Requisitos de La Factura y La Obligación de Facturar

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  • 7/24/2019 Requisitos de La Factura y La Obligacin de Facturar

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    SANCION POR FACTURACION SIN LOS REQUISITOS DE LEY

    ARTICULO 617. REQUISITOS DE LA FACTURA DE VENTA. Para efectostributarios, la expedicin de factura a que se refiere el artculo 615 consiste en entregar eloriginal de la misma, con el lleno de los siguientes requisitos:

    a. Estar denominada expresamente como factura de venta.b. Apellidos y nombre o razn y NIT del vendedor o de quien presta el servicio.c. Apellidos y nombre o razn social y NIT del adquirente de los bienes o servicios, juntocon la discriminacin del IVA pagado.d. Llevar un nmero que corresponda a un sistema de numeracin consecutiva de facturasde venta.e. Fecha de su expedicin.f. Descripcin especfica o genrica de los artculos vendidos o servicios prestados.g. Valor total de la operacin.h. El nombre o razn social y el NIT del impresor de la factura.i. Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas.

    Al momento de la expedicin de la factura los requisitos de los literales a), b), d) y h),debern estar previamente impresos a travs de medios litogrficos, tipogrficos o detcnicas industriales de carcter similar. Cuando el contribuyente utilice un sistema defacturacin por computador o mquinas registradoras, con la impresin efectuada por talesmedios se entienden cumplidos los requisitos de impresin previa. El sistema defacturacin deber numerar en forma consecutiva las facturas y se debern proveer losmedios necesarios para su verificacin y auditora.PARAGRAFO. En el caso de las Empresas que venden tiquetes de transporte no serobligatorio entregar el original de la factura. Al efecto, ser suficiente entregar copia de lamisma.

    PARGRAFO. Para el caso de facturacin por mquinas registradoras ser admisible lautilizacin de numeracin diaria o peridica, siempre y cuando corresponda a un sistemaconsecutivo que permita individualizar y distinguir de manera inequvoca cada operacinfacturada, ya sea mediante prefijos numricos, alfabticos o alfanumricos o mecanismossimilares.

    ARTICULO 652. SANCIN POR EXPEDIR FACTURAS SIN REQUISITOS.Quienes estando obligados a expedir facturas, lo hagan sin el cumplimiento de losrequisitos establecidos en los literales a), h), e i) del artculo 617 del Estatuto Tributario,incurrirn en una sancin del uno por ciento (1%) del valor de las operaciones facturadassin el cumplimiento de los requisitos legales, sin exceder de 950 UVT. Cuando hayreincidencia se dar aplicacin a lo previsto en el artculo 657 del Estatuto Tributario.

    Cuando la sancin a que se refiere el presente artculo, se imponga mediante resolucinindependiente, previamente se dar traslado de cargos a la persona o entidad a sancionar,quien tendr un trmino de diez (10) das para responder.

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    PARAGRAFO. Esta sancin tambin proceder cuando en la factura no aparezca el NITcon el lleno de los requisitos legales.

    ARTICULO 657. SANCIN DE CLAUSURA DEL ESTABLECIMIENTO. LaAdministracin de Impuestos podr imponer la sancin de clausura o cierre del

    establecimiento de comercio, oficina, consultorio, y en general, el sitio donde se ejerza laactividad, profesin u oficio, en los siguientes casos:Cuando no se expida factura o documento equivalente estando obligado a ello, o se expidasin los requisitos establecidos en los literales b), c), d), e), f), g), del artculo 617 delEstatuto Tributario, o se reincida en la expedicin sin el cumplimiento de los requisitossealados en el artculo 652 del mismo Estatuto. En estos eventos, cuando se trate de entesque prestan servicios pblicos, o cuando a juicio de la Direccin de Impuestos y AduanasNacionales no exista un perjuicio grave, la entidad podr abstenerse de decretar la clausura,aplicando la sancin prevista en el artculo 652 del Estatuto Tributario.

    FUENTE: ESTATUTO TRIBUTARIO

    Recuperado de: http://abc-asesorias.blogspot.com.co/2011/04/sancion-por-facturacion-sin-los.htmlel 30-10-2015

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