REPUBLICA DE COLOMBIA DCP-2500 MINISTERIO DEL INTERIOR · 2015-07-07 · proyecto: SONDEOS...

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REPUBLICA DE COLOMBIA DCP-2500 () MiNINTERIOR MINISTERIO DEL INTERIOR CERTIFICACIÓN NÚMERO 9 0 7 DE Q2 JUL 2015 "Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse". EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de diciembre de 2013 y. CONSIDERANDO: Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 13 de marzo de 2015, el oficio con radicado externo EXTMII5-0011127, por medio del cual el señor LUIS EDUARDO MARULANDA, en calidad de representante legal Suplente de la empresa Cerro Matoso SA., solicitó certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el área del proyecto: "SONDEOS PRELIMINARES PARA PROSPECCIÓN DE NÍQUEL EN EL ÁREA RURAL DE LA VEREDA MARAÑONAL, MUNICIPIO DE PLANETA RICA. CÓRDOBA"., localizado en jurisdicción del municipio de Planeta Rica, departamento de Córdoba, identificado con las siguientes coordenadas: Fuente: suministradas por el soJicitante, radicado externo: EXTMI1 5-001 1127 dei 13 de marzo de 2015 Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: í) solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa y cuadro de coordenadas, donde se va a ejecutar el proyecto denominado: "SONDEOS PRELIMINARES PARA PROSPECCION DE NIQUEL EN EL ÁREA RURAL DE LA VEREDA MARANONAL, MUNICIPIO DE PLANETA RICA, CÓRDOBA". Que en un análisis inicial la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar en las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el, solicitante para el proyecto: 'SONDEOS PRELIMINARES PARA PROSPECCION DE NIQUEL EN EL ÁREA RURAL Página 1 de 3

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REPUBLICA DE COLOMBIA

DCP-2500

() MiNINTERIOR

MINISTERIO DEL INTERIOR

CERTIFICACIÓN NÚMERO 9 0 7 DE Q2 JUL 2015

"Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse".

EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA

En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de

diciembre de 2013 y.

CONSIDERANDO:

Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 13 de marzo de 2015, el oficio con radicado externo EXTMII5-0011127, por medio del cual el señor LUIS EDUARDO MARULANDA, en calidad de representante legal Suplente de la empresa Cerro Matoso SA., solicitó certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el área del proyecto: "SONDEOS PRELIMINARES PARA PROSPECCIÓN DE NÍQUEL EN EL ÁREA RURAL DE LA VEREDA MARAÑONAL, MUNICIPIO DE PLANETA RICA. CÓRDOBA"., localizado en jurisdicción del municipio de Planeta Rica, departamento de Córdoba, identificado con las siguientes coordenadas:

Fuente: suministradas por el soJicitante, radicado externo: EXTMI1 5-001 1127 dei 13 de marzo de 2015

Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: í) solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa y cuadro de coordenadas, donde se va a ejecutar el proyecto denominado: "SONDEOS PRELIMINARES PARA PROSPECCION DE NIQUEL EN EL ÁREA RURAL DE LA VEREDA MARANONAL, MUNICIPIO DE PLANETA RICA, CÓRDOBA".

Que en un análisis inicial la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar en las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el, solicitante para el proyecto: 'SONDEOS PRELIMINARES PARA PROSPECCION DE NIQUEL EN EL ÁREA RURAL

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 90 7 DE 2 JUL 2015

DE LA VEREDA MARAÑONAL, MUNICIPIO DE PLANETA RICA, CÓRDOBA"., localizado en jurisdicción del municipio de Planeta Rica, departamento de Córdoba. Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las bases de datos consultadas fueron: 1) Base cartográfica de resguardos indígenas constituidos (Incoder - Igac 2014). u) Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos (Incoder 2014), iii) Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías Étnicas y Rom (Mininterior 2014), iv) Base de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (Mininterior 2014), y) Base de datos (espacial y no espacial) de Resguardos Indígenas de origen Colonial (Incoder 2014). vi) Base de datos de Consulta Previa (Mininterior 2014).

Que como resultado de la revisión inicial de las bases de datos mencionadas anteriormente, se determinó la necesidad de realizar una visita de verificación en campo, con miras a establecer la presencia o no de comunidades étnicas en el área donde se desarrollará el proyecto denominado: "SONDEOS PRELIMINARES PARA PROSPECCIÓN DE NÍQUEL EN EL ÁREA RURAL DE LA VEREDA MARANONAL, MUNICIPIO DE PLANETA RICA, CÓRDOBA".

Que para tal efecto se designó al geógrafo CARLOS OCHOA VILLA y al ingeniero ambiental JOSÉ ANDRES REALES MARTINEZ. contratistas de la Dirección de Consulta Previa del Ministeno del Interior, para que realizaran una visita de verificación en campo con el fin de establecer si hay presencia o no de Comunidades Étnicas en el área del proyecto: SONDEOS PRELIMINARES PARA PROSPECCIÓN DE NÍQUEL EN EL ÁREA RURAL DE LA VEREDA MARAÑONAL, MUNICIPIO DE PLANETA RICA, CÓRDOBA"., localizado en jurisdicción del municipio de Planeta Rica, departamento de Córdoba.

Que con base en la información aportada y recogida se elaboró el informe técnico el día 27 de mayo de 2015 en el cual se estableció lo siguiente:

Teniendo en cuenta la información recopilada en campo, y el análisis cartográfico y espacial, se concluye que en el área del proyecto: 'SONDEOS PRELIMINARES PARA PROSPECCION DE NÍQUEL EN EL ÁREA RURAL DE LA VEREDA MARANONAL, MUNICIPIO DE PLANETA RICA, CÓRDOBA"., localizado en jurisdicción del municipio de Planeta Rica. departamento de Córdoba, no se registran Comunidades étnicas.

En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección,

CERTIFICA:

PRIMERO. Que no se registra presencia de comunidades Indígenas, Minorías y Rom, en el área del proyecto, en el área del proyecto: 'SONDEOS PRELIMINARES PARA PROSPECCIÓN DE NIQUEL EN EL ÁREA RURAL DE LA VEREDA MARANONAL, MUNICIPIO DE PLANETA RICA, CÓRDOBA"_ localizado en jurisdicción del municipio de Planeta Rica, departamento de Córdoba, identificado con las siguientes coordenadas:

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Fuente : suministradas por el solicitante radicado externo: EXTMI1 5-0011127 del 13 de marzo de 2015.

SEGUNDO. Que no se registra presencia de comunidades Negras. Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, en el área del proyecto: "SONDEOS PRELIMINARES PARA PROSPECCION DE NíQUEL EN EL ÁREA RURAL DE LA VEREDA MARANONAL, MUNICIPIO DE PLANETA RICA, CÓRDOBA"., localizado en jurisdicción del municipio de Planeta Rica, departamento de Córdoba, identificado con las siguientes coordenadas:

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 02 JUL 2015 9j7 DE

1 ole-Sur ffli nu, er, Lon ilud 0p.stel ius r ) 1407852 29424 1407901 82SQ2 1413077 82ao17 14131136 829473

Fuente: suministradas por el solicitante, radicado externo: EXT'M115-0011127 del 13 de marzo de 2015.

TERCERO. Que la información sobre la cual se expide la presente certificación aplica específicamente para las coordenadas y las características técnicas relacionadas y entregadas por la solicitante, a través del oficio con radicado externo EXTMI14-0011127 del 13 de marzo de 2015, para el proyecto: "SONDEOS PRELIMINARES PARA PROSPECCIÓN DE NÍQUEL EN EL ÁREA RURAL DE LA VEREDA MARAÑONAL, MUNICIPIO DE PLANETA RICA, CÓRDOBA'., localizado en jurisdicción del municipio de Planeta Rica, departamento de Córdoba, identificado con las siguientes coordenadas:

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Fuente: suministradas pare] solicitante, radicado externo EXTMI1 5-001 1127 del 13 de marzo de 2015

CUARTO. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, ante esta Dirección, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).

COMUNÍQUESE Y NOTIFÍQUESE

ALVARO ECIttVERRY LONDOÑO Director4e Consulta Previa

Elaboró: Elena Ramírez Ceballos?

'1"

Aprobó: Líder área de certificacio es: Luis Fernai7'Mora &~l, -

T.R.D. 2500.09.06

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