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REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD ESCUELA DE LENGUAJE “PATITO MARINO” REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD CONFECCIONADO DE ACUERDO A; DECRETO SUPREMO Nº 40 DE LA LEY 16.744 CODIGO DEL TRABAJO, D.F.L. N 1

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REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD ESCUELA DE LENGUAJE “PATITO MARINO”

REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD

CONFECCIONADO DE ACUERDO A;

DECRETO SUPREMO Nº 40 DE LA LEY 16.744 CODIGO DEL TRABAJO, D.F.L. N 1

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REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD ESCUELA DE LENGUAJE “PATITO MARINO”

PREAMBULO: Se pone en conocimiento de todos los trabajadores de la Corporación Educacional Patito Marino, que el presente Reglamento de Orden Higiene y Seguridad en el Trabajo se dicta en cumplimiento de lo establecido en el Título III del Código del Trabajo (DFL Nº 1) y en el Artículo 67º de la Ley Nº 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y el Reglamento sobre Prevención de Riesgos (Decreto N° 40 del MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, de fecha 11/02/69). El Artículo N° 67 ya mencionado, establece que: “Las empresas o entidades estarán obligadas a mantener al día los reglamentos Internos de Higiene y Seguridad en el Trabajo, y los trabajadores a cumplir con las exigencias que dichos reglamentos les impongan. Los reglamentos deberán consultar aplicación de multas a los trabajadores que no utilicen los elementos de protección personal que se les haya proporcionado o que no cumplan las obligaciones que les impongan las normas, reglamentaciones o instrucciones sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo.” La aplicación y reclamo de tales multas se regirán por lo dispuesto en el Artículo 157 del Código del Trabajo; el destino de las mismas se regirá por el Artículo 20 del citado D.S. 40. Las disposiciones que contiene el presente reglamento han sido establecidas con el fin de prevenir los riesgos de Accidente del Trabajo o Enfermedades Profesionales que pudieran afectar a los trabajadores de la empresa y contribuir así a mejorar y aumentar la seguridad de la empresa. Los Objetivos del presente Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad son los Siguientes: Dar a conocer a todos los trabajadores, todo lo concerniente a lo que el Contrato de Trabajo significa

para ambas partes, en cuanto a obligaciones, prohibiciones y sanciones, en las que pueda incurrir, al no mantener una debida observancia del conjunto de normas estipuladas que lo regulan.

Evitar que los trabajadores cometan actos o prácticas inseguras en el desempeño de sus funciones. Determinar y conocer los procedimientos que se deben seguir cuando se produzcan accidentes y sean

detectadas acciones y/o condiciones que constituyan un riesgo para los trabajadores o daño a las máquinas, equipos, instalaciones, etc.

La empresa garantizará a cada uno de sus trabajadores un ambiente laboral digno, promoverá al interior de la organización el mutuo respeto entre los trabajadores y ofrecerá un sistema de solución de conflictos cuando la situación así lo amerite, sin costo para ellos. El ámbito de aplicación del presente reglamento es toda la empresa a través de sus diversos estamentos, gerentes, jefes y trabajadores deben unir sus esfuerzos y aportar toda colaboración posible con el fin de lograr los objetivos propuestos que no son otros que alcanzar niveles competitivos de, basándose en un control estricto de las normas que regulan las condiciones laborales y de seguridad en el trabajo evitando de este modo los problemas de trabajo por una parte y por otra, las causas que provocan accidentes y enfermedades profesionales que van en perjuicio directo de las partes involucradas. En este aspecto debe existir una estrecha colaboración entre los trabajadores que deberán mantener el más alto respeto a las normas elementales de Seguridad, al Código del Trabajo y a los directivos de la empresa, estos últimos junto al aporte de sus esfuerzos y conocimientos, deberán procurar los medios para capacitar a sus trabajadores tanto en materias relacionadas con los procesos productivos, administrativos y principalmente con aquellos destinados a prevenir Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

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NORMAS DE ORDEN

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Definiciones: Para los efectos del presente reglamento se entenderá por:

a) Empleador: La persona Natural o Jurídica, que utiliza los servicios intelectuales o materiales de una o más personas en virtud de un contrato de trabajo.

b) Trabajador: Toda persona natural que preste servicios personales, intelectuales o materiales bajo dependencia o subordinación, y en virtud de un contrato de trabajo.

c) Empresa: La entidad empleadora que contrata los servicios del trabajador. d) Riesgo Profesional: Los riesgos a que está expuesto el trabajador y que puedan provocar un

accidente o una enfermedad profesional, que se encuentran definidos expresamente en los artículos Quinto y Séptimo de la Ley 16.744.

e) Enfermedad Profesional: Es la causada de una manera directa por el ejercicio de la actividad laboral y que produzca incapacidad o muerte, según lo establecido en el artículo 7 de la Ley 16744.

f) Equipos de Protección Personal: El elemento o conjunto de elementos que permita al trabajador actuar en contacto directo con una sustancia o medio hostil, sin deterioro para su integridad física.

g) Accidente de Trayecto: Es el que ocurre en el trayecto directo de ida o regreso entre la casa habitación del trabajador y el lugar de trabajo. Se considera no tan solo el viaje directo, sino también el tiempo transcurrido entre el accidente y la hora de entrada o salida del trabajo. “Y aquellos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores. En este último caso, se considerará que el accidente dice relación con el trabajo al que se dirigía el trabajador al ocurrir el siniestro”. La Circunstancia de haber ocurrido el accidente en el trayecto directo deberá ser acreditada de acuerdo a lo establecido en la Ley 16.744.

h) Organismo Administrador del Seguro: Instituto de Seguridad Laboral (ISL). i) Comité Paritario de Higiene y Seguridad: En toda empresa, faena, sucursal o agencia en que

trabajen más de 25 personas se organizaran Comités Paritarios de Higiene y Seguridad de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 54, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

j) Normas de Seguridad: El conjunto de reglas obligatorias emanadas de este Reglamento, del comité Paritario y/o del Organismo Administrador.

k) Accidente Fatal: Aquel accidente que provoca la muerte del trabajador en forma inmediata o durante su traslado a un centro asistencial.

l) Accidente de Trabajo Grave: Cualquier accidente del trabajo que:

Obligue a realizar maniobras de reanimación

Obligue a realizar maniobras de rescate

Ocurra por caída de altura de más de 2 metros

Provoque, en forma inmediata, la amputación o perdida de cualquier parte del cuerpo, y

Involucre un número tal de trabajadores que afecte el desarrollo normal de la faena afectada.

Artículo 2º.- El presente reglamento, deberá ser exhibido por la empresa 15 días antes de su aprobación, en lugares visibles del establecimiento, se da por conocido por el total de los trabajadores, quienes deberán poseer un ejemplar proporcionado por ésta.

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TITULO II DEL INGRESO

Artículo 3º.- Toda persona que ingresa a la Corporación Educacional Patito Marino, deberá llenar una ficha de ingreso en la que pondrá todos sus antecedentes personales, laborales y de estudios realizados que en ella se solicitan, datos que deberán actualizarse en la medida que ocurran cambios que la afecten. Se requerirán los datos siguientes:

Nombre completo

Dirección actual.

Fecha de nacimiento.

Cedula de Identidad

Certificado de Antecedentes vigente

Contrato de trabajo y finiquito del último empleador si los hubiese tenido

Certificado de estudios cursados en el caso que la calidad del trabajo a ejecutar así lo requiera

Teléfono donde pueda ser ubicado.

Labor a realizar.

Fecha de ingreso.

TITULO III DEL CONTRATO DE TRABAJO

Artículo 4º.- El contrato de trabajo es consensual; deberá constar por escrito en un plazo de quince días de incorporado el trabajador. Si el trabajador se negare a firmar se enviara el contrato a la respectiva inspección del trabajo para que esta solicite la firma. Este contrato de trabajo será suscrito en tres ejemplares del mismo tenor y valor que será firmado por las partes, uno de éstos quedará en poder del trabajador. (Art. 9 Código del Trabajo). Artículo 5º.- La empresa como norma, no contratará personal menor de 18 años y cuando tome aprendices o estudiantes en práctica, se someterá a las disposiciones vertidas en el TITULO I, Libro I del Código del Trabajo. Artículo 6º.- El Contrato de Trabajo de la empresa deberá contener, de conformidad con la legislación vigente, lo siguiente:

a) Lugar y fecha en que se celebra el Contrato. b) Individualización de las partes, nacionalidad, fechas de ingreso y de nacimiento del trabajador. c) Naturaleza de los servicios, lugar y ciudad en que han de presentarse. El contrato podrá señalar

dos o más funciones específicas, sean estas alternativas o complementarias. d) Monto de remuneraciones acordadas, forma y fecha en que serán canceladas. e) Distribución de la jornada de trabajo y duración de esta. f) Plazo del Contrato. g) Demás pactos que acordaren las partes h) Firma de las partes.

Artículo 7º.- Todas las modificaciones que se le hagan al contrato de trabajo, se harán al dorso del mismo, o bien, en un anexo que debidamente firmado por las partes, formará parte integrante del Contrato de Trabajo.

TITULO IV LA JORNADA DE TRABAJO

Artículo 9º.- La jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador debe prestar efectivamente sus servicios en conformidad al contrato. Se considerará también jornada de trabajo el tiempo en que el trabajador se encuentra a disposición del empleador sin realizar labor, por causas que no le sean

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imputables. La duración de la jornada ordinaria de trabajo no excederá de cuarenta y cinco horas semanales, distribuidas en un horario establecido en el contrato de trabajo. Se excluyen de estas limitaciones de jornada de trabajo los trabajadores que presten servicios a distintos empleadores; los gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración y todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata; los contratados de acuerdo con este Código para prestar servicios en su propio hogar o en un lugar libremente elegido por ellos; los agentes comisionistas y de seguros, vendedores viajantes, cobradores y demás similares que no ejerzan sus funciones en el local del establecimiento. Artículo 11º.- La jornada de trabajo se interrumpirá todos los días entre las 13:00 y13:30 horas para asistentes y secretaria, desde las 13: 30 y las14:00 hrs para la directora, docentes y fonoaudióloga y entre las 14:00 y las 14:30 hrs, para una asistente y auxiliar de aseo, para hacer uso de la colación. Este tiempo no se considerará trabajado, para computar la duración de la jornada diaria. Artículo 12º.- La asistencia al Trabajo del personal de la empresa quedará registrada mediante libro de asistencia, tarjetas con reloj u otro sistema autorizado por la inspección del trabajo. La empresa podrá alterar la jornada de trabajo hasta en 60 minutos, ya sea al inicio o término de la jornada. Para tomar esta determinación, deberá comunicarla a su personal a lo menos con 30 días de anticipación.

TITULO V

HORAS EXTRAORDINARIAS Artículo 12º Sólo podrá excederse en la duración de la jornada diaria, en la medida que se deba evitar perjuicios en la marcha normal de la misma, cuando sobrevengan fuerza mayor, caso fortuito o cuando deba prevenirse situaciones de riesgos. Estas horas podrán ser restituidas a través de permisos extraordinarios firmados por ambas partes. Artículo 15º.- No serán horas extraordinarias las trabajadas en compensación de un permiso, siempre que dicha compensación haya sido solicitada por escrito por el trabajador y autorizada por el empleador. Para los efectos de controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo, sean ordinarias o extraordinarias, el empleador llevará un registro que consistirá en un libro de asistencia del personal o en un reloj control con tarjetas de registro.

TITULO VI

DE LAS REMUNERACIONES Artículo 16º.- Los trabajadores recibirán como remuneración el sueldo base, las asignaciones, bonificaciones y regalías establecidas en los respectivos contratos de trabajo todo lo cual no podrá ser, en total, inferior al ingreso mínimo legal vigente. Las remuneraciones en dinero que reciban los trabajadores se reajustaran en la forma y por los periodos que señalan las leyes vigentes. Artículo 17º.- El pago de la remuneración será mensual y se realizará dentro de los cinco días siguientes al periodo devengado por medio de transferencia bancaria. Artículo 18º.- Del total de las remuneraciones, la empresa solamente deducirá los impuestos legales, las cotizaciones previsionales y todos aquellos descuentos debidamente autorizados por el Código del Trabajo. Solamente con acuerdo entre el empleador y los trabajadores se podrá efectuar otro tipo de descuentos, y aun así, el total de descuentos excluidos los previsionales y tributarios, no podrá ser superior al 15% de la remuneración total del trabajador. Artículo 19º.- Junto con su pago respectivo el trabajador recibirá un comprobante con la indicación del monto pagado, de la forma como se determinó y de las deducciones efectuadas. Artículo 20º.- Serán descontadas todas las ausencias laborales con excepción de aquellas en que se presente licencia médica o se presenten debido al fallecimiento de un familiar directo. Sin perjuicio de que otras ausencias puedan ser recuperadas con previo acuerdo con un miembro de la Corporación, escrito y firmado por ambas partes.

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TITULO VII

DE LAS OBLIGACIONES Artículo 21º.- Todos los trabajadores están obligados a cumplir con la totalidad de lo establecido en el Contrato de Trabajo y lo que este Reglamento Interno determina y que evidentemente está dentro del marco jurídico laboral vigente. Especialmente lo siguiente:

a) Ser respetuosos con sus compañeros de trabajo. b) Atender y cumplir las órdenes de trabajo que su Jefe directo imparta. c) Poner el máximo cuidado en el uso de los materiales de todo tipo. En general, esmerarse en el

cuidado de los bienes de la corporación, y por consiguiente, de su fuente de trabajo. d) Asistir con puntualidad a sus labores y poner especial cuidado en marcar su tarjeta de control,

cada vez que entre o salga de la empresa. e) Marcar la tarjeta de control al inicio de la jornada de trabajo, marcar al inicio de la colación, al

regreso de la misma y a la hora de salida del trabajo. f) Firmar los recibos de remuneraciones, sobresueldos y asignaciones, feriado legal y cualquier otro

relativo al contrato de trabajo y liquidaciones de sueldo. g) Cuidar su espacio de trabajo, materiales educativos evitando la acumulación de materiales que

no son utilizados en el aula.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA 1.- DERECHOS DE LOS EMPLEADOS DEL ESTABLECIMIENTO a.- Derecho a desarrollar su labor en un marco de buen clima organizacional. b.- Derecho a ser respetados en su función, de acuerdo a lo estipulado en su contrato laboral. (horas de trabajo, descanso, colaboración, vacaciones, etc.) c.- Derecho a recibir información actualizada en relación a cursos de perfeccionamiento, capacitación, pasantías etc., de acuerdo a su función. d.- Derecho a utilizar el equipamiento disponible en el establecimiento en el desarrollo de las actividades curriculares. f.- Derecho a ser escuchado por su superior dentro de un marco de respeto cuando lo necesitase, ya sea en situaciones personales o netamente curriculares. g.- Derecho a percibir su remuneración por trabajo realizado en el tiempo establecido según acuerdo en contrato y beneficios estipulados por ley que otorgue el Estado. h.- Derecho a gozar de todos los beneficios que como trabajador cubre el seguro de accidentes laborales. i.- Derecho a pertenecer al Comité de Bienestar del establecimiento y participar en las diferentes instancias programadas. 2.- DERECHOS DE LOS ALUMNOS/AS

a.- Derecho a recibir una educación de calidad, construir sus aprendizajes en forma constructiva y significativa, en respeto de sus diferencias individuales, guiados por el profesor según objetivos, contenidos, metodologías y criterios de evaluación para cada subsector de acuerdo a la propuesta formulada en la reforma educativa. b.- Derecho a no ser discriminados y ser tratados con respeto por todos los integrantes del establecimiento. c.- Derecho a trabajar en un lugar limpio y con espacios adecuados para desarrollar diferentes

actividades.

d.- Derecho a recibir un tratamiento específico individual de acuerdo a sus necesidades educativas y los planes y programas para su nivel educativo. e.- Derecho a jugar con sus compañeros en un ambiente agradable, de respeto, compartiendo juegos y juguetes.

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f.- Derecho a ser escuchado, exponer sus ideas, sentimientos y necesidades frente a su profesora, compañeros, apoderados y todo el personal del establecimiento. g.- Derecho a contar con material didáctico y psicomotor necesarios aportados por la escuela. 3.- DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS a.- Derecho a conocer el diagnóstico de su hijo y las sugerencias para su tratamiento. b.- Derecho a conocer el Enfoque Curricular del establecimiento y sus propuestas metodológicas. c.- Derecho a participar y expresarse con el fin de aportar ideas significativas a través de los canales e instancias pertinentes tales como: Reformulación P.E.I., Proyectos, Programas, etc. d.- Derecho a poder tomar de acuerdo a elecciones democráticas un cargo directivo dentro de los Consejos Escolares. e.- Derecho a informarse sobre los procedimientos y formas de evaluar a su pupilo. f.- Derecho a conocer el proceso de rendimiento de su hijo(a), con el fin de fortalecer el compromiso educativo hacia la escuela y como una forma de apoyarlo responsablemente. g.- Derecho a informarse de los horarios de atención en el cual puede acudir a dialogar con el educador o fonoaudióloga acerca de su pupilo, como también a solicitar y/o retirar documentos en horarios de funcionamiento del establecimiento o en fechas estipuladas. h.- Derecho a ser escuchado en sus opiniones por la Dirección u otro estamento en un marco de respeto, como también presentar sugerencias y reclamos atendiendo al conducto regular y las normas de convivencia. 4.- DEBERES DE LA DIRECTORA

a.- Debe dirigir el establecimiento de acuerdo al marco de la buena dirección, teniendo siempre presente que la principal función del establecimiento es educar.

b.- Debe liderar la formulación, la gestión y evaluación del P.E.I, de acuerdo a las orientaciones y principios de la Escuela.

c.- Debe cumplir y supervisar el cumplimiento de las funciones y responsabilidades y roles del personal a su cargo.

d.- Debe propiciar un clima organizacional predominantemente participativo en la Unidad Educativa, estimulando el trabajo de su personal y creando condiciones favorables para la obtención de los objetivos planteados en el P.E.I.

e.- Debe impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y evaluación institucional del P.E.I de la escuela, procurando una eficiente distribución de los recursos asignados.

f.- Debe presidir el Equipo generador y de Gestión del P.E.I, reuniones del Consejo escolar, U.T.P, etc. g.- Debe asesorar al Directorio del Centro General de Padres en el marco legal vigente. h.- Debe dar cumplimiento oportuno a la normativa vigente en materia de Subvenciones.

i.- Debe representar al establecimiento como Directora ante el Ministerio de Educación y Hacienda, Inspección del Trabajo, y todo organismo fiscal o particular relacionado con el funcionamiento del Plantel.

j.- Debe representar al establecimiento ante la Comunidad y/o las autoridades. k.- Debe contratar y remover al personal docente, no docente y auxiliar. l.- Debe pedir la renuncia o poner fin al contrato del personal docente, administrativo y auxiliar en

conformidad con las leyes vigentes. m.- Debe autorizar la matrícula de alumnos nuevos y presidir el proceso de matrícula de los alumnos

renovantes. n.- Debe crear y organizar instituciones, departamentos, comités y en general todos los organismos que

estime necesarios para el buen funcionamiento del plantel a nivel de Profesores, Asistentes de Educación, Apoderados, Administrativos, Auxiliares, Alumnos, estableciendo sus funciones y dictando sus reglamentos, previa participación de los interesados.

ñ.- Debe crear, promover y autorizar las actividades de perfeccionamiento para el profesorado, asistentes y personal del establecimiento.

o.- Debe estimular y realizar iniciativas que contribuyan al mejoramiento del proceso educativo y al bienestar de todo el personal y alumnado.

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p.- Debe garantizar el derecho a una educación de calidad y equidad conforme a las orientaciones emanadas de las políticas educacionales vigentes.

q.- Debe comprometerse con la misión educativa del colegio expresado en su P.E.I. orientando todos los esfuerzos hacia la formación de personas capaces de integrarse a una sociedad democrática con derechos y deberes y comprometidos con el desarrollo de su país.

r.- Debe velar porque se lleven a efecto las resoluciones y acuerdos tomados por la Dirección, Consejo de Profesores, etc. 5.- DEBERES DEL JEFE DE LA UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA a.- Debe programar, coordinar, supervisar y evaluar la realización de actividades curriculares no

lectivas, en función de las necesidades del P.E.I. b.- Debe dirigir los consejos técnicos que le competen. c.- Debe participar en el Diseño, Gestión y Evaluación del P.E.I. d.- Debe elaborar los horarios de clases y de horas curriculares no lectivas, conjuntamente con la

Dirección. e.- Debe orientar a los docentes hacia la correcta interpretación y aplicación de las normas legales y

reglamentarias, sobre evaluación y promoción escolar. f.- Debe asesorar a los docentes en la confección de procedimientos evaluativos, cuando lo soliciten. g.- Debe velar por la adecuada aplicación de los Planes y Programas de estudio propuestos por el

ministerio de educación. h.- Debe sugerir y colaborar en la experimentación de técnicas, métodos y materiales de enseñanza

para un mejor trabajo de aula. i.- Debe programar y desarrollar acciones de perfeccionamiento y/o capacitación del personal Docente

y Administrativo. j.- Debe asesorar permanentemente al profesorado y asistentes frente a problemas dentro del proceso

de enseñanza aprendizaje. k.- Debe reunir toda la información acerca del rendimiento académico de los alumnos. l.- Debe supervisar el manejo de todo tipo de documento del uso del profesor: libros de clases,

planificaciones de asignaturas, pruebas, reglamentos, etc. m.- Debe asistir a reuniones programadas por la Dirección Provincial y otros organismos del Ministerio de

Educación. n.- Debe mantener permanentemente informados a los profesores y asistentes sobre asuntos tanto

emanados de la Dirección del establecimiento, como instituciones del Ministerio de Educación. ñ.- Debe elaborar los informes solicitados por los organismos del Ministerio de Educación. o.- Debe entregar a la Dirección de la Escuela un informe anual de las actividades desarrolladas en el año lectivo respecto a los logros y avances alcanzados en el mejoramiento de la calidad de la educación. 6.- DEBERES DEL DOCENTE a.- Debe conocer, aceptar y comprometerse a aplicar en el trabajo educativo de la Escuela, los Principios de la Educación. b.- Debe poseer título correspondiente a las condiciones de idoneidad que exigen las Leyes vigentes. c.- Debe realizar el trabajo pedagógico-curricular y formativo con el fin de lograr que el establecimiento pueda cumplir adecuadamente con los objetivos y programas educacionales. d.- Debe planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el proceso de orientación educacional, desarrollo personal y salud mental, de manera que los niños desarrollen adecuados Proyectos de vida. e.- Debe efectuar la enseñanza respectiva de acuerdo con las finalidades y normas de la educación chilena. f.- Debe participar en las actividades educativas, y culturales que se organicen en la Unidad. g.- Debe participar en los encuentros y jornadas de estudios o de reflexión que se ofrecen en la Unidad Educativa. h.- Debe desarrollar las clases y demás actividades dentro del horario establecido empezándolas y terminándolas puntualmente.

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i.- Debe velar por la disciplina de los alumnos a su cargo, durante su permanencia en el establecimiento y, de modo preferencial, desde que se inicia hasta que finalicen las clases. j.- Debe informar a los padres y apoderados de la situación de los alumnos del curso y apoyarlos en el ejercicio de los roles de familia Educadora. k.- Debe recibir a los apoderados cuando estos lo soliciten, dentro de las horas de atención previamente establecidas. l.- Debe firmar todos los días la llegada y salida del establecimiento el libro de asistencia m.- Debe integrar positivamente las comisiones que fuese designado, de acuerdo con la Dirección de Colegio. n.- Debe facilitar la construcción de conocimientos de sus alumnos, respetando las diferencias individuales, siendo profesionales dentro del sistema educativo como formadores y colaboradores que promueven estrategias innovadoras con el fin de lograr una educación de calidad. ñ.- Debe mantener al día los documentos relacionados con su función y entregar en forma precisa y oportuna la información que la Dirección y/o U.T.P le soliciten. o.- Debe participar en situaciones relacionadas con la vida escolar, el desarrollo curricular y la marcha del establecimiento educacional p.- Debe analizar los resultados del proceso educativo en los distintos tipos de evaluación interna y externa y sugerir acciones pedagógicas preventivas, o de refuerzo. 7.- DEBERES DE LA FONOAUDIÓLOGA a.- Debe realizar evaluación de ingreso que cuenten con: Autorización, Anamnesis, Observación clínica, Aplicación de instrumentos de evaluación Diagnóstica, y entrega de síntesis de diagnóstico a los padres. b.- Debe entrega de informe fonoaudiológico con los protocolos correspondientes firmados y timbrados con número de registro al día. c.- Debe responder a demandas de los padres, apoderados y familia. d.- Debe realizar un diagnóstico para determinar las opciones educativas. e.- Debe determinar NEE en los niños y niñas con TEL que orienten su acceso al currículo. f.- Debe realizar procesos evaluativos continuos e intervenciones contextualizadas. g.- Debe propender a un modelo de trabajo colaborativo. h.- Debe proporcionar información para la toma de decisiones educativas respecto a cómo enseñar a los alumnos. i.- Debe participación en la formulación del Plan Educativo. j.- Debe realizar atención individual o grupal a los niños o niñas del establecimiento. k.- Debe asegurar espacios de asesoramiento y colaboración con el profesor especialista. l.- Debe diseñar actividades para el trabajo en sala de clases. m.- Debe realizar trabajo con la familia mediante entrevistas, reuniones y/o talleres. n.- Debe participar en las reuniones técnicas de profesores. ñ.- Debe participar en actividades del Gabinete Técnico. o.- Debe tener la documentación al día de cada alumno con respeto a su diagnóstico y tratamiento. p.- Debe poseer título correspondiente a las condiciones de idoneidad que exigen las Leyes vigentes y estar inscrito en los registros de MINEDUC. 8.- DEBERES DE ASISTENTES DE SALA a.- Debe conocer, aceptar y comprometerse a aplicar en el trabajo educativo de la Escuela, los Principios de la Educación. b.- Debe poseer título correspondiente a las condiciones de idoneidad que exigen las Leyes vigentes. c.- Debe colaborar con el docente responsable en la planificación y ejecución de actividades pedagógicas para favorecer el desarrollo integral de los estudiantes. d.- Debe demostrar un comportamiento ético y de responsabilidad social, respetuoso de la diversidad en los diferentes ámbitos de su acción laboral y profesional. e.- Debe colaborar en el desarrollo técnico pedagógico de la rutina diaria al interior del aula y establecimiento educacional f.- Debe utilizar técnicas básicas para el manejo de emociones y tolerancia a la frustración, demostrando autocontrol y perseverancia en la ejecución de sus funciones.

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g.- Debe crear, mantener, disponer y guiar el uso de material educativo según los requerimientos de la planificación, promoviendo un ambiente estimulante para el aprendizaje. h.- Debe utilizar estrategias básicas de manejo grupal y de resolución de conflictos para promover un ambiente de respeto para el aprendizaje. i.- Debe velar por la disciplina de los alumnos a su cargo, durante su permanencia en el establecimiento y, de modo preferencial, desde que se inician hasta que finalicen las clases. j.- Debe promover un ambiente educativo seguro resguardando la integridad física y psicológica de los estudiantes. k.- Debe participar en las actividades educativas, y culturales que se organicen en la Unidad. l.- Debe participar en los encuentros y jornadas de estudios o de reflexión que se ofrecen en la Unidad Educativa. m.- Debe participar en situaciones relacionadas con la vida escolar, el desarrollo curricular y la marcha del establecimiento educacional. Analizar los resultados del proceso educativo en los distintos tipos de evaluación interna y externa y sugerir acciones pedagógicas preventivas, o de refuerzo. 9.- DEBERES DE LA AUXILIAR DE SERVICIOS a.- Debe mantener el aseo y orden de todas las dependencias del Establecimiento. b.- Debe mantener los jardines y patios, debidamente limpios y regados. c.- Debe cuidar y responsabilizarse del uso y conservación de útiles y herramientas que se le hubieren asignados. d.- Debe desempeñar encargos debidamente aprobados por la autoridad respectiva del Establecimiento. e.- Debe realizar las demás funciones que le designe la autoridad del Establecimiento. f.- Debe participar en el Proyecto Educativo Institucional en su área de competencia. g.- Debe asumir y ejercer los roles que le competen, de acuerdo a lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional. 10.- DEBERES DE LOS ALUMNOS/AS (que por su pequeña edad, pasan a ser incentivadas por padres y profesoras) a.- Deben participar en las actividades del curso y de la escuela b.- Deben respetar los turnos al hablar, al exponer ideas y deben respetar turnos en el juego y la recreación de sus compañeros. c.- Deben preocuparse de mantener una adecuada presentación personal, cuidando su aseo e higiene. d.- Deben cuidar sus útiles escolares e.- Deben colaborar con el aseo y ornato de las diferentes dependencias del establecimiento, con el fin de respetar a nuestros semejantes y el entorno. f.- Deben cuidar el recinto educacional y equipamiento existente (mobiliario, implementos, recursos materiales u otros) en la Escuela. g.- Deben no traer a la escuela objetos pequeños que pueden resultar peligrosos (bolitas, monedas, juguetes de tamaños pequeños, etc.) h.- Deben mantener buenos modales dentro o fuera del Establecimiento.

i.- Deben respetar a sus compañeros, profesora y en general a todas las personas que son parte del establecimiento educacional.

j.- Deben respetar y acatar las órdenes y llamadas de atención de cualquier profesora, profesional o administrativo, siempre y cuando no atente contra su dignidad personal y esté en directa relación a prevenir accidentes.

k.- Deben cumplir con sus tareas pedagógicas como así también las tareas de su tratamiento fonoaudiológico. l.- Deben asistir regularmente a la escuela. 11.- DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS a.- Deben inculcar valores que promuevan el crecimiento personal de su hijo(a), tales como: el respeto, la disciplina, hábitos, etc., que nuestro escuela fortalecerá para darles a nuestros alumnos un ambiente sano, propio de los valores humanistas.

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b.- Deben asistir a las entrevistas que sean solicitadas por los docentes, dirección o fonoaudióloga. c.- Deben apoyar responsablemente al educando en sus deberes escolares, reforzando actitudes positivas y hábitos, a fin de contribuir a su propio desarrollo personal. d.- Deben participar de las actividades programadas por la escuela, aportando positivamente en el logro de los objetivos. e.- Deben mantener un contacto estrecho acerca de su pupilo y de la escuela a través del profesor. f.- Deben velar por la asistencia y puntualidad de su pupilo a clases y de todas las actividades escolares en forma responsable como así mismo del retiro oportuno de acuerdo al horario establecido. g.- Deben justificar las inasistencias de su hijo/a. Si un alumno/a regular de la escuela falta durante tres semanas consecutivas a la escuela sin justificación se podrá cancelar inmediatamente su matrícula. h.- El Apoderado se puede hacer responsable (siempre y cuando su situación económica se lo permita) en caso que un alumno cause daños al mobiliario y/o infraestructura del establecimiento prevaleciendo por sobre todo una entrevista para mediar la situación.

TITULO VIII DE LAS PROHIBICIONES

Artículo 22º.- Se prohíbe a los trabajadores

a) Trabajar sobre tiempo sin autorización del jefe directo b) Ocuparse de labores ajenas a su trabajo durante la jornada diaria. c) Permanecer en la empresa sin autorización escrita de un superior jerárquico, ya sea en uso de

horas extraordinarias o en compensación a un permiso. d) Vender, Consumir o introducir bebidas alcohólicas en los lugares de trabajo, como así también,

dormir y/o comer en los mismos. e) Adulterar la tarjeta de reloj o cualquier otro documento en uso de la empresa. f) Marcar la tarjeta reloj de un compañero, cualquiera sea la circunstancia. g) Utilizar lenguaje inadecuado y/o participar en acciones o situaciones obscenas. h) Reñir con sus compañeros o Jefes. i) Usar con fines inadecuados o no usar los elementos de seguridad. j) Fumar en lugares no permitidos. k) Ejercer facultades, atribuciones o representación de las que no esté legalmente investido, o no le

hayan sido delegadas. l) Solicitar, hacerse prometer o aceptar donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza

para sí o para terceros. m) Realizar cualquier acto atentatorio a la dignidad de los demás integrantes de la comunidad

educativa. Se considerará como una acción de este tipo el acoso sexual, entendido según los términos del inciso segundo del artículo 2 del Código del Trabajo, y la discriminación arbitraria, según la define el artículo 2 de la ley Nº 20.609

n) Realizar todo acto calificado como acoso laboral en los términos que dispone el inciso segundo del artículo 2 del Código del Trabajo.

TITULO IX

DEL FERIADO ANUAL Artículo 23º.- Los trabajadores con más de un año en la empresa tendrán derecho a un feriado anual de quince días hábiles con derecho a remuneración integra. Artículo 24º.- Para todos los trabajadores de la empresa que tienen un horario distribuido en 5 días hábiles de lunes a viernes, el día sábado será considerado inhábil, de tal manera que su feriado comprenderá además todos los sábados y domingo incluido en ese periodo. El feriado también podrá acumularse por acuerdo de las partes, pero sólo hasta por dos períodos consecutivos. El empleador cuyo trabajador tenga acumulados dos períodos consecutivos, deberá en todo caso otorgar al menos el primero de éstos, antes de completar el año que le da derecho a un nuevo período. Artículo 25º.- El feriado deberá ser solicitado por escrito y conforme a la legislación vigente, será otorgado por la empresa de preferencia en primavera o verano. Si el trabajador por cualquier motivo

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dejase de prestar servicios a la empresa antes de cumplir un año de trabajo, se le cancelara el feriado proporcional al tiempo trabajado incluida la fracción de días del mes en que ocurra el término del contrato. Artículo 26º.- El feriado deberá ser continuo, pero el exceso sobre 10 días hábiles podrá fraccionarse de común acuerdo de las partes, así también el feriado podrá acumularse por acuerdo de las partes hasta por dos periodos de feriado consecutivos.

TITULO X DE LOS PERMISOS

Artículo 27º.- Todo permiso que se solicite bajo cualquier circunstancia, deberá estar respaldado por el respectivo comprobante de permiso en uso de la empresa. Artículo 28º.- Todos los permisos deberán ser solicitados con 24 horas de anticipación, con la salvedad del permiso que se pide ante situaciones imprevistas que se puedan presentar a los trabajadores. Artículo 29º.- Ningún trabajador podrá autorizar sus propios permisos, deberá acudir siempre a la jefatura superior. Los permisos que se soliciten por horas, durante y antes del inicio o término de la jornada de trabajo serán autorizados directamente por el jefe correspondiente. Artículo 30º.- Todo permiso podrá ser compensado con trabajo fuera del horario normal, siempre y cuando sea pactado mediante compromiso escrito y firmado entre las partes, vale decir jefatura y trabajador afectado, con la debida anticipación y determinación en la forma en que se procederá. Artículo 31º.- Por maternidad, las trabajadoras tienen derecho a un descanso de 6 semanas antes del parto y 12 semanas después de él, conservándoles sus empleos durante dichos periodos y recibiendo el subsidio que establecen las normas legales y reglamentarias vigentes. Para hacer uso del descanso por maternidad, la trabajadora deberá presentar a la Empresa la licencia médica que ordena el D.S. Nº 3 de 1984, del Ministerio de Salud, al que también se refiere el artículo 197 del Código del Trabajo. Además, las trabajadoras tendrán derecho a un permiso postnatal parental de doce semanas (aproximadamente 3 meses) contadas desde el término del descanso postnatal “ordinario”, en idénticas condiciones que éste, o bien 18 semanas (aproximadamente 4 meses y medio) si la madre elije volver al trabajo por media jornada, caso en el cual recibirá la mitad del subsidio que le correspondería si tomara el descanso por jornadas completas y, a lo menos, el 50% de los estipendios fijos que le corresponden según su contrato de Trabajo, sin perjuicio de las demás remuneraciones de carácter variable a las que tenga derecho. Para ello deberá dar aviso al empleador, mediante carta certificada con copia a la Inspección del Trabajo, con a lo menos treinta días de anticipación al término del descanso postnatal “ordinario”. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 197 inciso 5° del Código del Trabajo. Las trabajadoras exentas del límite de jornada de trabajo, de conformidad a lo establecido en el inciso segundo del artículo 22 del Código del Trabajo, podrán ejercer el derecho establecido en el inciso anterior, en los términos de dicho precepto y conforme a lo acordado con su empleador. Si ambos padres son trabajadores, la madre puede elegir traspasar semanas del permiso postnatal parental al padre, a partir de la séptima semana del permiso, por el número de semanas que indique: > Si la madre decide tomarse 12 semanas a jornada completa, puede traspasar un máximo de seis semanas al padre a jornada completa. > Si la madre decide tomarse 18 semanas a media jornada, puede traspasar un máximo de 12 semanas en media jornada. En ambos casos las semanas utilizadas por el padre deberán ubicarse en el periodo final del permiso, y dan derecho a un subsidio cuya base de cálculo es su remuneración, con los topes señalados en las normas legales y reglamentarias vigentes. En caso que el padre haga uso del permiso postnatal parental, deberá dar aviso a su empleador mediante carta certificada enviada, a lo menos, con diez días de anticipación a la fecha en que hará uso del mencionado permiso, con copia a la Inspección del Trabajo. Copia de dicha comunicación deberá ser remitida, dentro del mismo plazo, al empleador de la trabajadora. A su vez, el empleador del padre deberá dar aviso a las entidades pagadoras del subsidio que correspondan, antes del inicio del permiso postnatal parental que aquél utilice.

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Artículo 32º.- El permiso post natal parental también se aplicará en el caso de la adopción de un menor, mayor de seis meses y menor de 18 años, con el correspondiente subsidio. Si el niño adoptado es menor de seis meses gozarán tanto del periodo de postnatal como del nuevo periodo de postnatal parental, de acuerdo a las normas generales. La trabajadora gozará de fuero maternal durante todo el periodo de embarazo y hasta un año después de expirado el descanso de maternidad “ordinario” de 12 semanas, excluido el permiso postnatal parental, quedando sujeta a lo dispuesto en el artículo 174 del Código del Trabajo. En caso de que el padre haga uso del permiso postnatal parental, tendrá derecho a fuero por el doble del periodo que se tome a jornada completa o a un máximo de tres meses si lo utiliza a jornada parcial, contados desde diez días antes de iniciarse el permiso. Si el padre va a hacer uso del permiso, debe avisar con al menos con diez días de anticipación a su empleador, al empleador de la madre y a la Inspección del Trabajo. Este fuero se hace extensivo a aquellas trabajadoras y trabajadores (viudos o solteros) que hubieren adoptado un menor en conformidad a la Ley de Adopción Nº 19.620, durante el plazo de un año desde la fecha en que el juez les confíe el cuidado personal o la tuición del menor. El padre tendrá derecho a un permiso pagado de cinco días, o el que se estipulare en los contratos colectivos si fuese superior, en caso de nacimiento de un hijo, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto, y en este caso será de forma continua, excluyendo el descanso semanal, o distribuirlo dentro del primer mes desde la fecha del nacimiento. Este permiso también se otorgará al padre que se encuentre en proceso de adopción, y se contará a partir de la notificación de la resolución que otorgue el cuidado personal o acoja la adopción del menor, en conformidad la ley Nº 19.620. Este derecho es irrenunciable y se hará efectivo con la sola presentación del certificado de nacimiento al jefe directo.

TITULO XI LAS LICENCIAS

Artículo 33º.- Licencia por Enfermedad. El trabajador que ésta enfermo y no puede asistir al trabajo deberá dar aviso al empleador, dentro de las 24 horas de sobrevenir la enfermedad. Artículo 34º.- Es obligación del empleador dar el curso correspondiente a la licencia para que los organismos pertinentes las visen y se proceda a los pagos de subsidios y demás beneficios a los el trabajador involucrado pudiera tener acceso. El tiempo para presentar la licencia corresponde a 48 horas después de emitida por el médico. Artículo 35º.- La empresa se reserva el derecho de observar el cumplimiento de los reposos médicos que les otorguen a sus trabajadores, para lo cual podrá hacer visitas domiciliarias al trabajador Paciente. Se prohíbe además las actividades remunerativas, durante el periodo que dure la licencia médica. Artículo 36º.- La empresa prohibirá al trabajador enfermo, con licencia médica que asista al trabajo o efectué con su conocimiento, cualquier actividad o labor mientras dure la licencia, ya sea en el trabajo o en su casa, a menos que se trate de actividades recreativas no remuneradas y compatibles con el tratamiento médico. Artículo 37º.- Toda trabajadora tendrá derecho a permiso y al subsidio que pudiere corresponder cuando el hijo menor de un año requiera su atención en el hogar. Todo esto deberá ser acreditado como licencia médica.

TITULO XII

TÉRMINO DEL CONTRATO DE TRABAJO Artículo 38º.- De acuerdo a lo establecido en el Código del Trabajo el Contrato de Trabajo terminará en los siguientes casos:

a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Renuncia del trabajador dando aviso a la empresa con 30 días de anticipación a lo menos. c) Muerte del trabajador. d) Vencimiento del plazo convenido en el contrato. La duración del contrato de plazo fijo no podrá

exceder de un año. El trabajador que hubiera prestado servicios discontinuos en virtud de más de

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dos contratos a plazo, durante doce meses o más en un período de quince meses contados desde la primera contratación, se presumirá legalmente que ha sido contratado por una duración indefinida. Tratándose de gerentes o personas que tengan un Título profesional o técnico otorgado por una Institución de educación superior del Estado o reconocida por éste, la duración del contrato no podrá exceder de dos años.

e) El hecho de continuar el trabajador prestando servicios con conocimiento del empleador después de expirado el plazo, lo trasformara en Contrato de duración indefinida. Igual efecto producirá la renovación de un Contrato de plazo fijo.

f) Conclusión del Trabajo o Servicio que dio origen al Contrato. g) Caso Fortuito o Fuerza Mayor.

Artículo 39º.- El Contrato de Trabajo termina sin derecho a indemnización alguna cuando el empleador le ponga término invocando una o más de las siguientes causales:

a) Falta de probidad, vías de hecho, injurias, conducta inmoral grave debidamente comprobada. b) Negociaciones que efectúe el trabajador dentro del giro del negocio y que hubiesen sido prohibidas

por escrito en el respectivo contrato por el empleador. c) No concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada, dos días seguidos, dos lunes en

el mes, o un total de tres días durante igual periodo de tiempo; así mismo, la falta injustificada, o sin aviso previo, de parte del trabajador que tuviere a su cargo una actividad faena o máquina cuyo abandono o paralización signifique una perturbación grave en la marcha de la obra o la empresa.

d) Abandono el trabajo por parte del trabajador entendiéndose por tal:

Salida intempestiva e injustificada del trabajador del sitio de la faena durante las horas de trabajo, sin permiso del empleador o quien lo represente,

La negativa a trabajar sin causa justificada en faena convenidas en el Contrato. e) Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del

establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores o a la salud de estos. f) El perjuicio material causado intencionalmente en las instalaciones, maquinarias, herramientas,

útiles de trabajo, productos o mercaderías. g) Incumplimiento Grave de las obligaciones que impone el Contrato.

Artículo 40º.- Sin perjuicio de lo señalado en los Artículos precedentes el empleador podrá poner término al Contrato de Trabajo invocando como causal las necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, tales como las derivadas de la racionalización o modernización de los mismos, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía, que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores, y la falta de adecuación laboral o técnica del trabajador. Artículo 41º.- La invalidez, total o parcial, no es causa para el término del contrato de trabajo, el trabajador que fuere separado de sus funciones por tal motivo, tendrá derecho a la indemnización establecida en el Artículo 163 del Código del Trabajo. Artículo 42º.- Al término del Contrato de Trabajo, la empresa a solicitud del trabajador entregará un certificado de trabajo con fecha de ingreso, retiro, y labor realizada. Corresponde a la empresa dar el aviso del cese de servicio a las instituciones previsionales. Artículo 43º.- En el caso de los trabajadores sujetos a fuero laboral, el empleador no podrá poner término al Contrato, sino con la autorización previa del juez competente, quién podrá, concederla en los casos de las causales señaladas en los números 4 y 5 del Artículo 159° y en el Artículo 160° del Código del Trabajo. Artículo 44º.- Para proceder al despido de un trabajador el empleador deberá informar por escrito el estado de pago de sus cotizaciones previsionales devengadas hasta el último día del mes anterior al despido. Si el empleador no hubiese efectuado el integro de dichas cotizaciones al momento del despido, este no producirá el efecto de poner término al contrato. Artículo 45º.- Todo lo concerniente a duración y término de los Contratos de Trabajo no contemplados en el presente Reglamento, estará sujeto a lo que establece el Código del Trabajo y sus modificaciones.

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TITULO XIII PROCEDIMIENTO DE RECLAMOS POR TÉRMINO

DEL CONTRATO DE TRABAJO Artículo 46º.- El trabajador tendrá derecho a reclamar ante la empresa de la decisión de poner término al contrato de trabajo cuando, notificado por esta, estimare injustificada la medida. La reclamación podrá interponerla dentro de las 48 horas hábiles de ser requerido, personalmente o en su defecto por el delegado de personal y en la eventualidad que tales personeros tengan existencia. Habrá un plazo de 6 días hábiles, contados desde la fecha de reclamación, para dar por satisfecha o por fracasada la gestión de arreglo directo. Este plazo podrá ampliarse de común acuerdo entre el interesado y la empresa, hasta por otros 3 días más. En todo caso la Inspección del Trabajo podrá intentar un avenimiento entre las partes cuando estas hayan fracasado en la gestión directa. Artículo 47º.- Ninguna solución a la que se llegue entre la empresa y el trabajador podrá mantener acuerdos que menoscaben los derechos del trabajador, ni permitir a la empresa omitir trámites de los señalados en el Código del Trabajo.

TITULO XIV LEY 20.001- REGULA EL PESO MÁXIMO DE CARGA HUMANA

Artículo 48º.- La manipulación comprende toda operación de transporte o sostén de carga cuyo levantamiento, colocación, empuje, tracción, porte o desplazamiento exija esfuerzo físico de uno o varios trabajadores. Artículo 49º.- El empleador deberá contar con medios adecuados, especialmente mecánicos, a fin de evitar la manipulación manual habitual de las cargas y verificar su utilización. Asimismo, el empleador procurará que el trabajador que se ocupe en la manipulación manual de las cargas reciba una satisfactoria capacitación y formación, respecto de los métodos de trabajo que debe utilizar, a fin de proteger su salud. Artículo 50º.- Si la manipulación manual es inevitable y las ayudas mecánicas no pueden usarse, no se permitirá que se opere con cargas superiores a 50 kilogramos. Artículo 51º.- Se prohíbe las operaciones de carga y descarga manual para la mujer embarazada. Artículo 52º.- Los menores de 18 años y mujeres no podrán llevar, transportar, cargar, arrastrar o empujar manualmente, y sin ayuda mecánica, cargas superiores a los 20 kilogramos. Artículo 53º.- En caso de manipular cargas mayores a 50 kilos, y no se cuente con medios mecánicos, se deberá realizar su traslado con la ayuda de más personal de manera de distribuir la carga individualmente.

TITULO XV Ley 20.660 que modifica a Ley 19.419

REGULA ACTIVIDADES QUE INDICA RELACIONADAS CON EL TABACO

Artículo 10.- Se prohíbe fumar en los siguientes lugares: a) Todo espacio cerrado que sea un lugar accesible al público o de uso comercial colectivo, independientemente de quien sea el propietario o de quien tenga derecho de acceso a ellos. b) Espacios cerrados o abiertos, públicos o privados, que correspondan a dependencias de: 1. Establecimientos de educación parvularia, básica y media. 2. Recintos donde se expendan combustibles. 3. Aquellos lugares en que se fabriquen, procesen, depositen o manipulen explosivos, materiales inflamables, medicamentos o alimentos. 4. En las galerías, tribunas y otras aposentadurías destinadas al público en los recintos deportivos, gimnasios o estadios. Esta prohibición se extiende a la cancha y a toda el área comprendida en el

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perímetro conformado por dichas galerías, tribunas y aposentadurías, salvo en los lugares especialmente habilitados para fumar que podrán tener los mencionados recintos. c) Medios de transporte de uso público o colectivo, incluyendo ascensores.

TITULO XVI “TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUAL” LEY N° 20.005

Artículo 54º.- "Las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato compatible con la dignidad de la persona. Es contrario a ella, entre otras conductas, el acoso sexual, entendiéndose por tal el que una persona realice en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.". Artículo 55º.- El trabajador afectado deberá hacer llegar su reclamo por escrito a la administración de la empresa, establecimiento o servicio o a la respectiva Inspección del Trabajo. La denuncia escrita será dirigida a la gerencia y deberá señalar los nombres, apellidos y R.U.T. del denunciante y/o afectado, el cargo que ocupa en la empresa y cuál es su dependencia jerárquica; una relación detallada de los hechos de la materia del denuncio, en lo posible indicando fecha y horas, el nombre del presunto acosador y finalmente la fecha y firma del denunciante. Recibida la denuncia, el empleador adoptara las medidas de resguardo necesarias respecto del personal involucrado, tal como la separación de los espacios físicos o la redistribución del tiempo de jornada, considerando la gravedad de los hechos imputados y las posibilidades derivadas de las condiciones de trabajo. Artículo 56º.- En caso que la denuncia sea realizada ante la Inspección del Trabajo, será este organismo quien sugerirá a la empresa la adopción de aquellas medidas inmediatas. Artículo 57º.- Se dispondrá por parte de la empresa la realización de una investigación interna de los hechos o, en el plazo de cinco días, remitirá los antecedentes a la Inspección del Trabajo respectiva. En cualquier caso la investigación deberá concluirse en el plazo de treinta días. Si se optare por una investigación interna, ésta deberá constar por escrito, ser llevada en estricta reserva, garantizando que ambas partes sean oídas y puedan fundamentar sus dichos, y las conclusiones deberán enviarse a la Inspección del Trabajo respectiva. Las conclusiones de la investigación realizada por la Inspección del Trabajo o las observaciones de ésta a aquélla practicada en forma interna, serán puestas en conocimiento del empleador, el denunciante y el denunciado. Artículo 58º.- En conformidad al mérito del informe, el empleador deberá, dentro de los siguientes quince días, contados desde la recepción del mismo, disponer y aplicar las medidas o sanciones que correspondan. Artículo 59º.- Si uno de los involucrados considera que alguna de las medidas señaladas en el artículo anterior es injusta o desproporcionada, podrá utilizar el procedimiento general de apelación que contiene el Reglamento Interno o recurrir a la Inspección del Trabajo.

TITULO XVII DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

- Los trabajadores gozaran plenamente de sus derechos humanos frente a su empleador y frente a los otros trabajadores, y con ello no nos referimos sólo a los derechos de contenido laboral o, más apropiadamente, derechos sociales, sino que también a aquellos derechos que se conocen como inespecíficos o, en rigor, derechos civiles, políticos, económicos y culturales, como por ejemplo el derecho a la intimidad, a la honra, a la vida privada o a la libertad de expresión. Son derechos fundamentales del trabajador (ley 20.087, nuevo procedimiento laboral, art. 485): Derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona, cuando su vulneración sea consecuencia directa de actos ocurridos en la relación laboral. (Art. 19 N° 1, i. 1°). Respeto y protección a vida privada y honra de persona y su familia (Art. 19 N°4), e inviolabilidad de toda forma de comunicación privada. (Art. 19 N° 5, en lo relativo a lo anterior). Libertad de conciencia, manifestación de todas las creencias y el ejercicio libre de todos los cultos no contrarios a la moral, buenas costumbres o al OP. (Art. 19 N° 6, i. 1°).

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Libertad de emitir opinión y de informar sin censura previa (Art. 19 N° 12, i. 1°) . Libertad de trabajo, al derecho a su libre elección y a la negociación colectiva cuando aquellos derechos resulten lesionados en el ejercicio de las facultades del empleador (Art. 19 N° 16, en lo relativo a lo anterior)

LEY RELATIVA AL ACOSO LABORAL (Ley 20.607) - Definición de acoso laboral: Se le define como un acto contrario a la dignidad de la persona, configurado por toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterados, ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio, que tenga como resultado para el o los afectados o (i) su menoscabo, maltrato o humillación, o bien (ii) que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo. Por ello, para la ley, no bastaría un acto aislado como una broma esporádica, sino que debería existir la suma de situaciones recurrentes que tengan un efecto relevante de maltrato o perjudicar la situación laboral de una persona. Además, un evento de acoso laboral puede ser cometido tanto por el empleador, sus representantes, como por trabajadores. ARTICULO ---°.- Tipos de acoso laboral: Según sea la jerarquía del acosador y de la persona acosada, el acoso puede ser de tipo descendente, horizontal o ascendente. a) Acoso laboral descendente: es el que ejerce una persona de nivel jerárquico superior en contra de otro inferior. b) Acoso laboral horizontal: existe cuando un trabajador que se ve acosado por un compañero con el mismo nivel jerárquico. Un típico ejemplo sería el realizado por varios compañeros de un mismo nivel jerárquico en contra de otro compañero, dentro de una misma área o departamento. c) Acoso laboral ascendente: es el realizado por una persona de cargo inferior o subordinado, a otro que ostenta un cargo jerárquico superior. Un ejemplo práctico de esta situación puede ocurrir cuando una nueva jefatura asume un puesto y es rechazado con humillación por sus subordinados, dificultando con despropósito la organización y dirección que debe ser ejercida por esa jefatura. ARTICULO ---°.- Quien comete un acoso laboral, puede ser despedido: Este despido es sin derecho a indemnización por años de servicio ni indemnización sustitutiva del aviso previo. ARTICULO ---°.- Establece al acoso laboral como causal de despido indirecto o “autodespido” en contra del empleador: Así, si es el empleador quien comete un acoso laboral en contra de cierto trabajador con el objetivo de, por ejemplo forzarlo a renunciar, el trabajador terminar su contrato de trabajo y reclamar el pago de una indemnización sustitutiva del aviso previo y una indemnización por años de servicio, aumentada esta última hasta en un 80%. Sin embargo, con el objetivo de disuadir reclamos infundados de trabajadores infundados, el trabajador que reclame un acoso laboral falsamente o con ánimo de lesionar la honra de la persona demandada estará obligado a indemnizar los perjuicios de las personas a las que haya atribuido cometer un acto de acoso laboral. También se expone a sanciones penales.

NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º.- El trabajador queda sujeto a las disposiciones de la Ley 16.744 y de sus Decretos complementarios vigentes que se dicten en el futuro, a las disposiciones del presente Reglamento y a las normas o instrucciones emanadas del Organismo Administrador, de los Servicios de Salud, del Comité Paritario de Higiene y Seguridad en el Trabajo y del Departamento de Prevención de Riesgos o representante en estas materias por parte de la empresa o trabajadores respectivamente.

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TITULO II DEL CONTROL DE SALUD

Artículo 2º.- Todo trabajador que ingresa a la empresa, podrá ser sometido a exámenes médicos. El trabajador que padezca de alguna enfermedad que afecte su capacidad y seguridad en el trabajo deberá poner esta situación en conocimiento de su Jefe inmediato para que adopte las medidas que procedan, especialmente si padece vértigo, epilepsia, mareos, afección cardiaca, poca capacidad auditiva o visual y otras. .

TITULO III DE LAS OBLIGACIONES

Artículo 4º.- Todos los trabajadores de la empresa estarán obligados a tomar cabal conocimiento de este Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad y a poner en práctica las normas y medidas contenidas en él. Artículo 5º.- Todo trabajador estará obligado a registrar la hora exacta de llegada y de salida de la empresa, esto por efecto de posibles Accidente de Trayecto. A la hora señalada el trabajador deberá presentarse en su área de trabajo. Artículo 6º.- De acuerdo a las disposiciones legales vigentes, la empresa está obligada a proteger a todo su personal de los riesgos del trabajo, entregándole al trabajador cuya labor lo requiera, sin costo alguno, y bajo su responsabilidad los elementos de protección personal del caso. Artículo 8º.- Los trabajadores deberán preocuparse y cooperar con el mantenimiento y buen estado de funcionamiento de equipos e instalaciones en general, tanto las destinadas a la producción como las de seguridad e higiene. Deberán asimismo preocuparse de que su área de trabajo se mantenga limpia, en orden, despejada de obstáculos, para evitar accidente o que se lesione cualquiera que transite a su alrededor. Artículo 9º.- El trabajador deberá informar a su Jefe inmediato acerca de las anomalías que detecte o de cualquier elemento defectuoso que note en su trabajo, previniendo las situaciones peligrosas. Artículo 10º.- Las vías de circulación interna y/o de evacuación deberán estar permanentemente señaladas y despejadas, prohibiéndose depositar en ella elementos que puedan producir accidentes, especialmente en caso de siniestros. Artículo 11º.- Todo trabajador deberá conocer y cumplir fielmente las normas de seguridad e higiene a que se refiere la Ley 16.744 y sus decretos complementarios vigentes o que en el futuro se dicten, para evitar accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, relacionados con la labor que debe efectuar o con las actividades que se desarrollen dentro de la empresa. Artículo 12º.- Todo trabajador que sufra un accidente, dentro o fuera de la empresa, por leve o sin importancia que él parezca, debe dar cuenta en el acto a su jefe inmediato. Además deberá dar aviso de inmediato a su jefe o cualquier ejecutivo de la empresa en su ausencia, de toda anormalidad que observe en las instalaciones, equipos, personal o ambiente en el cual trabaje. Todo accidente del trabajo, que sufra un trabajador deberá ser informado INMEDIATAMENTE A SU JEFE DIRECTO, y el empleador deberá declarar bajo un DIAT o DIEP, según corresponda ante el Instituto de Seguridad Laboral (ISL), dentro de las 24 horas de acaecido. En la denuncia deberán indicarse en forma precisa las circunstancias en que ocurrió el accidente (Declaración Individual de Accidente del Trabajo DIAT). Estarán obligados a hacer la denuncia al Organismo Administrador la empresa, y en subsidio de ésta, el accidentado o enfermo, o sus derechos habientes, el médico que trató o diagnosticó la lesión o enfermedad. Asimismo la denuncia podrá ser hecha por cualquier persona que haya tenido conocimiento de los hechos. Artículo 13.- Todo trabajador está obligado a colaborar en la investigación de los accidentes que ocurran en la empresa. Deberá avisar a su jefe inmediato cuando tenga conocimiento o haya presenciado cualquier accidente acaecido a algún compañero, aún en el caso que éste no lo estime de importancia o no hubiese sufrido lesión. Igualmente estará obligado a declarar en forma completa y real, los hechos presenciados o de que tenga noticias, cuando el Organismo Administrador del Seguro lo requiera. Artículo 14º.- El trabajador que padezca alguna enfermedad o que note que se siente mal, si el malestar afecta su capacidad y por ende su seguridad en el trabajo deberá poner esta situación en conocimiento de su jefe inmediato, para que éste proceda a tomar las medidas que el caso requiere.

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Artículo 15º.- Cuando a juicio del Organismo Administrador se sospechen riesgos de enfermedad profesional o de un estado de salud que cree situación peligrosa a algún trabajador, éste tiene la obligación de someterse a los exámenes que dispongan sus servicios médicos en la fecha, hora y lugar que éstos determinen, considerándose que el tiempo empleado en el control, debidamente comprobado, es tiempo efectivamente trabajado para todos los efectos legales. Artículo 16º.- En el caso de producirse un accidente en la empresa que lesione a algún trabajador, el jefe inmediato o algún trabajador procederá a la atención del lesionado, haciéndolo curar en el lugar de trabajo por medio del botiquín de emergencia o enviándolo a la brevedad al servicio asistencial del caso. Artículo 17º.- Los avisos, letreros y afiches de seguridad deberán ser leídos por todos los trabajadores, quienes deberán cumplir con sus instrucciones. Artículo 18º.- Los mismos avisos, carteles y afiches, deberán ser protegidos por todos los trabajadores quienes deberán impedir su destrucción, debiendo avisar a la autoridad competente de su falta con el fin de reponerlos.

TITULO IV DE LAS PROHIBICIONES

Artículo 19º.- Queda prohibido a todo trabajador:

a) Ingresar al lugar de trabajo o trabajar en estado de intemperancia, prohibiéndose terminantemente entrar bebidas alcohólicas al establecimiento, beberla o darla a beber a terceros.

b) Fumar o encender fuegos en los lugares que se hayan señalado como prohibidos. c) Dormir, comer o preparar alimentos en el lugar de trabajo d) Penetrar a todo recinto de trabajo, especialmente aquellos definidos como peligrosos, a quienes

no estén debidamente autorizados para hacerlo. e) Chacotear, jugar, empujarse, reñir o discutir dentro del recinto de la escuela y a la hora que sea. f) Alterar el registro de hora de llegada propia o de algún trabajador o el registro de hora de salida y

tratarse por propia cuenta las lesiones que hayan sufrido en algún accidente. g) Permitir que personas no capacitada traten de remover de los ojos de algún accidentado o de sus

heridas cuerpos extraños. h) Permanecer en los lugares de trabajo después del horario sin autorización del jefe inmediato. i) Negarse a proporcionar información en relación con determinadas condiciones de trabajo y de su

seguridad o acerca de accidentes ocurridos. j) Romper, rayar, retirar avisos, carteles, afiches, instrucciones, reglamentos acerca de la seguridad

e higiene industrial. k) Trabajar sin el debido equipo de seguridad o sin las ropas de trabajo que la proporciona. l) Apropiarse o usar elementos de protección personal perteneciente a la empresa o asignado a

algún otro compañero de trabajo. m) Efectuar, entre otras, alguna de las operaciones que siguen, sin ser el encargado de ellas o el

autorizado para hacerlo: alterar, cambiar, reparar o accionar instalaciones, equipos, mecanismo, sistemas eléctricos o herramientas; sacar, modificar o desactivar mecanismos, o equipos de protección de equipos o instalaciones; y detener el funcionamiento de equipos de ventilación, extracción, desagües y otros que existan en las dependencias de la empresa.

n) Correr sin necesidad dentro del establecimiento. o) Usar calzado inadecuado que pueda producir resbalones torceduras. p) Lanzar objetos de cualquier naturaleza que sean dentro del recinto de la empresa, aunque éstos

no sean dirigidos a persona alguna. q) Manipular manualmente cargas superiores a los 50kg. sin ayuda mecánica. r) Se prohíben las operaciones de carga y descarga manual para las mujeres embarazadas. Así

también, se prohíbe que las mujeres en general y los menores de 18 años manipulen cargas superiores a los 20 Kg.

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TITULO V DEL MANEJO DE INCENDIOS Y USO DE EXINTORES

Artículo 20º.- El trabajador debe conocer exactamente la ubicación de los equipos extintores de incendio del sector en el cual desarrolle sus actividades, como asimismo conocer la forma de operarlos, siendo obligación de todo jefe velar por la debida instrucción del personal al respecto. Artículo 21º.- Todo trabajador que observe un amago, inicio o peligro de incendio, deberá dar alarma inmediata y se incorporará al procedimiento establecido por la empresa para estos casos. Artículo 22º.- El acceso a los equipos deberá mantenerse despejado de obstáculos. Artículo 23º.- Deberá darse cuenta al jefe inmediato después de haber ocupado un extintor de incendio para proceder a su recargo. Artículo 24º.- No podrá encenderse fuegos cerca de elementos combustibles o inflamables, tales como pinturas, diluyentes, elementos químicos, botellas de oxígeno acetileno, aunque se encuentren vacías, parafina, bencinas u otros. Artículo 25º.- Los trabajadores que no pertenezcan a la Brigada de Incendios, equipos de evacuación y emergencia de la empresa, deberán colaborar con éstos, uniéndose al plan elaborado para enfrentar estas situaciones con rapidez y orden. Artículo 26º.- En todo caso, los trabajadores deberán colaborar con los jefes señalados por la empresa, a evacuar con calma el lugar del siniestro. Artículo 27º.- Clases de fuego y formas de combatirlo:

1. Fuegos Clase A

Son fuegos que involucran materiales como papeles, maderas y cartones, géneros, cauchos y diversos plásticos. Los agentes extintores más utilizados, para combatir este tipo de fuego son Agua, Polvo Químico Seco multipropósito, Compuestos Halogenados (HALONES) y espumas (LIGHT WATER).

2. Fuegos Clase B

Son fuegos que involucran líquidos combustibles e inflamables, gases, grasas y materiales similares. Los agentes extintores más utilizados, para combatir este tipo de fuego son Polvo Químico Seco, Anhídrido Carbónico y espumas (LIGHT WATER).

3. Fuegos Clase C

Son fuegos que involucran equipos, maquinarias e instalaciones eléctricas energizadas. Por seguridad de las personas deben combatirse con agentes no conductores de la electricidad tales como: Polvo Químico Seco y Anhídrido Carbónico.

4. Fuegos Clase D

Son fuegos que involucran metales como magnesio, sodio y otros. Los agentes extintores son específicos para cada metal.

TITULO VI

DE LAS SANCIONES Y RECLAMOS Artículo 31º.- El trabajador que contravenga las normas contenidas en este Reglamento o las instrucciones del organismo administrador, será sancionado de la siguiente manera:

a) Primero: Sanción verbal b) Segundo : sanción escrita, con copia a la inspección del trabajo

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Artículo 32º.- Las obligaciones, prohibiciones y sanciones señaladas en este reglamento, deben entenderse incorporadas a los contratos de trabajo individuales de todos los trabajadores. Para todo lo que no está consultando en el presente reglamento, la Corporación se atendrá a lo dispuesto en la Ley Nº 16.744 y en el Código del Trabajo.

TITULO VII PROCEDIMIENTOS, RECURSOS Y RECLAMACIONES (Ley 16.744 y DS N° 101)

El trabajador afectado por el rechazo de la licencia o de un reposo médico por parte de los organismos de los Servicios de Salud, de las instituciones de Salud Previsional o de las Mutualidades de Empleadores, basado en que la afección invocada tiene o no tiene origen profesional, según el caso, deberá concurrir ante el organismo de régimen Previsional a la que esté afiliado, que no sea el que rechazó la licencia o el reposo médico, el cual estará obligado a cursarla de inmediato y a otorgar las prestaciones médicas pecuniarias que correspondan, sin perjuicio a los reclamos posteriores y reembolsos, si procedieran, que estable este Artículo. En la situación prevista en el inciso anterior cualquier persona o entidad interesada podrá reclamar directamente en la Superintendencia de Seguridad Social por el rechazo de la licencia o del reposo médico, debiendo ésta resolver, con competencia exclusiva y sin ulterior recurso, sobre el carácter de la afección que dio origen a ella, en el plazo de treinta días contado desde la recepción de los antecedentes que se requieran o desde la fecha en que el trabajador afectado se hubiera sometido a los exámenes que disponga dicho Organismo, si éstos fueren posteriores. Si la Superintendencia de Seguridad Social resuelve que las prestaciones debieron otorgarse con cargo a un régimen previsional diferente de aquel conforme al cual se proporcionaron, el Servicio de Salud, el Instituto de Seguridad Laboral, la Mutualidad de Empleadores, la Caja de Compensación de Asignación Familiar o la Institución de Salud Previsional, según corresponda, deberán rembolsar el valor de aquellas al organismo administrador de la entidad que las solventó, debiendo este último efectuar el requerimiento respectivo. En dicho reembolso se deberá incluir la parte que debió financiar el trabajador en conformidad al régimen de salud previsional a que está afiliado. Artículo 39º.- La entidad empleadora deberá denunciar al Organismo respectivo, inmediatamente de producido, todo accidente o enfermedad que pueda ocasionar incapacidad para el trabajo o la muerte de la víctima. El accidentado o enfermo, o sus derechos-habientes, o el médico que trató o diagnosticó la lesión o enfermedad, como igualmente el Comité Paritario de Higiene y Seguridad, tendrán también, la obligación de denunciar el hecho en dicho Organismo Administrador, en el caso de que la entidad empleadora no hubiese realizado la denuncia. Las denuncias mencionadas en el inciso anterior deberán contener todos los datos que hayan sido indicados por el Ministerio de Salud. Los Organismos Administradores deberán informar al Ministerio de Salud, los accidentes o enfermedades que les hubiesen sido denunciados, y que hubieran ocasionado incapacidad para el trabajo o la muerte de la víctima, en la forma y con la periodicidad que señale el reglamento. Artículo 41º.- La denuncia de un Accidente del Trabajo o de una Enfermedad Profesional se hará en un formulario común a los Organismos Administradores, aprobado por el Ministerio de Salud y deberá ajustarse a las siguientes normas: 1º Deberá ser efectuada y suscrita por las personas o entidades obligadas a ello en conformidad al

Artículo 76° de la Ley, o en su caso, por las personas señaladas en el Artículo 102° del presente reglamento.

2º La persona natural o la entidad empleadora que formula la denuncia, será responsable de la veracidad e integridad de los hechos y circunstancias que se señalan en dicha denuncia.

TITULO VIII

CIRCULAR 2.345 SUSESO

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“ACCIDENTE GRAVE Y FATAL”

Artículo 46.- Cuando ocurra un accidente de trabajo grave o fatal en los términos definidos, el empleador deberá suspender en forma inmediata las faenas y además, de ser necesario, deberá evacuar dichas faenas, si existe la probabilidad que ocurra un nuevo accidente de similares características. El ingreso a estas áreas, para enfrentar y controlar el o los riesgo(s) presente (s), solo deberá efectuarse con personal debidamente entrenado y equipado. Artículo 47.- El empleador deberá informar inmediatamente de ocurrido cualquier accidente del trabajo fatal o grave, tanto a la Inspección del Trabajo como a la Seremi de Salud que corresponda al domicilio en que este ocurrió.

TITULO IX LAS SANCIONES

Artículo 51º.- Las infracciones de los trabajadores a las disposiciones de este Reglamento y que no sean causales de término de Contrato de Trabajo, serán sancionadas en distintos grados, de los cuales llevará registro la Jefatura del Àrea a la que pertenece el trabajador. Los grados de amonestación serán: Grado 1.- Amonestación Verbal Grado 2.- Amonestación escrita con copia a la inspección del trabajo.

TITULO X

RIESGOS TIPICOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS OBLIGACION DE INFORMAR

(D.S. Nº 40) Artículo 52º.- El empleador deberá informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores, acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos. Artículo 53º.- El empleador deberá mantener los equipos y dispositivos técnicamente necesarios para reducir a niveles mínimos los riesgos que puedan presentarse en los sitios de trabajo. Artículo 54º.- En los almacenes tiendas, bazares, bodegas, depósitos de mercaderías y demás establecimientos comerciales semejantes, el empleador deberá mantener el número suficiente de asientos o sillas a disposición de los trabajadores. El incumplimiento de esta normativa, implica la sanción establecida en el artículo 193 del Código del Trabajo. Artículo 55º.- Los trabajadores deben tener conocimiento acerca de los riesgos típicos que entrañan sus labores, las consecuencias y las medidas preventivas conducentes a su eliminación o control, algunos de los cuales se indican a continuación:

Riesgos Consecuencias Medidas Preventivas Sobre esfuerzos en manejo de materiales Levantamiento de cajas Bultos Rollos. Sacos Manejo manual de

materiales

Lesiones temporales y permanentes en espalda (Lumbago y otros)

Heridas Fracturas

Al levantar materiales, el trabajador debe doblar las rodillas y mantener la espalda lo más recta posible.

Nunca manipular sólo elementos de más de 50 Kg. Si es necesario se deberá complementar los métodos

manuales de trabajo con el uso de elementos auxiliares.

Se deberá utilizar los equipos de protección personal que la situación amerite (guantes, calzado de seguridad, y otros).

Caídas del mismo y distinto nivel Desde superficies de

trabajo Escalas móviles o fijas Andamios Rampas Escaleras Pisos y pasillos

Esguinces Torceduras Heridas Fracturas Contusiones Lesiones múltiples Parálisis Lesiones traumáticas Muerte

Evitar correr dentro del establecimiento, en especial, por las escaleras de tránsito.

Al bajar por las escaleras se deberá utilizar los respectivos pasamanos.

Cuando se vaya a utilizar una escalera tipo tijeras, cerciorarse de que esté completamente extendida y en buenas condiciones, antes de subirse.

Utilizar superficies de trabajo construidas de acuerdo a las normas y procedimientos de seguridad establecidos y/o vigentes

No utilizar andamios para almacenar materiales Utilizar superficies en forma adecuada considerando el tipo de

trabajo y el peso que deberá resistir.

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Riesgos Consecuencias Medidas Preventivas Dar a escalas un ángulo adecuado, la distancia del muro al

apoyo debe ser de ¼ del largo utilizado No utilizar escalas metálicas en trabajos eléctricos.

Los andamios se deben armar con estructura y plataforma de trabajo completa (4 bandejas por piso armado), se debe colocar además barandas y rodapiés.

Señalar zonas resbaladizas

Contacto con fuego u objetos calientes

Quemaduras Asfixias Fuego descontrolado Explosión, etc. Muerte

No tomar bebidas calientes en las salas de clases en horarios de trabajo

No fumar en áreas donde está prohibido. Verificar que las conexiones eléctricas se encuentran en buen

estado y con su conexión a tierra. Evitar el almacenamiento de materiales inflamables en lugares

no designados para esos fines.

Contacto con energía eléctrica:

Tableros eléctricos

Enchufes Extensiones o

alargadores

Quemaduras internas y/o externas.

Asfixia por paro respiratorio.

Fibrilación ventricular. Tetanización muscular. Lesiones traumáticas por

caídas. Shock.

Usar equipos de protección personal adecuada. No efectuar uniones defectuosas sin aislación. No usar enchufes deteriorados, ni sobrecargar circuitos. No usar equipos o artefactos defectuosos y/o sin conexión a

tierra. No usar conexiones defectuosas y/o fraudulentas o

instalaciones fuera de norma. Realizar mantención periódica a equipos e instalaciones. No intervenir en trabajos eléctricos sin contar con autorización. Normalizar, tanto el diseño de la instalación como la ejecución

de los trabajos (deben ceñirse a la legislación vigente de servicios eléctricos).

Se debe supervisar los trabajos eléctricos, para verificar si se cumplen las normas y procedimientos establecidos.

Se deben informar los trabajos y señalizar (en los tableros) con tarjetas de seguridad, a fin de evitar la acción de terceros que pudieran energizar sectores intervenidos.

Mantener señalética en tableros eléctricos.

Golpeado con o por, Estructuras Equipos Materiales Mobiliario Camiones, camionetas,

furgones y/o autos

Contusiones Fracturas Incapacidades Tec Poli contusiones

Uso correcto de equipos de protección personal. Capacitar a los trabajadores. Utilizar Equipos de protección personal como son guantes,

lentes de seguridad. No dejar materiales sobresalientes. Mantener cajones de escritorios y archivadores cerrados. Almacenar herramientas, materiales en forma ordenada. Mantener zonas de trabajo y se seguridad, ordenadas,

despejadas y libres de obstáculos, respetando demarcaciones respectivas,

No usar cajones de escritorio o cajas para alcanzar objetos en altura,

Disponer un correcto almacenamiento y/o apilamiento de los insumos, cajas, etc. A fin de que no se desequilibren y caigan desde la altura.

Respetar el área de demarcación de zona de trabajo.

Exposición a ruido

Disminución o perdida de la capacidad auditiva,

hipoacusia neurosensorial

Evitar el uso de equipos de radio o personal stereo, discman o mp3.

Si existen fuentes que provocan ruido, solicitar la realización de evaluaciones ambientales de ruido.

Exposición a cortes en la piel

Infecciones en la piel

Cortes profundos

Hemorragias

Cicatrices

Guarde los cuchillos, tenedores, tijeras, agujas y otros utensilios afilados en un cajón cerrado mediante cierre o pestillo de seguridad.

Utilice elementos cortopunzantes en forma segura para evitar cortaduras y punciones.

Utilice guantes para proteger sus manos Mantenga el objeto apuntando lejos de usted y de otras

personas en todo momento. Si el objeto es reutilizable, póngalo en un recipiente cerrado

y seguro después de usarlo. Coménteles a las personas con quienes trabaja cuándo

planea depositar el objeto o recogerlo.

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TITULO XI VIGENCIA DEL REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD

Artículo 56º.- El presente reglamento tendrá una vigencia de un año, a contar del 01 de 03 de 2019, pero se entenderá prórroga automáticamente, si no ha habido observaciones por parte del Departamento de Prevención de Riesgos, del Comité Paritario, o a falta de estos, de la Corporación o los trabajadores. DISTRIBUCIÓN: Seremi de Salud Dirección del Trabajo (Inspección del Trabajo). Trabajadores de la Corporación

REGISTRO DE ENTREGA REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN HIGIENE Y SEGURIDAD

Yo Trabajador _____________________________________

Rut:____________________ Recibo conforme el reglamento de

orden, higiene y seguridad y me comprometo a su lectura y

comprensión.

Fecha: ____________________ ____________________ Firma Trabajador Firma entrega

Corporación Entregado por: _______________________

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MANUAL DE CONVIVENCIA

Escuela Especial de Lenguaje

“Patito Marino”

Escuela Especial de Lenguaje “Patito Marino”

Arturo Godoy 280 P 5 1/2 Achupallas, Viña del Mar F: 2124617

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PRESENTACIÓN

NOMBRE : Escuela Especial de Lenguaje Patito Marino

RAZÓN SOCIAL: Servicios Educacionales Patito Marino SPA.

RUT: 76.164.074-7

REPRESENTANTE LEGAL: Don Patricio Ignacio Rivera López

DIRECCIÓN: Arturo Godoy 280, Paradero 5 ½ Achupallas,

Viña del Mar

RBD: 40034-3

RESOLUCIÓN: 02118 / 17/06/2008

DIRECTORA: Sra. Carolina Myriam Rebolledo Silva

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REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD ESCUELA DE LENGUAJE “PATITO MARINO”

ÍNDICE

Presentación 1

Índice 2

Introducción 4

Capítulo I.- Bases de la política nacional de convivencia escolar 5

1.- Fundamentos 5

2.- Objetivos de la política nacional de convivencia escolar 6

2.1.- Objetivo general 6

2.2.- Objetivos Específicos 7

3.- Ejes de la política nacional de convivencia escolar 7

3.1.- Eje formativo de la convivencia escolar 7

3.2.- Participación y compromiso de toda la comunidad educativa 8

3.3.- Los actores de la comunidad educativa como sujetos de derecho

y responsabilidades 8

4.- Líneas estratégicas 9

Capítulo II.- Normativa de la escuela 9

1.- Normas de funcionamiento de la escuela 9

2.- Normas de interacción de la escuela 12

3.- Obligaciones generales del establecimiento 13

4.- Obligaciones generales del personal de la escuela 14

5.-Prohibiciones generales para el desempeño de las funciones del personal

de la escuela 15

Capítulo III.- Normas de prevención de riesgos, seguridad escolar e higiene 16

1.- Elementos de prevención 16

2.- Funciones del personal 16

3.- Prácticas de prevención de riesgo, seguridad escolar e higiene 18

3.1.- Protocolos de acción 18

3.1.1.- Protocolo de control de la salud 19

3.1.2.- Protocolo de higiene bucal 25

3.1.3.- Protocolo de pediculosis 27

3.1.4.- Protocolo de accidentes y de primeros auxilios 29

3.1.6.- Protocolo de maltrato escolar 41

3.1.7.- Protocolo de abuso sexual 50

3.1.8.- Protocolo para derivaciones a otros especialistas 53

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4.- Riesgos típicos y medidas preventivas (derecho a saber) 53

Capítulo IV.- Normas de convivencia escolar de la escuela 53

1.- Habilidades y actitudes esperadas 53

2.- Estrategias para promover la buena convivencia 54

3.- Responsabilidades y compromisos de los distintos actores con la

convivencia escolar 55

3.1.- Encargado de la convivencia escolar 55

3.2.- Dirección y equipo directivo del establecimiento 55

3.3.- Consejo escolar 56

3.4.- Docentes y asistentes de la educación 56

3.5.- Padres, Madres, Apoderados/as 56

Capítulo V.- Medidas y penalizaciones 57

1.- Obligación de denuncia de delitos 57

2.- Protección y confidencialidad 57

3.- Consecuencia y sanciones 57

3.- Medidas de reparación 59

4.- Negociación, Arbitraje y Mediación 59

5.- Publicidad del manual de convivencia 60

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INTRODUCCIÓN

“La convivencia escolar es el conjunto de las interacciones y relaciones que se

producen entre todos los actores de la comunidad (estudiantes, docentes,

asistentes de la educación, directivos, padres, madres y apoderados y sostenedor),

abarcando no solo aquellas entre individuos, sino también las que se producen entre

los grupos, equipos, cursos y organizaciones internas que forman parte de la

institución. Incluye también la relación de la comunidad escolar con las

organizaciones del entorno en el que se encuentra inserta.” (Política de convivencia

escolar 2019)

Entendemos por convivencia la interrelación que se produce entre las

personas, sustentadas en la capacidad que tienen los seres humanos de vivir con

otros en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca. En la institución

escolar esta capacidad se expresa en la interrelación armoniosa y sin violencia entre

los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.

La Ley sobre Violencia Escolar, la define como “la coexistencia pacífica de los

miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre

ellos y un adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que

propicia el desarrollo integral de los estudiantes”. Esta interrelación está

sustentada en la formación personal y social de las personas, en el desarrollo ético,

socio-afectivo e intelectual, y respaldada en la convicción de que cada ser humano

posee, en sí mismo, la potencialidad de crecer, desarrollarse y formarse como

persona, lo que le permite relacionarse positivamente con otras.

La Convivencia Escolar es un aprendizaje, se construye día a día a partir de

experiencias y del contactos con otros, implica el reconocimiento y respeto hacia la

diversidad, la capacidad de entenderse, de valorar y aceptar las diferencias y los

puntos de vista de los demás, reconociendo que cada uno es una persona que tiene

derechos y con responsabilidades que asumir a favor del bien común. “La

convivencia se enseña y se aprende, por tanto, es fundamental que las políticas

públicas y planes de mejora consideren la necesidad de intencionar la enseñanza y el

aprendizaje de los modos de convivir, no solo a nivel curricular, sino también en los

distintos espacios y oportunidades que la comunidad educativa nos presenta.”

(Política de convivencia escolar 2019)

Entre 2017 y 2018, las denuncias generales ante la Superintendencia de

Educación sobre maltrato físico y psicológico al interior de las comunidades

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educativas aumenta-ron un 26,7%. A lo anterior se agregan los resultados del

Quinto Sondeo sobre Bullying (INJUV/2017) que no son positivos.

Las normas de convivencia que se presentan en este manual, se basan en

nuestro proyecto educativo institucional, y se pretende, sean conocidas, aceptadas y

practicadas por todos los integrantes de nuestra comunidad educativa: alumnos,

alumnas, docentes, asistentes de la educación, de servicio, padres y apoderados.

Procurando establecer un marco de regulación, interrelación y de comunicación

abierta entre todos los miembros de la comunidad se espera que éstos actúen con

responsabilidad, autodisciplina, seguridad, conozcan sus deberes y derechos, los

límites establecidos y los procedimientos que serán utilizados para resolver los

diversos conflictos.

En este reglamento se presentan los principios y elementos que construyen

una sana convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la

prevención de toda clase de violencia o agresión. Asimismo, se establecen protocolos

de actuación para los casos de maltrato escolar, los que deberán estimular el

acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones

reparatorias para los afectados.

CAPÍTULO I.- BASES DE LA POLÍTICA NACIONAL DE CONVIVENCIA

ESCOLAR

1.- FUNDAMENTOS

La política de convivencia escolar de nuestro país se sustenta en las normas

vigentes, los cambios sociales y culturales del periodo y los estudios y experiencias

realizadas.

Las normas que rigen esta política son:

- Ley General de Educación (LGE)

- Ley sobre Violencia Escolar (LVE)

- Marco Curricular Vigente

Los cambios sociales y culturales principales del periodo son:

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- Nuestro contexto de globalización económica, cultural y tecnológica, ha

modificado la forma en que nos relacionamos, el uso de variadas tecnologías de

la comunicación es parte de las vidas cotidianas de nuestros alumnos y alumnas.

- Se presentan nuevas formas de participación en temas de interés estableciendo

un nuevo tipo de ejercicio ciudadano.

- Todos los niños con sujetos de derecho con necesidades y requerimientos

propios.

- La pluralidad cultural implica el reconocimiento y la valoración de la diversidad

en nuestras prácticas cotidianas para consolidar una sociedad más inclusiva.

Los estudios y experiencias realizadas nos señalan:

- Existe un déficit en el rol formador de las escuelas, por lo que la convivencia

escolar debería ser entendida como el eje central que debe sostener el

proyecto educativo.

- Estudios demuestran que las comunidades educativas no están reflexionando

acerca de sus prácticas en convivencia escolar.

2.- OBJETIVOS DE LA POLÍTICA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

2.1.- OBJETIVO GENERAL

Orientar las acciones, iniciativas y programas que promuevan y fomenten la

comprensión y el desarrollo de una Convivencia Escolar inclusiva, participativa,

solidaria, tolerante, pacífica y respetuosa, en un marco de equidad de género y con

enfoque de derechos y con especial énfasis en una formación que favorezca la

prevención de toda clase de violencia o agresión.

2.2.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS

-Fortalecer la comprensión de la dimensión formativa dela Convivencia Escolar en

todo el sistema educativo, y resituarla como el componente central de la gestión

institucional.

- Fortalecer la enseñanza de los conocimientos, habilidades, actitudes y valores

propuestos en los Objetivos Transversales, como los aprendizajes básicos para el

ejercicio de la Convivencia Escolar.

- Promover el compromiso y la participación de la Comunidad Educativa, en la

construcción de un proyecto institucional que tenga como componente central la

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Convivencia Escolar, y el ejercicio de los derechos y deberes de cada uno de los

actores.

- Fomentar en todos los actores sociales y de la Comunidad Educativa, comprensión

compartida de la prevención, la resolución de conflictos y la violencia escolar,

incluido el acoso sistemático o bullying desde una perspectiva formativa.

- Promover una comprensión formativa de la Convivencia Escolar en las estrategias y

acciones preventivas que implementa el interceptor u otras instituciones en las

comunidades educativas

3.- EJES DE LA POLÍTICA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

3.1 ENFOQUE FORMATIVO DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR

Toda persona tiene una identidad que la hace ser única dentro de la sociedad.

La identidad se construye en sociedad porque es dentro de ella que nos

diferenciamos en nuestros gustos, intereses y características personales. Dentro

del marco curricular que desarrollamos en la escuela, se realizan actividades

dirigidas a la formar alumnos y alumnas que respeten y valoren la identidad personal

humana.

Por otra parte, también podemos sentirnos identificados con el contexto en el

cual estamos inmersos y en conjunto como grupo o sociedad aspirar a metas sociales

compartidas. Este es un sentimiento de apego a nuestros núcleos más cercanos, la

familia, la escuela, el equipo del barrio, etc. La política de convivencia de nuestra

escuela aspira que a todos los alumnos y alumnas de la escuela, en su formación

valórica, se sientan identificados y tengan un sentido de pertenencia hacia ella.

La Política Nacional de convivencia escolar 2019 pone un énfasis especial en el

carácter formativo de la convivencia escolar, a convivir se aprende principalmente

conviviendo, por lo que los establecimientos educacionales son verdaderas escuelas

para aprender a vivir juntos. La convivencia es, en sí misma, un instrumento

privilegiado para enseñar e internalizar distintas formas de vivir con los demás,

La convivencia se despliega en el dominio de la ética, porque el objetivo de

esta es, precisamente, el discernimiento sobre las actividades humanas desde la

perspectiva de la justicia y la búsqueda del bien común. Esta ética colectiva es una

“ética del cuidado”: del cuidado de nosotros mismos, de los demás, de los bienes

públicos, del entorno natural y del planeta. Se trata de una ética que es construida

en conjunto en función de los cuidados colectivos.

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3.2 PARTICIPACIÓN Y COMPROMISO DE TODA LA COMUNIDAD

EDUCATIVA

La convivencia escolar es una responsabilidad compartida por toda la

comunidad educativa y por la sociedad en su conjunto, por lo tanto, se deben asumir

roles y funciones resguardando los derechos y deberes de cada uno de sus

integrantes. Se deben respetar los acuerdos tomados y esgrimir las diferencias en

un ambiente de respeto y comprensión.

3.3 LOS ACTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA COMO SUJETOS DE

DERECHO Y RESPONSABILIDADES

Aprender a vivir juntos significa reconocer al otro como diferente en

igualdad de derechos, valorando la diversidad y pluralidad de las relaciones humanas.

Cada integrante de la comunidad educativa posee un rol, derechos y

responsabilidades. Debido a que los niños y niñas de la escuela se encuentran en una

etapa inicial de desarrollo se recalca el principio de Interés Superior del Niño,

establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño, el cual pone en relieve las

políticas públicas relacionadas con su protección y provisión de derechos por parte

de los adultos que le rodean.

4.- LÍNEAS ESTRATÉGICAS

4.1 FORMACIÓN/CAPACITACIÓN

Promover la formación, investigación y capacitación en relación al enfoque formativo

de la convivencia escolar con los diferentes organismos, instituciones y actores del

sistema educativo.

4.2 DIFUSIÓN

Promover la difusión de orientaciones, investigaciones, estrategias, experiencias y

buenas prácticas en convivencia escolar, con los diferentes organismos,

instituciones y actores del sistema educativo.

4.3.- GESTIÓN

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Promover la articulación y orientación de los instrumentos, las prácticas,

estrategias e indicadores que permitan la implementación de una convivencia escolar

participativa, con enfoque formativo y en un marco de derechos.

4.4 COORDINACIÓN INTERSECTORIAL

Promover espacios e instancias de participación, articulación y compromiso

intersectorial para la implementación de acciones orientadas a mejorar la calidad de

la convivencia escolar en los establecimientos escolares.

CAPÍTULO II.- NORMATIVA DE LA ESCUELA

1.- NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA

a.- Con relación a la Matricula: Tendrán calidad de alumno regular los menores

que presenten un Trastorno Específico del Lenguaje, siendo este un requisito

imprescindible para su ingreso, a través de una evaluación efectiva por la docente,

fonoaudióloga y médico inscrito en el registro profesional del MINEDUC. El

establecimiento procede al ingreso del alumno dado su diagnóstico, ingresará al nivel

que corresponde por la edad cronológica y según vacante se disponga en ese

momento. Los apoderados pueden solicitar su certificado de alumno regular en

forma gratuita a la dirección.

b.- Respecto al cumplimiento de la jornada de clases: La escuela presenta un

horario de funcionamiento en ambas jornadas, la que se respetará tanto en horarios

de entrada, salidas, horas de clases y recreo.Cada apoderado deja y retira a su hijo

o hija en la puerta de entrada de la sala de espera de la escuela, donde es recibido y

entregado por la profesora de turno. Si el apoderado desea comunicarse con la

profesora de su hijo debe dejar el recado con la tía de turno.No se permitirá el

retiro de alumnos por los apoderados antes del término de la jornada a menos que

sea por alguna razón muy justificada que la Dirección evaluará, quedando registrado

en el Libro de Salidas de la escuela.

c.- Sobre la asistencia a clases:La asistencia a clases es diaria y obligatoria. Es

obligación del alumno/a asistir todos los días de clases, como también a aquellas

actividades extra programáticas en que participe. El alumno o alumna perderá la

calidad de alumno regular si se ausentan por un período prolongado sin justificación.

Se podrá presentar un certificado médico como justificación para alumnos que

presenten algún problema de salud que le impida asistir a clases. El apoderado

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deberá justificar la inasistencia del alumno de manera personal o telefónica. Los

atrasos deberán justificarse con el apoderado, asistiendo personalmente al

establecimiento, o mediante la libreta de comunicaciones.En caso de las

inasistencias prolongadas, el establecimiento procederá a citar al apoderado para

informarse de la situación del alumno. En caso de no presentarse, se realizará una

visita domiciliaria para establecer las razones de las inasistencias.

d.- Presentación personal: Los alumnos deberán presentarse con ropa cómoda

(buzo) y con una muda de ropa en caso que sea necesario. La escuela tiene buzo y

delantal propio pero no es obligatorio adquirir estas prendas. Es obligación del

apoderado marcar la ropa del alumno o alumna para evitar pérdidas.

e.- Sobre el uso de los cuadernos y libros:Los alumnos deben portar diariamente

el cuaderno amarillo (libreta de comunicación), ya que es el nexo de comunicación

diaria hacia los apoderados y viceversa, es obligación del apoderado revisar este

cuaderno diariamente. Los cuadernos de tareas y actividades a desarrollar se irán a

casa para trabajar junto al apoderado, el cuaderno debe volver al establecimiento

según plazo que estipuló el profesor/ y o fonoaudióloga. Los libros entregados por el

Ministerio de Educación son propiedad del alumno y en caso de retiro o cambio de

escuela deben retirarlos junto con los materiales que le pertenezcan. En cambio, los

libros de apoyo entregados por la escuela para los distintos niveles educativos

permanecen en la escuela en caso de retiro o cambio de escuela.

f.- Sobre el uso de los útiles de aseo personal: Los alumnos tienen la obligación

de traer diariamente a la escuela una toalla limpia para secarse las manos, esta

toalla debe tener un elástico para poder colgarla de su cuello y debe estar marcada.

Los alumnos deben tener en la escuela un vaso y un cepillo de dientes en buenas

condiciones (que debe ser reemplazado mínimo cada 3 meses) para cepillarse

diariamente.

g.- Sobre los objetos que pueden traer los alumnos a la escuela: Los alumnos

pueden traer juguetes a la escuela en la medida que estos no sean peligrosos y

cuenten con la autorización de la profesora de su curso. Los alumnos no deben

portar objetos que pongan en riesgo la vida de él o de terceros, ni objetos de valor

(teléfonos, joyas, etc.). En caso de portar algún elemento mencionado, se les

requisará dando aviso al apoderado y así poder entregar el objeto a un algún adulto.

Las profesoras podrán solicitar objetos y/o materiales durante el trascurso del año

para trabajar diferentes actividades, estos serán solicitados a través de

comunicaciones en el cuaderno amarillo.

h.- Sobre el acceso al establecimiento: Sólo tienen acceso permitido al

establecimiento padres y apoderados, otros familiares serán autorizados con previo

aviso del apoderado. Pueden ingresar funcionarios del Ministerio de Educación, del

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Ministerio de Salud, y de la Inspección del Trabajo, para supervisar o realizar

capacitaciones al personal de la escuela. Y alumnos y/o alumnas en práctica de

Universidades acreditadas por el Estado con previa carta de presentación

i.-Sobre daños al establecimiento: Se citará a una entrevista al apoderado en la

que estará presente la profesora jefe y la Directora, para informar la situación

ocurrida, se hará responsable, siempre y cuando su situación económica se lo

permita.

j.-Sobre entrevistas personales con la profesora:Los apoderados tienen acceso a

conversar o expresar sus inquietudes, avisando previamente la entrevista. Cada

profesora en su jornada tiene un horario de atención al apoderado (30 minutos),

siendo este horario flexible dependiendo de la urgencia y la necesidad.

k.- Sobre las reuniones de apoderados:Los apoderados deberán asistir a las

reuniones de padres y apoderados y a todas aquellas que el profesor o la dirección

determinen, la inasistencia deberá ser justificada en forma personal o telefónica, al

no cumplimiento de la norma quedará registrado y se citará al apoderado a una

entrevista con la Directora del establecimiento.

l.-Sobre los reclamos: Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia

escolar podrá ser presentado en forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del

establecimiento, la que deberá dar cuenta a la Dirección, dentro de un plazo de 24

horas, a fin de que se dé inicio al debido proceso. Se deberá siempre resguardar la

identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción disciplinaria en su

contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.

m.- Sobre el Proyecto Educativo Institucional y reglamento escolar: El Proyecto

Educativo Institucional y Reglamento de Convivencia Escolar será leído y comentado

en reunión de apoderados, quedando un testimonio firmado de la difusión del

documento, la inasistencia a esta reunión llevará a otorgar una entrevista personal

para informar lo establecido.

n.- Traslado de alumnos a otra escuela: El Centro otorgará toda la documentación

requerida para facilitar el traslado de alumnos a otra unidad educativa cuando se

solicite por cambio de domicilio u otro motivo de fuerza mayor, a fin de que pueda

dar continuidad al tratamiento orientado a superar el TEL.

2.- NORMAS DE INTERACCIÓN DE LA ESCUELA

a.- Para lograr los objetivos educacionales del establecimiento en necesario

desarrollar y establecer un clima positivo, organizado, encontrándose éstos en el

Proyecto Educativo de nuestra Escuela.

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b.- Nuestra relación con los distintos miembros de la comunidad es de respeto,

apoyo y de una activa comunicación que resguarda una buena convivencia.

c.- En el Reglamento Escolar quedan establecidos los derechos y los deberes de los

alumnos, padres y apoderados, la que en conjunto con los profesores y Dirección se

comprometen a cumplir, siempre estimulando el respeto por los pares y profesores

dentro del establecimiento y en sala de clases, favoreciendo el aprendizaje del

trastorno y la sana convivencia escolar.

d.- El no cumplimiento de las normas de sana convivencia serán registradas, se citará

al apoderado para notificar su situación, se mediará para lograr un cambio positivo

de sana convivencia escolar.

e.-Se estipulará de manera consensuada las conductas que son impropias para la

normal convivencia, dentro de la sala de clases, de manera democrática y según las

posibilidades y características de los menores.

f.- Los niños conocerán con anticipación las normas de convivencias manejadas en el

establecimiento y dentro de la sala de clases. Se educará día a día para que sea un

aprendizaje significativo.

3.- OBLIGACIONES GENERALES DEL ESTABLECIMIENTO

El establecimiento está obligado a respetar y cumplir las normas contractuales y

laborales y en especial:

a.- Respetar al personal de la Unidad Educativa, en su dignidad de personas y en la

calidad de su función profesional, paradocente, administrativo y auxiliar de servicios

menores, cuando correspondan.

b.- Pagar remuneraciones en conformidad a las estipulaciones legales contractuales.

c.- Instruir adecuadamente y con los medios necesarios, acerca de los beneficios

otorgados por los organismos de seguridad social y previsional.

d.- Dar a cada miembro del personal, ocupación efectiva en las labores convenidas.

e.- Promover el perfeccionamiento profesional de los docentes en el marco de las

actuales políticas de apoyo al Proyecto Educativo Institucional.

f.- Promover el perfeccionamiento del personal no docente en conformidad a la

legislación sobre capacitación profesional.

g.- Oír los reclamos que formule el personal a su cargo, ya sea directamente o a

través de sus representantes.

h.- Otorgar las facilidades necesarias para que pueda realizarse eficazmente la

labor de supervisión e inspección al establecimiento por parte de los organismos del

Ministerio de Educación, conforme a la legislación vigente.

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i.- Apoyar, estimular y promover la participación del personal en el diseño, gestión y

evaluación de cada P.E.I.

j.- Promover la existencia de un clima organizacional sano y de un ambiente

impregnado de ideales, valores que ayude a crecer y que favorezca la superación

individual y social, reconociendo y afianzando la capacidad personal, profesional de

sus miembros.

k.- Promover acciones que permitan desarrollar un sentido de pertenencia e

identidad institucional.

l.- Incrementar la profesionalidad de los docentes a través de una mayor autonomía

y participación en las decisiones organizativas, curriculares, evaluativas y

didácticas.

m.- Establecer espacios y procesos para el trabajo institucional y grupal sobre

iniciativas de innovación para la colaboración y apoyo profesional mutuo.

n.- Formar personas con un vasto repertorio de saberes, competencias, destrezas,

habilidades, actitudes y valores con capacidad de asumir derechos y deberes en una

sociedad democrática en desarrollo

4.- OBLIGACIONES GENERALES DEL PERSONAL DE LA ESCUELA

El personal estará obligado a respetar y cumplir las siguientes normas:

a.- Conocer y participar en las fases del P.E.I del establecimiento.

b.- Realizar el trabajo convenido con el fin de lograr que el establecimiento pueda

cumplir adecuadamente los objetivos y programas educacionales, como también los

establecidos en el Proyecto Educativo Institucional.

c.- Realizar personalmente la labor convenida en el marco legal vigente, según

corresponda.

d.- Desempeñar su labor con diligencia y colaborar en la mejor marcha del proceso

de la Unidad Educativa, en el marco del P.E.I

e.- Guardar la debida lealtad y respeto hacia el establecimiento donde se

desempeña.

f.- Dar aviso oportuno a la Dirección o a quien corresponda de su ausencia por causa

justificada.

g.- Cumplir las normas vigentes sobre los controles de entrada y salida.

h.- Mantener sobriedad y corrección en su presentación y en el desempeño de

función, propias del personal de un establecimiento educacional o de oficinas con

atención de público.

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i.- Mantener en todo momento, relaciones deferentes con la directora, compañeras

de trabajo, fonoaudióloga, auxiliar y alumnos, colaborando así, al desarrollo de un

clima organizacional coherente con la filosofía del P.E.I.

j.- Comunicar, dentro de 48 horas de sucedido, todo cambio en los antecedentes

personales, para ser anotado en el contrato de trabajo, especialmente el cambio de

domicilio.

k.- Asumir y fomentar el cumplimiento de las normas relacionadas con los Derechos

del Niño, en todos los espacios y momentos de la vida escolar en aquellos temas que

competen a la Institución Escolar.

l.- Garantizar la aceptación, integración y participación de todos los alumnos en el

proceso educativo y en la comunidad escolar.

m.- Privilegiar la salud física y mental de los alumnos evitando administrar sanciones

que dañen su integridad como personas en formación.

n.- Evitar sanciones por problemas disciplinarios o de otra índole que puedan

significar castigo físico, agresión verbal, psicológica o de cualquier tipo y que atente

contra la integridad del alumno.

ñ.- Cumplir y respetar los espacios y momentos que pertenecen al alumno dentro del

quehacer educativo (horas clases, recreo, hora de colación, etc.)

5.- PROHIBICIONES GENERALES PARA EL DESEMPEÑO DE LAS

FUNCIONES DEL PERSONAL DE LA ESCUELA

Queda prohibido al personal:

a.- Faltar al trabajo sin causa justificada

b.- Hacer abandono de su trabajo sin la debida autorización de la Dirección de la

Unidad Educativa.

c.- Suspender ilegalmente las labores.

d.- Atrasos reiterados en la hora de llegada.

e.- Presentarse al trabajo en estado de intemperancia, bajo la influencia del alcohol,

depsicotrópicos o estupefacientes.

f.- Causar daño voluntario o intencional a las instalaciones del establecimiento.

g.- Fumar, en espacios y momentos señalados por la ley, introducir bebidas

alcohólicas, drogas o estupefacientes al establecimiento educacional, consumirlas,

darlas a consumir o fomentar su uso.

h.- Efectuar comercio dentro del establecimiento sin autorización de la Dirección.

i.- Utilizar la infraestructura e implementación del establecimiento en beneficio

personal.

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j.- Propagar tendencias políticos partidista alguna.

k.- Aplicar sanciones arbitrarias poco educativas y riesgosas para los niños(as)

CAPÍTULO III.- NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, SEGURIDAD

ESCOLAR E HIGIENE

1.- ELEMENTOS DE PREVENCIÓN

Dentro del Establecimiento contamos con los siguientes elementos de prevención de

riesgos:

a.- Un listado ubicado en lugar visible y estratégico, con las direcciones, números

telefónicos de los centros asistenciales más próximos, carabineros y bomberos.

b.- Dos extintores de incendio del tipo polvo químico seco.

c.- Un botiquín que contiene útiles mínimos necesarios para asistir un eventual

accidente.

d.- Indicaciones claras acerca de la forma de evacuar el edificio en caso de

siniestro.

Para los efectos de prevenir accidentes en el desarrollo de las actividades

escolares se asumen las siguientes responsabilidades de parte de los integrantes de

la comunidad escolar

2.- FUNCIONES DEL PERSONAL

2.1.- SOSTENEDOR

A nivel de establecimiento se velará por respetar las siguientes normas de

seguridad:

- La distribución del mobiliario escolar e implementos en los diferentes recintos del

establecimiento debe ser planificada teniendo presente el libre desplazamiento de

los alumnos y el camino expedito hacia el exterior, como una medida de seguridad en

caso de emergencia.

- Los vidrios quebrados, muebles deteriorados, tazas de baños y lavamanos trisados,

puertas y ventanas en mal estado, interruptores y enchufes eléctricos quebrados,

alambres y cables eléctricos con aislación deficiente o sin ella, constituyen un serio

peligro de accidente para el alumnado y el personal en general y deben ser

reemplazados o arreglados.

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2.2.- DIRECTORA

Como jefe directo del establecimiento educacional asume las siguientes funciones:

- Orientar a la comunidad escolar sobre la correcta interpretación y aplicación de

las normas que imparta el Ministerio de Educación sobre Prevención deRiesgos

de los Escolares.

- Planificar y organizar anualmente las acciones de prevención de riesgos en los

escolares en el establecimiento.

- Supervisar permanentemente el cumplimiento de las normas impartidas para

evitar accidentes.

- Informar y hacer participar activamente a los padres y apoderados en el plan de

prevención de riesgos adoptado por la comunidad escolar.

- Programar acciones de capacitación y perfeccionamiento con él y para el personal,

en materia de prevención de riesgos.

- Evaluar el resultado de las acciones desarrolladas por el personal y alumnos en

materias de prevención de riesgos escolares.

- Instruir al personal competente sobre el proceso de traslado de alumnos

accidentados a los centros asistenciales que otorguen los beneficios estipulados

en el decreto Nº 313/72 sobre el seguro escolar de accidentes.

- Velar por el fiel cumplimiento de las instrucciones impartidas por el Ministerio

de Educación.

También velará porque en el establecimiento se adopten las siguientes normas

mínimas de higiene, sin perjuicio de las atribuciones que sobre la materia tiene el

Ministerio de Salud:

a.- Mantener en estado de funcionamiento, baños completos (duchas, lavatorios,

inodoros) y, si es necesario, separados para hombres y mujeres

b.- Mantener siempre una dependencia dentro del local, para descanso del

personal, cuando no está en funciones y/o para realizar determinadas actividades de

colaboración.

c.- Los artículos de aseo, deben estar ubicados en un lugar determinado y ser

perfecta y claramente individualizado.

d.- Mantener el edificio en general, en forma higiénica, con el objeto de que el

establecimiento cuente con un ambiente sano y adecuado al desempeño de la función

educacional.

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2.3.- DOCENTES:

- Velar por la salud e integridad física de los alumnos.

- Conocer los Principios Básicos de Prevención de Accidentes Escolares.

- Hacer cumplir las normas básicas de Orden, higiene y Seguridad del presente

Reglamento.

- Promover en forma permanente la participación de sus alumnos en todas las

actividades de prevención de riesgos, estudiar sus sugerencias y ponerlas en

práctica cuando proceda.

- Investigar en forma minuciosa todo accidente, adoptando las medidas

necesarias para evitar su repetición

- Evaluar las acciones desarrolladas en el Plan de Prevención de Riesgos aplicado,

informando de los resultados al director y a los apoderados de los logros

obtenidos.

- Las profesoras deben informar a los padres y apoderados sobre las normas

de higiene y seguridad que deben aplicar sus hijos o pupilos dentro del

establecimiento, con el fin de evitar accidentes.

- Los profesores instruirán a los alumnos sobre el cuidado y mantención del

establecimiento y mobiliario escolar, formando conciencia que el

establecimiento educacional está al servicio de la comunidad.

- En la ficha de matrícula o en la ficha escolar de cada alumno(a) se mantendrá la

información actualizada de enfermedades o de discapacidades que requieran

tratamientos prolongados así como también de medicamentos que no pueda

ingerir por diferentes causales.

2.4.- ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

- Las superficies de trabajo y recreación de los alumnos deben estar libres de

elementos que alteren el normal desarrollo de sus actividades y juegos

(cáscaras, piedras, tablas, escombros, etc.).

3.- PRÁCTICAS DE PREVENCIÓN DE RIESGO, SEGURIDAD ESCOLAR E

HIGIENE

En estas materias y dado que el establecimiento educacional está integrado

por el personal que labora en él y los alumnos, deberá respetarse y cumplirse

obligatoriamente el Plan de Emergencia y de Seguridad Escolar, tendiente a

reforzar y prevenir riesgos de accidentes escolares y de tránsito, como así mismo

las circulares que sobre prevención, higiene y seguridad ha emitido y/o emitan los

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Ministerios de Educación y Salud respectivamente y/o la Dirección del

establecimiento.

El establecimiento cuenta con un Plan de Seguridad Escolar el cual será revisado

anualmente por el comité conformado por:

- Directora

- Una profesora con jornada completa

- Una asistente de sala

- Auxiliar de Servicio

- Un apoderado de la jornada de la mañana

- Un apoderado de la jornada de la tarde

Este comité está encargado de velar por las Normas de Seguridad y Prácticas de

Prevención y a la vez de organizar las operaciones de evacuación según emergencia.

(Plan de Seguridad Escolar en Anexo)

3.1.- PROTOCOLOS DE ACCIÓN

3.1.1.- PROTOCOLO DE SALUD GENERAL

A.- LA SALUD EN LA PRIMERA INFANCIA

La buena salud de los niños pequeños es consecuencia de la vigilancia paterna del

estado físico y emocional del niño, la respuesta afectuosa y apropiada a sus

necesidades cotidianas, la protección contra los peligros del hogar y ambientales, las

prácticas de higiene que reduzcan al mínimo las infecciones, el uso de servicios

preventivos y de promoción de la salud y la solicitud de atención para las

enfermedades de la infancia. Estas acciones dependen, a su vez, del bienestar físico

y mental de los padres y cuidadores.(OMS, 2018). De esta misma forma, docentes y

asistentes deben tomar este rol preventivo en las escuelas, tomando las acciones y

los resguardos necesarios para asegurar el bienestar y la salud de sus estudiantes.

La salud de un niño o adolescente está relacionada estrechamente con el éxito

académico. Las personas con mejor nutrición y sanos son las que aprenden mejor. El

cuerpo necesita de alimentos nutritivos para su adecuado funcionamiento, los

requerimientos nutricionales diarios influyen positivamente en el aprendizaje, de

esta manera el cuerpo tiene la energía necesaria para lograr con éxito este proceso,

mejora el desarrollo mental y motriz. Estudios relazados por CDC (Centro para el

Control y la Prevención de Enfermedades)

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Durante la niñez y la adolescencia se da un mejor proceso de aprendizaje debido que

el cuerpo se encuentra en crecimiento, el aprendizaje es parte de este desarrollo, y

todo aquello que lo obstaculice, como alteración del estado de salud (enfermedad),

afectará los proceso biológicos (crecimiento o maduración), las interacciones

sociales y también altera la interacción el medio ambiente.

La salud mental es un componente integral y esencial de la salud. La Constitución de

la OMS dice: «La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y

no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.» Una importante

consecuencia de esta definición es que considera la salud mental como algo más que

la ausencia de trastornos o discapacidades mentales.

Los problemas de salud, tales como los problemas de sueño, los trastornos de

ansiedad y depresión o la obesidad, afectan negativamente al progreso académico de

los niños y adolescentes. Ésta es la principal conclusión del informe que ha publicado

recientemente la Oficina Regional Europea de la Organización Mundial de la Salud

(OMS) sobre el impacto de la salud y de las conductas saludables en el rendimiento

escolar.

Es importante hacer las siguientes distinciones:

La Salud Física, debe entenderse como el óptimo funcionamiento fisiológico

del organismo. Dicha salud física, se logra con ejercicio o deporte, buena

alimentación y con una buena salud mental.

La salud mental se refiere a la forma en que manejamos nuestra vida diaria y

la forma en que nos relacionamos con los demás en distintos ambientes,

ejemplo: en la familia, la escuela, el trabajo, en las actividades recreativas y

en la comunidad. También tiene que ver con la manera en que equilibramos

nuestros deseos, anhelos, habilidades, ideales, sentimientos y valores para

hacer frente a las múltiples demandas de la vida.

La salud emocional es el manejo responsable de los sentimientos,

pensamientos y comportamientos; reconociéndolos, dándoles un nombre,

aceptándolos, integrándolos y aprovechando la energía vital que generan para

que estén al servicio de los valores. Las personas emocionalmente sanas

controlan sus sentimientos de manera asertiva y se sienten bien acerca de si

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mismo, tienen buenas relaciones personales y han aprendido maneras para

hacerle frente al estrés y a los problemas de la vida cotidiana.

Por último, la salud espiritual implica la reflexión de nuestras creencias.

La salud en situaciones de adversidad:

Se calcula que, sin intervención, los adultos que enfrentaron la adversidad en

la primera infancia ganan cerca de un tercio menos que los ingresos anuales

promedio de sus pares. Esto a su vez vuelve más difícil para ellos y sus familias

mejorar su vida, lo que lleva a ciclos debilitantes de pobreza intergeneracional. De

acuerdo a un estudio de la OCDE una familia chilena tarda 6 generaciones en subir

en la escala social, es decir casi 180 años, nuestro país posee una "muy baja

movilidad y una gran inequidad.

La pobreza extrema y la lucha por la supervivencia en condiciones de guerra o

conflicto hacen muy difícil para las familias prestar atención a sus hijos pequeños, lo

mismo que la paternidad a una edad temprana, la discapacidad, la violencia familiar,

el consumo de sustancias psicoactivas y la depresión materna, entre otros factores.

Asimismo, en estas condiciones es más probable que los niños se vean expuestos a

múltiples adversidades, incluida la falta de servicios. El cuidado cariñoso y sensible

requiere familias funcionales y sistemas que las apoyen. La adversidad y la falta de

servicios de apoyo pueden minar la capacidad de las familias para brindar un cuidado

cariñoso y sensible a sus hijos pequeños.

Una buena salud mental y una motivación intensa de los afectos son

importantes para que los cuidadores puedan sentir empatía hacia las experiencias de

un niño pequeño y controlar sus propias emociones y reacciones sin hostilidad ante la

dependencia de su bebé.

El cuidado cariñoso y sensible en la primera infancia de acuerdo a la OMS:

1. Un enfoque holístico del bienestar de la familia y de los niños requiere atender no

solo la protección que garantice la supervivencia, sino también la salud mental, la

nutrición y las oportunidades para el aprendizaje; pueden ser necesarios servicios

más intensivos para las familias y los niños que experimentan los niveles más altos

de adversidad y estrés.

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2. Debe restablecerse lo más pronto posible el consuelo que brindan la seguridad y

las rutinas, mediante apoyo a las familias, programas de aprendizaje temprano y

otros servicios.

3. Hay que reconstruir el capital social de las comunidades, con atención a la

cohesión social y alentando las relaciones positivas entre los miembros de la

comunidad desplazada y la de arribo.

4. Es fundamental investigar sobre formas de medir, ejecutar y evaluar el cuidado

cariñoso y sensible de una manera apropiada según la cultura y el contexto, para

fundamentar las prácticas y las políticas en los entornos de emergencia humanitaria.

B.- VISIÓN FORMATIVA Y PREVENCIÓN

Acciones a realizar:

1.- Talleres para Padres y Apoderados sobre los accidentes más comunes que

ocurren en los hogares por ejemplo: asfixia por elementos pequeños, quemaduras,

intoxicaciones por remedios, electrocución, etc. Indicarles algunos síntomas donde

es importante que lleven a sus hijos al doctor para que sean examinados tales como:

Más de 38° de temperatura.

Conjuntivitis, que es una infección en la que el ojo se pone rojo con un fuerte

escozor, derramando líquido viscoso de color amarillo

Bronquitis, puede comenzar con ronquera, tos y un poco de fiebre. La tos

puede ser seca y dolorosa, pero poco a poco se va haciendo más profunda.

Impétigo en la piel. Aparecen unos granitos rojos que se acaban convirtiendo

en pequeñas vesículas rodeadas de una zona roja. Cuando la ampolla se abre, la

superficie está en carne viva y supura. Estas lesiones ocurren en las partes

húmedas del cuerpo, como arrugas en el cuello, ingle, axilas, cara o manos.

Diarrea, defecaciones acuosas o verdosas que son diferentes y mucho más

frecuentes que las normales.

Vómitos, no los usuales.

Fuerte resfriado con fiebre, estornudo y mucosidad

2.- Mantener un botiquín por sala, donde se les explique a los niños que contiene y

para qué sirven los diferentes elementos.

3.- Reforzar constantemente hábitos de higiene en los niños: lavado de manos,

lavado de dientes, mantener limpia la sala, etc.

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4.- Realizar en los plenarios actividades para enseñar a los niños sobre salud y

accidentes: como cruzar las calles, significado de los colores de los semáforos,

señaléticas viales (ceda al paso, paso cebra, disco pare, etc.), etc.

5.- Enseñarles a los niños de forma lúdica actividades para que reconozcan los

juegos peligrosos.

6.- Agregar en el Reglamento Interno de la escuela, que las educadoras no

administraran remedios a los alumnos, a no ser que este sea de permanente. Cada

apoderado deberá venir a las horas correspondientes a administrar el remedio de su

hijo/a.

7.- Talleres para padres acerca del cuidado cariñoso y sensible en la primera

infancia y la importancia del autocuidado en los padres.

C.- PROTOCOLO DE SALUD

Sobre los antecedentes de salud de los estudiantes:

La profesora de cada nivel al inicio del año escolar debe revisar las fichas de

matrícula y anamnesis, registrará los niños y niñas que tengan antecedentes de

enfermedades relevantes para consignar en el cuaderno de Salud y Accidentes.

Cada principio de año se enviará una comunicación para que los padres comuniquen a

la escuela sobre el estado de salud de sus hijos/as, también, se realizará mediante

citaciones personales la aplicación de una ficha de actualización de anamnesis para

estudiantes antiguos/as.

También se deja registro de los antecedentes de talla y peso registrados en la ficha

de educación parvularia. Este cuaderno se debe renovar cada año. No se podrá tener

acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de

la autoridad pública competente.

La docente encargada de salud quedará registrada anualmente en el cronograma

anual en el apartado de comisiones y su deber es mantener este cuaderno al día

consultando mensualmente a otras docentes si existen registros relevantes

pendientes.

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Cuaderno de salud y accidentes escolares: Este cuaderno es un registro de lo

ocurrido en cuanto a: accidentes, maltratos, derivaciones, detección de caries,

pediculosis o problemas de nutrición. Cada profesora registrará cada accidente u

otro con todas las características de cada caso. Es deber de la profesora ir

registrando lo ocurrido con sus alumnos a cargo. Este cuaderno de debe renovar

cada año. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la

investigación, a excepción de la autoridad pública competente.

Sobre el cambio de profesora:

Es deber de las docentes al hacer entrega de un curso a otra profesora informar

sobre los antecedentes de salud relevantes de sus estudiantes al inicio del año

escolar.

Sobre la presencia de fiebre en un estudiante:

En caso que un estudiante se afiebre en la escuela, se avisará a la familia para que

acudan a recogerlo/a. Si la familia se retrasa o si los síntomas son de gravedad se

avisará a los servicios de urgencia más próximos. A partir de 38 ºC se considera

fiebre y fiebre alta a partir de 39 ºC, se le aligerará de ropa sin llegar a desvestirle

del todo, se le suministrará líquidos y se le llevará a una habitación bien ventilada.

Ningún estudiante se irá en bus escolar en estas condiciones.

Sobre la presencia de vómitos u otros malestares en un estudiante:

Se avisará a la familia para que acudan a recogerlo/a. Si la familia se retrasa o si los

síntomas son de gravedad se avisará a los servicios de urgencia más próximos.

Ningún estudiante se irá en bus escolar en estas condiciones.

En caso de detectar negligencia parental

De acuerdo al programa Chile Crece Contigo es un tipo de maltrato infantil, ejercido

por los padres y/o adultos responsables, sostenida en el tiempo que priva a los niños

y las niñas del cuidado, protección y afecto que deben recibir de los adultos

responsables que le rodean para un óptimo desarrollo integral. En caso de observar

problemas en la salud mental, emocional y/o espiritual en un estudiante, en una

primera instancia se citará a los padres y/o cuidadores para conversar con la

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directora en conjunto con el encargado de convivencia escolar, se deja registro de

la entrevista en el libro de clases. De ser necesario se realizará una derivación a

psicólogo para los padres, señalando la importancia del autocuidado en el proceso de

crianza. Entregando una pauta de pasos a seguir que se adjunta en el anexo.

En caso de no existir cambios o mejoras y que por el contrario se observe que la

situación ha empeorado, se realizará una derivación a la OPD, consignando todos los

antecedentes que sean necesarios.

3.1.2.- PROTOCOLO DE HIGIENE BUCAL

A.- HIGIENE BUCAL

La buena higiene bucal proporciona una boca con un aspecto y olor saludables. Esto

significa que: Sus dientes están limpios y no hay restos de alimentos. Las encías

presentan un color rosado y no duelen o sangran durante el cepillado o la limpieza

con hilo dental.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la salud como el estado de

completo bienestar físico, mental y social. Es decir, el concepto de salud trasciende

a la ausencia de enfermedades y afecciones. La salud implica entonces que todas las

necesidades fundamentales de las personas están cubiertas: afectivas, sanitarias,

nutricionales, sociales y culturales. En este marco, el tener una buena Salud Bucal,

significa que existe un equilibrio entre los agentes que causan enfermedad y las

defensas de la persona susceptible. Además, un funcionamiento armónico de las

estructuras que forman parte de la boca permite que el individuo pueda

desarrollarse a plenitud en su medio social y cultural.

El Ministerio de Salud posee una Política de Salud Bucal que está orientada a la

prevención y promoción de la Salud Bucal de la población, con énfasis en los grupos

más vulnerables.

La visión del Departamento de Salud Bucal es que la población goce y valore una

Salud Bucal que le permita mejorar su calidad de vida, con la participación activa de

toda la sociedad. Su misión es integrar la Salud Bucal con eficacia, equidad y

solidaridad a las políticas y estrategias de salud del país, con énfasis en la

promoción y en la prevención.

B.- VISIÓN FORMATIVA Y PREVENCIÓN

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B.1.- Acciones Formativas

- Realizar con el personal docente capacitaciones una vez al año relacionadas con

el Programa de Promoción y Prevención en Salud bucal para niños y niñas

preescolares, con la asesoría de un profesional de la salud del Consultorio del

sector donde se encuentra ubicada la escuela.

- Generar instancias con la comunidad educativa que den a conocer las Políticas y

Programas con los que cuenta el Ministerio de Salud en relación a la salud bucal.

(Reuniones de apoderados, Consejo de profesores, Plenario, actividades

pedagógicas u otro).

- Trabajar el tema de la salud bucal dentro de un objetivo de aprendizaje en la

planificación anual. Enviar a casa calendario de lavado de dientes y actividades,

adjuntas en el anexo.

B.2.- Acciones de Prevención

- Solicitar a los apoderados cepillo, pasta dental y vaso para incentivar la higiene

bucal en la escuela.

- El apoderado debe estar pendiente de cambiar el cepillo de dientes en caso de ser

necesario.

- Generar hábitos de higiene bucal, después de la colación.

- Asesorar a los niños en el correcto lavado de dientes.

- Incorporar en las Unidades Temáticas actividades relacionadas con la importancia

de la higiene bucal.

- Coordinar con el Equipo de Salud correspondiente al lugar donde se ubica la

escuela, visitas formativas que promuevan a través de actividades lúdicas la

importancia de la salud bucal.

- Participar como comunidad educativa en las actividades del mes de la salud bucal.

(septiembre-octubre).

C.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

En el caso de detectar videncia de caries o mala higiene dental, la profesora tutora

debe avisar a profesora de la Comisión Salud y Accidentes para que registre en el

cuaderno. Luego derivar a consultorio, supervisar la visita a establecimiento de

salud y orientar en medidas de higiene y salud bucal. De ser necesario se derivará el

caso a la OPD.

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En caso de pérdida de alguna pieza dental en el establecimiento:

Si un estudiante llegará a perder alguna pieza, parte de una pieza o tapadura en el

recito educacional, este será enviado a la casa, debidamente resguardado vía

cuaderno amarillo y con previo a aviso a la familia.

3.1.3.- PROTOCOLO DE PEDICULOSIS

A.- PEDICULOSIS.

La pediculosis es un problema común que suele afectar a los niños en edad escolar y

a sus familias. Los piojos se pueden fijar al cabello de cualquier persona. No importa

si el cabello está limpio o sucio. Los piojos también se encuentran en todo el mundo,

en todo tipo de lugares diferentes, tales como en hogares o escuelas, o en el campo

o en la ciudad. Y no importa qué tan limpio, sucio, rico o pobre sea el lugar o la

persona.

Si bien la pediculosis puede ser una molestia, no provoca enfermedades graves ni

transmite ninguna enfermedad. La pediculosis se puede tratar en el hogar, pero es

importante verificar antes con el médico.

Los piojos son bichos muy pequeños que tienen casi el tamaño de una semilla de

sésamo, sus cuerpos son claros y grises, se alimentan de muy pequeñas cantidades

de sangre del cuero cabelludo y pueden sobrevivir hasta 1 o 2 días sin sangre. Los

piojos ponen sus huevos en las raíces cerca del cuero cabelludo, estos huevos se

llaman liendres, estas se incuban entre 6 y 9 días, al salir del huevo las liendres se

llaman Ninfas las cuales son más pequeñas que el pijo adulto, aproximadamente 7

días después se convierten en adultas. Un piojo adulto puede multiplicarse

rápidamente y poner hasta 10 huevos por día. A los huevos recién puestos solo les

lleva entre casi 12 y 14 días alcanzar la adultez.

B.- VISIÓN FORMATIVA Y PREVENCIÓN

El síntoma más común de la pediculosis es la picazón, esta se produce

generalmente detrás de las orejas o del cuello. Para prevenir el contagio se

recomienda realizar lo siguiente:

Solicitar que las niñas vengan con el pelo tomado.

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Solicitar que los niños mantengan su pelo corto

Sugerirle a los padres revisar periódicamente el pelo del niño/a en sus casas.

Advertir a los padres que eviten peinar a los niños con una misma peineta.

Aconsejar a los padres que enseñen a sus niños /a que no presten sus gorros,

cuellos o bufandas.

Enseñarle a los niños mediante un taller en clases que son los piojos y como

pueden prevenirlos.

C.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

En el caso de detectar la presencia de liendres o piojos en estudiantes se hará lo

siguiente: Dar aviso a sus padres y avisar del brote a los demás apoderados del nivel

mediante comunicado para orientar acciones de revisión y erradicación.

Se deriva el caso al consultorio para buscar herramientas e insumos que ayuden a

eliminar la Pediculosis, contribuir en el despeje del cabello, orientar a la familia en

revisión y tratamiento familiar. En caso de que el hogar no tome las medidas

suficientes se citará al apoderado y se le prestará ayuda en el establecimiento. Por

ultimo si la situación del niño o niña es de riesgo se presentará el caso a la OPD

(Oficina de Protección de Derechos)

3.1.4.- PROTOCOLOS DE PRIMEROS AUXILIOS Y ACCIDENTES

A.- SEGURIDAD ESCOLAR

El Protocolo de Acción frente a accidentes escolares forma parte del Plan Integral

de Seguridad Escolar con el que todo colegio debe contar y cumple con la función de

sistematizar una serie de acciones determinadas ante un accidente.

El seguro escolar protege a todos los alumnos regulares de establecimientos

educacionales reconocidos por el Ministerio de Educación pertenecientes a:

Educación Parvularia, Básica, Media, Científico Humanista o Técnico Profesional de

Institutos Profesionales, Centros de Formación Técnica y Universitaria (Ley 16.744

art. 3 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social).

Este beneficio protege a los estudiantes ante accidentes que sufran a causa o con

ocasión de:

a) Sus estudios o en la realización de su práctica profesional.

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b) En el trayecto directo, de ida o regreso, entre su casa y el establecimiento

educacional o el lugar donde realice su práctica profesional.

La atención la entregan las postas u hospitales de servicios de salud públicos, en

forma gratuita. Si el estudiante tuviese un accidente que implica riesgo vital o

secuela funcional grave, debe ser atendido en el servicio de salud más cercano al

lugar de ocurrencia del accidente. Los primeros auxilios, serán entregados al

interior del colegio, en la enfermería o espacio habilitado para ello.

Todo accidente escolar deberá ser denunciado al Servicio de Salud, en un

formulario denominado Declaración Individual de Accidente Escolar, emitido por el

Instituto de Seguridad Laboral (ISL) u otro documento similar aprobado por el

respectivo servicio. Los padres, madres y apoderados deben ser informados por el

establecimiento educacional siempre que ocurra un accidente escolar.

B.- PRIMEROS AUXILIOS

La Organización Mundial de la salud (OMS) define accidente como un suceso

generalmente prevenible que provoca o tiene el potencial de provocar una lesión.

Tipos de Accidentes Escolares:

a) Accidente escolar LEVE: Se considera accidente escolar cualquier lesión leve o

grave que se haya provoca bajo cualquier espacio físico del colegio y en cualquier

instancia pedagógica o recreativa. Se considera leve, aquellas lesiones que no

constituyan hemorragia constante, pérdida de conocimiento, inmovilidad o dolor

agravante.

b) Accidente escolar GRAVE: Se considera accidente escolar cualquier lesión leve o

grave que se haya provoca bajo cualquier espacio físico del colegio y en cualquier

instancia pedagógica o recreativa. Se considera grave, aquellas lesiones que sí

constituyan hemorragia constante, pérdida de conocimiento, inmovilidad o dolor

agravante.

Los primeros auxilios se definen como la asistencia o tratamiento inmediato que se

presta a alguien herido o repentinamente enfermo, antes de la llegada de una

ambulancia u otra persona apropiadamente calificada, para conservar la vida y evitar

el agravamiento del estado de la víctima.

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En caso de ocurrir un accidente, cualquiera sea su gravedad, dentro del

establecimiento, se debe privilegiar la atención inmediata, brindando los primeros

auxilios que sean necesarios según el caso. Para esto en el establecimiento las

Educadoras y Asistentes estarán capacitadas en Primeros Auxilios y existirá un

botiquín de primeros auxilios correctamente equipado. En todos los casos de

accidentes, por leve que sea la lesión, debe informarse a la familia del estudiante

sobre su ocurrencia.

C.- VISIÓN FORMATIVA Y PREVENCIÓN

1.- Acciones Formativas.

- Realizar capacitaciones una vez al año al personal del establecimiento para

mantenerse actualizado con los procedimientos en primeros auxilios. Esta

capacitación debe ser realizada por un profesional del área de la salud certificado.

- Generar instancias con la comunidad educativa que promuevan la importancia del

autocuidado y la prevención de riesgos. (Reuniones de apoderados, Consejo de

profesores, Plenario, actividades pedagógicas u otro).

- Informar a la comunidad educativa sobre los beneficios del Seguro Escolar. (Guía

600 MINEDUC – Seguro Escolar última actualización 2010).

2.- Acciones Preventivas

- Los integrantes de la comunidad educativa deben informar sobre situaciones de

riesgo que se detecten tanto alrededor del establecimiento educacional como

dentro de éste. (Infraestructura, material didáctico, juegos de patio, u otro).

- Los integrantes de la comunidad educativa deben mantener una actitud preventiva

en sus acciones diarias con los alumnos. (Rutina de trabajo, rutina de colación, aseo,

recreación, u otro).

-Las profesoras del establecimiento educacional, sólo pueden administrar

medicamentos sólo si cuenta con la autorización del apoderado, éste por su parte

debe respaldar la autorización con un certificado médico.

- La persona encargada del botiquín debe considerar las siguientes normas de uso

del botiquín de Primeros Auxilios.

a) El botiquín puede ser un mueble con llave o un bolso impermeable.

b) El botiquín debe estar en un lugar visible, de fácil acceso y fuera del alcance de

los alumnos.

c) Los componentes del botiquín deben estar debidamente rotulados.

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d) La fecha de vencimiento de los medicamentos debe controlarse periódicamente.

Contenido del Botiquín:

• Termómetro digital.

• Apósitos adhesivos o parche curitas.

• Apósitos estériles (grandes, medianos y pequeños)

• Vendas.

• Tela adhesiva.

• Guantes desechables.

• Tijeras de punta roma.

• Pinzas.

• Toallas limpiadoras sin alcohol.

• Manta común, bolsa impermeable, linterna y silbato.

• Suero fisiológico.

D.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

- Se solicita a cada profesora mantener una ficha con los antecedentes básicos de

salud del curso actualizados y con sus respectivos antecedentes familiares, nombres

de apoderados, teléfonos de contacto y emergencia.

- Es deber de los apoderados mantener al establecimiento informado sobre

teléfonos nuevos personales y de emergencia.

- La Dirección debe mantener este mismo registro digitalizado y completo con

todos los cursos del establecimiento.

-La dirección además debe tener un registro con los datos personales de salud y

emergencia de cada empleado del establecimiento.

C.1 Escolares en el establecimiento

Accidente menor: Se da solución al accidente en el establecimiento y se llama al

apoderado o a los teléfonos de emergencia y se escribe en la libreta de

comunicaciones. Sea menor o insignificante. La profesora de cada nivel es la

encargada realizar las curaciones pertinentes a lo ocurrido. En el caso que la

profesora no esté posibilitada de realizar curaciones, la reemplazará otra

profesional de la escuela (certificado por el ISL).

Enfermedad menor: Se llama al apoderado/a para que retire al estudiante de la

escuela y lleve al servicio médico más cercano. Debe firmar libro de salidas.

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Accidente mayor: Se llama de inmediato al apoderado o a teléfonos de emergencia

entregados por la familia al momento de matricularse. Se llama a la ambulancia del

SAPU más próximo, en este caso Miraflores y Gómez Carrero después de las 17:00

hrs. El estudiante debe llevar su seguro de accidentes.

Enfermedad mayor: Se llama al apoderado/a y si éste está de acuerdo, se

trasladará al estudiante al servicio de salud más cercano en compañía de la

profesora en auto particular (directora, fonoaudióloga o profesora encargada) en

una silla de auto para niños que dispone la escuela para casos de emergencia. El

curso quedará a cargo de la asistente de aula hasta que el apoderado llegue al

servicio de salud y la docente pueda volver a sus labores. El estudiante debe llevar

su seguro de accidentes.

C.2 Escolares fuera del establecimiento

Accidentes de trayecto: son accidentes ocurridos hacia o desde el colegio, por

ejemplo, dentro del bus escolar.

- Los apoderados deben informar de la situación a la Dirección del establecimiento

educacional, dentro del siguiente día hábil de ocurrido el accidente.

- Se les entregará el Formulario de Declaración individual de Accidente Escolar,

timbrándolo y dejando una copia en la Escuela.

Accidentes en salidas pedagógicas o representaciones: son accidentes ocurridos

fuera del recinto educacional pero en actividades donde los alumnos, están

representando a la Escuela o en una salida autorizada por nuestro establecimiento.

- Los alumnos sólo pueden salir del colegio, con una autorización firmada por su

apoderado.

- En salidas pedagógicas deben asistir por nivel el docente responsable, asistente

de aula y se debe solicitar apoyo de los apoderados. El docente responsable

debe llevar celular con el cual poder comunicarse.

- El docente responsable debe dejar registrado en el libro de salidas, la nómina de

los alumnos que participan de la salida pedagógica. Además de registrar el

horario de salida.

- El docente responsable debe llevar Formularios de Declaración individual de

Accidente Escolar, timbrados. Y llevar la información de contacto de los

apoderados de los alumnos que van a su cargo, en caso de ser fuera de horarios

de atención de la escuela.

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- El docente responsable debe encargarse de llevar un botiquín, que cuente con

los implementos básicos para prestar los primeros auxilios en caso de ser

necesario.

- En caso de accidentes, el docente responsable debe actuar de igual manera que

el protocolo señala para accidentes dentro del establecimiento. Siendo él quien

preste los primeros auxilios y se comunique con el apoderado o el colegio para

que informe a los apoderados.

- El docente debe avisar a la Dirección del Establecimiento Educacional cualquier

accidente ocurrido. Y entregar la copia del Formulario de Declaración individual

de Accidente Escolar, utilizado para su archivo.

C.3 Trabajadores:

Accidente menor: Se da solución en el establecimiento: La profesora encargada

de Primeros auxilios y salud escolar u otra realiza las curaciones pertinentes a lo

ocurrido.

Accidente mayor: Se llama a la ambulancia del SAPU según disponibilidad o se

lleva directamente al trabajador: Se llama de inmediato a la familia o a

teléfonos de emergencia entregados por el trabajador al momento de ingresar

a la escuela.

Accidente de trayecto de carácter no grave: se acude a la oficina del ISL de

Viña del Mar para evaluar lesión y realizar el traslado al centro de atención de

salud asociado al ISL: ASCH - Mutual del Trabajador.

Accidente de Trayecto de carácter grave: Se acude a un centro asistencial

(hospital) para constatar lesiones y posteriormente se deriva a uno de los

siguientes centros de atención de salud asociados al ISL: ASCH - Mutual del

trabajador debe llevar su seguro de accidentes.

3.1.5.- PROTOCOLO DE BULLYING

A.- BULLYING

Bullying es una palabra de origen inglés, que hace referencia a las situaciones de

matonaje, intimidación o acoso escolar. Es una manifestación de violencia en la que

un estudiante es agredido y se convierte en víctima al ser expuesto, de forma

repetida y durante un tiempo, a acciones negativas por parte de uno o más

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compañeros. Se puede manifestar como maltrato psicológico, verbal o físico, que

puede ser presencial, es decir, directo; o no presencial, mediante el uso de medios

tecnológicos como mensajes de textos, amenazas telefónicas o a través de redes

sociales de internet, es decir, indirecto. (Ministerio de Educación de Chile , 2011)

El bullying tiene tres características centrales que permiten diferenciarlo de otras

expresiones de violencia: se produce entre pares, existe abuso de poder e

imposición de criterios a los demás (asimetría de poder entre las partes

involucradas, en la que una de ellas está o se siente incapacitada para defenderse.)

Y es sostenido en el tiempo, es decir, se repite durante un periodo indefinido.

(Ministerio de Educación de Chile, 2011)

Se ha observado que los niños y niñas utilizan distintas formas de agresión hacia sus

iguales en los años preescolares. Cuando pensamos en comportamiento agresivo

tendemos a identificarlo como físico (golpear o dar patadas) y verbal (acosar

verbalmente a alguien, amenazar o insultar o gritarle). Durante la última década de

los noventa se identificaron otras formas de agresión, concretamente la agresión

social y relacional (Crick& Grotpeter, 1995). Dichas manifestaciones se refieren a

un tipo de agresión destinada a dañar el estatus social de la víctima o sus relaciones

con los demás e incluye comportamientos como la exclusión social o la propagación

de rumores y un nuevo tipo de bullying ha sido identificado en la última década

llamado Cyberbullying (mediante medios tecnológicos). (Carozzo, 2013)

Al examinar el comportamiento que muestran los pequeños, se observa que los tipos

de agresión que utilizan difieren de la empleada por agresores de mayor edad. Los

preescolares hacen uso de formas de agresión física, verbal y relacional, aunque

estas tienden a ser directas más que indirectas. Sugieren que los niños y niñas

pequeños no manifiestan formas indirectas de agresión

(aquellas que son llevadas a cabo a través de un grupo de terceros) ya que son más

sofisticadas (malintencionadas) y quizás requieran una mayor compresión de la

mente de los otros que en las formas directas de agresión.(Carozzo, 2013)

Son varios los investigadores que argumentan que lo que ocurre entre los más

pequeños NO ES BULLYING, pero ya se observan comportamientos que pueden

convertirse en bullying más adelante (Monks, Smtih & Swettenham, 2003). El

bullying por su naturaleza repetitiva, requiere una relación entre un agresor y una

víctima. Sin embargo, lo que nos encontramos en el grupo de preescolares es que los

agresores manifiestan comportamientos agresivos con un amplio número de iguales y

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con pequeñas repeticiones en el mismo niño o niña. Este aspecto difiere

sustancialmente del bullying implica que probablemente es inadecuado hablar sobre

bullying entre pre escolares. Es posible que algunos niños y niñas agresivos lleguen a

manifestar comportamientos que más adelante puedan ser descritos como bullying,

pero hasta que no se repita la victimización sobre el mismo escolar no se podrá

hablar de dicho fenómeno.(Carozzo, 2013)

B.- VISIÓN FORMATIVA Y PREVENCIÓN

Para muchos niños y niñas, esta es la primera oportunidad que tienen para socializar

con un grupo amplio de pares de edades similares, con los cuales pueden conversar,

jugar, aprender e interactuar. Por tanto, es importante que prestemos atención a su

comportamiento dentro la relación entre pares, ya que puede ser el momento en el

cual se puede observar el origen evolutivo del comportamiento social de niños y

niñas con sus iguales, y de este modo las líneas de intervención y prevención

focalizadas en edad preescolar, pueden ser más efectivas al momento de cambiar la

conducta negativa antes de que se incorpore en el repertorio de conductas sociales

de los menores. (Carozzo, 2013).

Las relaciones interpersonales fortalecen la regulación de emociones en los niños y

favorecen las interacciones positivas en donde el juego tiene un valor importante

por desarrollar capacidades verbales, estrategias en la solución de conflictos y el

desarrollo de conductas de cooperación y colaboración (SEP, 2011).

Las líneas más acertadas de intervención y prevención deben ir dirigidas al

desarrollo de relaciones interpersonales efectivas y de habilidades de interacción

(Romera, Ortega & Monks, 2008). La escuela promueve la integración a un grupo de

estudiantes que funcionan a través de dinámicas de relación en donde se pueden

generar conflictos, estos conflictos deben ser superados para fortalecer estos

vínculos con la ayuda de los adultos.

Bajo esta perspectiva sugerimos ayudar a niños y niñas a desarrollar habilidades

interactivas, habilidades sociales positivas y empatía hacia los otros ayudando a

combatir el comportamiento agresivo.

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Gestión Preventiva

Reglamento de normas de convivencia establecido, claro y debe ser conocido

por todos los padres y apoderados.

Trabajo con niños, padres y/o apoderados en proyecto de valores y temáticas

contingentes, mediante talleres en reuniones de apoderados.

En cada entrevista y/o reunión dar a conocer la forma de trabajo como

principal lineamiento del establecimiento sobre la base de valores y buena

convivencia entre los miembros de la comunidad educativa.

Entrevistas a padres y/o apoderados: tendrán la posibilidad de plantear dudas

e inquietudes, por conductos regulares claros, expeditos, simples y conocidos

por todos. A su vez, la escuela promueve que las familias de los estudiantes

mantengan una actitud receptiva con las sugerencias, preocupaciones, dudas e

inquietudes que la escuela tenga sobre el o la estudiante.

Derivación a especialista, en caso de observarse conductas que obstaculicen

relaciones interpersonales armónicas entre pares.

Estudios de casos individuales y de grupos-cursos en espacio de reflexión

pedagógica.

Durante los recreos, están presentes una docente y asistente de la educación,

de modo que siempre exista resguardo de la seguridad de los estudiantes.

Fomentar los buenos modales como una forma de generar un clima favorable

(saludo, despedida, por favor, permiso, gracias, etc.)

Reforzar conductas positivas más que resaltar las negativas.

Utilizar lenguaje positivo

Trabajar mediante causa-efecto situaciones disruptivas.

Favorecer la creación de un clima escolar favorable y respetuoso dentro de

la sala de clases: El clima escolar, como es sabido, es la percepción que tienen

los sujetos acerca de las relaciones interpersonales que se establecen en el

contexto escolar y el contexto o marco en el cual estas interacciones se dan.

Es decir, refiere a las sensaciones de quienes participan de las actividades

escolares, así como a las normas y creencias que operan en el sistema escolar.

Según Howard, Howell &Brainard (1987) un clima adecuado debe satisfacer

las necesidades humanas básicas: fisiológicas, de seguridad, de aceptación y

compañerismo, de logro y reconocimiento y de maximizar el propio potencial.

Un clima escolar positivo "… permite al estudiante sentirse acompañado,

seguro, querido, tranquilo... y posibilita su desarrollo personal. Los climas

sociales negativos… producen estrés, irritación, desgano, depresión, falta de

interés y una sensación de estar agotado física y mentalmente." (Aron y

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Milicic, 1999). Por consiguiente, con el fin de prevenir el bullying en la sala de

clases le corresponde al docente crear condiciones y fomentar un adecuado

clima escolar. Cabe destacar que la actitud del docente y su modo de ser y

actuar en la sala de clases es uno de los factores importantes en la

creación de una convivencia escolar armoniosa y respetuosa, constituyendo

una condicionante gravitante para prevenir el bullying.

Incorporación de valores que promueven la buena convivencia como contenido

transversal en las planificaciones, intencionando el trabajo formativo de

desarrollo de valores y actitudes del PEI.

Desarrollar en los y las estudiantes competencias y aprendizajes sociales que

se vinculan con valores como el respeto, empatía, compañerismo,

autorregulación, entre otros. Es importante que los docentes se aboquen a

desarrollar una serie de competencias sociales y ciudadanas que les permitan

establecer interacciones grupales sanas y responsables que los dispongan a

prevenir el bullying en el contexto educativo. Desde edades tempranas,

aprenden a desarrollar redes sociales como son los lazos de parentesco, las

redes comunitarias informales, los grupos infantiles, etc. El mantenimiento

de estos vínculos de confianza permite obtener beneficios en forma de flujos

de solidaridad y capacidad de defensa de intereses y derechos. Los

estudiantes aprenden a crear grupos afectivos de amigos cercanos que

comparten los mismos gustos, estilos de vida y valores. Se trata, en

definitiva, de desarrollar en los estudiantes conocimientos, actitudes y

valores como la confianza interpersonal, la asociatividad, fundadas en enlaces

de afinidad y compañerismo y en sentimientos de respeto mutuo y

solidaridad, de reciprocidad y cooperación. El factor central de las

competencias de cooperación radica en la capacidad de ponerse en el lugar del

otro y ver el mundo a través de los ojos del otro. La habilidad de cooperar con

otros mediante la confianza es algo que se aprende o se enriquece. Llegar a

ser una persona confiable requiere habituarse a las normas morales de la

propia comunidad.

C.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

Considerando la definición de bulliyng, como se señaló anteriormente, el bullying

implica acoso u hostigamiento permanente y sistemático y ocurre preferentemente

cuando los profesores, padres, madres y adultos no están presentes. Por lo tanto,

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los docentes y asistentes de la educación preescolar deben hacer un esfuerzo para

desarrollar la capacidad de distinguir y/o diferenciar si existe o no intencionalidad

de provocar daño y distinguir cuando pequeños gestos y acciones están escondiendo

o disfrazando situaciones que pueden estar causando daño a otros.

Si bien, nuestro establecimiento no supone el bullying entre preescolares, por lo

tanto, se remite a trabajar las acciones preventivas. Dentro de nuestros protocolos

sí se consideran todas las situaciones de daño y maltrato escolar que se pueden

generar dentro y fuera del aula, así como las situaciones de estigmatización que se

pueden presentar.

En el caso de pesquisar una situación entre dos o más compañeros/as que genere

daño a un/a niño/a del establecimiento se realizarán las siguientes acciones:

Situaciones leves o de menor gravedad:

Se identifican como situaciones leves a los daños provocados sin intencionalidad o

producto de los procesos de regulación emocional y conductual propias a la edad de

los niños/as, como aislar, burlarse, interrumpir, quitarle un material o juguete al

otro, entre otros.

- Conversación con los/as estudiantes involucrados/as, de forma individual o

grupal dependiendo del caso y las características de él o la estudiante.

- Se prioriza que los niños aprendan a convivir en paz compartiendo el espacio,

los materiales y las actividades en forma respetuosa. Por lo tanto, se pueden

generar espacios de acompañamiento y dirección del juego compartido.

Situaciones de mediana gravedad:

Se identifican como situaciones de mediana gravedad a los daños provocados sin

intencionalidad o producto de los procesos de regulación emocional y conductual

propias a la edad de los niños/as y que tengan como resultado un daño físico o

psicológico en otros estudiantes (ejemplo: fobia escolar o no querer asistir a la

escuela), como por ejemplo, en más de una ocasión: burlarse, empujar, pegar,

tironear, romper las pertenencias del otro, entre otros.

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Ante estas circunstancias, se realizarán las acciones señaladas en el punto anterior

más las siguientes:

- Se conversará con los testigos de la situación ocurrida, dejando constancia

escrita de la situación y acuerdos tomados en carpeta de convivencia escolar.

- Citación a los padres y/o apoderados de los estudiantes involucrados, para

informar la situación identificada, informar sobre avances y resultados y

recopilar nuevos antecedentes, dejando constancia escrita de los acuerdos

tomados en carpeta de convivencia escolar.

- Accionar las medidas reparatorias necesarias: pedir disculpas privadas, pedir

disculpas públicas, reponer lo material, establecer compromisos, entre otros.

- Realizar seguimiento de cada caso, con entrevistas a los/as estudiantes

involucrados y a las profesoras y asistentes.

- Informar a padres y apoderados sobre el seguimiento realizado.

Situaciones graves:

Se identifican como situaciones graves a los daños físicos o psicológicos, que aun

considerando los procesos de regulación emocional y conductual propias a la edad de

los niños/as son provocados con intencionalidad, como burlarse, empujar, pegar,

tironear, romper las pertenencias del otro y amenazar en reiteradas ocasiones a

otro compañero/a en forma particular.

Ante estas circunstancias, se realizarán las acciones señaladas en los puntos

anteriores más las siguientes:

- Firma de compromiso y toma de acuerdos con los padres y/o apoderados de

los niños directamente involucrados.

- Fortalecer redes de apoyo (pares, docentes) de niños/as involucrados/as.

- Intervención en el curso, considerando la dinámica grupal y los roles que cada

integrante ocupa en esta.

- Revisión del cumplimiento de los compromisos adoptados con cada estudiante.

- Derivación a especialista a través de nuestras redes de apoyo en forma

particular. (consultorio, PPF, OPD)

En el caso de pesquisar una situación entre un/a estudiante de la escuela y un

adolecente o un/a adulto/a que genere una situación de bullying a un/a niño/a del

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establecimiento se citara a los involucrados para investigar la situación y darle

solución.

3.1.6.- PROTOCOLODE MALTRATO ESCOLAR

A.- MALTRATO ESCOLAR

Se entenderá por maltrato cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o

psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos, en

contra de un integrante de la comunidad educativa que pueda:

- Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su

integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos

fundamentales.

- Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.

- Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño

académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes

conductas:

- Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u

ofender reiteradamente a un miembro de la comunidad educativa.

- Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno,

alumna o cualquier otro miembro de la comunidad educativa.

- Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad

educativa.

- Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de

un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar

sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.)

- Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición

social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico,

ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad,

defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

- Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro

integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, mensajes de

texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o

fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual

o electrónico.

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- Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de

maltrato escolar.

- Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean

constitutivos de delito.

- Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes,

punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales,

aun cuando no se haya hecho uso de ellos.

- Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o

sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del

establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas,

patrocinadas o supervisadas por éste.

B.- VISIÓN FORMATIVA Y PREVENCIÓN

La educación preescolar en Chile, ha tomado mayor importancia dentro del

curriculum gubernamental en este último tiempo, debido a la plasticidad y apertura

que tienen los niños en sus primeros años de vida, para el aprendizaje en todos los

ámbitos del desarrollo (cognitivo, afectivo, social, emocional, etc.). Los primeros

años de vida, el ser humano requiere ser estimulado en todos los sentidos, creando y

generando aprendizajes que en la vida futura serán básicos para desenvolverse

adecuadamente en su entorno. La Educación Inicial es por lo tanto, un derecho de

los niños, orientado a garantizar su desarrollo armónico, teniendo en cuenta la

Convención de los Derechos del Niño desde 1990, en donde se reconoce en el niño, la

niña y en el adolescente la condición de ser sujeto pleno de derechos y no tan sólo

objeto de protección. Dada la importancia de esta etapa vital y la vulnerabilidad que

los niños presentan en estos primeros años; su resguardo y cuidado son una

prioridad para nosotros como entidad acogedora de todos aquellos estudiantes que

forman parte de nuestra escuela.

La violencia es un problema sociocultural que nos compete a todos y todas,

involucrando a la totalidad de los miembros de la comunidad educativa, llevando

como misión desarrollar en plenitud al ser humano en todas sus dimensiones. Por ello

en la búsqueda de tener estrategias y herramientas que nos ayude a prevenir

eficazmente los posibles peligros que pongan en riesgo esta tarea, se ha elaborado

un protocolo, que nos permita actuar de forma diligente, eficiente y coherente con

nuestro proyecto educativo, promoviendo el Buen Trato y el cuidado de nuestros

niños y niñas, favoreciendo acciones preventivas de maltrato, tanto en apoderados,

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familia, educadores, y adultos en general que se relacionen y responsabilicen por su

cuidado.

Gestión Preventiva:

En cuanto a la prevención, se pueden llevar a cabo actividades de tipo informativo,

educativo y de control, dirigidas a la población en general o a los grupos o familias

donde se ha observado riesgo de que se desarrollen conductas maltratadoras.

La Comunidad Educativa se compromete en crear ambientes formativos,

respetuosos y dialogantes, donde la Sana Convivencia Escolar, sea un espacio que

posibilite el desarrollo adecuado y equilibrado de nuestros estudiantes.

- Las reuniones de apoderados pueden ser espacios propicios para informar

sobre aspectos como las necesidades afectivas, nutricionales e higiénicas del

niño y la niña, o sobre su evolución madurativa y de comportamiento, así como

también los talleres para padres constituyen una instancia para trabajar

pautas de crianza y estrategias concretas de prevención y detección de

maltrato y agresión sexual infantil.

- Entrevistas a padres y/o apoderados: donde tendrán la posibilidad de

plantear dudas e inquietudes, por conductos regulares claros, expeditos,

simples y conocidos por todos. A su vez, la escuela promueve que las familias

de los estudiantes mantengan una actitud receptiva con las sugerencias,

preocupaciones, dudas e inquietudes que la escuela tenga sobre el o la

estudiante.

- Dar a conocer el Reglamento de Normas y Convivencia a todos los padres y

apoderados.

- capacitaciones para el equipo docente y paradocente de la escuela, que

abarquen temas que fomenten la disciplina positiva, el buen trato y

experiencias exitosas en el aula.

- Derivación a especialista, en caso de observarse conductas que obstaculicen

relaciones interpersonales armónicas entre miembros de la comunidad escolar

- Favorecer la creación de un clima escolar amable y respetuoso: Reforzar

conductas positivas más que resaltar las negativas, utilizando un lenguaje

positivo, cambiando la forma de guiar y corregir a los estudiantes y

trabajando el cumplimiento de las normas de la sala, mediante el análisis de

situaciones disruptivas a través del reconocimiento de ellas por causa-efecto,

que promuevan la empatía con sus pares y la conciencia de sus actos.

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- Trabajar mediante proyecto con los estudiantes, valores que promuevan el

respeto y el buen trato entre sus pares y adultos.

- Fomentar los buenos modales como una forma de generar un clima favorable

(saludo, despedida, por favor, permiso, gracias, etc.)

- reconocimiento de ellas por causa-efecto, que promuevan la empatía con sus

pares y adultos y la conciencia y consecuencia de sus actos.

C.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

La profesora especialista o miembro de la comunidad educativa que se entera del

maltrato, debe informar inmediatamente a la dirección del establecimiento del caso

y elaborar un informe escrito de lo sucedido.

La directora debe citar inmediatamente a entrevista a los cuidadores del

estudiante e informarle sobre la situación y recopilar mayores antecedentes

relacionados con los testimonios y actitudes de los cuidadores frente a la situación.

También les debe informar sobre la obligatoriedad que tiene la escuela de empezar

a realizar una investigación en un plazo de 24 horas.

Si el relato, testimonio o evidencia de maltrato es impreciso, poco explícito y /o

inconsistente la directora puede solicitar formalmente a la familia la constatación

de lesiones en el servicio de salud público y exigir bajo compromiso escrito

evaluación y tratamiento psicológico, llevando un seguimiento del caso.

Si el relato, testimonio o evidencia de maltrato es preciso y certero, la directora

debe comunicarse a la brevedad con los cuidadores para generar un informe y

enviárselo a la OPD de Viña del Mar. En caso de reemplazo de la Directora asumirá

la profesora especialista junto a la profesora de turno.

Los registros y las medidas aplicadas quedarán registrados en dirección y se serán

de carácter privado para proteger la integridad del estudiante y su familia.

El registro de seguimiento deberá especificar las medidas de reparación adoptadas

a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo

cumplimiento. Asimismo, se establece comunicación con OPD para supervisar el

procedimiento de la investigación.

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Si el responsable del maltrato fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán

las medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente,

se desvinculara de su trabajo a la persona mientras duré la investigación.

Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves

se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la

prohibición de ingreso al establecimiento de acuerdo a la medida cautelar que

disponga

1. AGRESIONES ENTRE ESTUDIANTES

Si el conflicto constituye un menor grado y éste es observado por la o las

responsables del aula, la docente o asistente deberá en primera instancia separar a

los estudiantes que se están agrediendo y generar contención hasta que él o los

involucrados encuentren la calma.

Si la situación de agresión de forma física, verbal y/o psicológica es comentada por

alguno de los estudiantes a su profesora o asistente deberá atender al relato de

ambos alumnos involucrados y dar contención a los estudiantes, luego teniendo

claridad de él o los responsables del evento, la educadora decidirá medida

formativa y reparatoria.

Se puede optar por trabajar el conflicto a través de un cuento o video que deje un

mensaje y genere empatía hacia los compañeros que son agredidos. Pueden

reflexionar acerca de lo sucedido y como afecta en los demás nuestro

comportamiento.

Se insta a que el o los niños que provocaron la agresión, puedan pedir disculpas a su

o sus compañeros de curso.

Se generan espacios para que los involucrados puedan, ayudarse, compartir o

participar de alguna actividad reforzando y realzando positivamente valores de

amistad, de compañerismo, de respeto, etc.

Se notificará la situación a través del cuaderno de comunicaciones a los padres u

apoderados de los involucrados.

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Si la situación de conflicto implica un grado mayor de agresión o esta sea

recurrente se citará a los apoderados del niño que está ejerciendo la agresión para

comentar la situación y llegar a acuerdos y compromisos también por parte de los

padres, con la finalidad de generar en el niño una instancia de formación y no dejar

la sensación de solo un espacio sancionador.

Se consignará en el libro de clases.

Se citará a los apoderados del niño agredido y se le expondrán las medidas que tomó

la escuela frente a lo sucedido

2. AGRESIONES DE ADULTOS EXTERNOS AL ESTABLECIMIENTO

(APODERADO) A ESTUDIANTES.

Cualquier miembro de la comunidad educativa es un eventual receptor del relato de

maltrato de alguno de nuestros alumnos. Esta persona es quien debe derivar al caso

con la mayor cautela posible a la Directora.

El receptor del relato o testigo debe que contarle al Encargado los detalles de la

situación que observo o que el menor le ha manifestado, y éstos deberán emitir un

informe por escrito y entregarlo a la dirección del Establecimiento.

Si es un maltrato verbal o psicológico, el testigo debe que contarle los detalles de la

situación que observo o que el menor le ha manifestado, y contarlo a la dirección del

Establecimiento, quien deberá citar al apoderado que ejerce la agresión.

Si la agresión es física, la directora debe llamar a carabineros de Chile para

solicitar su presencia en el establecimiento y llevar al menor a un centro asistencial

para constatar lesiones.

Se informará a la familia y/o el adulto protector del niño de la situación ocurrida.

Si el agresor es miembro directo de la familia, o adulto protector, se realizará una

denuncia a carabineros de Chile, PDI o Ministerio Público, para establecer una

medida de protección hacia el niño/a. o comunicación con centros especializados

(Red de apoyo Local, Comunal, Nacional, SENAME, Centros de Salud, etc.)

Disponer medidas pedagógicas y hacer un seguimiento y acompañamiento.

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3. AGRESIONES DE ADULTOS HACIA UN MENOR.

Si el niño manifiesta al apoderado u otro adulto, una agresión por parte de un

funcionario del establecimiento, éste deberá informar a la dirección.

La dirección debe informar al funcionario del establecimiento de la acusación

emitida

La dirección debe recopilar la información del caso solicitar la presencia del

apoderado, quién debe expresar en el mismo instante y claramente, los

antecedentes obtenidos de la situación relatada por su pupilo/a, junto con

antecedentes que él pueda manejar, además de evidencias concretas, si es que

existen, que avalen el relato expuesto.

Una vez obtenida esta información, junto a las posibles evidencias, el Director/a del

establecimiento, deberá dar a conocer al funcionario que ha sido acusado de

maltrato.

De no existir evidencias concretas y sólo contar con el relato escrito, la dirección

del establecimiento es quien siempre deberá mediar llevando a un diálogo reflexivo a

ambas partes, dirigiendo la conversación hacia el reconocimiento de los posibles

errores de las partes involucradas y la reconstrucción de la relación (profesor –

alumnos, profesor – apoderado)

La sólo acusación sin evidencias no es argumento suficiente para terminar la relación

laboral, lo que no quiere decir que no se crea en el relato del menor. No obstante lo

anterior y dependiendo de las evidencias con las que se cuenten, la dirección del

establecimiento decidirá qué acciones realizar con el trabajador en términos

contractuales mientras dure el proceso de investigación.

De corroborar la veracidad de las evidencias de los hechos, se procede como sigue:

- Agresión física: se debe dar por terminado la relación contractual con el

funcionario y poner en antecedentes a las autoridades pertinentes, por

tratarse de una vulneración a los derechos del niño. (carabineros de Chile,

PDI o Ministerio Público, superintendencia de educación)

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- Agresión verbal: si es una agresión aislada, queda como antecedente del

funcionario, se persigue la reparación de la relación con la víctima, con

disculpas y compromisos, todo por escrito. Además, el funcionario deberá

buscar ayuda profesional, del área de la salud mental.

De constatarse que la denuncia no es verídica, el establecimiento dará a conocer a la

comunidad escolar la resolución del conflicto, como acto reparatorio para el

funcionario

4. AGRESIONES ENTRE ADULTOS DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO

El adulto que fue o está siendo agredido de forma física, verbal, psicológica y/o

virtual, o el testigo de alguna agresión, deberá dirigirse a la directora.

Se solicitará el relato de la situación agresiva, y si existen, evidencias concretas del

hecho, o los nombres de las personas involucradas. Se citará a ambas partes

involucradas por separado para obtener su versión

Si las evidencias dan cuenta de agresiones, en cualquiera de sus formas, el

encargado dará cuenta a Carabineros, quienes serán los que realicen el proceso de

investigación, en el caso de que ellos lo consideren necesario. De todas maneras el

establecimiento dejará constancia de las agresiones.

Si uno de los involucrados o ambos son apoderados del establecimiento, la directora

podrá solicitar un cambio de apoderado de forma inmediata. Esta medida se tomará

como parte de la formación a nuestros alumnos, ya que todos los adultos

responsables de nuestra comunidad educativa somos modelos de aprendizaje para

nuestros menores.

En caso de que el afectado sea un funcionario del establecimiento, este deberá

poner la denuncia respectiva, y el establecimiento avalar esta denuncia

resguardando la integridad del funcionario.

Si es comprobado que un funcionario es agresor se dará por terminada la relación

contractual.

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3.1.7.- PROTOCOLO DE ABUSO SEXUAL

A.- ABUSO SEXUAL

Durante el último tiempo, debido a hechos sucedidos dentro de nuestra sociedad, ha

surgido una conciencia de la necesidad de sistematizar y explicitar procedimientos

que resguarden a los alumnos de cualquier tipo de situación de abuso sexual. Por lo

tanto, hemos desarrollado un accionar cuyo objetivo principal es garantizar un

ambiente protector a través de medidas que aumenten la transparencia, la

formación de conductas de autocuidado y prevención y reglamentación de las

relaciones entre los adultos y ellos.

- Se desarrollan diversas temáticas y actividades de autocuidado y prevención,

de acuerdo a las diferentes edades de los alumnos y alumnas

- Se trabaja en forma preventiva guiando el autoconocimiento, la expresión y

reconocimiento de emociones, el auto cuidado y la formación en valores.

- en las reuniones de apoderados se tratan temas relacionados con la

comunicación que establecen con sus hijos, La importancia de estar al tanto

de lo que hacen, conocer los ambientes donde están, conocer a sus amistades,

etc.

- Toda persona que es contratada en el colegio debe presentar el certificado

de antecedentes emitido por el Registro Civil. Así mismo, anualmente se

solicitará al Registro Civil una actualización de ellos.

- Todo el personal del colegio debe mantener un lenguaje formal y un trato

adecuado frente al alumnado

- El personal docente deberá procurar permanecer en todo momento (Desde el

ingreso hasta el horario de salida) a cargo de sus alumnos, eso incluye patio,

comedor, baños

- No pueden ingresar a la escuelas personas no autorizadas

- No pueden visitar o retirar de la escuela a los alumnos y alumnas personas no

autorizadas.

- En todo momento los alumnos y alumnas en práctica deben mantener una

relación formal y un trato adecuado con el alumnado

B.- VISIÓN FORMATIVA Y PREVENCIÓN

1.- Todos los años se realizan talleres para padres sobre educación sexual y

prevención de abuso de sexual.

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2.- A nivel pedagógico se trabajan los siguientes contenidos:

- Reconocer las partes del cuerpo

- Autonomía en los hábitos de aseo

- Trabajar secuencias de crecimiento

- Diferenciar los conceptos sorpresa de secreto

- Fomentar el dialogo y la escucha atenta ante los problemas y dificultades que

presentan los niños y niñas.

- Más allá de poder identificar a los adultos que pueden ser de su confianza,

identificar situaciones que les resulten incomodas y comentarlas.

C.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

En caso de producirse las siguientes situaciones:

- Un/a estudiante informa a un miembro del personal de la escuela sobre alguna

situación que pudiera constituir algún tipo de conducta impropia de índole

sexual.

- Un estudiante entrega un relato de abuso de índole sexual.

- Se observan juegos con connotación sexual, masturbación compulsiva

acompañada por dificultades conductuales y/o pérdida de control de esfínter,

entre otros.

- Si se recibe información y/o denuncia de algún tipo de abuso sexual tanto por

parte de otro/a estudiante como por parte de un/a adulto/a

Se deben realizar las siguientes acciones para activar el protocolo:

- La profesora o persona a quien él/ella contacte deberá entregar

inmediatamente en antecedentes a la Dirección de la escuela.

- La profesora especialista o la persona encargada (dirección) debe elaborar un

informe de lo sucedido el mismo día y más tardar al día siguiente derivar al

estudiante a centro de salud y OPD que le corresponde, poniéndose en

contacto con el centro y sus cuidadores.

- Se citará a sus cuidadores y se les informará en forma privada los

antecedentes recopilados, poniendo a disposición de éstos y del estudiante

los apoyos en las gestiones necesarias y contención del grupo familiar.

Dejando clara la obligatoriedad de la escuela de investigar.

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REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD ESCUELA DE LENGUAJE “PATITO MARINO”

- Si la sospecha de abuso recae en uno o varios miembros de la familia la

dirección de la escuela notificará a los padres de la situación y de la

obligatoriedad del establecimiento de realizar una denuncia ante fiscalía en

un plazo de 24 horas posterior a los hechos, mediante una citación privada en

las oficinas de dirección. De ser necesario, la escuela solicitará una medida de

protección inmediata hacia el menor.

- Para la seguridad de los miembros del centro educativo, se dará aviso al plan

cuadrante para que esté disponible durante el desarrollo de las entrevistas

con los cuidadores y apoderados, en caso de que se pudiera producir algún

problema en la reunión.

- La directora o profesora especialista en su reemplazo realizará la denuncia a

Fiscalía de Viña del Mar y Tribunal de Familia, solicitando un peritaje en el

DAM, se enviará el informe al organismo correspondiente. Este mismo deberá

ser el conducto regular en caso de que cualquier adulto de nuestra comunidad

sospeche de conductas impropias contra cualquiera de nuestros alumnos, ya

sea al interior o fuera del colegio.

- Posteriormente se establece comunicación con organismo para supervisar el

procedimiento de la investigación. Los antecedentes quedarán registrados en

una carpeta de convivencia escolar en Dirección a la cual sólo tendrán acceso

los actores que han intervenido en el caso.

- Cuando se trate de una situación que apunte a un adulto que trabaje en el

establecimiento, se separará a éste/a de sus funciones inmediatamente

mientras se investiga la situación por parte de la Fiscalía.

- El colegio brindará toda la colaboración a la posible víctima y a su familia,

tanto en el apoyo constante hacia el alumno o alumna desde la dirección, sus

profesores/as y los asistentes de educación.

IMPORTANTE: La escuela tiene en todo momento la obligación de resguardar la

privacidad del estudiante y su familia, siendo el registro también privado.

3.1.8.- PROTOCOLO PARA DERIVACIONES A OTROS ESPECIALISTAS

La profesora tutora y/o fonoaudióloga establecen la urgencia de la derivación y el

profesional que debería atender al estudiante. Se elabora un informe de derivación

que se entrega con copia al apoderado indicándole dónde y cómo acudir, además de

explicarle el porqué de la derivación. Es deber de la profesora tutora supervisar el

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curso de esta derivación .La profesora tutora y/o fonoaudióloga deberán anotar en

el cuaderno de Salud y Accidentes cada vez que se derive a algún alumno.

4.- RIESGOS TIPICOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS (DERECHO A

SABER)

El empleador debe informar oportuna y convenientemente a todos sus

trabajadores, acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas

preventivas y de los métodos de trabajo correctos. Debe mantener los equipos y

dispositivos técnicamente necesarios para reducir a niveles mínimos los riesgos que

puedan presentarse en los sitios de trabajo. Los trabajadores deben tener

conocimiento acerca de los riesgos típicos que entrañan sus labores, las

consecuencias y las medidas preventivas conducentes a su eliminación o control,

algunos de los cuales se indican a continuación:

CAPITULO IV.- NORMAS DE CONVIVENCIA DE LA ESCUELA ESPECIAL DE

LENGUAJE “PATITO MARINO”

1.- HABILIDADES Y ACTITUDES ESPERADAS

Nuestro establecimiento ha establecido su misión y visión en base a los valores

que promueven la tolerancia, la solidaridad, el diálogo, la participación y el respeto

mutuo que son pilares para el desarrollo de una buena convivencia. Estos

aprendizajes se van conjugando y transformando en una práctica cotidiana y una

construcción social que involucra y hace responsables a todos los actores de la

institución escolar, en tanto sea significativos y respondan a las necesidades y

demandas de la Comunidad Educativa, tales habilidades y actitudes se señalan a

continuación:

Aprender a interactuar: intercambiar acciones con otros/as

Aprender a interrelacionarse: establecer vínculos que implican reciprocidad

Aprender a dialogar con fundamentos y sin descalificaciones

Aprender a escuchar activamente y hablar con otros/as

Aprender a participar: actuar con otros/as

Aprender a comprometerse: asumir responsablemente las acciones con otros/as

Aprender a compartir propuestas

Aprender a discutir e intercambiar ideas y opiniones con otros/as

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Aprender a disentir; aceptar que mis ideas- o las de otros/as-, puedan ser

diferentes

Aprender a consensuar;:encontrar los aspectos comunes, lo que implica pérdida

y/o ganancia

Aprender a reflexionar; repensar sobre lo actuado, lo sucedido; objetivar y

observar críticamente las acciones e ideas

2.- ESTRATEGIAS PARA PROMOVER LA BUENA CONVIVENCIA

- Al trabajar nuestras unidades temáticas mensuales se resaltan los valores de

una buena convivencia, la no discriminación en la lectura de cuentos, acciones de

recreo, entre otros, con un enfoque formativo, con diálogos abiertos y

reforzando las conductas positivas de buena convivencia.

- Se realizan escuelas para padres donde se tratan temas de manejo conductual

con un enfoque formativo de Convivencia Escolar, resaltado los valores y

mediante el diálogo con los padres, y así ellos puedan asumir su rol primario y

protagónico en la formación y educación de sus hijos.

- Las docentes generan y desarrollan estrategias pedagógicas y didácticas

atractivas para despertar el interés y motivar el aprendizaje en los niños.

- Se fomentan estrategias para formar alumnos participativos, orientando su

formación dentro y fuera de la sala de clases.

- Los docentes tienen la misión de crear, fomentar y construir en el aula, un

ambiente de trabajo respetuoso, solidario, con una comunicación franca y afable

hacia los niños del establecimiento.

- Se respetan los acuerdos y procedimientos frente a un conflicto entre actores

de la comunidad educativa, se cumplirán las normas y procedimientos instituidos

en Nuestro Proyecto Educativo.

- Se promueven las instancias y espacios de participación junto a otras entidades

educativas, gracias a nuestra participación en COMSE de Santa Julia y

Achupallas, se realizan diferentes actividades como Feria de la Salud, Feria del

Medio Ambiente, Feria Pedagógica, entre otros, se muestran con una

participación activa de nuestra comunidad educativa, donde nuestros niños son

actores efectivos y dinámicos frente a las actividades que se van presentando,

siempre resaltando los valores de buena convivencia, respeto mutuo y

solidaridad frente a las situaciones que se nos van presentando en forma

cotidiana, para que se transforme en situaciones cotidianas de nuestro actuar.

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3.- RESPONSABILIDADES Y COMPROMISOS DE LOS DISTINTOS ACTORES

CON LA CONVIVENCIA ESCOLAR

Todos los integrantes de la Comunidad Educativa deberán promover y asegurar una

sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto

mutuo y tolerancia. Los miembros de la Comunidad Educativa tienen derecho a

desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para

construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus

integrantes tendrán, derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus

demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a

colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre

cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en esclarecimiento de los

hechos denunciados.

3.1.- ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Tiene la responsabilidad de asumir el rol primario en la implementación de las

medidas de convivencia escolar que determine el consejo escolar o el comité para la

buena convivencia escolar. Sus compromisos son promover la participación de los

distintos estamentos en la elaboración y aplicación de la política de convivencia

escolar, promover el trabajo colaborativo, elaborar un plan de acción y disponer la

implementación de las medidas sobre convivencia escolar. Investigar en los casos

que corresponda e informar sobre cualquier asunto relativo a la convivencia. El

encargado de convivencia escolar de nuestra escuela es la asistente de dirección.

3.2.- DIRECCIÓN Y EQUIPO DIRECTIVO DEL ESTABLECIMIENTO

Sus responsabilidades son cautelar la vinculación y coherencia entre el proyecto

educativo institucional y los instrumentos para asegurar que las acciones y

estrategias propuestas fortalezcan el carácter formativo y preventivo de la

convivencia escolar. Establecer atribuciones y responsabilidades de los integrantes

de la comunidad educativa de acuerdo al plan de convivencia escolar, abordar los

problemas que puedan surgir promoviendo la sana convivencia escolar. Sus

compromisos son generar instancias para que la comunidad educativa pueda revisar y

actualizar el manual de convivencia y sus instrumentos, establecer mecanismos de

consulta amplia para acoger todas las opiniones, proporcionar apoyos a los docentes

y asistentes de la educación para incluir mecanismos de detección y resolución

pacífica de conflictos.

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3.3.- CONSEJO ESCOLAR

Tiene la responsabilidad de estimular y canalizar la participación de la comunidad

educativa, tomando las medidas que permitan fomentar una sana convivencia escolar,

dentro del ámbito de su competencia. Sus compromisos son: promover acciones

(plan de acción) que fortalezcan la convivencia escolar y que prevengan la violencia

entre los miembros de la comunidad educativa, considerar la convivencia escolar

como un eje central del proyecto educativo institucional participando en su

actualización.

3.4.- DOCENTES Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

Tienen la responsabilidad de crear un ambiente de trabajo respetuoso y solidario a

través de una comunicación franca, directa y afable con los alumnos y alumnas,

contribuir a establecer una relación amistosa entre los integrantes de su curso y los

demás miembros de la comunidad valorando las diferencias. Su compromiso es

incorporar en sus estrategias y actividades acciones que promuevan la sana

convivencia y la formación ciudadana y resguardar el cumplimiento de la normativa

interna del establecimiento.

3.5.- PADRES, MADRES, APODERADOS/AS

Sus responsabilidades son asumir el rol primario y protagónico en la responsabilidad

por la formación y educación de sus hijos e hijas, acompañar activamente su

proceso educativo, conocer el proyecto educativo institucional de su comunidad

educativa y reflexionar sobre su contenido, objetivos y normativa, colaborando en

su ejecución e implementación.

Sus compromisos son, crear alianzas con los distintos actores educativos para

asegurar una buena formación y el aprendizaje de convivencia de sus hijo/a fuera

del establecimiento educacional, contribuir con sus reflexiones, dichos y acciones al

ejercicio cotidiano de una convivencia respetuosa y solidaria entre los miembros de

la comunidad educativa. Promover el respeto y solidaridad, conoce, compartir y

apoyar las normas y procedimientos disciplinarios del establecimiento escolar.

Participar de la comunidad educativa haciendo uso de sus canales de consulta y

apelación, respetar las normativas internas del establecimiento.

CAPÍTULO V.- MEDIDAS Y PENALIZACIONES

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1.- OBLIGACIÓN DE DENUNCIA DE DELITOS

Los directores, inspectores y profesores deberán denunciar cualquier acción u

omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad

educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o

tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar

ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio

Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se

tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra

e) y 176 del Código Procesal Penal.

2.- PROTECCIÓN Y CONFIDENCIALIDAD

Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias, se asegurará a

todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y

honra. Se debe brindar protección y apoyo al afectado, se tomarán todas las

medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, si esto no pone en

peligro su integridad.

3.- CONSECUENCIAS Y SANCIONES

Se pueden establecer las siguientes medidas o sanciones disciplinarias: diálogo

personal pedagógico y correctivo, diálogo grupal reflexivo, amonestación verbal o

por escrito, comunicación o citación al apoderado, derivación psicosocial.

Si los alumnos no respetan las normas acordadas o presentan en reiteradas

ocasiones conductas conflictivas que no permitan la normal convivencia se llevarán a

cabo los siguientes puntos:

- Se citará a entrevista al apoderado para informar la situación en conflicto del

alumno.

- Al mismo tiempo el profesor intervendrá la situación en conflicto mediante unas

estrategias metodológicas de intervención conductual de apoyo.

- Se informará y conversará con el apoderado al fin de involucrarlos y

comprometerlos en el proceso.

- Se reforzará positivamente con aplausos, felicitaciones pública y entrevistas

enriqueciendo un aprendizaje significativo al cambio de conducta.

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Siendo responsabilidad del apoderado (por ser menores pre-escolares) se

considerarán como faltas los siguientes puntos:

- Atrasos reiterados

- Inasistencias prolongadas sin justificación

- No portar diariamente la libreta de comunicaciones.

- Reiteradamente presentarse sin tareas ni cuadernos.

- Actitudes agresivas o impulsivas que pongan en riesgo la seguridad de él u otros

alumnos.

- Utilizar lenguaje soez

Para la resolución de lo antes mencionado siempre será prioridad tener una

entrevista con el apoderado para poder conversar y mediar la situación en conflicto,

se evaluará en su respectiva dimensión y la sanción será concordante con los

derechos de los niños y la edad de desarrollo del alumno, haciendo énfasis en la

conversación y asesoramiento con el alumno y su apoderado para que se pueda

producir la modificación de la conducta deseada.Para dicha situación quedará la

evidencia en el cuaderno: registro de convivencia escolar y en el libro de clases.

Si se ha establecido una comunicación con OPD para solucionar el problema, se debe

supervisar el procedimiento de la investigación. Si el responsable fuere un

funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas

internas, así como en la legislación pertinente. Si el responsable fuere el padre,

madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrán disponer medidas como

la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al

establecimiento.

Si un alumno/a regular de la escuela falta durante tres semanas consecutivas a la

escuela sin justificación se podrá cancelar su matrícula.

3.- MEDIDAS DE REPARACIÓN

Las medidas reparatorias consideran gestos y acciones que un “agresor”

puede tener con la persona agredida y que acompaña el reconocimiento de haber

infringido un daño. Estas acciones restauran el daño causado y lo primordial es que

deben seguir del dialogo, del acuerdo y de la toma de conciencia del daño

ocasionado, no es una imposición externa ya que perdería el carácter de formativo.

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Para que la medidas reparatorias tenga un sentido de reconocimiento y una voluntad

de enmendar el daño causado, junto con la posibilidad de sentir empatía y

comprensión por la víctima, éstas podrán ser: disculpas privadas o públicas,

Restablecimientos de los efectos personales, cambio de curso u otras que la

autoridad competente determine, entre otros.

Las prácticas de medidas reparatorias que se trabajan cotidianamente en la escuela

son:

- Enriquecer la formación de los niños del establecimiento.

- Desarrollar la Empatía mediante juegos y cuentos.

- Enriquecer las relaciones humanas y sociales, siempre resaltando valores de

buena convivencia.

- Cerrar los conflictos, por pequeños que sean.

- Asumir la responsabilidad de las partes en conflicto.

- Reparar el vínculo, mediante diálogos, juegos y textos orales.

- Reforzar la capacidad de los involucrados para resolver conflictos.

- Restituir la confianza en la comunidad educativa.

4.- NEGOCIACIÓN/ ARBITRAJE / MEDIACIÓN

La escuela podrá implementar instancias de negociación, arbitraje, mediación u

otros mecanismos de similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y

constructiva de los conflictos de convivencia escolar. Este sistema incluirá la

intervención de alumnos, docentes, orientadores, otros miembros de la comunidad

educativa y especialistas.

5.- PUBLICIDAD DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta,

oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia

escolar a través de todos los medios disponibles, para que la comunidad educativa

este permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos.

VIGENCIA DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

El presente reglamento tiene una vigencia de un año, a contar del Mayo del 2019,

pero se entenderá prórroga automáticamente, si no ha habido observaciones por

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parte del Comité Convivencia Escolar, o a falta de estos, del Establecimiento o los

trabajadores.

DISTRIBUCIÓN:

Superintendencia de la Educación

Trabajadores del Establecimiento

REALIZADO POR:

Dirección del Establecimiento, Escuela de Lenguaje “Patito Marino”.

Docentes y asistentes de la educación de la escuela.

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PLAN INTEGRAL DE

SEGURIDAD ESCOLAR

Escuela Especial de Lenguaje

“Patito Marino” 2019

Escuela Especial de Lenguaje “Patito Marino”

Arturo Godoy 280 P 5 1/2 Achupallas, Viña del Mar F: 2124617

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INDICE

Introducción 2

1.- Objetivos

1.1.- Objetivo general 2

1.2.- Objetivos específicos 2

2.- Alcance del plan 3

3.- Definiciones 3

4.- Estructura funcional del plan de emergencia 4

4.1.- Integrantes del comité de emergencia 4

5.- Funciones de los integrantes del plan de emergencia 5

5.1.- Comité de emergencia y seguridad 5

5.2.- Coordinador general del plan de emergencias 6

6.- Procedimiento general de actuación en una emergencia 7

6.1.- En caso de incendio 7

6.2.- En caso de sismo 10

6.3.- En caso de inundación 15

6.4.- En caso de temporal 15

6.5.- En caso de asalto 15

6.5.- En caso de bomba 15

6.6.- En caso de corte de suministros de energía eléctrica 16

7.- Plano de la escuela 17

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INTRODUCCIÓN

La seguridad de cada persona de la Escuela al presentarse una emergencia,

está directamente relacionada con las formas de reacción frente a estas. Por lo

tanto, es una necesidad estar familiarizado con los procedimientos de evacuación

que se indican en este “Plan Integral de Seguridad Escolar” y acatarlas plenamente

cuando sea necesario.

DESCRIPCIÓN DEL PLAN

1.- OBJETIVOS

1.1.- OBJETIVOS GENERALES

- Disponer de un sistema operativo para actuar eficazmente en caso de

presentarse situaciones definitivas como Emergencias, a fin de evitar al

máximo daños u otros que atenten en contra de algún componente de la

Unidad Educativa.

1.2.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS

- Dar a conocer el Plan de Seguridad y Emergencia a toda la Comunidad

Educativa de la Escuela.

- Aclarar los procedimientos a cada adulto responsable de a Unidad Educativa.

- Aclarar con la comunidad educativa los conceptos que implican Emergencia.

- Consolidar la gestión del Comité de Seguridad y Emergencia a fin de alcanzar

eficiencia y liderazgo en la toma de decisiones al momento de afrontar una

Emergencia o ensayos del Plan.

- Prestar especial atención a toda posible Emergencia que pudiera resultar en

daños mayores como: Incendios, explosiones, amenazas de bomba y a la salud,

etc. Estableciendo las medidas preventivas necesarias para evitar que ocurra

una emergencia y, si esto fallase, tener al personal seleccionado para estos

eventos, debidamente preparado y entrenado para enfrentar estas

situaciones.

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2.- ALCANCE DEL PLAN

El presente plan considera los siguientes eventos: Incendio, Sismo (temblor o

terremoto), Amenaza de Bomba, Amenaza para la salud, Inundaciones por rotura de

cañerías, Temporal, Asalto, Corte de suministro de energía eléctrica

3.- DEFINICIONES

El personal integrante del plan de emergencia, debe tener el conocimiento y

correcta aplicación, como mínimo, de los términos que a continuación se definen:

Emergencia: Es la combinación imprevista de circunstancias que podrían dar por

resultado peligro para la vida humana y/o daño a la propiedad.

Evacuación: Es la acción de desalojar un local o edificio en que se ha declarado un

tipo de emergencia (sismo, incendio, etc).

Plan de emergencia: planificación y organización humana para la utilización óptima

de los medios técnicos previstos para actuar en la emergencia, con la finalidad de

reducir al máximo sus posibles consecuencias económicas y humanas.

Plan de evacuación: Conjunto de actividades y procedimientos tendientes a

conservar la vida y la integridad de las personas mediante el desplazamiento a

través y hasta lugares de menor riesgo, en el evento de verse amenazadas.

Camino de Evacuación: Es un camino continuo, no obstruido que conduce desde el

punto del local o edificio, hasta una zona de seguridad u otra donde no lleguen las

consecuencias de la emergencia.

Evacuación parcial: Aquella que se realiza cuando se desea evacuar un sector de la

Escuela en forma independiente, en dirección a la zona de seguridad u otro lugar.

Las instrucciones serán impartidas solamente a esas afectadas, comunicándoseles

claramente a los encargados de evacuación, el lugar a que tienen que desplazar al

personal a su cargo.

Evacuación total: Aquella en que es necesario evacuar la totalidad de los lugares de

empresa, por lo cual se indica a los encargados de hacerlo en cada sector, el orden

y el momento de evacuar al personal a su cargo.

Fuego: Es una reacción química continua con generación de luz y calor, que se

combina con elementos combustibles (agentes reductores) y con oxígeno del aire

(agente oxidante), en presencia de calor.

Combustión: Proceso químico, con desprendimiento de calor. Puede o no tener flama.

Amago: Es un fuego recién iniciado, descubierto y extinguido oportunamente.

Incendio: Fuego no controlado que provoca daño. Proceso de combustión sobre el

cual se ha perdido el control.

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Siniestro: Incendio de grandes proporciones.

Explosión: Combustión instantánea, de rápida liberación de energía y aumento de

volumen de un cuerpo mediante transformación química o física, generando una onda

explosiva.

Punto de llama: También conocido como punto de inflamación, es la mínima

temperatura a la cual un líquido desprende suficientes vapores para formar una

mezcla inflamable.

Límites de inflamabilidad: Concentraciones máximas y mínimas en las que un gas o

vapor mezclado con aire puede entrar en combustión, a los cuales se les llama límite

superior y límite inferior de inflamabilidad respectivamente. Su medición se hace en

porcentaje en aire.

Temperatura de ignición: Mínima temperatura a la cual una sustancia o compuesto

puede mantener una combustión autosostenida, o sea, sin ayuda de una fuente

externa de calor.

Sismo: Terremoto o movimiento de la tierra por causas internas.

Interrupción del suministro de energía: Corte imprevisto de la energía por fallas

técnicas o por causas desconocidas (atentados, fuerzas naturales, etc)

Emergencia en salud: Son aquellas situaciones en la salud individual o colectiva,

grupal o masiva, que amenacen la vida y salud de los componentes de la Unidad

Educativa, demandando atención inmediata.

Zona de seguridad: Lugar físico, fuera de alcance de la emergencia, donde se

reúnen las personas que han sido evacuadas.

4.- ESTRUCTURA FUNCIONAL DEL PLAN DE EMERGENCIA

La estructura funcional de este Plan la compone el comité de emergencia y

seguridad quien permite la ejecución de sus fases específicas dentro de un

proceso coordinado y oportuno.

4.1.- INTEGRANTES DEL COMITÉ DE EMERGENCIA Y SEGURIDAD

Es la unidad que compone el nivel jerárquico en la Unidad Educativa, los cuales

frente a la información recibida, darán las instrucciones y/o autorizaciones para el

mejor control de la emergencia.

Integrantes del Comité de Emergencia y Seguridad Escolar

Coordinadora General : Directora

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REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD ESCUELA DE LENGUAJE “PATITO MARINO”

Profesora Monitora : Docente con jornada completa

Un apoderado de cada curso de la jornada mañana

Un apoderado de cada curso de la jornada tarde

Asistente de Sala con jornada completa

Auxiliar de Servicio

Representante de Carabineros de Chile

Representante de Bomberos de Chile

El Coordinador General es el responsable de la evaluación de la gravedad de la

emergencia, establece las prioridades para la evacuación y el control de la

emergencia utilizando todos los recursos disponibles tanto humanos como

materiales.

5.- FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL PLAN DE EMERGENCIA.

5.1.- COMITÉ DE EMERGENCIA Y SEGURIDAD

Pretende a través de la normativa, la implementación y control, que el personal

que integra el Plan de Emergencia de la Unidad Educativa se encuentre con un

grado de preparación teórico y práctico tal, que funcione ante una alerta por

emergencia, con eficiencia y eficacia para controlar la situación en el menor

tiempo posible.

Funciones:

Establecer las necesidades del plan de Emergencia, de Evacuación y mantenerlos

actualizados.

Programar entrenamiento, prácticas de control de fuego y de evacuación de

personal a través del año calendario y analizar sus resultados.

Determinar vías de escape.

Determinar zonas de seguridad.

Determinar las necesidades de: Equipos para el control de fuegos incipientes

(extintores), red húmeda y/o seca, sistemas de comunicación, luces de

emergencia, etc.

Atenderá a periodistas y Autoridades como Alcalde, Gobernador, SEREMI

5.2.- COORDINADOR GENERAL DEL PLAN DE EMERGENCIAS

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REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD ESCUELA DE LENGUAJE “PATITO MARINO”

Su objetivo es mantener al personal integrante del Plan de Emergencia, bajo el

mando y dirección de una sola persona tanto antes, durante y después de una

emergencia en la empresa, a fin de lograr una actuación coordinada y un rápido

control de la situación.

Facultades:

a.- La dirección, coordinación y control permanente de la estructura funcional bajo

su mando, señalada en el Plan de Emergencia de la Unidad Educativa.

b.- Asumir el control total de la Unidad Educativa, desde el momento que se alerta

una emergencia hasta su total término, debiendo así, todos los niveles de la

estructura orgánica de la escuela obedecer las instrucciones que emanen de su

dirección.

Principales funciones:

Poner en ejecución el presente Plan en caso de emergencia.

Determinar las necesidades de capacitación y/o entrenamiento que requiere el

personal integrante de la brigada de emergencia.

Proponer y llevar a efecto programas teórico / práctico, en base a las

necesidades detectadas, con los integrantes del Comité de Emergencia.

Tener determinado la o las personas que tendrán la misión de cortar el

suministro: eléctrico del o los sectores amagados, de combustibles, de gas, así

como, de tener libres de posibles obstrucciones, los alrededores de salidas de

agua, etc.

Tener designado, instruido y coordinado con quien o quienes tengan la

responsabilidad de efectuar las comunicaciones telefónicas con bomberos y/o

Carabineros y/o Centros de Salud cuando corresponda.

Tener determinada la persona que recibirá al personal del cuerpo de bomberos

a su llegada, dirigirlo hasta el lugar afectado y ponerlos en contacto con el

Coordinador General.

Coordinar con Bomberos, Carabineros, Centro Asistencial de la Mutual del

sector, aquellos aspectos que sean necesarios para una buena actuación

conjunta en caso de una emergencia en las instalaciones de la empresa.

Informado de una emergencia, se dirige al lugar de los hechos, evalúa la

situación, determina las acciones a seguir, como ser el Dirigir: la actuación de

Control de Fuegos, el llamado de bomberos, Carabineros, Seguridad, etc. Según

sea el caso y, la evacuación parcial o total del personal de sus lugares de

trabajo como los cortes parciales o totales de suministro de energía eléctrica,

gas, etc.

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REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD ESCUELA DE LENGUAJE “PATITO MARINO”

Traspasar la información de la situación del área amagada al personal de

bomberos.

Determinar el regreso del personal a sus lugares de trabajo, cuando las

condiciones lo permitan y, la restauración del funcionamiento operacional

normal de la empresa.

Ante una amenaza de bomba, avisar a los Organismos competentes. De revisar

los lugares de trabajo con el personal de los Grupos a fin de detectar cualquier

paquete o elemento que despierte sospecha, en caso de ser encontrado, nadie

debe tocarlo ni manipularlo. En lo posible se debe evitar que el resto del

personal se entere, a menos que se decida la evacuación.

6.- PROCEDIMIENTO GENERAL DE ACTUACIÓN EN UNA EMERGENCIA

(Se adjunta plano de la Escuela Patito Marino con las vías de evacuación)

6.1.- EN CASO DE INCENDIO

Si detecta un foco de fuego, avise a viva voz hasta que llegue al jefe inmediato

y/o coordinador general.

El encargado de llamar a Bomberos es la profesora de turno y en caso de que

ésta no esté presente quien la reemplace.

No grite pues esto contribuye al pánico colectivo.

Luego de dar el aviso respectivo, verifique que tipo de fuego es el existente,

antes de usar un extintor para sofocarlo, luego proceda a combatirlo, sin

arriesgarse y sin provocar riesgo mayor, hasta que llegue al lugar el personal del

grupo de control de fuego.

Si se trata de un fuego desarrollado, todas las puertas que conducen al área

afectada, así como las ventanas, deben cerrarse.

Preocúpese de alertar a los demás funcionarios que se encuentren en el área,

cuidando que no se produzca pánico o histeria colectiva.

Si le es posible aléjese del foco del fuego todo elemento que pueda explotar por

los efectos del calor.

Cumplir estrictamente con las instrucciones que le impartan los integrantes del

comité de emergencia y seguridad escolar.

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A) Incendio Ala Norte:

La profesora toma su libro de clases, su cartera y forma a los niños en una fila para

efectuar la evacuación por la puerta de escape 2 hacia el patio verde (ZP).

La profesora del ala Sur saldrá con sus alumnos por la puerta de escape 3 y estará

encargada de abrir la puerta de patio verde y el portón de Arturo Godoy.

Posteriormente cada profesora atravesara a la vereda del frente de la calle Arturo

Godoy para esperar el retiro de los niños. La directora estará encargada de llamar a

los bomberos y carabineros y cada profesora de llamar a sus apoderados. En caso

de que la directora no se encuentre en el establecimiento la profesora de turno

realiza las llamadas.

B) Incendio Ala Sur:

La profesora toma su libro de clases, su cartera y forma a los niños en una fila para

efectuar la evacuación por la puerta de escape 1 hacia la calle Luis Vicentini. La

profesora de la sala 3 saldrá con sus alumnos por la puerta de escape 1 y estará

encargada de abrir el portón de entrada (calle Luis Vicentini). Posteriormente cada

profesora atravesara a la vereda del frente de la calle Arturo Godoy para esperar

el retiro de los niños. La directora estará encargada de llamar a los bomberos y

carabineros y cada profesora de llamar a sus apoderados. En caso de que la

directora no se encuentre en el establecimiento la profesora de turno realiza las

llamadas.

C) Incendio Ala Este:

La profesora toma su libro de clases, su cartera y forma a los niños en una fila para

efectuar la evacuación por la puerta de escape 1 hacia la calle Luis Vicentini.

La profesora del ala Sur saldrá con sus alumnos por la puerta de escape 3.

Posteriormente cada profesora atravesara al frente de la calle Arturo Godoy para

esperar el retiro de los niños.

La directora estará encargada de llamar a los bomberos y carabineros y cada

profesora de llamar a sus apoderados.

En caso de que la directora no se encuentre en el establecimiento la profesora de

turno realiza las llamadas.

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D) Incendio Ala Oeste:

La profesora toma su libro de clases, su cartera y forma a los niños en una fila para

efectuar la evacuación por la puerta de escape 2 hacia el patio verde.

La profesora del ala Sur saldrá con sus alumnos por la puerta de escape 3 y estará

encargada de abrir la puerta de patio verde y el portón de Arturo Godoy.

Posteriormente cada profesora atravesara al frente de la calle Arturo Godoy para

esperar el retiro de los niños. La directora estará encargada de llamar a los

bomberos y carabineros y cada profesora de llamar a sus apoderados.

E) Incendio Fuera de la Escuela:

En caso de incendio en la casa contigua calle Luis Vicentini, la profesora toma su

libro de clases, su cartera y forma a los niños en una fila para efectuar la

evacuación por la puerta de escape 2 hacia el patio verde.

La profesora del ala Sur saldrá con sus alumnos por la puerta de escape 3 y estará

encargada de abrir la puerta de patio verde y el portón de Arturo Godoy.

Posteriormente cada profesora atravesará a la vereda del frente de la calle Arturo

Godoy para esperar el retiro de los niños. La directora estará encargada de llamar a

los bomberos y carabineros y cada profesora de llamar a sus apoderados. En caso

de que la directora no se encuentre en el establecimiento la profesora de turno

realiza las llamadas.

F) Incendio casa contigua calle Arturo Godoy

La profesora toma su libro de clases, su cartera y forma a los niños en una fila para

efectuar la evacuación por la puerta de escape 1 hacia la calle Luis Vicentini. La

profesora la sala 3 saldrá con sus alumnos por la puerta de escape 1 y estará

encargada de abrir el portón de entrada (calle Luis Vicentini). Posteriormente cada

profesora atravesará a la vereda del frente de la calle Arturo Godoy para esperar

el retiro de los niños. La directora estará encargada de llamar a los bomberos y

carabineros y cada profesora de llamar a sus apoderados. En caso de que la

directora no se encuentre en el establecimiento la profesora de turno realiza las

llamadas.

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6.2.- EN CASO DE SISMOS

Se debe asumir el control de la situación ordenando que el personal de su

sector:

No gritar, pues esto ayuda a crear un clima de pánico.

Alejarse de ventanas, paneles y lámparas que puedan caerle encima.

No abandonar su sector, para evitar aglomeraciones y accidentes y, antes

eventuales desprendimientos de planchas de yeso, lámparas, cuadros, objetos

de adorno, ubicarse en lugares que le presten protección, como por ejemplo,

bajo escritorio y mesas.

No correr ni abandonar el recinto por sí solo, al salir le pueden caer vidrios u

objetos pesados desde altura.

Apagar todo tipo de equipo o elemento que pueda producir un fuego

(eléctricos). Cada persona previamente debe haber sido instruida en lo que

tiene que hacer ante este tipo de emergencia.

Si durante el Sismo sufre alguien una caída o es lesionado, tratar de ubicarse

de inmediato en un sector alejado de las vías de escape, evitando ser pisoteado

por personas descontroladas.

PROGRAMA DE PREVENCIÓN

- La directora y la encargada de seguridad de la escuela en conjunto con un

prevencionista de riesgos realiza un diagnóstico evaluando los posibles riesgos

que podemos encontrar en la escuela en un caso de sismo y se confecciona un

Plan Integral de Seguridad Escolar.

- Este plan debe ser revisado, evaluado y actualizado anualmente, realizando un

análisis histórico de lo que nos ha pasado, los cambios estructurales que ha

tenido al escuela y los resultados de simulacros anteriores.

- Se constituye un Comité de Seguridad Escolar, integrado por la Directora, una

Docente de la escuela que mantenga jornada completa, una asistente de la

educación que mantenga jornada completa y un apoderado de cada curso.

Asimismo, se invita a participar de este comité para realizar observaciones y

sugerencias a Carabineros de Chile y Bomberos de Chile.

- Se entrega una copia del Plan Integral de Seguridad a padres y apoderados y se

les explica lo que debemos hacer en las reuniones de apoderados.

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- Con el fin de que el Plan Integral de Seguridad Escolar sea conocido por todos

los miembros de la comunidad escolar, se establezcan roles claros y se tomen

medidas de prevención alternativas de acuerdo a las diferentes situaciones en

las cuales nos podemos encontrar, se realizarán 4 simulacros de sismo anuales, 2

simulacros de incendio al año y 2 ejercicios de simulaciones.

- En cada sala de la escuela se encuentra colgado en la pared en un lugar visible el

plan de evacuación.

- La escuela cuenta con las señaléticas requeridas que indican las vías de

evacuación, la ubicación de extintores, las zonas restringidas y de peligro.

Asimismo, la escuela cuenta con antideslizantes para las escaleras.

- La campana se hará sonar cada vez que ocurra un sismo de mediana intensidad

por la docente, asistente, fonoaudióloga y/o directora que esté más cerca de

ésta y se procederá a llevar a cabo el Plan Integral de Seguridad Escolar para

sismos.

- Cabe destacar que la escuela no presenta peligro de tsunami debido a que no se

encuentra sobre la cota 30.

PLAN ESPECÍFICO DE RESPUESTA ANTE SISMOS

En caso de sismo de mediana o fuerte intensidad, la campana se hará sonar

por la docente, asistente, fonoaudióloga y/o directora que esté más cerca de ésta y

se procederá a llevar a cabo el Plan Integral de Seguridad Escolar para sismos.

Estar en estado de alerta ante un sismo, es una responsabilidad que recae en

todo el equipo que trabaja en la escuela ya que la primera persona que detecte el

sismo debe dar la alarma, para que otras profesoras y alumnos que no se hayan dado

cuenta puedan dirigirse lo más prontamente a su zona de seguridad.

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I.- ROLES Y FUNCIONES COORDINADAS DE LOS DISTINTOS

FUNCIONARIOS DE LA ESCUELA

Cortar el gas y luz: La asistente Danitza Saavedra, procederá a cortar el

gas, la luz y buscar el kit de seguridad (botiquín, bacinica, agua, juguetes). Si

la asistente no se encuentra en la escuela la reemplazará en su función la

asistente de aula del nivel NT1.

Evaluación primaria: Si la Directora no se encuentra presente la evaluación

primaria la realizará la profesora encargada del Plan Integral de Seguridad.

1.- Directora:

Caso1: Si esta en segundo piso debe esperar en su zona de seguridad hasta que pase

el sismo, cuando finalice debe bajar, verificar el corte de gas. Posteriormente debe

realizar una evaluación primaria, verificar si hay algún accidentado, corroborar que

las profesoras y los niños y niñas se encuentren en la zona de seguridad, verificar

que los delegados correspondientes hayan realizado sus labores:

Caso 2: Si la directora se encuentra en el primer piso, debe acercase a la zona de

seguridad más próxima, esperar que pase el sismo y realizar una evaluación primaria,

auxiliar a los alumnos y apoyar a las profesoras en el plan de evacuación.

Caso 3: En caso que la directora no se encuentre en el establecimiento las

profesoras en conjunto con las asistentes de la educación y los apoderados

pertenecientes al Plan Integral de Seguridad Escolar, deberán llevar a cabo el plan

de evacuación.

2.- Profesoras:

La encargada de abrir las puertas de salida de evacuación es la profesora de la sala

nº1, en caso de no encontrarse deberá tomar esta responsabilidad su asistente de

sala y/o reemplazante. Quienes deben sacar las llaves de la puerta que están

colgadas en su sala inmediatamente finalizado el sismo para poder abrir la puerta de

evacuación.

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Caso 1) Si las profesoras y/o asistentes se encuentran con sus alumnos(as) en su

sala deben mantener la calma y abrir la puerta de su sala inmediatamente. Pedirle a

los niños que se pongan debajo de la mesa (los niños de 2NT por su tamaño se irán a

la zona de seguridad de la sala ya que las mesas son pequeñas para ellos). En caso de

encontrarse en las salas pero con una organización de las mesas y sillas no

convencional, también se pondrán directamente en la zona de seguridad. Terminado

el sismo las profesoras tomarán el libro de clases y su cartera. Se dirigirán con los

niños a la Zona de Prevención ubicada en el patio N°1 y la directora o encargada de

seguridad verificarán que no se haya quedado ningún alumno en la sala y/o baño.

Caso 2) Si las profesoras y/o asistentes se encuentran con sus alumnos(as) en el

Patio Nº1 deben juntar a sus alumnos y ponerse en la zona de prevención demarcada.

Esperar que termine el sismo y la directora o encargada de seguridad verificarán

que no se haya quedado ningún alumno en la sala y/o baño.

Caso 3) Si las profesoras y/o asistentes se encuentran con sus alumnos(as) en el

patio Nº2, deben juntar a sus alumnos y dirigirse a la zona de seguridad. Terminado

el temblor la directora o encargada de seguridad deben verificar que no se haya

quedado ningún alumno en el patio y/o baño. Se dirigirán a la zona de prevención en

el patio Nº1.

Caso 4) Si las profesoras y/o asistentes de la educación se encuentran con sus

alumnos(as) en el baño deben ponerse inmediatamente en la zona de seguridad del

Hall. Terminado el sismo deben dirigirse a la zona de prevención en el patio Nº1 y la

directora o encargada de seguridad deben verificar que no se haya quedado ningún

alumno en la sala y/o baño.

Caso 5) Si las profesoras y/o asistentes de la educación se encuentran con sus

alumnos (as) en la sala Nº4 deben ponerse inmediatamente en la zona de seguridad

de la sala. Terminado el sismo la directora o encargada de seguridad deben

verificar que no se haya quedado ningún alumno en la sala y/o baño y dirigirse a la

zona de prevención en el patio Nº1.

Caso 6) Si las profesoras y/o asistentes se encuentran en sus salas sin sus

alumnos(as) deben guardar la calma, ponerse en la zona de seguridad hasta que pase

el sismo, y en lo posible acercase lo más rápido posible a ayudar a los alumnos(as) en

el lugar que se encuentren (patio Nº1, patio Nº2, Sala Nº4, Baños). Posteriormente

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la directora o encargada de seguridad verificarán que no se haya quedado ningún

alumno en la sala, patio y/o baño.

3.- Fonoaudióloga:

Casi 1) Si la fonoaudióloga está con o sin alumnos(as) en su sala debe mantener la

calma, abrir la puerta y mantenerse en su zona de seguridad. Terminado el sismo

debe dirigirse a la zona de prevención del Patio Nº1. Luego apoyará a las profesoras

con sus alumnos.

Caso 2) Si la fonoaudióloga se encuentra en otra sala de la escuela con o sin

alumnos(as) debe resguardarse en la zona de seguridad más cercana. Terminado el

sismo debe apoyar a las profesoras a evacuar a los alumnos (as)

4.- Apoderados que apoyan el Plan Integral de Seguridad Escolar:

Los apoderados designados deben esperar a que las docentes abran las puertas de

seguridad. Ubicarse al lado de las profesoras de sus cursos correspondientes.

Apoyar en calmar y en entregar a los niños a los padres o apoderados.

5.- Asistente de servicios menores:

Debe mantener la calma, ubicarse en la zona de seguridad más próxima, Terminado

el sismo debe ir a cortar la el gas, la luz y a buscar el kit de seguridad y luego

apoyará a las docentes con los alumnos.

II.- PROTOCOLO EN CASO DE ACCIDENTES O CRISIS DE PÁNICO

Los primeros auxilios deben realizarse inmediatamente en la escuela y estarán a

cargo de las docentes que se han capacitado en primeros auxilios. Si es un accidente

de mayor gravedad, el funcionario que este sin alumnos y que pueda manejar llevará

al accidentado al SAPU de Miraflores u hospital y/o clínica más cercana.

III.- PROTOCOLO PARA LA ENTREGA DE LOS ALUMNOS A SUS PADRES,

APODERADOS O ADULTO RESPONSABLE.

Una vez que estamos todos reunidos en la zona de prevención en el Patio Nº1 y la

Profesora o asistente de la educación de la sala Nº1 ha abierto las puertas de

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evacuación. En ese lugar las profesoras se reúnen con los apoderados de apoyo.

Posteriormente, se realiza una evaluación secundaria, el encargado de Plan Integral

de Seguridad Escolar, inspecciona la escuela para verificar si existen daños y si se

pueden retomar las clases.

En caso de que se deba evacuar la escuela, las profesoras con la ayuda de las

asistentes de la educación y apoderados encargados, entregan a sus alumnos (as) y

van chequeando la lista de emergencia ubicada al final de los libros de clases el

retiro de los niños por un padre, madre, apoderado y adulto responsable autorizado

con anterioridad.

Las profesoras deberán permanecer en la escuela hasta que todos sus alumnos

hayan sido retirados.

6.3. – EN CASO DE INUNDACIÓN

En caso de Inundación:

- La persona que se dé cuenta del origen debe avisar de inmediato a la profesora

monitora y/o coordinadora general del Plan de Emergencia.

- Coordinadora del Plan de emergencia verifica el origen de la inundación.

- El auxiliar de aseo deberá controlar, dentro de lo posible, para que no se

extienda la inundación.

- Se llamará cada apoderado para el retiro oportuno de los alumnos.

- Los alumnos serán retirados por la puerta de escape 3 si la inundación es

provocada por al área del baños de los niños

6.4.- EN CASO DE TEMPORAL

En caso de temporal el establecimiento hará lo siguiente:

- Se llamará cada apoderado para el retiro oportuno de los alumnos.

- Los alumnos serán retirados por la puerta de escape 3.

6.5.- EN CASO DE ASALTO

En caso de asalto:

- Mantenga la calma y obedezca todo lo que él o los asaltantes le indiquen.

- No adopte ninguna postura o actitud que pudiera reflejar resistencia al asalto.

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- Fíjese sin que sea muy notorio, en el o los asaltantes y memorizar: Estatura,

peso, color de cabellos, color y forma de los ojos, sexo, timbre de voz, ropa que

viste, arma que portan, cicatrices, cojeras, bigote.

6.6.- EN CASO DE BOMBA

En caso de Bomba:

- Mantenga la calma

- Dar aviso a su jefatura inmediatamente y/o al Coordinador General.

- No tocar ni manipular el objeto descubierto.

Si el Coordinador General, después de tener conocimiento del aviso de la existencia

de una bomba en la empresa, decide mientras el G.O.P.E. de Carabineros y, antes de

dar la orden de evacuar, revisar las dependencias. Uno de los primeros puntos a

inspeccionar son las rutas de evacuación y lugares anexos a esta.

6.7.- EN CASO DE CORTE DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Si el corte se produce en la Escuela se debe verificar el origen de la falla y darle

solución en el panel eléctrico. Si el corte es en el sector de debe llamar a la empresa

para saber la causa y el tiempo de interrupción.

Se suspende clases en jornada de tarde si ocurre lo siguiente:

- Si es invierno

- el corte se extiende por casi toda la jornada de la tarde.

- El corte impide realizar la jornada pedagógica de manera correcta.

Se llama a los apoderados para el retiro oportuno de sus hijos.

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7.- Plano Escuela de Lenguaje Patito Marino

: Zona de seguridad

: Zona segura

: Vía de evacuación

: Puerta 1 de evacuación

: Puerta 2 de evacuación

: Puerta 3 de evacuación

: Sala 1, 2, 3, 4, 5, 6

: Oficinas 1, 2, 3

: Baño 1, 2, 3, 4.

: Cocina

: Zona de alta tensión

: Extintores

: Copa de agua

: Teléfono

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