
g) No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias.
Pasos contemplados en la aplicación del protocolo:
Paso 1. Identificación y comunicación de la situación.
Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechas
de una situación de ciberacoso sobre algún alumno o alumna, tiene la obligación de
comunicarlo a un profesor o profesora, al tutor o tutora, a la persona responsable de la
orientación en el centro o al equipo directivo. En cualquier caso, el receptor o receptora de la
información siempre informará al director o directora o, en su ausencia, a un miembro del
equipo directivo.
El centro debe tomar en consideración la situación de acoso o ciberacoso aunque las
agresiones o los ataques se hayan producido fuera de las instalaciones del centro o fuera del
horario escolar. Asimismo, basta con que la persona agresora o la persona víctima sean
alumnos o alumnas del centro para que el centro ponga en marcha el protocolo y adopte las
medidas oportunas de acuerdo con la naturaleza del caso.
Si la familia de un alumno o una alumna es la que informa a la dirección del centro
sobre un posible caso de ciberacoso, se levantará acta de la reunión en la que se recoja el
relato de los hechos que hace la familia y el compromiso del centro de iniciar el
correspondiente protocolo, informando del inicio del mismo a la inspección educativa.
En todos los casos en que se estime que pueda existir una situación de acoso escolar a
través de medios tecnológicos o la dirección del centro reciba la información a través de
fuentes externas como la fiscalía, juzgados, policía, servicios sociales, etc., se informará del
inicio del protocolo de actuación a la inspección educativa. Cuando existan indicios de delito,
riesgo o posible desprotección el caso se pondrá también en conocimiento de la fiscalía por la
dirección del centro.
La aparición de conductas de abuso o acoso que afectan al alumnado del centro debe
abordarse desde la máxima discreción, la confidencialidad y el respeto a la intimidad de los
alumnos y alumnas implicados, así como de sus familias.
Paso 2. Actuaciones inmediatas ante una situación de ciberacoso.
Tras la comunicación, efectuada en el paso anterior, de un posible caso de ciberacoso,
se reunirá el equipo directivo con el tutor o la tutora de los alumnos o alumnas afectados y la
persona o personas responsables de la orientación en el centro para recopilar información,
analizarla y valorar la intervención que proceda.
Cuando existan indicios de que pueda tratarse de un caso de agresión de contenido
sexista, violencia de género o acoso sexual, se recomienda que esté presente en la reunión la
persona coordinadora del plan de igualdad del centro, a fin de valorar la posibilidad o
conveniencia de la aplicación del Protocolo de violencia de género, contemplando, en todo
84
caso, las recomendaciones recogidas en estas instrucciones en cuanto a la utilización de
medios tecnológicos.
La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la
información recogida y las actuaciones acordadas, dando traslado de la misma a la inspección
educativa.
Para la valoración de las actuaciones a desarrollar ante una posible situación de
ciberacoso, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
a) Identificación del alumnado implicado como presuntos agresores y víctimas.
b) Edad y características psicológicas del alumnado implicado.
c) Relación entre la víctima y la persona o personas agresoras (posible caso de violencia de
género).
d) Intencionalidad del agresor o agresores, valorando posibles antecedentes.
e) Características y naturaleza de las acciones analizadas y de los dispositivos tecnológicos
utilizados.
f) Las evidencias electrónicas o pruebas que se han podido aportar, velando por la
conservación de las mismas como: e-mails, sms, mensajes recibidos a través de
plataformas de mensajería (WhatsApp, Telegram, Snapchat, etc.), realizando, en su caso,
capturas o fotografías de la pantalla, que puedan servir como prueba del proceso o
situación de acoso o intimidación.
g) Difusión y alcance de las acciones.
h) Facilidad o dificultad para detener el ciberacoso.
i) Tiempo de exposición de la víctima al ciberacoso.
j) Repercusión e impacto en la víctima.
La acción del centro debe ir encaminada a velar por la seguridad del alumnado, por
ello, incluso en las situaciones en que no se encuentren evidencias suficientes de la existencia
de una situación de acoso o ciberacoso, es importante tomar en consideración las
declaraciones de la posible víctima y los hechos contrastados, adoptando medidas que
aseguren la adecuada atención del alumno o la alumna que se sienten objeto de acoso o
intimidación.
Paso 3. Medidas de urgencia.
En caso de estimarse necesario, se adoptarán las medidas de urgencia que se requieran
para proteger y garantizar la inmediata seguridad de la alumna o el alumno acosados, así
como medidas específicas de apoyo y ayuda:
• Recomendar a la alumna o al alumno acosados la disminución del uso del teléfono móvil e
Internet, o incluso la suspensión temporal de su utilización, en función del caso y tipo de
ciberacoso, que mantenga la información personal que pueda ser sensible en privado y evite
responder a posibles provocaciones.
85
• Recomendar que se conserven las evidencias del acoso o ataque recibido, y proceda a
bloquear al acosador o acosadora, denunciando a los servicios de la red el comportamiento
inapropiado.
• En función de la gravedad, poner en conocimiento los hechos y solicitar las oportunas
medidas cautelares de protección a la Fiscalía, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del
Estado, la Policía Local o las diferentes instancias de seguimiento y control de un buen uso
de las tecnologías de la información y la comunicación puestas a disposición de la
ciudadanía.
• Implicación, en su caso, de alumnado ciberayudante para proporcionar apoyo, ayuda y
seguridad al alumno o alumna objeto del ciberacoso.
• Incluir el apoyo emocional adulto. Contar con un profesor o profesora que pueda ofrecer al
alumno o la alumna víctima del acoso apoyo emocional. Puede ser su tutor o tutora, algún
profesional de laorientación o cualquier otro profesor o profesora que pueda cumplir esta
función.
• Establecer medidas cautelares dirigidas al alumno, la alumna, o al grupo de alumnos y
alumnas presuntamente acosadores, incluyendo la supervisión o privación temporal del uso
del teléfono móvil e Internet, en función del caso y tipo de ciberacoso, que deberán incluirse
en el Reglamento de Organización y Funcionamiento y en el Plan de convivencia del centro.
Paso 4. Traslado a las familias o responsables legales del alumnado.
El tutor o tutora, o la persona o personas responsables de la orientación en el centro,
previo conocimiento del equipo directivo, con la debida cautela y mediante entrevista,
pondrán el caso en conocimiento de las familias o responsables legales del alumnado
implicado, aportando información sobre la situación y sobre las medidas adoptadas.
Paso 5. Traslado al resto de profesionales que atienden al alumno o alumna acosado.
El director o directora, con las debidas reservas de confidencialidad y protección de la
intimidad de los menores afectados y la de sus familias o responsables legales, podrá
informar de la situación al equipo docente del alumnado implicado. Si lo estima oportuno
informará también al resto del personal del centro y a otras instancias externas (sociales,
sanitarias o judiciales, en función de la valoración inicial).
Paso 6. Recogida de información de distintas fuentes.
Una vez adoptadas las oportunas medidas de urgencia, el equipo directivo recabará
toda la información relativa al caso que pueda ayudar a adoptar las medidas oportunas, tanto
desde el punto de vista organizativo como educativo, a fin de asegurar la adecuada atención
al alumnado implicado y la restauración de la convivencia:
- Recopilación de la documentación existente sobre el alumnado afectado.
- Recopilación de posibles pruebas o evidencias del ciberacoso.
- Información aportada por el alumnado implicado.
- Información aportada por las familias del alumnado implicado.
La dirección del centro solicitará al departamento de orientación o al equipo de
orientación educativa que, con la colaboración, en su caso, de la persona que ejerce la tutoría,
86
complete la información. Esto se hará, según el caso, observando al alumnado afectado,
contrastando opiniones con otros compañeros y compañeras, hablando con el alumnado
afectado o entrevistando a las familias o responsables legales del alumno, la alumna o el
alumnado implicado.
Asimismo, si se estima conveniente, se completará la información con otras fuentes
complementarias, tales como el profesorado que conoce al alumnado implicado, el personal
de administración y servicios, o los servicios sociales correspondientes.
La entrevista con el alumno o la alumna que ha sufrido el acoso.
En la entrevista con el alumno o la alumna que ha sufrido el acoso se deberá cuidar la
acogida, mostrando la preocupación del centro por su seguridad y su bienestar. Es importante
practicar la escucha activa a fin de que el alumno o la alumna que ha sufrido el acoso pueda
expresarse con libertad y confianza, aclarando las circunstancias del caso, incluyendo la
identificación de los presuntos agresores, y los efectos y consecuencias producidos, siendo
importante velar por la discreción y confidencialidad en relación con la información
recopilada en estas entrevistas.
El equipo directivo ha de garantizar, a través de las intervenciones que se estimen
pertinentes, el adecuado proceso de acogida, cuidado, apoyo y escucha del alumno o la
alumna víctima del acoso. En este sentido es importante recordar que en ningún caso resulta
aconsejable el careo entre el alumno o la alumna que ha sufrido el acoso y los presuntos
acosadores, ni entre la familia de la posible víctima y las de los presuntos acosadores.
Asimismo, se informará al alumno o alumna que ha sufrido el acoso de las medidas
cautelares y de protección que se van a adoptar en el centro, y de la posibilidad de recibir
apoyo o asesoramiento por parte de instancias externas al centro.
La entrevista con el alumno, la alumna o el alumnado agresor.
La entrevista con el alumno, la alumna o el alumnado presuntamente agresor deberá
contemplar la información sobre los hechos acontecidos y las evidencias recopiladas, la
aclaración de las circunstancias en que se han producido, su valoración y actitud ante las
consecuencias producidas y, de modo expreso, su predisposición ante subsiguientes procesos
de asunción de responsabilidades, reparación del daño y reconciliación o restablecimiento de
la convivencia. Así mismo, se informará al alumnado implicado de las medidas cautelares
que se van a adoptar y las posibles correcciones o medidas disciplinarias que se podrán
adoptar de acuerdo con lo establecido en el plan de convivencia del centro y la valoración
final de los hechos.
En caso de que exista una denuncia interpuesta ante la Fiscalía o las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado por parte del propio centro o por alguna de las familias, la
entrevista con el alumnado denunciado deberá producirse en presencia de su padre, madre o
tutores legales, limitándose a facilitarles la información sobre las medidas cautelares que va a
adoptar el centro, la propuesta o plan de actuación para evitar la interrupción de su proceso
formativo y la posibilidad de recibir apoyo o asesoramiento por parte de instancias externas
al centro.
La entrevista con las familias de las alumnas o los alumnos implicados.
Las entrevistas con las familias de las alumnas o los alumnos implicados deben
hacerse por separado, evitando cualquier tipo de careo o enfrentamiento entre las familias.
87
La entrevista con la familia del alumno o la alumna presuntamente víctima de
ciberacoso debe comenzar por mostrar la preocupación del centro por su hijo o hija, y el
interés por reconducir la situación buscando su bienestar. Dentro de la discreción propia del
proceso de investigación, se debe informar sobre los pasos que se han dado, las conclusiones
a las que se ha llegado y las medidas cautelares y de protección adoptadas. Asimismo, se les
solicitará la información que puedan aportar en relación al caso, y se pedirá su colaboración
para eventuales actuaciones posteriores. En un primer momento debe evitarse y
desaconsejarse el contacto de la familia de la víctima con la familia del presunto agresor o las
familias del alumnado implicado en el ciberacoso, al menos hasta que el centro no haya
contactado con ellas y cuente con su compromiso de colaboración. También puede ser
interesante aportar pautas de actuación para abordar y trabajar el tema en casa a fin de
encauzar adecuadamente la situación.
La entrevista con la familia o familias del alumnado presuntamente agresor, dentro de
la discreción propia del proceso de investigación, deberá ofrecer información sobre los
hechos y datos recabados, haciendo ver la gravedad de los mismos y la necesidad de ofrecer
una respuesta adecuada, tanto para el alumnado víctima del acoso, como para el alumnado
agresor, solicitando su colaboración para afrontar adecuadamente el caso, evitando la
confrontación con el resto de familias implicadas, y ofreciendo asesoramiento sobre el modo
de afrontar y tratar con su hijo o hija la situación. Asimismo, es preciso insistir en la
necesidad de actuar con la mayor discreción a fin de evitar que la difusión de rumores o
comentarios inadecuados tenga efectos indeseables para el alumnado y las familias afectadas.
Cuidar la intervención con las familias es fundamental. No suele ser sencillo afrontar
estas situaciones por parte de las familias implicadas; tanto si se trata de la familia del
alumno o la alumna que han sufrido el acoso como de la familia o las familias de los
presuntos agresores. En el primer caso, la inquietud y posible ansiedad por las repercusiones
de la situación que está afectando a su hijo o hija suelen suponer un elemento de presión que
es necesario saber gestionar con delicadeza y sensibilidad.
En el caso de las familias del alumnado presuntamente acosador, no es infrecuente
detectar cierto grado de negación o trivialización de los hechos ocurridos o las evidencias
aportadas; reacción que habrá de tratarse con la necesaria sensibilidad, haciéndoles ver la
importancia que para sus propios hijos o hijas puede tener abordar el caso adecuadamente y
las posibles repercusiones que el no hacerlo puede tener en su formación y su futuro, así
como la gravedad y verdadera dimensión de los hechos de acuerdo con lo establecido en la
propia legislación educativa y en el Código Penal.
Entrevistas con los compañeros o compañeras conocedores de la situación de
ciberacoso.
Las entrevistas con compañeros o compañeras que puedan ser conocedores de la
situación detectada se realizarán con el fin de recabar información y solicitar la colaboración
imprescindible para detener el conflicto y reducir los efectos perniciosos producidos.
Informe a elaborar por la dirección del centro.
Una vez concluido el proceso de recogida de información, la dirección del centro
elaborará un informe contrastando la información aportada por las diferentes fuentes en el
que se recoja o valore:
a) La naturaleza, intensidad y gravedad de los hechos.
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b) Alumnos y alumnas implicados y afectados.
c) Grado de implicación e intencionalidad de los distintos agentes implicados.
d) Duración de la situación de acoso.
e) Efectos producidos.
f) Conocimiento de la situación por otros compañeros y compañeras.
g) Características de los medios y dispositivos utilizados.
h) Pruebas o evidencias recopiladas.
i) Actitud y disposición mostradas por las familias implicadas.
j) Valoración de la conveniencia de comunicar el caso a la Fiscalía o a otros servicios
externos.
Paso 7. Aplicación de correcciones y medidas disciplinarias.
Una vez recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del
director o directora del centro a la adopción de correcciones a las conductas contrarias a la
convivencia o de medidas disciplinarias al alumnado agresor implicado, en función de lo
establecido en el plan de convivencia del centro, y, en cualquier caso, de acuerdo con lo
establecido en el Capítulo III del Título V de los Decretos 327/2010 y 328/2010, ambos de 13
de julio. Estas correcciones o medidas disciplinarias se registrarán en el sistema de
información Séneca, especificando que responden a un caso de ciberacoso o acoso a través de
medios tecnológicos.
Paso 8. Comunicación a la comisión de convivencia.
El director o directora del centro trasladará el informe realizado tras la recogida de
información así como, en su caso, las medidas disciplinarias aplicadas, a la comisión de
convivencia del centro.
Paso 9. Comunicación a la inspección educativa.
La dirección del centro remitirá el informe al Servicio Provincial de Inspección de
Educación, sin perjuicio de la comunicación inmediata del caso, tal como se establece en los
pasos 1 y 2 del protocolo.
Paso 10. Medidas y actuaciones a definir.
El equipo directivo, con el asesoramiento de la persona o personas responsables de la
orientación educativa en el centro, definirá un conjunto de medidas y actuaciones para cada
caso concreto de ciberacoso en el ámbito escolar. Asimismo, si se considera necesario, podrá
contar con el asesoramiento del gabinete provincial de asesoramiento sobre la convivencia
escolar y de la inspección educativa.
Estas medidas y actuaciones se referirán, tanto a las que sean de aplicación en el
centro y en el aula, como a las que sean de aplicación al alumnado implicado, que garanticen
el tratamiento individualizado tanto de la víctima como de la persona o personas agresoras,
incluyendo actuaciones específicas de sensibilización para el resto del alumnado así como
89
para el alumnado observador. Todo ello, sin perjuicio de que se apliquen al alumnado
acosador las medidas correctivas recogidas en el plan de convivencia.
En todo caso, el centro debe abordar la situación en el contexto de su labor educativa
desarrollando cuidado y apoyo a la víctima; facilitando, así mismo, procesos de
sensibilización y reflexión, asunción de actuaciones para asegurar el cese del acoso y la
protección, responsabilidades por parte del alumnado acosador, reparación del daño y
actuaciones para restablecer el clima de convivencia.
Con carácter orientativo, se proponen las siguientes medidas y actuaciones para cada
caso de ciberacoso en el ámbito escolar:
- Actuaciones con la persona acosada: actuaciones de apoyo y protección expresa e
indirecta, actividades de educación emocional y estrategias de atención y apoyo social,
intervención individualizada por la persona orientadora para el aprendizaje y desarrollo de
habilidades sociales, de comunicación, autoestima y asertividad y derivación, si procede, a
servicios externos y, en su caso, a la Consejería competente en materia de protección de
menores.
- Actuaciones con el alumnado agresor: aplicación de las correcciones
correspondientes estipuladas en el plan de convivencia, actuaciones educativas en el aula de
convivencia del centro, en su caso, o programas y estrategias específicos de modificación de
conductas y desarrollo de habilidades sociales y emocionales vinculadas a la empatía y la
autoestima, y derivación, si procede, a servicios externos y, en su caso, a la Consejería
competente en materia de protección de menores.
- Actuaciones con los compañeros y compañeras observadores pasivos o
colaboradores: actuaciones de desarrollo de habilidades sociales, de comunicación,
emocionales y de empatía, campañas de sensibilización y utilización adecuada y segura de las
TIC, así como actividades de mediación y de ayuda entre iguales, contando con alumnado
ciberayudante. Es importante el seguimiento del grupo de iguales que han consentido o han
colaborado en el ciberacoso, para evitar que se reproduzcan situaciones de acoso hacia otras
posibles víctimas, o que alguien del grupo asuma el rol de acosador.
- Actuaciones con las familias: orientaciones sobre cómo ayudar a sus hijos o hijas,
sean víctimas o agresores, orientaciones sobre la utilización adecuada y segura de las TIC,
actuaciones para una mejor coordinación y comunicación sobre el proceso socioeducativo de
sus hijos o hijas, información sobre posibles apoyos externos y seguimiento de los mismos,
así como establecimiento de compromisos de convivencia.
- Actuaciones con el profesorado y el personal de administración y servicios:
orientaciones sobre cómo intervenir positivamente en la situación y cómo hacer el
seguimiento, orientaciones sobre indicadores de detección, así como actividades de
sensibilización y formación específica en la utilización adecuada y segura de las TIC y la
prevención del ciberacoso.
La dirección del centro se responsabilizará de que se lleven a cabo las medidas y
actuaciones previstas, informando periódicamente a la comisión de convivencia, a las
familias o responsables legales del alumnado y al inspector o inspectora de referencia del
grado del cumplimiento de las mismas y de la situación escolar del alumnado implicado.
90
Paso 11. Comunicación a las familias o responsables legales del alumnado.
Se informará a las familias del alumnado implicado de las medidas y actuaciones de
carácter individual, así como las medidas de carácter organizativo y preventivo propuestas
para el grupo, nivel y centro educativo, conservando en todo momento confidencialidad
absoluta en el tratamiento del caso.
Paso 12. Seguimiento del plan de actuación.
El inspector o inspectora de referencia y la comisión de convivencia del Consejo
Escolar llevarán a cabo el seguimiento del plan de actuación diseñado y desarrollado en el
centro, contemplando la valoración de:
1. Las actuaciones desarrolladas con la víctima y el alumnado acosador.
2. Las actuaciones desarrolladas en el aula y con el conjunto del alumnado del centro.
3. Las actuaciones desarrolladas con las familias del alumnado implicado.
4. Las actuaciones de sensibilización y formación desarrolladas con el profesorado y
el personal de administración y servicios.
5. Las medidas para promover la sensibilización e implicación de toda la comunidad
educativa.
Equipo provincial de seguimiento del acoso escolar y el ciberacoso.
En las Delegaciones Territoriales de Educación se constituirá un Equipo provincial de
seguimiento del acoso escolar y el ciberacoso constituido por el jefe o jefa de servicio de
Ordenación Educativa, un inspector o inspectora designado por el titular o la titular de la
Delegación Territorial de Educación, el gabinete provincial de asesoramiento sobre la
convivencia escolar, y en aquellos casos en los que pueda estar implicado alumnado con
problemas o trastornos graves de conducta, un representante del Equipo de Orientación
Educativa especializado en la atención al alumnado con trastornos graves de conducta, con
las siguientes funciones:
8.17. Modelos.
- Fijamos el modelo de compromiso educativo como el modelo denominado Anexo V
aparecido en las páginas 22 y 23 del BOJA núm. 132, de 7 de julio de 2011. (Orden de 20 de
junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los
centros docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho de las familias a
participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas).
- Fijamos el modelo de compromiso de convivencia como el modelo denominado Anexo VI
aparecido en las páginas 24 y 25 del BOJA núm. 132, de 7 de julio de 2011. (Orden de 20 de
junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los
centros docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho de las familias a
participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas).
- Fijamos el modelo “A la Fiscalía de Menores” como el modelo denominado Modelo 1
aparecido en la páginas 20 del BOJA núm. 132, de 7 de julio de 2011. (Orden de 20 de junio
de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los centros
docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho de las familias a participar en
el proceso educativo de sus hijos e hijas).
91
- Fijamos el modelo “Al Juzgado de Instrucción” como el modelo denominado Modelo 2
aparecido en la páginas 21 del BOJA núm. 132, de 7 de julio de 2011. (Orden de 20 de junio
de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los centros
docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho de las familias a participar en
el proceso educativo de sus hijos e hijas).
9.- PLAN DE FORMACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DE LA RESIDENCIA.
La formación del personal docente del centro tendrá una doble línea de acción. Por
un lado atenderá a las demandas surgidas del centro en su esfuerzo por mejorar la formación
y los resultados académicos del alumnado y por otro al desarrollo de los planes y proyectos
que están en marcha y que repercuten directamente en la calidad de la enseñanza que nuestra
sociedad exige.
Este plan será abierto y flexible, de modo que facilite las modalidades de formación
presencial (la formación en el Centro, Grupos de Trabajo) y online como medios para
conseguir y acreditar los aprendizajes y competencias deseadas.
Se apostará por formación pedagógica y de actualización en general, metodológica,
de reflexión, fomentando la investigación e innovación, tic, coeducación, identidad de
género, autoprotección, primeros auxilios, dinámicas de grupos, resolución de conflictos,
inteligencia emocional, desarrollo afectivo, etc.
Se centrará en aquellos aspectos del quehacer docente que el profesorado ha detectado
como deficitarios y que requieren un mayor conocimiento para llevarlos a cabo con
efectividad.
Para detectar la formación pedagógica y de actualización en general que requiere el
centro, cada trimestre, en la autoevaluación interna, se analizará el proceso de formación del
profesorado y se recogerán las propuestas al respecto. Al finalizar el curso, en la memoria
autoevaluativa se explicitarán las acciones formativas necesarias. El Equipo Directivo dará
traslado de estas inquietudes del profesorado interesado en las mismas al CEP, para analizar
las posibilidades de su ejecución durante el curso siguiente.
Al mismo tiempo el Director informará, a través de la Jefatura de Actividades, a todo
el profesorado, de las acciones formativas que lleguen al centro desde las distintas
instituciones encargadas de ello y facilitará, dentro de sus posibilidades, el acceso y
participación en las mismas.
10.- CRITERIOS PARA ORGANIZAR Y DISTRIBUIR EL TIEMPO EN LA
RESIDENCIA.
El centro permanecerá abierto, con carácter general, ininterrumpidamente, desde las
siete de la mañana del lunes hasta las veinte horas del viernes los días lectivos fijados por la
Delegación Territorial de Educación en el calendario escolar. Excepcionalmente, se abrirá los
domingos y vísperas de lectivo de 20:00 pm a 22:30 pm para facilitar la incorporación de
aquellos alumnos y alumnas autorizados.
92
En el Plan Anual de Residencia queda recogido con detalle el horario general del
centro así como la organización y distribución de tareas de cada grupo de alumnos a lo largo
de la jornada.
11.- AGRUPAMIENTOS DEL ALUMNADO RESIDENTE Y ASIGNACIÓN DE
TUTORÍAS.
Hay tres niveles distintos de agrupamiento:
Por tutorías, en función de la edad y curso académico de los residentes.
Asignación de dormitorios, teniendo en cuenta el sexo, edad, nivel educativo e
intereses del alumnado.
Realización de actividades formativas y de ocio, para las que el alumnado se decanta
según sus necesidades y preferencias.
Atendiendo a la singularidad de nuestro centro y a la variedad y diversidad del alumnado,
para llevar a cabo los agrupamientos se tiene en cuenta lo siguiente:
Criterios pedagógicos y organizativos establecidos por el equipo directivo.
Características psicoevolutivas y educativas del alumnado.
Normalización e inclusión escolar y social.
Nivel educativo-edad.
12.- EVALUACIÓN INTERNA. INDICADORES DE CALIDAD PROPIOS DE LA
RESIDENCIA.
Procedimientos de evaluación interna.
La evaluación es una actividad continua que nos facilita los datos necesarios para
valorar los procesos y adoptar las medidas pertinentes en caso de necesidad.
Aspectos a determinar en el proceso.
La evaluación interna que debe realizar el Centro estará orientada a la consecución de
los siguientes objetivos:
Reflexionar sobre los distintos aspectos que conforman el funcionamiento general de
la Residencia y los procesos educativos desarrollados.
Favorecer la búsqueda de soluciones innovadoras que mejoren los resultados
académicos y la convivencia de nuestros alumnos/as para facilitar el éxito escolar.
Proporcionar una información constante que permita mejorar tanto los procesos como
los resultados de la intervención educativa.
Mejorar la práctica docente.
Fomentar la participación de todos los sectores que componen la comunidad
educativa en el proceso de evaluación.
Dar orientaciones para la formación permanente del profesorado.
93
La evaluación se efectuará tomando como referentes los apartados que a continuación se
detallan:
La organización y funcionamiento general de la Residencia.
Los programas y proyectos que se desarrollan.
Los procesos de convivencia del alumnado.
La medidas y actuaciones dirigidas al apoyo, refuerzo educativo y prevención de las
dificultades de aprendizaje
Los resultados del alumnado.
Personas u órganos que deben intervenir en la evaluación.
Teniendo en cuenta los miembros que conforman nuestra Comunidad Educativa se
pueden establecer tres niveles diferentes.
Profesorado (Educadores/as de actividades formativas y de ocio.). La autoevaluación
interna será competencia de la Junta de Coordinación de Actividades.
Alumnado. En este caso, será la Junta de Delegados/as con la Jefatura de Actividades,
quienes se encargarán de valorar la marcha del Centro y harán sus aportaciones para
la mejora del mismo. Se realizará en el tercer trimestre.
Familias. Intervendrán a través de sus representantes en el Consejo de Residencia y
realizarán sus valoraciones y aportaciones en la memoria final de autoevaluación.
Temporalización de las acciones.
-Se realizará una evaluación inicial al comienzo del curso por el Equipo Directivo
referida al entorno, elementos materiales y personales, de los resultados anteriores, de los
elementos estructurales y de la propia dirección, apoyándose principalmente en la memoria
final de curso anterior.
-Al final de cada trimestre los Educadores/as realizarán una autoevaluación que
abarcará todos los aspectos que sirven de referencia para valorar la marcha académica, el
tiempo dedicado al ocio, la convivencia del alumnado y el funcionamiento general del
centro. En él se recogerán tanto las valoraciones como las propuestas de mejoras para cada
uno de los apartados. Será el Jefe de Actividades el encargado de redactar un documento
común de autoevaluación con las aportaciones de todos los Educadores/as y PAEC.
-Se llevará a cabo una evaluación procesual sobre el funcionamiento interno del
Centro (aspectos de coordinación y seguimiento de los elementos que intervienen en el
funcionamiento y en los procesos de enseñanza-aprendizaje), adoptando las medidas
correctoras necesarias para la consecución paulatina de los objetivos planteados.
La evaluación del funcionamiento general del Centro corresponderá a los órganos
unipersonales, considerando principalmente: El funcionamiento de los órganos de gobierno y
coordinación didáctica (equipo directivo, Consejo de Residencia, Junta de Coordinación de
Actividades, Educadores), las relaciones del Centro con la Comunidad (familias, Ampas,
entorno social y cultural), el funcionamiento de la actividad económica y administrativa,
Personal de Administración y Servicios y de Atención Educativa Complementaria, así como
el clima institucional, del profesorado, del alumnado y de la convivencia.
94
Se evaluarán los procesos de convivencia del alumnado, las medidas y actuaciones
dirigidas al apoyo y refuerzo educativo, objetivos generales, actividades, metodología,
utilización de espacios y recursos materiales y didácticos, atención a la diversidad,
actividades tutoriales, actividades de orientación, registro de asistencia del alumnado, etc.
-Por último, la evaluación final tratará de cuantificar y calificar lo realizado hasta ese
momento, clasificando y jerarquizando la información obtenida para proyectarla en el
siguiente curso escolar. Para ello pueden aplicarse test de rendimiento, cuestionarios, escalas
de valoración, evaluaciones comparativas entre lo planificado y lo conseguido, evaluar
programas concretos, etc.
La evaluación final persigue los siguientes objetivos:
Cuantificar y analizar los resultados obtenidos a lo largo de un curso escolar.
Diagnosticar las causas de éxito y fracaso escolar.
Formular propuestas de corrección y mejora.
Analizar la adecuación del Proyecto Educativo.
Informar de los resultados obtenidos, del diagnóstico y de las propuestas a la
Comunidad Educativa.
La evaluación final se centrará en los siguientes aspectos:
Resultados, que incluirán dictámenes y propuestas, enumeración de causas y
soluciones.
Adecuación del Proyecto Educativo y propuestas de mejora
Características del entorno, elementos materiales y recursos.
Elementos personales, Consejo de Residencia, Junta de Coordinación de Actividades,
Equipo Directivo, Educadores, Personal de Administración y Servicios y de Atención
Educativa Complementaria, Asociación de Padres y Madres de alumnos/as. El
funcionamiento será tipificado con los términos muy bien, bien, regular, mal.
Organización del Centro, participación de las personas afectadas, horario de
alumnos/as y Educadores/as, perfeccionamiento del profesorado y Equipo Directivo,
y otros aspectos organizativos. Se concretará en cuantificaciones y cualificaciones de
los resultados, pormenorizándoles en forma de causas, aspectos, factores, sugerencias
y propuestas.
Funcionamiento del Centro, de los elementos personales, organizativos y materiales
utilizando el esquema de evaluación de funcionamiento adecuado o inadecuado, muy
bueno, bueno, regular o malo; suficiente o insuficiente; satisfactorio o insatisfactorio.
Causas, hechos o factores de disfunciones en el funcionamiento. Propuestas de
solución o mejora.
95
Relaciones con la comunidad. Analizaremos la cantidad, calidad, adecuación y
rentabilidad obtenida con las familias, AMPAS, entorno social y cultural, etc.
Gestión económica y administrativa, documentación, etc.
Clima institucional y grado de satisfacción, factores positivos y negativos, medidas y
propuestas para mejorarlo. Podrá ser valorado por el Consejo de Residencia, por el
Equipo Directivo, Junta de Coordinación de Actividades, por el Alumnado, por las
Familias…
Podemos emplear distintas técnicas de evaluación: la observación, la entrevista formal
e informal, la encuesta.
Los instrumentos para la recogida de datos serán: cuestionarios, listas control, escalas
de valoración, test y cuestionarios estandarizados.
Indicadores de calidad.
Para el desarrollo del proceso de autoevaluación se aplicarán los indicadores que el
equipo de evaluación determine, así como aquellos que la Agencia Andaluza de Evaluación
Educativa especifique.
Realización de la memoria de autoevaluación final
El proceso seguido se plasmará en una memoria de autoevaluación en la aplicación
informática Séneca (ANEXO II), en la que participarán todos los sectores educativos y
recogerá las aportaciones que cada uno realice. Este documento incluirá:
La valoración de logros y las dificultades encontradas.
Las propuestas de mejora a incluir en el Plan de centro.
Los plazos para la realización de la medición de los indicadores de calidad serán fijados
por la dirección del centro y finalizarán, en todo caso, antes del 25 de junio de cada año.
En consonancia con las líneas generales de actuación pedagógica los indicadores de calidad
internos serán:
96
INDICADOR DE MEDICIÓN DEFINICIÓN
1. El alumnado es autónomo. Porcentaje de alumnado que se desenvuelve solo en el día
a día.
Desarrollo de
la autonomía
2. Participación del alumnado en la
vida de la Residencia.
Proporción de alumnas y alumnos que participan
activamente en la vida de la Residencia.
3. El alumnado ayuda y coopera.
Proporción de alumnas y alumnos que ayudan, piden
ayuda y cooperan en la resolución de problemas
cotidianos (proyectos, planes de convivencia, etc.)
1. Eficacia del desarrollo de las
competencias básicas orientadas a su
aplicación en el entorno inmediato
Porcentaje de alumnado que aplica las competencias
básicas en el entorno inmediato
Desarrollo de
las
competencias
2.- Alumnado que reflexiona sobre su
actitud competencial.
Porcentaje de alumnado que reflexiona sobre su actitud
competencial.
Básicas 3.- Alumnado de 2º curso de Ciclo
Formativo que continúan formándose.
Porcentaje de alumnos/as que continúan formándose para
realizar un Ciclo Superior u otros estudios.
4.- Alumnado que pasan a otra etapa
superior cuando terminan la que cursa.
Porcentaje de alumnos/as que continúan sus estudios en
una etapa superior al finalizar la actual.
1.- Alumnado que emplea distintas
técnicas de estudio.
Porcentaje de Alumnado que emplea distintas técnicas de
estudio.
2.- Alumnado que participa en los
distintos actos culturales.
Porcentaje de alumnado que participa en los distintos
actos culturales y concursos
Mejora del
rendimiento
3.- Alumnado de educación primaria
con evaluación positiva.
Media de porcentajes de alumnado con evaluación
positiva en distintas áreas.
Escolar 4.- Alumnado de educación secundaria
con evaluación positiva.
Media de porcentajes de alumnado con evaluación
positiva en distintas áreas.
5.- Alumnado de bachillerato con
evaluación positiva.
Media de porcentajes de alumnado con evaluación
positiva en distintas áreas.
6.- Alumnado de Ciclo Formativo con
evaluación positiva.
Media de porcentajes de alumnado con evaluación
positiva en distintas áreas.
97
INDICADOR DE MEDICIÓN DEFINICIÓN
Coordinación
1.-Coordinación de los tutores de cada grupo.
Porcentaje de coordinación de los
tutores de cada grupo para la
consecución de los objetivos
educativos.
Docente 2.-Formación permanente del profesorado y formación
de grupos de trabajo.
Porcentaje de Educadores/as que
se forman a lo largo del curso
escolar con los distintos planes de
formación del CEP.
Coordinación con los
1.- Comunicación con el C.E.I.P. “Valle de la Osa”
Porcentaje de veces que se
comunican los tutores y la
dirección de la Residencia con
los correspondientes del C.E.I.P.
“Valle de la Osa”.
centros asociados
2.- Comunicación con el I.E.S “San Fernando”
Porcentaje de veces que se
comunican los tutores y la
dirección la Residencia con los
correspondientes del I.E.S “San
Fernando”.
Coordinación y
1.- Participación de los delegados de padres/madres
Frecuencia con que los delegados
de padres/madres participan en la
vida de la Residencia a lo largo
del curso.
comunicación
con las familias 2.- Asunción de compromisos de convivencia
Porcentaje de participación
positiva de las familias en la
asunción de los compromisos de
convivencia en los que se han
implicado a lo largo del curso.
Utilización del
1.- Participación en actividades deportivas
Porcentaje del alumnado que
participa con frecuencia en la
práctica de deportes en la
Residencia.
tiempo libre 2.- Participación en actividades propuestas por la
Residencia (culturales, extraescolares, talleres, etc.)
Porcentaje del alumnado que
participa en las distintas
actividades propuestas por la
Residencia.
Salud, alimentación
1.- Alumnado enfermo que es atendido en la
enfermería.
Porcentaje de alumnado que
acude a la enfermería o al centro
de salud para cuidarse,
medicamentarse y tratarse.
e higiene
2.- El alumnado mantiene hábitos de vida saludable.
Porcentaje de alumnos que
practica deporte y come
equilibradamente sin sobrepeso.
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INDICADOR DE MEDICIÓN DEFINICIÓN
1. Cumplimiento de normas de convivencia
en enseñanzas básicas.
Porcentaje de alumnado que no tiene
incidentes de conducta.
Clima y
2. Conductas contrarias a la convivencia en
enseñanzas básicas.
Tasa por cada 100 alumnas y alumnos de
conductas contrarias a la convivencia.
convivencia
3. Conductas gravemente perjudiciales para
la convivencia en enseñanzas básicas.
Tasa por cada 100 alumnas y alumnos de
conductas gravemente perjudiciales para
la convivencia.
4. Alumnado de enseñanzas básicas
reincidente en conductas contrarias y/o
gravemente perjudiciales para la
convivencia.
Porcentaje de alumnado reincidente en
conductas contrarias y/o gravemente
perjudiciales para la convivencia.
El presente Proyecto Educativo de la Residencia Escolar “Los Pinos” de Constantina
(Sevilla), fue aprobado en sesión ordinaria del Consejo de Residencia del citado centro
celebrada en Constantina el día veintinueve de junio de dos mil diecisiete.
Vº Bº EL SECRETARIO:
EL DIRECTOR:
Fdo. Gregorio Rodríguez Navarro Fdo. Antonio López Aljarilla