Resolucion 019 SAREN

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Msc. Lcda. Beatriz Helena Restrepo LA ACTIVIDAD PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO REQUERIDA POR LA RESOLUCIÓN 019 DEL SAREN (SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS) Msc. Lcda. Beatriz Helena Restrepo Federación de Colegios de Contadores Públicos de la República Bolivariana de Venezuela Comité Permanente de Normas de Auditoría

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LA ACTIVIDAD PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO REQUERIDA POR LA

RESOLUCIÓN 019 DEL SAREN (SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS)

Msc. Lcda. Beatriz Helena Restrepo

Federación de Colegios de Contadores Públicos de la República Bolivariana de Venezuela

Comité Permanente de Normas de Auditoría

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¿Conocemos los Aspectos Relacionados con Nuestra Actividad Profesional para

Preparar los Requerimientos Establecidos en la Resolución 019 del 13 de enero del 2014 publicada en G.O. Nº 40.332?

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La actuación del Contador Público es requerida para:

Constitución de sociedades.

Aprobación de ejercicio económico.

Aumento o disminución del capital social.

Disolución de sociedades.

Fusión de sociedades.

Transformación de la naturaleza jurídica.

NICC

NIA

NITRE

NITA

NISR

Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública

Código de Ética

NITA 3000 NISR 4410

NIA 700 SECP 6

Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados

Ven Nif

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MANUAL QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS ÚNICOS Y

OBLIGATORIOS PARA LA TRAMITACIÓN DE ACTOS O

NEGOCIOS JURÍDICOS EN LOS REGISTROS PRINCIPALES,

MERCANTILES, PÚBLICOS Y LAS NOTARÍAS.

Normas de Auditoría, Revisión,

Atestiguamiento y de Servicios Relacionados

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En su trabajo como auditor y emisión de informes

En la preparación de la Información Financiera

Cuadernos con recomendaciones y ejemplos disponibles en página web de la FCCPV sobre los trabajos requeridos en la Resolución número 019, para la

tramitación de actos y negocios jurídicos ante los Registros Principales, Mercantiles, Públicos y las Notarías

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Recomendaciones de la normativa aplicable según se desprende del contenido de los dos cuadernos:

Servicios Especiales Prestados por Contadores Públicos, número seis (SECP-6), “NORMAS INTERPROFESIONALES PARA EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN DE COMISARIO”.

Norma Internacional de Trabajos para Atestiguar, distintos de auditorías y revisión de estados financieros, número 3000 (NITA-3000).

Norma Internacional de Auditoría 700, “Formando una Opinión e Informando sobre los Estados Financieros, (NIA 700).

Norma Internacional de Servicios Relacionados número 4410, “Trabajos para compilar información financiera” (NISR-4410).

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EJERCICIO PROFESIONAL

Se hace uso de la capacidad y competencia para opinar, concluir

o declarar sobre la situación financiera de las entidades; se le

denomina AUDITOR. (Art. 7).

ACTIVIDAD PROFESIONAL

“…toda actuación

que requiere la utilización de los

conocimientos de los profesionales de

la contaduría pública.” (Art. 6).

ACTUACIÓN PROFESIONAL

Puede ser financiera o NO financiera. NO expresa ninguna

seguridad, opinión declaración o conclusión. (Art. 9).

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Para el patrimonio de las fundaciones, si está integrado por bienes deberá presentarse:

Balance visado por un Contador Público.

Se recomienda aplicar Norma Internacional de Servicios Relacionados número 4410,

“Trabajos para compilar información financiera”

(NISR-4410)

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VEN-NIF

BA VEN-NIF-6 Párrafo 2:

Para las grandes entidades (GE) en el ejercicio económico que se inicie el 01 de enero de 2008 o fecha inmediatamente posterior.

Para las pequeñas y medianas entidades (PYME), en el ejercicio económico que se inicie el 01 de enero de 2011 o fecha inmediatamente posterior, permitiéndose su adopción anticipada para el ejercicio que se inicie a partir de 01 de enero de 2010.

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Se clasifican en dos (2) grupos:

VEN-NIF GE, conformados por los Boletines de

Aplicación (BA VEN-NIF), aplicados conjuntamente con

las Normas Internacionales de Información Financiera

(NIIF completas versión 2013).

VEN-NIF PYME, conformados por los Boletines de

Aplicación (BA VEN-NIF), aplicados conjuntamente con

la Norma Internacional de Información Financiera

para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las

PYMES versión 2009).

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Carta de aceptación en papel común.

Copia de la constancia de inscripción.

SECP 6

DEL COMISARIO MERCANTIL

Inventario de los bienes e informe de auditoría sobre la propiedad y su existencia, visado y presentado en papel de seguridad.

Copia del título de propiedad de los bienes.

NITA-3000

APORTES CON BIENES MUEBLES Y/O INMUEBLES

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Carta de aceptación del Comisario en papel común.

Copia de la constancia de inscripción del Comisario.

SECP 6

ARTÍCULO 13 NOMBRAMIENTO O RATIFICACIÓN DEL COMISARIO

EL COMISARIO MERCANTIL

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Ciudad y Fecha

A los accionistas de la empresa en formación, EJEMPLO, C.A.

Yo, ______________________, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número _____________, de profesión Contador Público, de este domicilio, inscrito en el Colegio de Contadores Públicos del Estado ___________bajo el Nº _________, manifiesto mi decisión de aceptar la designación para ejercer la función de Comisario (detallar su condición de principal o suplente), de la empresa en formación EJEMPLO, C.A., [1], para el ejercicio económico que finaliza el (incluir la fecha de finalización del primer período establecida en el acta) [2], la cual ejerceré de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código de Comercio, los estatutos de la mencionada sociedad, las Normas Interprofesionales para el Ejercicio de la Función de Comisario y el ordenamiento jurídico vigente.

A tales efectos, acompaño Certificado de Inscripción y Solvencia Nº ______ expedido por el Colegio __________________________________, de conformidad con el Artículo 3 de las Normas Interprofesionales para el Ejercicio de la Función de Comisario.

Constancia que se expide en la ciudad de ________________, Municipio _____________ del estado ________________, a los _______________ (____) días del mes de _______________ del año 20____.

Nombre y Firma

del Contador Público

CPC

[1], [2]

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NOTAS

• [1] En el caso que en el acta de la asamblea general para la constitución de la sociedad se haga referencia a la fecha de realización de la asamblea, en este espacio se puede incluir este dato con la expresión siguiente: “según nombramiento que consta en el acta de la asamblea general para su constitución de fecha [DÍA] de [MES] de [AÑO]”.

• [2] En el caso que en el acta de la asamblea general se indique la duración de los comisarios por un lapso de tiempo mayor que la duración del primer período, la expresión “ …para el ejercicio económico que finaliza…”, debe cambiarse por alguna expresión que indique el periodo por el cual ha sido nombrado el Comisario (expresado en años, en ejercicio económico, u otra categoría que indique el lapso por el cual se vaya a ejercer la función de comisario).

SECP 6

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Recomendación de aprobación o no del ejercicio económico.

Informe del Comisario.

SECP 6

Acompañado de Estados Financieros bajo Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Venezuela identificados con las siglas VEN-NIF. Firmado por un miembro

de la junta directiva en señal de aprobación.

NISR 4410

VEN-NIF

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La normativa de actuación del comisario hasta la vigencia de la resolución 019, no contemplaba la emisión de informes del comisario distintos al que se debe presentar ante la asamblea general ordinaria de accionistas en ocasión de recomendar la aprobación o no de los socios, de la información financiera y la gestión administrativa de una empresa durante el ejercicio económico.

A continuación se hacen las siguientes recomendaciones:

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Se recomienda con las adaptaciones particulares según el caso utilizar procedimientos de revisión de los EF antes y después del aumento; utilizar y adecuar la estructura para la redacción del Informe del Comisario establecido en la SECP 6, haciendo alusión según cada situación sobre la forma y descripción de los aportes para el aumento o la disminución del capital social, las cuentas de contabilidad que se afectan según corresponda y otros elementos que se consideren necesarios señalar.

OTROS ARTÍCULOS EN LOS CUALES

LA RESOLUCIÓN 019 REQUIERE DE UN INFORME DEL

COMISARIO

Para la tramitación de los actos señalados en los siguientes artículos se requiere un Informe del Comisario:

Artículo 18. Aumento del capital social.

Artículo 19. Reducción del capital social.

Artículo 20. Disolución de sociedades mercantiles.

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CON DINERO EN EFECTIVO, DEPÓSITO O CHEQUE JUNTO CON LA CARTA DE LIBERACIÓN DEL MISMO:

Estado financiero de fechas intermedias, antes y después del aumento, visado por un Contador Público.

NISR 4410

Informe del Comisario.

SECP 6

Revisar los documentos y hacer alusión a la forma de los aportes en efectivo para el aumento de capital

Documento que acredite el aporte del aumento del capital.

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APORTE CON BIENES MUEBLES Y/O INMUEBLES:

Estado financiero de fechas intermedias, antes y después del aumento, visado por un Contador Público.

NISR 4410

Informe del Comisario.

SECP 6 Revisar los documentos de respaldo y elaborar informe describiendo los bienes que conforman los aportes para aumento de capital y sus

observaciones

Documento que acredite el aporte del aumento del capital.

Copia del título de propiedad a nombre de la sociedad mercantil e Inventario de los mismos.

NO SE REQUIERE ACTUACIÓN DE UN AUDITOR

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ACTUALIZACIÓN PATRIMONIAL AL CIERRE DEL EJERCICIO

Estados financieros en formatos VEN NIF al cierre del ejercicio anterior, acompañados del informe de auditoría del contador público debidamente visado.

NIA 700

Estado financiero de fechas intermedias, antes y después del aumento visado por un contador público.

NISR 4410

Informe del Comisario.

SECP 6

Revisar los EF bajo Ven Nif auditados y elaborar informe sobre el resultado de la corrección monetaria para el aumento del

capital

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Estado financiero de fechas intermedias, antes y después del aumento, visado por un Contador Público.

NISR 4410

Presentar la certificación de la cuenta por pagar del accionista, mediante un informe emanado de auditoría.

NITA 3000 o NIA 805

Informe del Comisario.

SECP 6

Revisar la información y detalle de las acreencias del o los accionista(s), revisar las cuentas por pagar auditadas, haciendo

alusión a la capitalización de la deuda del o los accionista(s).

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Informe del Comisario.

SECP 6

Se recomienda informar los acuerdos y formas de la reducción del capital social.

Estado financiero de fechas intermedias visado antes de la reducción del capital, y firmado por un miembro de la junta directiva.

NISR 4410

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Informe del Comisario.

SECP 6

Se recomienda informar los acuerdos y formas de la disolución de la sociedad.

Estado Financiero de fechas intermedias visado por el Contador

Público.

NISR 4410

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Estados financieros de las Sociedades Mercantiles a fusionarse.

NISR 4410

No se requieren auditados

Se recomienda ampliamente, EF auditados utilizando

NIA 700

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Aprobación de los ejercicios económicos anteriores.

NISR 4410 y SECP 6

Estados financieros e Informes del Comisario.

Estado financiero de fechas intermedias visado, antes y después del aumento.

NISR 4410

Según cada caso acompañado por:

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POR AUMENTO DE CAPITAL:

Se deben consignar los documentos que acrediten el pago del aporte del mismo.

Con dinero en efectivo; depósito o cheque junto con la carta de liberación del mismo.

Con bienes muebles y/o inmuebles; copia del título de propiedad a nombre de la sociedad mercantil, e inventario de los mismos. No se señala ningún tipo de informe que acompañe.

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POR CORRECCIÓN MONETARIA:

Estados financieros en formatos VEN NIF al cierre del ejercicio anterior, acompañados del informe de auditoría del contador público debidamente visado.

NIA 700

POR CAPITALIZACIÓN DE ACREENCIAS DE ACCIONISTAS. Certificación de la cuenta por pagar del accionista, mediante un

informe emanado de auditoría.

NITA 3000

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Servicios Especiales Prestados por Contadores Públicos, número seis (SECP-6), “NORMAS INTERPROFESIONALES PARA EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN DE COMISARIO”.

Norma Internacional de Trabajos para Atestiguar, distintos de auditorías y revisión de estados financieros, número 3000 (NITA-3000).

Norma Internacional de Servicios Relacionados número 4410, “Trabajos para compilar información financiera” (NISR-4410).

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Informe Anual a la Asamblea General de Accionistas:

I. Encabezamiento.

II. Párrafo Introductorio.

III. Evaluación Administrativo-Financiera.

IV. Evaluación Estatutaria.

V. Denuncia de los Accionistas.

VI. Recomendaciones.

VII. Firma del Comisario.

VIII. Fecha del Informe.

ESTRUCTURA

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VIII. Fecha del Informe

Debe ser 15 días antes de la fecha de la asamblea, como mínimo. Una copia del balance quedará depositado junto con el

informe de los comisarios, en las oficinas de la compañía durante quince días precedentes a la reunión de la asamblea, y hasta que esté aprobado. Todo el que acredite su calidad de socio, tendrá derecho a examinar ambos documentos.

Artículo 306 Código de Comercio ARTÍCULO 12 NORMAS INTERPROFESIONALES

PARA EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN DE COMISARIO

ESTRUCTURA

IMPORTANTE CONSIDERAR

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Norma Internacional de Trabajos para Atestiguar, distintos de auditorías y revisión de estados financieros, número 3000.

PRIMERA PARTE Título “INFORME DEL AUDITOR INDEPENDIENTE”. Destinatario. La persona o entidad que recibe el informe.

SEGUNDA PARTE:

Alcance.

Responsabilidad de los administradores.

Responsabilidad del auditor independiente.

La opinión o conclusión.

Los usuarios previstos y usos específicos. La fecha del informe del auditor independiente debe ser posterior a la fecha de realización de la asamblea general para la constitución.

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TERCERA PARTE

La rúbrica, el nombre del contador público y su número de

contador público colegiado (CPC). Si se trata de una firma

de contadores públicos se incluye su razón social.

La fecha del informe la cual se coloca indistintamente en la

parte superior o en la parte inferior.

Norma Internacional de Trabajos para Atestiguar, distintos de auditorías y revisión de estados financieros, número 3000.

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Norma Internacional de Servicios Relacionados número 4410, “Trabajos para compilar información financiera”

PRIMERA PARTE El título:

“INFORME DE COMPILACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA” El destinatario:

La persona o entidad que recibe el informe.

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SEGUNDA PARTE Primer párrafo Se identifica a la entidad, se indica que la

información financiera fue compilada de acuerdo con la NISR 4410 y se declara que la responsabilidad de la información suministrada es de la administración o persona.

Segundo párrafo Se expresa que el trabajo realizado NO es

una auditoría ni una revisión y que por ese motivo NO se expresa ninguna opinión al respecto.

Norma Internacional de Servicios Relacionados número 4410, “Trabajos para compilar información financiera”

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TERCERA PARTE

La rúbrica, el nombre del contador público y su número de

contador público colegiado (CPC). Si se trata de una firma de

contadores públicos se incluye su razón social.

La fecha del informe la cual se coloca indistintamente en la

parte superior o en la parte inferior.

Norma Internacional de Servicios Relacionados número 4410, “Trabajos para compilar información financiera”

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La actividad profesional del contador público requerida por la Resolución 019 del SAREN

(Servicio Autónomo de Registros y Notarías)

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[email protected]

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