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s@ OECENIO DE LA IGUALDAO DE OPORfUNIOADES PARA MUJERES Y HOMERES 'Año dcl Di¿loro y ¡a R€corE¡liecjóñ ¡|ec¡onel' SEGUNDA ADENDA AL CONVENIO DE COMPRA DE SERVICIOS DE SALUD ENTRE EL SEGURO INTEGRAL DE SALUD Y EL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Conste por el presenle documento, la Segunda Adenda al Convenio de Compra de Servicios de Salud entre el Seguro Integral de Salud y el Gobierno Reg¡onal de Ayacucho, que celebran de una parte el SEGURO INTEGRAL DE SALUD, con RUC N" 20505208626, con dom¡c¡l¡o legal en la Avenida Carlos Gonzales N" 212, Urbanización Maranga, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, con Registro de IAFAS SUSALUD N" 10001, representado por la M.C. DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE, Jefa del Seguro lntegral de Salud, identificada con DNI No 07801919, designada según Resolución Suprema No 016-2018-SA de fecha 12 de mayo del año 2018, a la que en adelante se denominará EL SIS; y de la otra parte El GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO con RUC N' 20452393493, con domicilio legal en Jr. Callao N' 125, distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga y departamento de Ayacucho, debidamente representado por su Gobernador Regional WILFREDO OSCORIMA NÚÑEz, ¡dentificado con DNI N' 06825885, y designado mediante Resolución N' 380"1-20,|4-JNE, de fecha 29 de diciembre del año 2014, al que en adelante se denominará EL PRESTADOR, de acuerdo a los términos y condiciones s¡gu¡entes: 1.1 Con fecha 26 de mazo del año 2018, EL SIS y EL PRESTADOR (en adelante LAS PARTES), suscrib¡eron el Convenio de Compra de Servicios de Salud, que tiene por objeto establecer las condiciones bajo las cuales EL PRESTADOR, y por tanto sus IPRESS depend¡entes, se obligan a brindar los servicios de salud a los asegurados del SlS. 1.2 Con fecha 29 de mayo del año 2018, LAS PARTES, suscribieron la Primera Adenda al Convenio de Compra de Servicios de Salud, que tiene por objeto excluir el Proceso de Evaluación de Compra (PEC) de Servicios contenido en el Anexo N'04 del Convenio así como modificar parcialmente el numeral 12.3 de la Cláusula Déclmo Segunda del Convenio suscrito, a efectos de realizar las transferencias financieras prospectivas a las Unidades Ejecutoras de EL PRESTADOR por prestaciones administrativas de traslados. En el marco de lo establecido en la Cláusula Vigésimo Tercera del "Convenio de Compra de Servicios de Salud" descrito en el numeral 1.1 de la cláusula primera del precedente, LAS PARTES optan por mod¡f¡car el mismo, para lo cual, acuerdan que la ejecuc¡ón del objeto del Convenio, descrito en los numerales 5.1. y 5.2 de la cláusula quinta, se rcalizatá en los térm¡nos contenidos en el documento denominado "Guía Técnica de Operativización de los Convenios y Adendas de Compra de Servic¡os de Salud suscritos entre el Seguro lntegral de Salud, Gobiernos Reg¡onales y Direcciones lntegradas de Salud del M¡n¡sterio de Salud", cuyo texto forma parte de la presente adenda, dejando s¡n efecto aquellas cláusulas que §0R t4. n. L o o 9o, z Socht I s T c0 l, kn v'8' rl¡ c vo o 0.¡l As6oii¡ cuC dr (, quc aes o L outaaaMA ¡N M¡n¡ster¡o de Salud Soguro lntegral de Salud CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEOENTES CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DE LA ADENOA {hCUO,S de Redes

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Page 1: s@ · 1.1 Con fecha 26 de mazo del año 2018, EL SIS y EL PRESTADOR (en adelante LAS PARTES), suscrib¡eron el Convenio de Compra de Servicios de Salud, que

s@ OECENIO DE LA IGUALDAO DE OPORfUNIOADES PARA MUJERES Y HOMERES'Año dcl Di¿loro y ¡a R€corE¡liecjóñ ¡|ec¡onel'

SEGUNDA ADENDA AL CONVENIO DE COMPRA DE SERVICIOS DE SALUDENTRE EL SEGURO INTEGRAL DE SALUD Y EL GOBIERNO REGIONAL DE

AYACUCHO

Conste por el presenle documento, la Segunda Adenda al Convenio de Compra deServicios de Salud entre el Seguro Integral de Salud y el Gobierno Reg¡onal deAyacucho, que celebran de una parte el SEGURO INTEGRAL DE SALUD, con RUCN" 20505208626, con dom¡c¡l¡o legal en la Avenida Carlos Gonzales N" 212,

Urbanización Maranga, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, conRegistro de IAFAS SUSALUD N" 10001, representado por la M.C. DORIS MARCELALITUMA AGUIRRE, Jefa del Seguro lntegral de Salud, identificada con DNI

No 07801919, designada según Resolución Suprema No 016-2018-SA de fecha 12 demayo del año 2018, a la que en adelante se denominará EL SIS; y de la otra parte El

GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO con RUC N' 20452393493, con domiciliolegal en Jr. Callao N' 125, distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga y

departamento de Ayacucho, debidamente representado por su Gobernador RegionalWILFREDO OSCORIMA NÚÑEz, ¡dentificado con DNI N' 06825885, y designadomediante Resolución N' 380"1-20,|4-JNE, de fecha 29 de diciembre del año 2014, alque en adelante se denominará EL PRESTADOR, de acuerdo a los términos y

condiciones s¡gu¡entes:

1.1 Con fecha 26 de mazo del año 2018, EL SIS y EL PRESTADOR (en adelanteLAS PARTES), suscrib¡eron el Convenio de Compra de Servicios de Salud, quetiene por objeto establecer las condiciones bajo las cuales EL PRESTADOR, y portanto sus IPRESS depend¡entes, se obligan a brindar los servicios de salud a losasegurados del SlS.

1.2 Con fecha 29 de mayo del año 2018, LAS PARTES, suscribieron la PrimeraAdenda al Convenio de Compra de Servicios de Salud, que tiene por objetoexcluir el Proceso de Evaluación de Compra (PEC) de Servicios contenido en elAnexo N'04 del Convenio así como modificar parcialmente el numeral 12.3 de laCláusula Déclmo Segunda del Convenio suscrito, a efectos de realizar lastransferencias financieras prospectivas a las Unidades Ejecutoras de ELPRESTADOR por prestaciones administrativas de traslados.

En el marco de lo establecido en la Cláusula Vigésimo Tercera del "Convenio deCompra de Servicios de Salud" descrito en el numeral 1.1 de la cláusula primera delprecedente, LAS PARTES optan por mod¡f¡car el mismo, para lo cual, acuerdan que laejecuc¡ón del objeto del Convenio, descrito en los numerales 5.1. y 5.2 de la cláusulaquinta, se rcalizatá en los térm¡nos contenidos en el documento denominado "GuíaTécnica de Operativización de los Convenios y Adendas de Compra de Servic¡os deSalud suscritos entre el Seguro lntegral de Salud, Gobiernos Reg¡onales y Direcciones

lntegradas de Salud del M¡n¡sterio de Salud", cuyo texto forma partede la presente adenda, dejando s¡n efecto aquellas cláusulas que

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CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEOENTES

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DE LA ADENOA

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de Redes

Page 2: s@ · 1.1 Con fecha 26 de mazo del año 2018, EL SIS y EL PRESTADOR (en adelante LAS PARTES), suscrib¡eron el Convenio de Compra de Servicios de Salud, que

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"Año óél Diálogo y la Reconciliác¡óñ Nac¡onal'

Asimismo, LAS PARTES acuerdan que el gasto en que ¡ncurra EL PRESTADOR, a

través de sus Unidades Ejecutoras, en contratos por servicios de terceros paraactividades as¡stenciales no está sujeto al límite del 10% al que hace referencia elnumeral 8.3 de la Direct¡va Admin¡strativa N"001-2017-SlS/GNF-V.01: "Direct¡vaAdministrativa para el Mon¡toreo, Superv¡s¡ón y Seguimiento de las TransferenciasFinancieras del Seguro lntegral de Salud", aprobada mediante Resolución JefaturalN'275-2017/SlS, sin perjuicio que no debe exceder el porcentaje correspond¡ente alComponente de Gestión asignado para el periodo 2018.

CLAUSULA TERCERA: DE LAS LIQUIDACIONES PERIOOICAS

Asimismo, en la med¡da que las prestaciones brindadas previo a la suscr¡pc¡ón de lapresente adenda, que aún no han s¡do reportadas, o que siendo reportadas aún nohan sido aceptadas, para efecto de las liquidaciones periód¡cas, LAS PARTESdeclaran expresamente estar de acuerdo que las mismas, tamb¡én, se efectuaránconforme a lo señalado en el numeral 7.5.2 de la "Guía Técnica de Operativización delos Convenios y Adendas de Compra de Servicios de Salud suscritos entre el Segurolntegral de Salud, Gobiernos Regionales y Direcciones de Redes lntegradas de Saluddel Ministerio de Salud".

Asimismo, LAS PARTES acuerdan ratificar todas las cond¡c¡ones y términos delConvenio que no contravengan a lo acordado en la presente adenda.

En fe de lo cual, los represenlantes legalmente autorizados, firman la presente Adendav en dos ejemplares de igual te a lidez legal, en la ciudad de Lima, a los06ías del

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CLAUSULA CUARTA: CONTINUIDAD OE LAS ESTIPULACIONESt

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