PRUEBA TESTIMONIAL - ZonaLegal...PRUEBA TESTIMONIAL E s l a d e cl a ra ci ó n q u e ri n d e u n a...
Transcript of PRUEBA TESTIMONIAL - ZonaLegal...PRUEBA TESTIMONIAL E s l a d e cl a ra ci ó n q u e ri n d e u n a...
PRUEBA TESTIMONIAL
Es la declaración que rinde una de las partes o untercero. Se practica en la audiencia de juicio o en lasegunda fase de la audiencia única, ya sea en formadirecta o a través de videoconferencia u otro medio decomunicación de similar tecnología, con excepción delas declaraciones anticipadas.
Es la declaración que rinde una de las partes o untercero. Se practica en la audiencia de juicio o en lasegunda fase de la audiencia única, ya sea enforma directa o a través de videoconferencia u otromedio de comunicación de similar tecnología, conexcepción de las declaraciones anticipadas.
OBLIGACIÓN DE LA O DEL DECLARANTE
La o el declarante deberá contestar a las preguntasque se le formulen. La o el juzgador podrá ordenara la o el declarante que responda lo preguntado.
La o el declarante podrá negarse a respondercualquier pregunta que:
1. Pueda acarrearle responsabilidad penal personal,a su cónyuge o conviviente en unión de hecho o asus familiares comprendidos dentro del cuartogrado de consanguinidad o segundo de afinidad,excepto las que se refieran a cuestiones de estadocivil o de familia.2. Viole su deber de guardar reserva o secreto porrazón de su estado u oficio, empleo, profesión, arteo por disposición expresa de la ley.
OBJECIONES A LOSTESTIMONIOS
Las partes podrán objetarde manera motivadacualquier pregunta, enparticular las queacarreen responsabilidadpenal a la o el declarante,sean capciosas,sugestivas, compuestas,vagas, confusas,impertinentes ohipotéticas por opinioneso conclusiones.
Podrán objetarse lasrespuestas de las o losdeclarantes que van másallá, no tienen relacióncon las preguntasformuladas o sonparcializadas
WW.ZONALEGAL.NET
12/02/2020
PROHIBICIÓN DE COMUNICACIÓN
Mientras esperan ser llamados a rendir su testimonio, las o losdeclarantes no podrán comunicarse entre sí. En el transcurso de laaudiencia no podrán ver, oír ni ser informados de lo que ocurre enla audiencia.
DECLARACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD AUDITIVA
Si la o el declarante tiene discapacidad auditiva, se hará conocer este hecho conanterioridad a la audiencia. El interrogatorio, contrainterrogatorio así como lasrespuestas constarán por escrito. Lo mismo sucederá con el juramento.
DECLARACIÓN ANTICIPADA La o el juzgador podrá recibir como pruebaanticipada, en audiencia especial, los testimoniosde las personas gravemente enfermas, de lasfísicamente imposibilitadas, de quienes van a salirdel país y de todas aquellas que demuestren queno pueden comparecer a la audiencia de juicio oúnica, siempre que se garantice el ejercicio delderecho de contradicción de la contraparte.
DECLARACIÓN FALSA
Cuando la declaración sea evidentemente falsa, la o el juzgador suspenderá lapráctica del testimonio y ordenará que se remitan los antecedentes a la FiscalíaGeneral del Estado.
TERMINACIÓN DELPROCESO PORDECLARACIÓN
La declaración legítimamente hecha sobre la verdad de lademanda termina el proceso.
WW.ZONALEGAL.NET
FUENTE: CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DEPROCESOS (COGEP)