RS_013_2014_RM_0198_A_0201_2014_MINAGRI

download RS_013_2014_RM_0198_A_0201_2014_MINAGRI

of 3

description

h

Transcript of RS_013_2014_RM_0198_A_0201_2014_MINAGRI

  • El PeruanoJueves 17 de abril de 2014 521151del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N 063-2007-PCM y sus modifi catorias;

    SE RESUELVE:

    Artculo nico.- Designar a la Abogada Jennifer Lizetti Contreras lvarez, en el cargo de Secretaria de Gestin Pblica de la Presidencia del Consejo de Ministros.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    REN CORNEJO DAZPresidente del Consejo de Ministros

    1074853-3

    AGRICULTURA Y RIEGO

    Decreto Supremo que constituye en el Ministerio de Agricultura y Riego un mecanismo de reposicin por prdidas de alpacas ante eventos climticos adversos, a favor de los pequeos criadores afectados que residan por encima de los 3,800 metros sobre el nivel del mar

    DECRETO SUPREMON 005-2014-MINAGRI

    EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA

    CONSIDERANDO:

    Que, el Per se constituye en el primer referente en la crianza de alpacas, concentrando el 80% de la poblacin mundial, y a nivel nacional segn el Censo Nacional Agropecuario - CENAGRO 2012, la poblacin actual es de 3 685,516 alpacas, constituyendo una de las actividades productivas y econmicas ms importantes que se desarrolla especialmente sobre los 3,800 metros sobre el nivel del mar;

    Que, la crianza de alpacas se encuentra expuesta a eventos climticos adversos, como la presencia de bajas temperaturas sobre el promedio, lluvias torrenciales e inoportunas, sequas prolongadas, y corrientes de aire fro, ocasionando altas tasas de mortalidad, en desmedro de la economa familiar del criador;

    Que, el numeral 6.2.12 del artculo 6 del Decreto Legislativo N 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N 30048, el Ministerio de Agricultura y Riego, tiene, entre otras, la funcin especfi ca de dictar lineamientos tcnicos en materia de promocin, mejoramiento y aprovechamiento de camlidos sudamericanos;

    Que, ante estas circunstancias corresponde al Estado adoptar medidas orientadas a la conservacin de alpacas, considerando que esta especie forma parte de los camlidos sudamericanos domsticos, para evitar el deterioro de la actividad productiva y econmica de su crianza, as como el perjuicio de prdida de animales, que genera en los pequeos criadores, un detrimento de su patrimonio, el cual se traduce en una cada signifi cativa de su nivel del ingreso familiar;

    En uso de la facultad conferida por el artculo 118, numeral 8, de la Constitucin Poltica del Per, el artculo 11, numeral 3, de la Ley N 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo, y de conformidad con el Decreto Legislativo N 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N 30048, a Ministerio de Agricultura y Riego;

    DECRETA:

    Artculo 1.- Mecanismo de reposicin de alpacasConstityase en el Ministerio de Agricultura y Riego un

    mecanismo de reposicin por prdidas de alpacas ante eventos climticos adversos, en adelante el mecanismo de

    reposicin, a favor de los pequeos criadores que residan por encima de los 3,800 metros sobre el nivel del mar.

    Artculo 2.- Alcances del mecanismo de reposicin

    El mecanismo de reposicin consiste en la entrega de alpacas en pie, en sustitucin de aquellos animales que perecieron ante la ocurrencia de un evento climtico adverso.

    Artculo 3.- Pertinencia de la reposicinLa reposicin por prdidas proceder slo a pequeos

    criadores en zonas afectadas por eventos climticos adversos, que se encuentren declaradas en estado de emergencia, conforme a la normatividad de la materia.

    Artculo 4.- Verifi cacin de prdidasEl Ministerio de Agricultura y Riego verifi car las prdidas

    de las alpacas, ocasionadas por el evento climtico adverso, identifi cando a los pequeos criadores afectados.

    Artculo 5.- Autorizacin de entregaRealizadas las acciones establecidas en el artculo

    precedente, el Ministerio de Agricultura y Riego emitir la autorizacin de entrega de alpacas en pie, a favor de los pequeos criadores afectados. La referida autorizacin es emitida a nombre del pequeo criador afectado, previa identifi cacin.

    La autorizacin de entrega tiene carcter personal y es intransferible. No podr emitirse ms de una autorizacin por pequeo criador afectado.

    Artculo 6.- Entrega de alpacasEl Instituto Nacional de Innovacin Agraria - INIA es

    la entidad encargada de entregar las alpacas en pie a los pequeos criadores afectados, conforme a la autorizacin emitida por el Ministerio de Agricultura y Riego.

    Para cumplir tal propsito, el mencionado organismo pblico se encuentra facultado a adquirir ejemplares de alpacas, as como realizar su crianza y reproduccin en sus Estaciones Experimentales.

    Artculo 7.- FinanciamientoEl fi nanciamiento se efectuar con cargo al presupuesto

    asignado al Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, a travs del Programa Presupuestal 121 Mejora de la articulacin de pequeos productores al mercado.

    Artculo 8.- Disposiciones reglamentariasEl Ministerio de Agricultura y Riego, establecer las

    disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para la implementacin del mecanismo de reposicin.

    Artculo 9.- RefrendoEl presente Decreto Supremo ser refrendado por el

    Ministro de Agricultura y Riego.

    DISPOSICIN COMPLEMENTARIA TRANSITORIAnica.- El mecanismo de reposicin se implementar

    progresivamente a nivel nacional, inicindose el 2014 hasta el 2016, en las Estaciones Experimentales Agrarias Illpa - Puno y Canaan - Ayacucho, del Instituto Nacional de Innovacin Agraria - INIA, para atender a los pequeos criadores afectados.

    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisis das del mes de abril del ao dos mil catorce.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    JUAN MANUEL BENITES RAMOSMinistro de Agricultura y Riego

    1074876-1

    Designan Presidente y representante titular del Ministerio de Agricultura y Riego ante la Comisin Nacional de Semillas

    RESOLUCIN SUPREMAN 013-2014-MINAGRI

    Lima, 16 de abril de 2014

    cizaguirreResaltado

  • El PeruanoJueves 17 de abril de 2014521152

    CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N 27262, Ley General de

    Semillas, modifi cada por Decreto Legislativo N 1080, se constituy la Comisin Nacional de Semillas, como Comisin Consultiva del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, que tiene como funcin principal proponer y opinar sobre los asuntos referidos a las polticas, planes, programas y acciones relativas a la investigacin, produccin, certifi cacin y comercializacin de semillas, la misma que est integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura y Riego, quien la preside, el cual es designado mediante Resolucin Suprema;

    Que, con la Resolucin Suprema N 029-2013-MINAGRI se design al seor Luis Rubn Zavaleta Remy, como representante titular del Ministerio de Agricultura y Riego ante la Comisin Nacional de Semillas, habiendo sido aceptada su renuncia como Vice Ministro de Polticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego mediante Resolucin Suprema N 010-2014-MINAGRI;

    Que, en consecuencia es necesario dar por concluida la designacin antes citada, y designar al representante titular y Presidente de la Comisin Nacional de Semillas;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 27594, Ley que regula la participacin del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacin de Funcionarios Pblicos; el Decreto Legislativo N 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, modifi cado por la Ley N 30048, y su Reglamento de Organizacin y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N 031-2008-AG; y la Ley N 27262, Ley General de Semillas.

    SE RESUELVE:Artculo 1.- Dar por concluida la designacin del

    seor Luis Rubn Zavaleta Remy, como Presidente y representante titular del Ministerio de Agricultura y Riego ante la Comisin Nacional de Semillas, dndosele las gracias por los servicios prestados.

    Artculo 2.- Designar al seor Cesar Francisco Sotomayor Caldern, Vice Ministro de Polticas Agrarias, como Presidente y representante titular del Ministerio de Agricultura y Riego ante la Comisin Nacional de Semillas.

    Artculo 3.- Notifi car la presente Resolucin a la Secretara Tcnica de la Comisin Nacional de Semillas y a los representantes mencionados, para los fi nes pertinentes.

    Artculo 4.- La presente Resolucin ser refrendada por el Ministro de Agricultura y Riego.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    JUAN MANUEL BENITES RAMOSMinistro de Agricultura y Riego

    1074874-2

    Designan Director Ejecutivo del Proyecto Datem del Maran - Alto Amazonas - Loreto - Condorcanqui - PEDAMAALC

    RESOLUCIN MINISTERIALN 198-2014-MINAGRI

    Lima, 14 de abril de 2014CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N 010-2013-

    MINAGRI de fecha 22 de setiembre de 2013, se cre el Proyecto Especial Datem del Maran-Alto Amazonas-Loreto-Condorcanqui-PEDAMAALC;

    Que, el artculo 6 del Decreto Supremo N 010-2013-MINAGRI establece que el Presidente del Consejo Directivo propone al Ministro de Agricultura y Riego al Director Ejecutivo, el cual deber ser designado mediante Resolucin Ministerial;

    Que, contando con la propuesta del Presidente del Consejo Directivo del mencionado Proyecto Especial, se ha visto conveniente designar al Director Ejecutivo del Proyecto Especial Datem del Maran-Alto Amazonas-Loreto-Condorcanqui-PEDAMAALC;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 27594, Ley que regula la participacin del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacin de Funcionarios Pblicos; el Decreto Legislativo N 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, modifi cado por Ley N 30048, y su Reglamento de Organizacin y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N 031-2008-AG.

    SE RESUELVE:Artculo nico.- Designar a partir de la fecha al

    seor Jorge Miguel Prez Vela, como Director Ejecutivo del Proyecto Datem del Maran-Alto Amazonas-Loreto-Condorcanqui-PEDAMAALC.

    Regstrese, comunquese y publquese.JUAN MANUEL BENITES RAMOSMinistro de Agricultura y Riego

    1074149-1

    Designan Asesor de la Alta Direccin del Ministerio de Agricultura y Riego

    RESOLUCIN MINISTERIALN 199-2014-MINAGRI

    Lima, 14 de abril de 2014CONSIDERANDO:Que, es necesario designar a un Asesor de la Alta

    Direccin del Ministerio de Agricultura y Riego;De conformidad con lo dispuesto por la Ley N 29158,

    Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 27594, Ley que regula la participacin del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacin de funcionarios pblicos; el Decreto Legislativo N 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N 30048, y su Reglamento de Organizacin y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N 031-2008-AG;

    SE RESUELVE:

    Artculo nico.- Designar al seor Cirilo Antonio Torres Prez, en el cargo de Asesor de la Alta Direccin del Ministerio de Agricultura y Riego.

    Regstrese, comunquese y publquese.JUAN MANUEL BENITES RAMOSMinistro de Agricultura y Riego

    1074149-2

    Designan Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Agricultura y Riego

    RESOLUCIN MINISTERIALN 200-2014-MINAGRI

    Lima, 14 de abril de 2014CONSIDERANDO:Que, es necesario designar al Jefe de Gabinete de

    Asesores del Ministerio de Agricultura y Riego;De conformidad con lo dispuesto por la Ley N 29158,

    Ley Orgnica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N 30048;

    SE RESUELVE:Artculo nico.- Designar al seor Guillermo Augusto

    Freund Vargas Prada, como Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Agricultura y Riego.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JUAN MANUEL BENITES RAMOSMinistro de Agricultura y Riego

    1074149-3

    cizaguirreResaltado

    cizaguirreResaltado

    cizaguirreResaltado

  • El PeruanoJueves 17 de abril de 2014 521153

    Designan representantes del Ministro de Agricultura y Riego ante el Grupo de Trabajo Multisectorial denominado Comit Tcnico MI RIEGO

    RESOLUCIN MINISTERIALN 201-2014-MINAGRI

    Lima, 14 de abril de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante la Resolucin Ministerial N 0367-2013-MINAGRI se modifi c el artculo 1 de la Resolucin Ministerial N 0030-2013-AG, designndose como representantes del Ministro de Agricultura y Riego, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial denominado Comit Tcnico MI RIEGO, creado por Decreto Supremo N 002-2013-AG, al seor Juan Manuel Benites Ramos, entonces Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, para presidir el Comit Tcnico, y en condicin de alterno al Ingeniero Jorge Escurra Cabrera; del mismo modo se design al seor Juan del Carmen Haro Muoz, Director General de la Ofi cina de Apoyo y Enlace Regional, como miembro del Comit Tcnico;

    Que, mediante Resolucin Suprema N 007-2014-MINAGRI se acept la renuncia del seor Juan Manuel Benites Ramos, al cargo de Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego;

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 0106-2014-MINAGRI se acept la renuncia del seor Jorge Escurra Cabrera, al cargo de Asesor de la Alta Direccin del Ministerio de Agricultura y Riego;

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 00089-2014-MINAGRI se acept la renuncia del seor Juan del Carmen Haro Muoz, al cargo de Director General de la Ofi cina de Apoyo y Enlace Regional del Ministerio de Agricultura y Riego;

    Que, es necesario dar por concluido el encargo mencionado en el considerando precedente, as como designar a las personas que reemplazarn en la representacin del Ministro de Agricultura y Riego ante el mencionado Grupo de Trabajo Multisectorial;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 27594, Ley que regula la participacin del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacin de funcionarios pblicos; el Decreto Legislativo N 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N 30048, y su Reglamento de Organizacin y Funciones aprobado por Decreto Supremo N 031-2008-AG;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Dar por concluido, la designacin como representantes del Ministro de Agricultura y Riego, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial denominado Comit Tcnico MI RIEGO, creado por Decreto Supremo N 002-2013-AG, a los siguientes ex funcionarios:

    Juan Manuel Benites Ramos, Jorge Escurra Cabrera y Juan del Carmen Haro Muoz.

    Artculo 2.- Designar como representantes del Ministro de Agricultura y Riego, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial denominado Comit Tcnico MI RIEGO, creado por Decreto Supremo N 002-2013-AG, a los siguientes funcionarios:

    Jorge Luis Montenegro Chavesta, Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, quien presidir el Comit Tcnico, y en condicin de alterno al seor Andrs Escudero Cabada, Director General de la Ofi cina de Apoyo y Enlace Regional.

    Vladimiro Guzmn Len, Asesor de la Alta Direccin del Ministerio de Agricultura y Riego, como miembro del Comit Tcnico.

    Artculo 3.- Notifi car la presente Resolucin a la Secretara Tcnica del Grupo de Trabajo Multisectorial denominado Comit Tcnico MI RIEGO, a los

    representantes designados y ex funcionarios, para los fi nes pertinentes.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JUAN MANUEL BENITES RAMOSMinistro de Agricultura y Riego

    1074149-4

    Aprueban Metas e Indicadores de Desempeo del Sector Agricultura y Riego para el ao 2014

    RESOLUCIN MINISTERIALN 202-2014-MINAGRI

    Lima, 14 de abril de 2014

    VISTOS:

    El Ofi cio N 916-2014-MINAGRI-OPP/UPS de la Direccin General de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N 0069-2014-MINAGRI-OPP/UPS de la Unidad de Poltica Sectorial de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, el artculo 4 de la Ley N 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo, establece como una de las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo, disear y supervisar polticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno;

    Que, el Decreto Legislativo N 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por Ley N 30048, seala que este Ministerio disea, establece, ejecuta y supervisa las polticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectora en relacin con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;

    Que, el Decreto Supremo N 027-2007-PCM y modifi catorias, defi ne y establece las Polticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, a fi n que el conjunto de las instituciones y funcionarios pblicos impulsen transversalmente su promocin y ejecucin, en adicin al cumplimiento de las polticas sectoriales;

    Que, el artculo 3 del citado Decreto Supremo, dispone que mediante Resolucin Ministerial del Sector respectivo, los Ministerios publicarn las metas concretas y los indicadores de desempeo para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Polticas Nacionales y Sectoriales de su competencia;

    Que, para la formulacin de las Metas e Indicadores de Desempeo del Sector Agricultura y Riego para el ao 2014, los rganos, programas, proyectos del Ministerio de Agricultura y Riego y los organismos pblicos adscritos, han cumplido con presentar sus correspondientes propuestas de metas e indicadores respecto de la aplicacin de las Polticas Nacionales de obligatorio cumplimiento;

    Que, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto a travs de la Unidad de Poltica Sectorial, mediante el informe de Vistos, concluye que es necesaria la aprobacin de las Metas y los Indicadores de Desempeo del Sector, a fi n de evaluar el cumplimiento de las Polticas Nacionales y Sectoriales de competencia del Sector Agricultura y Riego para el ao 2014;

    Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar las Metas e Indicadores de Desempeo del Sector Agricultura y Riego para el ao 2014;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por Ley N 30048; su Reglamento de Organizacin y Funciones aprobado por Decreto Supremo N 031-2008-AG; y el Decreto Supremo N 027-2007-PCM y modifi catorias;

    SE RESUELVE:Artculo 1.- Aprobacin de Metas e Indicadores de

    Desempeo del Sector Agricultura y Riego para el ao 2014

    cizaguirreResaltado