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_____________________ SESIÓN ORDINARIA Nº 019-2014 12 de agosto del 2014 Página Nº 1 REUNIÓN DEL DIRECTORIO LEGISLATIVO SESIÓN ORDINARIA Nº 019-2014 12 DE AGOSTO DEL 2014 Acta de la reunión ordinaria celebrada por el Directorio Legislativo a las diez horas con veinte minutos del doce de agosto del dos mil catorce. Presentes los señores diputados Henry Mora Jiménez, Presidente; Luis Alberto Vásquez Castro, Primer Secretario, Jorge Rodríguez Araya, Segundo Secretario; Nidia Jiménez Vásquez, Primera Prosecretaria y Laura Garro Sánchez, Segunda Prosecretaria. Asimismo estuvo presente el señor Antonio Ayales Esna, Director Ejecutivo. ARTÍCULO 1.- Se lee y aprueba el acta de la sesión ordinaria Nº 018-2014, celebrada por el Directorio Legislativo el 5 de agosto del 2014. ARTÍCULO 2.- Se conocen los siguientes documentos: I. Correo electrónico de la Dirección del Departamento de Desarrollo Estratégico Institucional, mediante el cual se indica que el documento remitido en su oportunidad, el cual adjunta relativo a las modificaciones a la PIEGAL, DEI 056-07-2014, que realizó ese departamento en conjunto con el Departamento de Recursos Humanos, respetó en todos sus extremos los informes emitidos por el Departamento de Asesoría Legal, Direcciones de División y los acuerdos de Directorio sobre este tema. Además se veló porque se respetara de igual forma el bloque de legalidad existente y que los criterios supra citados estuvieran debidamente incorporados. Manifiesta que la PIEGAL no sufrió modificaciones importantes de fondo de su parte, solo las indicadas. Asimismo también cabe manifestar que su labor se hizo acorde y tomando en cuenta la nueva estructura organizacional de la UTIEG. II. Oficio AI.SP.003.2014, con fecha 9 de junio del 2014, suscrito por el señor Carlos Guillermo Mora Mora, Auditor Interno, mediante el cual presenta las siguientes conclusiones y sugerencias: Conclusiones De lo expuesto se concluye lo siguiente: a) La observación y sugerencia formuladas por la Auditoría en una sesión del Directorio sobre la determinación de la naturaleza orgánica de la UTIEG, consignada en el Plan de acción de la Política de igualdad y equidad de género de la Asamblea, así como el acuerdo tomado por el Directorio sobre estas, fueron debidamente atendidos por la Administración del Parlamento. b) El Departamento de Desarrollo Estratégico Institucional, la Asesoría Legal y las direcciones de las divisiones Legislativa y

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REUNIÓN DEL DIRECTORIO LEGISLATIVO

SESIÓN ORDINARIA Nº 019-2014

12 DE AGOSTO DEL 2014

Acta de la reunión ordinaria celebrada por el Directorio Legislativo a las diez horas con veinte minutos del doce de agosto del dos mil catorce. Presentes los señores diputados Henry Mora Jiménez, Presidente; Luis Alberto Vásquez Castro, Primer Secretario, Jorge Rodríguez Araya, Segundo Secretario; Nidia Jiménez Vásquez, Primera Prosecretaria y Laura Garro Sánchez, Segunda Prosecretaria. Asimismo estuvo presente el señor Antonio Ayales Esna, Director Ejecutivo. ARTÍCULO 1.- Se lee y aprueba el acta de la sesión ordinaria Nº 018-2014,

celebrada por el Directorio Legislativo el 5 de agosto del 2014. ARTÍCULO 2.- Se conocen los siguientes documentos:

I. Correo electrónico de la Dirección del Departamento de Desarrollo Estratégico Institucional, mediante el cual se indica que el documento remitido en su oportunidad, el cual adjunta relativo a las modificaciones a la PIEGAL, DEI 056-07-2014, que realizó ese departamento en conjunto con el Departamento de Recursos Humanos, respetó en todos sus extremos los informes emitidos por el Departamento de Asesoría Legal, Direcciones de División y los acuerdos de Directorio sobre este tema. Además se veló porque se respetara de igual forma el bloque de legalidad existente y que los criterios supra citados estuvieran debidamente incorporados.

Manifiesta que la PIEGAL no sufrió modificaciones importantes de fondo de su parte, solo las indicadas. Asimismo también cabe manifestar que su labor se hizo acorde y tomando en cuenta la nueva estructura organizacional de la UTIEG.

II. Oficio AI.SP.003.2014, con fecha 9 de junio del 2014, suscrito por el señor Carlos Guillermo Mora Mora, Auditor Interno, mediante el cual presenta las siguientes conclusiones y sugerencias:

Conclusiones

De lo expuesto se concluye lo siguiente:

a) La observación y sugerencia formuladas por la Auditoría en una

sesión del Directorio sobre la determinación de la naturaleza orgánica de la UTIEG, consignada en el Plan de acción de la Política de igualdad y equidad de género de la Asamblea, así como el acuerdo tomado por el Directorio sobre estas, fueron debidamente atendidos por la Administración del Parlamento.

b) El Departamento de Desarrollo Estratégico Institucional, la Asesoría Legal y las direcciones de las divisiones Legislativa y

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Administrativa, formularon señalamientos vinculados con aparentes contenidos no congruentes con disposiciones constitucionales y de normativa, así como de duplicidades de funciones con unidades institucionales en la Política de igualdad y equidad de género de la Asamblea, que llevaron a la aprobación de modificaciones a ésta por parte del Directorio, con base en una propuesta requerido por éste órgano a dicha Asesoría. El proceso que llevó a esas modificaciones, se efectuó durante la ejecución del contrato para elaborar una metodología de gestión orientada a implementar en los procesos institucionales lo definido en dicha Política. El órgano colegiado dispuso que el plan de acción de la PIEGAL se ajuste con las modificaciones aprobadas a este instrumento, pero no se especificó un responsable de llevar a cabo ese alineamiento.

c) La política modificada y avalada por el Directorio se comunicó a

la jefatura de la UTIEG y a la consultora que estaba ejecutando el contrato, lo cual se hizo previo a la presentación por parte de la segunda de los tres últimos productos de la contratación. La jefatura de esa Unidad presentó una serie de recursos contra las decisiones del órgano colegiado vinculadas con la modificación de la Política, que fueron desestimadas por éste. Asimismo, esa Unidad comunicó a esa instancia directiva y a la Dirección Ejecutiva, que estando en ejecución el referido contrato la PIEGAL se quería modificar por personas que consideraba no tenían los criterios técnicos especializados, su preocupación por las implicaciones de esa revisión sobre el trabajo de la consultoría, una eventual desactualización del modelo con motivo de las variaciones así como posibles responsabilidades de la Asamblea por un retraso del proceso contractual.

d) La disposición del Directorio de una nueva revisión de la PIEGAL

por parte de los departamentos de Desarrollo Estratégico y Recursos Humanos para alinearla y ajustarla a los requerimientos de la Asamblea, podría exponer al riesgo de que pierda aplicabilidad y efectividad la metodología de gestión que se elabore con base en la Política aprobada, para la implementación de ésta en la institución.

Sugerencias

Conforme lo expuesto y con el propósito de contribuir en el fortalecimiento del control interno, la administración del riesgo y el proceso de dirección, en lo relativo a la PIEGAL y la metodología para su implementación en la Asamblea, la Auditoría presenta a consideración del Directorio Legislativo, en condición de servicio preventivo de asesoría, las siguientes sugerencias:

1. Consultar a la jefatura de la UTIEG si la metodología de gestión

para implementar la PIEGAL en la Asamblea está desarrollada conforme la Política aprobada por el Directorio en la sesión No. 211-2014, artículo 12, del 25 de marzo de 2014, con el propósito de obtener un aseguramiento sobre su aplicabilidad, y de ser necesario, disponer lo que se estime pertinente a partir de la información que brinde dicha Unidad.

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2. Valorar la conveniencia y necesidad de mantener la nueva revisión de la PIEGAL por parte de los Departamentos de Recursos Humanos y Desarrollo Estratégico Institucional, dispuesta en la sesión No. 214-2014, artículo 12, del 22 de abril del 2014, por la exposición al riesgo de que con la introducción de modificaciones adicionales, pueda perder aplicabilidad y efectividad la metodología que se elabore para implementar la Política, como producto de la contratación efectuada para disponer de ese instrumento y en consideración de que fue ajustada conforme los señalamientos de varias instancias institucionales.

3. Consultar a la Dirección Ejecutiva si el plan de acción de la referida Política fue ajustado con las modificaciones aprobadas a ésta y en el eventual caso de no haberse realizado, designar un responsable de llevar a cabo esa labor, con la finalidad de asegurar el alineamiento entre ambos instrumentos.

III. Oficio DEI-056-07-2014, suscrito por los señores Fernando

Román Carvajal y Hugo Cascante Micó, Directores de los Departamentos de Desarrollo Estratégico Institucional y Recursos Humanos, respectivamente, mediante el cual remiten criterio técnico en relación con las modificaciones de la Política de igualdad y equidad de género de la Asamblea Legislativa, realizado conjuntamente por los Departamentos de Recursos Humanos y Desarrollo Estratégico Institucional, a fin de cumplir con los acuerdos de Directorio Legislativo de las sesiones Nº 207-2014 y Nº 215-2014.

Sobre el particular, se plantean las siguientes recomendaciones:

1. Que se apruebe la propuesta de modificaciones de la PIEGAL

conforme los informes relativos al tema que emitió el Departamento de Asesoría Legal y de acuerdo con las nuevas funciones y ubicación organizacional de la UTIEG, aprobada por el Directorio Legislativo.

2. Que se instruya al Departamento Recursos Humanos para que conforme a las funciones y nueva ubicación organizacional de la UTIEG, se revise y modifique el Plan de Acción de la PIEGAL, acorde a los ejes estratégicos, responsabilidades y responsables modificados en el presente informe.

SE ACUERDA: Posponer para la próxima sesión que celebre este Órgano Colegiado, el conocimiento y resolución de los informes vertidos por varias instancias administrativas en

relación con la política de igualdad y equidad de género de la Asamblea Legislativa, en virtud de lo cual postergan también los efectos del acuerdo tomado en el artículo 10 de la sesión Nº 015-2014. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO 3.- Se conoce oficio VMZ-53, con fecha 11 de agosto del 2014, suscrito

por el diputado Víctor Hugo Morales Zapata, mediante el cual, se transcribe a continuación:

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“En diciembre de 2013, el Tribunal de Ética del Partido Acción Ciudadana (PAC)

declaró abierto un procedimiento disciplinario en mi contra para investigar

informaciones periodísticas, dado que podría implicar violaciones a la normativa ética

interna. El 3 de enero del presente año se me hizo el traslado de cargos respectivo y se

me citó a audiencia a dicho Tribunal el siguiente 15 de enero.

El 12 de enero, la Asamblea Nacional del PAC se reunió para discutir la situación

creada por las informaciones periodísticas y acordó exigir mi renuncia a la

candidatura de diputado; en caso de no hacerlo solicitarle al Tribunal de Ética valorar mi expulsión "atendiendo el debido proceso y la normativa partidaria"', indicarle al

Tribunal que la Asamblea se mantendría vigilante para garantizar la resolución

definitiva de esta situación y, finalmente, si yo fuera electo diputado, desconocerme como representante del PAC en cuyo caso le exigió a la Fracción Legislativa del PAC 2014-2018 “no reconocerle como miembro de la Fracción ni representante en ninguna medida del PAC” (adjunto acuerdo de Asamblea).

En la Audiencia ya mencionada del 15 de enero, el Tribunal de Ética rechazó mis solicitudes de nulidad y me informa que "declara incorporado en este acto en el expediente, el Acta de Asamblea General sesión del 12 de enero de 2014 del Partido Acción Ciudadana donde se solicita abrir un procedimiento contra la persona investigada... ”, resolviendo "comunicar a la Asamblea General a través del Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido, que ya el Tribunal tiene abierto un procedimiento de investigación bajo el expediente 003-B-2013-TE contra el señor Víctor Morales Zapata, el cual se sigue en su contra comprimiendo las reglas del debido proceso " (adjunto acuerdo del Tribunal del 15 de enero).

El 17 de enero interpuse ante la Dirección General del Registro Electoral y

Financiamiento de Partidos Políticos del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) acción

de nulidad contra los acuerdos adoptados por la Asamblea Nacional del día doce

anterior. El 22 de enero el Tribunal tuvo por establecida la acción de nulidad y concedió audiencia a la presidenta del Comité Ejecutivo Superior del PAC.

El 28 de febrero, el TSE emitió la Resolución 824-E2 declarando sin lugar la acción de nulidad planteada por mi persona por considerar que ese "Tribunal no observa ilegalidad alguna en el acuerdo adoptado por la Asamblea Nacional del PAC\

Fue la propia Secretaría General del PAC, tal como consta en el Resultando N. 3 de la Resolución quien informó al Tribunal, "3.- En escrito presentado ante la Secretaría General de este Tribunal el 29 de enero de 2014. la señora Olga Marta Sánchez Oviedo, en su condición de Secretaria General del PAC, contestó la audiencia indicando que en la Asamblea Nacional del 12 de enero de 2014 se aprobó una moción que no incluye ningún tipo de sanción ni procedimiento disciplinario o sancionatorio contra el accionante. Que en ningún momento en la indicada asamblea se vulneraron los derechos del señor Morales Zapata, pues la Asamblea Nacional no tenía por objeto tomar una medida sancionatoria sino que ejerciera sus potestades deliberativas. Que el Tribunal de Ética tiene un expediente abierto contra el señor Morales Zapata pero no hay resolución al respecto (folios 51 al 53)”

El 22 de abril, el Tribunal de Ética del PAC finalmente resolvió: "se impone la suspensión del señor Víctor Hugo Morales Zapata como miembro del Partido, de acuerdo con el artículo 57 inciso 5) por un período de un año, período este que se computará desde la fecha en que la Asamblea tomó la decisión de separarlo del Partido, es decir, a partir del 12 de enero del año 2014 y hasta el 12 de enero del año 2015 " (se adjunta

acuerdo del Tribunal de 22 de abril).

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A pesar que la resolución del Tribunal de Ética redujo considerablemente la sanción

original de la Asamblea Nacional, en lo personal igualmente la consideré injusta, por

lo que presenté el recurso de apelación correspondiente ante el Tribunal de Alzada.

El pasado 30 de junio el Tribunal de Alzada del Tribunal de Ética del Partido Acción Ciudadana, en Resolución de Segunda Instancia No.01-2014. "en...proceso por INVESTIGACION realizada de oficio por el Tribunal de Ética del Partido Acción Ciudadana en contra del señor VICTOR HUGO MORALES ZAPATA " resolvió, con

"fundamento en los artículos 39 de la Constitución Política, 21 inciso 5) del Reglamento Interno del Tribunal de Ética del Partido Acción Ciudadana y normas concordantes, se anula la resolución de las dieciséis horas del veintidós de abril del año dos mil catorce dictada por el TRIBUNAL DE ETICA DEL PARTIDO ACCION CIUDADANA " (mayúsculas

pertenecen al original).

El Tribunal de Alzada señaló nula la resolución del Tribunal de Ética "por violentar el

principio de legalidad, al no existir norma expresa que sancione el hecho, del debido proceso al requerirlo por hechos diferentes al que finalmente fue sancionado y no estar debidamente fundamentada la resolución " (adjunto resolución del Tribunal de Alzada).

n virtud de lo anterior, el pasado 21 de julio comuniqué a la Jefatura de Fracción del PAC lo siguiente: "Dado que mi militancia como miembro del Partido Acción Ciudadana se ha mantenido durante todo este tiempo y, además, el conocimiento que la Fracción Legislativa 2014-2018 tenía del trámite que en lo personal realizaba ante el Tribunal de Ética y el Tribunal de Alzada por los acuerdos tomados por la Asamblea del 12 de enero, dicha Fracción me concedió permisos de no asistencia a las reuniones de fracción, el último de los cuales vence el próximo 31 de julio. A la luz del acuerdo definitivo del Tribunal de Alzada, sin haber causa alguna que lo impida, por este medio me permito informarle que me integraré a nuestra Fracción Legislativa a partir de la

primera sesión del mes de agosto (adjunto carta del 21 de julio enviada a la Jefatura de

Fracción del PAC).

Sin embargo, el 28 de julio, mediante Oficio PAC-JF-060-14/15, la Jefatura de Fracción me comunicó lo siguiente: "He de indicarle que la Fracción ha decidido mantener en sus extremos el mandato que establece la Asamblea Nacional en su Acuerdo Único del 12 de enero de 2014. entre ellos el inciso 5to: La Asamblea Nacional desconoce a Víctor Morales Zapata como representante del Partido Acción Ciudadana. En consecuencia, si ese no renuncia a su postulación y resulta electo, exigimos a nuestra futura Fracción Legislativa 2014-2018. no reconocerle como miembro de la Fracción ni representante en ninguna medida del Partido Acción Ciudadana". Y agregó:

"Sobre la posibilidad de su ingreso se entabló una votación donde por 6 votos a favor. 4 en contra y 2 abstenciones se acordó respetar dicho acuerdo de los señores y señoras Asambleístas " ('adjunto Oficio PAC-JF-060-14/15).

En virtud de lo anterior, el 31 de julio consulté al Departamento de Servicios Técnicos

de la Asamblea Legislativa su criterio sobre si ostento o no la condición de miembro de

la fracción legislativa del Partido Acción Ciudadana. En respuesta emitida por ese

Departamento mediante oficio CON-088-2014, del 6 de agosto (adjunto), esa

Dependencia señaló, a propósito de la Resolución del Tribunal de Ética del 22 de abril, que ese "fallo fue anulado por resolución del Tribunal de Alzada N° 01-2014 de las quince horas de treinta de junio de dos mil catorce, quedando el consultante en el goce pleno de sus derechos y deberes como partidario”.

En su exposición, el Departamento de Servicios Técnicos señala que "es claro que del artículo 7 bis RAL se desprende que las fracciones se constituyen como tales una única vez. al inicio del período constitucional respectivo, independientemente que sus integrantes cambien. Cada una de ellas se considera conformada por los diputados

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electos del partido político que se trate. Esta consideración presupone que existe un

vínculo entre el diputado miembro de fracción y el partido por el cual resultó electo...

Después del análisis respectivo, ese Departamento concluyó "que el diputado Víctor Hugo Morales Zapata integra la fracción del Partido Acción Ciudadana, con todos los deberes y derechos atinentes a dicha condición. Lo anterior en virtud de lo dispuesto en el artículo 7 bis párrafo primero del Reglamento de la Asamblea y, claro está, salvo que nuevos hechos, por ejemplo una eventual renuncia a la bancada, o una sanción partidaria debidamente establecida hicieran inaplicable dicha norma al caso concreto”.

Por lo anterior, solicito respetuosamente al Directorio Legislativo, como responsable de "cuidar del orden interior, económico y administrativo", según el artículo 25 del RAL,

dictar las resoluciones correspondientes para mi garantizar mi condición como miembro de la Fracción Legislativa del Partido Acción Ciudadana”.

SE ACUERDA: Trasladar a la Directora del Departamento de Servicios Técnicos copia del oficio VMZ-53, suscrito por el diputado Víctor Hugo Morales Zapata, mediante el cual plantea la situación que se presenta con su condición de miembro de la Fracción del Partido Acción Ciudadana.

Lo anterior con el propósito de que analice el documento y plantee sus consideraciones, para lo cual, este Directorio Legislativo, órgano encargado de velar por el orden económico de la Asamblea Legislativa, solicita a dicha profesional que haga énfasis en cuanto a la procedencia de justificar las ausencias del legislador a las reuniones de fracción, a raíz de la situación particular que él presenta. -771-

ARTÍCULO 4.- Se conoce oficio D.A.- FUSC-Nº 021, con fecha 6 de agosto del

2014, suscrito por el diputado Rafael Ortiz Fábrega y el señor Luis Guillermo Mena Sáenz, Jefe y Director Administrativo de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante el cual solicitan al Directorio Legislativo prorrogar el nombramiento de la señora Dinorah Chacón Álvarez, cédula Nº 1-825-363, en el puesto Nº 112344 de Asesor de Fracción Política 1 R, a partir del 15 de agosto y hasta el 15 de octubre del 2014.

La señora Chacón Álvarez se encuentra destacada en el despacho

del diputado William Alvarado Bogantes. SE ACUERDA: Prorrogar el nombramiento de la señora Dinorah

Chacón Álvarez, cédula Nº 1-825-363, en el puesto Nº 112344 de Asesor de Fracción Política 1 R, a partir del 15 de agosto y hasta el 15 de octubre del 2014.

La señora Chacón Álvarez se encuentra destacada en el

despacho del diputado William Alvarado Bogantes. ACUERDO FIRME. -764-

ARTÍCULO 5.- Se conoce oficio JFML-01-2014, suscrito por los diputados de la

Fracción del Partido Movimiento Libertario, mediante el cual remiten el acuerdo aprobado en la sesión No. 15, celebrada el 11 de agosto del 2014, que textualmente dice:

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Ratificar la solicitud de la diputada Díaz Quintana en el siguiente sentido:

1. Cesar el nombramiento del señor Alejandro Barrantes

Requeno, cédula de identidad 1-1293-711, en el puesto Nº 098049 de Asesor Especializado B-R, a partir del día 16 de agosto de 2014.

2. Cesar el nombramiento de la señora Kathy Villalobos Carvajal cédula de identidad 1-838-445, puesto Nº 098047 de Asesora Especializada B-R, a partir del día 16 de agosto de 2014. Asimismo se acordó solicitar al Directorio Legislativo proceder con los siguientes movimientos de personal:

3. Nombrar al señor Jesús Guillermo Acosta Villalobos, cédula de identidad 1-559-641, en el puesto Nº 98047 de Asesor Especializado B-R, a partir del día 16 de agosto de 2014 y hasta el 31 de diciembre del 2014.

4. Nombrar a la señorita Betzabé Barboza Marchena, cédula de identidad Nº 1-1057-0389, en el puesto de Asesor Especializado B, a partir del día 1 de octubre de 2014 y hasta el 30 de abril del 2018. La señorita Barboza Marchena cuenta únicamente con el grado de bachiller universitaria en Derecho por lo que temporalmente se designa en una plaza no profesional; no obstante, una vez ella obtenga su licenciatura y cumpla con los requisitos atinentes, la plaza recuperará su grado "B-R".

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por los diputados de la Fracción del Partido Movimiento Libertario, mediante oficio JFML-01-2014 y a la luz de los acuerdos tomados por esa bancada en la sesión 15, 11 de agosto del 2014, se acuerda lo siguiente: 1. Cesar el nombramiento del señor Alejandro Barrantes

Requeno, cédula No. 1-1293-711, en el puesto No. 098049 de Asesor Especializado BR. Rige a partir del 16 de agosto del 2014.

2. Cesar el nombramiento de la señora Kathy Villalobos Carvajal, cédula No. 1-838-445, en el puesto No. 098047 de Asesor Especializado BR. Rige a partir del 16 de agosto del 2014.

3. Nombrar al señor Jesús Guillermo Acosta Villalobos, cédula

No. 1-559-641, en el puesto No. 098047 de Asesor Especializado BR. Rige a partir del 16 de agosto del 2014 y hasta el 31 de diciembre del 2014.

4. Nombrar a la señora Betzabé Barboza Marchena, cédula No.

1-1057-389, en el puesto No. 098049 de Asesor Especializado

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B. Rige a partir del 1 de octubre del 2014 y hasta el 30 de abril del 2018.

Dichos funcionarios estarán destacados en el despacho de la diputada Natalia Díaz Quintana. ACUERDO FIRME. -763-

ARTÍCULO 6.- SE ACUERDA: Tomar las siguientes disposiciones:

1. Otorgar permiso sin goce de salario a la funcionaria Gloria

Valerín Rodríguez, cédula Nº 1-441-868, en el puesto No. 026794 de Director de Departamento, a partir del 1 de setiembre del 2014 y mientras ocupe interinamente el puesto Nº 000144 de Director de División.

2. Nombrar interinamente a la señora Gloria Valerín Rodríguez, cédula 1-441-868, en el puesto Nº 000144 de Director de División, a partir del 1 de setiembre del 2014.

Este nombramiento se realiza por tres meses y será prorrogado por periodos iguales o hasta que se resuelva el concurso interno ordenado por este Órgano Colegiado.

3. Solicitar a la señora Gloria Valerín Rodríguez, Directora del Departamento de Servicios Técnicos, que a la brevedad posible, remita a consideración de este Órgano Colegiado una propuesta de candidatos para suplir interinamente la Dirección del Departamento de Servicios Técnicos. ACUERDO FIRME. -770, 806-

ARTÍCULO 7.- SE ACUERDA: Instruir al Departamento de Recursos Humanos

que realice las gestiones necesarias a fin de sacar a concurso interno los siguientes puestos:

Puesto Clase Ubicación presupuestaria

001284 Subdirector de Departamento Servicios de Salud

000176 Director de Departamento Departamento de Comisiones

000147 Subdirector de Departamento Servicios Técnicos

-774-

ARTÍCULO 8.- Se conoce nota con fecha 5 de agosto del 2014, suscrito por el señor

Carlos José Víquez Quirós, cédula Nº 1-1149-197, mediante la cual renuncia a partir del 15 de agosto del 2014 al puesto Nº 078674 de Profesional 1 B del Departamento de Comisiones Legislativas, cuya titular es la señora Juliana Sibaja Rettes, quien disfruta de un permiso sin goce de salario.

1. En ese mismo sentido se conoce oficio JF-PLN-113-2014, con

fecha 4 de agosto del 2014, suscrito por el diputado Juan Luis Jiménez Succar y la señora Noemy Montero Guerrero, Jefe y Directora Administrativa de la Fracción del Partido Liberación Nacional, mediante el cual indica que en reunión de fracción celebrada ese día, se acordó cesar el nombramiento de la señora Cinthya Calvo Flores, cédula Nº 1-1227-515, en el puesto de Asesor de Fracción Política 1 R, a partir del 15 de agosto del 2014.

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2. Finalmente se conoce nota con fecha 23 de julio del 2014, suscrito por el diputado Julio Rojas Astorga, mediante la cual indica que actualmente la señorita Cinthya Calvo Flores, mayor, soltera, vecina de La Unión, cédula No. 1-1227-0515, ocupa una plaza de Asesor de Fracción Política 1-R y el señor Carlos José Víquez Quirós, mayor, casado una vez, vecino de Heredia, cédula No. 1-1149-0194, ocupa una plaza de Profesional IB del Departamento de Comisiones, ambos se encuentran destacados en su despacho.

Solicita respetuosamente autorizar el cese del nombramiento de ambos funcionarios y efectuar el intercambio inmediato de plazas entre ambos trabajadores para realizar el nombramiento de la señorita Calvo Flores en la plaza del señor Víquez Quirós y el nombramiento del señor Víquez Quirós en la plaza de la señorita Calvo Flores. SE ACUERDA: Posponer para la próxima sesión que realice este Órgano Colegiado el conocimiento y resolución de la solicitud planteada por el legislador Julio Rojas Astorga, referente a varios oficios relacionados con movimientos de personal.

ARTÍCULO 9.- SE ACUERDA: Cesar el nombramiento de la señora Anny

Córdoba Barrantes, cédula Nº 2-396-097, en el puesto No. 000051 de Profesional 1B, quien falleciera el 10 de agosto del 2014, así como cancelar a sus familiares los derechos laborales que consigna la ley para esos efectos. Rige a partir del 10 de agosto del 2014.

En virtud de lo anterior, la señora Jenny Marcela Calderón

Calderón, cédula 1-987-112, continuará ocupando de manera interina el código Nº 000051 de Profesional 1B, hasta que se ordene la realización de un concurso interno para dicho código. ACUERDO FIRME. -765-

ARTÍCULO 10.- Se conoce oficio DF-0508-08-2014, con fecha 8 de agosto del 2014,

suscrito por el señor Mario Delgado Umaña, Director del Departamento Financiero, mediante el cual autoriza que el señor Jorge Castro Estevanovich, cédula No. 6-202-159, Profesional 2B, funcionario de su dependencia, se traslade en calidad de préstamo a la oficina del diputado Abelino Esquivel Quesada, Jefe de Fracción del Partido Renovación Costarricense, a partir del lunes 11 de agosto de 2014 y hasta el 30 de abril del 2018.

El señor Castro conservará sus derechos labores en nuestro Departamento. La anterior solicitud cuenta con el visto bueno del diputado Esquivel Quesada. SE ACUERDA: Destacar temporalmente en el despacho del diputado Abelino Esquivel Quesada al funcionario Jorge Castro Estevanovich, cédula 6-202-159, puesto No. 000060 de profesional 2B, ubicado presupuestariamente en el Departamento Financiero. Rige a partir del 11 de agosto del 2014 y hasta el 30 de abril del 2018, en el entendido de que el

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funcionario conservará los derechos inherentes a su puesto en propiedad. En virtud de lo anterior y dado que la necesidad del profesional que requiere el diputado Esquivel Quesada se satisface con el traslado del señor Castro Estevanovich, este Directorio Legislativo da por concluida y archivada la solicitud de traslado del señor Oldemar Ruiz Ruiz. ACUERDO FIRME. -775-

ARTÍCULO 11.- Se conoce nota con fecha 21 de julio del 2014, suscrita por el señor

Jorge Chavarría Elizondo, mediante la cual solicita la reasignación de su puesto. Indica que ha laborado en la Unidad de Ujieres desde hace ocho años y ha adquirido calificaciones excelentes de 99.5 puntos. Ha estado destacado en varios lugares como en la Unidad de Ujieres y siempre le han manifestado satisfacción por sus servicios y han dado buenas referencias de su trabajo.

Lo anterior se basa por motivos de salud, especialmente por varias intervenciones quirúrgicas a que ha sido sometido en su rodilla, lo cual está debidamente justificado por un médico forense y el Departamento de Servicios de Salud de la Asamblea Legislativa. En la Unidad de Ujieres la única reubicación sería en el área de correspondencia, pero eso le perjudicaría por el esfuerzo de caminar por todos los edificios de la Asamblea y ya se cuentan con seis ujieres realizando esas labores.

En ese mismo sentido se conoce oficio DRH-1981-07-2014, con fecha 30 de julio del 2014, suscrito por el señor Hugo Cascante Micó, Director del Departamento de Recursos Humanos, mediante el cual se refiere a la solicitud de reasignación del puesto ocupado por el señor Jorge Chavarría Elizondo. Sobre el particular, indica que para optar por una reasignación debe completar los formularios correspondientes y remitirlos formalmente a esa dependencia. Indica el señor Cascante Micó que los presupuestos fundamentales para dar viabilidad a la reasignación de un puesto son: Cambio radial, sustantivo y permanente de funciones y asignación de responsabilidades desplegadas por el servidor. En lo relacionado con la reubicación del código, y de brindar un mayor aporte a nivel institucional del señor Chavarría Elizondo, esa dependencia sugiere que esta situación debe ser evaluada y sopesada con el Director del Departamento de Servicios Generales para determinar lo correspondiente.

Por otra parte se conoce correo electrónico con fecha 26 de junio del 2014 y oficio D.S.G. 322-2014, suscritos por el señor Luis Fernando Chacón Monge, Director del Departamento de Servicios Generales, mediante los cuales se refiere a la situación que ha venido afrontando la Unidad de Ujieres con el traslado de muchos funcionarios a otras dependencias administrativas.

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Indica el señor Chacón Monge que los últimos Directorio Legislativos han realizado de forma unilateral y no justificada estos traslados para satisfacer la petición individual y personal, en perjuicio directo de la Administración y el interés público, en contra de las jefaturas inmediatas y de esa dirección de Servicios Generales. Toda esta situación ha generado tiempo extraordinario, desbalance en la gestión administrativa de las unidades perjudicadas y un irrespeto a las jerarquías institucionales; por tanto, solicita que se realicen nuevos traslados tanto en la Unidad de Ujieres como en la de Seguridad y Vigilancia. En virtud de lo anterior manifiesta su oposición a que se traslade al señor Jorge Chavarría Elizondo.

En ese mismo sentido se conoce el siguiente informe vertido por el señor Mario Chacón Díez, Jefe de la Unidad de Ujieres, en el que se refiere a la situación actual de los funcionarios de esa unidad: Cuentan actualmente con 40 funcionarios asignados a labores propias de ujier. De esos, 14 son destacados y 9 de correspondencia, por lo que quedan únicamente 18 funcionarios para que realicen las siguientes funciones: a) Atención de comisiones b) Atención sesión Plenaria y cafetín c) Montaje y atención de actividades d) Traslado de requisiciones, bienes muebles e) Limpieza edificio Nortesa, plenario, comisiones, edificio Bundus,

salón Expresidentes, Beneméritos. f) Traslado de documentación a embajadas, cancillería.

Hay un promedio diario de cuatro funcionarios ausentes (incapacidad, citas al INS o CCSS) mínimo. El grupo está entre los 47 y 67 años, lo cual implica que haya mucha incapacidad por enfermedad. Los ujieres asignados a correspondencia tienen en su mayoría dictámenes del INS y de la CCSS, donde señalan que no pueden realizar labores pesadas, razón por la cual se les destacó en las labores más livianas que tiene Ujieres en correspondencia:

NOMBRE LABOR DICTAMEN

1 Miguel Granados Ulloa Coordinador

2 Jesús Alfonso García Quirós Repartidor X

3 Rodolfo Varela Martínez Repartidor X

4 Edwin Garita Vindas Repartidor X

5 Nelson Garita Esquivel Repartidor

6 Marvin Briceño Quirós Repartidor X

7 Mario Valverde Borbón Repartidor X

8 Francisco Víquez Guzmán Repartidor X

9 Yolanda Leitón Varela asignada a R.H. Repartidor

Recientemente –los últimos tres Directorios− el número de personas trasladadas por una circunstancia u otra a otros departamentos y que mantienen el puesto de ujier, son los siguientes.

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NOMBRE UBICACIÓN ACTUAL

Jose Miguel Arguedas Porras Departamento de Proveeduría

Leatitia Mejía Medina Dirección Administrativa

Elizabeth Hernández Villalobos Departamento de Comisiones

Guisselle Zumbado Oporto Departamento de Servicios Bibliot.

Xiomara Rojas Acevedo Departamento de Comisiones

Luis Carlos Marín Zumbado Departamento de Archivo

Edwin Porras Arias Departamento de Archivo

Además es importante tener en cuenta que la Unidad de Ujieres tiene la fiscalización varios contratos, principalmente el de limpieza de edificios (33 personas), lo que requiere una labor de supervisión y control en los 10 edificios que cubren. Para esta labor se requieren al menos dos ujieres durante al menos un 50 % del día, fuera de los 40 ujieres antes mencionados. SE ACUERDA: Previo a evaluar el requerimiento del señor Jorge Chavarría Elizondo tendiente a trasladar su puesto a otra unidad administrativa, solicitar al Director del Departamento de Servicios de Salud que realice una valoración médica del funcionario. ACUERDO FIRME. -776-

ARTÍCULO 12.- Se conoce oficio DRGU-164-2014, con fecha 31 de julio del 2014,

suscrito por el diputado Rolando González Ulloa, mediante el cual se refiere al acuerdo tomado por el Directorio Legislativo en el artículo 7 de la sesión Nº 015-2014, celebrada el 15 de julio del 2014, cuya revocatoria solicita en virtud de los siguientes elementos:

1. De conformidad con lo que indica el artículo 106 de la

Constitución Política, el diputado tiene ese carácter por la Nación, de manera tal que el cumplimiento de sus funciones como legislador no se limitan al asiento o residencia de la Asamblea Legislativa en la ciudad capital, sino que se extiende a todo el territorio de la República.

2. En sus funciones como diputado, debe mantener contacto con el

pueblo que lo eligió y al cual representa, situación que lo obliga a trasladarse dentro del país para la atención de asuntos propios de su cargo.

3. Las ayudas técnicas que menciona el artículo 113 constitucional,

no se circunscriben, limitan o restringen a la sede de la Asamblea Legislativa. La ayuda técnica del diputado es un recurso establecido con total independencia de la ubicación geográfica temporal del parlamentario.

4. Queda plenamente aceptado por el Directorio, que los asesores

son recursos que se ponen a disposición de cada diputado para facilitar el ejercicio concreto y particular de su cargo y que el Reglamento de Gastos de Viaje y Transportes para Funcionarios Públicas no hace una distinción, discriminación o restricción especial, respecto de los funcionarios de confianza, en la medida en que se les considera como empleados del Estado.

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5. Las ayudas técnicas y administrativas encuentran su base en el artículo 113 de la Constitución, en consecuencia, no pueden ser suprimidas o restringidas por simple decisión administrativa. No se puede afectar el contenido esencial de un mandato constitucional por simple acuerdo del Directorio de la Asamblea Legislativa. La condición jurídica y política de un diputado no debe lesionarse por las acciones u omisiones del Directorio.

6. Participan de la preocupación del órgano parlamentario por la

austeridad, por evitar el despilfarro, por la asignación de recursos conforme a prioridades, todo ello de acuerdo con criterios de eficiencia y de razón. Por ello les causa sorpresa la actitud carente de toda razón y sentido de no presupuestar recursos y de no autorizar viáticos para los funcionarios administrativos de la Asamblea Legislativa, cuando tienen que apoyar la acción de un diputado, en cualquier espacio del territorio nacional.

7. Disgusta profundamente, que una petición racional y respetuosa

sea separada con falacias. Bajo ninguna circunstancia está promoviendo que el uso de los recursos públicos se ejecute de manera arbitraria y antojadiza, tal como se dice en el documento que avaló el Directorio. No comparten la torcida interpretación que se hace de la directriz Nº 013-H del 16 de febrero del 2011, cuando se equipara la aplicación de medidas para la contención del gasto, con la ausencia de presupuestación y la supresión total de un rubro que es necesario para dar sustento económico a una función ordinaria de la Asamblea Legislativa, con una base constitucional; sin embargo, mantiene la esperanza de que eso no sea un estilo permanente de la atención de sus solicitudes futuras.

8. Resulta muy penoso tener que recordarle al Directorio que, en el

ejercicio de sus funciones económicas y administrativas, sus actos están sujetos a un principio básico de legalidad financiera. Tal como lo indica el artículo 107 de la Ley de Administración Financiera de la República, los actos dictados en materia de administración financiera, deberán conformarse sustancialmente con el ordenamiento jurídico, según la escala jerárquica de sus fuentes.

En particular, no pueden dejar de lado dos fuentes básicas: el artículo

176 de la Constitución y el artículo 5 de la mencionada Ley de Administración Financiera 8131, que obligan a presupuestar todos los gastos de la administración pública durante todo el año económico. De igual manera, de acuerdo con los principios básicos de formulación presupuestaria, el “principio de universalidad e integridad”, obliga a que el presupuesto contenga de manera explícita todos los ingresos y gastos asignados en la actividad financiera, que deberán incluirse por su aporte íntegro (…)

Por lo anterior, si ese Directorio reconoce:

a) que los funcionarios legislativos de confianza son parte de las ayudas técnicas que prevé el artículo 113 de la Constitución Política.

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b) Que de conformidad con el numeral 27, inciso 13, del Reglamento del Reglamento de la Asamblea Legislativa, debe aprobar los gastos que generan los funcionarios.

c) Que el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte

para los Funcionarios Públicos, reconoce los viáticos como un gasto que se puede generar en cumplimiento de las funciones ordinarias.

En consecuencia, de acuerdo con toda esa legalidad, la Asamblea

Legislativa no puede dejar de presupuestar una suma razonable para atender los desembolsos por alimentación y otros extremos que se generen, cuando un funcionario tiene que alejarse transitoriamente de la sede en la ciudad capital para atender diligencia, comisión o encargo en nombre y por cuenta de un diputado, todo dentro del marco de las funciones de representación, legislación y control político que su constitución le asigna a los legisladores.

Indica el legislador que no quisiera judicializar un tema que puede

resolverse de acuerdo con la lógica, la justicia y la razón; tampoco es su deseo presentar denuncias y acusaciones penales contra el Directorio Legislativo en materia de formulación de presupuestos.

Por ello solicita que se revoque la posición externada mediante oficio

Direc. 0686-07-2014 y se proceda a reconocer el gasto de viáticos que le fue solicitado o que, en su caso, proceda a formular las modificaciones presupuestarias para dar sustento a este gasto, que eventualmente podría fijarse con similares criterios de proporcionalidad a los usados en materia de consumo telefónico por despacho diputadil.

Como resulta evidente, no plantea cuantías ni procedimientos sino

que exclusivamente requiere el reconocimiento de un derecho y la obligación de presupuestar de inmediato los recursos que se estime necesarios.

SE ACUERDA: Avalar la siguiente resolución: CONSIDERANDO

1) Que este Órgano Colegiado mantiene los argumentos vertidos en

los artículos 14 y 7 de las sesiones, Nº 008-2014 y Nº 015-2014, respectivamente, en los cuales se exponen las razones de índole fundamentalmente presupuestaria que priman para desestimar el requerimiento planteado por el diputado Rolando González Ulloa, mediante oficio DRGU-043-2014.

2) Que mediante acuerdo tomado en el artículo 10 de la sesión ordinaria Nº 018-2014, se conoció oficio DF-360-06-2014, suscrito por el señor Helio Fallas Venegas, Ministro de Hacienda, en el que solicita al Directorio Legislativo sumarse a los esfuerzos del Gobierno por disminuir el gasto y ajustar el anteproyecto de presupuesto.

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3) Que la situación fiscal del país constriñe a la Administración a mantener una política de contención del gasto institucional, bajo un porcentaje de crecimiento anual que no deja margen para atender las múltiples necesidades institucionales, y bajo los cuales no sería posible atender el requerimiento planteado por el legislador.

4) Que en la proyección del gasto que debería tomarse en consideración para una eventual dotación presupuestaria para este rubro, debe considerarse el hecho de que en la Institución hay más de 300 funcionarios de confianza quienes, en caso de requerirlo, harían necesaria la presupuestación de una suma considerable en la coletilla de viáticos, lo cual sería pernicioso para las finanzas institucionales.

5) Que a fin de facilitar su labor, se ha puesto a disposición de los

diputados a la Asamblea Legislativa, vehículos, choferes −así

como viáticos y tiempo extraordinario para estos− como parte de las ayudas técnicas para que visiten sus comunidades.

6) Que históricamente este rubro no ha sido contemplado en el presupuesto institucional para los funcionarios de confianza, en aras de una contención del gasto, razón por la cual, el Directorio Legislativo ha autorizado los gastos de viáticos para atender necesidades propias del servicio público, que han sido previamente asignadas y autorizadas por dicho órgano colegiado.

POR TANTO, el Directorio Legislativo, en uso de las facultades que le otorga el artículo 25 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, en cuanto a la obligatoriedad de velar por el orden económico de la Institución, acuerda rechazar el recurso de revocatoria planteado por el legislador Rolando González Ulloa, contra la decisión del Directorio Legislativo y en consecuencia, se ratifican los acuerdos tomados en los artículos 14 y 7 de las sesiones, Nº 008-2014 y Nº 015-2014, respectivamente, por la imposibilidad material de atender dicho requerimiento. -785-

ARTÍCULO 13.- Se conoce oficio DRH-PA-2016-2014, con fecha 1 de agosto del

2014, suscrito por el señor Hugo Cascante Micó, Director del Departamento de Recursos Humanos, mediante el cual, en ampliación a los oficios DRH-PA-1999-2014, DRH-PA-2000-2014 y DRH-PA-2001-2014, relacionados con la recalificación del puesto 009312 y reasignación de los puestos 046683 y 00036, es necesario indicar que de acuerdo con lo señalado por el Departamento Financiero, en este momento no se cuenta con contenido presupuestario para ejecutar dichos movimientos.

Por lo anterior, los movimientos indicados están supeditados a la disponibilidad presupuestaria, situación que debe ser analizada al momento de definir el rige correspondiente. SE ACUERDA: Dar por recibido el oficio DRH-PA-2016-2014, suscrito por el señor Hugo Cascante Micó, Director del Departamento de Recursos Humanos, mediante el cual se refiere a la recalificación del puesto 009312 y reasignación de los códigos Nº 046683 y Nº 000036. ACUERDO FIRME. -766-

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ARTÍCULO 14.- Se conoce oficio DRH-PA-2001-2014, con fecha 1 de agosto del

2014, suscrito por el señor Hugo Cascante Micó, Director del Departamento de Recursos Humanos, mediante el cual remite a consideración del Directorio Legislativo el informe técnico Nº 004-2014, relativo a la solicitud de reasignación del puesto Nº. 000036 (Ujier), ocupado en propiedad por el funcionaria María Guiselle Zumbado Oporto en el Departamento de Servicios Bibliotecarios, Documentación e Información.

Sobre el particular, se presenta un extracto de dicho informe: IV. ANÁLISIS Con fundamento en los considerandos esgrimidos en los apartados II y III, de este informe, se evidencia que la funcionaria María Guiselle Zumbado Oporto está nombrada en un puesto cuya categoría es de Ujier y que actualmente se encuentra ejecutando funciones, actividades y tareas que corresponden a puestos diferentes al que ostenta. Se logra determinar que hay un cambio sustancial y permanente en las funciones de la servidora, desde noviembre de 2012, momento en el cual la servidora es trasladada del Departamento de Servicios Generales al Departamento de Servicios Bibliotecarios, Documentación e Información. Por la naturaleza de las labores que realiza la servidora, se puede indicar que se ubican dentro de puestos de nivel Secretaria de Parlamento. El error cometido en el ejercicio de sus funciones podrían ocasionar repercusiones a nivel interno y externo del departamento, lo cual conllevaría implicaciones administrativas y jurídicas con las respectivas responsabilidades disciplinarias. El error afectaría el proceso administrativo departamental y el resultado del trabajo de las personas o usuarios de los servicios bibliotecarios. Referente al período de seis meses de consolidación de funciones exigido en el artículo 8, inciso c), del “Reglamento para la Clasificación y Valoración de Puesto de la Asamblea Legislativa”, para el presente caso, dicho periodo se define entre el 1 de noviembre de 2012 al 30 de abril de 2013. Se evidencia un cambio de responsabilidades, las funciones ejecutadas actualmente por la funcionaria, por el nivel de dificultad, responsabilidad, consecuencia del error y por las repercusiones que puedan representar las mismas, pueden corresponder a la clase de “Secretaría de Parlamento”; por lo anterior, la servidora posee los requisitos mínimos que establece el “Manual Descriptivo de Clases - Asamblea Legislativa–Puestos Administrativos”, los cuales son: “-Título de bachiller en Educación Media y título de Secretariado o graduado en Secretariado de un colegio técnico profesional. -Capacitación en el uso y manejo de paquetes de cómputo. -Experiencia mínima de dos años en labores relacionadas con el cargo o el área de actividad. En el caso de análisis, la funcionaria sí cuenta con cursos aprobados a nivel de una carrera universitaria, esto conforme certificación del Departamento de Registro de la Universidad Nacional Vicerrectoría Académica de fecha 15 de octubre del 2002. De lo analizado anteriormente, se señala que en estricto apego a los principios y criterios de objetividad, trasparencia, congruencia e imparcialidad y al carácter restrictivo que obliga

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a la Administración activa en el manejo y disposición de los fondos públicos, para este caso en particular, procede realizar la reasignación de puesto Nº 000036, solicitada por la funcionaria María Guiselle Zumbado Oporto, por tanto la servidora cumple con los requisitos mínimos que establece el Manual. Además, la clasificación del puesto Nº 000036, según las tareas que lo integran no corresponde a la de Ujier (clasificación actual). V. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES CONCLUSIONES: a) Las tareas que integran el puesto Nº 000036 no corresponden a la clasificación de

Ujier.

b) Se advierte un cambio sustancial y permanente en las funciones que integran al Nº 000036 mismas que se ajustan a la clase de Secretaria de Parlamento.

c) De acuerdo con los documentos existentes en el expediente personal de la funcionaria María Guiselle Zumbado Oporto, ocupante del puesto Nº 000036, si cuenta con los requisitos establecidos para la clase de Secretaria de Parlamento, según el Manual de Clasificación de Puestos vigente.

RECOMENDACIONES: Se recomienda reasignar el puesto Nº.000036, ocupado en propiedad por la funcionaria María Guiselle Zumbado Oporto, de la clase de Ujier a Secretaría de Parlamento, lo cual representa un incremento a la planilla institucional de aproximadamente la suma de ¢ 187.864,92 mensuales.

SE ACUERDA: Con base en el criterio exteriorizado por el Departamento de Recursos Humanos mediante oficio DRH-PA-2009-2013 y en el informe técnico Nº 004-2014, reasignar el puesto No. 000036, ubicado presupuestariamente en el Departamento de Servicios Bibliotecarios, Documentación e Información y ocupado en propiedad por la funcionaria María Guiselle Zumbado Oporto, cédula 3-411-447, de Ujier a Secretaria de Parlamento. Rige a partir del 1 de setiembre del 2014. Asimismo, a la luz de lo dispuesto en el artículo 21 del Manual de Procedimientos para las Reasignaciones de Puestos en la Asamblea Legislativa, este movimiento de personal tendrá una provisionalidad de tres meses a partir de la fecha de vigencia. Lo anterior en el entendido de que dicho reconocimiento se hará efectivo en el momento en el que exista el contenido presupuestario correspondiente, de conformidad con la información remitida por el Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio DRH-PA-2016-2014. ACUERDO FIRME. -767-

ARTÍCULO 15.- Se conoce oficio DRH-PA-2000-2014, con fecha 1 de agosto del

2014, suscrito por el señor Hugo Cascante Micó, Director del Departamento de Recursos Humanos, mediante el cual remite a consideración del Directorio Legislativo el informe técnico Nº 003-2014, relativo a la solicitud de reasignación del puesto N° 046683

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ocupado en propiedad por la señora Sandra Fallas Mata, ubicado en el Departamento de Análisis Presupuestario.

Sobre el particular, se presenta un extracto de dicho informe: CONCLUSIONES Con base en el análisis de los factores que identifican el puesto en estudio, se concluye que: Las labores asignadas al puesto, se caracterizan por la ejecución de actividades que

exigen la aplicación de conocimientos teóricos y prácticos de una profesión obtenida a nivel de licenciatura.

El presente estudio se reorienta bajo los alcances de Informes Técnicos anteriores del Departamento de Análisis Presupuestario, permitiendo dar uniformidad y equilibrio a las clasificaciones de los puestos “profesionales” de este Departamento, según la estructura organizativa-funcional del mismo y considerando que mantienen un mismo perfil de exigencias, obligaciones, responsabilidades, consecuencia del error y metodologías de trabajo.

La experticia es un aspecto relevante para el buen cumplimiento de las tareas asignadas, en virtud del impacto de las decisiones y recomendaciones que se requiere brindar, en materia técnica y presupuestaria.

El análisis de los factores enunciados, en el apartado anterior, permiten recomendar la ubicación del puesto en estudio, como Profesional 2B, categoría para la cual la funcionaria cumple con los requisitos establecidos en el Manual Descriptivo de Clases de la Asamblea Legislativa de los Puestos Administrativos.

La funcionaria cumple con el período de consolidación de tareas, establecido en el artículo 111 inciso a) del Reglamento del Estatuto de Servicio.

RECOMENDACIONES En razón de las características analizadas y por las conclusiones obtenidas, se recomienda:

Reasignar el puesto N° 046683, ocupado en propiedad por la funcionaria Sandra Fallas Mata, de la clase Profesional 1B a la clase Profesional 2B.

Aplicar a este acto administrativo la provisionalidad de ley contemplada en el artículo 116 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil.

Enviar copia del presente informe a la Dirección Ejecutiva para que sea elevado al Directorio Legislativo.

El movimiento anterior queda supeditado a la existencia de disponibilidad presupuestaria y representa una erogación mensual al presupuesto institucional de

aproximadamente ¢ 168.119,39

SE ACUERDA: Con base en el criterio exteriorizado por el Departamento de Recursos Humanos mediante oficio DRH-PA-2009-2013 y en el informe técnico Nº 003-2014, reasignar el puesto N° 046683 ocupado en propiedad por la señora Sandra Fallas Mata, cédula 3-267-543, de la clase Profesional 1B a la

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clase Profesional 2B ubicado presupuestariamente en el Departamento de Análisis Presupuestario. Rige a partir del 1 de setiembre del 2014. Asimismo, a la luz de lo dispuesto en el artículo 21 del Manual de Procedimientos para las Reasignaciones de Puestos en la Asamblea Legislativa, este movimiento de personal tendrá una provisionalidad de tres meses a partir de la fecha de vigencia. Lo anterior en el entendido de que dicho reconocimiento se hará efectivo en el momento en el que exista el contenido presupuestario correspondiente, de conformidad con la información remitida por el Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio DRH-PA-2016-2014. ACUERDO FIRME. -768-

ARTÍCULO 16.- Se conoce oficio DRH-PA-2049-2014, con fecha 6 de agosto del

2014, suscrito por el señor Hugo Cascante Micó, Director del Departamento de Recursos Humanos, mediante el cual informa al Directorio Legislativo, con respecto a la solicitud de reasignación del puesto Nº 048863, ocupado en propiedad por la servidora Damaris Ulloa Montoya. Al respecto indica que mediante informe técnico Nº 005-2014, se plasma el estudio solicitado en los siguientes términos: No se incorporan a las labores desplegadas por la servidora nuevas variables que permitan visualizar y evidenciar un cambio radical y sustancial de funciones, presupuesto básico para propiciar el movimiento de clasificación por la vía de la reasignación del puesto. Las labores asumidas por la funcionaria Ulloa Montoya, han aumentado su cobertura de acción como consecuencia del incremento de actividades a nivel institucional y las nuevas necesidades departamentales, orientándose a labores de coordinación (logística) con la Dirección, Subdirección y Jefatura de Área, en las diferentes actividades de los servicios que se brindan en su campo específico y que facilitan el cumplimiento de los planes y los programas de trabajo. Sin embargo, el aumento en el volumen de trabajo no es presupuesto fundamental para variar la clasificación del puesto (artículo 16 del Reglamento para la clasificación y valoración de puestos). En función de lo anterior y la consideración de otros aspectos relacionados con las funciones desarrolladas por la funcionaria Ulloa Montoya en el Departamento de Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo, en el informe Nº 005-2014 de julio de 2014, se recomienda mantener la clasificación del puesto Nº48863 como Profesional 1 B.

SE ACUERDA: Dar por recibido el oficio DRH-PA-2049-2014, suscrito por el señor Hugo Cascante Micó, Director del Departamento de Recursos Humanos, mediante el cual se refiere a la solicitud de reasignación del puesto Nº 048863, ocupado en propiedad por la servidora Damaris Ulloa Montoya. ACUERDO FIRME. -777-

ARTÍCULO 17.- Se conoce oficio WAB 027-2014, con fecha 4 de junio del 2014,

suscrito por el diputado William Alvarado Bogantes, mediante el cual

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solicita el préstamo del Plenario el día viernes 5 de setiembre del 2014, a las 9:30 am para realizar la actividad denominada “Diputado por un día”, en el marco de la celebración del Día del Niño.

El objetivo principal de la actividad es incentivar a los niños y niñas de la provincia de Heredia a involucrarse en la vida pública del país y motivarlos para que sean partícipes activos. La idea es traer a 57 niños y niñas de diferentes escuelas de la provincia de Heredia que deliberen y presenten propuestas en beneficio de la niñez en general. SE ACUERDA: Autorizar el uso del Plenario Legislativo con el propósito de que se realice la actividad denominada “Diputado por un día”, a realizarse en el marco de la celebración del Día del Niño el próximo viernes 5 de setiembre del 2014, a las 9:30 am. Asimismo, a fin de proteger los equipos que se encuentran en dicho recinto, se solicita a los visitantes no hacer uso de los micrófonos, computadoras, etc., para lo cual se encarga al Departamento de Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo para que vele por que se cumpla esta disposición. ACUERDO FIRME. -778-

ARTÍCULO 18.- Se conoce oficio OIP-897-07-14, con fecha 5 de agosto del 2014,

suscrito por el señor Juan Carlos Chavarría Herrera, Coordinador a.i. Oficina Iniciativa Popular, mediante el cual se refiere al acuerdo tomado por el Directorio Legislativo en el artículo 18 de la sesión Nº 017-2014, en relación con las gestiones para llevar a cabo el concurso del Galardón Ambiental Legislativo para el 2015.

Por lo anterior indica que, acatando la instrucción dada en el punto 2 del acuerdo del Directorio Legislativo, respetuosamente propone la siguiente integración de la comisión organizadora:

El Jefe de la Oficina de Iniciativa Popular, quien coordinaría en acatamiento del artículo 1 del “Reglamento para otorgar el Galardón Ambiental Legislativo”, aprobado en la sesión del Directorio Legislativo No.159-2013 de 19 de febrero de 2013.

Un representante del Departamento de Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo designada por la Directora del respectivo Departamento.

Un representante del Directorio Legislativo, designado por este órgano.

Una vez realizadas las respectivas designaciones, se comuniquen a la Dirección Ejecutiva y al Directorio Legislativo para su ratificación y respectiva juramentación. Asimismo se solicita al Directorio Legislativo autorización para que el coordinador de la comisión gestione ante el despacho de la Ministra de Educación Pública, la designación de una persona que funja como enlace para las actividades de promoción, inscripción y recolección del material en los diferentes centros de enseñanza públicos y

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privados que impartan el I, II y III ciclos de la Educación General Básica y la Educación Diversificada, que deseen participar en esta premiación. SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el señor Juan Carlos Chavarría Herrera, mediante oficio OIP-897-07-14, integrar la comisión organizadora del concurso del Galardón Ambiental Legislativo para el 2015, de la siguiente manera:

El Jefe de la Oficina de Iniciativa Popular, quien coordinará.

Un representante del Departamento de Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo designado por la Directora del respectivo Departamento.

El Director Ejecutivo, en representación del Directorio Legislativo.

Asimismo se acuerda autorizar al coordinador de dicha Unidad para que gestione ante el despacho de la Ministra de Educación Pública la designación de una persona que funja como enlace en la realización de dicho concurso. -779-

ARTÍCULO 19.- SE ACUERDA: Autorizar a la administración para que

gestione lo pertinente, a fin de ofrecer un homenaje a las madres de la Institución, el 14 de agosto del 2014, a partir de la 1:30 y hasta las 2:30 p.m., en el Castillo Azul.

Por lo anterior, se encarga al Departamento de Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo para que coordine con el Departamento de Proveeduría la contratación de un refrigerio para 200 personas (bocadillos dulces, salados y sangría), así como la realización de una actividad cultural (grupo de cuerdas). ACUERDO FIRME. -761-

ARTÍCULO 20.- Se conoce nota sin fecha, suscrita por el señor William Hayden

Quintero, mediante la cual indica que escribió recientemente el libro: "Costa Rica. Las atípicas Elecciones del 2014. La inesperada victoria de Luis Guillermo Solís. Presidente de la República 2014-2018". Es una crónica de todo el proceso electoral abarcando desde agosto del 2013 al 8 de mayo del 2014, cuando el presidente electo toma posesión de su cargo.

Desfilan en esta obra todos los acontecimientos atípicos, inéditos e insólitos de las dos elecciones, destacando los hechos relevantes. Hay un capítulo especial que llama: "Los Diputados y la Asamblea Legislativa" que contiene un análisis sobre los candidatos a legisladores, los diputados en fuga, los aspirantes a diputados del 2014, la elección, el quiebre de votos y finalmente las alianzas estratégicas y políticas para conformar el actual Directorio que preside el economista Henry Mora del PAC. Es tema obligado hablar de dos fenómenos políticos, el de José María Villalta y Luis Guillermo Solís y desde luego la retirada de

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Johnny Araya, su doble fracaso, su futuro y el del Partido Liberación Nacional. Por la importancia del tema, quizás el libro podría ser adquirido por la Dirección del Congreso para distribuirlo entre cada uno de los señores diputados como material de lectura interesante de un proceso en que todos ellos participaron en sus diferentes partidos políticos. El valor de la obra es de ¢15.000 y como lo imprimió personalmente sin acudir a ninguna casa editorial se puede adquirir directamente con él en las direcciones y teléfonos que indica. El libro ha sido comprado por algunos analistas políticos, entre ellos Gonzalo Páez, quien el pasado viernes en su muro de Facebook hizo el siguiente comentario:

"William Hayden nos ha dejado una excelente crónica del proceso electoral recién concluido. Vale la pena adquirirlo, leerlo y conservarlo por lo intrincado de la historia y, sobre todo en un tono irreverente con lenguaje comprensible y llano. Su posición sin amarres políticos de clase alguna hace su opinión confiable, aunque no se esté de acuerdo con él en alguna o algunas partes del relato. Es un documento indispensable para quienes gustan de la observación política costarricense".

SE ACUERDA: Desestimar, por razones presupuestarias, la solicitud del señor William Hayden Quintero para que la institución adquiera su libro "Costa Rica. Las atípicas Elecciones del 2014. La inesperada victoria de Luis Guillermo Solís. Presidente de la República 2014-2018". ACUERDO FIRME. -780-

ARTÍCULO 21.- Se conoce solicitud del despacho de la diputada Carmen Quesada

Santamaría tendiente a que se autorice el uso del Salón de Expresidentes, el miércoles 27 de agosto del 2014, desde las 9:30 hasta las 12 horas, ya que se realizará un foro denominado “Aporte afrodescendientes al Desarrollo y Consolidación a la Sociedad Costarricense”. Para esta actividad se requerirá lo siguiente:

-Sonido (2 micrófonos) -5 sillas para mesa principal (Participarán legisladoras de tres

fracciones políticas PML, PLN y PAC). -Vasos con agua -1 Ujier para colaborar en la actividad -Bocadillos dulces y salados afrocaribeños para 45 personas -Fotografía -Solicitarle al Departamento de Prensa y Protocolo que se

transmita en vivo la actividad. -Elaboración del programa -Invitación digital

También solicita que se autorice el uso del salón de Expresidentes desde las 15:30 hasta 17:30 horas, ya que se desea realizar actos culturales para la celebración afro cultural, para lo cual se necesitará lo siguiente:

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-Sonido -Fotógrafo -Invitación en digital -Elaboración de una nota periodística por el Departamento de

Prensa y Protocolo -Autorización para que en la Rotonda de la Patria se pueden

repartir comidas típicas.

SE ACUERDA: Con el propósito de que no interfiera en el desarrollo de la sesión del Plenario Legislativo, autorizar el uso del Auditorio Fernando Volio, con el fin de que se realice el foro denominado “Aporte afrodescendientes al Desarrollo y Consolidación a la Sociedad Costarricense”, a realizarse el 27 de agosto del 2014, de las 9:30 a.m. a la 12 m.d., para lo cual se autoriza lo siguiente: - Sonido ( 2 micrófonos) - 5 sillas para mesa principal vasos con agua - 1 Ujier para colaborar en la actividad - Bocadillos dulces y salados tipo burbuja para 45 personas - Fotografía - Transmisión en vivo de la actividad. - Elaboración del programa - Invitación digital

Asimismo se acuerda autorizar para esa misma fecha el uso de

ese auditorio para que se realicen actos culturales desde las 3:30 p.m. a las 5:30 p.m., para lo cual se autoriza lo siguiente: - Sonido - Fotógrafo - Invitación en digital - Elaboración de una nota periodística por el Departamento de

Prensa y Protocolo - Comidas típicas.

Se encarga al Departamento de Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo para que brinde el apoyo logístico necesario para la realización de dicha actividad. -781-

ARTÍCULO 22.- Se conoce oficio AC-S-010-2014, con fecha 6 de agosto del 2014,

suscrito por el diputado Otto Guevara Guth, Jefe de Fracción del Partido Movimiento Libertario, mediante el cual indica que el funcionario Jaime Hernández Garita, encargado de su despacho del Área Comunal y Social consiguió una silla de ruedas para ser entregada en el cantón de Parrita.

La persona beneficiada es la señora Luz Eida Quesada Hidalgo, cédula 6-103-1073, quien la requiere con urgencia por padecimiento de cáncer e infecciones respiratorias entre otras cosas. La salida sería el día viernes 8 de agosto y regreso el mismo día en horas de la tarde-noche. SE ACUERDA: Informar al Jefe de Fracción del Partido Movimiento Libertario que, lamentablemente no se podrá dar

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curso a su requerimiento, en virtud de que la normativa vigente permite asignar las giras, únicamente cuando viaje el diputado. -782-

ARTÍCULO 23.- Se conoce oficio DRH-PA-2087-2014, con fecha 7 de agosto del

2014, suscrito por el señor Hugo Cascante Micó, Director del Departamento de Recursos Humanos, mediante el cual se refiere al acuerdo tomado por el Directorio Legislativo en el artículo 2 de la sesión N° 005-2014, realizada el 29 de mayo del 2014, según el cual se determinó recargar las funciones de la Dirección de la División Legislativa en la señora Gloria Valerín Rodríguez, a partir del 29 de mayo del 2014 y por un plazo de tres meses.

Por otro lado, en la misma sesión, según artículo 3, se instruyó a la Administración a realizar las gestiones pertinentes a fin de sacar a concurso interno el puesto N° 000144 de Director de División, situación que mediante oficio DRH- PA-1769-2014 de fecha 14 de julio del 2014, en atención a lo cual, ese departamento envió la documentación relacionada con dicho concurso interno. Dado que al día de hoy no se ha recibido comunicación sobre el trámite del concurso interno y que el plazo definido para el recargo de las funciones de la Dirección de la División Legislativa está próximo a cumplirse, solicita indicar cómo se va a proceder con el caso mencionado.

SE ACUERDA: Informar al señor Hugo Cascante Micó, Director del Departamento de Recursos Humanos que este Órgano Colegiado, previo a resolver el trámite de concurso interno del puesto Nº 000144, requerirá a los señores Kattia Jiménez Porras y Francisco Araya Alfaro, funcionarios del Departamento de Asesoría Legal y División Administrativa, respectivamente, que analicen las objeciones hechas por el diputado Jorge Rodríguez Araya a las bases del concurso y las remitan a conocimiento de este Órgano Colegiado. -773, 772-

ARTÍCULO 24.- Se conoce oficio DRH-AS-2026-08-2014, con fecha 7 de agosto del

2014, suscrito por el señor Hugo Cascante Micó, Director del Departamento de Recursos Humanos, donde indica que mediante oficio DRH-AS-1812-07-2014, su despacho solicita criterio al Departamento de Asesoría Legal, en lo que respecta a la procedencia de pagar tiempo extraordinario a los funcionarios de la Presidencia, así como de la Primera y Segunda Secretaría del Directorio Legislativo.

Dicha consulta se realizó por la presentación de los reportes de tiempo extraordinario de los meses de mayo, junio y julio 2014, del señor Ronny Ulloa Solano, quien mediante sesión No. 001-2014 de fecha 06 de mayo 2014, fue nombrado en puesto de confianza como Asesor Especializado B-R en el despacho del señor diputado Jorge Rodríguez Araya a partir del 1 de mayo del 2014 y hasta el 30 de abril del 2018, inclusive. Al respecto, indica que según oficio As.Leg.-438-2014 de fecha 23 de julio de 2014, suscrito por la señor Kattia Jiménez Porras, Directora a.i. del Departamento de Asesoría Legal, señala que ningún

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funcionario nombrado en un puesto de confianza, debería de cobrar tiempo extraordinario, salvo que se trate de labores que, por razones de urgencia, temporalidad y excepción, se realicen fuera de la jornada máxima permitida; es decir, de las doce horas dispuestas en el artículo 143 del Código de trabajo, el cual señala:

"ARTÍCULO 143.- Quedarán excluidos de la limitación de la jornada de trabajo los gerentes, administradores, apoderados y todos aquellos empleados que trabajan sin fiscalización superior inmediata; los trabajadores que ocupan puestos de confianza; los agentes comisionistas y empleados similares que no cumplan su cometido en el local del establecimiento; los que desempeñan funciones discontinuas o que requieran su sola presencia; y las personas que realizan labores que por su indudable naturaleza no están sometidas a jornadas de trabajo. Sin embargo, estas personas no estarán obligadas a permanecer más de doce horas diarias en su trabajo y tendrán derecho, dentro de esa jornada, a un descanso mínimo de una hora y media." (El subrayado es nuestro).

Dicho oficio señala que, el establecer una exclusión de los límites de la jornada ordinaria significa que no procede el pago de tiempo extraordinario cuando los servidores de cita laboren más de la jornada ordinaria y hasta un máximo de 12 horas; no así cuando permanezcan más allá de ese lapso, ya que, cualquier tiempo adicional eventualmente servido por ellos después de esa jornada, sí constituye período extraordinario y así debe pagársele. Al mismo tiempo indica que la norma es clara al establecer una exclusión de los límites de la jornada ordinaria a una serie de funcionarios, entre los que se encuentran los trabajadores con puesto de confianza y todos aquellos empleados que trabajan sin fiscalización superior inmediata, que en nuestro caso aplica para aquellos funcionarios nombrados o destacados en el área de fracciones políticas, dado que la naturaleza de las funciones que ejecutan es sustancialmente diferente de las cumplidas por los servidores del área administrativa, siempre bajo el entendido que existen excepciones calificadas que son valoradas por el Directorio Legislativo en el ejercicio de su autonomía administrativa. Partiendo de todo lo anterior, se deja ver claramente que la única excepción que aplicaría para pagar tiempo extraordinario a funcionarios de confianza, sería después de la jornada máxima permitida. Por todo lo anteriormente señalado, indica que al señor Ronny Ulloa Solano, se le cancelaron treinta horas laboradas en la Segunda Secretaría del Directorio Legislativo durante el mes de mayo 2014, y las mismas se le hicieron efectivas en la planilla de la primera quincena del mes de julio 2014. SE ACUERDA: Avalar la siguiente resolución: CONSIDERANDO

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1. Que mediante acuerdo tomado por el Directorio Legislativo en el artículo 43 de la sesión Nº 159-2013, celebrada el 19 de febrero del 2013, se conoció informe Nº 15-2012, emitido por la Auditoría Interna, en el que se refiere al reconocimiento de tiempo extraordinario a las jefaturas de área y personal asistencial del Directorio Legislativo.

2. Que en dicha sesión se acogió parcialmente el informe remitido por el ente auditor, en virtud de que el Órgano Colegiado se separó de lo señalado respecto al tiempo extraordinario para el personal asistencial de algunas de las instancias que conforman el Directorio Legislativo. 3. Que dicha decisión fue tomada con base en el criterio vertido por el Departamento de Servicios Técnicos, emitido mediante oficio CON-008-2013, en el cual se realizan una serie de argumentaciones que son de recibo; sin embargo, con el afán de orientar sus decisiones dentro del marco de la legalidad, instruyó a la Secretaría de ese momento, para que planteara a la Procuraduría General de la República, la consulta específica sobre la procedencia del pago de tiempo extraordinario para funcionarios asistenciales de este órgano colegiado que ocupan puestos de confianza. 4. Que con fecha 5 de junio del 2013, mediante oficio P.S.DL.102-06-2013, el diputado Martín Monestel Contreras, Segundo Secretario de ese momento, planteó la consulta al Órgano Procurador, sin que a la fecha haya recibido respuesta. 5. Que existen criterios de conveniencia y oportunidad institucional debidamente justificados que plantean la necesidad de mantener este reconocimiento a los servidores. POR TANTO, el Directorio Legislativo, en uso de las facultades otorgadas por el artículo 25 del Reglamento de la Asamblea Legislativa ratifica el acuerdo tomado en el inciso d), artículo 43 de la sesión Nº 159-2013, en el que se establece que el reconocimiento en mención es procedente únicamente cuando exista de por medio un acuerdo de Directorio que justifique la necesidad. Por lo anterior y dados los asuntos administrativos que atiende la Segunda Secretaría, se solicita al Departamento de Recursos Humanos que tramite el pago de tiempo extraordinario que a la fecha ha presentado el señor Ronny Ulloa Solano, mientras se pronuncia ese Órgano Procurador sobre la consulta planteada. -783-

Se levanta la sesión a las 12:35 p.m.