REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR · para proseguir estudios superiores y enfrentar con...

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REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR INTERNATIONAL COUNTRY SCHOOL ENERO 2018

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REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA

ESCOLAR

INTERNATIONAL COUNTRY SCHOOL

ENERO 2018

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TABLA DE CONTENIDOS

1. CAPÍTULO PRIMERO 5

1.1 Introducción.

1.2 Fundamentación.

1.2.1. Reseña histórica.

1.2.2. Visión.

1.2.3. Misión.

1.2.4. Perfil del Alumno ICS.

1.2.5. Perfil del Apoderado ICS.

1.3 Convivencia escolar.

1.3.1 Contexto.

1.3.2 Principios orientadores.

1.3.3 Valores institucionales.

1.3.4 Objetivos del Reglamento Interno de Convivencia Escolar.

1.3.5 Conceptos.

1.3.6 Alcances y Ámbito de Aplicación del Manual de Convivencia.

2. CAPÍTULO SEGUNDO 12

2.1 Actores de la comunidad educativa.

2.2 Derechos y deberes de los actores de la comunidad educativa.

2.3 Sanción frente al incumplimiento de cualquiera de los deberes de los actores de la comunidad educativa.

3. CAPÍTULO TERCERO 21

3.1 Normas de convivencia formativo-disciplinarias.

3.1.1 Presentación personal del estudiante.

3.1.2 Asistencia.

3.1.3 Puntualidad.

3.1.4 Permisos.

3.1.5 Uso de Artefactos o Aparatos personales.

3.1.6 Uso y cuidado de la infraestructura.

3.1.7 Alimentación e Higiene.

3.2 Sistema de registro de convivencia escolar.

3.3 Procedimientos formativo-disciplinarios.

3.4 Medidas disciplinarias.

3.4.1 Situaciones de estudiantes sancionados.

3.4.2 De la apelación.

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4. CAPÍTULO CUARTO 35

4.1 Situaciones especiales de salud.

4.2 Instancias de colaboración y vías de comunicación entre padres y Colegio.

5. CAPÍTULO QUINTO 36

5.1 Actores colaborativos.

5.1.1 Centro de Alumnos.

5.1.2 Centro de Padres.

5.1.3 Comité de Buena Convivencia.

6. CAPÍTULO SEXTO 38

6.1 Definición y alcances del reglamento académico.

6.1.1 Presentación y alcances.

6.1.2 Normativas legales asociadas.

6.2 Admisión y Matrícula.

6.2.1 Aspectos generales.

6.2.2 Requisitos para la postulación.

6.2.3 Resultado de la postulación.

6.2.4 Postulación de estudiantes provenientes del extranjero.

6.2.5 Reintegro de estudiantes desde programas en el extranjero.

6.3 Calidad de estudiante.

6.3.1 Definición de estudiante.

6.3.2 Condición de alumno regular.

6.3.3 Derechos y deberes académicos de los estudiantes.

6.4 Gestión curricular.

6.4.1 Régimen curricular.

6.4.2 Calendario escolar interno.

6.4.3 Alineamiento con el currículum nacional.

6.4.4 Gestión y desarrollo de los planes y programas de estudio.

6.4.5 Salidas pedagógicas.

6.5 Evaluación académica.

6.5.1 Aspectos generales.

6.5.2 Tipología evaluativa.

6.5.3 Calificación de evaluaciones.

6.5.4 Escala de notas.

6.5.5 Recursos de evaluación.

6.5.6 Criterios de evaluación.

6.5.7 Asistencia a evaluaciones.

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6.5.8 Faltas disciplinarias asociadas a una evaluación.

6.5.9 Intervención frente a resultados de evaluaciones.

6.5.10 Evaluación diferenciada.

6.5.11 Exigencias para opción de no cursar Religión Católica.

6.6 Promoción Escolar.

6.6.1 Requisito de asistencia para la promoción escolar.

6.6.2 Requisitos de rendimiento académico para la promoción escolar.

6.6.3 Situaciones excepcionales.

6.6.4 Traslado, cierre anticipado de semestre o año lectivo.

7. CAPÍTULO SÉPTIMO 47

7.1 Consideraciones Extras.

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NOTA

En el presente Manual de Convivencia se utiliza la palabra alumno de manera genérica para

designar tanto a los estudiantes hombres como mujeres. Se utilizan de manera inclusiva

términos como “el docente”, “el estudiante”, “el profesor”, “el compañero” y sus respectivos

plurales (así como otras palabras equivalentes en el contexto educativo) para referirse a

hombres y mujeres.

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1. CAPÍTULO PRIMERO 1.1 Introducción

El presente Reglamento Interno de Convivencia Escolar, parte integrante del Proyecto Educativo Institucional, busca dar a conocer a la comunidad educativa el funcionamiento del Colegio International Country School (en adelante, ICS) y las normas que regulan la convivencia entre sus miembros.

Ha sido elaborado como un marco regulador de la convivencia diaria entre los actores de nuestra comunidad

escolar, siendo un documento de apoyo en el que se registran derechos, deberes y normas que posibilitan la armónica relación entre directivos, docentes, administrativos, estudiantes, padres de familia y apoderados, facilitando un ambiente educativo en un clima participativo y de sana convivencia1.

Está enmarcado dentro de las políticas emanadas del Ministerio de Educación y las normativas legales vigentes,

entre otras: Ley General de Educación N° 20.370/2009, Ley de Violencia Escolar N°20.536/2011, Declaración de los Derechos del Niño, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Ley de Responsabilidad Penal Juvenil y Adolescente N° 20.084/2005, Ley de No Discriminación N°20.609/2012, Ley de Inclusión Escolar N° 20.845/2015.

Es comunicado por medio de la página web y difundido durante reuniones de apoderados y la presente edición

podrá tener modificaciones en la medida que lo exija la normativa educacional, y/o cuando el Colegio determine que existen situaciones nuevas, no contempladas, pero necesarias de regularse para la comunidad escolar. 1.2 Fundamentación.

1.2.1 Reseña histórica. El colegio International Country School fue creado en 1990 como una respuesta a la necesidad de ofrecer una

opción de educación privada básica y media a las familias residentes en el área del Cajón del Maipo, mayoritariamente rural entonces, quienes debían educar a sus hijos pequeños y adolescentes en Santiago.

Estas familias, pioneras en su decisión de establecerse en el Cajón del Maipo para llevar una forma de vida más

cercana a la naturaleza y al medio rural, son en su mayoría profesionales y empresarios jóvenes, quienes otorgan gran importancia al desarrollo armónico de la persona dentro de un medio ambiente más limpio, relacionándose con la flora y la fauna autóctonas, donde sus hijos puedan crecer y educarse con las ventajas del privilegiado entorno natural, pero donde al mismo tiempo, ellos pudiesen obtener resultados académicos y de crecimiento personal de excelencia que más tarde les permitiesen acceder a niveles superiores de educación, en condiciones similares a los colegios privados santiaguinos.

Acogiendo esta necesidad y aspiración, dos primas, Margarita Cubillos y Odette Rosseau, plasmaron su visión

educativa producto de una larga y valiosa experiencia como educadoras y dieron vida al ICS, colegio privado en el sector de Las Vizcachas en la zona del Cajón del Maipo. Reconociendo las características propias de esta comunidad ellas fundaron un colegio familiar, acogedor y cercano; pero a la vez capaz de entregar una sólida formación personal y académica a los educandos.

En virtud de lo anterior, además que ICS pudiera asegurar el cumplimiento de los objetivos obligatorios, las

fundadoras definieron dos elementos centrales que orientan el proyecto educativo ICS y lo hacen diferente de otras

1 Se entenderá por sana convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes.

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iniciativas: 1) Establecer una vinculación educativa práctica con el hábitat dentro de los cursos en la mayoría de las asignaturas, con especial atención hacia la estimulación del cultivo de deportes y actividades al aire libre; y 2) Enseñar y enfatizar el uso del idioma inglés en todas sus actividades.

La comunidad en la cual se inserta el colegio es la de Puente Alto, Pirque, La Florida y San José de Maipo, con la

cual participamos y colaboramos en los planes de difusión cultural, desarrollo social, acciones de beneficencia a través de talleres comunitarios, visitas a centros culturales, industriales y sociales, además de mantener una relación abierta con las comunidades religiosas del sector. Nuestros alumnos desarrollan actividades deportivas y artísticas con otros colegios del área.

1.2.2 Visión.

El colegio International Country School es un colegio familiar, laico, humanista, con valores de inspiración cristiana, en la búsqueda de alcanzar excelencia académica, con especial énfasis en la educación para la preservación del medioambiente y en la enseñanza del idioma inglés como segunda lengua. ICS se propone contribuir al desarrollo de la sociedad y de sus estudiantes, a través de un proceso educativo que añade valor a la preparación y formación de personas íntegras, que conozcan, actúen, y vivencien aquellos principios y valores que ofrece el colegio y que son compartidos por sus familias. Esta visión, que se va desplegando a lo largo del proceso pedagógico, significa que ICS se compromete a colaborar activamente en la inserción social actual y futura de sus alumnos, proporcionándoles herramientas de crecimiento a nivel personal y de respeto por la diversidad ambiental, cultural y religiosa.

1.2.3 Misión.

Formar a sus educandos dentro de una sólida estructura valórica como personas, capaces de congeniar y potenciar

las dimensiones afectiva - efectiva en sus diferentes ámbitos de vida (personal, social y académico), con una disposición abierta al aprendizaje, a la ampliación de la visión de mundo y al cuidado del medioambiente.

Nos proponemos como colegio, facilitar a nuestros estudiantes el aprendizaje a través de una propuesta curricular

novedosa, actualizada y pertinente; y permitirles el desarrollo de valores, conocimientos, habilidades y destrezas necesarios para proseguir estudios superiores y enfrentar con éxito los desafíos sociales, culturales y tecnológicos del nuevo siglo, en un mundo complejo, competitivo y globalizado.

1.2.4 Perfil del Alumno ICS.

Nuestro objetivo en ICS es formar alumnos de acuerdo a una visión basada en principios y valores, fomentando

alumnos que lleguen a desplegarse como:

- Ciudadanos responsables: responsables ante sí mismos, la comunidad escolar y la sociedad respecto de sus acciones.

- Abiertos de Mente: Dispuestos a considerar ideas nuevas, o de otros que piensan distinto, aun teniendo convicciones personales fuertes y que valoran la diversidad.

- Innovadores: Capaces de ver las cosas desde perspectivas nuevas, ya sea en la solución a un problema o en la creación de ideas nuevas de cómo hacer algo así como dispuestos a actuar para solucionar el problema, a partir de la experimentación y de la investigación.

- Justos: Conscientes de las expectativas compartidas de conducta que hacen posible una comunidad y respetuosos de los derechos de todos sus integrantes, tratando a los demás por igual a menos de haber justificaciones razonables para no hacerlo, conociendo, respetando y difundiendo la igualdad de derechos.

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- Autónomos y autodisciplinados: Agentes libres que se auto regulan, pero que entienden perfectamente la importancia de la colaboración en los asuntos humanos, junto con la responsabilidad que generar sus actos.

- Solidarios: amables, serviciales, comprensivos y empáticos con la suerte de otros.

- Críticamente reflexivos: Razonan de modo cuidadoso, metódico, de modo tolerante con las posturas del otro. Además, reconoce y reflexiona sobre su dimensión personal.

- Creativo y comunicativo: capaces de expresar sus características, cualidades, emociones, puntos de vista, talentos u otros, mediante las distintas disciplinas artísticas y herramientas que ICS le ofrece a la comunidad escolar.

- Afectivo: Valora como bienes indispensables para el desarrollo social y personal, la amistad y el amor.

- Valora la convivencia democrática: participativos de las decisiones que influyen en la comunidad escolar, mediante las diversas instituciones que para ello se establecen.

- Busca la educación permanente: aprende desde distitnas áreas, fomentando proyectos de vida familiar, social y laboral.

- Honesto y sincero: comprende que debe ser una persona íntegra, para lo cual se requiere como base la comunicación de hechos reales y verdaderos.

- Protector del entorno natural y del medio ambiente.

1.2.5 Perfil del Apoderado ICS.

El perfil de los padres y apoderados del ICS, se orienta hacia lo siguiente: - Padres y apoderados comprometidos con el PEI de ICS.

- Personas conscientes de su rol formador y posibilitador del desarrollo personal de sus pupilos o pupilas.

- Personas capaces de fomentar vínculos armoniosos entre el colegio y el hogar, facilitando el apoyo familiar a las actividades escolares.

- Personas respetuosas con las autoridades y personal institucional, así como también, de las disposiciones reglamentarias internas y de los acuerdos de convivencia consensuados en esta comunidad educativa, dispuestas a contribuir en todo lo que sea necesario para una educación integral de su pupilo o pupila.

- Creadores de un clima de respeto, armonía, amor y comprensión al interior del hogar, que brinde a los alumnos el sustento afectivo necesario para desarrollarse plenamente.

- Modelos permanentes de ideales, valores positivos y aptitudes en la convivencia cotidiana de la familia.

- Padres y apoderados que colaboren y participen activamente en reuniones de apoderados, escuelas de padres, programas y actividades de mejoramiento de las condiciones económicas, culturales, sociales y de salud de los alumnos.

- Aquellos Padres y/o Apoderados que han sido beneficiados con becas parciales, o de beneficio otorgadas por dirección, deben estar al día en sus pagos, ya que el no cumplimento de esta normativa, perderá todo el beneficio y no podrá volver a postular a dicho beneficio.

- Conscientes de asumir su rol en el fortalecimiento de los hábitos de higiene y presentación personal, de estudios, responsabilidad y puntualidad de sus hijos e hijas.

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1.3 Convivencia escolar.

1.3.1 Contexto.

La realidad social es cambiante y dinámica, precisa que las instituciones, incluida la institución escolar, se revisen

continuamente a fin de dar respuesta a las nuevas demandas y requerimientos de la comunidad. El Ministerio de Educación ha impulsado la educación de la convivencia como un factor clave a través de la Política de Convivencia Escolar, cuya implementación está en desarrollo desde el año 2003. La Política de Convivencia Escolar constituye un instrumento relevante para la formación integral de niños, niñas y jóvenes, el cual es dinámico, por eso se requiere examinar sus énfasis y orientaciones, de manera de posicionarla como una política que oriente y dé cuenta de los procesos de interrelación que se desarrollan en el espacio escolar.

El presente proceso de actualización de la Política de Convivencia Escolar basado en un conjunto de investigaciones

y estudios recientemente realizados pone el énfasis en la formación del estudiante, como sujeto individual y social, y en la Comunidad Educativa, como responsables del proceso formativo, tanto dentro como fuera de la institución escolar, en vista a mejorar la calidad de vida escolar, los resultados de aprendizaje, y la calidad de la educación.

El cambio de eje propuesto en la actualización de la Política de Convivencia Escolar transita de un énfasis puesto

en la resolución de conflictos –por lo tanto, en un enfoque psicosocial–, afirmado fuertemente en los aspectos normativos, lo que no significa eliminar estos últimos, sino cambiar su sentido: ponerlos al servicio de la formación de los estudiantes en tanto sujetos individuales y sociales. Igualmente, se mueve desde una mirada centrada en el comportamiento individual de los mismos –generalmente negativo–, a una forma de entender y explicar su comportamiento en un contexto más amplio –familia, Comunidad Educativa, barrio, comuna–, entendiendo que influyen múltiples factores. La Convivencia Escolar se constituye, entonces, en una responsabilidad compartida por toda la Comunidad Educativa, en beneficio de todos.”2

1.3.2 Principios orientadores.

Los principios que articulan el accionar del colegio son:

El ser humano como valor y preocupación central al que ha de considerarse siempre como un fin y no como un medio.

La libertad como principio señala la capacidad y derecho de la persona de elegir autónomamente un proyecto de vida, comprometerse con él para hacerlo realidad y vinculándolo con la construcción del bien común.

El conocimiento como construcción social, que vincula pensamiento, acción y valor.

Conciencia y compromiso con el medio ambiente, además del cuidado físico y espiritual de uno mismo y los demás.

El aprendizaje como foco central del quehacer educativo lo que implica que, además de orientarse a la adquisición de contenidos, los alumnos deben aprender a aprender, aprender a hacer, y, fundamentalmente, aprender a ser.3

1.3.3 Valores institucionales.

“Adscribir a estos principios supone cuidar y desarrollar en los alumnos y la comunidad educativa una serie de valores con relación a sí mismo y los demás:

La Honestidad que busca anteponer la verdad antes que el propio interés, o la comodidad.

2 Conviviendo mejor en la escuela y liceo. Orientaciones para abordar la Convivencia Escolar en las Comunidades Educativas. Ministerio de Educación, 2011. 3 Proyecto Educativo Institucional, Colegio International Country School.

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La Responsabilidad con uno mismo, con los otros y con el entorno en busca del bien común, entendido como valor que se nutre de la voluntad y de la autonomía.

La Autonomía como la capacidad de la persona para resolver problemas, desafíos o situaciones que caracterizan a la vida adulta.

El Respeto como base de la interacción, la comunicación y el entendimiento entre las personas. La Tolerancia como la capacidad de las personas de reconocer, aceptar y convivir en armonía con la diversidad cultural

y personal. La Solidaridad como orientación de entrega de uno mismo para el logro del bien de los demás.”4

1.3.4 Objetivos del Reglamento Interno de Convivencia Escolar.

Objetivo General. Contar con un marco de orientación desde donde se comprendan los procesos relativos a la convivencia y la normativa académica en el Colegio International Country School. Objetivos Específicos.

- Regular las relaciones de convivencia como herramienta educativa y pedagógica que garantice el ejercicio y el cumplimiento de los deberes y derechos de cada miembro de la Comunidad Educativa.

- Formular las bases fundamentales desde lo preventivo y formativo para la convivencia pacífica, atendiendo y promoviendo las condiciones que favorezcan el desarrollo humano.

- Informar sobre las normas vigentes relacionadas con la educación e interiorizar la importancia de su cumplimiento sobre la base de la legalidad y la auto regulación.

- Fomentar en la comunidad la cultura ciudadana para la convivencia con espíritu crítico y capacidad de reconocer y corregir los errores.

- Guiar los procedimientos para resolver oportuna y justamente los conflictos individuales o colectivos, incluyendo instancias de diálogo y concertación.

- Definir los estímulos y sanciones, incluyendo el derecho a la defensa y al debido proceso. - Permitir el desarrollo de las actividades escolares, teniendo en cuenta las diferentes inteligencias, estilos y ritmos

de aprendizaje, dentro de un clima de orden, respeto, responsabilidad y convivencia. - Contribuir desde la institución en la construcción de una ciudad pacífica, participativa, pluralista, incluyente. - Compartir una mirada y criterio común con relación a los procesos de convivencia entre los integrantes de la

comunidad educativa. - Formar a los distintos actores de la comunidad educativa de acuerdo con los principios orientadores que sustentan

este Manual de Convivencia y el Proyecto Educativo Institucional. - Establecer normas y procedimientos de gestión curricular, evaluativa y académica - administrativa que involucran

a toda la comunidad escolar, referidas a evaluación y promoción escolar y que tienen impacto directo en los aprendizajes de los estudiantes.

Se complementan al Reglamento, Protocolos de Prevención y Abordaje sobre diversas materias concretas que

suceden en el Colegio (Ej. Salidas pedagógicas, maltrato escolar, accidentes escolares). La presente edición del Reglamento podrá tener modificaciones en la medida que lo exija la normativa educacional,

y /o cuando el Colegio determine que existen situaciones nuevas, no contempladas, pero necesarias de regularse para la comunidad escolar.

Los padres, madres y apoderados conocen y adhieren al PEI y a este Reglamento al momento de matricular al alumno, los que deberán compartir con los estudiantes.

4 Ibid.

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1.3.5 Conceptos. Artículo 1º.-: De acuerdo con lo planteado por el Ministerio de Educación, “la convivencia escolar se trata de la

construcción de un modo de relación entre las personas de una comunidad, sustentada en el respeto mutuo y en la solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.

Tiene un enfoque eminentemente formativo. Se deben enseñar y aprender una suma de conocimientos,

habilidades y valores que permiten poner en práctica el vivir en paz y armonía con otros, porque es la base para el ejercicio de la ciudadanía. En la escolaridad, estos aprendizajes están establecidos tanto en los Objetivos Fundamentales Transversales como en los Objetivos Fundamentales Verticales.

En sí mismo, el enfoque formativo contiene una dimensión preventiva, expresada en el desarrollo de

conocimientos, habilidades y actitudes que permitan formar personas autónomas, capaces de tomar decisiones personales y de anticiparse a las situaciones que amenazan o alteran el aprendizaje de la convivencia, cautelando en todo momento el proceso formativo y las estrategias pedagógicas. En este sentido, la dimensión preventiva implica superar la noción de riesgo y no se limita a informar o prohibir, sino que apunta a formar para actuar con anticipación”.5

Por su parte, La Ley sobre Violencia Escolar entiende la buena convivencia escolar como “la coexistencia pacífica

de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”.

La convivencia se aprende y practica en los diversos espacios formativos (salas de clases, recreos, talleres, salidas pedagógicas, actos cívicos, simulacros de seguridad, ceremonias, biblioteca, entre otros), y en las instancias de participación (Encargado de Convivencia Escolar, Comité de Buena Convivencia Escolar, Centro de Padres, Centro de Alumnos, Consejo de Profesores, Reuniones de Apoderados), por lo que es de responsabilidad de toda la comunidad educativa, respetar y hacer cumplir el Proyecto Educativo Institucional, Reglamento de Convivencia y Protocolos.

Los siguientes términos serán esclarecidos en este documento, en función del sentido y alcance de la normativa

escolar que ICS entrega. Estos son:

a) Sana Convivencia Escolar: es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir con sus deberes correlativos.

b) Comunidad Educativa ICS: se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, personal administrativo, auxiliares, trabajadores, dirección, equipos docentes directivos y sociedad educacional.

c) Comité de Sana Convivencia Escolar: el Comité de sana convivencia escolar, de carácter consultivo y de apoyo a la Dirección del establecimiento, es integrado al menos por un representante de cada uno de los siguientes estamentos: - La Dirección. - Docentes Directivos. - Los profesores. - Los alumnos.

5 http://www.convivenciaescolar.cl/index2.php?id_portal=50&id_seccion=4010&id_contenido=17916

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- Padres y apoderados. - Asistentes de la educación.

d) Maltrato Escolar: Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda: - Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida

privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales. - Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante y abusivo. - Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desmepeño académico, afectivo, moral, intelectual,

espiritual o físico. Se considerarán conductas constitutivas de maltrato escolar, a modo de ejemplo, y sin restringirse a las

estrictamente mencionadas, las siguientes: - Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier

miembro de la comunidad educativa. - Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la

comunidad educativa. - Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa y/o realizar cualquier

conducta que constituya “bullying” o “cyberbullyng”. - Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro miembro de la

comunidad educativa. - Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica,

religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientacíon sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

- Amenazar, abusar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de redes sociales digitales, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

- Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar. - Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito. - Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean

genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos. - Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse

bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.

1.3.6 Alcances y Ámbito de Aplicación del Manual de Convivencia.

Artículo 2º.-: El presente Reglamento Interno de Convivencia Escolar (en adelante Reglamento de Convivencia) rige a partir del año escolar 2018, en forma indefinida, debiendo cada apoderado responsable y los estudiantes que de él dependan, dar lectura del presente Reglamento de Convivencia. Su aplicación se establece dentro de las dependencias del Colegio, en las proximidades del mismo, en salidas pedagógicas, en actividades extra programáticas dentro o fuera del Colegio, en el Transporte Escolar Autorizado, y en todos aquellos ámbitos en los que se vean comprometidos los derechos y relaciones de buen trato entre los miembros de la comunidad escolar, y en cuanto se vulneren los principios y valores que sustenta nuestro proyecto educativo institucional (PEI), y las normativas de nuestro Manual de Convivencia Escolar. Se aplica también a aquellas conductas que deriven de acciones realizadas a través de medios remotos, como internet, mensajes de

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texto, mail, teléfono o las utilizadas en aplicaciones de redes sociales, como Facebook, Blogs, Skype, WhatsApp, Twitter, entre otros.

Artículo 3º.-: El Reglamento de Convivencia, se entiende conocido y aceptado por la comunidad escolar a contar

de su publicación, la que se realizará en los accesos del colegio y la página web. Toda modificación será notificada a la comunidad mediante circular y su publicación se realizará en los términos antes descritos y su vigencia comenzará a regir 60 días después de publicada. En señal de conocimiento y conformidad con lo expresado en el presente documento, se ratificará mediante la firma del Contrato de Prestación de Servicios Educacionales y para lo cual se entregará una copia del mismo al momento de la matricula o de su renovación cuando éste haya sufrido modificaciones, dejándose constancia escrita de ello, mediante la firma del padre, madre o apoderado correspondiente.

Además, el colegio podrá habilitar un sistema informático, que permita que el contrato de cada apoderado esté

disponible en la página web, pudiendo obtener copia, a través de clave personal. La interpretación de todas y cada una de las partes del presente Manual, es de responsabilidad del Colegio International Country School, representado por quienes lo dirigen. Toda situación de corte formativo-disciplinario y/o académico que no estuviese contemplada en este Manual es de competencia de la Dirección del colegio, quien aplicará la normativa ministerial vigente y las orientaciones emanadas de la Superintendencia de Educación, Agencia de Calidad y Consejo Nacional de Educación.

2. CAPÍTULO SEGUNDO 2.1 Actores de la comunidad educativa.

“La Ley General de Educación explicita y amplía el concepto de la comunidad educativa, establece los derechos y

deberes de los integrantes, enuncia su propósito e instaura las formas de participación. La comunidad educativa la define como “una agrupación de personas que inspiradas en un propósito común

integran una institución educativa” cuyo” objetivo común es contribuir a la formación y el logro de aprendizajes de todos los alumnos” para “asegurar su pleno desarrollo espiritual; ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico”; este “propósito compartido se expresa en la adhesión al proyecto educativo del establecimiento y a sus reglas de convivencia” (Art, 9°. LGE).

La comunidad educativa está integrada por alumnos, padres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales. Cada uno de los cuales gozan de derechos y están sujetos a deberes que explicita la LGE.

Respecto de la participación, en el Art.15, expresa que “los establecimientos educacionales promoverán la

participación de todos los miembros de la comunidad educativa, en especial a través de la formación de centros de alumnos, centros de padres y apoderados, consejos de profesores y consejos escolares, con el objeto de contribuir al proceso de enseñanza del establecimiento. Y añade que, “en cada establecimiento subvencionado que recibe aportes del Estado deberá existir un Consejo Escolar. Dicha instancia tendrá como objetivo estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa en el proyecto educativo y en las demás áreas que estén dentro de la esfera de sus competencias”.6 Directivos. Son personas autónomas con una alta capacidad de análisis y síntesis. Con un espíritu emprendedor, aplican en su gestión los conocimientos básicos y específicos de su profesión, traducidos principalmente en la planificación y gestión de lo pedagógico y formativo. Establecen un liderazgo participativo con todos los estamentos, basado en la empatía para unir las necesidades de cada uno de éstos. Con una motivación de logro, sustentada en la capacidad de aprender y orientada

6 http://portales.mineduc.cl/index2.php?id_portal=50&id_seccion=4013&id_contenido=17921

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hacia una preocupación por la calidad, generan nuevas ideas y denotan un desarrollo de sus habilidades interpersonales y comunicacionales, teniendo una perspectiva humanista, un compromiso ético y una valoración por la diversidad y multiculturalidad. Docentes. Son profesionales con un compromiso ético en una actitud humanista, que aprecian la diversidad y multiculturalidad, actúan con sentido de respeto y justicia. En su labor académica y formativa poseen una capacidad de análisis y síntesis, manejo de habilidades técnicas y cognoscitivas, generando ideas creativas e innovadoras. Logran adaptarse a nuevas situaciones y desempeñarse en una diversidad de contextos, demostrando capacidad de trabajo en equipo, iniciativa, liderazgo, con apertura a los cambios y orientándose en la búsqueda de nuevos conocimientos. En el ámbito relacional tienen una actitud empática, tolerante, asertiva, se muestran comprometidos con su labor formadora, asumiendo un rol facilitador y mediador en la resolución de los conflictos. Administrativos. Son personas con un compromiso ético y moral que se evidencia en la práctica de sus labores formativas, relacionales y pedagógicas. Poseen habilidades interpersonales y comunicacionales, que les permiten una apreciación de la diversidad tanto social como cultural y el establecimiento de relaciones humanas positivas. Tanto desde el plano teórico como en la práctica, muestran el alto desarrollo de sus competencias profesionales. Destaca en ellos una capacidad de trabajar en equipo y con un juicio crítico, identifican problemas y presentan alternativas de solución, tomando las decisiones oportunas. Apoderados. Son los primeros educadores en valores de nuestros estudiantes. Actores dentro de la comunidad educativa, colaboradores y alineados con los planteamientos de nuestro PEI. Capaces de identificar y plantear inquietudes en un marco de respeto a las personas y procedimientos establecidos, receptivos a las sugerencias del Colegio. Muestran una actitud basada en el respeto y la tolerancia, con un compromiso ético social que incluya la sana convivencia, los Derechos Humanos, el respeto a la diversidad y multiculturalidad. Estudiantes. Son personas que desarrollan una actitud humanista, mostrando un compromiso ético y de responsabilidad social, evidenciando en su actuar respeto por la diversidad y multiculturalidad. Valoran la cultura democrática, actuando con sentido de ciudadanía para ejercer plenamente los derechos y deberes que demanda la vida comunitaria. Desarrollan un juicio crítico y reflexivo, que les permite argumentar y justificar su postura. Logran respetar y valorar las ideas y creencias distintas de las propias, en los espacios escolares y sociales. Reconocen el diálogo como fuente permanente de humanización, de superación de diferencias y de acercamiento a la verdad. Aprenden a percibir las necesidades de su entorno, con un compromiso ambiental y sensibilidad para comprender y actuar ante los problemas universales. Sostienen motivación por el conocimiento y el aprendizaje. Logran analizar, valorar y sintetizar los conocimientos que adquirieren a lo largo de su proceso escolar y formativo, lo que les permite innovar y generar nuevas ideas.

2.2 Derechos y deberes de los actores de la comunidad educativa. Artículo 4º.-: El trato digno y respetuoso con los miembros de la comunidad escolar es un derecho y un deber -fundamento básico de toda convivencia civilizada-.

Todos los miembros de la Unidad Educativa deben:

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- Ser respetuosos de buenos modales, corteses, francos, por lo tanto, no se permite discriminar por: étnica, religión, condición social, aspecto físico, opción sexual, etc.

- Promover conductas de amabilidad y expresiones sanas y honestas de cariño y afecto, quedando excluidas todas las manifestaciones de carácter sexual, que atenten contra la moral y las buenas costumbres.

- Ser tolerantes, por lo cual, no se permiten las conductas relacionadas con la intimidación, aislamiento, amenazas, insultos, bullying, menoscabo o cualquier conducta que atente contra la integridad física y sicológica de algún integrante de la comunidad escolar.

Los integrantes de la comunidad educativa gozarán de los siguientes derechos y estarán sujetos a los siguientes deberes:

Artículo 5º.-: a) Los alumnos: tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y

desarrollo integral, por ejemplo, aprender y progresar en forma comprobable; a recibir una atención y educación adecuada, a no ser discriminados arbitrariamente; a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos. Es decir, a sentirse física y emocionalmente seguros en todo momento. Tienen derecho, además, a que se respeten su libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas, ideológicas y culturales y a expresar sus sentimientos de forma apropiada y su identidad de género propia y su orientación sexual. Asimismo, tendrán derecho a educarse en un entorno que promueva la autoestima académica y la motivación escolar. De igual modo, tienen derecho a ser informados de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de acuerdo con un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al Reglamento de evaluación y promoción; a participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del Colegio, y a asociarse entre ellos. En síntesis y a modo de ejemplo, en su proceso de enseñanza – aprendizaje en el colegio, los alumnos tendrán los siguientes derechos: - Recibir una formación integral, destacándose la formación del carácter en términos de conocimientos,

destrezas, habilidades, actitudes y valores y las competencias de acuerdo a cada nivel.

- Todos y cada uno de nuestros alumnos son parte de la comunidad del ICS.

- El ICS es un lugar de inclusión y de participación democrática, teniendo representación los diversos estamentos, a través de los Centros de Alumnos (y/o Subcentros de Alumnos), Centros de Padres y/o Apoderados (y/o Subcentros de ellos) y del Consejo de Profesores, de acuerdo a la Constitución Política de la República de Chile, de las leyes vigentes y de la normativa institucional.

- Cada uno tiene derecho a tener opinión propia y manifestarla respetuosamente.

- Los derechos se adquieren con respeto, por lo tanto respetar es una manera de hacer valer la individualidad de cada uno. Estos derechos conllevan deberes, los cuales son intransables.

- Desarrollar un sentido de identidad personal, que propenda hacia la formación de competencias, que le permitan enfrentar y resolver problemas, valiéndose por sí mismo en la vida.

- Tener un proceso de crecimiento y autoafirmación personal.

- Fortalecer y afianzar la formación ético – valórica.

- Desarrollar un pensamiento crítico - reflexivo.

- Ser incluido y participar en la toma de decisiones en todos los ámbitos en que le corresponda.

- Participar activamente en su rol de persona y de ciudadano en el cuidado y reforzamiento de la identidad nacional y en la integración social.

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- Recibir oportunamente las calificaciones de sus controles, pruebas, trabajos, y otros. En caso contrario, plantear a través del conducto regular su situación a la autoridad correspondiente.

- Ser calificado de la manera más objetiva posible, con equidad y justicia en sus controles, pruebas, trabajos, etc.

- Plantear a la respectiva autoridad situaciones que le afecten y el derecho a petición, sobre cualquier materia, a las mismas, siempre que se proceda en las formas y términos respetuosos.

- Tener acceso a una educación de carácter laico, abierta a todas las formas de pensamiento, ya sean de índole religiosa, filosófica, sociológica o de cualquiera otra perspectiva.

- Tener acceso a la justicia, a la equidad en cada uno de los estamentos involucrados en el proceso de enseñanza – aprendizaje.

- Ejercer plenamente los derechos y deberes personales que demanda la vida social de carácter democrático.

- Respetar a su integridad física y moral y su dignidad personal, con la prohibición de castigos, o bien, de abusos físicos.

- Reunirse en el colegio para actividades de carácter escolar, sin otro requisito que el de coordinar con la autoridad respectiva y la correspondiente autorización de la Dirección del Colegio, los horarios y las disponibilidades de salas, patios o de la infraestructura en general.

- Estar permanentemente informados sobre el quehacer educativo.

- Recibir la educación, en conformidad a los planes y programas dispuestos por el Ministerio de Educación y/o el Colegio en su proyecto educativo.

- Recibir la atención de todos los estamentos de la unidad educativa, con relación al currículum educativo, o bien, en cuanto a la orientación escolar y vocacional que se requiera.

Son deberes de los alumnos asistir a clases llegando de forma puntual y haciéndose responsable de su aprendizaje, siendo proactivos con una actitud indagadora y reflexiva; estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades; colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar; cuidar la infraestructura educacional y respetar el Proyecto Educativo y el Reglamento Interno del establecimiento, participando de su elaboración con su comunidad de curso. Ello implica, entre otros, comprender y respetar especialmente los tres ejes de “seguridad, responsabilidad y respeto” así como ser capaces de asumir las consecuencias derivadas de sus acciones.

A modo de ejemplo, son deberes específicos de cada alumno: - Respetar a todos los integrantes de la comunidad educativa, de manera concreta. - Utilizar un lenguaje adecuado, tanto al interior del recinto escolar como fuera de él. - Cuidar su integridad personal como la de todos sus compañeros. - Asistir diariamente al establecimiento, a clases y a las actividades planificadas por el colegio. - Presentar su agenda diariamente firmada si corresponde. - Dirigirse con respeto a sus superiores y pares. - Mantener sus cuadernos y tareas al día. - Solicitar hora de atención con antelación para dirigirse a Dirección cuando no es una emergencia. - Realizar sus deberes escolares. - Informar a sus padres de su rendimiento académico. - Solicitar a sus padres y/o apoderados la firma de las notas enviadas por el colegio. - Trabajar de acuerdo a las disposiciones dadas por el profesor, ya sea en forma grupal o individual. - Obedecer las reglas y normativas de horarios y recreos.

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- No salir de las salas de clases en horarios no permitidos. - Cuidar la privacidad e higiene del uso de los servicios higiénicos. - Respetar los espacios de los demás. - Respetar los lugares de ingreso de los alumnos. - Cuidar la infraestructura, los muebles, artefactos y recinto escolar. - No traer artículos de valor al colegio. - Mantener una presentación adecuada de su persona y uniforme en el colegio. - No descalificar ni usar sobrenombres para sus compañeros y/o profesores. - No rayar muros ni material del establecimiento. - Cuidar la integridad de los más pequeños con respeto y delicadeza. - Participar activamente del consejo de curso y del Centro de Alumnos. - Mantener siempre una actitud digna de la institución que representa. - Acatar las normas del Reglamento de Evaluación y Promoción vigentes. - Dar cumplimiento a los compromisos académicos, culturales, deportivos, etc. programados por el

curso y/o por el colegio. - Estar dispuestos para el trabajo académico dentro de la sala de clases, participando en forma activa,

manteniendo un ambiente grato y de respeto tanto con sus pares como con sus profesores. - Al toque del timbre de ingreso y después de cada recreo, es obligación del alumno ingresar a su sala

de clases. - El alumno deberá esperar al profesor respectivo en la sala de clases. - Los alumnos no pueden permanecer fuera de sus salas de clases, salvo situaciones de fuerza mayor y

debidamente informadas a las autoridades del esteblecimiento. - Los alumnos deberán esperar a sus apoderados al interior del colegio, mientras que los apoderados o

transportistas habilitados deberán hacerlo en el sector designado para dicho fin.

Artículo 6º.-: b) Los padres, madres y apoderados, tienen derecho a asociarse libremente, con la finalidad de lograr una

mejor educación para sus hijos, a ser informados por los directivos y docentes a cargo de la educación de los alumnos respecto del progreso de éstos en aquellas áreas en que es necesaria una cooperación más estrecha entre casa y Colegio. Podrán informarse sobre convivencia escolar, así como del funcionamiento del establecimiento. Tendrán derecho a ser escuchados y a participar del proceso educativo -en los ámbitos que les corresponda y respetando las directrices pedagógicas de los profesionales de la educación-, aportando al desarrollo del Proyecto Educativo en conformidad a la normativa interna del establecimiento. El ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras instancias, a través del Centro de Padres y Apoderados. Son derechos de los padres y apoderados: - Recibir un trato adecuado, respetuoso y cordial de parte de todo el personal de la institución. - Ser respetado en su condición de apoderado(a) recibiendo una atención deferente y cortés por parte

de quienes representan algún estamento del colegio. - Que se respete a su pupilo(a) como persona única, con características irrepetibles, para lograr su

potencial desarrollo humano a través de la educación y la orientación de sus profesores(as). - A ser escuchados en sus planteamientos. - A petición de la Dirección de la unidad educativa, conocer y participar en la construcción y ajustes

del Proyecto Educativo Institucional y otros, a través de los representantes mandatados para dicho efecto, empleando los canales pertinentes y trabajando en forma colegiada con los diversos estamentos del colegio.

- Recibir una educación de calidad para sus pupilos(as), de acuerdo a los estándares establecidos por la Institución.

- Información oportuna de su pupilo(a) respecto de su rendimiento académico y desarrollo psicosocial.

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- Elegir en forma democrática a sus representantes, respetando la normativa vigente. - Solicitar a sus representantes, el cumplimiento de las metas planificadas para su gestión. - A ser representados en el Consejo Escolar, de acuerdo a la normativa vigente. - Participar en la organización del Centro de Padres y Apoderados del colegio y formar parte de comités

para fines específicos requeridos por el ICS o el centro de Padres y apoderados (C.C.P.P.) - Conocer la situación académica y de desarrollo personal de su hijo/a mediante informes oficiales y

entrevistas con los responsables del proceso. - Entrevistarse con miembros de la Comunidad educativa el día y hora indicada previamente y

siguiendo el conducto regular. - Participar en eventos y ceremonias que ha sido invitado. - Solicitar entrevistas con el/la profesor/a jefe/a u otros responsables del proceso de enseñanza –

aprendizaje.

Son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos, informarse, respetar y contribuir a dar cumplimiento y adherir al Proyecto Educativo lo que implica poner todo su esfuerzo por cumplirlo7, a las normas de convivencia y a las de funcionamiento del establecimiento que elijan para ellos, por ejemplo los padres deberán conocer los horarios de entrada y salida de los alumnos por lo que colaboran para que no haya atraso y los retiran a tiempo del Colegio; apoyar sus procesos educativos; cumplir con los compromisos asumidos con el Colegio; respetar su normativa interna y brindar un trato respetuoso a todos los integrantes de la comunidad educativa, al respecto, los padres y apoderados evitarán las acciones constitutivas de agresión u hostigamiento, realizada fuera o dentro del Colegio, en forma individual o colectiva, que atenten en contra de otro alumno o persona, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación, o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave8. En las labores de retroalimentación en el ámbito educativo del padre y / o apoderado, deberá orientarse, entre otras, hacia las siguientes actividades, constituyendo los deberes del padre y/o apoderado: - Comprometerse con el Proyecto Educativo del Colegio que contiene valores, reglamentos y actividades

orientadas a fortalecer tanto la formación académica, como la plenitud del desarrollo integral de nuestros alumnos.

- Preocuparse de la asistencia, puntualidad, presentación personal de su pupilo/a y de revisar diariamente la agenda escolar, firmar pruebas y otros.

- Velar porque su pupilo porte todos sus útiles y trabajos para la jornada. La conformación de este hábito creará sentido de responsabilidad del alumno frente a sus deberes.

- Asistir a todas las reuniones de padres y apoderados, entrevistas y actos a los que se los convoque. Las inasistencias a estas deberán ser justificadas por escrito al día siguiente, por medio de la agenda de su hijo(a).

- Ser responsables de llevar a sus hijos para ser tratados por especialistas y de cumplir con sugerencias que ellos señalen. ICS a través de su profesor(a) jefe y/o Profesores de los diversos Sectores y/o Subsectores Curriculares, estarán encargados de la coordinación de estas indicaciones para facilitar su desempeño escolar.

- Firmar el contrato de servicios educacionales, pagar oportunamente la matrícula y la colegiatura

7 Se podrá pedir cambio de apoderado o poner fin a la matrícula del alumno si los padres y/o apoderados no adhieren al Proyecto

Educativo Institucional o se muestran permanentemente contrarios a este dando muestras de desconfianza a los procedimientos que el

Colegio ofrece para la formación de los alumnos.

8 Podrá ser denunciado o notificado a las autoridades pertinentes para que ellos tomen las acciones legales que correspondan.

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determinadas por la Sociedad Educacional ICS. Además, deben cumplir personalmente con el trámite de matrícula en las fechas establecidas por el establecimiento.

- Firmar la recepción de documentos que den cuenta del proceso y situaciones educativas generales y particulares de su pupilo(a).

- Comprometerse a promover en sus pupilos (as), según el PEI, un estilo de vida saludable, donde se respete y se difunda el cuidado al medio ambiente.

- Reponer o asumir los costos de reposición y/o reparación de los bienes del ICS, ya sea que pertenezcan a profesores, compañeros u otros, que hayan sido destruidos o extraviados al interior del establecimiento por responsabilidad de su pupilo(a).

- Comunicar oportunamente a la Encargada de Convivencia Escolar o Coordinadora de Ciclo, las inasistencias prolongadas de su pupila(o). En período de evaluaciones, las inasistencias deben justificarse en oficina de Coordinación Académica según lo establecido en el Reglamento de Evaluación.

- Tener una actitud de respeto hacia todos los miembros de la comunidad escolar del ICS.

- Respetar los conductos regulares correspondientes (Profesor jefe, Profesor de Asignatura), Encargada de Convivencia Escolar o Coordinación Académica o de Ciclo, según corresponda, y en última instancia a Dirección.

- Respetar y velar por el cumplimiento del Reglamento de Convivencia Escolar del ICS.

- Conocer la situación académica y de desarrollo personal de su hijo mediante informes oficiales y entrevistas con los responsables del proceso,

- Dejar al alumno o alumna en la puerta principal de entrada al colegio. No se permite entrar a las salas.

- Tomar conocimiento del horario de atención del Profesor Jefe del curso de su pupilo.

- El apoderado podrá entrevistarse con el Profesor Jefe de su pupilo en el horario de “Atención de Apoderados” establecido. El apoderado no debe esperar a que el Colegio lo cite, sino que, periódicamente debe estar en contacto con el Profesor Jefe respectivo, para así conocer la real situación de su pupilo, debiendo existir un constante diálogo profesor-apoderado.

- Para las entrevistas con los Profesores Jefes, el apoderado debe solicitarlas, con la debida antelación, a través de la libreta de comunicaciones.

- Para tratar cualquier problema referente a su pupilo, el apoderado deberá seguir el correspondiente conducto regular y cumplir con las formalidades protocolares correspondientes.

- Es deber del apoderado que el alumno o alumna ingrese al colegio al inicio de la jornada escolar, a las 08:20 hrs. Los atrasos de los estudiantes deben ser justificados por el apoderado, de manera escrita, la primera vez y de forma presencial cuando existe la reiteración del atraso.

- El ingreso a las áreas donde se impartan clases y salas de profesores, será restringido para los padres y/o apoderados.

- El apoderado deberá estar atento a las citaciones a entrevistas y/o reuniones de apoderados por parte de la dirección, profesores o de cualquier persona que tenga responsabilidad en el proceso educativo del pupilo. Dicha citación se hará a través de comunicaciones escritas o en la libreta de comunicaciones, que el apoderado deberá exigir diariamente a su pupilo, así como preocuparse de que la devuelva firmada al colegio. Las entrevistas y reuniones de apoderados tendrán el carácter de obligatorias.

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- De no ser posible la asistencia del apoderado a alguna de las reuniones mencionadas en el párrafo anterior, se deberá notificar, mediante la agenda escolar al otro día y solicitar una entrevista con el profesor jefe para informarse de lo tratado. Sin perjuicio de lo anterior, el padre y/o apoderado que no se presente a reunión, deberá acatar las decisiones del sub centro y justificar su inasistencia, previa a la citación emanada por el colegio. Si fuese por situación de última hora, deberá presentarse a firmar su inasistencia a Inspectoría para luego coordinar una reunión con el profesor jefe o quien lo haya citado.

- El apoderado debe ser respetuoso del reglamento interno del colegio y no infringirlo solicitando atención durante las horas de clases, o arrogándose atribuciones de índole pedagógica que solo atañen a la Dirección del Colegio o a los correspondientes Departamentos Técnico-Pedagógicos.

- El no pago de a lo menos tres mensualidades seguidas o deudas acumuladas, conllevará a la no renovación de la matrícula para el año siguiente.

- Los atrasos reiterados de los estudiantes al ingreso de la jornada escolar, son responsabilidad de los padres y/o apoderados, por lo tanto, el apoderado es quien debe estar al tanto del reglamento de los estudiantes y las faltas que conllevan dichos atrasos.

Es importante que los padres, madres y apoderados desarrollen en los alumnos la seguridad, la responsabilidad y el respeto, recordando que su conducta es el modelo más significativo para éstos. Asimismo, que entiendan y apoyen la implementación justa y consistente de la política de comportamiento positivo y disciplina de International Country School, que respeten el conducto regular de las comunicaciones del Colegio y que estén atentos a los mensajes recibidos a través de la agenda del estudiante.

Artículo 7º.-:

c) Los profesionales de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo; a enseñar sin mayores disrupciones y a aprender cómo mejorar sus prácticas; del mismo modo, tienen derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de malos tratos de cualquier clase por parte de otros integrantes de la comunidad educativa; es decir, sentirse física y emocionalmente seguros en todo momento. Además, tienen derecho a proponer las iniciativas que estimen útiles para el progreso del Colegio y a expresar sus opiniones de forma apropiada, en los términos previstos por la normativa interna, procurando disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo. Por su parte, son deberes de los profesionales de la educación ejercer la función docente en forma idónea y responsable, por ejemplo, planificando, preparando e impartiendo clases en función de los objetivos de aprendizaje del curriculum; utilizar estrategias educativas atractivas y efectivas para el aprendizaje; tener en cuenta la diversidad en el aula, promoviendo en sus alumnos una adecuada autoestima académica y motivación escolar; orientar vocacionalmente a sus alumnos cuando corresponda; actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente; gestionar una evaluación de calidad; respetar las normas internas del Colegio, por ejemplo, conociendo y adhiriendo al PEI, como también a este Manual y sus protocolos de actuación, y conocer y hacer respetar las reglas y políticas del Colegio alentando a sus alumnos a comprender y respetar las normas del mismo. Deberán comunicarse de forma permanente y oportuna con los padres, madres y/o apoderados u otros miembros del Colegio para acompañar los procesos de desarrollo de los alumnos atendiendo los requerimientos específicos que surjan durante el año. Finalmente, deberán tener un trato respetuoso con los demás miembros de la comunidad educativa.

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Artículo 8º.-: d) Los asistentes de la educación tienen el derecho de realizar sus tareas y/o responsabilidades diarias en un

ambiente que fomente la satisfacción en su trabajo, con el apoyo y guía de la Dirección para mantener altos estándares en sus labores. Asimismo, tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de malos tratos; a recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad escolar y a proponer las iniciativas que estimen útiles para el progreso del Colegio, en los términos previstos por la normativa interna.

Son deberes de los asistentes de la educación ejercer su función en forma idónea y responsable; respetar las normas del Colegio, y brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa. Asimismo, deberán ayudar a los alumnos a comprender y apoyar las normas del Colegio. Deberán conocer y hacer respetar las reglas y políticas del Colegio en forma consistente, ayudar a los alumnos a sentir que son importantes como personas, y que deben actuar en forma responsable y respetuosa. Finalmente, se espera que realicen sus funciones manteniendo altos estándares de desempeño en sus labores.

Artículo 9º.-:

e) El equipo docente directivo tiene derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo; a trabajar sin mayores disrupciones y aprender cómo mejorar sus prácticas; del mismo modo, tienen derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa. Es decir, sentirse física y emocionalmente seguro en todo momento. El equipo docente directivo tiene el derecho de esperar la cooperación del personal docente y no docente, de los alumnos y de sus padres, en la conducción del proyecto educativo del Colegio. Es deber del equipo docente directivo liderar en toda la comunidad el compromiso con el desarrollo del Proyecto Educativo, el aprendizaje y las altas expectativas, socializar en la comunidad escolar las políticas del colegio; revisar periódicamente dichas políticas, y apoyar a todo el personal del Colegio en la mantención de una disciplina apropiada y efectiva, colaborando personalmente en los problemas conductuales más severos; velar por la mantención de un clima de convivencia escolar positiva e informar al profesorado de acciones disciplinarias cuando sea pertinente. Finalmente, se espera que identifiquen líneas de autoridad en el International Country School, para todo asunto disciplinario en el caso de ausencia de cualquiera de ellos. Los derechos y deberes de los funcionarios del establecimiento se complementan con lo consignado en el Reglamento de Orden, Higiene y Seguridad y en las normas laborales.

2.3 Sanción frente al incumplimiento de cualquiera de los deberes de los actores de la comunidad educativa.

Artículo 10º.-: En la eventualidad de que un alumno, en forma reiterada no cumpla con el Reglamento Interno de Convivencia Escolar, o bien, lo trasgreda en forma grave o gravísima (Muy Grave), a pesar de haberse adoptado las estrategias remediales, para ayudar al educando, y si éste no supera la situación, previo informe de las autoridades competentes del colegio Dirección, Encargada de Convivencia Escolar, Coordinación de Ciclo y Orientación (Psicología), o en su defecto, en este último caso, el Profesor Jefe respectivo, entonces, las autoridades del Colegio aplicarán la sanción máxima que faculta este Reglamento Interno de Convivencia Escolar, razón por la cual, el padre y/o apoderado deberá buscar otra unidad educativa para su pupilo. Sin perjuicio de lo aseverado con antelación, si la falta cometida por el alumno, reviste el carácter de Muy Grave (Gravísima), se aplicará en forma inmediata, la sanción máxima que estipula el presente Reglamento Interno de Convivencia Escolar.

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Artículo 11º.-: La obligación de establecer y mantener por parte de los padres y apoderados del Colegio una actitud

de respeto hacia todos los miembros de la comunidad escolar constituye un valor esencial, cuya transgresión podrá ser sancionada por el Colegio mediante la exigencia de cambio o sustitución del apoderado académico, por uno que otorgue a la comunidad escolar garantías de respeto necesario para la buena convivencia escolar. De no existir la posibilidad de cambio de apoderado, el Consejo Directivo podrá resolver limitar la participación del apoderado a ciertas instancias de su relación con el Colegio. En su forma más grave se podrá proceder a la cancelación inmediata de la matrícula de su(s) pupilo (s), previa investigación según lo indicado en protocolo respectivo o en su defecto aplicación de protocolo de aplicación general.

Además, debe existir siempre una actitud de confianza entre padres, apoderados y miembros de la comunidad

educativa, siendo este el modo fundamental para generar un clima armónico en el Colegio. En consecuencia, se consideran conductas transgresoras a este principio: fotografiar, filmar, grabar por cualquier medio, a algún integrante de la comunidad escolar sin su consentimiento, actitudes que serán sancionadas en conformidad al párrafo anterior.

3. CAPÍTULO TERCERO

3.1 Normas de convivencia formativo-disciplinarias.

El respeto a las normas del Colegio y el cumplimiento de los procedimientos que de éstas emanan, son condiciones

necesarias para el buen éxito en las tareas académicas y para un adecuado desarrollo social, emocional e intelectual. Aunque aspiramos a la autorregulación, la razón de ser de nuestras normas es promover en el estudiante el desarrollo de su sentido de responsabilidad, autodisciplina, integridad y respeto hacia los demás y consigo mismo.

3.1.1 Presentación personal del estudiante.

Artículo 12º.-: El Colegio considera la correcta presentación personal un valor social. El uso del uniforme escolar y/o deportivo escolar es obligatorio, dependiendo de los niveles, actividades y/o días que corresponda su uso.

Todos los alumnos deben concurrir al Colegio aseados, con su uniforme escolar completo y en buenas condiciones.

El uniforme no lleva accesorios. Para los alumnos, el Colegio exige pelo con corte escolar y peinado, patillas moderadas y afeitados. Para las alumnas, el Colegio exige pelo peinado o tomado. En ambos casos no se aceptará ni tintura ni peinados de fantasía, ningún tipo de maquillaje, accesorios llamativos, piercing, expansores, uñas pintadas, ni tatuajes visibles. El uso de joyas, adornos, anillos, aros colgantes o pulseras no está permitido.

Los alumnos de Playgroup a Cuarto Básico usarán delantal o cotona, según color y modelo del Colegio. Artículo 13º.-: Todas las prendas de los uniformes, desde Playgroup a IVº Año Medio, deben estar debidamente

marcadas con nombre y curso. El Colegio no se responsabiliza por los objetos de cualquier naturaleza y prendas marcadas o no marcadas que sean olvidadas o extraviadas en el recinto escolar. Los alumnos son responsables de revisar el “Lost and Found”. El Colegio puede donar las prendas mencionadas con fines benéficos, sin reclamo posterior.

Artículo 14º.-: Por causas justificadas, y por determinado plazo, si algún alumno no puede cumplir con su uniforme

completo, deberá justificar esta situación por escrito por medio de su apoderado a la Dirección del establecimiento. Por el lapso que dure la autorización, el alumno deberá asistir con tenida sobria, de tonos oscuros y similares al uniforme, o con tenida oficial de deportes, que incluye el buzo (pantalón largo y polerón del Colegio). No se permitirá la combinación de uniforme.

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Artículo 15º.-: Como una manera de ayudar al sentido de pertenencia e identificación con su colegio, se espera que los alumnos se presenten desde el primer día de clases con su uniforme completo en buenas condiciones, según se detalla a continuación:

Damas: - Falda escocés Institucional - Polera piqué blanca - Sweater Azul Institucional - Calcetas Azules - delantal verde (sólo pre básica) - Zapatos negros modelo escolar/zapatillas negras sin adornos. - Conservar su cabello limpio, peinado y ordenado (manteniendo el rostro completamente descubierto), solo se

permitirá el uso de cintillos, trabas y pinches de diseños formales y colores sobrios. El Colegio no autoriza la tintura de cabello. Respecto al uso de accesorios, solo se acepta el uso tradicional de aros pequeños y discretos.

Varones:

- Pantalón de tela gris - Polera blanca Institucional - Sweater azul Institucional - Cotona azul (Play Group a 4º Básico) - Zapatos negros modelo escolar/zapatillas negras sin adornos. - El rostro de los varones debe estar debidamente rasurado (si corresponde a su edad), cabello corto con volumen

reducido, con corte tradicional, limpio, peinado y ordenado. El Colegio no autoriza la tintura de cabello.

NOTA: El año 2018 será un año de transición, el uniforme será optativo (los alumnos pueden asistir con el uniforme de educación física) y solo se informará de su uso en ocasiones especiales, tales como Ceremonias Institucionales que lo ameriten.

Artículo 16º.-: Para las clases prácticas de educación física, se deberá utilizar el siguiente uniforme: - Polera de educación física oficial del ICS. - Short azul marino. - Zapatillas deportivas. - Calcetas blancas.

Artículo 17º.-: El uso correcto del uniforme y la regulación de la presentación personal favorece el logro de los

objetivos académicos y formativos acorde con los valores y principios declarados en nuestro PEI. Todos estudiantes del Colegio International Country School, deben usar solo el uniforme establecido para cada ciclo respectivo, con los distintivos oficiales en cualquiera de sus modalidades según corresponda a la actividad a desarrollar. La misma disposición es válida para actividades extracurriculares del Colegio. En relación al uso de equipamiento deportivo y buzo del Colegio, cuyo diseño no puede ser modificado, solo se permite para clases de Educación Física o práctica deportiva, a excepción de Play Group, Pre-kinder y Kinder.

Los apoderados procurarán dotar a sus pupilos, por lo menos de dos equipos de ropa, velando or la correcta

presentación personal.

Otros: Vestimentas complementarias al uniforme tanto para alumnos y alumnas tales como cuellos, bufandas, gorros y guantes deben ser de lana o polar de color institucional. Las prendas del uniforme deben estar marcadas con nombre y curso. La presentación adecuada exige el uso correcto del uniforme del Colegio, esto es, limpio, en buen estado. No está contemplado el uso de maquillaje, barniz de uñas, pulseras, collares, tatuajes, piercing o aros, ya que no son parte

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del uniforme. En el caso de que los estudiantes usen símbolos religiosos o de otra índole, de importancia para éstos, deben ser tradicionales y discretos. La apariencia del estudiante no debe ser identificada con tendencias estéticas de moda. Toda situación distinta que se presente, en relación a la presentación personal de los estudiantes, será calificada y resuelta por el estamento correspondiente.

3.1.2 Asistencia.

Artículo 18º.-: Para el logro de los objetivos de los programas de estudios, es esperable que el estudiante

perteneciente al Colegio International Country School asista a la totalidad de las actividades establecidas. Para ser promovido, el estudiante debe asistir al menos a un 85% de las actividades lectivas.

Con relación a la asistencia se debe precisar que toda ausencia por más de una semana que no corresponda a una licencia médica debe ser informada a la Dirección de Colegio. Si la ausencia es producto de un viaje, el apoderado debe enviar una carta a la Dirección del Colegio notificando las fechas e indicando su responsabilidad para que su pupilo asuma al regreso todas las tareas y evaluaciones que hubieran quedado pendientes. Si la familia se ausenta de la ciudad en período escolar, y el alumno queda bajo el cuidado de otra persona, se debe dar previo aviso de esta situación a su Profesor Jefe.

Artículo 19º.-: El estudiante que, por problemas de salud, debidamente certificada por el médico correspondiente, no pueda participar en las actividades prácticas de Educación Física, se le aplicará en reemplazo de ello, trabajos teóricos vinculados a este sector.

Artículo 20º.-: La salida fuera de los horarios estipulados por el colegio, solo será autorizada en los siguientes casos: a petición del apoderado, por citación médica o dental, enfermedad, fallecimiento de algún familiar cercano, alguna situación de carácter especial y por accidente escolar. No obstante, en cualquiera de los casos indicados, el estudiante abandonará el colegio, en compañía del padre y/o apoderado, después de haber sido consignada su salida en Secretaría, previo conocimiento de la Coordinación de Ciclo y/o Dirección.

El retiro de los alumnos y alumnas, al término de la jornada normal de clases, solo podrá efectuarlo, el Padre y/o Apoderado, o en su defecto, una persona autorizada con anterioridad por el Padre y/o Madre del estudiante.

Artículo 21º.-: En la eventualidad de existir un accidente escolar y mientras se ubica al padre y/o apoderado del alumno o alumna, éste será trasladado si las circunstancias así lo ameritan, al establecimiento hospitalario más cercano.

Artículo 22º.-: Toda inasistencia a clases deberá ser justificada por el apoderado, ya sea mediante el certificado médico respectivo, o bien, a través de la agenda u otro medio equivalente. En caso de inasistenca a pruebas u otro tipo de evaluaciones, se aplicará el reglamento de evaluación.

3.1.3 Puntualidad.

Artículo 23º.-: Para el Colegio ser puntual es un hábito que se va construyendo con esfuerzo, voluntad y perseverancia. La puntualidad implica, estar a tiempo en el lugar indicado en los horarios convenidos.

Cabe recordar que la puntualidad es un elemento esencial de la responsabilidad, del respeto hacia los demás, y del

compromiso con lo que hacemos. Para poder fomentar la puntualidad, lo primero que debemos hacer los adultos es modelar con el ejemplo en todas nuestras actividades de manera constante y permanente. Este buen hábito acompañará a nuestros estudiantes para toda la vida.

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La llegada a clases y a todo evento organizado por el Colegio debe ser puntual.

Todo alumno que, estando en el Colegio, se atrase injustificadamente en la llegada a clases, será anotado en el Libro de Clases por el Profesor correspondiente, el atraso se registrará como una falta leve.

El Colegio se rige por un horario que deberá respetar el padre, madre o apoderado para dejar al alumno y retirarlo oportunamente, especialmente en el caso de los alumnos de Prebásica y Básica. El Colegio no cuenta con la supervisión de adultos a cargo de los alumnos, antes o después de los horarios establecidos.

Artículo 24º.-: La acumulación de tres atrasos del alumno y/o alumna, implicará en forma automática que el Padre

y/o Apoderado deberá presentarse en el Colegio con su pupilo, en Inspectoría, para tomar conocimiento bajo firma de los atrasos del estudiante, ocurridos al ingreso al establecimiento (o en su defecto, en los cambios de hora de los respectivos sectores curriculares), con la finalidad, de que una vez realizado lo anterior, el estudiante, mediante documento escrito de Inspectoría, proceda a ser autorizado para ingresar a la sala de clases para continuar con el proceso de enseñanza - aprendizaje. Asimismo, de persistir en forma reiterada esta conducta de atrasos, y si se volviera una costumbre, se notificará debidamente al apoderado, llegando a convertirse en una falta grave.

3.1.4 Permisos.

Artículo 25º.-: En lo relativo a los permisos, si los padres o el apoderado necesitara retirar a su pupilo del Colegio antes del término de la jornada, deberá solicitar autorización personalmente o mediante comunicación (que quedará en poder del colegio). Esta última eventualmente, será confirmada telefónicamente. Dicho retiro deberá quedar registrado en el libro donde se dejará constancia escrita de la salida del alumno o la alumna, el motivo de la misma, hora, firma y Rut de quien retira.

Artículo 26º.-: La dirección se reserva el derecho de acceder o negar autorizaciones de salida. Además, tendrá la

facultad de citar al apoderado, en caso de que éste realice reiteradas peticiones de salida. No se autoriza al alumno/a para salir del colegio a adquirir materiales, útiles olvidados u otros elementos, en ningún caso.

Artículo 27º.-: Los padres y/o apoderados deberán informar personalmente al colegio el nombre y RUT de otro adulto que no se el apoderado para retirar al alumno del colegio, en la eventualidad de que el apoderado oficial no lo pueda efecuar. No se entregarán niños a personas que no cuenten con autorización previa. El estudiante debe permanecer durante toda la jornada escolar en el establecimiento.

3.1.5 Uso de Artefactos o Aparatos personales.

Artículo 28º.-: El uso de artefactos o aparatos personales que puedan interrumpir el trabajo pedagógico, debe encontrarse medido por uno de los valores fundamentales que en ICS se estima necesario para permitir desarrollar a futuro, alumnos libres y autónomoes, esto es, la responsabilidad personal. Por ello, las reglas que velan por el correcto y adecuado uso de estos aparatos son las siguientes:

- No está permitido traer al colegio juguetes, o cualquier otro elemento que pueda atentar contra la integridad física de los alumnos, alumnas y personal en general, por ejemplo: juguetes que disparan proyectiles, o bien, que sean riesgosos, tales como cortaplumas, cuchillos cartoneros u otros.

- No se autoriza el uso de artefactos tecnológicos como MP3, MP4, celulares, smartphones, iPods, iPads, notebooks, cámaras fotográficas, alisadores de pelo, etc. Ante la pérdida de dichos artefactos personales el Colegio se exime de toda responsabilidad. Si los estudiantes en su quehacer educativo requieren el empleo de pendrive, Notebook u otros, están autorizados para su utilización puntual, sin embargo, ante la pérdida de dichos artefactos personales el Colegio se exime de toda responsabilidad. Los alumnos de 1 ciclo no tienen permiso para usar celular.

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3.1.6 Uso y cuidado de la infraestructura.

Artículo 29º.-: El uso y cuidado de la infraestructura, medicamentos, seguridad escolar y equipamiento del establecimiento, deberá adecuarse conforme a las siguientes reglas:

- En lo particularmente relativo a la seguridad escolar, ICS implementará un sistema principalmente en Pre Básica y en Enseñanza Básica, entre 1º - 2º - 3º y 4º año de E.B., como eventualmente en otros niveles superiores, consistente en la instalación de medios audiovisuales, compuestos por cámaras de grabación instaladas en lugares externos, tales como ingresos, patios de juegos, pasillos y otros, con el objetivo de brindar seguridad a los estudiantes, y captar imágenes que eventualmente pueden ser almacenadas y/o grabadas en discos duros o guardadas en el propio sistema.

- Producto del quehacer educativo inherente de ICS y en las actividades propias del proceso de enseñanza – aprendizaje o en actividades extra curriculares y/o eventos institucionales, se realizará la inclusión del uso de imagen, ya sea en fotos, afiches, página web, etc., de las alumnas y alumnos, como también, de los diversos estamentos (padres y/o apoderados y familiares, profesoras y profesores, personal de la institución y comunidad de ICS) que conforman la unidad educativa y destacándose la ceremonia, evento, acto u otros, en los que se hubiere participado.

- En lo relativo a las infracciones de seguridad escolar, ICS tiene una política de tolerancia cero para las drogas, el alcohol y la intimidación. ICS se compromete a proporcionar un lugar seguro para nuestros estudiantes y personal. Posesión de drogas, alcohol o cualquier otra asociada, y todas las amenazas y la intimidación se tomarán en serio. La acción inmediata será adoptada por la administración, pudiendo comprender hasta la expulsión del alumno, si fuese necesario.

- Los estudiantes que causen daño a la propiedad escolar, están obligados a informar a las autoridades respectivas del establecimiento sobre cualquier pérdida, accidente o daños a la propiedad escolar. Esto incluye los libros y todos los otros materiales educativos, así como todo el equipo y las instalaciones escolares, incluyendo baños. Una cantidad que cubre la reparación o reemplazo se cobrará cuando un estudiante es culpable de un uso descuidado o inadecuado de los materiales y equipos. Los alumnos que incurran en forma deliberada en el deterioro, pérdida o manipulación inadecuada de materiales del establecimiento deberán reponer los objetos dañados en el tiempo acordado, sin perjuicio de las sanciones correspondiente a estas faltas.

- En lo relativo a la política de medicamentos, si un niño necesitare alguna dosis de ellos, los padres deberán estar conscientes de dar la medicación antes de la llegada a la escuela. Todos los medicamentos, con receta o sin receta, deben ser llevados a las autoridades por los padres, con las instrucciones escritas para la administración de la medicación. El envase original debe estar claramente etiquetado con el nombre del estudiante. Prescripción de medicamentos debe tener la etiqueta de la farmacia intacta.

3.1.7 Alimentación e Higiene.

Artículo 30º.-: En lo relativo a la alimentación e higiene, es preciso señalar que:

- La higiene personal es fundamental, y se debe utilizar el uniforme del ICS siempre, manteniendo una disciplina intachable.

- El cuidado de los espacios es tarea de todos, por lo tanto, el uso de papeleros es una obligación.

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- La alimentación debe ser cautelada por la familia, evitándose colaciones de comidas chatarras que promueven la mala alimentación. Se sugerirá una lista de alimentos para colaciones, evitando dulces y bebidas gaseosas que promueven la obesidad infantil.

- Los materiales de uso personal del alumno, deben venir marcados y son de exclusiva responsabilidad de ellos, tanto útiles escolares, loncheras y sus respectivos materiales de trabajo.

3.2 Sistema de registro de convivencia escolar.

Artículo 31º.-: El Colegio international Country School ha implementado un sistema de registro de convivencia

escolar mediante el cual los profesores, inspectores y equipo directivo notifican al estudiante y posteriormente al apoderado de conductas que ameritan ser premiadas y/o sancionadas en el ámbito disciplinario. Para esto se ha dispuesto el uso de registros escritos en el Libro de Clases y Carpeta de Acompañamiento Formatvo-Disciplinario (hoja de vida del alumno), en la que se registran en detalle toda actividad escolar relevante que necesite un tratamiento reservado de la información y con acceso restringido a los alumnos, siendo de consulta y revisión sólo para el apoderado, profesores y dirección del colegio.

Los registros de convivencia escolar consignan un nivel de reconocimiento y tres niveles de faltas que derivan en

una sanción: - Registros de convivencia escolar por reconocimiento. - Registros de convivencia escolar por faltas: leves, graves, muy graves o gravísimas.

Artículo 32º.-: Los registros de convivencia escolar por reconocimiento corresponden a aquellas conductas que

están definidas como comportamientos esperados para el estudiante y que se presentan de manera permanente y/o destacada.

Dentro de estas conductas podemos destacar: - Manifiesta una actitud de respeto hacia sus profesores, inspectores y/o directivos. - Evidencia respeto y cordialidad en el trato con sus compañeros. - Usa un lenguaje y modales adecuados. - Mantiene un trato deferente y cordial con toda la comunidad. - Respeta los horarios y actividades establecidas por el colegio. - Genera y promueve un clima académico propicio que permite el buen desarrollo de la clase. - Valora y respeta las opiniones de sus compañeros. - Mantiene una muy buena presentación personal durante la jornada de clases. - Demuestra gran responsabilidad en compromisos adquiridos. - Se destaca por su colaboración en el cuidado y aseo de las dependencias del colegio. - Demuestra con sus actos apego al valor de la honestidad. - Promueve actitudes que favorecen la honestidad en sus compañeros. - Demuestra capacidad para asumir sus errores y trata de enmendarlos. - Evidencia en su comportamiento una actitud de colaboración y compañerismo. - Tiene excelente participación en clases. - Otras conductas que merezcan ser reconocidas.

Tipo de reconocimiento:

- Reconocimiento verbal. Es otorgado por los profesores o inspectores en el momento en que el estudiante

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presente la conducta.

- Reconocimiento vía agenda. A través de la agenda escolar se envía un registro de convivencia que describe la conducta destacable en una o más áreas, quedando además consignado en la hoja personal del estudiante.

- Reconocimiento vía informe de notas. Es otorgado por los profesores de acuerdo a las habilidades y/o conductas demostradas en clase.

- Carta de felicitación. Distinción solicitada por el Consejo de Profesores y otorgada por la Dirección, para felicitar a aquellos estudiantes que han demostrado sistemáticamente una conducta destacable.

- Diploma de honor. Reconocimiento otorgado a final de año, por decisión del Consejo de Profesores para felicitar al estudiante que destaque en una habilidad o conducta.

Artículo 33º.-: Los registros de convivencia escolar por falta corresponden a aquellas conductas que están definidas

como comportamientos inadecuados del estudiante. En el análisis, evaluación y decisión de una sanción, se considerará previamente, la aplicación de medidas

educativas, formativas o médicas, que correspondan, considerando las circunstancias, oportunidad y edad cronológica del alumno afectado, como asimismo la capacidad de auto corrección, autodisciplina y compromiso de mejoramiento, aspectos que serán estudiados por el Encargado de Convivencia Escolar, el Profesor Jefe de curso, Profesores de Asignatura y eventualmente el Psicólogo y/u Orientador, según corresponda.

Artículo 34º.-: Clasificación:

1. Muy graves o gravísimas (MG): Corresponden a aquellas conductas que atentan físicamente y/o Psicológicamente contra las personas y bienes. Pueden llevar a la cancelación de la matrícula y/o expulsión del estudiante.

2. Graves (G): Corresponden a aquellas conductas que afectan al sentir de las personas y se asocian a las relaciones interpersonales y deterioro intencional de la infraestructura. Tres faltas graves (G) iguales pueden devenir en una falta muy grave (MG), para lo cual esas tres faltas graves (G) se estimarán como solo una muy grave (MG).

3. Leves (L): Corresponde a aquellas conductas de escasa intencionalidad y que podrían provocar molestias e interferir en las relaciones interpersonales o de grupos, o en el desarrollo del afectado. Tres faltas leves (L) iguales pueden devenir en una falta grave (G), para lo cual esas tres faltas leves (L) se estimarán como solo una grave (G).

Artículo 35º.-: En la eventualidad de que los alumnos cometan transgresiones, o bien, faltas graves o gravísimas

(muy graves) al Reglamento de Convivencia Escolar, que está sustentado en los Decretos Supremos de Educación, para la Educación Prebásica, E. Básica y Educación Media respectivamente, se exponen entre otros, a lo siguiente:

1. Amonestación verbal: será aplicada por el Profesor Jefe o de asignatura (sector y/o subsector curricular). 2. Amonestación por escrito: será registrada en el libro de clases por el Profesor Jefe o de asignatura (sector

y/o subsector curricular). 3. Citación por escrito al apoderado: será aplicada por el Profesor Jefe, de asignatura, o personal Docente y

Directivo. 4. Suspensión: en caso de una gravedad mayor, y en conocimiento de los estamentos involucrados, el alumno

procederá a ser suspendido por la Inspectoría General.

Artículo 36º.-: Las faltas, sanciones, procedimientos y autoridad que las aplicará, se guiarán de acuerdo al cuadro anexo, dejando establecido que las faltas no especificadas serán evaluadas y sancionadas, si correspondiera, por Dirección.

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Tres faltas leves iguales constituyen una falta grave, tres faltas graves iguales, constituyen una falta muy grave, aplicándose las sanciones indicadas para cada una.

Artículo 37º.-: Además de las sanciones señaladas, se deberá exigir a los padres o apoderados la devolución o pago del valor de las especies dañadas o desaparecidas, como consecuencia de una actuación indisciplinada de sus pupilos, como asimismo los gastos por daños a las personas.

Artículo 38º.-: Las sanciones muy graves (MG), serán aplicadas después de un proceso administrativo, destinado a determinar la existencia objetiva de las faltas, a través de una “Comisión de Disciplina”, conformada por el Profesor Jefe del curso; eventualmente, el Psicólogo, y obligatoriamente la Coordinación de UTP y Encargado de Convivencia Escolar, quienes informarán por escrito los hechos y propondrán la medida correspondiente a la Dirección del ICS, la que podrá aprobar, cambiar o aplicar la sanción como se propuso y dejar registro en la hoja de vida del alumno.

Las sanciones muy graves (MG), de acuerdo al mérito de éstas pueden implicar la expulsión y/o cancelación de

matrícula del alumno y/o de la alumna del ICS.

Artículo 39º.-: Las sanciones graves, serán aplicadas por Inspectoría General, el Director de Ciclo (o Coordinación de UTP), en consulta al Profesor Jefe, luego de revisar el caso y escuchar a las partes implicadas. Se registrarán en la hoja de vida del alumno. Podrá solicitarse la asesoría del Dpto. de Orientación (en la eventualidad de existir), para investigar los hechos, por denuncia de funcionarios, docentes, directivos o alumnos.

Las sanciones graves, de acuerdo al mérito de éstas pueden implicar la condicionalidad del alumno y/o de la alumna del ICS., como igualmente, la aplicación de la suspensión de clases de los estudiantes involucrados.

Artículo 40º.-: Las sanciones leves, serán aplicadas por el Profesor Jefe, luego de revisar el caso y escuchar a las partes implicadas. Se registrarán en la hoja de vida del alumno. Corresponderá al Profesor Jefe, decidir la sanción indicada, a petición de los Docentes y previa verificación de los hechos.

Artículo 41º.-: Considerando lo anterior, se deja establecido que, en el análisis, evaluación y decisión de una sanción, se considerará previamente, la aplicación de medidas educativas, formativas o médicas, que correspondan, considerando las circunstancias, oportunidad y edad cronológica del alumno afectado, como asimismo la capacidad de auto corrección, autodisciplina y compromiso de mejoramiento, aspectos que serán estudiados por el Profesor Jefe de curso y el Psicólogo o Psicopedagoga, si corresponde.

Artículo 42º.-: Tabla de graduación de algunas faltas disciplinarias:

Cualidad Personal

Actitud que se espera del alumno Actitud que el alumno debe evitar Graduación de la falta

Relaciones interpersonales

Desarrollar y aplicar su afectividad en sus relaciones cotidianas.

Responder con palabras groseras a otros miembros de la comunidad educativa.

MU

Y GR

AV

E Utilizar el diálogo como fuente permanente de humanización.

Amenazar y/o agredir en forma oral y/o física.

Respetar la igualdad de derechos sin importar rango social.

Mantener una actitud irreverente en actos o actividades propias del establecimiento.

GR

AV

E

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Valorar permanentemente la convivencia democrática, logrando siempre un equilibrio en sus relaciones humanas.

Burlarse en forma sarcástica de cualquier persona del colegio.

Mantener una actitud de respeto frente a la labor del profesor.

Intolerancia ante opiniones contrarias.

Honestidad Capaz de conocerse a sí mismo, identificando sus potencialidades y sus limitaciones.

Promover la sustracción de bienes ajenos.

MU

Y GR

AV

E

Capaz de reflexionar frente a cada uno de sus actos.

Verse involucrado en la sustracción de bienes ajenos.

Desarrollar autonomía y autenticidad en su acción cotidiana.

Adulterar documentos de cualquier índole, pertenecientes al ICS o a otras instituciones.

Ser consecuente entre sus dichos y actos.

Sustraer pruebas, exámenes o adulterar cualquier otro tipo de evaluación utilizada por un profesor.

Ser autocrítico. Copiar en trabajos, pruebas o controles.

Consumir, vender o inducir el consumo de algún tipo de droga, dentro o fuera del establecimiento.

Consumir o vender cualquier tipo de bebida alcohólica dentro del establecimiento.

Pedir ayuda en pruebas o interrogaciones individuales, sean éstas orales o escritas.

Negarse infundadamente a responder pruebas, presentar trabajos o realizar alguna actividad relacionada con su quehacer escolar.

GR

AV

E

Vender cualquier tipo de mercadería sin informar a Inspectoría o a la Dirección del colegio.

Puntualidad y asistencia

Demostrar que es capaz de hacer buen uso de su libertad responsable,

Llegar permanentemente atrasado, sin justificación razonable.

GR

AV

E

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asistiendo a clases de forma continua y llegando a la hora al establecimiento.

No asistir continua o reiteradamente al establecimiento.

Ser capaz de comprender que tanto su asistencia como su puntualidad tienen directa relación con el logro de sus objetivos de vida.

Ausentarse a pruebas, interrogaciones, entregas de trabajos u otros deberes escolares justificar.

Sumar dos o más inasistencias sin justificar.

La puntualidad permanente demuestra autodisciplina.

Sumar tres o más atrasos sin justificar.

Presentación personal, higiene y salud

Reconocer que la imagen externa es el reflejo del ser interior que existe en cada persona.

Incurrir en hábitos perjudiciales para la salud, especialmente en los consumos detallados en el apartado anterior.

MU

Y GR

AV

E

Demostrar preocupación por la imagen que proyecta.

Generar o inducir la generación de conductas que impliquen contaminación acústica en lugares no aptos para ello.

GR

AV

E

Acatar ciertas normas básicas de presentación personal, las cuales están estipuladas en este Reglamento de Convivencia Escolar, tanto para varones como para damas.

Usar poleras, polares, parkas, pantalones, chalecos, zapatillas, bufandas, gorros u otros objetos que no correspondan a los tonos autorizados por el colegio.

Entender que en una sociedad coexisten personas muy diversas, y para poder convivir, debemos tener ciertas normas comunes que nos hacen desarrollarnos en forma armónica y justa.

Descontinuar el uso del uniforme escolar durante la clase.

Usar maquillaje excesivo con el uniforme escolar.

Usar o portar accesorios demasiado llamativos o en gran cantidad, que no correspondan al quehacer escolar.

Que el pelo de varones y/o damas se encuentre desaseado.

Que los varones asistan al colegio con barba, bigotes o patillas.

Realizar actividades que impliquen juegos violentos o riesgosos.

Usar o portar objetos de valor que puedan ser fácilmente sustraídos, y se encuentren prohibidos por el reglamento.

LEVE

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Que, en el caso de los varones, y sin la autorización respectiva, el pelo sobrepase el término del cuello de la camisa y/o polera

Alumno y su entorno

Proteger el entorno natural. Rayar las paredes, bancos, sillas, baños u otros objetos del colegio.

MU

Y GR

AV

E

Demostrar preocupación por mantener el mobiliario en buen estado

Destruir mobiliario, vidrios, elementos de la sala de clases u otras dependencias del colegio, incluso aquellos que cumplen un fin decorativo.

Ser cuidadoso tanto con sus materiales como con los terceros.

Destruir o promover la destrucción o alteración de las áreas verdes.

Demostrar solidaridad con el personal auxiliar, cuidando el aseo en las diversas dependencias del establecimiento.

Deteriorar por mal uso elementos como radios, televisores, videos, computadores u otros artefactos o instrumentos que el colegio ponga a su disposición.

Proteger las áreas verdes del colegio. Ensuciar deliberadamente la sala de clases o los espacios comunes.

GR

AV

E

Contribuir en forma creativa al mantenimiento del establecimiento.

Manchar con plumón permanente las pizarras.

Destruir objetos de compañeros, tales como mochilas, cuadernos, libros u otros.

3.3 Procedimientos formativo-disciplinarios.

Para la aplicación de todos los procedimientos formativo-disciplinarios, se toman en consideración la edad y el nivel

de desarrollo del estudiante, asociando estos a los niveles educativos por los cuales se organiza el Colegio y a las

características y naturaleza de la(s) conducta(s).

Artículo 43º.-: Tabla de especificación de procedimientos generales:

Procedimiento Personal responsables

1.- Conversación con el alumno. Encargado de Convivencia Escolar

2.- Compromiso por escrito de colaboración del

alumno.

Encargado de Convivencia Escolar

3.- Conversación con el apoderado. Profesor Jefe o Encargado de Convivencia Escolar.

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4.- Se solicita intervención del orientador. Orientador(a).

5.- Se solicita intervención de especialista, como

psicólogo, neurólogo, psiquiatra u otro, según la

necesidad del caso.

Especialista respectivo y Jefatura de UTP.

6.- Servicios comunitarios a favor del

establecimiento educacional, tales como apoyo

escolar a otros alumnos, reparación de lo dañado,

etc (de acuerdo a orientaciones MINEDUC)

Encargado de Convivencia Escolar.

7.- Suspensión temporal de clases. Encargado de Convivencia Escolar

8.- Condicionalidad del alumno, junto con la NO

renovación de matrícula para el año siguiente.

Dirección, Encargado de Convivencia Escolar y

Consejo de Profesores (a requerimiento de

Dirección).

9.- Solicitud al apoderado de reubicación inmediata

del alumno en otro establecimiento o la expulsión

directa.

Dirección, Encargado de Convivencia Escolar y

Consejo de Profesores (a requerimiento de

Dirección).

Artículo 44º.-: De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 42º y 43º del presente Reglamento, se establece la

siguiente clasificación en lo que respecta a la graduación de la falta y el procedimiento a seguir:

Graduación de la falta Especificación del Procedimiento

LEVE 1-2-3-6

GRAVE 2-3-4-5-7

MUY GRAVE (GRAVÍSIMA) 2-3-4-5-8

Artículo 45º.-: La graduación de falta y sus respectivos procedimientos establecidos en el artículo anterior, no

implica aplicación en forma sucesiva, sino que atendiendo al mal causado en cada caso concreto, el personal encargado del procedimiento respectivo se pronunciará y determinará las sanciones concretas a aplicar, teniendo siempre en cuenta la importancia en la formación de los alumnos que forman parte de la comunidad educativa.

3.4 Medidas disciplinarias.

Artículo 46º.-: Sin perjuicio de lo señalado para cada tipo de falta en particular, adicionalmente el Colegio puede aplicar una de las siguientes sanciones, siguiendo los criterios antes señalados:

- Citación al apoderado.

- Firma carta compromiso del apoderado.

- Advertencia de condicionalidad.

- Condicionalidad: La situación de condicionalidad puede tener una duración máxima de dos semestres consecutivos. Una vez transcurrido este periodo y de no evidenciar un cambio positivo en la conducta, es

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resuelto por la Dirección la aplicación de una medida superior.

- Condicionalidad Extrema. Esta medida considera un nivel de gravedad y/o persistencia de conductas no deseadas, por lo que contempla someter a evaluación del Consejo Directivo la posibilidad o no de renovar el contrato con el Colegio en el periodo académico siguiente (en cualquiera de sus formas).

- No suscripción de contrato de prestación de servicios educacionales para el año siguiente.

- Sugerencia de cambio de Institución Educacional.

- Cancelación inmediata de matrícula.

Artículo 47º.-: Con respecto a la condicionalidad de matrícula, entre algunas de sus causales, se destacan:

- Reiteración de conductas negativas, a pesar de haberse aplicado la medidas remediales por los diversos estamentos del colegio.

- Todo tipo de falsificaciones y adulteraciones.

- Las ausencias al colegio sin justificación del apoderado, realizadas mañosamente (cimarras).

- La salida del colegio sin autorización (fugas).

- La agresión verbal o física, con graves consecuencias para el ofendido.

- La apropiación de pertenencias ajenas.

- Provocar destrozos deliberados a la infraestructura y al mobiliario escolar.

Artículo 48º.-: La condicionalidad de la matrícula se aplica de acuerdo al siguiente fundamento:

- Será aplicada por el Encargado de Convivencia Escolar, con el aval del Profesor Jefe, Orientación (Psicología) y con la aprobación de la Dirección.

- Se establecerá ante la reiteración de conductas negativas repetitivas, e incluyendo que el colegio, a través del personal idóneo, ya había adoptado las estrategias y medidas remediales para subsanar el problema presentado por el alumno y alumna, sin embargo, éstas no surtieron el efecto esperado.

Artículo 49º.-: El desarrollo integral de las potencialidades del alumno y alumna, a través del aporte de los

diferentes actores educativos del colegio, implica contar con un ambiente de armonía, proclive para concretar lo señalado, en un contexto traspasado por los Objetivos Fundamentales Verticales y Transversales de la Reforma Educacional, en consecuencia, para poder cautelar lo señalado con antelación y ante eventuales quiebres en el clima de armonía, es decir, ante situaciones graves que afecten o pongan en riesgo la integridad física y/o salud mental de sus integrantes, se adoptarán medidas para privilegiar este principio. Por consiguiente, ante las siguientes faltas muy graves o las que revistan igual gravedad, se procederá a la cancelación inmediata de la matrícula:

- Ante faltas gravísimas (muy graves) con carácter de delitos, o bien, que puedan propender hacia estos (por

ejemplo: tenencia de armas de fuego o “cortopunzantes” y/o empleo de las mismas.

- La tenencia, venta y / o incitación al consumo de drogas o similares.

- Comprobación de hurto o robo en el colegio, dentro y fuera de la jornada escolar.

- Agresión moral o física de consideración grave, que atente contra el grupo de pares o del personal del colegio.

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- Cualquier denuncia o constancia de abuso deshonesto o variedades del mismo, que sean debidamente comprobados.

Artículo 50º.-: De acuerdo a la actual Reforma Educacional y a las directrices emanadas por ICS, considerando

que los alumnos son agentes de su propia superación, en el contexto de los Objetivos Fundamentales Transversales, a través de un proceso de maduración permanente y en la puesta en acción de las relaciones interpersonales en el contexto de una convivencia democrática y en la eventualidad de que se transgredan permanentemente dichos Objetivos Fundamentales Transversales, el colegio, en función del bien común, deberá adoptar la cancelación de matrícula.

En consecuencia, si el educando presenta en forma reiterada y constante, conductas negativas y a pesar de

haberse adoptado todas las medidas de ayuda, por los estamentos respectivos, para superar las faltas cometidas, la Dirección del ICS sugerirá al Apoderado, el cambio de establecimiento educacional, o en su defecto, la expulsión del alumno, previo estudio de los informes entregados por Inspectoría General, la Jefatura de Unidad Técnico Pedagógica, eventualmente Orientación, el Comité de Sana Convivencia Escolar u otro organismo similar y/o el Consejo de Profesores, según corresponda.

Artículo 51º.-: La participación del Consejo de Profesores, como órgano consultivo entre sus múltiples tareas, en su funcionamiento ordinario y extraordinario, podrá intervenir a requerimiento de la Dirección, en la aplicación de sanciones a los alumnos y alumnas, siempre que se cite expresamente para ello.

Dicha situación acontecerá cuando:

- Se acredite la reiteración de faltas muy graves por parte de los educandos.

- Cuando al incurrir en una falta de carácter muy grave, ésta revista tal quiebre, que transgreda los objetivos del colegio y la armonía institucional.

De presentarse algunas de las situaciones precedentes, la aplicación de sanciones de parte del Consejo de

Profesores, deberá considerar a lo menos, los siguientes requisitos:

- Un informe del Encargado de Convivencia Escolar, de la Jefatura Técnica si es que fuera del caso, otro de Orientación o Psicóloga y uno de la Jefatura de Curso del alumno o alumna afectado. En dichos informes, se estipulará el perfil psicológico del educando, como también de las atenuantes y agravantes de su situación particular. Se deberá incluir la sanción que eventualmente, podría ser aplicada.

- Que las sanciones sean adoptadas en forma consensual por parte del Consejo de Profesores del ciclo respectivo (Básica o Media), o bien, por la mayoría de los miembros asistentes.

3.4.1 Situaciones de estudiantes sancionados.

Artículo 52º.-: Los reclamos o apelaciones que se interpongan con ocasión de la aplicación del presente Reglamento

de Convivencia, como aquellos casos o situaciones no contempladas en él, serán evaluadas y resueltas por el Consejo Directivo del establecimiento, considerando como eje principal el bien común.

Este órgano sesiona conforme a los requerimientos y dispone de las más amplias facultades para citar a personas

y requerir información, resolviendo por escrito y sin ulterior recurso, una vez agotadas las instancias de apelación.

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3.4.2 De la apelación.

Artículo 53º.-: Todos los estudiantes afectados por una medida disciplinaria tienen, derecho a ser escuchados,

presentar descargos y tener una instancia de revisión adecuada a la sanción recibida. La apelación será ante el Consejo Directivo y se debe formalizar con una carta entregada, en un plazo máximo de 5 días hábiles, en la secretaría de la Dirección. Como una medida para mejor resolver, el Consejo Directivo, puede solicitar mayores antecedentes, dándole gran importancia a todas las conductas que respalden la capacidad de compromiso, esfuerzo, perseverancia y respeto con el resto de la comunidad y de las normas declaradas en este Reglamento, que permiten la convivencia en armonía.

Las normas anteriormente expuestas son de carácter obligatorio y su incumplimiento es motivo suficiente para que

el Colegio decida no suscribir el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales que corresponda para el año siguiente. El Consejo Directivo deberá pronunciarse sobre la apelación en el plazo de 10 días hábiles contados desde la

presentación de la apelación. La decisión ya apelada se informará de manera personal y por escrito al a lumno y a su apoderado, no existiendo recurso a posterior.

4. CAPÍTULO CUARTO

4.1 Situaciones especiales de salud.

Artículo 54º.-: Ante cualquier situación especial de salud que sufra el estudiante, cada apoderado debe informar al

momento de iniciarse el año escolar o cuando tome conocimiento de ello, a fin de que el Colegio adopte las medidas necesarias de apoyo. No obstante lo anterior, el Colegio se exime de toda responsabilidad en caso de producirse alguna situación relacionada con ello.

Artículo 55º.-: En casos de situaciones que conlleven posibles riesgos a la salud o que impliquen largos periodos de

convalecencia o reposo preventivo, tales como tratamientos psiquiátricos, lesiones físicas, embarazos, etc., el Colegio se reserva el derecho de hacer respetar los plazos indicados por los médicos tratantes, pudiendo el Consejo Directivo ampliarlos, con el fin de cautelar la seguridad y la salud del estudiante, el apoderado se obliga a respetar la decisión del Consejo Directivo. En estos casos el Colegio otorga todas las facilidades necesarias para posibilitar el normal desempeño académico del estudiante.

Artículo 56º.-: Frente a casos de estudiantes con enfermedades crónicas, que requieran atención especial durante

la jornada escolar, el Colegio otorga, de acuerdo a sus posibilidades, las facilidades para que la familia del estudiante se pueda hacer cargo de asistirlo en forma personalizada, puesto que el Colegio, en atención al bien común, no puede comprometerse a la atención exclusiva de este tipo de casos.

4.2 Instancias de colaboración y vías de comunicación entre padres y Colegio.

Artículo 57º.-: Toda notificación y/o comunicación desde el apoderado al Colegio, debe ser realizada a través de la

agenda escolar, que para este efecto debe mantener el estudiante consigo permanentemente. Asimismo, el Colegio puede notificar y/o comunicar a los apoderados los asuntos de interés general mediante comunicación, vía agenda, circulares y/o medios electrónicos.

Artículo 58º.-: Frente a cualquier dificultad o inquietud que tenga relación con aspectos académico-disciplinarios,

el apoderado debe hacer uso de los conductos regulares de comunicación. En estos aspectos, el Colegio asigna al Profesor Jefe como la primera instancia de entrevista. Una vez utilizado este canal y en el evento que sus preocupaciones no hayan

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sido satisfechas, el apoderado deberá entrevistarse con:

- Coordinador de Ciclo: si la inquietud es de carácter curricular o evaluativa. - Encargado de Convivencia Escolar: si la inquietud es de corte formativo-disciplinario. - Subdirección Administrativa: si la inquietud se refiere a documentos oficiales, matrícula o actualización de

datos. - Subdirección de Finanzas: si la inquietud es de origen contable. - Dirección del Colegio, solo interviene directamente una vez que el apoderado haya seguido el conducto regular

realizando las entrevistas anteriormente descritas. - La Dirección atiende a las directivas de cursos en relación a temas generales de interés. - Las Coordinaciones atienden temas de interés de los apoderados en forma individual. Tanto el Consejo Directivo como la Dirección del Colegio tienen la facultad para responder la correspondencia que

dirijan a ellos los apoderados y estudiantes, a través de las Coordinaciones de Ciclo, Encargado de Convivencia Escolar y Subdirecciones, en consideración a la naturaleza o urgencia del tema.

5. CAPÍTULO QUINTO

5.1 Actores colaborativos.

5.1.1 Centro de Alumnos.

Artículo 59º.-: El Centro de Alumnos es la organización formada por los estudiantes de segundo ciclo de enseñanza básica (5º a 8ª Básico) y de enseñanza media del Colegio. Tiene como finalidad servir a sus miembros, como medio de desarrollar en ellos el pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la voluntad de acción; de formarlos para la vida democrática, y de prepararlos para participar en los cambios culturales y sociales.

Dentro de sus funciones está el promover la creación e incremento de oportunidades para que los estudiantes

manifiesten democrática y organizadamente sus intereses, inquietudes y aspiraciones. También representar los problemas, necesidades y aspiraciones de sus miembros ante las autoridades u organismos del Colegio.

La Directiva es elegida anualmente en votación universal, unipersonal, secreta e informada, según lo establece el

Reglamento Interno del Centro de Alumnos del Colegio. Para optar a cargos en la Directiva del Centro de Alumnos, el postulante debe cumplir dos requisitos:

- Tener a lo menos 6 meses de permanencia en el Colegio al momento de postular. - No haber sido destituido de algún cargo del Centro de Alumnos por infracción a sus reglamentos.

La Directiva está constituida a lo menos por un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero. Las funciones que corresponden desempeñar a cada uno de los miembros de la Directiva son fijadas en el Reglamento Interno del Centro de Alumnos. En todo caso, es atribución del presidente representar a la Directiva del Centro de Alumnos ante la Dirección y el Consejo de Profesores del Colegio, en todas aquellas ocasiones en que las necesidades y acontecimientos de la vida escolar lo requieran, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan a la Directiva.

5.1.2 Centro de Padres.

Artículo 60º.-: El Centro de Padres y Apoderados (CPA) al representar a las familias del colegio, es el organismo que

comparte y colabora en los propósitos educativos y sociales del colegio. Orientando sus acciones con plena observancia de las atribuciones técnico-pedagógicas que competen exclusivamente al establecimiento, promoverán la solidaridad, la

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cohesión grupal entre sus miembros, apoyarán organizadamente las labores educativas del colegio y, estimularán el desarrollo y progreso del conjunto de la comunidad escolar.

Para que participen más directamente en la educación de sus hijos, los padres y apoderados que deseen participar

en el Centro de Padres pueden hacerlo según sus posibilidades, a través de los siguientes organismos:

- La Asamblea General. Todos los padres y apoderados de los estudiantes del establecimiento (o sus representantes) pueden ser parte de la Asamblea General. Al integrar este organismo pueden elegir al Directorio, aprobar el Reglamento Interno del Centro de Padres y conocer el informe anual que debe entregar el Directorio.

- El Directorio. Pueden postular al Directorio los padres y apoderados mayores de 18 años (Decreto 732/97) y con, a lo menos, un año de pertenencia en el Centro de Padres. Quienes sean miembros del Directorio tienen la responsabilidad de representar los intereses y necesidades de las familias ante la Dirección del Colegio y ante otras instancias y organismos con los que se relacionen.

- Los Sub-Centros. Cada curso tendrá un Sub-Centro, en el que pueden participar los padres y apoderados que así lo deseen. Cada Sub-Centro elige democráticamente a su directiva y delegados de curso, dentro de los 30 días de iniciado el año escolar.

- El Consejo de Delegados de Curso. Está formado por, al menos, un delegado de cada curso. Le corresponde redactar el Reglamento Interno, definir las cuotas y el presupuesto, organizar y coordinar las actividades de los organismos internos del centro y comisiones de trabajo.

Artículo 61º.-: Son funciones de los Centros de Padres:

- Fomentar la preocupación de sus miembros por la formación y desarrollo personal de sus hijos y, en consonancia con ello, promover las acciones de estudio y capacitación que sean convenientes para el mejor cometido de las responsabilidades educativas de la familia.

- Integrar activamente a sus miembros en una comunidad inspirada por principios, valores e ideales educativos comunes, canalizando para ellos las aptitudes, intereses y capacidades personales de cada uno.

- Establecer y fomentar vínculos entre el hogar y el Colegio, que faciliten la comprensión y el apoyo familiar hacia las actividades escolares y el ejercicio del rol que corresponde desempeñar a los padres y apoderados en el fortalecimiento de los hábitos, ideales, valores y actitudes que la educación fomenta en los estudiantes.

- Apoyar la labor educativa del Colegio, aportando esfuerzos y recursos para favorecer el desarrollo integral del estudiante.

- Proyectar acciones hacia la comunidad en general; difundir los propósitos e ideales del Centro de Padres; promover la cooperación de las instituciones y agentes comunitarios en las labores del establecimiento y, cuando corresponda, participar en todos aquellos programas de progreso social que apunten en beneficio de la educación, protección y desarrollo de la niñez y juventud.

- Proponer y patrocinar dentro del Colegio y en la comunidad, iniciativas que favorezcan la formación de los estudiantes, en especial aquellas relacionadas con el mejoramiento de las condiciones económicas, culturales, sociales y de salud que puedan afectar las oportunidades y el normal desarrollo de los estudiantes.

- Mantener una comunicación permanente con el nivel directivo del Colegio tanto para obtener y difundir entre sus miembros la información relativa a las políticas, programas y proyectos educativos como para plantear, cuando corresponda, las inquietudes, motivaciones y sugerencias de los padres relativas al proceso educativo y vida escolar.

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5.1.3 Comité de Buena Convivencia.

Artículo 62º.-: El Comité de Buena Convivencia, es una organización interna de funcionamiento del Colegio, que

permite la participación organizada de la comunidad escolar a través de la representación de los actores educativos, con un carácter informativo, consultivo, propositivo y asesor del Colegio en materias de convivencia escolar.

Artículo 63º.-: Objetivos del Comité de Buena Convivencia:

- Revisar y proponer normas en los distintos ámbitos de la convivencia escolar. - Proponer y generar actividades que incentiven y permitan la participación de la comunidad escolar más allá

de las actividades programáticas. - Interactuar y reflexionar sobre temáticas preventivas con respecto a la convivencia y la violencia escolar.

Artículo 64º.-: El Comité de Buena Convivencia en el Colegio International Country School está integrado, al menos,

por los siguientes miembros: - El Encargado de Convivencia Escolar. - Un integrante del Equipo de Apoyo (psicóloga, psicopedagoga u orientadora). - Un Profesor delegado por cada ciclo. - Un representante de los padres y apoderados. - Un representante de la directiva del Centro de Alumnos. - Un representante del personal administrativo. - Un integrante del equipo de Inspectores.

De entre sus miembros es elegido el Encargado de Buena Convivencia. Los miembros del Comité de Buena

Convivencia ejercen en el cargo por un periodo de dos años, pudiendo hacerlo por otro periodo a ratificar por la Dirección del Colegio la que no necesita ser miembro declarado del comité, ya que tiene la calidad de permanente, por la definición de su cargo, permitiéndole participar de las reuniones cuando lo considere necesario.

Artículo 65º.-: Normas de funcionamiento del Comité de Buena Convivencia: - El Encargado de Buena Convivencia convoca, preside y vela en todo momento por el buen funcionamiento del

Comité de Buena Convivencia. - El Comité se reúne como mínimo una vez al semestre. No obstante, la Dirección puede convocar en forma

extraordinaria para consultar sobre materias que considere pertinentes. - Es fundamental que el Comité de Buena Convivencia Escolar ordene sus acciones y sesiones sobre la base de

un plan de trabajo. - Es necesario registrar los contenidos y acuerdos tomados en las sesiones, por un miembro estable del Comité.

Todos los acuerdos adoptados deben ser sancionados por la Dirección del Colegio.

6. CAPÍTULO SEXTO

6.1 Definición y alcances del reglamento académico.

6.1.1 Presentación y alcances.

Artículo 66º.-: El capítulo 6 del Reglamento de Convivencia corresponde al Reglamento Académico del Colegio

International Country School. Establece normas y procedimientos de gestión curricular, evaluativa y académico- administrativa que involucran a toda la comunidad escolar, aquellas referidas a evaluación y promoción escolar y que tienen

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impacto directo en los aprendizajes de los estudiantes. Todo protocolo y normas académicas quedan supeditados a este reglamento y está en directa consonancia con el PEI. Se encuentra inserto en el Reglamento de Convivencia atendiendo a la visión, misión y filosofía de nuestro Colegio, que contempla el compromiso con el logro de la excelencia académica.

6.1.2 Normativas legales asociadas.

Artículo 67º.-: Al ser el colegio International Country School un establecimiento educacional particular pagado

reconocido por el Estado, cumple con las normativas legales establecidas, teniendo como marco la Ley No 20.370 (Ley General de Educación), adscribe a los estándares de aprendizaje establecidos por el Consejo Nacional de Educación y asume las directrices tanto de la Agencia de Calidad, Superintendencia de Educación como del Ministerio de Educación. En materia curricular se rige por los Programas de Estudio aprobados por el Consejo Nacional de Educación y en lo referido a la evaluación y promoción escolar, por la siguiente normativa:

- Decreto Exento No 511/1997 y sus modificaciones contenidas en el Decreto Exento No 107/2003, que regulan la evaluación y promoción de los estudiantes de Educación General Básica.

- Decreto Exento No 112/1999, que regula la evaluación y promoción de los estudiantes de 1o y 2o año de Enseñanza Media.

- Decreto Exento No 83/2001, que regula la evaluación y promoción de los estudiantes de 3o y 4o año de Enseñanza Media.

6.2 Admisión y Matrícula.

6.2.1 Aspectos generales.

Artículo 68º.-: El ICS cuenta con un sistema único de admisión, que se encuentra en relación directa de la existencia

de cupos para cada nivel, siempre con el enfoque de entregar una formación de calidad para cada uno de nuestros educandos. Implica una etapa de postulación y posterior matrícula, aceptando los principios y valores declarados en el PEI y en el Reglamento de Convivencia y Protocolos que lo complementan.

En función de esto, no se admitirán alumnos cuando se encuentren completos los niveles educacionales, que se

componen de la siguiente manera:

NIVEL CURSO CUPOS

PREBÁSICA Play group Prekinder

Kinder

60 60 60

ENSEÑANZA BÁSICA

1º 2º 3º 4º 5º 6º 7º 8º

60 60 60 60 60 60 60 60

ENSEÑANZA MEDIA

1º 2º 3º 4º

60 60 60 60

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6.2.2 Requisitos para la postulación.

Artículo 69º.-: La documentación requerida pertinente para cada nivel al cual se postula al alumno, debe ser

entregada en tiempo y forma que establece el ICS, según las indicaciones respectivas del MINEDUC, por los padres y/o apoderados, entre los que se encuentran:

- Ficha de matrícula, proporcionada por el ICS. - Certificado de nacimiento con el R.U.N. - Certificado de estudios de promoción o del período académico anterior. - Informes médicos u otros pertinentes para su ficha personal. Artículo 70º.-: ICS realizará actividades guiadas y pruebas de medición de conocimientos para los alumnos

postulantes, con la finalidad de determinar un diagnóstico respecto a sus aptitudes de fondo y forma. Artículo 71º.-: Cuando un alumno es admitido a ICS, se le reservará un cupo para la suscripción de la matrícula y la

cuota de incorporación respectiva por 10 días hábiles, contados de la notificación de los resultados de la postulación. Si los padres y/o apoderados no suscriben la matrícula dentro de dicho plazo, se entenderá que renuncian expresamente a esta, perdiendo su cupo, salvo solicitud por escrito de un aumento del período de suscripción, con sus fundamentos respectivos, lo que será resuelto por la Dirección del establecimiento.

Artículo 72º.-: La suscripción de la matrícula para alumnos nuevos, desde el curso de Prekinder, lleva asociada

una cuota de incorporación, que consiste en un pago de una suma de UF 20 por familia, que tiene por objeto fidelizar a los alumnos, padres y/o apoderados con el proyecto educativo a largo plazo que ICS les presenta, constituyendo el acto formal en el cual pasan a ser miembros de nuestra comunidad educativa. Esta cuota será pagada solo una vez durante la permanencia del alumno(a) en ICS y no será devuelta en caso de no continuar sus estudios en el colegio.

Artículo 73º.-: La suscripción de la matrícula, para todos los alumnos, padres y/o apoderados, trae como

consecuencia la aceptación expresa de los principios y valores contenidos y declarados en el Proyecto Educativo Institucional y en el presente Reglamento Interno de Convivencia Escolar, mediante la firma de un contrato de prestación de servicios educacionales, donde se detallan los derechos, deberes y condiciones para su renovación, las modalidades de documentación de arancel y su vigencia.

Artículo 74º.-: El proceso de matrícula se realizará dentro de las fechas que fije el Ministerio, con los ajustes propios

del Colegio y de acuerdo a las orientaciones del Ministerio de Educación (MINEDUC).

6.2.3 Resultado de la postulación.

Artículo 75º.-: Los resultados de la postulación se darán a los padres y/o apoderados vía correo electrónico, adjuntando la documentación propia del proceso, dentro de 10 días hábiles desde que se realice el último de los actos asociados al proceso de postulación.

6.2.4 Postulación de estudiantes provenientes del extranjero.

Artículo 76º.-: Además de la documentación solicitada, deben presentar el certificado que acredite la convalidación

de estudios extendido por el Ministerio de Educación y contar con su rol único nacional (RUN). Para el resultado de la postulación, se aplican los plazos señalados en el punto anterior.

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6.2.5 Reintegro de estudiantes desde programas en el extranjero.

Artículo 77º.-: Los estudiantes que, por asistir a programas en el extranjero se hayan ausentado durante un

semestre o más, deben presentar sus certificados de estudios reconocidos por el Ministerio de Educación para su promoción al siguiente nivel. Es responsabilidad de la familia y del estudiante compensar aquellas áreas descendidas, si el Colegio lo requiriese.

6.3 Calidad de estudiante.

6.3.1 Definición de estudiante.

Artículo 78º.-: Es aquel que cuenta con matrícula vigente y un apoderado académico, de quien se espera desarrolle

actitudes y acciones de acuerdo con lo declarado en el Reglamento de Convivencia.

6.3.2 Condición de alumno regular.

Artículo 79º.-: El estudiante obtiene la categoría de alumno regular para efectos pedagógicos y de certificación,

habiéndose matriculado e iniciado el año escolar.

6.3.3 Derechos y deberes académicos de los estudiantes.

Artículo 80º.-: Los estudiantes tienen derecho a una educación de calidad bajo los estándares establecidos por el

Colegio y especificados en el Proyecto Educativo y Reglamento de Convivencia, concordantes con las Normas Generales,

párrafo 2°, artículo 10 de la Ley General de Educación.

6.4 Gestión curricular.

6.4.1 Régimen curricular.

Artículo 81º.-: El año escolar para efectos de plani cación, desarrollo y evaluación, funciona con un régimen

curricular semestral. Cumple y, en algunas asignaturas, excede las horas lectivas mínimas exigidas a los colegios con Jornada Escolar Completa. Los dos semestres, incluyendo los periodos de vacaciones, se ex enden de acuerdo con las fechas que determine el calendario escolar interno.

6.4.2 Calendario escolar interno.

Artículo 82º.-: Cumple con los plazos establecidos por el Ministerio de Educación para su aprobación. Incluye el

inicio y término del año escolar, cambios de actividades, vacaciones, feriados e interferiados.

6.4.3 Alineamiento con el currículum nacional.

Artículo 83º.-: El ICS, en pos de la excelencia académica adscribe a los planes y programas de estudio ministeriales,

haciendo énfasis en una inmersión temprana e intensiva en el idioma inglés como segunda lengua.

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6.4.4 Gestión y desarrollo de los planes y programas de estudio.

Artículo 84º.-: Los docentes son los responsables de gestionar, aplicar, desarrollar y alcanzar una cobertura íntegra

de los planes y programas de estudio. Coordinación de Ciclo, son los encargados de velar por su cumplimiento y correcta articulación entre niveles y ciclos. En ausencia del profesor tular en el horario de clases de una asignatura, la Coordinación de Ciclo debe designar y orientar su reemplazo.

6.4.5 Salidas pedagógicas.

Artículo 85º.-: Son actividades desarrolladas fuera del Colegio que tienen como objetivo complementar o reforzar

los objetivos curriculares de una o más asignaturas. Se encuentran definidas y calendarizadas de acuerdo con la planificación y deben ser guiadas por el profesor de la especialidad. Tras su realización, son evaluadas sumativa o formativamente. La participación es necesaria para el alumno y debe ser siempre autorizada en forma escrita por su apoderado. Las normas de seguridad y conducta son las mismas establecidas en protocolo especial de salidas pedagógicas del Protocolo de Prevención y Actuación que complementa este Reglamento de Convivencia.

6.5 Evaluación académica.

6.5.1 Aspectos generales.

Artículo 85º.-: El ICS entiende la evaluación como una función permanente de la educación en la que se obtiene

información desde el estudiante y que permite verificar el nivel de logro de objetivos de enseñanza y aprendizaje. Se rige por la normativa legal vigente para la Educación Parvularia, Enseñanza General Básica y Enseñanza Media, establecida en este Reglamento (Capítulo 6, punto 6.1.2).

6.5.2 Tipología evaluativa.

Artículo 86º.-: El Colegio International Country School utilizan en su proceso regular semestral, evaluaciones

formativas y sumativas. Se entiende por evaluación formativa aquella que proporciona información del estudiante y que permite una retroalimentación respecto de los aprendizajes. Por evaluación sumativa se entiende aquella que se realiza al término de un periodo determinado de aprendizaje, asociada a una calificación coeficiente uno o coeficiente dos que incide en el promedio semestral.

6.5.3 Calificación de evaluaciones.

Artículo 87º.-: Se entiende por calificación, la expresión conceptual, numérica o nota, con un decimal aproximando

la centésima, de una evaluación realizada por el docente utilizando una escala convencional predeterminada. Artículo 88º.-: Calificaciones logradas por los estudiantes: - Acumulativas: corresponden a una serie de evaluaciones cuyo promedio será equivalente a una calificación

parcial. - Parcial: corresponde a las calificaciones coeficiente uno logradas por el estudiante. - Coeficiente dos (C2): corresponde a una calificación registrada como dos notas parciales idénticas.

Artículo 89º.-: Calificaciones finales logradas por los estudiantes: - Final semestral: Corresponde al promedio aritmético de las calificaciones obtenidas en cada asignatura a lo

largo del proceso regular semestral, expresado con un decimal aproximando la centésima. - Final anual: es el resultado del promedio aritmético de la calificación final de los dos semestres.

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- Promedio general: corresponde al promedio aritmético de las calificaciones finales anuales de cada

asignatura.

Artículo 90º.-: Calificación en religión católica: El resultado de las evaluaciones de religión católica se registran mediante calificaciones en el libro de clases y su promedio final se expresa en conceptos, no incidiendo en el promedio general.

6.5.4 Escala de notas.

Artículo 91º.-: La escala de notas del ICS, es única para todos los ciclos y asignaturas. Los estudiantes de 1° básico

a 4° medio son calificados en todas las asignaturas del plan de estudio, utilizando la escala numérica de 1,0 a 7,0. La calificación mínima de aprobación es 4,0 (cuatro coma cero), teniendo para ello que lograr un 60% de los objetivos de aprendizaje evaluados

6.5.5 Recursos de evaluación.

Artículo 92º.-: - Técnicas e instrumentos de evaluación. Se aplican: controles (acumulativos), pruebas, interrogaciones,

exposiciones orales y trabajos individuales o en equipo, a través de criterios previamente conocidos por el estudiante mediante rúbrica u otro instrumento auténtico.

- Presentación y revisión de instrumentos de evaluación y guías de estudio. Los instrumentos, técnicas evaluativas y guías de estudio deben ser conocido y aprobado por el equipo académico de acuerdo con protocolos establecidos.

- Controles sin aviso previo. El docente se encuentra facultado para evaluar objetivos de aprendizajes trabajados en la clase anterior mediante una evaluación sin previo aviso (control) y su calificación es acumulativa.

- Aplazamiento de evaluaciones programadas. La Coordinación de Ciclo, en caso de fuerza mayor, puede autorizar a los docentes a aplazar las evaluaciones programadas.

6.5.6 Criterios de evaluación.

Artículo 93º.-: Todo instrumento y/o técnica de evaluación debe contar con criterios preestablecidos: - Objetivos de aprendizaje a evaluar (contenido, habilidades y actitudes). - Criterios de corrección. - Escala de evaluación. - Fecha específica de aplicación.

Artículo 94º.-: Derecho de revisión y apelación al criterio de corrección: El estudiante cuenta con este derecho para

todas las evaluaciones y cuando considere que ésta no se encuentra conforme a los criterios establecidos o acordados. El plazo para iniciar el proceso de apelación son cinco días lectivos a partir de la entrega del instrumento corregido. El conducto regular lo constituyen el profesor de asignatura y Coordinación de Ciclo.

6.5.7 Asistencia a evaluaciones.

Artículo 95º.-: Es obligación de los estudiantes asistir a todas sus evaluaciones. Los estudiantes ausentes no pueden

ser evaluados y no se aplicará calificación con las excepciones indicadas a continuación y en el punto 6.5.8.

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Artículo 96º.-: Retiros de estudiantes en el día de una evaluación. Los estudiantes pueden ser retirados por su apoderado cuando tienen calendarizada una evaluación, solo por causas de fuerza mayor de tipo médico y haciendo entrega posterior del respectivo certificado; o de tipo familiar, la que debe ser explicada por el apoderado a la Inspectoría.

Artículo 97º.-: Ausencia a una evaluación. En caso de inasistencia del estudiante a una evaluación, por motivos de salud, el apoderado deberá justificar en Inspectoría y/o mediante agenda con el correspondiente certificado médico, que debe ser presentado el día que se reintegra. Ante cualquier otra situación excepcional el apoderado deberá justificar por escrito o concurrir personalmente a Inspectoría.

Artículo 98º.-: Reprogramación de una evaluación por inasistencia. En caso de una inasistencia justificada bajo los términos del punto anterior, su evaluación se reprogramará manteniendo el nivel de exigencia. En caso de ausencia a esta reprogramación, de encontrarse justificado en los términos señalados en el punto anterior, podrá optar a una segunda reprogramación con un nivel de exigencia de un 70% de aprobación. Si el estudiante no se presenta a esta segunda reprogramación obtendrá la calificación mínima.

Artículo 99º.-: Reprogramación de evaluaciones por inasistencias prolongadas. En estos casos la Coordinación de Ciclo confeccionará un calendario especial de evaluaciones. Los estudiantes que se ausentan por viaje, enfermedad u otro motivo justificado, tienen la obligación de ponerse al día en sus materias y pruebas en un plazo máximo de dos semanas. Esta disposición rige también para quienes se reintegren a clases antes de esa evaluación. Es la Coordinación de Ciclo quien determina los plazos caso a caso.

Artículo 100º.-: Atrasos a una evaluación. Los estudiantes que llegan atrasados a una evaluación deben ingresar a su clase y rendir la prueba inmediatamente en el tiempo que resta al asignado para todo el curso. Si un estudiante ingresa, previa justificación del apoderado, en un bloque de clases distinto al de una prueba calendarizada, se aplican las condiciones de reprogramación

6.5.8 Faltas disciplinarias asociadas a una evaluación.

Artículo 101º.-: Negativa a rendir una evaluación. En el caso que un estudiante, estando en el Colegio, no asista a

una evaluación o estando en la sala de clases se niega a responder o deja la prueba en blanco, se asume que no evidencia aprendizaje por lo que es calificado con la nota mínima. El profesor llama al Inspector de ciclo quien actúa como testigo de una falta al valor de la responsabilidad que, en el caso del Ciclo de Educación Parvularia se considera leve y los Ciclos de Enseñanza Básica y Enseñanza Media, extremadamente grave; en ambos casos se deja registro en su hoja de vida aplicándose los procedimientos establecidos en este Reglamento (Capítulo 3, punto 3.2). Esto también rige en los casos en que más de un estudiante asuma la misma actitud.

Artículo 102º.-: Faltas de honestidad en una evaluación. Si el estudiante es sorprendido entregando o recibiendo información en una instancia de evaluación, se aplican las sanciones establecidas en el Reglamento de Convivencia para faltas, dependiendo del ciclo, dejando registro de ella en el Libro de Clases. Se retira el instrumento al instante de ser sorprendido y se coloca la nota mínima. Dicha nota se puede promediar con una interrogación posterior realizada por quien Coordinación de Ciclo defina, si el profesor lo determina.

Artículo 103º.-: Plagio o manipulación indebida de instrumentos de evaluación. El eventual mal uso de nuevas

formas de comunicación o tecnologías para fines de plagio, robo intelectual o copia (entiéndase internet, telefonía celular, aparatos para mensajería, cámaras digitales, grabadoras de imágenes, minicomputadoras, reproductores de archivos de audio, etc.) es considerado una falta extremadamente grave y se aplicarán las sanciones establecidas en este Reglamento de Convivencia. Todos quienes sean sorprendidos incurriendo en las actitudes anteriormente descritas deben rendir una nueva evaluación en formato de interrogación, con nivel de exigencia de 70% para su aprobación y ante quien Coordinación Académica determine.

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6.5.9 Intervención frente a resultados de evaluaciones.

Artículo 104º.-: Intervención a estudiantes con resultados descendidos. Las evaluaciones que no alcanzan el nivel

de logro deseado son consideradas señales inequívocas de la necesidad de intervención. Las aplicaciones de remediales comprometen las acciones del profesor de asignatura, la Coordinación de Ciclo y al propio estudiante. Cuando un estudiante presente dos o más asignaturas deficientes durante el desarrollo del semestre, será responsabilidad del Profesor Jefe informar al apoderado a través de los conductos regulares de comunicación. Los acuerdos deben ser registrados en su ficha personal y firmados por el apoderado y el docente.

Artículo 105º.-: Intervenciones en reforzamientos. Son actividades académicas complementarias fuera del horario

de clases cuyo objetivo es aplicar remediales específicos frente a aprendizajes descendidos de uno o más estudiantes. Su organización depende de la Coordinación de Ciclo. Una vez citados, la asistencia es obligatoria. Adicionalmente los reforzamientos pueden ser solicitados a través del Profesor Jefe por el apoderado o el propio estudiante. Los reforzamientos no pueden ser asociados a la preparación de evaluaciones.

6.5.10 Evaluación diferenciada.

Artículo 106º.-: El ICS cuenta con estudiantes diagnosticados con alguna Necesidad Educativa Especial (NEE) de

tipo transitorio o permanente y pueden desarrollarse en nuestro establecimiento con plena autonomía y con los mismos cuidados que reciben el conjunto de los estudiantes. Ellos tienen el derecho a recibir apoyos asociados a evaluación diferenciada.

Artículo 107º.-: Requisitos para optar a la evaluación diferenciada: Esta debe ser solicitada formalmente por el

apoderado académico, por escrito y adjuntando el informe del médico especialista que corresponda al diagnóstico. Dicho informe debe detallar las dificultades específicas que presenta el estudiante y las sugerencias asociadas a ella. Si el diagnóstico y fundamentos responden a la realidad efectiva del estudiante dentro del Colegio, se aceptarán de forma parcial o total estas sugerencias. En caso de no concordar con la realidad presentada por el estudiante, el Colegio se encuentra facultado para pedir una segunda opinión.

Artículo 108º.-: Apoyos brindados por el Colegio y la familia. Los estudiantes con habilidades diferentes deben

cursar el mismo régimen curricular y evaluativo que sus compañeros. No obstante, se establecen criterios previos en protocolos específicos para la evaluación diferenciada en los distintos ciclos de acuerdo a la legislación vigente. La familia se debe comprometer a realizar los diagnósticos solicitados por el Equipo Académico y/o Formativo y a mantener los tratamientos recomendados por médico especialista.

Artículo 109º.-: Permanencia de los apoyos. Para los estudiantes con NEE transitorias y/o permanentes, los apoyos

se otorgan mientras se renueven año a año las recomendaciones del médico especialista tratante y se cumpla con la entrega de la totalidad de los informes solicitados por el Colegio en las fechas acordadas. En caso que, por una decisión familiar se eliminen los tratamientos, controles y/o entrega de informes, el Colegio se reserva el derecho de mantener vigente los apoyos asociados a la evaluación diferenciada.

6.5.11 Exigencias para opción de no cursar Religión Católica.

Artículo 110º.-: Las familias de los estudiantes que opten por no cursar la asignatura de religión católica deberán

informar de su decisión al inicio del año escolar. En caso que por algún motivo personal o familiar se llegue a esta convicción en otro momento del año el apoderado deberá comunicarlo por escrito a la Dirección del Colegio.

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6.6 Promoción Escolar.

6.6.1 Requisito de asistencia para la promoción escolar.

Artículo 111º.-: Son promovidos los estudiantes que han asistido a lo menos a un 85% de las clases establecidas en

el calendario escolar anual. La Dirección puede autorizar la promoción de estudiantes con un porcentaje inferior al señalado, siempre que existan razones fundadas en problemas de salud u otras causas debidamente justicadas en forma previa y oportuna. En casos de ausencias prolongadas son estudiadas caso a caso.

6.6.2 Requisitos de rendimiento académico para la promoción escolar.

Artículo 112º.-: De 1o básico a 4° medio, la situación final de cada estudiante se define por el promedio de

calificaciones obtenidas en los dos semestres. Son promovidos los estudiantes que: - Aprueban todas las asignaturas de sus respectivos planes de estudio, es decir, obtienen un promedio mínimo

de 4,0 en estas. - No han aprobado una asignatura, siempre que su promedio general corresponda a 4,5 o superior, incluido el

no aprobado. - No han aprobado dos asignaturas, siempre que su promedio general corresponda a 5,0 o superior, incluidos

los no aprobados. - No obstante lo establecido en el punto anterior, si entre las dos asignaturas no aprobadas se encuentran

Lengua Castellana y/o Matemática, los estudiantes de 3o y 4o año medio, son promovidos siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio 5,5 o superior. Para efecto del cálculo de este promedio se considera la calificación de las asignaturas no aprobadas.

6.6.3 Situaciones excepcionales.

Artículo 113º.-: La Dirección puede decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias

proporcionadas por el Equipo Académico, no promover al o los estudiantes de 1o a 2o básico o de 3o a 4o básico que presentan un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática, en relación a los aprendizajes esperados en los programas de estudio, y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.

6.6.4 Traslado, cierre anticipado de semestre o año lectivo.

Artículo 114º.-: En caso de traslado a otro colegio, se proporciona la información académica y formativa, además

del certificado de traslado correspondiente para su continuidad de estudios. Artículo 115º.-: El estudiante que necesita cerrar anticipadamente el semestre o año lectivo puede hacerlo por

razones justificadas. Para ello, debe haber rendido, a lo menos, un semestre del año académico respectivo, cumpliendo los requisitos mínimos para la promoción.

Artículo 116º.-: Son consideradas razones justificadas de cierre anticipado de semestre o año lectivo las siguientes: - Diagnóstico de una enfermedad de índole física o emocional avalado por el médico tratante, adjuntando,

además, documentación pertinente y protocolo de exámenes y tratamiento, de acuerdo con la especialidad del profesional y la enfermedad del estudiante. Los certificados deben corresponder a la fecha en que se solicita el cierre del año escolar, a la patología y al periodo en que el estudiante dejó de asistir a clases. No se aceptan, para estos efectos, los certificados emitidos por sicopedagogos o sicólogos.

- Traslado de domicilio de la familia o del estudiante. El Colegio responderá a dicha solicitud en un plazo máximo

INTERNATIONAL COUNTRY SCHOOL REGLAMENTOINTENO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

ENERO 2018

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de 15 días hábiles. El estudiante que se acoge a esta situación especial no continúa asistiendo al Colegio a partir de la fecha de cierre de año anticipado. Esta disposición es válida para todos los niveles de la enseñanza.

7. CAPÍTULO SÉPTIMO

7.1 Consideraciones Extras.

Artículo final.- Cualquier aspecto no considerado en el presente Reglamento de Convivencia Escolar será resuelto

por la Dirección de ICS.