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RED DE MUJERES MUNÍCIPES DEL PARAGUAY RED DE MUJERES MUNICIPES DEL PARAGUAY ARD-Paraguay -USAID II CONGRESO NACIONAL DE MUJERES MUNICIPES DEL PARAGUAY “Dejando huellas al andar… una década de logros” Hotel “Los Alpes” - San Bernardino, 17 de octubre de 2003 Objetivos: Integración de sus Asociadas con Mujeres en Niveles de Decisión, Electas – Senadoras, Diputadas, Gobernadora y Concejalas Departamentales- y Designadas – Ministras y Secretarias de la Mujer -, para la coordinación de acciones relativas al impulso de reformas legislativas y la elaboración e implementación de políticas públicas con perspectiva de género, a nivel Nacional, Departamental y Municipal, para el logro del Desarrollo Humano y Social, sustentado en la Descentralización del Estado y la Participación Ciudadana. Fortalecimiento institucional de la Red de Mujeres Munícipes del Paraguay, a través de la reflexión y análisis de sus integrantes-Concejalas e Intendentas- sobre la nueva institucionalidad de la organización –a 10 años de su creación- y la generación de propuestas, identificación de líneas estratégicas para la elaboración de un Plan de Acción y de aliados/as para la implementación de los Mandatos y Recomendaciones del Congreso.

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RED DE MUJERES MUNÍCIPES DEL PARAGUAY

RED DE MUJERES MUNICIPES DEL PARAGUAY ARD-Paraguay -USAID

II CONGRESO NACIONAL DE MUJERES MUNICIPES

DEL PARAGUAY

“Dejando huellas al andar… una década de logros”

Hotel “Los Alpes” - San Bernardino, 17 de octubre de 2003 Objetivos: • Integración de sus Asociadas con Mujeres en Niveles de

Decisión, Electas – Senadoras, Diputadas, Gobernadora y Concejalas Departamentales- y Designadas – Ministras y Secretarias de la Mujer -, para la coordinación de acciones relativas al impulso de reformas legislativas y la elaboración e implementación de políticas públicas con perspectiva de género, a nivel Nacional, Departamental y Municipal, para el logro del Desarrollo Humano y Social, sustentado en la Descentralización del Estado y la Participación Ciudadana.

• Fortalecimiento institucional de la Red de Mujeres

Munícipes del Paraguay, a través de la reflexión y análisis de sus integrantes-Concejalas e Intendentas- sobre la nueva institucionalidad de la organización –a 10 años de su creación- y la generación de propuestas, identificación de líneas estratégicas para la elaboración de un Plan de Acción y de aliados/as para la implementación de los Mandatos y Recomendaciones del Congreso.

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“II Congreso Nacional de Mujeres Munícipes” “Dejando huellas al andar…Una década de logros”

San Bernardino, 17 de octubre de 2003 _____________________________________________________________

DECLARACION NACIONAL DE MUJERES MUNICIPES Las MUJERES ELECTAS Y DESIGNADAS: Intendentas, Diputadas, Concejalas Municipales, Concejalas Departamentales, Secretarias de la Mujer de Municipalidades y Gobernaciones, Funcionarias/os Municipales y Representantes de Organizaciones Civiles, reunidas en ocasión del “II CONGRESO NACIONAL DE MUJERES MUNICIPES” bajo el lema: “Dejando Huellas al andar…Una Década de Logros”, en el Hotel “Los Alpes” de la ciudad de San Bernardino, en fecha 17 de octubre del año 2003, luego de las presentaciones de las diferentes Comisiones de Trabajo, RECONOCIENDO, los avances jurídicos e institucionales, en materia de DERECHOS, que sin embargo no han asegurado la Equidad de Genero ni el Desarrollo humano y Social de las Mujeres, en los diferentes Municipios de la República, CONSIDERANDO, que es necesario sostener y reimpulsar el proceso de Descentralización del Estado, promoviendo el fortalecimiento de las Autonomías Locales y asegurando la vigencia del sistema democrático, como condiciones básicas para la participación social y política de las mujeres, como así también la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, RATIFICANDO, la firme voluntad de aunar esfuerzos y articular acciones, para el mejoramiento de la gestión pública, la reivindicación de los valores y la promoción de liderazgos trasformadores, a fin de ejercer la actividad política orientada al Bien Común, ATENDIENDO, las reflexiones y deliberaciones, sobre temas de interés nacional y local que han sido considerados y conforme las Conclusiones y Recomendaciones elevadas al Congreso, que constituyen MANDATO,

DECLARAN Y SE COMPROMETEN A: PROMOVER, el fortalecimiento de las Organizaciones de Munícipes, Redes Sociales y la creación de Secretarías de la Mujer, en las Municipalidades que aún no la tienen;

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APOYAR, los procesos de diseño e implementación de políticas y presupuesto público con enfoque de género y las estrategias de transversalidad y descentralización de los mismos; POTENCIAR, las capacidades de la Mujeres Munícipes a través de Programas de Desarrollo Humano, con énfasis en la formación de la ciudadanía activa y liderazgo participativo; ESTABLECER, mecanismos de articulación, información e intercambio de experiencias entre Organizaciones de Gobierno Subnacionales – Municipales y Departamentales-; SOLICITAR, el reconocimiento por vía legislativa de la Licencia de Maternidad y Paternidad a Concejalas/es e Intendentas/es en ejercicio; SOLICITAR, el reconocimiento por vía legislativa a la Dirigencia Municipal, a través de sus Asociaciones, para las actividades de Representación Política de los Gobiernos Municipales y Departamentales; APOYAR E IMPULSAR, el proceso de Descentralización del Estado y las Reformas Sociales y Legislativas necesarias para el efecto, sustentadas en la Participación Ciudadana.

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“II Congreso Nacional de Mujeres Munícipes” San Bernardino, 17 de octubre de 2003

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COMISION Nº 1:

“PRESUPUESTO PUBLICO CON PERSPECTIVA DE GENERO”

EXPOSITORA: LILIAN SOTO RELATORA: GRACIELA SANABRIA DE SERRAN FACILITADORA: CAROLINA ALVAREZ

CONCLUSIONES:

LUEGO DE LA REFLEXION Y DISCUSION DEL GRUPO, SOBRE EL TEMA DE

REFERENCIA, LA COMISION Nº 1, CONSIDERA: QUE, la Perspectiva de Género no se encuentra priorizada en las Agendas Públicas de los Niveles de Gobierno: Central, Departamental y Municipal, conforme se refleja en los Presupuestos actuales, QUE, no se dispone de información sobre participación de mujeres, en Ingresos y Beneficios, a nivel Nacional, Departamental y Municipal, que proporcione justificación o explicación, para la elaboración y estructuración de Presupuestos, QUE, Las Mujeres tienen escasa participación y herramientas, para incidir en la Toma de Decisiones en materia de Presupuesto Público,

POR TANTO, LA COMISION Nº 1

RECOMIENDA AL CONGRESO

1- Organizar. Planificar y Desarrollar Talleres con Mujeres Concejalas – Departamentales y Municipales- e Intendentas y Gobernadora, para sensibilizar y proporcionar herramientas, para la elaboración de Presupuestos con Perspectiva de Género. 2- Iniciar procesos de inclusión de la Perspectiva de Género, con priorización en las Agendas Públicas, especialmente a nivel Departamental y Municipal.

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3- Establecer mecanismos eficientes de comunicación y cooperación con Instituciones Cooperantes, para instalar la Perspectiva de Género en Presupuestos y Agendas Públicas. 4- Establecer vía Red de Mujeres Munícipes, un mecanismo para estructurar un sistema de información diferenciada por sexos, a través de Instituciones Cooperantes, que sea socializado con los Municipios y Departamentos. 5- Comprometer un mayor involucramiento de la Secretarías de la Mujer de las Gobernaciones, para apoyar y asesorar el proceso de elaboración de Presupuestos Participativos y con Perspectiva de Género.

COMPROMISO DEL GRUPO

“LOGRAR EN EL AÑO 2004 O EL AÑO 2005, QUE EL PRESUPUESTO SE ELABORE CON PERSPECTIVA DE GÉNERO EN TODOS LOS RUBROS Y

ACTIVIDADES A NIVEL MUNICIPAL Y DEPARTAMENTAL”

CONSIGNA

“PRESUPUESTO CON EQUIDAD SOCIAL”

NOMINA DE INTEGRANTES DE LA COMISION Nº 1 “Presupuesto Público con perspectiva de Género”

Nombre y Apellido Cargo Ciudad - Departamento 1Clara Rosa Coronel de Ríos Concejala Minga Guazú – Alto Paraná 2.Dominga Leiva Guanes Concejala F. Caballero Alvarez- Canindeyù 3.Raquel Benítez de Benítez Concejala Gral. Artígas - Itapúa 4. Elena Varela Ruiz SMD Boquerón

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5.Ruth Marecos de Tyrakowky Concejala Cnel. Bogado - Itapúa 6. Josefina Calonga Montiel Concejala Capitán Bado- Amambay 7.María Molinas de Baéz Concejala Yataity - Itapúa 8. Susana Arellano de Sosa Concejala Guarambaré – Central 9. Graciela Cuellar de Ovelar ConcDepartamental Central 10. Elsa M. Ferreira Concejala San Pedro – San Pedro 11. Norma Martínez Concejala Pirayú - Cordillera

12.Felisa Almada de Díaz Concejala C.A. López - Itapúa 13. María Teresa Vera Funcionaria Municipalidad – San Beranardino 14. Saida Aquino Concejala Pilar - Ñeembucú 15. Fermina Enciso Concejala Villarrica- Guairá 16. Deslinda A. de Fernández Concejala Jesús - Itapúa 17.Mercedes Gamarra Concejala Humaitá - Ñeembucú 18.Jorgelina Vera Concejala Mayor Otaño - Ñeembucúi 19.Angelina Miltos Concejala Katueté 20. Eustaquia Montero concejala Laureles – Ñeembucú 21. Mirian Saldaña SMD Gobernación - Alto Paraguay 22. Sandra Schmickler Funcionaria Municipalidad - Hohenau 23. Yolanda Vega Vda. De Candia Concejala Humaitá - Ñeembucú

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II Congreso Nacional de Mujeres Munícipes”

San Bernardino, 17 de octubre de 2003 ---------------------------------------------------------------------------------------------

COMISION Nº 2: “PODER LOCAL Y EQUIDAD DE GENERO”

EXPOSITORA: MIRTA SANABRIA DE MARTINEZ RELATORA: GRACIELA SANABRIA DE SERRAN FACILITADORA: CAROLINA ALVAREZ

CONCLUSIONES:

LUEGO DE LA REFLEXIÓN Y DISCUSIÓN DEL GRUPO, SOBRE EL TEMA DE

REFERENCIA, LA COMISIÓN Nº 2, CONSIDERA: QUE, es necesario promover un mayor equilibrio en la representación política, -entre hombres y mujeres- por medio de reformas legislativas e implementación de políticas públicas que potencien la ciudadanía activa de las mujeres, para el mejor ejercicio y disfrute de sus derechos políticos, civiles, económicos, sociales y sus derechos humanos. QUE, las Organizaciones civiles y las Instituciones Gubernamentales deben aunar esfuerzos y coordinar acciones, a fin de promover el mayor acceso de las mujeres a los niveles de decisión, comunitarios y logren protagonismo en sus comunidades, para la incidencia pública y la implementación de sus iniciativas. QUE, es necesario fortalecer las capacidades de la mujer política, por medio de la capacitación para otorgarles herramientas – empoderamiento, liderazgo, negociación, estrategia, planificación- para la gestión de los asuntos públicos, en materia de política Internacional, Nacional, Departamental y Municipal. QUE, POR TANTO, LA COMISIÓN Nº 2 RECOMIENDA AL CONGRESO 1 - Promover la participación social - política, la ciudadanía activa y la capacitación de las mujeres, es especial de las precandidatas y candidatas.

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2 - Promover la integración entre hombres y mujeres en las actividades políticas y comunitarias, como así también promover y fortalecer una mayor solidaridad entre mujeres 3 - Promover y fortalecer una mayor solidaridad entre mujeres y promover el Acceso a posiciones, por la lucha y los méritos personales, ejerciendo un modelo de liderazgo democrático, transformador y ético. 4 – Impulsar la labor armónica entre el Ejecutivo y el Legislativo Municipal, a fin de asegurar la gobernabilidad. 5 – Promover la organización de mujeres y la articulación entre las existentes, sustentadas en el pluralismo, a fin de coordinar acciones con las Instituciones Gubernamentales – Nacionales, Departamentales y Municipales – para el logro del bien común 6 – Promover la creación y/o el fortalecimiento de CODENIS en cada Municipio. 7 – Impulsar la reforma del Código Electoral y de los Estatutos Partidarios, con el fin de incorporar mecanismos de acción afirmativa en materia de: a) Subsidio electoral, en relación al mayor acceso de mujeres en los cargos electivos; b) Asignación presupuestaria, a nivel Gubernamental y Partidario, para la promoción de la participación política y capacitación cívica de las mujeres c) Financiamiento de campañas políticas de mujeres d) Mejoramiento del mecanismo de cuotas y del sistema de elecciones para asegurar mayor acceso de mujeres a los cargos, desde las listas primigenias.

COMPROMISO DEL GRUPO

“QUE LAS MUJERES MUNICIPES SE COMPROMETAN A REALIZAR SU LABOR MUNICIPAL, ARTICULANDO Y COORDINANDO ACCIONES CON LAS

ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL”

CONSIGNA

“MAS MUJERES AL PODER”

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NOMINA DE INTEGRANTES DE LA COMISION N º 2

“Poder Local y Equidad de Género”

Nombre y Apellido Cargo Ciudad - Departamento 1. María Teresa Benitez SMPR Asunción 2. Josefina Martínez de Irala Concejala Altos - Cordillera 3. Emilia Aguilera Concejala Santa Rosa del Monday 4. Mirta Schapovaloff Concejala Tomás Romero Pereira - Itapúa 5. Alicia Almirón Concejala Nueva Colombia - Cordillera 6. Maria C. Busto Intendente Emboscada - Cordillera 7. Isidora Pintos de Espínola Concejal Coronel Martínez - Guairá 8. Adela Sarubbi de Martínez SMD Gobernación -Caazapá 9. Mirta Rotela de Sequeira Concejala Capitán Bado-Amambay 10. Mirna Estela Rojas Tesorera Tebycuarymi-Guairá

11.Nilda Prieto de Duarte Intendenta Tebycuarymí – Guairá

12.Petronila Duré Concejala Pilar - Neembucú 13 Eulogia Cuenca Dávalos Concejala Tobatí - Cordillera 14. Ida Caballero SNA Asunción 15. Clotilde Redes Baez Concejala Gral. Artigas - Itapúa 16. Máxima d. de Benítez SMD Gobernación – Alto Paraguay 17. Blanca Lidia Rojas Coordinadora Consejo Municipal - Carapeguá 18. Mirtha Balbuena de Falcón Funcionaria Municipalidad – Hohenau-Itapúa 19. Aurora González de Chattiech Concejala Hohenau - Itapúa 20. Modesta González Intendenta Natalio - Itapúa 21. Ramona Gray de Wyder Concejala Lima – San Pedro 22. Marta Melgarejo SMPR Asunción 23. Cira B. Chamorro SMM Municipalidad - Asunción 24 Nidia Gini de Meyer ConcDepartamental San Lorenzo - Central 25. Marta Argüello Funcionaria Junta Municipal - Asunción 26. Josefina Martínez Concejala Altos - Cordillera

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27. Maria C. Busto Intendente Emboscada - Cordillera 28. Dora Sanabria Funcionaria Municipalidad - Encarnación 29.Celina de Acosta Concejala Nanawa – Pte. Hayes 30. Cecilia Benítez Concejala Paso de la Patria - Ñeembucú 31.Tatiana Trociuk Intendenta Col. Fram - Itapúa 32.Amarina Villamayor Funcionaria Gobernación – Alto Paraguay 33.Juana Mendoza Concejala Humaitá – Ñeembucú 34.Osvaldina Mareco de Dure Concejala Quiindy – Paraguari 35.Adolfina Espínola de Cardozo Concejala Pilar- Ñeembucú 36. María Lucía Gavilán Funcionaria Junta Municipal - Asunción

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“II Congreso Nacional de Mujeres Munícipes” San Bernardino, 17 de octubre de 2003

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COMISION Nº 3 :

“DESARROLLO SOCIAL Y DESCENTRALIZACION”

EXPOSITORA: HAYDEE DE DE VARGAS RELATORA: ANA BAEZ FACILITADORA: DOMINGA LEIVA

CONCLUSIONES:

LUEGO DE LA REFLEXION Y DISCUSION DEL GRUPO, SOBRE EL TEMA DE

REFERENCIA, LA COMISION Nº 3, CONSIDERA: QUE, para que haya “Desarrollo”, primeramente deben desarrollarse las Personas, QUE, para que el “Desarrollo” en toda su expresión sea posible se necesita priorizar varios factores como educación, empleo, salud y potenciar la economía sobre la base de la producción, que derive de la autogestión, QUE, el desarrollo existirá cuando el pueblo pueda satisfacer sus necesidades básicas, como alimentación, agua potable, infraestructura social, salud, educación y trabajo.

POR TANTO, LA COMISIÓN Nº 3

RECOMIENDA AL CONGRESO

1 - Crear Asociaciones de Desarrollo Social en distintas áreas y fortalecer las existentes. 2 – Fortalecer la educación cívica en la comunidad, en el área mujer. 3 – Desarrollar programas interinstitucionales específicamente en el desarrollo humano y Social y Desarrollo Productivo.

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4 - Promover la capacitación de las Autoridades para el conocimiento de funciones, para fortalecer la descentralización – competencias y recursos-, para evitar confusiones, sobre el rol de las Autoridades. 5 – Fortalecer la Voluntad Política, para actuar con firmeza en las Decisiones sobre la Descentralización, involucrando a la sociedad civil e impulsar la Ley de Descentralización del Estado y la Ley de Descentralización del Agua.

COMPROMISO DEL GRUPO

“EJECUTAR LO APRENDIDO HOY. TRANSFERIR EN CADA AMBITO LOS CONOCIMIETNOS Y ACCIONAR CON VERDADERO AHINCO POR EL

DESARROLLO DE LAS COMUNIDADES”

CONSIGNA

“LUCHAR POR EL DESARROLLO INTEGRAL Y LA VERDADERA DESCENTRALIZACION”

NOMINA DE INTEGRANTES DE LA COMISION N º 3 “Desarrollo Social y Descentralización”

Nombre y Apellido Cargo Ciudad - Departamento 1. Blanca Alicia Merles Concejala Coronel Bogado - Itapúa 2. Graciela Silvero Concejala Natalio - Itapúa 3. Teresa Brunaza de López Concejala - Pta Natalio – Itapúa 4. Juana Mendoza Concejala Pilar - Neembucù 5. Ignacia Ojeda de cano Concejala Guazúcuá Ñeembucú 6. Amada Belén Zaracho Concejala – Pta. Gral. Díaz - Ñeembucú

7. Carmen González Concejala Minga Guazú – Alto Paraná 8. Lucila Acosta de González Concejala Bella Vista - Itapúa 9. Fabiola Saucedo Benítez Coor. CIDEM Pilar - Ñeembucú

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10. Emilia Díaz de Aguilera Concejala Luque - Central 11. Petrona Amarilla Cardozo Concejala Yaguarón –Paraguarí 12. Dominga Leiva Guanes Concejala Fco. Caballero Álvarez-Central

13. Herminia Rosa Gauto Concejala J. Eulogio Estigarribia- Caaguazu

14. Lidia López de Romero Concejala Mayor Otaño - Itapúa

15 Carmen Victoria González Concejala Minga Guazú – Alto Paraná

16.Benita Salinas Torales Concejala Valenzuela -

17. Gladys de Rodríguez Concejala Asunción

18 Mercedes A. de Melgarejo Concejala Guarambaré - Central

19Claudia García Samaniego SMPR Asunción

20.Alodia Prietolara Funcionaria Junta Municipal - Asunción

21. Blanca Gauto Concejala Ñemby - Central

22. Norma Maciel Diputada Nacional Asunción

23.Martina Vergara Concejala Loma Grande - Cordillera

24. Sonia Fanego Funcionaria Municipalidad - Asunción

25. Mifilda Jara Concejala Sapucai -

26. Olga Medina Concejala San Lorenzo - Central

27. Adela Calcena ConcDepartamental Central

28. Liss Geraldine Nuñez Concejala Valenzuela

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COMISION Nº 4:

“ASOCIATIVISMO MUNICIPAL, CAPITAL SOCIAL E INTEGRACION”

EXPOSITORA: CRISTINA BOGADO RELATORA: ADELAIDA MIERES DE GAONA FACILITADORA: VILMA VILLAMAYOR

CONCLUSIONES:

LUEGO DE LA REFLEXION Y DISCUSION DEL GRUPO, SOBRE EL TEMA DE

REFERENCIA, LA COMISION Nº 4, CONSIDERA:

QUE, actualmente el Asociativismo es imprescindible para lograr objetivos y metas comunes de desarrollo de los Municipios y Gobernaciones, contribuyendo al Capital Social , que es la capacidad que se tiene de generar formas de cooperación, de articulación de esfuerzos, necesarios para el desarrollo económico, social y democrático de las comunidades. QUE, es necesario generar confianza entre ciudadanía y Autoridades, fortaleciendo modelos de asociativismo – Organizaciones Civiles, Comisiones Vecinales, y propiciar iniciativas privadas y acciones locales. Asimismo e necesario generar confianza entre Autoridades Locales y fortalecer las Asociaciones Existentes de carácter Municipal y Departamental– de Municipios, de Autoridades y mixtos, como la Federación de Asociaciones de Gobiernos Departamentales y Municipales-. QUE, la unión solidaria y articulada, de las Autoridades Locales, posibilita la Representación Política Local, y favorece la posibilidad de producir los cambios y transformaciones sociales, legislativas e institucionales, y la tan necesaria Descentralización de la Administración Pública. QUE, la Integración entre Autoridades y el Asociativismo, es necesaria para la búsqueda del bienestar común, como así también para el desarrollo de capacidades, a través de la Asistencia Técnica y la Capacitación, para el mejor desempeño de funciones.

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POR TANTO, LA COMISIÓN Nº 4

RECOMIENDA AL CONGRESO

1 – Consolidar las Organizaciones de Municipalidades y de Munícipes, en especial la Red de Mujeres Munícipes, a través de mecanismos solidarios, y promover la organización, donde no exista, para fortalecer el Capital Social y la Integración. 2 – Difundir las experiencias exitosas de los municipios, en especial las promovidas por las mujeres – Intendentas y Concejalas –. 3 – Buscar mecanismos para aumentar el porcentaje de mujeres en Cargos de Decisión, en la búsqueda de la valoración de la Mujer. 4 – Fortalecer el intercambio, la solidaridad, la asistencia y la cooperación, entre Municipios de menores recursos del país, a nivel nacional e internacional. 5 – Apoyar los Presupuestos Participativos con Enfoque de Equidad de Género, en los Municipios y prestar asistencia técnica y capacitación sobre asuntos públicos, a través de las Asociaciones

COMPROMISO DEL GRUPO

“REALIZAR ENCUENTROS DE CAPACITACION E INTEGRACION PARA INTERCAMBIAR EXPERIENCIAS EXITOSAS ENTRE MUNICIPIOS Y

COLABORAR CON LA BASE DE DATOS DE LA RED”

CONSIGNA

“FORTALECER EL CAPITAL SOCIAL, TRABAJAR INTENSAMENTE EN POTENCIAR LA CONFIANZA EN EL ASOCIATIVISMO E INTERMUNICIPALISMO

PROYECTANDOLO A LA CIUDADANIA, CONSTITUYENDOSE EN LA REPRESENTACION GENUINA Y LEGÍTIMA, DE LOS GOBIERNOS LOCALES”

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NOMINA DE INTEGRANTES DE LA COMISION Nº 4

“Asociativismo Municipal, Capital Social e Integración”

Nombre y Apellido Cargo Ciudad - Departamento 1.Leonarda Galeano Sánchez Concejala M.R.Alonso - Central 2. Dora Rejala Rojas Intendenta Fdo. De la Mora - Central 3.Filomena H. de Espínola Concejala - Pta Valenzuela - 4. Neiva Striede Knebel Concejala Katueté – Alto Paraná 5. Wilda P. de Rodriguez Concejala Pirapó - Itapúa 6. Liduvina H. de Castro Concejala Tomás Romero Pereira-Itapúa 7. Roselaida M. de Gómez Concejala Caacupé - Cordillera 8. Ma Susana Persanti Directora Interina Municipalidad - Asunción 9. José A. Benítez Funcionario Municipalidad - Asunción 10. María Ester Cantero Concejala Lima – San Pedro 11. Lucía González Concejala Luque – Central 12. Ladislaa Ever Fernández Concejala – PTA. Yataity – Guairá 13. Carlos Alberto Vera Salas Concejala Luque - Central 14.Herminia l. Rojas Concejala Pilar - Ñeembucú 15.Guillermina Sosa Concejala Iturbe - Guairá 16.Elpidia Aranda 19. Erma Gray de Jara Concejala Tomás Romero Pereira-Itapúa 20. Bernardina R. de Corrales Concejala Asunción 21.Gloria Cañete Funcionaria Junta Municipal - Asunción

22. Irma Lombardo Funcionaria Cámara de Diputados-Asunción 23. Wilma Adler Concejala San Pedro – San Pedro 24. Corina Narváez Concejala Yaguarón – Paraguarí

25. Guadalupe Daponte Despacho Primera Dama Asunción

26. María Adolfina Ortíz Concejala Concepción - Concepción 27. Ninfa de Antúnez Concejala Caraguatay - Cordillera 28.Nancy D. Gzonz Franco Concejal Caapucú - Paraguarí

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“II Congreso Nacional de Mujeres Munícipes”

San Bernardino, 17 de octubre de 2003 ---------------------------------------------------------------------------------------------

COMISION Nº 5 :

“POLITICAS PUBLICAS Y GENERO” EXPOSITORA: MARIA ELENA ARAUJO RELATORA: MA. ADILFINA ORTIZ DE PEÑA FACILITADORA: MAURA MARECO

CONCLUSIONES:

LUEGO DE LA REFLEXION Y DISCUSION DEL GRUPO, SOBRE EL TEMA DE

REFERENCIA, LA COMISION Nº 5, CONSIDERA: QUE, es muy importante y necesaria la capacitación y la sensibilización de las Autoridades Gubernamentales, Departamentales, Locales, en la elaboración de políticas públicas con equidad de género y con participación ciudadana QUE, es necesario implementar políticas públicas y reformas legislativas para eliminar la discriminación laboral, inequidad en el acceso al empleo, establecer la ley de la jubilación docente, aguinaldo, beneficios de pensionados y jubilados-.

POR TANTO, LA COMISIÓN Nº 5

RECOMIENDA AL CONGRESO

1 – Establecer una Política Pública de Igualdad de Género y Políticas Públicas sectoriales integrales, con Enfoque de Género. 2 – Que exista igualdad de oportunidades para ocupar cargos públicos, para promover el Desarrollo Comunitario con Equidad. 3 – Asumir la responsabilidad como Autoridad y desempeñar las funciones con dignidad, honestidad y ética.

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4 – Implementar el Seguro Social para Jubilados. 5 – Fomentar el mejoramiento del nivel de vida y las aspiraciones de todos/as, que ya no exista discriminación laboral, inequidad en el acceso al empleo, ni a los cargos públicos y partidarios.

COMPROMISO DEL GRUPO

“BRINDAR UNA SOLUCION INMEDIATA A LOS PROBLEMAS QUE SE PRESENTAN DIARIAMENTE, Y EN LAS PRÓXIMAS ELECCIONES LOGRAR EL

CINCUENTA POR CIENTO – COMO MINIMO – DE LOS CARGOS”

CONSIGNA

“LUCHAR POR NUESTROS OBJETIVOS”

NOMINA DE INTEGRANTES DE LA COMISION N º 5 “Políticas Públicas y Género”

Nombre y Apellido Cargo Ciudad - Departamento 1. Del Pilar Vázquez Cabrera Concejala José Leadro Oviedo - Itapúa 2. Isabel Espínola de Benítez Concejala Villeta - Central

3. Justina Aguero de Parodi Asesora Jurídica Municipalidad - Asunción

4. Alejandra Maciel Morales SMD Gobernación - Amambay

5.Doralicia Vargas Aguilera Concejala M.R. Alonso - Central

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6.Teresita Giménez Dávalos Concejala Col. Independencia -Guairá

7. Nimia A. Zunini de Aquino Concejala Guarambaré - Central

8.Elizabeth de Gneiting Intendenta Carmen del Paraná - Itapúa

9. Nilda Benítez L. Funcionaria Junta Municipal-Asunción

10. María Esperanza Vargas Concejala Caacupé - Cordillera

11. Blanca Oporto Concejala Corpus Cristhi – Alto Paraná

12. Antonia Ortíz SMD

13. Teresa Prieto Concejala San Miguel - Misiones

14. Mónica Moreno Concejala – Pta. Itauguá – Central

15. Sofía Gimenez Concejala Paraguarí

16. Juana Britos de Morínigo Concejala J. Domingo Ocampo - Caaguazú

17. Josefina Leiva Concejala Yaguaron - Paraguarí

18. Nicolasa González Concejala Gral. Artigas – Itapúa

19. Mirna gloraia Zarza Concejala Obligado - Itapúa

20. Gladis Moreno de Zayas Intendenta Nanawa – Pta. Hayes

21. Ma. Teresa Benítez Funcionaria Municipalidad-Asunción

22. Mirian Duarte Despacho Primera Dama Asunción

23. Arcilla Molínas Concejala Laureles - Ñeembucú

24. Runilda Altamirano Concejala Laureles - Ñeembucú

25. Maura Mareco Concejala P. Juan Caballero - Amambay

26. –Otilia Rolón de Pavón Concejala Isla Umbú - Ñeembucú

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27. Maricel M. Ortega Concejala Quinde - Paraguarí

28. Aura Angélica Galeano Concejala Valenzuela -

29. Erika Vargas Concejala Pilar - Ñeembucú

30.Teodoro A. Trigo Vázquez Concejal Luque – Central

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PROGRAMA

“II Congreso Nacional de Mujeres Munícipes” San Bernardino, 17 de octubre de 2003

ARD-Paraguay - USAID

“Dejando huellas al andar… una década de logros”

Parte Protocolar 07:30 Acreditación 08:00 Apertura Oficial Nelly Servín de Insfrán – Presidenta RMMP Luis Aguilar Representante del Intendente Municipal de San Bernardino Derlis Osorio Presidente OPACI Mary Hogan Directora ARD- Paraguay

John F.Keane Embajador de los EE.UU: Miguel Carrizoza Vicepresidente 1º de la Cámara de Senadores

09:15 Receso Primera Parte

09:30 Mesa con Ministras “Presentación de Planes de Gobierno” Moderadora: María Elena Araujo Vicepresidenta de la RMMP Expositora: María José Argaña de Mateu Ministra de la Mujer Expositora: Blanca Ovelar de Duarte Ministra de Educación

10:40 Homenajes 11:00 Receso 11: 15 Mesa con Mujeres Electas

“La Visión y Gestión de una Mujer en el Poder” -Nelly Servín de Insfrán Concejala Municipal de Pilar –Presidenta de la RMMP-. -Gladys Moreno Intendenta de Nanawa – Integrante de la RMMP

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-Ludmila Riveros de Sánchez Concejala Departamental de Ñeembucú - Rosa Merlo Diputada - Presidenta de la Comisión de la Mujer y la Juventud - Mirta Vergara de Franco Senadora -Presidenta de la Comisión de Equidad, Género y Desarrollo Social

13:15 Almuerzo

Segunda Parte 14:30 Presentación de la Metodología –

Cristina Bogado – Coordinadora General del Congreso. 14:45 Integración de las 5 Comisiones de Trabajo

Expositoras: Ex Presidentas de la RMMP. Facilitadoras y Relatoras: Presidentas Departamentales de RMMP

Comisión Nº 1

“Presupuesto Público con perspectiva de Género” Expositora: Lilian Soto - Presidenta 93 / 95 Facilitadora: Carolina Alvarez –Presidenta RMMP-Alto Paraná Relatora: Graciela Sanabria de Serrán – Presidenta RMMP- Misiones

Comisión Nº 2

“Poder Local y Equidad de Género” Expositora: Mirta Sanabria de Martínez - Presidenta 95 / 96 Facilitadora: Sady Ortiz de Antola – Presidenta RMMP - Ñeembucú Relatora: Aurora González – Presidenta RMMP- Itapúa

Comisión Nº 3 “Desarrollo Social y Descentralización”

Expositora: Haydeé de De Vargas - Presidenta 96 / 98 Facilitadora: Dominga Leiva – Presidenta RMMP - Canindeyú Relatora: Ana Báez – Presidenta RMMP –Paraguarí

Comisión Nº 4 “Asociativismo Municipal, Capital Social e Integración”

Expositora : Cristina Bogado - Presidenta 98 / 00 Facilitadora: Vilma Villamayor – Presidenta RMMP - Caaguazú Relatora: Adelaida Miers de Gaona - Vicepresidenta RMMP – Cordillera

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Comisión Nº 5 “Políticas Públicas y Género” Expositora: María Elena Araujo - Presidenta 00 / 02 Facilitadora: Maura Mareco – Presidenta RMMP - Amambay Relatora: Ma. Adolfina Ortiz de Peña – Presidenta RMMP -Concepción

15:00 Desarrollo de los Trabajos en Comisiones. 17:00 Presentación de las Conclusiones de los Grupos de Trabajo. 18:00 Presentaciones Especiales: “XV Congreso Latinoamericano de Parlamentos Municipales” Edgar Estigarribia Presidente de AJUMPA 18:30 Lectura de la Declaración del Congreso 18:40 Constitución del Grupo de Seguimiento del Congreso. 19:00 Clausura del Congreso 19:20 Entrega de Certificados - Brindis.

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NOMINA DE AUTORIDADES 2002-2004

COMITÉ NACIONAL

Presidenta Teléfonos NELLY SERVIN DE INSFRAN

Concejala de Pilar, Ñeembucú ANR 086 30050 / 30450 0975 642257 Vicepresidenta MARIA ELENA ARAUJO MORA Concejala de Coronel Bogado, Itapúa PEN 0741 2485 / 2293 0981 512112

Miembras Titulares

GLADYS DE RODRIGUEZ Concejala de Asunción, Capital PPS 021 552258 / 555945 0981 453842 GLADYS DE MORENO Intendenta de Nanawa, Presidente Hayes ANR 021 499259 0981 534345 NINFA HIDALGO Concejala de Simón Bolívar, Caaguazú PLRA 0981 303088 MARIA ESTELA ALDAMA Concejala de Itauguá, Central PLRA 0294 20517 0981 462232

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FERMINA ENCISO Concejala de Villarrica, Guairá PLRA 0541 42562 / 42488 0971 432033

Miembras Suplentes SERGIA EMILIA DE AGUILERA Concejala de Luque, Central PLRA 021 642450 0981 212224 MARIA CONSTANCIA BUSTO Concejala de Emboscada, Cordillera ANR 0529 20083 0981 253534 PETRONA ROMERO Concejala de Carayaó, Caaguazú PLRA 0516 2632

Presidentas Departamentales Concepción MARIA ADOLFINA ORTIZ DE PEÑA Concejala de Concepción ANR 031 42653 0971 813953 San Pedro RAMONA GRAY DE WIDER Concejala de Lima ANR 0971 410940

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Cordillera NINFA DE ANTUNEZ Concejala de Caraguatay ANR 0517 384 Caaguazú VILMA VILLAMAYOR Concejala de Caaguazú ANR 0522 40459 / 43070 Itapúa AURORA GONZÁLEZ Concejala de Hohenau ANR 075 32354 / 32606 32206 Misiones GRACIELA SANABRIA DE SERRAN Concejala de San Juan ANR 081 2235 / 2631 Paraguarí ANA BAEZ FERNANDEZ Concejala de Paraguari ANR 0531 32447 Alto Paraná CAROLINA ALVAREZ Concejala de Minga Porá Independiente 0631 22180 0983 681422 Central MIRIAN NORA JULIAN DE RIVAROLA Concejala de Fernando de la Mora UNACE 021 503957 0971 232930 Ñeembucú MARIA SADY ORTIZ DE ANTOLA Concejala de Pilar ANR 086 32567 0981 435218

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Amambay MAURA MARECO Concejala de Pedro Juan Caballero UNACE 036 74302 0971 810888 Canindeyú DOMINGA LEIVA Concejala de francisco Alvarez- Puente Kyhá ANR 047 358 Presidente Hayes GLADYS MORENO Intendenta de Nanawa ANR 021 499259 0981 534345 Boquerón LUZ MARINA RONDELLI Concejala de Mariscal Estigarribia PEN 0981 175554

Tribunal Electoral

Miembras Titulares

CORINA NARVAEZ DE RODRIGUEZ Concejala de Yaguaron, Paraguarí PLRA 0533 32470 0981 300432 GLADYS BASTOS Concejala de Fernando de la Mora., Central PEN 021 502713 / 506523 0961 602787 GUDELIA FRUTOS Concejala de Carayaó, Caaguazú ANR 0526 2535

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MARIA ESTHER CANTERO Concejala de Lima, San Pedro PLRA 0971 403873 NORMA BENITEZ Concejala de General Delgado, Itapúa PLRA 074 0296 0975 632731

Miembras Suplentes MABEL FRANCO Concejala de Isla Umbú, Ñeembucú ANR 086 31000 BLANCA DE SAIKI Concejala de Pirapó, Itapúa ANR 076 8332 SUSANA DE MORINIGO Concejala

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ESTATUTOS DE LA RED

DE

MUJERES MUNICIPES

DEL

PARAGUAY

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ESTATUTOS DE LA RED DE MUJERES MUNICIPES DEL PARAGUAY

CAPITULO I DE LA CREACIÓN DE LA RED Art.1° En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los 28 días del mes de agosto de 1993, se lleva a cabo la fundación de una Asociación de Concejalas e Intendentas Municipales del Paraguay, con la denominación de RED DE MUJERES MUNICIPES DEL PARAGUAY, que adopta como logotipo un Ñandutí enmarcado en el símbolo biológico de la mujer. Art.2° La RED DE MUJERES MUNICIPES DEL PARAGUAY tiene como domicilio legal la ciudad de Asunción. Los Congresos, reuniones y cualquier otra actividad podrán realizarse en cualquier punto del país.

CAPITULO II DE LOS FINES Y OBJETIVOS Art.3° Son fines y objetivos de la Red la integración y capacitación de las Concejalas e Intendentas Municipales de toda la República, así como la formulación de políticas y planes de acción destinados a las mujeres de sus respectivos municipios. Art.4° Son fines particulares:

a) Promover el desarrollo profesional, político y personal de las componentes de esta Red.

b) Incentivar el relacionamiento y la cooperación entre esta institución y sus similares internacionales, organismos gubernamentales y no gubernamentales.

c) Realizar estudios permanentes de la problemática de la mujer en el Paraguay. d) Presentar proyectos de solución a los problemas de género, incluyendo el bienestar

económico, profesional y personal de las mujeres, así como en lo referente a cuestiones de maternidad, niñez, adolescencia y tercera edad.

e) Defender la igualdad de condiciones y oportunidades entre los sectores masculino y femenino.

f) Fomentar e incentivar en las mujeres su afán de participación en los espacios de poder público.

g) Crear las condiciones para la adquisición de bienes inmuebles que sirvan de asiento a la Red y de muebles necesarios para su funcionamiento.

h) Bregar por la creación de un sistema de cooperación, de ayuda mutua y/o jubilatorio entre las integrantes de esta Red.

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i) Apoyar la descentralización política, administrativa y normativa del Estado, organizando jornadas de capacitación y discusión sobre el sistema descentralizado.

CAPITULO III

DE LAS SOCIAS

Art.5° Son socias de la Red todas las Concejalas Titulares y Suplentes e Intendentas e la República del Paraguay, que presten su conformidad para ello y se comprometan a acatar el presente estatuto. Art.6° Son socias fundadoras las Concejalas e Intendentas participantes en el 1er Congreso de Concejalas e Intendentas del Paraguay, realizado los días 27,28 y 29 de agosto de 1993 en la ciudad de Asunción, y que suscriban e Acta Fundacional. Art.7° Son socias activas las Concejalas Titulares y Suplentes e Intendentas que estén al día en su cuota social. Art.8° Son derechos de las socias en general:

a) Tener voz y voto ante las distintas instancias de la Red. b) Presentar mociones o propuestas que coincidan con los fines y principios de la

entidad. c) Integrar comisiones técnicas constituidas por la Red para fines específicos. d) Ser asistidas por la Red en caso de que surgieran problemas en el ejercicio de sus

funciones. Art.9° Son derechos de las socias activas:

a) Participar de los Congresos. b) Votar y ser votada para cargos que establece este estatuto. c) Ocupar cargos electivos en la Red de Mujeres Munícipes del Paraguay. d) Representar a la Red conforme con los mandatos recibidos de los Congresos y

otras autoridades. e) Ser beneficiada con todos los programas de carácter formativo, social, económico

y jurídico que desarrolla la Red. Art.10° Son deberes de las socias:

a) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de este estatuto y cualquier otra reglamentación emitida por las correspondientes autoridades.

b) Acatar las resoluciones y disposiciones de la Red. c) Estar al día en su cuota social.

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CAPITULO IV

DE LAS AUTORIDADES Art.11° Son autoridades de la RED DE MUJERES MUNICIPES:

a) El Congreso General b) El Comité Nacional c) El Congreso de Comités Departamentales d) Los Comités Departamentales e) El Tribunal Electoral TITULO I DEL CONGRESO GENERAL

Art.12° El Congreso General Ordinario es la máxima autoridad de la RED DE MUJERES MUNICIPES. Se reúne en forma Ordinaria cada dos años y seis meses y en forma EXTRAORDINARIA cada vez que sea necesario. Art.13° EL CONGRESO GENERAL ORDINARIO tiene como atribuciones:

a) Aprobar la Memoria y Balance del Comité Nacional saliente. b) Elegir el Comité Nacional, los Comités Departamentales y el Tribunal Electoral. c) Fijar las políticas y los planes de acción de la RED entre uno y otro Congreso

Ordinario. Art.14° El CONGRESO GENERAL EXTRAORDINARIO tiene como atribuciones:

a) La modificación parcial o total de estos estatutos. b) La separación del cargo de parte o de todo el Comité NACIONAL y el Tribunal

Electoral. c) La disolución de la Red o su fusión con otra entidad. d) Cualquier otro tema de interés de la RED que las convocantes consideren

importante. Art.15° El CONGRESO GENERAL ORDINARIO debe realizarse cada dos años y seis meses. Será convocado por el COMITÉ NACIONAL, con un mes de anticipación como mínimo. Dicha convocatoria deberá ser publicada durante tres días por lo menos, en un periódico de circulación nacional. En caso de que el COMITÉ NACIONAL no realice la convocatoria en el período establecido, deberá hacerlo el Consejo de Comités Departamentales.

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Art.16° El CONGRESO GENERAL EXTRAORDINARIO puede ser convocado por la Presidenta, el COMITÉ NACIONAL, el Consejo de Comités Departamentales o a pedido de, por lo menos, la cuarta parte de las socias activas. En todos los casos, el COMITÉ NACIONAL, deberá publicar la convocatoria por lo menos por tres días de anticipación en un periódico de circulación nacional y enviarla a las socias por nota vía fax y/o telegrama simple, en su caso. Art.17° El CONGRESO GENERAL ORDINARIO es presidido por la Presidenta saliente hasta la lectura de la Memoria y Balance. Posteriormente, la Presidenta del Tribunal Electoral asume la presidencia, hasta la proclamación de las nuevas autoridades. La Presidenta electa, pasará a presidir el Congreso hasta su finalización. Art.18° El CONGRESO GENERAL EXTRAORDINARIO es presidido por la Presidenta, a menos que éste haya sido convocado para separarla del cargo, en cuyo caso será presidido por la Presidenta del Tribunal Electoral. Art. 19° Los CONGRESOS GENERALES sesionarán válidamente con la presencia de la mitad más una de las socias a la hora de la primera convocatoria. La segunda convocatoria será una hora más tarde y tendrá validez con cualquier número de presentes. La Secretaria de Actas hará de Secretaria del Congreso. TITULO II DEL COMITÉ NACIONAL Art.20° Es la máxima autoridad de la Red entre uno y otro congreso. Tiene la representación de la misma y es el encargado de llevar adelante las disposiciones del Congreso. Durará dos años y seis meses en sus funciones. Será electo por voto directo, universal y secreto de las socias activas, en el acto comicial, luego de la consideración de la Memoria y Balance del Comité Nacional saliente. Art.21° El Comité Nacional está constituido por la Presidenta y la Vicepresidenta, y las Secretarías, de Prensa y Difusión, de Formación y de Finanzas. Art.22° Son atribuciones del Comité Nacional: a) Dictar su propio reglamento.

b) Velar por el cumplimiento de estos estatutos y de las disposiciones de carácter general y permanente dictadas por el Congreso.

c) Ejecutar y hacer ejecutar cualquier otra disposición emanada de esta Red o de otras instituciones a las cuales la RED esté asociada.

d) Convocar los Congresos, y la reunión constitutiva del Consejo de Comités Departamentales.

e) Poner en Secretaría, a disposición de las socias, la Memoria y el Balance, con diez días de anticipación del CONGRESO ORDINARIO, y enviar una copia a los Comités Departamentales.

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f) Contratar Asesorías Técnicas. g) Denunciar ante las instancias correspondientes hechos delictuosos o cualquier

irregularidad que perjudicasen en algún sentido a la RED. h) Nombrar y remover empleados rentados al servicio de la RED, si los hubiera. i) Considerar cualquier pedido, iniciativa o reclamación que provengan de las socias,

o aquellas reconsideraciones presentadas en períodos previstos. j) Concretar convenios y programas que respondan a los fines y objetivos de la Red

con instituciones oficiales y privadas, nacionales o internacionales. k) Ejercer las atribuciones que establecen otras disposiciones de este Estatuto, y

aquellas que en ejercicio de sus poderes establezcan los CONGRESOS. Art.23° El Comité Nacional se reúne como mínimo cada dos meses. Las sesiones son presididas por la Presidenta. El quórum legal válido es de la mitad más uno. Las resoluciones son adoptadas por el voto de la reconsideración que requerirá el voto de las 2/3 partes. TITULO III DE LAS PRESIDENTAS Art.24° La Presidenta tiene las siguientes atribuciones:

a) Ejercer la representación de la RED. b) Votar, en caso de empate, en las sesiones del Comité Nacional. c) Presidir las sesiones del Comité Nacional y los CONGRESOS

EXTRAORDINARIOS, dirigiendo sus deliberaciones y manteniendo el orden en su desarrollo.

d) Firmar con la Secretaria correspondiente las documentaciones así como las Actas de Sesiones.

e) Redactar la Memoria Anual con las Secretarias. f) Otorgar poderes, previa autorización del Comité Nacional.

Art.25° La Vicepresidenta tiene como función reemplazar a la Presidenta en caso de ausencia temporal o definitiva. Art.26° La Secretaría de Actas y Archivos tiene como funciones:

a) Llevar actas de las sesiones del Comité Nacional y de los CONGRESOS. b) Llevar los siguientes libros: Registro de Socias, Asistencia de las Miembras del

Comité Nacional, y Actas de Congresos. c) Organizar el archivo de la RED.

Art.27° La Secretaría de Finanzas tiene las siguientes atribuciones:

a) Organizar el cobro de las cuotas sociales y llevar un registro adecuado de ello.

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b) Presentar al Comité Nacional un informe semestral. c) Llevar la contabilidad de la RED con los libros necesarios d) Firmar cheques, órdenes de pago, y cualquier otro documento financiero con la

Presidenta. Art.28° La Secretaría de Relaciones tiene como funciones:

a) Implementar la Política de Relacionamiento Nacional e Internacional de la RED. Art. 29° La Secretaría de Prensa y Difusión tiene como funciones:

a) Dar a conocer a las asociadas y a la opinión pública todo lo concerniente a la RED.

b) Implementar la creación de espacios de difusión de la RED. TITULO IV DEL CONSEJO DE COMITES DEPARTAMENTALES

Art.30° El Consejo de Comités Departamentales es el órgano fiscalizador del accionar del Comité Nacional, entre uno y otro CONGRESO, y se integra con las Presidentas Departamentales de la RED, electas por las Concejalas de cada Departamento y una por Asunción. Art.31° El Consejo de Comités Departamentales, en su sesión constitutiva elegirá una Presidenta y una Secretaria de Actas, y se regirá por las mismas disposiciones, establecidas en el presente Estatuto, correspondientes al Comité Ejecutivo Nacional, en lo que fuere pertinente. Art. 32° El Consejo de Comités Departamentales elaborará su propio reglamento y lo comunicará en forma escrita al Comité Ejecutivo Nacional. TITULO V

DE LOS COMITES DEPARTAMENTALES Art. 33° El Comité Departamental es la máxima autoridad regional de la RED de MUJERES MUNICIPES y tiene la representación de la misma en su jurisdicción territorial. Art. 34° Su elección, integración y funcionamiento, se regirá por las disposiciones que rigen para el Comité Nacional establecidas en el presente Estatuto.

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TITULO VI DEL TRIBUNAL ELECTORAL Art. 35° El Tribunal Electoral tiene a su cargo la realización de todos los actos electorales que convoque la RED, y la elaboración depuración y el control del padrón de socias activas. Está constituido por cinco miembras titulares y tres suplentes electas por el CONGRESO GENERAL ORDINARIO. Dura dos años y seis meses en sus funciones. Elige de entre sus integrantes una Presidenta y una Secretaria de Actas. Las cuestiones referentes al quórum legal y al desarrollo de sus sesiones se rigen por los mismos artículos correspondientes al Comité Nacional. CAPITULO V DE LAS ELECCIONES Art.36° Las listas de candidatas a nivel Nacional y Departamental, serán recepcionadas por el Tribunal Electoral hasta 1 HORA antes de la fijada para las elecciones. Para que las listas a nivel Nacional y Departamental sean admitidas deberán contener las candidaturas a la Presidencia, Vicepresidencia y la lista de candidatas a cinco Secretarías Titulares y tres suplencias. En los Departamentos que no cuenten con la cantidad necesaria de Concejales para integrar el Comité, se integrará con el número correspondiente, previa autorización del Tribunal Electoral. Art.37° Las candidatas para la Presidencia y Vicepresidencia son uninominales y por listas cerradas y bloqueas las candidaturas para la Secretarías. Art.38° Una vez hecho el recuento de votos, serán proclamadas las nuevas autoridades del Comité Nacional y de los Comités Departamentales, integrados, respectivamente, por la Presidenta y la Vicepresidenta electas por simple mayoría de votos, y las Secretarias Titulares y Suplentes, cuya integración se hará conforme al Sistema D’Hont. CAPITULO VI DISPOSICIONES GENERALES Art.39° Todas las Autoridades electas duran dos años y seis meses en sus funciones, pudiendo ser reelectas. Art.40° El patrimonio de la RED estará constituido por:

a) Los bienes muebles e inmuebles adquiridos por la RED.

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b) El monto de las cuotas será establecido anualmente por el Comité Nacional con

aprobación del Consejo de Comités Departamentales. c) Todo otro donativo hecho a nombre de la RED y aceptado por las

correspondientes autoridades. Art.41° Para el desarrollo de las sesiones en todas las instancias serán consideradas las siguientes mociones:

a) Mociones de Resolución: Aquellas propuestas que se realicen en el transcurso de las sesiones. Deben ser votadas al final de las mismas en el orden en que se realizaron.

b) Mociones de Orden: Aquellas que interrumpen al orador en uso de la palabra y son las siguientes:

1.- Considerar al orador fuera de tema. 2.- Cerrar lista de oradores. 3.- Dar por finalizado el debate y pasar a votación. 4.- Pasar a cuarto intermedio.

5.- Limitar el tiempo de oradores.

c) Mociones de Reconsideración: Tratan asuntos ya resueltos. Necesitan voto afirmativo de dos tercios de las presentes para su aprobación. Los asuntos resueltos no pueden ser reconsiderados más de una vez en la misma sesión.

Art.42° Todas aquellas socias que hayan dejado sus cargos electivos, y que durante su calidad de socias activas hayan cumplido puntualmente sus obligaciones, y se comprometan a seguir abonando su cuota social, podrán acogerse a los programas de cooperativas, ayuda mutua, y jubilación que establezca la RED. Art.43° Pierden su calidad de socias todas aquellas que incurran en mora de sus cuotas sociales por más de seis meses, previa interpelación el Comité Nacional. CAPITULO FINAL DE LA DISOLUCIÓN Art.44° La disolución de la RED se decidirá exclusivamente en el CONGRESO EXTRAORDINARIO convocado para el efecto y con el voto afirmativo de las dos terceras partes de las socias, en donde se decidirá el destino del patrimonio de la RED. Art.45° Estos estatutos pueden ser modificados después de un año de vigencia como mínimo.

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DISPOSICIONES TRANSITORIAS Art.46° Por esta única vez las próximas autoridades durarán en sus mandatos hasta junio del 2002, debiendo realizarse las elecciones respectivas, a finales del 2000, a convocatoria del Comité Ejecutivo. El presente Estatuto contiene las modificaciones introducidas en el Congreso General Extraordinario realizado el 26 de enero de 2000, en la Junta Municipal de la ciudad de Asunción.

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RED DE MUJERES MUNÍCIPES DEL PARAGUAY

ESTATUTOS DE LA RED DE MUJERES MUNICIPES DEL PARAGUAY

CAPITULO I DE LA CREACIÓN DE LA RED Art.1° En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los 28 días del mes de agosto de 1993, se lleva a cabo la fundación de una Asociación de Concejalas e Intendentas Municipales del Paraguay, con la denominación de RED DE MUJERES MUNICIPES DEL PARAGUAY, que adopta como logotipo un Ñandutí enmarcado en el símbolo biológico de la mujer. Art.2° La RED DE MUJERES MUNICIPES DEL PARAGUAY tiene como domicilio legal la ciudad de Asunción. Los Congresos, reuniones y cualquier otra actividad podrán realizarse en cualquier punto del país.

CAPITULO II DE LOS FINES Y OBJETIVOS Art.3° Son fines y objetivos de la Red la integración y capacitación de las Concejalas e Intendentas Municipales de toda la República, así como la formulación de políticas y planes de acción destinados a las mujeres de sus respectivos municipios. Art.4° Son fines particulares:

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j) Promover el desarrollo profesional, político y personal de las

componentes de esta Red. k) Incentivar el relacionamiento y la cooperación entre esta

institución y sus similares internacionales, organismos gubernamentales y no gubernamentales.

l) Realizar estudios permanentes de la problemática de la mujer en el Paraguay. m) Presentar proyectos de solución a los problemas de género, incluyendo el bienestar

económico, profesional y personal de las mujeres, así como en lo referente a cuestiones de maternidad, niñez, adolescencia y tercera edad.

n) Defender la igualdad de condiciones y oportunidades entre los sectores masculino y femenino.

o) Fomentar e incentivar en las mujeres su afán de participación en los espacios de poder público.

p) Crear las condiciones para la adquisición de bienes inmuebles que sirvan de asiento a la Red y de muebles necesarios para su funcionamiento.

q) Bregar por la creación de un sistema de cooperación, de ayuda mutua y/o jubilatorio entre las integrantes de esta Red.

r) Apoyar la descentralización política, administrativa y normativa del Estado, organizando jornadas de capacitación y discusión sobre el sistema descentralizado.

CAPITULO III

DE LAS SOCIAS

Art.5° Son socias de la Red todas las Concejalas Titulares y Suplentes e Intendentas e la República del Paraguay, que presten su conformidad para ello y se comprometan a acatar el presente estatuto. Art.6° Son socias fundadoras las Concejalas e Intendentas participantes en el 1er Congreso de Concejalas e Intendentas del Paraguay, realizado los días 27,28 y 29 de agosto de 1993 en la ciudad de Asunción, y que suscriban e Acta Fundacional. Art.7° Son socias activas las Concejalas Titulares y Suplentes e Intendentas que estén al día en su cuota social. Art.8° Son derechos de las socias en general:

e) Tener voz y voto ante las distintas instancias de la Red. f) Presentar mociones o propuestas que coincidan con los fines y principios de la

entidad. g) Integrar comisiones técnicas constituidas por la Red para fines específicos. h) Ser asistidas por la Red en caso de que surgieran problemas en el ejercicio de sus

funciones. Art.9° Son derechos de las socias activas:

f) Participar de los Congresos. g) Votar y ser votada para cargos que establece este estatuto. h) Ocupar cargos electivos en la Red de Mujeres Munícipes del Paraguay.

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i) Representar a la Red conforme con los mandatos recibidos de los Congresos y otras autoridades.

j) Ser beneficiada con todos los programas de carácter formativo, social, económico y jurídico que desarrolla la Red.

Art.10° Son deberes de las socias:

d) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de este estatuto y cualquier otra reglamentación emitida por las correspondientes autoridades.

e) Acatar las resoluciones y disposiciones de la Red. f) Estar al día en su cuota social.

CAPITULO IV

DE LAS AUTORIDADES Art.11° Son autoridades de la RED DE MUJERES MUNICIPES:

f) El Congreso General g) El Comité Nacional h) El Congreso de Comités Departamentales i) Los Comités Departamentales j) El Tribunal Electoral TITULO I DEL CONGRESO GENERAL

Art.12° El Congreso General Ordinario es la máxima autoridad de la RED DE MUJERES MUNICIPES. Se reúne en forma Ordinaria cada dos años y seis meses y en forma EXTRAORDINARIA cada vez que sea necesario. Art.13° EL CONGRESO GENERAL ORDINARIO tiene como atribuciones:

l) Aprobar la Memoria y Balance del Comité Nacional saliente. m) Elegir el Comité Nacional, los Comités Departamentales y el Tribunal Electoral. n) Fijar las políticas y los planes de acción de la RED entre uno y otro Congreso

Ordinario. Art.14° El CONGRESO GENERAL EXTRAORDINARIO tiene como atribuciones:

e) La modificación parcial o total de estos estatutos. f) La separación del cargo de parte o de todo el Comité NACIONAL y el Tribunal

Electoral. g) La disolución de la Red o su fusión con otra entidad. h) Cualquier otro tema de interés de la RED que las convocantes consideren

importante.

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Art.15° El CONGRESO GENERAL ORDINARIO debe realizarse cada dos años y seis meses. Será convocado por el COMITÉ NACIONAL, con un mes de anticipación como mínimo. Dicha convocatoria deberá ser publicada durante tres días por lo menos, en un periódico de circulación

nacional. En caso de que el COMITÉ NACIONAL no realice la convocatoria en el período establecido, deberá hacerlo el Consejo de Comités Departamentales. Art.16° El CONGRESO GENERAL EXTRAORDINARIO puede ser convocado por la Presidenta, el COMITÉ NACIONAL, el Consejo de Comités Departamentales o a pedido de, por lo menos, la cuarta parte de las socias activas. En todos los casos, el COMITÉ NACIONAL, deberá publicar la convocatoria por lo menos por tres días de anticipación en un periódico de circulación nacional y enviarla a las socias por nota vía fax y/o telegrama simple, en su caso. Art.17° El CONGRESO GENERAL ORDINARIO es presidido por la Presidenta saliente hasta la lectura de la Memoria y Balance. Posteriormente, la Presidenta del Tribunal Electoral asume la presidencia, hasta la proclamación de las nuevas autoridades. La Presidenta electa, pasará a presidir el Congreso hasta su finalización. Art.18° El CONGRESO GENERAL EXTRAORDINARIO es presidido por la Presidenta, a menos que éste haya sido convocado para separarla del cargo, en cuyo caso será presidido por la Presidenta del Tribunal Electoral. Art. 19° Los CONGRESOS GENERALES sesionarán válidamente con la presencia de la mitad más una de las socias a la hora de la primera convocatoria. La segunda convocatoria será una hora más tarde y tendrá validez con cualquier número de presentes. La Secretaria de Actas hará de Secretaria del Congreso. TITULO II DEL COMITÉ NACIONAL Art.20° Es la máxima autoridad de la Red entre uno y otro congreso. Tiene la representación de la misma y es el encargado de llevar adelante las disposiciones del Congreso. Durará dos años y seis meses en sus funciones. Será electo por voto directo, universal y secreto de las socias activas, en el acto comicial, luego de la consideración de la Memoria y Balance del Comité Nacional saliente. Art.21° El Comité Nacional está constituido por la Presidenta y la Vicepresidenta, y las Secretarías, de Prensa y Difusión, de Formación y de Finanzas. Art.22° Son atribuciones del Comité Nacional: a) Dictar su propio reglamento.

d) Velar por el cumplimiento de estos estatutos y de las disposiciones de carácter general y permanente dictadas por el Congreso.

e) Ejecutar y hacer ejecutar cualquier otra disposición emanada de esta Red o de otras instituciones a las cuales la RED esté asociada.

o) Convocar los Congresos, y la reunión constitutiva del Consejo de Comités Departamentales.

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p) Poner en Secretaría, a disposición de las socias, la Memoria y el Balance, con diez días de anticipación del CONGRESO ORDINARIO, y envíar una copia a los Comités Departamentales.

q) Contratar Asesorías Técnicas. r) Denunciar ante las instancias correspondientes hechos delictuosos o cualquier

irregularidad que perjudicasen en algún sentido a la RED. s) Nombrar y remover empleados rentados al servicio de la RED, si los hubiera. t) Considerar cualquier pedido, iniciativa o reclamación que provengan de las socias,

o aquellas reconsideraciones presentadas en períodos previstos. u) Concretar convenios y programas que respondan a los fines y objetivos de la Red

con instituciones oficiales y privadas, nacionales o internacionales. v) Ejercer las atribuciones que establecen otras disposiciones de este Estatuto, y

aquellas que en ejercicio de sus poderes establezcan los CONGRESOS. Art.23° El Comité Nacional se reúne como mínimo cada dos meses. Las sesiones son presididas por la Presidenta. El quórum legal válido es de la mitad más uno. Las resoluciones son adoptadas por el voto de la reconsideración que requerirá el voto de las 2/3 partes. TITULO III DE LAS PRESIDENTAS Art.24° La Presidenta tiene las siguientes atribuciones:

g) Ejercer la representación de la RED. h) Votar, en caso de empate, en las sesiones del Comité Nacional. i) Presidir las sesiones del Comité Nacional y los CONGRESOS

EXTRAORDINARIOS, dirigiendo sus deliberaciones y manteniendo el orden en su desarrollo.

j) Firmar con la Secretaria correspondiente las documentaciones así como las Actas de Sesiones.

k) Redactar la Memoria Anual con las Secretarias. l) Otorgar poderes, previa autorización del Comité Nacional.

Art.25° La Vicepresidenta tiene como función reemplazar a la Presidenta en caso de ausencia temporal o definitiva. Art.26° La Secretaría de Actas y Archivos tiene como funciones:

d) Llevar actas de las sesiones del Comité Nacional y de los CONGRESOS. e) Llevar los siguientes libros: Registro de Socias, Asistencia de las Miembras del

Comité Nacional, y Actas de Congresos. f) Organizar el archivo de la RED.

Art.27° La Secretaría de Finanzas tiene las siguientes atribuciones:

e) Organizar el cobro de las cuotas sociales y llevar un registro adecuado de ello. f) Presentar al Comité Nacional un informe semestral. g) Llevar la contabilidad de la RED con los libros necesarios.

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h) Firmar cheques, órdenes de pago, y cualquier otro documento financiero con la Presidenta.

Art.28° La Secretaría de Relaciones tiene como funciones:

b) Implementar la Política de Relacionamiento Nacional e Internacional de la RED.

Art. 29° La Secretaría de Prensa y Difusión tiene como funciones:

c) Dar a conocer a las asociadas y a la opinión pública todo lo concerniente a la RED.

d) Implementar la creación de espacios de difusión de la RED. TITULO IV DEL CONSEJO DE COMITES DEPARTAMENTALES

Art.30° El Consejo de Comités Departamentales es el órgano fiscalizador del accionar del Comité Nacional, entre uno y otro CONGRESO, y se integra con las Presidentas Departamentales de la RED, electas por las Concejalas de cada Departamento y una por Asunción. Art.31° El Consejo de Comités Departamentales, en su sesión constitutiva elegirá una Presidenta y una Secretaria de Actas, y se regirá por las mismas disposiciones, establecidas en el presente Estatuto, correspondientes al Comité Ejecutivo Nacional, en lo que fuere pertinente. Art. 32° El Consejo de Comités Departamentales elaborará su propio reglamento y lo comunicará en forma escrita al Comité Ejecutivo Nacional. TITULO V

DE LOS COMITES DEPARTAMENTALES Art. 33° El Comité Departamental es la máxima autoridad regional de la RED de MUJERES MUNICIPES y tiene la representación de la misma en su jurisdicción territorial. Art. 34° Su elección, integración y funcionamiento, se regirá por las disposiciones que rigen para el Comité Nacional establecidas en el presente Estatuto. TITULO VI DEL TRIBUNAL ELECTORAL Art. 35° El Tribunal Electoral tiene a su cargo la realización de todos los actos electorales que convoque la RED, y la elaboración depuración y el control del padrón de socias activas. Está constituido por cinco miembras titulares y tres suplentes electas por el CONGRESO GENERAL ORDINARIO. Dura dos años y seis meses en sus funciones. Elige de entre sus

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integrantes una Presidenta y una Secretaria de Actas. Las cuestiones referentes al quórum legal y al desarrollo de sus sesiones se rigen por los mismos artículos correspondientes al Comité Nacional.

CAPITULO V DE LAS ELECCIONES Art.36° Las listas de candidatas a nivel Nacional y Departamental, serán recepcionadas por el Tribunal Electoral hasta 1 HORA antes de la fijada para las elecciones. Para que las listas a nivel Nacional y Departamental sean admitidas deberán contener las candidaturas a la Presidencia, Vicepresidencia y la lista de candidatas a cinco Secretarías Titulares y tres suplencias. En los Departamentos que no cuenten con la cantidad necesaria de Concejales para integrar el Comité, se integrará con el número correspondiente, previa autorización del Tribunal Electoral. Art.37° Las candidatas para la Presidencia y Vicepresidencia son uninominales y por listas cerradas y bloqueas las candidaturas para la Secretarías. Art.38° Una vez hecho el recuento de votos, serán proclamadas las nuevas autoridades del Comité Nacional y de los Comités Departamentales, integrados, respectivamente, por la Presidenta y la Vicepresidenta electas por simple mayoría de votos, y las Secretarias Titulares y Suplentes, cuya integración se hará conforme al Sistema D’Hont. CAPITULO VI DISPOSICIONES GENERALES Art.39° Todas las Autoridades electas duran dos años y seis meses en sus funciones, pudiendo ser reelectas. Art.40° El patrimonio de la RED estará constituido por:

d) Los bienes muebles e inmuebles adquiridos por la RED. e) El monto de las cuotas será establecido anualmente por el Comité Nacional con

aprobación del Consejo de Comités Departamentales. f) Todo otro donativo hecho a nombre de la RED y aceptado por las

correspondientes autoridades. Art.41° Para el desarrollo de las sesiones en todas las instancias serán consideradas las siguientes mociones:

d) Mociones de Resolución: Aquellas propuestas que se realicen en el transcurso de las sesiones. Deben ser votadas al final de las mismas en el orden en que se realizaron.

e) Mociones de Orden: Aquellas que interrumpen al orador en uso de la palabra y son las siguientes:

1.- Considerar al orador fuera de tema. 2.- Cerrar lista de oradores.

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3.- Dar por finalizado el debate y pasar a votación. 4.- Pasar a cuarto intermedio. 5.- Limitar el tiempo de oradores.

f) Mociones de Reconsideración: Tratan asuntos ya resueltos. Necesitan voto afirmativo de dos tercios de las presentes para su aprobación. Los asuntos resueltos no pueden ser reconsiderados más de una vez en la misma sesión.

Art.42° Todas aquellas socias que hayan dejado sus cargos electivos, y que durante su calidad de socias activas hayan cumplido puntualmente sus obligaciones, y se comprometan a seguir abonando su cuota social, podrán acogerse a los programas de cooperativas, ayuda mutua, y jubilación que establezca la RED. Art.43° Pierden su calidad de socias todas aquellas que incurran en mora de sus cuotas sociales por más de seis meses, previa interpelación el Comité Nacional. CAPITULO FINAL DE LA DISOLUCIÓN Art.44° La disolución de la RED se decidirá exclusivamente en el CONGRESO EXTRAORDINARIO convocado para el efecto y con el voto afirmativo de las dos terceras partes de las socias, en donde se decidirá el destino del patrimonio de la RED. Art.45° Estos estatutos pueden ser modificados después de un año de vigencia como mínimo. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Art.46° Por esta única vez las próximas autoridades durarán en sus mandatos hasta junio del 2002, debiendo realizarse las elecciones respectivas, a finales del 2000, a convocatoria del Comité Ejecutivo. El presente Estatuto contiene las modificaciones introducidas en el Congreso General Extraordinario realizado el 26 de enero de 2000, en la Junta Municipal de la ciudad de Asunción.