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Redacción: Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) C/ Miguel Ángel, 23-5º. 28010 Madrid / Tel.: 91 308 10 30 / Fax : 91 308 54 46 / www.mapya.es • e-mail: [email protected] Edita: ENESA - Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. D.L.: M-42387-1998. N.I.P.O.: 251-00-019-7 Se permite reproducir cualquier información de esta publicación siempre que se cite su procedencia. nº35 - Marzo/Abril 2004 Santiago Menéndez de Luarca, nuevo Subsecretario del MAPA y Presidente de ENESA 1 Toma de posesión del Subsecretario del MAPA y Presidente de ENESA. 3-5 Un instrumento asegurador al servicio de la avicultura de carne. J. Tirso Yuste Jordán. Jefe de Sección de Seguros Ganaderos de ENESA. 6-8 Subvenciones a la contratación de los Seguros Agrarios. María José Juarros. Jefa de Sección Seguros Agrarios de ENESA. 9-10 El Seguro de Incendios en suelos agrícolas forestados. Servicios Técnicos de ENESA. 11 Agenda de Seguros. 11-12 Revista de Prensa. En este número: La toma de posesión tuvo lugar en la sede del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación el pasado 20 de abril. La Ministra de Agricultura, Elena Espinosa, presidió el pa- sado 20 de abril el acto en el que tomó posesión de su car- go Santiago Menéndez de Luarca como nuevo Subsecre- tario del MAPA y Presidente de ENESA. Santiago Menéndez de Luarca es Ingeniero Agrónomo por la Universidad Politécnica de Madrid. Funcionario del Mi- nisterio de Agricultura, Pesca y Alimentación desde 1974, a lo largo de su trayectoria profesional ha desempeñado importantes cargos. Durante la década de los 70 fue Direc- tor de la Agencia de Desarro- llo Ganadero en Santander. En 1980 fue nombrado Director Gerente del Instituto Técnico de Gestión del Vacuno en Na- varra y, en 1984, pasó a ocu- par el puesto de Director Re- gional de Agricultura en el Principado de Asturias. Tres años después, en 1987, fue Director del Instituto Na- cional de Denominaciones de Origen (INDO), haciéndose cargo en 1994 de la Dirección General de Industrias Agrarias y Alimentarias. En 1996 fue nombrado Vocal Asesor del Consejo Superior Agrario y, en 1999, pasó a ocupar el car- go de Consejero de Medio Ru- ral y Pesca del Principado de Asturias. También ha sido Consejero del Instituto Español de Co- mercio Exterior (ICEX), de la Autoridad Portuaria de El Mu- sel (Gijón), y Delegado del Gobierno Español en la Ofici- na Internacional de la Viña y el Vino con sede en París. En la actualidad ocupaba el puesto de Vocal Asesor de la Subsecretaría del MAPA. Autor de numerosos artículos y ponencias especialmente en los subsectores ganadero, vinos y bebidas de calidad, vi- tivinicultura y calidad agroali- mentaria, ha participado también como profesor en numerosos cursos, entre los que habría que destacar los impartidos en la Universidad Internacional Menéndez Pela- yo de Santander.

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Redacción: Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) C/ Miguel Ángel, 23-5º. 28010 Madrid / Tel.: 91 308 10 30 / Fax : 91 308 54 46 / www.mapya.es • e-mail: [email protected]: ENESA - Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. D.L.: M-42387-1998. N.I.P.O.: 251-00-019-7

Se permite reproducir cualquier información de esta publicación siempre que se cite su procedencia.

nº35 - Marzo/Abril 2004

Santiago Menéndez de Luarca,nuevo Subsecretario del MAPA y

Presidente de ENESA

1 Toma de posesión delSubsecretario del MAPAy Presidente de ENESA.

3-5 Un instrumentoasegurador al serviciode la avicultura de carne.J. Tirso Yuste Jordán. Jefe de Sección deSeguros Ganaderosde ENESA.

6-8 Subvenciones a lacontratación de losSeguros Agrarios.María José Juarros.Jefa de Sección SegurosAgrarios de ENESA.

9-10 El Seguro de Incendiosen suelos agrícolasforestados.Servicios Técnicosde ENESA.

11 Agenda de Seguros.

11-12 Revista de Prensa.

En este número:

La toma de posesión tuvo lugar en la sede del Ministeriode Agricultura, Pesca y Alimentación el pasado 20 de abril.

La Ministra de Agricultura,Elena Espinosa, presidió el pa-sado 20 de abril el acto en elque tomó posesión de su car-go Santiago Menéndez deLuarca como nuevo Subsecre-tario del MAPA y Presidentede ENESA.

Santiago Menéndez de Luarcaes Ingeniero Agrónomo por laUniversidad Politécnica deMadrid. Funcionario del Mi-nisterio de Agricultura, Pescay Alimentación desde 1974, alo largo de su trayectoriaprofesional ha desempeñadoimportantes cargos. Durantela década de los 70 fue Direc-tor de la Agencia de Desarro-llo Ganadero en Santander. En1980 fue nombrado DirectorGerente del Instituto Técnicode Gestión del Vacuno en Na-varra y, en 1984, pasó a ocu-par el puesto de Director Re-gional de Agricultura en elPrincipado de Asturias.

Tres años después, en 1987,fue Director del Instituto Na-cional de Denominaciones deOrigen (INDO), haciéndosecargo en 1994 de la DirecciónGeneral de Industrias Agrariasy Alimentarias. En 1996 fuenombrado Vocal Asesor delConsejo Superior Agrario y,en 1999, pasó a ocupar el car-go de Consejero de Medio Ru-ral y Pesca del Principado deAsturias.

También ha sido Consejerodel Instituto Español de Co-mercio Exterior (ICEX), de laAutoridad Portuaria de El Mu-

sel (Gijón), y Delegado delGobierno Español en la Ofici-na Internacional de la Viña yel Vino con sede en París. Enla actualidad ocupaba elpuesto de Vocal Asesor de laSubsecretaría del MAPA.

Autor de numerosos artículosy ponencias especialmenteen los subsectores ganadero,vinos y bebidas de calidad, vi-tivinicultura y calidad agroali-mentaria, ha participadotambién como profesor ennumerosos cursos, entre losque habría que destacar losimpartidos en la UniversidadInternacional Menéndez Pela-yo de Santander.

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Un instrumento asegurador alservicio de la avicultura de carne

11.2% de la Producción FinalGanadera y un 4.4% de laProducción Final Agraria, si-tuando a este sector en eltercer lugar de las produc-ciones animales en cuanto aimportancia económica.

El censo total de aves en Es-paña, sin contar avestruces,es de 180 millones de ani-males del cual el 58%, co-rresponden a los broiler.

La distribución del censotanto de los broiler comode sus explotaciones por Co-munidades Autónomas, serefleja en el gráfico 1.

El sector está organizadomayoritariamente (90%) me-diante la fórmula de la inte-gración, en la que el pro-ductor aporta instalaciones ymano de obra y la empresaintegradora el animal, elpienso y otros medios deproducción.

Los avicultores españo-

les cuentan con un ins-

trumento asegurador

que les garantiza los

daños que sufran como

consecuencia de los si-

niestros específicos de

su actividad. El Seguro

podrá ser suscrito por

los titulares de las ex-

plotaciones avícolas.

La avicultura de carne cons-tituye una de las produccio-nes ganaderas más impor-tantes de nuestro país.Aporta alrededor de un 20%de la cantidad total de carneproducida, superada tan sólopor la carne de porcino.

En términos macroeconómi-cos, la Producción Final decarne de ave, en 2001, fue de1.552,1 millones de euros;dicha cantidad significa un

Gráfico 1. % censo respecto a España

27,80% Cataluña2,64% Extremadura12,61% Galicia1,71% La Rioja0,08% Madrid1,77% Murcia1,84% Navarra0,38% País Vasco

12,94% Andalucía12,61% Aragón0,08% Asturias0,81% Islas Baleares0,56% Islas Canarias0,02% Cantabria

7,22% Castilla - León6,81% Castilla - La Mancha

10,11% Comunidad Valenciana

12,94%

12,61%

0,08%0,81%0,56%0,02%

7,22%

6,81%

10,11%

2,64%

12,61%

1,71%

0,08%

1,77%

1,84%0,38%

27,80%

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evita su aparición, sucedenen ocasiones por hechos ab-solutamente ajenos a la pro-pia actividad, y frecuente-mente de naturaleza acústica(truenos, por ejemplo).

PERIODOS DE SUSCRIP-CIÓN Y DE GARANTÍA

Los titulares de las explota-ciones podrán contratar lapóliza durante todo el mesde mayo, y desde el 1 de oc-tubre hasta el 31 de diciem-bre, siendo su duración deun año, salvo para el riesgode golpe de calor, que sola-mente se garantiza durantelos meses de junio a sep-tiembre, periodo de lógicaocurrencia de este siniestro.

REQUISITOS DE

ASEGURAMIENTO

Las explotaciones avícolas,en virtud de la legislaciónganadera vigente, deben po-seer la pertinente Autoriza-ción Sanitaria para ejercer suactividad, o en su defecto, fi-gurar inscritas en el Registrode Explotaciones de la co-rrespondiente ComunidadAutónoma. En cualquier ca-

eventos que más teme el avi-cultor, dado que, en caso deaparición, las pérdidas soncuantiosas y masivas. El segu-ro lo entiende como el au-mento en el interior de la navede los índices de temperaturay humedad hasta alcanzar lí-mites extremos y superioresal umbral vital de los pollos,provocando su muerte.

Para que dicho siniestro que-de perfectamente demostra-do, se comprobará que enexplotaciones cercanas, concaracterísticas similares a laexplotación siniestrada, seha producido muerte de ani-males por el mismo riesgo, yque los observatorios meteo-rológicos cercanos a la ex-plotación hayan registradocondiciones extremas detemperatura y humedad.

En cuanto al pánico, entendi-do como aquella reacciónetológica de temor intenso,por causas de origen exter-no, que provoque en los ani-males un agrupamiento oapelotonamiento que deter-mine su muerte, general-mente por asfixia. Si bien lascaracterísticas de este tipode instalaciones cerradas

OBJETIVOS DEL SEGURO

Podrán contratar la póliza, lostitulares de las explotacionesdedicadas al cebo de pollos(broilers) en régimen intensi-vo, sin salida de los animalesal exterior o parques, que lescubrirá las pérdidas que su-fran en caso de ocurrir los si-guientes siniestros:

• Golpe de Calor

• Pánico

• Incendio

• Inundación

• Viento huracanado

• Rayo

• Nieve

• Pedrisco

Estas garantías se cubrenhasta los 80 días de edad delos broilers, salvo en el Golpede Calor y en el Pánico, en losque la edad límite garantiza-da es hasta los 60 días.

GOLPE DE CALORY PÁNICO

Los riesgos más significati-vos que cubre el seguro sonel golpe de calor y el pánico.

El golpe de calor es uno de los

EL SEGURO: UNA NECESI-DAD PARA EL SECTOR

Los productores y empresa-rios avícolas están sujetos adiversos riesgos inherentes ala naturaleza agraria de suactividad, algunos de elloscasi exclusivos, caracteriza-dos por su difícil control, pre-dicción y prevención, peroque en caso de aparecer con-llevan desastres económicoscon gran repercusión en laviabilidad de la actividad.

En este sentido, cabe recor-dar las altas temperaturassoportadas en los meses deverano del pasado año, yque asolaron las explotacio-nes avícolas, con especial in-cidencia en el arco medite-rráneo. Los ingresos de losavicultores se vieron fuerte-mente dañados, máxime enun periodo típico de altosprecios, como consecuenciadel gran número de bajas deanimales que se registraron.

Por otra parte, además delgolpe de calor, otras inciden-cias climáticas adversas (ra-yo, viento huracanado, inun-daciones, etc.) el incendio o,incluso, la generación de si-tuaciones de pánico en lasgranjas determinan que seproduzcan daños en las ex-plotaciones.

En definitiva, tras la proble-mática planteada en las ex-plotaciones avícolas, por losefectos del calor del año2003, se refuerza la reivindi-cación tradicional del sectorde incorporar al Sistema deSeguros Agrarios de nuestropaís una línea de asegura-miento que cubra los riesgosmencionados.

Consecuentemente, tras larealización por la Entidad Es-tatal de Seguros Agrarios delcorrespondiente estudio deviabilidad y la celebración devarias reuniones con los re-presentantes del sector paraconsensuar las condicionesde aseguramiento se pone enmarcha esta línea de seguroen el presente mes de mayo.

A continuación se recogenlos aspectos más relevantesde su condicionado.

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eléctrica al total de instala-ciones necesarias para elmantenimiento de las condi-ciones de temperatura y hu-medad requeridas por losanimales. El arranque debeser automático cuando seproduzca pérdida o bajadade tensión, y debe estar enperfecto estado de manteni-miento. El depósito de com-bustible debe garantizar elfuncionamiento de las insta-laciones un mínimo de cincohoras.

Estas naves, además decumplir las Condiciones Téc-nicas Mínimas de las NavesTipo I, excepto las expuestasen el punto 4, deben cumplirlas siguientes:

1. La capacidad de extrac-ción mínima será de 2 m3 deaire por kilogramo de pesovivo y hora.

2. Disponer de grupo electró-geno convenientemente ven-tilado, con capacidad sufi-ciente para dar cobertura

5. Alarmas con aviso telefóni-co o de otro tipo que comuni-quen de modo inmediato,con la persona responsablede los animales, cuando seproduzca variación de tempe-ratura. Dichas alarmas debencontar con sistema autóno-mo de alimentación.

6. Disponer de cuadro eléc-trico independiente para ca-da nave.

B.- Condiciones Técnicas Mí-

nimas de las Naves Tipo II:

so, mantendrán actualizadala Hoja de Registro de Datosde la Manada.

De acuerdo a las característi-cas de las instalaciones avíco-las españolas, se han estable-cido dos tipos de Sistemas deManejo (Tipo I y Tipo II), dife-renciadas en virtud del tipode ventilación (estática odinámica) y de refrigeracióncon la que cuentan las dife-rentes naves.

CONDICIONES TÉCNICASMÍNIMAS DE

EXPLOTACIÓN Y MANEJO

Además de las establecidasen el Real Decreto 348/2000,de 10 de marzo, relativa a laprotección de los animales enlas explotaciones ganaderas,las explotaciones que suscri-ban el seguro han de cumplirobligatoriamente las siguien-tes Condiciones Técnicas Mí-nimas de Explotación.

A.- Condiciones Técnicas Mí-

nimas de las Naves Tipo I:

1. Estar en perfecto estadoconstructivo y de manteni-miento.

2. Disponer de aislamientotérmico y calefacción. En losparamentos verticales, el ais-lamiento térmico puede sersustituido por una cámara deaire. En las provincias deOrense, Lugo, Pontevedra, LaCoruña, Asturias, Cantabria,Vizcaya, Guipúzcoa y en elresto del ámbito, en aquellasexplotaciones situadas a me-nos de 50 km de la costa dellitoral, no será necesario elaislamiento térmico en losparamentos verticales.

3. Estar protegidas en su to-talidad para evitar el accesode animales al interior de lamisma.

4. Las naves no pueden tenermás de 14,5 metros de anchu-ra interior ni una superficie deventanas menor del 8% de lasuperficie útil de la nave. Enel caso de que dispongan deventiladores distribuidos uni-formemente, en número sufi-ciente para evacuar el aire, lasuperficie de ventanas podráser inferior al 8% de la super-ficie útil de la nave.

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número de animales decla-rados por el avicultor, pornave y ciclo productivo, pordicho Valor Unitario.

INDEMNIZACIONES

En caso de aparición de unsiniestro garantizado, losavicultores serán indemniza-dos con un Valor de Com-pensación, entendido comoel resultante de multiplicarlos porcentajes de pérdidassobre el valor unitario, condepreciaciones porcentualessegún la edad en días quetengan los animales en elmomento del siniestro, o porel precio de cotización delpollo blanco vivo en la se-mana de ocurrencia del si-niestro, según la Lonja deZaragoza, si fuera inferior al90% del valor unitario.

dos los animales de la explo-tación, el acceso “ad libitum”al pienso y agua, en condicio-nes higiénico-sanitarias.

- Las granjas deberán poseer,como establece el Plan Sani-tario Avícola, un programa sa-nitario respaldado por un ve-terinario, que comprenderá:

• Programa de limpieza, des-infección, desinsectación ydesratización con indica-ción precisa del modo derealización del vacío sani-tario (en cuanto a duracióny productos usados).

• Control de procesos para-sitarios.

• Plan de vacunación de lagranja.

• Control de depósitos, cir-cuitos y calidad del agua,debiendo ser la calidadóptima y compatible consistemas de vacunación/medicación.

- Las densidades de los ani-males no podrán superar losmáximos admisibles refleja-dos en el cuadro 1.

CAPITAL ASEGURADO

El Capital Asegurado por ciclose fija en el 100% del ValorAsegurado de la Explotación.

El Valor Unitario será únicopara todos los animales ase-gurables y elegible por elpropio asegurado entre 0.8 y1.6 por broiler, siendo el Va-lor Asegurado de la Explota-ción, a efectos del Seguro, elresultado de multiplicar el

3. Alarmas con aviso telefóni-co o de otro tipo que comuni-quen de modo inmediato,con la persona responsablede los animales, cuando seproduzca alguna de las si-guientes incidencias: caída opérdidas de tensión eléctricay variación de temperatura.Además, en explotaciones si-tuadas a menos de 50 kiló-metros de la costa del litoralmediterráneo, deberán avisarde variaciones de humedad.Dichas alarmas deben contarcon sistema autónomo de ali-mentación.

El avicultor, con el fin de mi-nimizar la ocurrencia y el im-pacto de los siniestros, asícomo para permitir a la ase-guradora el control de losefectivos, deberá cumplircon los siguientes requisitos:

- Mantener correctamentecumplimentadas las Hojasde Registro de Datos de laManada, registrando los da-tos diariamente.

- El personal a cargo de losanimales tendrá la cualifica-ción adecuada para este tipode actividad.

- Retirar diariamente los ani-males muertos.

- Cumplir los principios de“la cría protegida” y “tododentro todo fuera”, contem-plados en el RD 328/2003, de14 de marzo, por el que seestablece el Plan SanitarioAvícola.

- Las instalaciones de bebede-ros y comederos serán ade-cuadas para garantizar a to-

Cuadro 1

Se entiende como meses de verano los comprendidos entre junio yseptiembre, ambos inclusive.

SISTEMA DE ESTACIÓN DENSIDADMANEJO DEL AÑO (kg/m2)

VERANO 28“I”

RESTO 32

VERANO 34“II”

RESTO 38

Cuadro 2

Tipo de subvención Porcentajes

Base: 18%

Por contratación colectiva: 5%

Por las características del asegurado: 14%

No obstante, es común eneste tipo de actividad gana-dera la aparición de bajas encotas reducidas y por dife-rentes causas distintas a lasgarantizadas. Con el fin detener en cuenta este hecho yorientar los siniestros garan-tizados a aquellos de granmagnitud e impropios de unciclo productivo normal, elnúmero de animales muer-tos, en cada siniestro, nave yciclo, ha de ser, respecto alnúmero de animales existen-tes en cada nave siniestraday en el momento inmediata-mente anterior al siniestro,superior a los siguientes por-centajes:

• 5%: Para siniestros ocasio-nados por Incendio, Inun-dación, Viento huracanado,Rayo, Nieve y Pedrisco.

• 10%: Para siniestros oca-sionados por Golpe de Ca-lor.

• 15%: Para siniestros oca-sionados por Pánico.

Cuando dos o más causasconcurran en un siniestro sinque pueda ser definida conexactitud la cuantía de losdaños producidos por cadauna y estas causas estuvie-ran cubiertas con distintomínimo indemnizable, seráde aplicación el mayor deellos.

Asimismo, se han estableci-do las siguientes franquicias,quedando siempre a cargodel Asegurado, los porcenta-jes siguientes:

• 5%: Para siniestros ocasio-nados por Incendio, Inun-dación, Viento huracanado,Rayo, Nieve y Pedrisco.

• 10%: Para siniestros oca-sionados por Golpe de Ca-lor.

• 15%: Para siniestros oca-sionados por Pánico.

Dichos porcentajes se resta-rán del porcentaje resultantede dividir el número de bajassobre el número de anima-les existentes en el momen-to inmediatamente anterioral siniestro, en cada sinies-tro, nave y ciclo siniestrado.

SUBVENCIONES DE LAADMINISTRACIÓN

DEL ESTADO

El Ministerio de Agricultura,Pesca y Alimentación, a tra-vés de ENESA subvencionael importe de las primas has-ta en un 37%, que se des-cuenta en el mismo momen-to de realizar la Declaraciónde Seguro, constando de lostramos que se detallan en elcuadro 2.

Además, las ComunidadesAutónomas pueden comple-mentar estas subvenciones.

J. Tirso Yuste Jordán.Jefe de Sección de

Seguros Ganaderos.Entidad Estatal de Seguros

Agrarios (MAPA)

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La Entidad Estatal de Segu-ros Agrarios, concede sub-venciones al pago de las pri-mas a los asegurados quesuscriban pólizas de los se-guros incluidos en el Plan deSeguros Agrarios Combina-dos para cada ejercicio.

En el Plan Anual de SegurosAgrarios se establecen seisGrupos, en los cuales se in-cluyen las diferentes líneasde seguro siendo los porcen-tajes de subvención distintospara cada uno de ellos.

Anualmente se publica unaOrden conjunta del Ministe-rio de Economía y del Minis-terio de Agricultura, Pesca yAlimentación donde se regu-

la la concesión de subvencio-nes de la Administración Ge-neral del Estado a la suscrip-ción de los Seguros incluidosen el Plan Anual correspon-diente a ese ejercicio.

SOLICITUD Y APLICACIÓNDE LA SUBVENCIÓN

La simple formalización de lacorrespondiente póliza delcontrato de seguro por el ase-gurado o tomador del seguro,tiene la consideración de soli-citud de subvención, siemprey cuando se realice dentro delos periodos de suscripciónestablecidos por el Ministeriode Agricultura, Pesca y Ali-

mentación y esté correcta-mente cumplimentada.

La subvención se aplica so-bre el coste del seguro, unavez deducidas las bonifica-ciones y descuentos que seestablezcan en la póliza, esdecir sobre el coste neto y sepercibe en el momento desuscribir la póliza, de tal mo-do que el asegurado, sólo tie-ne que abonar la diferenciaentre el coste neto y el im-porte de la subvención.

MODALIDADES DE

SUBVENCIÓN

La subvención se componede cinco tramos, que son

compatibles entre sí y que sesuman según los casos, de-nominados: subvención ba-se, subvención adicional porcontratación colectiva, sub-vención adicional según lascaracterísticas del asegura-do, subvención adicional pormodalidad del contrato ysubvención adicional por re-novación del contrato.

SUBVENCIÓN BASE

Se aplica a todos los asegura-dos, sólo por el hecho decontratar la póliza y alcanza el4%, 9%,16%,18%,22% o 40%,respectivamente, dependien-do del grupo en que esté in-cluida la línea contratada.

Subvenciones a la Contrataciónde los Seguros Agrarios

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SUBVENCIÓNADICIONAL PORCONTRATACIÓN

COLECTIVA

Es del 5% para todos los gru-pos y se aplica siempre queel Tomador del Colectivo es-té inscrito en el Registro deTomadores para la contrata-ción colectiva de los segurosagrarios combinados.

SUBVENCIÓNADICIONAL SEGÚN

LAS CARACTERÍSTICASDEL ASEGURADO

Es del 5% para el Grupo I ydel 14%, para el resto de losGrupos, pudiendo accedersea este tipo de subvención, sise reúne alguno de los si-guientes requisitos:

• Agricultor profesional dadode alta en el Régimen EspecialAgrario de la Seguridad So-cial o en el Régimen Especialde Trabajadores por cuentapropia o Autónomos.

• Titular de Explotación Prio-ritaria.

• Socio de Organización oAgrupación de Productores.

Para poder acceder a esta

modalidad de subvención se

deberá presentar copia feha-

ciente de la documentación

justificativa siguiente:

• Común a todas las solicitu-

des.

- Consignar en la póliza deseguro que contrata, la cir-cunstancia por la que se soli-cita la subvención adicional ydeclarar que reúne las condi-ciones exigidas para accedera la subvención adicional.

• Agricultor Profesional (Per-

sonas físicas).

- Resguardo de cotización alRégimen Especial Agrario oal Régimen Especial de Tra-bajadores Autónomos de laSeguridad Social, correspon-diente al mes en que se rea-lice la contratación o a unode los cuatro meses anterio-res a dicho mes.

- Solicitud de alta en la Se-guridad Social, cuando sehaya incorporado a la activi-dad agraria en el año en queha contratado el seguro.

• Agricultor Profesional (Per-

sonas jurídicas o Comunida-

des de Bienes).

- Relación íntegra de socios,o en su caso de comuneros.

- Número de afiliación a laSeguridad Social y el Régi-men en que se encuentrendados de alta, de aquellossocios o comuneros que a tí-tulo individual cumplan lacondición de Agricultor Pro-fesional.

• Titular de Explotación Prio-

ritaria.

- Certificado emitido por laComunidad Autónoma co-rrespondiente que acredite lacondición de ser Titular deExplotación Prioritaria.

• Socio de Organización o

Agrupación de Productores.

- Certificado emitido por elórgano correspondiente dela Administración en el quese haga constar su condiciónde socio y la denominaciónde la Organización o Agrupa-ción de Productores.

SUBVENCIÓN ADICIONALPOR MODALIDAD

DE CONTRATO

Se aplica únicamente a laspólizas multicultivo y es del2% para todos los Grupos.

SUBVENCIÓN ADICIONALPOR RENOVACIÓN

DE CONTRATO

Se aplica a las pólizas de se-guro de aquellos asegura-dos que, para la próximaproducción amparada hayancontratado la misma línea(Seguro Combinado Multi-cultivo, Integral, de Rendi-miento, Colectivo o de Ex-plotación, según los casos,en las producciones agríco-las o de los Seguros de Ex-plotación de Ganado o deDaños por Sequía en Pastoso de los Seguros de Produc-ciones Acuícolas) u otra demayor protección, que en elPlan o la campaña anterior,de la siguiente cuantía paratodos los Grupos, exceptopara las líneas incluidas enel grupo VI:

• La subvención aplicableserá del 5% si hubiese ase-gurado en el Plan 2003, perono en el 2002.

• La subvención será del 7%si hubiese asegurado en elPlan 2002 y 2003.

Existe una excepción para

las producciones frutales.

En el caso de produccionesfrutales sólo se tendrá dere-cho a esta subvención adi-cional si, en el Plan 2004 secontrata el seguro de explo-tación o rendimientos u op-ciones del seguro combina-do que incluyan el riesgo dehelada.

Si se contratasen otras op-ciones del seguro combina-do las anteriores cuantías del3 y el 5 % respectivamente.

Tres nuevos supuestos de

subvención adicional por re-

novación de contrato.

La Orden del Ministerio dePresidencia PRE/2004 de 12de enero (B.O.E. nº 11 de 13de enero de 2004), por la quese regula la concesión desubvenciones de la Adminis-tración General del Estado ala suscripción de los SegurosAgrarios Combinados de2004, contiene una serie denovedades con respecto a ladel año anterior, en lo relati-vo a las diversas modalida-des de subvención adicional

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por renovación del contratoy a la justificación documen-tal que deberá aportarse pa-ra poder acceder a la misma.

La subvención adicional porrenovación del contrato seha ampliado a los tres su-puestos siguientes:

• Jubilación del titular e in-corporación de un jovenagricultor que cumpla los re-quisitos establecidos en elReglamento (CE) 1257/1999del Consejo.

• Sucesión hereditaria delheredero o herederos legíti-mos en línea recta y del cón-yuge del asegurado, siemprey cuando la superficie incor-porada a la póliza representeal menos el 50% de la super-ficie total asegurada por elheredero.

• Transformación de socieda-des en cualquiera de las mo-dalidades reguladas en la le-gislación vigente, siempreque se trate de la misma ex-

plotación y no haya existidoningún cambio en la compo-sición de las personas que laintegran, salvo que el cambiose efectuase por sucesión delheredero legítimo o cónyugeo por jubilación con incorpo-ración de joven agricultor.

Plazos y forma de solicitar la

subvención.

• Solicitud del titular de cadapóliza dirigida a ENESA has-ta 15 días naturales despuésde la finalización del periodode suscripción del seguro,acompañando la documen-tación justificativa original odebidamente compulsada.

• Haber formalizado la decla-ración del seguro sin la apli-cación de la subvención soli-citada.

• Si no se incluyera toda ladocumentación, ENESA co-municará al interesado estasituación, habilitándose unplazo de 10 días hábiles des-de la fecha de la recepción

de esta comunicación por elinteresado.

• Si una vez cumplido esteplazo no se recibiera la docu-mentación o fuera incomple-ta, la solicitud será desesti-mada.

Documentación justificativa

que deberá aportarse en ca-

da uno de los tres nuevos su-

puestos.

• Común a todas las solici-

tudes:

- Solicitud de subvención, enla que se refleje la circunstan-cia o circunstancias concretaspor la cual se solicita.

- Copia de la póliza del añoanterior y del presente.

• Jubilación de anterior titu-

lar e incorporación joven

agricultor.

- Documento acreditativo de lajubilación del anterior titular.

- Documento acreditativo dela condición de joven agri-

cultor regulado en el Regla-mento (CE) 1257/1999, delConsejo.

- Declaración censal por laque se produce el alta en laactividad agraria del jovenagricultor.

• Transformación de socie-

dades.

- Escritura de constituciónde la entidad originaria y dela entidad resultante de latransformación en la queconste la relación de las per-sonas que la integran.

• Sucesión hereditaria.

- Copia del Libro de familia.

- Declaración de herederos yde haber más de un herede-ro, escritura particional yaceptación de la herencia.

María José JuarrosJefa de Sección de Seguros Agrarios

Entidad Estatal deSeguros Agrarios (ENESA)

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La Ley de Seguros Agrariosaprobada en 1978, ya dis-ponía en su articulado la ne-cesidad de dotar al sector fo-restal de un seguro paraincendios. Sin embargo hansido necesarios 25 años deexperiencia en la aplicaciónde los seguros agrarios, parapoder comenzar a desarro-llar dicho mandato.

Son asegurables las masasforestales de todas las espe-cies arbóreas y arbustivasque cumplan los requisitosque exige la normativa co-munitaria sobre forestaciónde tierras agrícolas, es decirque se encuentren al amparode los reglamentos del Con-sejo de la Comunidad Euro-pea nº 2080/1992 y 1257/1999y posterior legislación aplica-ble que los desarrolla.

cionales de Inundación - Llu-via torrencial en cada una delas parcelas aseguradas, conla misma especie existentecon anterioridad al siniestro.

Asimismo cubre los gastos derecuperación de la masa fo-restal cuando a causa de un

incendio no se produzca lamuerte total y por lo tanto nosea necesaria la reforestación.

No están incluidos los gastosde mantenimiento posterio-res a la reforestación, talescomo: reposición de marras,binas, escardas, riegos, apor-

Se podrá suscribir el segurohasta el 31 de mayo de 2004,teniendo cubiertos los gas-tos necesarios para refores-tar la superficie afectada porpérdida total de la masa fo-restal, a causa de los riesgosde incendio y daños excep-

El Seguro de Incendiosen suelos agrícolas forestados

Cuadro 1

Grupos de especies Gastos máximos de reforestación (€/ha)

Arbóreas:

Resinosas (80% árboles de especies resinosas)................................................................1.000

Frondosas (80% árboles de especies frondosas)..............................................................1.400

Mezcladas (Resinosas y Frondosas) ............................................................................................1.200

Arbustivas:

Todas ............................................................................................................................................................................800

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cados, podas, abonados, in-jertos. Asimismo, no se in-cluyen los trabajos comple-mentarios, tales como:cercados, red viaria, corta-fuegos, obras de hidrología.

A efectos del seguro las es-pecies forestales se clasificanen los siguientes grupos:

Masa pura de Arbóreas Resi-nosas.

Masa pura de ArbóreasFrondosas.

Mezclas de Arbóreas Resino-sas y Frondosas.

Masa de Arbustivas. ENESA acaba de publicar dosfolletos para informar a losagricultores y ganaderos,de una forma ágil y sencilla,sobre las dos nuevas e im-portantes líneas de segurorecogidas en el Plan 2004: elSeguro de Incendios en sue-los agrícolas forestados y elSeguro de Explotación deGanado Aviar de Carne.

En el interior de estos folletosse explica brevemente cuáles

ENESA publica dosfolletos sobre losnuevos Seguros

de Forestales y deAviar de Carne

son las producciones asegu-rables, el período de suscrip-ción y el de garantía, el capitalasegurado y la subvenciónque concede en cada caso elMinisterio de Agricultura,Pesca y Alimentación para sucontratación, teniendo encuenta que la subvenciónmáxima para ambos seguroses del 37%.

Cuadro 2

Tipo de subvención Porcentajes

Base: 18%

Por contratación colectiva: 5%

Por las características del asegurado: 14%

El capital asegurado para to-dos los riesgos será el 100%de los gastos asegurados,no pudiendo rebasar los lí-mites máximos expuestosen el cuadro 1.

Para que un siniestro seaconsiderado indemnizabledebe superar los siguienteslímites según riesgo:

Incendio: la superficie que-mada en la parcela siniestra-da debe ser mayor de 0,25ha y los gastos superiores a50€ por hectárea afectada,siendo todos los incendiosque se produzcan en la par-cela, independientes.

Inundación - Lluvia torrencial:el porcentaje de superficieafectada en la parcela sinies-trada debe ser superior al20%. Los gastos serán acu-mulables entre sí o con otros,cuando el porcentaje de su-perficie a reforestar en cadauno de ellos supere el 10%.

Será necesario que se comu-nique el siniestro, comomáximo a los 7 días de co-nocer el mismo. Posterior-mente debe comunicarse lareforestación.

Existe un límite máximo in-demnizable para la recupera-ción de la masa forestal queno podrá superar el 40% delcapital asegurado en la par-cela afectada por incendiopara las especies con capaci-dad de rebrote que sean cor-tadas a ras de suelo despuésdel incendio. Para el resto deespecies el límite es del 20%sobre el capital asegurado.

La franquicia depende de losriesgos, siendo para el Incen-dio, relativa del 10%. Y en elcaso de la Inundación – Lluviatorrencial, absoluta del 20%.

El pago de la indemnizaciónpara los gastos de reforesta-ción se efectuará mediante elanticipo del 50% tras la cuan-tificación de los daños oca-sionados por el incendio oinundación, realizándose la li-quidación del 50% restante, apartir de que se haya com-probado y documentado seha efectuado la reforestación.

Si la comunicación de la re-forestación se hiciera 2 añosdespués del siniestro se per-derá el derecho a la indemni-zación.

El Ministerio de Agricultura,Pesca y Alimentación, a tra-vés de ENESA subvencionaeste seguro con una canti-dad máxima del 37%, la cualse descuenta inmediatamen-te de realizar la Declaraciónde Seguro.

Las Comunidades Autóno-mas también subvencionaneste seguro con cantidadescomplementarias.

Servicios TécnicosEntidad Estatal de Seguros Agrarios

ENESA

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Líneas que tienen abierta lacontratación del seguro principal

AgendaL M X J V S D

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15 16 17 18 19 20 21

22 23 24 25 26 27 28

29 30 31

LUNES1ABRIL

de seguros

A partir del 1 de enero de 2004Seguros Combinados y de daños excepcionales en Cereza y Cerezade CáceresSeguro Combinado y de daños excepcionales en FrutalesSeguro de Explotación de FrutalesSeguro Combinado y de daños excepcionales en PatataSeguro de Rendimientos en Explotaciones FrutícolasSeguro de Rendimientos de Endrino, en Navarra

A partir del 15 de enero de 2004Seguro Combinado y de daños excepcionales en Judía VerdeSeguro Combinado y de daños excepcionales en MelónSeguro Combinado y de daños excepcionales en PimientoSeguro Combinado y de daños excepcionales en SandíaSeguro Combinado y de daños excepcionales en TomateSeguro Combinado y de daños excepcionales en Uva de VinificaciónSeguro Combinado y de daños excepcionales en ZanahoriaSeguros Integrales de Uva de Vinificación en "Rioja" y en la Isla deLanzaroteSeguro de Explotación de Ganado Vacuno Reproductor y de RecríaSeguro de Explotación de Ganado Vacuno de CeboSeguro de Explotación de Ganado Vacuno de LidiaSeguro de Ganado Vacuno de Alta Valoración GenéticaSeguro de Encefalopatía Espongiforme Bovina.Seguro para la Cobertura de Gastos derivados de la destrucción deanimales bovinos muertos en la explotaciónSeguro para la Cobertura de Gastos derivados de la destrucción deanimales no bovinos muertos en la explotaciónSeguro de Explotación de Ganado Ovino y CaprinoSeguro de Explotación de Ganado Equino en Razas Selectas

A partir del 1 de febrero de 2004Seguro Combinado y de daños excepcionales en AlgodónSeguro Combinado y de daños excepcionales en GirasolSeguro Combinado y de daños excepcionales en Uva de mesaSeguro Combinado y de daños excepcionales en Viveros de viñedoSeguro de Piscifactorías de truchasSeguro de Acuicultura marina para Dorada, Lubina y Rodaballo

A partir del 1 de marzo de 2004Seguro Combinado y de daños excepcionales de AvellanaSeguro Combinado y de daños excepcionales de Cereales de InviernoSeguro Combinado y de daños excepcionales de Cereales de PrimaveraSeguro Combinado y de daños excepcionales de Coliflor y BróculiSeguro Combinado y de daños excepcionales de ColzaSeguro Combinado y de daños excepcionales de LechugaSeguro Combinado y de daños excepcionales de Leguminosas granoSeguro Combinado y de daños excepcionales de LúpuloSeguro Multicultivo en Cultivos Herbáceos ExtensivosSeguro Multicultivo en HortalizasSeguro Combinado y de daños excepcionales de Pajade Cereales de InviernoTarifa General Combinada

A partir del 1 de Abril de 2004Seguro Combinado y de daños excepcionales de CaquiSeguro Combinado y de daños excepcionales de TabacoSeguro Combinado y de daños excepcionales de Tomate de InviernoPóliza Multicultivo de CítricosSeguro Multicultivo de CítricosAcuicultura Marina (Mejillón)Seguro de Incendios Forestales en Suelos Agrícolas

A partir del 1 de Mayo de 2004Seguro Combinado de Aceituna de AlmazaraSeguro Combinado de Aceituna de MesaSeguro Combinado de ArrozSeguro Combinado de Fabes en AsturiasSeguro de Pixat en CítricosSeguro de Explotación de Ganado Aviar de Carne

Recuerde: La finalización del periodo de contrataciónde las anteriores líneas de seguro varía según provincias, modali-dades u opciones, por lo que es necesario que recabe informacióna este respecto, a través de su tomador o mediador del seguro.

Revista

“Santiago Menéndez de Luarca,consejero de Medio Rural del Principadode Asturias durante la pasada legislatura,tomó ayer posesión de su cargo comonuevo subsecretario del Ministerio deAgricultura, Pesca y Alimentación, enun acto que estuvo presidido por laministra, Elena Espinosa (…) Menéndezde Luarca abogó por la defensa deldesarrollo rural, una de sus prioridadescuando estuvo al frente de la Consejería.Tampoco se olvidó ayer de la explotaciónagraria familiar, base de las ganaderíasasturianas, que se comprometió adefender y potenciar, «en consonanciacon el anuncio realizado por la Ministra»(…). Menéndez de Luarca anunció queel Ministerio seguirá apostando por lapolítica de seguros agrarios, iniciada porel ministro Carlos Romero y continuadapor todos sus sucesores (…)”.

La Nueva España, 21 de abril de2004

“ ( … )Este seguro,una de las novedades del mencionado Plan, cuenta conuna subvención de hasta un máximo del 37%. Con este seguro se cubrenlos gastos necesarios para la reforestación y la recuperación de la masa forestal causadospor incendio o daños excepcionales de inundación-lluvia torrencial. Su ámbito deaplicación son las parcelas forestadas sobre tierras agrícolas de todo el territorio nacional,pero con algunas excepciones (…)”.

Vida Rural, abril de 2004

“(…) La Entidad Estatal de Seguros Agrarios, ENESA, hadecidido ampliar hasta el 10 de mayo el plazo de suscripción del

Seguro Combinado y de daños excepcionales en la producción de Manzana y Pera, ainstancia de la Unión de Agricultores y Ganaderos de Aragón, UAGA-COAG, segúnindica la propia organización agraria (…) La floración tardía de los árboles frutales,producida por una primavera fría y lluviosa, impide, según la organización agraria, queel agricultor pueda conocer la evolución de la campaña y calcular su produccióndefinitiva. De ahí que UAGA-COAG haya solicitado esta prórroga en la contratación delseguro”.

diariodigitalagrario.net, 29 de abril de 2004

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Revista

“El volumen de producción ase-gurada en Andalucía es de2.742.775.142 kilos y el númerode animales cubiertos se elevaa 709.118. El Plan de Seguros2003 de la Consejería de Agricul-tura y Pesca contiene casi uncentenar de líneas de asegura-miento de producción agrícola,ganadera y acuícola. Respectoal ejercicio anterior, la superficieasegurada ha crecido más de un13%; mientras que el número deanimales cubiertos también seha incrementado un 10%. El cos-te de los seguros agrarios enAndalucía superó los 32,7 millo-nes de euros (…)”.

agroterra.com, 3 de marzode 2004-03-22

“La Póliza Multicultivo para el sector de las hortalizas cuenta este año con una subvencióna la contratación por parte del Ministerio de Agricultura de hasta el 46% del coste totaldel seguro. Como es habitual, para poder acceder a este nivel de ayudas hay que cumpliruna serie de requisitos, ya que este porcentaje máximo de subvención es sólo paraaquellos productores que, entre otras cosas, hayan contratado la misma póliza en losdos años anteriores (2002 y 2003) (…)”.

Vida Rural, 1 de marzo de 2004

“El mes de marzo ha arrancadocomo el más frío desde 1993. La noche más gélida del

invierno hizo ayer que los termómetros bajaran durante la madrugada hasta -7ºen el Altiplano, -5,6 en el Noroeste y -2 en el Valle del Guadalentín. El resultado se hatraducido en heladas que han devastado miles de hectáreas de hortalizas y frutales devariedades tempranas. El golpe de escarcha fue especialmente duro en la Vega Alta,donde la Unión de Pequeños Agricultores (UPA) da por perdido el 90% de la cosechade melocotones, nectarinas y albaricoques tempranos de Cieza y Abarán (…)”.

La Verdad, 3 de marzo de 2004

“(…) Las consecuencias del frío sobre laagricultura valenciana han sido calamitosas, hasta el punto de

que los responsables de las organizaciones agrarias hablan ya de un desastre deproporciones históricas (…) AVA-Asaja cifró ayer las pérdidas sufridas en cítricos, frutales,hortalizas y almendros en más de 200 millones de euros (…)”.

Levante, 4 de marzo de 2004

“Las bajastemperaturas y las heladasregistradas en los últimos días en Aragón han echadoa perder más del 80% de la cosecha de almendra de este año, segúnestimaciones de los sindicatos, que han calificado la situación de«muy grave» y «triste».Los daños han sido muy generalizados aunque se han dejado notar, principalmente, enaquellas variedades que tienen una floración más temprana (…) Las heladas y las bajastemperaturas también han dañado seriamente las variedades tempranas de frutales. Enconcreto, las más afectadas han sido el melocotón, la ciruela y el albaricoque de lasprincipales zonas productoras (…)”.

El Periódico de Aragón, 8 de marzo de 2004