REFORMA PROCESAL EN EL ECUADOR
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REFORMA PROCESAL EN EL ECUADOR
CÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS
Cronograma
Deficiencias del Proceso Escrito
• Proceso lento• Proceso escrito, formal – burocrático• Juez mero espectador• Ausencia de inmediación• Multiplicidad injustificada de estructuras• Falta de publicidad• Delegación de funciones jurisdiccionales• Proliferación de dilatorias maliciosas e incidentes• Infraestructura, gestión y recursos humanos
ineficientes e insuficientes
Unificación de vías procesales:
Vías Procesales
- Ordinario: Todas las causas sin vía previamente establecida.
- Sumario: Causas niñez y adolescencia, laborales y determinadas por la ley.
- Monitorio: Deudas que no excedan las 50 RBU.
- Ejecutivo: Cobro de títulos ejecutivos.
• Anuncio de prueba:
• Pericia:
Oportunidad Probatoria
Se debe acompañar la prueba en la demanda y la contestación.
Previa: Las partes pueden acudir a un juez para realizar pericias previas y adjuntarlas con la demanda.
Privada: Las partes, en caso de aportar como prueba un informe pericial, deben elegir directamente a un perito calificado y registrado en el Consejo de la Judicatura para la práctica de la prueba, y adjuntar el informe pericial a la demanda, mismo que tendrá validez con la comparecencia del perito en la respectiva audiencia.
Audiencias
NO SUSPENSIVONO SUSPENSIVO
SUSPENSIVOSUSPENSIVO
DIFERIDODIFERIDO
Apelación
Procesos Jurisdicción Voluntaria - Notarios
1. Aprobar la constitución de sociedades mercantiles civiles y más actos atinentes con la vida de la sociedad, cuando no corresponda a la Superintendencia de Compañías y Valores.
2. Autorizar la inscripción de matrículas de comercio en el pertinente registro. 3. Requerir a la persona deudora para constituirla en mora, de conformidad
con el artículo 1567 del Código Civil. 4. Receptar la declaración juramentada sobre el estado civil de las personas.5. Tramitar la caución e inventario del usufructo.6. Solemnizar la designación de administrador común.7. Solemnizar el desahucio, de acuerdo a lo previsto en la Ley de Inquilinato.8. Inscribir contratos de arrendamiento, cuyo canon excedo de un salario
básico unificado del trabajador.9. Solemnizar la partición de bienes hereditarios mediante la declaración de
las partes. 10. Tramitar la terminación de unión de hecho por mutuo consentimiento,
siempre que haya hijos dependientes.