Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

download Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

of 16

Transcript of Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

  • 8/9/2019 Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

    1/16

    CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

    0-800 VOTEMOS (0800-8683667) / Pgina web: www.cne.gob.ve

    ORGANOS SUBORDINADOS

    JUNTA NACIONAL ELECTORAL

    Tibisay Lucena Ramrez (Presidenta)Tania DAmelio Cardiet (Miembro)

    Humberto Castillo Gallegos (Miembro)

    COMISIN DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL

    Sandra Oblitas Ruzza (Presidenta)Tania DAmelio Cardiet (Miembro)

    Andrs Brito Denis (Miembro)

    COMISIN DE PARTICIPACIN POLTICAY FINANCIAMIENTO

    Vicente Daz Silva (Presidente)Socorro Hernndez (Miembro)

    Levy Alter Valero (Miembro)

    TIBISAY LUCENA RAMREZ

    PresidentaSANDRA OBLITAS RUZZAVicepresidenta

    VICENTE DAZ SILVARector Electoral

    SOCORRO HERNNDEZRectora Electoral

    TANIA D AMELIO CARDIETRectora Electoral

    Dirigido a la Presidenta oPresidente, Secretaria o Secretarioy Miembros de la Mesa Electoral

  • 8/9/2019 Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

    2/16

    Pg. 2

    Junta Nacional Electoral / Direccin General de Informacin Electoral

    CONTENIDO

    PGINA

    Presentacin 3

    Acto de instalacin de la Mesa Electoral 6 Acto de constitucin de la Mesa Electoral 7

    Acto de votacin 9

    Funciones de los integrantes de la Mesa Electoral

    en el acto de votacin

    Acto de escrutinio

    14

    15

    Consideraciones generales 4

    Funciones de los integrantes de la Mesa Electoral

    en el acto de escrutinio

    Distribucin de actas de escrutinio

    Distribucin de actas e instrumentos electorales

    Material reutilizable 22 Material desechable 23

    Resguardo de boletas electorales utilizadas 23

    Anexos 24

    Aprobado por el Consejo Nacional Electoral en sesin de fecha 18 de junio

    de 2010.

    Representaciones Diplomticas o Consulares con ms diez electoras o electores Pg. 31

  • 8/9/2019 Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

    3/16

    Pg. 30

    Junta Nacional Electoral / Direccin General de Informacin Electoral Representaciones Diplomticas o Consulares con ms diez electoras o electores Pg. 3

    PRESENTACIN

    La Junta Nacional Electoral con motivo de las

    Elecciones Parlamentarias a celebrarse el 26 de

    septiembre de 2010, de conformidad con en el

    artculo 48.1 de la Ley Orgnica del Poder

    Electoral (LOPE), con los procedimientos

    establecidos en la Ley Orgnica de Procesos

    Electorales de 2009 (LOPRE) y los Reglamentos

    aprobados por el Consejo Nacional Electoral, ha

    elaborado el presente Instructivo con la finalidad

    de establecer el funcionamiento de la Mesa

    Electoral en las Representaciones Diplomticas o

    Consulares con ms de diez electoras o electores.

    CRBV: Constitucin de la Repblica Bolivariana de VenezuelaLOPE: Ley Orgnica del Poder ElectoralLOPRE: Ley Orgnica de Procesos Electorales.

  • 8/9/2019 Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

    4/16

    Pg. 4

    Junta Nacional Electoral / Direccin General de Informacin Electoral

    CONSIDERACIONES GENERALES

    Las venezolanas o venezolanos

    mayores de dieciocho (18) aos

    d e e d a d , r e s i d e n t e s o

    permanentes en forma legal en el

    exterior, inscritas o inscritos en el

    Registro Electoral, podrn votaren las Elecciones Parlamentarias

    2010 para elegir las Diputadas o

    D i pu t a do s a l P a r l a men to

    Latinoamericano.

    Solo podrn sufragar en el

    exterior los electores y electorasque posean residencia o cualquier

    otro rgimen que denote legalidad

    de permanenc ia fuera de

    Venezuela. Asimismo, podrn

    sufragar en el exterior, los

    funcionarios y las funcionariasadscritos y adscritas a las

    embajadas, consulados y oficinas

    comerciales. (Artculo 124 LOPRE).

    Los procesos electorales o

    referendarios, de mbito nacional,

    a llevarse a cabo fuera de lasfronteras de la Repbl ica

    Bolivariana de Venezuela, estarn

    determinados por la cantidad de

    electoras o electores que estn

    inscritos en el Registro Electoral

    contenido en los Cuadernos de

    Votacin de la RepresentacinDiplomtica o Consular.

    Para poder ejercer el derecho al

    voto en el exterior, el integrante

    de la Mesa Electoral requerir a la

    electora o elector su cdula de

    identidad laminada, aun cuandoest vencida, como nico

    documento vlido. (Artculo 125

    LOPRE).

    En los actos de votacin en el

    e x t e r i o r s e u t i l i z a r

    excepcionalmente el sistema

    manual por determinacin del

    Consejo Nacional Electoral.

    (Artculo 121 LOPRE).

    Las organizaciones con fines

    polticos, grupos de electoras y

    electores, las ciudadanas o

    ciudadanos por iniciativa propia,

    Representaciones Diplomticas o Consulares con ms diez electoras o electores Pg. 29

  • 8/9/2019 Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

    5/16

    Pg. 28

    Junta Nacional Electoral / Direccin General de Informacin Electoral Representaciones Diplomticas o Consulares con ms diez electoras o electores Pg. 5

    las comunidades u organizaciones indgenas que postularon o que

    se hubieran postulado, candidatas o candidatos a Representantes

    al Parlamento Latinoamericano, debern presentar por escritoante la Representacin Diplomtica o Consular correspondiente,

    y con quince (15) das de anticipacin a la fecha de la realizacin

    del proceso electoral los formatos de credenciales de testigos

    debidamente llenos.

    Se garantiza el derecho a la participacin, protagonismo poltico

    y representacin de los pueblos y comunidades indgenas en elParlamento Latinoamericano, los cuales sern elegidos en forma

    simultnea con la eleccin de Diputadas y Diputados a la

    Asamblea Nacional. (Artculo 65 de la Ley Orgnica de Pueblos y

    Comunidades Indgenas y artculo 191 de la LOPRE). La eleccin de

    estos se har conforme a la modalidad lista en circunscripcin

    nacional nica y les corresponde el sistema de representacin

    proporcional para la adjudicacin de los cargos, conforme almtodo DHondt y el representante indgena ser electo o

    electa bajo la modalidad nominal en circunscripcin nacional

    nica siendo proclamado electo o electa el candidato o

    candidata que hubiere obtenido la mayora de los votos.

    La funcionaria o funcionario de mayor jerarqua enla Representacin Diplomtica o Consular con msde diez electoras o electores ser la Presidenta oPresidente de la Mesa Electoral y a su vez designaruna (1) Secretaria o Secretario y dos (2) miembrosprincipales, entre las funcionarias o funcionariosactivos de la respectiva sede Diplomtica o Consular, quienesintegrarn las mesas electorales, a excepcin de aquellos casosen los que por no existir la cantidad de funcionarias ofuncionarios requeridos para instalar las mesas electorales,

    debern conformarlas mediante sorteo entre las electoras yelectores que votarn en dicha sede.

  • 8/9/2019 Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

    6/16

    Pg. 6

    Junta Nacional Electoral / Direccin General de Informacin Electoral

    La instalacin de la Mesa Electoral se efectuar el da viernes 24

    de septiembre de 2010 a las 8:00 a.m. (hora local de la ciudad

    donde est ubicada la Representacin Diplomtica o Consular).

    ACTO DE INSTA LA CIN DE LA M ESA ELECTORAL

    El qurum requerido para la instalacin de la Mesa Electoral es el de

    la mayora absoluta de las o los miembros que la integran. (Artculo109 LOPRE y artculo 13 Reglamento N 4 de la Ley Orgnica de

    Procesos Electorales en materia de los actos de instalacin,

    constitucin, votacin, escrutinio y auditoria en el proceso electoral).

    Durante este acto los integrantes y la Secretaria o Secretario,

    debern cumplir las siguientes funciones:

    Inspeccionar el local para el funcionamiento de la Mesa Electoral.

    Recibir el material electoral y verificar que se

    haya entregado en las cantidades especificadas en

    el Acta de Instalacin y Recepcin de Material

    Electoral.

    Constatar que las actas electorales, boletas electorales,

    Cuaderno de Votacin y dems material electoral correspondan

    al Centro de Votacin y a la Mesa Electoral asignada.

    En caso que el material electoral est incompleto o no se

    corresponda con el Centro de Votacin o la Mesa Electoral,

    dejarn constancia en el Acta de Instalacin y Recepcin deMaterial Electoral.

    Representaciones Diplomticas o Consulares con ms diez electoras o electores Pg. 27

    Fuente: Unidad de Medios e Informacin Masiva

  • 8/9/2019 Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

    7/16

    Pg. 26

    Junta Nacional Electoral / Direccin General de Informacin Electoral

    Fuente: Unidad de Medios e Informacin Masiva

    Representaciones Diplomticas o Consulares con ms diez electoras o electores Pg. 7

    La Secretaria o Secretario levantar y

    firmar el Acta de Instalacin y Recepcin

    de Material Electoral, conjuntamente con

    los integrantes de la Mesa Electoral y las o

    los testigos. Efectuada la revisin del

    material electoral, la caja contentiva del mismo se cerrar, se

    precintar y se firmar en sus uniones.

    Dejar en resguardo en la Representacin Diplomtica oConsular el material electoral hasta el da del acto de votacin.

    IMPORTANTE:

    La Representacin Diplomtica o Consular gestionar lo

    necesario, con los medios que disponga, para solventar

    la falta de algn material electoral.

    El acto de constitucin se iniciar a partir de las 5:00 a.m.,

    (hora local de la ciudad donde se encuentre ubicada la

    Representacin Diplomtica o Consular) el da domingo 26 de

    septiembre de 2010, su objetivo es organizar el material electoral e

    iniciar el llenado del Acta de Constitucin y Votacin.

    ACTO DE CONSTIT UCIN DE LA MESA

    ELECTORAL

    El qurum necesario para que la Mesa Electoral se constituya es

    el de la mayora simple de sus miembros. Estarn presentes la

    Secretaria o Secretario y las o los testigos. (Artculo 23

  • 8/9/2019 Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

    8/16

    Pg. 8

    Junta Nacional Electoral / Direccin General de Informacin Electoral

    Reglamento N 4 de la Ley Orgnica de Procesos

    Electorales en materia de los actos de instalacin,

    constitucin, votacin, escrutinio y auditoria en el

    proceso electoral).

    En los casos de ausencia de algunos de los integrantes o la

    Secretaria o Secretario se incorporan los suplentes si los

    hubiere, en caso contrario estos sern designados de las

    electoras y electores que se encuentren en espera para ejercer

    su derecho al sufragio y que voten en la respectiva sede

    Diplomtica o Consular.

    Previo al inicio del acto de votacin, la

    Secretaria o Secretario de la Mesa Electoral

    levantar el Acta de Constitucin y Votacin yregistrar la hora de la constitucin de la Mesa

    Electoral y el inicio del acto de votacin; identificar a los

    integrantes incorporados, dejar constancia de los cambios de

    los testigos electorales y cualquier otra indicacin requerida en

    el acta.

    El acto de votacin se inicia una vez constituida la Mesa

    Electoral y se desarrollar ininterrumpidamente desde

    las 6:00 a.m. hasta las 6:00 p.m. (hora local de la ciudad

    donde se encuentre ubicada la Representacin Diplomtica o

    ACTO DE VOTACIN

    Representaciones Diplomticas o Consulares con ms diez electoras o electores Pg. 25

    Fuente: Unidad de Medios e Informacin Masiva

  • 8/9/2019 Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

    9/16

    Pg. 24

    Junta Nacional Electoral / Direccin General de Informacin Electoral

    Fuente: Unidad de Medios e Informacin Masiva

    Representaciones Diplomticas o Consulares con ms diez electoras o electores Pg. 9

    CONSIDERACIONES GENERALES

    Ninguna persona podr concurrir armada al acto de votacin an

    cuando estuviese autorizada para portar armas. (Artculo 129LOPRE).

    No se podr impedir que ejerza su derecho al sufragio el elector

    o la electora que aparezca en el Cuaderno de Votacin. (Artculo

    127 LOPRE). Sern sancionados los funcionarios o

    funcionarias electorales que rehsen admitir la votacin

    de electores o electoras que tengan derecho a votar

    conforme a la ley. (Art. 230.3 LOPRE).

    No podrn eliminarse electoras o electores del Cuaderno de

    Votacin. (Artculo 134 LOPRE).Si la electora o elector accidentalmente, rompe o daa la boleta

    electoral, podr solicitar se le entregue una nueva. La Boleta

    Electoral rota deber ser destruida por la Presidenta o

    Presidente de la Mesa Electoral.Cuando la electora o elector manifieste no saber leer o escribir,

    el integrante de la Mesa Electoral proceder a indicarle que

    estampe en el Cuaderno de Votacin la huella dactilar en la

    Consular) o hasta que hayan votado todas las electoras o electores

    que aparezcan en el Cuaderno de Votacin, salvo que se encuentrenelectoras o electores en espera de ejercer su derecho al voto.

  • 8/9/2019 Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

    10/16

  • 8/9/2019 Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

    11/16

    Pg. 22

    Junta Nacional Electoral / Direccin General de Informacin Electoral

    Es aquel que puede utilizarse en prximos procesos electorales

    o referendarios. Deber ser colocado cuidadosamente en la

    bolsa plstica destinada para tal fin, precintada e identificada

    con su respectiva etiqueta.

    Se considera material reutilizable: caja de urna electoral (que

    no haya sido utilizada), bolgrafos, almohadillas rectangulares

    para sellos hmedos, almohadilla slida para huella dactilar,

    roll-on, sellos: Nulos, Mesa Electoral, No vot y Boleta

    Inutilizada, parabanes en buen estado.

    El material electoral reutilizable ser resguardado y

    almacenado en la sede de la Representacin

    Diplomtica o Consular previo inventario. Dicho

    inventario debe remitirse en el Sobre N 1. Este

    material electoral podr ser utilizado en procesoselectorales posteriores siempre y cuando se

    encuentre en buen estado, en ningn caso debe ser

    enviado al Consejo Nacional Electoral.

    MATERIAL REUTILIZABL E

    Representaciones Diplomticas o Consulares con ms diez electoras o electores Pg. 11

    De acuerdo al nmero de electoras o electores del Centro

    de Votacin correspondiente a la Representacin

    Diplomtica o Consular y a los fines de dar celeridad al

    proceso de votacin, se habilitar la mayor cantidad de

    parabanes disponibles para que las ciudadanas y ciudadanos

    puedan ejercer su derecho al voto.

    PRESIDENTA O PRESIDENTE

    Anunciaen alta y clara voz el inicio del acto de votacin.

    Abre y muestra al resto de los integrantes,

    electoras o electores y testigos presentes, la urna

    electoral abierta para que verifiquen que est vaca, luego la

    cierra con cinta adhesiva.

    Firma y hace firmar por los dems integrantes de la Mesa Electoral,

    los espacios de unin entre la cinta adhesiva y la urna electoral.

    Las electoras o electores analfabetas, invidentes, con discapacidad

    y los de edad avanzada podrn solicitar a los miembros de la Mesa

    Electoral que una persona de su confianza les acompae a ejercer

    su derecho al voto. En ningn caso, se permitir que una misma

    persona acompae a mas de una electora o elector. El

    acompaante y la electora o elector debern identificarse ante la

    Mesa Electoral y sus datos sern registrados en la Planilla de

    Registro y Control de Acompaantes para Votar.

    FUNCIONES DE LOS IN TEGRANTES DE LA MESA

    ELECTORAL EN EL ACTO DE VOTACIN

  • 8/9/2019 Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

    12/16

  • 8/9/2019 Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

    13/16

    Pg. 20

    Junta Nacional Electoral / Direccin General de Informacin Electoral

    SECRETARIA O SECRETARIO

    Llena firma y hace firmar por el Presidente oPresidenta, los otros integrantes de la Mesa Electoral y

    testigos, la Etiqueta para sellar la Caja de Resguardo del

    Nmero de Boletas Depositadas.

    Colocala Etiqueta para sellar la Caja de Resguardo del Nmero

    de Boletas Depositadas.

    Llena firma y sella el Acta del Nmero de Boletas Depositadas .

    Asimismo la hace firmar por la Presidenta o Presidente,

    integrantes y testigos.

    IMPORTANTE:

    Si un Acta de Escrutinio original se deteriora o se rompe, se

    deber utilizar el Acta de Escrutinio sustitutiva. Para que

    sta ltima tenga validez se le deber anexar el Acta de

    Escrutinio original deteriorada, sealando en la casilla de

    observaciones los hechos que dieron lugar a la sustitucin.

    Una vez elaboradas las Actas de Escrutinio, debidamentefirmadas por los integrantes de la Mesa Electoral y testigos,

    esta deber ser remitida va fax a la Comisin de

    Totalizacin de la Junta Nacional Electoral del Consejo

    Nacional Electoral, despus que este emita el primer boletn

    de resultados. (Para nmero telefnico ver calcomana

    contenida en la caja del material electoral).

    S

    Representaciones Diplomticas o Consulares con ms diez electoras o electores Pg. 13

    En la Boleta Electoral del Parlamento Latinoamericano,

    usted emitir dos votos: un (1) voto lista y un (1) voto

    nominal, (por la representacin indgena), rellenando los

    valos ubicados al lado derecho de las opciones de su

    preferencia.

    En caso que la electora o elector no aparezca en el

    listado de electoras o electores, se le indicar verificar siaparece en el Cuaderno de Votacin de la Mesa Electoral

    que le corresponda segn los dos ltimos dgitos de su

    cdula de identidad. Si aparece en el Cuaderno de

    Votacin podr ejercer su derecho al voto.

    PRESIDENTA O PRESIDENTE

    Instruye si es necesario, a la electora o elector sobre la

    forma de votar, le indica en alta y clara voz que deber

    seleccionar las opciones de su preferencia de la manera

    siguiente:

    Entrega a la electora o elector el bolgrafo y la Boleta

    Electoral.

    Indicaa la electora o elector una vez efectuada la explicacin,

    que se dirija detrs del paraban para ejercer su derecho al

    voto.

  • 8/9/2019 Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

    14/16

    Pg. 14

    Junta Nacional Electoral / Direccin General de Informacin Electoral

    SECRETARIA O SECRETARIO

    Ordena el flujo de las electoras o electores en surecorrido por la Mesa Electoral.

    Supervisa que la electora o elector doble y deposite la

    Boleta Electoral en la urna electoral, seguidamente que

    se dirija al miembro B.

    MIEMBRO B

    Asiste a los dems integrantes de la Mesa Electoral en

    sus funciones.

    Indica a la electora o elector que puede retirarse de la Mesa

    Electoral.

    PRESIDENTA O PRESIDENTE

    Anuncia en alta y clara voz el cierre del acto de

    votacin.

    INTEGRANTES

    Cuentan el nmero de electoras o electores que votaron

    segn lo registrado en el cuaderno de votacin y lo anotan en

    la casilla correspondiente de la cartula del mismo y en el Actade Escrutinio.

    CIERRE DEL ACTO DE V OTACIN

    S

    B

    Representaciones Diplomticas o Consulares con ms diez electoras o electores Pg. 19

    3. Aparezcan marcados en la Boleta Electoral, en una eleccin

    nominal o de lista, ms de un valo para un mismo cargo a

    elegir, salvo que se trate de alianzas, en cuyo caso los votos se

    escrutarn en la casilla correspondiente a varias tarjetas

    vlidas.

    4. Aparezcan marcados en la Boleta Electoral, un nmero de

    valos superior al nmero de cargos a elegir, salvo que se trate

    de alianzas, en cuyo caso los votos se escrutarn en la casillacorrespondiente a varias tarjetas vlidas.

    5. Aparezca marcado en la Boleta Electoral, un nmero de votos

    inferior al nmero de cargos a elegir, en cuyo caso el nmero

    de votos no marcados ser equivalente a votos nulos.

    6. La Boleta Electoral se encuentre mutilada o destruida conprdida de sus datos esenciales impidiendo la determinacin de

    la intencin de voto de la electora o elector.

    PRESIDENTA O PRESIDENTE E INTEGRANTES

    Guardanlas boletas electorales utilizadas dentro dela "Caja para Resguardo de Boletas Electorales" en

    lotes (utilizando para ello la urna electoral).

    Cierran la Caja para Resguardo de Boletas

    Electorales con la banda adhesiva, cruzando la tapa y el cuerpo

    de la misma y firman en los extremos y uniones.

  • 8/9/2019 Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

    15/16

    Pg. 18

    Junta Nacional Electoral / Direccin General de Informacin Electoral

    electores que votaron segn el Cuaderno de Votacin. En caso

    contrario, deber hacerse constar en el Acta de Escrutinio, en la

    casilla correspondiente a las observaciones.

    Anuncia los resultados de cada voto escrutado, segn los tipos

    de eleccin separando las boletas vlidas de las nulas.

    Agrupa las boletas electorales en lotes de cincuenta.

    SECRETARIA O SECRETARIO

    Anota en la hoja empleada auxiliar de escrutinio, el voto

    vlido o nulo anunciado por la Presidenta o Presidente,

    segn sea el caso.

    Suma los votos vlidos y votos nulos.

    Llena el Acta de Escrutinio de acuerdo a los resultados

    previamente registrados en la Hoja Auxiliar de Escrutinio.

    Firma y hace firmar el Acta de Escrutinio por la Presidenta o

    Presidente, los dems integrantes de la Mesa Electoral y testigos,

    quienes podrn dejar constancia de las observaciones en la casilla

    correspondiente e igualmente, coloca el sello Mesa Electoral.

    Ser nulo el voto cuando:

    1. La electora o elector marque fuera del valo o marque de tal

    manera que sea imposible determinar la intencin del voto.

    2. No aparezca marcado ningn valo en la Boleta Electoral.

    S

    Representaciones Diplomticas o Consulares con ms diez electoras o electores Pg. 15

    SECRETARIA O SECRETARIO

    Concluye el llenado del Acta de Constitucin yVotacin, respecto a los siguientes particulares: hora en

    que termin la votacin, nmero de electoras o electores

    que sufragaron segn el Cuaderno de Votacin, observaciones

    que consideren los integrantes de la Mesa Electoral, datos de la

    Presidenta o Presidente, Secretaria o Secretario e integrantes

    de la Mesa Electoral y testigos.

    Firmael Acta de Constitucin y Votacin y la hace firmar por

    todos los integrantes y testigos en original y tres (3) copias.

    MIEMBRO A

    Estampa el sello NO VOTO exactamente sobre el cdigo debarra que se encuentra en la casilla SELLO del cuaderno de

    votacin, correspondiente a las electoras y electores que no

    concurrieron al acto.

    Se lleva a cabo una vez que finalice el acto de votacin, en l severifican, clasifican y contabilizan los votos obtenidos por las

    organizaciones con fines polticos y las comunidades u

    organizaciones indgenas. Los resultados se

    registrarn en el Acta de Escrutinio

    correspondiente.

    ACTO DE ESCRUT INI O

    S

  • 8/9/2019 Representacion Diplomatic A Con Mas de Diez

    16/16