Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido...

100
Impuesto a las Ganancias Reforma Tributaria Ley 27.430 Eduardo Vázquez - Abril 2018

Transcript of Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido...

Page 1: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Impuesto a las Ganancias

Reforma Tributaria

Ley 27.430

Eduardo Vázquez - Abril 2018

Page 2: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Objeto – Rentas financierasImpuesto cedular para rentas de fuente argentina

Arts. 2, 3, 4 y 7

Resultados de la colocación de un capital(cualquiera sea el sujeto que los obtenga entanto no resulten comprendidos en el art. 49inciso c -sujetos empresa- que ya estabanalcanzados) ahora gravados

Resultados derivados de la enajenación(cualquiera sea el sujeto que los obtenga entanto no resulten comprendidos en el art. 49inciso c -sujetos empresa- que ya estabanalcanzados) ahora gravados

• Por tratarse de rentas susceptibles deperiodicidad que implican lapermanencia de la fuente que lasproduce, la gravabilidad de lleva acabo mediante la derogación deexenciones.

Acciones (sin cotización), valoresrepresentativos, certificados dedepósito, cuotas y participacionessociales, cuotas parte de FCI,participación en fideicomisosfinancieros, cualquier otro derechosobre fideicomisos, monedas digitales,títulos, bonos y demás valores.

El resultado se considera de fuenteargentina cuando el emisor seencuentre domiciliado, establecido oradicado en la Argentina, conindependencia del domicilio o lugar deradicación del emisor del certificado otítulo representativo cuando éstosexistan.

Page 3: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Objeto – Resultados venta inmueblesImpuesto cedular para rentas de fuente argentina

Arts. 2, 3, 4 y 7

Enajenación de inmuebles y transferencia de derechos sobre inmueblesgravados

Inmuebles adquiridos a partir del 01-01-18

Causante o donante adquirido a partir del 01-01-18

Dichas operaciones no alcanzadas por ITI

Se configurara cuando se diere u obtuviere la posesión

En los bienes recibidos por herencia

el valor de adquisición será el valor impositivo que tenía el causante

si éste no pudiera determinarse será el valor de plaza (antes el valorfijado a efectos de los impuestos que graven la transmisión gratuitade inmuebles o bien el atribuible al bien en la última transmisión)

Page 4: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Derogación de exenciones Rentas financieras de fuente argentina e

inmuebles Art. 20

Se elimina la exención para personas humanas y SI sobre los intereses de plazo fijo(se mantiene la de intereses de caja de ahorro).

Se elimina la exención para personas humanas y SI por los resultados de lacompra venta de títulos públicos y demás valores cuando así lo estableciere unaley específica o cuando lo dispusiere el PEN.

Se elimina la exención para PH para la renta de títulos públicos

• “ARTÍCULO 98.- Las exenciones totales o parciales establecidas o que seestablezcan en el futuro por leyes especiales respecto de Títulos, letras, bonos,obligaciones y demás valores emitidos por el Estado nacional, provincial,municipal o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no tendrán efecto en esteimpuesto para las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el paísni para los contribuyentes a que se refiere el artículo 49 de esta ley.”

Se eximen los reembolsos de exportación para las Micro, Pequeñas y Medianasempresas (Ley 25.300)

Se exime -además del valor locativo de la casa habitación que ya estaba- elresultado por la enajenación de la casa habitación.

Page 5: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Exenciones al impuesto cedularAcciones - Art. 20

Se eximen los resultados por la enajenación de acciones y rescates de cuotas deFCI (que se integren con acciones) obtenidos por personas humanas

en la medida que las acciones/acciones que integran los FCI hayan sidocolocadas por oferta pública bajo autorización de la CNV

la transferencia se realice en mercados regulados por la CNV.

Esta exención aplica a los beneficiarios del exterior en la medida que residan enjurisdicciones cooperantes.

– Para sujetos no residentes -en la medida que residan en jurisdicciones cooperantes- seeximen los intereses y los resultados de la compraventa de títulos públicos,obligaciones negociables, títulos de deuda de fideicomisos financieros colocados poroferta pública, cuotas parte de FCI abiertos en el país colocados por oferta pública ycertificados de depósitos de acciones emitidos en el exterior cuando representenacciones de empresas del país autorizadas por la CNV, pero

– No se eximen los resultados de la LEBAC.

Page 6: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Resumen rentas financieras e inmuebles

Personas humanas - Rentas financieras e inmuebles de fuente argentina

Residentes

No residentes (inverso r y fondo

cooperantes) DECRETO 279/18

Renta Rdo. Venta Tasa Renta Rdo. Venta Tasa

Caja de ahorro Ex Ex

Plazo fijo Gr 5%-15% Gr 4,5%-13,5%

Títulos Públicos Gr Gr 5%-15% Ex Ex

Obligaciones negociables Gr Gr 5%-15% Ex Ex

Particip. Fideicomisos Financieros Gr Gr 5%-15% Ex Ex

Monedas digitales (bitcoins, etc.) Gr Gr 5%-15% Ex Ex

Fondos Comunes Inversión Gr Gr 5%-15% Ex Ex

Bonos Brasil y Bolivia Ex (CDI) Ex (CDI) s/CDI s/CDI

Lebac Gr Gr 5%-15% Gr Gr 4,5%-13,5%

ADR Gr (div) Gr 7%-13%/15% Gr Gr 4,5%-13,5%

CEDEAR Gr (div) Ex 7%-13% Ex Ex

Acciones con cotización Gr (div) Ex 7%-13% Gr (div) Ex 7%-13%

Acciones si cotización Gr (div) Gr 7%-13%/15% Gr (div) Gr 7%-13%/15%

Inmuebles Gr Gr Escala/15% Gr Gr 31,5%-15%

Imputación Percibido Percibido retención en la fuente

Page 7: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Compensación de quebrantosArt. 19

Los resultados netos de cada categoría de fuente argentina se compensan entre sicon excepción de las rentas gravadas a imposición cedular.

Los quebrantos originados en operaciones sujetas a imposición cedular seránespecíficos, por lo tanto deberán ser compensados con ganancias de la mismafuente (argentina o extranjera) y clase (colocación de capital en valores, intereseso rendimientos y descuentos o primas de emisión, dividendos y utilidades, resultadospor la enajenación de valores y resultados por enajenación de inmuebles).

Se mantiene el orden de compensación de los quebrantos con ganancias de lasegunda, primera, tercera y cuarta.

Se mantiene la cedularización de los quebrantos provenientes de acciones, títulosetc. y los quebrantos provenientes de establecimientos estables pertenecientes asujetos del exterior.

Page 8: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Exenciones para ciertas entidadesArt. 20

Ganancias obtenidas por asociaciones, fundaciones, entidades civiles de asistenciasocial, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas,literarias, artísticas, gremiales, y las de cultura física o intelectual, siempre que lasmismas se destinen a los fines de su creación y no se distribuyan.

No se encuentran exentas aquellas obtenidas por la explotación de espectáculospúblicos, juegos de azar, carreras de caballos y actividades similares, así comoactividades de crédito o financieras cuyo objeto no sea el de preservar su patrimoniosocial, entendiéndose que los Colegios y Consejos Profesionales y las Cajas dePrevisión Social creadas o reconocidas por leyes nacionales o provinciales querealicen actividades financieras lo hacen en el sentido de mantener su patrimonio.

La exención para las fundaciones, asociaciones y entidades civiles de caráctergremial decae cuando realicen actividades industriales o comerciales salvo que lasmismas tengan relación con el objeto de tales entes y los ingresos que generendichas actividades no superen el porcentaje que determine la reglamentación,perdiendo la exención para esas actividades en la medida que superen el límitefijado.

Page 9: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Deducciones personalesArt. 23

MNI $ 51.967

Cónyuge $ 48.447

Hijo/a Hijastro/a menor a 18 años o incapacitado $ 24.432 (por parte del pariente máscercano)

Deducción Especial “chica” igual al MNO $ 51.897 (autónomo de 4ta o de 3ra quetrabaje personalmente en la explotación)

Deducción Especial “grande” 3,8 veces el MNO $ 249.441,60 (cargo público, relaciónde dependencia, jubilaciones)

Nueva Deducción Especial “mediana” 1,5 veces el MNO $ 77.950,50 (autónomo de4ta o de 3ra que trabaje personalmente en la explotación que califique como “nuevosprofesionales” o “nuevos emprendedores” según la reglamentación.

Page 10: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Ganancias atribuibles a cada cónyugeArt. 23

Se atribuye a cada cónyuge, con independencia del régimen patrimonial al que se sometala sociedad conyugal, las ganancias provenientes de:

– Las actividades personales (profesión, empleo, comercio, industria)

– Los bienes propios

– Otros bienes, por la parte en que hubiere contribuido a su adquisición, o por el50% cuando hubiere imposibilidad de determinarlo

Los contribuyentes podrán mantener la atribución realizada con anterioridad a la entradaen vigencia de esta ley (01-01-2018) con respecto a los bienes adquiridos hasta dichafecha. (art. 86 inciso c) Ley 27.430)

Se deroga el artículo 30 (que regía la atribución de las rentas de bienes ganancias almarido, salvo que se tratare de bienes adquiridos por la mujer por su profesión u oficio,que existiere separación judicial de bienes o que la mujer tuviere la administración envirtud de resolución judicial).

Se deroga el artículo 31 (que regía la atribución de las ganancias de los menores de edadque disponía que dichas ganancias debían ser declaradas por la persona que tenga elusufructo de las mismas).

Se deroga el artículo 32 (que admitía la sociedad entre cónyuges cuando el capital de lamisma esté integrado por aportes de bienes cuya titularidad resulte de carácter propio).

Page 11: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Salidas no documentadasArt. 37

Cuando una erogación carezca de documentación o la misma encuadre como“apócrifa” y no se pruebe por otros medios que ha sido efectuada para obtener,mantener y conservar ganancias gravadas

– No se admitirá su deducción en el balance impositivo

– Estará sujeta al pago del 35%

– El pago se considera definitivo y sustitutivo del impuesto que correspondaal beneficiario oculto o desconocido.

– El hecho imponible se considerará perfeccionado en la fecha en que serealice la operación.

Page 12: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Rentas de la 1ra. categoríaArt. 41, 42

Se considera renta de primera categoría (rentas del suelo)

– Cualquier especie de contraprestación que se reciba por la constitución afavor de terceros de derechos de usufructo, uso, habitación, anticresis,superficie u otros derechos reales.

Valor locativo

– El valor locativo de todo inmueble, salvo prueba en contrario, no seráinferior al valor locativo de mercado que rige en la zona donde el bien estáubicado, conforma las pautas que fije la reglamentación.

– Antes: el fijado por la Administración General de Obras Sanitarias de laNación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa dealumbrado barrido y limpieza, en su defecto podrá ser apreciado por laDGI.

Page 13: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Rentas de la 2da. categoríaArt. 45

Se agrega la gravabilidad para las personas humanas los resultados provenientes dela enajenación de:

Acciones

Valores representativos y certificados de depósito de acciones y demásvalores

Cuotas y participaciones sociales

Cuotas partes de fondos comunes de inversión

Certificados de participación de fideicomisos y cualquier otro derechosobre fideicomisos y contratos similares—

Monedas digitales

Títulos, bonos y demás valores

Inmuebles o transferencias de derechos sobre inmuebles

Dividendos

Page 14: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Rentas de la 2da. categoríaArt. s/n agregado a cont. del 46

Presunciones de distribución de dividendos

Retiros de fondos por cualquier causa, por el importe de tales retiros.

Uso o goce, por cualquier título de bienes del activo de la entidad; se presumirá,admitiendo prueba en contrario, que el valor de los dividendos o utilidadespuestos a disposición es el ocho por ciento (8%) anual del valor corriente enplaza de los bienes inmuebles y del veinte por ciento (20%) anual del valorcorriente en plaza respecto del resto de los bienes. Si se realizaran pagos en elmismo período fiscal por el uso o goce de dichos bienes, los importes pagadospodrán ser descontados a los efectos del cálculo del dividendo o utilidad.

Cualquier bien de la entidad esté afectado a la garantía de obligaciones directaso indirectas de los titulares y se ejecute dicha garantía. De verificarse estasituación, el dividendo o utilidad se calculará respecto del valor corriente en plazade los bienes ejecutados, hasta el límite del importe garantizado.

Cualquier bien que las entidades vendan o compren a sus titulares por debajo opor encima, según corresponda, del valor de plaza. El dividendo o utilidad secalculará por la diferencia entre el valor declarado y dicho valor de plaza.

Cualquier gasto que las entidades realicen a favor de sus titulares que norespondan a operaciones realizadas en interés de la empresa, por el importe detales erogaciones, excepto que los importes fueran reintegrados, en cuyo casoresultará de aplicación el artículo 73 de la ley.

Page 15: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Rentas de la 2da. categoríaArt. s/n agregado a cont. del 46

Presunciones de distribución de dividendos

Los titulares que perciban sueldos, honorarios u otras remuneraciones en tanto nopueda probarse la efectiva prestación del servicio o que la retribución pactada resulteadecuada a la naturaleza de los servicios prestados o no superior a la que se pagaría aterceros por servicios similares.

En todos los casos, con relación a los importes que se determinen la presunciónestablecida en él tendrá como límite el importe de las utilidades acumuladas al cierre delúltimo ejercicio anterior a la fecha en que se verifique alguna de las situaciones previstasen los apartados anteriores por la proporción que posea cada titular, propietario, socio,accionista, cuotapartista, fiduciante o beneficiario. Sobre los importes excedentesresultará aplicable la presunción contenida en las disposiciones del artículo 73.

También se considerará que existe la puesta a disposición de dividendos o utilidadesasimilables cuando se verifiquen los supuestos referidos respecto del cónyuge oconviviente de los titulares, propietarios, socios, accionistas, cuotapartistas, fiduciantes obeneficiarios de los sujetos comprendidos en el artículo 69 o sus ascendientes odescendientes en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Las mismas previsiones serán de aplicación cuando las sociedades y fideicomisoscomprendidos en los incisos b) y c) del artículo 49 opten por tributar como sociedadesde capital conforme las disposiciones del cuarto párrafo de artículo 50, así como tambiénrespecto de los establecimientos permanentes a los que se hace referencia en elsegundo párrafo del inciso b) del artículo 69.

Page 16: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

DividendosArt. 118.1

• En el caso de ganancias distribuidas que se hubieren generado en períodos fiscalesrespecto de los cuales la entidad pagadora resultó alcanzada a la alícuota del treintay cinco por ciento (35%), no corresponderá el ingreso del impuesto o la retenciónrespecto de los dividendos o utilidades, según corresponda.

• A los fines indicados en los párrafos precedentes se considerará, sin admitir pruebaen contrario, que los dividendos o utilidades puestos a disposición corresponden, enprimer término, a las ganancias o utilidades acumuladas de mayor, antigüedad.”

Page 17: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Rentas de la 3da. categoríaArt. 49, 50 (atribución)

Las derivadas de loteos con fines de urbanización, las provenientesde la edificación y enajenación de inmuebles bajo el régimen depropiedad horizontal del Código Civil y Comercial de la Nación y deldesarrollo y enajenación de inmuebles bajo el régimen de conjuntosinmobiliarios previsto en el mencionado código.

Page 18: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Ganancias de la 4ta. CategoríaArt.79

“Sin perjuicio de las demás disposiciones de esta ley, para quienes sedesempeñen en cargos directivos y ejecutivos de empresas públicas y privadas,según lo establezca la reglamentación quedan incluidas en este artículo lassumas que se generen exclusivamente con motivo de su desvinculación laboral,cualquiera fuere su denominación, que excedan los montos indemnizatoriosmínimos previstos en la normativa laboral aplicable. Cuando esas sumas tengansu origen en un acuerdo consensuado (procesos de mutuo acuerdo o retirovoluntario, entre otros) estarán alcanzadas en cuanto superen los montosindemnizatorios mínimos previstos en la normativa laboral aplicable para elsupuesto de despido sin causa.

Page 19: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

TasasArt. 69

La tasa para las personas jurídicas se reduce al 25%.

Se incluyen la SAU y la SAS

Debe tributar el perceptor del dividendo o utilidad (7%-13%)

La tasa para los establecimientos permanentes se reduce al 25%

Deben tributar al remesar utilidades al exterior (7%-13%)

Estas tasas serán de aplicación para los ejercicios fiscales que se inicien a partir del1° de enero de 2020 inclusive.

Para los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1° de enero de 2018 y hasta el31 de diciembre de 2019, inclusive se aplicará el 30% y 7% respectivamente.

Se elimina el artículo 69.1 (impuesto de igualación): la distribución de dividendoso utilidades que superen las ganancias determinadas conforme a la LIG sufrían unaretención del 35%.

Page 20: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Venta y reemplazoArt. 67

Venta y reemplazo de un bien mueble

Puede gravarse la ganancia o restarla del costo amortizable del nuevo bien

También resultaba aplicable en el caso de un inmueble afectado como bien deuso en la medida que llevare al momento de la venta 2 años con tal destino y elproducto de la venta se reinvirtiere en un nuevo inmueble afectado con talcarácter.

Ahora se agrega también que el inmueble resulte afectado a locación oarrendamiento o a cesiones onerosas de usufructo, uso, habitación, anticresis,superficie y otros derechos reales, siempre que tuviere ese destino en los últimos2 años y se reinvirtiere en otro inmueble afectado a cualquiera de los destinosmencionados, incluyendo terrenos y campos.

Page 21: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Disposición de fondos o bienes a favor de tercerosArt. 73

Aplicable a los sujetos del art. 49 a), toda clase de sociedades, fideicomisos, FCI

Al igual que antes, la disposición no debe responder al interés de la empresa

Antes: interés con capitalización anual no menor al fijado por el BNA para descuentoscomerciales, o una actualización igual a la variación del índice de precios al por mayor nivelgeneral (IPMNG) más el 8% anual.

Ahora:

En el caso de disposición de fondos se presumirá un interés anual equivalente al queestablezca la reglamentación, de acuerdo a cada tipo, de moneda.

Respecto de las disposiciones de bienes, se presumirá una ganancia equivalente al:

8% anual del valor corriente en plaza de los bienes inmuebles

20% anual del valor corriente en plaza respecto del resto de los bienes

Si se realizaran pagos durante el mismo período fiscal por el uso o goce de dichos bienes, losimportes pagados podrán ser descontados a los efectos de esta presunción.

Las disposiciones precedentes no se aplicarán en los casos en donde tales sujetos efectúendisposiciones de bienes a terceros en condiciones de mercado, conforme lo disponga lareglamentación.

Tampoco serán de aplicación cuando proceda el tratamiento previsto en los párrafos tercero ycuarto del artículo 14 (ajustes de precios de transferencia previstos en el art. 15) o en el primerartículo agregado a continuación del artículo 46. (presunciones de distribución de dividendos outilidades)

Page 22: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Indice de actualizaciónArt.89

Las actualizaciones previstas en esta ley se practicarán conforme lo establecido en el artículo 39 de la ley24.073.

ARTICULO 39. — A los fines de las actualizaciones de valores previstas en la ley 11.683, texto ordenado en1978 y sus modificaciones, y en las normas de los tributos regidos por la misma, no alcanzados por lasdisposiciones de la ley 23.928, las tablas e índices que a esos fines elabora la DIRECCION GENERALIMPOSITIVA para ser aplicadas a partir del 1º de abril de 1992 deberán, en todos los casos, tomar comolímite máximo las variaciones operadas hasta el mes de marzo de 1992, inclusive. En idéntico sentido seprocederá respecto de las actualizaciones previstas en el Código Aduanero (ley 22.415 y sus modificaciones).El PODER EJECUTIVO NACIONAL en oportunidad de proceder al ordenamiento de las citadas disposicionesdeberá efectuar las adecuaciones de texto pertinentes en virtud de lo establecido en el párrafo anterior.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo precedente, las actualizaciones previstas en los artículos:

58 a 62 (costo computable bienes muebles amortizables, inmuebles que no tengan carácter de bien decambio, intangibles, acciones, participaciones, cuotas FCI)

67 (venta y reemplazo)

75 (minas, canteras, bosques)

83 y 84 (inmuebles)

4° y 5° agregados a continuación del artículo 90 (títulos públicos, ON, cuotas FCI, acciones que nocoticen, inmuebles)

respecto de las adquisiciones o inversiones efectuadas en los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1°de enero de 2018, se realizarán sobre la base de las variaciones porcentuales del Índice de Precios Internosal por Mayor (IPIM) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos, conforme las tablas que aesos fines elabore la Administración Federal de Ingresos Públicos.”

Page 23: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Ajuste por inflación impositivoArt.94

Los sujetos del a) y e) del art. 49

Sociedades de capital

Las derivadas de la actividad de comisionista, rematador, consignatario y demásauxiliares de comercio, no incluidos expresamente en la cuarta categoría.

deberán deducir o incorporar al resultado impositivo del ejercicio que se liquida, elajuste por inflación que se obtenga por la aplicación de las normas de los artículossiguientes.

El procedimiento dispuesto en el presente artículo resultará aplicable en el ejerciciofiscal en el cual se verifique un porcentaje de variación del índice de precios a que serefiere el segundo párrafo del artículo 89, acumulado en los treinta y seis (36) mesesanteriores al cierre del ejercicio que se liquida, superior al ciento por ciento (100%).

Las disposiciones del párrafo precedente tendrán vigencia para los ejercicios que seinicien a partir del 1° de enero de 2018. Respecto del primer y segundo ejercicio apartir de su vigencia, ese procedimiento será aplicable en caso que la variaciónacumulada de ese índice de precios, calculada desde el inicio del primero de ellos yhasta el cierre de cada ejercicio, supere un tercio (1/3) o dos tercios (2/3),respectivamente, el porcentaje indicado en el párrafo anterior.”

Page 24: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Imputación de rentas de fuente extranjeraArt. 133

Imputación

La imputación de ganancias y gastos de fuente extranjera se efectúa siguiendolas disposiciones del artículo 18

Primera devengado

Segunda percibido

Tercera devengado

Cuarta percibido

Honorarios directores ejercicio asignación individual

Devengado exigible, erogaciones consideradas de fuente argentina deben estarpagas antes de la DDJJ)

Con las siguientes adecuaciones: ( a cont.)

Page 25: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Imputación de rentas de fuente extranjeraArt. 133

Anterior

Sociedades por acciones: se imputa tanto la renta como el impuesto análogo en el ejercicio queocurra la puesta a disposición o pago del dividendo.

• Transparencia fiscal: sociedades por acciones ubicadas en jurisdiccioens de baja o nulatributación que obtienen rentas pasivas

Restantes sociedades: la renta se imputa al ejercicio o año fiscal en que finalice el ejercicioanual de la sociedad del exterior conforme las normas del país de la sociedad.

A partir de la reforma

• Se establece que las rentas de fuente extranjera provenientes de sociedades u otros vehículosse imputarán del mismo modo que se hubieran imputado de haber sido obtenidas en formadirecta.

• Las rentas “activas” se imputan cuando se ponen a disposición salvo que:

• Se trate de fideicomisos a) revocables b) constituyente=beneficiario c) poder dedecisión sobre inversiones (art. 133 d)

• Se trate de sociedades sin personalidad fiscal (concepto a reglamentar, art. 133 e)

• Se trate de sociedades con personalidad fiscal pero sean: a) controladas b) nodispongan de medios para realizar “actividad” c)perciban + del 50% en rentas pasivasd) impuesto societario menor al 75% del IG (25% x 75%=18,75%) (art.133 f)

Page 26: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Imputación de rentas de fuente extranjeraArt. 133

Trusts o figuras análogas de administración de activos,sociedades sin personalidad fiscal y

sociedades con personalidad fiscal bajo determinadas condiciones Transparencia fiscal

“Las Rentas Financieras y su tratamiento en el proyecto de reforma del Impuesto a las Ganancias argentino”, Rolando, Félix J., DTE Diciembre 2017

Page 27: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

VigenciaArt. 86 Ley 27.430

Las disposiciones de este Título surtirán efecto para los ejercicios fiscales o años fiscales que seinicien a partir del 1° de enero de 2018, inclusive, con las siguientes excepciones:

La gravabilidad de la enajenación de inmuebles tributarán en tanto el enajenante o cedente hubieraadquirido el bien a partir del 1° de enero de 2018 —en los términos que al respecto esta establezca lareglamentación— o, en caso de bienes recibidos por herencia, legado o donación, cuando elcausante o donante lo hubiese adquirido con posterioridad a esta última fecha. En tales supuestos,las operaciones no estarán alcanzadas por el Título VII de la ley 23.905. (ITI)

Con respecto a lo dispuesto en el nuevo artículo 29 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, textoordenado en 1997 y sus modificaciones, los contribuyentes podrán optar por mantener la atribuciónrealizada con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley respecto de los bienes adquiridoshasta esa fecha. (atribución de bienes de la sociedad conyugal)

Las tasas del 25% serán de aplicación para los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1° deenero de 2020, inclusive. Para los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1° de enero de 2018 yhasta el 31 de diciembre de 2019 se aplica 30%.

La alícuota prevista para la retención del dividendo o distribución de utilidades será de aplicación paralos años fiscales que se inicien a partir del 1° de enero de 2020, inclusive. Para los años fiscales 2018y 2019, cuando el citado párrafo menciona al trece por ciento (13%) deberá leerse siete por ciento(7%).

Page 28: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

VigenciaArt. 86 Ley 27.430

Para la determinación de la ganancia bruta a que se refiere el cuarto párrafo del cuarto artículoagregado a continuación del artículo 90 (FCI con activos subyacentes que cotizan en mercadosautorizados y por lo tanto exentas) en el caso de valores comprendidos en los incisos a y b del primerpárrafo de ese artículo (títulos públicos, ON, cuotas partes FCI monedas digitales, etc.) cuyasganancias por enajenación hubieran estado exentas o no gravadas con anterioridad a la vigencia deesta ley, el costo a computar será el último precio de adquisición o el último valor de cotización de losvalores al 31 de diciembre de 2017, el que fuera mayor.

En el caso de certificados de participación de fideicomisos financieros y cualquier otro derecho sobrefideicomisos y contratos similares y cuotapartes de condominio de fondos comunes de inversión aque se refiere el segundo párrafo del artículo 1° de la ley 24.083 (fideicomisos de aplicación especial)comprendidos en el inciso c) del primer párrafo del cuarto artículo agregado a continuación delartículo 90 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, las disposiciones allí previstas se aplicarán(gravabilidad al 15%), en la medida que las ganancias por su enajenación hubieran estado exentas ono gravadas con anterioridad a la vigencia de esta ley, para las adquisiciones de tales valoresproducidas a partir de esa vigencia.

En el caso en que existan cambios de criterio respecto de la imputación de las rentas incluidas en elnuevo artículo 133 (rentas de fuente extranjera), las modificaciones introducidas comenzarán a regirrespecto de las utilidades generadas en los ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2018. Atales fines y de resultar procedente, se considerará, sin admitir prueba en contrario, que losdividendos o utilidades puestas a disposición corresponden, en primer término, a las ganancias outilidades acumuladas de mayor antigüedad.

Page 29: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Reforma TributariaLey 27.430

Impuesto al Valor Agregado

Page 30: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

“Exportaciones de Servicios”

• La reforma da precisión al concepto al establecerque tienen el tratamiento del art. 43 de la ley(Régimen especial para los exportadores).

• Permite el cómputo de créditos fiscales del IVAvinculados a la exportación de servicios como sifuera exportación de bienes.

• En caso de no ser suficientes los débitos fiscales poroperaciones internas para la absorción del CréditoFiscal, se podrá pedir la devolución como en lasexportaciones de Bienes.

Page 31: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Servicios Digitales - Concepto

Se consideran servicios digitales:

•Los llevados a cabo a través de Internet, cualquierasea la adaptación o aplicación de los protocolos oplataformas o cualquier otra red por la que se prestenservicios equivalentes.

•Que estén básicamente automatizados y requieranuna intervención humana mínima.

•Cualquiera sea el dispositivo utilizado para sudescarga, visualización o utilización.

Page 32: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Servicios Digitales - Concepto

Son servicios digitales entre otros:•El “Hosting”, así como cualquier otro servicio consistente enofrecer o facilitar la presencia de empresas o particulares enuna red electrónica.•Productos digitalizados en general, entre otros:

✓Programas informáticos, sus modificaciones y susactualizaciones,

✓Acceso y/o la descarga de libros digitales (exento),diseños, componentes, patrones y similares, informes,análisis financiero o datos y guías de mercado.

✓El mantenimiento a distancia, en forma automatizada, deprogramas y de equipos.

✓Soporte Técnico en Línea.

Page 33: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Servicios Digitales - Concepto

✓El acceso y/o la descarga a imágenes, texto,información, video, música, juegos –incluyendolos juegos de azar.

✓La puesta a disposición de bases de datos ycualquier servicio generado automáticamentedesde un ordenador, a través de Internet o de unared electrónica, en respuesta a una introducciónde datos específicos efectuada por el cliente.(¿Booking?).

Page 34: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Servicios Digitales - Concepto

✓Servicios de Blogs, Revistas o periódicos enlínea.

✓Provisión de servicios de Internet.

✓Enseñanza a distancia.

✓Subastas en Línea.

✓Los servicios de clubes en línea o webs de citas.

Page 35: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Servicios Digitales – Tratamiento Impositivo

• Se incorporan como “Importación de Servicios”• A diferencia del resto de “Importaciones de

Servicios” no es requisito que el prestatario searesponsable inscripto.

• Presunción de prestación en el exterior, si elprestador tiene domicilio en el exterior.

• Se presume la utilización efectiva, donde se realizael primer uso del servicio por parte del prestatario,incluyendo el consumo.

Page 36: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Servicios Digitales – Tratamiento Impositivo

Se presume sin admitir prueba en contrario, que lautilización es en Argentina, cuando se encuentreubicado en el país:

•La dirección IP del dispositivo o la tarjeta SIM.•La dirección de facturación del Cliente.•La cuenta bancaria utilizada para el pago.•La dirección del cliente de la que disponga la entidademisora de la tarjeta de débito o crédito.

Page 37: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Servicios Digitales – Tratamiento Impositivo

• El sujeto del impuesto es el prestatario.

• El hecho imponible nace con la finalización de laprestación del servicio o el pago lo que sea anterior.

• El pago del impuesto correspondiente a los serviciosdigitales será ingresado por el prestatario

• De mediar un intermediario que intervenga en elpago (Tarjeta de Crédito o Banco), éste asumirá elcarácter de agente de percepción.

Page 38: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Devolución anticipada de Créditos Fiscales

• Créditos Fiscales por compra, construcción oimportación de Bienes de Uso (excepto automóviles).

• Transcurridos seis periodos fiscales consecutivosdesde su cómputo.

• Que formen parte del Saldo Técnico a Favor.• En caso de ser bienes destinados a Exportaciones el

plazo, se cuenta desde la fecha de realización de lasinversiones.

• No será procedente la devolución cuando al momentode la solicitud, los bienes no integren el patrimonio delcontribuyente, salvo caso fortuito o fuerza mayor.

• Los bienes comprendidos son los amortizables para elImpuesto a las Ganancias.

Page 39: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Devolución anticipada de Créditos Fiscales

• En el caso de Leasing, se podrá pedir la devoluciónuna vez transcurridos seis periodos fiscales despuésde la opción de compra, excepto en los contratosasimilables a compraventa, en los que se podráoptar según el procedimiento general.

• El crédito fiscal por Bienes de Uso se imputará a losdébitos fiscales, después de computar los demáscréditos fiscales generales.

Page 40: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Aplicación de las sumas devueltas.

Las sumas devueltas, serán definitivas para el contribuyentecuando dentro de los 60 períodos fiscales, contados desde elperiodo siguiente a la devolución, se hubieran aplicado:

- En el caso de operaciones del mercado interno en lasdiferencias entre el débito fiscal y los restantes créditosfiscales.

- En el caso de exportaciones, en los importes que hubieratenido derecho a recuperar conforme a las normas del art. 43(régimen especial para exportadores).

Si transcurridos los 60 períodos fiscales no se hubieraaplicado totalmente las sumas devueltas, deberá reintegrarseal Fisco el excedente. El incumplimiento en el reintegrogenerará una multa del 100% del monto no reintegrado.

Page 41: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Reforma TributariaLey 27.430

Monotributo

Page 42: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

42

Monotributo

• Personas humanas que realicen ventas de cosas muebles,locaciones, prestaciones de servicios y o ejecuciones deobras incluida la actividad primaria.

• Personas humanas integrantes de cooperativas de trabajo.• Sucesiones indivisas continuadoras de causantes adheridos

al monotributo, hasta la finalización del mes en que sedicte la declaratoria de herederos, se declare lavalidez del testamento que cumpla igual finalidad ose cumpla un año desde la fecha del fallecimiento delcausante, lo que suceda primero.

• Quedan fuera del régimen las sociedades de hecho eirregulares (antes incluidas hasta 3 socios).

Sujetos

Page 43: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

43

Monotributo

Ingresos de actividades a ser incluidas en el RSPC de los 12 mesescalendarios inmediatos anteriores a la adhesión < o = a:Venta de cosas muebles: $ 1.050.000 (hoy $ 1.344.065,86)Locaciones y prestaciones de servicios: $ 700.000. (hoy $ 896.043,90)

No superen en el mismo período los parámetros máximos de magnitudesfísicas y alquileres devengados que se establecen para su categorización.

Precio máximo de venta $ 15.000 (para venta cosas muebles)

No hayan realizado importaciones de cosas muebles o servicios para sucomercialización, en los últimos 12 meses.

No realicen más de 3 actividades simultáneas o posean mas de tres unidadesde explotación.

Se eliminó la cantidad mínima de empleados para las categorías I, Jy K (eran 1, 2 y 3 respectivamente)

Parámetros

Page 44: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

44

Monotributo

Se realiza en cada semestre calendario (enero-junio/julio-diciembre)

Para ello deben considerarse los ingresos brutos acumulados, la energíaeléctrica consumida y los alquileres devengados en los 12 mesesanteriores, así como la superficie afectada a la actividad en esemomento

Cuando los parámetros sean > o < a los límites de su categoría,quedará encuadrado en la que corresponda a partir del 2º mesinmediato siguiente a la finalización del semestre respectivo. Ej:enero-julio=agosto

AFIP puede disponer confirmación obligatoria de los datos declaradoscon las excepciones y periodicidad que considere conveniente. (yaprevisto en la R.G. (AFIP) 3990-E)

Categorización

Page 45: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

45

Monotributo

Inicio de actividades

• Se encuadra por magnitud física y monto de alquiler

• Transcurridos 6 meses deberá proceder a anualizar losparámetros para confirmar su categorización, surecategorización o exclusión del régimen.

• El importe correspondiente a la nueva categoría, en sucaso, se ingresa a partir del segundo mes calendariosiguiente al semestre indicado.

Page 46: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

46

Monotributo

Adquisición de bienes o realización de gastosde índole personal (inc. d art.20)

No justificados

Acreditaciones bancarias (inc. e art.20) No justificados

Exclusión

• Se establece que cuando por aplicación de los parámetros del art. 20no de lugar a la exclusión, los mismos podrán ser considerados por laAFIP para recategorizar de oficio en los términos del art. 26 inc.c).(Ésto ya estaba pero se reordenan los incisos al haber quitado elrequisito de cantidad mínima de empleados y se agrega en la ley)

Page 47: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

47

Monotributo

Sanciones

• Se establece que a los efectos de aplicar la multa del 50 %a quienes no presenten la DDJJ de recategorización,presenten DD.JJ. Inexactas, y en consecuencia omitan elpago del tributo, la misma se aplica sobre el impuestointegrado + cotización previsional.

Page 48: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Reforma TributariaLey 27.430 / Ley 27.426

Reformas al SIPAAportes y Contribuciones

de la Seguridad Social

Page 49: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

49

Temario

Reformas al SIPA (Ley 27.426, Decreto PEN 110/18)

Haberes

Movilidad

Edad Jubilatoria

Reforma Seguridad Social (Ley 27.430)

Alícuotas

Base Imponible

Cómputo de la contribuciones en el IVA

Regímenes de reducción de contribuciones

Page 50: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

50

Reformas al SIPA

Haber mínimo garantizado 82% móvil del SMVyM

• Es requisito poseer 30 años de aporte.• SMVyM $ 9.500 01/01/2018 / SMVyM $ 10.000

01/07/2018.• Jubilación mínima garantizada $ 7.790 / 8.200.• No resulta aplicable a beneficiarios que hubiesen

accedido a la PBU mediante:• Ley 24.476 21/11/1995 no reclamo deuda al 30/09/93 computa

años de servicios, no de aportes

• Ley 25.944 29/12/04 prestación jubilación anticipada

• Ley 26.970 09/09/14 plan regularización de deuda

Page 51: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

51

Reformas al SIPA

Movilidad de las prestaciones

• Los haberes se actualizan trimestralmente por una combinación del IPC en un70% y el promedio de remuneraciones (RIPTE) en un 30%. Vigencia marzo2018.

• Anteriormente actualizaban semestralmente por formula que combina elincremento de la recaudación y RIPTE.

• Aplica a la Prestación básica universal, Prestación compensatoria, Retiro porinvalidez, Pensión por fallecimiento, Prestación adicional por permanencia yPrestación por edad avanzada.

• El Decreto (PEN) 110/18• Prevé que la nueva movilidad se aplica a quienes reciben la Reparación

Histórica (Ley 27.260) y a aquellos con sentencia firme de reajusteanterior al 01-03-2018.

• Establece que si el resultado del ajuste fuese negativo en algún trimestrelas prestaciones no sufrirán modificación.

• Faculta a la Secretaría de la Seguridad Social a publicar la metodologíade cálculo y los índices

• Res. (SSS) 2-E/2018 (15-02-2018) fijó para marzo 2018 un 5.71%

Page 52: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

52

Reformas al SIPA

Edad jubilatoria

• Se posibilita la jubilación a los 70 años para el sector privado.

• No hay un momento obligatorio para acceder al beneficio sino requisitos para obtenerlo:

• 30 años de aportes

• 30 años de servicios

• Edad mínima: Hombres 65 años, Mujeres 60 años.

• El empleador tiene facultades para intimar al trabajador a jubilarse (art. 252 LCT):

• Antes: Hombres 65 años , Mujeres 60 años

• Ahora: 70 años Hombres y Mujeres.

• Decreto (PEN) 110/18

• Deja sin efecto las intimaciones a jubilarse formalizadas por el empleador en curso al momento de publicación de la Ley 27.426, afectando la seguridad jurídica.

• Ordena a la Anses a instrumentar un mecanismo para que el empleador pueda conocer la información previsional de su dependiente (antes debía solicitarla al trabajador, para saber si podía intimarlo o no).

Page 53: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

53

Reformas al SIPA

Edad jubilatoria

• Reunidos los requisitos para la jubilación:• Se exime al empleador de ingresar las contribuciones de seguridad social• Continúa obligado a las contribuciones de obra social y ART.• R.G. AFIP 4209/18 Sicoss 41

• Vigencia 01/2018 disponible 03-04-18Se permite rectificar hasta el 31-05-08 sin R.G. 3093/11

• Modifica art. 255 LCT• Considera extinguida la relación laboral una vez obtenido el beneficio

jubilatorio.• Si el trabajador continua a las órdenes del mismo empleador, comienza a

contarse nuevamente la antigüedad.• Fallo Plenario “Couto de Capa, Irene c/ AREVA S.A.” del 05/06/2009.• El Decreto (PEN) 110/08 dispone que también se considera extinguida la

relación laboral para el trabajador que obtenga la Pensión Universal para elAdulto Mayor (PUAM) (a pesar de que la misma tiene naturaleza nocontributiva sin vinculación con la relación laboral)

Page 54: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

54

Reforma Seguridad Social

Cotizaciones de seguridad social

• Se modifica el Decreto (PEN) 814/01.

• Situación Actual:• Inciso a) Alícuota 21%: Locación y prestación de servicios excepto PYMES,

OS, Asoc. Sindicales.• Inciso b) Alícuota 17%: Demás empleadores.

• Cambio gradual de alícuota finalizando con su unificación en el 19,5% desde 01-01-2022 -incluye art 1º L.22.016 sector privado y publico- correspondiente a:

• Seguridad Social L.24.241• Fondo Nacional de Empleo L.24.013• Asignaciones Familiares L.24.714• Pami L.19.032

• El PEN establecerá la proporción para cada subsistema

Page 55: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

55

Reforma Seguridad Social

Mínimo no imponible

• De la base imponible de las contribuciones patronales (Seguridad Social L.24.241,Fondo Nacional de Empleo L.24.013, Asignaciones Familiares L.24.714, PamiL.19.032) para cada trabajador se detraen $ 12.000 mensuales. La implementaciónserá gradual entre 2018 y 2022 (20% cada año, para febrero 2018 es $ 2.400).

• El importe de la detracción se actualiza en forma anual por el Índice de Precios alConsumidor.

• En los contratos a tiempo parcial la detracción resulta proporcional como tambiéncuando el tiempo trabajado sea inferior a un mes.

• La detracción se incrementa un 50% para el cálculo de las contribuciones sobrecada cuota del SAC.

• En ningún caso la base imponible podrá ser menor al mínimo fijado por el art. 9Ley 24.241 (febrero $ 2.520,60, en marzo se actualizó a $ 2.664,52) en cadarelación laboral o actividad autónoma.

• R.G. AFIP 4209/18 Sicoss 41Vigencia 02/2018 disponible 03-04-18

– Se debe rectificar hasta el 31-05-18 sin R.G. 3093/11 ni intereses

Page 56: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

56

Reforma Seguridad Social

Encuadre del

empleador

Hasta el 31/12/2018

Hasta el 31/12/2019

Hasta el 31/12/2020

Hasta el 31/12/2021

Desde el 1/1/2022

Art. 2, inc. a), D.

814/200120,70% 20,40% 20,10% 19,80% 19,50%

Art. 2, inc. b), D.

814/200117,50% 18,00% 18,50% 19,00% 19,50%

Detracción de la base imponible.% aplicable

sobre $ 12.000

20%2.400

40%4.800

60%7.200

80%9.600

100%12.000

Cotizaciones de seguridad social

Page 57: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

57

Reforma Seguridad Social

Cotizaciones de seguridad social - Ejemplos

Page 58: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

58

Reforma Seguridad Social

Contribuciones como crédito fiscal en el IVA

• Se deroga el Anexo I del Decreto (PEN) 814/01,temporalmente se lo reemplaza por otro que tendrávigencia hasta el 31/12/2021 y que permite computarcomo crédito fiscal en el IVA un porcentaje sobre la baseimponible de las contribuciones patronales pagadas.

• Los porcentajes van en disminución y desaparecen paraenero del 2022.

Page 59: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

59

Reforma Seguridad Social

Regímenes de reducción

• Ley 26.940 art. 18 microempleadores hasta 7 empleados: Podrán continuargozando el beneficio por las relaciones vigentes hasta el 31-12-2021.

• Ley 26.940 art. 24 hasta 80 trabajadores: Podrán continuar con el beneficiorespecto de cada una de las relaciones vigentes y hasta que venza el plazo de los24 meses.

• Se permite optar por el nuevo régimen (mínimo no imponible) perdiendo elbeneficio previsto en la Ley 26.940. La opción se adopta para toda la nómina.

• El monto máximo de cuota de ART (art. 20 Ley 19.640) para microempleadores(art.18 Ley 26.940) sigue siendo de aplicación, debiendo la SRT reglamentarlo.• Decreto (PEN) 1714/14 art. 20: a) Agricultura, caza, silvicultura y pesca; minería: 11%; b)

Construcción; actividades no clasificadas en otra parte: 12%; c) Industria manufacturera;electricidad, gas y agua; transporte, almacenaje y comunicación: 5%; d) Comercio;establecimientos financieros, seguros, bienes inmuebles y servicios técnicos y profesionales;servicios comunales, sociales y personales: 3%.

Page 60: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Procedimiento TributarioLey 27.430

Page 61: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Principio General de Interpretación de las leyes impositivas . Art. 1

• Se incorpora la no admisibilidad de la analogía en lainterpretación, para ampliar tanto el alcance del hechoimponible, como las exenciones y los ilícitostributarios.

• Garantiza el derecho del contribuyente a untratamiento igualitario.

• Esta garantía implica el derecho a conocer lainterpretación del Fisco, que deberá ser publicadasegún reglamentación a emitir por el Organismo.

• Dicha interpretación solo será vinculante cuando esteprevisto en la ley o la reglamentación.

Page 62: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Domicilio – Art. 3 y sig.

• Faculta a la AFIP para reglamentar las condicionespara que exista “dirección o administración principaly efectiva de las actividades”

• Establece como obligatorio el Domicilio FiscalElectrónico.

• Elimina la obligación de la AFIP de evaluar lascondiciones y viabilidad de implementacióntecnológica en relación a los contribuyentes.

• La AFIP establecerá la forma, requisitos etc, y lasexcepciones por problemas de conectividad

Page 63: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Declaraciones Juradas Rectificativas en menos. Art. 13

• Agrega la posibilidad de rectificar en menos, no solopor errores de cálculo sino también por “erroresmateriales”.

• Se podrá además rectificar en menos unadeclaración jurada, dentro de los 5 días de lapresentación original, siempre que la diferencia conla original no supere el 5%.

Page 64: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Facultades de los funcionarios de AFIP

• La AFIP podrá disponer medidas preventivas:• Sobre la condición de inscriptos de los

Contribuyentes• Autorización para emitir comprobantes.• Habilidad de los comprobantes para permitir

Créditos Fiscales y deducciones tributarias.• Realización de determinados actos

económicos.

• El contribuyente podrá plantear su disconformidad yla AFIP deberá resolver el reclamo en 5 días.

Page 65: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Orden de Intervención

• Se elimina el artículo que establecía la VistaPrevia (Prevista), pero no el instituto.

• Se incorpora a la ley la figura de la Orden deIntervención que deberá contener:✓Fecha de la medida.✓Funcionarios designados✓Datos del fiscalizado (Nombre o denominación, CUIT,

domicilio fiscal)✓Impuestos y períodos comprendidos en la

fiscalización.• La orden de intervención deberá estar suscripta

por funcionario competente en forma previa alprocedimiento y notificada al contribuyente enforma fehaciente.

Page 66: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Orden de Intervención

• Toda ampliación de los términos de la orden deintervención, deberá reunir los requisitos indicados.

• El cese de inspección también tendrá que sernotificado fehacientemente.

• La AFIP reglamentará el procedimiento aplicable alas tareas de verificación y fiscalización originadasen la Orden de Intervención.

• Durante la inspección el contribuyente podrárectificar sus declaraciones juradas sin que elloimplique la inhibición del organismo para determinarla materia imponible.

Page 67: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Orden de Intervención

•No será necesaria la Orden de Intervención:

•Cuando deban cumplirse medidas de urgencia ydiligencias encomendadas a la AFIP en el marco delRégimen Penal Tributario.•Requerimientos individuales.•Requerimientos de informes a terceros.•Actos de naturaleza análoga.

•En estos casos bastará con la mención del nombre ycargo del Funcionario a cargo.

Page 68: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Sanción de Clausura.

• Se elimina la multa.• La clausura será de 2 a 6 días (antes de 3 a 10

días).• Incorpora la clausura de los puestos móviles de

venta.• Sanciona a quienes “no emitieren” la factura

(antes no emitieren o entregaren).• Sanciona con clausura a establecimientos de al

menos 10 empleados con el 50% o mas deempleados sin registrar.

• Además establece nueva multa de $ 3.000 a $100.000 por tener personal no registrado.

Page 69: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Omisión de Impuestos. Art. 45

• La multa por omisión se fija en el 100% delgravamen dejado de pagar, retener o percibiroportunamente.

• Antes era del 50% al 100%

• Se incorporan agravantes:

✓200% cuando se trate de transacciones entreentes ubicados en el país con personas humanaso jurídicas radicadas en el exterior.

✓Aumento por reincidencia: 200% (normal) y 300%(agravada)

Page 70: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Defraudación. Art. 46 y siguientes Indicios art. 47

• Se fija la multa en 2 a 6 veces el importe evadido(antes 2 a 10 veces)

• Incorpora como infracción administrativa dosconceptos sancionados por la Ley Penal Tributaria(que continúan siendo delitos tributarios)

✓Aprovechamiento indebido de subsidios

✓Simulación dolosa de pago

• Incorpora como indicio de defraudación (art. 47) lano utilización de medios técnicos ( de medición,rastreo, localización etc.) cuando resultenobligatorios por normas legales o reglamentarias.

Page 71: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Multas para agentes de retención y percepción. Art. 48

• Serán reprimidos con multa de 2 a 6 veces el tributoretenido o percibido, los agentes que lo conserven ensu poder vencido el plazo para el depósito.

• Antes era de 2 a 10 veces.

Page 72: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Reiteración de infracciones. Reincidencia

• Reiteración: cuando se cometa mas de una infracciónde la misma naturaleza sin que exista resolución osentencia condenatoria.

• Reincidencia: Cuando el infractor condenado porsentencia o resolución firme, cometiera una nuevainfracción de la misma naturaleza. La condena no setendrá en cuenta a los fines de la reincidencia cuandohayan transcurrido 5 años.

Page 73: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Eximición y reducción de sanciones. Art. 49

• Si el contribuyente no es reincidente y regularizasu situación antes de la notificación de la ordende intervención quedara exento deresponsabilidad por la infracción.

• Si se regulariza mediante la presentación de lasDDJJ rectificativas después de la notificación dela orden de intervención, y una vista previa(prevista) conferida por la inspección la multa sereducirá a un cuarto del mínimo legal.

• Si la regularización antes de correrse la vista dela determinación de oficio la multa se reducirá unmedio del mínimo legal.

Page 74: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Eximición y reducción de sanciones. Art. 49

• Si la regularización se produce corrida la vista de ladeterminación de oficio, pero antes del vencimientodel plazo de los primeros 15 días, la multa sereducirá tres cuartos del mínimo legal.

• En caso que la determinación de oficio fueraconsentida, la multa se reducirá al mínimo legal.

• Para que procedan las reducciones no debe haberreincidencia.

• En el caso de agentes de retención o percepción seconsiderará regularizada la situación con el ingresototal del importe retenido u en su caso omitido deretener.

Page 75: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Eximición y reducción de sanciones. Art. 49

Page 76: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Recurso de Apelación al TFN. Art. 76

Este recurso no será procedente respecto de:•Anticipos y pagos a cuenta.•Actualizaciones e intereses cuando no se discuta la procedencia del gravamen.•Caducidad de Planes de Pago y liquidaciones originadas en la caducidad.•Exclusiones del monotributo.•Devolución de reintegros de IVA por exportaciones.•Intimaciones cursadas en virtud del art. 14

Page 77: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Sanción de Clausura. Apelación Administrativa

• Las sanciones de Clausura y suspensión matrícula,licencia y de inscripción en registros, continúan siendoapelables en sede administrativa dentro de los 5 días denotificadas. La AFIP debe expedirse dentro de los 10 días.

• Antes la resolución de AFIP causaba ejecutoriapudiendo aplicar directamente la sanción.

• Con la reforma la sanción podrá ser apelada ante losjuzgados Penales Económicos de la Ciudad de BuenosAires, o ante los juzgados Federales en el resto del país.

• La apelación deberá hacerse dentro de los 5 días denotificada la resolución de AFIP mediante escrito fundado,presentado en sede administrativa.

• Verificados los requisitos formales, la AFIP deberá elevarloal juez competente dentro de las 24 horas.

• La resolución del juez será apelable. Los recursos sonconcedidos al efecto suspensivo.

Page 78: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Juicio de Ejecución Fiscal

• El representante del Fisco, debe solicitar al juez lasmedidas cautelares. Antes le informaba.

• El Fisco solo puede trabar las medidas cautelares unavez ordenadas por el Juez. Antes podía hacerlo por si.

• El auto del Juez disponiendo las medidas cautelares,dispondrá también el levantamiento sin necesidad denueva sentencia una vez satisfecha la pretensiónfiscal.

• El levantamiento lo diligenciará el representante delFisco mediante oficio en no mas de 5 días hábiles desatisfecha la pretensión fiscal.

Page 79: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Juicio de Ejecución Fiscal

• El contribuyente podrá ofrecer en pago total o parcial lassumas embargadas.

• En ese caso el representante del Fisco realizará laliquidación de la deuda con mas los intereses punitorios dehasta 5 días posteriores a la fecha del ofrecimiento de partedel contribuyente.

• Una vez consentida la liquidación por parte del contribuyente,el representante del Fisco pedirá al banco donde esténembargados los fondos la transferencia a la cuentarecaudadora de la AFIP.

• Este procedimiento (consentimiento del contribuyente ytransferencia a la AFIP) podrá ser implementado por mediosinformáticos.

Page 80: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Formas de notificación

• Se incorpora a la ley la notificación al DomicilioFiscal Electrónico, como forma de notificaciónválida.

• Las condiciones que establezca la AFIP deberángarantizar la correcta recepción por parte deldestinatario.

• La notificación que ser produzca en día inhábil, setendrá por practicada el primer día hábil siguiente.

Page 81: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Ley Penal Tributaria

Reforma Tributaria

Ley 27.430

Page 82: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Índice de modificaciones

• Elevación de umbrales de punibilidad

• Determinación expresa de los delitos extinguibles por pago

• Nuevos supuestos de evasión agravada tributaria y previsional

• Incorporación de umbral de punibilidad para facturas apócrifas

• Aprovechamiento indebido más amplio, tributario y previsional

• Nuevos parámetros objetivos para la apropiación indebida impositiva y previsional

• Obtención fraudulenta de exenciones desgravaciones tributario y previsional

• Simulación dolosa de cancelación de obligaciones mediante declaraciones juradas falsas

• Alteración dolosa de registros del Fisco y equipos del contribuyente autorizados por el Fisco

• En las sanciones penales a las personas jurídicas se eliminan las penas pecuniarias

• Se modifica la tipicidad de la asociación ilícita (colaborar o coadyuvar, antes cometer)

• Extinción de la acción penal por cancelación (bala de plata, idem Ley 23.771)

• Excepción a la formulación de denuncia penal

Page 83: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

EVASIÓN SIMPLE (Art. 1º)

•Monto de punibilidad $1.500.000 (actual$400.000).

•En las haciendas locales el perjuicio fiscala considerar es por cada jurisdicción.

•Por cada tributo y ejercicio anual (igual)

•2 a 6 años de prisión (igual)

Page 84: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

EVASIÓN AGRAVADA (Art. 2º)

• Monto de punibilidad $15.000.000 (actual $4.000.000).

• Se incluye la utilización de negocios, patrimonios deafectación, instrumentos financieros y/o países nocooperantes. Monto $2.000.000 (actual $800.000).

• Utilización fraudulenta de exenciones, desgravaciones,diferimientos, liberaciones reducciones o cualquier otrotipo de beneficio fiscal. Monto $2.000.000 (actual$800.000).

• Monto de punibilidad de facturas apócrifas $1.500.000(actual $400.000).

• 3 años y 6 meses y nueve años de prisión (igual)

Page 85: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

APROVECHAMIENTO INDEBIDO DE BENEFICIOS FISCALES (Art. 3º)

•Se cambia la expresión en el título de subsidiospor beneficios fiscales, incluye cualquier beneficiode naturaleza tributaria.

•Se incorporan nuevos verbos típicos percibir yutilizar a los actuales (antes aprovechar).

•Se incorpora la expresión subsidios y cualquierotro beneficio (antes subsidios).

•Monto $1.500.000 (actual $400.000).

• 3 años y 6 meses y 9 años (igual)

Page 86: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

APROPIACIÓN INDEBIDA DE TRIBUTOS (Art. 4º)

•Incumplimiento dentro de los 30 díascorridos de vencido el plazo de ingreso(actual 10 días hábiles administrativos).

•Monto $100.000 (actual $40.000).

•2 a 6 años (igual)

Page 87: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

EVASIÓN SIMPLE PREVISIONAL (Art. 5º)

•Monto $ 200.000 (actual $80.000).

•2 a 6 años de prisión (igual)

Page 88: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

EVASIÓN AGRAVADA PREVISIONAL (Art. 6º)

•Piso de punibilidad $1.000.000 (actual $400.000).

• Intervención personas humanas o jurídicas oentidades interpuestas jurisdicciones nocooperantes $400.000 (actual $160.000).

•Nueva causal de agravamiento: utilizaciónfraudulenta de exenciones, desgravaciones,diferimientos, liberaciones, reducciones ocualquier otro tipo de beneficios fiscales, y elmonto evadido superare la suma de cuatrocientosmil pesos ($400.000)

• 3 años y 6 meses y 9 años (igual)

Page 89: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

APROPIACIÓN INDEBIDA DE RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Art. 7º)

• Incumplimiento dentro de los treinta (30) díascorridos de vencido el plazo de ingreso (actual10 días hábiles administrativos).

•Piso de punibilidad $100.000 (actual $20.000).

•Se elimina último párrafo relativo a lahabilitación de aplicativos pago separado deaportes y contribuciones.

• 2 a 6 años de prisión (igual)

Page 90: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

OBTENCION FRAUDULENTA DE BENEFICIOS FISCALES (Art.8º)

•Es el art. 4 de la ley anterior que ha sidocorrectamente ubicado como un delito fiscalcomún y responde a una figura de peligro.

•Se advierte que se incluye obtener cualquierade los beneficios ejemplificados también para laseguridad social, que estaba excluido en laanterior redacción.

• 1 a 6 años de prisión (igual)

Page 91: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

INSOLVENCIA FISCAL FRAUDULENTA (Art. 9º)

•Sin modificaciones.

•2 a 6 años de prisión (igual)

(provocar o agravar la insolvencia propia oajena para frustrar el cumplimiento deobligaciones tributarias)

Page 92: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

SIMULACIÓN DOLOSA DE CANCELACIÓN DE OBLIGACIONES (Art. 10º)

• Se modifica el título de “pago” por cancelación deobligaciones.

• Se incluye como medio comisivo de la simulación ala presentación de declaraciones juradasengañosas o falsas para simular la cancelación deobligaciones.

• Se incluye un piso de punibilidad $500.000 porcada ejercicio anual para obligaciones impositivas ysus sanciones y $ 100.000 por cada mes para losrecursos de seguridad social y sus sanciones.

• 2 a 6 años de prisión (igual)

Page 93: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

ALTERACIÓN DOLOSA DE REGISTROS (Art. 11º)

• Se refunde en un solo artículo los Art. 12 y 12 bisanteriores (registros o soportes documentales oinformáticos del Fisco y sistemas informáticos oequipos electrónicos del contribuyentesuministrados u homologados por el Fisco).

• Sistemas informativos o equipos electrónicos.

o Se agrega la expresión autorizados (actualsuministrados u homologados).

o Se aumenta la pena 2 a 6 años (actual 1 a 4).

Page 94: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS

• Se deja sin efecto la sanción de multa de 2 a 10 veces ladeuda verificada.

• Se mantienen las anteriores:

• Suspensión de actividades (máximo 5 años)

• Suspensión para participar en concursos o licitacionesestatales o en cualquier actividad vinculada con el Estado(máximo 5 años)

• Cancelación de la personería cuando hubiese sidocreada al solo efecto de cometer el delito

• Pérdida o suspensión de los beneficios estatales quetuviere

• Publicación de un extracto de la sentencia condenatoria acosta de la persona jurídica

Page 95: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

ASOCIACIÓN ILÍCITA FISCAL (Art. 15º)

•Se incorporan 2 verbos típicos colaborar ycoadyuvar (actual cometer) cualquiera delos ilícitos tipificados.

•Organización compuesta por 3 o máspersonas (igual)

•Liquidadores de impuestos

•Auditor certificante de un balance

•3 años y 6 meses a 10 años de prisión

Page 96: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

FUGA DEL PROCESO POR PAGO (Art. 16º)

• Se elimina la presentación espontánea.

• Nueva figura.

• Casos previstos (evasión fiscal y previsional simple y agravada yaprovechamiento indebido de beneficios fiscales).

• Casos no alcanzados (apropiación indebida de tributos y de la seguridadsocial y delitos fiscales comunes)

• Aceptación y cancelación en forma incondicional y total de las obligacionesevadidas, aprovechadas o percibidas indebidamente y sus accesorios.

• Hasta los 30 días hábiles posteriores al acto procesal por el cual se notifiquefehacientemente la imputación penal que se formula (indagatoria, tomaconocimiento de la existencia de la causa para nombrar defensores).

• Beneficio por única vez por cada persona humana o jurídica obligada. (balade plata ídem Ley 23.771)

• La Administración Tributaria está dispensada de formular denunciapenal cuando las obligaciones evadidas aprovechadas o percibidasindebidamente y sus accesorios fueren cancelados en formaincondicional y total con anterioridad a la formulación de la denuncia.

Page 97: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Unidad de Valor Tributaria

Ley 27.430

Page 98: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Concepto

• La Unidad de Valor Tributaria (UVT) es unaunidad de medida homogénea, a los efectos dedeterminar:✓Importes Fijos.✓Impuestos Mínimos.✓Escalas.✓Sanciones✓Todo otro parámetro monetario contemplado en las

leyes de tributos y demás obligaciones a cargo de laAFIP.

• Antes del 15/09/2018 el Poder Ejecutivo remitiráal Congreso un proyecto para establecer lacantidad de UVT correspondiente a cadaparámetro, y la conversión inicial entre UVT yPesos.

Page 99: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Efectos de la UVT

• La relación de conversión entre la UVT y pesos seajustará anualmente en base al Índice de Precios alconsumidor del INDEC.

• Para evaluar la configuración de delitos y otros ilícitosse considerará la relación de conversión UVT/Pesos almomento de su comisión.

• Para la cancelación de sanciones se utilizará larelación de conversión UVT/Pesos al momento de sucancelación.

Page 100: Reforma Tributaria Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias · 2018-04-12 · Nación o el establecido por las municipalidades para el cobro de la tasa de alumbrado barrido y limpieza,

Muchas gracias por su atención