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MINISTERIO DE EDUCACIÓN INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “ELEAZAR GUZMÁN BARRÓN” Creado según R.M. No. 0014-80-ED el 10 de enero de 1980 Revalidado según R.D. No. 058-2005-ED y. R.D. No. 409-2006-ED REGLAMENTO INSTITUCIONAL PROPUESTO POR LOS PROFESIONALES

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MINISTERIO DE EDUCACIÓN

INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO

“ELEAZAR GUZMÁN BARRÓN”

Creado según R.M. No. 0014-80-ED el 10 de enero de 1980

Revalidado según R.D. No. 058-2005-ED y. R.D. No. 409-2006-ED

REGLAMENTO

INSTITUCIONAL

PROPUESTO POR LOS PROFESIONALES

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 2

Abril del 2018

Lic. Castellano Pajuelo,Pedro

Ing Pasco Vidal, Jorge

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MISIÓN:

Somos una institución pública formadora de profesionales técnicos de calidad, aplicando el enfoque por competencias, en proceso de acreditación y trabajamos a través de alianzas estratégicas para satisfacer la demanda del sector productivo.

VISIÓN AL 2020:

Seremos una institución superior de formación profesional tecnológica con Programas de estudios acreditadas, formando profesionales competentes, con valores éticos, emprendedores, promotores del desarrollo sostenible, conscientes de la realidad social, económica y ambiental.

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P R E S E N T A C I Ó N

El Reglamento Institucional del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “ELEAZAR GUZMÁN BARRÓN”, es un instrumento técnico-normativo de gestión institucional que aplica la normatividad vigente, orientada al logro de los objetivos institucionales.

Contiene la naturaleza, la finalidad, funciones generales y específicas de las unidades orgánicas, estableciendo relaciones y responsabilidades. Tipifica las atribuciones de los cargos directivos y especifica la capacidad de decisión y jerarquía del cargo, así como el desarrollo organizacional para adecuarse a nuevos desafíos.

Su interpretación y complementación, en casos no previstos, incumben al Director General, al Consejo Educativo Institucional y Consejo Asesor correspondiente, respetando las normas de mayor jerarquía.

LA COMISIÓN

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TABLA DECONTENIDO

TÍTULO I ....................................................................................................................................... 6

DISPOSICIONES GENERALES ................................................................................................ 6

TITULO II ................................................................................................................................... 13

DESARROLLO EDUCATIVO ................................................................................................. 13

TITULO III .................................................................................................................................. 33

ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL ..................................................................................... 33

TITULO IV .................................................................................................................................. 67

FINANCIAMIENTO Y PATRIMONIO .................................................................................. 67

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REGLAMENTO

INSTITUCIONAL

Código: DGI- 001

Versión, Año: [2018-v 1]

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I

ALCANCES DEL REGLAMENTO INSTITUCIONAL

DEL REGLAMENTO

El Reglamento Institucional del Instituto Superior Tecnológico “Eleazar Guzmán

Barrón” (IESTP “EGB”), es el documento normativo del Es de cumplimiento

obligatorio para los integrantes de la comunidad educativa y establece un conjunto

de normas sustantivas y procedimientos enmarcados en la visión y misión

institucional , normas legales e intereses institucionales

CAPÍTULO II

FINES DEL REGLAMENTO E INSTITUCIONALES

El presente Reglamento es un documento normativo: académico, administrativo

y de gobierno del IESTP“EGB” , en concordancia con la normatividad y

disposiciones vigentes, la misión y visión Institucional , resumido en:

a) Definir las responsabilidades y atribuciones de cada estamento para el logro

de la Misión y Visión institucional

b) Alcanzar los objetivos estratégicos establecidos en el PEI del IESTP “EGB”

de Huaraz.

c) Normar el que hacer institucional y el cumplimiento del mismo por la

comunidad educativa del Instituto

d) Prestar servicio acorde a los estándares de calidad, y con fine de principal de

alcanzar el licenciamiento.

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El Instituto de Educación Superior Tecnológico Publico “Eleazar Guzmán

Barrón” de Huaraz, en adelante se identificará con las siglas IESTP “EGB”, es

una institución con autonomía relativa creada por R.M N°0014-80-ED y

revalidado R.D N°058-2005ED y RD N°409-2009 ED, sin fines de lucro. Esta

facultada para impartir educación superior tecnológico en la Región Ancash.

Asimismo, difunde conocimientos ciencia , tecnología y cultura, ética y valores;

promueve la investigación y proyección social en términos de responsabilidad

social y está comprometida con la formación de capital y recursos humanos.

Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento serán cumplidas en forma

obligatoria por todos los integrantes de la comunidad educativa.

CAPÍTULO III

OBJETIVOS INSTITUCIONALES

DE LA CREACIÓN Y LICENCIAMIENTO

El IESTP “EGB”, esta licenciada por Resolución Ministerial Nº 0014-80-ED y

adecuada a Instituto mediante Resolución Ministerial Nº 110-84-ED. y revalidada

mediante Resolución Directoral Nº 058-2005-ED y R.D. 409-2006-ED.

IESTP “EGB”, esta licenciada por Resolución Ministerial Nº 0014-80-ED y

adecuada a Instituto mediante Resolución Ministerial Nº 110-84-ED. y revalidada

mediante Resolución Directoral Nº 058-2005-ED y R.D. 409-2006-ED.

Domicilio Legal: se encuentra ubicado en la Av. Tecnológico s/n Shancayán,

Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz, Región Ancash.

IESTP “EGB” es una institución educativa de la segunda etapa del sistema

educativo nacional, con énfasis en una formación aplicada. Brindan formación de

carácter técnico, debidamente fundamentada en la naturaleza de un saber que

garantiza la integración del conocimiento teórico e instrumental a fin de lograr las

competencias requeridas por los sectores productivos para la inserción laboral.

Brindan, además, estudios de especialización, de perfeccionamiento profesional

en áreas específicas y otros programas de formación continua, y otorgan los

respectivos certificados acorde al ley.

DEL LICENCIAMIENTO

La comunidad educativa, y cada programa académico está obligado a buscar la

acreditación de sus programas educativos y buscar en forma permanente el

aseguramiento de la calidad educativa.

Las autoridades de la institución están obligadas conducir el proceso de

acreditación y aseguramiento de la calidad de servicio educativo.

Los integrantes están obligados a trabajar y alcanzar el licenciamiento del IESTP

“EGB” acorde a los lineamientos que obliga la ley y su reglamento.

DE LA DENOMINACIÓN Y SÍMBOLOS

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La denominación de la institución educativa es: INSTITUTO DE EDUCACIÓN

SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “ELEAZAR GUZMÁN BARRÓN” de

Huaraz. en adelante IESTP “EGB”

El IESTP “EGB” de Huaraz, tiene como símbolos aprobado resolución Directoral

previa aprobación del Consejo Asesor o asamblea general, constituyen:

a) El escudo, junto con el lema son símbolos que todo documento institucional

debe llevar como encabezado junto con el nombre institucional.

b) Lema: “Tecnología y Calidad educativa, nuestro compromiso social”

c) La bandera con los colores distintivos blanco, azul y verde. Se porta en todo

los actos públicos y es izado todo los lunes de los periodos académicos en

acto público en los dos turnos

d) Himno institucional, es entonado en todo los actos públicos institucionales

por todo los estamentos institucionales.

DE LOS PRINCIPIOS Y VALORES

EL IESTP EGB, se sustenta en los siguientes principios y valores:

Servicio de Calidad ,

Pertinencia

Flexibilidad.

Inclusión social

Transparencia

Equidad

Merito

Interculturalidad

DE LOS OBJETIVOS ESTRATEGICOS INSTITUCIONALES.

Son objetivos estratégicos del IESTP “EGB”:

a) Implementar programas de sensibilización y actualización que fomente el

desarrollo de los procesos institucionales, académicos, administrativos.

b) Desarrollar el proceso de autoevaluación con fines de acreditación, para la

mejora de la calidad educativa

c) Fortalecer el liderazgo para una gestión democrática, equitativa y

participativa a través de políticas institucionales.

d) Gestionar la Implementación de infraestructura, equipos, materiales, aulas,

talleres, biblioteca, laboratorios y tecnología.

e) Implementar el servicio de bienestar del estudiante con sus respectivos

programas de intervención.

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f) Implementar y desarrollar el estudio de mercado, Centro de Información

Laboral (CIL) y bolsa de empleos que garantice la inserción de los egresados

al sector productivo y de servicios.

g) Promover la imagen institucional y desarrollar programas de proyección a la

comunidad.

DE LOS OBJETIVOS DE ORGANOS DE GOBIERNO

Son objetivos de la organización :

a) La Dirección General: Ser representante legal y máxima autoridad

institucional. Tiene a su cargo, la conducción académica y administrativa del

IESTP”EGB”.

b) Consejo Asesor : es el responsable de asesorar al director general en materias

formativas e institucionales.

c) Unidad Académica: es el rresponsable de planificar, supervisar y evaluar el

desarrollo de las actividades académicas

d) Está conformada por áreas académicas responsables de las actividades

propias de los programas de estudios conducentes a la obtención de un título.

Unidad de investigación.

a) Responsable de promover, planificar, desarrollar, supervisar. y evaluar el

desarrollo de actividades de investigación en los campos de su competencia.

Unidad de formación continua.

a) Responsable de planificar, organizar, ejecutar, supervisar, monitorear y

evaluar los programas de formación continua institucionales, segunda

especialidad y profesionalización docente, según corresponda. Depende de

la Dirección General.

Unidad de bienestar y empleabilidad.

a) Responsable de la orientación profesional, tutoría, consejería, bolsa de

trabajo, bolsa de práctica preprofesional y profesional, emprendimiento u

otros que coadyuven al tránsito de los estudiantes de la Educación Superior

al empleo. Además, debe conformar un comité de defensa del estudiante

encargado de velar por el bienestar de los estudiantes para la prevención y

atención en casos de acoso, discriminación, entre otros. Depende de la

Dirección General.

Área de administración

a) Responsable de gestionar y administrar los recursos necesarios para la

óptima gestión institucional. Depende de la Dirección General.

Área de calidad.

a) Responsable del aseguramiento de la calidad del servicio académico y

administrativo institucional. Depende de la Dirección General.

b) Secretaría académica. Responsable de organizar y administrar los servicios

de registro académico y administrativo institucional. Depende de la

Dirección General.

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CAPÍTULO IV

MARCO NORMATIVO

Todo las actividades están sujetas a la siguiente normatividad:

Constitución Política del Perú.

Ley No. 28044, Ley General de Educación

Ley de N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la carrera pública de sus docentes.

D.S. No. 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de educación y sus modificatorias

D.S. No. 010-2017-MINEDU, Aprueban Reglamento de la Ley N°

30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la

Carrera Pública de sus Docentes

Decreto Legislativo No. 1246, que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa

Decreto Supremo No. 019-2010-ED, que establece medidas administrativas aplicables al personal docente y administrativo del Sector

de Educación.

Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Resolución Vice ministerial Nº 0311-2017-MINEDU, que Aprueban los Lineamientos Académicos generales para los Institutos de Educación

Superior.

RSG 311 -2017- MINEDU, que aprueba la Norma-Técnica de Lineamientos Académicos Generales de los Institutos de Educación

Superior.

RSG 324 -2017- MINEDU, que aprueba las Disposiciones que regulan Los Procesos de Encargatura de Puestos Y Funciones de Directores

Generales y Responsables de Unidades , Areas y Coordinaciones de los

Institutos De Educación Superior Tecnológica Públicos.

LEY N° 28740- 2006. Ley del Sistema Nacional de Evaluación,

Acreditación y Certificación d la Calidad Educativa.

Resolución Ministerial N°025-2010-ED. Aprueba las Normas para la Organización y Ejecución del Proceso de Admisión a los Institutos y

Escuelas de Educación Superior Tecnológica.

Resolución Directoral N° 0321-2010-ED. Lineamientos para elaborar el Reglamento Institucional y documentos de gestión de los Institutos y

Escuelas de Educación Superior.

Resolución Directoral N° 1479-2011-ED. acerca del Examen de

Admisión en Institutos Tecnológicos.

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RM 005 – 2018- MINEDU, Norma técnica : Disposiciones que Regulan

los Procesos de Selección y Contratación de docentes regulares ,

asistentes y Auxiliares en las Institutos de Educación Superior Públicos.

Ley No. 30057, Ley de servicio Civil.

CAPÍTULO V

ARTICULACIÓN Y COOPERACION

DE LA ARTICULACIÓN CON INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN BASICA

El instituto Superior, propiciará a través de los Jefes de Área, vínculos con

Instituciones de Educación básica, para dar orientación vocacional y servicios

inherentes a la Programas de estudiso.

El Instituto Superior Tecnológico Público “Eleazar Guzmán Barrón” propicia la

organización de cursos, talleres, orientaciones pre vocacionales por invitación,

convenios en coordinación con otras instituciones.

DE LA ARTICULACIÓN CON INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Los convenios que pudiese firmarse, se procederá acorde a las normas vigentes,

siempre que favorezca al interés educativo y desarrollo institucional.

El IESTP “EGB”, puede firmar convenios de cooperación mutua con

universidades, para que sus egresados puedan convalidar sus planes de estudio y

viceversa, siempre que acrediten los estudios y prácticas realizadas mediante

certificado de estudios que corresponda.

IESTP “EGB”, podrá formar Fundaciones para fomentar apoyo institucional y de

proyección social.

El IESTP “EGB” propicia la cooperación e intercambio entre Instituciones de

Gestión Académica por la Red dentro de la Macro Región y fuera de ella.

Articulación con Instituciones de Educación Superior no universitaria y

universitaria. Los estudios realizados en IESTP “EGB”, y otros Institutos y

Escuelas de Educación Superior Públicos o Privados y Universidades se articulan

entre, sí cuando estén basados en el Diseño Curricular Básico Nacional o en las

Estructuras Curriculares Básicas aún vigentes. Esta articulación se concretiza en

la convalidación académica o la homologación de planes de estudio y

competencias de los estudiantes o titulados en base a la ley su reglamento.

EDUCACIÓN BÁSICA, COOPERACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL

El IESTP “EGB” suscribe Convenios de Cooperación interinstitucional con el

Gobierno Regional, Municipalidades, Iglesias, Universidades, instituciones

académicas de prestigio, Empresas, ONG, Establecimientos de Salud, entre otros,

para la ejecución de acciones que posibiliten el mejoramiento académico e

institucional y los evaluará sistemáticamente.

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TITULO II

DESARROLLO EDUCATIVO

CAPITULO I

PROCESO DE ADMISIÓN

DEL PROCESO DE ADMISIÓN

El ingreso de estudiantes a las programas de estudios que ofrece el IESTP”EGB”

es por examen de admisión regular, exoneración por convenios centro de

preparación pre admisión y otras que fije el Reglamento de Admisión.

El reglamento de admisión es elaborado por una comisión integrado por todo los

jefes de área, y de unidades.

El IESTP “EGB” convoca al proceso de Admisión en dos etapas al año, 05

carreras en el primer semestre y 04 carreras en el segundo.

El acceso como estudiante a cada Programas de estudiso que oferta el Instituto se

da por:

a) Ingreso Ordinario 72% de vacantes

b) Exoneración 13% de vacantes

c) Centro de Preparación 15% de vacantes

DE LAS METAS DE ATENCIÓN

El IESTP “EGB” determina el número de vacantes en el proceso de admisión, de

acuerdo a su capacidad operativa determinada por RV No. 017-2015-MINEDU..

El número de estudiantes admitidos debe estar en función con el número de

vacantes ofertadas y en relación a la capacidad operativa que se haya determinado

por cada Programas de estudiso. El número de estudiantes admitidos puede ser

menor a las vacantes de admisión convocadas.

El IESTP “EGB”, realiza estudio de mercado laboral y propone Programas de

estudios de 80 y 120 créditos, 2 o 3 años años de estudios aproximadamente.

Tienen acceso al Instituto, los egresados de Educación Básica Regular de

cualquiera de las modalidades que hayan concluido y aprobado sus estudios sin

distinción de credo, sexo o raza. previo proceso de Admisión de acuerdo al

Reglamento de Admisión.

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Modalidades de formación no presencial y a distancia se implementa acorde a su

propio reglamento.

DEL PROCESO DE ADMISIÓN

El proceso de Admisión tiene por objetivo, seleccionar a los postulantes cuya

aptitud académica de conocimientos acrediten idoneidad para seguir estudios en

el instituto.

Las modalidades de acceso son:

a) Ingreso ordinario, que se realiza mediante el examen de admisión.

b) Ingreso por exoneraciones los siguientes casos:

Deportistas calificados acreditados por el Instituto Peruano del Deporte.

Por becas PRONABEC.

Por convenio interinstitucional vigente.

Las personas con discapacidad acreditados

Los artistas calificados que hayan representado al país o a la región

acreditados.

Los beneficiarios del PIR (ley N° 28592).

Los que poseen título profesional otorgado por una institución de educación

superior.

Los postulantes que ocuparon los primeros puestos hasta cubrir el 15 % del

total de vacantes ofertadas en el centro de preparación académica pre

admisión del instituto por Programas de estudiso

c) Por ingreso extraordinario: autorizado por el ministerio de educación, que

incluye becas y programas:

Los egresados de educación básica que acrediten haber ocupado el Primeros

Puestos en cualquiera de sus modalidades de educación básica.

Lo que ordena normas vigentes emitidos por MINEDU

La exoneración del examen de admisión ordinario será programado y ejecutado

por la comisión institucional de admisión.

DE LAS INSCRIPCIONES PARA DE ADMISION

Se llevará a cabo de acuerdo al Reglamento de Admisión del año correspondiente.

DE LA COMISIÓN INSTITUCIONAL DE ADMISIÓN

La Comisión Institucional de Admisión está integrado por:

a) Presidente: Director General.

b) Secretario: Jefe de Unidad Académica.

c) Tesorero: Jefe del Área de Administración.

d) Delegado: Representante de la Dirección Regional de Educación.

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e) Observador : Representante elegido del centro federado.

La comisión institucional de admisión tiene las siguientes funciones:

a) Planificar, organizar, implementa, supervisar y evaluar las actividades del

proceso de admisión, en el marco de las normas específicas.

b) Difundir las publicaciones para garantizar una función eficaz y dinámica.

c) Elaborar el Reglamento General de Admisión.

d) Conformar las sub comisiones del proceso de admisión.

e) Seleccionar los instrumentos de evaluación del examen de admisión, en

concordancia con los aspectos y criterios establecido en el reglamento

general de admisión.

f) Designar al personal docente por sorteo que participará en la elaboración,

aplicación , calificación y publicación de resultados del examen de admisión.

g) Designar al personal administrativo y de apoyo que participara en el proceso

de admisión.

h) Cautelar la adopción de medidas de seguridad para el desarrollo del examen

de admisión, solicitando la presencia de la Policía Nacional para custodia dl

local.

i) Publicar los resultados del examen de admisión en estricto orden de mérito,

hasta cubrir las vacantes ofertadas.

j) Recibir las solicitudes de exoneración por las diversas modalidades de

ingreso al proceso de admisión.

k) Adjudicar mediante acta las vacantes de exoneración por las diversas

modalidades de ingreso.

l) Elaborar y remitir el informe correspondiente a Dirección Regional de

Educación de Ancash,

DE LA ELABORACION DE PRUEBA DE ADMISIÓN

En la elaboración de prueba de examen de admisión, participara un Jefe o docente

del área académica para las preguntas de vocación profesional.

La prueba de admisión se regirá por el Reglamento de Admisión acorde a la

normatividad vigente.

Los resultados de la prueba del examen de admisión serán publicados en la página

web institucional, frontis institucional y todos los medios posibles.

DE LOS INGRESOS OBTENIDOS POR EL PROCESO DE ADMISIÓN

Los ingresos obtenidos en el proceso de admisión serán distribuidos de acuerdo a

la norma vigente:

a) Para cubrir los gastos operativos de organización, elaboración e impresión

de materiales (prospecto, afiches de propaganda, la prueba, entre otros), pago

al equipo que elabora el examen, la aplicación y calificación de los

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postulantes el día del examen y otros gastos generados en el proceso (el

50%).

b) Para el mejoramiento de infraestructura, equipamiento y mobiliario de la

institución el 50% restante.

La Comisión Institucional de Admisión, informará a la Asamblea General el

estado de ingresos y egresos generados en el proceso, a 3 días culminado el

proceso de admisión.

CAPITULO II

LA MATRÍCULA

Organizan, planifican y establecen cronograma la Unidad Académica y Secretaria

Académica

La matrícula y la ratificación de matrícula se realiza antes del inicio de clases, la

matricula extemporánea se realiza en la primera semana de inicio de clases , previa

solicitud, la justificación y presentación de comprobante de pago correspondiente.

Los estudiantes regulares son matriculados después de haber sido admitido por el

instituto por alguna de las modalidades de admisión, por traslado externo o reserva

de matrícula.

El DNI del estudiante nacional es asignado como código de matrícula y para los

extranjeros número de carnet de extranjería o pasaporte.

La matrícula de los estudiantes regulares se realiza por unidades didácticas (UD)

siempre en cuando hayan aprobado aquella que en el plan de estudios se considera

prerrequisito.

La ratificación de matrícula se realiza en cada periodo académico, condición

necesaria para mantenerse como estudiante.

Los costos, requisitos y modalidades de pago para ingresantes lo establece la

comisión institucional de admisión en coordinación con la Unidad administrativa.

La secretaria Académica matricula con los requisitos exigidos y entrega al

matriculado una copia de la ficha de matrícula, donde acredita las UD

matriculadas y comprobante de pago, quedando registrado además en el Sistema

Académico (Q10) y/o lo que dispone el ministerio de educación.

CAPITULO III

TRASLADOS Y CONVALIDACIONES

TRASLADO INTERNO

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Procede el traslado interno de matrícula de una carrera a otra para los estudiantes

del primer o segundo período académico de nuestra institución.

Para solicitar el traslado interno el estudiante debe aprobar todas las unidades

didácticas del módulo, además de existir vacantes en la especialidad de destino y

teniendo en cuenta que debe solicitar el traslado como máximo el 10% de

estudiantes de la especialidad de origen, por orden de mérito.

El traslado interno aprueba la Dirección General previo informe de. Jefe de

Programa de estudios destino, Unidad Académica y secretaria Académica

La aprobación del traslado interno debe precisar la convalidación de UD de

empleabilidad aprobados.

TRASLADO EXTERNO

El traslado externo al IESTP “EGB” es procedente de una Institución del mismo

nivel y si existe vacante, previa verificación de la equivalencia de las unidades

didácticas aprobadas, su nivel de rendimiento, Programas de estudios.

El Traslado externo se efectúa en período vacacional y por cronograma

establecida y se admite hasta el quinto período académico cuando es de la misma

especialidad. Es aprobado por Resolución Directoral previo informe del Jefe de

Área de programa de estudios, secretaria académica y la Unidad Académica.

Al presentar la solicitud de traslado externo, el interesado deberá adjuntar:

certificado de estudios originales de UD cursado, sílabos visados por la institución

de origen.

CONVALIDACIONES POR CAMBIO DE PLAN DE ESTUDIOS

La Dirección General en coordinación con la Unidad Académica, Jefes de

programa y Secretaria académica, establecen el cronograma de convalidaciones y

si coinciden 80% de contenidos del UD de origen con las UD de destino.

La aprobación de convalidación de UD por traslado externo se realiza con

resolución directoral previa solicitud y pagos de derecho, con el informe técnico

del Jefe de Area del programa de estudios y la Unidad Académica. Para el efecto

el jefe de area realiza el estudio de los documentos presentados por el estudiante

y ubica al periodo académico conforme a las UD convalidadas.

Los estudiantes provenientes de otros institutos del mismo nivel o universidades

que hayan ingresado por cualquiera de las modalidades de ingreso pueden

convalidad las UD, previa solicitud y presentación de informe favorable del jefe

de programa de estudios destino.

Por traslado interno la convalidación de Unidades didácticas de empleabilidad es

automática, debiendo especificarse en la resolución directoral de aceptación de

traslado interno y las UD convalidados.

La convalidación se realiza en un máximo de 70% de unidades didácticas del

plan de estudios, siendo el responsable el Jefe de Área del programa de estudios

quien hace el informe técnico.

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Cuando la convalidación es por modulo se debe reconocer el total de capacidades

técnicas y de empleabilidad. Se realiza también previa solicitud , pago de derechos

y por resolución directoral.

CONVALIDACION PARA RECONOCIMIENTO DE COMPETENCIAS LABORALES

Se convalida la unidad de competencia laboral descrita en el certificado de

competencia laboral otorgada por una institución autorizada, con la unidad de

competencia correspondiente al plan de estudios. Y con el certificado de

competencia vigente.

El estudiante solicita la convalidación de sus estudios, luego de ser admitidos en

el IESTP “EGB”

El IESTP “EGB” a través de jefe de Area y Unidad Académica, elabora una ruta

formativa de las capacidades faltantes con las correspondientes UD, en el informe

correspondiente.

Se aprueba la convalidación mediante Resolución Directoral, previa solicitud y

pago de derechos. La documentación es registrada en Secretaria Académica.

CAPITULO IV

LICENCIAS Y RESERVA DE MATRICULA

Los ingresantes al IESTP “EGB” pueden solicitar la reserva de su matrícula hasta

por un máximo de dos (04) períodos académicos, previa solicitud, pago por

derecho de reserva de matrícula y la emisión de Resolución Directoral, después

de la cual puede reincorporar antes o después del periodo de licencia

En caso de que el estudiante no reingresa en el periodo de licencia pierde la

condición de estudiante.

Los estudiantes podrán solicitar Licencia de estudios hasta por un máximo de (04)

periodos académicos previa solicitud, pago por derecho de reserva de matrícula

y la emisión de Resolución Directoral, después de la cual puede reincorporarse

antes o después del termino de licencia de estudios, sujeto a la existencia de

vacantes y las modificaciones de planes de estudios.

Si al reingresar a la institución hay variación de los Planes de Estudio, se aplicarán

los procesos de convalidación o subsanación que correspondan determinado por

el área académica.

Se considera abandono de condición de estudiante, cuando este deja de asistir a

clases, sin solicitar reserva o licencia durante veinte (30) días hábiles

consecutivos, o cuando los que están con reserva o licencia, no se reincorporan al

término de ella. En ambos casos pierden su condición de estudiante.

CAPITULO V

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EVALUACION

La evaluación es parte de proceso de aprendizaje, es continua y basada en

capacidades, criterios e indicadores que valoren el dominio de los saberes

prácticos , de conocimientos teóricos y de valores.

La evaluación orienta la labor del docente y del estudiante para tomar decisiones

sobre los reajustes a realizar en el proceso de enseñanza y aprendizaje

El sistema de calificación empleará una escala vigesimal y la nota mínima

aprobatoria para las unidades didácticas es 13. En todos los casos, la fracción 0.5

o más se considera como una unidad a favor del estudiante

Si al finalizar la UD el estudiante obtuviese el calificativo de10 a 12, el docente a

cargo de la UD organizará, ejecutará y controlará un programa de actividades de

recuperación en la semana siguiente terminado el periodo académico. La

secretaria Académica emitirá el acta de Recuperación, el cual será llenado y

firmado por el docente. La evaluación consignada en el acta reemplaza a la

evaluación anterior.

Las unidades didácticas correspondientes a un módulo que no hayan sido

aprobadas al final del periodo de estudios deberán volver a matricularse igual que

los que desaprobaron con calificación final de menor a diez (10).

La evaluación extraordinaria se aplicará cuando el estudiante haya terminado su

último período académico y tenga pendiente entre una (01) o dos (02) unidades

didácticas desaprobadas, para culminar el plan de estudios con el que cursó sus

estudios, siempre que no hayan transcurrido más de tres (03) años y que no haya

desaprobado con menor a 10 y previa presentación de comprobante de pago en

tesorería. La evaluación extraordinaria será registrada en Acta de Evaluación

Extraordinaria y archivada en libro de evaluaciones extraordinarias..

La separación del estudiante de la carrera procederá cuando haya sido

desaprobado en tres (03) veces en una misma unidad didáctica.

El estudiante que acumulará inasistencias injustificadas en número igual o mayor

al 30% de la totalidad de horas programadas en la UD o que haya abandonado sus

estudios, será desaprobado en forma automática, colocándose en el registro y acta

de evaluación la nota de 00 (Cero).

En casos excepcionales con las opiniones favorables del Jefe de Área, Asistenta

Social o tutor y docente a cargo de la UD; el Director General podrá justificar

parte de las inasistencias previa solicitud mediante Resolución Directoral, previa

solicitud debidamente fundamentada y con documentos probatorios en un plazo

máximo de 72 horas.

Cada docente, bajo responsabilidad debe informar al alumno semanalmente o al

término de 02 actividades, sobre los avances y dificultades en el logro de las

capacidades de la UD para que el alumno prevea sobre posible desaprobación.

CAPITULO VI

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 20

CERTIFICACIONES Y TITULACION

CERTIFICADO DE ESTUDIOS

El certificado de estudios es el documento que acredita la situación académica del

alumno, proporciona cualificación que obtuvo el estudiante en las UD del plan de

estudios.

Se emite acorde a modelos únicos diseñados por MINEDU

Se emite previa solicitud y presentación de boleta de pago correspondiente.

CERTIFICADO MODULAR

Es el documento que acredita el logro de las competencias adquiridas en un

módulo formativo y luego de haber aprobado la totalidad de unidades didácticas

y experiencias formativas en situaciones reales de trabajo correspondiente al

módulo, acorde al plan de estudios.

Se emite previa solicitud y presentación de comprobante de pago correspondiente,

en formato diseñado por la institución y los requisitos específicos.

La emisión de certificado modular es registrado en archivo institucional en la

oficina de secretaria académica acorde a lineamientos del Minedu.

CERTIFICADO DE FORMACION CONTINUA

Es el documento que acredita la aprobación de un programa de formación

continua.

Es emitida y registrada por la institución (secretaria Academica), indicando

obligatoriamente el número de horas, contenido y el número de registro

correspondiente,

Está prohibido emitir certificaciones, sin registro correspondiente

La nota mínima aprobatoria es trece (13) y el mínimo número de horas es 30 horas

pedagógicas.

TITULACION

El Título que otorga el IESTP “EGB” al egresado de un programas de estudios es

de:

a) Técnico, con mención en el programa de estudios respectivo, se expide a

Nombre de la Nación.

b) Profesional Técnico con mención en programa de estudios respectivo, se

expide a Nombre de la Nación.

Para obtener el Título técnico y Profesional Técnico en el IESTP “EGB, deberá

aprobar:

a) La totalidad de módulos del itinerario formativo del programa de estudios.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 21

b) Competencias específicas, las competencias para la empleabilidad y las

experiencias formativas en situación real de trabajo.

c) El titulo se otorga a solicitud del interesado, en formatos establecido por el

Ministerio de educación.

RECTIFICACION DE NOMBRE

Requisitos para rectificación de nombres o apellidos en nómina de matrícula,

certificados de estudios y títulos:

a) Solicitud dirigida a la Dirección General del IESTP “EGB”

b) Documento que acredite el nombre o apellido a ser rectificado.

c) El pago por los derechos de tramitación no aplica para los casos en los que

el IESTP “EGB” incurra en error, en este caso lo asumirá quien lo comete el

error al momento de emitir los certificados de estudios y títulos.

DUPLICADOS DE TITULOS

Para la obtención del duplicado de títulos se requiere cumplir con los siguientes

requisitos:

a) Solicitud dirigida al IESTP “EGB”.

b) Declaración jurada de pérdida, robo y/o deterioro

c) Certificado de denuncia emitida por la Policía Nacional del Peru

CAPITULO VII

PROGRAMAS Y PLANES DE ESTUDIOS

El Plan de Estudios es el documento que desarrolla cada una de los programas de

estudios, organiza el desarrollo curricular, los módulos, periodos académicos y

consigna créditos, número de horas y prerrequisitos para su ejecución. Y se

desarrolla bajo los lineamientos del Minedu.

Cada programa de estudios contextualizará el Plan de respondiendo a las

necesidades locales, regionales y nacionales, presentes y futuras, respetando los

contenidos mínimos comunes establecidos en los el Catalogo Nacional de Oferta

Formativa (CNOF).

Los planes de estudios está compuesto por:

a) Las Competencias Técnicas o Específicas

b) Las Competencias para la Empleabilidad

c) Las Experiencias Formativas en situación real de trabajo

Los planes de estudios de organizan en módulos formativos, estas en unidades

didácticas (UD) en un periodo de tiempo. Cada módulo profesional es terminal y

certificable y contiene los tres componentes de planes de estudios.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 22

Las unidades didácticas son organizaciones curriculares que agrupan los

contenidos, actividades de aprendizaje y evaluación, en función del a las

capacidades del programa de estudios planteadas.

El desarrollo de la UD, son teórico – prácticos, que deben desarrollarse 30% de

teórico y 70 % de prácticos y acorde a las particularidades de cada unidad

didáctica.

El IESTP “EGB”, ofrecerá los tres (2) niveles de formación técnicas:

a) Nivel Técnico: con duración mínima de 1790 horas o 80 créditos,

distribuidos en 53, 13 y14 para competencias técnica , competencias para

empleabilidad y experiencias formativas en situaciones reales de trabajo

respectivamente.

b) Nivel de profesional Técnico: con duración mínima de 2550 horas o 120

créditos, distribuidos en 89, 19 y 12 para competencias técnica ,

competencias para empleabilidad y experiencias formativas en situaciones

reales de trabajo respectivamente

.MODALIDADWS DEL SERVICIO EDUCATIVO

El IESTP”EGB”, ofrece las siguientes modalidades de formación:

a) . Modalidad del servicio educativo presencial, desarrollado bajo en sistema

de créditos , en la sede de la institución, asegurando el 30% de créditos del

plan de estudios que sean prácticos.

b) Modalidad semipresencial; se desarrolla el plan de estudios de manera

presencial y a través de entornos virtuales utilizando herramientas de las

TIC, previamente estructuradas. Desarrollando de 30 a 50% de créditos del

plan de estudios en forma virtual.

c) Modalidad de servicio educativo a distancia; se aplica solo para programas

de formación continua, se desarrolla a través de entornos virtuales bajo el

sistema de creditos, mediante el uso de herramientas TIC, previamente

estructuradas.

d) Enfoque de formación dual; se desarrolla en el ámbito de IESTP y en centro

de producción vinculado al programa de estudios, formación en centro de

producción de 50% a 80% del total de horas del plan de estudios. Se

desarrolla bajo los alcances de ley No. 28518 y/o acorde a las normas

vigentes.

e) Enfoque de formación en alternancia se desarrolla en el ámbito de IESTP y

en centro de producción vinculado al programa de estudios, , formación en

centro de producción de 20% a 60% del total de horas del plan de estudios.

Se desarrolla bajo los alcances de la ley No. 28518 y/o acorde a las normas

vigentes.

En la modalidad de servicio educativo semipresencial, el plan de estudios debe

evidenciar las unidades didácticas a ser desarrolladas bajo entornos virtuales

En la modalidad de servicio educativo semipresencial, la institución deberá

capacitar a sus docentes en el manejo de estrategias para la organización ,

desarrollo y evaluación del proceso de E-A a través de entornos virtuales.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 23

En la modalidad de servicio educativo semipresencial, el IESTP”EGB”,

garantizará la conectividad a internet, plataforma de gestión de aprendizaje,

soporte técnico, para garantizar la conducción del proceso de E-A.

La provisión del servicio educativo bajo el enfoque de formación dual y

alternancia, debe estar expresadas en el PEI, con sus correspondientes

mecanismos de articulación con el sector productivo. La capacitación de sus

docentes para estos enfoques en requisito.

DOCUMENTOS OFICIALES DE INFORMACIÓN

La Secretaría Académica del IESTP “EGB” está obligada a remitir documentos

de uso externo para el registro y archivo de los resultados de la evaluación que

tienen formato oficial y se remiten a la Dirección Regional de Educación Ancash

en versión impresa y digital en plazos establecido por Minedu. Estos documentos

son:

Nómina de matrícula, dentro de los treinta (30) días posteriores al inicio del

período académico.

Acta consolidada de evaluación del rendimiento académico, convalidación,

homologación o subsanación, al término de este proceso, dentro de los

siguientes treinta (30) días.

Certificado de Estudios.

Acta de Titulación para optar el título que corresponda, dentro de los diez (10)

días de concluida la sustentación y presentación de requisitos específicos para

la titulación. En ella debe figurar la nota obtenida en el proceso de titulación.

Los documentos oficiales de información de uso interno son:

Registro de Evaluación y Asistencia por UD y periodo académico.

Registro de Evaluación y Asistencia por UD y periodo académico en Sistema

académico virtual.

Boleta de Notas.

Fichas de control de avance académico y actividades no lectivas

Fichas de monitoreo y supervisión técnica – pedagógico.

Otros que la institución considere necesarios, previamente aprobados.

El modelo de los formatos son aprobados por directiva institucional y son únicos

para todo los programas de estudios.

DE LA NÓMINA DE MATRÍCULA

Es un documento oficial de la institución donde se consigna el código, apellidos

y nombres y otros datos de los estudiantes matriculados en el Programa de

estudios, la Unidad Didáctica y periodo académico, según formato.

Secretaria Académica elabora y entrega máximo a quince días de finalizada la

matrícula la Nómina de Matrícula a la Unidad Académica para ser aprobada por

la Dirección General y entregada a los docentes, asimismo remitida a la DREA en

versión impresa y digital.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 24

DEL ACTA CONSOLIDADA DE EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO.

Documento oficial que debe ser elaborado culminado las actividades lectivas del

periodo académico en un plazo mínimo de siete días hábiles de acuerdo a la

Directiva vigente.

DE LA CERTIFICACIÓN.

El certificado es un documento oficial de la institución, donde se consignan el

código, apellidos y nombres completos y otros datos de los estudiantes que han

culminado las Unidades Didácticas y requisito para el número de registro interno

de la certificación. En caso de las certificaciones por cursos de extensión, además

de los datos mencionados debe indicarse el número de horas de la Unidad

Didáctica y el temario correspondiente.

Secretaria Académica, registra en el libro de certificaciones, sin este requisito toda

certificación no es garantizada por la institución.

DEL ACTA DE TITULACIÓN PARA OPTAR EL TÍTULO QUE CORRESPONDA.

En ella debe figurar la nota obtenida en el proceso de titulación y otros datos según

el formato específico.

DEL ACTA DE EVALUACIÓN DE UNIDAD DIDÁCTICA

Las actas de evaluación de la Unidad Didáctica, resume el resultado de las

evaluaciones efectuadas en cada Unidades Didácticas, sus datos provienen del

registro de evaluación y asistencia.

DEL REGISTRO DE EVALUACIÓN Y ASISTENCIA

Los registros de evaluación y asistencia, así como las actas correspondientes son

documentos que contienen la evaluación de las capacidades terminales de las

Unidades Didácticas, sirven para la identificación de los logros y promoción de

los estudiantes, la toma de decisiones sobre la intervención pedagógica de los

docentes. El docente debe emplear un registro auxiliar en versión digital, debido

a que el registro de evaluación no debe presentar borrones ni enmendaduras.

El registro de evaluación y asistencia está diseñado para posibilitar el llenado de

las evaluaciones, asistencia y datos de los estudiantes, es elaborado en formato

físico y digital. La Unidad Académica debe entregar a los docentes dos meses

antes del término del período académico, con el instructivo respectivo.

El registro auxiliar de evaluación y asistencias deberá ser entregado al inicio de

las actividades del período académico.

Es responsabilidad de los Jefes de Área Académica, guiar a los docentes sobre el

manejo adecuado del registro auxiliar y registro oficial de evaluación y asistencia,

en versión física y digital.

DE LA BOLETA DE NOTAS

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 25

Es un documento que se emplea para información de notas del estudiante, se

expide cada vez que lo solicite al inicio de la matrícula previo pago del derecho

correspondiente. El formato es proporcionado por la Institución. Es

responsabilidad de la Secretaría Académica el llenado y emisión correspondiente.

La boleta de notas debe consignar la ubicación del estudiante en el orden que

corresponda.

DE LAS FICHAS DE CONTROL DE AVANCE ACADÉMICO Y ACTIVIDADES NO

LECTIVAS

El docente diariamente, después de cada sesión de aprendizaje, llena la

información del avance académico, donde se registra: fecha, hora, la Unidad

Didáctica y actividad desarrollada por el docente. El formato es diseñado por la

Institución. El llenado es obligatorio. Es responsabilidad del jefe de Área

Académica el seguimiento y archivamiento correspondiente. Es fuente de

información para el monitoreo y supervisión.

La ficha de registro de actividades no lectivas, es un documento de registro de las

actividades no lectivas asignadas. Cada docente de programa de estudios y

adscrito a ella registra toda las actividades desarrolladas en sus horas no lectivas.

Es documento único que evidencia el cumplimiento de funciones

correspondientes. Es controlado en la Jefatura de Area .

DE LAS FICHAS DE MONITOREO Y SUPERVISIÓN TÉCNICO PEDAGÓGICO

Es elaborada por la Unidad Académica, documento que resume los indicadores

para el monitoreo y supervisión técnica – pedagógico. Es un instrumento de

gestión de los Jefes de Área, de la Unidad Académica y Dirección General.

DE LA SUPERVISIÓN Y MONITOREO

El Instituto depende del Sector Educación, es supervisado y monitoreado por la

Dirección Regional de Educación o por la entidad que haga las veces, según los

lineamientos técnicos del Ministerio de Educación.

Las acciones de supervisión y monitoreo se realizan como un proceso permanente

de asesoría, acompañamiento y estímulo a la formación profesional y al desarrollo

institucional para identificar debilidades e irregularidades y tomar decisiones

oportunas que permitan corregirlas, para lograr el mejoramiento de la calidad y

eficiencia del servicio educativo que se ofrece. Estas acciones deben promover la

autoevaluación.

Objetivos de la Supervisión:

a) Contribuir a la formación integral del estudiante.

b) Asegurar la calidad y eficiencia del servicio educativo.

c) Apoyar y estimular el trabajo del docente durante su desarrollo profesional.

d) Estimular las relaciones entre el instituto y la comunidad.

La Supervisión Académica se ofrece en forma general y especializada:

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 26

a) La supervisión general atiende el óptimo funcionamiento del Instituto (en su

conjunto).

b) La supervisión especializada atiende los aspectos técnico-pedagógicos del

proceso educativo, correspondiente a las Programas de estudios y al

desarrollo cualitativo y cuantitativo de los contenidos y objetivos educativos.

Los niveles de responsabilidad y funciones del servicio de supervisión son:

a) Supervisión interna, efectuada por el Jefe de la Unidad Académica y los Jefes

de área, comprende la supervisión especializada de acuerdo a las funciones

específicas.

b) Supervisión externa, que comprende la supervisión especializada efectuada

por las direcciones correspondientes del Ministerio de educación y la

Dirección Regional de Educación de Ancash (DRE-A).

c) Encuesta de opinión sobre la función docente, es aplicado a los alumnos,

como parte de la supervisión.

La supervisión se realiza de acuerdo a lo establecido por el Plan de Monitoreo y

Supervisión, elaborado por la Unidad Académica y aprobado con los jefes de área

y hecho público a la comunidad institucional.

Todo docente está obligado a someterse a supervisión y monitoreo, su negación

se considera falta grave.

El resultado de la supervisión, monitoreo y acompañamiento debe ser informado

al docente supervisado con una copia en forma inmediata.

La supervisión tiene carácter orientador y de acompañamiento, respetando la

normatividad vigente, referido a los derechos y deberes del docente.

CAPITULO VIII

PROMOCION

MODALIDADES PARA OBTENCION DEL TITULO

Este proceso permite la obtención del título de profesional técnico acorde a las

modalidades siguientes:

a) Sustentar y aprobar un trabajo de aplicación profesional vinculado con la

formación profesional específica recibida.

b) Aprobar el examen de suficiencia profesional

El trabajo de aplicación profesional, se realiza preferentemente durante los dos

últimos periodos académicos

a) El alumno y su tutor presentaran el proyecto de aplicación profesional a

desarrollar en formato aprobado por la institución y respetando el banco de

proyecto aprobado por el Programa de estudios.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 27

b) En número de integrantes de mismo programa de estudios es realizado hasta

por un máximo de dos (02) alumnos, y si es interdisciplinario por cuatro

(04) estudiantes.

c) El proyecto será aprobado con resolución directoral previa presentación del

proyecto e informe del tutor, jefe de área y la unidad académica.

d) La ejecución del proyecto no debe superar a un periodo académico, caso

contrario quedará sin efecto.

Al culminar la ejecución del proyecto, los integrantes solicitaran a la Dirección

General la sustentación de la misma, adjuntando un informe técnico sobre

el proyecto desarrollado en formato institucional aprobado, incluyendo

informe del asesor, jefe de área e informe académico de la Secretaria y

unidad académica.

e) Para la evaluación se conforma un jurado calificador integrado por: Jefe de

área, dos docentes de programa de estudios con perfil relacionado al

proyecto, propuesto por jefe de área y un directivo veedor (Director general

o Jefe de unidad académica), y con presencia del tutor.

f) La resolución directoral, se emite antes de los diez días de la fecha de

sustentación propuesto por el jefe de área y unidad académica.

g) Los resultados de registran en Acta de Titulación, se remiten a Secretaria

Académica, con la firma de integrantes del jurado al culminar la

administración de sustentación.

h) En caso que el alumno desapruebe, tendrá quince (15) días de plazo para

sustentar nuevamente. Y si desaprueba nuevamente perderá todo los

derechos de pago y podrá elegir la modalidad de examen de suficiencia.

Por examen de suficiencia profesional, busca que el estudiante evidencie sus

conocimientos teórico - prácticos del que hacer del programa de estudios,

mediante la evaluación escrita con un peso evaluativo de treinta por ciento (30%)

y una evaluación practica o demostrativa con en preso evaluativo de setenta por

ciento (70%); se sigue los siguientes procesos:

a) En alumno al culminar sus estudios solicita ante la Dirección General la

administración de examen de suficiencia profesional, adjuntando el informe

académico de Secretaria Academica y todo los requisitos.

b) Para la evaluación se conforma un jurado calificador integrado por: Jefe de

área, dos docentes de programa de estudios con perfil relacionado al

proyecto, propuesto por jefe de área y un directivo veedor (Director general

o Jefe de unidad académica)

c) La administración del examen de suficiencia, es aprobado por resolución

directoral en base al informe de jefe de área y la unidad académica.

d) La resolución directoral, se emite antes de los veinte (20) días de la fecha de

examen propuesto por el jefe de área y unidad académica.

e) Los resultados de registran en Acta de Titulación, se remiten a Secretaria

Académica, con la firma de integrantes del jurado al culminar la

administración de sustentación.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 28

f) En caso que el alumno desapruebe, tendrá 20 días de plazo para rendir

examen nuevamente. Y si desaprueba nuevamente perderá todo los derechos

de pago y podrá elegir la modalidad de proyecto de aplicación.

La obtención del título para los estudiantes de otros institutos que soliciten, se rige

por las mismas modalidades y requisitos. Requiere ser aceptada por la institución

con RD.

DE LA TITULACIÓN

El Título que otorga el IESTP “EGB” al egresado de un programas de estudios es

de:

a) Técnico, con mención en la carrera respectiva, se expide a Nombre de la

Nación.

b) Profesional Técnico con mención en la Programas de estudios respectiva, se

expide a Nombre de la Nación.

c) Para obtener el Título técnico y Profesional Técnico en El Instituto de

Educación Superior Tecnológico Público “Eleazar Guzmán Barrón”, deberá

aprobar la totalidad de módulos del itinerario formativo de la Programas de

estudis: Competencias Específicas, las Competencias para la Empleabilidad

y las Experiencias Formativas en situación real de trabajo.

d) Haber sustentado un trabajo de aplicación profesional o haber aprobado el

examen de suficiencia profesional.

Aprobado la evaluación por cualquiera de las modalidades, el interesado presenta

una solicitud de obtención de título correspondiente adjuntando:

a) Pago de derechos correspondiente

b) Copia de Acta de Titulación.

c) Certificación de suficiencia de un Idioma extranjero o nativo.

La e IESTP evalúa la documentación a través de Secretaria Académica::

a) Llena el Titulo en formatos de la norma técnica especifica

b) La IESTP “EGB” solicita al MINEDU el registro de titulo de profesional

correspondiente , acorde a procedimientos establecidos en la norma técnica

c) Los títulos y certificaciones otorgados por el IESTP “EGB”, son registrados

por el instituto y es entregado al estudiante.

Las certificaciones emitidos deben cumplir los requisitos de lineamientos de

MINEDU.

CAPITULO IX

EXPERIENCIAS FORMATIVAS EN SITUACIÓN REALES DE

TRABAJO

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 29

Las Experiencias Formativas en situación real de trabajo, son actividades que

tienen como propósito que los estudiantes del IESTP”EGB”, consoliden, integren

y complementen conocimientos habilidades y actitudes impartidas en UD

correspondiente a cada módulo.

Las Experiencias Formativas en situaciones reales de trabajo, forma parte de los

componentes curriculares y consolidad las competencias técnica y de

empleabilidad entre otras que define la ley y su reglamento..

Son lugares de realización de las experiencias formativas en situaciones reales de

trabajo

a) A través de participación de estudiantes en proyectos productivos de bienes

o servicios vinculados con las capacidades que debe logra el estudiante en

cada módulo y programa de estudios

b) A través de participación de estudiantes en procesos o actividades propias

del IESTP”EGB”, de gestión, atención al cliente, asistencia de proyectos de

investigación, labores de almacén, talleres entre otras que estén vinculadas

con las capacidades que debe lograr el estudiante.

c) A través de participación de estudiantes en visitas técnicas a centros de

producción, donde deben conocer de manera general el funcionamiento de

sus procesos y funciones que realiza el profesional en un determinado

puesto, siempre que estén vinculadas con las capacidades que debe lograr

el estudiante

d) A través de participación de estudiantes en proyectos , procesos, o

actividades productivas , de bienes o servicio desarrolladas en empresas

formalmente constituidas cuyas actividades estén vinculadas con las

capacidades que debe lograr el estudiante

Del proyecto productivo , de bienes o servicio:

a) Debe contar con docente asignado, y este asignara funciones que debe

desempeñar el o los alumnos

b) El seguimiento lo realiza el docente asignado de programa de estudios

mediante visitas y con instrumento de seguimiento establecido por la

institución.

c) El IESTP”EGB” emite una constancia que acredite la realización y el logro

de capacidades vinculadas al módulo.

Para las visitas técnicas:

a) la institución a través de programa de estudios y un docente es el encargado

de programar en coordinación con los estudiantes.

b) Debe tener una duración suficiente que asegure la observación y

comprensión del proceso productivo.

c) Al finalizar el estudiante debe realizar un informe técnico, investigación o

trabajo académico vinculado a la visita ante su docente que acompañó y este

evaluará e informara al IESTP”EGB”

d) Este entregará una constancia en señal de que acredita la realización y el

logro de capacidades vinculadas al modulo

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 30

Para la realización de Experiencias Formativas en situaciones reales de trabajo en

centros de producción de empresas:

a) Los programas de estudios tiene un directorio de empresas y convenios

acorde al a ley No 2818.

b) La institución asigna un docente del programa de estudios para la

programación de practica y el monitoreo de las actividades del estudiante

c) La institución emite carta de presentación al estudiante ante la empresa. Y

los documentos correspondientes para el seguimiento en empresa y docente

d) Al final de la practica el estudiante presenta un informe de las actividades

realizadas y documentos de evaluación de la empresa y este evalúa y emite

informe.

e) Cada empresa emitirá una constancia de la realización de las Experiencias

Formativas en situación real de trabajo, indicando la cantidad de horas

acumuladas

f) La institución emite una constancia que acredita la realización y logro de las

capacidades vinculadas al modulo

g) Las practicas que tengan mayor duración a la del módulo, podrán ser

convalidadas para los módulos siguientes.

Las Experiencias Formativas en situación real de trabajo, se rige por Reglamento

de Prácticas Pre Profesionales de la Institución.

El Jefe de Área de la cada Programas de estudios, deberá proponer y coordinar

con el instituto, entidades públicas o privadas, locales, regionales, nacionales y

otras, con la finalidad de garantizar y/o asegurar el desarrollo de las Experiencias

Formativas en situaciones reales de trabajo de los estudiantes, y el Director

General del Instituto será quien suscriba los convenios.

CAPITULO X

INVESTIGACION E INNOVACION

El IESTP “EGB”, promueve la investigación e innovación tecnológica, orientada

a la identificación de oportunidades de desarrollo local, regional, nacional e

internacional, así como a la aplicación de nuevas tecnologías.

La promoción de investigación e innovación deben ser articuladas con las

unidades didácticas y practicas pre profesionales en concordancia al perfil

profesional del programa de estudios

CAPITULO XI

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 31

EXTENSION ACADEMICA

CAPITULO XII

HOMOLOGACION

CAPITULO XIII

EGRESADO

Es política institucional la constitución de asociación de egresados o que tenga las

mismas características

El seguimiento de egresados está regido por un Reglamento. especifico

La institución implementará los mecanismos correspondientes para articular a los

egresados con el Instituto

Cada programa de estudios elabora e directorio de egresados, consignados todo

los datos necesarios.

La institución designa un responsable de seguimiento de egresados para el

propósito.

La institución promueve convenios y base de datos de bolsa de trabajo, para

orientar a sus egresados al mercado laboral

DE LA EVALUACIÓN Y AUTOEVALUACIÓN INSTITUCIONAL

La evaluación institucional consta de la auto evaluación y de la evaluación

externa.

La evaluación externa: la Dirección General de Educación Superior y Técnico

Profesional del Ministerio de Educación establece los lineamientos técnicos para

que las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, realicen

las acciones de evaluación institucional con fines de mejoramiento de la calidad

educativa.

La evaluación con fines de acreditación: efectúa SINEACE, conforme a las

funciones establecidas en su Ley y Reglamento y en coordinación con el IESTP”

EGB”.

Es política Institucional establecer mecanismos obligatorios de autoevaluación

Institucional en todos sus procesos, para lo cual el Instituto formará el Comité de

Calidad, quienes conducirán el proceso de autoevaluación. Los integrantes del

Comité de Calidad se seleccionarán bajo los lineamientos del SINEACE.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 32

Cumplido el proceso de autoevaluación, el Comité de Calidad propone las

acciones de mejoramiento de calidad a la Dirección General. La propuesta es

vinculante.

La propuesta de mejoramiento de la calidad será cumplida por todos los

estamentos de la Institución Educativa. Se incluirá en el Plan Anual de Trabajo

Institucional.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 33

TITULO III

ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL

CAPITULO I

ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL

El IESTP”EGB”, cuenta con estructura acorde a la Ley 30512 y su reglamento

DS 10-2017-Minedu:

.

PROGRAMAS ACEDEMICOS

DIRECCION GENERAL CONSEJO ASESOR

AREA DE ADMINISTRACION

AREA DE CALIDAD

SECRETARIA ACADEMICA

UNIDAD ACADEMICAUNIDAD DE

INVESTIGACIONUNIDAD DE BIENESTAR

Y EMPLEABILIDADUNIDAD DE

FORMACION CONTINUA

PROGRAMAS ACEDEMICOS

PROGRAMAS ACEDEMICOS

ESTRUCTURA ORGANICA IESTP ELEAZAR GUZMAN BARRON

El IESTP”EGB”, tiene el siguiente régimen de gobierno y de organización:

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 34

DE LA DIRECCIÓN GENERAL

La Dirección General, representada por el Director General, es la máxima

autoridad y el representante legal del IESTP “EGB”, es el encargado de dirigir la

conducción académica y administrativa de la institución. Asume el cargo acorde

a ley y su reglamento vigentes.

Es designado por EDUCATEC, o el gobierno regional según corresponda,

conforme a la disposición del régimen de la ley 30957, ley del servicio civil, y la

normativa emitida por el ministerio de educación.

El director general es designado por un periodo de 3 años y su permanencia está

sujeta a evaluaciones permanentes.

Funciones y atribuciones del Director General del Instituto: (Ley 30512)

a) Conducir, planificar, gestionar y monitorear y evaluar el funcionamiento

institucional

b) Proponer programas de estudio a ofrecer considerando los requerimientos

del meta do laboral.

c) Proponer el proyecto de presupuesto anual.

d) Firmar convenios de cooperación con entidades públicas y privadas.

e) Organizar y ejecutar el proceso de selección para el ingreso a la carrera

pública docente y para la contratación, conforme a la normativa establecida

por el ministerio de educación.

f) Aprobar la renovación de los docentes contratados

g) Organizar y ejecutar el proceso de evaluación, estímulo y promoción de los

docentes y administrativos más destacados.

h) Evaluar y designar a los miembros de los consejos asesores de la institución,

promover la investigación aplicada e innovación tecnológica y la proyección

social según corresponda.

i) Suscribir convenios con empresas públicas, privadas y otros para el

desarrollo institucional.

j) Aprobar el cuadro de necesidades de bienes y servicios.

k) Dirigir el proceso de Admisión de acuerdo a normas.

l) Aprobar la matricula dentro de los primeros 10 días hábiles al inicio del año

académico. Autorizar los traslados, exoneración y convalidaciones.

m) Visar los certificados de estudio y proponer la expedición del título a la

DREA.

n) Remitir al órgano de ejecución educativa superior las Actas de Evaluación

Académica, Aplazados, Extraordinarios, dentro de los treinta (30) días

posteriores a la culminación del período académico.

o) Administrar los fondos provenientes de los recursos directamente

recaudados e ingresos propios, acorde a las normas específicas y autorizar

los gastos de la institución, conjuntamente con el Área de Administración.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 35

p) Autorizar el uso eventual de los ambientes y/ o equipos de la Institución de

acuerdo a las normas vigentes, siempre y cuando esté acorde a los intereses

institucionales.

q) Promover la ejecución de proyectos de producción y/o prestación de

servicios.

r) Otorgar licencias por capacitación de acuerdo a Ley.

s) Aprobar el Plan Operativo Anual, el PIA de la Institución, RI, y otros

documentos de gestión luego de que haya sido analizada y consensuada por

la asamblea.

t) Presentar el consolidado de la Memoria Anual de la Gestión, ante la

asamblea de la comunidad educativa del instituto para su aprobación.

DEL CONSEJO ASESOR

El Consejo Asesor del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público

“Eleazar Guzmán Barrón” es el responsable de asesorar al director general en

materias formativas e institucionales. Es el máximo ente de decisión institucional.

Está formado por:

a) Los responsables de unidades y áreas

b) Jefes de formación continua

c) Secretario académico

d) Representantes de estudiante

e) Representante de los docentes

f) Representante de Administrativos

g) Representante del sector productivo

El Consejo Asesor es el responsable de gobierno y organización del IEST, asesora

al director General en materias formativas e institucionales

, Son funciones específicas:

a) Aprobar los Documentos de Gestión Institucional

b) Determinar las políticas institucionales

c) Determinar criterios de autoevaluación de la Institución

d) Proponer las adecuaciones y ajustes de las normas de organización interna y

de los lineamientos de política educativa institucional.

e) Formar las comisiones de control, concursos y procesos.

f) Resolver los procesos disciplinarios de todos los estamentos según su

reglamento.

g) Elaborar el Presupuesto anual

h) Aprobar el reglamento Institucional

El Consejo Asesor está integrado por:

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 36

a) Responsable de Unidades de Área de Formación Continua

b) Secretario Académico

c) Jefe de cada Programa de estudios

d) Un representante de los estudiantes

e) Un representante de los docentes.

f) Un representante del sector empresarial o profesional

La elección de los representantes del Consejo Asesor es por estamentos, con de

vigencia de 03 años, luego se ratifica en asamblea general.

El Consejo asesor es un órgano de asesoramiento ad honorem de la Dirección

General.

Es presidido por el Director General, quien lo convoca por lo menos dos veces al

año.

La participación del sector empresarial es obligatoria que el instituto convoque, el

Director General es responsable de garantizar dicha participación con la finalidad

de proponer nuevos perfiles profesionales, orientar la formación tecnológica a la

real demanda de la región, apoyar y fortalecer alianzas para prácticas pre

profesionales y el desarrollo Institucional.

LA ASAMBLEA GENERAL, Es un órgano democrático de carácter

participativo, concertativo y de supervisión. Conformado por el personal docente,

administrativo, jerárquico y directivo y alumnos. Su función es asesorar al órgano

de Dirección en la toma de decisiones para la buena marcha Institucional. Es

convocado por el consejo asesor.

DE LA UNIDAD ACADEMICA

La Unidad Académica es el responsable de planificar, supervisar y evaluación el

desarrollo de las actividades académicas, está formado por áreas académicas.

Son funciones y atribuciones del Jefe de Unidad Académica:

a) Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Plan Operativo

Anual de la Institución.

b) Elaborar y cumplir el plan de trabajo anual de la Unidad Académica en

coordinación con los jefes de Área Académica.

c) Orientar a los docentes acerca de las normas de evaluación académica,

implementándolas con instrumentos y criterios de las mismas.

d) Promover la adecuación de los contenidos curriculares acordes a la realidad

local y regional, conforme al avance científico y tecnológico.

e) Asesorar a los Jefes de Área de cada Programas de estudiso en el aspecto

técnico-pedagógico.

f) Orientar y coordinar con los Jefes de Área en la organización, desarrollo y

evaluación de las Prácticas Profesionales.

g) Diseñar, revisar y visar las nóminas y actas de evaluación junto con los

Jefes de Área Académica

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 37

h) Coordinar para la elaboración y publicación de materiales educativos, al

inicio del período académico y/o año académico.

i) Propiciar el desarrollo de evaluaciones permanentes acorde a los

lineamientos académicos del Minedu y publicación de los mismos en forma

permanente.

j) Supervisar e informar a la Dirección General el cumplimiento de las normas

y disposiciones emanadas por la Dirección Regional de Educación de

Ancash y el ente superior

k) Elaborar el cuadro de distribución de horas de cada período académico

conforme a normas y dispositivos legales vigentes.

l) Participar en la evaluación del personal contratado.

Los programas de estudio esta integrado por:

a) Las Áreas Académicas, que son los responsables de las actividades propias

de los programas de estudio conducentes a la obtención del titulo.

b) Los docentes, alumnos y personal administrativo adscritos,

Los jefes de Programas de estudio dependen de la Unidad Academica, y son

funciones de los Jefes de Área:

a) Programar, supervisar y evaluar la Estructura Curricular específica.

b) Dirigir la programación de Unidades Didácticas de su especialidad.

c) Elaborar y evaluar el Plan de Supervisión Interna especializada.

d) Programar, desarrollar y evaluar las Prácticas Profesionales en sus diferentes

etapas.

e) Organizar el proceso de titulación de los estudiantes o egresados de los

programas de estudios a su cargo..

f) Organizar el proceso de tutorías del programas de estudios a su cargo..

g) Visar y proponer convalidaciones.

h) Controlar y actualizar el inventario de equipos y herramientas del Área a su

cargo e informar anualmente a la Unidad Administratica.

i) Presentar antes del inicio de cada semestre el cuadro de necesidades de su

Área.

j) Coordinar y ejecutar acciones de organización, mantenimiento y

conservación de laboratorios, talleres, granjas, y otros de su Área.

k) Programar y controlar la asistencia y hacer cumplir los deberes del personal

a su cargo.

l) Entrega el inventario a su cargo (anualmente) a la Unidad Administrativa en

coordinación con almacén.

m) Informar anualmente su gestión ante la organismo superior

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 38

Constituyen Áreas Académicas autorizadas al IESTP “EGB” , que pueden ser

reorientadas o cambiadas acorde a las exigencias del mercado laboral:

DENOMINACIÓN:

1 Programa de Estudios de Computación e Informática.

2 Programa de Estudios de Contabilidad.

3 Programa de Estudios de Electrónica Industrial

4 Programa de Estudios de Electrotecnia Industrial.

5 Programa de Estudios de Enfermería Técnica.

6 Programa de Estudios de Guía Oficial De Turismo.

7 Programa de Estudios de Mecánica Automotriz.

8 Programa de Estudios de Producción Agropecuaria.

9 Programa de Estudios de Técnica en Farmacia.

UNIDAD DE FORMACIÓN CONTINUA

Es función de la Unidad de Formación Continua , brindar a los profesionales y

público en general de la región una alta y especializada capacitación en diversas

áreas del conocimiento, con el fin de cubrir aquellas brechas formativas que

debido al cambiante entorno globalizado y a los avances de la tecnología, hacen

necesario una permanente actualización.

La unidad de formación continua planifica, organiza, ejecuta y supervisa,

monitorea y evalúa los programas de formación continua institucional, segunda

especialidad, y otros programas de formación, La unidad de formación continua

está dirigida por un Jefe de Unidad de Formación Continua.. Depende de la

Dirección General

Son funciones del Jefe de programas de formación continua institucional:

a) La planificación y organización de programas de Formación continua en

coordinación con las Áreas Académicas

b) La ejecución de programas de formación continua, previa aprobación de la

planificación por el consejo asesor

c) Presentar el informe de actividades de formación continua.

d) Programar y controlar la asistencia y hacer cumplir los deberes del personal

a su cargo.

e) Entrega el inventario a su cargo (anualmente) a la Unidad Administrativa en

coordinación con almacén.

f) Informar semestralmente su gestión ante el Consejo asesor y Dirección

General

Constituyen las Unidad de formación Continua autorizadas al IESTP “EGB”

DENOMINACIÓN:

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 39

1 Academia pre Instituto

2 Centro de capacitación y extensión

3 Programa de bachillerato y diplomado

4 Centro de Idiomas

Centro de capacitación para egresados

Constituyen las unidad de formación Continua las que proponga la Unidad y

que es aprobado por el consejo asesor.

UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

La unidad de investigación promueve, planifica, desarrolla, supervisa y evalúa

las actividades de investigación en el IESTP “EGB”.

Está integrado por un Jefe y Docentes de Áreas académicas

Son funciones específicas:

a) Promover actividades de investigación, desarrollo e innovación en las

diferentes áreas académicas.

b) Apoyar a los investigadores de IESTP “EGB” en las actividades relacionadas

con los proyectos de investigación, desarrollo e innovación, básicamente

proyectos de investigación relacionados a las líneas de formación académica

institucional.

c) Generar oportunidades de investigación para estudiantes, profesores,

técnicos y personal profesional

d) Propiciar la formación de recursos humanos para la investigación y su

incidencia en la tecnología.

e) Vincularse con otras instituciones tanto institutos, universidades, empresas,

entes de financiamiento y centros de investigación nacionales e

internacionales, a fin de favorecer el desarrollo de proyectos de

investigación.

f) Ejecutar trabajos de investigación, desarrollo e innovación que contribuyan

al desarrollo tecnológico que respondan a las necesidades de la región y el

país

g) Promover la publicación de investigaciones, la difusión y el registro de

patentes, como resultado de los trabajos de investigación, desarrollo e

innovación..

h) Promover la publicación bibliográfica en la institución

DE LA UNIDAD DE BIENESTAR Y EMPLEABILIDAD

La Unidad de bienestar y empleabilidad es el responsable de orientación

profesional, tutoría, consejería, bolsa de trabajo, bolsa de práctica pre profesional

y profesional, emprendimiento y otros que coadyuven al tránsito de los estudiantes

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 40

de la educación al empleo. Además, debe conformar un comité de defensa del

estudiante encargado de velar por el bienestar de los estudiantes para la prevención

y atención en casos de acoso, discriminación, entre otros. Depende de la Dirección

General.

Son funciones específicas en orientación profesional, tutoría y consejería:

a) Programar charlas pre profesionales y vocacionales en las instituciones

educativas de nivel secundario

b) Planificar y dirigir ferias tecnológicas

c) Programar viajes de estudio tecnológico a empresas afines

d) Proponer reglamento de consejería , formar el comité de consejería, hacer

cumplir el reglamento de consejería en coordinación con los Jefes de Área

Académica.

e) El Coordinador de Consejería y Asistenta Social asume la carga horaria

similar a la de un Jefe de área

f) Brindar un servicio adecuado de Biblioteca de formación general y

especializada.

Son funciones específicas en orientación bolsa de trabajo y bolsa de practica

profesional:

g) Asumir funciones de apoyo en las prácticas profesionales con las empresas.

h) Desarrollar acciones de bienestar de los docentes, administrativos y

alumnado

i) La página web del IESTP “EGB” asignara u porta que vincule con

instituciones que ofrezcan bolsa de trabajo

Son funciones específicas en inherentes a bienestar:

a) Brindar apoyo necesario y oportuno al estudiantado en consejería, servicios

preventivos de salud, orientación profesional, problemas académicos,

económicos y de relaciones socio familiar.

b) Propiciar la intervención del psicólogo en el ámbito de la institución en el

análisis, reflexión e intervención sobre el comportamiento del estudiante,

apoyando a superar los procesos que afectan al aprendizaje y las dificultades

de índole personal y de relaciones con compañeros, familiares

(especialmente con padres y hermanos) y profesores.

c) Coordinar con la Unidad Administrativa y Jefes de Área Académica, sobre

la mitigación de las inasistencias, tardanzas y evasiones del personal docente,

administrativo y alumnos del Instituto.

d) Elaborar documentos de justificación de inasistencias del personal y

estudiantes del instituto, previa visita domiciliaria en caso de enfermedad.

e) Llevar al día la ficha integral del personal y de los estudiantes.

f) Promover el desarrollo de ceremonias y actividades cívico-patriótico en las

fechas importantes del calendario institucional.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 41

g) Promover el desarrollo de eventos sociales de confraternidad institucional y

coordinar acciones tendientes a mejorar los servicios de higiene, limpieza de

local, aulas, mobiliario, entre otros.

Son funciones específicas en inherentes proyección social:

h) Planificar, organizar y ejecutar acciones de proyección social, logrando la

participación intersectorial hacia la comunidad, mediante charlas,

seminarios.(temas de interés) en coordinación con los Jefes de Área

Académica.

i) Orientar, incentivar y lograr la participación de los estudiantes en la

organización y funcionamiento de talleres artísticos y culturales, así como en

actividades deportivas.

j) Proyectarse hacia la comunidad a través del desarrollo de actividades socio

- culturales, artísticas y deportivas.

Funciones referidos de seguimiento de egresados; coordinar con la Unidad

Académica, Secretaría Académica, Jefes de Áreas Académicas y docentes de cada

Programas de estudios; realizarán acciones de apoyo orientadas a la

implementación y funcionamiento del sistema de seguimiento de egresados,

dichas labores serán desarrolladas en horas no lectivas de su jornada laboral:

k) Organizar y promover actividades orientadas a la actualización académica

de sus egresados, en las respectivas Programas de estudios y realizar eventos

que convoquen a sus egresados, cuando menos una vez por año, con el fin

de obtener información para el sistema de seguimiento de egresados.

Instaurar el Día del Egresado del IESTP

l) Coordinar la comunicación entre los egresados y el IESTP “EGB” se

realizará mediante el uso del correo institucional o por redes sociales o a

través de la página web institucional www.iestpegb.edu.pe

m) Coordinar acciones de vinculación con el sector productivo, orientadas a

obtener el compromiso del uso del sistema de seguimiento de egresados,

como medio para obtener información sobre los egresados que se encuentren

laborando o realizando prácticas en sus instalaciones.

AREA DE ADMINISTRACIÓN

El Área de Administrativa gestiona y administra los recursos necesarios para la

óptima gestión institucional. Depende del Director General

El Área de Administrativa está integrada por un Jefe de área de Administración,

un técnico en personal, auxiliar de biblioteca, auxiliar de laboratorio, tesorero,

almacenero, abastecimiento y todo personal de servicio.

El Jefe del Área de Administrativa cumple las siguientes funciones:

a) Elaborar junto al personal Directivo y jerárquico la programación

presupuestaria anual.

b) Coordinar y ejecutar las acciones de administración de personal y de los

recursos materiales y financieros autorizados; así como de abastecimiento y

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 42

servicios auxiliares de la Institución con los Jefes de are académica y la

Unidad Académica.

c) Programar, adquirir, almacenar y distribuir eficaz y eficientemente los

recursos del Instituto

d) Disponer el mantenimiento y conservación de los bienes, muebles,

inmuebles y equipos de oficina

e) Aplicar el sistema de contabilidad gubernamental en los fondos, bienes y

presupuesto, para el cual se establece lo siguiente: Balance General, Estado

de Pérdidas y Ganancias y Libros Auxiliares necesarios, así como los

documentos y anexos que sustente el Balance General de las cuentas del

Instituto al 31 de Diciembre de cada año. Dentro de los 15 primeros días del

mes siguiente el Libro de Caja debe presentarse al día a la Dirección.

f) Emite la documentación sustentaría en el desarrollo de actividades

productivas y/o ingresos propios entre otros, las facturas, notas de ingreso a

almacén, comprobantes, órdenes de compra, guías de remisión, inventario

físico y planillas de pagos.

g) Supervisar el uso adecuado de la fotocopiadora y/o separatas de impresión

tipográfica, comedor, kioscos y llevar al día el margesí de bienes del

Instituto, aplicando la normatividad correspondiente.

h) Elaborar el informe contable mensual y el balance anual de las cuentas para

su análisis del Consejo Asesor, informe a la comunidad educativa y

elevación con asesoría de un Contador Público Colegiado;

i) Ejecutar el cierre económico contable anual de los libros a más tardar el 31

de diciembre de cada año, y elabora el balance anual para su elevación a la

Dirección Regional de Educación de Ancash;

j) Establecer el horario de trabajo del personal docente, administrativo y llevar

el control de asistencia del personal que labora en el IESTP”EGB”

k) Programa y ejecuta las actividades de días festivos según el PIA,

Integran el Area de Administrativa: Tesorería, Abastecimiento y almacén

DEL ÁREA DE CALIDAD

El área de Calidad tiene por funciones:

a) aseguramiento de calidad del servicio académico y administrativo

institucional. depende de la Dirección General

b) Motivar, impulsar, implementar y articular acciones del proceso de

autoevaluación, evaluación institucional y mejoramiento continuo. Es

dirigido por un Jefe de Area de Calidad

c) Proponer el Plan Anual de Trabajo del Área de calidad en coordinación con

los equipos de calidad.

d) Recopilar información del Instituto con relación a los estándares y criterios

de evaluación y acreditación correspondientes.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 43

e) Asumir la organización y análisis de la información obtenida, determinar

fortalezas y debilidades institucionales y de las Áreas Académicas.

f) Establecer planes de mejora de todo los procesos e informar a la Dirección

General periódicamente para la toma de decisiones.

g) Redactar y difundir los resultados de la autoevaluación previa coordinación

con la Dirección General.

El jefe del Area de Calidad, dirige al Comité de Calidad integrado por

representante de docentes , administrativo y estudiantes del instituto elegidos por

los docente, administrativos y alumnos con el siguiente perfil

a) Sea ejemplo a seguir en el cumplimiento de sus funciones.

b) Que refleje trabajo en equipo.

c) Sean representativos al estamento correspondiente, elegido

democráticamente.

d) En caso de estudiantes, se elige al alumno de los periodos III o IV, que ha

ocupado la mejor calificación promedio

DE LA SECRETARÍA ACADÉMICA.

La secretaria Académica es el responsables de organizar y administrar el servicio

de registros académicos y administrativo institucional.

La Secretaría Académica está integrada por un Secretario Académico y por el

personal técnico y auxiliar designado. Depende jerárquicamente del Jefe de la

Unidad Académica.

Son funciones de la Secretaría Académica:

a) Actuar como Fedatario del Instituto.

b) Recepcionar, preparar y tramitar documentos (a través de mesa de partes del

Instituto).

c) Transcribe y multicopia los documentos oficiales de importancia para los

Jefes de Área y Unidades del Instituto, así como: oficios, directivas,

resoluciones, entre otros.

d) Procesar la documentación de inscripción de postulantes, matrícula y carné

de Estudiantes.

e) Elaborar certificados, constancias y diplomas de mérito para los alumnos que

ocupen los dos primeros puestos en el rendimiento académico.

f) Preparar la documentación respectiva para el trámite de otorgamiento de

título, de acuerdo a normas.

g) Elabora el cuadro de méritos del tercio superior estudiantil

h) Organiza el archivo de actas de evaluación promocional, de repitencia, de

recuperación, extraordinaria, convalidación, subsanación, prácticas

profesionales y examen teórico práctico.

i) Organizar y mantener los archivos de carácter académico y administrativo

de la Institución en físico y vortual.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 44

j) Llevar el control de documentos remitidos y recibidos (en los registros

correspondientes), enumerando toda correspondencia que se remite y/o

reciben a través de mesa de partes.

k) Publica los resultados de las diferentes evaluaciones.

l) Emite boletas de nota.

m) Emite diplomas de egresados.

n) Redacta Actas de: examen de admisión, Consejo Asesor y todas las

reuniones de trabajo convocados por la dirección general.

o) Atender correctamente a los estudiantes, docentes, público usuario en la

gestión y tramitación de sus documentos, cuidando la buena imagen de la

Secretaría y de la Institución.

DE LA SECRETARIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL

Es una profesional calificada en atención al cliente, con calidad y calidez de trato.

Depende de la Dirección General y sus funciones son:

a) Organiza, previa consulta con el Director General, las entrevistas y

audiencias.

b) Organiza y mantiene actualizado el acervo documentario de la Dirección

General.

c) Da trámite a los documentos que ingresa al despacho del Director General.

d) Redacta documentos y comunicaciones de acuerdo con las instrucciones.

e) Vela por la buena presentación del ambiente de la Dirección General y la

conservación de los bienes y enseres.

f) Elabora los proyectos de resolución para la firma del Director General.

g) Recepciona, registra y tramita los documentos que ingresan para ser

atendidos por la Dirección General, manteniendo reserva y confidencialidad

de su contenido.

h) Formula el requerimiento de útiles de oficina y materiales de impresión

necesarios, llevando el registro de control del uso de los mismos.

i) Lleva el registro de las acciones y tareas diarias.

j) Elabora la estadística mensual de la producción documentaria.

k) Atiende las llamadas telefónicas y lleva el directorio telefónico de los

funcionarios y entidades en los cuales mantienen correspondencia el Director

General.

l) Lleva y mantiene al día el directorio del personal que labora en el instituto.

AREA INFORMATICA Y OPERADOR PAD

Depende jerárquicamente del Jefe de Unidad Administrativa, cumple las

siguientes funciones:

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 45

a) Elabora y desarrolla el plan de mantenimiento preventivo de software y

hardware de todas las computadoras de la institución y soporte informatica

b) Realiza el inventario de los equipos de cómputo que cuenta la institución con

sus características: marca, modelo, capacidad, y número, que presentara en

fichas e informes mensuales a la Dirección y Administración

c) Supervisa la salida y entrada de los equipos incluyendo en su hoja de salida

marca, modelo, capacidad, y número de serie, para su control del Operador

Pad.

d) Operar los equipos de cómputo asegurando su conservación y buen

funcionamiento, los requerimientos de insumos para su mantenimiento

deben ser justificados mediante un protocolo de uso bajo responsabilidad

e) Evalúa la ejecución de Programas de Sistemas Operativos y propone

medidas para optimizar los diversos sistemas Administrativos con acciones

encaminadas al mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de

cómputo de la Institución.

f) Apoya en eventos institucionales con recursos

g) Mantener al día la página web del Instituto, además de la actualización

permanente de la página web.

DEL COMITÉ DE GESTIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS

Es un comité de fiscalización de recursos financieros, depende del consejo asesor

y es elegido por periodo anual por la asamblea general de apertura del año por

sus estamentos correspondientes y emite sus informes anuales de su acción al

término de su periodo.

Está Integrado por :

a) Un representante de docentes

b) Un representante de administrativos

c) Un representante de alumnos

Son funciones del Comité de Gestión de Recursos Financieros:

a) El monitoreo de los ingresos captados por el IESTP “EGB”, por concepto de

matrícula y otros relacionados.

b) El monitoreo Convenios.

c) El monitoreo Donaciones de bienes muebles e inmuebles con resolución de

aceptación.

d) El monitoreo Cursos de extensión.

e) El monitoreo de Arrendamiento a plazo fijo de ambientes y espacios

disponibles, fuera de la jornada educativa.

f) El monitoreo de canchas deportivas y auditorio, fuera de la jornada

educativa.

g) El monitoreo Arrendamiento, usufructo y uso por parte de terceros, de tierras

de cultivo cuando éstas no sean requeridas para la práctica educativa,

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 46

concesiones de la administración de kioscos, cafeterías y servicios de

fotocopias, de acuerdo a ley.

h) El monitoreo Prestación de servicios a terceros a través de actividades

técnicas según la disponibilidad de recursos y equipos con que se cuente.

CAPITULO II

PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL

DE LA PLANIFICACION

Entendemos como gestión del IESTP”EGB” a la planificación, organización,

dirección y evaluación de los asuntos relacionados con la formulación de

proyectos, planes estratégicos y presupuestos institucionales.

El Consejo asesor bajo la responsabilidad del Director y del equipo asesor, están

obligados a planificar la Gestión Institucional y a presentar sus documentos de

gestión en el mes Marzo de cada año en base al PEI del IESTP”EGB”; la omisión

de la misma es sancionado con retiro del cargo.

El Director está en la obligación de presentar, el Informe Memoria de Gestión

Institucional, el último mes de cada año en base al PEI del IESTP”EGB”, a todo

el personal docente y administrativo en una asamblea. El incumplimiento de este

impedirá iniciar una nueva gestión al año siguiente.

DE LOS DOCUMENTOS DE GESTIÓN

Son documentos de gestión:

a) Análisis De Pertinencia

b) Proyecto Educativo Institucional (PEI)

c) Reglamento Institucional.

d) Plan Anual de trabajo.

e) Plan de Experiencias Formativas en Situaciones Reales de Trabajo

f) Manual de Perfil de Puesto

g) Plan de Previsión Económica y Financiera

h) Plan de Seguimiento de Egresados.

i) Plan de Supervisión y Monitoreo.

j) Reglamento de Admisión.

k) Plan de Consejería Institucional.

l) Plan de Desarrollo Informático.

m) Reglamento y Guía del estudiante y

n) otros que la institución estime conveniente.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 47

Son responsables de la elaboración y actualización de Los documentos de gestión:

el Consejo Asesor, La Dirección General, La Unidad Académica, los Jefes de

Área, y docentes, para garantizar su elaboración o actualización el Director

General convocará al Consejo Asesor para la formación de comisiones de trabajo.

El Director General canalizará la difusión de toda la documentación de gestión a

la comunidad educativa.

CUADRO DE ASIGNACIÓN DEL PERSONAL

El cuadro de asignación del personal correspondiente al IEST”EGB” es aprobado

por la DREA y MINEDU acrode a las necesidades formuladas por el instituto:

DEL TÉCNICO EN PERSONAL

El Técnico en Personal cumple las siguientes funciones específicas:

a) Coordinar con el Jefe de la Unidad Administrativa, Jefes de área académica

y otras áreas sobre el control, ingreso, permanencia y salida según un cuadro

demostrativo de asistencia de acuerdo a la norma correspondiente al sector.

b) Llevar al día el file personal con la ficha escalafonaria;

c) Hacer el consolidado del récord laboral del personal del Instituto e informa

cuando se le solicite;

d) Elaborar el cuadro informe de inasistencias del personal para el descuento de

ley mensualmente; previa verificación oportuna del interesado;

e) Elaborar el informe sobre permisos, licencias y otras acciones del personal;

f) Organizar los turnos de trabajo del personal de servicio, por sectores para

limpieza, guardianía de los ambientes, de los proyectos y campos agrícolas;

g) Supervisar la limpieza y propone la sanción de ley a los infractores.

h) Otras funciones que el Administrador asigne.

DEL TESORERO

El Tesorero depende de la Unidad Administrativa, es un profesional técnico en

contabilidad que cumple las siguientes funciones:

a) Decepcionar dinero por ingresos propios, actividad productiva, tasas

educacionales de los ervidores y terceros, numera los talonarios para su

mejor registro y entrega una copia al usuario, el original es para la

Institución;

b) Elaborar los documentos de Tesorería: comprobantes de pago, organiza el

expediente de retiro para su cancelación.

c) Decepcionar del Jefe de la Unidad Administrativa las papeletas de retiro y/o

depósito de los bancos, al igual que las libretas de ahorro para el pago y/o

salida de dinero;

d) Llevar al día el informe de Tesorería, donde constará el ingreso del día y los

gastos efectuados por cuenta;

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 48

e) Efectuar el arqueo de caja diaria media hora antes de finalizar su horario de

trabajo, informando al Jefe de la Unidad de Administración;

f) De acuerdo a normas, el Tesorero depositará en el banco el dinero efectivo

recaudado diariamente y en algunos casos no pasará del siguiente día, previo

aviso al Jefe inmediato, la retención originará ingresos diarios según el

porcentaje diario del banco, responsable de las cuentas;

g) Entregar diariamente con cargo los documentos de pago saneados y otros

documentos como facturas en original y sin enmendaduras a la Unidad

Administrativa para el registro de los libros por el contador.

h) Coordinar en todo momento con la Unidad Administrativa y Almacén para

normalizar los ingresos que realice el Instituto;

i) Trabajar en un ambiente especial para asegurar el efectivo y documentos

valorados a su cargo;

j) Custodiar los ingresos económicos y por ningún motivo hará préstamos a

terceros ni pagos por caja chica (fondos por pago en efectivo) sin la

autorización de la Dirección. Depende del Jefe de la Unidad Administrativa

y cumple además otras funciones que éste le asigne;

DEL ALMACENERO

El Almacenero depende del jefe de la Unidad Administrativa del Instituto y

cumple las siguientes funciones:

a) Llevar al día y en orden el Almacén General de Bienes;

b) Ejecutar la distribución y recepción de los artículos y/o bienes según

PECOSA y/o cargo que lleva un registro especial;

c) Archivar los PECOSA, autorizaciones y otros documentos de su

competencia;

d) Llevar al día el Kárdex por artículos y la tarjeta visible del Almacén por

artículo;

e) Elaborar el parte diario del Almacén;

f) Coordinar acciones de su cargo con la Unidad Administrativa y tesorería para

el balance reglamentario de las cuentas a cargo del Instituto.

g) Asumir la responsabilidad de la existencia de los bienes del Almacén y de

bienes que ingresan a la institución de cualquier naturaleza, ya sea de

actividad productiva como de ingresos propios del Instituto o donaciones;

h) Entregar su almacén al Jefe del Área, en caso de vacaciones.

i) Catalogar los bienes, sean estos fungibles y no fungibles y los distribuye.

j) Cumplir otras funciones que le asigna el Jefe del Área Administrativa.

DEL AUXILIAR DE LABORATORIO

El Auxiliar de Laboratorio cumple las funciones siguientes:

a) Llevar al día el inventario del laboratorio y es responsable de las bajas.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 49

b) Distribuir con cargo, los enseres necesarios para la enseñanza de las

prácticas;

c) Observa las reglas de seguridad y mantenimiento en el Laboratorio;

d) Distribuir su permanencia en los turnos necesarios y aplica las tecnologías

adecuadas y coordina con los Jefes de área académica y docentes la

utilización del Laboratorio.

e) Coordinar con los Jefes de área académica las prácticas de laboratorio.

f) Se responsabiliza del inventario del Laboratorio.

g) Hace los pedidos de los insumos a utilizar en el laboratorio

h) Atender a los estudiantes en las prácticas de Laboratorio según horario

i) Elaborar guías de laboratorio en función a los requerimientos del docente

j) Realizar otras funciones que le asigna el Jefe de Unidad Administrativa,

referentes al Laboratorio.

DEL AUXILIAR DE BIBLIOTECA

El Auxiliar de Biblioteca Depende de la Unidad Administrativa y cumple las

siguientes funciones:

a) A tiende el servicio de biblioteca a los estudiantes;

b) Es responsable de la integridad de los libros, enciclopedias, tomos de libros,

material audio visual, láminas y otros materiales educativos que obran en la

biblioteca;

c) Mantiene el inventario al día, entrega a la Unidad Administrativa para su

remisión a las instancias superiores;

d) Ejecuta la codificación, catalogación de los libros y/o material educativo

según las normas de bibliotecología;

e) Expide el Carné de lector con la recepción de una copia del comprobante de

Tesorería para el control;

f) Lleva un registro por préstamo de libros a los docentes estables;

g) Los docentes contratados sólo tienen derechos a préstamo de libros sólo para

lectura en sala y no a domicilio;

h) Exige la presentación del carné de estudiante.

i) Está prohibido el préstamo a domicilio de libros y/o otro material a los

estudiantes y

j) Dar atención permanente en el ambiente de la biblioteca en horas de trabajo.

k) Ejecuta el mantenimiento de libros y/o otro material de biblioteca;

l) Informa al Jefe de la Unidad Administración sobre pérdida, deterioro de los

libros y material educativo de biblioteca; previo informe de los responsables

para la sanción de ley o devolución del bien;

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 50

m) Organiza técnica y científicamente la biblioteca para su mejor servicio a los

usuarios en los horarios correspondientes, atendiendo inclusive los días

sábados, proponiendo a su Jefe inmediato los libros o textos que son más

solicitados;

n) Cumple otras funciones de Unidad Administrativa de quien depende.

o) Cada fin de año elevar un informe de la estadística de lectores, así como de

deudores de libros.

DEL PERSONAL DE SERVICIO Y VIGILANCIA

El Personal de Servicio del instituto depende del Jefe del Área de Administración

y desempeña las siguientes funciones:

a) Realiza las labores de limpieza del local del instituto, aulas, oficinas,

laboratorios, talleres, patios y demás instalaciones garantizando su buena

presentación y conservación.

b) Realiza limpieza del mobiliario de aulas y oficinas, velando por su correcta

ubicación y conservación.

c) Realiza el control del ingreso y salida del personal y alumnado en el portón

principal de la institución, solicitando la presentación de la papeleta de salida

al personal en horas de labor.

d) Lleva al día el cuaderno de control de actividades diarias, presentando al jefe

del área de administración para su visación al concluir la jornada de trabajo

diario

e) Realiza permanentemente cuidado de las aulas, laboratorios y talleres,

estando presto para atender las necesidades de servicio en horas de clase.

f) Abrir las aulas del pabellón a su cargo, para el desarrollo de las clases,

permaneciendo alerta para atender cualquier necesidad de urgencia durante

las jornadas de trabajo.

g) Custodiar permanentemente la integridad de la infraestructura del instituto,

así como la conservación y mantenimiento de los bienes, muebles e

inmuebles, talleres y laboratorios, garantizando la seguridad de sus

ambientes e instalaciones.

h) Cumple otras funciones a su cargo que le señale el Jefe de Área de

Administración

PERSONAL DOCENTE

El docente es el agente del proceso educativo, tiene como misión contribuir

eficazmente a la formación de estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo

humano. El docente del Instituto es un profesional con nivel académico

actualizado , responsabilidad, ética profesional, liderazgo, y visión del futuro,

capaz de tomar decisiones , resolver problemas y orienta su gestión a formar

profesionales críticos y reflexivos para el mundo en constante cambio

Para el ejercicio de la docencia en el Instituto, se requiere:

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 51

a) Título Profesional en la carrera o programa afin a su especialidad en la que

desempeña su labor docente

b) Experiencia mínima, que indique las normas y dispositivos vigentes

c) No registrar antecedentes penales ni judiciales, ni haber sido sancionado

administrativamente en los últimos cinco años

d) Es requisito para ser docente del Instituto, además haber aprobado el

concurso público y lograr vacante en estricto orden de mérito.

e) En caso de que no hubiere profesionales con título profesional, la institución

puede tomar servicios de bachilleres, técnicos profesionales en función a la

necesidad del servicio.

El personal que labora en el Instituto además de este reglamento se rige por un

Reglamento Especial que determina su jornada de labor, titulación profesional,

remuneraciones y demás obligaciones y derechos.

Son funciones del docente del instituto:

a) Planificar, organizar, ejecutar y evaluar el desarrollo de la programación

curricular, en coordinación con los docentes, Jefes de Área Académica

b) Ejercer la docencia con responsabilidad, ética profesional, y dominio

profesional actualizado

c) Asesorar y supervisar las prácticas pre profesionales.

d) Promover y participar en proyectos productivos, pedagógicos o artísticos,

de investigación, innovación o de extensión comunal, dentro de su carga

académica

e) Orientar y asesorar proyectos de los estudiantes con fines de titulación

f) Realizar acciones de consejería, (orientación o tutoría) acorde a lo asignado

por el Jefe de Área o coordinación de consejería

g) Participar en la elaboración del PEI, Plan anual de trabajo, reglamento

institucional , Proyecto curricular institucional, silabo y otras comisiones que

asignen los órganos de línea y dirección.

h) Participar en los procesos con fines de acreditación.

El Instituto estimula a sus docentes con la facilitación de programas y servicios

de capacitación profesional , cultura física artística , deportiva y de recreación

La institución facilita y fomenta la elaboración y uso de materiales educativos

pertinentes.

DE LA EVALUACIÓN LABORAL DOCENTE

El desempeño laboral de los docentes y administrativos será evaluado en forma

permanente, integral y sistemática por su jefe inmediato superior, con la finalidad

de promover su desarrollo profesional y la eficiencia Institucional.

La evaluación del rendimiento laboral está referido al desempeño en su cargo a

través de la apreciación objetiva del cumplimiento de sus funciones, logro de

objetivos y metas, uso adecuado de métodos y técnicas de trabajo, acciones de

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 52

promoción a la comunidad y aportes al desarrollo de la ciencia y la tecnología

educativa y desarrollo institucional.

Los indicadores que se utilicen para la evaluación del rendimiento laboral del

docente estable y docente contratado son:

a) La planificación de acciones educativas: programación de las Unidades, el

portafolio docente. Silabo, y otras.

b) El Registro de control de avance académico, documento que permita al Jefe

inmediato estar enterado diariamente de dicho avance, el que obrará en la

jefatura de Área Académica correspondiente.

c) La Ficha de supervisión académica, instrumento que recoge datos concretos

del trabajo docente: Programación curricular, organización, implementación,

ejecución, evaluación e informe del Docente.

d) El Registro de asistencia y evaluación de las secciones a su cargo, estará en

cada Jefe de Área académica.

e) Informe del docente al finalizar el semestre serán presentados a cada Jefe de

Área Académica y derivado a la jefatura de Unidad Académica.

f) Informe del control de asistencia del Docente, registrado en el Área de

administración

g) Registro de evaluación y supervisión del Jefe inmediato en el que se anotará

oportunamente sus apreciaciones en relación con sus funciones;

h) La Ficha personal de evaluación, documento que registra las apreciaciones

del evaluador en base a los antecedentes anotados en el Registro de

evaluación y supervisión de acuerdo a criterios establecidos, la evaluación

se ejecutará anualmente.

i) Evaluación de parte de los estudiantes a través de una ficha especial.

j) La información registrada en la Ficha de evaluación deberá hacerse conocer

al evaluado a fin de que exprese su conformidad o no al momento de firmarla.

En caso de no estar de acuerdo el evaluado fundamentará en forma

documentada las razones de su disconformidad, la que acompañada del

informe del evaluador y la Ficha personal de evaluación será remitida al

Director para su ratificación, cuando sea necesario.

El resultado de la evaluación será anotado en el Escalafón de la Institución.

El Personal Administrativo será evaluado utilizando la misma dinámica, pero

utilizando otros criterios, de acuerdo a la función que desempeñan y a las normas

generales del Sector público.

CAPITULO III

DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE,

Los derechos y deberes de los docentes del IESTP están establecidos en la Ley

30512 y su reglamento:

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 53

El docente del IEST “EGB” pueden ser:

a) Docentes de la Carrera Publica Docentes (CPD)

b) Docentes contratados.

Docentes contratados son aquellos profesionales seleccionados de acuerdo a los

dispositivos del Ministerio de Educación, cuyos requisitos y su cumplimiento se

ajustan a las normas específicas vigentes.

El docente contratado debe presentar su declaración jurada de laborar en una sola

institución41 pública, teniendo en cuenta lo que establece la constitución política

y leyes vigentes.

El Régimen Laboral del personal del IESTP ”E.G.B” están conformados por el

director, personal jerárquico, docentes (CPD y contratados) y administrativos

(estables y contratados); están sujetos al régimen laboral y a los beneficios

establecidos para los trabajadores de la actividad pública.

Jornada Laboral Docente esta e función al cuadro de asignación del personal (CAP

Institucional); la jornada laboral del docente comprende las actividades en horas

lectivas y no lectivas, tanto los docentes nombrados y contratados en estricto

cumplimiento a los dispositivos legales vigentes.

La jornada laboral semanal del personal docente estable y contratado es de 40

horas; según su carga horaria las horas lectivas comprende el dictado de clase que

debe ser asignada no mayor de 20 horas lectivas y 20 horas de actividades de horas

no lectivas y bolsa de horas para los docentes a tiempo parcial.

DE LOS DEBERES

Son deberes de los docentes del IESTP:

a) Desempeña sus funciones con responsabilidad con eficiencia y eficacia

desvinculada con toda actividad religiosa y política partidaria.

b) Cumplir con las normas contenidas en la constitución política del Peru, leyes

estatutos y reglamentos internos de la institución, la ley no. 30512 y la ley

de código de ética de la función pública, ley 27815.

c) Cooperar con la mejora continua de la institución, velando por la

conservación, imagen institucional y adecuado mantenimiento

d) Respetar a los estudiantes, actores educativos, y otros con las que se vinculen

en la institución y desde esta con su entorno.

e) Orientar, conducir y asesorar a los estudiantes en forma integral, respetando

su libertad, creatividad y participación.

f) Desarrollar sus actividades lectivas y no lectivas de lunes a viernes en los

turnos diurno y vespertino

g) Cumplir horario diurno de 7.50 am hasta cumplir su jornada acorde al horario

de permanencia aprobado por el área administrativa, horario vespertino de

13.50 pm hasta cumplir su jornada acorde al horario de permanencia

aprobado por el área administrativa.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 54

h) Registrar su hora de ingreso y salida del IESTP”EGB” en el medio que

determina el Área de administración.

i) El horario de permanencia es de lunes a viernes, establecidos acorde las

necesidades institucionales.

j) Registrar su asistencia, y cumplimiento de horas lectivas y no lectivas en la

oficina de Área Académica, donde cumple sus actividades académicas.

k) Presentar el silabo al inicio del periodo académico, al área correspondiente.

l) Registrar en la plataforma virtual del Sistema Académico, su silabo,

asistencia de alumnos, indicadores de evaluación, resultado de evaluaciones

acorde la fechas establecidos en la plataforma en concordancia de sus

registros auxiliares.

m) Cumplir las funciones asignadas y registrar en el horario correspondiente las

horas no lectivas, presentando su informe al final del periodo académico

n) Realizar el fortalecimiento, nivelación para el logro de las competencias de

los alumnos que desaprueben en la UD. Correspondiente

o) A ser supervisado monitoreado para verificar el avance porcentual de las

unidades didácticas en desarrollo; la supervisión y el monitoreo deben ser

programadas y ejecutadas en el tiempo y espacio establecido.

p) Presentar el horario de permanencia a la administración,después de

elaborado el horario de clase.

q) Todo docente debe respetar su jornada laboral de las actividadese de las

horas lectivas en el horario establecido.

r) Comunicar y solicitar permiso al Jefe inmediato por situaciones imprevistas

para ausentarse de la institución.

s) Informar a los estudiantes sobre sus calificativos obtenidos en las

evualciones de cualquier tipo y forma de presentación.

t) Asesorar la practica preprofesional.

u) Orientar y asesorar proyectos de los estudiantes o tesis con fines de titulación

v) Realizar acciones de consejería y tutoria.

w) Presentar su carpeta personal en el programa de estudios y la Unidad

Académica;

x) Las Papeletas de salida del personal, deberán ser debidamente autorizado por

el Jefe inmediato con visación del Jefe del Unidad Administrativa,

registrando motivo, hora de salida y hora de retorno, se valida con la firma

de responsable de la oficina de destino a la que visito.

y) Entregar la hoja de control de asistencias de alumnos, en cada clase. Única

fuente probatoria de haber realizado las clases.

z) Realizar otras tareas de necesidad institucional asignadas.

DERECHOS

Son derechos de los docentes del IESTP:

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 55

a) Desempeñar un cargo más por función docente referidas a cargos en el Área

de la Docencia, siempre que no exista incompatibilidad horaria, según lo

establecido en el Artículo 58° de la Constitución y el Artículo 7° del Decreto

Legislativo Nº 276, evitando la interferencia horaria y la duplicidad de

jornada laboral lo cual será verificada por la dirección.

b) Desarrollarse profesionalmente sobre la base de mérito, sin discriminación

por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, y condición

económica.

c) Estabilidad laboran en la plaza, categoría, lugar, cargo, centro y turno de

trabajo, sujeta a las condiciones que establece la norma, constitución política

y Reglamento institucional.

d) Al libre ejercicio de su profesión en un clima institucional saludable que les

asegure ser tratados con dignidad y respeto y, sin discriminación alguna.

e) Participación con licencias en programas de formación y capacitación y

otros de carácter cultural, social y deportivo, organizado por la institución,

DREA, MINEDU y otros .

f) Participar en las actividades académicas del Centro Pre universitario del

IESTP“EGB”

g) A tener vacaciones, licencias, permutas, reasignaciones y permisos, acorde a

ley

h) Adjudicación de becas y subvenciones para estudios de capacitación y post

grados, otorgados y gestionados por el Ministerio de Educación o Gobierno

Regional

i) A ser evaluados de manera transparente y continua; así como a ser

informados periódicamente del estado de su evaluación profesional, ser

informados sobre los factores o criterios a emplearse en la ficha de

evaluación de desempeño laboral, a ser notificados del resultado de la misma

en forma individualizada y oportuna para la mejora su labor académica y

recomendaciones del supervisor.

j) Tiene derecho a tres días de permiso con goce de remuneraciones por

motivos personales, por onomástico, por el día del maestro.

k) Conocer el consolidado de las asistencias, inasistencias, tardanzas en forma

mensual, antes de ser remitidos a la Dirección Regional de Educación.

l) Los docentes gozan de los siguientes estímulos: Agradecimiento y

felicitación mediante Resolución Directoral en cumplimiento de sus

Funciones extraordinarias en el día del maestro, tanto a docentes estables y

contratados.

DE LOS ESTÍMULOS

Se considera labor sobresaliente del docente del Instituto:

a) Gestión generadora de la construcción, ampliación o mejoramiento de la

infraestructura y el equipamiento educativo, debidamente acreditada.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 56

b) Desarrollar fuera de la jornada ordinaria de trabajo, programas voluntarios

de capacitación, promoción educativa y desarrollo comunal.

c) Innovación en la implementación de la Currículo de Estudio y Planes de

Trabajo y procedimientos propios del ejercicio de sus funciones.

d) Ejecución de programas experimentales o acciones de investigación

orientadas a elevar la calidad de la enseñanza – aprendizaje.

e) Invención y/o innovación de tecnología apropiada para el desarrollo del

proceso educativo y/o tecnológico de la región.

El personal Docente y Administrativo que en cumplimiento de sus funciones

realice acciones excepcionales en favor de la educación y la institución, será

acreedor de los siguientes estímulos y anotado como mérito en la ficha -

escalonaría:

a) Oficio de Agradecimiento: cuando cumple labores asignadas

excepcionalmente a su función en las diferentes áreas y si su acción fuese de

alcance de especialidad; requiere la opinión del Jefe de Área con

documentos pertinentes.

b) Resolución Directoral de Felicitación: cuando cumple funciones

excepcionales a favor del estudiante y que éstas inciden a nivel de la

institución; requiere el informe de los Jefes o autoridad.

c) Reconocimiento por el “Día del Maestro” a los docentes que destaquen en la

labor docente, ética y proyección social.

d) Diploma de Honor: es el reconocimiento a los mejores docentes, que resulten

de la calificación de la comunidad educativa, si su acción fuese de alcance

local y regional; requiere documentos probatorios e informe del Director

General y aprobación en el Consejo Asesor.

El otorgamiento de estímulos para el docente podrán ser solicitados por la

autoridad inmediata, por el interesado, las organizaciones sindicales o

asociaciones reconocidas, Asociación de Ex-alumnos y otras entidades públicas o

privadas relacionadas con el desarrollo de la educación.

Los estímulos referidos en el párrafo anterior serán otorgados por Resolución de

la autoridad educativa competente.

CAPITULO IV

DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

El personal administrativo del IESTP”EGB” lo conforman trabajadores que

desempeñan un cargo o una función no docente para apoyar la gestión de

formación profesional en la institución, participa conjuntamente con los otros

actores educativos en las actividades previstas para apoyar la formación de los

estudiantes. Se rige por el régimen laboral vigente que le corresponde de acuerdo

a ley.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 57

SON DEBERES

Son deberes del personal administrativo:

a) Velar por el mantenimiento, cuidado de la infraestructura y equipamiento

educativo y propiciar su cuidado,de no ser utilizado la cancha de futbol por

extraños los días sabados y domingos. Los dispositivos eléctricos en la

biblioteca y sus instalaciones no deben ser usados por alumnos de otras

instituciones

b) Cumplir las disposiciones impartidas por la autoridad educativa, relacionada

con su mayor control en seguridad en portería todos los días de semana de

lunes a domingo

c) Cumplir diligentemente las funciones asignada por IESTP”EGB”

d) Cumplir con el Reglamento de control de asistencia y permanencia del

personal según R.M N°571- 94E.D

e) El personal administrativo esta conformado de acuerdo al grupo

ocupacional: técnico (secretaria y oficinista) y auxiliares.

f) Ser parte de la comisión de recursos propios en merito al D.S. N°028-007-

ED.

g) Gozar de un dia de descanso por el dia de la administración publica.

h) Ser tratado con dignidad y respeto por toda la comunidad Institucional.

i) Conocer el consolidado de las asistencias, inasistencias, tardanzas en forma

mensual, antes de ser remitidos a la Direccion Regional de Educacion, bajo

responsabilidad funcional.

j) Laborar en horarios rotativos cuyo horario varia de acuerdo a la naturaleza

de la función y requerimientos institucionales y con trato equitativo.

k) Respetar a las autoridades de la institución y fomentar un clima Institucional

favorable, para mejorar la imagen institucional.

l) Abandonar el puesto de trabajo en horas de labor sin justificación, de lo

contrario se considera como evasión.

m) Realizar acciones contra el patrimonio institucional, mantener cerrado los

servicios de laboratorio, talleres, biblioteca y otros en horas lectivas.

n) Promover, fomentar y difundir comentarios y actividades contra la imagen

personal e institucional.

a) Cumplir con el horario según el turno establecido de jornada laboral de 8

horas; para el personal técnico acorde al horario de atención al público

establecido por el Área Administrativa.

b) El personal de servicio debe cumplir con la jornada laboral de acuerdo a la

necesidad institucional en horario establecido por el Area Administrativa:

c) Registrar el libro de ocurrencias diariamente en la portería

d) Es obligatorio que todos los trabajadores del IESTP”EGB” registren su

asistencia al ingreso y a la salida del plantel de acuerdo al horario de

permanencia o turno que establezca la unidad de administración.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 58

DE LOS DERECHOS DE PERSONAL ADMINISTRATIVO

Son derechos del personal administrativo:

a) A ser tratado con equidad y respeto por parte del personal jerárquico y

directivo y docentes.

b) Ser promocionado y coberturar plazas vacantes, de acuerdo al perfil

requerido, previo concurso de méritos.

c) Elegir y ser elegido como representante administrativo en diferentes

comisiones institucionales y otros asuntos relacionados con la situación

laboral de los trabajadores.

d) Participar en cursos y programas de especialización, perfeccionamiento,

seminarios de capacitación y actualización organizados por la institución, el

Ministerio de Educación o entidades promotoras.

e) Constituir y formar parte de sindicatos y desempeñarse en ella acorde a

normas vigentes.

f) Gozar de licencia por representación sindical, conforme a las normas

vigentes.

g) Gozar de licencia por estudios y gozar de becas si asi lo requiera, la función

que cumple en la institución educativa

h) Ser evaluado en forma justa y equitativa en función a su desempeño laboral.

i) Ser informados de sus inasistencias y tardanzas mensualmente.

j) Cumplir el horario de permanencia establecido por la institución.

INFRACCIONES Y SANCIONES DE LOS ESTUDIANTE

k) INFRACCION.- Es la acción u omisión que contraviene a las disposiciones

reconocido en el presente reglamento, que contradiga a los deberes

estipulados.

l) SANCION.- Es la acción u omisión que califique como infraccion, será

sancionada por la autoridad competente sobre la base del debido proceso.

m) CLASES DE SANCION.- Son las siguientes:

n) Amonestacion,suspensión y separación

o) Son deberes del personal administrativo:

p) Dar cuenta de sus acciones realizadas a su jefe inmediato; y registrar sus

tareas diarias en un cuaderno especial y/o ficha para ser verificado por su

jefe inmediato y en las supervisiones que se practiquen.

q) Mantener en toda ocasión comportamiento personal y social acorde con la

dignidad de la función administrativa.

r) Desempeñar sus funciones con responsabilidad, eficiencia profesional y

dedicación en beneficio de la institución.

s) Inculcar el respeto a nuestros héroes y símbolos patrios y cultivar los valores

morales y cívicos que sustentan nuestra cultura.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 59

t) Rechazar toda acción que atente contra la dignidad humana y abstenerse de

realizar todo tipo de proselitismo político partidarista en el ejercicio de su

función.

u) Actualizarse permanentemente acorde a su función que cumple en la

institución

v) Cumplir con las diferentes comisiones y/o trabajos encomendados por la

Dirección dentro de los plazos señalados, considerándose descuento su

incumplimiento.

w) No abandonar su puesto de trabajo en horas de labor, en caso de efectuarse

será considerado como evasión, dando lugar a la infracción y luego la

sanción

x) Registrar su asistencia, al ingreso y salida del Instituto.

y) Los trabajadores que incurran en faltas de carácter disciplinario serán

sancionados de acuerdo a Ley y al reglamento interno

CAPITULO V

DEBERES Y DERECHOS DEL ESTUDIANTE

Son estudiantes del Instituto los alumnos matriculados en los módulos y unidades

didácticas correspondientes, cumpliendo los requisitos correspondientes

El instituto fomenta y respeta la organización estudiantil, y propicia la

participación en la vida institucional. Los mismos se regirán por su estatuto

aprobado por el Consejo Asesor

La Institución desarrolla el servicio de bienestar, ejecutando actividades

orientadas a conservar la salud integral y complementar la formación de

estudiantes

La institución fomenta servicio de Comedor y residencia para estudiantes de

menores recursos, servicio social, psicológico, entre otros que estime necesario.

DE LOS DERECHOS

Son derechos del estudiante del IESTP “EGB”:

a) Recibir la formación integral correspondiente al perfil profesional de la

Programas de estudios, de acuerdo a la estructura curricular;

b) Ser tratado con dignidad, respeto y sin discriminación, y ser informado de

las disposiciones y normas que le conciernen como estudiante;

c) Recibir en forma gratuita los servicios educativos, a excepción de las tasas y

derechos aprobados por las normas correspondientes;

d) Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes y acciones

extraordinarias;

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 60

e) Recibir el carné de estudiante de educación superior, biblioteca y otros,

previo pago de las tasas;

f) Conocer cronograma de las actividades académicas, del inicio y término de

cada Período académico;

g) Conocer el silabo de las unidades didácticas.

h) Recibir beca de matrícula, por haber ocupado el primer puesto en el período

académico anterior a la que se matricula, previo informa del Secretario

Academico

i) Hacer uso dentro de la ley, de los bienes y servicios que la institución ofrece

cuidando su integridad, mantenimiento y conservación.

DE LOS DEBERES

Son deberes del estudiante del Instituto:

a) Cumplir con las disposiciones y normatividad vigente del Ministerio, la

DREA y del Instituto;

b) Participar en forma responsable en las actividades educativas, absteniéndose

de intervenir en ctividades político-partidarias dentro de la Institución y en

actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres que atenten contra la

salud física o mental;

c) Efectuar el mantenimiento y conservación de los ambientes, talleres,

equipos, laboratorios, mobiliarios, y demás instalaciones de la Institución.

d) No usar el nombre del IESTP “EGB”, en actividades no autorizadas por la

Dirección;

e) Portar el carné de estudiante, como medio probatorio de su condición de

estudiante y otros como ciudadano demostrando al guardián de turno cuando

lo solicite;

f) Asistir con puntualidad a sus clases y demostrando dentro del aula, respeto

alumno-docente y entre alumnos;

g) Ingresar al Instituto sólo por la puerta principal y permanecer todo el horario

de clases;

h) Participar plena y conscientemente en todas las actividades cívico-

patrióticas, culturales, artísticas y deportivas dentro de la institución y en la

sociedad;

i) Demostrar permanentemente el alto sentido de responsabilidad, cultura

profesional, manteniendo y acrecentando el prestigio del Instituto.

j) Portar el Uniforme acorde a lo establecido en el presente reglamento

Se reconocen los méritos de los estudiantes por acciones extraordinarias, dentro y

fuera del Instituto; se premian con estímulos consistentes en diplomas de mérito

y resoluciones de felicitación.

Son acciones extraordinarias aquellas que sobresalen en el orden académico,

cívico-patriótico, moral, deportivo o en favor de la comunidad.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 61

El procedimiento para otorgar estímulos se hará mediante Resolución Directoral

y comunicado a las instancias correspondientes, además de un diploma especial.

El Estudiante que ocupa el primer lugar en el semestre del área y semestre

correspondiente, se estimula con beca en la matrícula del siguiente semestre.

CAPITULO IV

DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

INFRACCIONES

Los docentes y administrativos en caso de incumplimiento de sus deberes,

funciones y obligaciones debidamente comprobadas, son sujetas a de sanción

conforme a las normas vigentes.

En el caso de docentes y administrativos contratados, además de las sanciones de

acuerdo a Ley, el instituto se reserva el derecho de revocación o cancelación del

contrato, según convenga a los intereses institucionales.

Constituyen faltas del personal directivo, jerárquico, docente y administrativo:

a) Crear un clima desfavorable en el desarrollo de las actividades académicas y

administrativas.

b) Ruptura de las relaciones humanas entre integrantes de la comunidad del

instituto.

c) Atentar contra el patrimonio institucional.

d) Entorpecer el cumplimiento de los objetivos institucionales.

De acuerdo a la Ley 27911 que regula medidas administrativas extraordinarias

para el personal docente o administrativo implicado en delitos de violación de la

libertad sexual.

La falta es tanto más grave cuando más alto es el nivel del funcionario o servidor

que la comete. La reincidencia y reiteración constituye serio agravante.

Las faltas de carácter disciplinario, son las que contemplan el Art. 27 de la Ley Nº

24029 y su modificatoria Ley Nº 25212

Se considera infracción o falta en los siguientes casos:

a) Usar el cargo con fines indebidos.

b) Tomar el nombre de la institución para la ejecución de actividades sin

autorización.

c) Asistir en evidente estado etílico o sustancias psicotrópicas.

d) Atentar contra la imagen de la institución a través de los medios de

comunicación masiva.

e) Difamar, injuriar, maltratar, perjudicar o entablar hostilidades contra

miembros de la comunidad Institucional

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 62

f) Hacer cobros o pedir compensaciones directa o indirectamente, por servicios

propios de su labor.

g) Desarrollar actividades político partidarias.

h) Dedicarse en horas de trabajo a otras labores ajenas a su función o cargo.

i) Emplear a los estudiantes u otros trabajadores de la institución para servicios

personales.

j) Permitir actos que atenten al orden, disciplina, puntualidad y las buenas

costumbres que debe de poseer todo docente o administrativo

k) Realizar actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres.

l) Hacer uso indebido de las instalaciones de la institución o atentar contra ellas

m) Citar a los alumnos a sus domicilios o lugares fuera de la institución, para

labores propias de su servicio docente.

n) Asistir y/o permanecer en lugares de dudosa reputación entre docentes,

trabajadores y/o alumnos del IESTP “E.G.B”,

o) Fomentar cualquier acto que contravenga a los intereses y valores

institucionales

p) Interrumpir el normal desarrollo de las actividades académicas.

q) Hacer comercio de bienes o servicios sin autorización escrita.

r) Desacato a la autoridad institucional y en todo los niveles

s) Atentar contra la integridad física o moral de los estudiantes. r) Abandonar

el puesto de trabajo sin autorización.

t) Registrar y/o firmar indebidamente la tarjeta de control o parte diario de

asistencia.

u) Alterar, retirar o sustraer la tarjeta de control propia, ajena, o el parte diario

de asistencia.

v) Incumplimiento al presente reglamento institucional

DE LAS SANCIONES AL PERSONAL DOCENTE

Los docentes que incumplan sus deberes, comentan faltas y delitos; serán

sometidos a proceso administrativo o disciplinario según corresponda sin

perjuicio de realizar las denuncias policiales a que hubiera lugar. Las sanciones se

aplican según la gravedad de la falta, constituyendo agravante la reincidencia:

a) Amonestación verbal

b) Amonestación escrita

c) Separación de la Institución previo proceso administrativo de la DREA.

d) La institución puede aplicar cualquier medida de acuerdo a los hechos, a la

gravedad de la falta y a los antecedentes del docente.

INFRACCIONES Y SANCIONES AL PERSONAL SDMINISTRATIVO

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 63

INFRACIONES

Queda prohibido al personal administrativo:

a) Leer revistas, periódicos y/o escuchar radio, celulares en horario de atención

al público.

b) Prestar útiles de la oficina y/o teléfono a personas ajenas a la institución.

c) Salir del centro de trabajo en horas de permanencia y sin autorizacon

Son faltas aquellas que por su naturaleza pueden ser leves o graves y son las

siguientes:

a) Fomentar actos que perturben las actividades académicas y administrativas.

b) Realizar actividades político-partidarias y difundir propaganda en la

institución.

c) Convocar reuniones en las horas de labor, sin la autorización respectiva.

d) Ocasionar daño o perjuicio a la propiedad institucional: instalaciones,

mobiliarios, libros, equipos, instrumentos, etc.

e) Emitir juicios injuriosos sobre las autoridades, docentes y estudiantes del

Instituto.

f) Realizar actos reñidos con la moral y las buenas costumbres dentro de la

Institución.

g) Realizar acciones individuales o colectivas que conlleven a alterar los

resultados de las evaluaciones académicas, registros, actas y otros

documentos administrativos.

Para realizar las investigaciones, se constituirá el Comité de Evaluación de

Estímulos y Sanciones, integrado por tres (3) docentes y dos (2) administrativos,

elegido en asamblea general al inicio del año académico, que informarán al

denunciado de la presunta falta a fin de que dentro de los cinco días hábiles, ejerza

el derecho a su defensa. Cumplido este trámite y comprobada la falta materia de

la denuncia el comité entregará el dictamen a la Dirección General para su

conocimiento y fines.

SANCIONES

Constituye tardanza el ingreso al Instituto después de la hora establecida hasta

cinco minutos. Pasado este tiempo será considerado inasistencia.

Por cada inasistencia injustificada se descontará el equivalente del íntegro de la

remuneración del día no laborado.

El Personal que habiendo ingresado a laborar omitiera registrar su salida, será

considerado inasistencia, salvo que oportuna y adecuadamente justifique dicha

omisión, las que podrán ser atendidas hasta 03 veces al año.

La justificación de inasistencia motivadas por razones personales y

particulares, hasta por dos ó tres días consecutivos, serán otorgadas a solicitud

escrita como permiso por el Director del Instituto.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 64

Las tardanzas e inasistencias injustificadas dan lugar a falta de carácter

disciplinario.

Los trabajadores que están citados a los hospitales, en EsSalud y/o clínicas

particulares, cuyos horarios coincidan con las del Instituto, tendrán permiso por

las horas que demande la gestión respectiva, adjuntando los documentos

pertinentes para todos los casos.

Las salidas por comisión de servicio serán justificadas por el Director del Instituto

y puede beneficiarse el personal que cumpla la misión oficial. El administrador

proveerá una ficha para que la institución de destino firme como constancia de

que ha cumplido la comisión de servicio y la misma que será devuelto al IESTP.

Las salidas de la institución durante las horas de trabajo serán autorizadas

mediante papeleta de salida por el Jefe de la Unidad Administrativa y visadas por

el Jefe de Unidad Académica. Los motivos pueden ser: asuntos personales, salud,

particulares y por motivos de investigación, esta última, entendida como estudio

de biblioteca y otras acciones que implementen el desarrollo de un proyecto. Las

salidas por comisión de servicio requieren la firma y sello de la entidad visitada,

que justifique las acciones realizadas. El personal que omitiera las papeletas de

salida se considerará evadido, de acuerdo a la R.M. 574.94-ED.

Las inasistencias imprevistas serán justificadas, dentro de las 24 horas

ocurridas y en los siguientes casos :

a) Por deterioro repentino de la salud.

b) Por emergencias familiares comprobadas

c) Por razones personales de fuerza mayor

Las licencias concedidas al personal docente están contenidas en el Decreto

Legislativo N° 276.

Las tardanzas y faltas del docente en el desarrollo de clases, no son compensables,

sin embargo, está obligado por ética profesional, realizar la correspondiente

recuperación, fijando día y hora en coordinación con los estudiantes.

Los permisos o facilidades que solicite el docente o asigne la institución por

capacitación, si fuesen incumplidas, son sancionados con descuento

correspondiente. Aun si la capacitación se desarrollara dentro de la Institución

Las inasistencias y tardanzas del personal administrativo, incurridas al ingresar al

Instituto podrán ser compensadas con tareas concretas, autorizadas por el Director

y supervisadas por el jefe inmediato, debiendo comunicarse a la jefatura de la

Unidad Administrativa para que regularice la nueva situación y anote en la tarjeta

de asistencia con la palabra “compensado”.

INFRACCIONES Y SANCIONES DE LOS ESTUDIANTES

INFRACCIONES

Constituyen faltas disciplinarias que dan lugar a sanciones, las siguientes:

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 65

a) Fomentar actos que perturben el normal desenvolvimiento de las actividades

educativas, se sanciona con una (01) semana de suspensión.

b) Ocasionar perjuicios a la infraestructura del Instituto, equipos e

instrumentos, se sancionan con reparación y una (01) semana de suspensión;

c) Causar daño físico, psicológico o moral a las personas que laboran o estudian

en el Instituto y/o emitir juicios injuriosos sobre las autoridades, profesores

o compañeros, se sanciona con quince (15) días de suspensión.

d) Si el daño físico es leve o grave asumirá el costo de la curación el infractor.

e) Ofrecer y/o entregar dinero a terceros para la obtención de beneficios

académicos.

f) Realizar actividades político-partidarias y religiosas sectarias e introducir y/o

difundir propaganda de este tipo en la institución, se sanciona hasta con una

(01) semana de suspensión previa calificación.

g) Realizar actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres dentro del

Instituto, se sanciona con un (01) mes de suspensión;

h) Introducir, comercializar y/o consumir drogas, estupefacientes bebidas

alcohólicas, se sanciona con treinta (30) días de suspensión;

i) Convocar a reuniones en horas de clase sin autorización de la Dirección y

cualquier forma de interrupción de clases, se sanciona hasta con ocho (08)

días de suspensión a clases.

j) Ingresar al Instituto en estado etílico y/o drogado, el incumplimiento del

presente inciso dará lugar a sanción con suspensión de quince (15) días, en

caso de reincidencia será separado de la institución.

k) Realizar actividad pública o privada dentro del Instituto o fuera de ella, que

sea contraria al espíritu Institucional y que encierre desacato o falta de

respeto a las autoridades del Instituto, trasgresión a la moral, perturbación en

la unidad y solidaridad de la Institución, incumpliendo sus labores; o

actividad política que comprometa al Instituto, a sus miembros o a sus

bienes. Será penado con amonestación, suspensión temporal o expulsión

según la gravedad de la falta. La aplicación de estas sanciones corresponde

al CONEI

l) Realizar inscripciones en las paredes de las aulas, interiores, exteriores e

instalaciones del Instituto que afecten la presentación y las buenas

costumbres, aquellos que incumplan esta prohibición serán sancionados con

suspensión de quince (15) días y deberán borrar tales inscripciones.

m) Realizar actividades con fines de recaudar fondos en beneficio de una

sección sin la debida autorización de la Dirección y el control administrativo:

n) Para los efectos de autorización, el asesor de sección y los interesados

presentarán el Plan específico de la actividad con una anticipación de 20 días

de la fecha de realización de la actividad.

o) Realizada la actividad están obligados a presentar el informe económico del

resultado de la actividad, a más tardar al quinto día de realizada la actividad.

El incumplimiento de la disposición contenida en el presente inciso dará

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 66

lugar a la llamada de atención y/o suspensión de los organizadores,

anotándose como deudores,

p) Causar daño o deterioro a la infraestructura, instalaciones, muebles, campos,

muros, granjas y otros enseres de la institución, abonará el íntegro de su

precio dentro de las 48 horas de producido el hecho.

SANCIONES

Las sanciones que se aplican a los estudiantes por incumplimiento de sus deberes

acorde a la gravedad de la infracción son:

a) Amonestación verbal o escrita del profesor, Jefe de área académica o Unidad,

si es leve.

b) Suspensión temporal si la infracción es grave.

c) Separación definitiva si la infracción es muy grave.

En la aplicación de sanciones a los estudiantes se evita la humillación, mediante

el Servicio de psicología y la Asistenta Social del Instituto.

Los procesos disciplinarios se instauran , de oficio o a petición de parte, a los

estudiantes del instituto que hayan cometido la infracción tipificada en el

reglamento Institucional, del Ministerio de Educación y otros sectores diferentes

a la de educación

El Director General formará una comisión especial que conducirá y garantizara el

debido proceso y el derecho a la defensa. Finalizado la investigación el Comisión

emitirá las recomendaciones que estime convenientes. Y pondrá a consideración

del Consejo Institucional, el que aplicará la sanción y emitirá el informe para que

el Director General emita la Resolución correspondiente.

El Director emite la Resolución Directoral que impone la sanción o absuelve al

estudiante, dentro de los 30 días de instaurado el proceso disciplinario. Contra

ella cabe la interposición de recurso de reconsideración o de apelación ante el

Director General. La reconsideración será absuelta por el Director General y la

apelación, en última instancia, por el Consejo Institucional.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 67

TITULO IV

FINANCIAMIENTO Y PATRIMONI O

CAPITULO I

INGRESOS

El IESTP“EGB” de acuerdo al D.S. 028 está autorizado a captar ingresos propios

por los conceptos siguientes:

a) Recursos propios generados por la Institución Educativa: Arrendamiento a

plazo fijo de terrenos, ambientes, equipos y espacios disponibles, que no sean

necesarios para la prestación del servicio educativo.

b) Donaciones de personas naturales y jurídicas.

c) Ingresos provenientes de actividades Productivas y Empresariales.

d) Recursos propios autorizados en las normas de las tasas educativas

formuladas por cada año.

Conformación del Comité de Gestión de Recursos Propios: Estará constituido por

las siguientes personas:

a) El Director que tiene voto dirimente.

b) El Jefe de la Unidad Administrativa.

c) Un representante de los docentes.

d) Un representante del personal administrativo.

e) Un representante de la Programas de estudios que implementará el centro de

producción.

Distribución de las utilidades: el comité distribuirá las utilidades obtenidas en cada

actividad productiva de acuerdo a las consideraciones siguientes:

a) 50% para el mantenimiento y modernización de la infraestructura y de las

carreras que participan en la ejecución de las actividades productivas y

empresariales.

b) 25 % para el establecimiento de un fondo de producción o investigación para

la iniciación de nuevos proyectos de actividades productivas en la carrera o

especialidad que genera el proyecto.

c) El 15 % para la capacitación de personal que participe en el desarrollo de la

actividad productiva o empresarial.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 68

d) El 5% para la adquisición de material educativo

e) El 3% para los miembros del Comité, por la responsabilidad asumida.

f) El 2% para todo el personal del El IESTP. “Eleazar Guzmán Barrón”, que

participe en la actividad productiva y empresarial. Dicho fondo será

acumulativo y distribuido al finalizar el año lectivo.

El Director y el Tesorero, con conocimiento de la Dirección Regional de

Educación de Ancash, abrirán una cuenta bancaria en el banco nación

específicamente para manejar los ingresos y egresos de dinero de los centros de

producción, siendo responsables del manejo respectivo.

El Instituto aprobará las tasas internas en concordancia con el TUPA del

Ministerio de Educación y comunicará a la Dirección Regional de Educación de

Ancash.

El Instituto establecerá convenios con Entidades Públicas y Privadas sobre

prestación de servicios, producción, comercialización de productos, gestionará

proyectos de cooperación Técnica nacional e internacional.

La institución fomentará la creación de una Fundación orientada a recaudar fondos

para el bienestar estudiantil, docentes y administrativos. Este se regirá por su

estatuto.

El IESTP“EGB” considera como una modalidad de ingreso, los servicios de

preparación, capacitación y formación Académica, la misma que será regida por

un reglamento de funcionamiento que será aprobada por el órgano de Dirección

mediante resolución Directoral y en ella consignarán la finalidad, objetivo, metas

de atención, vacantes, costos, y destino de los fondos remanentes que se pudieran

captar, teniendo en cuenta que será autofinanciado enteramente.

DONACIONES Y LEGADOS.

El IESTP“EGB” podrá aceptar bienes y servicios que pueden ser utilizados para

el desarrollo de las actividades productivos y empresariales, los cuales constituyen

una fuente de financiamiento complementaria sin afectar el normal desarrollo de

actividades educativas, ni deben atentar contra la moral institucional. Las

donaciones captadas por el IESTP. “Eleazar Guzmán Barrón “pasará a formar

parte de su patrimonio institucional de acuerdo a ley.

Los montos recaudados por todo concepto formarán parte del presupuesto

analítico del IESTP. “Eleazar Guzmán Barrón” y permitirán financiar

preferentemente la adquisición de materiales de enseñanza, instrumentos, equipos,

mantenimiento y reparación, formación de microempresas, así como acciones de

capacitación del personal estímulos y/o beneficios otorgados a los docentes,

administrativos y estudiantes. Los recursos propios se administrarán de acuerdo a

los sistemas administrativos del país.

TITULO II

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 69

PATRIMONIO Y EL INVENTRIO DE BIENES DE LA

INSTITUCIÓN

El patrimonio del IESTP. “Eleazar Guzmán Barrón” está conformado por el

conjunto de bienes y recursos que son de propiedad de la institución, los cuales

deben figurar en el margesí de bines de la institución, en concordancia con las

normas de la Superintendencia de Bienes Nacionales, siendo responsable del

inventario anual de bienes la Jefatura de la Unidad Administrativa.

La unidad de administración y la dirección, los jefes de Unidades y docentes ,

administrativos y alumnos están obligados a cuidar los bienes institucionales

La unidad de administración y la dirección, los jefes de Unidades están obligados

a realizar, actualizar, archivar e informar anualmente el inventario de bienes

institucionales y en concordancia de la normatividad vigente. Deben entregar

cada fin de año el inventario actualizado

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Y

FINALES

El presente Reglamento institucional será revisado y actualizado en un periodo de

un año, en el mes de Marzo. Para el efecto, el Consejo Asesor formará las

comisión a propuesta del Director General del Instituto de Educación Superior

Tecnológico Publico “Eleazar Guzmán Barrón”.

El presente Reglamento institucional entrará en vigencia a partir del día siguiente

de su aprobación, mediante resolución directoral institucional y previa consulta al

Consejo Asesor.

El presente Reglamento institucional aprobado será distribuida a los órganos

correspondientes para su difusión, conocimiento y aplicación, usando todos los

medios posibles para su lectura.

Se imprimirán los ejemplares necesarios para el conocimiento de todo el personal

al inicio del año académico incluyendo dos ejemplares para la Biblioteca.

Complementariamente se elaborarán reglamentos específicos como: de

investigación, de titulación, de experiencias formativas en situación real de trabajo

y otros que orienten el mejor funcionamiento de la institución.

La Dirección General del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público

“Eleazar Guzmán Barron”, de ser necesario dictará las directivas para la

aplicación del presente Reglamento.

El presente reglamento institucional, por estar en proceso de adecuación puede ser

modificado previa aprobación del Consejo Asesor, según normas emanadas del

Ministerio de Educación.

El Consejo Asesor, se pone a disposición de la Dirección General para la revisión

y actualización de todos los documentos de gestión en función al presente

reglamento.

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Reglamento Institucional [Escriba aquí] 70

La Dirección General dispondrá la actualización de la página Web que cumpla lo

establecido por las directivas en función a la Ley.

La Dirección General emitirá la resolución de felicitación a quienes han integrado

en la elaboración, revisión, adecuación del presente reglamento.

En caso de producirse algún vacío administrativo será resuelto en primera

instancia por la Dirección y luego como segunda instancia será el Consejo Asesor.

El DCNB del año 2010 seguirá vigente en el presente año lectivo.

Déjese sin efecto las normas internas que contradigan al presente reglamento.

Huaraz , 10 de Abril del 2018