SECRETO PROFESIONAL
description
Transcript of SECRETO PROFESIONAL
SECRETO PROFESIONAL
SECRETO PROFESIONAL“TODO LO QUE VEA Y OIGA EN MI TRATO, YA SEA EN EL EJERCICIO DE MI MINISTERIO O FUERA DE EL Y QUE NO DEBA SER REVELADO, LO MANTENDRE SECRETO,CONSIDERANDOLO COSA SAGRADA”.
HIPOCRATES (460 a. C – 377 a. C)
ALGUNOS CONCEPTOS¿QUE ES UN SECRETO?
El latín secrētus, un secreto es algo oculto, escondido y separado del conocimiento de los demás. El secreto, por lo tanto, es ignorado por la mayoría de las personas, excepto por aquellas que comparten el mismo. En estos casos el secreto, suele hablarse de información clasificada o sensible que se oculta a la mayoría de la población por motivos estratégicos o de seguridad. Pueden existir acuerdos de confidencialidad, juramentos y otros mecanismos que intentan garantizar que el secreto en cuestión no será violado.
¿QUE ES ÉTICA?
• La ética es una rama de la filosofía que se ocupa del estudio racional de la moral, la virtud, el deber, la felicidad y el buen vivir. Por lo tanto, cuando alguien aplica una sentencia ética sobre una persona, está realizando un juicio moral. La ética, pues, estudia la moral y determina cómo deben actuar los miembros de una sociedad.
• Por lo tanto, se la define como la ciencia del comportamiento moral.
SECRETO PROFESIONAL
“Es la obligación, deber y derecho de todo profesional, de guardar silencio sobre cuestiones de cuya existencia ha tomado conocimiento en virtud o en ocasión del ejercicio lícito de su profesión, arte, empleo u oficio”
EJEMPLOS
SECRETO ABSOLUTO: Su revelación no admiteninguna excepción(ej.: secreto de confesión).
SECRETO RELATIVO:La revelación queda supeditada
a una “justa causa” es decir,cuando del mismo derive un
gravísimo daño para terceroso cuando pueda relevarlo
un magistrado competentepor justa causa.
RELACION MEDICO-ENFERMO
ASOSIACION MÉDICA MUNDIAL
DERECHO DEL CONSENTIMIENTO A LA INTIMIDAD Art. 11 LEY 17.132
Protección de Datos Personales Art. 8º de la Ley
25.326
Ley 23.798 de lucha contra el Sida y su Decreto Reglam. 1.244/91
RESPONSIBILIDAD LEGALEL CODIGO PENAL DE LA NACION
LEY N° 24.286 ART. 156 DICE:SERÁ REPRIMIDO CON MULTA DE $ 1500 A $ 90000 E INHABILITACIÓN ESPECIAL, EN SU CASO POR SEIS MESES A TRES AÑO, EL QUE TENIENDO NOTICIAS, POR RAZÓN DE SU ESTADO, OFICIO, EMPLEO, PROFESION O ARTE, DE UN SECRETO CUYA DIVULGACIÓN PUEDA CAUSAR DAÑO, LO REBELARE SIN CAUSA JUSTA.
Para meditar Todas las personas que están habituados en la
medicina, y en general en todas las ciencias, a de
formularse preguntas a la que apenas podemos dar
una respuesta parcial, pero sensata y realista, el
secreto profesional cae en esa categoría. El
secreto debe considerase un criterio de
convivencia, como postulado de honor, como una obligación jurídica y
un deber moral.
FIN DE LA PRESENTACION