Reglamento de Proyectos de Investigacion

12
Universidad Nacional de Ingeniería Instituto General de Investigación proyectos de investigación Reglamento de IGI - INCENTIVANDO LA INVESTIGACIÓN

description

reglamento IGI

Transcript of Reglamento de Proyectos de Investigacion

  • Universidad Nacional de Ingeniera Instituto General de Investigacin

    proyectos de investigacin Reglamento de

    IGI - INCENTIVANDO LA INVESTIGACIN

  • UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA

    -qrrrlr"rbr, -9?*/"rr/ J'; tll? 2 2JL 20B

    Visto el Oficio No 468-201311er.V R del Presidente de la Comisi6n Acad6mica y delnvestigaci6n del Consejo Universitario de la Universidad Nacional de lngenierla;CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resoluci6n Rectoral No 1003 de fecha 11 de setiembre de 2003, en atenci6na lo acordado por el Consejo Universitario en sesi6n extraordinaria No 23-2003, se aprob6 elReglamento de Proyectos de lnvestigaci6n de la Universidad Nacional de lngenierla; el cualfue modificado por el Consejo Universitario mediante las Resoluciones Rectorales No 0435 yNo 0460 de fechas 29 de marzo y 04 de abril de\2012, respectivamente;Que, el Primer Vicerrector y Presidente de la Comisi6n Acad6mica y de lnvestigaci6n delConsejo Universitario de la Universidad Nacional de lngenieria mediante el documento delvisto, pone de conocimiento que la Comisi6n en sesi6n No 26-2013 del 17 de junio de 2013,acord6 proponer al Consejo Universitario Ia actualizaci6n del Reglamento de Proyecto delnvestigaci6n, que fuera presentado por el Director del lnstituto General de lnvestigaci6n dela Universidad Nacional de lngenieria;Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesi6n e)draordinaria No 20 del 19 dejunio de 2013, y en cumplimiento a lo establecido por el articulo 50 inciso a) del Estatuto dela Universidad Nacional de lngenieria;SE RESUELVE:Articulo Onico.- Aprobar la actualizaci6n del Reglamento de Proyecto de lnvestigaci6n dela Universidad Nacional de lngenieria; que como anexo forma parte de la presenteresoluci6n.

    Registrese, y cimplase.

    ARAU0General 4c,A

  • UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA

    grrrlr"rb* -gf*rtrrl JG fi27Y,r,,.,22JU1.2013

    UNiVERSIDAD NAC:ONAL DE INGENIERIA

    RECLAMENTO DE PROYECTOSDE INVESTIGACi6N

    (Aprobado en Conso Universitario No 20 de:19 deluniO de:2013)

    BASE LEGAL:El presente Reglamento se sustenta en lo siguiente:. Ley Universitaria No 23733. Ley No 26703. Ley No 26706. Norma T6cnica Peruana N's. 732.001.2009:732.002.2009;732.003.2011o Directivas vigentes del MEF. Estatulo de la Universidad Nacional de lngenieria

    CAPITULO I

    DISPOSICIONES GENERALES

    Del ObjetivoArt. "lo Es objeto del presente Reglamento establecer las normas y el procedimiento

    para la elaboraci6n, aprobaci6n, desarrollo, financiaci6n, supervisi6n,evaluaci6n, publicaci6n y/o explotaci6n de los proyectos de investigaci6n en laUniversidad Nacional de lngenieria.

    De los Proyectos de lnvestigaci6nAri.20 Los proyectos de investigaci6n constituyen trabajos creativos y sistem6ticos

    orientados a crear conocimiento en ciencia y tecnologia o al desarrollo de susaplicaciones, que permitan el incremento de la disponibilidad de conocimientoen ciencia y tecnologia y/o el desarrollo de su uso para implementar nuevasaplicaciones.

  • UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA

    /1127

    Y,b,.,2IJUL2013De ios Ambitos de la investigaci6nArt.30 Son Smbitos de aplicaci6n: la investigaci6n b6sica, aplicada, el desarrollo

    experimental y la innovaci6n tecnol69ica.

    De los partacipantesArt. 40 Podr5n participar en los proyectos de investigaci6n: los profesores ordinarios,

    extraordinarios, contratados y cesantes sin perjuicio de cumplir con susobligaciones acad6micas y administrativas; estudiantes y egresados de laUniversidad; asi como especialistas en calidad de invitados o los trabajadoresadministrativos como apoyo.

    Art. 5(, En los proyectos de investigaci6n interdisciplinaria, se requiere la participaci6nde, por lo menos, dos profesores de diferentes Facultades de la Universidad,con formaci6n acad6mica en disciplinas diferentes.

    Del Jefe del Proyecto de lnvestigaci6nArt. 60 Todo proyecto de investigaci6n cuenta con un jefe, quien es responsable de su

    formulaci6n, ejecuci6n, culminaci6n y manejo econ6mico.Art.7o El jefe es un profesor ordinario a tiempo completo o dedicaci6n exclusiva,

    excepcionalmente, podr5 ser un profesor ordinario a tiempo parcial o contratadoa tiempo completo o un profesor cesante de reconocida trayectoria comoinvestigador.

    De la descarga horaria del profesor investigadorArt.80 La condici6n de profesor investigador da derecho a una carga lectiva menor a

    10 horas, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Asignaci6n de cargalectiva para profesores UNl. Derechos y deberes adicionales son regidos por elreglamento del profesor investigador.

    CAP|TULO IIDEL FINANCIAMIENTO

    De las fuentes de financiamientoArt.go Los proyectos de investigaci6n son financiados con: recursos ordinarios y

    directamente recaudados o con donaciones, transferencias, u otras fuentes.

  • UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA

    /1127

    %% 22UL 2013Art. 10o Adem6s de los recursos ordinarios y de acuerdo con la Politica General de

    lnvestigaci6n y el Plan Unico de lnvestigaci6n la Universidad destinar6 comominimo el 1% de los recursos directamente recaudados, asl mismo el 50olo delas utilidades transferidas por las Empresas de la Universidad.

    Del presupuestoArt. 1 'lo El presupuesto anual para la investigaci6n ser5 destinado a financiar la

    ejecuci6n de los proyectos de investigaci6n, Ia difusi6n de resultados, o a lapromoci6n y el reconocimiento de trabajos de investigaci6n de excelencia.

    De los alcances del financiamaentoArt. '120 El financiamiento comprende:

    a) Subvenci6n a los investigadores.b) Pago por las actividades de apoyo o de servicios.c) Adquisici6n de materiales, maquinaria, equipos, insumos y costo de

    instalacionesd) Publicaci6ne) Pago por registro y mantenimiento de patentes.f) Apoyo al desarrollo de trabajos de investigaci6n mediante concurso para

    optar, mediante tesis, el Titulo Profesional y grados academicos.g) Apoyo a la participaci6n de los integrantes de la Universidad, como

    expositores en eventos acad6micos.h) Apoyo a investigadores visitantes.

    De la Subvenci6n a los investigadoresArt. 130 El monto de la subvenci6n, destinado a los miembros del equipo de

    investigaci6n en conjunto, sera establecido por las bases de cada concurso .

    Art. 14o El jefe del proyecto fijar6 el porcentaje de subvenci6n que le corresponda a cadaparticipante del proyecto, seg[n la dedicaci6n horaria, categoria, experiencia ycalificaci6n.

  • UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA

    /1127

    2 2 JUL 2013

    CAP|TULO IIIDE LA ESTRUCTURA DEL PROYECTO DE INVESTIGACTON

    Del Perfil de proyectoArt. 15o El perfil del proyecto seri presentado al Director del lnstituto General de

    lnvestigaci6n de la Universidad (lGl) o al Director del lnstituto de lnvestigaci6nde la Facultad, seg[n sea el caso.

    Del contenidoArt. 160 El perfil del proyecto, tendr6 los siguientes elementos:

    a) Titulo de la lnvestigaci6nb) Nombre, grado del lnvestigador o lnvestigadoresc) Nombre del lnstituto donde se llevar5 a cabo la investigaci6nd) Resumene) Justificaci6n y potenciales beneficiarios0 ObjetivoS) Antecedentesh) Hip6tesisi) Aportes esperadosj) Descripci6n t6cnica y Metodologiak) Cronograma, actividades, Presupuesto y financiamientol) Referencias

    De la ficha t6cnica

    Art.'l7o La ficha t6cnica es el documento oficial de presentaci6n de un proyecto deinvestigaci6n que tiene caracter de Declaraci6n Jurada es llenada y firmada porel Jefe del Proyecto en el formato oficial proporcionado por el lnstituto delnvestigaci6n.

    De los proyectos interdisciplinariosArt. 180 Los proyectos interdisciplinarios que comprometan los recursos de las

    Facultades deber6n contar con la aprobaci6n del Decano para el aspectofinanciero.

  • UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA

    /1127

    % 2 2 JuL 2013CAPITULO IV

    DE LA EVALUACION Y LA APROBACION DE LOS PROYECTOS

    De los criterios de evaluaci6nArt. '190 El Vicerrector de lnvestigaci6n a propuesta del Director del lGl establecer6 los

    criterios de evaluaci6n de los proyectos y se publicaren anualmente.

    Del Comit6 de lnvestigaci6nArt.2oo El lnstituto de lnvestigaci6n de cada Facultad contar5 con un Comit6 de

    lnvestigaci6n (Cl), encargado de evaluar, aprobar, supervisar, cancelar el perfil yestablecer el monto de la subvenci6n.

    Art.21o El Comit6 de lnvestigaci6n estard conformado por el Director del lnstituto delnvestigaci6n y dos profesores con grado de Doctor, designados por el Consejode Facultad a propuesta del Director.

    Art. 220 En el caso de los proyectos interdisciplinarios ia evaluaci6n la rcalizate el comit6designado por el Rector a propuesta del Director del lGl.

    Art.23o En las Facultades, el Comit6 de lnvestigaci6n elevar5 los proyectos deinvestigaci6n al Consejo de Facultad para su aprobaci6n.

    Art.24o Todo proyecto de investigaci6n aprobado en la Universidad y las tesisaprobadas en el posgrado son registradas en el lGl.

    De los criterios para la aprobaci6n de los proyectosArt. 25o Los criterios para la aprobaci6n de un Proyecto ser6n concordantes con:

    a) La Politica General de lnvestigaci6n de la Universidad.b) Las lineas de investigaci6n establecidas y el Plan Unico de lnvestigaci6n

    de la Universidad.

  • UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA

    qrr"lr"rn -flfrrbrr/ JC 1t2?Z 2 2 JUL. 2013capirulo v

    DEL CONTROL DEL AVANCE DE LOS PROYECTOS

    Del control de avanceArt.26o El jefe del proyecto es responsable del control del avance del proyecto y del

    manejo econ6mico; el director de investigaci6n tiene la obligaci6n de supervisarel avance y ejecuci6n del presupuesto seg[n el cronograma y plan de trabajo.

    De los informesNt.27o El jefe del proyecto de lnvestigaci6n presentar6 informes econ6micos y t6cnicos

    de los avances, peri6dicamente, al lnstituto de investigaci6n seg0n las directivasvigentes.

    Art.28o Los informes seran presentados de acuerdo al cronograma establecido. Elinforme final incluye una exposici6n p0blica y la publicaci6n de los resultados.

    Art. 29o El Informe de avance consignara la siguiente informaci6n:

    a) Cronograma.b) Relaci6n de participantes.c) La descripci6n de las actividades.d) Los resultados parciales.e) Los planos, esquemas, informes de consultoria, etc. (en anexos).

    Art. 30' El informe final comprende:a) Los resultados, conclusiones y recomendaciones.b) El inventario valorizado de los equipos o instrumentos adquiridos o

    construidos con fondos asignados al proyecto.c) La relaci6n del material sobrante y productos obtenidos durante la ejecuci6n

    del proyecto y su valor de venta estimado.d) La relaci6n del material bibliogrSfico adquirido con el presupuesto del

    proyecto.

  • UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA

    /1127

    % 2 2 UL 2013Del destino de los bienes, instalaciones y equiposArt.31o Los equipos, las instalaciones, los instrumentos, el material bibliogr6fico, los

    bienes y excedentes en general, derivados de los proyectos de investigaci6n,ser6n destinados por el Decano o el Rector, seg0n sea el caso, a lasdependencias de la Universidad, a propuesta del Director del lnstituto delnvestigaci6n respectivo.

    CAP|TULO VIDE LA SUPERVISIoN Y CANCELACION DE LOS PROYECTOS

    De la supervisi6nArt.32o El Director del lnstituto General de lnvestigaci6n, informar6, peri6dicamente,

    sobre el control y el avance de los proyectos al Vicerrector de lnvestigaci6n.

    Art.33o El desarrollo de los proyectos de investigaci6n serdn supervisados,peri6dicamente, por el Comit6 de lnvestigaci6n, el que verificar5 el cumplimientodel cronograma y metas establecidas. En el caso del lcl, este convocar6 a unacomisi6n Ad hoc de especialistas para ese fin.

    De la suspensi6n o cancelaci6nArt.34o El Comite de lnvestigaci6n o el Vicerrector de lnvestigaci6n a solicitud del

    director del lcl poclra suspender o cancelar un proyecto de investigaci6n, porrazones debidamente justificadas y cuando, a su juicio, la situaci6n asi lorequiera, o a solicitud del jefe del proyecto.

    Art. 35o La cancelaci6n de un proyecto procede en los siguientes casos:

    a) Cuando los informes de avance, peri6dicamente presentados, no muestrenresultados satisfactorios o cuando el desarrollo del proyecto no conduzca allogro de los objetivos y metas propuestas.

    b) Cuando los recursos asignados al proyecto, no son utilizados de acuerdocon sus fines.

    c) Por incumplimiento, en tres oportunidades, de los plazos fijados para lapresentaci6n de los informes.

    / 7

  • UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA

    /1127

    2 2 JUL EOB

    Art. 360 La cancelaci6n de los proyectos serA comunicada por el Director del lnstituto delnvestigaci6n al Jefe del Proyecto, al Decano, al Director del lnstituto General delnvestigaci6n y al Jefe de la Oficina de Control lnstitucional de la Universidad,para las acciones administrativas o legales pertinentes.

    CAP|TULO VIIDE LA PUBLICACdN

    De la publicaci6nArt.37" Cada Proyecto de lnvestigaci6n registrado en el lGl ser6 considerado

    tecnicamente finalizado y sujeta a la publicaci6n, si contiene la carta derecepci6n del articulo producto de la investigaci6n para su publicaci6n en unarevista especializada inscrita en el cat6logo lSl (/nstttute for Scientificlnformation), SCIELO (Scientific Electr6nic Library Online), TECNIA o algunarevista intemacional especializada de reconocido prestigio.

    Del financiamiento de la publicaci6nArt.38o El Comit6 de lnvestigaci6n aprobard las solicitudes de financiamiento de las

    publicaciones. El lGl podr6 cofinanciar las publicaciones aprobadas por lasFacultades a solicitud del Director del lnstituto de lnvestigaci6n con el vistobueno del Decano.

    CAP|TULO VIIIDEL APOYO A LAS TESIS

    Del destino del financiamientoArt.3go El apoyo que se brinde para la realizaci6n de tesis para optar el Titulo

    Profesional o el grado de Maestro o de Doctor serS (nicamente para losmateriales, publicaciones y subvenci6n al tesista mediante concurso, y sujeto ala disponibilidad presupuestaria.

    ??

  • Art 40

    UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA

    /1127

    g,^..22JU1.2013De la evaluaci6n y control

    Para la evaluaci6n y control del avance de la tesis, los tesistas presentar5n losinformes de avance y el informe final, con la aprobaci6n del asesor de la tesis;dentro de los plazos que se establezcan.

    CAPITULO IXDEL APOYO FINANCIERO A LOS INVESTIGADORES

    Del apoyo a profesores becados de posgradoArt.41o Se dar6 apoyo financiero, para cubrir gastos de pasajes a los profesores de la

    Universidad, becados para estudios de postgrado o investigaci6n, siempre quehayan sido presentados por la Universidad. El lGl podrS complementar losgastos seffalados, dependiendo de la naturaleza y trascendencia de la beca.

    Del apoyo a profesores visitantes e invitados

    Art.42o Se dar6 apoyo financiero a profesores visitantes, invitados por la UNI paraapoyar actividades de investigaci6n. El apoyo financiero podr6 cubrir gastos deestadia, pasajes y seguros, por un per[odo mSximo de cuatro meses seg[n ladisponibilidad de recursos. El lcl podra complementar los gastos seflalados,dependiendo de la naturaleza, importancia y trascendencia de la presencia delos profesores visitantes.

    CAPITULO XDE LA CULMINACION DE LOS PROYECTOS

    Art. 43o El Comit6 de lnvestigaci6n dar6 por concluido el proyecto de lnvestigaci6n con laevaluaci6n del informe final. El Director del lnstituto de lnvestigaci6n elevar6 uninforme al Decano o al Vicerrector Academico, seg0n sea el caso,recomendando el financiamiento de su publicaci6n, cuando lo considereconveniente.

    Art.44o El resultado final o parcial de un proyecto estar6n normados por el Reglamentode Propiedad lntelectual en la Universidad Nacional de lngenierla.

    9

  • UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA

    ,flrUr"ar, -gf*brr/ ,j6: ltz?y-,.,2ZJULzo13

    D]SPOSICIONES FINALES

    PRIMERA: Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan al presenteReglamento.

    SEGUNDA: El presente Reglamento entrar6 en vigencia al dia siguiente de supublicaci6n en 'La Gaceta', 6rgano oficial de la Universidad Nacional delngenieria.

    TERCERA: Constitfyase un fondo en las Facultades y en el lcl, para financiar lapublicaci6n de los trabajos de investigaci6n concluidos.

    10

    REGLAMENTO DE PROYECTOS DE INVESTIGACION-7.pdfrr1127_2013.pdf