PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL … · publicado en el periÓdico oficial del estado de...

8
PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE FECHA 12 DE FEBRERO DE 2010, SEGUNDA SECCIÓN ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CALENDARIO DE ENTREGA, PORCENTAJE, FÓRMULAS Y VARIABLES UTILIZADAS, ASÍ COMO EL MONTO, ESTIMADO, QUE RECIBIRÁ CADA MUNICIPIO DEL ESTADO DE CAMPECHE DEL FONDO GENERAL DE PARTICIPACIONES Y DEL FONDO DE FOMENTO MUNICIPAL, POR EL EJERCICIO FISCAL 2010, EN CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN CONTENIDA EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 6 DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL. LIC. FERNANDO EUTIMIO ORTEGA BERNÉS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Campeche, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 1º, 4º, 23, 24, 26, 59, 71 fracciones XIX y XXXI, y 73 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Campeche y con fundamento en los artículos 26 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 22 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;1, 2, 3, 4°-A, 5, 6, 7, 8, 9, y 10 de la Ley de Coordinación Fiscal; EL ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CALENDARIO DE ENTREGA, PORCENTAJE, FÓRMULAS Y VARIABLES UTILIZADAS, ASÍ COMO LOS MONTOS, ESTIMADOS, QUE RECIBIRÁ CADA ENTIDAD FEDERATIVA DEL FONDO GENERAL DE PARTICIPACIONES Y DEL FONDO DE FOMENTO MUNICIPAL, POR EL EJERCICIO FISCAL 2010; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2010; 1, 3, 8, 12, 14, 15, 16 fracción III, y 27 fracciones II, VII y XXXVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche, publicada en fecha 14 de septiembre de 2009 en la segunda sección del Periódico Oficial del Estado, artículos 1, 4, 6, 64 fracciones I y II, y 65 de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Campeche, y artículos 1, 3 fracción I, 8 y 9 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas de la Administración Pública del Estado de Campeche, publicada en el Periódico Oficial del Estado en fecha 4 de febrero de 2010, segunda sección, se dan a conocer el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como el monto, estimado, que recibirá cada municipio del Estado de Campeche del Fondo General de Participaciones y del Fondo de Fomento Municipal por el ejercicio fiscal 2010, en cumplimiento de la obligación contenida en el último párrafo del artículo 6 de la Ley de Coordinación Fiscal; por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO: PRIMERO.- Que el presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer la estimación total de participaciones correspondientes al Fondo Municipal de Participaciones que se constituye con el Fondo General de Participaciones y el Fondo de Fomento Municipal, para los municipios del Estado de Campeche, durante el ejercicio fiscal 2010 y se integra con los porcentajes establecidos en las fracciones I y II del artículo 64 de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Campeche, cuya estimación es la siguiente:

Transcript of PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL … · publicado en el periÓdico oficial del estado de...

Page 1: PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL … · publicado en el periÓdico oficial del estado de fecha 12 de febrero de 2010, segunda secciÓn acuerdo del ejecutivo del estado por el

PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE FECHA 12 DE FEBRERO DE 2010, SEGUNDA SECCIÓN ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CALENDARIO DE ENTREGA, PORCENTAJE, FÓRMULAS Y VARIABLES UTILIZADAS, ASÍ COMO EL MONTO, ESTIMADO, QUE RECIBIRÁ CADA MUNICIPIO DEL ESTADO DE CAMPECHE DEL FONDO GENERAL DE PARTICIPACIONES Y DEL FONDO DE FOMENTO MUNICIPAL, POR EL EJERCICIO FISCAL 2010, EN CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN CONTENIDA EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 6 DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL. LIC. FERNANDO EUTIMIO ORTEGA BERNÉS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Campeche, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 1º, 4º, 23, 24, 26, 59, 71 fracciones XIX y XXXI, y 73 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Campeche y con fundamento en los artículos 26 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 22 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;1, 2, 3, 4°-A, 5, 6, 7, 8, 9, y 10 de la Ley de Coordinación Fiscal; EL ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CALENDARIO DE ENTREGA, PORCENTAJE, FÓRMULAS Y VARIABLES UTILIZADAS, ASÍ COMO LOS MONTOS, ESTIMADOS, QUE RECIBIRÁ CADA ENTIDAD FEDERATIVA DEL FONDO GENERAL DE PARTICIPACIONES Y DEL FONDO DE FOMENTO MUNICIPAL, POR EL EJERCICIO FISCAL 2010; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2010; 1, 3, 8, 12, 14, 15, 16 fracción III, y 27 fracciones II, VII y XXXVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche, publicada en fecha 14 de septiembre de 2009 en la segunda sección del Periódico Oficial del Estado, artículos 1, 4, 6, 64 fracciones I y II, y 65 de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Campeche, y artículos 1, 3 fracción I, 8 y 9 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas de la Administración Pública del Estado de Campeche, publicada en el Periódico Oficial del Estado en fecha 4 de febrero de 2010, segunda sección, se dan a conocer el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como el monto, estimado, que recibirá cada municipio del Estado de Campeche del Fondo General de Participaciones y del Fondo de Fomento Municipal por el ejercicio fiscal 2010, en cumplimiento de la obligación contenida en el último párrafo del artículo 6 de la Ley de Coordinación Fiscal; por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO: PRIMERO.- Que el presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer la estimación total de participaciones correspondientes al Fondo Municipal de Participaciones que se constituye con el Fondo General de Participaciones y el Fondo de Fomento Municipal, para los municipios del Estado de Campeche, durante el ejercicio fiscal 2010 y se integra con los porcentajes establecidos en las fracciones I y II del artículo 64 de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Campeche, cuya estimación es la siguiente:

Page 2: PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL … · publicado en el periÓdico oficial del estado de fecha 12 de febrero de 2010, segunda secciÓn acuerdo del ejecutivo del estado por el

2

FONDO MUNICIPAL DE PARTICIPACIONES

MUNICIPIO

FONDO GENERAL DE PARTICIPACIONES

FONDO DE FOMENTO MUNICIPAL TOTAL

PORCENTAJE MONTO (PESOS) PORCENTAJE MONTO(PESOS) MONTO

(PESOS) CALAKMUL 4.484160% 33,767,251.00 4.484160% 9,144,977.00 42,912,228.00 CALKINI 6.315257% 47,556,033.00 6.315257% 12,879,308.00 60,435,341.00 CAMPECHE 24.446314% 184,089,051.00 24.446314% 49,855,707.00 233,944,758.00 CANDELARIA 6.061933% 45,648,417.00 6.061933% 12,362,680.00 58,011,097.00 CARMEN 22.567822% 169,943,365.00 22.567822% 46,024,718.00 215,968,083.00 CHAMPOTON 9.051211% 68,158,691.00 9.051211% 18,458,999.00 86,617,690.00 ESCARCEGA 7.685085% 57,871,299.00 7.685085% 15,672,928.00 73,544,227.00 HECELCHAKAN 4.574406% 34,446,829.00 4.574406% 9,329,023.00 43,775,852.00 HOPELCHEN 5.124279% 38,587,565.00 5.124279% 10,450,433.00 49,037,998.00 PALIZADA 5.746051% 43,269,717.00 5.746051% 11,718,471.00 54,988,188.00 TENABO 3.943482% 29,695,757.00 3.943482% 8,042,319.00 37,738,076.00 TOTALES 100.000000% 753,033,975.00 100.000000% 203,939,563.00 956,973,538.00 Las estimaciones de las participaciones correspondientes al Fondo General de Participaciones y al Fondo de Fomento Municipal, efectuada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la realizó considerando la recaudación federal participable para el año 2010, derivada de la estimación contenida en el artículo 1° de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2010. La distribución por entidades federativas efectuada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público correspondiente a la estimación del Fondo General de Participaciones y del Fondo de Fomento Municipal, la realizó considerando los coeficientes obtenidos con las fórmulas que establece la Ley de Coordinación Fiscal vigente. Sin embargo estos coeficientes serán modificados en junio de 2010, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7° de la Ley de Coordinación Fiscal, una vez que se cuente con la información correspondiente, y se aplicarán retroactivamente a partir de enero del presente ejercicio fiscal. El total de participaciones de estos fondos, así como los montos que finalmente reciba cada entidad federativa y en consecuencia cada municipio, pueden verse modificados por la variación de los ingresos efectivamente captados respecto a la estimación, por el cambio de los coeficientes de participación, por la población según cifras oficiales que publique el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) de conformidad con el artículo 2° de la Ley de Coordinación Fiscal y, en su caso, por la diferencia por los ajustes a los pagos provisionales correspondientes al ejercicio fiscal de 2010. Motivo por el cual la estimación no significa compromiso de pago. La estimación total de participaciones correspondientes al Fondo General de Participaciones y al Fondo de Fomento Municipal a distribuir entre los municipios del Estado de Campeche, se efectuó con base en los criterios establecidos en el artículo 65 de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Campeche.

Page 3: PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL … · publicado en el periÓdico oficial del estado de fecha 12 de febrero de 2010, segunda secciÓn acuerdo del ejecutivo del estado por el

3

SEGUNDO.- De conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación y su Reglamento, y la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Campeche, el calendario de entrega de participaciones para el ejercicio fiscal de 2010 será dentro de los cinco días siguientes a aquel en que el Estado las reciba y que se estima a efectuar de acuerdo con el siguiente:

CALENDARIO DE ENTREGA PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2010

MES FECHA DE ENTREGA

DEL FONDO MUNICIPAL DE PARTICIPACIONES

ENERO 5 FEBRERO 5 MARZO 5 ABRIL 3 MAYO 4 JUNIO 4 JULIO 5 AGOSTO 5 SEPTIEMBRE 3 OCTUBRE 5 NOVIEMBRE 5 DICIEMBRE 3

TERCERO.- En cumplimiento de la obligación contenida en el último párrafo del artículo 6 de la Ley de Coordinación Fiscal se da a conocer la fórmula utilizada en el cálculo y distribución de las participaciones estimadas para el Fondo Municipal de Participaciones para el ejercicio fiscal de 2010, de conformidad con los artículos 1, 4, 30, 31, 64 y 65 de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Campeche. Conforme al artículo 64 de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Campeche, las participaciones que en ingresos federales correspondan a los Municipios, provendrán de las fuentes previstas en la Ley de Coordinación Fiscal Federal. De los ingresos que percibe el Estado derivados de dichas fuentes se integrará el Fondo Municipal de Participaciones que se integrará de la siguiente manera: I.- El 100% de las participaciones recibidas por el Estado de Campeche en el Fondo de Fomento Municipal; II.- El 24% del Fondo General de Participaciones; III.- El 20% del monto percibido por la Entidad en la recaudación federal de Impuestos Especiales sobre Producción y Servicios; y IV.- El 20% del monto percibido por la Entidad en la recaudación del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos; V.- El 24% del Fondo de Fiscalización; VI.- El 24% del Fondo de Extracción de Hidrocarburos. Además de las participaciones derivadas del Fondo a que se refiere el artículo 64 de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Campeche, los Municipios percibirán el 20% del monto de la recaudación que se obtenga en su territorio por el Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, ahora de naturaleza estatal, de

Page 4: PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL … · publicado en el periÓdico oficial del estado de fecha 12 de febrero de 2010, segunda secciÓn acuerdo del ejecutivo del estado por el

4

conformidad con lo establecido por el artículo quinto transitorio de la Ley de Hacienda del Estado de Campeche, publicada en el Periódico Oficial del Estado, el día 21 de diciembre de 2009. Así mismo percibirán el 20% de los ingresos que reciba el Estado por concepto de la recaudación derivada de la aplicación de las cuotas previstas en el artículo 2°-A de la fracción II de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. El Fondo de Fiscalización y el Fondo de Extracción de Hidrocarburos se distribuirán a los municipios de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 65 de esta propia Ley, atendiendo a la periodicidad prevista en los artículos 4° y 4°-B de la Ley de Coordinación Fiscal. De la misma manera, conforme al artículo 65 de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Campeche, las participaciones que a cada Municipio correspondan en el Fondo Municipal de Participaciones, se determinan conforme a las siguientes reglas: I.- Se entregará a cada Municipio una cantidad equivalente al 70% de las participaciones que le correspondieron en el Fondo Municipal de Participaciones en el año inmediato anterior, excluyendo la participación estatal derivada del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos; y II.- El excedente del Fondo Municipal de Participaciones se distribuirá bajo los siguientes criterios: a) El 60% en proporción directa al número de habitantes que tenga cada Municipio; b) El 20% por la eficiencia recaudatoria, medida por la proporción que represente la recaudación por habitante en el total de contribuciones municipales, la que se determinará acumulando la recaudación de todos los impuestos, más todos los derechos, más productos, más aprovechamientos y la recaudación federal administrada por los municipios, excepto las participaciones que el Gobierno Federal les entrega directamente; c) El 10% por la proporción que represente el crecimiento en la recaudación del Impuesto Predial y los Derechos de Agua, en los dos años inmediatos anteriores para el que se realiza el cálculo, respecto al crecimiento de todos los Municipios; y d) El 10% por la proporción que represente el crecimiento en la recaudación de todos los impuestos, en los dos años inmediatos anteriores para el que se realiza el cálculo, con excepción del Predial, de todos los derechos, exceptuando los de Agua, de los productos, aprovechamientos y la recaudación federal administrada por los municipios, excluyendo las participaciones que la Federación otorga en forma directa a los Municipios, respecto al crecimiento de todos los Municipios. CUARTO.- En cumplimiento de la obligación contenida en el último párrafo del artículo 6 de la Ley de Coordinación Fiscal se dan a conocer las variables utilizadas en el cálculo y distribución de las participaciones estimadas para el Fondo General de Participaciones y el Fondo de Fomento Municipal del ejercicio fiscal 2010, dichas variables son los coeficientes de participación aplicados, de conformidad con los artículos 1, 4, 30, 31, 64 y 65 de la Ley

Page 5: PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL … · publicado en el periÓdico oficial del estado de fecha 12 de febrero de 2010, segunda secciÓn acuerdo del ejecutivo del estado por el

5

de Coordinación Hacendaria del Estado de Campeche. Estos coeficientes se presentan en los cuadros siguientes: Cuadro 1: Art. 64, fracciones I y II de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Campeche. Diario Oficial de la Federación del 29 de enero de 2010. Fondo General de Participaciones. 100 % = $3,137’641,564.00

Artículo 64 fracción II de la Ley de Coordinación Hacendaria. Corresponde a municipios: 24% = $753’033,975.00

Diario Oficial de la Federación del 29 de enero de 2010. Fondo de Fomento Municipal. 100 % = $203’939,563.00

Artículo 64 fracción I de la Ley de Coordinación Hacendaria. Corresponde a municipios: 100% = $203’939,563.00

Cuadro 2: Artículo 65, fracciones I y II inciso a) de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Campeche. Cálculo del Coeficiente de población del municipio y Coeficiente de Participaciones recibidas por el municipio el año inmediato anterior.

MUNICIPIO POBLACIÓN

PARTICIPACIONES RECIBIDAS 2009

NÚMERO PORCENTAJE MONTO PORCENTAJE

CALAKMUL 23,814 3.16 54,059,222 4.50

CALKINI 49,850 6.61 77,557,625 6.47

CAMPECHE 238,850 31.65 297,739,238 24.86

CANDELARIA 37,006 4.90 72,197,717 6.03

CARMEN 199,988 26.50 269,854,693 22.53

CHAMPOTON 76,116 10.08 107,665,393 8.99

ESCARCEGA 50,106 6.64 93,891,491 7.84

HECELCHAKAN 26,973 3.57 55,471,773 4.63

HOPELCHEN 34,687 4.60 61,519,005 5.14

PALIZADA 8,290 1.10 61,844,318 5.16

TENABO 9,050 1.20 46,096,517 3.85

TOTAL 754,730 100.00 1,197,896,992.00 100.00

Page 6: PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL … · publicado en el periÓdico oficial del estado de fecha 12 de febrero de 2010, segunda secciÓn acuerdo del ejecutivo del estado por el

6

Cuadro 3: Artículo 65, fracción II inciso b) de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Campeche. Cálculo del Coeficiente de Recaudación por habitante por municipio.

MUNICIPIO SUMA

RECAUDACIÓN PROPIA

PORCENTAJE

RECAUDACION POR HABITANTE

PROPORCIÓN DE LA

RECAUDACIÓN POR HABITANTE

CALAKMUL 4,216,606 0.93 177.06416393718 0.04

CALKINI 5,678,618 1.25 113.91410230692 0.02

CAMPECHE 156,383,542 34.53 654.73536529202 0.15

CANDELARIA 10,883,471 2.40 294.10017294493 0.07

CARMEN 218,216,694 48.18 1,091.14893893634 0.24

CHAMPOTON 20,121,450 4.44 264.35243575595 0.06

ESCARCEGA 19,638,196 4.34 391.93302199337 0.09

HECELCHAKAN 3,295,243 0.73 122.16820524228 0.03

HOPELCHEN 3,819,305 0.84 110.10767722778 0.02

PALIZADA 7,961,507 1.76 960.37478890229 0.21

TENABO 2,728,632 0.60 301.50629834254 0.07

TOTAL 452,943,264 100.00 600.13947239410 1.00

SUMA RECAUDACIÓN POR HABITANTE 4,481.40517088161

Cuadro 4: Artículo 65, fracción II inciso c) de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Campeche. Cálculo del Coeficiente de crecimiento en la recaudación del Impuesto municipal de predial y los derechos de agua.

MUNICIPIO RECAUDACION PREDIAL Y AGUA INCREMENTO

RELATIVO CRECIMIENTO 2008 2009

CALAKMUL 718,383 907,901 1.26 0.11

Page 7: PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL … · publicado en el periÓdico oficial del estado de fecha 12 de febrero de 2010, segunda secciÓn acuerdo del ejecutivo del estado por el

7

CALKINI 1,451,820 1,337,027 0.92 0.08

CAMPECHE 55,916,974 56,976,864 1.02 0.08

CANDELARIA 2,303,949 2,578,085 1.12 0.09

CARMEN 93,067,635 103,069,131 1.11 0.09

CHAMPOTON 2,341,236 2,498,812 1.07 0.09

ESCARCEGA 2,015,496 2,168,132 1.08 0.09

HECELCHAKAN 1,203,038 1,102,525 0.92 0.08

HOPELCHEN 815,643 923,753 1.13 0.09

PALIZADA 1,399,212 1,452,424 1.04 0.09

TENABO 215,468 273,175 1.27 0.11

TOTAL 161,448,854 173,287,829 11.93 1.00

Cuadro 5: Artículo 65, fracción II inciso d) de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Campeche. Cálculo del Coeficiente de crecimiento en la recaudación de todos los impuestos municipales, en los 2 años inmediatos anteriores, con excepción del predial, de todos los derechos, exceptuando los de Agua, de los productos, aprovechamientos y la recaudación federal administrada por los municipios, excluyendo las participaciones que la Federación otorga en forma directa a los municipios, respecto al crecimiento de todos los municipios. RECAUDACION DE INGRESOS PROPIOS INCREMENTO

RELATIVO

CRECIMIENTO

2008 2009

CALAKMUL 4,222,914 3,308,705 0.78 0.07

CALKINI 5,335,742 4,341,591 0.81 0.07

CAMPECHE 117,543,066 99,406,678 0.85 0.07

CANDELARIA 7,517,795 8,305,386 1.10 0.09

CARMEN 102,659,397 115,147,563 1.12 0.10

CHAMPOTON 14,130,140 17,622,638 1.25 0.11

ESCARCEGA 21,668,763 17,470,064 0.81 0.07

Page 8: PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL … · publicado en el periÓdico oficial del estado de fecha 12 de febrero de 2010, segunda secciÓn acuerdo del ejecutivo del estado por el

8

HECELCHAKAN 1,915,732 2,192,718 1.14 0.10

HOPELCHEN 2,770,529 2,895,552 1.05 0.09

PALIZADA 4,336,526 6,509,083 1.50 0.13

TENABO 2,035,750 2,455,457 1.21 0.10

TOTAL 284,136,354 279,655,435 11.62 1.00

TRANSITORIOS

Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. Segundo.- Se derogan todos los acuerdos y disposiciones reglamentarias expedidas por este Ejecutivo en lo que se opongan al contenido del presente Acuerdo. Dado en el Palacio de Gobierno, residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de San Francisco de Campeche, Municipio y Estado de Campeche, Estados Unidos Mexicanos a los ocho días del mes de febrero del año dos mil diez.

Lic. Fernando Eutimio Ortega Bernés Gobernador del Estado de Campeche

C.P. Tirso Agustín R. de la Gala Gómez Secretario de Finanzas