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1 R. AYUNTAMIENTO TULA, TAM. PROYECTO PRESUPUESTO DE EGRESOS EJERCICIO FISCAL 2020. TÍTULO PRIMERO DE LAS ASIGNACIONES PRESUPUESTALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El ejercicio, control y evaluación del gasto público con cargo al Presupuesto de Egresos del Municipio de Tula Tamaulipas para el año 2020, la contabilidad y la información financiera correspondiente, se sujetará a las disposiciones contenidas en este Decreto, a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, a la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas para el Estado de Tamaulipas, al Código Municipal y en las demás aplicables en la materia. Conforme a las facultades que le otorga el Artículo 72 del Código Municipal vigente, la Tesorería Municipal estará facultada para exigir a las demás Unidades Administrativas; que toda erogación con cargo al Presupuesto de Egresos Municipal esté debidamente justificado y comprobado, con apego a las normas aplicables. Se autoriza a la Tesorería Municipal a establecer la provisión presupuestal señalada en el artículo 6 de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Tamaulipas y sus Municipios. Artículo 2. El gasto público municipal deberá ajustarse al importe autorizado para los programas y partidas presupuestales, salvo aquellas que se refieran al gasto corriente; las que para efectos del Presupuesto de Egresos Municipal 2020 se consideran de ampliación automática. Artículo 3. El gasto público deberá ajustarse al importe autorizado para los diversos programas; para efectos del Presupuesto de Egresos 2020 y conforme al artículo 160 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, todas las partidas se consideran de ampliación automática o cuando dicho incremento corresponda a una disminución en otra partida presupuestal. En el supuesto de que se perciban ingresos ordinarios y extraordinarios excedentes a los considerados para el ejercicio fiscal para el año 2020, se faculta al Presidente Municipal para que por conducto de la Tesorería Municipal realice erogaciones adicionales a las autorizadas hasta por el importe de dichos excedentes, en los distintos apartados presupuestales. Se podrán efectuar reducciones a los montos de las partidas autorizadas en el presente presupuesto, cuando se presenten contingencias que repercutan en una disminución de los ingresos presupuestados a recibir, así como las que deriven de medidas de austeridad, racionalidad, disciplina presupuestal y atención a renglones prioritarios. Para efectos del presente artículo, la Tesorería deberá presentar ante el Ayuntamiento, antes del 31 de diciembre del año 2020, un informe detallado de las partidas del Presupuesto de Egresos que sufrieron modificación durante el ejercicio del mismo, de acuerdo a lo establecido en el Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, en lo referente a las modificaciones al presupuesto. Artículo 4. Se autoriza al Presidente Municipal, para que, por conducto de la Tesorería Municipal, realice la aplicación de los importes no ejercidos en los capítulos autorizados del Presupuesto de Egresos Municipal 2020 en este ejercicio o en el siguiente, destinándolo a los programas de las Unidades Administrativas. CAPÍTULO II DE LA INTEGRACIÓN DEL PRESUPUESTO Artículo 5. El Presupuesto de Egresos del Municipio de Tula, Tamaulipas para el ejercicio fiscal de 2020, comprende una estimación de $ 137,538,000.00 (ciento treinta y siete millones quinientos treinta y ocho mil pesos 00/100 M.N.) y tendrá la siguiente distribución: PRESUPUESTO DE EGRESOS POR CAPÍTULO DEL GASTO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020 MUNICIPIO DE TULA TAMAULIPAS PRESUPUESTO DE EGRESOS POR CAPITULO IMPORTE % TOTAL $ 137,538,000.00 100% 1000 SERVICIOS PERSONALES $ 24,020,070.00 17.46% 2000 MATERIALES Y SUMINISTROS $ 11,049,400.00 8.03% 3000 SERVICIOS GENERALES $ 33,641,180.00 24.46% 4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS $ 8,320,280.00 6.05% 5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES $ 5,955,380.00 4.33% 6000 INVERSION PÚBLICA $ 52,051,690.00 37.85% 7000 INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES $ - 0.00% 8000 PARTICIPACIONES Y APORTACIONES $ - 0.00% 9000 DEUDA PÚBLICA $ 2,500,000.00 1.82%

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R. AYUNTAMIENTO TULA, TAM. PROYECTO PRESUPUESTO DE EGRESOS EJERCICIO FISCAL 2020.

TÍTULO PRIMERO DE LAS ASIGNACIONES PRESUPUESTALES

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. El ejercicio, control y evaluación del gasto público con cargo al Presupuesto de Egresos del Municipio de Tula

Tamaulipas para el año 2020, la contabilidad y la información financiera correspondiente, se sujetará a las disposiciones contenidas en este Decreto, a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, a la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas para el Estado de Tamaulipas, al Código Municipal y en las demás aplicables en la materia. Conforme a las facultades que le otorga el Artículo 72 del Código Municipal vigente, la Tesorería Municipal estará facultada para exigir a las demás Unidades Administrativas; que toda erogación con cargo al Presupuesto de Egresos Municipal esté debidamente justificado y comprobado, con apego a las normas aplicables. Se autoriza a la Tesorería Municipal a establecer la provisión presupuestal señalada en el artículo 6 de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Tamaulipas y sus Municipios. Artículo 2. El gasto público municipal deberá ajustarse al importe autorizado para los programas y partidas presupuestales,

salvo aquellas que se refieran al gasto corriente; las que para efectos del Presupuesto de Egresos Municipal 2020 se consideran de ampliación automática. Artículo 3. El gasto público deberá ajustarse al importe autorizado para los diversos programas; para efectos del Presupuesto de

Egresos 2020 y conforme al artículo 160 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, todas las partidas se consideran de ampliación automática o cuando dicho incremento corresponda a una disminución en otra partida presupuestal. En el supuesto de que se perciban ingresos ordinarios y extraordinarios excedentes a los considerados para el ejercicio fiscal para el año 2020, se faculta al Presidente Municipal para que por conducto de la Tesorería Municipal realice erogaciones adicionales a las autorizadas hasta por el importe de dichos excedentes, en los distintos apartados presupuestales. Se podrán efectuar reducciones a los montos de las partidas autorizadas en el presente presupuesto, cuando se presenten contingencias que repercutan en una disminución de los ingresos presupuestados a recibir, así como las que deriven de medidas de austeridad, racionalidad, disciplina presupuestal y atención a renglones prioritarios. Para efectos del presente artículo, la Tesorería deberá presentar ante el Ayuntamiento, antes del 31 de diciembre del año 2020, un informe detallado de las partidas del Presupuesto de Egresos que sufrieron modificación durante el ejercicio del mismo, de acuerdo a lo establecido en el Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, en lo referente a las modificaciones al presupuesto. Artículo 4. Se autoriza al Presidente Municipal, para que, por conducto de la Tesorería Municipal, realice la aplicación de los

importes no ejercidos en los capítulos autorizados del Presupuesto de Egresos Municipal 2020 en este ejercicio o en el siguiente, destinándolo a los programas de las Unidades Administrativas.

CAPÍTULO II

DE LA INTEGRACIÓN DEL PRESUPUESTO

Artículo 5. El Presupuesto de Egresos del Municipio de Tula, Tamaulipas para el ejercicio fiscal de 2020, comprende una

estimación de $ 137,538,000.00 (ciento treinta y siete millones quinientos treinta y ocho mil pesos 00/100 M.N.) y tendrá la siguiente distribución:

PRESUPUESTO DE EGRESOS POR CAPÍTULO DEL GASTO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020

MUNICIPIO DE TULA TAMAULIPAS

PRESUPUESTO DE EGRESOS POR CAPITULO IMPORTE %

TOTAL $ 137,538,000.00 100%

1000 SERVICIOS PERSONALES $ 24,020,070.00 17.46%

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS $ 11,049,400.00 8.03%

3000 SERVICIOS GENERALES $ 33,641,180.00 24.46%

4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS $ 8,320,280.00 6.05%

5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES $ 5,955,380.00 4.33%

6000 INVERSION PÚBLICA $ 52,051,690.00 37.85%

7000 INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES $ - 0.00%

8000 PARTICIPACIONES Y APORTACIONES $ - 0.00%

9000 DEUDA PÚBLICA $ 2,500,000.00 1.82%

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Artículo 6. Conforme al Artículo 49 fracción XXV del Código Municipal vigente, se faculta al Presidente Municipal para crear

las Unidades Administrativas necesarias para el despacho de los negocios del orden administrativo y la atención de los servicios públicos, debiendo informar de las modificaciones presupuestales de acuerdo con el Artículo 3 de este presupuesto. Las Unidades Administrativas responsables para el ejercicio de los recursos serán las siguientes:

CÓDIGO UNIDADES ADMINISTRATIVA

2 PRESIDENCIA MUNICIPAL

3 OBRAS PÚBLICAS

Artículo 7. Las Unidades Administrativas están obligadas en el ejercicio de los recursos presupuestales, a que este se lleve a

cabo con Perspectiva de Equidad de Género, entendiéndose por ello, como el enfoque que les permita identificar y evitar el fenómeno de la desigualdad e inequidad entre hombres y mujeres en el municipio.

CAPÍTULO III DE LA CLASIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO

Artículo 8. Conforme al Artículo 46 Fracción II Inciso b) de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la generación

periódica de la información presupuestaria, considerara la desagregación analítica del ejercicio del presupuesto de egresos, del que se derivarán las siguientes clasificaciones:

Clasificación Administrativa

MUNICIPIO DE TULA, TAMAULIPAS

PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020

CLASIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

CÓDIGO UNIDADES

ADMINISTRATIVA IMPORTE %

2 PRESIDENCIA MUNICIPAL $ 85,486,310.00 62.15%

3 OBRAS PÚBLICAS $ 52,051,690.00 37.85%

T O T A L $ 137,538,000.00 100.00%

Clasificación Económica

Por Tipo de Gasto

MUNICIPIO DE TULA, TAMAULIPAS

PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020

CLASIFICACIÓN POR TIPO DE GASTO

TIPO DE GASTO NOMBRE

IMPORTE %

1 GASTO CORRIENTE $ 76,930,930.00 55.93%

2 GASTO CAPITAL $ 58,007,070.00 42.18%

3 AMORTIZACION DE LA DEUDA Y DISMINUCION DE PASIVOS

$ 2,500,000.00 1.82%

4 PENSIONES Y JUBILACIONES $ 100,000.00 0.07%

T O T A L $ 137,538,000.00 100.00%

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Por Objeto del Gasto

MUNICIPIO DE TULA TAMAULIPAS

PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020

CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO IMPORTE

TOTAL $ 137,538,000.00

1000 SERVICIOS PERSONALES $ 24,020,070.00

1100 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER PERMANENTE $ 18,061,570.00

113 Sueldos base al personal permanente $ 18,061,570.00

1200 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER TRANSITORIO $ 158,500.00

122 Sueldos base al personal eventual $ 158,500.00

1300 REMUNERACIONES ADICIONALES Y ESPECIALES $ 3,850,000.00

132 Primas de vacaciones, dominical y gratificación de fin de año $ 1,200,000.00

134 Compensaciones $ 2,650,000.00

1400 SEGURIDAD SOCIAL $ -

1500 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS $ 1,500,000.00

152 Indemnizaciones $ 1,500,000.00

1600 PREVISIONES $ -

1700 PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS $ 450,000.00

171 Estímulos $ 450,000.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS $ 11,049,400.00 2100 MATERIALES DE ADMINISTRACION, EMISION DE DOCUMENTOS Y ARTICULOS OFICIALES $ 1,138,000.00

211 Materiales, útiles y equipos menores de oficina $ 420,000.00

212 Materiales y útiles de impresión y reproducción $ 120,000.00

214 Materiales, útiles y equipos menores de tecnologías de la información y comunicaciones $ 100,000.00

215 Material impreso e información digital $ 220,000.00

216 Material de limpieza $ 158,000.00

217 Materiales y útiles de enseñanza $ 120,000.00

2200 ALIMENTOS Y UTENSILIOS $ 1,136,400.00

221 Productos alimenticios para personas $ 1,126,400.00

223 Utensilios para el servicio de alimentación $ 10,000.00

2300 MATERIAS PRIMAS Y MATERIALES DE PRODUCCION Y COMERCIALIZACION $ -

2400 MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRUCCION Y DE REPARACION $ 975,000.00

242 Cemento y productos de concreto $ 20,000.00

244 Madera y productos de madera $ 15,000.00

245 Vidrio y productos de vidrio $ 10,000.00

246 Material eléctrico y electrónico $ 300,000.00

247 Artículos metálicos para la construcción $ 20,000.00

248 Materiales complementarios $ 10,000.00

249 Otros materiales y artículos de construcción y reparación $ 600,000.00

2500 PRODUCTOS QUIMICOS, FARMACEUTICOS Y DE LABORATORIO $ 140,000.00

253 Medicinas y productos farmacéuticos $ 120,000.00

254 Materiales, accesorios y suministros médicos $ 20,000.00

2600 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS $ 5,700,000.00

261 Combustibles, lubricantes y aditivos $ 5,700,000.00

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2700 VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCION Y ARTICULOS DEPORTIVOS $ 930,000.00

271 Vestuario y uniformes $ 750,000.00

272 Prendas de seguridad y protección personal $ 100,000.00

273 Artículos deportivos $ 80,000.00

2800 MATERIALES Y SUMINISTROS PARA SEGURIDAD $ -

2900 HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES $ 1,030,000.00

291 Herramientas menores $ 100,000.00

292 Refacciones y accesorios menores de edificios $ 30,000.00 293 Refacciones y accesorios menores de mobiliario y equipo de administración, educacional y recreativo $ 300,000.00

296 Refacciones y accesorios menores de equipo de transporte $ 450,000.00

298 Refacciones y accesorios menores de maquinaria y otros equipos $ 150,000.00

3000 SERVICIOS GENERALES $ 33,641,180.00

3100 SERVICIOS BASICOS $ 6,295,000.00

311 Energía eléctrica $ 5,900,000.00

312 Gas $ 10,000.00

313 Agua $ 300,000.00

314 Telefonía tradicional $ 50,000.00

315 Telefonía celular $ -

317 Servicios de acceso de Internet, redes y procesamiento de información $ 25,000.00

318 Servicios postales y telegráficos $ 10,000.00

3200 SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO $ 8,310,000.00

321 Arrendamiento de terrenos $ 100,000.00

322 Arrendamiento de edificios $ 100,000.00

325 Arrendamiento de equipo de transporte $ 840,000.00

326 Arrendamiento de maquinaria, otros equipos y herramientas $ 7,270,000.00

3300 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTIFICOS, TECNICOS Y OTROS SERVICIOS $ 4,977,970.00

331 Servicios legales, de contabilidad, auditoría y relacionados $ 1,608,000.00

332 Servicios de diseño, arquitectura, ingeniería y actividades relacionadas $ 360,000.00

333 Servicios de consultoría administrativa, procesos, técnica y en tecnologías de la información $ 2,409,970.00

334 Servicios de capacitación $ 600,000.00

3400 SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES $ 554,210.00

341 Servicios financieros y bancarios $ 34,210.00

345 Seguro de bienes patrimoniales $ 200,000.00

347 Fletes y maniobras $ 320,000.00

3500 SERVICIOS DE INSTALACION, REPARACION, MANTENIMIENTO Y CONSERVACION $ 2,320,000.00

351 Conservación y mantenimiento menor de inmuebles $ 900,000.00 352 Instalación, reparación y mantenimiento de mobiliario y equipo de administración, educacional y recreativo $ 20,000.00

353 Instalación, reparación y mantenimiento de equipo de cómputo y tecnología de la información $ 50,000.00

355 Reparación y mantenimiento de equipo de transporte $ 600,000.00

357 Instalación, reparación y mantenimiento de maquinaria, otros equipos y herramienta $ 600,000.00

358 Servicios de limpieza y manejo de desechos $ 100,000.00

359 Servicios de jardinería y fumigación $ 50,000.00

3600 SERVICIOS DE COMUNICACION SOCIAL Y PUBLICIDAD $ 1,100,000.00

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361 Difusión por radio, televisión y otros medios de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales $ 1,100,000.00

3700 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIATICOS $ 1,064,000.00

371 Pasajes aéreos $ 20,000.00

372 Pasajes terrestres $ 124,000.00

374 Autotransporte $ 20,000.00

375 Viáticos en el país $ 900,000.00

3800 SERVICIOS OFICIALES $ 8,200,000.00

382 Gastos de orden social y cultural $ 8,000,000.00

383 Congresos y convenciones $ 100,000.00

385 Gastos de representación $ 100,000.00

3900 OTROS SERVICIOS GENERALES $ 820,000.00

391 Servicios funerarios y de cementerios $ 20,000.00

392 Impuestos y derechos $ 100,000.00

395 Penas, multas, accesorios y actualizaciones $ 50,000.00

398 Impuesto sobre nóminas y otros que se deriven de una relación laboral $ 650,000.00

4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS $ 8,320,280.00

4100 TRANSFERENCIAS INTERNAS Y ASIGNACIONES AL SECTOR PÚBLICO $ -

4200 TRANSFERENCIAS AL RESTO DEL SECTOR PÚBLICO $ -

4300 SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES $ -

4400 AYUDAS SOCIALES $ 7,548,280.00

441 Ayudas sociales a personas $ 5,000,000.00

442 Becas y otras ayudas para programas de capacitación $ 84,000.00

443 Ayudas sociales a instituciones de enseñanza $ 500,000.00

445 Ayudas sociales a instituciones sin fines de lucro $ 50,000.00

448 Ayudas por desastres naturales y otros siniestros $ 1,914,280.00

4500 PENSIONES Y JUBILACIONES $ 100,000.00

451 Pensiones $ 100,000.00

4600 TRANSFERENCIAS A FIDEICOMISOS, MANDATOS Y OTROS ANALOGOS $ -

4700 TRANSFERENCIAS A LA SEGURIDAD SOCIAL $ -

4800 DONATIVOS $ 672,000.00

481 Donativos a instituciones sin fines de lucro $ 672,000.00

4900 TRANSFERENCIAS AL EXTERIOR $ -

5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES $ 5,955,380.00

5100 MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION $ 850,000.00

511 Muebles de oficina y estantería $ 400,000.00

515 Equipo de cómputo y de tecnologías de la información $ 400,000.00

519 Otros mobiliarios y equipos de administración $ 50,000.00

5200 MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO $ 100,000.00

523 Cámaras fotográficas y de video $ 100,000.00

5300 EQUIPO E INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO $ -

5400 VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE $ 1,130,000.00

541 Vehículos y equipo terrestre $ 1,130,000.00

5500 EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD $ -

5600 MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS $ 2,450,000.00

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567 Herramientas y máquinas-herramienta $ 150,000.00

569 Otros equipos $ 2,300,000.00

5700 ACTIVOS BIOLOGICOS $ -

5800 BIENES INMUEBLES $ 1,375,380.00

581 Terrenos $ 1,375,380.00

5900 ACTIVOS INTANGIBLES $ 50,000.00

591 Software $ 50,000.00

6000 INVERSION PÚBLICA $ 52,051,690.00

6100 OBRA PÚBLICA EN BIENES DE DOMINIO PÚBLICO $ 52,051,690.00

611 Edificación habitacional $ 12,100,000.00

612 Edificación no habitacional $ 4,251,690.00 613 Construcción de obras para el abastecimiento de agua, petróleo, gas, electricidad y telecomunicaciones $ 21,400,000.00

614 División de terrenos y construcción de obras de urbanización $ 7,200,000.00

615 Construcción de vías de comunicación $ 5,000,000.00

619 Trabajos de acabados en edificaciones y otros trabajos especializados $ 2,100,000.00

6200 OBRA PÚBLICA EN BIENES PROPIOS $ -

6300 PROYECTOS PRODUCTIVOS Y ACCIONES DE FOMENTO $ -

7000 INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES $ -

7100 INVERSIONES PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES PRODUCTIVAS $ -

7200 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL $ -

7300 COMPRA DE TITULOS Y VALORES $ -

7400 CONCESION DE PRÉSTAMOS $ -

7500 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS, MANDATOS Y OTROS ANALOGOS $ -

7600 OTRAS INVERSIONES FINANCIERAS $ -

7900 PROVISIONES PARA CONTINGENCIAS Y OTRAS EROGACIONES ESPECIALES $ -

8000 PARTICIPACIONES Y APORTACIONES $ -

8100 PARTICIPACIONES $ -

8300 APORTACIONES $ -

8500 CONVENIOS $ -

9000 DEUDA PÚBLICA $ 2,500,000.00

9100 AMORTIZACION DE LA DEUDA PÚBLICA $ -

9200 INTERESES DE LA DEUDA PÚBLICA $ -

9300 COMISIONES DE LA DEUDA PÚBLICA $ -

9400 GASTOS DE LA DEUDA PÚBLICA $ -

9500 COSTO POR COBERTURAS $ -

9600 APOYOS FINANCIEROS $ -

9900 ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES (ADEFAS) $ 2,500,000.00

991 ADEFAS $ 2,500,000.00

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Por Fuente de Recursos

PRESUPUESTO DE EGRESOS POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020

CÓDIGO FUENTE DE FINANCIAMIENTO IMPORTE %

4PRO RECURSOS PROPIOS $ 61,128,000.00 44.44%

5FOR FORTALECIMIENTO $ 21,565,000.00 15.68%

5INF INFRAESTRUCTURA $ 54,845,000.00 39.88%

T O T A L $ 137,538,000.00 100.00%

Clasificación Funcional

MUNICIPIO DE TULA TAMAULIPAS

PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020

CLASIFICADOR FUNCIONAL DEL GASTO

N° CONCEPTO FUNICION FINALIDAD %

1 GOBIERNO $ 64,702,960.00 47.04%

1.5 ASUNTOS FINANCIEROS Y

HACENDARIOS $ 64,702,960.00

2 DESARROLLO SOCIAL $ 70,335,040.00 51.14%

2.1 PROTECCION AMBIENTAL $ 2,063,070.00

2.2 VIVIENDA Y SERVICIOS A LA

COMUNIDAD $ 52,051,690.00

2.4 RECREACION, CULTURA Y OTRAS MANIFESTACIONES

SOCIALES $ 8,000,000.00

2.5 EDUCACION $ 500,000.00

2.6 PROTECCION SOCIAL $ 6,914,280.00

2.7 OTROS ASUNTOS SOCIALES $ 806,000.00

4 OTRAS NO CLASIFICADAS EN

FUNCIONES ANTERIORES $ 2,500,000.00 1.82%

4.4. ADEUDOS DE EJERCICIOS

FISCALES ANTERIORES $ 2,500,000.00

T O T A L $ 137,538,000.00 $ 137,538,000.00 100.00%

Clasificación Programática

MUNICIPIO DE TULA, TAMAULIPAS

PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020

PROGRAMAS Y PROYECTOS

CÓDIGO PROGRAMA IMPORTE %

AD12 ADMINISTRACION GENERAL $ 85,486,310.00 62.2%

OP11 EDIFICACION HABITACIONAL $ 7,500,000.00 5.5%

OP12 EDIFICACION NO HABITACIONAL $ 7,251,690.00 5.3%

OP13 CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PARA EL ABASTECIMIENTO DE AGUA, ELECTRICIDAD Y DRENAJE

$ 23,000,000.00 16.7%

OP14 DIVISIÓN DE TERRENOS Y CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE URBANIZACION

$ 7,200,000.00 5.2%

OP15 CONSTRUCCIÓN DE VIAS DE COMUNICACIÓN $ 5,000,000.00 3.6%

OP16 OBRAS DE INGENIERIA CIVIL U OBRAS PESADAS $ - 0.0%

OP17 INSTALACIÓN Y EQUIPAMIENTO $ - 0.0%

OP19 OBRAS DE TRABAJO ESPECIALIZADO $ 2,100,000.00 1.5%

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8

TOTAL $137,538,000.00 100.0%

Prioridades del gasto

MUNICIPIO DE TULA, TAMAULIPAS

PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020

PRIORIDADES DEL GASTO

SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES

INVERSION PUBLICA

SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS

GASTOS OPERATIVOS

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES

ADEFAS

TÍTULO SEGUNDO

DEL EJERCICIO DE LOS RECURSOS CAPÍTULO I

DE LOS SERVICIOS PERSONALES, MATERIALES Y SUMINISTROS Y LOS SERVICIOS GENERALES Artículo 9. Conforme al artículo 160 de la Constitución Política del Estado se considera remuneración o retribución toda

percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales. La comprobación del pago de las remuneraciones a servidores públicos será por medio de nóminas o recibos donde conste el nombre, cargo que desempeña, tipo de retribución que se paga, período que abarca el pago y la firma del interesado. Serán considerados comprobantes bancarios los emitidos por los sistemas de las instituciones bancarias, entregando comprobantes fiscales a las personas que perciban pagos por conceptos de salarios, conforme a las disposiciones fiscales. Tratándose de Gastos a comprobar estos deberán estar totalmente comprobados y justificados con la documentación legal correspondiente a más tardar el día 20 de diciembre de 2020, de lo contrario se iniciará el proceso de cobro correspondiente por parte de la Tesorería Municipal. Artículo 10. Las remuneraciones para el pago por jornadas u horas extraordinarias, así como otras prestaciones, se regularán

por las condiciones y las disposiciones administrativas que establezcan la Tesorería y la Contraloría Municipal.

TABULADOR DE SUELDOS MENSUALES (ANTES DE IMPUESTO).

El presente tabulador de sueldos, es solo un indicativo entre el minimo y el máximo, que pudiera percerbir cada empleado, el cual fructuara entre los parámetros antes señalados. PERSONAL DE CONFIANZA

PLAZA PUESTO REMUNERACIONES COMPENSACIONES

DE HASTA DE HASTA CONFIANZA AUXILIAR ASISTENTE $ 1,000.00 $ 10,400.00 $ 1,000.00 $ 3,000.00 CONFIANZA MAESTRO ARTESANO EN CASA

DE CULTURA $ 1,000.00 $ 7,000.00 $ 1,000.00 $ 3,000.00

CONFIANZA JUEZ CALIFICADOR $ 1,000.00 $ 7,000.00 $ 1,000.00 $ 3,000.00 CONFIANZA JEFE DE RASTRO $ 5,500.00 $ 7,000.00 $ 1,000.00 $ 3,000.00 CONFIANZA COORDINADOR $ 5,001.00 $ 10,500.00 $ 3,001.00 $ 4,700.00 CONFIANZA SUBJEFE DE DEPARTAMENTO $ 7,001.00 $ 10,500.00 $ 3,001.00 $ 5,200.00 CONFIANZA JEFE DE DEPARTAMENTO $ 9,001.00 $ 10,800.00 $ 4,001.00 $ 5,200.00 CONFIANZA TITULA DE ÁREA $ 9,001.00 $ 10,800.00 $ 4,001.00 $ 5,200.00 CONFIANZA DIRECTOR $ 9,501.00 $ 15,700.00 $ 5,001.00 $ 11,600.00 CONFIANZA MEDICO EN DIF $ 9,501.00 $ 15,000.00 $ 5,001.00 $ 10,000.00 CONFIANZA ASESOR $ 9,501.00 $ 15,000.00 $ 5,001.00 $ 10,000.00 CONFIANZA REGIDORES $ 15,001.00 $ 21,000.00 $ 15,000.00 $ 25,000.00

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CONFIANZA SÍNDICO $ 20,001.00 $ 26,100.00 $ 25,001.00 $ 30,000.00 CONFIANZA PRESIDENTE $ 30,000.00 $ 36,000.00 $ 45,000.00 $ 56,500.00

PERSONAL DE SEGURIDAD MUNICIPAL

PLAZA PUESTO REMUNERACIONES COMPENSACIONES

DE HASTA DE HASTA

CONFIANZA OFICIAL $ 5,000.00 $ 6,000.00 $ 500.00 $ 1,500.00 CONFIANZA COORDINADOR $ 6,001.00 $ 10,300.00 $ 1,501.00 $ 4,000.00

PERSONAL SINDICALIZADO

PLAZA PUESTO REMUNERACIONES COMPENSACIONES

DE HASTA DE HASTA

SINDICATO AYUDANTE $ 1,500.00 $ 12,000.00 $ 1,000.00 $ 4,000.00 SINDICATO ELECTRICISTA $ 6,001.00 $ 21,000.00 $ 1,000.00 $ 8,000.00 SINDICATO JEFE DE DEPARTAMENTO $ 6,001.00 $ 19,000.00 $ 1,000.00 $ 5,000.00 SINDICATO OPERADORES, PLOMERO Y OF

ADMINISTRATIVOS $ 6,801.00 $ 12,500.00 $ 1,000.00 $ 5,000.00

PERSONAL EVENTUAL

PLAZA PUESTO REMUNERACIONES COMPENSACIONES

DE HASTA DE HASTA

EVENTUAL VELADOR $ 4,000.00 $ 5,000.00 $ 500.00 $ 1,000.00 EVENTUAL OPERADOR $ 5,001.00 $ 7,000.00 $ 1,001.00 $ 1,500.00

Artículo 11. Se autoriza a la Tesorería Municipal, para que en el ejercicio 2020, disponga de un fondo para otorgar anticipos

del sueldo a los Empleados Municipales, hasta por el 50 % de su remuneración neta quincenal, el cual se descontara en un lapso de hasta cinco quincenas, previo acuerdo con el trabajador, la cantidad establecida para dicho fondo será de $ 100,000.00 (Cien Mil Pesos 00/100 M.N.) el cual debe ser reintegrado en su totalidad a mas tardar el dia 30 de Noviembre del ejercicio fiscal, lo anteror con fudamento en lo establecido en el articulo 225 fracción primera del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas.

Artículo 12. Los viáticos que se autoricen a los servidores públicos de las Unidades Administrativas en el ejercicio de sus

funciones como servidores públicos, se ajustarán a la siguiente tarifa; realizando la solicitud y la comprobación de conformidad con los procedimientos señalados que para el efecto establezca la Tesorería. Todos los gastos generados con motivo de las comisiones en el desempeño de sus funciones, deberán estar debidamente sustentandos mediante oficios de comisión con el sello correspondiente y/o con la invitación al evento. Municipal I. Hospedaje y Alimentación (Información en Pesos y por Día)

I) Hospedaje y alimentación (Información en pesos)

NIVEL

CATEGORÍA

ZONA FRONTERIZA Y CONURBADA DEL SUR

ESTADO

CIUDAD VICTORIA Y

RESTO DEL ESTADO

EEUU. CDMX Y MAS DE

800 km

ALIMENTACIÓN HOSPEDAJE ALIMENTACIÓN HOSPEDAJE ALIMENTACIÓN HOSPEDAJE

1 PRESIDENTE 1,000.00 2.800.00 700.00 1,500.00 1,000.00 2,800.00 2 CABILDO 800.00 1,800.00 600.00 1,200.00 800.00 1,800.00

3 DIRECTORES DE AREAS Y

CORDINADORES

700.00 1,500.00 500.00 1,000.00 700.00 1,500.00

5

PERSONAL ADMINISTRATIVO Y OPERATIVO

700.00

1,500.00

500.00

900.00

700.00

1,500.00

II. Transportación:

a) La transportación aérea, será cubierta proporcionando el boleto al destino correspondiente o en su caso, el importe del boleto. b) Tratándose de transportación terrestre en vehículos propiedad del Municipio, dicho concepto será cubierto proporcionando el importe de la gasolina y el costo de las cuotas de peaje al destino correspondiente conforme al manual que para el efecto se establezca.

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c) En el caso de transportación terrestre en líneas comerciales, dicho importe será cubierto proporcionando el importe del boleto al destino correspondiente. Artículo 13. En la adquisición de bienes y contratación de servicios, las Unidades Administrativas observarán las disposiciones

de las leyes en la materia, así como lo señalado en la Ley de Adquisiciones para la Administración Pública del Estado de Tamaulipas y sus Municipios, publicada en el Periódico Oficial del Estado del 29 de diciembre de 2010. Artículo 14. Tratándose de los recursos provenientes de los Gobiernos Federal y Estatal, el ejercicio de dichos recursos deberá

efectuarse observando los lineamientos establecidos para el efecto en las reglas de operación o convenios correspondientes. CAPÍTULO II

DE LAS TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS Artículo 15. Se faculta al Presidente Municipal para otorgar subsidios, estímulos, aportaciones, apoyos o colaboraciones en

especie o numerario a las personas físicas o morales, instituciones privadas, dependencias o entidades públicas, organizaciones sociales, de beneficencia y organizaciones no gubernamentales para efectos de realizar actividades sociales, educativas, culturales, deportivas, de beneficencia, sanitarias y demás que estén acordes a las prioridades del Plan Municipal de Desarrollo. Artículo 16. El ejercicio de los recursos que se destinen al desarrollo social se apegará a los principios de libertad, solidaridad,

justicia distributiva, inclusión, integralidad, participación social, sustentabilidad, respeto a la diversidad y transparencia, citados en los Artículos 5 y 6 de la Ley de Desarrollo Social del Estado. Artículo 17. El Padrón Único de Beneficiarios de los Programas Sociales del gobierno municipal se sujetará a los requisitos de

publicación, publicidad y transparencia que se establecen al respecto, así como en el Artículo 67 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

CAPÍTULO III

DE LOS BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES Y LA INVERSIÓN PÚBLICA Artículo 18. En la adquisición de bienes muebles, inmuebles e intangibles, las unidades administrativas observarán las

disposiciones de las leyes en la materia, así como lo señalado en Ley de Adquisiciones para la Administración Pública del Estado de Tamaulipas y sus Municipios publicada en el Periódico Oficial del Estado del 29 de diciembre de 2010. Tratándose de los recursos provenientes de los Gobiernos Federal y Estatal, el ejercicio de dichos recursos deberá efectuarse observando los lineamientos establecidos para el efecto en las reglas de operación o convenios correspondientes. Artículo 19. La Obra Pública se realizará de acuerdo con lo previsto en la Ley de Obras Públicas para el Estado de Tamaulipas.

El programa de inversión correspondiente deberá ser presentado al Honorable Cabildo. Artículo 20. Conforme a lo señalado en el Artículo 159 Fracción I del Código Municipal, el programa de inversión deberá señalar

los objetivos, el tipo de inversión, metas, unidades responsables de su ejecución, la valuación estimada por proyecto, así como la naturaleza de los recursos para solventar su ejecución.

CAPÍTULO IV

DE LA DEUDA PÚBLICA Artículo 21. Las erogaciones previstas en el Presupuesto de Egresos Municipal para cubrir el pago de la deuda pública del

Municipio de Tula, Tamaulipas para el año 2020, podrán ser variables en función del comportamiento de las tasas de interés durante el ejercicio, así como por las operaciones de renegociación o reestructuración que pudieran efectuarse en beneficio de las finanzas públicas. Artículo 22. Se faculta al Presidente Municipal, para que, por conducto de la Tesorería Municipal, realice el pago de la deuda

pública municipal en los términos de su contratación. En caso de existir remanentes de la partida originalmente prevista para el pago de la deuda pública, podrán transferirse a otras partidas presupuestales.

TÍTULO TERCERO

DE LOS RECURSOS FEDERALES CAPÍTULO ÚNICO

DE LOS RECURSOS FEDERALES TRANSFERIDOS AL MUNICIPIO

Artículo 23. El Presupuesto de Egresos del Municipio de Tula Tamaulipas, contempla como una de sus fuentes de

financiamiento los recursos federales asignados a través de participaciones, aportaciones y convenios, derivados de la Ley de

Ingresos de la Federación o del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Las ministraciones de recursos federales a que se refiere este artículo, se realizarán de conformidad con las disposiciones

aplicables en la materia.

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Artículo 24. Los fondos de aportaciones que conforman el ramo 33 que la federación presupuestó otorgar al municipio de

conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal, se desglosan a continuación:

FONDO PRESUPUESTO APROBADO

FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y LAS DEMARCACIONES DEL D.F

21,565,000.00

FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL

54,845,000.00

T O T A L 76,410,000.00

La aplicación, destino y distribución presupuestada de los fondos de aportaciones que conforman el ramo 33 se desglosa a

continuación por Objeto del Gasto.

FONDO

FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y LAS DEMARCACIONES DEL D.F

IMPORTE

TOTAL $ 21,565,000.00

1000 SERVICIOS PERSONALES $ 2,400,000.00

1100 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER PERMANENTE $ 1,900,000.00

113 Sueldos base al personal permanente $ 1,900,000.00

1500 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS $ 500,000.00

152 Indemnizaciones $ 500,000.00

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS $ 3,800,000.00

2600 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS $ 3,500,000.00

261 Combustibles, lubricantes y aditivos $ 3,500,000.00

2900 HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES $ 300,000.00

296 Refacciones y accesorios menores de equipo de transporte $ 300,000.00

3000 SERVICIOS GENERALES $ 12,679,000.00

3100 SERVICIOS BASICOS $ 5,500,000.00

311 Energía eléctrica $ 5,500,000.00

3200 SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO $ 7,170,000.00

326 Arrendamiento de maquinaria, otros equipos y herramientas $ 7,170,000.00

3400 SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES $ 9,000.00

341 Servicios financieros y bancarios $ 9,000.00

4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS $ 756,000.00

4400 AYUDAS SOCIALES $ 84,000.00

442 Becas y otras ayudas para programas de capacitación $ 84,000.00

4800 DONATIVOS $ 672,000.00

481 Donativos a instituciones sin fines de lucro $ 672,000.00

5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES $ 930,000.00

5400 VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE $ 930,000.00

541 Vehículos y equipo terrestre $ 930,000.00

9000 DEUDA PÚBLICA $ 1,000,000.00

9900 ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES (ADEFAS) $ 1,000,000.00

991 ADEFAS $ 1,000,000.00

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FONDO

FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL

IMPORTE

TOTAL $ 54,845,000.00

3000 SERVICIOS GENERALES $ 2,443,310.00

3200 SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO $ 480,000.00

325 Arrendamiento de equipo de transporte $ 480,000.00

3300 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTIFICOS, TECNICOS Y OTROS SERVICIOS $ 1,954,900.00

331 Servicios legales, de contabilidad, auditoría y relacionados $ 108,000.00

333 Servicios de consultoría administrativa, procesos, técnica y en tecnologías de la información $ 1,346,900.00

334 Servicios de capacitación $ 500,000.00

3400 SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES $ 8,410.00

341 Servicios financieros y bancarios $ 8,410.00

5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES $ 350,000.00

5100 MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION $ 250,000.00

515 Equipo de cómputo y de tecnologías de la información $ 250,000.00

5200 MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO $ 100,000.00

523 Cámaras fotográficas y de video $ 100,000.00

6000 INVERSION PÚBLICA $ 52,051,690.00

6100 OBRA PÚBLICA EN BIENES DE DOMINIO PÚBLICO $ 52,051,690.00

611 Edificación habitacional $ 7,500,000.00

612 Edificación no habitacional $ 7,251,690.00

613 Construcción de obras para el abastecimiento de agua, petróleo, gas, electricidad y telecomunicaciones

$ 23,000,000.00

614 División de terrenos y construcción de obras de urbanización $ 7,200,000.00

615 Construcción de vías de comunicación $ 5,000,000.00

619 Trabajos de acabados en edificaciones y otros trabajos especializados $ 2,100,000.00

Considerando los calendarios de radicación de recursos de dichos fondos de aportaciones que realiza la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a las Entidades Federativas, y estas últimas a sus municipios, se autoriza a la Tesorería Municipal la aplicación de recursos no etiquetados para hacer frente a las erogaciones programadas con dichos fondos hasta en tanto la radicación de dichos recursos resulte suficiente para las erogaciones programadas. Se podrán efectuar modificaciones a la programación de las erogaciones previstas en este apartado, considerando lo señalado en este Presupuesto de Egresos.

TÍTULO CUARTO DEL PRESUPUESTO BASADO EN RESULTADOS

CAPÍTULO ÚNICO DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO GUBERNAMENTAL

Artículo 25. En cumplimiento a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Presidente Municipal, a través de la Tesorería

Municipal, observará para el ejercicio del presupuesto de egresos una estructura programática que observe el establecimiento de metas y resultados para los diversos programas de gasto, cuya consecución será revisada a través de la aplicación de Indicadores de Desempeño por parte de las instancias competentes. Para el ejercicio fiscal 2020, serán considerados aquellos programas de mayor impacto social para la aplicación de Indicadores de Desempeño, dichos indicadores serán formulados por las Unidades Administrativas, mediante la preparación de las Matrices de Indicadores de Resultados (MIRS) en coordinación con la Contraloría Municipal.

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Artículo 26. Los resultados que se hubieren obtenido mediante la aplicación de los Indicadores de desempeño serán evaluados

por la Contraloría Municipal, pudiéndose apoyarse en Instancias técnicas independientes, mismas que mediante la presentación del Informe de Evaluación correspondiente, darán su opinión sobre el grado de cumplimiento de los objetivos y metas en relación con la aplicación del gasto público municipal por parte de las Unidades Administrativas. Artículo 27. La contratación de instancias técnicas independientes, podrán ser personas físicas o morales quienes realicen

dicho Informe de Evaluación, en su caso estas serán coordinadas por la Contraloría Municipal, quien determinará los requisitos y condiciones que estas deben cumplir para su contratación, buscando adaptar este proceso con las prácticas y procedimientos utilizados por el gobierno estatal y federal en esta materia. Artículo 28. Los resultados obtenidos mediante la aplicación de los Indicadores de Desempeño, así como los Informes de

Evaluación que se hubieren realizado, serán incorporados a la página electrónica del gobierno municipal o en aquella que se determine como parte integrante del Sistema de Evaluación del Desempeño del Gobierno Municipal.

TÍTULO SEXTO

CAPÍTULO I LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA

Artículo 29. Los Presupuestos de Egresos de los Municipios se deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación

local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas que para tal efecto emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño; deberán ser congruentes con los planes estatales de desarrollo, derivado de lo anterior alineados al Plan Municipal de Desarrollo 2018-2021 y para dar cumplimiento al artículo 5 y 18 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios se presenta lo siguiente: I. Objetivos anuales, estrategias y metas; II. Proyecciones de finanzas públicas, considerando las premisas empleadas en los Criterios Generales de Política Económica. Las proyecciones se realizarán con base en los formatos que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable y abarcarán un periodo de cinco años en adición al ejercicio fiscal en cuestión, las que se revisarán y, en su caso, se adecuarán anualmente en los ejercicios subsecuentes; III. Descripción de los riesgos relevantes para las finanzas públicas, incluyendo los montos de Deuda Contingente, acompañados de propuestas de acción para enfrentarlos; IV. Los resultados de las finanzas públicas que abarquen un periodo de los cinco últimos años y el ejercicio fiscal en cuestión, de acuerdo con los formatos que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable para este fin, y V. Un estudio actuarial de las pensiones de sus trabajadores, el cual como mínimo deberá actualizarse cada tres años.

SECCIÓN PRIMERA OBJETIVOS ANUALES, ESTRATEGIAS Y METAS

Artículo 30. En cumplimiento de los artículos 5 y 18 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los

Municipios se mencionan objetivos, estrategias y metas que se plantea para el ejercicio fiscal 2020. Estrategias y Objetivos 1.- DESARROLLO INSTITUCIONAL PARA UN MEJOR GOBIERNO OBJETIVO: Contar con una estructura normativa e institucional sólida, que permita el funcionamiento ordenado, transparente

y eficiente de la administración pública municipal. ESTRATEGIA:

I. Generar, de conformidad con la competencia y atribuciones constitucionales y legales, un marco reglamentario que respalde el funcionamiento y las decisiones adoptadas por la administración pública municipal en cada una de sus áreas.

II. Contar con una organización administrativa capaz de realizar eficientemente las atribuciones encomendadas por el marco constitucional y legal

III. Establecer procesos de planeación y de elaboración de políticas públicas orientados al mejor cumplimiento de las atribuciones encomendadas al gobierno municipal.

IV. Consolidar los procesos de control interno de los recursos humanos y materiales de gobierno municipal, como factor relevante en el combate a la corrupción.

V. Formar capital humano con sólidos conocimientos en cuanto a la competencia del gobierno municipal, así como de sus atribuciones y obligaciones específicas.

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VI. Garantizar el cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información pública a cargo del municipio.

VII. Hacer del gobierno municipal un gobierno cercano a la ciudadanía, ofreciendo sus servicios con calidad y calidez. VIII. Optimizar y administrar adecuadamente los recursos económicos municipales en los términos de la normatividad

aplicable. META: Elaboración de Normatividad Interna

2.- EN PAZ E IGUALDAD PARA EL BIENESTAR SOCIAL

OBJETIVO: Dotar a las personas y grupos en situación de vulnerabilidad, de las capacidades indispensables para un nivel de

vida digno, como condición y base para la construcción de un entorno seguro y una convivencia pacífica. ESTRATEGIA:

I. Disminuir, conforme al ejercicio de la competencia municipal, los rezagos existentes en el acceso a los derechos

económicos, sociales y culturales reconocidos en el sistema jurídico mexicano. II. Identificar y disminuir los desequilibrios que ponen en desventaja a personas y grupos en razón de su género,

edad, salud, condición económica o social, discapacidad, o cualquier otra que atente contra su dignidad. III. Proteger a la familia como célula de la sociedad, propiciando las condiciones para que cumpla sus funciones

esenciales de convivencia afectiva, cuidado mutuo de sus integrantes y espacio de construcción de valores, dando prioridad a las personas y familias más vulnerables.

IV. Garantizar, desde el ámbito de la competencia municipal, la seguridad de la población a través de acciones sociales, el mantenimiento del orden público y aplicación sin distingos de la ley, respetando en todo momento los derechos humanos.

V. Abatir la incidencia de faltas a la legislación municipal relacionada con el mantenimiento de la paz y el orden públicos, coadyuvando a su vez en la disminución de los delitos del fuero común.

META: Construcción de mesas de trabajo, para la inclusión de grupos vulnerables con un nivel de vida digno. 3.- DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE Y MEJORES SERVICIOS PÚBLICOS OBJETIVO: Consolidar un municipio con desarrollo urbano ordenado y sostenible, que cuente con servicios públicos de

calidad. ESTRATEGIA:

I. Generar el marco normativo y programático exigido por la legislación de la materia, con base en la vocación natural del territorio, estableciendo la clasificación y los destinos correspondientes, así como el uso y aprovechamiento del mismo para lograr el desarrollo sostenible.

II. Formular la política y normatividad municipal ambiental en los términos de la legislación de la materia, definiendo en su caso la autoridad administrativa competente.

III. Disminuir, con orientación a erradicar, los factores de riesgo en los asentamientos humanos, así como establecer las políticas para la protección, asistencia y prevención en caso de contingencias o desastres naturales.

IV. Generar, equipar y conservar en óptimo estado la infraestructura municipal destinada a servicios públicos municipales.

V. Garantizar la cobertura, calidad y continuidad en el servicio de limpia pública, así como en la recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos sólidos con apego a la normatividad en la materia.

VI. Disminuir los déficits existentes en los servicios de agua potable, drenaje y alcantarillado, así como avanzar en la gestión integral de aguas residuales.

META: Elaboración de Proyecto Ejecutivo en materia de manejo integral de residuos sólidos urbanos. 4.- DESARROLLO ECONÓMICO PARA UN MEJOR FUTURO

OBETIVO: Mejorar la economía del municipio y su población, de tal modo que las personas estén en posibilidad de acceder a

un mejor nivel de vida como consecuencia del impulso a las actividades laborales, comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, turísticas, y todas otras aquellas propias del potencial de Tula. ESTRATEGIA:

I. Incrementar, desde la competencia municipal, el acceso a un trabajo digno, incluyendo el auto-empleo, a

través de la coordinación con los niveles federal y estatal. II. Incidir desde el ámbito de la competencia municipal en la generación y permanencia de inversiones en el

sector comercial, industrial y de servicios. III. Favorecer el desarrollo en el entorno rural, particularmente el de las actividades económicas agropecuarias y

forestales, considerando la conservación de los recursos naturales y la biodiversidad. IV. Generar las condiciones para que Tula se afiance como destino turístico de importancia.

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V. Contribuir desde la competencia municipal a reducir la brecha digital en nuestras comunidades, como medio para detonar el desarrollo económico.

META: Explotar el potencial del municipio de Tula, para mejorar la economía de la población.

SECCIÓN SEGUNDA

DE LAS PROYECCIONES DE FINANZAS

Artículo 30. En cumplimiento a la Ley de Disciplina Financiera, se ha incluido en este apartado las proyecciones de las finanzas

públicas municipales empleando para tal efecto los formatos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable y que abarcan un periodo de tres años en adición al ejercicio fiscal en cuestión y comprenderán solo un año para el caso de los municipios con una población menor a 200,000 habitantes, de acuerdo con el último censo o conteo de población que publique el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, tal como lo establecen los “Criterios para la elaboración y presentación homogénea de la Información Financiera y de los formatos a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios”, publicado en el DOF de fecha 11 de octubre del 2016; la misma señala se revisarán y adecuarán en su caso anualmente en los ejercicios subsecuentes.

FORMATO 7a PROYECCIONES DE EGRESOS LDF

MUNICIPIO DE TULA TAMAULIPAS

Proyecciones de Egresos – LDF

(PESOS)

(CIFRAS NOMINALES)

Concepto (b) Año en Cuestión (de proyecto de presupuesto) (c)

2021

1. Gasto No Etiquetado (1=A+B+C+D+E+F+G+H+I) 61,128,000.00 62,961,840.00

A. Servicios Personales 21,620,070.00 22,268,672.10

B. Materiales y Suministros 7,249,400.00 7,466,882.00

C. Servicios Generales 18,518,870.00 19,074,436.10

D. Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas 7,564,280.00 7,791,208.40

E. Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles 4,675,380.00 4,815,641.40

F. Inversión Pública -

G. Inversiones Financieras y Otras Provisiones -

H. Participaciones y Aportaciones -

I. Deuda Pública 1,500,000.00 1,545,000.00

2. Gasto Etiquetado (2=A+B+C+D+E+F+G+H+I) 76,410,000.00 78,702,300.00

A. Servicios Personales 2,400,000.00 2,472,000.00

B. Materiales y Suministros 3,800,000.00 3,914,000.00

C. Servicios Generales 15,122,310.00 15,575,979.30

D. Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas 756,000.00 778,680.00

E. Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles 1,280,000.00 1,318,400.00

F. Inversión Pública 52,051,690.00 53,613,240.70

G. Inversiones Financieras y Otras Provisiones

H. Participaciones y Aportaciones

I. Deuda Pública 1,000,000.00 1,030,000.00

3. Total de Egresos Proyectados (3 = 1 + 2) 137,538,000.00 141,664,140.00

SECCIÓN TERCERA RIESGOS RELEVANTES PARA LAS FINANZAS PÚBLICAS

Artículo 32. Para dar cumplimiento al artículo 5 y 18 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los

Municipios se mencionan los riesgos más relevantes para las Finanzas Públicas. 1) Riesgos De La Inflación

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La inflación general anual al cierre del mes de septiembre del 2019 fue de 3.00 por ciento. De acuerdo con los Criterios Generales de Política Económica para la Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes al Ejercicio Fiscal 2020, las expectativas inflacionarias de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para el 2020 de corto plazo son cercanas a la meta de inflación del Banco de México y al igual que las de mediano y largo plazo, que se mantienen estables y firmemente ancladas a la meta del Banco de México (1.5 a 2.5 por ciento). 2) Riesgos Derivados Del Tipo De Cambio Del Peso Frente Al Dólar Y El Precio Del Petróleo Por otro lado, la incertidumbre de la realización de recursos federales derivados principalmente de los efectos que en la recaudación federal participable tengan factores como tipo de cambio peso-dólar, el precio de la mezcla mexicana de exportación de petróleo crudo y la actividad económica nacional, esto derivado de la alta dependencia que se tiene de esta fuente de recurso. 3) Riesgos De La Situación Actual Del Municipio. La calidad de vida es un concepto relativo que depende de la situación socioeconómica de cada grupo social y de lo que éste defina como su situación ideal de bienestar por su acceso a un conjunto de bienes y servicios, así como al ejercicio de sus derechos y al respeto de sus valores. Dado que hay sociedades más desarrolladas que otras, los estándares de bienestar son diferentes, al igual que las definiciones de calidad de vida.

SECCIÓN CUARTA DE LOS RESULTADOS DE LAS FINANZAS PÚBLICAS

Artículo 32. En cumplimiento a la Ley de Disciplina Financiera, se ha incluido en este apartado los resultados de las finanzas

públicas municipales empleando para tal efecto los formatos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable y que abarcan un periodo de tres años en adición al ejercicio fiscal en cuestión y comprenderán solo un año para el caso de los municipios con una población menor a 200,000 habitantes, de acuerdo con el último censo o conteo de población que publique el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, tal como lo establecen los “Criterios para la elaboración y presentación homogénea de la Información Financiera y de los formatos a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios”, publicado en el DOF de fecha 11 de octubre del 2016; la misma señala se revisarán y adecuarán en su caso anualmente en los ejercicios subsecuentes.

FORMATO 7d RESULTADO DE EGRESOS LDF

MUNICIPIO DE TULA TAMAULIPAS

Resultados de Egresos – LDF

(PESOS)

Concepto (b) 2018 Año del Ejercicio Vigente

2 (d)

1. Gasto No Etiquetado (1=A+B+C+D+E+F+G+H+I) 56,298,602.00 58,236,229.86

A. Servicios Personales 20,928,124.00 26,754,355.20

B. Materiales y Suministros 8,556,646.00 8,895,592.80

C. Servicios Generales 14,592,019.00 11,051,405.26

D. Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas 6,744,393.00 9,934,563.60

E. Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles 1,256,455.00 600,760.00

F. Inversión Pública 3,911,482.00 999,553.00

G. Inversiones Financieras y Otras Provisiones -

H. Participaciones y Aportaciones -

I. Deuda Pública 309,483.00

2. Gasto Etiquetado (2=A+B+C+D+E+F+G+H+I) 64,060,306.00 74,185,101.00

A. Servicios Personales 3,510,296.00 -

B. Materiales y Suministros 4,238,043.00 2,404,293.60

C. Servicios Generales 7,436,804.00 19,036,829.40

D. Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas - 223,075.00

E. Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles 472,844.00 64,235.00

F. Inversión Pública 47,605,666.00 52,456,668.00

G. Inversiones Financieras y Otras Provisiones

H. Participaciones y Aportaciones

I. Deuda Pública 796,653.00

3. Total del Resultado de Egresos (3=1+2) 120,358,908.00 132,421,330.86

NOTA:

1. Los importes corresponden al momento contable de los egresos devengados. 2. Los importes corresponden a los egresos devengados al cierre del mes de octubre 2019 y estimados para el resto del ejercicio.

SECCIÓN QUINTA

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DEL ESTUDIO ACTUARIAL DE LAS PENSIONES DE LOS TRABAJADORES

Para dar cumplimiento al artículo 5 y 18 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y se realiza un estudio de las pensiones de los trabajadores del ayuntamiento. I.- El riesgo de ver afectada la recuperación de ingresos propios estriba en una reducción de la nómina gubernamental y una disminución de la inversión pública en virtud que la estabilidad de la economía local del municipio depende en gran medida principalmente de actividades de agricultura, por esta situación existe una disminución considerable de empleos formales lo que desencadena una disminución de afiliaciones de trabajadores al IMSS. Artículo 33. Los Ingresos excedentes que resulten, derivados de los ingresos de libre disposición deberán ser destinados

cuando menos el 50 por ciento a los conceptos señalados en la Ley de Disciplina Financiera en su artículo 14 y Transitorio Décimo. Artículo 34. Los recursos para cubrir adeudos del ejercicio fiscal anterior, ADEFAS, previstos en este proyecto de presupuesto

de egresos, podrán ser hasta por el 3.5 por ciento de los ingresos totales del municipio, de conformidad con lo señalado en los artículos 20 y transitorio Décimo primero de la Ley de Disciplina Financiera. Artículo 35. En caso de que durante el Ejercicio Fiscal disminuyan los ingresos previstos en la Ley de Ingresos, la Tesorería

Municipal, a efectos de cumplir con el principio de sostenibilidad del Balance presupuestario y del Balance presupuestario de recursos disponibles, deberá aplicar ajustes al Presupuesto de Egresos en los rubros de gasto en el siguiente orden:

I. Gastos de Comunicación Social.

II. Gasto corriente que no constituya un subsidio entregado directamente a la población, en términos de lo dispuesto por el Artículo 13, Fracción VII de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios;

III. Gasto en servicios personales, prioritariamente las erogaciones por concepto de Percepciones extraordinarias. En caso de que los ajustes anteriores no sean suficientes para compensar la disminución de ingresos, podrán realizarse ajustes en otros conceptos de gasto, siempre y cuando se procure no afectar los programas sociales.

T R A N S I T O R I O S

ARTÍCULO PRIMERO. El presente Presupuesto entrará en vigor el 1 de enero de 2020.

ARTÍCULO SEGUNDO. Con respecto a la reforma al artículo 158 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, publicada

en el periódico el día 27 de noviembre de 2018, se considera dentro de la partida 3333 (Servicios de consultoría administrativa, procesos, técnica y en tecnologías de la información) un importe de $2,063,070.00 (Dos millones sesenta y tres mil setenta pesos 00/100 m.n.) para proyectos ejecutivos en materia de manejo integral de residuos sólidos urbanos, el cual se distribuirá de la siguiente manera: un millón de pesos se obtendrá del Fondo de Infrastructura (FISMUN) y el resto del recurso, un millón sesenta y tres mil setenta pesos se obtendrá del Fondo de Recursos Propios. ARTICULO TERCERO.- En relación a lo dispuesto por el capitulo 4000 partida 4442, relativo a becas y otras ayudas sociales

para programa de capacitación, el uso y destino de las becas esta considerado para los hijos de los empleados sindicalizados por la cantidad de $ 84,000.00; asi como el apoyo destinado en la partida 4481 Donativos a instituciones sin fines de lucro, es un apoyo destinado exclusivamente para la Cruz Roja, por la cantidad $ 672,000.00 para sueldos y capacitación de los empleados de la misma. ARTICULO CUARTO. El presupuesto incluye la partida 1152 corespondiente a Indemnizaciones para solventar las

obligaciones por contingencias laborales, en los términos del Artículo 231 fracción XVI del código municipal para el Estado de Tamaulipas; se constituirá un fondo económico para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los laudos ejecutoriados en los términos en que sean dictados por el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios. ARTICULO QUINTO. En relación a la remuneración mensual destinada a la Compensación, la misma estará sujeta a

disponibilidad presupuestal, lo anterior conforme a los establecido en el capitulo 1000 Servicios personales, partida 1134 del presente presupuesto de egresos, relativo a la subcuenta de “Compesaciones”

ATENTAMENTE.- PRESIDENTE MUNICIPAL.- M. EN C. LENIN VLADIMIR CORONADO POSADAS.- Rúbrica.- SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO.- M.P.G. BLANCA ZAYONARA PÁEZ OLVERA.- Rúbrica.