Reglamento Para Conductores

14
Fecha de impresión: 24-10-2013 La impresión de este documento constituye una COPIA NO CONTROLADA del mismo, siendo responsabilidad del usuario la verificación de su vigencia. REGLAMENTO Re-04 REGLAMENTO PARA CONDUCTORES INVESTIGACIONES MINERAS & GEOLÓGICAS LTDA. TABLA DE CONTENIDOS 1.- OBJETIVOS 2.- ALCANCE 3.- RESPONSABILIDADES 4.- DOCUMENTOS RELACIONADOS 5.- DEFINICIONES 6.- EQUIPOS Y MATERIALES 7.- DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD 8.- ANÁLISIS DE SEGURIDAD 9.- REGISTROS 10.- BITÁCORA DE ACTUALIZACIÓN 11.- ANEXOS NOMBRE CARGO FECHA FIRMA Actualizado por: Germán Durán N. Jefe Departamento Sistema de Gestión Integrado Octubre 2013 Revisado por: Marcel Alcózer A. Jefe Departamento Prevención de Riesgos Octubre 2013 Revisado por: Mauricio Jorrat W. Gerente de Desarrollo y Operaciones Octubre 2013 Revisado por: Carola Reyes I. Gerente de Recursos Humanos Octubre 2013 Revisado por: Felipe Reyes I. Gerente de Administración Octubre 2013 Aprobado por: Manuel Reyes S. Gerente General Agosto 2012

description

Popuesta Reglamento para conductores de vehículos livianos que se desempeñen entre faenas o ciudades lejanas.

Transcript of Reglamento Para Conductores

  • Fecha de impresin: 24-10-2013

    La impresin de este documento constituye una COPIA NO CONTROLADA del mismo, siendo responsabilidad del usuario la verificacin de su vigencia.

    REGLAMENTO Re-04 REGLAMENTO PARA CONDUCTORES

    INVESTIGACIONES MINERAS & GEOLGICAS LTDA.

    TABLA DE CONTENIDOS

    1.- OBJETIVOS

    2.- ALCANCE

    3.- RESPONSABILIDADES

    4.- DOCUMENTOS RELACIONADOS

    5.- DEFINICIONES

    6.- EQUIPOS Y MATERIALES

    7.- DESCRIPCIN DE LA ACTIVIDAD

    8.- ANLISIS DE SEGURIDAD

    9.- REGISTROS

    10.- BITCORA DE ACTUALIZACIN

    11.- ANEXOS

    NOMBRE CARGO FECHA FIRMA

    Actualizado por:

    Germn Durn N. Jefe Departamento Sistema

    de Gestin Integrado Octubre

    2013

    Revisado por:

    Marcel Alczer A. Jefe Departamento

    Prevencin de Riesgos Octubre

    2013

    Revisado por:

    Mauricio Jorrat W. Gerente de Desarrollo y

    Operaciones Octubre

    2013

    Revisado por:

    Carola Reyes I. Gerente de Recursos

    Humanos Octubre

    2013

    Revisado por:

    Felipe Reyes I. Gerente de Administracin Octubre

    2013

    Aprobado por:

    Manuel Reyes S. Gerente General Agosto 2012

  • REGLAMENTO Ttulo: REGLAMENTO PARA CONDUCTORES Cdigo: Re-04

    2Edicin Octubre de 2013 Vigencia Octubre de 2016 Pg.: 2 de 14

    Fecha de impresin: 24-10-2013

    La impresin de este documento constituye una COPIA NO CONTROLADA del mismo, siendo responsabilidad del usuario la verificacin de su vigencia.

    1. OBJETIVOS

    Prevenir incidentes en que intervengan vehculos y/o que puedan comprometer la integridad fsica de peatones, conductores o instalaciones. Determinar los lineamientos bsicos de conducta de nuestros trabajadores, los requisitos para la obtencin de la Licencia Interna de Conducir en IMG Ltda., requisitos complementarios a los establecidos en las distintas faenas donde presta servicios la empresa, adems de las sanciones para las infracciones cometidas.

    ALCANCE

    El presente Instructivo est dirigido a todas las operaciones y dependencias de IMG Ltda., as como a todos sus trabajadores, que tengan a cargo la administracin, custodia, mantenimiento o el uso de vehculos para satisfacer necesidades de su operacin, ya sean de propiedad de la Empresa, contratados o en leasing.

    RESPONSABILIDADES

    Gerente de Desarrollo y Operaciones y Sub-Gerente Tcnico: Velar por la implementacin, ejecucin y control del presente Instructivo en todas las dependencias y contratos de la Empresa, as como de aplicar las sanciones ante el incumplimiento de lo establecido. Administrador de Contrato: Otorgar la licencia interna a los trabajadores que cumpla con los requisitos para conducir vehculos como parte de sus funciones en IMG LTDA. Supervisor (Lnea de Mando): Persona que solicita la Licencia. Asegurar que la persona para quin solicita la licencia, tenga siempre una conduccin segura, y prudente. Corregir conductas inseguras en la conduccin de las personas para las que ha solicitado Licencia Interna de Conducir.

    Departamento de Prevencin de Riesgos: Responsable de fiscalizar el cumplimiento de este reglamento en cada uno de los contratos de la empresa. Todos los trabajadores Conductores: Dar cumplimiento a los requisitos de la legislacin, normativa vigente y los requisitos de cada Mandante en relacin a la conduccin de vehculos; adems de mantener vigente su licencia interna. Reportar todos los incidentes asociado a la conduccin, sean con o sin daos a personas o equipos. Portar en todo momento su licencia interna (vigente) y en particular cuando conduzcan el vehculo. Prevencionistas de Riesgo: Asesorar a la Administracin del contrato para la aplicacin, difusin, control y ejecucin del presente Reglamento, as como chequear la documentacin presentada en las solicitudes de Licencia. Asegurar el cumplimiento de los controles de verificacin de estado de vehculos; asistir a la entrega de los vehculos en el cambio de turno; y reportar desviaciones.

  • REGLAMENTO Ttulo: REGLAMENTO PARA CONDUCTORES Cdigo: Re-04

    2Edicin Octubre de 2013 Vigencia Octubre de 2016 Pg.: 3 de 14

    Fecha de impresin: 24-10-2013

    La impresin de este documento constituye una COPIA NO CONTROLADA del mismo, siendo responsabilidad del usuario la verificacin de su vigencia.

    DOCUMENTOS RELACIONADOS

    LEY N 18.290 LEY DE TRANSITO: (Publicada en el Diario Oficial N 31.791 del 7 de febrero de 1984). Precepto legal que tiene por objeto la fiscalizacin del trnsito.

    REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA: Decreto Supremo N 72 (21.10.85). Ministerio de minera. Normas que rigen las condiciones de Seguridad e Higiene Industrial en las faenas mineras, incluyendo las medidas de trnsito dentro del rea industrial en la minera subterrnea y a tajo abierto (Ttulo V, captulo Primero. Generalidades; captulo Segundo, Transporte. artculos 232 al 271), cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el D.S. N 132 de 2002, del Ministerio de Minera

    MANUAL DE SEALIZACIN DE TRANSITO: Decreto Supremo 121-82 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece las normas sobre sealizacin vial que deben ser aplicadas obligatoriamente en todo el territorio nacional. LEY N 19.495: Modifica la Ley N 18.290, Ley de Trnsito, en lo relativo a la obtencin de licencias de conducir.

    DEFINICIONES

    Conductor: Persona habilitada y capacitada tcnica y tericamente para operar vehculos de

    la Empresa.

    Licencia Municipal de Conductor: Documento pblico de carcter personal e intransferible expedido por autoridad competente, que autoriza a una persona para la conduccin de vehculos automotores con validez en todo el territorio nacional.

    Examen Psicosensomtrico: Examen para evaluar un conjunto de capacidades y destrezas

    de conduccin u operacin segn lo indicado en el DS 170 del Ministerio Transporte y Telecomunicaciones.

    Licencia de Conducir Interna: Documento emitido por IMG Ltda con el cual se habilita a una

    persona para conducir vehculos de la Empresa.

    EQUIPOS Y MATERIALES

    N/A

    REGLAMENTACIN.

    Slo podrn conducir, operar, mover o efectuar pruebas a los vehculos y equipos motorizados propiedad de la empresa o rentados por la misma, los trabajadores que estn debidamente autorizados por la Administracin de IMG Ltda, para realizar tales funciones. Las autorizaciones para conducir vehculos livianos o de carga, tendrn una vigencia igual a la fecha del documento que primero caduque (curso, examen o licencia municipal), y la duracin mxima estar dada por el tiempo que dure el contrato con el cliente, para el caso de los cargos administrativos la duracin mxima ser de tres aos

  • REGLAMENTO Ttulo: REGLAMENTO PARA CONDUCTORES Cdigo: Re-04

    2Edicin Octubre de 2013 Vigencia Octubre de 2016 Pg.: 4 de 14

    Fecha de impresin: 24-10-2013

    La impresin de este documento constituye una COPIA NO CONTROLADA del mismo, siendo responsabilidad del usuario la verificacin de su vigencia.

    La solicitud para la obtencin de la licencia interna de conducir Re 04 R01 (Anexo 1), es presentada por el Supervisor responsable de los trabajos, o por el jefe directo del postulante; esta solicitud junto con la documentacin que la soporta, es entregada al Prevencionista de Riesgos del contrato quien la revisa y cuando tenga certeza de que se cuenta con todos los requisitos se entrega al Administrador del Contrato quien visa y finalmente otorga la Licencia Interna. En el caso del personal administrativo en la empresa, es el Jefe del Departamento de Prevencin de Riesgos y el Gerente que corresponda a su Unidad los encargados de gestionar y visar las licencias respectivamente. Toda renovacin o modificacin se har en virtud de una solicitud expresa de la respectiva supervisin o Administrador de Contrato de IMG Ltda. Las autorizaciones, adems de los datos inherentes a la identificacin del trabajador y lugar de trabajo, lleva claramente definido el tipo de vehculo motorizado que se autoriza al portador conducir u operar, quedando estrictamente prohibido, manejar otros vehculos no especificados en la autorizacin. A travs del Art. 39 y 374 del DS 132: Reglamento de Seguridad Minera, se establece claramente que es obligacin de los trabajadores verificar al inicio de su jornada de trabajo el buen funcionamiento de los equipos o elementos presentes en su lugar de trabajo. Dando cuenta a su supervisin o jefe directo en caso de encontrar deficiencias. Con el objeto de cumplir con lo anterior, cada trabajador debe realizar una verificacin diaria de los elementos, asociados al vehculo y la conduccin (realizando la inspeccin ampliamente conocida en minera como la Vuelta del Perro), que se consultan en el registro Re 04 R03 Lista de verificacin diaria a vehculos. Este registro es exclusivo de cada vehculo y la verificacin diaria debe ser realizada a conciencia del conductor, a travs de la constatacin visual y chequeo de documentos segn corresponda. Al menos una vez a la semana el Prevencionista de Riesgos realiza una Observacin Planeada de Tarea (OPT) respecto de la correcta verificacin diaria del estado del vehculo (Check list diario) por parte del conductor, para ello, utiliza el registro Re 04 R05 Observacin Planeada de Tarea Conduccin en el cual evala el cumplimiento de todas las verificaciones requeridas en la Lista de Verificacin Diaria de Vehculos (Re 04 R03). El registro es enviado al Jefe del Departamento de Prevencin de Riesgos. Las observaciones que se generen son discutidas con el Conductor con el objeto de indicarle la forma correcta de realizar cada uno de los controles, la importancia de la verificacin y del cumplimiento de cada una de las directrices de este Reglamento. La Verificacin Diaria de Vehculos (Re 04 R03) realizada sistemticamente por los conductores, permite determinar deficiencias en los vehculos y dar soluciones tempranas antes que ellas se transformen en focos de potenciales incidentes. Es por ello, que se debe entregar los recursos y velar por el cumplimiento sistemtico y no slo por el requerimiento legal que se establece, sino como un mecanismo de registro formal para comunicar y hacer seguimiento de las acciones de mejora implementadas por la misma Administracin.

  • REGLAMENTO Ttulo: REGLAMENTO PARA CONDUCTORES Cdigo: Re-04

    2Edicin Octubre de 2013 Vigencia Octubre de 2016 Pg.: 5 de 14

    Fecha de impresin: 24-10-2013

    La impresin de este documento constituye una COPIA NO CONTROLADA del mismo, siendo responsabilidad del usuario la verificacin de su vigencia.

    En este sentido, toda vez que el conductor detecte una desviacin en alguno de los puntos evaluados, debe comunicarlo inmediatamente a su supervisor, quien a su vez debe reportarlo al Administrador de Contrato y al Prevencionista de Riesgos correspondiente, quien formaliza a su vez un reporte de hallazgo de acuerdo al procedimiento PI 06 Gestin de No Conformidades. Semanalmente, el Administrador de contrato escanea el listado de verificacin lleno de cada vehculo y enva una copia al Jefe de Procesos y Gestin de Abastecimiento, quien a su vez prepara un informe general del estado de los vehculos y lo enva quincenalmente a la empresa que realiza la Mantencin Preventiva de los equipos de IMG. De igual manera, toda vez que un conductor comienza su turno realiza una verificacin exhaustiva del estado del vehculo que recibe bajo su responsabilidad, para ello, junto con llenar la Lista de verificacin diaria de vehculos, llena el registro Re 04 R04 Check list de turno - vehculos. De igual manera esta verificacin es acompaada por el Jefe Directo y el Prevencionista de Riesgos, quien analiza la informacin y reporta cualquier desviacin al Jefe del Departamento de Prevencin de Riesgos y Administrador de Contrato. Los registros Re 04 R04 Check list de turno Vehculos, son enviados al Jefe de Departamento de Prevencin de Riesgos y al Jefe de Procesos y Gestin de Abastecimiento. CLASES DE LICENCIAS En IMG Ltda. de acuerdo a las caractersticas de las actividades que se realizan, se otorgan las siguientes clases de Licencias de Conducir:

    PROFESIONALES NO PROFESIONALES

    Clase A2: para conducir taxis, ambulancias o

    vehculos motorizados de transporte pblico y

    privado de personas con capacidad de 10 a

    17 pasajeros, sin contar al conductor.

    Furgones para traslado de personal.

    Las licencias profesionales habilitan para

    conducir vehculos particulares clase B.

    Camionetas.

    PROFESIONALES NO PROFESIONALES

    Clase A3: Para taxis, vehculos de transporte

    remunerado de escolares, ambulancias o

    vehculos de transporte pblico y privado de

    personas, sin limitacin de capacidad de

    asientos. Bus.

    Clase B: para vehculos motorizados de tres o

    cuatro ruedas para transporte particular de

    personas con capacidad de hasta 9 asientos o

    de carga cuyo peso vehicular sea hasta 3.500

    kilogramos. Tambin podrn arrastrar un

    remolque cuyo peso no sea superior al de la

    unidad motriz y cuyo peso conjunto no exceda

    los 3.500 kilogramos. Ejemplo: automviles,

    camionetas, furgones, furgonetas.

    Clase A4: para transporte de carga cuyo peso

    bruto sea superior a 3.500 kilogramos.

    Camiones.

    ESPECIALES

  • REGLAMENTO Ttulo: REGLAMENTO PARA CONDUCTORES Cdigo: Re-04

    2Edicin Octubre de 2013 Vigencia Octubre de 2016 Pg.: 6 de 14

    Fecha de impresin: 24-10-2013

    La impresin de este documento constituye una COPIA NO CONTROLADA del mismo, siendo responsabilidad del usuario la verificacin de su vigencia.

    Clase A5: para conducir vehculos de carga,

    simples o articulados, cuyo peso bruto sea

    superior a 3.500 kilogramos.

    Clase D: para maquinaria automotriz como

    tractores, palas mecnicas y otros.

    REQUISITOS PARA LA OBTENCIN DE LICENCIA INTERNA DE CONDUCCIN El Supervisor entrega al Prevencionista de Riesgos del contrato los siguientes documentos:

    Formulario Solicitud de Licencia Interna de Conducir Re 04 R01: este registro es firmado por el Supervisor Directo quien asume la idoneidad del trabajador para realizar labores como conductor y las necesidades propias del servicio.

    Curso de Manejo Defensivo, cuya antigedad no deber ser mayor a dos aos.

    Examen Psicosensomtrico aprobado y al da: Todo el personal autorizado para conducir en IMG Ltda. deber realizarse un examen Psicosensomtrico riguroso, que en el caso de los conductores de vehculos livianos deber ser renovado cada cuatro aos, y para los conductores Profesionales (Vehculos de transporte de personal, vehculos pesados con peso superior a los 3.500 Kg) tendr que ser renovado cada un ao, segn lo establece el D.S. 132.

    Hoja de Vida del Conductor: La Hoja de Vida del conductor tiene una vigencia de 6 meses desde la fecha de emisin. En el caso de existir registros de faltas denominadas Graves, se realiza una evaluacin entre el Administrador de Contrato y el Prevencionista de Riesgo para analizar su eventual aprobacin (faltas graves en la conduccin son las contenidas en la Ley 18.290, adems se podrn considerar las establecidas en el Reglamento Interno de la empresa, los contratos de trabajo y otros cuerpos legales relacionados).

    Licencia Municipal de Conductor al da (fotocopia por ambos lados): debe tener una antigedad de emisin no menor a dos aos, en el caso que un trabajador se encuentre con su Licencia de conducir Municipal retenida por Carabineros, y se encuentre manejando con permiso provisorio emitido por esta misma entidad, NO podr postular a Licencia Interna mientras no recupere su Licencia Municipal.

    Una Foto tamao Carnet con Nombre completo y Rut.

    Fotocopia Contrato de trabajo: en el contrato individual de trabajo debe indicar que dentro de las funciones o cargo del trabajador se encuentra la Conduccin como complemento de sus actividades.

    Formulario Re 04 R02 Carta de Compromiso del Conductor: donde el trabajador se compromete a tener una conducta segura considerando una serie de conceptos (Anexo 2)

  • REGLAMENTO Ttulo: REGLAMENTO PARA CONDUCTORES Cdigo: Re-04

    2Edicin Octubre de 2013 Vigencia Octubre de 2016 Pg.: 7 de 14

    Fecha de impresin: 24-10-2013

    La impresin de este documento constituye una COPIA NO CONTROLADA del mismo, siendo responsabilidad del usuario la verificacin de su vigencia.

    No se otorgar Licencias Internas de Conducir bajo las siguientes circunstancias: Aquellos trabajadores que presenten en su Hoja de Vida del Conductor;

    2 infracciones gravsimas en los ltimos 24 meses.

    Tres o ms suspensiones de Licencia Municipal durante su vida de conductor. Perdern su validez la licencia interna de conductor, cuando:

    El trabajador que est involucrado en un accidente de trnsito mientras se determine su responsabilidad.

    Haya expirado su vigencia o sea solicitado expresamente por un Supervisor debido a facultades fsicas disminuidas, debido al cambio de clasificacin, racionalizacin de operadores, etc.

    Se compruebe la adulteracin del documento.

    El trabajador se retira de IMG Ltda. en cuyo caso el documento de autorizacin debe entregarse junto con el cargo, al Supervisor directo.

    CLASIFICACIN DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

  • REGLAMENTO Ttulo: REGLAMENTO PARA CONDUCTORES Cdigo: Re-04

    2Edicin Octubre de 2013 Vigencia Octubre de 2016 Pg.: 8 de 14

    Fecha de impresin: 24-10-2013

    La impresin de este documento constituye una COPIA NO CONTROLADA del mismo, siendo responsabilidad del usuario la verificacin de su vigencia.

    FALTAS

    SERIAS O GRAVE 1 instancia 2 instancia 3 instancia 4 instancia

    Conducir Vehculo a exceso de velocidad por sobre 21 kl/hr

    por sobre el lmite permitido en el lugar.

    Conducir un vehculo con uno o ms neumticos en mal

    estado.

    No respetar los signos y dems seales que rigen el transito

    publico al interior de la empresa.

    Conducir un vehculo contra el sentido del trnsito y/o en

    lugares no permitidos.

    No respetar el derecho preferente de paso de peatn, otros

    vehculos u equipos.

    Conducir un vehculo con sus sistemas de direccin o de

    freno en condiciones deficientes.

    Conducir un vehculo sin luces encendidas de noche.

    Efectuar servicios pblicos de pasajeros con vehculos

    rechazados en las revisiones de reglamento, o respecto a los

    cuales no se haya cumplido el trmite en sus oportunidades.

    Remolcar vehculo en condiciones inseguras.

    Conducir un vehculo con uno o ms neumticos en mal

    estado.

    Infringir las normas sobre el transporte de pasajeros en los

    vehculos de carga.

    Deteriorar o alterar cualquier seal de transito.

    No usar cinturn de seguridad o los equipos de proteccin

    personal tanto los conductores, operadores y/o pasajeros.

    Estacionar el vehculo y bajarse el conductor u operador

    dejando el motor en marcha.

    No permitir el adelantamiento acelerando el vehculo.

    No sealizar en virajes, adelantamientos o cambios de pista.

    No portar herramientas, botiqun o extintor.

    Exceso de pasajeros o transporte de pasajeros en vehculo

    no autorizado.

    Exceso de carga o carga mal estibada.

    MENOR O MENOS GRAVES. 1 instancia 2 instancia 3 instancia 4 instancia

    Conducir Vehculo a exceso de velocidad por sobre 10 kl/hr

    por sobre el lmite permitido en el lugar.

    Estacionar un vehculo en lugares prohibidos.

    No hacer seales debidas antes de virar.

    Conducir un vehculo sin silenciador o con ste y el tubo de

    escape en malas condiciones, o con el tubo de salida

    antirreglamentario

    No llevar limpia parabrisas.

    No dar cumplimiento el titular a las obligaciones que se le

    hayan impuesto en la licencia de conducir.

    Destinar y mantener en circulacin un vehculo de servicio

    pblico de pasajeros o de carga que no cumpla con los requisitos

    establecidos en la ley, su reglamento o aquellas normas que dicte

    el Ministerio de transporte y Telecomunicaciones.

    Conducir sin luces encendidas durante el da.

    Conducir de manera descuidada, errtica

    Conducir sin portar la Licencia Interna.

    No respetar las instrucciones de los escoltas.

    1.- Reunin con Administrador de

    Contrato.

    2.- Amonestacin escrita con copia

    a la Inspeccin del Trabajo.

    1.- Reunin con

    Gerente de

    Operaciones y

    Administrador de

    contrato.

    2.- Amonestacin

    escrita con copia a la

    Inspeccin del Trabajo.

    3.- 2 semanas sin

    autorizacin de

    conducir vehculos a

    causa o con ocasin de

    su trabajo.

    1.- Desvinculacin

    o prohibicin de

    conduccin de

    vehculos a causa

    o con ocasin de

    su trabajo.

    SANCIONES

    1.- Amonestacin verbal por parte

    del Administrador de Contrato.

    1.- Reunin con

    Administrador de

    contrato.

    2.- Amonestacin

    escrita con copia a la

    Inspeccin del trabajo.

    3.- 1 semana sin

    autorizacin para

    conducir vehculos a

    causa o con ocasin del

    trabajo.

    1.- Reunin con el

    Gerente de

    Operaciones y

    Administrador de

    contrato.

    2.- Amonestacin

    escrita con copia a

    la inspeccin del

    trabajo.

    3.- 2 semanas sin

    autorizacin de

    conducir vehculos

    a causa o con

    ocasin de su

    trabajo.

    1.- Desvinculacin

    o 3 meses sin

    autorizacin de

    conducir vehculos

    a causa o con

    ocasin de su

    trabajo.

  • REGLAMENTO Ttulo: REGLAMENTO PARA CONDUCTORES Cdigo: Re-04

    2Edicin Octubre de 2013 Vigencia Octubre de 2016 Pg.: 9 de 14

    Fecha de impresin: 24-10-2013

    La impresin de este documento constituye una COPIA NO CONTROLADA del mismo, siendo responsabilidad del usuario la verificacin de su vigencia.

    ANLISIS DE SEGURIDAD

    N/A

    REGISTROS

    Cdigo Nombre Lugar Tiempo Disposicin

    Re 04 R01 Solicitud de Autorizacin de

    Licencia Interna para Conducir

    Carpetas Personales

    Duracin del

    Contrato

    Almacenar Bodega de Documentacin

    Re 04 R02 Compromiso del Conductor Carpetas

    Personales

    Duracin del

    Contrato

    Almacenar Bodega de Documentacin

    Re 04 R03 Lista de Verificacin Diaria a

    Vehculos

    Of. Prevencionista

    de Riesgo

    Duracin contrato

    Almacenar Bodega de Documentacin

    Re 04 R04 Check list de Turno -

    Vehculos

    Of. Prevencionista

    de Riesgo

    Duracin contrato

    Almacenar bodega de documentacin

    Re 04 R05 Observacin Planeada de

    Tarea Conduccin

    Of. Jefe Departamento de Prevencin

    de Riesgos

    Duracin contrato

    Almacenar en bodega de documentacin

    BITCORA DE ACTUALIZACIN

    ANEXOS

    Re 04 R01 Solicitud de autorizacin Licencia Interna para Conducir

    Re 04 R02 Compromiso del Conductor

    Re 04 R04 Check list de Turno - Vehculos

    Versin Fecha Modificacin

    03 Octubre de 2013 Se incorpora control de realizacin del Check list diario por parte del Prevencionista de Riesgos y acompaamiento de este en la entrega la verificacin del estado del vehculo al inicio de turno.

    02 Abril 2013 Se incorpora detalle de responsabilidades y registros asociados a la verificacin diaria y por cambio de turnos de los vehculos de la Organizacin.

    01 Agosto 2012 Elaboracin de documentos.

  • REGLAMENTO Ttulo: REGLAMENTO PARA CONDUCTORES Cdigo: Re-04

    2Edicin Octubre de 2013 Vigencia Octubre de 2016 Pg.: 10 de 14

    Fecha de impresin: 24-10-2013

    La impresin de este documento constituye una COPIA NO CONTROLADA del mismo, siendo responsabilidad del usuario la verificacin de su vigencia.

  • REGLAMENTO Ttulo: REGLAMENTO PARA CONDUCTORES Cdigo: Re-04

    2Edicin Octubre de 2013 Vigencia Octubre de 2016 Pg.: 11 de 14

    Fecha de impresin: 24-10-2013

    La impresin de este documento constituye una COPIA NO CONTROLADA del mismo, siendo responsabilidad del usuario la verificacin de su vigencia.

  • Fecha de impresin: 24-10-2013

    La impresin de este documento constituye una COPIA NO CONTROLADA del mismo, siendo responsabilidad del usuario la verificacin de su vigencia.

    REGLAMENTO Re-04 REGLAMENTO PARA CONDUCTORES

    INVESTIGACIONES MINERAS & GEOLGICAS LTDA.

    MES:

    VEHCULOMARCA :

    PATENTE :

    N INTERNO:

    LLENAR SEGN CORRESPONDA: BUENO MALO Km inicial Km Final

    ELEMENTO/ SISTEMA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31

    DOCUMENTOS

    PERMISO CIRCULACIN

    REVISIN TCNICA

    PADRN

    CERTIFICADO BARRAS ANTIVUELCO

    LUCES DELANTERAS

    LUCES TRASERAS

    LUZ FRENO

    INDICADOR VIRAJE

    NEUMATICOS DELANTEROS

    NEUMATICOS TRASEROS

    NEUMATICO REPUESTO

    APRIETE TUERCAS

    DIRECCION

    FRENO DE MANO

    FRENOS

    LUZ RETROCESO

    ESPEJOS RETROVISORES

    PARABRISAS

    CINTURON DE SEGURIDAD

    VELOCIMETRO

    RELOJES INDICADORES INT.

    EXTINTOR

    BOCINA

    VIDRIOS PUERTAS

    ESTADO PUERTAS

    ASEO INTERIOR

    TRIANGULOS

    FUGAS / DERRAMES ACEITE

    LIMPIA PARABRISAS

    BALIZA

    PERTIGA

    GATA,HERRAMIENTAS

    ALARMA

    RADIO

    TERCER OJO

    GPS

    BARRA ANTIVUELCO

    FIRMA CONDUCTOR

    INICIALES CONDUCTOR

    FIRMA JEFE SUPERVISOR

    NOTA LOS EQUIPOS, CAMIONES Y VEHICULOS TRANSPORTE DE PERSONAL SOLO PODRAN TRANSITAR PORTANDO EL CHEQUEO REALIZADO AL DIA

    Observacin:

    LISTA DE VERIFICACIN DIARIA A VEHICULOS

    X

    Re 04 R03

  • REGLAMENTO Ttulo: REGLAMENTO PARA CONDUCTORES Cdigo: Re-04

    2Edicin Octubre de 2013 Vigencia Octubre de 2016 Pg.: 13 de 14

    Fecha de impresin: 24-10-2013

    La impresin de este documento constituye una COPIA NO CONTROLADA del mismo, siendo responsabilidad del usuario la verificacin de su vigencia.

    Check List de Turno - Vehculos Re 04 R04

    CAMIONETA ____________ PATENTE - KMS _________ FECHA / /

    COMENTARIOS___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

    Permiso Circulacin Vence _______/_______/______ Revisin Tcnica Vence ________/______/_______

    Seguro Obligatorio Vence ________/_______/______ Tarjeta Copec ________ N de Pase _______

    Certificado de Emisiones Contaminantes__________ Certificado de Barras Certificado lminas anti astillado de vidrios

    Proyecto: ____________ Padrn _________ Combustible E F

    Prxima Mantencin KMS______________________ Prximo Apriete de neumticos y Traba Tuercas KMS______________________

    Cinturones de seguridad Frenos Servicio Frenos de Mano Espejos Retrovisores Exteriores Espejo Retrovisor Interior Luces Altas Luces Bajas Luces de freno Luces Intermitentes Luces Estacionamiento Luces Marcha Atrs Luz Patente Luz Interior Vidrios laterales Izquierdos Vidrios laterales Derechos Parabrisas Delantero Parabrisas Trasero Turbo Protector

  • REGLAMENTO Ttulo: REGLAMENTO PARA CONDUCTORES Cdigo: Re-04

    2Edicin Octubre de 2013 Vigencia Octubre de 2016 Pg.: 14 de 14

    Fecha de impresin: 24-10-2013

    La impresin de este documento constituye una COPIA NO CONTROLADA del mismo, siendo responsabilidad del usuario la verificacin de su vigencia.

    Limpieza

    Interior (Asientos) Interior (Torpedo y Guantera) Vidrios ( Dentro y Fuera) Techo Interior Exterior (Carrocera) Pick Up Cenicero Porta herramientas Accesorios

    Gata Llave ruedas y barrotes Tringulos Reflectantes Extintor Vence ______________ Botiqun de primeros auxilios Barra Antivuelco N interno Logotipo I.M.G Traba Volante Corta Corriente Alarma Cubre Tapiz General

    Estado de cada Neumtico por separado

    Del. Der. Profundidad 4m 5m 6m 7m OK Del. Izq. Profundidad 4m 5m 6m 7m OK Tras. Der. Profundidad 4m 5m 6m 7m OK N de Llantas O K

    Tras. Izq. Profundidad 4m 5m 6m 7m OK N de Aros O K

    CONDUCTOR_________________________ SUPERVISOR_____________________________

    RUT _________________________ RUT. _____________________________

    FIRMA _________________________ FIRMA _____________________________

    Prevencionista de Riesgo: ______________________________ Firma: __________________

    Rueda de repuesto 01___ 02___ Radio Fija Radio Comercial Est Operativa Encendedor Antena Radio Comercial Prtiga Panel Desmontable Baliza Parlantes Delanteros izq. / der. Cubre Pisos Delanteros Parlantes Traseros izq. / der. Cubre Pisos Traseros Aire Acondicionado Manillas puertas y techo Foco de Retroceso Tapa Petrleo Cuas Plsticas GPS

    Cuas de Metal Mobileye

    Instrucciones: deber de llenarse con una cuando el chequeo se encuentre bueno con una x cuando no este conforme y se debe de escribir el comentario describiendo cualquier problema o no conformidad en las lneas marcadas como comentarios.