Res. 0287 de 2009 adopci+¦n manual de procesos y procedimientos

2
11 CONCEJO DE BOGOr Á, D. C. RESOLUCiÓN No. O 2 8-7 ~~ '1 DELAÑO 2009 ( 26 HAY2009 ) "POR LA CUAL SE ADOPTA EL MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS DEL CONCEJO DE BOGOTA D.C." LA MESA DIRECTIVA DEL CONCEJO DE BOGOTA D.C. En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especialmente las conferidas en el articulo 20 numerales 1, 2, 4 Y6 del Acuerdo 348 de 2008. CONSIDERANDO Que mediante Acuerdo 204 de 17 de marzo de 2006, se ajusta la planta de personal del Concejo de Bogotá. D.C., al sistema de nomenclatura y clasificación de empleos de acuerdo con lo establecido en el Decreto Ley 785 de 2005 y se ajustan e integran las tablas de grados de asignación básica en armonía con dicho sistema y se dictan otras disposiciones. Que el artículo 209 de la Constitución Política Nacional preceptuó que La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública en todos sus órdenes tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley. Que el artículo 269 de la Constitución política Nacional establece que en las entidades públicas las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funcione, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la ley la cual podrá establecer excepciones y autorizar la contratación de dichos servicios con empresas privadas colombianas. Que el artículo 4 de la ley 87 de 1993 establece que las Entidades Públicas deberán implementar los aspectos que deben orientar la aplicación del control interno. Que el Decreto 1537 de 26 de Julio de 2001 reglamenta parcialmente la Ley 87 de 1993 en cuanto a elementos técnicos y administrativos que fortalezcan el sistema de control interno de las entidades y organismos del Estado. Que el artículo 2 íbídem señala a los manuales de procedimientos como instrumentos que garanticen el cumplimiento del control interno en las organizaciones públicas, éstas elaborarán, adoptarán y aplicarán manuales a través de los cuales se documentarán y formalizarán los procedimientos a partir de la identificación de los procesos institucionales. Que el MECI 1000-2005 Numeral 1.1 promueve la adopción de un enfoque de operación basado en procesos, el cual consiste en identificar y gestionar, de manera eficaz, numerosas actividades relacionadas entre si. Que la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2004, en su numeral 4.1 establece que la Entidad debe identificar los Procesos para cumplir con su misión. "UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO" www.concejodebogota.gov.co r ---

Transcript of Res. 0287 de 2009 adopci+¦n manual de procesos y procedimientos

11 CONCEJO DE BOGOr Á, D. C.

RESOLUCiÓN No. O2 8-7 ~~ '1 DELAÑO 2009

( 26 HAY2009 )

"POR LA CUAL SE ADOPTA EL MANUAL DE PROCESOS YPROCEDIMIENTOS DEL CONCEJO DE BOGOTA D.C."

LA MESA DIRECTIVA DEL CONCEJO DE BOGOTA D.C.

En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especialmente lasconferidas en el articulo 20 numerales 1, 2, 4 Y6 del Acuerdo 348 de 2008.

CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo 204 de 17 de marzo de 2006, se ajusta la planta depersonal del Concejo de Bogotá. D.C., al sistema de nomenclatura y clasificaciónde empleos de acuerdo con lo establecido en el Decreto Ley 785 de 2005 y seajustan e integran las tablas de grados de asignación básica en armonía condicho sistema y se dictan otras disposiciones.

Que el artículo 209 de la Constitución Política Nacional preceptuó que La funciónadministrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla confundamento en los principios de igualdad moralidad, eficacia, economía, celeridad,imparcialidad, y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y ladesconcentración de funciones.

Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para eladecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública entodos sus órdenes tendrá un control interno que se ejercerá en los términos queseñale la ley.

Que el artículo 269 de la Constitución política Nacional establece que en lasentidades públicas las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar yaplicar, según la naturaleza de sus funcione, métodos y procedimientos decontrol interno, de conformidad con lo que disponga la ley la cual podráestablecer excepciones y autorizar la contratación de dichos servicios conempresas privadas colombianas.

Que el artículo 4 de la ley 87 de 1993 establece que las Entidades Públicasdeberán implementar los aspectos que deben orientar la aplicación del controlinterno.

Que el Decreto 1537 de 26 de Julio de 2001 reglamenta parcialmente la Ley 87 de1993 en cuanto a elementos técnicos y administrativos que fortalezcan el sistemade control interno de las entidades y organismos del Estado.

Que el artículo 2 íbídem señala a los manuales de procedimientos comoinstrumentos que garanticen el cumplimiento del control interno en lasorganizaciones públicas, éstas elaborarán, adoptarán y aplicarán manuales através de los cuales se documentarán y formalizarán los procedimientos a partirde la identificación de los procesos institucionales.

Que el MECI 1000-2005 Numeral 1.1 promueve la adopción de un enfoque deoperación basado en procesos, el cual consiste en identificar y gestionar, demanera eficaz, numerosas actividades relacionadas entre si.

Que la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2004, ensu numeral 4.1 establece que la Entidad debe identificar los Procesos paracumplir con su misión.

"UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO"www.concejodebogota.gov.co

r ---

- ..

11 CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C., ~ ~

RESOLUCION No. ~DEL ANO 2009

( 26 HAY2009 )

"POR lA CUAL SE ADOPTA El MANUAL DE PROCESOS YPROCEDIMIENTOS DEL CONCEJO DE BOGOTA D.C."

Que para armonizar el Sistema Integrado de Gestión de calidad se hacenecesario que el Concejo de Bogotá adopte un manual de procesos yprocedimientos que obedezca a las exigencias de dicho sistema y se articule conla plataforma estratégica, la visión y misión institucional

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTíCULO PRIMERO: Adoptar el Manual de Procesos y Procedimientos delConcejo de Bogotá D.C. contenido en el documento anexo que hace parteintegral de la presente resolución.

ARTíCULO SEGUNDO: Será responsabilidad de la Dirección Administrativa yFinanciera, Secretaría General, Subsecretarías de Despacho y el grupo deControl Interno, la implementación, divulgación, seguimiento de los Procesos yProcedimientos del anexo de la presente Resolución

ARTíCULO TERCERO: Cada Dependencia será responsable de la actualizaciónde sus procesos y procedimientos justificando las razones modificatorias encoordinación con la Dirección Administrativa y Financiera.

ARTICULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de fecha de expedicióny deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y Cúmplase

.SANGUINOVicepresidente

ICAICEDO ESCOBARicepresidente

Proyectó y elaboró Revisó Revisó y Aprobó

Fabricio José Guzmán Martínez Patricia Duque Cruz Martha Cecilia Valencia Gómez

Nancy Adriana Sandoval Ávila

Hernando Rojas Martinez

-,"UN CONCEJO SOCIAL Y PARTICIPATIVO"

www.concejodebogota.gov.cO