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personas, sus bienes y el ambiente, razón por la cual deben priorizarse las accionesorientadas a prevenirlos, atenuarlos o atenderlos en forma oportuna y conveniente;

Que, de conformidad a lo estipulado por el artículo 3° de' la Ley N° 28101 "Ley deMovilización Nacional", la movilización es un proceso permanente e integral, planeado ydirigido por el Gobierno, a fin de disponer y asignar oportunamente los recursos necesariospara afrontar situaciones de emergencia ocasionados por conflictos o desastres que atentencontra la seguridad, cuando estos superen las previsiones de personal, bienes y servicios,así como las posibilidades económicas y financieras; *

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DIRECTIVA N° 0,53 -2005-MINSAlOGDN-V.O1

ORGANIZACiÓN VruNCIONAMIENTO DE LAS BRIGADAS DELMINISTERIO DE SALUD PARA ATENCiÓN Y CONTROL DE SITUACIONES

DE EMERGENCIAS Y DESASTRES

1. FINALIDAD

Fortalecer la capacidad de respuesta del Ministerio de Salud frente a situacionesde emergencias y desastres que generen riesgo inminente o daños a la salud delas personas, al medio ambiente y a los servicios de salud.

OBJETIVO,.'

Normar la conformación, implementación y funcionamiento de las brigadas para laatencióny controlde emergenciasy desastres. .

111. ALCANCE .

La presente directiva es de aplica~ión obligatoria en los establecimientos de saludbajo la jurisdicción administrativa del Ministerio de Salud, así como en el ámbito delas Direcciones Regionales de Salud de los Gobiernos Regionales.,

IV. BASE LEGAL

. Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil, Decreto Ley N° 19338 Y susmodificatorias, decretos legislativos N° 442, 735 Y 905, Ley N° 25414 Y Decretode Urgencia N° 049-2000.Ley de Movilización Nacional, Ley N° 28101.Ley General de Salud, Ley N° 26842.Ley del Ministerio de Salud, Ley N° 27657.Decreto Supremo N° 005-88-SGMD que aprueba el Reglamento del Sistemade Defensa Civil y su modificatoria Decreto Supremo N° 058-2001-PCM.Decreto Supremo. N° 001-A-2004-DE/SG que aprueba el Plan Nacional dePrevención y Atención de Desastres.Decreto Supremo N° 013-2002-SA que aprueba el Reglamento de la Ley delMinisterio de Salud. ~

Decreto Supremo N° 014-2002-SA aprueba el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Salud.Resolución Suprema N° 009-2004-SA que aprueba el Plan Sectorial dePrevención y Atención de Desastres del Sector Salud.Resolución Ministerial N° 573-2003-SAlDM que aprueba el Reglamento deOrganización y Funciones de las Direcciones de Salud y las Direcciones deredes de Salud.Resolución Ministerial N° 984-2004/MINSA que aprueba la Directiva N° 044-MINSAlOGDN-V.01 "Organización y Funcionamiento del Centro deOperaciones de Emergencia del Sector Salud (COE-SALUD)".

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V. DISPOSICIONES GENERALES

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5.1. NATURALEZA Y FUNCIONES

1. La brigada es"-Sf~J:¡quipode profesionales o técnicos acreditados por laOficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud o lainstitución de origen, que se moviliza en forma inmediata en situaciones deemergencias y desastres. Se clasifican en cuatro tipos de brigadas:. Intervención inicial

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. Asistencial

. Especializada

. Hospitalaria

Las brigadas tienen como actividades complementar las acciones derespuesta y control de las emergencias, desastres y epidemias a nivellocal, regional o nacional a través de :a. Evaluación de daños y análisis de >necesidades.b. Atención a las personas.c. Atención en salud ambiental.d. Vigilancia epidemiológicae. Evaluación de la infraesJructura de saludf. Manejo de suminist~bs\~apoyo logístico

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2.

3. El brigadista acreditado deberá realizar actividades de defensa civil en suinstitución, en coordinación~con el Centro de Prevención y Control deEmergencias y Desastres.

4. Los brigadistas deben estar en condiciones para una rápida movilización ala zona afectada, mantener comunicación permanente con las instanciasdel MINSA, elaborar los informes respectivos y alcanzarlo oportunamentea los niveles que corresponda. '

5.2. CONFORMACION y EQUIPAMIENTO

1. La brigada está compuesta de por lo menos seis personas, uno de loscuales actuará como coordinador y otro como apoyo logístico. Suconformación, funciones y responsabilidades estarán en función al tipo debrigada.

2. El Ministerio de Salud a través de la Oficiria General de Defensa Nacional yde los Centros de Prevención y Control de Emergencias y Desastres de lasDISAS IDIRESAS es responsable de organizar, capacitar, implementar ymovilizar las Brigadas.

3. Las brigadas cuentan con un equipamiento básico para el cumplimiento desus funciones, conforme a lo establecido en los anexos 1, 2 Y 3 de lapresente directiva. La dependencia a la cual pertenece la brigada esresponsable de su equipamiento, mantenimiento y reentrenamiento o derealizar la gestión para ese fin.

4. Las brigadas deben portar en su vestuario, la bandera peruana, los logosdel Ministerio de Salud, de la Oficina General de Defensa Nacional y de laDISA IDIRESA a la cual pertenece. Adicionalmente, pueden usar el logoque identifique la brigada, conforme a lo establecido en el anexo 1 de lapresente directiva.

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5.3. ACREDIT ACION DE lA BRIGADA y DE lOS BRIGADIST AS

1. La Oficina General de-Defensa Nacional del Ministerio de Salud efectuará laacreditación de la"br1?Jadaprevia coordinación con el Centro de Prevencióny Control de Emerger;iciasy Desastres de las DISAS/DIRESAS, en caso asílo amerite. La acreditación del brigadista tiene una vigencia de tres(3) años,luego de la cual debe ser renovada por la Oficina General de DefensaNacional

2. Es reconocido como Brigadista el personal que apruebe el curso deformación y este acreditado por la Oficina General de Defensa Nacional.

3. La Oficina General de Defensa Nacional reconoce y acredita comoinstructor de Brigadas, a los brigadistas que cumplan con los siguientesrequisitos:

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. Ser personal del Ministerio de Salud.Estar debidamente acreditado.Experiencia mínima de tres(3) años como brigadista.Contar con capacitacióp e!'J:

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territorio nacionalg. Participación como asistente de instructor o monitor del curso de

brigadas en por lo menos cuatro cursos.

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5.4. MOVllIZACION y DESMOVllIZACION

1. La movilización y desmovilización de la brigada, dentro de su jurisdicción seefectuará por orden de la autoridad de salud a nivel regional o local.

2. La movilización de la brigada fuera de su jurisdicción es procedente previasolicitud de apoyo de la autoridad de salug de la zona afectada por unaemergencia o desastre, en coordinación con la Oficina General de DefensaNacional.

3. La brigada que operará en la zona del desastre esta bajo el mando delDirector del Centro de Prevención y Control de Emergencias y Desastres.Le corresponde a las Brigadas mantener comunicación permanente con laautoridad de salud y elaborar los informes de situación.

Las dependencias y órganos del Ministerio de Salud tienen laresponsabilidad de facilitar la movilización y operaciones de las brigadas enla zona del desastre. Los gastos que demanden la movilización yoperaciones serán asumidos por la dependencia, dirección u órgano quesolicitó el apoyo de la brigada.

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VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS

6.1. BRIGADA DE INTERVENCiÓN INICIAL

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Seis brigadistas como mínimo, de los cuales por lo menos dos deben serprofesionales de la salud.

Funciones y responsabilidades:

a. Apoyar al Centro de Operaciones de Emergencia de la Comisión de Saluden la atención y control de emergencias y desastres.

b. Participar en la atención médica básica y en el transporte asistido de lasvíctimas.

c. Participar en la evaluación de daños y el análisis de necesidades,proponiendo las acciones prioritar.jas para el control y atención de lasituación.

d. Asesorar en la organización para la asistencia de salud a las víctimas delevento adverso.

e. Proponer acciones para el manejo de agua, disposición de residuossólidos y excretas; y ~a manipulación, distribución y conservación dealimentos en albergues.'"'!

f. Otras funciones que le asigne el Centro de Operaciones de Emergenciadel Sector Salud. J

6.2. BRIGADA ASISTENCIAL

Organización:

a. Un médico,b. Un psicólogo u otro profesional capacitado en atención de 'salud

para casos de desastres,c. Un enfermero{a}d. Dos técnicos de enfermeríae. Un técnico de apoyo logístico y administrativo.

mental

Funciones y responsabilidades:

a. Apoyar al establecimiento de salud en"el control y atención de daños a lasalud de las personas y al ambiente después de las 24 horas de ocurridoel evento adverso.

b. Participar en la atención médica de las víctimasc. Organizar la asistencia de salud a los heridos por el evento adverso.d. Otras funciones que le asigne el Centro de Operaciones de Emergencia

del Sector Salud.

6.3. BRIGADAESPECIALIZADA

Organización:Dependiendo de la necesidad para la atención de los daños producidos por elevento adverso, se considerará a profesionales y técnicos que participen ensalud ambiental, epidemiología, evaluación de la infraestructura física, saludmental, atención quirúrgica-traumatológica, toxicológica, etc.

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Funciones y responsábilidades:

a. Apoyar en la atención y control especializado de daños a la salud de laspersonas, al medio .ambiente y a los establecimientos de salud. '

b. Otras funcionesl:qDe le asigne el Centro de Operaciones de Emergenciadel Sector Salud. " ,

6.4. BRIGADA HOSPITALARIA

Conformada por personal de los hospitales e institutos especializados queparticipan en el control del desastre interno a través de lucha contra incendios,seguridad, evacuación y evaluación de daños.

VII. DISPOSICIONES FINALES

1. La Oficina General de Defensa Nacional, a través de los Centros de Prevencióny Control de Emergencias y Desastres de las DISAS/DIRESAS, es responsablede controlar el cumplimiento de la presente directiva, así como emitir lasnormas complementarias que se requieran. .

2. Se reconocerá y acreditará ~ togas las brigadas, brigadistas e instructores quea la fecha de la aprobación~de' la presente directiva se encuentren activos yoperativos y estén registrados en la Oficina General de Defens~ Nacional.

3. La Oficina General de Defens'a Nacional promoverá la conformación debrigadas, y la formación y capacitación permanente de brigadistas y de losinstructores de brigadas.

5. La Oficina General de Defensa Nacional mantendrá actualizado el registro delos brigadistas acreditados y reacreditados.

Los Centros de Prevención y Control de Emergencias y Desastres de lasDISAS/DIRESAS, en coordinación con la Oficina General de DefensaNacional, elaborarán el reglamento de funcionamie'nto de las brigadas delámbito de su competencia.

7. Las Brigadas forman parte del Sistema de Defensa Civil, debiendo serincorporadas, como brigadas en su jurisdicción, correspondiéndole losderechos según la normatividad vigente. "

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ANEXO 1

EQUIPAMIENTO BASICO DE LA BRIGADA PARA SITUACIONES DEEMERGENCIAS Y DESASTRES

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*Las especificaciones técnicas de la ropa y equipos serán establecidas por laOficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud

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ANEXO 2

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KIT DE PRIMEROS AUXILIOS PARA USO DE LA BRIGADA PARA SITUACIONESDE EMERGENCIAS Y DESASTRES

Medicamentos:

1. Paracetamol 500 mg2. Diclofenaco Sódico 75 mg3. Ibuprofeno 400 mg4. Metamizol 1 mg5. Clorfenamina maleato 4 mg6. Clorfenamina maleato 10 mg7. Hidrocortisona8. Dexametasona 4 mg9. Dexametasona 8 mg10. Dextrosa 33%11. Adrenalina 1/1000012. Atropina 0.5 mg/ml13. Bicarbonato de Sodio 8,4%14. Diazepan 10 mg/ml15. Dextrosa 5% AD16. Cloruro de Sodio 0.09%17. Buscapina compuesta18. Ranitidina 50 mg19. Ranitidina 150 mg20. Captopril 25mg21. Isorbide 5 mg22. Sulfadiazina de Plata(crema)

Soluciones:

1. Alcohol 100%2. Agua oxigenada3. Isodine espuma4. Isodine solución5. Agua estéril/destilada

Otros insumos:

1. Gasa estéril2. Esparadrapo antialergico3. Vendas 4 pulg4. Jeringas descartables 5 cc5. Jeringas descartables de 20cc6. Guantes quirúrgicos (pares)7. mascarillas8. Férulas9. Collarín

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01 frasco de 100 cc.01 frasco. de 200 cc.01 frasco de 100 cc.01 frasco de 100 cc.01 frasco de 100 cc.

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10 paquetes por 5 unidades02 rollos de una pilgada04 rollos10 unidades05 unidades1Opares10 unidades05 unidades01 unidad

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COMPONENTES DE LAS RACIONES DE ALIMENTOS FRIOS PARA LAMOVILIZACiÓN DE LAS BRIGADAS DEL MINISTERIO DE SALUD

Leche chocolatada

Galletas de sodaPescado envasado (grated / filete /lomito / sólido de atún / entomatado)

Caja 01

Envase 01

PaqueteLata

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Galletas de sodaConserva de fruta

CENA

Jugo de frutas

Tallarines con pollo / estofado depollo o carne

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COMPLEMENTOS YACCESORIOSInfusión filtrante (Te, ManzanillaAgua de mesa

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SobreBotellaSobreSetcompleto

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ALTEiRNÁTIV AS!QB$ERVACION~S

Caja tipo tetrapack, descartable,Composición mínima: volumen x200 cc; carbohidratos 21 grs y 100caloríasCaja tipo tetrapack, descartable,Composición mínima: volumen x200 cc; carbohidratos 30 grs,proteínas 5,5 grs y 100 caloríasPaquete personal x 8 unidadesLata de tamaño personal, deaproximadamente 150 gr de pesocomo mínimo con 300 calorías,proteínas 13 gr y con dispositivopara abrir.Alternativa: ,Salchicha tipo VienesaBolsa individual x 120 qr

Caja tipo tetrapack, descartable, 200cc y 100 calorías, como mínimoLata de tamaño personal,aproximadamente 250 gr y 50calorías y con dispositivo para abrirPaquete personal x 8 unidadesDurazno, manzana, papayaLata con dispositivo para abrir, conaproximadamente 250 qrs.

Café en sachetBotella x 360 ccSobre de 15 qr

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Pa uete 01Lata 01

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