Resumen Mandato CCCN

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CAPITULO 8: MANDATO Relación con el Código Civil- fuentes: El contrato de mandato ose!a una do"le regulación or un lado en el cód# Civil $arts-%8&'-%'8() * or el otro en el cód# de Com# En la +oca de la sanción del Cód# Civil, todav!a no se encontra"a sucientemente desarrollados los estudio .ue dieron origen a la searación n!tida entre la guras del mandato, reresentación * el oder# El nuevo Cód# Civil * Com# de la /ación trata diferenciadamente estas guras: la reresentación * el oder $art 0(8108%) .ue se encuentran en el titulo de los 23ec4os * actos 5ur!dicos6 * el mandato como contrato aarece regulado en los art %0%'1%007 .ue integra el t!tulo I 2Contratos en articular6# El nuevo cód# deroga las categor!as de acto de comerc io * comer ciante * unica la legislación civil * comercial en el tema contractual * o"ligacional# Art. 1319. Defnición:  3a* contrato de mandato cuando una arte se o"liga a reali9ar uno o ms actos 5ur!dicos en inter+s de otra# El mandato uede ser conferido * acetado e;resa o tcitamente, si una ersona sa"e .ue alguien est 4aciendo algo en su inter+s, * no lo imide, udiendo 4acerlo, se entiende .ue 4a conferido tcitamente mandato# La e5ecución del mandato imlica su acetación aun sin mediar declaración e;resa so"re ella# Según River a: <e contemla n dos cuestiones diversas: La de nición del contrato de mandato * lo relativo a la formación del consentimiento# Tanto en el cód# Civil como en el comercial, el mandato imlica"a un contrato or el cual un su 5eto denominado 2mandante6 encar ga a ot r o su 5eto, denominado 2mandatario6, cele"rar uno o varios act os 5ur!di cos $en el mandato civil) o administrar uno o ms negocios de comercio $en el mandato comercial) en nom"re * reresentación del rimero# La representación del mandante or el mandatario esta"a incororada en la roia denición * gura del mandato# Era el mandato representativo .ue el cód# regula"a como gura central# <e discut!a si esa caracter!stica era de la esencia del mandato o no# Cuestión .ue como veremos .uedar dese5ada con el nuevo código# La denición .ue rovee el nuevo te;to legal resulta co4erente con la metodolog!a seguida or el nuevo código de: searar la regulación de este contrato de la gura de la reresentación# Ello e;lica .ue los t+rminos de la noción legal aludan a una actuación de mandatario en inter+s de otro su5eto, el mandante * *a no ms 2en nom"re de ese su5eto6, como lo esta"lec!an los te;tos derogados# La gura contractual consiste en un acuerdo or el cual una arte denominada mandante encarg a a otra, denominada mandatar io la reali9ación de uno o ms actos 5ur!dicos “en interés e a!"e#$# Los alcances de esa actuación 2en inter+s del mandante6 se e;lican en el art# %0=%# Lo anterior no signica .ue %

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CAPITULO 8: MANDATO

Relación con el Código Civil- fuentes: El contrato de mandato ose!a una do"leregulación or un lado en el cód# Civil $arts-%8&'-%'8() * or el otro en el cód#de Com# En la +oca de la sanción del Cód# Civil, todav!a no se encontra"a

sucientemente desarrollados los estudio .ue dieron origen a la searaciónn!tida entre la guras del mandato, reresentación * el oder#

El nuevo Cód# Civil * Com# de la /ación trata diferenciadamente estas guras:la reresentación * el oder $art 0(8108%) .ue se encuentran en el titulo de los23ec4os * actos 5ur!dicos6 * el mandato como contrato aarece regulado en losart %0%'1%007 .ue integra el t!tulo I 2Contratos en articular6# El nuevo cód#deroga las categor!as de acto de comercio * comerciante * unica la legislacióncivil * comercial en el tema contractual * o"ligacional#

Art. 1319. Defnición: 3a* contrato de mandato cuando una arte se o"liga a

reali9ar uno o ms actos 5ur!dicos en inter+s de otra# El mandato uede serconferido * acetado e;resa o tcitamente, si una ersona sa"e .ue alguienest 4aciendo algo en su inter+s, * no lo imide, udiendo 4acerlo, se entiende.ue 4a conferido tcitamente mandato# La e5ecución del mandato imlica suacetación aun sin mediar declaración e;resa so"re ella#

Según Rivera: <e contemlan dos cuestiones diversas: La denición delcontrato de mandato * lo relativo a la formación del consentimiento# Tanto enel cód# Civil como en el comercial, el mandato imlica"a un contrato or el cualun su5eto denominado 2mandante6 encarga a otro su5eto, denominado2mandatario6, cele"rar uno o varios actos 5ur!dicos $en el mandato civil) o

administrar uno o ms negocios de comercio $en el mandato comercial) ennom"re * reresentación del rimero# La representación del mandante or elmandatario esta"a incororada en la roia denición * gura del mandato#Era el mandato representativo .ue el cód# regula"a como gura central#

<e discut!a si esa caracter!stica era de la esencia del mandato o no# Cuestión.ue como veremos .uedar dese5ada con el nuevo código# La denición .uerovee el nuevo te;to legal resulta co4erente con la metodolog!a seguida orel nuevo código de: searar la regulación de este contrato de la gura de lareresentación#

Ello e;lica .ue los t+rminos de la noción legal aludan a una actuación demandatario en inter+s de otro su5eto, el mandante * *a no ms 2en nom"re deese su5eto6, como lo esta"lec!an los te;tos derogados#

La gura contractual consiste en un acuerdo or el cual una arte denominadamandante encarga a otra, denominada mandatario la reali9ación de uno o msactos 5ur!dicos “en interés e a!"e#$# Los alcances de esa actuación 2eninter+s del mandante6 se e;lican en el art# %0=%# Lo anterior no signica .ue

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est+ ro4i"ido .ue el mandante otorgue al mandatario facultades ara actuar2en su nom"re6, es decir .ue act>e en reresentación de +l? todo lo contrario elcód# admite e;resamente esa modalidad en el art# %0=@#

La nueva le* se reere simlemente a la cele"ración de uno o ms actos 5ur!dicos, lo .ue comrende todos los actos voluntarios l!citos .ue tienen or ninmediato ad.uirir, modicar o e;tinguir relaciones o situaciones 5ur!dicas,seg>n la denición dada or el art# =(' e.uiara"le al art# '77 al Cód# Civilvie5o# /o contemla la e5ecución de tra"a5os materiales ni intelectuales, estosson contratos de servicios * de o"ra#

=) ormación del consentimiento: La segunda arte de la norma contin>a comoel código e;tinto: el mandato uede ser conferido * acetado de manerae;resa o tcita# A.u! el nuevo ordenamiento remite tcitamente a los arts#=&=, =&0 * =&7, .ue regulan: la manifestación e;resa de la voluntad $similaral e;tinto '%B Cód#), el silencio como manifestación de voluntad * la

manifestación tcita de la voluntad# Reiterando .ue el silencio, como rinciio,no constitu*e una manifestación volitiva, .ue ermita imutar al su5eto el actoresecto del cual 4a silenciado#

Conforme al art# =&0 .ue admite el silencio como manifestación de la voluntadsólo en casos e;cecionales, como en los casos en .ue 4a*a de"er dee;edirse .ue uede resultar de la le*, de la voluntad de las artes, de los usos* rcticas o de una relación entre el silencio actual * las declaracionesrecedentes, ero estas revisiones fueron omitidas en la nueva regulaciónresecto de la formación del consentimiento del mandato, .ue no aluden *a alsilencio como vlido ara erfeccionar el contrato de mandato# Cuestión esta

.ue +le9 admit!a el silencio como formativo de la voluntad contractual $art#%8B7, %8B& * %8B8 del Cód# anterior)#

Indeendientemente de ello, 4a* doctrina .ue entiende .ue el silencio od!aser considerado como otro modo >til ara erfeccionar el contrato si: a%  secoincide con la referida doctrina nacional .ue ve!a en el silencio un modo demandato tcito? &% o si e;iste un de"er de e;edirse or 2los usos * rcticas6$art# =&0) * se 4a*a silenciado al resecto#

El segundo rrafo del art# %0%' ratica .ue la e5ecución del mandato or elmandatario imlica su acetación, aun.ue no 4u"iere emitido declaración

e;resa so"re ella# Por su arte, la inacción del mandante ante el conocimiento.ue tiene de .ue otro est o"rando en su inter+s odr!a reutarse comomanifestación tacita de la voluntad $Cf# <alvat- orda)#

Dado .ue el nuevo Cód# eliminó la e;resión de la voluntad 2resumida or lale*6, como admit!a el art# '=@ del cód# Civil, se surimieron en consecuencia,los modos de manifestación de la acetación contractual resumida or la le*

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ara los casos de mandato entre ersonas resentes * entre ausentes,resectivamente#

inalmente, si el mandatario no aceta el encargo dado ero fuese de a.uellos.ue or su ocio o modo de vivir +l aceta regularmente, .ueda o"ligado aadotar las medidas 2conservatorias urgentes6 .ue re.uiera el negocioencomendado * no acetado, como lo disone el art# %0=7#

Art. 13'(: Representación.  <i el mandante conere oder ara serreresentado, le son alica"les las disosiciones de los arts# 0&= * siguientes#Aun cuando el mandato no conera oder de reresentación, se alican lasdisosiciones citadas a las relaciones entre mandante * mandatario, en todo lo.ue no resulten modicadas en este Ca!tulo#

Art. 13'1: Manato sin representación: <i el mandante no otorga oder dereresentación, el mandatario act>a en nom"re roio ero en inter+s delmandante, .uien no .ueda o"ligado directamente resecto del tercero, ni esteresecto del mandante# El mandante uede su"rogarse en las acciones .uetiene el mandatario contra el tercero, e igualmente el tercero en las acciones.ue ueda e5ercer el mandatario contra el mandante#

Según Rivera:

El Código nuevo regula en la arte general la gura de la reresentación, * el mandato gura enlos contratos en articular#

<in em"argo como son instituciones comati"les, se admite e;resamente .ue el mandatoueda cele"rarse con dos modalidades, con reresentación o sin reresentación#

)ON R*+R*S*NTA),ON: El mandante aodera al mandatario * conere al mandatario lafacultad de actuar en nom"re de +l#

S,N R*+R*S*NTA),ON: -a ausencia de facultades de reresentación a favor del mandatarioimlica .ue +l act>a, frente a terceros, en su roio nom"re * no en nom"re del mandante#

Actuar a nom"re de otro signica 4acer sa"er al tercero a .uien se dirige una declaración devoluntad .ue la actuación tiende a vincular a otro su5eto al reresentado en cu*a ersona oatrimonio en denitiva va a imactar las consecuencias del acto#

-A R*-A),N D* R*+R*S*NTA),ON *S *- /,N)0-O D,R*)TO 0* S* 2ORMA *NTR* *-R*+R*S*NTADO *- T*R)*RO )ON 0,*N )ONTRATA *- R*+R*S*NTANT*.

*- R*+R*S*NTANT* NO *S +ART* )ONTRA)T0A- *N *- N*4O),O )*-*5RADO )ON *-T*R)*RO6 -AS O5-,4A),ON*S D*R*)7OS 0* S0R4*N D* *S* )ONTRATO O A)TOS* ,M+0TAN D,R*)TAM*NT* A- R*+R*S*NTADO. 8ART 39%

*N )ASO D* D0DA D*5* *NT*ND*RS* 0* -A +R*RRO4AT,/A D* R*+R*S*NTAR A-MANDANT* NO 7A S,DO OTOR4ADA A 0* -A 2,40RA A5STRA)TA D* -AS -**S,ND,)A 0* *- MANDATO NO *S R*+R*S*NTAT,/O. 8ART 3;; 1319 ,N 2,N*%

A) MANDATO )ON R*+R*S*NTA),N: EL ART# %0=@ DICE CUALE< <O/ LA< REFLA<APLICALE< AL GA/DATO <EFH/ UE <EA CO/ REPRE<E/TACIJ/ $ ART< 0(8 A 0&%)

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UE <O/ LA< UE REFULA/ EL I/CULO E/TRE GA/DA/TE K REPRE<E/TA/TE ,ADEG< AU/UE EL CODIFO /O LO DIFA <E APLICA/ TAGIM/ A) LA< DI<PO<ICIO/E<FRALE< E/ GATERIA DE REPRE<E/TACIJ/ $ART# 0(8 A 0&%) K ) LA< /ORGA< DE E<TECAPITULO UE REFULA/ EL GA/DATO #

) PARA EL CA<O UE EL GA/DATO /O OTORFUE AL GA/DATARIO LA ACULTAD DEACTUAR E/ /OGRE DEL GA/DA/TE , LA /UEA /ORGATIA PREEM EL <IFUIE/TEJRDE/ DE PRELACIJ/: LA< DI<POCIO/E< DE E<TE CAPITULO K LUEFO LA< DEL LO< ART0&= A 08% $ de reresentación)

En la >ltima arte del Art# %0=%, autori9a al mandante a su"rogarse en las acciones .ue tenga elmandatario contra el tercero * a este en las acciones .ue el mandatario osea contra elmandante, aunta al e5ercicio de la acción su"rogatoria .ue el Cód# legisla en los arts# B0' a B7=#Desec4a la osi"ilidad de .ue el mandante o el tercero uedan recurrir al e5ercicio de la accióndirecta contemlada en el nuevo Cód# en los arts# B0& a B08 la cual sólo rocede en suuestosrevistos or la le*#

Art. 13'': Onerosia: El mandato se resume oneroso# A falta de acuerdoso"re la retri"ución, la remuneración es la .ue esta"lecen las disosicioneslegales o reglamentarias alica"les, o el uso# A falta de am"os, de"e ser

determinada or el 5ue9#

• Concordancias con la normativa anterior: Cód# Civil, art# %8B%• Anlisis de la normativa anterior: El mandato od!a ser gratuito u oneroso, sin er5uicio

de ellos se esta"lec!a una resunción de gratuidad en el Código Civil, * en el deComercio se resum!a oneroso# /o o"stante, era oneroso cuando consist!a enatri"uciones o funciones conferidas or la le* al mandatario * cuando consist!a en lostra"a5os roios de la rofesión lucrativa del mandatario, encontrndose en dic4astareas las roias de las rofesiones li"erales#

• Anlisis de la normativa del CCC/: El art# %0== modica al rinciio anterior artiendo de.ue el mandato es oneroso * esta"leciendo autas en cuanto a su determinación, laremuneración uede ser esta"lecida or las artes, * a falta de acuerdo or la le* odisosición reglamentaria o, en >ltima instancia, el 5ue9#

Según Rivera: En el Cód# Civil anterior se reve!a .ue el mandato od!a ser gratuito u oneroso# K el código de comercio reve!a la resunción de onerosidad del mandato# La unicación delr+gimen de contratos en general * en articular del mandato imlico la necesidad de adotaruna ostura uniforme ara el mandato, el Cód# nuevo se inclina or resumir la onerosidad delmandato# La onerosidad del mandato constitu*e una resunción legal ero uede desvirtuarseor acto contrario o si se acredita .ue el mandato no ten!a carcter oneroso# A falta de acuerdoso"re la retri"ución se alican las disosiciones legales alica"les, or e5emlo las le*es dearanceles ara a"ogados o la .ue surgan de los usos alica"les# En ausencia de ellos, laretri"ución la determina el 5ue9#

A esar de .ue el nuevo Cód# no reroduce el art# %'(0, .ue 5a"a el derec4o del mandatario auna retri"ución roorcional al servicio restado en caso de resolución del mandato sin cula delmandatario, ese derec4o igualmente e;iste or alicación de los rinciio generales del derec4o.ue el art# %B'7 $enri.uecimiento sin causa)#

Art. 13'3: )apacia:  El mandato uede ser conferido a una ersonaincaa9, ero +sta uede ooner la nulidad del contrato si es demandado orine5ecución de las o"ligaciones o or rendición de cuentas, e;ceto la acciónde restitución de lo .ue se 4a convertido en rovec4o su*o#

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• Concordancias con la normativa anterior: Cód# Civil, art# %8'B#

• Anlisis de la normativa anterior: El mandato od!a ser vlidamente conferido a una

ersona incaa9 de o"ligarse, * el mandante esta"a o"ligado or la e5ecución delmandato, tanto resecto al mandatario, como resecto a terceros con los cuales +ste4u"iera contratado# <e entend!a .ue se refer!a a los casos de menores adultos# De"edestacarse tam"i+n una limitación en cuando a .ue si los terceros .ue contrata"an con

el mandatario no estuvieron en condiciones de conocer dic4a incaacidad de 4ec4o,or.ue ella no surg!a del oder, la incaacidad de 4ec4o del reresentado no loser5udica"a si eran terceros de "uena fe#

• Anlisis de la normativa del CCC/: El art# %0=0 esta"lece tam"i+n la osi"ilidad del

otorgamiento a un incaa9, ero otorgndole a este ma*or rotección#

Este art# reitera igual .ue el cód# anterior el rinciio general de .ue es vlido el mandatootorgado a una ersona incaa9, el fundamento de esta ermisión era .ue el acto 5ur!dico .ue elmandatario reali9a"a se reuta"a efectuado or el roio mandante# K en esas condiciones lacaacidad del mandatario era indiferente# A4ora esta e;licación uede relicarse1criticarse enel sistema actual sólo cuando el mandato es reresentativo $art# %0=@) ero no cuando no lo es#/o o"stante en cual.uier caso, el mandato conferido al incaa9 se reuta valido, lo cual NOarece ra9ona"le cuando el mandante no conere oder de reresentación a favor delmandatario, *a .ue se estar!a encomendando un acto .ue el incaa9 no odr!a cele"rar en suroio nom"re con el tercero# 3a* .ue estar, resecto de las reglas de caacidad de e5ercicio .uerev+ el cód# en los arts# =0, =7, =(, =&, 0= * siguientes#

 La >ltima arte del art# %0=0 reitera la regla gen+rica del nuevo cód# .ue esta"lece en el art#%@@@ .ue determina los efectos de nulidad en los contratos cele"rados or incaaces $la artecaa9 no tiene derec4o ara e;igir la restitución o el reem"olso de lo .ue 4a agado o gastado,e;ceto si el contrato enri.ueció a la arte incaa9 o con caacidad restringida * en cuanto se4a*a enri.uecido)#

Art. 13'<. O&#igaciones e# =anatario: El mandatario est o"ligado a:

a) Cumlir los actos comrendidos en el mandato, conforme a lasinstrucciones dadas or el mandante * a la naturale9a del negocio .ueconstitu*e su o"5eto, con el cuidado .ue ondr!an en los asuntos roioso, en su caso, el e;igido or las reglas de su rofesión, o or los usos dellugar de e5ecución?

") Dar aviso inmediato al mandante de cual.uier circunstanciaso"reviniente .ue ra9ona"lemente aconse5e aartarse de lasinstrucciones reci"idas, re.uiriendo nuevas instrucciones o raticaciónde las anteriores, * adotar las medidas indisensa"les * urgentes?

c) Informar sin demora al mandante de todo conNicto de inter+s * de todaotra circunstancia .ue ueda motivar la modicación o la revocación delmandato?

d) Gantener en reserva toda información .ue ad.uiera con motivo delmandato .ue, or su naturale9a o circunstancias no est destinada a serdivulgada?

e) Dar aviso al mandante de todo valor .ue 4a*a reci"ido en ra9ón delmandato, * onerlo a disosición de a.uel?

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f) Rendir cuenta de su gestión en las oortunidades convenidas o a lae;tinción del mandato?

g) Entregar al mandante las ganancias derivadas del negocio, con losintereses moratorios, de las sumas de dinero .ue 4a*a utili9ado enrovec4o roio?

4) Informar en cual.uier momento, a re.uerimiento del mandante, so"re lae5ecución del mandato?i) E;4i"ir al mandante toda la documentación relacionada con la gestión

encomendada, * entregarle la .ue corresonde seg>n las circunstancias#

<i el negocio encargado al mandatario fuese de los .ue, or su ocio o sumodo de vivir, aceta +l regularmente aun cuando se e;cuse del encargo, de"etomar las rovidencias conservatorias urgentes .ue re.uiera el negocio .ue sela encomienda#

A las o"ligaciones enumeradas en este art!culo se le de"e sumar las normas .ue se alican so"rela reresentación de los arts# 0&= * siguientes# Recordamos .ue en esta materia rige en rimer

t+rmino el rinciio de la autonom!a de la voluntad $art# '(8, '&=) or lo .ue las artes uedenvlidamente modicar las autas legales * estiular otras o"ligaciones o condiciones#

,nc. A% El mandatario tiene .ue cumlir con el cometido solicitado or el mandante# Elencargo de"e ser e5ecutado o"servando las instrucciones * ordenes .ue el mandante le dio, lanaturale9a del negocio encargado * dentro de los l!mites de la función asignada? de"e cumlirlocon el cuidado .ue ondr!an en sus roios asuntos en rimer lugar, segundo? 5a como auta elcuidado de lo .ue sur5a de las reglas de la rofesión * or >ltimo, lo .ue emane de los usosvigentes en el lugar de la e5ecución del mandato#

Los armetros de conducta .ue 5a este inciso son:

a) uno su"5etivo vinculado con la atención .ue el mandatario one en sus roios

asuntos *,

") otros dos o"5etivos $reglas de la rofesión del mandatario * normas .ue sur5an de losusos)#

El 5ue9 determinara el adecuado e.uili"rio entre uno * otros al tiemo de evaluar elcomortamiento del mandatario en la e5ecución del contrato# En cual.uier caso, el mandatariode"e resetar siemre el rinciio cardinal de la "uena fe en la e5ecución del mandato * suso"ligaciones#

,nc. 5% > )% A.u! se ocua del de"er gen+rico del mandatario de informar al mandantecircunstancias asociadas a la osi"le modicación, raticación o e;tinción de las instruccionesdadas ara e5ecutar el mandato# En materia de reresentación $art# 0B=) la le* imone tam"i+n

el de"er de comunicación, información * recordemos .ue estas disosiciones se le alican almandato# El aviso tiene .ue ser inmediato sin 5ar un la9o ara ello .ue surgir de lascircunstancias del caso, de la imosi"ilidad o no en .ue se encuentre el mandatario, etc# <esuone .ue de"e serlo en el tiemo ms ró;imo osi"le al conocimiento .ue tuvo el mandatariodel evento .ue uede inNuir en las instrucciones dadas or el mandante resecto a la forma dee5ecutar el mandato# <eg>n Rivera, un la9o de 7@ 4oras estar!a "ien con las comunicaciones de4o*# En cuanto a la forma, nos remitimos al rinciio general de la li"ertad de las formas $art#=87)#

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El segundo de"er .ue el inciso 5%  imone al mandatario es adotar las medidasindisensa"les * urgentes en caso de .ue se resente una urgencia, o circunstanciaso"reviniente . ueda afectar las órdenes .ue 4a"!a dado el mandato# Ka sea resecto de"ienes, valores, dinero etc# ara evitar todo er5uicio al atrimonio e intereses del mandante#

Por su arte el inc# )%  esta"lece una o"ligación esec!ca de avisar, .ue *a esso"rea"undante or.ue surge del inciso anterior# A.u! se e;ige .ue comuni.ue cual.uierconNicto de intereses entre los su*os roios * los del mandante, .ue udiera surgir or lae5ecución del mandato * tam"i+n .ue informe toda circunstancia .ue ueda generar lamodicación o revocación del mandato# Entre los intereses roios * los del mandante de"eriori9ar los del mandante# Tam"i+n de"e ser el aviso en forma inmediata * entendiendo Riverala9o 7@ 4oras, * conforme li"ertad de las formas $Art =87)#

,nc. % El mandatario de"e guardar secreto * no difundir la información .ue ad.uieracon motivo del mandato, .ue or su naturale9a, o circunstancia no est+ destinada a serdivulgada# $Idem art# 0B= inc# A la regla .ue todo reresentante de"e mantener reserva)#

Es el mandatario .uien determinar seg>n su ra9ona"le criterio cul es la informaciónconcreta .ue de"e mantener en reserva# Ante la duda de"e guardar secreto, ara evitar todaosi"le afectación de los intereses del mandante# Adems .ueda constreido tam"i+n or la le*de condencialidad le* =7#B&& #

,nc. *% De"e informar de todo valor , efectos, aeles de comercio etc# .ue elmandatario 4a*a reci"ido como consecuencia del mandato La información de"e ser clara *comleta ara .ue el mandante tome conocimiento de los datos de las cosas o valores reci"idos,a .u+ oeración corresonden * esecialmente ara .ue instru*a al mandatario resecto de .uede"e reali9ar con ellos, salvo, claro , .ue esto >ltimo surga de las instrucciones revias , lanaturale9a del negocio, las reglas de la rofesión , o los usos del lugar del encargo $doc# art %0=7inc# a)#

Adems de"e onerlos a disosición del mandante, entregndoselos o remiti+ndoselos,seg>n el mandate indi.ue o 4a*a indicado#

,nc. 2% La de rendir cuentas de la gestión en e5ecución o reali9ada# A diferencia delcódigo anterior no se activa est o"ligación sólo a la nali9ación del mandato sino durante todala vida del mandato#

,nc. 4%  Entregar al mandante las ganancias derivadas del negocio reitera en ciertamanera el antiguo Cód# e;ige .ue si el mandatario utili9ó a su favor sumas de dinero reci"idas deterceros en la e5ecución del encargo, de"e restituir esas cantidades ms los intereses moratorios#<eg>n Rivera de"e contarse la mora a artir del d!a en .ue el mandatario lo uso ara "enecioroio * no es necesaria la constitución formal en mora del mandatario#

<i las instrucciones del mandante determina"an cul era el uso .ue se le de"!a dar a lasganancias del negocio o ro4i"!an el uso de estas ganancias or el mandatario, cual.uier emleoaarte de los intereses moratorios, de"er resonder or daos * er5uicios#

,nc. 7% Como el mandante es el dueo del negocio, es decir el titular del inter+s .ue seretende satisfacer con el negocio encomendado al mandatario, es de su inter+s conocerermanentemente el desenvolvimiento de la gestión encargada# Por eso el mandante ose elderec4o * el mandatario el de"er de entregar información so"re todos los asectos del tra"a5o,de manera .ue el mandante ueda velar or sus intereses de la forma .ue me5or lo considere#

Puede ser e5ercido en cual.uier momento, * consideramos seg>n art =87#

B

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/o determina el alcance de este de"er o cul es el contenido e;acto de a.uello .ue elmandatario de"e informar# <e alica el rinciio general de la "uena fe $art ', B=', * '&%) *tam"i+n al contenido del re.uerimiento del mandante, a las circunstancias del caso, * a los usosvigentes en el lugar de e5ecución del mandato#

/o esta"lece la9o, estamos a lo *a dic4o, salvo .ue 4a*a el mandante esta"lecido unt+rmino al efecto#

,nc. ,%  Por un lado de"e e;4i"ir al mandante toda documentación vinculada con sugestión, e5emlo minutas, reacuerdos, contratos, reci"os, constancias de agos, etc# Este de"ersurge cada ve9 .ue el mandante lo re.uiera# El modo odr estar determinados or el mandanteo surgir de las circunstancias del caso o de los usos# La entrega de documentación uede seredida durante el mandato o al nali9ar el mismo#

A.u! >ltimo rrafo se imone al mandatario .ue rec4a9a un encargo relativo a su ocioo modo de vivir, la o"ligación residual de adotar las medidas conservatorias urgentes .uere.uiera el negocio encomendado#

<e trata de roteger al mandante .ue conando en la 4a"itualidad del mandatario encierta categor!a de negocios, le encarga un tra"a5o de ese tio * .ueda eseran9ado en su

acetación# La li"ertad de contratar $art# '(8) .ue osee el mandatario le ermite acetar orec4a9ar el encargo# En este caso de"er tomar las medidas urgentes del caso ara conservarlos "ienes o la gestión encomendada ara evitar er5uicios a su atrimonio#

Art. 13'. )on?icto e intereses: <i media conNicto de intereses entre elmandante * el mandatario, +ste de"e osoner los su*os en la e5ecución delmandato, o renunciar# La o"tención, en el desemeo del cargo, de un"enecio no autori9ado or el mandante, 4ace erder al mandatario suderec4o a la retri"ución#

<eg>n Rivera: Pese al c4o.ue de intereses . uede e;istir, no e;iste imedimento alguno ara.ue el mandante autorice e;resamente la oeración de .ue se trate *a .ue esa facultad se

inserta en el marco de la autonom!a de la voluntad reconocida or el código# $arts# %=, '77,'(8,'&= * concs#)

La >ltima arte 5a la regla .ue ermite al mandante no a"onar retri"ución alguna almandatario si en la e5ecución del encargo este o"tuvo un "enecio no autori9ado or a.u+l# Pore5emlo si en la venta de un inmue"le el mandatario erci"e de un tercero una comisión noautori9ada or el mandante o ma*or a la facultada#

<e Castiga al mandatario .ue o"tuvo un "enecio e;tralimitndose de las instruccionesreci"idas, * or ello le imide reclamar retri"ución al mandante? or otro lado la le* comensa laventa5a o"tenida or el mandatario con el rovec4o .ue i"a a o"tener en concreto de manos delmandante#

La e;resión "enecio emleada or la norma no se circunscri"e a venta5as dinerarias,sino .ue comrende toda clase de "enecios de carcter atrimonial, .ue se comensan con lae;imición de ago de la retri"ución al mandatario or el mandante#

Art. 13';: Manato a varias personas: <i el mandato se conere a variasersonas sin estiular e;resamente la forma o el orden de su actuación, seentiende .ue ueden desemearse con5unta o searadamente#

• Concordancias con la normativa anterior: Cód# Civil, %'=@#

8

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• Anlisis de la normativa anterior: El art# %'=@ del cód# Civil esta"lec!a .ue si un mandato

4a"!a sido dada a muc4as ersonas con5untamente, no 4a"!a solidaridad entre ellas, amenos .ue 4u"iera una convención en contrario#

• Anlisis de la normativa del CCC/: El art# %0=& estiula e;resamente .ue los

mandatarios ueden e5ecutar el mandato de forma con5unta o searadamente si no seles estiuló el orden de su actuación#

Ante a"sencia e instr"cciones e# =anante es v@#io !"e #os=anatarios actúen en or=a separaa o conB"nta.

Art. 13'C. S"stit"ción e# =anato: El mandatario uede sustituir en otraersona la e5ecución del mandato * es resonsa"le de la elección delsustituido, e;ceto cuando lo 4aga or indicación del mandante# En caso desustitución, el mandante tiene la acción directa contra el sustituto revista enlos arts# B0& * concordantes, ero no est o"ligado a agarle retri"ución si lasustitución no era necesaria# El mandatario resonde directamente or laactuación del sustituto cuando no fue autori9ado a sustituir, o cuando la

sustitución era innecesaria ara la e5ecución del mandato#

S*4N R,/*RA:  La sustitución uede constituir un suuesto de cesión de contrato o unsuuesto de su" contrato, tam"i+n llamado contrato derivado#

La cesión de contrato o transmisión de la osición contractual se encuentra regulada en elnuevo ordenamiento como 2cesión de la osición contractual6 en los arts# %&0&-%&7@, dentro dela regulación de los contratos en articular#

El su"contrato or su arte, 4a sido regulado or el nuevo Código en la arte general decontratos, arts# %@&' * ss# En esta gura ,la regla es la ermisión de la su" contratación, .ue enrinciio resulta rocedente en todos los contratos con restaciones endientes, e;ceto .ue setrate de o"ligaciones .ue re.uieren restaciones ersonales $art# %@B@) esto se con5uga con elart# BB& de O"ligaciones de 4acer, cuando disone .ue la e5ecución or otro su5eto diferente al

deudor o"ligado es imrocedente cuando resulta .ue +ste fue elegido or sus cualidades,elección .ue se resume en los contratos .ue suonen una conan9a esecial #

La doctrina insiste en .ue no es facti"le la e;istencia del contrato derivado, al igual .ue lacesión, cuando sea esencial la ersona del contratante originario o cuando e;ista unaro4i"ición convencional o legal# Tam"i+n se dice .ue la relación de conan9a entre mandante -mandatario no constitu*e un o"stculo a la sustitución, or rimar una ra9ón de orden rctico#

E<UEGATIA/DO COGO UEDA LA /ORGA:• A% La directri9 es la autonom!a de la voluntad, las artes ueden ermitir e;resamente,

ro4i"ir o limitar la osi"ilidad de designar uno o varios sustitutos ara la e5ecución delmandato $art# 0BB,'(8,'&= * %0=B)#

• 5% El Cód# esta"lece .ue en ausencia de estiulaciones, el mandatario uede sustituir en

otro su5eto el encargo# El nuevo mandatario se llama <U<TITUTO O <UGA/DATARIO#Como lo congeniamos con las normas del art# %@B@ * BB& referidos, *a .ue estos indican.ue no se uede su"contratar cuando el deudor fue escogido or sus cualidadeseseciales , * ello se verica en el mandato , *a .ue es uno de los contratos donde seresume una conan9a esecial entre las artes# K ms en el caso de a"ogado cliente.ue muc4as veces se calica mandato , .ue ro4i"ir!a sustituir el encargo seg>n los arts#anteriores ero no seg>n el art# %0=B .ue se anota#

'

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Prevalece el art# %0=B, or.ue rima norma esecial so"re norma gen+rica, am+n de .uela doctrina se inclina so"re esta solución or ra9ones rcticas#

• )% La doctrina moderna diferencia 2Cesión de la reresentación6 $cuando el mandanteautori9ó la sustitución e indicó .ui+n de"!a ser el sustituto), el mandatario se desliga desu v!nculo con el mandante .uien se entender directamente con el sustituto# Delsu"mandato .ue se d cuando el mandatario est autori9ado a sustituir sin .ue seindi.ue en .ui+n uede 4acerlo, como cuando la facultad de sustituir no est consagradae;resamente# E/ AGO< CA<O< EL GA/DATARIO UEDA E/ RELACIO/ CO/ ELGA/DA/TE#

•   D%  En el suuesto de sustitución de mandato se crea el siguiente entramado deo"ligaciones 5ur!dicas:

1%  !nculo mandante mandatario: <e rige or lo estiulado entre ellos, -elmandatario es resonsa"le or la elección del sustituto * ser!a lógico .uetam"i+n lo fuera or su actuación, salvo .ue el mandante indi.ue la ersona en.uien se de"!a sustituir#'% La relación mandatario su"mandatario .ue se regula or las reglas vlidasdel contrato de su" mandatario cele"rado entre ellos, or las normas legales .ueregulan el contrato de mandato, or las estiulaciones del mandato rincial en

lo .ue fueren ertinentes * or los usos alica"les $doc# Arts# '&7 * %@B%)#3% inalmente, el la9o mandante- su"mandatario .ue genera una acción directaentre ellos, se discilina or las disosiciones de la acción directa revista en losarts# B0& a B08 .ue esta"lece sus caracter!sticas, sus re.uisitos de e5ercicio * susefectos $doc# Art# %@B% inc# ")#<%  <i "ien el art# %0=B .ue se comenta sólo alude a la acción directa delmandante contra el sustituto, la acción rec!roca de +ste contra a.u+l se deduceclaramente del art# %@B% inc# ") * de su remisión a los arts# B0& a B08 #%  En lo atinente al ago de la retri"ución al sustituto, el mandante no esto"ligado a agarle retri"ución si la sustitución no era necesaria, reglaid+nticamente reve!a el vie5o art# %'(' Cód# Civ#;% Es seme5ante al art# 0BB, disone .ue el mandatario es resonsa"le de laelección del sustituto, salvo cuando lo 4aga or indicación del mandante, en cu*ocaso se trata del suuesto de cesión de la reresentación referido en el cul elmandatario se desliga de la vinculación con el mandante#C% El mandante, es resonsa"le directo or la actuación del sustituto cuando nofue autori9ado a sustituir o cuando la sustitución era innecesaria ara e5ecutar elmandato, lo .ue arec!a desdecir la rimera arte del art!culo .ue esta"lece .ueel mandatario es resonsa"le de la elección del sustituto *a .ue, a contrariosensu, si la sustitución esta"a autori9ada o era necesaria, el mandatario noresonder!a or los actos del sustituido#Por >ltimo , la rimera 4iótesis del art# %0=B, >ltima arte, .ue resonsa"ili9a almandatario no .ueda claro si se reere a .ue de"a e;istir una autori9acióne;resa del mandante al mandatario .ue lo faculte a sustituir el mandato, deforma tal el mandatario no resonder!a or los actos del sustituido, o si sere.uiere una ro4i"ición de la sustitución ara .ue el mandatario resonda orlos actos del su"mandatario: el segundo suuesto re.uiere anali9ar lascircunstancias del caso ara determinar si la sustitución era o no necesaria * conello ,si el mandatario es o no resonsa"le or el sustituto#

Art. 13'E. O&#igaciones e# =anante: El mandante est o"ligado a:

a) <uministrar al mandatario lo medios necesarios ara la e5ecución delmandato * comensarle, en cual.uier momento .ue le sea re.uerido,todo gasto ra9ona"le en .ue 4a*a incurrido ara ese n?

%@

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") Indemni9ar al mandatario los daos .ue sufra como consecuencia de lae5ecución del mandato, no imuta"les al roio mandatario?

c) Li"erar al mandatarios de las o"ligaciones asumidas con terceros,rove*+ndole de los medios necesarios ara ello?

d) A"onar al mandatario la retri"ución convenida# <i el mandato se

e;tingue sin cula del mandatario, de"e la arte de la retri"uciónroorcionada al servicio cumlido? ero si el mandatario 4a reci"ido unadelanto ma*or de lo .ue le corresonde, el mandante no uede e;igirsu restitución#

S*4N R,/*RA :Recordamos .ue en esta materia rige el rinciio de la autonom!a de la voluntad $arts#

'(8 * '&%) or lo .ue las artes ueden imlementar o"ligaciones diferentes#,N) A% El mandante de"e suministrar al mandatario todos los medios necesarios ara

reali9ar eca9mente el mandato, or otra comensarle or todos los gastos ra9ona"les .ue 4a*aefectuado con esa nalidad# Entendemos .ue suministrar alude no solo oner a disosición sino

esecialmente, entregar, enviar, o 4acerle llegar al mandatario lo necesario ara .ue +stee5ecute el encargo, sea .ue 4a*a re.uerido ara no ese envió * en tanto ello resulte necesarioara la e5ecución eca9 del encargo .ue en el nuevo r+gimen, el mandatario e5ecuta a nom"reroio * no a nom"re del mandante $art# %0%')# Es claro .ue si el mandato re.uiere el env!o dedocumentos, comro"antes de ago, anticios de dinero, valores, cosas, transferencias o giros,etc# el mandante de"e suministrar al mandatario todo a.uello ara .ue este ueda desarrollar sula"or# De lo contrario 4a"r!a un entorecimiento cula"le del mandante# Por su arte la locuciónde medios a"arca todo a.uello .ue resulte necesario ara la el * oortuna e5ecución delencargo conferido $dinero, valores, etc#)#

La segunda arte del inc# alude al clsico de"er de reem"olso del mandante resecto delos gastos .ue 4a*a reali9ado el mandatario ara cumlir con el encargo conferido# La le* utili9ala e;resión 2comensarle6 * no reem"olsarle como dec!a el código anterior con lo cual odr!ainterretarse .ue inclu*e intereses o daos sufridos or el mandatario#

PARA UE PROCEDA LA COGPE/<ACIJ/ DE FA<TO< LA LEK IGPO/E 0REUI<ITO<:%) ue el mandatario e;i5a el reem"olso, lo uede reali9ar en cual.uier tiemo,

incluso antes de concluido el mandato#=) ue los gastos sean ra9ona"les, esto se reere a las circunstancias de tiemo

* lugar, del caso concreto#0) ue los gastos 4a*an sido reali9ados ara e5ecutar el mandato conferido#

<i "ien la le* no esecica como el cód# anterior si roceden los intereses desde .ue losefectuó el mandatario entendemos .ue s! or alicación de las normas de o"ligaciones#

Otro tema .ue no rev+ en este ca!tulo el cód#, es el 2derec4o de retención6 ero esalica"le or el art# =(8B, con lo cual el mandatario tiene derec4o de retención so"re los valoreso documentos, etc# en relación a la e5ecución del mandato, en caso de .ue el mandante no lea"one su retri"ución#

)OM*NTAR,O A- ,N) 5% O"liga al mandante a indemni9ar al mandatario los daos .ue sufracomo consecuencia de la e5ecución del encargo siemre .ue no sean imuta"les al mandatario#<e uede seguir la directri9 del vie5o cód# .ue reutase er5uicio ocasionado or la e5ecución delmandato, solamente a.uel .ue el mandatario no 4u"iera sufrido, sino 4u"iera acetado elmandato#

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)OM*NTAR,O A- ,N) )%  Imone al mandante el de"er de li"erar al mandatario de laso"ligaciones asumidas con terceros, rove*+ndole los medios dinero valores, etc# necesariosara ello#

El alcance de la o"ligación .ue rescri"e este art!culo es clara en el nuevo r+gimen,como el mandatario act>a a nom"re roio .ueda el $mandatario directamente o"ligado conterceros, tal como sucede con la consignación o comisión)# El mandante entonces de"e li"erar almandatario de las o"ligaciones asumidas, rove*+ndole los medios necesarios ara ello, ara.ue el mandatario ueda cumlir con terceros * .ueda as! li"erado#

A4ora, si el mandatario act>a en REPRE<E/TACIO/ DEL GA/DA/TE $art# %0=@), lali"ración de las o"ligaciones asumidas or el mandatario a .ue se reere esta norma consistiren roveerle * suministrarle todo lo necesario ara .ue el mandatario .uede deso"ligado dea.uellos de"eres .ue 4u"iera asumido en su nom"re en la e5ecución del encargo, or ser ellonecesario ara la el reali9ación de su cometido#

)OM*NTAR,O A- ,N). D% En el ordenamiento vigente, como el mandato se resume oneroso$art# %0==), el mandante .ueda o"ligado a satisfacer al mandatario la retri"ución estiulada, lalegal, la .ue surga de los usos o la .ue 5e el 5ue9# <i el mandato no fuera oneroso, or.ueas! se 4u"iere estiulado, el mandante nada de"er al mandatario or este ru"ro#

Cuando el mandato se e;tinga sin mediar cula del mandatario, el mandante de"eagarle la retri"ución roorcional a los tra"a5os reali9ados, * si el mandatario 4u"iera reci"idoun adelanto ma*or a lo .ue le corresond!a? el mandante no odr e;igir su restitución, sin .ueello congure un enri.uecimiento sin causa del mandatario#

Art. 13'9. *Ftinción e# =anato: El mandato se e;tingue:

a) Por el transcurso del la9o or el .ue fue otorgado, o or elcumlimiento de la condición resolutoria actada?

") Por la e5ecución del negocio ara el cual fue dado?c) Por la revocación del mandante?d) Por la renuncia del mandatario?e) Por la muerte o incaacidad del mandante o del mandatario#

Según Rivera:

El art# %0=' alisa las causas de terminación del contrato de mandato * refundeen un solo te;to los modos e;tintivos del Código Civil anterior# La disosición.ue se anota de"e vincularse con los arts# %00@ a %007 del nuevo Código, .uedesarrollan los efectos de algunas causales, * tam"i+n de"e integrarse con el

art# 08@ .ue enumera las causas de e;tinción del oder de reresentación-amliando el listado .ue ofrece el receto .ue se comenta-, .ue se alican almandato con * sin reresentación seg>n lo disone el *a e;aminado art# %0=@#

)o=entario a #os incs. A% > 5%:

Estos incisos tratan los modos de e;tinción del mandato .ue esta"lec!ael art# %'&@ del Código Civil: El transcurso del tiemo or el .ue fue conferido

%=

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el mandato * el cumlimiento del negocio encomendado# <e agrega comocausal de e;tinción el cumlimiento de la condición resolutoria actada a .uese 4u"iera odido su"ordinar la e;istencia del contrato, aun.ue esta causal como en verdad, las dos anteriores 4u"ieran odido omitirse * deducir sue;istencia de la alicación de los rinciios generales en materia de

o"ligaciones * contratos#

El cumlimiento del negocio encargado agota el o"5eto del contrato, * orende, resulta co4erente su terminación como tal: el transcurso del la9oroduce iso iure su e;tinción, sin necesidad de declaración alguna de lasartes, nalmente, el acaecimiento del 4ec4o condicionante al .ue sesu"ordino el mandato roduce la disolución del contrato sin efecto retroactivo,como es el r+gimen general de la condición en el nuevo r+gimen 5ur!dico $art#07&), a diferencia del efecto retroactivo del sistema anterior $art# (70)#

)o=entario a# inc. )%:

La revocación es la facultad 4istóricamente discrecional .ue ten!a elmandante ara de5ar sin efecto or su roia voluntad el mandato .ue 4a"!aconferido# Era un acto netamente unilateral .ue no re.uer!a la conformidad delmandatario, a4ora sigue siendo un acto unilateral .ue no re.uiere conformidadni consentimiento del mandatario, su e5ercicio uede generar resonsa"ilidadal mandante cuando ello tradicionalmente no era as!# El modo de 4acer sa"eral mandatario la decisión de revocar el mandato se rige or la alicación de losrinciios generales .ue desarrolla el nuevo Código en materia de e;tincióndel contrato or declaración unilateral de la voluntad $arts# %@B8 * ss#), los .ue,sin decirlo e;resamente, arecieran e;igir una comunicación formal#

)o=entario a# inciso %:

Este inciso regula la renuncia del mandatario, .ue constitu*e otrotradicional modo de e;tinción del mandato, .ue reve!a el art# %'&0 inc# =Q delCódigo Civil reglado rincialmente en los arts# %'8' * %'B', discilina"a este4istórico modo de concluir el mandato# La doctrina argentina siemre o"servoen la renuncia un modo unilateral de e;tinguir el mandato e5ercido or laroia voluntad del mandatario, sin consecuencias atrimoniales ara +l, salvo.ue se vericaran los suuestos legales# Por mi arte, con fundamento en losclaros te;tos de los arts# %'B8, Cód# Civil * ==7 del cód# com#, sostuve .ue la

renuncia no es en verdad un modo li"re de e;tinguir vlidamente el contratode mandato, uesto .ue si se reali9ara intemestivamente o sin causa, elmandatario de"!a indemni9ar los er5uicios ocasionados al mandante, lo cualdenota"a claramente .ue no se trata"a de una modalidad li"re, sinconsecuencias atrimoniales, sino mas "ien se aseme5ar!a a un incumlimientocontractual, e;ceto .ue estuviera 5usticada, en cu*o caso no 4a"r!aresonsa"ilidades atrimoniales#

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Lo cierto es .ue el art# %'B8 Cód# Civil, fue reroducido con variantes deredacción, en el art# %00= del Código actual, lo .ue me sigue ersuadiendo de.ue la renuncia no constitu*e un modo li"re de e;tinguir el vinculo de mandatosino un modo condicionado or las autas legales: .ue sea reali9ado en tiemoroio o con causa 5usticada? de lo contrario, el a"andono o aartamiento del

negocio or arte del mandatario a trav+s de su renuncia constituir unincumlimiento contractual desde .ue el de"e cumlir el mandato, arg# Art#%0=7, inc# a) .ue lo o"liga a resarcir los daos ocasionados#

La renuncia de"e ser uesta en conocimiento del mandante# Aun.ueesto surg!a claramente del art# %'B8 Código Civil * del art# ==7 Cód# Com#, estae;igencia uede considerarse vigente: a% or.ue se trata de una declaraciónde voluntad recet!cia .ue no roduce efectos 4asta tanto no sea uesta enconocimiento del destinatario, sin necesidad de .ue sea acetada * &% or.uesu e;igencia se deduce del art# 08@ inc# D), alica"le al mandato con o sinreresentación $doct# Art# %0=@) o de la alicación analógica del art# %@B8#

)o=entario a# inc. D%:

Conclu*endo con los medios de terminación del mandato, el Códigoseala otras dos modalidades clsicas en este tema: el fallecimiento * laincaacidad de cual.uiera de los contratantes#

Estos modos e;tintivos se reeren a 4ec4os .ue no re.uieren ma*or

e;licación aun.ue si los efectos .ue roducen: el fallecimiento de uno de loscontratos o su incaacidad 5ur!dica, so"revinientes a la cele"ración delcontrato# <e reglamentan en el nuevo Código en el art# %00@ * %000 a cu*oscomentarios reenv!o al lector#

3a* .ue tener resente .ue en el trmite legislativo del nuevo Código seagrego el art# 08@ inc# "), un largo rrafo .ue contiene una e;ceción a lae;tinción del oder or muerte del reresentante o del reresentado# Cuandoel mandato es reresentativo, * se dan las circunstancias de ese art# 08@, inc#"), el fallecimiento de una de las artes no e;tingue el mandato $doct# Art#%0=@)#

Efectos de la e;tinción del mandato en relación con el mandatario * conterceros: El art# 0&% esta"lece como rinciio general alica"le a todo tio dereresentación voluntaria, legal u orgnica, .ue la e;tinción del oder esooni"le a terceros si estos la conocen o udieron conocerla actuando conde"ida diligencia? el art# 08% rescri"e .ue la renuncia * la revocación de losoderes de"en ser uestos en conocimiento de los terceros or medios idóneos

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* .ue, en su defecto, no son ooni"les a los terceros, salvo .ue se rue"e .ueestos conoc!an la revocación en el momento de cele"rar el acto 5ur!dico# Lanorma conclu*e sealando .ue las dems causas de e;tinción del oder fallecimiento o .uie"ra del reresentante o reresentado, etc#, /O sonooni"les a los terceros .ue las 4a*an ignorado sin cula#

Art. 133(. Manato irrevoca&#e:  El mandato uede convenirsee;resamente como irrevoca"le en los casos de los incs# ) * c) del art# 08@# Elmandato destinado a e5ecutarse desu+s de la muerte del mandate es nulo sino uede valer como disosición de >ltima voluntad#

Según Rivera:

El código Civil regula"a originariamente los suuestos de mandatoirrevoca"le en el art# %'BB#

Comentarios: Feneralidades:

El receto trata dos cuestiones diversas: el mandato irrevoca"le * lascondiciones de valide9 del mandato ost mortem# La norma .ue se comentaser fuente de disutas dado .ue: a% la uniforme doctrina .ue considera .ue elmandato irrevoca"le otorgado en los t+rminos del art# %'BB, cód# Civil * suvinculado, el art# %'8= su"siste en los casos de muerte, incaacidadso"reviniente, concurso o .uie"ra del mandante# 5% 4a"er surimido los arts#%'8% * %'8= Cód# Civil, * mantener >nicamente, con casi iguales t+rminos, laro"lemtica regla del vie5o art# %'80, cód# Civil, generara disutas resecto de

su el nuevo código admite o no el mandato ost mortem#

El mandato irrevoca"le: Contemlado en el art# 08@ inc# ") * c): gura dereresentación# El código no regula en este articulo los re.uisitos del mandatoirrevoca"le sino .ue >nicamente lo admite como 4iótesis valida en elordenamiento 5ur!dico como tam"i+n lo ermit!a la legislación civil derogada-* delega su r+gimen * re.uisitos a lo revisto en el art# 08@, incs# ) * c)# laconfusión en el tratamiento de este tema es ala"le: se calica como2mandato irrevoca"le6 a los suuestos del art# 08@, inc# ) * C), mientras .ueesas 4iótesis regulan situaciones diversas, *a .ue el rimero se reere a lasu"sistencia del mandato o oder luego de la muerte del reresentado aun.ue ello no tiene .ue ver con la irrevoca"ilidad sino con la continuación delmandato o oder luego de ese evento# Inc# c) de ese art# 08@ trata el oderirrevoca"le, .ue ara ser tal de"e reunir ciertos re.uisitos * su calicacióncomo tal no tiene ninguna vinculación con el fallecimiento del oderdante#

El mandato irrevoca"le, en tanto se veri.uen los re.uisitos .ueesta"lece el art# 08@ inc# c) * "), se mantiene incólume frente a la muerte,

%(

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incaacidad so"reviniente, etc#, del mandante o oderdante o, me5or dic4o,estos eventos son irrelevantes * no afectan la su"sistencia de a.uel#

Por.ue la e;tinción del mandato or muerte del mandante esta revistacomo modalidad ara el tio "sico, ero no ara el mandato irrevoca"le, .uees una modalidad esecial de mandato, .ue resenta una nota caracter!stica.ue lo ale5a del tio ordinario#

El art# %00@, segundo rrafo, .ue se comenta admite el mandato ostmortem, "ien .ue su5eto al cumlimiento de ciertos re.uisitos# Esta admisióndetermina .ue, en denitiva, el mandato ost mortem sigue siendo unamodalidad valida de mandato en el Derec4o argentino * la irrevoca"ilidadactada ueden entonces, .uedar vigente aun cuando ocurra el deceso o laincaacidad del mandante#

La rctica notarial mas e;andida determina .ue, recisamente, lama*or utilidad del oder irrevoca"le reside en seararlo de las eventualidades.ue uedan ocurrirle al mandante fallecimiento, incaacidad, etc#- con esanalidad se otorga, en general este tio de aoderamiento#

El mandato destinado a e5ecutarse desu+s de la muerte del mandante:

La suresión de a.uellos art!culos, en el nuevo código mantieneliteralmente una regla .ue reve!a el vie5o art, %'80, cód# civil: el mandatodestinado a e5ecutarse desu+s de la muerte del mandante es nulo si no uedevaler como disosición de >ltima voluntad#

La redacción del art# %'80, Cód# civil tam"i+n 4a"!a generado ol+micas#

sicamente, se discut!a si el receto se refer!a a la forma de lasdisosiciones testamentarias es decir, si el mandato de"!a adotar alguna delas formas de testamento ara ser valido ost mortem o si alud!a al contenido-resetar el orden u"lico sucesorio, e5# como el art# %00@, segundo rrafo, delnuevo código, reitera a.uella regla del Código Civil con similitud de redacción,las controversias doctrinarias al resecto se mantendrn con id+nticocontenido * lengua5e, dado .ue la nueva norma nada aorta ara claricar elesinoso tema#

Desde mi unto de vista, lo .ue no uede controvertirse es .ue laincororación de una regla como la revista en el art# %00@, segundo rrafo,solo uede entenderse como admitiendo el mandato ost mortem, * no comonegndolo#

 urisrudencia: La irrevoca"ilidad esta"lecida or el nuevo te;to del art#%'BB es relativa, es decir, .ue aun.ue el mandato se 4a*a otorgado ara unnegocio esecial * or un tiemo determinado, uede ser revocado, ero el

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mandante se 4alla o"ligado a indemni9ar al mandatario los aos .ue seresulten de esa revocación in5usticada#

Art. 1331. Revocación: La revocación sin 5usta causa del mandato otorgadoor tiemo o asunto determinado o"liga al mandante a indemni9ar los daoscausados? si el mandato fue dado or la9o indeterminado, el mandante de"edar aviso adecuado a las circunstancias o, en su defecto, indemni9ar los daos.ue cause su omisión#

S*4N R,/*RA: 

La facultad de retirar el mandato no termina siendo un derec4o .ue el mandante uedee5ercer li"remente, es decir sin consecuencias atrimoniales ara +l, como lo era en el Cód#anterior $aun.ue claro con al antiguo art# %@B% del e5ercicio a"usivo de los derec4os, ese derec4oodr!a 4a"er tenido alguna resignicación) #

A4ora el Código rev+ claramente:

a%  <i fue otorgado or tiemo o asunto determinado, el mandante uede revocar elmandato con 5usta causa, sin resonsa"ilidades ara +l# Pero si lo 4iciera sin 5usta causa mde"er indemni9ar al mandatario los daos .ue le 4u"iere ocasionado# Por 5usta causa,deender de las circunstancias de tiemo * circunstancias# /O se reere al incumlimiento delmandatario *a .ue en ese caso se ingresa al terreno de la resolución contractual orincumlimiento del mandatario de sus o"ligaciones contractuales o legales#

En .u+ consiste la resonsa"ilidad atrimonial or el mandante en caso de revocar sin 5usta causa: en .ue est+ 4ace .ue el mandatario se encuentre a"ocado a su concreta reali9ación incurriendo en gastos, relegando el tratamiento de sus roios asuntos etc#, * de"a serresarcido en consecuencia#

&% A4ora si el mandato fue otorgado or la9o indeterminado, el mandante solo .ueda

o"ligado a reavisarle al mandatario su decisión con una antelación adecuada a lascircunstancias del caso# En caso de falta de reaviso, o .ue est+ no sea adecuado, de"eindemni9arle los daos .ue cause su omisión#

Art. 133'. Ren"ncia: La renuncia intemestiva * sin causa 5usticada delmandatario o"liga a indemni9ar los daos .ue cause al mandante#

Según Rivera:

La renuncia del mandatario al encargo conferido no constitu*e una rerrogativa .ueueda e5ercer li"remente, sin consecuencias atrimoniales ara +l, uesto .ue la le* rev+ .ue sino cumle con determinadas autas o condiciones, se roducirn efectos atrimonialesnegativos ara +l#

Para .ue no genere o"ligación de indemni9ar al mandante, se e;ige .ue esa declinaciónsea intemestiva * con causa 5usticada#

 TEGPE<TIA: Es decir, de manera oortuna, en tiemo roio, no de manera sorresiva oreentina# <eg>n Pot4ier la renuncia es intemestiva cuando el mandante no uede 4acer or s! mismo el negocio .ue era o"5eto del contrato, o no es fcil encontrar una ersona a .uienencargarlo#CO/ CAU<A U<TIICADA: Deender en cada caso #

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El Código e;resa 2renuncia intemestiva > sin causa 5usticada6? entendemos .ue noresulta necesario .ue se re>nan con5untamente *a .ue una renuncia efectuada con sucienteantelación uede no estar fundada * en esa caso no necesita indemni9ar al mandante , dado .ueest+ disondr!a de tiemo suciente ara iniciar o continuar el encargo or +l mismo o or otros.ue contrate al efecto # K en segundo lugar una renuncia intemestiva uede ser con causa 5usticada .ue e;li.ue su carcter reentino# A.u! tamoco rocede la indemni9ación#

inalmente: El código no reroduce los del e;tinto, .ue esta"lec!an la o"ligación delmandatario de continuar su gestión en caso de e;tinción del mandato o or renuncia , 4asta .ueel mandante udiera adotar los actos necesarios ara sulir la ausencia del mandatario# La>nica norma .ue en materia de mandato se aseme5a en alg>n unto a a.uellas es la del nuevoart# 08@ inc# D) $ Reresentación) , .ue resultan alica"les al mandato con o sin reresentación *.ue e;ige al reresentante seguir con sus funciones 4asta .ue noti.ue su renuncia alreresentado , e;ceto .ue acredite un imedimento 5usticado .ue le imida roseguir con sugestión#

La 5urisrudencia dice .ue la renuncia de uno de los mandatarios designadoscon5untamente trae aare5ada la e;tinción del mandato con resecto al mandato conferido atodos ellos#

Art. 1333. M"erte o incapacia e# =anatario > e# =anante:

Producida la muerte o incaacidad del mandatario, sus 4erederos,reresentantes o asistentes .ue tengan conocimiento del mandato de"en darronto aviso al mandante * tomar en inter+s de +ste las medidas .ue seanre.ueridas or las circunstancias# <i se roduce la muerte o incaacidad delmandante, el mandatario de"e e5ecutar los actos de conservación si 4a*eligro en la demora, e;ceto instrucciones e;resas en contrario de los4erederos o reresentantes#

S*4N R,/*RA:El fallecimiento o incaacidad del mandante o del mandatario roducen la e;tinción del

mandato# <in em"argo e;isten efectos residuales: E/ EL CA<O UE <EA DEL GA/DATARIO: <us4erederos, reresentantes o asistentes .ue tengan conocimiento de"en comunicar al mandante

el suceso acaecido * simultneamente de"en adotar las medidas ertinentes ara roteger losintereses del mandante en el negocio encargado# Por e5#: efectuar agos , vencimientos, etc#

La segunda arte del Art# rev+ ara el caso de muerte del mandante o incaacidad encu*o caso o"liga al mandatario a e5ecutar los actos de conservación $solo los de conservación) si4a* eligro en la demora# La norma solo o"liga a los actos de conservación vinculados con elnegocio encomendado * tener resente .ue sino 4u"iere eligro en la demora no osee ningunao"ligación residual#

Art. 133<. Renición e c"entas: La rendición de cuentas or el mandatariode"e ser en las condiciones revistas en los arts# 8(8 * siguientes acomaadade toda la documentación relativa a su gestión# E;ceto estiulación encontrario, las cuentas de"en rendirse en el domicilio del mandatario * los

gastos .ue generan son a cargo del mandante#

Según Rivera:El art!culo regula algunos asectos de esta o"ligación * delega los restantes a lo

revisto en los arts# 8(8 a 8&7 .ue recisan los detalles de la institución 5ur!dica de rendición decuentas#

El nuevo ordenamiento rev+ .ue no solo el mandatario de"e reali9arla al e;tinguirse elcontrato sino en 2las oortunidades convenidas6 es decir rendiciones de cuentas arciales#

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Este de"er resulta esencial ara .ue el mandante cono9ca en concreto .ue estreali9ando a.uel * las circunstancias del negocio, no solo or la información en s! misma, sinotam"i+n ara .ue ueda modicar a tiemo de manera >til cual.uier instrucción relativa a lagestión encomendada#

Como di5imos la rendición de cuentas se 4ace or escrito * con el contenido del art# 8('#Es una o"ligación .ue de"e cumlirse con una formalidad determinada, or lo .ue no rige a.u! elrinciio de li"ertad de las formas revistos en el art =87# <OLO LA DE RE/DICIO/ DE CUE/TA<E/ CO/ ORGALIDADE<, LO< RE<TA/TE< DEERE< DE I/ORGACIO/ A CARFO DELGA/DATARIO /O DEE/ CUGPLIR CO/ ORGALIDADE<#

El cumlimiento de la o"ligación de rendir cuentas se reali9a en el domicilio delmandatario, * los gastos .ue ella genere se encuentran a cargo del mandante m salvo en loscasos .ue se 4a*a acordado lo contrario#

La o"ligación de rendir cuentas no es de orden >"lico con lo cual se uede relevar almandatario de rendir cuentas#

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