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REPUBLICA DE CHILE MUNICIPALIDAD DE CALDERA ESCUELA BYRON GIGOUX JAMES REGLAMENTO DE EVALUACIÓN 2018-2019 MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”

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REPUBLICA DE CHILE MUNICIPALIDAD DE CALDERA ESCUELA BYRON GIGOUX JAMES

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN

2018-2019

MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando

habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

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Fundamentación

El presente Reglamento tiene por objetivo regular el Sistema de Evaluación que se

define como el conjunto de Instrumentos de Evaluación sumativa; esto es,

aquellos destinados a verificar el nivel de logro de las metas de aprendizaje

establecidas a nivel nacional, en los Objetivos de Aprendizaje Transversales

(OTA) Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios (OF-CMO) del Marco

Curriculares de Enseñanza Básica, Decretos nº 511/1997 y sus modificaciones,

expresadas en los Aprendizajes Esperados, Objetivos de Aprendizajes (OA) de

los diferentes Programas de Estudio de Primero a Sexto año Básico Decreto 2960-

2012 , Decreto Exento 169 del 2014 de 7° a 2° medio, Programas Pedagógicos de

NT-1 y NT-2, Programas Pedagógicos, Propios de Inglés Decreto N°868

04/07/2010 y Decreto exento n° 87/1990 de Curso Especial Opción 4 Decreto

170/09 de Programa de Integración Escolar y en proceso de marcha blanca

aplicación de Decreto N° 83/2014.

El Presente Reglamento tendrá una duración de 2 años y considerará un Régimen

de Estudios Semestral. Cada período semestral cierra un ciclo de trabajo y se

evalúa la cobertura curricular de acuerdo a los Programas Pedagógicos,

Programas de Estudios y la distribución temporal de las diferentes asignaturas.

Permite realizar una evaluación semestral del trabajo docente para proyectar el

siguiente semestre, abordando las debilidades, propiciando mayores estrategias

para avanzar en los logros de los estudiantes y de esta forma asegurar la

cobertura curricular de acuerdo al nivel y asignatura.

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CRITERIOS TÉCNICOS PEDAGÓGICOS Y ASPECTOS ADMINISTRATIVOS, APLICADOS AL PROCESO DE

EVALUACIÓN EDUCACIONAL

Artículo1º

Disposiciones para su Revisión,

Adaptación y/o Reformulación

El Equipo Directivo y Consejo de Profesores de la Escuela Byron Gigoux

James, abordará en consejos Técnicos Pedagógicos este reglamento

para adaptar y/o reformular aquellos Artículos que permitan lograr una

exigencia evaluativa como medio de superación de los aprendizajes de

los estudiantes y de acuerdo a las exigencias de Planes y Programas de

Estudio Oficiales y Propios, para ser presentado al Departamento

Provincial de Educación Copiapó-Chañaral en el mes de abril de cada

año de acuerdo a:

• Especificaciones establecidas en Calendario Escolar Regional Anual.

• Las necesidades detectadas respetando el espíritu del Proyecto

Educativo Institucional.

• Los Planes y Programas de Estudio correspondientes y a las

disposiciones Legales establecidas por el Mineduc, para los diferentes

Niveles de Educación Parvularia, Básica y Educación de NEE de

acuerdo a los diferentes Decretos específicos de acuerdo al déficit y

Planes y Programas que lo rigen.

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Artículo 2º :

De la Difusión del Reglamento de

Evaluación a Padres y Apoderados,

Comunidad Educativa y Redes de

Apoyo.

a) Padres y Apoderados: Este Reglamento será entregado a cada

apoderado antes de matricular a sus hijos y analizado en las primeras

reuniones del año de cada curso, en el mes de marzo, entregándoseles

un extracto de él. Se dejará copia del reglamento en biblioteca y oficina

para ser solicitado por apoderados cuando lo estimen conveniente.

Quedando una copia extensa en secretaria y una en biblioteca a la cual

pueden asistir los funcionarios y/o apoderados cuando estimen

conveniente.

b) Estudiantes: Se les comunicará en la clase de Consejo de Curso y

Orientación, con especial énfasis a los alumnos de segundo ciclo para

que inicien un proceso educativo, informados sobre los procedimientos

evaluativos que se llevarán a cabo en el establecimiento. Además el

Equipo Directivo informará al Centro de Alumnos en una sesión

especial de reflexión.

c) Consejo Escolar: Se dará a conocer al Consejo Escolar una vez

aprobado por DEPROVED, dejando constancia de este procedimiento

en sus actas.

d)

Artículo 3º :

Procedimientos de Información de

evaluaciones a realizar y

a) La calendarización de evaluaciones se comunicará de parte de los

Profesores Jefes de cada curso a los Padres y Apoderados en las

reuniones realizadas cada mes, para que el apoderado este enterado

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resultados obtenidos por los

estudiantes.

de lo que se evaluará y las fechas respectivas.

b) Se realizará entrega de Informes de proceso en forma semestral en los

Niveles de Educación Parvularia, NT-1 y NT-2

c) Se realizará entrega de Informes de notas parciales y semestrales los

cursos de 1° a 8° año básico.

d) Se realizará entrega de Informes de proceso en forma semestral de los

estudiantes con NEE que pertenezcan al Programa de Integración.

e) Los resultados del rendimiento de los estudiantes serán comunicados a

los Padres y Apoderados en las siguientes fechas:

• Nivel Educación Parvularia: Avances de rendimiento de los párvulos

en reuniones mensuales y citaciones de apoderados e informe

semestral al hogar en Educación Parvularia (julio y diciembre)

• Informe de notas parciales de los cursos 1° a 8° año Básico, en

los meses de mayo, septiembre.

• Informe de notas semestral de los cursos 1° a 8° año Básico, en

los meses de julio, diciembre.

• Informes de estudiantes de NEE del programa de Integración, en

los meses de julio y diciembre.

• Informes de proceso realizados por psicóloga de PIE entregados

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cada semestre.

• Certificado Anual de Estudios al término del año con las

calificaciones obtenidas y la situación final correspondientes, de 1°

a 8° año básico.

• Los informes parciales y semestrales, tienen como objetivo

informar a los padres y apoderados sobre los avances de sus

pupilos , planificando las remediales necesarias para reforzar

en aquellas áreas, ámbitos y asignaturas que se encuentren

más descendidos, y felicitar y potenciar a aquellos padres en

que los estudiantes se han superado.

• En forma extraordinaria se citará a los apoderados en horario

de atención especial, para entregar evaluaciones deficientes

con el propósito de comprometerlo más en el proceso

educativo de su hijo. De igual forma se aplicará para aquellos

estudiantes que han demostrado excelencia y avances en su

rendimiento.

• Si finalizado el primer semestre las calificaciones del

estudiante son muy bajas, y se presume una posible repitencia

de mantener ese rendimiento, se entrevistará a padres con

estudiantes, para analizar la situación e instarle a mejorar

durante el segundo semestre. Se hará un seguimiento continuo

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a sus evaluaciones por parte del profesor jefe, de asignatura

y Jefatura de UTP.

• Los estudiantes con riesgo de repitencia, se incorporarán a

un refuerzo en la o las asignaturas deficitarias.

• Los estudiantes con mayor riesgo de repitencia y un

número superior a 3 promedios insuficientes, se dialogará con

los padres para informar la situación, instándole a continuar

estudiando con más responsabilidad y compromiso.

Artículo 4º:

De la evaluación e instrumentos de

evaluación a aplicar.

a) Las evaluaciones en NT-1 y NT-2 de Educación

Parvularia, serán a través de la aplicación de diversos

instrumentos de medición como: Pauta de Evaluación para

los Aprendizajes Esperados de los Programas

Pedagógicos Primer y Segundo Nivel de Transición,

trabajos, listas de cotejos, escala de apreciación,

disertaciones y otros, que elaborará cada educadora,

supervisados por la Unidad Técnico Pedagógica. Las

fechas de evaluación semestrales serán comunicadas a

los padres de Pre-Básica, con anticipación, previniendo

faltas a clases, siendo las asistencias obligatorias en este

proceso.

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b) Los estudiantes integrados en el curso de Educación

Especial opción 4, serán evaluados durante el proceso de

acuerdo a lo que establece decreto 87/90.

c) De Primero a Octavo año Básico, los profesores de cada

asignatura, deberán preparar sus evaluaciones, tomando

en cuenta las sugerencias de los Programas de Estudio,

formatos establecidos por el establecimiento, utilizando

rubricas, listas de cotejo etc., de acuerdo a los Objetivos

de aprendizaje que evaluarán que les permitan confirmar y

corroborar el logro de un Objetivo de Aprendizaje. Estos

instrumentos de evaluación serán visados por la Unidad

Técnico Pedagógica antes de su aplicación.

d) El calendario de evaluación en las diferentes asignaturas,

será por Unidad de Aprendizaje, considerando el (los)

objetivo (s) de aprendizaje (s) e indicadores de evaluación,

de acuerdo a como el Profesor organice el desarrollo de la

unidad. La evaluación deberá ser entregada a la Unidad

Técnico Pedagógica en forma mensual inserta en la

Planificación de dicha unidad.

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

e) Los instrumentos de evaluación serán entregados con la

debida anticipación para su revisión y autorización, cada

vez que aplique una evaluación escrita. Cuando se utilice

otro sistema de evaluación, disertación, presentación de

ppt, entrevistas, cuestionarios, u otros deberán entregarse

las rúbricas correspondientes. Además, toda evaluación

deberá estar coordinada y acordada con especialistas de

estudiantes con NEE estableciendo estrategias de

evaluación diferenciada.

f) La calendarización de evaluaciones se comunicará a los

Padres y Apoderados en las respectivas reuniones de

apoderados programadas en el año.

g) Toda Evaluación será comunicada a los alumnos con la

debida anticipación, mediante un calendario de pruebas

del respectivo mes y/o semestre o con el aviso de una

semana de anticipación, evaluaciones escritas, controles

de lecturas de libros, disertaciones, entrega de trabajos. El

que será publicado en los ficheros de cada sala.

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h) Se entenderá como Evaluación Diagnóstica los resultados

de las evaluaciones finales del año anterior. En los casos

de estudiantes nuevos, se le aplicará instrumentos para

medir los Objetivos de aprendizajes de acuerdo al curso

correspondiente.

i) En el mes de marzo, los niños y niñas de NT-1 y NT-2 de

Educación Parvularia, serán sometidos a un proceso de

Evaluación Diagnóstica mediante la aplicación de Pauta de

evaluación para los aprendizajes esperados de los

Programas Pedagógicos Primer y Segundo Nivel de

Transición y otros instrumentos de evaluación

determinados por la educadora y la supervisión de la

Unidad Técnico pedagógica, para programar el Plan Anual

de acuerdo a las debilidades encontradas.

j) La Evaluación Formativa será entendida como aquella que

se aplica en forma continua durante todo el proceso de

enseñanza aprendizaje, con el fin de disponer de

evidencias que permitan visualizar el nivel de logro de los

aprendizajes de cada una de las unidades de las distintas

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asignaturas.

k) La Evaluación Sumativa, será entendida como aquella que

se aplicará mediante pruebas elaboradas por los docentes

de la asignatura correspondiente, que permitan verificar el

nivel logro de un determinado número de Objetivos de

Aprendizajes de una Unidad.

Artículo 5º :

Del proceso de evaluación

a) Los niños y niñas deberán ser evaluados en todos los

Niveles en los diferentes Ámbitos y Asignaturas de los

Programas Pedagógicos y Programas de Estudio del Nivel

de Básica, en períodos semestrales. Estos estarán

determinados en su inicio y término por lo estipulado en el

Calendario Escolar Regional, en cada año lectivo, emitido

por la Secretaría Ministerial de Educación.

b) Todo proceso de evaluación estará enfocado a comprobar

el grado de logro de los Objetivos de Aprendizaje,

teniendo presente en todo momento que para llegar a

estos se requiere entregar una enseñanza centrada en las

diferencias, en los diferentes estilos de aprendizajes y que

la evaluación debe ser vista como una instancia de

aprendizaje y retroalimentación.

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c) Las reevaluaciones de los estudiantes integrantes del

Programa de Integración Escolar serán de acuerdo a las

fechas de su evaluación inicial según lo establece el

Decreto 170.

d) Las Evaluaciones Pedagógicas de los estudiantes PIE,

serán realizadas por los docentes de cada asignatura,

entre los meses de marzo a diciembre.

Artículo 6º :

Criterios sobre eximición de una

Asignatura (Decreto Nº 158/99 del

21-06-99)

1.-En el caso de estudiantes en que se acredite por parte del docente de

la asignatura, tener dificultades en una determinada Asignatura podrán

solicitar a la Dirección del Establecimiento la eximición, cuyo trámite se

regirá por el procedimiento siguiente:

a) Informe del docente de la asignatura, en el cual se fundamente

la necesidad de eximición del estudiante.

b) En el caso de Educación física Informes de especialistas que

fundamente la eximición de la asignatura, ya que los

estudiantes pueden presentar problemas cardiacos, asma grave

u otro diagnóstico que afecte el normal desempeño en las

clases, un esfuerzo físico mayor a lo que el estudiante puede

realizar.

c) La Dirección del Establecimiento resolverá las solicitudes

presentadas, dictando la resolución interna, cuya copia se hará

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llegar al interesado.

d) El registro de eximición se hará en U.T.P. dejando constancia

de la resolución respectiva y archivo de los documentos.

e) En caso de aquellos estudiantes que soliciten exención de dos

asignaturas, los antecedentes serán remitidos al Departamento

Provincial de Educación, para su resolución.

f) Si hubiera una solicitud de eximición de las asignaturas

fundamentales como lenguaje o matemática u otra, se realizará

una evaluación y procedimientos diferenciales de enseñanza,

estudio, adecuaciones curriculares u otro procedimiento para

apoyar al estudiante a avanzar de acuerdo a su nivel de

rendimiento.

g) La eximición de la asignatura NO libera al estudiante de la

“obligatoriedad de asistencia a clase” respectiva, significando

esto, que solamente queda liberado de ser evaluado en las

respectivas asignaturas.

h) En el caso de Educación Física, no habrá eximición. La

evaluación será referida a trabajos y exposiciones u otras

formas, para que el estudiante logre sus evaluaciones. Esto

implica que el estudiante está liberado de realizar la clase, pero

deberá estar presente realizando su trabajo, exposición u otro.

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Artículo 7º:

De la Evaluación Diferenciada

La Evaluación Diferenciada será entendida como aquella que se aplicará

de acuerdo a las Necesidades Educativas Especiales de los estudiantes,

basados en informes y/o recomendaciones de especialistas. (Docente

TEA, Especialista en DM, Psicólogo u otro).

Los estudiantes deben estar debidamente diagnosticados por un

especialista y encontrarse en tratamiento. Si han sido derivados y aún no

se han diagnosticado, se esperará el resultado del diagnóstico para

proceder a evaluar según corresponda.

1. Evaluación estudiantes en el Programa de integración Escolar

(Decreto N° 87/1990 - Decreto N° 170/2010- Decreto 83/ 2015).

a) Los estudiantes con discapacidad permanente, que asisten a curso

especial serán evaluados de acuerdo a Decreto 87/1990,Decreto

83/2015, por el respectivo profesor especialista y otros docentes que

realicen clases en el curso, de acuerdo a adecuaciones curriculares

programada para los estudiantes.

b) En el caso de Los Estudiantes con NEE Transitorias pertenecientes

a los diferentes cursos, las evaluaciones deberán calendarizarse

entre el profesor de asignatura o curso, el especialista de aula de

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recurso y la Unidad Técnico Pedagógica, sólo en aquellos casos que

sea necesario. El desarrollo de estas evaluaciones será realizado

junto a sus compañeros o en aula de recurso según sea considerado

por profesor de asignatura o profesor especialista.

c) Aquellos estudiantes que están diagnosticados por especialistas y en

espera de cupo para ingreso al PIE (Programa de Integración

Escolar) serán evaluados de acuerdo a lo que determinen Profesor

especialista, Docente Asignatura y UTP.

d) Las atenciones y evaluaciones de los estudiantes con NEE

Transitoria y permanente, serán de acuerdo al Decreto N° 170 y

Decreto N° 83 que reglamenta la Ley Nº 20201, y fija normas para

determinar los alumnos con necesidades educativas especiales que

serán beneficiarios de la subvención para educación especial.

2. Otras situaciones en la aplicación de evaluaciones diferenciales:

a) Para aquellos alumnos y alumnas que presenten ausentismo escolar

por salud y sea prolongado su ausentismo, se aplicarán las

evaluaciones de acuerdo a las estrategias planificadas por Unidad

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Técnico Pedagógico y Docentes de asignaturas.

b) Los alumnos con NEE deberán realizar una evaluación diferenciada

de acuerdo a su adecuación curricular este presente el profesor

especialista o no.

c) En el caso de los alumnos que por motivos de disciplina se aplique

una suspensión, se le calendarizarán las fechas de evaluaciones,

con el temario correspondiente y cuando el estudiante se reintegre,

comenzará a dar las evaluaciones, según la calendarización

organizada entre docentes y UTP.

Artículo 8º:

Procedimiento de Evaluación Final

a) Los párvulos serán evaluados según las disposiciones de los

Programas Pedagógicos y de acuerdo a la Planificación del Nivel, con

los conceptos determinados al inicio del proceso, los cuales serán

entregados en los informes semestrales y final.

b) Los estudiantes de Primero a Cuarto año Básico, no serán sometidos a

ningún procedimiento de evaluación final en las asignaturas o

actividades de aprendizaje del Plan de Estudio y obtendrán sus

calificaciones anuales, promediando sus notas semestrales de cada

Asignatura.

d) Los estudiantes de 5° a 8° año Básico, al término del año escolar, se

promediarán sus calificaciones semestrales en las respectivos

asignaturas.

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

e) Se consideraran notas limítrofes a los promedios finales que van desde

un 3.85 a 3.99

e) Los estudiantes que sus promedios insatisfactorios sean entre 3.99 y

3.5, tendrán derecho a rendir pruebas especiales, siempre y cuando

sean dos asignaturas con nota insuficiente. Estas pueden ser

Lenguaje y comunicación, lengua y Literatura, Inglés, matemática,

Historia Geografía y Ciencias Sociales, Ciencias Naturales.

f) No tendrá derecho a prueba especial en las asignaturas de Educación

Artística, Educación Musical, Educación Tecnológica y Educación

Física, en que sus evaluaciones son durante las diferentes clases y es

un proceso gradual de aprendizaje, se realizan clases prácticas,

exposiciones, trabajo físico que se perfecciona con la práctica, clase a

clase.

g) La nota de aprobación obtenida en las evaluaciones especiales serán

las comprendidas entre 4.0 a 7.0, pero la calificación final de

aprobación registrada en la asignatura, como promedio final será de 4.0

(cuatro coma cero décimas).

Artículo 9º :

De la calificación

Se entiende por calificación, el grado de competencias académicas

obtenidas por los alumnos en los objetivos de su Programa de Estudio.

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a) Los Párvulos serán evaluados de acuerdo a las Pautas de

Evaluación para los Aprendizajes Esperados de los

Programas Pedagógicos con los conceptos:

L = Logrado cuando la conducta se ha logrado

completamente.

ML= Medianamente Logrado, para cuando la conducta

requerida no se logra en su totalidad.

PL = Por lograr, en vías de logro.

b) Los alumnos y alumnas de Primero a Octavo Año básico

serán calificados en todos las asignaturas los objetivos de

aprendizaje de los Programas de Estudio en una escala

numérica de 2.0 a 7.0 hasta con un decimal.

c) Los estudiantes de Integración opción 4 serán evaluados

de acuerdo a lo que establece el Decreto N° 87/1990

d) La calificación mínima de aprobación será 4.0

e) El % Mínimo de aprobación de los Objetivos de

aprendizaje Transversales y los Objetivos de Aprendizajes

será de un 50%

f) Las calificaciones semestrales obtenidas no se aproximan

por las múltiples oportunidades y las diferentes acciones

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

como: refuerzos, atención diferenciada, personalizada y

otras actividades, para que puedan obtener buenas

calificaciones durante el semestre.

g) Las calificaciones finales por asignatura y general

obtenidas por los estudiantes, se aproximarán a la décima

superior a partir del 0,5 (promedio obtenido del Primer y

Segundo semestre).

h) En cada asignatura, durante el período semestral, cada

profesor registrará sus calificaciones de acuerdo a las

evaluaciones de los aprendizajes esperados, ya sea por

unidad o agrupados como el profesor crea necesario para la

asignatura. De acuerdo a esto, el nº de evaluaciones

variará según la asignatura y los objetivos de aprendizajes

abordados.

i) Las calificaciones realizadas por los docentes en las

diferentes asignaturas deberán registrarse en los libros de

clases, como máximo, una semana después de la

aplicación del instrumento de evaluación.

Se realizará una evaluación semestral de los instrumentos

de trabajo de los estudiantes (cuadernos, textos de

asignatura y carpetas con guías) la que se registrará en el

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libro de clases y asignatura correspondiente y/o el docente

puede asignar puntaje durante el desarrollo de las

evaluaciones semestrales. La evaluación final será

semestral.

Los instrumentos a revisar son :

• Cuaderno de asignatura con empaste del color

correspondiente, contenidos, fecha y objetivos de

aprendizaje de las clases, numeración de las

páginas.

• Texto del estudiante con empaste del color

correspondiente, nombre en el borde frontal.

• Guías de aprendizajes archivadas en carpeta del color

correspondiente, con nombre en la portada margen

inferior, ordenadas y con el desarrollo

correspondiente del trabajo realizado

La revisión de los cuadernos y carpetas son la gran

problemática que surgen al instante de estudiar para una

prueba, el material de estudio, plasmado en sus cuadernos o

guías de trabajo muchas veces no están al día, lo que

ocasiona que en las evaluaciones los resultados no sean

los óptimos. Esta acción permite en primer lugar una mejor

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

organización de los cuadernos de los estudiantes por el

color de cada asignatura, haciendo más fácil identificarlos,

especialmente desde primero a cuarto. A los

estudiantes de quinto a Octavo año Básico es

fundamental dar herramientas para organizar a los

estudiantes, que cuenten con sus materias al día, sus

carpetas con los ejercicios resueltos, esto permitirá

que para cuando deba estudiar para una evaluación

contará con la materia necesaria y actualizada.

Otra de las razones es porque son herramientas que

permiten al docente corroborar el seguimiento y monitoreo

de la cobertura curricular en las diferentes asignaturas, así

como también de parte de la Unidad Técnico pedagógica

contar con un instrumento de seguimiento a la

implementación del curriculum.

j) Las calificaciones de trabajos de investigación,

exposiciones y disertaciones tendrán como estructura el

siguiente formato consensuado por todos los docentes y

aplicado en todos los cursos con las exigencias y apoyos

de acuerdo a los diferentes niveles y otros que considere el

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docente y que sea debidamente comunicado a los

estudiantes

1.- FORMATO DE INFORMES DE INVESTIGACIÓN EN DIFERENTES ASIGNATURAS

1. Portada: Insignia de la escuela

• Título y nombre del autor

• Asignatura

• Profesor

• Fecha 2. Índice 3. Introducción 4. Desarrollo del tema 5. Conclusiones 6. Bibliografía

2.- INFORME DE LABORATORIOS DE CIENCIAS NATURALES

1. Portada : Insignia de la escuela ▪ Título y nombre del autor ▪ Asignatura ▪ Profesor ▪ Fecha 2. Objetivos 3. Formulación de preguntas de investigación 4. Formulación de hipótesis 5. Materiales 6. Procedimiento 7. Resultados 8. Comprobación de hipótesis 9. Conclusiones

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10. Formulación de nuevas preguntas 11. Fuentes de consulta.

3.- DISERTACIONES (INDIVIDUAL O GRUPAL)

PASOS DE LA EXPOSICIÓN :

1. Presentación

2. Introducción al tema

3. Exposición (Power Point, papelógrafo, material concreto u otros)

4. Espacios para consultas

5. Conclusión

SE EVALUARÁ

• Dominio del tema.

• Interacción con sus compañeros

• Orden en el trabajo: Claridad, secuencia, limpieza, distribución

de la temática entre los exponentes.

• Entrega de resumen de disertación a sus compañeros.(mínimo

página).

4.- CONSIDERACIONES GENERALES

• Desde 1º a 6º año Básico los informes serán escritos a mano, letra clara respetando márgenes.

• Los estudiantes de 7º y 8º año Básico entregarán sus informes escritos a mano o digitalizados utilizando los programas como Word, Excel, Power Point, tamaño y tipo de letra, márgenes etc. de acuerdo a lo solicitado.

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Dependerá del docente otras especificaciones que realicen a los estudiantes.

Artículo 10º :

De la evaluación de Objetivos de

Aprendizaje Transversales

Los OAT (Objetivos de Aprendizaje Transversales) apuntan al desarrollo

personal, ético, social e intelectual de los estudiantes. Forman parte

constitutiva del curriculum nacional. Las dimensiones que lo componen

estarán insertas en todos los niveles, desde Pre-básica a Octavo año e

Integración.

Los OAT están ordenados en Dimensiones que atraviesan el nivel de

enseñanza Básica, siendo necesario seleccionar los que sean pertinentes

a cada asignatura, nivel y edad de los estudiantes. Las Dimensiones son:

a) Dimensión física

b) Dimensión afectiva

c) Dimensión cognitiva

d) Dimensión socio-cultural

e) Dimensión moral

f) Dimensión espiritual

g) Pro-actividad y trabajo

h) Tecnología de información y comunicación (TIC)

Los Objetivos de Aprendizaje Transversales (OAT) serán evaluados

teniendo en cuenta las siguientes sugerencias:

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

a) En la observación de lo que el niño hace y/o dice en relación de sí

mismo (su persona, sus materiales, sus trabajos) a sus

compañeros, a sus profesores y su entorno.

b) Mediante el análisis de las producciones de los alumnos,

aplicando una lista de cotejo.

c) Mediante registros anecdóticos (breves descripciones de

comportamientos referidas a un alumno o alumna, o a

interacciones entre varios).

d) Mediante la realización de entrevistas a estudiantes.

e) Los Objetivos de Aprendizaje Transversales se registrarán en el

Informe de Desarrollo Personal y Social del estudiante con la

Escala de Evaluación que a continuación se detalla:

• Siempre (S) : Permanencia y continuidad de la evidencia

del rasgo.

• Generalmente(G): La mayor parte de las veces manifiesta

el rasgo.

• A Veces (AV):Nivel de Desarrollo escaso. Necesita

mejorar.

• Nunca (N): Nivel de Desarrollo no logrado.

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

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f) Los Registros de desarrollo Personal y Social del estudiante

se informará a través de:

• Informes al Hogar de NT-1 y NT-2 en forma

semestral.

• En Libretas de Notas de Primero a Octavo año

Básico.

• Informes de Desarrollo Personal de primero a

Octavo año Básico y curso especial.

Artículo 11º :

De la Calificación de Religión

a) Las calificaciones obtenidas por los alumnos y alumnas en la

Asignatura de Religión, se expresarán en conceptos:

Muy Bueno= MB

Bueno = B

Suficiente = S

Insuficiente= I

Los cuales no tienen incidencia en la promoción, de acuerdo a lo

estipulado en el Decreto 924/83.

b) En el caso de estudiantes que no asistieron a clases de religión,

esta Asignatura no llevará concepto.

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

Artículo 12º :

Procedimientos de Promoción o

Repitencia

1.- Respecto del logro de los Objetivos:

a) Para la promoción de estudiantes de 1° a 8° año Básico se

deberá considerar las calificaciones finales de los diferentes

sectores.

b) Para la promoción en Programa de Integración opción cuatro se

tomarán como base los progresos de acuerdo al PIE de cada

alumno y a las disposiciones del decreto N°87/1990.

c) Serán promovidos los alumnos y alumnas que hubieren

aprobado todos las asignaturas o actividades de aprendizaje de sus

respectivos planes de estudio, con nota mínima de 4,0.

d) Serán promovidos todos los alumnos de 1° a 2 y de 3° a 4° año

de Enseñanza Básica que hayan asistido, a lo menos, al 85% de las

clases, considerando que se dispone de dos años completos para el

cumplimiento de los objetivos de aprendizaje correspondientes a

estos cursos.

No obstante, el director (a) del establecimiento podrá decidir,

excepcionalmente, y de acuerdo a variadas evidencias presentadas

por el profesor jefe, no promover a aquellos alumnos (as) de 1° o 3°

que presenten un retraso muy significativo en lectura, escritura y / o

matemática en relación a los aprendizajes esperados en los

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

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programas de estudio que rigen al establecimiento, y que puedan

afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso

siguiente.

Para tomar esta medida, el establecimiento escolar deberá tener un

registro de las actividades de reforzamiento o remediales realizadas y

haber informado oportunamente de ello a los padres o apoderados,

con el objeto posibilitar con éstos un trabajo conjunto.

El director del establecimiento y el profesor jefe podrán autorizar la

promoción de alumnos (as) con porcentajes menores de asistencia,

fundados en razones de salud u otras causas debidamente

justificadas.

e) Serán promovidos los alumnos y alumnas de los cursos de 2°, 4º

a 8° Año Enseñanza Básica que no hubieren aprobado un

subsector, siempre que su nivel general de logro corresponda a un

promedio mínimo de un 4,5 o superior, incluido el no aprobado.

f) Los alumnos de 1º y 3° año Básico que obtengan un nivel de

rendimiento a finales de año inferior a 4.0 en Lenguaje y

Comunicación y/ o Educación Matemática, habiendo realizado

diferentes acciones como: refuerzo educativo, trabajos individuales,

atención programa PIE opción 1, información a los padres de parte

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

del docente de curso y Jefatura de UTP, en forma semestral y en

los tiempos de entrega de informes parciales de notas, se

compruebe que no se han logrado los aprendizajes esperados

necesarios para un éxito en el curso siguiente, reprobará el curso.

g) Los estudiantes de 1º a 8º año básico que tienen promedios

finales en dos asignaturas inferiores a 4,0 y un promedio final

general menor a 5,0 reprueban el curso.

h) Para la aplicación de las disposiciones anteriores, se

considerará, en cuanto al promedio final anual de calificaciones, la

aproximación a la décima superior a partir de 4,45 y 4,95

respectivamente, con el fin de evitar la Repitencia por calificaciones

limítrofes.

i) Para aquellos estudiantes que pertenezcan al Programa de

Integración PIE en la clasificación de Transitorios con

adecuaciones curriculares no significativas, su evaluación

dependerá del rendimiento general y de acuerdo a las

competencias alcanzadas.

j) Aquellos estudiantes con NEE Transitoria y Permanente que

asistan a aula común y presenten una repitencia reiterada se

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

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realizará una reunión entre la Unidad Técnico Pedagógica,

Dirección, Equipo PIE, Profesor Jefe y segundo ciclo profesores de

asignaturas, para analizar el caso y tomar las decisiones de

promoción o repitencia teniendo presente todos los antecedentes

del estudiante.

k) La evaluación y promoción de los estudiantes de PIE con

discapacidad permanente, curso especial:

l) Se regirá por programa de Estudio Decreto 87/90

m) Su evaluación será a través de un informe cualitativo de los

progresos alcanzados y una certificación al término del año

lectivo indicando en cada caso los logros obtenidos.

n) La valoración funcional de los aprendizajes será registrado en

conceptos en las asignaturas y actividades que establece el

Decreto 87/90 de acuerdo a las siguiente escala:

Objetivo Logrado = (L)

Objetivo en Desarrollo (OD)

Objetivo no Logrado (NO)

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

Respecto de la Asistencia:

a) Para la Promoción por asistencia se considera un 85% de

asistencia efectiva a clases.

b) Para ser promovidos los alumnos y alumnas deberán asistir, a lo

menos, el 85% de las clases establecidas en el calendario escolar

anual, no obstante, por razones de salud u otras causas

debidamente justificadas, Director del Establecimiento y Unidad

Técnico Pedagógica, Inspectoría General y el Profesor Jefe,

Educadoras, de párvulos de NT-1 y NT2 y de 1º a 8º Año, con

porcentajes menores de asistencia, esta autorización deberá ser

refrendada por el Consejo de Profesores, siempre y cuando esta

situación no sea reiterativa de un año a otro.

Artículo 13º :

Sobre situaciones especiales

a) El Director del Establecimiento Educacional con la educadora (o

las) educadoras o profesores respectivos, deberán resolver las

situaciones especiales de evaluación y promoción de los párvulos y

alumnos y alumnas de 1º a 4º Año de Enseñanza Básica.

b) Para los alumnos y alumnas de 5º a 8º Año de Enseñanza Básica,

esta resolución deberá ser refrendada por el Consejo de

Profesores.

c) Entre otros resolverán los casos de alumnos y alumnas que por

motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases,

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

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ausentarse por un período determinado, finalizar el año escolar

anticipadamente u otros semejantes.

Articulo N°14:

Proceso de finalización

a) Todas las situaciones de evaluación de los estudiantes, deberán

quedar resueltas dentro del período escolar correspondiente.

b) La situación final de promoción de los alumnos y alumnas deberá

quedar resuelta al término de cada año escolar.

c) Una vez finalizado el proceso, el establecimiento educacional

entregará, un certificado y/0 informe específico del año cursado con

calificación, conceptos y la situación final, según corresponda. El

certificado anual de estudios no podrá ser retenido por ningún

motivo.

d) Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar

consignarán, en cada curso, las calificaciones finales en cada

asignatura o actividad de aprendizaje, la situación final de los

estudiantes y Cédula Nacional de Identificación de cada uno de

ellos.

e) Las actas se confeccionarán a través del Sistema de Información

General de Estudiantes (SIGE) y SINEDUC vía Internet de acuerdo

a instrucciones emanadas de Secretaria Ministerial de educación.

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

Articulo N° 15:

Otras situaciones de evaluación y

seguimiento del Proceso.

a) Los cursos de 2º, 4º, 6° y 8º Año Básico, quedan sujeto a las

mediciones de calidad educacional que ordene el Ministerio de

Educación. Del mismo modo estos y otros que se pudiesen estimar,

quedarán sujetos a las mediciones de calidad interna que programe

el Establecimiento.

b) Para resolver la situación de aquellos estudiantes que estén

impedidos o eludan a las pruebas, se seguirá el siguiente

procedimiento:

- Si la evaluación estaba avisada, la prueba de los estudiantes

inasistentes, será entregada a la U.T.P., para que el estudiante la

conteste al momento de presentarse al establecimiento, con nota

máxima 4.0 si no está justificada su inasistencia el día anterior o

durante el periodo de evaluación.

- En el caso de aquellos estudiantes que se nieguen a contestar las

pruebas o las entreguen en blanco, se les persuadirá de que

contesten lo que saben para evitar la calificación mínima. En todo

caso, todo estudiante que rinda una prueba deberá completar los

datos generales y entregarla al finalizar el tiempo de evaluación.

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

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- Los estudiantes que sean suspendidos se les entregarán guías y/o

trabajos, los cuales deben ser devueltas a UTP, para ser entregadas

a los profesores de cada asignatura, además se le calendarizarán

las evaluaciones pendientes en UTP.

c) La situación de los alumnos que se trasladan de un Establecimiento

Educacional con régimen de Evaluación Trimestral, se resolverá de

acuerdo a los siguientes criterios:

• Las calificaciones que el estudiante registre notas parciales

obtenidas en su Plantel de origen, se registrarán en el libro de

clases.

• En caso que el estudiante ingrese al Establecimiento en el

transcurso del 2º Semestre y acredita las calificaciones

correspondientes al 1º y 2º Trimestre y calificaciones parciales

obtenidas en su plantel de procedencia. Se dará término al Año

Escolar, con régimen de Evaluación Semestral.

d) Se establecerá calendario de talleres de análisis de resultados,

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

trabajo de adecuaciones, evaluaciones, talleres específicos

entregados por el equipo multidisciplinario asistiendo Equipo

Directivo y Técnico, Docentes y educadoras de todos los cursos y

asignaturas, para fortalecer y optimizar la información de los

estudiantes en todos los ámbitos y asignaturas, dejando un acta

detallada de este proceso en la Unidad Técnico Pedagógica.

e) Se entregará un informe tipo de aquellos estudiantes con NEE de 8°

año promovidos a 1° Medio, señalando aspectos pedagógicos,

sociales, afectivos, estilos de aprendizaje, para conocimiento del

docente que estará a cargo de ellos.

ARTICULO N° 16 :

Estudiantes Embarazadas Ley N°

19688 del 10 de julio del 2000.

En el caso de aquellas alumnas que deben enfrentar responsabilidades de

maternidad, se aplicarán los siguientes criterios y procedimientos:

a) Será responsabilidad de los padres y apoderados informar

oportunamente a la Dirección del Establecimiento, la situación

especial de responsabilidad por maternidad que pudieran

presentarse y entregar la documentación comprobatoria respectiva.

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

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b) Los estudiantes que se encuentren en la situación anteriormente

descrita, deberán seguir asistiendo a clases hasta el momento que

su situación lo permita. En todo caso, la Dirección del

Establecimiento podrá fijar ese momento, en forma prudencial, de

acuerdo con los antecedentes médicos legales, conocimiento de la

situación, etc.

c) Para facilitar la continuación y completación de estudios básicos de

estas alumnas, el Establecimiento podrá autorizarlas para continuar

sus estudios en casa y concurrir a rendir sus pruebas respectivas.

En este aspecto se les proporcionará apoyo con guías, temarios de

estudios y calendarización de las pruebas escritas.

a) En el caso de aquellas alumnas con la situación descrita

anteriormente que no alcancen el promedio exigido del 85%, su

situación será analizada por el Consejo de Profesores.

Artículo 17º :

Validación de estudios

Las Validaciones de Estudios serán tramitadas por el Director para

estudiantes extranjeros que ingresan por primera vez a la escuela. Pasos

a seguir:

• Serán matriculados de acuerdo a la edad en el curso que le

corresponda.

• Se solicitará matricula provisoria para ese estudiante

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MISIÓN “Formar estudiantes con logros significativos potenciando habilidades en las distintas áreas del desarrollo, respetando las diferencias y comprometidos con el medio ambiente”.”

• A la vez se solicitará validación de estudios en los cursos anteriores

al de la matrícula. (ejemplo si se matricula en 8°, se solicitará

validación de 1° a 7° año básico).

Artículo 18º

Lo no previsto en este Reglamento

de Evaluación

Las situaciones de evaluación y promoción escolar no previstas en el

presente Documento, serán resueltas por las Secretarías Regionales

Ministeriales de Educación respectivas dentro de la esfera de su

competencia.

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