(Repaso Teoria _actas de Inspección_)

11
Trastienda Estudiandotributario ;-p www.estudiandotributario.es Webmaster Agentes 1 REPASO TEORÍA Actas de Inspección Introducción El presente documento de repaso de teoría pretende explicar de forma práctica algunas de las cuestiones más relevantes relativas a las actas de inspección. Índice 1. Valor probatorio de las actas. Artículo 144 LGT. 2. Modelos de actas. 3. Definición de acta con acuerdo. Artículo 155.1 LGT. 4. Plazos en las actas. 5. Análisis artículo 156 apartado 3 letra c) LGT. 6. Conformidad parcial en las actas. 7. Artículo 101 apartado 4 letra b) LGT.

description

inspeccion tributaria

Transcript of (Repaso Teoria _actas de Inspección_)

  • Trastienda Estudiandotributario ;-p www.estudiandotributario.es Webmaster Agentes

    1

    REPASO TEORA Actas de Inspeccin

    Introduccin

    El presente documento de repaso de teora pretende explicar de forma prctica algunas de las cuestiones ms relevantes relativas a las actas de inspeccin.

    ndice

    1. Valor probatorio de las actas. Artculo 144 LGT. 2. Modelos de actas. 3. Definicin de acta con acuerdo. Artculo 155.1 LGT. 4. Plazos en las actas. 5. Anlisis artculo 156 apartado 3 letra c) LGT. 6. Conformidad parcial en las actas. 7. Artculo 101 apartado 4 letra b) LGT.

  • Trastienda Estudiandotributario ;-p www.estudiandotributario.es Webmaster Agentes

    2

    1. Valor probatorio de las actas. Artculo 144 LGT,

    Artculo 144 LGT: 1. Las actas extendidas por la inspeccin de los tributos tienen naturaleza de documentos pblicos y hacen prueba de los hechos que motiven su formalizacin, salvo que se acredite lo contrario.

    2. Los hechos aceptados por los obligados tributarios en las actas de inspeccin se presumen ciertos y slo podrn rectificarse mediante prueba de haber incurrido en error de hecho.

    Comentario al apartado 1:

    La naturaleza de documento pblico del acta le confiere una presuncin de veracidad difcil de destruir por el obligado tributario. En la prctica es muy difcil tumbar un acta por el contenido. Lo normal es que las oposiciones de los obligados tributarios se refieran a aspectos formales del procedimiento o a los fundamentos de derecho que motivan los hechos descritos en el acta.

    Por ejemplo: si la Inspeccin considera que la compra de un vehculo no se puede considerar gasto por no estar directamente relacionada con la actividad econmica ser el obligado tributario el que deber probar que s que si lo est

    Comentario al apartado 2:

    En este caso, la presuncin de veracidad del acta como documento pblico se ver reforzada por la aceptacin del obligado tributario (mediante su firma). En este caso, adems de destruir la presuncin de veracidad comentada en el apartado 1 el obligado tributario debera probar que incurri en error de hecho cuando firmo el acta. Sera doblemente difcil.

    Ejemplos de error de hecho: amenazas para firmar, no se sabe lo que se firma (engao), etc.

  • Trastienda Estudiandotributario ;-p www.estudiandotributario.es Webmaster Agentes

    3

    Los mismos comentarios se podran realizar sobre el valor probatorio de las diligencias (artculo 107 LGT).

    2. Modelos de actas.

    A01: Acta firmada en conformidad. A02: Acta firmada en disconformidad. A11: Acta con acuerdo

    3. Definicin de acta con acuerdo. Artculo 155.1 LGT.

    1. Cuando para la elaboracin de la propuesta de regularizacin deba concretarse la aplicacin de conceptos jurdicos indeterminados, cuando resulte necesaria la apreciacin de los hechos determinantes para la correcta aplicacin de la norma al caso concreto, o cuando sea preciso realizar estimaciones, valoraciones o mediciones de datos, elementos o caractersticas relevantes para la obligacin tributaria que no puedan cuantificarse de forma cierta, la Administracin tributaria, con carcter previo a la liquidacin de la deuda tributaria, podr concretar dicha aplicacin, la apreciacin de aquellos hechos o la estimacin, valoracin o medicin mediante un acuerdo con el obligado tributario en los trminos previstos en este artculo.

    Anlisis de la definicin:

    1. En primer lugar destacar la palabra podr de la definicin. La Inspeccin puede o no redactar un acta con acuerdo. En ningn caso, la Inspeccin est obligada a extender un acta con acuerdo a peticin del obligado tributario. No es un derecho de los que aparecen en el artculo 34 LGT.

  • Trastienda Estudiandotributario ;-p www.estudiandotributario.es Webmaster Agentes

    4

    2. Ejemplos de conceptos jurdicos indeterminados que aparecen en la normativa tributaria:

    - Diligencia de un buen padre de familia. - organizacin en delito de contrabando. Cundo se considera

    organizacin? 2, 3, 4 o ms personas, con oficina o sin ella, etc. - Artculo 179 apartado 2 letra d) no habr responsabilidad en

    materia de infracciones tributarias cuando se haya puesto la diligencia necesaria en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Entre otros supuestos, se entender que se ha puesto la diligencia necesaria cuando el obligado haya actuado amparndose en una interpretacin razonable de la norma.

    3. Estimaciones, valoraciones o mediciones. Un ejemplo paradigmtico sera el supuesto de que no existe contabilidad o sta se ha destruido, en este ltimo caso, por una causa de fuerza mayor (incendio, etc.).

    En estos casos, cmo se pueden averiguar los ingresos y los gastos del obligado tributario para determinar sus obligaciones tributarias? La respuesta est en la aplicacin de estas estimaciones, valoraciones o mediciones.

    Ejemplo:

    Se podra sacar los ingresos estimados de un bar contando el nmero de servilletas que gasta en un periodo de tiempo determinado estimando que cada servilleta equivale a un consumo medio por cliente de X euros.

    4. Plazos en las actas.

    En las actas con acuerdo y en las firmadas en conformidad el plazo para entender producida y notificada la liquidacin tributaria de acuerdo con la propuesta formulada en el acta se empieza a contar desde el da siguiente.

  • Trastienda Estudiandotributario ;-p www.estudiandotributario.es Webmaster Agentes

    5

    Ejemplo:

    Se firma el acta de conformidad el da 2 de octubre. En este caso, se entendera producida y notificada la liquidacin tributaria de acuerdo con la propuesta formulada en el acta el da 3 de noviembre.

    5. Anlisis artculo 156 apartado 3 letra c) LGT.

    Por qu el rgano competente para liquidar habra de confirmar la liquidacin propuesta en un acta firmada en conformidad?

    La respuesta tiene que ver, principalmente, con el plazo de realizacin de las actuaciones inspectoras regulado en el artculo 150.1 LGT.

    Imaginemos el siguiente procedimiento:

    1 _________________________________/2_________________/3 Inicio procedimiento firma acta conformidad notificacin liquidacin Da 01/01/2010 da 05/12/2010 30/12/2010

    En este caso, suponiendo que no haya interrupciones justiciadas ni dilaciones no imputables al obligado tributario ni ampliaciones, el procedimiento debera terminar el da 01/01/2011 conforme al artculo 150.1 LGT. Si el acta se notifica el da 5/12/2010 la liquidacin se entendera producida y notificada (de forma tcita) el da 6/01/2011. En este caso no se habra cumplido con el plazo que establece el artculo 150 LGT.

    No obstante, el Inspector jefe (rgano competente para liquidar) amparndose en el artculo 156.3.c) LGT dicta resolucin del procedimiento notificndose la misma el da 30/12/2010 y cumpliendo as con el plazo establecido en el artculo 150.1 LGT.

  • Trastienda Estudiandotributario ;-p www.estudiandotributario.es Webmaster Agentes

    6

    Tambin, en caso de que el acta arroje un resultado a devolver a favor el obligado tributario, el Inspector jefe podra dictar y notificar la resolucin sin tener que esperar a que se produzca la notificacin tcita. De este modo, se devengaran menos intereses de demora a favor del obligado tributario.

    6. Conformidad parcial en las actas.

    Actas con acuerdo. Artculo 186 apartado 8 RGAT.

    Cuando el obligado tributario suscriba un acta con acuerdo que no afecte a todos los elementos regularizados de la obligacin tributaria, se proceder de la siguiente forma:

    a. Si se manifestase la conformidad al resto de los elementos regularizados no incluidos en el acta con acuerdo, la propuesta de liquidacin contenida en el acta de conformidad incluir todos los elementos regularizados de la obligacin tributaria. La cuota tributaria incluida en la propuesta de liquidacin contenida en el acta con acuerdo minorar la contenida en el acta de conformidad.

    b. Si se manifestase la disconformidad al resto de los elementos regularizados no incluidos en el acta con acuerdo, la propuesta de liquidacin contenida en el acta de disconformidad incluir todos los elementos regularizados de la obligacin tributaria. La cuota tributaria incluida en la propuesta de la liquidacin contenida en el acta con acuerdo minorar la contenida en el acta de disconformidad.

    c. Si respecto a los elementos regularizados de la obligacin tributaria no incluidos en el acta con acuerdo se otorgase la conformidad parcial, se proceder de la siguiente manera:

  • Trastienda Estudiandotributario ;-p www.estudiandotributario.es Webmaster Agentes

    7

    1. Si de la propuesta derivada de los hechos a los que el obligado tributario haya prestado su conformidad no resultara una cantidad a devolver, se formalizarn simultneamente, adems del acta con acuerdo, dos actas relacionadas entre s en los siguientes trminos:

    Un acta de conformidad que contendr los elementos regularizados de la obligacin tributaria a los que el obligado tributario haya prestado su conformidad.

    Un acta de disconformidad que incluir la totalidad de los elementos regularizados de la obligacin tributaria. Las cuotas tributarias incluidas en las propuestas de liquidacin contenidas en el acta de conformidad y en el acta con acuerdo minorarn la contenida en el acta de disconformidad.

    2. Si de la propuesta derivada de los hechos a los que el obligado tributario haya prestado su conformidad resultara una cantidad a devolver, se formalizar una nica acta de disconformidad en la que se harn constar los elementos regularizados de la obligacin tributaria a los que el obligado tributario presta su conformidad a efectos de la aplicacin de la reduccin de la sancin prevista en el artculo 188.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. La cuota tributaria incluida en la propuesta de liquidacin contenida en el acta con acuerdo minorar la contenida en el acta de disconformidad.

    Actas de conformidad. Artculo 187 aparatado 2 RGAT.

    Cuando el obligado tributario preste su conformidad parcial a los hechos y a las propuestas de regularizacin y liquidacin formuladas se proceder de la siguiente forma:

    a. Si de la propuesta derivada de los hechos a los que el obligado tributario presta su conformidad no resultara una cantidad a devolver, se formalizarn simultneamente dos actas relacionadas entre s en los siguientes trminos:

  • Trastienda Estudiandotributario ;-p www.estudiandotributario.es Webmaster Agentes

    8

    1. Un acta de conformidad que contendr los elementos regularizados de la obligacin tributaria a los que el obligado tributario haya prestado su conformidad.

    2. Un acta de disconformidad que incluir la totalidad de los elementos regularizados de la obligacin tributaria. La cuota tributaria incluida en la propuesta de liquidacin contenida en el acta de conformidad minorar la contenida en el acta de disconformidad.

    b. Si de la propuesta derivada de los hechos a los que el obligado tributario presta su conformidad resultara una cantidad a devolver, se formalizar una nica acta de disconformidad en la que se harn constar los elementos regularizados de la obligacin tributaria a los que el obligado tributario presta su conformidad a efectos de la aplicacin de la reduccin de la sancin prevista en el artculo 188.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

    Comentarios:

    Como sabemos las obligaciones tributarias constan de varios elementos. La Inspeccin de tributos puede realizar una comprobacin de carcter general que incluya todos los elementos de la obligacin tributaria o una comprobacin de carcter parcial que incluya uno o ms elementos de la obligacin tributaria.

    Por ejemplo:

    Inspeccin de carcter general del IVA 2T 2011.

    Los elementos de esta obligacin tributaria son:

    - Entrega de bienes o prestacin de servicios. - Adquisiciones intracomunitarias. - Importaciones.

  • Trastienda Estudiandotributario ;-p www.estudiandotributario.es Webmaster Agentes

    9

    Imagnenos que una vez realizadas las actuaciones en el procedimiento inspector anterior y notificada la propuesta de resolucin el obligado tributario prestar una conformidad parcial a dicha propuesta.

    Por ejemplo:

    - Entrega de bienes o prestacin de servicios. La Inspeccin considera que la compra de un coche en el ejercicio no se puede imputar como gasto de la actividad por ser de uso privativo. El Obligado Tributario muestra su disconformidad a dicha interpretacin.

    - Adquisiciones intracomunitarias. Presta conformidad. - Importaciones. La Inspeccin acuerda con el obligado tributario la

    concrecin de conceptos jurdicos indeterminados.

    En nuestro ejemplo vemos, cmo respecto a una misma obligacin tributaria (mismo periodo y tributo), se podran suscribir tres actas distintas, una en disconformidad, otra en conformidad y, finalmente, un acta con acuerdo. No obstante no existe la posibilidad en nuestra normativa de suscribir actas tricolores o bicolores que contemplen todos los supuestos posibles respecto a la conformidad o disconformidad del obligado tributario con la propuesta de liquidacin.

    El problema est, principalmente, en la reduccin de la posible sancin por existir acuerdo o conformidad del obligado tributario. Cmo resolvemos est cuestin?

    El RGAT da la solucin. En nuestro ejemplo, se firmaran tres actas. Un acta con acuerdo, un acta de conformidad y un acta final, la de disconformidad, resumen, que incluye todos los elementos de la obligacin tributaria cuya propuesta de liquidacin estar minorada por la propuesta de liquidacin contenida en las otras actas.

  • Trastienda Estudiandotributario ;-p www.estudiandotributario.es Webmaster Agentes

    10

    7. Artculo 101 apartado 4 letra b) LGT. Podrn dictarse liquidaciones provisionales en el procedimiento de inspeccin en los siguientes supuestos:

    b) Cuando proceda formular distintas propuestas de liquidacin en relacin con una misma obligacin tributaria. Se entender que concurre esta circunstancia cuando el acuerdo al que se refiere el artculo 155 de esta Ley no incluya todos los elementos de la obligacin tributaria, cuando la conformidad del obligado no se refiera a toda la propuesta de regularizacin, cuando se realice una comprobacin de valor y no sea el objeto nico de la regularizacin y en el resto de supuestos que estn previstos reglamentariamente.

    Comentarios:

    La letra b) del artculo 101.4 LGT se refiere, entre otros supuestos, a los casos vistos en el apartado anterior de este Anexo de la unidad didctica 7.

    As pues, retomando el ejemplo visto anteriormente, las actas que se firman con acuerdo o en conformidad parcial darn lugar a una liquidacin provisional puesto que no incluyen la totalidad de los elementos de la obligacin tributaria objeto del procedimiento de inspeccin. En estos casos, no obstante, a diferencia de lo que ocurre con los casos de la letra a) del artculo 101.4 LGT, no cabe una regularizacin posterior en ningn caso. Recordemos lo que establece el artculo 48 apartado 3 LGT:

    Cuando las actuaciones del procedimiento de inspeccin hubieran terminado con una liquidacin provisional, el objeto de las mismas no podr regularizarse nuevamente en un procedimiento de inspeccin que se inicie con posterioridad salvo que concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el prrafo a del apartado 4 del artculo 101 de esta Ley y exclusivamente en relacin con los elementos de la obligacin tributaria afectados por dichas circunstancias.

  • Trastienda Estudiandotributario ;-p www.estudiandotributario.es Webmaster Agentes

    11

    Realmente, en los casos de conformidad parcial en las actas, el RGAT lo que est haciendo es acomodar la regulacin existente de las actas para poder aplicar la reduccin de la sancin del artculo 188 LGT, por lo que, aunque las liquidaciones son provisionales (puesto que no incluyen la totalidad de los elementos de la obligacin tributaria), existe el acta final, el acta resumen firmada en disconformidad, que s incluye todos los elementos de la obligacin tributaria cerrando el procedimiento inspector e impidiendo que el objeto del mismo pueda volver a regularizarse posteriormente.

    El artculo 190 apartado 4 RGAT amplia los supuestos en los que procede dictar liquidacin provisional en relacin con letra b) del artculo 101.4 LGT. En estos casos, ocurre algo similar a lo visto con las actas firmadas con conformidad parcial en el sentido de que por diversas circunstancias la Inspeccin aunque regulariza parcialmente el objeto del procedimiento mediante una liquidacin provisional, finalmente, completar las actuaciones regularizando la totalidad de los elementos de la obligacin tributaria.